Post on 14-Jul-2015
MARCO JURIDICO
DEL SISTEMA
NACIONAL DE
SALUD
MARCO JURÍDICO DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Conjunto de Normas de las
personas, físicas o morales, que
prestan servicios de salud, así como
los mecanismos de coordinación
de acciones, que surgen en el
ámbito de la protección de la
salud.
ÁMBITOS DE APLICACIÓN DEL MARCO
JURÍDICO
INTERNACIONAL.- Es el conjunto de normas, que
tienen por objeto regular las relaciones entre sujetos
internacionales.
FEDERAL.- Es el conjunto de Normas, de observancia
obligatoria, en todo el territorio Nacional.
ESTATAL.- Es el conjunto de Normas, que rigen
únicamente en un Estado de la Federación, y su objeto
es regular aspectos y necesidades particulares de
acuerdo a las condiciones sociales, ambientales,
económicas, geográficas, etc.
MARCO JURIDICO EN MEXICO
CONSTITUCION POLITICA DE LOS EUM
Publicada en el DOF el 5 de febrero de 1917.
Artículo 4°.- Toda persona, tiene derecho a la
protección de la salud. La ley definirá, las bases y
modernidades, para el acceso a los servicios de
Salud, y establecerá la concurrencia de la
Federación y las Entidades Federativas, en materia
de salubridad general, conforme a lo que dispone la
fracción XVI, del artículo 73 de esta
constitución.(Adicionado mediante decreto
publicado en el DOF el 3 de feb del 2012)
ARTICULO 73 DE LA CONSTITUCION, Fracc. XVI
PARA DICTAR LEYES SOBRE NACIONALIDAD, CONDICION JURIDICA DE LOS
EXTRANJEROS, CIUDADANIA, NATURALIZACION, COLONIZACION, EMIGRACION E
INMIGRACION Y SALUBRIDAD GENERAL DE LA REPUBLICA.
1A. EL CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL DEPENDERA DIRECTAMENTE DEL PRESIDENTE DE LAREPUBLICA, SIN INTERVENCION DE NINGUNA SECRETARIA DE ESTADO, Y SUS DISPOSICIONESGENERALES SERAN OBLIGATORIAS EN EL PAIS.
2A. EN CASO DE EPIDEMIAS DE CARACTER GRAVE O PELIGRO DE INVASION DEENFERMEDADES EXOTICAS EN EL PAIS, EL DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD TENDRAOBLIGACION DE DICTAR INMEDIATAMENTE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS INDISPENSABLES, ARESERVA DE SER DESPUES SANCIONADAS POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
3A. LA AUTORIDAD SANITARIA SERA EJECUTIVA Y SUS DISPOSICIONES SERAN OBEDECIDAS PORLAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS DEL PAIS.
4A. LAS MEDIDAS QUE EL CONSEJO HAYA PUESTO EN VIGOR EN LA CAMPAÑA CONTRA ELALCOHOLISMO Y LA VENTA DE SUSTANCIAS QUE ENVENENAN AL INDIVIDUO O DEGENERANLA ESPECIE HUMANA, ASI COMO LAS ADOPTADAS PARA PREVENIR Y COMBATIR LACONTAMINACION AMBIENTAL, SERAN DESPUES REVISADAS POR EL CONGRESO DE LA UNION,EN LOS CASOS QUE LE COMPETAN;
LEY GENERAL DE SALUD
TITULO PRIMERO Disposiciones Generales
CAPITULO UNICO
Publicada en el DOF el 7 de febrero de 1984, como ley reglamentaria del artículo
4° Constitucional.
Artículo 1o.- La presente ley reglamenta el derecho a la
protección de la salud que tiene toda persona en los términos del
Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso alos servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las
entidades federativas en materia de salubridad general. Es de
aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden
público e interés social.
Artículo 1o. Bis.- Se entiende por salud como un estado de
completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la
ausencia de afecciones o enfermedades.
LEY GENERAL DE SALUD
Artículo 2o.- El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
I. El bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus
capacidades;
II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;
III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación,
conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;
IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la
preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;
V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y
oportunamente las necesidades de la población;
VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios
de salud, y
VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la
salud.
LEY GENERAL DE SALUD
Artículo 4o.- Son autoridades sanitarias:
I. El Presidente de la República;
II. El Consejo de Salubridad General;
III. La Secretaría de Salud, y
IV. Los gobiernos de las entidades federativas,
incluyendo el Gobierno del Distrito Federal.
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
Es un órgano del Estado Mexicano,
establecido por el Art. 73 de la
Constitución Política de los EUM,
dependiente del Presidente de la
Republica, presidido por el Secretario de
Salud, que tiene como mandato la
emisión de disposiciones obligatorias en
materia de Salubridad General.
Representa la segunda autoridad sanitaria
del país, precedido únicamente por el
Presidente de la Republica.
LEY GENERAL DE SALUD
Artículo 5°.- El Sistema Nacional de
Salud, está constituido por las
dependencias, y entidades, de la
administración pública, tanto federal,
como local, y las personas físicas o
morales, de los sectores social y privado,
que presten servicios de salud, así como
los mecanismos de coordinación de
acciones y tiene por objeto dar
cumplimiento el derecho a la
protección de la salud
LEGISLACION CIVIL
Dentro de ésta Rama del Derecho,
también se señalan obligaciones
específicas para el profesional de la
salud, ejemplo de ello corresponde a la
elaboración de los certificados médicos,
prenupciales, certificados de defunción y
avisos de nacimientos.
LEGISLACION LABORAL
Dentro de este ámbito del Derecho, el
más importante cuerpo normativo, lo
constituye la Ley Federal del Trabajo,
misma que sirve como base, para la
aplicación de sanciones específicas,
como la reparación del daño, o
indemnizaciones.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL
Artículo 39°, fracción VI.- Planear, normar,
coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y
proveer, a la adecuada participación de las
dependencias y entidades públicas, que presten
servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento
del derecho, a la protección de la salud.
Así mismo, propiciará y coordinará, la participación
de los sectores Social y Privado en dicho, Sistema
Nacional de Salud y determinará, las políticas y
acciones de inducción, y concertación
correspondientes.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
FEDERAL
ARTÍCULO 26.- Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder
Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:
Secretaría de Gobernación.
Secretaría de Relaciones Exteriores.
Secretaría de la Defensa Nacional.
Secretaría de Marina.
Secretaría de Seguridad Pública.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Secretaría de Desarrollo Social.
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Secretaría de Energía.
Secretaría de Economía.
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
Secretaría de Educación Pública.
Secretaría de Salud.Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Secretaría de la Reforma Agraria.
Secretaría de Turismo.
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
FEDERAL
ARTÍCULO 39.- A la Secretaría de Salud corresponde el despacho de los siguientesasuntos:
I. Establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios
médicos y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del
ambiente; y coordinar los programas de servicios a la salud de la administración
pública federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que,
en su caso, se determinen;
II. Crear y administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de
terapia social en cualquier lugar del territorio nacional y organizar la asistencia
pública en el Distrito Federal;
III. Aplicar a la Asistencia Pública los fondos que le proporcionen la Lotería Nacional
y los Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública; y administrar el patrimonio
de la Beneficencia Pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones
legales aplicables, a fin de apoyar los programas de servicios de salud;
IV. Organizar y vigilar las instituciones de beneficencia privada, en los términos de
las leyes relativas, e integrar sus patronatos, respetando la voluntad de los
fundadores;
V. Administrar los bienes y fondos que el Gobierno Federal destine para la atención
de los servicios de asistencia pública.
REGLAMENTO INTERIOR DE SALUD
CAPITULO VIII: DE LAS DIRECCIONES
GENERALES
ARTÍCULO 12.
Al frente de cada una de las direcciones
generales y del Secretariado del Consejo
Nacional de Salud habrá un director general
que se auxiliará por directores generales
adjuntos, directores, subdirectores, jefes de
departamento, de oficina, sección y mesa, y
demás servidores públicos que requieran las
necesidades del servicio.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA
ARTICULO 106: El Estado vigilara ycooperara con el Gobierno Federal
en la observancia de la higiene y
salubridad publica, dictando las
disposiciones y adoptando las
medidas que fueren necesarias
para prevenir y combatir las
enfermedades, las epidemias y las
epizotias.
Congreso del Estado de B.C Ley de Salud
Pública para el Estado de B.C.
Página 1
LEY DE SALUD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE
BAJA
CALIFORNIA
Publicado en el Periódico Oficial No. 49,
de fecha 9 de noviembre de 2001, Sección III,
Tomo CVIII.
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
LEY DE SALUD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA
ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y
de aplicación en el Estado de Baja California y tiene por objeto:
I.- Regular el derecho a la protección de la salud de las personasen los términos del artículo 4º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y 106 de la Constitución Local, las bases
y modalidades para el acceso a los servicios de salud
proporcionados por las dependencias y entidades del Ejecutivo
del Estado; y
II.- Fijar los lineamientos conforme a los cuales el Ejecutivo del
Estado y los Ayuntamientos ejercerán las atribuciones en la
prestación de los servicios de salubridad general a que se refiere el
artículo 13 apartado B de la Ley General de Salud;
ARTÍCULO 2.- Son Autoridades Sanitarias del
Estado encargadas de la observancia y
aplicación de esta Ley:
I.- El Gobernador del Estado;
II.- La Secretaría de Salud del Estado; y
III.- Los Ayuntamientos.
LEY DE SALUD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA
REGLAMENTOS
REGLAS DE PROCEDIMIENTOS Y LINEAMIENTOS
MANUALES ADMINISTRATIVOS
ACUERDOS
ESTATUTOS Y CODIGOS
DECRETOS
CONVENIOS
TRATADOS, RESOLUCIONES Y PROGRAMAS
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
GUIAS DE PRACTICA CLINICA
Son un elemento de rectoría en la atención
medica, cuyo objetivo es establecer un
referente nacional para favorecer la toma
de decisiones clínicas y gerenciales, basadas
en recomendaciones sustentadas en la
mejor evidencia disponible, a fin de
contribuir a la calidad y la efectividad de la
atención medica.
MARCO LEGAL VERTICAL
Constitución Política de los EUM.
Ley General de Salud.
Ley de Salud Publica para el Estado de Baja California.
Plan Nacional de Desarrollo
Plan Estatal de Desarrollo
Plan Municipal de Desarrollo
Programa Sectorial de Salud
Programas de Salud.Lineamientos
Normas Oficiales Mexicanas.
Guías de Practica Clínica
POR
ADMINISTRACION
LA LEGISLACION EN LAS FUNCIONES
ESCENCIALES DE LOS SISTEMAS DE SALUD
1: Monitoreo y análisis de la situación de salud de la población.
2: Vigilancia de salud pública, investigación y control de riesgos y daños
en salud pública.
3: Promoción de la Salud.
4: Participación social y empoderamiento de los ciudadanos en salud.
5: Desarrollo de políticas, planes y capacidad de gestión que apoyen los
esfuerzos en salud pública y contribuyan a la rectoría sanitaria nacional
6: Regulación y fiscalización en salud pública
7: Evaluación y promoción del acceso equitativo de la población a los
servicios de salud necesarios.
8: Desarrollo de recursos humanos y capacitación en salud pública.
9: Garantía de calidad de los servicios de salud individual y colectivos
10: investigación, desarrollo e implementación de soluciones innovadoras
en salud pública
11: Reducción del impacto de emergencias y desastres en salud
LA NORMATIVIDAD PARA LA
PLANEACION DE SERVICIOS
DE SALUD