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ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
1.
Consejo Superior Universitario
ACTA NÚMERO DIEZ GUION DOS MIL DIECINUEVE (10-2019). En la Ciudad de
Guatemala a las nueve horas con veinticuatro minutos (09:24) del día miércoles
diez (10) de abril del año dos mil diecinueve (2019), reunidos en el salón de sesiones
del Consejo Superior Universitario, para celebrar sesión ORDINARIA, los siguientes
miembros del mismo: El Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Msc.
Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos. Los Decanos de las Facultades: Ph.D. Jorge
Fernando Orellana Oliva, de la de Ciencias Médicas; Ing. Pedro Antonio Aguilar
Polanco, de la de Ingeniería; M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto, de la de Ciencias
Químicas y Farmacia; Lic. Luis Antonio Suarez Roldán, de la de Ciencias
Económicas; Dr. Edgar Guillermo Barreda Muralles, de la de Odontología; M.A.
Walter Ramiro Mazariegos Biolis, de la de Humanidades; Dr. Gustavo Enrique
Taracena Gil, de la de Medicina Veterinaria y Zootecnia; Ing. Agr. Mario Antonio
Godínez López, de la de Agronomía; Arq. Edgar Armando López Pazos, de la de
Arquitectura. Los Representantes de los Colegios Profesionales: Lic. Juan Carlos
Godínez Rodríguez, del de Abogados y Notarios de Guatemala; Dr. Mario Gilberto
Cordón Samayoa, del de Médicos y Cirujanos de Guatemala; Ing. Carlos Humberto
Aroche Sandoval, del de Ingenieros e Ingenieros Químicos de Guatemala; Licda.
Liliana Magaly Vides Santiago de Urízar, del de Farmacéuticos y Químicos de
Guatemala; Lic. Urías Amitaí Guzmán García, del de Economistas, Contadores
Públicos y Auditores, y Administradores de Empresas; Dr. Augusto Roberto Wehncke
Azurdia, del Estomatológico; Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández, del de
Humanidades de Guatemala; Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera, del de
Ingenieros Agrónomos de Guatemala; Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado, del
de Arquitectos de Guatemala. Los Representantes de los Catedráticos de las
Facultades: Licda. Ana María Azañón Robles, de la de Ciencias Jurídicas y Sociales;
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj, de la Ciencias Médicas; Ing. Hugo
Humberto Rivera Pérez, de la de Ingeniería; Lic. Oscar Federico Nave Herrera, de
la de Ciencias Químicas y Farmacia; Lic. José de Jesús Portillo Hernández, de la de
Ciencias Económicas; Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios, de la de
Odontología. Los Representantes Estudiantiles: Sr. Víctor Hugo Mayén García, de la
de Ciencias Jurídicas y Sociales; Srita. Paula María Déleon Hernández, de la de
Ciencias Médicas; Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente, de la de Ingeniería;
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz, de la de Ciencias Químicas y Farmacia; Sr.
Erwin Esteban Molina Díaz, de la de Ciencias Económicas; Sr. Keevin Josué
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
2.
Consejo Superior Universitario
González Torres, de la de Odontología; Sr. Axel Danilo Aguilar Franco, de la de
Humanidades; Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales, de la de Agronomía.
También estuvieron presentes: El Director General Financiero, Lic. Juan Carlos
Palencia Molina; el Director de Asuntos Jurídicos, Msc. Mynor Custodio Franco Flores
y el Arq. Carlos Enrique Valladares Cerezo, Secretario General, quien autoriza se
proceda de la manera siguiente:
CUESTIÓN PREVIA: A solicitud del señor Rector de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz, se inicia la presente sesión, presidida
por el señor Decano de la Facultad de Ingeniería, Ing. Pedro Antonio Aguilar
Polanco, en su calidad de Decano más Antiguo, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 3 del Reglamento Interior del Consejo Superior
Universitario, indicando el Ingeniero Aguilar Polanco, que el señor Rector, se estará
incorporando en el transcurso de la sesión.
Audiencia al Ing. Erick Leonel Hernández Girón, Coordinador de la Unidad
Ejecutora de Reforma Universitaria.
El Consejo Superior Universitario de conformidad con la solicitud del MSc. Ing.
Murphy Olympo Paiz Recinos, Rector de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, procede a conceder audiencia al Ing. Erick Leonel Hernández Girón,
Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma Universitaria, quien se dirige ante
el pleno del Consejo Superior Universitario para exponer sobre el proceso de
Reforma Universitaria:
“Reforma Universitaria
• Acta 04-2015, PUNTO 5, inciso 5.1 el 25 de febrero de 2015: Se aprueba:
La Metodología y Bases para la Organización del Proceso de Reforma.
• El 8 de julio de 2015, en Acta 15-2015, PUNTO primero, se aprueba:
a) Asignación presupuestaria
b) Ratifica lo acordado en acta 04-2015 y
c) Da posición a integrantes de la CCOST
• Desarrollo de la Reforma
4 Planos que contienen
14 Ejes Temáticos
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3.
Consejo Superior Universitario
• Marco Metodológico y Organizativo
4 fases
1- Fase Preparatoria
2- Fase de Pre congreso
3- Fase de Congreso
4- Fase de Post Congreso
Fase Preparatoria
• Aprobación de la Metodología
• Apoyo de parte de las Distintas Instancias Universitarias para que el Proceso de Reforma Se
desarrolle
• Dar posesión a la Comisión Consultiva de Seguimiento Y Transparencia CCOST.
• Instalar la Unidad Ejecutora a cargo de CCOST
• Elegir y dar posesión a la CRU, a cargo de CCOST
• Elegir y dar posesión a las comisiones especificas CECODYS a cargo de la CRU, (CETRU, CERUA,
CERUDAC Y CEUNA) a cargo de CCOST
CCOST: Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia
La Metodología describe a la comisión, de carácter consultivo y de vigilancia, Garante del
cumplimiento y desarrollo de las fases del Proceso de Reforma Universitaria, y describe que será la
Responsable de ejecutar la fase Preparatoria.
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4.
Consejo Superior Universitario
Fase Preparatoria
(año 2015, según cronograma en la Metodología)
Que tenemos
• Aprobada la metodología por el CSU.
• Se dio posesión a la Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia CCOST
• Instalada la Unidad Ejecutora a Cargo de la CCOST
• Elecciones realizadas en 2017, se realizo el proceso de ratificación 2019
• Propuesta de convocatoria y cronograma de actividades aprobados por la CCOST
• Convocadas las unidades académicas donde no se realizo el proceso electoral en 2017 (8
de marzo 2019)
• Convocadas las Unidades académicas donde se declaro desierto el Proceso 2017 (8 de
marzo 2019)
• Convocadas las Unidades académicas que no ratificaron sus representantes electos en el
Proceso 2017 (14 de marzo 2019)
Que nos hace falta
• El apoyo de Todas las Instancias Universitarias, para que el proceso de Reforma
Universitaria se desarrolle
• Concluir con los Procesos pendientes y
• Elegir, acreditar y dar posesión a la CRU
• Elegir y dar posesión a las comisiones especificas, (CECODYS, CETRU, CERUA, CERUDAC, Y
CEUNA), convocatoria a cargo de la CCOST.
Instalada la CRU, se da paso a elegir y dar posesión a las comisiones especificas (CECODYS,
CETRU, CERUA, CERUDAC, Y CEUNA) todo esto a cargo de CCOST.
• Convocar a elección
Titular (48%)Numero de Acta
y FechaSuplente (43%)
Numero de Acta
y Fecha
1 CSU Byron Rabé Rendón 15-2015 08/07/2015
2 CSU Herbert Rene Miranda 15-2015 08/07/2015
3 CSU Kevin Cristian Carrillo 16-2016 24/08/2016
4 CSU Edgar Oswaldo Méndez Corzo 16-2016 24/08/2016
5 COGCADUSAC Amanda Moran Mérida 15-2015 08/07/2015 Alfredo Beber Aceituno 15-2015 08/07/2015
6 COGCADUSAC Héctor Aqueche Juárez 15-2015 08/07/2015 Hilda Rosaura Gramajo 02-2018 14/02/2018
7 COGCADUSAC Alfredo Itzep Manuel 15-2015 08/07/2015 David Monterroso Salvatierra 15-2015 08/07/2015
8 SINDINUSAC Saúl Ernesto Rojas Castillo 02-2018 14/02/2018 Marco Tulio Martínez 02-2018 14/02/2018
9 STUSC José Luis Ayala Maldonado 15-2015 08/07/2015 Gricel Yesenia Medina 15-2015 08/07/2015
10 STUSC Ana Patricia Rubí Guerrero 23-2018 29/08/2018 Rosa Alcira Trijilio 02-2017 08/02/2017
11 CODECER María del Rosario Paz 15-2015 08/07/2015
12 CODECER Nery Valdemar Galdamez Cabrera 15-2015 08/07/2015 María Mercedes Fuentes Chur 04-2018 07/03/2018
13 EPA Marvin Josué Castillo García 18-2016 21/09/2016 Juan Pablo Muñoz 18-2016 21/09/2016
14 EPA Marvin Alfonzo Hernández Granados18-2016 21/09/2016 José Armando Castillo 18-2016 21/09/2016
15 JADE Edwin Simón Joel Sanic 15-2015 08/07/2015
16 ESC.HISTORIA Cesar Alexander Vega González 15-2015 08/07/2015 José Pablo Menchu Jiménez 15-2015 08/07/2015
17 AEU Jacobo Castañeda Midence 15-2015 08/07/2015 José Pablo Díaz Flores 15-2015 08/07/2015
18 REEDUCA Renato Letona Tunchez 15-2015 08/07/2015 Abner Jonatan Paña 15-2015 08/07/2015
19 AEU Diego Antohil Noj Armira 25-2017 08/11/2017 Juan José Cana Aguilar 25-2017 08/11/2017
20 AEU Gabriel Ignacio Hernández Mendoza 25-2017 08/11/2017 Juan Enrique Hernández Chanchavac25-2017 08/11/2017
21 Egresados COL. PROF. Verónica de Jesús Paz 15-2015 08/07/2015
Estudiantes
Representantes CCOST, con Nombramiento Vigente 2019
Sector
Autoridades
Docentes
Trabajadores
NO
Adscritas
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5.
Consejo Superior Universitario
• Acreditar
• Instalar las comisiones especificas
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:
Para concluir con los procesos de elección de representantes para el proceso de conformación de la
CRU, se cuenta con el compromiso de los distintos sectores que tienen pendiente alguna elección.
• Estudiantes AEU
• EPA
• Docentes
• Trabajadores
ESTIMACIÓN DE TIEMPO PARA LLEGAR A LA REALIZACIÓN DEL CONGRESO
¿Cómo el Honorable Consejo Superior Universitario puede apoyar, Viabilizar o Dinamizar el
Proceso de Reforma Universitaria?
comentarios ActividadPrimer
semana
segunda
semana
tercer
semana
cuarta
semana
Primer
semana
segunda
semana
tercer
semana
cuarta
semana
Primer
semana
segunda
semana
tercer
semana
cuarta
semana
Primer
semana
segunda
semana
tercer
semana
cuarta
semana
Enmiendas
Convocatoria
CCOSTEntre los 3 días
siguientes a la
convoc. De
CCOST
Convocatoria
J.D., C.D. de U.A.
Campaña de
divulgación de
la convocatoria
Divulgación de
las convocatorias
Entre los 30 días
siguientes a la
convoc. J.D. o
C.D.
Primer momento
72 hrs.
Posteriores,
se remite a
CCOST
Segundo
momento
Revisión de
documentación,
por CCOST
Acreditación
Instalación de la
CRU
Acreditacitación
Instalación de
comisiones
Especificas
visitas de
CCOST a
centros
regionales
Febrero Marzo Abril Mayo
Comentarios Actividad 1ra 2da. 3ra 4ta. 1ra 2da. 3ra 4ta. 1ra 2da. 3ra 4ta. 1ra 2da. 3ra 4ta. 1ra 2da. 3ra 4ta. 1ra 2da. 3ra 4ta.
La Comisión Especifica de
Comunicación, Divulgación
y Socialización, esta
conformada por integrantes
de la CRU, (2.24.1)(2.3.3)
Conformación
de CECODYS
Conformación 14 CETRU,
una por eje TemáticoCETRU
Una por unidad académica CERUAPor dependencia de la
administración CentralCERUDAC
Unidad Académica o
Administrativa no AdscritaCEUNA
Elaboración de plan de
capacitación y adiestramiento
Capacitación y
adiestramiento
Diagnostico por unidad
académica
Diagnostico Institucional y
consolidación de los
Autodiagnósticos
Congreso
Semanas de
Octubre
Semanas de
NoviembreSemanas de Junio Semanas de Julio Semanas de Agosto
Semanas de
Septiembre
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6.
Consejo Superior Universitario
• Que a través del CSU, se logre que las distintas instancias de la Universidad apoyen el
proceso de Reforma Universitaria.
• Concediéndole prioridad en agenda, a los temas del Proceso de Reforma Universitaria
(Representantes del CSU en CCOST y en CRU, conocer los cambios de los representantes ante
la CCOST)
• Que cada Sector Representado en el Consejo Superior universitario, impulse el proceso de
Reforma Universitaria a lo interno del Sector que representa, compartiendo el avance del
desarrollo del proceso con este alto ente Colegiado.
• Conceder periódicamente, espacio en la agenda del Honorable Consejo Superior
Universitario para entregar informes de avance del proceso.
• Considerando que cada unidad académica, y cada sector tiene sus características,
particularidades y elementos circunstanciales, aunado a que la metodología no es muy clara
en algunos aspectos, no se puede tomar como un marco rígido, sino debe ser una guía
metodológica con capacidad de adaptarse a las distintas circunstancias que en las
actividades del Proceso de Reforma Universitaria se dan.”
Al respecto, miembros del Consejo Superior Universitario cuestionan cuáles son las
unidades académicas que hacen falta que nombren a sus representantes,
indicando el Ing. Hernández Girón que únicamente dos Facultades han realizado
los nombramientos de sus representantes, y que fueron convocadas las demás
unidades académicas. Finalizada la exposición, se retira del salón de sesiones,
siendo las nueve horas con cincuenta y tres minutos (09:53).
Audiencia a integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad
de San Carlos de Guatemala (SINTRAUSAC).
El Consejo Superior Universitario tiene a la vista la REF. SINTRAUSAC 227-2019, de
fecha 03 de abril de 2019, mediante la cual Héctor Uriel Hernández Cardona,
Secretario General; Daniel Estuardo Apen Navas, Secretario de Actas; Jorge Juárez
López, Secretario de Conflictos; Sofía Barahona Segura, Secretaria de Género;
Carlos René Patzán Pérez, Secretario de Organización; Víctor Manuel Marroquín,
Secretario de Asuntos Internos y Externos; Oseas Dodany Morataya, Secretario de
Finanzas; Desidoro Escobar, Secretario de Cultura y Deportes y Hugo Valladares,
del Consejo Consultivo; en nombre del Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo del
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
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7.
Consejo Superior Universitario
Guatemala, solicitan “…audiencia para el día miércoles 10 de abril del presente año, esto con
el motivo de apersonarnos como Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo de esta organización”. ------
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario procede a conceder
audiencia a integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad
de San Carlos de Guatemala (SINTRAUSAC), quienes al hacerse presentes
agradecen la misma y se dirigen con la finalidad de hacer la presentación formal
del Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo del Sindicato Nacional de Trabajadores
de la Universidad de San Carlos de Guatemala, electo durante el período 2019-
2021, siendo los las personas electas las siguientes:
COMITÉ EJECUTIVO:
1. Héctor Uriel Hernández Cardona, trabajador en Facultad de Ciencias
Económicas –Secretario General.
2. Daniel Estuardo Apen Navas, trabajador en Dirección General de
Investigación –Secretario de Actas.
3. Jorge Alberto Juárez López, trabajador en Editorial Universitaria –Secretario
de Conflictos y Previsión Social.
4. Carlos René Patzán Pérez, trabajador en Urbanización y Remodelaciones –
Secretario de Organización.
5. Oseas Dodany Morataya González, trabajador en Urbanización y
Remodelaciones –Secretario de Finanzas.
6. Desidoro De Jesús Escobar Vásquez, trabajador en Urbanización y
Remodelaciones –Secretario de Cultura y Deportes.
7. Rossangela Sofía Barahona Segura, trabajadora en el Depto. De Deportes –
Secretaria de Género.
8. Víctor Manuel Marroquín Sabán, trabajador en Urbanización y
Remodelaciones –Secretario de Asuntos Internos y Externos.
CONSEJO CONSULTIVO:
1. Heliam Lily Leiva Sánchez, trabajadora en Bienestar Estudiantil –Consejo
Consultivo.
2. Hugo Estuardo Estrada Valladares, trabajador en el Depto. De Servicios
Generales –Consejo Consultivo.
3. Kevin Oberson Guillén Barco, trabajador en el Depto. De Servicios Generales
–Consejo Consultivo.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
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8.
Consejo Superior Universitario
Por su parte, el señor Héctor Uriel Hernández Cardona, Secretario General del
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, hace un llamado al Consejo Superior Universitario, para que se dé
cumplimiento a los acuerdos y solicitudes realizadas por dicha organización, entre
ellas:
Resolver problemática del cambio de renglón de los trabajadores
contratados bajo el renglón presupuestario 031.
Al respecto, manifiesta que tienen conocimiento que el Consejo Superior
Universitario trató el tema en la sesión anterior, sin embargo, no se resolvió la
problemática, e indica que, de no resolverse a la brevedad, tomarán varias
acciones. Asimismo, hace un llamado al Consejo Superior Universitario, en virtud
que se ha estado utilizando un renglón que no corresponde, para contratar
personal permanente en la Universidad de San Carlos de Guatemala, por lo que
solicitan se resuelva la problemática en aras de mantener la armonía y la paz,
dentro de la institución. A la vez, hacen un recordatorio de la problemática que
aún persiste con los trabajadores de la Finca Sabana Grande, considerando que
aún no cuentan con los medios adecuados para realizar evacuaciones, ante
cualquier emergencia. Para finalizar, solicitan se incluya a los representantes
nombrados por el SINTRAUSAC, ante la Comisión Consultiva de Seguimiento y
Transparencia (CCOST), y fijan como plazo para que se resuelvan sus demandas,
antes de las catorce horas (14:00). Finalizada la exposición, siendo las diez horas
con diez minutos (10:10), se retiran del salón de sesiones.
CUESTIÓN PREVIA: El Decano de la Facultad de Ingeniería, Ing. Pedro Antonio
Aguilar Polanco, hace del conocimiento que se recibió la solicitud de audiencia
que presentó el señor Luis Fernando Avila, Secretaron de Actas de la Asociación
de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda de León”, según Carta-AEU No.
2019-0046, de fecha 9 de abril de 2019, en la que expone lo siguiente: “…Por medio
de la presente hago una solicitud de audiencia, para la sesión ordinaria del Consejo Superior
Universitario la cual se llevará a cabo el 10 de abril de 2019. Para abordar el siguiente punto:
Seguridad Integral en la Universidad de San Carlos.”
Sin embargo, han hecho del conocimiento que la Asociación de Estudiantes
Universitarios “Oliverio Castañeda de León”, desea hacerse presente
acompañados del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
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9.
Consejo Superior Universitario
Guatemala (STUSC). Al respecto, el Consejo Superior Universitario en aras de
mantener la armonía, y escuchar a todos los sectores interesados en el tema,
ACUERDA: Otorgar la audiencia a la Asociación de Estudiantes Universitarios
“Oliverio Castañeda de León”, quienes se harán acompañar del Sindicato de
Trabajadores de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con un máximo de
diez personas. --------------------------------------------------------------------------------------------------
Considerando lo anterior, se solicita al Representante Docente de la Facultad de
Ingeniería que proceda a informar a la Asociación de Estudiantes Universitarios
“Oliverio Castañeda de León” y Sindicato de Trabajadores de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, la resolución del Consejo Superior Universitario; quien
luego de hacer del conocimiento lo acordado, informa que solicitan hacer su
ingreso todas las personas que acompañan el movimiento. Al respecto, la
Representante Estudiantil de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia,
manifiesta que diez (10) es un número reducido, considerando que son varias las
organizaciones que vienen representadas. En virtud de lo anterior, se propone que
sean diez (10) representantes de la Asociación de Estudiantes Universitarios
“Oliverio Castañeda de León” y diez (10) del Sindicato de Trabajadores de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, lo cual es aprobado.
Audiencia a integrantes de la Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio
Castañeda de León” y del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de San
Carlos de Guatemala (STUSC).
El Consejo Superior Universitario de conformidad con lo acordado, procede a
conceder audiencia a integrantes de la Asociación de Estudiantes Universitarios
“Oliverio Castañeda de León” y del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de
San Carlos de Guatemala (STUSC), quienes al hacerse presentes agradecen la
misma, y presentan la excusa de la Srita. Lenina Amapola García y Sr. Luis Fernando
Avila, quienes se encuentran en una actividad del Consejo Superior Universitario
Centroamericano. A continuación, se dirigen ante el pleno del Consejo Superior
Universitario para manifestar que en la presente oportunidad se presentan como
un solo bloque (estudiantes y trabajadores), con la finalidad de manifestar su
postura ante el Plan de Seguridad Universitaria, aprobado por el Consejo Superior
Universitario en la sesión anterior, externando su rechazo ante la evidente
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
10.
Consejo Superior Universitario
privatización que se plantea al sector vigilancia, por lo que solicitan se respeten los
derechos laborales de los compañeros vigilantes, y se revise dicho plan por todos
los sectores que conforman la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el
efecto realizan la propuesta siguiente: ---------------------------------------------------------------
“Conscientes de la problemática de inseguridad que aqueja la comunidad universitaria y que para
la formulación de estrategias efectivas a corto, mediano y largo plazo para una Universidad segura
que respete los derechos humanos se requiere la participación de los sectores que día a día
ingresamos a las instalaciones universitarias (trabajadores, docentes y estudiantes), -------------------
Con conocimiento que el Plan de Seguridad que se pretende aprobar tiene como base el Informe
final “Violencia en el Ámbito de la Educación Superior publica” realizado por la Dirección General de
Investigación de la Universidad de San Carlos, que en su misma página 34 concluye que “no existe
un registro estadístico que capture la realidad de lo que sucede al interior del Campus… por lo que
es necesario diseñar una plataforma que permita un registro lo más ajustado a la realidad” por lo
que se necesitan datos reales sobre la inseguridad en la Universidad y la formulación de un Plan
técnico de seguridad con estrategias efectivas a corto, mediano y largo plazo, presentamos lo
siguiente: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Seguridad Integral Universitaria
¿Qué implica seguridad integral?
Seguridad individual
Patrimonio (bienes)
Infraestructura
Entorno y área de influencia
Emergencias y desastres naturales
Informática
Preguntas básicas
¿Queremos control o seguridad?
¿Queremos una percepción de seguridad o una Universidad segura?
¿Queremos una seguridad reactiva o preventiva?
¿Queremos un modelo de seguridad democrático y participativo ó un modelo de vigilancia, secreto
y de represión?
Propuesta #1
1. Rediseño de Consejo Permanente de Seguridad a Comisión Técnica de Seguridad Integral
Universitaria, establecida por Consejo Superior Universitario –CSU-
Propuesta de Integración (Autoridad y sector técnico)
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
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11.
Consejo Superior Universitario
El Rector, quien la preside
Directora de la Dirección General de Administración –DIGA- (en caso de ausencia del
Rector le corresponde presidir)
Un representante del Centro de Estudios de Desarrollo Seguro y Desastres –CEDESYD-
Un representante del Centro de Estudios Urbanos y Regionales –CEUR-
Un representante de la Dirección de Asuntos Jurídicos
(Representantes sectoriales)
Un representante de la Coordinadora del Claustro de Docentes y Profesores Titulares
Un representante de Sindicato Trabajadores Universidad de San Carlos de Guatemala –
STUSC-
Un representante de la Asociación de Estudiantes Universitarios –AEU-
Un representante de las Asociaciones Estudiantiles electo por el Consejo Consultivo
** CADA REPRESENTANTE CONTARÁ CON SU RESPECTIVO SUPLENTE**
Propuesta #2
2. Metodología y fases con fecha límite de resultados
Objetivos
General: Proponer un Plan de Seguridad Integral viable, técnico e incluyente con la comunidad
universitaria
Específicos:
1. Estudiar los riesgos de seguridad en las instalaciones universitarias
2. Determinar las causas de los hechos delictivos en la Universidad
3. Diseñar estrategias a corto, mediano y largo plazo para abordar el tema de Seguridad
Universitaria con base en los datos recopilados
Primera Fase
¿Qué Universidad tenemos?
Recopilación de datos
Jerarquización de la Universidad por perímetros, zonas rojas, áreas, etc.
Identificación de eventos, grupos, causas, puntos ciegos, etc. Que generen situaciones de
violencia
Sistematización de denuncias
Evaluación de infraestructura universitaria
Análisis de vulnerabilidad de servicios informáticos
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
12.
Consejo Superior Universitario
Segunda fase
¿Qué Universidad queremos?
Propuesta de solución a cada una de las causas identificadas
Propuestas de mejoramiento de seguridad universitaria en todas sus dimensiones
Perspectiva con enfoque de género y respeto a derechos humanos
Seguridad en un marco democrático y ciudadano
Última fase
Redacción de documento de propuesta final
Acompañado de análisis técnicos de viabilidad
Formulación de integración de ente encargado de seguridad
Presentación ante Consejo Superior Universitario para su aprobación final
Plazo a considerar:
Propuesta entre 3 y 6 meses con sesiones semanales de trabajo constante
Propuesta #3
Plan de Seguridad Integral Universitaria y recuperación de espacios públicos
Hipótesis 1: Existen espacios dentro de Campus Central donde existe ausencia de autoridad, por lo
que son utilizados para la venta y consumo de alcohol y droga
Hipótesis 2: Existen espacios “ciegos” en Campus Central donde transitar representa un riesgo para
la comunidad universitaria
Hipótesis 3: Las áreas de parqueo (oficiales y no oficiales) son vulnerables a robos de vehículos y
motocicletas, además que por la falta de control de acceso y estancia se convierten en lugares de
consumo de drogas y alcohol, en algunos casos terminan por generar situaciones como disparos al
aire, etc.
Hipótesis 4: Existen grupos violentos dentro de Campus Central que han utilizado la Tradicional
Huelga de Dolores y sacado ventaja del uso de capucha para ingresar personas no identificadas para
cometer actos delictivos
Con base en lo anterior solicitamos:
La conformación de la instancia técnica propuesta con los sectores estudiantil, sindical, docente,
técnico y autoridades para dialogar y crear un Plan de Seguridad Integral universitario con enfoque
ciudadano, de género y de derechos humanos.
Guatemala, 10 de abril de 2019.”
Para finalizar, solicitan se deje en suspenso el Plan de Seguridad aprobado por el
Consejo Superior Universitario, y que el mismo sea analizado por todos los sectores,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
13.
Consejo Superior Universitario
que integrarán la mesa técnica propuesta. Finalizada la exposición, se retiran del
salón de sesiones, siendo las once horas con cinco minutos (11:05).
PRIMERO LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA No. 09-2019
1.1 LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA No. 09-2019
Se procede a dar lectura del ACTA No. 09-2019, misma que es aprobada con las
modificaciones siguientes: a) Página 17, corrección al párrafo segundo de la
audiencia concedida a integrantes del Honorable Comité de Huelga de Dolores,
de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido siguiente: “En virtud de
lo anterior, integrantes del Comité de Huelga responden que ellos pertenecen a los comités de cada
unidad académica, y que el pago para el ingreso al parqueo no es obligatorio, por lo tanto, para
ellos no es una extorsión.“. b) A solicitud del Representante del Colegio de Abogados
y Notarios de Guatemala, se modifica el Punto SÉPTIMO, Inciso 7.5 (Pág. 89), en el
sentido de hacer constar que el Director de Asuntos Jurídicos, se está negando a
dar cumplimiento a una orden del Consejo Superior Universitario. c) Modificación
del Punto SÉPTIMO, Inciso 7.1.
SEGUNDO: LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA.
2.1 LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA:
Se procede a dar lectura de la agenda del día, misma que es aprobada con las
modificaciones siguientes: a) Eliminar a partir de la presente sesión el punto:
“SEGUNDO: PUNTOS INDICADOS COMO DE SESIÓN PERMANENTE.”, En
consecuencia, se eliminan de agenda el Punto SEGUNDO, Inciso 2.1, Subinciso 2.1.1
e Inciso 2.2, por lo que se corre la numeración. b) A solicitud del Representante
Docente de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, se retira de agenda el
Punto TERCERO, Inciso 3.3, en virtud que la solicitud debe ser presentada a
propuesta por el señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por
lo que se corre la numeración. c) Inclusión de los siguientes puntos: ---------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
14.
Consejo Superior Universitario
Decano de la Facultad de Humanidades solicita el nombramiento de una
Comisión de Observación, al proceso de elección de Director del Centro
Universitario del Norte. ---------------------------------------------------------------------------------
Convenio de Cooperación entre la Universidad de San Carlos de Guatemala,
a través de la Dirección General de Administración y la Cámara de Industria
de Recicladores de Guatemala. ------------------------------------------------------------------
DICTAMEN DAJ No. 012-2019 (03). Solicitud de Dispensa del cumplimiento del
Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, para
nombrar a la Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar de
Cátedra II, de la Escuela de Biología, del 22 de enero al 30 de junio de 2018,
según transcripción del Punto CUARTO, inciso 4.12, subinciso 4.12.1 del Acta No.
13-2018, de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias
Químicas y Farmacia, el 12 de abril de 2018. -------------------------------------------------
Representante Estudiantil de la Facultad de Agronomía, solicita se retome la
petición realizada por el Doctor Julián Alejandro Saquimux Canastuj,
Representante Docente de la Facultad de Ciencias Médicas, respecto al
proyecto de comunicado solicitado al Instituto de Problemas Nacionales de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, sobre la Ley de Reconciliación
Nacional. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior Universitario de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, con respecto a la solicitud de
otorgar el título de Doctor Honoris Causa al guatemalteco José Antonio Móbil
Beltetón. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior Universitario de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, con respecto a la solicitud de
otorgar el título de Doctor Honoris Causa al Arquitecto Pelayo Llarena Murua.
Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior Universitario, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, con respecto a la solicitud de
otorgar el título de Doctor Honoris Causa al Investigador Luis Von Ahn. -----------
Evaluación de viabilidad del terreno donado por la Municipalidad de Jutiapa
a la Universidad de San Carlos de Guatemala, para construcción del Centro
Universitario. -----------------------------------------------------------------------------------------------
Informe del señor Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, respecto al
caso de violación de una estudiante. -----------------------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
15.
Consejo Superior Universitario
Estudiante de la Facultad de Agronomía, solicita se conozcan las peticiones de
los estudiantes de la Facultad de Agronomía, sobre el tema de transfuguismo.
El M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, Decano de la Facultad de
Humanidades solicitó se presente en la próxima sesión un informe de los
trabajadores contratados en las bibliotecas de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
TERCERO ELECCIONES, NOMBRAMIENTOS Y/O DESIGNACIONES:
3.1 Elección de un Representante Titular y un Suplente de la
Universidad de San Carlos de Guatemala ante Junta Monetaria del
Banco de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario en correspondencia con su resolución contenida
en el Punto TERCERO, Inciso 3.2 del Acta No. 08-2019 de sesión ordinaria celebrada
el día miércoles 13 de marzo de 2019, procede a elegir a los Representantes Titular
y Suplente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, ante la Junta Monetaria
del Banco de Guatemala. Para el efecto, el señor Secretario General de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, informa que los profesionales que
hicieron llegar su currículo, son los siguientes:
Representante Titular:
No. NOMBRE Colegiado
No. PROFESIÓN
1 Luis Antonio Suárez Roldán 5,369 Economista
2 Luis Felipe Granados Ambrosy -
-Grado de Master otorgado por la
Universidad de Illinois en Urbana –
Champaign, EE.UU., con especialidad
en Economía Internacional, Política
Monetaria y Política Económica.
-Economista (pendiente público)
3 Armando Rene Valdes Aquino 22101
Abogado y Notario, con pensum
cerrado de Contador Público y
Auditor, en el grado de Licenciado.
Representante Suplente:
No. NOMBRE Colegiado
No. PROFESIÓN
1 Juan Carlos Palencia Molina 8,933 Contador Público y Auditor
2 Luis Felipe Granados Ambrosy -
-Grado de Master otorgado por la
Universidad de Illinois en Urbana –
Champaign, EE.UU., con especialidad
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
16.
Consejo Superior Universitario
en Economía Internacional, Política
Monetaria y Política Económica.
-Economista (pendiente público)
3 Manuel Alberto Selva Rodas 3,605 Contador Público y Auditor
4 Armando Rene Valdes
Aquino 22101
Abogado y Notario, con pensum
cerrado de Contador Público y
Auditor, en el grado de Licenciado.
Se procede a efectuar la referida elección por votación en forma secreta, primero
para Representante Titular y segundo para Representante Suplente. Previo a
iniciarse el proceso de elección para REPRESENTANTE TITULAR, el Licenciado Luis
Antonio Suárez Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, solicita
autorización para ausentarse, por ser parte interesada como candidato titular.
Posteriormente, el Secretario General de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, procede a verificar el quórum correspondiente, para el efecto se
establece que en la votación para REPRESENTANTE TITULAR se encuentran
presentes veintitrés (23) miembros de este Consejo Superior Universitario, por lo que
el Director de Asuntos Jurídicos en ausencia del Coordinador de la Comisión de
Asuntos Jurídicos, procede a verificar las boletas en las que se emitirá el voto
respectivo, estableciendo que se cuenta con cuarenta y un (41) boletas en
blanco; seguidamente se procede a repartir una boleta por cada miembro
presente, estableciendo que sobraron dieciocho (18) boletas en blanco. A
continuación, los miembros del Consejo Superior Universitario proceden a emitir su
voto, y a depositar su boleta en la urna correspondiente. Luego de realizado el
escrutinio, el Director de Asuntos Jurídicos y Secretario General, proceden al
conteo de votos, obteniéndose los resultados siguientes:
ELECCIÓN PARA REPRESENTANTE TITULAR DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE
GUATEMALA ANTE LA JUNTA MONETARIA:
Luis Antonio Suárez Roldán 22 votos
Luis Felipe Granados Ambrosy 00 votos
Armando Rene Valdes Aquino 00 votos
En Blanco 00 votos
Nulos 01 votos
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 23 votos Mayoría Absoluta: 12 votos
Posteriormente, solicita permiso para ausentarse el Licenciado Juan Carlos
Palencia Molina, Director General Financiero por ser parte interesada como
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
17.
Consejo Superior Universitario
candidato suplente. Asimismo, hace su ingreso el Licenciado Luis Antonio Suárez
Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas. A continuación, se
procede con la elección del REPRESENTANTE SUPLENTE de la Universidad de San
Carlos de Guatemala ante la Junta Monetaria, por lo que el Secretario General de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, procede a verificar el quórum
correspondiente, para el efecto se establece que se encuentran presentes
veintiocho (28) miembros de este Consejo Superior Universitario, por lo que el
Director de Asuntos Jurídicos procede a verificar las boletas en las que se emitirá el
voto respectivo, estableciéndose que se cuenta con cuarenta y un (41) boletas en
blanco; seguidamente se procede a repartir una boleta por cada miembro
presente, estableciendo que sobraron trece (13) boletas en blanco. A
continuación, los miembros del Consejo Superior Universitario proceden a emitir su
voto, y a depositar su boleta en la urna correspondiente. Luego de realizado el
escrutinio, el Director de Asuntos Jurídicos y Secretario General, procede al conteo
de votos, obteniéndose los resultados siguientes:
ELECCIÓN PARA REPRESENTANTE SUPLENTE DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE
GUATEMALA ANTE LA JUNTA MONETARIA:
Juan Carlos Palencia Molina 27 votos
Luis Felipe Granados Ambrosy 00 votos
Manuel Alberto Selva Rodas 00 votos
Armando Rene Valdes Aquino 00 votos
En Blanco 01 votos
Nulos 00 votos
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 28 votos Mayoría Absoluta: 15 votos
En tal sentido, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Designar al LIC.
LUIS ANTONIO SUÁREZ ROLDÁN como REPRESENTANTE TITULAR de la Universidad de
San Carlos de Guatemala ante la Junta Monetaria. SEGUNDO: Designar al
LICENCIADO JUAN CARLOS PALENCIA MOLINA, como REPRESENTANTE SUPLENTE de
la Universidad de San Carlos de Guatemala ante la Junta Monetaria. TERCERO:
Indicar a los representantes designados en los numerales anteriores que deben
presentar a este Órgano de Dirección periódicamente un informe, de las
actividades realizadas ante la Junta Monetaria. ________________________________
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
18.
Consejo Superior Universitario
Se hace constar que siendo las que siendo las once horas con treinta y cinco
minutos (11:35), durante el tratamiento del Punto TERCERO, Inciso 3.1, hizo su
ingreso el MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos, Rector de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, quien continuó presidiendo la presente sesión. A
continuación, el Licenciado Luis Antonio Suárez Roldán y Licenciado Juan Carlos
Palencia Molina, agradecen la confianza depositada en ellos, para integrar la
Junta Monetaria del Banco de Guatemala.
3.1.1 Solicitud de dispensa presentada por el Lic. Luis Antonio Suárez
Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario, procede a considerar la solicitud de dispensa
presentada por el Licenciado Luis Antonio Suárez Roldán, Decano de la Facultad
de Ciencias Económicas, quien al respecto solicita la venia del Consejo Superior
Universitario para la posibilidad de ocupar la representación de la Junta Monetaria
ante la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
Manifiesta que, en la actualidad no se cuenta con la representación de la Junta
ante dicha instancia, y de resultar electo como representante ante la Junta
Directiva del IGSS, automáticamente ocuparía la vicepresidencia de dicho
Instituto. Sin embargo, considerando que, por su cargo como Decano de la
Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
puede existir un traslape de horario, solicita al Consejo Superior Universitario, una
dispensa para que, en caso de ser electo como Representante de la Junta
Monetaria ante la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,
pueda ocupar dicha representación sin ningún inconveniente. ---------------------------
Luego de amplia deliberación, ante la solicitud realizada por el Lic. Suárez Roldán,
el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa al Licenciado Luis
Antonio Suárez Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad de San Carlos de Guatemala para que, en caso de ser electo, pueda
ocupar el cargo, de Representante de la Junta Monetaria ante la Junta Directiva
del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
19.
Consejo Superior Universitario
3.2 NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES ANTE LA COMISIÓN
CONSULTIVA DE SEGUIMIENTO Y TRANSPARENCIA (CCOST) Y ANTE
LA COMISIÓN DE REFORMA UNIVERSITARIA (CRU).
3.2.1 Ing. Herbert René Miranda Barrios, presenta su renuncia irrevocable
como Representante del Consejo Superior Universitario ante la
Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia –CCOST-.
El Consejo Superior Universitario conoce memorial mediante el cual el Ingeniero
Herbert René Miranda Barrios presenta su renuncia irrevocable como
Representante del Consejo Superior Universitario ante la Comisión Consultiva de
Seguimiento y Transparencia -CCOST-, en virtud de lo anterior expone: ----------------
“Con fecha 9 de julio y 7 de agosto de 2018 dirigí dos memoriales, el primero al Director de la
Dirección General de Docencia DIGED y el segundo al CSU, cuyas fotocopias simples acompaño;
de ninguno de los dos escritos recibí respuesta, no obstante el exceso de tiempo transcurrido,
circunstancias que me obligan a dirigirme nuevamente al CSU, sólo que esta vez le formulo el
siguiente planteamiento: -----------------------------------------------------------------------------------------
Desde el año 2010 el CSU me nombró en la Comisión Consultiva, de Seguimiento y Transparencia
del Proceso de Reforma Universitaria -CCOST- en forma ad honorem, cargo que ostento al día de
hoy, a pesar que desde el mes de julio de 2018 se me comunicó verbalmente la recisión de los
servicios prestados a la USAC como Asesor de la Unidad de Educación Virtual. ------------------------
En consecuencia, considero que las actuales autoridades administrativas de la Universidad, ante
sus evidentes decisiones, también pretenden que deje de formar parte del proceso de reforma
universitaria, de donde lo procedente es que renuncie de dicho cargo a efecto de que el CSU busque
una persona que atienda adecuadamente las obligaciones del mismo. -----------------------------------
No está de más agregar que me retiro de integrar la aludida Comisión con honra, dado que desde
que tomé posesión lo hice con absoluta responsabilidad y entrega en beneficio de mi Alma Máter.
En virtud de lo expuesto, al Honorable Consejo Superior Universitario respetuosamente ----------
PIDO:
a) Que se agregue y se incorpore a sus antecedentes el presente escrito;
b) Que en virtud de lo expuesto se someta en su sesión más próxima mi RENUNCIA
IRREVOCABLE de la Comisión Consultiva, de Seguimiento y Transparencia del Proceso de
Reforma Universitaria -CCOST-.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Aceptar la renuncia
presentada por el Ingeniero Herbert René Miranda Barrios, a la representación que
ostentaba por parte del Consejo Superior Universitario ante la Comisión Consultiva
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
20.
Consejo Superior Universitario
de Seguimiento y Transparencia -CCOST-, así como agradecerle por el trabajo
desarrollado.
3.2.2 Of. Ref. CCOST.001.2019, suscrito por el Ing. Erick Leonel Hernández
Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma
Universitaria, mediante el cual solicita sean ratificados los
Representantes del Consejo Superior Universitario ante la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia (CCOST).
El Consejo Superior Universitario conoce el Of. Ref. CCOST.011.2019, de la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia –CCOST-, suscrito por el Ing. Erick Leonel
Hernández Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma Universitaria,
con el visto bueno de la Arquitecta Alice Michele Gómez, Coordinadora General
de Planificación, mediante el cual solicitan sean ratificados los Representantes del
Consejo Superior Universitario ante la Comisión Consultiva de Seguimiento y
Transparencia (CCOST). Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA:
Designar como Representantes del Consejo Superior Universitario, ante la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia (CCOST), a los siguientes consejeros:
M.A. Edgar Armando López Pasos, Decano de la Facultad de Arquitectura.
M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto, Decano de la Facultad de Ciencias Químicas
y Farmacia.
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz, Representante Estudiantil de la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia.
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente, Representante Estudiantil de la
Facultad de Ingeniería.
3.2.3 Nombramiento de los Representantes del Consejo Superior
Universitario ante la Comisión de Reforma Universitaria (CRU).
El Consejo Superior Universitario procede a realizar el nombramiento de sus
representantes ante la Comisión de Reforma Universitaria (CRU). Para el efecto, el
Secretario General manifiesta que la Comisión de Reforma Universitaria, se integra
para el Consejo Superior Universitario, por el Rector de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, un representante estudiantil y un representante profesor o
egresado. A continuación, el Consejo Superior Universitario procede con el
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
21.
Consejo Superior Universitario
nombramiento de sus representantes, teniendo para el efecto las propuestas
siguientes:
Ing. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Representante del Colegio de
Ingenieros e Ingenieros Químicos de Guatemala.
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj, Representante Docente de la
Facultad de Ciencias Médicas.
Srita. Paula María Déleon Hernández, Representante Estudiantil de la
Facultad de Ciencias Médica.
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz, Representante Estudiantil de la Facultad de
Ciencias Económicas.
En virtud de lo anterior, luego de la votación respectiva, el Consejo Superior
Universitario ACUERDA: Nombrar como Representantes del Consejo Superior
Universitario ante la Comisión de Reforma Universitaria (CRU), a los consejeros
siguientes:
MSc. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS, Rector de la Universidad de San
Carlos de Guatemala.
ING. CARLOS HUMBERTO AROCHE SANDOVAL, Representante del Colegio de
Ingenieros e Ingenieros Químicos de Guatemala.
SRITA. PAULA MARÍA DÉLEON HERNÁNDEZ, Representante Estudiantil de la
Facultad de Ciencias Médicas.
Se deja constancia que, como representante de los Decanos, entre ellos eligen al
DR. GUSTAVO ENRIQUE TARACENA GIL, Decano de la Facultad de Medicina
Veterinaria y Zootecnia.
3.2.4 REF.SINTRAUSAC.245-2018, mediante la cual el Comité Ejecutivo y
Consejo Consultivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, solicitan se gire
instrucciones a donde corresponda para que se les incluya dentro
de la Plataforma de Reforma Universitaria.
El Consejo Superior Universitario conoce la REF.SINTRAUSAC.245-2018, mediante la
cual el Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Universidad de San Carlos de Guatemala, solicitan se gire
instrucciones a donde corresponda para que se les incluya dentro de la Plataforma
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
22.
Consejo Superior Universitario
de Reforma Universitaria. Derivado de lo anterior, requieren se tome en cuenta la
participación de los compañeros César Lee, Carlos Gaitán, Ronaldo Arreaga,
Daniel Apen, quienes fueron electos y delegados por la Asamblea General del
Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo del Sindicato Nacional de Trabajadores de
la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, el Consejo Superior
Universitario, por unanimidad, ACUERDA: No acceder a la petición realizada por el
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
3.2.5 Of. Ref. CCOST.011.2019, suscrito por el Ing. Erick Leonel Hernández
Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma
Universitaria, mediante el cual presenta solicitud del bloque
denominado “Estudiantes por la Reforma Universitaria REEDUCA”,
para que en sustitución del señor Renato Letona Túnchez, se
nombre al señor KEVIN ARMANDO VALLADARES MARTÍNEZ, como
Representante Titular ante la Comisión Consultiva de Seguimiento
y Transparencia (CCOST).
El Consejo Superior Universitario conoce el Of. Ref. CCOST.011.2019, de la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia –CCOST-, suscrito por el Ing. Erick Leonel
Hernández Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma Universitaria,
mediante el cual presenta solicitud del bloque denominado “Estudiantes por la
Reforma Universitaria REEDUCA”, para que en sustitución del señor Renato Letona
Túnchez, se nombre al señor KEVIN ARMANDO VALLADARES MARTÍNEZ, como
Representante Titular ante la Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia
(CCOST). Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Nombrar al señor
KEVIN ARMANDO VALLADARES MARTÍNEZ, como Representante Titular del bloque
denominado “Estudiantes por la Reforma Universitaria REEDUCA”, ante la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia (CCOST), en sustitución del señor
Renato Letona Túnchez.
3.2.6 Of. Ref. CCOST.050.2019, suscrito por el Ing. Erick Leonel Hernández
Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma
Universitaria, mediante el cual presenta solicitud de la Asamblea
de Presidentes de los Colegios Profesionales (APCOP), donde
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
23.
Consejo Superior Universitario
ratifican el nombramiento del Lic. Lic. Héctor Alfredo Molina Loza,
ante la Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia
(CCOST), en sustitución de la Dra. Verónica de Jesús Paz de Brenes.
El Consejo Superior Universitario conoce el Of. Ref. CCOST.050.2019, de la Comisión
Consultiva de Seguimiento y Transparencia –CCOST-, suscrito por el Ing. Erick Leonel
Hernández Girón, Coordinador de la Unidad Ejecutora de Reforma Universitaria,
mediante el cual presenta solicitud de la Asamblea de Presidentes de los Colegios
Profesionales (APCOP), donde ratifican el nombramiento del Lic. Lic. Héctor Alfredo
Molina Loza, ante la Comisión Consultiva de Seguimiento y Transparencia (CCOST),
en sustitución de la Dra. Verónica de Jesús Paz de Brenes. Al respecto, el Consejo
Superior Universitario ACUERDA: Darse por enterado del nombramiento del LIC.
HÉCTOR ALFREDO MOLINA LOZA, como Representante de la Asamblea de
Presidentes de los Colegios Profesionales (APCOP), ante la Comisión Consultiva de
Seguimiento y Transparencia (CCOST), en sustitución de la Dra. Verónica de Jesús
Paz de Brenes.
3.3 DICTAMEN DAJ No. 008-2019 (07). Elección de Vocal Primero (I)
ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, realizada el 05 de marzo
de 2019.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DAJ No. 008-2019 (07) de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, con relación a la Elección de Vocal Primero (I) ante
la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, realizada el 05 de marzo de 2019. -----------------------------------------------
La Dirección de Asuntos Jurídicos en respuesta a la Providencia No. 389-2019, del
07 de marzo de 2019, con fecha de recepción 11 de marzo del presente año, que
se refiere al asunto resumido en el acápite, esta Dirección emite dictamen jurídico
en los términos siguientes: ----------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
El cinco de marzo de 2019, presidida por la Junta Directiva de la Facultad de
Agronomía, se llevó a cabo la primera y segunda vuelta en la elección de Vocal
Primero (I) ante la Junta Directiva de dicha Unidad Académica. --------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
24.
Consejo Superior Universitario
En Acta Administrativa No. 09-2019, del 05 de marzo de 2019, suscrita por el
Secretario Académico con Visto Bueno del Decano de la Facultad de Agronomía,
se estableció el procedimiento y resultados de dicho evento, constando que la
votación se realizó en forma secreta y dando cumplimiento a los requisitos que
exige el Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Asimismo, consta en el Acta Administrativa No. 09-2019 del 05 de marzo de 2019,
que se procedió en la elección por el sistema de persona y que, de conformidad
con la convocatoria para ese evento electoral, se inscribieron los candidatos
siguientes: a) ING. AGR. DR. JOSÉ VICENTE MARTÍNEZ ARÉVALO, Profesor Titular IX
Colegiado Activo 728; b) DR. ING. AGR. MARVIN ROBERTO SALGUERO BARAHONA,
Profesor Titular VII Colegiado Activo 2315 y c) Ing. Agr. VÍCTOR HERMÓGENES
CASTILLO DÍAZ, Profesor Titular III, Colegiado Activo 2823. -------------------------------------
Los resultados de la elección de Vocal Primero (I) ante la Junta Directiva de la
Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, realizada
el 05 de marzo de 2019, son los siguientes: ----------------------------------------------------------
PRIMERA VUELTA:
CANDIDATO TOTAL DE VOTOS
EMITIDOS
DR. MARVIN ROBERTO SALGUERO
BARAHONA 33 VOTOS
ING. AGR. VÍCTOR HERMÓGENES CASTILLO
DIAZ 15 VOTOS
DR. JOSÉ VICENTE MARTÍNEZ OVALLE 15 VOTOS
Nulos 01 VOTOS
En Blanco 00 VOTO
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 64 VOTOS
MAYORÍA ABSOLUTA 33 VOTOS
En virtud del resultado anterior, se estableció que el DR. MARVIN ROBERTO
SALGUERO BARAHONA, PROFESOR TITULAR VII, COLEGIADO ACTIVO 2315, obtuvo la
mayoría absoluta, cumpliendo con los requisitos para ser electo como VOCAL
PRIMERO (I), ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la Universidad
de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------------------------
DICTAMEN
En virtud del resultado obtenido y por haberse dado cumplimiento a las normas
legales aplicables a dicho evento, en especial lo establecido en los artículos: 29,
35, 40, 42 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala;
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
25.
Consejo Superior Universitario
artículos 25, 26 45, 50, 52 y 54, 55 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala; 2, 3, 4, 9, 10, 12, 21, 24, 27, 29, 41, 47, 52, 61, 62, 65 y 66 del Reglamento
de Elecciones de la Universidad de San Carlos, ES PROCEDENTE QUE EL HONORABLE
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DECLARE ELECTO COMO VOCAL PRIMERO (I),
ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA AL DR. MARVIN
ROBERTO SALGUERO BARAHONA, PROFESOR TITULAR VII, COLEGIADO ACTIVO 2315,
por el periodo de cuatro años. --------------------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Declarar electo
al DR. MARVIN ROBERTO SALGUERO BARAHONA, Colegiado Activo No. 2315, como
VOCAL PRIMERO (I) ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, por un período de cuatro años, contado
a partir de la fecha de toma de posesión del cargo. SEGUNDO: Informar a la Junta
Directiva de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, que puede proceder a darle formal posesión del cargo al electo.
TERCERO: Notifíquese a la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la
Universidad de San Carlos de Guatemala y al Doctor Marvin Roberto Salguero
Barahona.
3.4 DICTAMEN DAJ No. 007-2019 (07). Elección de Vocal Cuarto (IV)
ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, realizada el 05 de marzo
de 2019.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DAJ No. 007-2019 (07) de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, con relación a la Elección de Vocal Cuarto (IV)
ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, realizada el 05 de marzo de 2019. -------------------------------------
La Dirección de Asuntos Jurídicos en respuesta a la Providencia No. 388-2019 del
08 de marzo de 2019, recibida el 11 de marzo del presente año, relacionada con
el asunto resumido en el acápite, esta Dirección emite dictamen de conformidad
con lo siguiente: -----------------------------------------------------------------------------------------------
El cinco de marzo del año dos mil diecinueve, presididas por la Junta Directiva de
la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se llevó
a cabo la elección de Vocal Cuarto (IV) ante la Junta Directiva de dicha Unidad
Académica. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
26.
Consejo Superior Universitario
El Secretario Académico de la Facultad de Agronomía adjuntan al expediente
certificación del Acta Administrativa o. 08-2019 del cinco de marzo de dos mil
diecinueve, en la que se estableció el procedimiento y resultado de dicho evento,
constando que la votación se realizó en forma secreta y dando cumplimiento a los
requisitos que exige el Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos
de Guatemala. -------------------------------------------------------------------------------------------------
Asimismo, consta en certificación del Acta administrativa No. 08-2019 que en la
Elección de Vocal Cuarto (IV) ante Junta Directiva de la Facultad de Agronomía,
que se procedió por el sistema de persona, por lo que, se inscribieron y participaron
los estudiantes siguientes: a) BLANCA MARINA MÉRIDA MALDONADO, Registro
Académico 200915834; b) MARLON ESTUARDO GONZÁLEZ ALVAREZ, Registro
Académico 201513201 y c) PAMELA EUGENIA MÉRDIA MALDONADO, Registro
Académico 200918157. -------------------------------------------------------------------------------------
Los resultados de la elección para Vocal Cuarto (IV) ante Junta Directiva de la
Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, realizada
el día 05 de marzo de 2019, son los siguientes: -----------------------------------------------------
PRIMERA VUELTA
CANDIDATOS
TOTAL DE
VOTOS
EMITIDOS
BLANCA MARINA MÉRIDA MALDONADO 29 VOTOS
MARLON ESTUARDO GONZÁLEZ ALVAREZ 149 VOTOS
PAMELA EUGENIA MÉRIDA MALDONADO 74 VOTOS
VOTOS NULOS 03 VOTOS
VOTOS EN BLANCO 00 VOTOS
TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 256 VOTOS
MAYORÍA ABSOLUTA 129 VOTOS
Por el resultado obtenido, se declara ganador al estudiante MARLON ESTUARDO
GONZÁLEZ ALVAREZ, quien se identifica con el Documento Personal de
Identificación –DPI- con Código Único de Identificación –CUI- número dos mil
ochocientos cincuenta y cuatro, ochenta y cuatro mil novecientos treinta y uno,
cero ciento tres (2854 84931 0103), extendido por el Registro Nacional de las
Personas –RENAP- de la República de Guatemala, Centroamérica y Registro
Académico 201513201, como Vocal estudiantil Cuarto (IV) ante la Junta Directiva
Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala por haber
superado el número de votos establecidos según mayoría absoluta. ----------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
27.
Consejo Superior Universitario
DICTAMEN:
En virtud del resultado obtenido y que se cumplió con las normas aplicables a
dicho evento, específicamente los artículos: 10, 11, 29, 32, 36, 40, 42, de la Ley
Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; 25, 28, 48, 50, 53, y 54
de los Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala; 2, 3, 4, 25, 27, 29,
59, 60, 61, 62, 65 y 66 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos
de Guatemala procede que el Consejo Superior Universitario DECLARE ELECTO al
estudiante MARLON ESTUARDO GONZÁLEZ ALVAREZ, quien se identifica con el
Documento Personal de Identificación –DPI- con Código Único de Identificación –
CUI- número dos mil ochocientos cincuenta y cuatro, ochenta y cuatro mil
novecientos treinta y uno, cero ciento tres (2854 84931 0103), extendido por el
Registro Nacional de las Personas –RENAP- de la República de Guatemala,
Centroamérica y Registro Académico 201513201, como Vocal estudiantil Cuarto
(IV) ante la Junta Directiva Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, para el período de un (01) año. --------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Declarar electo
al estudiante MARLON ESTUARDO GONZÁLEZ ALVAREZ, Registro Académico No.
201513201, como VOCAL ESTUDIANTIL CUARTO (IV), ante la Junta Directiva de la
Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por el
período de un año, contado a partir de la fecha de toma de posesión del cargo.
SEGUNDO: Informar a la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, que puede proceder a darle formal
posesión del cargo al electo. TERCERO: Notifíquese a la Junta Directiva de la
Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala y a Marlon
Estuardo González Alvarez.
3.5 Conocimiento y ratificación de los nuevos consejeros en las
comisiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Superior
Universitario, y Consejo Directivos interinos de los Centros
Universitarios.
3.5.1 Comisiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Superior
Universitario
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
28.
Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer y ratificar el nombramiento de
los nuevos consejeros en las comisiones ordinarias y extraordinarias del Consejo
Superior Universitario, de conformidad con lo acordado en el Punto TERCERO,
Inciso 3.1 del Acta No. 02-2019, de sesión celebrada por el Consejo Superior
Universitario, el 16 de enero de 2019. Para el efecto, se procede con la
actualización de los nuevos consejeros, quienes serán nombrados para representar
las comisiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Superior Universitario,
durante el año 2019, de conformidad con lo que establece el Artículo 4 “A” del
Reglamento Interior del Consejo Superior Universitario. -----------------------------------------
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Actualizar y
ratificar el nombramiento de los consejeros en las Comisiones Ordinarias y
Extraordinarias del Consejo Superior Universitario, por el período del 01 de enero al
31 de diciembre de 2019, mismas que quedan establecidas, de la manera
siguiente:
ORDINARIAS
COMISIÓN DE POLÍTICA UNIVERSITARIA Y PLANEAMIENTO:
MSc. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS (Rector USAC) Presidente
ARQ. EDGAR ARMANDO LÓPEZ PAZOS Coordinador
Arq. Carlos Enrique Valladares Cerezo (Secretario General USAC)
M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis
Lic. Luis Antonio Suarez Roldán
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia
Licda. Liliana Magaly Vides Santiago de Urízar
Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz
Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco
Arqta. Alice Michele Gómez García (Coordinadora General de Planificación)
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
29.
Consejo Superior Universitario
COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS:
LIC. GUSTAVO BONILLA Coordinador
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis
Dr. Gustavo Enrique Taracena Gil
Dr. Edgar Guillermo Barreda Muralles
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez
Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa
Lic. Luis Bernal Larrazábal Bobadilla
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández
Licda. Ana María Azañón Robles
Dr. Mario Estuardo Ronal Llerena Quan
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Sr. Víctor Hugo Mayen García
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
COMISIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES:
ING. AGR. MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ Coordinador
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz
Licda. Ana María Azañón Robles
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
Sr. Keevin Josué González Torres
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Sr. Víctor Hugo Mayen García
COMISIÓN DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA:
ING. PEDRO ANTONIO AGUILAR POLANCO Coordinador
Dr. Edgar Guillermo Barreda Muralles
Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
30.
Consejo Superior Universitario
COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN:
ING. PEDRO ANTONIO AGUILAR POLANCO Coordinador
Lic. Luis Antonio Suárez Roldán
Lic. Zoot. Luis Bernal Larrazábal
Lic. Oscar Federico Nave Herrera
Lic. José de Jesús Portillo Hernández
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Sr. Víctor Hugo Mayén García
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y FINANZAS:
LIC. LUIS ANTONIO SUÁREZ ROLDÁN Coordinador
Lic. Juan Carlos Palencia Molina (Director General Financiero)
Dr. Gustavo Enrique Taracena Gil
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez
Lic. Urías Amitaí Guzmán García
Lic. José de Jesús Portillo Hernández
Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco
COMISIÓN DE DOCENCIA:
ING. AGR. MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ Coordinador
Arq. Carlos Enrique Valladares Cerezo, (Secretario General USAC)
M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Lic. Oscar Federico Nave Herrera
Lic. Mynor Giovany Morales Blanco
Arq. Miguel Ángel Chacón Veliz
Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
Sr. Keevin Josué González Torres
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
31.
Consejo Superior Universitario
COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN
DR. JORGE FERNANDO ORELLANA OLIVA Coordinador
ING. AGR. MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ Secretario
M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Licda. Ana María Azañón Robles
Dr. Mario Estuardo Ronal Llerena Quan
Lic. Oscar Federico Nave Herrera
Inga. Agra. Myrna Ethel Herrera Sosa
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Sra. Lila María Fuentes Figueroa
EXTRAORDINARIAS
COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES:
LIC. GUSTAVO BONILLA Coordinador
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado
Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj
Licda. Ana María Azañón Robles
Sr. Víctor Hugo Mayén García
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco
COMISIÓN DE ASUNTOS NO PREVISTOS EN EL REGLAMENTO DE LA CARRERA UNIVERSITARIA
DEL PERSONAL ACADÉMICO, RECUPA:
M.A. PABLO ERNESTO OLIVA SOTO Coordinador
Arq. Carlos Enrique Valladares Cerezo (Secretario General USAC)
Dr. Jorge Fernando Orellana Oliva
Dr. Gustavo Enrique Taracena Gil
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
32.
Consejo Superior Universitario
Arq. Edgar Armando López Pazos
Licda. Liliana Magaly Vides Santiago de Urízar
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado
Lic. Jorge Heriberto Estrada Castillo
Dr. Mario Estuardo Ronal Llerena Quan
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Srita. Paula María Déleon
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
COMISIÓN DE FINCAS:
DR. GUSTAVO ENRIQUE TARACENA GIL Coordinador
Decano
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
Ing. Agr. Mario Antonio Godínez López
Decano
Facultad de Agronomía.
Inga. Agra. Myrna Ethel Herrera Sosa
Representante de los Catedráticos
Facultad de Agronomía
Dr. Mario Estuardo Ronal Llerena Quan
Representante de los Catedráticos
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales
Representante de los Estudiantes
Facultad de Agronomía
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez
Representante de los Estudiantes
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Sr. Víctor Hugo Mayén García
Representante de los Estudiantes
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Representante de los Estudiantes
Facultad de Ciencias Económicas
Dirección General Financiera
(nombramiento de dicha Dirección)
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
33.
Consejo Superior Universitario
Dirección de Asuntos Jurídicos
(nombramiento de dicha Dirección)
Unidad de Inducción y Desarrollo de la
División de Administración de Recursos Humanos
(nombramiento de dicha Unidad)
Coordinador
Finca Universitaria “BULBUXYA”,
Facultad de Agronomía.
Coordinador
Finca Universitaria “SABANA GRANDE”
Facultad de Agronomía.
Director de
Fincas Universitarias “MEDIO MONTE” y “SAN JULIAN”
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
COMISIÓN DE DESARROLLO ACADÉMICO DE LOS CENTROS UNIVERSITARIOS
DR. JORGE FERNANDO ORELLANA OLIVA Coordinador
Ing. Agr. Mario Antonio Godínez López
Lic. Zoot. Luis Bernal Larrazábal
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Lic. José de Jesús Portillo Hernández
Inga. Agra. Myrna Ethel Herrera Sosa
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez
Sr. Víctor Hugo Mayén García
COMISIÓN DE REGLAMENTOS
LIC. DIMAS GUSTAVO BONILLA Coordinador
Arq. Edgar Armando López Pazos
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Herrera
Dr. Gustavo Enrique Taracena Gil
Dr. Edgar Guillermo Barreda Muralles
Lic. Luis Antonio Suárez Roldán
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez
Ing. Mecánico Carlos Humberto Aroche Sandoval
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
34.
Consejo Superior Universitario
Licda. Liliana Magaly Vides Santiago de Urízar
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández
Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa
Lic. Luis Bernal Larrazábal Bobadilla
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj
Licda. Ana María Azañón Robles
Lic. Oscar Federico Nave Herrera
Sr. Víctor Hugo Mayén García
Srita. Paula María Déleon
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
COMISIÓN AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO, SEGURIDAD Y RESILIENCIA
Observación: Los DECANOS elegirán al coordinador, según la rotación le corresponde en el año
2019 al Decano de la Facultad de Agronomía.
Decano de la Facultad de Agronomía Coordinador
ING. AGR. MARIO ANTONIO GODÍNEZ LÓPEZ
Decano de la Facultad de Arquitectura
Arq. Edgar Armando López Pazos
Decano de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia
M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto
Decano de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Dr. Gustavo Enrique Taracena Gil
Representante por el
Colegio de Ingenieros Agrónomos de Guatemala
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera
Representante por el
Colegio de Arquitectos de Guatemala
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado
Representante de los Catedráticos
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Dr. Mario Estuardo Ronal Llerena Quan
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
35.
Consejo Superior Universitario
Representante de los Catedráticos
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia
Lic. Oscar Federico Nave Herrera
Representante de los Catedráticos
Facultad de Agronomía
Inga. Agra. Myrna Ethel Herrera Sosa
Representante de los Catedráticos
Facultad de Ingeniería
Ing. Mecánico Industrial Hugo Humberto Rivera Pérez
Representante de los Catedráticos de la
Facultad de Arquitectura
Dr. Miguel Ángel Chacón Véliz
Representante de los Estudiantes
Facultad de Ingeniería
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Representante de los Estudiantes de la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz
Representante de los Estudiantes de la
Facultad de Odontología
Sr. Keevin Josué González Torres
Representante de los Estudiantes de la
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez
Representante de los Estudiantes de la
Facultad de Agronomía
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales
Coordinadora General de Planificación, quien se desempeñará como Secretaria de la
Comisión y podrá ser auxiliada por los Asesores Planificadores que designe.
Coordinador o Representante del Centro de Estudios de Desarrollo, Seguro y Desastres,
CEDESYD.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
36.
Consejo Superior Universitario
Representante de la Dirección General de Administración, DIGA.
Representante de la Dirección General Financiera, DGF
Representante de la Dirección General de Investigación, DIGI
Representante de la Dirección General de Docencia, DIGED.
Esta Comisión contará con el apoyo y asesoría de REDFIA.
En atención a la resolución contenida en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.8, de Acta No.
08-2017, de sesión celebrada por el CSU, el 17/05/2017; se incluye como Miembro
de esta Comisión al: Dr. Carlos Enrique Saavedra Vélez.
COMISIÓN UNIVERSITARIA PARA LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD
Observación: Los DECANOS elegirán al coordinador
Decano de la Facultad de Arquitectura, FARUSAC
Arq. Edgar Armando López Pazos
Decano de la Facultad de Ingeniería, FIUSAC
Ing. Pedro Antonio Aguilar Polanco
Decano de la Facultad de Ciencias Médicas, FCM
Dr. Jorge Fernando Orellana Oliva
Representante Estudiantil de la Facultad de Ingeniería
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente
Representante Estudiantil de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Sr. Víctor Hugo Mayén García
Representante Estudiantil de la Facultad de Ciencias Económicas
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz
Representante Estudiantil de la Facultad de Odontología
Sr. Keevin Josué González Torres
Director de la Escuela de Ciencias Psicológicas, ECP
M.A. Mynor Estuardo Lemus Urbina.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
37.
Consejo Superior Universitario
Coordinadora General de Planificación, CGP
Arqta. Alice Michele Gómez García
Director General de Administración, DIGA
Inga. Wendy López Dubón
Jefe de la División de Bienestar Estudiantil Universitario, DBEU
Dr. Erick Arnoldo Porres Mayén
Delegados de la USAC ante el CONADI.
Rep. Titular: M.A. Rosa Idalia Aldana Salguero
Rep. Suplente: Sr. Edgar Oswaldo Méndez Corzo
COMISIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS
DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
MSc. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS (Rector USAC) Presidente
M.A. PLABLO ERNESTO OLIVA SOTO Coordinador
LIC. CARLOS MANUEL MALDONADO AGUILERA (Director CECON) Secretario
Arq. Edgar Armando López Pazos
Ing. Agr. Mario Antonio Godínez López
Un delegado de la Dirección General Financiera
Un delegado de la Dirección de Asuntos Jurídicos
Un representante de la Facultad de Arquitectura
Un representante de la Facultad de Agronomía
Dos delegados del Centro de Estudios Conservacionistas (CECON)
Comisión creada mediante Punto SÉPTIMO, Inciso 7.4 del Acta No. 08-2019, de sesión celebrada
por el Consejo Superior Universitario el 13 de marzo de 2019.
3.5.2 Consejos Directivos Interinos de los Centros Universitarios, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer y ratificar el nombramiento de
los nuevos consejeros ante los Consejos Directivos Interinos de los Centros
Universitarios de reciente creación, de conformidad con lo acordado en el Punto
TERCERO, Inciso 3.5 del Acta no. 28-2018, de sesión extraordinaria celebrada por el
Consejo Superior Universitario, el miércoles 19 de septiembre de 2018. ------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
38.
Consejo Superior Universitario
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO:
Actualizar y ratificar el nombramiento de los miembros del Consejo Superior
Universitario ante los Consejos Directivos Interinos de los Centros Universitarios,
mismos que quedan establecidos, de la manera siguiente: ----------------------------------
No. CENTROS
UNIVERSITARIOS NOMBRE
1 Centro Universitario
de Zacapa, CUNZAC
Ing. Agr. Mario Antonio Godínez López, Decano
Licda. Ana María Azañón Robles, Docente.
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia, Egresado
2
Centro Universitario
de El Progreso,
CUNPROGRESO
Lic. Luis Antonio Suárez Roldán, Decano
Lic. Mynor Giovany Morales Blanco, Docente
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz, Estudiante
Sr. Víctor Hugo Mayén García, Estudiante
Lic. Juan Carlos Godínez Rodríguez, Egresado.
3
Centro Universitario
de El Quiché,
CUSACQ
Ing. Mario Antonio Godínez López, Decano
Lic. José de Jesús Portillo Hernández, Docente
Sr. Víctor Hugo Mayén García, Estudiante
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez, Estudiante
Ing. Mec. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Egresado
4
Centro Universitario
de Baja Verapaz,
CUNBAV
Ing. Mec. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Egresado
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz, Docente
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz, Estudiante
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente, Estudiante
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado, Egresado
5
Centro Universitario
de Totonicapán,
CUNTOTO
Ing. Mec. Hugo Humberto Rivera Pérez, Docente
Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj, Docente
Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia, Egresado
Srita. Valeska Jimena Contreras Paz, Estudiante
Sr. Keevin Josué González Torres, Estudiantes
6 Centro Universitario
de Jutiapa, JUSAC
Lic. Oscar Federico Nave Herrera, Docente
Lic. Mynor Giovany Morales Blanco, Docente.
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales, Estudiante
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco, Estudiante
Licda. Liliana Magaly Vides Santiago, Egresada
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
39.
Consejo Superior Universitario
SEGUNDO: Ratificar la instrucción girada en Punto TERCERO, Inciso 3.1 del Acta No.
18-2018 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el día
miércoles 25 de julio de 2018, misma que literalmente dice: “2. Instruir a las
autoridades de los Centros Universitarios de reciente creación, que regularicen paulatinamente
la elección de los miembros de los Consejos Directivos de los Centros Universitarios, para lo cual
deberán: a. Convocar durante el presente semestre a la elección de los dos representantes
estudiantiles, en aquellos Centros que cuenten con estudiantes que tengan el primer año de
estudios aprobados. b. Convocar durante el presente semestre a la elección de los representantes
de egresados, en aquellos centros que ya cuentan con egresados colegiados activos…”
3.6 Nombramiento del Representante Titular del Comité de Inversiones
del Plan de Prestaciones de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, en sustitución del Lic. José de Jesús Portillo Hernández,
Representante Docente de la Facultad de Ciencias Económicas.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el Nombramiento del
Representante Titular del Comité de Inversiones del Plan de Prestaciones de la
7
Centro Universitario
de Santa Rosa,
CUNSARO
Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández, Egresado
Ing. Mec. Ind. Hugo Humberto Rivera Pérez, Docente
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez, Egresado
8
Centro Universitario
de Chimaltenango,
CUNDECH
Lic. Gustavo Bonilla, Decano
Ing. Mec. Ind. Hugo Humberto Rivera Pérez, Docente,
Sr. Javier Augusto Castro Vásquez, Estudiante
Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz Lorente, Estudiante
Ing. Agr. César Augusto Mazariegos Herrera, Egresado
9
Centro Universitario
de Sacatepéquez,
CUNSAC
Dr. Jorge Fernando Orellana Oliva, Decano
Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios, Docente
Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado Egresado
10 Centro Universitario
de Sololá, CUNSOL
Dr. Mario Llerena Quan, Docente
Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz, Docente
Sr. Keevin Josué González Torres, Estudiante
Sr. Víctor Hugo Mayén García, Estudiante
Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa, Egresado
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
40.
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala, en sustitución del Lic. José de Jesús
Portillo Hernández, Representante Docente de la Facultad de Ciencias
Económicas, de conformidad con lo aprobado en el Punto TERCERO, Inciso 3.3 del
Acta No. 09-2019 de sesión celebrada por el Consejo Superior Universitario el 27 de
marzo de 2019. Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Nombrar al
INGENIERO HUGO HUMBERTO RIVERA PÉREZ, como REPRESENTANTE TITULAR ante el
COMITÉ DE INVERSIONES DEL PLAN DE PRESTACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA, para culminar el período para el cual fuera electo el Lic.
José de Jesús Portillo Hernández.
3.7 Decano de la Facultad de Humanidades solicita el nombramiento
de una Comisión de Observación, al proceso de elección de
Director del Centro Universitario del Norte.
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la solicitud efectuada por el
M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, Decano de la Facultad de Humanidades de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, respecto al nombramiento de una
Comisión de Observación al proceso de elección de Director del Centro
Universitario del Norte, a realizarse el viernes 26 de abril y sábado 27 de abril de
2019. De no definirse la elección en esos días, se repetirá el proceso electoral los
días 03 y 04 de mayo del mismo año. De persistir la situación, se realizará un tercer
evento electoral los días 10 y 11 de mayo del mismo año. Para el efecto, el señor
Decano de la Facultad de Humanidades realiza una propuesta de integración. En
virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Nombrar
una Comisión de Observación, para dar acompañamiento en el proceso de
Elección de Director del Centro Universitario del Norte, a realizarse: primera vuelta
(viernes 26 y sábado 27 de abril de 2019); segunda vuelta (viernes 03 y sábado 04
de mayo de 2019); tercera vuelta (viernes 10 y sábado 11 de mayo de 2019). Dicha
comisión estará integrada de la manera siguiente:
Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez, Representante del Colegio de Abogados y
Notarios de Guatemala, quien la coordinará.
Lic. Luis Antonio Suárez Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas.
Lic. José de Jesús Portillo Hernández, Representante Docente de la Facultad de
Ciencias Económicas.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
41.
Consejo Superior Universitario
Licda. Ana María Azañón Robles, Representante Docente de la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales.
Sr. Axel Danilo Aguilar Franco, Representante Estudiantil de la Facultad de
Humanidades.
Sr. Erwin Esteban Molina Díaz, Representante Estudiantil de la Facultad de
Ciencias Económicas.
SEGUNDO: Instruir a la administración central para que, a las personas nombradas
en el numeral anterior, se les proporcionen viáticos, piloto y vehículo para los días
del evento, a realizarse en el Centro Universitario del Norte.
CUARTO AUTORIZACIONES FINANCIERAS:
4.1 APROBACIÓN DE CUOTAS DE PROGRAMAS AUTOFINANCIABLES DE
POSGRADOS.
4.1.1 DICTAMEN DGF No. 26A-2019, de la Dirección General Financiera
relacionado con la Maestría en Administración de Recursos
Humanos del Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-,
de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 26A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la Maestría en Administración de
Recursos Humanos del Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, estipula en el Capítulo
III MAESTRIA, Artículo 16 Autorización. Los programas de maestría serán
autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad Académica
respectiva y aprobados por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
En Punto OCTAVO, Inciso 8.3 del Acta No.29-2017, el Consejo Directivo del Centro
Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, aprobó la Propuesta Académica de
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
42.
Consejo Superior Universitario
Maestría en Administración de Recursos Humanos, presentado por el
Departamento de Postgrado de dicho Centro Universitario. ---------------------------------
El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado en Punto QUINTO, Inciso
5.1, Subinciso 5.1.2 del Acta No.01-20019, aprobó la parte académica de la
propuesta de Maestría en Administración de Recursos Humanos. -------------------------
La Dirección General Financiera en Oficio DGF No.260A-2019, solicitó aclaración
de algunas dudas relativas a los cuadros financieros, las cuales fueron solventadas
y remitidas por el Sistema de Estudios de Postgrado a través de la Referencia CG-
SEP-105-2019; posteriormente, se solicitó se aclarara sobre el curso propedéutico,
indicándose en nota s/n de referencia de fecha 18 de marzo del año en curso,
suscrita por el Director de Postgrado del CUNSUROC, que el curso propedéutico no
tiene costo alguno, adjuntando para el efecto notas de los docentes que lo
impartirán bajo dicha modalidad, nota que fue trasladada a la Dirección General
Financiera a través del Oficio CG-SEP-164-2018 del Sistema de Estudios de
Postgrado. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERACIONES:
El Programa de Maestría en Administración de Recursos Humanos del Centro
Universitario del Sur Occidente –CUNSUROC- se implementará como producto de
la suscripción de una Carta de Entendimiento firmada entre las autoridades de la
Facultad de Ciencias Económicas y el Centro Universitario del Sur Occidente –
CUNSUROC-, cuya duración es de seis años, pudiendo ser ampliada de
conformidad con lo establecido en la Condición número 4 de dicha Carta. ---------
En atención a ello, la Coordinación del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-,
informó en Oficio CG-SEP 105-2019, que la prohibición de Convenios o Cartas de
Entendimiento que establece el Artículo 11 del nuevo Reglamento para
Autorización de Carreras en las Unidades Académicas, aprobado por el Consejo
Superior Universitario en Punto OCTAVO, Inciso 8.1 del Acta No.13-2018, no es
aplicable a los programas de Postgrado, en virtud de lo establecido en el Artículo
1 literal f) del mismo Reglamento, motivo por el cual solicita que el expediente
continúe con el trámite respectivo. --------------------------------------------------------------------
En orden a lo expresado por la Coordinación del Sistema de Estudios de Postgrado
–SEP- y lo preceptuado en el Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado,
referente a que el Sistema de Estudios de Postgrado es la instancia académica
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
43.
Consejo Superior Universitario
rectora de dichos Estudios, se realizó el análisis respectivo al programa
autofinanciable. -----------------------------------------------------------------------------------------------
De acuerdo al contenido del expediente de mérito, el Departamento de
Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, estima tres
cohortes proyectadas bajo la modalidad del Plan Trimestral de Estudios, con una
duración de dos años. El programa tiene como propósito formar profesionales
especializados que contribuyan al fortalecimiento de la administración y eficiencia
en el tema laboral dentro de las organizaciones; asimismo, pretende contribuir al
avance del sistema organizativo de las empresas y sus colaboradores. -----------------
Para lo cual se propone que, bajo la modalidad del Plan Trimestral de
Estudios, nueve (9) cuotas mensuales de Q.890.00, más la cuota establecida en la
Universidad de San Carlos de Guatemala por concepto de matrícula estudiantil
de Q.1,031.00 por año; así como los gastos y salarios en que se incurrirá, por lo que,
con los ingresos proyectados, se origina una diferencia de la manera siguiente: ----
Flujo de Caja proyectado para una cohorte de Dos años de Maestría
Concepto 1er año 2do año Diferencia
EGRESOS 147,285.48 147,285.48 294,570.96
INGRESOS 200,250.00 168,210.00 368,460.00
Diferencia + 52,964.52 20,924.52 73,889.04
Costo al y por Estudiante
PROYECTADO 1ER AÑO 2DO AÑO DIFERENCIA
COSTO 147,285.48 147,285.48 294,570.96
# ESTUDIANTES 25 21
COSTO X
ESTUDIANTE 5,891.42 7,013.59 12,905.01
El costo de la Maestría por estudiante en los Dos años es de Q. 12,905.01 y el costo
al estudiante incluyendo cuota y matriculas de inscripción es de Q. 23,673.00. ------
Con fundamento en el análisis efectuado, se concluye que para la viabilidad de
la Maestría en Administración de Recursos Humanos en una cohorte cuya
proyección es de 46 estudiantes, se requiere un presupuesto Doscientos noventa y
cuatro mil quinientos setenta con 96/100 (Q 294,570.96); el cual será cubierto con
los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de Q. 890.00 mensuales, sin
incluir el monto de pago de matrículas, tal como se muestra en el estudio financiero
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
44.
Consejo Superior Universitario
presentado, y bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado
del Centro Universitario del Sur Occidente –CUNSUROC- y del Sistema de Estudios
de Postgrado-SEP-; por lo que en atención a ello se emite. ----------------------------------
DICTAMEN:
La Dirección General Financiera dictamina con base en el Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado, que la cuota mensual propuesta de Q.890.00 por cada
estudiante por cohorte (2 años) en la Modalidad de Plan de Estudios Trimestral, es
razonable de acuerdo con la factibilidad financiera presentada y bajo la
responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro
Universitario del Sur Occidente –CUNSUROC- y del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-. El presente dictamen se circunscribe única y exclusivamente a la
parte financiera del Programa en referencia. ------------------------------------------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), puede fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. -----------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 Inciso
e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la cuota
propuesta de OCHOCIENTOS NOVENTA QUETZALES (Q.890.00) mensuales por
estudiante, en la modalidad de plan de estudios trimestral, de la Maestría en
Administración de Recursos Humanos del Centro Universitario de Sur Occidente
(CUNSUROC), de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que la
misma, es razonable de acuerdo con la factibilidad financiera presentada a la
Dirección General Financiera, bajo la responsabilidad del Departamento de
Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC) y del
Sistema de Estudios de Postgrado (SEP). SEGUNDO: Instruir al Consejo Directivo del
Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado
en el Artículo 45, Inciso e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
45.
Consejo Superior Universitario
de cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada
la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento.
4.1.2 DICTAMEN DGF No. 27A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con el programa autofinanciable de Formulación y
Evaluación de Proyectos en el grado de Maestría, a impartirse en
el Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 27A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el programa autofinanciable de
Formulación y Evaluación de Proyectos en el grado de Maestría, a impartirse en el
Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. ---------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, estipula en el Capítulo
III MAESTRIA, Artículo 16 Autorización. Los programas de maestría serán
autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad Académica
respectiva y aprobados por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. El Centro Universitario de SUROCCIDENTE –CUNSUROC-, a través del Punto
OCTAVO, Inciso 8.1 del Acta No. 29-2017 de la sesión celebrada por el
Consejo Directivo el 25 de septiembre 2017, entre otras cosas acordó:
“Aprobar el Programa Académico de Maestría en Formulación y Evaluación
de Proyectos”; a impartirse en el referido Centro Universitario. ----------------------
2. El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, por medio del
Punto QUINTO, Inciso 5.1 Subinciso 5.1.1 del Acta No. 01-2019, de sesión
ordinaria celebrada el 22 de enero de 2019, ACUERDA: Subinciso 5.1.1.1
“Informar al Centro Universitario de Sur Occidente que el Consejo Directivo
del Sistema de Estudios de Postgrado, aprueba la parte académica de la
propuesta de Maestría en Formulación y Evaluación de Proyectos”; Subinciso
5.1.1.2 “Enviar el programa original con el estudio financiero a la Dirección
General Financiera, para que se sirva emitir opinión al respecto con base al
Punto Octavo, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
46.
Consejo Superior Universitario
Universitario y posteriormente elevarlo al mismo, para la aprobación de cuota
respectiva.” ----------------------------------------------------------------------------------------------
3. Mediante OFICIOS DGF Nos. 110A-2019 y 190A-2019, la Dirección General
Financiera, devuelve el expediente al Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-
, para corregir y/o aclarar aspectos cuantitativos del estudio financiero. A
través de las Referencias CG-SEP 060-2019, CG-SEP. 082-2019, CG-SEP. 166-
2019 CG-SEP. 168-2019 el Coordinador General del Sistema de Estudios de
Postgrado, envía las correcciones y aclaraciones efectuadas al estudio
financiero de dicha Maestría por el Centro Universitario Sur Occidente y en
Referencia CG-SEP. 163-2019 se adjunta nota s/n de referencia de fecha 18
de marzo del año en curso, suscrita por el Director de Postgrado del
CUNSUROC, en la cual aclara que el curso propedéutico no tiene costo
alguno, adjuntando para el efecto notas de los docentes que lo impartirán
bajo dicha modalidad, nota que fue trasladada a la Dirección General
Financiera a través del Oficio CG-SEP-168-2018 del Sistema de Estudios de
Postgrado. ------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERACIONES
El Programa de Maestría en Formulación y Evaluación de Proyectos del Centro
Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC- se implementará como producto de
la suscripción de una Carta de Entendimiento firmada entre las autoridades de la
Facultad de Ciencias Económicas y el Centro Universitario de Sur Occidente
– CUNSUROC-, cuya duración es de seis años, pudiendo ser ampliada de
conformidad con lo establecido en la Condición número 4 de dicha Carta. ---------
En atención a ello, la Coordinación del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-,
informó en Oficio CG-SEP. 106-2019, que la prohibición de Convenios o Cartas de
Entendimiento que establece el Artículo 11 del nuevo Reglamento para
Autorización de Carreras en las Unidades Académicas, aprobado por el Consejo
Superior Universitario en Punto OCTAVO, Inciso 8.1 del Acta No.13-2018, no es
aplicable a los programas de Postgrado, en virtud de lo establecido en el Artículo
1 literal f) del mismo Reglamento, motivo por el cual solicita que el expediente
continúe con el trámite respectivo. --------------------------------------------------------------------
En orden a lo expresado por la Coordinación del Sistema de Estudios de Postgrado
–SEP- y lo preceptuado en el Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado,
referente a que el Sistema de Estudios de Postgrado es la instancia académica
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
47.
Consejo Superior Universitario
rectora de dichos Estudios, se realizó el análisis respectivo al programa
autofinanciable. -----------------------------------------------------------------------------------------------
El Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-, dentro del estudio financiero
para el programa autofinanciable de Maestría en Formulación y Evaluación de
Proyectos a impartirse en el Centro, estima dos cohortes, proyectadas bajo la
modalidad de Plan Trimestral de estudios, con una duración del Programa de 2
años, para lo cual se propone 9 cuotas mensuales de Q. 890.00 más la cuota
establecida en la Universidad de San Carlos de Guatemala por concepto de
Matrícula estudiantil de Q. 1,031.00 por año. -------------------------------------------------------
Se contemplan los egresos e ingresos proyectados de dicho programa, que
originan una diferencia positiva; asimismo incluye el costo por estudiante y el costo
al estudiante graduado, como se describe a continuación: ---------------------------------
Flujo de Caja proyectado para una cohorte de dos años de la Maestría referida:
Concepto 1er año 2do año Totales
EGRESOS 147,285.48 147,285.48 294,570.96
INGRESOS 200,250.00 168,210.00 368,460.00
Diferencia + 52,964.52 20,924.52 73,889.04
Costo por estudiante (primera cohorte):
Con fundamento en el análisis efectuado, se concluye que para la viabilidad de
la Maestría en Formulación y Evaluación de Proyectos en una cohorte cuya
proyección es de 46 estudiantes, se requiere un presupuesto de Doscientos
noventa y cuatro mil quinientos setenta quetzales con 96/100 (Q 294,570.96); el
cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de Q.
890.00 mensuales, sin incluir el monto de pago de matrículas, tal como se muestra
en el estudio financiero presentado, y bajo la responsabilidad del Departamento
de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC- y
del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-; por lo que en atención a ello se emite.
PROYECTADO 1ER AÑO 2DO AÑO TOTAL
COSTO 147,285.48 147,285.48 294,570.96
# ESTUDIANTES 25 21
COSTO X ESTUDIANTE 5,891.42 7,013.59 12,905.01
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
48.
Consejo Superior Universitario
DICTAMEN
La Dirección General Financiera dictamina con base en el Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado –SEP-, que las 9 cuotas mensuales propuestas de Q.890.00
por cada estudiante por cohorte (2 años) en la modalidad de plan de estudios
trimestral, es razonable de acuerdo con la factibilidad financiera presentada y
bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro
Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC- y del Sistema de Estudios de Postgrado
–SEP-. El presente dictamen se circunscribe única y exclusivamente a la parte
financiera del Programa en referencia. --------------------------------------------------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), puede fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. -----------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 Inciso
e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la cuota
propuesta de OCHOCIENTOS NOVENTA QUETZALES (Q.890.00), mensuales por
estudiante, en la modalidad de plan de estudios trimestral, del programa
autofinanciable de Formulación y Evaluación de Proyectos en el grado de
Maestría, a impartirse en el Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC), de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que la misma, es razonable
de acuerdo con la factibilidad financiera presentada a la Dirección General
Financiera, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del
Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC) y del Sistema de Estudios de
Postgrado (SEP). SEGUNDO: Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45, Inciso e) del
Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, de cancelar los programas que
después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen
o garanticen la continuidad de su funcionamiento.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
49.
Consejo Superior Universitario
4.1.3 DICTAMEN DGF No. 029A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con el programa autofinanciable de Seguridad de la
Nación en el grado de Maestría, a impartirse en la Escuela de
Ciencia Política, de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 029A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el programa autofinanciable de
Seguridad de la Nación en el grado de Maestría, a impartirse en la Escuela de
Ciencia Política, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. -------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
1. El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, estipula en el Capítulo
III MAESTRIA, Artículo 16 Autorización. Los programas de maestría serán
autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad
Académica respectiva y aprobados por el Consejo Directivo del Sistema de
Estudios de Postgrado. -------------------------------------------------------------------------------
2. El Consejo Directivo, a través del Punto SEXTO, Inciso 6.3 del Acta No. 15-2018
de la sesión celebrada el 06 de septiembre 2018, entre otras cosas acordó
por unanimidad: “1.) Darse por enterado del Proyecto. 2) Aprobar la
propuesta de la Maestría. 3) Nombrar al Dr. Fidel Arévalo para dar
seguimiento a la implementación de la Maestría ante el Sistema de Estudios
de Postgrado (SEP 4) Notificar al Dr. Fidel Arévalo, al Instituto Nacional de
Estudios Estratégicos –INEES- y al Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-”. -----
3. El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, por medio del
Punto QUINTO, Inciso 5.6 del Acta No. 21-2018, de sesión ordinaria celebrada
el 27 de noviembre de 2018, ACUERDA: Subinciso 5.6.1 “Informar al
Departamento de Estudio de Postgrado de la Escuela de Ciencia Política
que el Consejo Directivo del SEP aprueba la parte académica de la
propuesta de Maestría en Seguridad de la Nación”; subinciso 5.6..2 “Enviar
el programa original con el estudio financiero a la Dirección General
Financiera, para que se sirva emitir opinión al respecto con base al Punto
Octavo, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario y
posteriormente elevarlo al mismo, para la aprobación de cuota respectiva.”
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
50.
Consejo Superior Universitario
4. Mediante OFICIOS DGF Nos. 1467A-2018 y 285A-2018 la Dirección General
Financiera, devuelve el expediente al Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-
, para corregir y/o aclarar aspectos cuantitativos del estudio financiero. -------
5. A través de las Referencias CG-SEP 102-2019 y CG-SEP. 118-2019, el
Coordinador General del Sistema de Estudios de Postgrado, envía las
correcciones y aclaraciones efectuadas al estudio financiero de dicha
Maestría. --------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERACIONES
El Departamento de Estudios de Postgrado de la Escuela de Ciencia Política,
dentro del estudio financiero para el programa autofinanciable de Maestría de
Seguridad de la Nación, a impartirse en la Escuela de Ciencia Política de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, se contemplan los egresos e ingresos
proyectados de dicho programa, que originan una diferencia positiva; asimismo
incluye el costo por estudiante y el costo al estudiante graduado, como se
describe a continuación: -----------------------------------------------------------------------------------
Flujo de Caja proyectado para una cohorte de dos años de la Maestría referida:
Concepto 1er año 2do año Totales
EGRESOS 182,621.10 91,310.55 273,931.65
INGRESOS 252,000.00 105,000.00 357,000.00
Diferencia + 69,378.90 13,689.45 83,068.35
Costo por estudiante (primera cohorte):
Derivado del análisis efectuado al estudio financiero del Programa de Seguridad
de la Nación de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, el cual es responsabilidad de la Escuela de Ciencia Política y del
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, para una cohorte de dos años cuya
proyección es de 55 estudiantes, se requiere un presupuesto de Doscientos Setenta
y Tres Mil novecientos treinta y un quetzales con cincuenta y cinco Centavos
PROYECTADO 1ER AÑO 2DO AÑO TOTAL
COSTO 182,621.00 91,310.55 273,931.55
# ESTUDIANTES 30 25
COSTO X ESTUDIANTE 6,087.37 3,652.42 9,739.79
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
51.
Consejo Superior Universitario
(Q.273,931.55); el cual será cubierto con los ingresos de las seis cuotas trimestrales
que pagará cada estudiante a razón de Dos Mil Cien Quetzales Exactos (Q.
2,100.00) cada una, sin incluir el monto de la matrícula anual, ni los demás gastos
de graduación, se establece que el mismo es razonablemente sostenible como un
programa autofinanciable independiente. ---------------------------------------------------------
DICTAMEN
Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO, inciso
8.2 del Acta No. 01-2012, del Consejo Superior Universitario, la Dirección General
Financiera DICTAMINA: Que con las seis cuotas trimestrales que pagará cada
estudiante de Dos Mil Cien Quetzales Exactos (Q.2,100.00) cada una, el programa
autofinanciable en el grado académico de Maestría Seguridad de la Nación a
impartirse en la Escuela de Ciencia Política de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, cubre la totalidad de sus costos de acuerdo a la estimación financiera
realizada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la Escuela de Ciencia
Política, mismo que obra en el expediente respectivo. -----------------------------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), puede fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. -----------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 Inciso
e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
El presente dictamen se circunscribe única y exclusivamente respecto al estudio
financiero del programa en referencia; en cuanto a la determinación de categoría
en ciencias y la parte académica de dicha Maestría, es responsabilidad del
Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-. -------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar las seis
cuotas trimestrales que pagará cada estudiante de DOS MIL CIEN QUETZALES
EXACTOS (Q.2,100.00) cada una, del programa autofinanciable en el grado
académico de Maestría Seguridad de la Nación a impartirse en la Escuela de
Ciencia Política de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que las
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
52.
Consejo Superior Universitario
mismas, cubren la totalidad de sus costos de acuerdo a la estimación financiera
realizada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la Escuela de Ciencia
Política. SEGUNDO: Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45, Inciso e) del
Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, de cancelar los programas que
después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen
o garanticen la continuidad de su funcionamiento.
4.1.4 DICTAMEN DGF No. 030A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con el Programa de Especialización Análisis de Datos
de Software Estadístico, de la Escuela de Estudios de Postgrado de
la Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 030A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el Programa de Especialización
Análisis de Datos de Software Estadístico, de la Escuela de Estudios de Postgrado
de la Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. ----
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, modificado en Punto
OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No.01-2012, de la sesión celebrada por el Consejo
Superior Universitario, el 25 de enero de 2012, estipula en el Capítulo V
ESPECIALIZACIÓN, Artículo 26 Autorización. Los estudios de especialización deben
ser autorizados por el Órgano de Dirección de la Unidad Académica a propuesta
del Director de la Escuela o Programas de Estudios de Postgrado. ------------------------
En Punto SEXTO, Inciso 6.9 del Acta No.03-2019, de la Junta Directiva de la Facultad
de Agronomía, aprueba el documento de la Especialización en Análisis de Datos
Usando Software Estadístico, presentado por el Doctor Ezequiel Abraham López
Bautista, Director de la Escuela de Estudio Postgrado, según transcripción en nota
sin número de fecha 20 de febrero del 2019. -------------------------------------------------------
El Sistema de Estudios de Postgrado remite en Referencia CG-SEP 095-2019, el
programa de Especialización Análisis de Datos Usando Software Estadístico, para
dar continuidad con el trámite respectivo. ---------------------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
53.
Consejo Superior Universitario
La Dirección General Financiera en Oficio DGF No. 281A-2019, solicitó aclaración
de algunas dudas relativas al cumplimiento de lo regulado en el Reglamento del
Sistema de Estudio de Postgrado, las cuales fueron solventadas y remitidas por el
Sistema de Estudios de Postgrado a través de la Referencia CG-SEP-154-2019,
adjuntando copia del Pto. Décimo Segundo del Acta 04-2019, del Consejo
Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-. ------------------------------------------
CONSIDERACIONES
Se estima por parte de la Escuela de Postgrado de la Facultad de Agronomía, una
cohorte proyectada bajo la modalidad del Plan Anual de Estudios, con una
duración de ocho meses. La especialización tiene como objetivo capacitar a los
participantes en el uso de software para el análisis e interpretación de resultado de
pruebas estadísticas, comúnmente utilizadas en la investigación agrícola, forestal
y ambiental. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
Para lo cual se propone una cuota mensual de Q. 300.00 por ocho meses que dura
la especialización, más la cuota establecida en la Universidad de San Carlos de
Guatemala por concepto de matrícula estudiantil de Q.1,031.00. ------------------------
FLUJO DE CAJA 1er. Año
INGRESOS
Cuota mensual estudiantes 48.000,00
TOTAL INGRESOS Q. 48,000.00
RENGLON EGRESOS
Sueldos y
Prestaciones Q38.899,86
122
Impresión,
encuadernación
y reproducción
Q300,00
241 Papel de Escritorio Q285,00
243 Productos de
papel o cartón Q334,00
244 Productos de
artes gráficas Q230,00
Número de
EstudiantesMeses
Cuota
Mensual
Total de
cuotas por
estudiante
Ingreso
total
20 8 Q.300.00 2,400.00 48,000.00
*El estudiante deberá cancelar Q.1,031.00 por concepto de M atricula Estudiantil
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
54.
Consejo Superior Universitario
249
Otros productos
de papel, cartón
e impresos
Q44,00
267 Tintes, pinturas y
colorantes Q540,00
291 Útiles de oficina Q22,00
293
Útiles
educacionales y
culturales
Q90,00
TOTAL EGRESOS Q40.744,86
DIFERENCIA Q7.255,14
*Referencia: Cuadro elaborado por
Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Agronomía
Como puede observarse en el flujo de caja proyectado para un año de
Especialización, se estiman ingresos por Q. 48,000.00 y egresos por Q. 40,744.86,
teniendo una diferencia a favor de la Universidad por Q. 7,255.14; siendo razonable
las proyecciones efectuadas por el Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Agronomía, en virtud que cubre la totalidad de sus costos; en atención
a ello, se emite el presente. -------------------------------------------------------------------------------
DICTAMEN
La Dirección General Financiera dictamina con base en el Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado, que la cuota propuesta de Q. 300.00 mensuales por
cada estudiante por 8 meses que dura el Programa de Especialización Análisis de
Datos de Software Estadístico, es razonable de acuerdo con la factibilidad
financiera presentada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Agronomía. El presente dictamen se circunscribe única y
exclusivamente a la parte financiera del Programa en referencia. -----------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), puede fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. -----------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 Inciso
e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
55.
Consejo Superior Universitario
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la cuota
propuesta de TRESCIENTOS QUETZALES (Q. 300.00) mensuales por estudiante, por los
ocho (8) meses que dura el Programa de Especialización Análisis de Datos de
Software Estadístico, de la Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, en virtud que la misma, es razonable de acuerdo con la factibilidad
financiera presentada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Agronomía, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. SEGUNDO:
Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el
cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45, Inciso e) del Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado, de cancelar los programas que después de dos (2) años
de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la
continuidad de su funcionamiento.
4.1.5 DICTAMEN DGF No. 33A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con el Programa de curso de Actualización
Investigación en Ciencias de la Salud, de la Escuela de Estudios de
Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas, de la Universidad
de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 33A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el Programa de curso de
Actualización Investigación en Ciencias de la Salud, de la Escuela de Estudios de
Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, modificado en Punto
OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012, de la sesión celebrada por el Consejo
Superior Universitario, el 25 de enero de 2012, estipula en el Capítulo VI
ACTUALIZACIÓN, “Artículo 31 Autorización. Todos los Cursos de Actualización serán
autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad Académica en
forma directa o a propuesta de los coordinadores de programas de posgrados.” -
En Punto DÉCIMO, Inciso 10.7 del Acta No.14-2018, de la Junta Directiva de la
Facultad de Ciencias Médicas, aprueba el Programa Académico, Presupuesto y
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
56.
Consejo Superior Universitario
Ejecución Presupuestaria del curso de “Actualización Investigación en Ciencias de
la Salud”, según transcripción indicado en OFICIO JD-AEPJ-949/2018. ------------------
El Sistema de Estudios de Postgrado remite en nota SEP 259-2018, el Curso de
Actualización Investigación en Ciencias de la Salud de la Escuela de Estudios de
Postgrado, de la Facultad de Ciencias Médicas, para dar continuidad con el
trámite respectivo. --------------------------------------------------------------------------------------------
La Dirección General Financiera en Oficios DGF No. 722A-2018, DGF No. 1033A-
2018 y DGF No. 1413A-2018, solicitó aclaración de algunas dudas relativas al
cumplimiento de lo regulado en el Reglamento del Sistema de Estudio de
Postgrado, las cuales fueron remitidas y solventadas por el Sistema de Estudios de
Postgrado a través de las Referencias CG-SEP-420-2018 y CG-SEP 180-2019. ----------
En Punto SEXTO, Inciso 6.20 del Acta No. 06-2019, de la Junta Directiva de la
Facultad de Ciencias Médicas, aprueba la nueva propuesta del presupuesto del
curso de “Actualización Investigación en Ciencias de la Salud”, según
transcripción indicado en OFICIO JD-MRGG-209/2019. ----------------------------------------
CONSIDERACIONES
Se estima por parte de la Escuela de Postgrado de la Facultad de Ciencias
Médicas, cinco cohortes proyectada bajo la modalidad del Plan Trimestral de
Estudios, con una duración de 3 meses. La Actualización tiene como objetivo
orientar en la elaboración y presentación de un proyecto de investigación que
sirva para resolver una determinada situación en una institución, en una práctica
profesional liberal. ---------------------------------------------------------------------------------------------
Para lo cual se propone una cuota trimestral de Q. 1,500.00 por los 3 meses que
dura la actualización. ---------------------------------------------------------------------------------------
Flujo de Caja del Curso de Actualización Investigación en Ciencias de la Salud.
Concepto
EGRESOS 36,468.19
INGRESOS 45,000.00
Diferencia + 8,531.81
Como puede observarse en el flujo de caja proyectado para un trimestre de
Actualización, se estiman ingresos por Q. 45,000.00 y egresos por Q. 36,468.19,
teniendo una diferencia a favor de la Universidad por Q. 8,531.81; siendo razonable
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
57.
Consejo Superior Universitario
las proyecciones efectuadas por el Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Ciencias Médicas, en virtud que cubre la totalidad de sus costos. -----
Costo por Estudiante
El costo del curso proyectado, por estudiante para el trimestre es de Q. 1,215.61 y
para el estudiante de Q. 1,500.00 no incluyendo matrículas. --------------------------------
PROYECTADO 5 Meses
COSTO 36,468.19
# ESTUDIANTES 30
COSTO X ESTUDIANTE 1,215.61
DICTAMEN
La Dirección General Financiera dictamina con base en el Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado, que la cuota propuesta de Q. 1,500.00 trimestral por
cada estudiante por los 3 meses que dura el Programa de Actualización
Investigación en Ciencias de la Salud, es razonable de acuerdo con la factibilidad
financiera presentada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la
Facultad de Ciencias Médicas. El presente dictamen se circunscribe única y
exclusivamente a la parte financiera del Programa en referencia. -----------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), puede fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. -----------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 Inciso
e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la cuota
propuesta de UN MIL QUINIENTOS QUETZALES (Q. 1,500.00) TRIMESTRALES, por
estudiante, por los tres (3) meses que dura el Programa de Actualización
Investigación en Ciencias de la Salud, de la Facultad de Ciencias Médicas, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que la misma es razonable de
acuerdo con la factibilidad financiera presentada por el Departamento de Estudios
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
58.
Consejo Superior Universitario
de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas. SEGUNDO: Instruir al Consejo
Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo
regulado en el Artículo 45, Inciso e) del Reglamento del Sistema de Estudios de
Postgrado, de cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados
o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su
funcionamiento.
4.1.6 DICTAMEN DGF No. 032A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con el programa de Doctorado en Desarrollo Territorial
y Problemas Transfronterizos del Centro Universitario de Occidente,
de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 32A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el programa de Doctorado en
Desarrollo Territorial y Problemas Transfronterizos del Centro Universitario de
Occidente, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. --------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ANTECEDENTES
El Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, estipula en el Capítulo III
DOCTORADO, Artículo 10 Autorización. Los programas de doctorado serán
autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad Académica
respectiva y aprobados por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
En Punto SEXTO, Inciso 6.4 del Acta CD 018-2018, el Centro Directivo del Centro
Universitario de Occidente -CUNOC- aprobó lo dictaminado por el Consejo
Académico de Postgrados, es decir la propuesta del Doctorado en Desarrollo
Territorial y Problemas Transfronterizos. ----------------------------------------------------------------
En Punto QUINTO, Inciso 5.2 del Acta 03-2019 el Consejo Directivo del Sistema de
Estudios de Postgrado -SEP-, aprobó la parte Académica de la propuesta de
Doctorado en Desarrollo Territorial y Problemas Transfronterizos. ----------------------------
CONSIDERACIONES:
De acuerdo al contenido del expediente de mérito, se estiman dos cohortes
proyectadas bajo la modalidad del Plan Semestral de Estudios, con una duración
de tres años. El programa tiene como objetivo formar investigadores capaces de
emprender estudios originales, en el área de ciencias sociales y humanidades, que
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
59.
Consejo Superior Universitario
atiendan los problemas de carácter territorial y transfronterizos con Chiapas,
Guatemala y Centroamérica, así como el desarrollo y consolidación de las líneas
de generación y aplicación del conocimiento que cultivan los grupos y cuerpos
académicos de los programas que participan en el doctorado. --------------------------
Para lo cual se propone que bajo la modalidad del Plan Semestral de Estudios una
cuota semestral de Q.8,000.00, más la cuota por concepto de matrícula anual de
Q. 1,031.00 por año; así como los gastos y salarios en que se incurrirá, por lo que,
con los ingresos proyectados, se origina una diferencia de la manera siguiente: ----
Flujo de Caja proyectado para una cohorte de Tres años de Doctorado
Concepto 1er año 2do año 3er año Diferencia
EGRESOS 243,340.00 202,272.00 158,272.00 603,884.00
INGRESOS 320,000.00 240,000.00 192,000.00 752,000.00
Diferencia + 76,660.00 37,728.00 33,728.00 148,116.00
Costo al y por Estudiante
PROYECTADO 1ER AÑO 2DO AÑO 3ER AÑO DIFERENCIA
COSTO 243,340.00 202,272.00 158,272.00 603,884.00
# ESTUDIANTES 20 15 12
COSTO X ESTUDIANTE 12,167.00 13,484.80 13,189.33 38,841.13
El corto del Doctorado por estudiante en los tres años es de Q. 38,841.13 y el costo
al estudiante incluyendo cuota y matriculas de inscripción es de Q. 59,204.00. ------
Con fundamento en el análisis efectuado, se concluye que para viabilidad del
Doctorado en Desarrollo Territorial y Problemas Transfronterizos en una cohorte
cuya proyección es de 20 estudiantes, se requiere un presupuesto Seiscientos tres
mil ochocientos ochenta y cuatro (Q 603,884.00); el cual será cubierto con los
ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de Q. 16,000.00 anuales, sin incluir
el monto de pago de matrículas, tal como se muestra en el estudio financiero
presentado, y bajo la responsabilidad del Departamento Estudios de Postgrado del
Centro Universitario de Occidente –CUNOC- y del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-; por lo que en atención a ello se emite. --------------------------------------
DICTAMEN:
La Dirección General Financiero dictamina con base a las consideraciones y lo
estipulado en el Punto Octavo, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 Reglamento del
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
60.
Consejo Superior Universitario
Sistema de Estudios de Postgrado, que la cuota semestral propuesta de Q. 8,000.00
por cada estudiante por cohorte (3 años) en la Modalidad e Plan de Estudios
Semestrales, es razonable de acuerdo con la factibilidad financiera presentada y
bajo la responsabilidad de la Escuela de Estudios de Postgrado del Centro
Universitario de Occidente y del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP- . El presente
dictamen se circunscribe única y exclusivamente a la parte financiera del
Programa en referencia. -----------------------------------------------------------------------------------
En consecuencia, el Consejo Superior Universitario de conformidad con las
atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), en el Artículo 11 literal q) y Artículo 127 literal
a), fijar la cuota propuesta, si así lo considera conveniente. ---------------------------------
En ese sentido se recomienda al Consejo Superior Universitario, que si se aprueba
la cuota fijada, se instruya al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de
Postgrado –SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45 inciso e)
del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado –SEP-, de cancelar los
programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última
cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento. -----------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la cuota
propuesta de OCHO MIL QUETZALES (Q. 8,000.00) SEMESTRALES, por estudiante, por
los tres años que dura el programa de Doctorado en Desarrollo Territorial y
Problemas Transfronterizos del Centro Universitario de Occidente, de la Universidad
de San Carlos de Guatemala, en virtud que la misma es razonable de acuerdo con
la factibilidad financiera presentada a la Dirección General Financiera, bajo la
responsabilidad de la Escuela de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de
Occidente y del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP- . SEGUNDO: Instruir al
Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento
de lo regulado en el Artículo 45, Inciso e) del Reglamento del Sistema de Estudios
de Postgrado, de cancelar los programas que después de dos (2) años de
aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad
de su funcionamiento.
4.2 SUBSIDIOS IGSS.
4.2.1 SUBSIDIO IGSS 003-2019, de la Dirección General Financiera
mediante el cual someten a consideración la autorización de
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
61.
Consejo Superior Universitario
solicitud por complemento a la providencia Ref. DARHS-024-2019,
para completar los ocho (8) meses del subsidio por suspensión del
Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, del Señor OSCAR
ARMANDO PÉREZ Y PÉREZ, trabajador de la Facultad de Ciencias
Económicas, de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el SUBSIDIO IGSS 003-2019, de la Dirección
General Financiera mediante el cual someten a consideración la autorización de
solicitud por complemento a la providencia Ref. DARHS-024-2019, para completar
los ocho (8) meses del subsidio por suspensión del Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social IGSS, del Señor OSCAR ARMANDO PÉREZ Y PÉREZ, trabajador de
la Facultad de Ciencias Económicas, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera, indica que, con base a lo solicitado
por el Señor OSCAR ARMANDO PÉREZ Y PÉREZ, según nota sin número de referencia
de fecha 07 de enero de 2019, y de conformidad con lo establecido en las Normas
17ª, 18ª y 21ª, de las Normas y Procedimientos para la Concesión de Licencias,
Otorgamiento de Ayudas Becarias y Pago de Prestaciones Especiales al Personal
de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante las cuales se indica que
en los casos de enfermedad o accidentes de larga evolución o convalecencia en
que se compruebe plenamente que la suspensión debe continuar, la Universidad
podrá exceder por una sola vez el plazo para que goce del subsidio hasta por un
máximo de seis meses, según el caso, previa autorización del Consejo Superior
Universitario. Dicho plazo fue ampliado por ocho meses, según lo regulado en el
Artículo 45 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo entre la Universidad de
San Carlos de Guatemala y el Sindicato de Trabajadores Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala –STUSC-. ----------------------------------------------
Por lo que, tomando en consideración que corresponde la autorización al Consejo
Superior Universitario; que existe opinión de la División de Administración de
Recursos Humanos, contenida en la Providencia Ref. DARHS No.004-2019, en
donde manifiestan que es procedente que el Consejo Superior Universitario
autorice por complemento a la providencia Ref. DARHS-024-2018, para completar
los ocho (8) meses del subsidio IGSS, al Señor OSCAR ARMANDO PÉREZ Y PÉREZ, por
el periodo del 01 de enero al 28 de junio de 2019, dado que, por medio del punto
SEGUNDO, inciso 2.3, subinciso 2.3.3 del Acta No. 37-2018, de sesión extraordinaria
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
62.
Consejo Superior Universitario
celebrada el 29 de noviembre 2018, el Consejo Superior Universitario por excepción
autorizó el pago del subsidio, por el período del 29 de octubre al 31 de diciembre
de 2018; que se cuenta con disponibilidad presupuestaria, según Providencia
D.P.19-2019 del Departamento de Presupuesto; por tanto, el Consejo Superior
Universitario ACUERDA: Autorizar el pago del subsidio por complemento a la
providencia Ref. DARHS-024-2018, para completar los ochos (8) meses del subsidio
por suspensión del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, al SEÑOR
OSCAR ARMANDO PÉREZ Y PÉREZ, trabajador de la Facultad de Ciencias
Económicas, por el período comprendido del 01 de enero al 28 de junio de 2019,
por un monto total de Q.54,052.66, con cargo a la partida presupuestal
4.2.01.1.01.423. En consecuencia, se deberá proceder como corresponda.
4.2.2 SUBSIDIO IGSS 004D-2019, de la Dirección General Financiera,
mediante el cual someten a consideración la autorización de
prórroga por excepción del subsidio por suspensión del Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, de la LICDA. CLAUDIA
VERÓNICA VIOLETA CORTÉZ DÁVILA, trabajadora de la Facultad de
Ciencias Químicas y Farmacia, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el SUBSIDIO IGSS 004D-2019, de la
Dirección General Financiera, mediante el cual someten a consideración la
autorización de prórroga por excepción del subsidio por suspensión del Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, de la LICDA. CLAUDIA VERÓNICA
VIOLETA CORTÉZ DÁVILA, trabajadora de la Facultad de Ciencias Químicas y
Farmacia, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera indica que, con base en lo solicitado
por la Licda. Claudia Verónica Violeta Cortéz Dávila, según nota sin número de
referencia de fecha 31 de enero de 2019, y de conformidad con lo estipulado en
las Normas 17ª, 18ª y 21ª, de las Normas y Procedimientos para la Concesión de
Licencias, Otorgamiento de Ayudas Becarias y Pago de Prestaciones Especiales al
Personal de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante las cuales se
indica que en los casos de enfermedad o accidentes de larga evolución o
convalecencia en que se compruebe plenamente que la suspensión debe
continuar, la Universidad podrá exceder por una sola vez el plazo para que goce
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
63.
Consejo Superior Universitario
del subsidio hasta por un máximo de seis meses, según el caso, previa autorización
del Consejo Superior Universitario. Dicho plazo fue ampliado por ocho meses,
según lo regulado por el Artículo 45 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo
entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y el Sindicato de Trabajadores
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala –STUSC-. ------------------
Por lo que, tomando en consideración que corresponde la autorización al Consejo
Superior Universitario; que existe opinión de la División de Administración de
Recursos Humanos, contenida en la Providencia Ref. DARHS-005-2019, en donde
manifiestan que es procedente que el Consejo Superior Universitario autorice por
excepción el subsidio IGSS, a la LICDA. CLAUDIA VERÓNICA VIOLETA CORTÉZ
DÁVILA, por el periodo del 24 de diciembre de 2018 al 23 de agosto de 2019, dado
que, el Honorable Consejo Superior Universitario ya autorizó subsidio durante los
períodos: Del 24 de diciembre de 2017 al 30 de junio de 2018 (Punto CUARTO, Inciso
4.2 del Acta No.05-2018) y del 01 de julio al 23 de diciembre de 2018 (Punto
CUARTO, Inciso 4.7 del Acta No.22-2018); que se cuenta con disponibilidad
presupuestaria, según Providencia D.P.21-2019 del Departamento de Presupuesto;
por tanto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Autorizar la prórroga por
excepción del pago del subsidio por suspensión del Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social IGSS, de la LICDA. CLAUDIA VERÓNICA VIOLETA CORTÉZ DÁVILA,
trabajadora de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, por el período
comprendido del 24 de diciembre de 2018 al 23 de agosto de 2019, por un monto
total de Q.87,248.00, con cargo a la partida presupuestal 4.2.01.1.01.423. En
consecuencia, se deberá proceder como corresponda.
4.2.3 SUBSIDIO IGSS 005D-2019, de la Dirección General Financiera,
mediante el cual someten a consideración la solicitud por
complemento a la providencia Ref. DARHS-022-2019, para
completar los ocho (8) meses del subsidio por suspensión del
Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, del Señor
ALBERTO GÓMEZ VELÁSQUEZ, trabajador del Centro Universitario
Occidente, de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el SUBSIDIO IGSS 005D-2019, de la
Dirección General Financiera, mediante el cual someten a consideración la
solicitud por complemento a la providencia Ref. DARHS-022-2019, para completar
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
64.
Consejo Superior Universitario
los ocho (8) meses del subsidio por suspensión del Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social IGSS, del Señor ALBERTO GÓMEZ VELÁSQUEZ, trabajador del
Centro Universitario Occidente, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. ---
Al respecto, la Dirección General Financiera indica que, con base en lo solicitado
por el SEÑOR ALBERTO GÓMEZ VELÁSQUEZ, según nota sin número de referencia
de fecha 16 de octubre de 2018, y de conformidad con lo estipulado en las Normas
17ª, 18ª y 21ª, de las Normas y Procedimientos para la Concesión de Licencias,
Otorgamiento de Ayudas Becarias y Pago de Prestaciones Especiales al Personal
de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante las cuales se indica que,
en los casos de enfermedad o accidentes de larga evolución o convalecencia en
que se compruebe plenamente que la suspensión debe continuar, la Universidad
podrá exceder por una sola vez el plazo para que goce del subsidio hasta por un
máximo de seis meses, según el caso, previa autorización del Consejo Superior
Universitario. Dicho plazo fue ampliado por ocho meses, según lo regulado por el
Artículo 45 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo entre la Universidad de
San Carlos de Guatemala y el Sindicato de Trabajadores Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala –STUSC-. ----------------------------------------------
Por lo que, tomando en consideración que corresponde la autorización al Consejo
Superior Universitario; que existe opinión de la División de Administración de
Recursos Humanos, contenida en la Providencia Ref. DARHS No.001-2019, en
donde manifiestan que es procedente que el Consejo Superior Universitario
autorice por complemento a la providencia Ref. DARHS-022-2018, para completar
los ocho (8) meses el subsidio IGSS, al SEÑOR ALBERTO GÓMEZ VELÁSQUEZ, por el
periodo del 01 de enero al 17 de abril del año 2019, dado que, por medio del punto
SEGUNDO, inciso 2.3, subinciso 2.3.1 del Acta No. 37-2018, de sesión extraordinaria
celebrada el 29 de noviembre 2018, el Consejo Superior Universitario autorizó el
pago de la prórroga por excepción del subsidio por el período del 18 de agosto al
31 de diciembre de 2018; que se cuenta con disponibilidad presupuestaria, según
Providencia D.P. 22-2019 del Departamento de Presupuesto; por tanto, el Consejo
Superior Universitario ACUERDA: Autorizar el pago del subsidio por complemento a
la providencia Ref. DARHS-022-2018, para completar los ochos (8) meses del
subsidio por suspensión del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS, al
SEÑOR ALBERTO GÓMEZ VELÁSQUEZ, trabajador del Centro Universitario de
Occidente, por el período comprendido del 01 de enero al 17 de abril de 2019, por
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
65.
Consejo Superior Universitario
un monto total de Q.27,185.14, con cargo a la partida presupuestal 4.2.01.1.01.423.
En consecuencia, se deberá proceder como corresponda.
4.3 Solicitud del señor Rector de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, respecto a un saldo a favor de la Universidad, por
parte del Ministerio de Educación sobre el Programa de Formación
Inicial Docente (FID).
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la solicitud verbal realizada
por el MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos, Rector de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, respecto al saldo a favor que existe, para la Universidad de
San Carlos de Guatemala, producto del Programa de Formación Inicial Docente
(FID), el cual asciende a la cantidad de (5.191.120) millones de quetzales, que no
han sido trasladados por parte del Ministerio de Educación, durante los años del
2015 al 2018, considerando que, en una de las cláusulas del Convenio Específico
de Cooperación para la Transición de la Formación Inicial Docente a nivel superior
en la República de Guatemala, se estableció que es obligación contar con los
títulos universitarios, para el traslado de fondos. En virtud de lo anterior, solicita se
autorice como Consejo Superior Universitario realizar el proceso de impresión de
títulos de todos los estudiantes que cursaron el Programa de Formación Inicial
Docente a nivel nacional, sin haber realizado el pago correspondiente, que el
trámite se realice administrativamente, con todos los estándares de seguridad, sin
necesidad de que dicho proceso sea realizado personalmente, a efecto de dar
cumplimiento a lo que establece el convenio específico de cooperación. Además,
manifiesta que el Programa de Formación Inicial Docente se ha ejecutado a través
de varias unidades académicas: Facultad de Humanidades, Escuela de
Formación de Profesores de Enseñanza Media, Escuela de Psicología, ECTAFIDE y
Centros Universitarios; y hace del conocimiento que la Universidad de San Carlos
de Guatemala pagó de sus arcas, los salarios del personal docente y
administrativo. Asimismo, solicita se reevalúe el convenio que se aprobó desde el
año 2015. Por su parte, el señor Decano de la Facultad de Humanidades manifiesta
que el Programa de Formación Inicial Docente (FID), atiende a los bachilleres en
Educación en sus distintas especialidades, e indica que según el Convenio
Específico de Cooperación se estableció un aporte financiero de 120.0 millones de
quetzales, para el funcionamiento de dicho programa. En virtud de lo anterior,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
66.
Consejo Superior Universitario
propone que una Comisión de Alto Nivel, realice un estudio integral, sobre el
aporte financiero (presupuesto), impresión de títulos y revisión del convenio
aprobado. Asimismo, solicita se instruya a los Consejos Directivos de los Centros
Universitarios y Escuelas, que cumplan con el mandato establecido en el Convenio
Específico de Cooperación. Al respecto, el Consejo Superior Universitario luego de
un amplio análisis, respecto al tema, ACUERDA: PRIMERO: Autorizar la emisión de
títulos universitarios de estudiantes del Programa de Formación Inicial Docente
(FID) que cumplan con los requisitos de ley, sin contar con el pago previo de la
tarifa establecida para registro e impresión de título. Dicha tarifa deberá ser
pagada contra listado emitido por el Departamento de Registro y Estadística, con
los fondos que trasladen las respectivas Direcciones Generales del Ministerio de
Educación, previo a distribuir los recursos presupuestarios a las distintas unidades
académicas que imparten el Programa FID en la Universidad de San Carlos de
Guatemala. --------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Instruir al Director General de Docencia para que presente ante la Mesa
de Alto Nivel del Programa de Formación Inicial Docente las propuestas siguientes:
Que las cuotas correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre se trasladen
de forma anticipada, en virtud que con dichos fondos se pagan salarios del
personal docente y administrativo contratado para el efecto, comprometiéndose
la Universidad de San Carlos de Guatemala, a liquidar al final de cada trimestre las
cuotas trasladadas. Que al final del cuarto trimestre, del tercer año, de cada
cohorte se exija a las Unidades Académicas de la Universidad de San Carlos de
Guatemala que imparten el Programa de Formación Inicial Docente, las actas de
graduación en sustitución del título. -----------------------------------------------------
TERCERO: Instruir a las Unidades Académicas de la Universidad de San Carlos de
Guatemala que imparten el Programa de Formación Inicial Docente, que no han
cumplido con lo establecido en el Convenio Marco y Cartas de Entendimiento del
Programa FID, para que se observe el debido cumplimiento de los términos y
condiciones pactadas, evitando tener inconvenientes tanto en el presente año,
como en el año 2020. ---------------------------------------------------------------------
4.4 Ref. JAPP-114-03-2019, suscrita por el Ing. Joram Matías Gil Laroj,
Secretario de la Junta Administradora del Plan de Prestaciones, la
cual contiene transcripción del Punto SEGUNDO, del Acta 11-2019
de sesión extraordinaria celebrada por la Junta Administradora del
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
67.
Consejo Superior Universitario
Plan de Prestaciones, el jueves 21 de marzo de 2019, mediante el
cual presentan para consideración del Consejo Superior
Universitario la “VALUACIÓN ACTUARIAL DEL PLAN DE
PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA”, al 31 de diciembre de 2017.
El Consejo Superior Universitario conoce la transcripción del Punto SEGUNDO del
Acta No. 11-2019 de sesión extraordinaria celebrada por la Junta Administradora
del Plan de Prestaciones el 21 de marzo de 2019, mismo que copiado literalmente
dice: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
“SEGUNDO: ANÁLISIS DEL ESTUDIO ACTUARIAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017. La
Junta luego del análisis de los diferentes parámetros, escenarios y las recomendaciones del Estudio
Actuarial, requerido por el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Presentar por este medio,
para consideración de ese Honorable Consejo, los resultados de la “VALUACION ACTUARIAL
DEL PLAN DE PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA”, al 31 de Diciembre de 2017, elaborada por el actuario Lic. Virgilio
Ramón López. El estudio se presenta en tres diferentes documentos, motivado por la necesidad de
incorporar nuevos escenarios para su análisis, y luego los requerimientos de esta Junta de aclarar
algunos aspectos de la evaluación que hacían surgir nuevas dudas y preguntas al profesional
encargado. Después de un riguroso análisis de dichos documentos, la Junta Administradora del Plan
de Prestaciones somete a consideración del Honorable Consejo Superior Universitario sus
comentarios, conclusiones y recomendaciones, que se resumen así: I. PARAMETROS: a)
Utilizando el sistema financiero de Prima Escalonada, se consideraron todos los escenarios con tasas
actuariales del 6%, 7% y 8% que representan las tasas de interés que producen las reservas técnicas
del Plan de Prestaciones al ser colocadas como depósitos a plazo fijo en los bancos del sistema. b)
Debido a la tendencia observada desde hace varios años, de que los intereses han ido siempre a la
baja por el exceso de liquidez, la Junta acordó tomar como base de los cálculos, la tasa de 6% porque
es la que más se ajusta a la realidad y a la tendencia del sistema bancario. c) El resultado de la
valuación actuarial pretende mantener la estabilidad del Plan de Prestaciones y su solidez financiera
por un periodo de por lo menos quince (15) años o hasta el año 2032. d) Se mantiene como parámetro
de comparación la Prima de Financiamiento del Plan de Prestaciones de un 44.36% constituido por
la aportación de la Universidad de San Carlos como cuota patronal de 33.78% de los sueldos
contratados de los afiliados al Plan, y el 10.58% que cada trabajador afiliado aporta como cuota
laboral. (Artículo 7 del Reglamento del Plan de Prestaciones). e) El actuario concluye que dada la
fortaleza financiera del Plan de Prestaciones por el volumen de sus reservas técnicas combinadas con
los préstamos a trabajadores, el Plan puede mantener su estabilidad en el plazo indicado con una
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
68.
Consejo Superior Universitario
prima de financiamiento de 38.67% lo que significa una holgura financiera de 5.69% f) Los costos
de cada escenario propuesto para análisis también se figuran en prima de financiamiento, de manera
que cualquiera que se autorice debe estar incluido dentro ese 5.69% de holgura financiera, de suerte
que en ningún caso sea mayor al 44.36% que actualmente se recibe. g) El actuario explica que “Un
considerable número de trabajadores que ya cumplen con los requisitos para jubilarse continúan
postergando su retiro, dando lugar a una mayor capitalización de la reserva”. Actualmente son
alrededor de 1,223 afiliados que ya pueden jubilarse y no lo hacen. Su contribución aumenta las
reservas técnicas, al producir intereses. h) Las estimaciones de costos financieros para la Universidad
de San Carlos que se presentan en este informe, tienen como propósito dar al Consejo una noción
aproximada de los mismos, sin que deban tomarse como exactos. II. EFECTOS DE LA DEUDA
USAC/PLAN. a) El estudio actuarial fue elaborado considerando que toda la reserva técnica se
encuentra produciendo intereses, incluidos los Q 287,260,609.16 que la Universidad tiene pendiente
de traslado al Plan de Prestaciones por cuota patronal correspondiente al periodo de julio de 2017 a
junio de 2018 conocida como DEUDA USAC/PLAN. b) La ausencia de este capital, pero
especialmente de sus intereses, causa distorsión en los cálculos efectuados, que conforme a la
aclaración correspondiente del actuario, tiene un costo de 2.19% de prima de financiamiento que
habría que reducirlos de la prima de 5.69% de holgura financiera, con lo que la misma se reduce a
3.5%. III. DE LOS ESCENARIOS A ANALIZAR POR EL ACTUARIO. SOLICITADOS
POR EL CSU Y LA JAPP. a) Los efectos de una reducción de la tasa de interés anual para
préstamos en 1 o 2 puntos. Este escenario ya fue resuelto por el Honorable Consejo y no produce
efecto alguno pues queda debajo de la prima de financiamiento de 38.67%. b) Elevar el techo de las
jubilaciones de Q 14,000.00 actualmente vigente a Q 16,000.00 mensuales. Produce un impacto
financiero de 2.8% de prima de financiamiento si todos los que ya cumplen los requisitos (1223
personas aproximadamente) se jubilan (véase opinión actuarial en numeral V., literal a) de este
informe). c) Impacto financiero que mida la posibilidad de que los trabajadores renunciaron al Plan
de Prestaciones regresen al mismo. Tiene un costo para el Plan de 0.30% de prima de financiamiento.
Un costo para la Universidad por el pago de la cuota patronal de estos trabajadores, estimada en Q
1,931,107.07 mensuales o Q23,173,284.12 anuales. d) Incremento del 10% al porcentaje de viudez
y orfandad, actualmente en 40% del sueldo o salario. Costo de 0.80% de prima de financiamiento.
e) Bonificación anual de Q 4,000.00 a todas las jubilaciones y pensiones. Un costo en prima de
financiamiento de 1.85%. f) Establecer un piso a las jubilaciones de Q 1,000,00 a Q 1,500.00 Costo
en prima de financiamiento de 0.26% y 0.32% respectivamente. IV. DE LOS ESCENARIOS A
ANALIZAR POR EL ACTUARIO. SOLICITADOS POR LA COMISION DE FINANZAS
DEL CSU. CONTENIDOS EN EL SEGUNDO DOCUMENTO. a) Que se traslade a cargo del
Plan de Prestaciones el pago de los salarios de los empleados de dicho Plan, gasto que viene
cubriendo la Universidad desde el segundo semestre de 2005 conforme al Punto Primero, Inciso 1.5
del Acta 19-2005 del Consejo Superior Universitario de 20 de julio de 2005. Este escenario fue
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
69.
Consejo Superior Universitario
aprobado por el CSU en Punto Segundo, Inciso 2.2 del Acta 30-2018, con la condición de que el
estudio actuarial indique la factibilidad de su pago. Costo en prima de financiamiento de 0.73%. b)
Que se traslade a cargo del Plan de Prestaciones el pago del bono de solidaridad que otorgó la
Universidad a los jubilados con pensiones menores de Q 3,000.00. Este escenario fue aprobado por
el CSU en Punto Segundo, Inciso 2.2 del Acta 30-2018, con la condición de que el estudio actuarial
indique la factibilidad de su pago. Costo en prima de financiamiento de 1.90%. c) Ampliar el plazo
para préstamos mayores de Q 100,000.00 hasta 144 meses con tasa de interés variable dependiendo
de las condiciones del mercado financiero. Escenario ya aprobado por el CSU en 120 meses. No
tiene efecto negativo en las finanzas del Plan, excepto por falta de pago. d) Otorgar un ajuste de Q
1,000.00 mensuales a las pensiones menores de Q 5,000.00 mensuales que actualmente otorga el
Plan a los jubilados de la Universidad. Tiene un costo en prima de financiamiento de 2.88%. e) Que
al sueldo base, calculado de acuerdo al procedimiento actual para establecer el monto de la pensión
no se le aplique techo, para que esta equivalga al 100% de dicho salario base. Es simplemente la
eliminación del techo a las jubilaciones. Afectaría a aproximadamente 850 millones en salarios con
un costo en prima de financiamiento de 12.66%. f) El piso o monto mínimo de jubilación del docente
no sea menor al salario de titular VII y el mismo debe ser indexado cada tres años. El monto mínimo
de jubilación del personal administrativo operativo sea equivalente al salario mínimo vigente. El
actuario no estima el costo de la indexación. Establecer el piso mínimo solicitado tiene un costo en
prima de financiamiento de 0.29%, pues es superior al escenario planteado en numeral III, Inciso f)
anteriormente considerado (ver opinión actuarial en literal e), del informe complementario de la
Valuación Actuarial de las propuestas presentadas por el Consejo Superior Universitario). g) Que se
apruebe el reingreso de los trabajadores de la Universidad que voluntariamente se retiraron del Plan
de Prestaciones a partir de julio de 2004. Aproximadamente 701 personas. Aquí el actuario plantea
dos situaciones diferentes. Que reingresen todos los renunciantes en cuyo caso el impacto financiero
es de 0.30%; o que solo regresen los que tienen diez años o más de contribución que son los que
pueden aspirar a la jubilación, en cuyo caso el impacto aumenta a 1.38% de prima de financiamiento.
El costo para la Universidad en pago de la cuota patronal se calcularía en 33.78% de Q.5.5 millones
mensuales o de Q 66.1 millones anuales, aproximadamente. h) Que no se restrinja por cuestiones de
edad (45 años actualmente) el ingreso al Plan de Prestaciones. Un total de 780 trabajadores
conforman este grupo con salario estimado de Q.4.7 millones mensuales (33.78% pagaría la
Universidad en cuota patronal). No produce impacto financiero en el Plan de Prestaciones pues
obtendría ingresos por 15 años, sin desembolso en dicho periodo. Sin embargo, un costo para la
Universidad del 33.78% de Q 2,248,154.43 mensual o de Q 26,977,853.15 anual, aproximadamente.
V. OPINIONES DEL ACTUARIO A ACLARACIONES SOLICITADAS POR LA JAPP.
CONTENIDO EN TERCER DOCUMENTO ACLARATORIO. a) Subir el techo de las
jubilaciones de Q 14,000.00 a Q 16,000.00 tendría un costo de 2.8% de prima de financiamiento, el
que está calculado sobre la base de que retiraran todos los que hayan adquirido el derecho. La
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
70.
Consejo Superior Universitario
pregunta es si se jubilan menos, como ha sido la tendencia, ¿Disminuye el costo del escenario? El
actuario calcula retiros de un 25%, un 50% y un 75% de dichos trabajadores y presenta las gráficas
de como declinarían las reservas técnicas en cada caso. Esto permite estimar un menor costo de
prima de financiamiento si menos trabajadores se retiran, aun cuando subir el techo a Q 16,000.00
pareciera un aliciente para retirarse. b) Que efecto tiene la falta de Q 287 millones, equivalente a
12.17% de las reservas técnicas, en las finanzas del Plan de Prestaciones. Respuesta: “En la
valuación actuarial se consideró dicha deuda como un patrimonio del Plan y en consecuencia se
tomaron en cuenta los intereses, por lo tanto, no tiene ningún efecto sobre los resultados siempre
que se reconozcan los intereses de la misma. Se calculó un escenario en que se resta del patrimonio
el valor de Q287 millones; en ese caso si tiene efecto, la prima que compensa la reducción de la
reserva es 40.46% que comparada con la de 38.67% que corresponde a la situación actual sin
introducir ninguna modificación y utilizando tasa de interés del 6%, tiene un costo de 2.19% de los
salarios.” Lo anterior significa que para no incrementar el costo de prima de financiamiento en
2.19% la Universidad debe reconocer la deuda y pagar los intereses correspondientes. c) ¿Considera
usted prudente o conveniente resolver el problema de la deuda previo a otorgar cualquiera de las
prestaciones que se han solicitado en los diversos escenarios planteados? Respuesta: “Desde el punto
de vista técnico, mientras el coste de la prestación a mejorar, al sumarle 2.19 puntos porcentuales,
no rebase la prima actual vigente (que es de 44.36%) pueden introducirse la modificación de
cualquiera de las prestaciones estudiadas en forma paralela a las gestiones para recuperar la
deuda.” VI. VARIABLE IMPREVISTA. Cuando se elabora el estudio actuarial, y aun después
de las revisiones y aclaraciones solicitadas al mismo, no se conocía del planteamiento de una acción
de inconstitucionalidad general parcial en contra de la frase que dice: “…siempre que no sea mayor
a Q 1,750.00 por cuota hora diaria mes, y que esta no exceda al techo máximo de Q14,000.00,
revisable cada cinco años…” contenida en el artículo 14 del Reglamento del Plan de Prestaciones.
Esta petición de nueve miembros del SINDICATO DE TRABAJADORES PROFESIONALES DE
LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA -SINPRUSAC- identificada como
Expediente 203-2019 a cargo del oficial 16 de la Corte de Constitucionalidad, implica el riesgo de
eliminar el techo de la jubilación, que, como ya hemos visto, tiene un costo en prima de
financiamiento de 12.66% Lo anterior indica, que aun sin otorgar NINGUNA PRESTACION, al
sumar la prima de estabilidad financiera de 38.67% al coste de este escenario de 12.66%, la prima se
eleva a 51.33% muy superior a la actual de 44.36% lo que significa el rápido declive de las finanzas
del Plan de Prestaciones y su posible colapso financiero. VII. RECOMENDACIONES DE LA
JUNTA ADMINISTRADORA DEL PLAN DE PRESTACIONES. a) Debido a los riesgos
combinados de la falta de pago de los intereses de la deuda USAC/PLAN que tiene un costo de 2.19%
y el riesgo que implica la acción de inconstitucionalidad general parcial antes identificada, con un
coste de 12.66% la prima de financiamiento se elevaría a 53.52%, lo que constituye un 9.16% sobre
la prima actual de 44.36% que ni la Universidad de San Carlos, ni los trabajadores afiliados al Plan,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
71.
Consejo Superior Universitario
están en disposición de asumir. b) En consecuencia, en opinión de la Junta Administradora, no
resulta conveniente otorgar o mejorar ninguna prestación solicitada en los distintos escenarios
actuariales hasta que no se resuelvan los riesgos combinados que se describen en la literal anterior,
excepto aquellos que no produzcan impacto en las finanzas del Plan. c) Solicitar al Consejo Superior
Universitario la revisión del Punto Segundo, Inciso 2.2 del Acta 30-2018, que difiere el pago de los
salarios de los trabajadores del Plan, y el Bono de solidaridad, al Plan de Prestaciones, en virtud de
los problemas que encierra y que pueden dar lugar a impugnaciones judiciales y por considerarlo
lesivo a las finanzas de dicho Plan.” ----------------------------------------------------------------------------
Al respecto, miembros del Consejo Superior Universitario proponen se conozca el
estudio actuarial en la próxima sesión, y solicitan que, en la misma se haga
presente el actuario que lo elaboró, a efecto de realizar una presentación del
mismo. A continuación, el Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala
solicita que dicha presentación se realice en la primera sesión ordinaria del mes de
mayo, considerando que, en la próxima sesión del mes de abril, no estará presente
por actividades fuera del país. En virtud de lo anterior, el Consejo Superior
Universitario ACUERDA: PRIMERO: Dar por recibido el Análisis del Estudio Actuarial
realizado al Plan de Prestaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
al 31 de diciembre de 2017, y conocerlo en la primera sesión ordinaria del mes de
mayo del año en curso. SEGUNDO: Convocar al actuario Lic. Virgilio Ramón López,
profesional a cargo del estudio actuarial realizado al Plan de Prestaciones, para la
sesión ordinaria que se realizará el próximo miércoles 15 de mayo del año en curso,
a efecto de que se haga presente para realizar una exposición sobre los resultados
obtenidos en dicho estudio actuarial.
4.5 DICTAMEN DGF No. 06A-2019 de la Dirección General Financiera,
relacionado con el cobro por atraso de pago de cuotas del Jardín
Infantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DGF No. 06A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con el cobro por atraso de pago de
cuotas del Jardín Infantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala. -------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
72.
Consejo Superior Universitario
ANTECEDENTES
Auditoría Interna en hallazgo No. 9 de informe A-395-2018/002CP, del 27 de
abril de 2018, recomienda se solicite la autorización del cobro que se viene
efectuando en el Jardín Infantil. -----------------------------------------------------------------
En oficio Ref.JI-192/2018, la Coordinadora del Jardín Infantil solicita la
autorización de dicho cobro a Secretaría General. -------------------------------------
En Providencia 1907-10-2018, Secretaría General solicita a Auditoría Interna
opinión para legalizar el cobro por mora entre otros. -----------------------------------
Auditoría Interna en Ref. A-1305-2018/413CP, opina que, previo análisis de la
Dirección General Financiera, se eleve al Consejo Superior Universitario el
cobro por atraso de pago de cuotas del Jardín Infantil para su conocimiento
y autorización. ------------------------------------------------------------------------------------------
En el Artículo 5 del mismo Normativo se indica que a través de la Dirección
General Financiera, las autoridades del Jardín Infantil elevarán al Honorable
Consejo Superior Universitario, las tarifas y sus modificaciones. ----------------------
El Artículo 7 del Normativo del Jardín Infantil, establece que son obligaciones
de los padres de familia las siguientes: a): Cumplir con el presente normativo
y las demás disposiciones que emanen de las autoridades; b): Realizar
puntualmente los pagos por concepto de inscripción, prestación del servicio
y otros que se acuerden, de no hacerlo se incurrirá en mora; … -------------------
OPINIÓN
Por lo anteriormente expuesto, luego del análisis requerido, esta Dirección General
Financiera, opina favorablemente a que es preciso que se legalice el cobro por
mora de Q.25.00, que se viene efectuando en el Jardín Infantil desde el año 2003.
Por lo que el mismo, se tiene que elevar al Consejo Superior Universitario para que
sea autorizado por este Máximo Órgano de Dirección, de conformidad con el
Artículo 11 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala. ---------------
El Representante del Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y
Administradores de Empresas, manifiesta que en el Artículo 7 del NORMATIVO
INTERNO DE RELACIONES ENTRE EL JARDIN INFANTIL DE LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA Y LOS USUARIOS DEL SERVICIO, aprobado por ACUERDO
DE RECTORIA No. 1060.2006, se establece que son obligaciones de los padres de
familia las siguientes: a) Cumplir con el presente normativo y las demás
disposiciones que emanen de las autoridades; b) Realizar puntualmente los pagos
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
73.
Consejo Superior Universitario
por concepto de inscripción, prestación del servicio y otros que se acuerden, de
no hacerlo se incurrirá en mora;… Sin embargo, en dicho artículo no se indica de
cuánto será el monto a cancelar, por lo que es necesario realizar una ampliación
a dicho artículo. -----------------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario luego del análisis del DICTAMEN DGF
No. 06A-2019 de la Dirección General Financiera, de conformidad con lo que
establece el Artículo 11 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
ACUERDA: Aprobar para que se incorpore como modificación al “Normativo
interno de relaciones entre el Jardín Infantil de la Universidad de San Carlos y los
usuarios del servicio”, la autorización, para que a partir de la presente fecha, se
cobre por mora, un monto de VEINTICINCO QUETZALES (Q.25.00) por mes de atraso
de la cuota del Jardín Infantil y Colegio Rey Carlos II, de la Universidad de San
Carlos de Guatemala.
4.6 Oficio DGF 123D-2019, de la Dirección General Financiera,
mediante el cual emiten opinión referente a las horas laboradas en
exceso por los trabajadores del Departamento de Vigilancia de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 123D-2019, de la
Dirección General Financiera, mediante el cual en atención al Punto SEPTIMO,
Inciso 7.6, Acta No. 26-2018 de sesión celebrada por el Consejo Superior
Universitario, en el cual, en su Inciso 2) …Se instruye a la Dirección General
Financiera, se sirva informar a este órgano de dirección….si existe disponibilidad
presupuestaria para responder la petición presentada por los trabajadores
vigilantes que contiene solicitud de autorización de pago de horas extras
laboradas en exceso y ajuste de prestaciones laboradas periódicas. -------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera, adjunta la Ref. D.P. 059-2019, del
Departamento de Presupuesto, mediante la cual hacen del conocimiento lo
siguiente: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
“Como Personal de Presupuesto se tuvo una reunión con los señores Vigilantes que están solicitando
la petición, quienes proporcionaron información de las horas laboradas en exceso y listado de
Vigilantes que son parte de la petición, que ascienden a 254 trabajadores, con horas de contratación
de 4, 6, 8, 10 y 12 horas. ------------------------------------------------------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
74.
Consejo Superior Universitario
El cálculo del monto total mensual de las horas laboradas en exceso, lo calculan, tomando como bse
el salario mensual, dividido días laborados, dividido horas diarias y lo multiplican por las horas
laboradas en exceso en el mes. ----------------------------------------------------------------------------------
Tomando de base la muestra de 4 vigilantes, que tienen contrataciones de 6hras, 8hras, 10hras y
12hras, se estima que el impacto financiero, si se atienden los requerimientos realizados por 254
trabajadores de vigilancia que incluye: sueldo más prestaciones por los años 2015 al 2018, asciende
a la cantidad de Q.42,388,666.20, para lo cual se utilizaron los cuadros anexos. -----------------------
Se hace de su conocimiento que las horas laboradas en exceso, lo están considerando como
incremento de salario, ya que incluyen cálculo de prestaciones. Asimismo que en la apertura
presupuestaria año 2019, no se tiene contemplado el pago por el incremento solicitado, por lo que
no es posible atenderse.” -----------------------------------------------------------------------------------------
A continuación, se tiene a la vista la proyección estimada, presentada por el
Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, sobre el
impacto financiero, que incluye sueldo más prestaciones:
Sobre el particular, el Director General Financiero manifiesta que financieramente
no es posible cubrir el pago de tiempo extraordinario, considerando que no se
tienen saldos, ni créditos presupuestarios, para este tipo de gastos; y que los
recursos con los que actualmente cuenta la Universidad de San Carlos de
Guatemala, no son suficientes. A continuación, miembros del Consejo Superior
Universitario solicitan se dé seguimiento al tema de la elaboración del normativo,
considerando lo acordado en el Punto SÉPTIMO, Inciso 7.6 del Acta No. 26-2018 de
sesión celebrada por el Consejo Superior Universitario el 12 de septiembre de 2018.
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Dar
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
75.
Consejo Superior Universitario
seguimiento al Punto SÉPTIMO, Inciso 7.6 del Acta No. 26-2018, de sesión celebrada
por el Consejo Superior Universitario el 12 de septiembre de 2018, e instruir a la
Dirección de Asuntos Jurídicos que dé cumplimiento a la resolución emitida por
este órgano de dirección. SEGUNDO: Requerir a la Dirección de Asuntos Jurídicos
que, elabore un análisis con relación a la petición presentada por los agentes de
vigilancia, respecto al pago de horas laboradas en exceso y solicitud de ajuste de
prestaciones laboradas periódicas, en el cual se indique si es legalmente
procedente lo que requieren, considerando lo establecido en el contrato de
trabajo suscrito con la Universidad de San Carlos de Guatemala. TERCERO: Indicar
a la Dirección de Asuntos Jurídicos que lo requerido en los numerales PRIMERO y
SEGUNDO, deberá ser sometido a conocimiento y consideración del Consejo
Superior Universitario, en la primera sesión ordinaria del mes de mayo del 2019.
QUINTO REFORMA UNIVERSITARIA:
Documento pendiente para conocer en la próxima sesión ordinaria.
SEXTO ASUNTOS ACADÉMICOS:
6.1 SOLICITUDES DE DISPENSA PARA EL NOMBRAMIENTO DE
COORDINADORES ACADÉMICOS O COORDINADORES DE CARRERA
DE LAS DISTINTAS UNIDADES ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE
SAN CARLOS DE GUATEMALA.
6.1.1 OFICIO DGF No. 487A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar
coordinadores de las carreras que se imparten en el Centro
Universitario de Sololá (CUNSOL), de la Universidad de San Carlos
de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 457A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar coordinadores de las carreras que se imparten en el Centro Universitario
de Sololá (CUNSOL), de la Universidad de San Carlos de Guatemala. -------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
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76.
Consejo Superior Universitario
CONSIDERACIONES
El Consejo Superior Universitario, mediante Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2
del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del año en curso, estableció el cumplimiento
de requisitos para atender este tipo de dispensas, siendo los siguientes: ----------------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, folio 92) ----------------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, 3 expedientes) -------------------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (No aplica, Centro
Universitario no tiene titulares) ------------------------------------------------------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No aplica) -------------------------------------------------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, folio
91) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sololá –CUNSOL-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sololá –CUNSOL, referente a
otorgar dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de
Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesores interinos para
el cargo de Coordinadores de las distintas Carreras descritas en la REF. CD-CUNSOL
01-2019 (Folio 92), debido a que aún no existen profesores que ostenten la
Categoría de Profesor Titular III. Dicha autorización de dispensa no generará
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
77.
Consejo Superior Universitario
impacto financiero adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal,
siempre y cuando se conserven las características de las plazas de Profesor Interino.
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de profesores interinos, como Coordinadores
de Carrera en el Centro Universitario de Sololá, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, por el período del 01 de enero al 30 de junio de 2019, siendo los
profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 LIC. ÁNGEL ESTUARDO VÁSQUEZ PÉREZ Ciencias Jurídicas y Sociales,
Abogado y Notario
2 LICDA. MARÍA DEL CARMEN CRUZ PINZÓN Contador Público y Auditor
3 LIC. MARIO HUMBERTO ACEITUNO ARANA Trabajo Social
6.1.2 OFICIO DGF No. 528A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar al
Coordinador de la Carrera de Profesorado de Educación Bilingüe
Intercultural, que se imparte en el Centro Universitario de Sololá
(CUNSOL).
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 528A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar al Coordinador de la Carrera de Profesorado de Educación Bilingüe
Intercultural, que se imparte en el Centro Universitario de Sololá (CUNSOL). -----------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
En cumplimiento a los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificar los mismos, con el resultado siguiente: ----------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, folio 32) ----------------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple,1 al 29) -------------------------------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (No aplica, Centro
Universitario no tiene titulares, folio32) -------------------------------------------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
78.
Consejo Superior Universitario
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No aplica) -------------------------------------------------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, folio
31) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sololá –CUNSOL-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada por
el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sololá –CUNSOL, referente a otorgar
dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de Centros
Regionales Universitarios, para la contratación de un Profesor Interino para el cargo
de Coordinador de la Carrera descrita en la REF. CD-CUNSOL 02-2019, debido a
que aún no existen profesores que ostenten la Categoría de Profesor Titular III.
Dicha autorización de dispensa no generará impacto financiero adicional a la ya
contemplada en la apertura presupuestal, siempre y cuando se conserven las
características de las plazas de Profesor Interino. -------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación en el Centro Universitario de Sololá, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala del LICENCIADO MARIO ANSELMO TUJ
CHOCOY, como Coordinador de la Carrera de Profesorado en Educación Primaria
Bilingüe Intercultural, por el período del 01 de enero al 30 de junio de 2019.
6.1.3 OFICIO DGF No. 510A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar profesores
interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que se
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
79.
Consejo Superior Universitario
imparten en el Centro Universitario de Baja Verapaz (CUNBAV), de
la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 510A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar profesores interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que
se imparten en el Centro Universitario de Baja Verapaz (CUNBAV), de la Universidad
de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
En cumplimiento a los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificarlos, siendo los siguientes: ------------------------------
6. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (cumple) ---------------------------------------
7. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados, acompañando
del Curriculum Vitae (cumple) ----------------------------------------------------------------------
8. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a) de
la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener: Categoría
que ostentan y carrera a la que pertenecen. (no aplica) --------------------------------
9. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos establecidos
en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal Académico,
deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde desistan de
ocupar el puesto. (no Aplica, no tiene Profesores Titulares) ------------------------------
10. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos necesarios
para proceder con la contratación del profesional en el puesto indicado,
adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (cumple) --------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Baja Verapaz –
CUNBAV-, cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de
Dirección Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el
Consejo Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Baja Verapaz –CUNBAV-,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
80.
Consejo Superior Universitario
referente a otorgar Dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento
General de Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesores
interinos para el Cargo de Coordinadores de las distintas Carreras, descritas en la
transcripción del Punto Quinto, del Acta 06-2019 del Consejo Directivo del referido
Centro Universitario. Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto
financiero adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal, siempre y
cuando se conserven las características de las Plazas de Profesor Interino. ------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de profesores interinos, como coordinadores de
carrera en el Centro Universitario de Baja Verapaz, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, por el período del 01 de enero al 30 de junio de 2019, siendo los
profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 LIC. BENJAMÍN ASCENCIO VELIZ Licenciatura en Administración de
Empresas
2 LIC. ROGELIO RODRÍGUE SIS Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Abogado y Notario.
3 ING. AGR. ABNER DAYRIN GUZMÁN
BALCARCEL
Ingeniero Agrónomo en Sistemas de
Producción Agrícola.
4 LIC. GIL HERNÁN MORALES MARTÍNEZ
Profesorado y Licenciatura en
Pedagogía y Administración
Educativa con Orientación en Medio
Ambiente.
6.1.4 OFICIO DGF No. 513A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar profesores
interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que se
imparten en el Centro Universitario de Oriente (CUNORI), de la
Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 513A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar profesores interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que
se imparten en el Centro Universitario de Oriente (CUNORI), de la Universidad de
San Carlos de Guatemala. --------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
81.
Consejo Superior Universitario
En cumplimiento a los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificar los mismos con el resultado siguiente: ----------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, Folios 39 y 40) -------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, Folios del 01 al 27 y 50) ------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (Cumple, Folios 33
al 38) -----------------------------------------------------------------------------------------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en el artículo 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (Cumple, folios 57 y 58) -------------------------------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple,
Folios del 43 al 47) -----------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente –CUNORI-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente –CUNORI-, referente a
otorgar Dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de
Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesores interinos para
el Cargo de Coordinadores de las distintas Carreras, descritas en la transcripción
del Punto Sexto, del Acta 01-2019 del Consejo Directivo del referido Centro
Universitario. Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto financiero
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
82.
Consejo Superior Universitario
adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal, siempre y cuando se
conserven las características de las Plazas de Profesor Interino. ----------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de Profesores Titulares I, como Coordinadores
de Carrera en el Centro Universitario de Oriente, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, siendo
los profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 LIC. HORACIO HUMBERTO ZUCHINI
MORALES
Abogado y Notario
Bufete Popular, carrera de Abogado
y Notario.
2 JOSÉ DANIEL PÉREZ Unidad de Tesis, carrera de Abogado
y Notario.
3 ANÍBAL AROLDO GUANCÍN GONZÁLEZ Ciencias de la Comunicación
4 DELFIDO GEOVANY MARROQUÍN Pedagogía, sección Chiquimula
5 ESTUARDO SAMAYOA PRADO Ciencia Política
6.1.5 OFICIO DGF No. 514A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar profesores
interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que se
imparten en el Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC),
de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 514A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar profesores interinos para el cargo de coordinadores de las carreras que
se imparten en el Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC), de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
CONSIDERACIONES
En cumplimiento de los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificar los mismos, con el resultado siguiente: ----------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, Folio 62 al 63) --------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, folios 15 al 58) --------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
83.
Consejo Superior Universitario
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (No tiene Docentes
titulares en las carreras objeto de trámite de Dispensa, folio 13) ------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No aplica, no tiene titulares, folio 13) -----------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (cumple, folios
5 al 11) ---------------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Occidente
–CUNSUROC-, cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de
Dirección Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el
Consejo Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada por
el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Occidente –CUNSUROC-,
referente a otorgar Dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento
General de Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesores
interinos para el Cargo de Coordinadores de las distintas Carreras, descritas en la
transcripción del Punto Séptimo, del Acta 07-2019 del Consejo Directivo del referido
Centro Universitario. Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto
financiero adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal, siempre y
cuando se conserven las características de las Plazas de Profesor Interino. ------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de Profesores Titulares I, como Coordinadores
de Carrera en el Centro Universitario de Sur Occidente, de la Universidad de San
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
84.
Consejo Superior Universitario
Carlos de Guatemala, por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019,
siendo los profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 LIC. MARCO VINICIO SALAZAR GORDILLO Abogacía y Notariado
2 MSc. KAREN REBECA PÉREZ CIFUENTES Gestión Ambiental Local
3 LIC. HEINRICH HERMAN LEÓN Ciencias de la Comunicación
4 MSc. TANIA ELVIRA MARROQUÍN VÁSQUEZ Pedagogía (Plan Fin Semana)
6.1.6 OFICIO DGF No. 517A-2019 (AMPLIACIÓN), de la Dirección General
Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para contratar
a la Coordinadora Académica, y coordinadores de las carreras
que se imparten en el Centro Universitario de Izabal (CUNIZAB), de
la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 517A-2019
(AMPLIACIÓN) de la Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de
dispensa para contratar a la Coordinadora Académica, y coordinadores de las
carreras que se imparten en el Centro Universitario de Izabal (CUNIZAB), de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
Para el efecto, el Consejo Superior Universitario, mediante Punto Sexto, inciso 6.5,
subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del año en curso, estableció
el cumplimiento de requisitos para atender este tipo de dispensas, siendo los
siguientes: -------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, Folio 114 y 115) -----------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, Folios 12 al 112) ------------------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (Cumple, folio 9 al
10) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (Cumple, folios 5-7) -------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
85.
Consejo Superior Universitario
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple,
folios 1 y 2) ---------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Izabal –CUNIZAB-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Izabal –CUNIZAB-, referente a
otorgar Dispensa a la aplicación de los Artículos 25 y 27 del Reglamento General
de Centros Regionales Universitarios, para la contratación de Coordinador
Académico y Profesores Interinos para el Cargo de Coordinadores de las distintas
Carreras, descritas en el Oficio Ref. Dir. CUNIZAB 053-2019 del 01 de abril en curso,
firmado por el Director del Centro Universitario del referido Centro Universitario.
Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto financiero adicional a la ya
contemplada en la apertura presupuestal, siempre y cuando se conserven las
características de las Plazas de Profesor Interino. -------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 25 y 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de Coordinador Académico, Profesores
Titulares I y Profesores Interinos, como coordinadores de carrera del Centro
Universitario de Izabal, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por el
período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, siendo los profesionales que
ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 ZAIDA IRASEMA VERNON RAMÍREZ Coordinadora Académica
2 HÉCTOR EMILIO RAMOS MARROQUÍN Licenciatura en Psicología
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
86.
Consejo Superior Universitario
3 HET WALDEMAR BARRERA TRINIDAD Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Abogado y Notario
4 CLAUDIA ELIZABETH MARCOS BARRERA Licenciatura en Contaduría Pública
y Auditoría
5 EDVIN ADOLFO MORATAYA MENJIVAR
PEM en Matemática y Física, PEM
en Computación e Informática y
Licenciatura en Pedagogía, sede
Puerto Barrios.
6 NELSON IGNACIO RAMÍREZ
PEM en Matemática y Física, PEM
en Lengua Literatura, PEM en
Ciencias Naturales y Licenciatura
en Pedagogía y Administración
Educativa, Extensión Morales.
7 LUIS GUSTAVO DEL VALLE MATUS Licenciatura en Trabajo Social
8 HENGELBERT ESTUARDO CONTRERAS
GUEVARA
PEM en Pedagogía y Técnico en
Administración Educativa,
Extensión Amates.
6.1.7 OFICIO DGF No. 518A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar un profesor
interino para el cargo de coordinador de la Carrera de Médico y
Cirujano en el Centro Universitario de Noroccidente (CUNOROC),
de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 518A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar un profesor interino para el cargo de coordinador de la Carrera de
Médico y Cirujano en el Centro Universitario de Noroccidente (CUNOROC), de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
En cumplimiento a los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificarlos, siendo los siguientes: ------------------------------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, Folio 22) ---------------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, Folios 12 y 13) ---------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
87.
Consejo Superior Universitario
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (Folios 19 y 20) ------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No aplica, no se cuenta con alguien que
posea Título de Médico y Cirujano, folio 22) ----------------------------------------------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, folio
23) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Noroccidente –
CUNOROC-, cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de
Dirección Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el
Consejo Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Noroccidente –CUNOROC-,
referente a otorgar Dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento
General de Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesor
interino para el Cargo de Coordinador de la Carrera de Medico y Cirujano,
descrita en la transcripción del Punto Décimo Tercero, inciso 13.1, subincisos 13.1.1
y 13.1.2 del Acta 01-2019 del Consejo Directivo del referido Centro Universitario.
Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto financiero adicional a la ya
contemplada en la apertura presupuestal, siempre y cuando se conserven las
características de las Plazas de Profesor Interino. -------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de la DRA. MIGDALIA BEATRÍZ REYES CALMO,
como Coordinadora de la carrera de Médico y Cirujano, del Centro Universitario
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
88.
Consejo Superior Universitario
de Nor Occidente, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por el período
del 15 de enero al 31 de diciembre de 2019.
6.1.8 OFICIO DGF No. 526A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar
Coordinador Académico y Profesores Interinos para el cargo de
Coordinadores de las Licenciaturas en Zootecnia y Administración
de Recursos Turísticos, que se imparten en el Centro Universitario
de Retalhuleu (CUNREU).
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 526A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
contratar Coordinador Académico y Profesores Interinos para el cargo de
Coordinadores de las Licenciaturas en Zootecnia y Administración de Recursos
Turísticos, que se imparten en el Centro Universitario de Retalhuleu (CUNREU). -------
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
Al respecto se le manifiesta que, previo a emitir la opinión correspondiente, es
necesario el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Consejo Superior
Universitario en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13
de febrero del año en curso, siendo los siguientes: -----------------------------------------------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (No Aplica, aún no tiene Consejo
Directivo) -----------------------------------------------------------------------------------------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, folios 1 al 16) ----------------------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a)
de la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener:
Categoría que ostentan y carrera a la que pertenecen. (No Aplica) ----------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No Aplica, No tiene Profesores Titulares) ------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos
necesarios para proceder con la contratación del profesional en el puesto
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
89.
Consejo Superior Universitario
indicado, adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, folio
17) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por la Coordinadora del Centro Universitario de Retalhuleu –CUNREU-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por la Coordinadora del Centro Universitario de Retalhuleu –CUNREU- referente a
otorgar Dispensa a la aplicación de los Artículos 25 y 27 del Reglamento General
de Centros Regionales Universitarios, para la contratación de Coordinador
Académico y Profesores Interinos para el Cargo de Coordinadores de las distintas
Carreras. Dicha autorización de Dispensa, no generará impacto financiero
adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal, siempre y cuando se
conserven las características de las Plazas de Profesor Interino. ----------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 25 y 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de Coordinador Académico y Profesores
Interinos, como coordinadores de carrera, en el Centro Universitario de Retalhuleu,
de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por el período del 01 de enero al
30 de junio de 2019, siendo los profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 INGA. BRENDA GABRIELA NÁJERA FIGUEROA Coordinadora Académica
2 LICDA. SYLVANNA DÍAZ MORALES Licenciatura en Zootecnia
3 INGA. ROSA IRENE RANGEL FLORES Licenciatura en Administración
de Recursos Turísticos.
6.1.9 OFICIO DGF No. 527A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar a un
Profesor Interino para el cargo de Coordinador de la Carrera de
Pedagogía Extensión Tacaná, del Centro Universitario de San
Marcos (CUSAM).
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 527A-2019 de la
Dirección General Financiera, relacionado con la solicitud de dispensa para
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
90.
Consejo Superior Universitario
contratar a un Profesor Interino para el cargo de Coordinador de la Carrera de
Pedagogía Extensión Tacaná, del Centro Universitario de San Marcos (CUSAM). ---
Al respecto, la Dirección General Financiera informa lo siguiente: -------------------------
En cumplimiento a los requisitos establecidos por el Consejo Superior Universitario
en Punto Sexto, inciso 6.5, subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del
año en curso, se procedió a calificar los mismos, con el resultado siguiente: ----------
1. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, folio 28) --------------------------
2. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados,
acompañando del Curriculum Vitae (Cumple, folios 27-28) ---------------------------
3. Listado de todos los profesores titulares, certificado por el (la) Secretario (a) de
la Junta Directiva o Consejo Directivo, mismo que deberá contener: Categoría
que ostentan y carrera a la que pertenecen. (Cumple, folio 30) ---------------------
4. De contar con profesores titulares que cumplan con los requisitos establecidos
en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal Académico,
deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde desistan de
ocupar el puesto. (Cumple, folio 27) -------------------------------------------------------------
5. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos necesarios
para proceder con la contratación del profesional en el puesto indicado,
adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, folio 5) -------------
OPINION
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de San Marcos –
CUSAM-, cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de
Dirección Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el
Consejo Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada
por el Consejo Directivo del Centro Universitario de San Marcos –CUSAM-, referente
a otorgar dispensa a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de
Centros Regionales Universitarios, para la contratación de profesor Interino para el
Cargo de Coordinador de Carrera, de conformidad con la transcripción del Punto
Tercero, inciso 3.14, del Acta No. 26-2018 del Consejo Directivo del Centro
Universitario referido. Dicha autorización de dispensa, no generará impacto
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
91.
Consejo Superior Universitario
financiero adicional a la ya contemplada en la apertura presupuestal, siempre y
cuando se conserven las características de las Plazas de Profesor Interino. ------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación del LIC. JULIO AUGUSTO GONZÁLEZ ROBLERO,
como Coordinador de la Extensión de Tacaná, en el Centro Universitario de San
Marcos, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, por el período del 01 de
enero al 31 de diciembre de 2019.
6.1.10 OFICIO DGF No. 559A-2019, de la Dirección General Financiera,
relacionado con la solicitud de dispensa para contratar
Coordinador Académico y Profesores Interinos para el cargo de
Coordinadores de las carreras que se imparten en el Centro
Universitario de Quiché.
El Consejo Superior Universitario conoce el OFICIO DGF No. 559A-2019, relacionado
con la solicitud de dispensa para contratar Coordinador Académico y Profesores
Interinos para el cargo de Coordinadores de las carreras que se imparten en el
Centro Universitario de Quiché. --------------------------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección General Financiera en atención al Oficio No. 01-2019, Ref.
Consejo Directivo CUSACQ, procede a emitir opinión referente a la solicitud de
dispensa para contratar Profesor Interino para el Cargo de Coordinador
Académico y Coordinadores de las carreras de: Profesorado y Licenciatura en
Pedagogía y Administración Educativa con Especialidad en Medio Ambiente,
Sección Santa María Nebaj, Profesorado y Licenciatura en Pedagogía y
Administración Educativa con Especialidad en Medio Ambiente, Sección Santa
Cruz del Quiché, Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola,
Sección Pachalúm, Ciencias Jurídicas y Sociales, Sección Santa Cruz del Quiché,
ciencias Jurídicas y Sociales, Sección Joyabaj, Profesorado de Enseñanza Media y
Técnico en Administración Educativa con Orientación en Medio Ambiente,
Sección Chicuá I, Chichicastenango, Administración de Empresas, Sección Santa
Cruz del Quiché, Administración de Empresas, Sección Joyabaj, Ingeniería
Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola, Sección Santa Cruz del Quiché,
Profesorado y Licenciatura en Enseñanza de la Matemática Física, Ingeniería
Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola, Sección Santa María Nebaj,
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
92.
Consejo Superior Universitario
Profesorado de Enseñanza Media y Técnico en Administración Educativa con
Orientación en Medio Ambiente, Sección Joyabaj, Profesorado de Enseñanza
Media y Técnico en Administración Educativa con Orientación en Medio
Ambiente, Sección San Andrés Sajcabajá, Profesorado de Educación Bilingüe
Intercultural, con énfasis en Cultura Maya, Sección Lancetillo, Uspantán,
Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Sección Ixcán, Licenciatura en
Ciencias Jurídicas y Sociales, Sección Pachalún, todas del Centro Universitario de
Quiché –CusaQ- de conformidad con el Punto Cuarto, del Acta 04-2019, de la
Sesión Extraordinaria celebrada el 26 de marzo del año en curso, por el Consejo
Directivo del referido Centro Universitario. En cumplimiento a los requisitos
establecidos por el Consejo Superior Universitario en Punto Sexto, inciso 6.5,
subinciso 6.5.2 del Acta No. 06-2019 del 13 de febrero del año en curso, se procedió
a calificarlos, con el resultado siguiente: -------------------------------------------------------------
01. Solicitud emitida por el Consejo Directivo. (Cumple, Folio 57 y 58) -------------------
02. Nombres y cargos del o los profesionales que serán nombrados, acompañado
del Curriculum Vitae (Cumple, Folio 06 al 58) -------------------------------------------------
03. Listado de todos los profesores titulares que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 25 y 27 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios y Artículo 16 de la Carrera Universitaria del Personal
Académico, deberá presentarse una carta firmada por los mismos, donde
desistan de ocupar el puesto. (No Aplica, No tiene Profesores Titulares). ---------
04. Certificación emitida por el (la) Tesorero (a) con el Visto Bueno del Decano,
Director (a) en la que se haga constar que se cuenta con los fondos necesarios
para proceder con la contratación del profesional en el puesto indicado,
adjuntando los datos de la partida presupuestaria. (Cumple, Folio 1 al 5) --------
OPINIÓN
De conformidad con la evaluación realizada al expediente referido, la solicitud
efectuada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché –CUSACQ-,
cumple con los requisitos establecidos por el Máximo Órgano de Dirección
Universitaria, por lo que la Dirección General Financiera OPINA que el Consejo
Superior Universitario, con base en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, puede avalar la solicitud efectuada por
el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché –CUSACQ-, referente a
otorgar Dispensa a la aplicación de los Artículos 25 y 27 del Reglamento General
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
93.
Consejo Superior Universitario
de Centros Regionales Universitarios, para la contratación del Coordinador
Académico y profesores interinos para el Cargo de coordinadores de las distintas
carreras, descritas en la transcripción del Punto Cuarto del Acta 04-2019, del
Consejo Directivo del referido Centro Universitario. Dicha autorización de Dispensa,
no generará impacto financiero adicional a la ya contemplada en la apertura
presupuestal, siempre y cuando se conserven las características de las Plazas de
Profesor Interino. -----------------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Otorgar dispensa a la
aplicación del artículo 25 y 27 del Reglamento General de Centros Regionales
Universitarios, para la contratación de Coordinador Académico y profesores
interinos para el cargo de coordinadores de las distintas carreras, que se imparten
en el Centro Universitario de Quiché, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, por el período del 01 de enero al 30 de junio de 2019, siendo los
profesionales que ocuparán el cargo los siguientes:
No. NOMBRE CARRERA
1 LIC. ESTEBAN ENRIQUE BARRENO VICENTE Coordinador Académico
2 LIC. CARLOS FERNANDO AFRE ARÉVALO
Profesorado y Licenciatura en
Pedagogía y Administración
Educativa con Especialidad en
Medio Ambiente, Sección Santa
María Nebaj.
3 LIC. EDGAR ROLANDO LÓPEZ CARRANZA
Profesorado y Licenciatura en
Pedagogía y Administración
Educativa con Especialidad en
Medio Ambiente, Sección Santa
Cruz del Quiché.
4 ING. OSCAR DARÍO ALVARADO QUEZADA
Ingeniería Agronómica en Sistemas
de Producción Agrícola, Sección
Pachalúm
5 LIC. ALAM BARTOLOMÉ LEÓN PÉREZ
Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Sección Santa Cruz del
Quiché.
6 LIC. DARIO BERREONDO DEL VALLE Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Sección Joyabaj
7 LICDA. SILVIA CEFERINA TZUL ZACARÍAS
Profesorado de Enseñanza Médica
y Técnico en Administración
Educativa con Orientación en
Medio Ambiente, Sección Chicuá I,
Chichicastenango
8 LICDA. YENSI ORBELINA CABRERA
QUEZADA
Licenciatura en Administración de
Empresas, Sección Santa Cruz del
Quiché
9 LICDA. ENMA MARITZA MÉNDEZ QUIROA Licenciatura en Administración de
Empresas, Sección Joyabaj.
10 ING. SERGIO ROLANDO GÓMEZ MEDRANO
Ingeniería Agronómica en Sistemas
de Producción Agrícola, Sección
Santa Cruz del Quiché
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
94.
Consejo Superior Universitario
11 ING. MIDZAR DANIEL GARCÍA ESTRADA
Profesorado y Licenciatura en la
Enseñanza de la Matemática y
Física
12 ING. CELESTINO DIONICIO ESCOT GÓMEZ
Ingeniería Agronómica en Sistemas
de Producción Agrícola, Sección
Santa María Nebaj
13 LIC. BAYRON ESTUARDO ZAPETA REYNOSO
Profesorado de Enseñanza Media y
Técnico en Administración
Educativa con Orientación en
Medio Ambiente, Sección Joyabaj
14 LIC. REYES MANUEL VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ
Profesorado de Enseñanza Media y
Técnico en Administración
Educativa con Orientación en
Medio Ambiente, Sección San
Andrés Sajcabajá
15 LIC. JUAN US CHEN
Profesorado de Educación Bilingüe
Intercultural, con énfasis en Cultura
Maya, Sección Lancetillo,
Uspantán
16 LIC. WILLY ORLANDO HERRERA
MONTERROSO
Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Sección Ixcán
17 LICDA. DÉBORA MERCEDES LACAN TZUL| Licenciatura en Ciencias Jurídicas y
Sociales, Sección Pachalúm
6.2 SOLICITUDES DE LAS UNIDADES ACADÉMICAS, PARA APERTURAR
NUEVAS SECCIONES.
6.2.1 Ref. Of. DIGED 69-2019, de la Dirección General de Docencia,
mediante la cual remiten opinión, respecto a la solicitud de
aperturar el primer año de la Escuela de Danza, en la Escuela
Superior de Arte, de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce la Ref. Of. DIGED 69-2019 de la Dirección
General de Docencia, mediante la cual remiten opinión, respecto a la solicitud de
aperturar el primer año de la Escuela de Danza, en la Escuela Superior de Arte, de
la Universidad de San Carlos de Guatemala. ------------------------------------------------------
La Dirección General de Docencia opina lo siguiente: -----------------------------------------
1. Recojo la opinión del Director Financiero en el cual hace un análisis objetivo
de los costos a los cuales la Universidad incurrirá si se apertura lo que los
estudiantes solicitan para la Escuela de Danza. ---------------------------------------------
2. Consideramos de vital importancia el apartado de la nota del Director de la
Escuela Superior de Arte que se debe tomar en cuenta que por ser una Escuela
que gradúa Artistas tan necesarios para nuestra sociedad, se nos permita abrir
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
95.
Consejo Superior Universitario
la matrícula de primer grado de la Licenciatura en Danza Contemporánea, ya
que una negativa, afectará incluso a los alumnos repitentes, quienes perderían
dos años de clases. -------------------------------------------------------------------------------------
3. Resulta fundamental para la toma de decisión de este caso en particular, lo
que los estudiantes de esta Escuela plantean en su solicitud, señalan lo que
establece el artículo 59 de la Constitución Política de la República de
Guatemala, en referencia a la protección e investigación de la cultura que “es
obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura
nacional; emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento,
restauración, preservación y recuperación (…).---------------------------------------------
4. Se debe diferenciar cualitativamente que un estudiante de una Escuela
Superior de Arte tiene sus particularidades entre las que se destaca de otras
carreras universitaria, tales como contar con una virtud e inteligencia especial
para ingresar a estudiar algunas de las expresiones estética como: pintura,
escultura, danza, teatro, violín, guitarra, piano, dirección y composición
musical, entre otras. ------------------------------------------------------------------------------------
Tomando en cuenta estos planteamientos y lo que en esencia corresponde a un
Centro de altos estudios de la cultura como lo es la Universidad de San Carlos de
Guatemala, se deben privilegiar sustantivamente todas aquellas expresiones del
arte, como una manera de responder a su esencia universitaria. -------------------------
En tal sentido, el criterio conclusivo que esta Dirección somete a consideración de
los honorables miembros del Consejo Superior Universitario en torno a los
estudiantes de primer ingreso de la escuela de danza que han solicitado matrícula
para estudiar les sea permitido y de esa manera este Centro de cultura superior
como lo es la nuestra Universidad, estaría promoviendo el cultivo de una de las
expresiones artísticas que enaltecen en su más alta dimensión al espíritu humano.
Se debe de tomar en cuenta, como lo ha estudiado a profundad el educador y
psicólogo norteamericano Howard Gardner, en sus libros: Las Cinco mentes del
futuro e Inteligencias Múltiples, en donde sostiene que no es sólo la inteligencia
lógico-matemática, sino que existen otras, como las referidas en especial a las
expresiones estéticas. ----------------------------------------------------------------------------------------
Por tanto, la Dirección General de Docencia recomienda apertura el primer año
de la Escuela de Danza, de la Escuela Superior de Arte, por todo lo indicado y a su
vez, porque la Universidad de San Carlos, está llamada de promover las
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
96.
Consejo Superior Universitario
potencialidades artísticas de nuestros jóvenes que se convierte en un lazo espiritual
de la Universidad con la sociedad guatemalteca. ----------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Autorizar se
aperture el primer año de la Licenciatura en Danza Contemporánea y Coreografía,
de la Escuela Superior de Arte, de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
SEGUNDO: Instruir al Departamento de Registro y Estadística proceda con la
inscripción de los estudiantes que cursan el primer año de la carrera de la
Licenciatura en Danza Contemporánea y Coreografía, de la Escuela Superior de
Arte.
SÉPTIMO ASUNTOS ADMINISTRATIVOS:
7.1 Ampliación al Punto SÉPTIMO, Inciso 7.1, del Acta No. 09-2019 de
sesión celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 27 de
marzo de 2019, relacionado con la Reorganización del
Departamento de Vigilancia de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
El Consejo Superior Universitario entra a conocer la propuesta presentada por la
Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda de León”, en la
audiencia concedida con el acompañamiento del Sindicato de Trabajadores de
la Universidad de San Carlos de Guatemala (STUSC). -------------------------------------------
Luego de amplio análisis el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO:
Aprobar la integración de una COMISION TECNICA, para que, en coordinación con
el Consejo Permanente de Seguridad aprobado en el acuerdo SEGUNDO, del Punto
SÉPTIMO, Inciso 7.1. del Acta No. 09-2019, presenten a este órgano de dirección,
en un término de tres (3) meses, una propuesta consensuada sobre el sistema de
seguridad de la Universidad de San Carlos de Guatemala. ----------------------------------
SEGUNDO: La COMISIÓN TÉCNICA estará integrada por los siguientes: ------------------
a) UN REPRESENTANTE DE CADA UNA DE LAS UNIDADES TÉCNICAS, DE LA
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, SIGUIENTES:
Centro de Estudios Urbanos y Regionales (CEUR)
Centro de Desarrollo, Seguro y Desastres (CEDESYD)
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
97.
Consejo Superior Universitario
Instituto de los Problemas Nacionales de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (IPNUSAC)
Instituto Universitario de la Mujer (IUMUSAC)
Un representante de la Dirección de Asuntos Jurídicos
b) UN REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS SECTORES DE LA UNIVERSIDAD DE
SAN CARLOS DE GUATEMALA, DE LAS AGRUPACIONES SIGUIENTES:
Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda de León”
Sindicato de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de Guatemala
(STUSC)
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (SINTRAUSAC)
Sindicato de Docentes e Investigadores de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (SINDINUSAC).
Coordinadora General de Claustros y Asociaciones Docentes de la
Universidad de San Carlos de Guatemala (COGCADUSAC)
Colectivo Estudiantil Universitario
Colectivo de feministas “Tejiendo Solidaridad”, que se presentaron en la
audiencia concedida ante el Consejo Superior Universitario el 27 de marzo
de 2019.
Representante de las Asociaciones Estudiantiles electo por el Consejo
Consultivo.
TERCERO: La Comisión Técnica con el acompañamiento del Consejo Permanente
de Seguridad, deberá desarrollar al menos dos talleres en los meses de mayo y
junio, para presentar la propuesta final a más tardar en el mes de julio 2019. La
convocatoria y conducción de los talleres y reuniones que sean necesarias, será
realizado por la Dirección General de Administración en coordinación con el
Rector y los demás miembros del Consejo Permanente de Seguridad.
CUARTO: Se Solicita a cada una de las unidades técnicas y agrupaciones
sectoriales, envíen el nombre de su representante, a la Dirección General de
Administración, con copia a la Secretaría General, en un término no mayor de
cinco días una vez recibida la transcripción del presente punto.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
98.
Consejo Superior Universitario
7.2 CONVENIOS
7.2.1 PROVIDENCIA CGC No. 042-02-19 de la Coordinadora General de
Cooperación, relacionada con el Acuerdo de Cooperación
Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos
de Guatemala y la Universidad Estatal de Maringá, Brasil.
El Consejo Superior Universitario conoce la PROVIDENCIA CGC No. 042-02-19 de la
Coordinadora General de Cooperación, relacionada con el Acuerdo de
Cooperación Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos
de Guatemala y la Universidad Estatal de Maringá, Brasil. Al respecto, el Consejo
Superior Universitario considerando que se cuenta con dictámenes de la Dirección
General Financiera, Sistema de Estudios de Postgrado y Dirección de Asuntos
Jurídicos, ACUERDA: Aprobar el Acuerdo de Cooperación Académica, Científica y
Cultural entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Universidad Estatal
de Maringá, Brasil. En consecuencia, se faculta al Señor Rector de la Universidad
de San Carlos de Guatemala, MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos para que
continúe con las gestiones correspondientes para el efecto.
7.2.2 PROVIDENCIA CGC No. 060-03-19, de la Coordinadora General de
Cooperación, relacionada con el Convenio Marco de
Colaboración Académica, Científica y Cultural entre la
Universidad de San Carlos de Guatemala y la Universidad Linneo,
Reino de Suecia.
El Consejo Superior Universitario conoce la PROVIDENCIA CGC No. 060-03-19 de la
Coordinadora General de Cooperación, relacionada con el Convenio Marco de
Colaboración Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos
de Guatemala y la Universidad Linneo, Reino de Suecia. Al respecto, el Consejo
Superior Universitario considerando que se cuenta con dictámenes de la Dirección
General Financiera, Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Coordinadora del
Sistema de Estudios de Postgrado, ACUERDA: Aprobar el Convenio Marco de
Colaboración Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos
de Guatemala y la Universidad Linneo, Reino de Suecia. En consecuencia, se
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
99.
Consejo Superior Universitario
faculta al Señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, MSc. Ing.
Murphy Olympo Paiz Recinos para que continúe con las gestiones
correspondientes para el efecto.
7.2.3 PROVIDENCIA CGC No. 079-03-19, de la Coordinadora General de
Cooperación, relacionada con el Convenio de Colaboración entre
la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de Rectoría y
la Asociación Médicos del Mundo, España.
El Consejo Superior Universitario conoce la PROVIDENCIA CGC No. 079-03-19 de la
Coordinadora General de Cooperación, relacionada con el Convenio de
Colaboración entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de
Rectoría y la Asociación Médicos del Mundo, España. Al respecto, el Consejo
Superior Universitario considerando que se cuenta con dictámenes de la Dirección
General Financiera, Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Dirección General de
Investigación, ACUERDA: Aprobar el Convenio de Colaboración entre la
Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de Rectoría y la Asociación
Médicos del Mundo, España. En consecuencia, se faculta al Señor Rector de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos
para que continúe con las gestiones correspondientes para el efecto.
7.2.4 PROVIDENCIA CGC No. 087-04-19, de la Coordinadora General de
Cooperación, relacionada con el Convenio de Cooperación entre
la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de la
Dirección General de Administración y la Cámara de Industria de
Recicladores de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario conoce la PROVIDENCIA CGC No. 087-04-19, de la
Coordinadora General de Cooperación, relacionada con el Convenio de
Cooperación entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de la
Dirección General de Administración, y la Cámara de Industria de Guatemala, a
través de la Gremial de Recicladores de Guatemala. Al respecto, el Consejo
Superior Universitario considerando que se cuenta con dictamen de la Dirección
General Financiera y Dirección de Asuntos Jurídicos, ACUERDA: Aprobar el
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
100.
Consejo Superior Universitario
Convenio de Cooperación entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, a
través de la Dirección General de Administración, y la Cámara de Industria de
Guatemala, a través de la Gremial de Recicladores de Guatemala. En
consecuencia, se faculta al Señor Rector de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, MSc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos para que continúe con las
gestiones correspondientes para el efecto.
7.3 Signatarios del Consejo Superior Universitario solicitan informe
circunstanciado sobre la estructura de la distribución analítica por
grupo de gasto a las Unidades Ejecutoras de la USAC, del préstamo
del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por
USD 120 millones para invertir en equipamiento e infraestructura.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer nota sin número de referencia
de los signatarios del Consejo Superior Universitario, mediante el cual solicitan
informe circunstanciado sobre la estructura de la distribución analítica por grupo
de gasto a las Unidades Ejecutoras de la USAC, del préstamo del Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por USD 120 millones para
invertir en equipamiento e infraestructura. Al respecto, el Rector de la Universidad
de San Carlos de Guatemala manifiesta que se están haciendo los procedimientos
faltantes ante el Banco Centroamericano de Integración Económica, para
completar el proceso correspondiente, una vez avanzado el proceso estará
informando a este Honorable Consejo. En virtud de lo anterior, el Consejo Superior
Universitario ACUERDA: Darse por enterado del informe presentado por el señor
Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, MSc. Ing. Murphy Olympo
Paiz Recinos.
7.4 DICTAMEN DAJ No. 019-2017 (12). Cumplimiento de la sentencia
dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo
y Previsión Social el 18 de febrero de 2009, dentro del juicio
ordinario laboral No. 01086-2006-04988, en relación al ascenso de
categoría y cálculos financieros de las promociones docentes
correspondientes al LICENCIADO GABRIEL ALFREDO PILOÑA ORTIZ,
docente de la Facultad de Ciencias Económicas, de la Universidad
de San Carlos de Guatemala.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
101.
Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DAJ No. 019-2017 (12) de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, respecto al cumplimiento de la sentencia dictada
por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social el 18
de febrero de 2009, dentro del juicio ordinario laboral No. 01086-2006-04988, en
relación al ascenso de categoría y cálculos financieros de las promociones
docentes correspondientes al LICENCIADO GABRIEL ALFREDO PILOÑA ORTIZ,
docente de la Facultad de Ciencias Económicas, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala. -------------------------------------------------------------------------------------------------
La Dirección de Asuntos Jurídicos, en atención a la Providencia No. 1288-10-2017,
emite el dictamen solicitado en los términos siguientes: ---------------------------------------
ANTECEDENTES:
1. La Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, en
sentencia de segunda instancia, de fecha 18 de febrero de 2009, ordenó a
la Universidad de San Carlos de Guatemala, la inmediata restitución
(reinstalación) del trabajador Gabriel Alfredo Piloña Ortiz en el mismo puesto
de trabajo con las mismas condiciones laborales que venía desempeñado
antes de su destitución y la categoría que hubiere ascendido durante la
dilación del proceso y la condena a pagar los salarios con los incrementos
correspondientes, dejados de percibir desde el dos de noviembre de 2006,
(Resaltado propio). -----------------------------------------------------------------------------------
2. El Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz fue reinstalado el 02 de marzo de
2011 en el mismo puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales que
venía desempeñando antes de su destitución tal como lo ordenó el órgano
jurisdiccional competente. -------------------------------------------------------------------------
3. Conforme a lo considerando por el Consejo de Evaluación Docente en el
Punto Tercero, Inciso 3.5, Subinciso 3.5.1. del Acta 05-2012 de sesión
celebrada el quince de junio de 2012, el docente Gabriel Alfredo Piloña Ortiz,
obtuvo resultado insatisfactorio en el año 2006 y de los años 2007 a 2010 no
obtuvo resultados de evaluación, asimismo, se acordó autorizar el reinicio de
la promoción a partir del uno de agosto de 2011, toda vez que los procesos
de evaluación deben hacerse en la función que desempeñe el profesor en el
periodo que corresponda. -------------------------------------------------------------------------
4. El Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz en oficio de fecha 31 de julio del
año 2012, planteó ante la Junta Universitaria de Personal Académico recurso
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
102.
Consejo Superior Universitario
de apelación en contra del punto Tercero, Inciso 3.5, Subinciso 3.5.1. del Acta
05-2012 de sesión celebrada por el Consejo de Evaluación Docente,
aduciendo que la ausencia de la evaluación del desempeño del 2007 al
2010, se deriva de causas no imputables a su persona y que además en la
evaluación del año 2006 se le vedó la oportunidad de acreditar méritos
académicos. Lo anterior, derivado de haberse interrumpido su relación
laboral en dichos periodos. ------------------------------------------------------------------------
5. La Junta Universitaria de Personal Académico consideró de observancia
general lo resuelto en el juicio ordinario laboral mencionado en párrafos
anteriores, por lo que mediante Resolución JUPA No. 018-2014, Punto QUINTO,
Inciso 5.4, del Acta No. 06-2014 de sesión celebrada el 25 de marzo de 2014
declaró con lugar el recurso de apelación planteado por el Lic. Gabriel
Alfredo Piloña Ortiz, de lo cual se deduce que se dejó sin efecto lo resuelto
por el Consejo de Evaluación Docente, aunque no se establece
taxativamente en la resolución. -----------------------------------------------------------------
6. El Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz, en oficio sin número de fecha 09 de
octubre de 2015, se dirigió a la División de Administración de Recursos
Humanos para requerir el cumplimiento de lo resuelto en el Punto Quinto,
Inciso 5.4 del Acta No. 06-2014 de sesión celebrada por la Junta Universitaria
de Personal Académico el 25 de marzo de 2014 en el cual declararon con
lugar el Recurso de Apelación del Punto Tercero, Inciso 3.5, Subinciso 3.5.1.,
del Acta 05-2012 del Consejo de Evaluación Docente. --------------------------------
7. En Oficio Ref. DARHS-272-2015, de fecha 15 de octubre de 2015, la División de
Administración de Recursos Humanos hace del conocimiento del Licenciado
Piloña que corresponde a la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias
Económicas como autoridad nominadora resolver el caso. -------------------------
8. El Consejo de Evaluación Docente en Punto Cuarto, Inciso 4.8, Subinciso 4.8.1.
del Acta 03-2017 de sesión celebrada el 25 de mayo de 2017 acordó rechazar
la solicitud de la Comisión de Evaluación Docente de la Facultad de Ciencias
Económicas quien solicitó con base en el Dictamen DAJ No. 003-2017 de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, se otorgue el ascenso de categoría y
realización de los cálculos financieros de promociones docentes del Lic.
Piloña, que corresponden a la clasificación omitida en el año 2007. -------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
103.
Consejo Superior Universitario
CONSIDERACIONES LEGALES:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
Artículo 203.- Independencia del Organismo Judicial y potestad de juzgar. La
justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes de la República.
Corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la
ejecución de los juzgados. Los otros organismos del Estado deberán prestar a los
tribunales el auxilio que requieran para el cumplimiento de sus resoluciones. ---------
LEY DEL ORGANISMO JUDICIAL (DECRETO 2-89)
Artículo 153. Sentencias ejecutoriadas. Se tendrán por sentencias ejecutoriadas:
(..) c) Las sentencias de las que se ha interpuesto recurso, pero ha sido declarado
improcedente o cuando se produzca caducidad o abandono; (…) --------------------
Artículo 155. Cosa Juzgada. (Reformado por el Decreto 11-93 del Congreso de la
República). Hay cosa juzgada cuando la sentencia es ejecutoriada, siempre que
haya identidad de personas, cosas, pretensión y causa o razón de pedir. -------------
CÓDIGO PENAL (DECRETO 17-73)
Artículo 420 Desobediencia. - El funcionario o empleado público que se negare a
dar el debido cumplimiento a sentencias, resoluciones u órdenes de autoridad
superior dictadas dentro de los límites de su respectiva competencia y revestidas
de las formalidades legales, será sancionado con prisión de uno a tres años y multa
de doscientos dos mil quetzales. (El resaltado es propio). -------------------------------------
ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
Artículo 11 El Consejo Superior Universitario tiene las siguientes atribuciones: ----------
(..) e) Resolver en última instancia y a solicitud de parte interesada, los asuntos que
ya hubieren conocido el Tribunal Electoral Universitario, la Junta Universitaria de
Personal Académico, la Junta Universitaria de Personal, sobre las resoluciones
dictadas por los Órganos de Dirección de las Unidades Académicas, el Rector y
demás dependencias universitarias. -------------------------------------------------------------------
REGLAMENTO DE LA JUNTA UNIVERSITARIA DE PERSONAL ACADÉMICO
Artículo 4. Las resoluciones de la Junta Universitaria del Personal Académico,
tendrán carácter definitivo, excepto en el caso de sanción disciplinaria que
implique separación temporal o definitiva del cargo, en el que se podrá recurrir en
revisión al Consejo Superior Universitario. -------------------------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
104.
Consejo Superior Universitario
ANÁLISIS DEL CASO:
De los antecedentes del caso y de la normativa transcrita se desprende lo
siguiente: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
En el presente caso la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y
Previsión Social, en sentencia de segunda instancia, de fecha 18 de febrero de
2009, ordenó a la Universidad de San Carlos de Guatemala, la inmediata
restitución (reinstalación) del trabajador Gabriel Alfredo Piloña Ortiz en el mismo
puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales que venía desempeñado
antes de su destitución y la categoría que hubiere ascendido durante la dilación
del proceso y la condena a pagar los salarios con los incrementos
correspondientes, dejados de percibir desde el dos de noviembre de 2006
(Resaltado propio). -------------------------------------------------------------------------------------------
En ese sentido, en el año 2011 se reinstaló al Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz
y se le hizo efectivo el pago de los salarios dejados de percibir, así como de sus
prestaciones irrenunciables, pero en cuanto a lo ordenado sobre la categoría que
hubiere ascendido durante la dilación del proceso, el Consejo de Evaluación
Docente en el Punto Tercero, Inciso 3.5, Subinciso 3.5.1. del Acta 05-2012 indicó que
de los años 2007 a 2010 no obtuvo resultados de evaluación, asimismo, se acordó
autorizar el reinicio de la promoción a partir del uno de agosto de 2011, toda vez
que los procesos de evaluación deben hacerse en la función que desempeñe el
profesor en el periodo que corresponda. ------------------------------------------------------------
Por lo que el interesado presento recurso de apelación el cual fue resuelto
administrativamente, con carácter definitivo, por la Junta Universitaria de Personal
Académico, que consideró de observancia general lo resuelto en sentencia de
segunda instancia por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y
Previsión Social, el 18 de febrero de 2009, y declaró con lugar el Recurso de
Apelación por lo que revocó lo resuelto por el Consejo de Evaluación Docente,
referente a que se autorizó el reinicio de la promoción a partir del uno de agosto
de 2011, considerando que los procesos de evaluación deben hacerse en la
función que desempeñe el profesor en el periodo que corresponda , el Licenciado
Piloña Ortiz obtuvo resultado insatisfactorio en el año 2006 y no obtuvo resultados
de evaluación del 2007 al 2010. -------------------------------------------------------------------------
Al respecto la Dirección de Asuntos Jurídicos en Dictamen DAJ No. 003-2017 (12)
congruente con el Oficio Ref. DARHS-272-2015 dictaminó que se debía remitir el
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
105.
Consejo Superior Universitario
expediente a la Comisión de Evaluación Docente de la Facultad de Ciencias
Económicas para que procediera a los cuadros de promoción correspondiente a
la categoría a que hubiere ascendido durante la dilación del proceso judicial el
Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz (a partir de agosto 2007) tiempo que
transcurrió durante el trámite del juicio ya identificado hasta el 02 de marzo de 2011
fecha en la que se hizo efectiva su reinstalación. Lo anterior, en plena observancia
a la sentencia de segunda instancia. -----------------------------------------------------------------
No obstante que existe una sentencia judicial firme y resolución administrativa
definitiva, en el Punto CUARTO, Inciso 4.8, Subinciso 4.8.1 del Acta No. 03-2017 de
sesión celebrada por el Consejo de Evaluación Docente se acordó informar a la
Comisión de Evaluación Docente de la Facultad de Ciencias Económicas que se
RECHAZA lo solicitado derivado que los cuadros de promoción se hicieron
correctamente, ya que consideró que como lo ordenó la Corte de Apelaciones
de Trabajo y Previsión Social, ya que con base en los documentos y resultados
obtenidos antes y después del proceso de despido, se le otorgaron las categorías
que correspondía, por lo que opinó que no es aplicable el dictamen de la
Dirección de Asuntos Jurídicos. --------------------------------------------------------------------------
De todo lo expuesto, la Dirección de Asuntos Jurídicos considera que la resolución
de la Sala de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, es una
sentencia que se encuentra firma puesto que en derecho no proceden contra ella
medios de impugnación que permitan modificarla, toda vez que se agotaron
todas las etapas del juicio ordinario laboral número 01086-2006-04955 y por tanto
produce cosa juzgada, por lo que su cumplimiento es obligatorio por parte de la
Universidad de San Carlos de Guatemala considerando que el funcionario o
empleado público que se negare a dar el debido cumplimiento a sentencias
dictadas por órganos jurisdiccionales revestidas incurre en desobediencia. ----------
Por tanto, el Consejo Superior Universitario de conformidad con lo establecido en
el Artículo 11 literal e) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala
puede conocer en última instancia lo resuelto en el Punto CUARTO, Inciso 4.8,
Subinciso 4.8.1. del Acta No. 03-2017 de sesión celebrada por el Consejo de
Evaluación Docente y acordar que se cumpla con promover a la titularidad que
correspondía al docente Gabriel Alfredo Piloña Ortiz del año 2007 al 2010, período
transcurrido durante el trámite del juicio laboral hasta su reinstalación en esta Casa
de Estudios Superiores. Lo anterior en estricto cumplimiento a la sentencia dicta
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
106.
Consejo Superior Universitario
por dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión
Social el 18 de febrero de 2009 dentro del juicio ordinario laboral No. 01086-2006-
04988. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DICTAMEN:
I. El presente expediente debe ser elevado al Consejo Superior Universitario
para su conocimiento y resolución. ------------------------------------------------------------
II. El Consejo Superior Universitario, con base en lo establecido en el Artículo 11
literal e) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, puede
conocer en última instancia lo resuelto por el Consejo de Evaluación
Docente, en Punto CUARTO, Inciso 4.8 sub inciso 4.8.1. del Acta 03-2017 de
sesión celebrada el 25 de mayo de 2017, que acordó rechazar la solicitud de
la Comisión de Evaluación Docente de la Facultad de Ciencias Económicas
de que se le otorgue el ascenso de categoría y realización de los cálculos
financieros de promociones docentes del Licenciado Gabriel Alfredo Piloña
Ortiz, que corresponden a la clasificación omitida a partir del año 2007. En
ese sentido, ese Máximo Órgano de Dirección puede acordar que se cumpla
en su totalidad la sentencia dictada por la Sala Primera de la Corte de
Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, de fecha 18 de febrero de 2009,
dentro del juicio ordinario laboral No. 01086-2006-04988, sentencia que se
encuentra firme y en la que se ordena la “reinstalación del trabajador Gabriel
Alfredo Piloña Ortiz, en el mismo puesto de trabajo con las mismas
condiciones laborales que venía desempeñando antes de su destitución y la
categoría que hubiera ascendido durante la dilación del proceso…” y en
consecuencia ordenar al Consejo de Evaluación Docente que deje sin
efecto lo resuelto en el Punto CUARTO, Inciso 4.8 sub inciso 4.8.1. del Acta 03-
2017 de sesión celebrada el 25 de mayo de 2017 y por tanto, se promueva a
la titularidad que correspondía al docente Gabriel Alfredo Piloña Ortiz, del
año 2007 al 2010, tiempo que transcurrió durante el trámite del juicio ya
identificado hasta el 02 de marzo de 2011 fecha en la que se hizo efectiva su
reinstalación. --------------------------------------------------------------------------------------------
III. La resolución que emita el Consejo Superior Universitario, debe ser notificada
a: 1) Consejo de Evaluación Docente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala 2) Licenciado Gabriel Alfredo Piloña Ortiz, docente de la Facultad
de Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. -----
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
107.
Consejo Superior Universitario
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: PRIMERO: Instruir se cumpla
en su totalidad la sentencia dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones
de Trabajo y Previsión Social, de fecha 18 de febrero de 2009, dentro del juicio
ordinario laboral No. 01086-2006-04988, sentencia que se encuentra firme y en la
que se ordenó la “reinstalación del trabajador Gabriel Alfredo Piloña Ortiz, en el
mismo puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales que venía
desempeñando antes de su destitución y la categoría que hubiera ascendido
durante la dilación del proceso…”. En consecuencia, se ordena al Consejo de
Evaluación Docente, que deje sin efecto lo resuelto en el Punto CUARTO, Inciso 4.8
subinciso 4.8.1. del Acta 03-2017 de sesión celebrada el 25 de mayo de 2017, por
lo tanto, se debe promover a la titularidad que corresponde al docente Gabriel
Alfredo Piloña Ortiz, del año 2007 al 2010, tiempo que transcurrió durante el trámite
del juicio ya identificado hasta el 02 de marzo de 2011 fecha en la que se hizo
efectiva su reinstalación. SEGUNDO: Notifíquese al Consejo de Evaluación Docente
de la Universidad de San Carlos de Guatemala y al Licenciado Gabriel Alfredo
Piloña Ortiz, Docente de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de
San Carlos de Guatemala.
7.5 Seguimiento al caso de la Representante Docente de la Facultad
de Ciencias Jurídicas y Sociales, de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, Licda. Ana María Azañón Robles, respecto a su
situación como docente de dicha unidad académica.
El Consejo Superior Universitario procede a dar seguimiento al caso de la
Representante Docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, Licda. Ana María Azañón Robles, con
respecto a su situación como docente de dicha unidad académica. Al respecto,
el Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, manifiesta
que, de conformidad con lo establecido en el Punto SÉPTIMO, Inciso 7.5, del Acta
No. 09-2019 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el
miércoles 27 de marzo de 2019 y Punto SÉPTIMO, Inciso 7.3, del Acta No. 08-2019 de
sesión ordinaria celebrada por el miércoles 13 de marzo de 2019, no se recibió
información alguna por parte de la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales. En virtud de lo anterior, la Licenciada Ana María Azañón
Robles, manifiesta que se agotó el tiempo que consideraba prudente para que se
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
108.
Consejo Superior Universitario
resolviera su situación actual, sin embargo, considerando lo anterior, iniciará las
acciones judiciales correspondientes (laborales, civiles y penales). Asimismo,
agradece el apoyo recibido por parte de este Consejo Superior Universitario, e
indica que hará públicas todas sus acciones. Al respecto, el Consejo Superior
Universitario ACUERDA: Darse por enterado.
7.6 DICTAMEN DAJ No. 012-2019 (03). Solicitud de Dispensa del
cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento del Personal
Académico Fuera de Carrera, para nombrar a la Bachiller Andrea
Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar de Cátedra II, de la Escuela
de Biología, del 22 de enero al 30 de junio de 2018, según
transcripción del Punto CUARTO, inciso 4.12, subinciso 4.12.1 del
Acta No. 13-2018, de sesión celebrada por la Junta Directiva de la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, el 12 de abril de 2018.
El Consejo Superior Universitario conoce el DICTAMEN DAJ No. 012-2019 (03), de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, relacionado con la solicitud de Dispensa del
cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de
Carrera, para nombrar a la Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar
de Cátedra II, de la Escuela de Biología, del 22 de enero al 30 de junio de 2018,
según transcripción del Punto CUARTO, inciso 4.12, subinciso 4.12.1 del Acta No. 13-
2018, de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias
Químicas y Farmacia, el 12 de abril de 2018. -------------------------------------------------------
Al respecto, la Dirección de Asuntos Jurídicos, en respuesta a lo solicitado por la
Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia de la Universidad
de San Carlos de Guatemala, emite dictamen, en los términos siguientes: ------------
ANTECEDENTES
I. En Punto CUARTO, 4.12, subinciso 4.12.1, Acta 13-2018, de sesión celebrada
por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, el 12
de abril de 2018, en donde se acuerda solicitar al Consejo Superior
Universitario una dispensa del cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento
del Personal Académico Fuera de Carrera, para nombrar a la Bachiller
Andrea Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar de Cátedra II de la Escuela de
Biología, del 22 de enero al 30 de junio de 2018. ------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
109.
Consejo Superior Universitario
II. En nota SAF.No.680.05.2018, de fecha 22 de mayo de 2018, enviada por la
Licda. Julieta Salazar de Ariza, M.A. Secretaria de la Facultad de Ciencias
Químicas y Farmacia, en donde solicita agregar al Punto CUARTO, 4.12,
subinciso 4.12.1, Acta 13-2018, de sesión celebrada por la Junta Directiva de
la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, el 12 de abril de 2018, la carta
de referencia ZOO.OF.No.084-2018, suscrita por el Doctor Sergio Melgar,
Profesor Titular del Curso de Genética I, en la que argumenta sobre la
importancia de que la Bachiller Andrea, Aguilera, continúe como Auxiliar de
Catedra en su curso. ---------------------------------------------------------------------------------
III. En Providencia número DAJ-156-2018, de fecha 18 de julio de 2018, emitida
por esta Dirección y dirigida a la División de Administración de Recursos
Humanos, para que previo a que esta Dirección emita el Dictamen
solicitado, se sirva pronunciar al respecto y se adjunte el historial laboral de
Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rosas. ------------------------------------------------------
IV. En REF.SG-239-2019, de fecha 22 de enero de 2019, emitida por Secretaria
General y dirigida a la División de Administración de Recursos Humanos, en
la que se solicita se informe el status del expediente relacionado con la
solicitud de dispensa para nombrar a la Bachiller Andrea Leonor Aguilera
Rodas, como Auxiliar de Cátedra II de la Escuela de Biología, mismo que fue
enviado a la División a su cargo, por la Dirección de Asuntos Jurídicos, según
Providencia DAJ-156-2018, de fecha 18 de julio de 2018. -----------------------------
V. En Oficio Ref. DARHS 118-2019, de fecha 04 de marzo de 2019, emitida por a
la División de Administración de Recursos Humanos, dirigida al Secretario
General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en la indican lo
siguiente: el Historial Laboral de la Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rodas:
inicio relación laboral en la Universidad de San Carlos de Guatemala, en la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, en fecha 9 de enero de 2014, en
el Puesto de Auxiliar de Catedra I, el mismo se renovó en forma semestral
hasta el 31 de julio de 2017; con vigencia del uno de marzo de 2016 al 31 de
octubre de 2016 y luego del 1 de marzo de 2017 al 31 de octubre de 2017,
fue contratada en la Dirección General de Investigación, en el puesto de
Auxiliar de Investigación II, al hacer el recuento del tiempo laborado en la
categoría de Auxiliar suma tres años, tres meses y veintitrés días de servicio, lo
que es contrario a lo establecido en el Artículo 13 del Reglamento del
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
110.
Consejo Superior Universitario
Personal Académico fuera de Carrera que literalmente dice…”En caso de no
haber fungido anteriormente como Auxiliar de Cátedra I, puede prolongarse
este período a dos años, pero, en ningún caso, la suma del tiempo
contratado como Profesor (a) Auxiliar podrá superar los tres años…” toda vez
que excedió tres meses y veintidós días del tiempo establecido. ------------------
Y que para el año 2018 Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Químicas
y Farmacia, en Acta 06/2018, Punto Sexto, Inciso 6.2, Subincisos 6.2.5, de sesión
celebrada el 15 de febrero de 2018, acordó nombrarla en el Puesto de Auxiliar
de Cátedra II, con vigencia del 22 de enero de 2018 al 30 de junio de 2018,
se emitió el nombramiento y el mismo fue objetado por la División de
Administración de Recursos Humanos, por las causas indicada en el párrafo
anterior. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
VI. En Providencia No. 641-2019, de fecha 5 de abril de 2019, emitido por
Secretaria General y dirigida a esta Dirección, sobre el asunto del informe
referente a solicitud de Dispensa para nombrar a la Br. Andrea Leonor
Aguilera Rodas, como Auxiliar de Cátedra II de la Escuela de Biología de la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, para que esta Dirección se sirva
conocer y emitir opinión. ---------------------------------------------------------------------------
CONSIDERACIONES LEGALES
REGLAMENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO FUERA DE CARRERA
Artículo 13. Los (las) Auxiliares de Cátedra, Profesor (a) Técnico (a), Profesor (a)
Técnico (a) especializado (a), Profesor (a) Jubilado (a), Profesor (a) Interino (a),
Profesor (a) Temporal y Profesor (a) Visitante; podrán permanecer en dichos
puestos según el régimen de cada Unidad Académica, hasta un máximo de: ------
Auxiliar de Cátedra I y Auxiliar de Investigación I: dos años ----------------------------------
Auxiliar de Cátedra II y Auxiliar de Investigación II: un año ------------------------------------
En caso de no haber fungido anteriormente como Auxiliar de Cátedra I, puede
prolongarse este período a dos años pero, en ningún caso, la suma del tiempo
contratado como Profesor (a) Auxiliar podrá superar los tres años…” --------------------
LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA. -------------------
ARTÍCULO 24. El Consejo Superior Universitario, además de Cuerpo Consultivo del
Rector tiene las siguientes atribuciones y deberes: ----------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
111.
Consejo Superior Universitario
“…h) Resolver en última instancia y a solicitud de parte interesada de los asuntos
que ya hubieren conocido las Juntas Directivas de las Facultades y los Jefes de los
Institutos…” ------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANALISIS DEL CASO
La solicitud presentada ante el Consejo Superior Universitario por Junta Directiva
de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, que se refiere a la Dispensa del
cumplimiento del Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de
Carrera, para nombrar a la Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar
de Cátedra II, en la Escuela de Biología y según el Historial Laboral de la Br. Aguilera
Rodas, enviado por la División de Administración de Recursos Humanos, se
establece que al hacer el recuento del tiempo laborado en la categoría de Auxiliar
suma tres años, tres meses y veintitrés días de servicio, lo que es contrario a lo
establecido en el Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico fuera de
Carrera que literalmente dice…”En caso de no haber fungido anteriormente como
Auxiliar de Cátedra I, puede prolongarse este período a dos años, pero, en ningún
caso, la suma del tiempo contratado como Profesor (a) Auxiliar podrá superar los
tres años…” toda vez que excedió tres meses y veintidós días del tiempo
establecido. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
Además de lo acordado en el Punto SEGUNDO, Inciso 4.8, Acta 37-2018, de fecha
29 de noviembre de 2018, de sesión celebrada por el Consejo Superior Universitario
en el que se instruye a la División de Administración de Recursos Humanos, que gire
una circular a todas las unidades académicas, mediante la cual se dé a conocer
el contenido del Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico fuera de
Carrera, indicando que debe darse estricto cumplimiento a lo indicado en la
norma. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Hay que tomar en consideración que entre las atribuciones y deberes que le
otorga la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala al Consejo
Superior Universitario es la de Resolver en última instancia y a solicitud de parte
interesada de los asuntos que ya hubieren conocido las Juntas Directivas de las
Facultades y los Jefes de los Institutos. ----------------------------------------------------------------
Con base en lo anteriormente analizado, la Dirección de Asuntos Jurídicos,
concluye que el Consejo Superior Universitario podrá denegar la dispensa
solicitada con fundamento en la contratación de la Bachiller Andrea Leonor
Aguilera Rodas excedió el tiempo establecido en el artículo 13 del Reglamento de
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
112.
Consejo Superior Universitario
Personal Académico fuera de Carrera y para cumplir con su disposición
contenida en el Punto SEGUNDO, Inciso 4.8, Acta 37-2018, de fecha 29 de
noviembre de 2018, donde se instruye a la División de Administración de Recursos
Humanos que gire una circular a todas las unidades académicas, mediante la cual
se dé a conocer el contenido del Artículo 13 del Reglamento del Personal
Académico fuera de Carrera, indicando que debe darse estricto cumplimiento a
lo indicado en la norma. -----------------------------------------------------------------------------------
DICTAMEN
Con base en lo anteriormente analizado, la Dirección de Asuntos Jurídicos,
concluye que: --------------------------------------------------------------------------------------------------
El Consejo Superior Universitario puede denegar la Dispensa solicitada, para
nombrar a la Bachiller Andrea Leonor Aguilera Rodas, como Auxiliar de Cátedra II,
de la Escuela de Biología, del 22 de enero al 30 de junio de 2018, en virtud de que
excedió el tiempo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Personal
Académico fuera de Carrera y para hacer cumplir su disposición contenida en el
Punto SEGUNDO, Inciso 4.8, Acta 37-2018, de fecha 29 de noviembre de 2018, en
la que se instruye a la División de Administración de Recursos Humanos que gire
una circular a todas las unidades académicas, mediante la cual se dé a conocer
el contenido del Artículo 13 del Reglamento del Personal Académico fuera de
Carrera, indicando que debe darse estricto cumplimiento a lo indicado en la
norma. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario luego del análisis de la solicitud
realizada por la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, y de varias
consideraciones de sus miembros, ACUERDA: Solicitar a la Dirección de Asuntos
Jurídicos que realice un análisis sobre las diferencias y particularidades que existen
entre las plazas de AUXILIAR DE INVESTIGACIÓN y AUXILIAR DE CÁTEDRA. Dicho
análisis deberá presentar para la primera sesión ordinaria del mes de mayo.
7.7 Representante Estudiantil de la Facultad de Agronomía, solicita se
retome la petición realizada por el Doctor Julián Alejandro
Saquimux Canastuj, Representante Docente de la Facultad de
Ciencias Médicas, respecto al proyecto de comunicado solicitado
al Instituto de Problemas Nacionales de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, sobre la Ley de Reconciliación Nacional.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
113.
Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la solicitud realizada por la
Srita. Neydi Yassmine Juracán Morales, Representante Estudiantil de la Facultad de
Agronomía, en cuanto a que se retome la petición realizada por el Doctor Julián
Alejandro Saquimux Canastuj, Representante Docente de la Facultad de Ciencias
Médicas, respecto al proyecto de comunicado solicitado al Instituto de Problemas
Nacionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, sobre la Ley de
Reconciliación Nacional. En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario
ACUERDA: Solicitar al Instituto de Problemas Nacionales de la Universidad de San
Carlos de Guatemala (IPNUSAC), que presente en la próxima sesión ordinaria, un
proyecto de comunicado respecto a la postura de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, con respecto a la iniciativa de Ley 5377 “Ley de Reconciliación
Nacional”.
OCTAVO SOLICITUDES DE MODIFICACIONES A ESTATUTO, REGLAMENTOS Y
NORMAS:
Documentos pendientes para la próxima sesión ordinaria.
NOVENO IMPUGNACIONES:
Documentos pendientes para la próxima sesión ordinaria.
DÉCIMO PROCESOS DISCIPLINARIOS:
Documento pendiente para la próxima sesión ordinaria.
DÉCIMO PRIMERO SOLICITUDES DE RECONOCIMIENTOS Y DISTINCIONES:
11.1 Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior
Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
con respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor
Honoris Causa al guatemalteco José Antonio Móbil Beltetón.
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la opinión de la Comisión de
Docencia del Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
114.
Consejo Superior Universitario
Guatemala, con respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor Honoris Causa
al guatemalteco José Antonio Móbil Beltetón. ----------------------------------------------------
Del análisis de la opinión, se indica lo siguiente: --------------------------------------------------
“CONSIDERANDO
Que se recibió en la Comisión de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el
Expediente No. 2019-327, Providencia No. 638-2019, relacionado con la solicitud que hiciera el
Consejo Directivo del Centro de Estudios Urbanos y Regionales –CEUR- de la Universidad de San
Carlos de Guatemala a través del Secretario Oscar Peláez Almengor Ph.D., en cuanto al
otorgamiento del Título de Doctor Honoris Causa al GUATEMALTECO JOSÉ ANTONIO MÓBIL
BELTETÓN. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Universidad de San Carlos de Guatemala, tiene entre sus potestades otorgar Distinciones y
Honores a través del Honorable Consejo Superior Universitario, regulado en el Titulo IX, Artículo 105
y 106 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala; ----------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Comisión de Docencia el martes 9 de abril de 2019, conoció y evaluó el expediente de mérito
y de acuerdo al análisis realizado por los miembros de la Comisión y con base a lo establecido en el
Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), que
literalmente dice: “ARTÍCULO 105. El Consejo Superior Universitario otorgará el título de Doctor
Honoris Causa, por iniciativa propia o a solicitud de los Órganos de Dirección de las Unidades
Académicas, a quien no siendo graduado en la Universidad de San Calos de Guatemala, reúna
alguna de las siguientes condiciones: a) Ser una personalidad de alto relieve en alguna de las
disciplinas científicas; b) Ser Profesor eminente en alguna Universidad extranjera o desempeñar en
ella el cargo de Rector; c) Haber demostrado especial interés por la Universidad de San Carlos de
Guatemala o por cualquiera de sus unidades académicas, contribuyendo de manera eficaz a su
elevación espiritual; d) Haber coadyuvado al progreso de la humanidad mediante inventos o
descubrimientos científicos de alto valor y e) Haber demostrado especial interés por el pueblo de
Guatemala, contribuyendo de manera eficaz a su elevación cultural y demostrar ejecutorias de
beneficio social; POR TANTO: Emite la siguiente: -------------------------------------------------------------
OPINIÓN
La Comisión de Docencia reconoce la trayectoria del guatemalteco José Antonio Móbil Beltetón, así
como su constante lucha por el respeto de los derechos humanos en nuestro país y su participación
firme y constante en las luchas revolucionarias de Guatemala, por lo tanto recomienda al
Honorable Consejo Superior Universitario que otorgue el título de Doctor Honoris Causa al
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
115.
Consejo Superior Universitario
Guatemalteco José Antonio Móbil Beltetón ya que cumple con los requisitos establecidos en el
Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma)” ---
El Consejo Superior Universitario luego del análisis de la opinión emitida por la
Comisión de Docencia, con base a lo antes considerado, ACUERDA: Otorgar la
distinción de DOCTOR HONORIS CAUSA al guatemalteco JOSÉ ANTONIO MÓBIL
BELTETÓN, en virtud que cumple con los requisitos establecidos en el TÍTULO IX,
DISTINCIONES Y HONORES, Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos
de Guatemala (nacional y autónoma). En consecuencia, se encarga a las
autoridades de la administración central, para que programen el acto académico
para la entrega de la referida distinción.
11.2 Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior
Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con
respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor Honoris Causa
al Arquitecto Pelayo Llarena Murua.
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la opinión de la Comisión de
Docencia del Consejo Superior Universitario, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, con respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor Honoris Causa
al Arquitecto Pelayo Llarena Murua. -------------------------------------------------------------------
Del análisis de la opinión, se indica lo siguiente: --------------------------------------------------
“CONSIDERANDO
Que se recibió en la Comisión de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el
Expediente No. 2019-199, Providencia No. 315-2019, relacionado con la solicitud que hiciera el
Profesor Titular de la Facultad de Arquitectura de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
Arquitecto Julio Roberto Tórtola Navarro y avalado por Junta Directiva de esa Unidad Académica en
cuento al otorgamiento del Título de Doctor Honoris Causa al ARQUITECTO PELAYO LLARENA
MURUA. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Universidad de San Carlos de Guatemala, tiene entre sus potestades otorgar Distinciones y
Honores a través del Honorable Consejo Superior Universitario, regulado en el Titulo IX, Artículo 105
y 106 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala; -------------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Comisión de Docencia el martes 9 de abril de 2019, conoció y evaluó el expediente de mérito
y de acuerdo al análisis realizado por los miembros de la Comisión y con base a lo establecido en el
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
116.
Consejo Superior Universitario
Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), que
literalmente dice: “ARTÍCULO 105. El Consejo Superior Universitario otorgará el título de Doctor
Honoris Causa, por iniciativa propia o a solicitud de los Órganos de Dirección de las Unidades
Académicas, a quien no siendo graduado en la Universidad de San Calos de Guatemala, reúna
alguna de las siguientes condiciones: a) Ser una personalidad de alto relieve en alguna de las
disciplinas científicas; b) Ser Profesor eminente en alguna Universidad extranjera o desempeñar en
ella el cargo de Rector; c) Haber demostrado especial interés por la Universidad de San Carlos de
Guatemala o por cualquiera de sus unidades académicas, contribuyendo de manera eficaz a su
elevación espiritual; d) Haber coadyuvado al progreso de la humanidad mediante inventos o
descubrimientos científicos de alto valor y e) Haber demostrado especial interés por el pueblo de
Guatemala, contribuyendo de manera eficaz a su elevación cultural y demostrar ejecutorias de
beneficio social; POR TANTO: Emite la siguiente: ------------------------------------------------------------------
OPINIÓN
La Comisión de Docencia reconoce la trayectoria del Arquitecto Pelayo Llarena Murua, así como el
importante legado arquitectónico y cultural que ha dejado para nuestro país y además es
considerado uno de los Arquitectos más importantes del Movimiento Moderno en Guatemala, por
lo tanto recomienda al Honorable Consejo Superior Universitario que otorgue el título de Doctor
Honoris Causa al ARQUITECTO PELAYO LLARENA MURUA ya que cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional
y autónoma)” ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Consejo Superior Universitario luego del análisis de la opinión emitida por la
Comisión de Docencia, con base a lo antes considerado, ACUERDA: Otorgar la
distinción de DOCTOR HONORIS CAUSA al ARQUITECTO PELAYO LLARENA MURUA,
en virtud que cumple con los requisitos establecidos en el TÍTULO IX, DISTINCIONES
Y HONORES, Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala
(nacional y autónoma). En consecuencia, se encarga a las autoridades de la
administración central, para que programen el acto académico para la entrega
de la referida distinción.
11.3 Opinión de la Comisión de Docencia del Consejo Superior
Universitario, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con
respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor Honoris Causa
al Investigador Luis Von Ahn.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
117.
Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a considerar la opinión de la Comisión de
Docencia del Consejo Superior Universitario, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, con respecto a la solicitud de otorgar el título de Doctor Honoris Causa
al Investigador Luis Von Ahn. ------------------------------------------------------------------------------
Del análisis de la opinión, se indica lo siguiente: --------------------------------------------------
“CONSIDERANDO
Que se recibió en la Comisión de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el
Expediente No. 2019-215, Providencia No. 334-2019, relacionado con la solicitud que hiciera el
Consejo Directivo de la Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- de la
Universidad de San Carlos de Guatemala a través del Secretario Académico, M.Sc. Mario David
Valdés López, en cuanto al otorgamiento del Título de Doctor Honoris Causa al INVESTIGADOR LUIS
VON AHN. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Universidad de San Carlos de Guatemala, tiene entre sus potestades otorgar Distinciones y
Honores a través del Honorable Consejo Superior Universitario, regulado en el Titulo IX, Artículo 105
y 106 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala; -------------------------------------------
CONSIDERANDO
Que la Comisión de Docencia el martes 9 de abril de 2019, conoció y evaluó el expediente de mérito
del Investigador Luis Von Ahn y de acuerdo al análisis realizado por los miembros de la Comisión y
con base a lo establecido en el Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de
Guatemala (Nacional y Autónoma), que literalmente dice: “ARTÍCULO 105. El Consejo Superior
Universitario otorgará el título de Doctor Honoris Causa, por iniciativa propia o a solicitud de los
Órganos de Dirección de las Unidades Académicas, a quien no siendo graduado en la Universidad
de San Calos de Guatemala, reúna alguna de las siguientes condiciones: a) Ser una personalidad de
alto relieve en alguna de las disciplinas científicas; b) Ser Profesor eminente en alguna Universidad
extranjera o desempeñar en ella el cargo de Rector; c) Haber demostrado especial interés por la
Universidad de San Carlos de Guatemala o por cualquiera de sus unidades académicas,
contribuyendo de manera eficaz a su elevación espiritual; d) Haber coadyuvado al progreso de la
humanidad mediante inventos o descubrimientos científicos de alto valor y e) Haber demostrado
especial interés por el pueblo de Guatemala, contribuyendo de manera eficaz a su elevación cultural
y demostrar ejecutorias de beneficio social; POR TANTO: Emite la siguiente: ------------------------------
OPINIÓN
La Comisión de Docencia reconoce la trayectoria del Investigador Luis Von Ahn, así como el
importante legado científico-tecnológico que ha dejado tanto a nuestro país como a nivel mundial
y por sus reconocimientos entre los cuales destacan: uno de los 10 científicos más brillantes, el
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118.
Consejo Superior Universitario
intelectual más influyente de Iberoamérica, uno de los 50 mejores cerebros en la ciencia, una de las
50 personas más influyentes en la tecnología y el joven más destacado en la ciencia e ingeniería;
por lo tanto recomienda al Honorable Consejo Superior Universitario que otorgue el título de
Doctor Honoris Causa al INVESTIGADOR LUIS VON AHN ya que cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional
y autónoma)” ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Consejo Superior Universitario luego del análisis de la opinión emitida por la
Comisión de Docencia, con base a lo antes considerado, ACUERDA: Otorgar la
distinción de DOCTOR HONORIS CAUSA al INVESTIGADOR LUIS VON AHN, en virtud
que cumple con los requisitos establecidos en el TÍTULO IX, DISTINCIONES Y
HONORES, Artículo 105 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala
(nacional y autónoma). En consecuencia, se encarga a las autoridades de la
administración central, para que programen el acto académico para la entrega
de la referida distinción.
DÉCIMO SEGUNDO INFORMES:
12.1 Del Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el Oficio Ref. R.213-03-2019, de
fecha 27 de marzo de 2019, por el que el Ingeniero Murphy Olympo Paiz Recinos,
Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta INFORME PARCIAL
DE AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO, de fecha 01 DE ENERO AL 31 DE
OCTUBRE DE 2018, cuyo objetivo específico era evaluar la contratación del
personal docente y administrativo, así como establecer si se cumple con los
requisitos legales, en relación con Q.84,310.053.65 de deuda. El Rector traslada
copia del Hallazgo número 01 bajo el título de FALTA DE DOCUMENTOS DE
RESPALDO, para su conocimiento, análisis y efectos consiguientes. Al respecto, el
Consejo Superior Universitario ACUERDA: Darse por enterado.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
119.
Consejo Superior Universitario
12.2 De la Secretaría General, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer la documentación enviada
por las diferentes unidades, para que este Órgano de Dirección tenga
conocimiento de las mismas, las cuales se detallan a continuación: ---------------------
1. Oficio Ref. Revista.001/2019, de fecha 22 de marzo de 2019, por el que el
Licenciado Rafaél Gutiérrez Esquivel, Director de la Revista USAC, de la
división de Publicidad e Información, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, envía ejemplares de la “Revista de la USAC No. 39/2019,”. Estas
revistas fueron enviadas con los documentos para la sesión del Consejo
superior Universitario, Acta No. 09-2019, que se llevó a cabo el 27 de marzo de
2019. --------------------------------------------------------------------------------------------------------
2. Oficio s/ref, de fecha 22 de marzo de 2019, por el que los profesores del
Centro Universitario de Sololá, CUNSOL, de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, se dirigen al Ingeniero Agrónomo Edwar García Jiménez, Director
de dicho centro universitario, para manifestarle lo sucedido en los recientes
acontecimientos suscitados en las instalaciones donde funciona el CUNSOL y
le describen ampliamente los hechos. --------------------------------------------------------
3. Oficio Ref. DIGA-0567-2019, de fecha 26 de marzo de 2019, por el que la
Ingeniera Wendy López Dubón, Directora de la Dirección General de
Administración, DIGA, de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
presenta “Informe relacionado con el tema de “” Bautizos”” o “”
Bienvenida””; en atención a la resolución contenida en el Punto SEGUNDO,
inciso 2.5, de Acta No. 08-2019, de sesión celebrada por el consejo Superior
Universitario, el 13 de marzo de 2019. ----------------------------------------------------------
4. Oficio Ref. SINTRAUSAC.209-2019, de fecha 27 de marzo de 2019, por el que
el Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Universidad de San Carlos de Guatemala, SINTRAUSAC;
informa sobre la conformación del nuevo Comité durante el período 2019-
2021: --------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSEJO EJECUTIVO: ------------------------------------------------------------------------------
Héctor Uriel Hernández Cardona, trabajador de la Facultad de ciencias
Económicas, como Secretario General. -----------------------------------------------
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
120.
Consejo Superior Universitario
Daniel Estuardo Apen Navas, trabajador de la Dirección General de
Investigación, DIGI, como Secretario de Actas. ------------------------------------
Jorge Alberto Juárez López, trabajador de la Editorial Universitaria, como
Secretario de conflictos y Previsión Social. -------------------------------------------
Carlos René Patzán Pérez, trabajador del Departamento de
Urbanización y Remodelaciones, como Secretario de Organización. -----
Oseas Dodany Morataya González, trabajador del Departamento de
Urbanización y Remodelaciones, como Secretario de Finanzas. ------------
Desidoro De Jesús Escobar Vásquez, trabajador del Departamento de
Urbanización y Remodelaciones, como Secretario de Cultura y Deportes.
Rossangela Sofía Barahona Segura, trabajador del Departamento de
Deportes, como Secretaria de Género. ------------------------------------------------
Víctor Manuel Marroquín Sabán, trabajador del Departamento de
Urbanización y Remodelaciones, como Secretario de Asuntos Internos y
Externos. -------------------------------------------------------------------------------------------
CONSEJO CONSULTIVO: ---------------------------------------------------------------------------
Heliam Lily Leiva Sánchez, trabajadora de Bienestar Estudiantil; Miembro
del Consejo Consultivo. ----------------------------------------------------------------------
Hugo Estuardo Estrada Valladares, trabajador del Departamento de
Servicios Generales; Miembro del Consejo Consultivo. --------------------------
Kevin Oberson Guillén Barco, trabajador del Departamento de Servicios
Generales; Miembro del Consejo Consultivo. ----------------------------------------
5. Oficio s/ref, de fecha 25 de marzo de 2019, por el que el Ingeniero Civil Alfredo
Enrique Beber Aceituno, Presidente de Junta Directiva 2016-2018 y 2018-2020,
de la Coordinadora General de Claustros y Asociaciones Docentes,
COGCADUSAC, manifiesta su preocupación por la coyuntura que la
comunidad San Carlista está viviendo con relación al estado financiero del
Plan de Prestaciones de los Trabajadores de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, motivada por diversas versiones que se están compartiendo de
los posibles efectos de un recurso de inconstitucionalidad planteado a
algunos artículos del reglamento vigente del mencionado Plan de
Prestaciones. El Ingeniero Civil Beber Aceituno, enumera una serie de
comentarios al respecto, dentro de los que destacan: 1. Admitir al Plan de
Prestaciones a personas mayores de 45 años de edad, ya que no tienen
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
10 de abril de 2019
121.
Consejo Superior Universitario
cobertura de seguridad social en su etapa de jubilación, lo que es una clara
discriminación laboral. 2. Que no se tiene una posición serie y responsable
por parte de las autoridades universitarias que garanticen el pronto pago de
la deuda de más de Q.288 millones de Quetzales al Plan de Prestaciones.
Asimismo, el Ingeniero Civil Beber Aceituno, presenta también varias
solicitudes, entre ellas: 1. Que se ubiquen, a la brevedad posible
presupuestalmente, los recursos y se establezca de inmediato el plan de
pago de la deuda de más de Q.288 millones de Quetzales que la USAC le
tiene al Plan de Prestaciones de los Trabajadores de esta Casa de Estudios
Superiores. 2. Que se ordene de inmediato a donde corresponda, la
realización del estudio actuarial que permita mejoras a las condiciones de
retiro de todos los trabajadores universitarios y restituir los derechos que
actualmente presenta el reglamento en relación a la discriminación de
pertenecer al Plan de prestaciones, por motivos de edad, asimismo, de limitar
la jubilación a un techo poco digno. ----------------------------------------------------------
6. Oficio Ref. USAC-ES-Arte ADPI-01-2019, de fecha 25 de marzo de 2019, por el
que el Licenciado Maugdo Vásquez López, Director de la Escuela Superior de
Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, adjunta resumen de las
actividades más relevantes desarrolladas en dicha Escuela, durante el mes
de febrero de 2019. -----------------------------------------------------------------------------------
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Darse por enterado.
CONSTANCIAS DE SECRETARÍA:
La Secretaría General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, deja
constancia de lo siguiente: --------------------------------------------------------------------------------
1. Que se encuentran presentes desde el inicio de la presente sesión (09:24) los
siguientes miembros: Ph.D. Jorge Fernando Orellana Oliva, Ing. Pedro Antonio
Aguilar Polanco, M.A. Pablo Ernesto Oliva Soto, Arq. Edgar Armando López
Pazos, Licda. Liliana Magaly Vides Santiago de Urízar, Licda. Ana María
Azañón Robles, Dr. Julián Alejandro Saquimux Canastuj, Lic. Oscar Federico
Nave Herrera, Srita. Valeska Jimena Contreras Paz, Srita. Neydi Yassmine
Juracán Morales, Lic. Juan Carlos Palencia Molina, Msc. Mynor Custodio
Franco Flores y Arq. Carlos Enrique Valladares Cerezo.
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
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122.
Consejo Superior Universitario
2. Que se presentaron posterior al inicio de la sesión: (09:25) Ing. Agr. César
Augusto Mazariegos Herrera, (09:30) M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, Lic.
Edwin Pedro Ruano Hernández, Sr. Axel Danilo Aguilar Franco y Dr. Gustavo
Enrique Taracena Gil, (09:32) Lic. José de Jesús Portillo Hernández, (09:40) Lic.
Luis Antonio Suárez Roldán, (09:52) Ing. Carlos Humberto Aroche Sandoval,
(09:59) Dr. Juan Carlos Godínez Rodríguez e Ing. Hugo Humberto Rivera Pérez,
(10:03) Ing. Agr. Mario Antonio Godínez López, (10:09) Lic. Urías Amitaí
Guzmán García, (11:08) Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa, (11:11) Dr.
Augusto Roberto Wehncke Azurdia, Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios y
Sr. Keevin Josué González Torres, (11:33) Sr. Kevin Vladimir Armando Cruz
Lorente, (11:35) Msc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos, (11:37) Sr. Erwin
Esteban Molina Díaz, (11:48) Arq. Teófanes de Jesús Perea Alvarado, (12:25)
Srita. Paula María Déleon Hernández, (12:44) Sr. Víctor Hugo Mayén García y
(13:34) Dr. Edgar Guillermo Barreda Muralles.
3. Que se excusó de participar en la presente sesión: Inga. Agr. Myrna Ethel
Herrera Sosa, Representante Docente de la Facultad de Agronomía.
4. Que estuvieron ausentes: Lic. Gustavo Bonilla, Decano de la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales; Lic. Luis Bernal Larrazábal Bobadilla,
Representante del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de
Guatemala; Dr. Mario Llerena Quan, Representante Docente de la Facultad
de Medicina Veterinaria y Zootecnia; Dr. Miguel Ángel Chacón Veliz,
Representante Docente de la Facultad de Arquitectura; Sr. Javier Augusto
Castro Vásquez, Representante Estudiantil de la Facultad de Medicina
Veterinaria y Zootecnia y Sra. Lila María Fuentes Figueroa, Representante
Estudiantil de la Facultad de Arquitectura.
5. Que no se presentó a tomar posesión del cargo el Lic. Mynor Giovany Morales
Blanco, Representante Docente de la Facultad de Humanidades;
6. Que se retiraron de la sesión, los siguientes miembros: M.A. Walter Ramiro
Mazariegos Biolis, Decano de la Facultad de Humanidades, a las quince
horas con treinta y cuatro minutos (15:34), luego de la votación del Punto
ACTA No. 10-2019 Sesión Ordinaria
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123.
Consejo Superior Universitario
SÉPTIMO, Inciso 7.1; Dr. Mario Gilberto Cordón Samayoa, Representante del
Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala, a las quince horas con treinta
y cinco minutos (15:35), luego de la votación del Punto SÉPTIMO, Inciso 7.1;
Lic. Luis Antonio Suárez Roldán, Decano de la Facultad de Ciencias
Económicas y Lic. Edwin Pedro Ruano Hernández, Representante del Colegio
Profesional de Humanidades, a las dieciséis horas (16:00), luego de la
votación del Punto SÉPTIMO, Inciso 7.5; y Lic. Urías Amitaí Guzmán García,
Representante del Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores
y Administradores de Empresas de Guatemala, a las dieciséis horas con
dieciséis minutos (16:16), luego de la votación del Punto DÉCIMO PRIMERO,
Inciso 11.2.
7. Que a solicitud de varios miembros se acordó, la priorización de puntos,
mismos que se conocieron en el orden siguiente: 7.1, 4.6, 6.1.1, 6.1.2, 6.1.2,
6.1.3, 6.1.4, 6.1.5, 6.1.6, 6.1.7, 6.1.8, 6.1.9, 6.1.10, 6.2, 7.2.1, 7.2.2, 7.2.3, 7.2.4, 7.3,
7.4, 7.5, 7.6, 11.1, 11.2, 11.3, 7.7; quedando pendientes de conocer en la
próxima sesión los puntos restantes de la agenda del día.
8. Que esta sesión se realiza en virtud de la tercera citación, y que se concluye
a las dieciséis horas con veinticuatro minutos (16:24), del mismo día y en el
mismo lugar de su inicio. DOY FE.