Análisis Comparativo Entre El Derecho Real y Personal (1)

Post on 26-Dec-2015

41 views 5 download

Transcript of Análisis Comparativo Entre El Derecho Real y Personal (1)

ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE EL DERECHO REAL Y EL DERECHO PERSONAL, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA OBLIGACIÓN

UNIDAD 2

2.1 Teoría clásica

El derecho real es la relación entre persona y cosa, y el derecho personal es la relación entre personas.

“ EL DERECHO REAL existe cuando una cosa se encuentra completa o parcialmente sometida al poder de una persona en virtud de una relación inmediata que puede ser invocada contra cualquier otra.”

ELEMENTOS

Derechos que nacen de:

Derecho Personal

Es la relación Jurídica que se establece entre una persona llamada acreedor, que puede exigir a otra llamada deudor cumplir con una prestación de carácter patrimonial, de dar, de hacer o de no hacer, y a la cual se encuentra obligado por voluntad de las partes o por el mandato de la ley.

ELEMENTOS

CARACTERISTICAS

DERECHOS REALES DERECHOS PERSONALES

DIFERENCIAS

Sólo hay un sujeto Se supone el poder jurídico

sobre una cosa. El objeto siempre es una

cosa. Confiere el derecho de

persecución y de preferencia.

Hay dos sujetos Hay una relación jurídica

entre las dos personas. El objeto directo es una

prestación de ( dar, hacer o no hacer)

Confiere a su titular la facultad de exigirle al deudor la prestación debida.

2.2 Teoría dualista

Establece que el derecho real es la facultad del titular de una cosa para disponer de ella de manera directa, y agrega que éste constituye un vínculo jurídico para la apropiación de la riqueza, en tanto que el derecho personal es la facultad que tiene todo individuo para poder servir a otro mediante una conducta de dar, hacer o no hacer. Por lo tanto hay una relación de derecho en la cual la capacidad económica de una persona es puesta a disposición de otra, bajo la forma positiva de una prestación o bajo la forma negativa de una abstención.

2.3 Teoría personalista

Establece que el derecho personal consiste en la disposición directa e inmediata de un bien por parte de quien lo detenta; y que el derecho real y personal es uno mismo porque no puede existir relación jurídica entre una persona y una cosa, ya que la relación jurídica siempre es entre personas.

No existen los derechos reales, estos son la obligación de 3ros de no interferir.

2.4 Teoría ecléctica

Considera que todo derecho real o derecho personal, tiene un elemento de tipo interino y económico, y otro de tipo externo o dinámico:

2.5 Obligaciones reales Llamadas propter rem y estudiadas por Julién Bonnecase,

fueron reconocidas en el derecho romano y su característica es la relación con las cosas.

Características de las obligaciones reales

No ligan al deudor en cuanto a su persona o identidad

El obligado responde de su deuda solo en relación de la cosa

Puede transferir la deuda al transmitir la cosa, ya que la deuda sigue a la cosa.