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AYUNTAMIENTO DE JARABA
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA AVANCE DE PLANEAMIENTO
J .A . LORENTE y Asoc iados , arqu i tec tu ra y urban i smo, S . L . junio 2009
AVANCE DE PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA
JARABA
J.A. LORENTE FERNÁNDEZ, arquitecto J. ALBISU IRIBE SÁEZ, geógrafo V. ZORRAQUINO LOZANO, ingeniero CCyP
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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE JARABA
AVANCE DE PLANEAMIENTO MEMORIA 1 INTRODUCCIÓN.
El presente texto, junto con los planos adjuntos, constituye el Avance del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Jaraba (Zaragoza). Su contenido se ciñe a los criterios y directrices que habrá de seguir la definitiva redacción del Plan General, al tiempo que describe los objetivos fundamentales del mismo.
No se trata pues de un documento cerrado, concluso y definitivo, sino por el contrario, de un
texto que se presenta a la comunidad de Jaraba con el fin de que ésta, a través de discusiones públicas, debates y reflexiones, se pronuncie sobre el modelo territorial y urbano que desea, y sobre los medios que es preciso habilitar para su consecución.
La elaboración de este documento no responde a criterios gratuitos, sino que se trata de la consecuencia lógica del trabajo efectuado fundamentalmente "in situ" por el equipo redactor, y del conocimiento adquirido a través de la Información Urbanística.
La característica principal del presente Avance, es la de ser un documento abierto, sometido a la crítica y aportaciones de los habitantes y de sus representantes, en respuesta no solo a la secuencia metodológica de su elaboración, sino también a los elementos fundamentales de la estructura general y orgánica del territorio.
En este sentido, la exposición se lleva a cabo de una manera lógica. En primer lugar aparece la información urbanística y un somero diagnóstico de la situación urbanística del municipio, que constituye el marco analítico general que determina los criterios, objetivos y directrices del planeamiento. A continuación se desarrollan éstos de un modo genérico; se trata de la filosofía del Plan General, de los principios generales de planeamiento que orientan las directrices de desarrollo y dan coherencia a los objetivos del mismo.
Una vez definidos los principios generales, se desarrollan de manera expresa las directrices de planeamiento, que se concretan en una propuesta de ordenación, con la suficiente flexibilidad para adaptarse a los requerimientos que puedan sobrevenir.
Dicha propuesta se desarrolla en los planos de Avance que se adjuntan, y en diversos textos.
En primer término se desarrolla la estructura territorial propuesta, a través de la descripción de
los diversos elementos que la componen (red viaria, espacios libres, equipamiento comunitario, infraestructuras, etc.), señalando los existentes y los de nueva creación. En segundo lugar, la propuesta contempla las directrices de desarrollo urbano en diversas áreas, a través de diversas clasificaciones y categorías de suelo, usos genéricos y sistemas de gestión. Finalmente, se exponen las directrices que se considera oportuno habrán de seguirse en suelo no urbanizable, en orden a su protección.
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JARABA
J.A. LORENTE FERNÁNDEZ, arquitecto J. ALBISU IRIBE SÁEZ, geógrafo V. ZORRAQUINO LOZANO, ingeniero CCyP
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2 MARCO LEGAL.
Las vicisitudes que la legislación urbanística ha sufrido en España desde 1990, sobre todo tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, obligó a las Comunidades Autónomas a dotarse de un código urbanístico en sustitución del TRLS‐92.
En la Comunidad Autónoma de Aragón la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón
(LUA), supuso el completo ejercicio por la Comunidad Autónoma de Aragón de sus competencias en materia de urbanismo. Esta norma permitió, además, resolver en gran medida la situación de tremenda inseguridad jurídica derivada de la mencionada Sentencia del Tribunal Constitucional (Sentencia 61/1997, de 20 de marzo), siempre perniciosa en un sector económico tan precisado de certidumbre como el urbanístico y de la construcción. Dicha situación, por otra parte, resultó agravada por la sucesión de reformas y contrarreformas de la legislación estatal y normas autonómicas que dieron lugar a varios procesos de inconstitucionalidad y a las consiguientes sentencias del Alto Tribunal. En suma, la Ley 5/1999, de 25 de marzo, cumplió de manera adecuada su función de puente entre una fragmentada legislación estatal y una nueva generación de normativa urbanística autonómica.
Dicha Ley, era un completo cuerpo normativo que seguía la tradición urbanística española tanto
en cuanto a los conceptos que maneja, como en la estructura del texto. Así la Ley tenía un carácter exclusivamente urbanístico, regulándose la ordenación del territorio mediante una ley propia. La LUA contemplaba el régimen urbanístico del suelo (Clasificación y régimen del suelo, (Título I), el planeamiento (Título II), gestión urbanística y el aprovechamiento urbanístico (Título III), Ejecución del planeamiento y Sistemas de actuación (Títulos IV y V), intervención administrativa en el mercado del suelo y la edificación (Título VI), disciplina urbanística (Título VII); y, régimen urbanístico de pequeños municipios (Título VIII).
Dicho marco normativo se vio alterado por la promulgación de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, que justificó la aprobación de la Ley 1/2008, de 4 de abril (BOA nº 40 de 7/abr/2008), por la que se establecieron medidas urgentes para la adaptación del ordenamiento urbanístico a la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, garantías de sostenibilidad ambiental del planeamiento urbanístico e impulso a las políticas activas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Aragón
Posteriormente, la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, refundida con las restantes
disposiciones legales vigentes en la materia mediante el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo (BOE 26/jun/2008), vino a consolidar una rectificación de lo esencial del régimen del suelo establecido en la anterior Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones.
La nueva legislación estatal de suelo atiende, a la hora de afrontar diversos aspectos de la problemática urbanística, al suelo, eje central de su regulación, y sólo de manera incidental alude a técnicas urbanísticas que recaen ahora por completo, de conformidad con la jurisprudencia constitucional y nuestro Estatuto de Autonomía, en el ámbito competencial de Aragón. Era por tanto precisa una reforma legal que, conservando en lo posible las técnicas urbanísticas ya conocidas por los diferentes operadores, las aplicase sobre nuevas bases al servicio de los fines de interés general, y de redefinir el papel que corresponde a los diversos agentes en la actividad urbanística sobre la base de una previa reconstrucción de la jerarquía de valores e intereses presentes en la misma.
Son las nuevas leyes Urbanística y de Ordenación del Territorio de Aragón (Ley 3/2009, de 17
de junio, de Urbanismo de Aragón, y Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón; BOA nº 124 de 30/06/2009), así como la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Presidencia del Gobierno de Aragón, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA nº 54 de 19 de marzo de 2012) de reciente entrada en vigor, las que constituyen el marco jurídico de referencia para la redacción del nuevo PGOU de Almunia de San Juan.
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Se completa el marco legislativo urbanístico en Aragón, con el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley Urbanística en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios (RPUA) en la parte que mantiene su vigencia, y con arreglo a la Disposición Final 4ª de la Ley 3/2009, las Normas reglamentarias del Estado aplicables como derecho supletorio (en los extremos no derogados por Real Decreto 304/1993, de 26 de febrero) que se mencionan en dicha DF‐4ª (Reglamentos estatales en materia urbanística que desarrollaban el texto de 1976:Reglamento de Planeamiento (Decreto 2159/78, de 23 de junio), Gestión (Decreto 3288/78, de 25 de agosto), Disciplina (Real Decreto 2178/78, de 23 de junio); Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares (Decreto 653/64, de 5 de marzo); y Reparcelaciones (Decreto 1006/66, de 7 de abril).
Esta nueva realidad normativa es la principal razón que hace que el Ayuntamiento proceda a la
revisión del planeamiento actual, a fin de adaptarlo a las nuevas necesidades planteadas por las leyes citadas, en línea con lo establecido en las Disposiciones transitorias segunda y tercera de la LUA, con el buen criterio de no dilatar o demorar por más tiempo situaciones transitorias y de provisionalidad.
Si bien es cierto que la compleja situación normativa habrá de ser afrontada al procederse a la
redacción del Plan General de Ordenación Urbana, también habremos de tener en cuenta la Ley 7/1998, por la que se aprueban las Directrices Generales de Ordenación Territorial para Aragón, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, y demás normativas sectoriales que afectan poderosamente al territorio y su planeamiento (Ley del Patrimonio Aragonés, leyes de carreteras, vías pecuarias, aguas, etc.).
La elaboración del Plan General de Ordenación Urbana, deberá tener en cuenta las
determinaciones que sobre la protección del patrimonio cultural establecen la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, que establece un régimen jurídico sobre las técnicas de protección que, en parte, no resulta coincidente con el régimen de la legislación estatal. Afecta especialmente a la elaboración del planeamiento municipal el régimen de los bienes catalogados e inventariados, dos Registros de bienes inmuebles con un nivel de protección de menor rango que los Bienes de Interés Cultural y por tanto con un contenido más flexible. A través de estos Registros, la Ley establece una mayor conexión con las competencias municipales y en concreto con el sistema tradicional de catalogación del planeamiento municipal, de forma que los inmuebles incluidos en el Catálogo del Plan pueden inscribirse en el Catálogo aragonés. Por ello, planeamiento deberá tener en cuenta las técnicas de coordinación entre los catálogos de los Planes Generales y los Registros de carácter autonómico, así como el régimen jurídico que de todo ello se deriva.
En la misma línea el Plan General Municipal deberá tener en cuenta las Directrices Generales de
Ordenación del Territorio de Aragón, aprobadas mediante Ley 7/1998, de 16 de julio. Las Directrices Generales clasifican los Municipios del territorio aragonés en diferentes rangos, de manera que Jaraba se encuentra en el Rango IV correspondiente al “resto de municipios integrados en comarcas”. Las Directrices Generales establecen unas previsiones concretas para cada uno de los rangos en función del nivel diferente a las determinaciones relativas al sistema de ciudades y equipamientos comunitarios, y en concreto establece para cada rango de municipios los niveles mínimos necesarios de equipamientos de salud, de bienestar social, culturales, educativos, deportivos, de ocio y esparcimiento y de protección civil. Por ello, en la elaboración de Plan se deberá tener en cuenta los niveles de equipamiento que las Directrices atribuyen, a fin de que el Plan General de Ordenación responda a las previsiones de las Directrices Generales. Además, si bien dentro de un nivel más genérico, las Directrices establecen criterios orientativos sobre el tratamiento del territorio que afectan a las infraestructuras, medio natural, patrimonio cultural y a la política del suelo entre otros que en la elaboración del Plan General deberán asimismo tenerse en cuenta.
Por otra parte, la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio
de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (Diario Oficial nº L 197, de 21.7.01), fue incorporada al ordenamiento jurídico estatal mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (B.O.E. nº 102, de 29.4.06) y al regional aragonés en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.
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La finalidad de esta normativa es la integración de los aspectos ambientales en la preparación y aprobación de los planes y programas mediante la realización de una evaluación ambiental de aquellos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El procedimiento de evaluación establecido en la Ley 9/2006 descansa, en su fase inicial, en el
Informe de Sostenibilidad Ambiental, definido en los artículos 2.e) y 8.1 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que forma parte del plan y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables.
A la hora de establecer el contenido del Informe de Sostenibilidad, se tomará como referencia
el índice del Anexo 1 de la Ley 9/2006, complementando y aclarando a partir de esa estructura formal, los contenidos del Plan General de Ordenación Urbana. El Informe localizará y justificará, en su caso, los contenidos mínimos exigidos en dicho Anexo a través de los contenidos ambientales presentados en el documento del Plan General.
La mencionada Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, viene a establecer la necesidad de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana, con un complejo procedimiento de tramitación que ha sido modificado por la LUA‐2009, cuya entrada en vigor vino a derogar el art. 23 de la Ley 7/2006, y a modificar (en su art. 48) el procedimiento de tramitación urbanística y ambiental.
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3 CRITERIOS Y OBJETIVOS DE PLANEAMIENTO 3.1 Criterios y objetivos generales.
Sobre la base del diagnóstico previo que se contiene en la Información Urbanística, pueden establecerse unas determinadas pautas de actuación para la planificación urbanística.
El Plan General de Ordenación Urbana se plantea como un proceso activo de gestión, desde y para la participación pública de los ciudadanos; para ello, debe ser plenamente asumido por el Ayuntamiento, como principal agente de intervención, con dos objetivos básicos, la conservación y mejora, física y social del territorio y de los núcleos de población, y el control de los procesos a que se ven sometidos.
De forma más explícita, la intervención municipal que el Plan General articula, debe centrarse en los siguientes aspectos:
la protección y mejora del medio ambiente urbano, rural, y del paisaje la protección del patrimonio cultural, social y económico, formado históricamente el control de los mecanismos de creación de rentas del suelo, socialmente generadas, con
el objetivo de recuperar las mismas y redistribuirlas para la colectividad una política de inversiones tendente al equipamiento de la población, completando
déficits de servicios la protección, mantenimiento y fomento del empleo, agropecuario, turístico, y
singularmente de la construcción, mediante el establecimiento de un marco legislativo preciso, que elimine trabas, y estimule la iniciativa privada en promoción y construcción
Desde estas premisas, se formulan los objetivos de planeamiento, que se resumen en el
establecimiento de un modelo territorial respetuoso de la diversidad natural y del paisaje, que optimice la utilización de los recursos existentes.
Se concretan en los puntos siguientes:
protección y mejora de aquellas áreas que por su valor cultural, ecológico, paisajístico, o productivo así lo requieran (masas arbóreas naturales, pastizales y pastos, áreas de matorral, cauces y riberas, cultivos tradicionales, etc.)
protección, conservación y mejora del núcleo tradicional, en sus aspectos sociales, ambientales, culturales y económicos
mejora de servicios y equipamiento de la población regulación de las nuevas implantaciones en relación con el núcleo existente, evitando su
dispersión en el medio natural‐rural regulación de los procesos de crecimiento urbano, dirigiéndolos hacia la consolidación y
recuperación del núcleo histórico completando la estructura del mismo, según una lógica de óptima utilización de las infraestructuras existentes; en este sentido, se calificarán espacios inmediatos o de borde del núcleo, con intención de completarlo, y se facilitará la ocupación de espacios vacíos o de escasa ocupación (espacios intersticiales), mediante la implementación de ágiles mecanismos de gestión
establecimiento de condiciones de edificación que aseguren una correcta implantación e integración de las nuevas construcciones
Por otra parte, el Plan General contempla la ordenación del suelo no urbanizable integrando en
su diseño las numerosas figuras existentes no solo desde la limitada perspectiva de la ‘protección’ de determinados espacios, sino incluyendo medidas ‘positivas’ de mejora en determinados entornos. A este respecto, el Plan atiende a la obligada implementación urbanística de las figuras de protección natural de los Lugares de Interés Comunitario (L.I.C.), Zonas de Especial Protección para las Aves (Z.E.P.A.), Montes de Utilidad Pública, etc. Todo ello en aras de un desarrollo sostenible y perdurable.
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3.2 Criterios y objetivos en relación con el medio natural
El ámbito clasificado por el Plan General de Ordenación Urbana de Jaraba como Suelo No Urbanizable (SNU) se desarrolla sobre un medio natural diverso, caracterizado como un espacio con áreas topográficas claramente diferenciadas, con un flujo de suroeste a noreste del río Mesa, hoces, superficies de erosión y espacios naturales forestales de repoblalción, acequias y canales que hidratan el espacio agrícola de regadío, categorías importantes de este sistema, y extensiones importantes de suelo de secano.
El municipio mantiene unos elevados valores naturales y culturales, que pueden mejorarse. El
restablecimiento de relaciones equilibradas entre las poblaciones y su entorno exige restaurar el espacio rural degradado y revitalizarlo ecológica, cultural y económicamente para satisfacer las demandas sociales actuales de calidad de vida. El medio natural del municipio de Jaraba ha sido profundamente transformado para proporcionar a los habitantes unas condiciones de vida donde el agua, o su escasez, es factor esencial de su existencia. La diversidad ecológica del municipio, trenzada con valores estéticos y simbólicos del sustrato mediterráneo, constituye una rica herencia cultural.
Los objetivos planteados respecto al suelo no urbanizable son los siguientes: ‐ Conservar los espacios que por sus privilegiadas condiciones naturales constituyen
ejemplos de la vida natural y de su variabilidad estructural y funcional. ‐ Defensa de los espacios más productivos desde el punto de vista natural –hoces, zonas
húmedas, cauces‐ y agrícola ‐áreas con cultivo de regadío‐ frente a la implantación de usos urbanos e industriales y de las vías de comunicación.
‐ Establecer el marco de protección de los espacios físicos frágiles, primando la estabilidad frente a la producción y explotación.
‐ Proteger de la desaparición los paisajes rurales tradicionales que ofrecen una interesante fusión de naturaleza y cultura, pues constituyen un valioso patrimonio histórico, apenas apreciado, del que se pueden obtener importantes ideas para la gestión del espacio físico en términos de sostenibilidad ambiental y social.
‐ Proteger los espacios que poseen especiales valores estéticos (en particular las parameras y superficies de erosión). A pesar de su escaso reconocimiento, merecen una atención urgente por su importante función de generar una imagen atractiva del medio rural y una fuente de bienestar para sus habitantes y visitantes.
‐ Mantener la diversidad espacio‐temporal y la penetración en el área construida de los paisajes específicos de la región para romper la tendencia que impone patrones uniformes, que representan una pérdida de la identidad y de la calidad de vida. Especial atención debe prestarse al contacto entre unidades con características físicas diferentes –interfase hoces del río Mesa, espacio urbano, cauces‐.
‐ Anticiparse al establecimiento de medidas de conservación y restauración sobre espacios que poseen figuras de protección ambiental.
‐ Observar los espacios con riesgos potenciales por inundación. El cumplimiento de estos objetivos se materializa en la definición de categorías de protección
urbanística de los ecosistemas naturales y productivos, así como en la protección de los bienes del patrimonio cultural y del paisaje en el espacio natural y rural. Se justifica, por otra parte, la inclusión como espacio no urbanizable de áreas con peligrosidad natural y situaciones de riesgo, fundamentalmente frente a avenidas del río Mesa o de los Barrancos de San Vicente, de Santa Águeda y de Valcecebada.
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Así mismo, se apuntan a continuación los criterios básicos sobre los que se basa la delimitación y calificación de los cauces y riberas del río Mesa (incluidas las hoces y cortados) y barrancos más importantes del municipio, así como de protecciones sectoriales en zonas de riesgo por inundación, reflejados en las categorías que se establecen más adelante:
‐ Los espacios naturales y zonas verdes municipales se consideran en relación con otros
espacios que mantienen funciones diferentes (residencial, agrícola), desde la perspectiva en la que existe una interacción física y funcional con los sistemas urbanos y rurales.
‐ Desde este punto de vista, las hoces, las áreas de cauces, riberas y medios fluviales tienen una posición central en el municipio, sobre los que se localiza el núcleo de población. En estos espacios se emplazan seguramente los elementos simbólicos, estéticos y afectivos más importantes del municipio; de ahí, la necesidad que el tramo ribereño deje de ser un espacio semi‐olvidado para convertirse en el motor de la transformación natural en positivo del Suelo No Urbanizable del municipio de Jaraba.
‐ Así mismo, para ordenar de manera adecuada este medio natural se debe atender a las características propias y aptitudes específicas del tramo del río Mesa que discurre por el municipio. De la diversidad temporal y natural –fluctuaciones estacionales e interanuales de los caudales, distribución de la carga sedimentaria, etapas de colonización vegetal‐, junto con las infraestructuras construidas a lo largo de la historia, se deriva un conjunto de unidades definidas por sus fisonomías, funciones y estructuras que es preciso integrar en su diversidad. Igualmente sucede con los barrancos que drenan, en especial, los sectores septentrionales municipales, que si bien no mantienen corrientes continuas, presentan episodios esporádicos pero importantes de inundaciones.
‐ Desde este punto de vista, la ordenación territorial de los espacios ribereños del Mesa, hoces y barrancos, concebidos conforme al carácter propio del municipio de Jaraba, se convierte en un proyecto ligado a la restitución de las funciones ecológicas de los cursos fluviales y a propiciar el encuentro de las comunidades humanas en espacios abiertos, multifuncionales, libres, de elevada calidad ambiental y con control sobre los riesgos naturales.
‐ Los ecosistemas naturales mantienen relaciones entre sí de acuerdo con su dimensión y posición en el espacio, de modo que una serie de pequeños espacios naturales no tiene el mismo valor ecológico que uno mayor, por lo que se ha diseñado un sistema general de espacios naturales de grandes dimensiones y continuos. En especial en la categoría de sotos y riberas, donde las manchas naturales han sido prácticamente eliminadas.
‐ Las funciones productivas de los espacios de regadío son plenamente complementarias y compatibles con la función ecológica.
‐ Se atiende al principio de unión de espacios abiertos para reducir los efectos de aislamiento de las poblaciones vegetales y animales de los espacios abiertos, de manera que además de mantener abierto el curso fluvial del río Mesa, se conecta con las morfologías adyacentes de las hoces y cortados, aguas arriba del casco urbano de Jaraba, con el sistema de drenaje de gran parte del sector septentrional del municipio, con el sistema de acequias, muchas de ellas terrizas aunque en desuso, pero que funcionan como corredores biológicos entre los espacios de regadío, el fluvial y los secanos adyacentes.
De este modo, el cauce, las hoces y las riberas del río Mesa se integran dentro de la trama
municipal acentuando su papel estructurante, como un elemento del paisaje, deshaciendo el tradicional papel de fachada trasera, conectando con el resto de los elementos naturales y culturales del municipio, sin olvidar las extensiones de terrenos forestales arbolados repoblados al Norte y las masas de vegetación arbustiva tan característica de los sectores de páramos meridionales.
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4.2.1 Metodología La planificación del territorio lleva consigo un proceso de estudio y de toma de decisiones en el
que entran en juego un gran número de variables: elementos y factores físicos del medio y condiciones sociales, económicas y políticas. La ordenación del Suelo No Urbanizable es sólo una parte que no debe desligarse del resto del sistema de planificación, pero que en ocasiones puede convertirse en un significativo limitante.
La metodología de este trabajo ha consistido básicamente en la recogida, la selección y el
tratamiento integrado de la información disponible, complementada con trabajo de campo. Las fuentes de información han proporcionado datos recogidos con distintas finalidades y por diferentes organismos. Por otra parte, la diversidad de escalas, de grado de detalle y de ámbito espacial obliga a una importante tarea de homogeneización. Es preciso, por ello, insistir ante los organismos responsables sobre la necesidad de generar información básica y hacerla accesible mediante la mejora de las redes de comunicación.
Los trabajos de campo y la fotointerpretación han contribuido de manera esencial al
conocimiento del territorio, en especial de las partes del territorio sujetas a mayores cambios. En concreto, el término municipal ha sido analizado con las ortoimágenes más recientes. El estudio diacrónico y el trabajo de campo ha permitido identificar:
‐ Áreas de riesgo de inundación del río Mesa. ‐ Áreas de inundaciones puntuales por arroyada superficial en los Barrancos de San Vicente,
de Santa Águeda y de Valcecebada. ‐ Delimitación del área natural de las hoces del río Mesa y Barranco de la Cañada de
Campillo.
El proceso seguido en este trabajo se resume básicamente en las etapas de inventario y clasificación, valoración de la calidad del medio y clasificación, aportando ideas para la definición de normas y demás mecanismos de gestión. Los datos se han sometido a un proceso de manipulación, generalización, interpretación y síntesis, según los modelos y técnicas de integración más adecuados para cada caso, utilizando como base cartográfica la planimetría de la Diputación General de Aragón, escala 1:5.000 y la cartografía catastral, sobre la que se ha clasificado la totalidad de parcelas del municipio.
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4 AVANCE DE PLANEAMIENTO
Jaraba es una población relativamente alejada de las grandes infraestructuras de la movilidad territorial (autovía y ferrocarril en Cetina a 17 km; Caatayud a 40 km; Zaragoza a 124 km).
La evolución demográfica del municipio a lo largo del s.XX ha sido regresiva, si bien en los inicios
del nuevo siglo parece que la situación demográfica se ha revertido, experimentándose cierto crecimiento de población relacionada principalmente con el afianzamiento del sector terciario y turístico, (Padrón 2008: 349 habitantes).
Jaraba es un municipio próspero. La consolidación en los últimos años de la industria termal y
del turismo termal, ha favorecido la creación de numerosos puestos de trabajo y el crecimiento de afiliados a la seguridad social. Se puede decir que Jaraba ofrece más puestos de trabajo que población activa, por lo que en este momento genera empleo para localidades próximas. La tasa de paro está por debajo de la de la provincia de Zaragoza y la de la Comunidad autónoma de Aragón. La cifra de puestos de trabajo que ofrece Jaraba está en torno a los 300 y se centra principalmente en la actividad de las plantas embotelladoras y los establecimientos balnearios. Muchos trabajadores se desplazan a diario desde municipios próximos (Calmarza, Ibdes, Calatayud...) y otros viven en Jaraba sin estar empadronados por lo que hay más población de hecho que de derecho.
La explotación de las surgencias de agua constituye el principal factor de dinamismo de la
economía local, destacando los tres establecimientos balnearios existentes (Serón, Sicilia y La Virgen), y la riqueza mineralógica de sus aguas, declaradas de utilidad pública, y especialmente indicadas para afecciones renales y reumáticas. Por otra parte, la industria embotelladora de agua mineral cuenta con tres establecimientos en la localidad (Fontjaraba, Lunares, Fontecabras).
El entorno natural de Jaraba, condicionado por sus características geológicas, es uno de sus
mayores atractivos. La singularidad paisajística de la villa y la belleza de las riberas y cañones en torno al río Mesa se unen a un óptimo estado de conservación que permite paseos de gran riqueza naturalista. El municipio cuenta con 3064,37 has parte de la Red Natura 2000 que se encuentran principalmente en torno a las hoces y cañones del Río Mesa. El embalse de la Tranquera, próximo a Jaraba, supone también un importante activo turístico.
El actual contexto de crecimiento económico de Aragón, en particular del sector turístico, ha
alcanzado al municipio de Jaraba en el que existen importantes instalaciones balnearias y un privilegiado entorno natural, lo cual lleva aparejadas nuevas necesidades urbanísticas a las que el nuevo PGOU deberá dar respuesta.
Es por tanto el desarrollo turístico el que hace concebir moderadas expectativas de crecimiento
residencial. El Avance propone áreas capaces de absorber un hipotético crecimiento ligado al turismo o a la creación de empleo industrial, que debido a la propia configuración topográfica del entorno de Jaraba (entre los cauces de los barrancos de Santa Águeda y San Vicente, y la ribera del río Mesa) solo puede producirse al E del mismo, en el espacio intersticial entre el núcleo y el barranco de San Vicente, y más allá, en terrenos de la vega del río Mesa comprendidos entre la carretera de Ibdes al N, el río Mesa al S, el barranco de San Vicente al O, y la carretera de Campillo al E.
El nuevo suelo residencial se concreta en dos áreas: • Área intersticial de crecimiento entre el casco urbano y el barranco de San Vicente, hoy
ocupada por terrenos agrícolas de regadío; para ello, es imprescindible su urbanización y conexión con la trama urbana. Se clasifica como SU‐NC.
• Área de expansión E, en la margen izquierda del barranco de San Vicente, entre la carretera de Ibdes y el río Mesa. Se clasifica como SUz‐D.
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En cuanto al suelo industrial, se han detectado disfunciones por la excesiva proximidad de algunas plantas embotelladoras con los balnearios de La Virgen y de Sicilia.
Asimismo, es voluntad municipal la creación de nuevo suelo industrial con buenas condiciones
de accesibilidad. El Avance propone ubicaciones industriales localizadas en la periferia del núcleo al E y O del actual casco urbano.
• Área O, junto al barranco de Santa Águeda y carretera de Calmarza, en parte sobre terrenos de propiedad municipal (antiguo campo de fútbol). Se clasifica como SU‐NC.
• Área de expansión E, junto a las carreteras de Ibdes y de Campillo, que debe albergar también un nuevo campo de fútbol. Se clasifica como SUz‐D.
4.1 SISTEMAS. 4.1.1 Sistema de comunicaciones.
El sistema general de comunicaciones por carretera está constituido por
• Carretera Comarcal A‐1501 de Castejón de las Armas a Jaraba (25,3 km) • Carretera Local A‐2501 de Campillo de Aragón a Deza por Cetina (41,6 km) • Carretera Z‐453 de Jaraba a Calmarza (7,1 km)
El acceso rodado principal a Jaraba se produce a través de la carretera A‐2501 que conecta con
la autovía N‐II (E‐90) junto al núcleo de Cetina. En las proximidades de Jaraba, dicha carretera discurre por el barranco de Valdecebada (que desemboca en el río Mesa a unos 800 m al E de la población), y al llegar a la vega del Mesa surgen de la misma hacia el E la carretera A‐1501 que conduce a Ibdes, y hacia el O la Z‐453 que atraviesa Jaraba y conduce hacia Calmarza a través de los cañones del Mesa.
El sistema viario urbano estructurante se compone de la antigua travesía de la carretera Calmarza‐
Ibdes, por las calles Santa Águeda – Mayor – San Vicente en dirección O‐E (hoy sustituida para el tráfico de paso por la “variante” N de la población), y por los viales C/. San Antón y Cº. de la Viuna (hacia el N), y por lo que respecta al casco antiguo por las calles de C/. Enmedio, C/. Padre Rodríguez y C/. Castillo, todas ellas con trazado E‐O. Como complemento, el resto de calles permiten la accesibilidad a las parcelas.
La red descrita presenta algunos problemas, destacando el del tráfico de paso, que pese a la “variante” N (que en realidad es un vial urbano) vuelve a desembocar en C/. Santa Águeda en un tramo con latitud insuficiente para el cruce de vehículos. El Avance ha previsto actuaciones que eviten el paso por dicho tramo angosto de C/. Santa Águeda:
• Desvío del tráfico por un vial alternativo de 10 m de anchura, ampliando la calle ante el bloque
de viviendas protegidas (Trav. de Santa Águeda), para retornar a la carretera de Calmarza antes del cruce de esta sobre el barranco de Santa Águeda.
• Rectificación de la variante desde su tramo N, para atravesar en túnel el promontorio al NO del pueblo, y retornar a la carretera de Calmarza antes del cruce de esta sobre el barranco de Santa Águeda.
Por lo demás, el Avance contempla en general el mantenimiento de la trama histórica, y la
mejora de conectividad mediante la apertura y/o urbanización de algunos nuevos viales en suelo urbano (barrio de la Viuna), y sugiere la implantación de un sistema viario mallado en las áreas de crecimiento.
El aparcamiento en los establecimientos balnearios es uno de los problemas que el Avance
propone resolver mediante la creación áreas específicas de aparcamiento en su entorno próximo.
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4.1.2 Sistema de infraestructuras.
En cuanto a las infraestructuras, y tras las mejoras recientes o en curso de ejecución que han venido a paliar déficits históricos (abastecimiento, depuración), el Avance propone:
Mejoras paulatinas de las redes de distribución de agua potable y de alcantarillado. Soterramiento progresivo de tendidos eléctricos y telefónicos aéreos en suelo urbano.
4.1.3 Sistema de espacios verdes.
En el sistema de espacios verdes, la actuación más importante se refiere a la propuesta de calificación como zona verde (pública, o privada vinculada al uso público) del parque privado de los balnearios Serón y Sicilia junto al río Mesa. Dicha calificación, facultaría, en su caso, para la expropiación de dichos espacios, si bien es compatible la titularidad privada y el uso público del parque.
Dicho parque urbano debe tener continuidad territorial a lo largo de las riberas del río Mesa,
aguas arriba y aguas abajo de Jaraba, en terrenos que se clasifican en una pequeña parte como SUz (sectores al E del núcleo) y en su mayor parte como SNUE de protección paisajística y de riberas y cursos de agua, para el que se prescribe la necesidad de un Plan Especial de protección paisajística.
Otra gran propuesta del Avance es la fijación del destino de zona verde de la zona de bodegas y
eras en la cima y laderas del promontorio, que reúne interés paisajístico (vistas), interés patrimonial (posibles restos arqueológicos en el subsuelo que pueden dar lugar a un parque arqueológico, eras pavimentadas), proximidad a la población y su casco antiguo, y continuidad con el parque del Mesa.
Las pequeñas zonas verdes existentes en el casco urbano, se mantienen con dicho carácter. En suelo urbano no consolidado se ha previsto la obtención de ciertas superficies con destino al
sistema, en desarrollo de las unidades de ejecución previstas. Asimismo, en desarrollo de los suelos urbanizables se obtendrán superficies destinadas al sistema.
En fin, la propuesta de mayor alcance es el tratamiento de los espacios ribereños del Mesa
como un gran espacio o corredor verde a escala regional. 4.1.4 Sistema de equipamiento comunitario.
El sistema de equipamiento comunitario existente en Jaraba puede considerarse mínimo para la población del municipio.
Ayuntamiento Cementerio municipal Centro de la Tercera Edad Servicio Social de Base Escuela Infantil Colegio del CRA Mesa‐Piedra Consultorio médico Farmacia Zona deportiva municipal: frontón y terrenos vacantes. Equipamiento religioso: iglesia de la Transfiguración y ermita de la Virgen.
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El Avance prevé la incorporación de otros suelos con destino al sistema, como son los equipamientos de los balnearios Serón y Sicilia, que califican como equipamientos de dominio y uso públicos, calificación que faculta, en su caso, para la expropiación de dichos espacios, si bien es compatible la titularidad privada y el uso público de los mismos.
La calificación de los terrenos del antiguo campo de fútbol como zona industrial, ha llevado a
proponer un nuevo emplazamiento del campo de fútbol, entre el nuevo polígono industrial al E de la población y el río Mesa, en terreno que se clasifica como SUz‐D con la calificación de equipamiento con objeto de la obtención gratuita de los terrenos. 4.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO.
El sentido de la clasificación del suelo es el de establecer los distintos regímenes jurídicos aplicables a la propiedad de las distintas clases de suelo, o con otras palabras, las distintas condiciones (derechos y obligaciones) inherentes a la propiedad del suelo.
El Avance esboza una posible clasificación del suelo distinguiendo el suelo urbano consolidado y el no consolidado, en el que se incluyen ámbitos que requieren algún proceso de específico de gestión (unidades de ejecución), y áreas de crecimiento residencial que se clasifican como suelo urbanizable “delimitado”.
En función del resultado de la participación pública en el Avance, podría reconsiderarse la clasificación de algunas porciones de suelo. 4.2.1 Suelo urbano.
La delimitación del suelo urbano, emana de los objetivos expuestos en el apartado de Criterios y Objetivos de Planeamiento.
De acuerdo con ellos se ha clasificado como suelo urbano una superficie justificada s/. LUA, con el objetivo de consolidar y completar el núcleo urbano, tanto en sus bordes como en los vacíos existentes en el interior, usando las tramas históricamente formadas, y aprovechando las redes de infraestructuras y caminos existentes para clasificar terrenos próximos.
Se trata de una clasificación de suelo urbano adecuada a la capacidad de las infraestructuras existentes o previstas, que facilita a corto y medio plazo la creación de suelo urbano a un coste mínimo, así como asegurar la eficacia de la gestión municipal. El criterio seguido ha sido el de recoger terrenos con situaciones consolidadas en mayor o menor grado, o con servicios urbanos próximos (fácil conexión). Por lo demás, la clasificación ha sido estricta, incluyendo aquellos terrenos cuya edificación parece más factible y coherente con los objetivos de planeamiento.
La existencia de ciertas áreas con problemas de gestión, y/o carentes de la totalidad o parte de los servicios urbanos, como son ciertas áreas de borde, áreas intersticiales o vacíos urbanos, obliga de acuerdo con la Ley del Suelo y LUA, a establecer ciertas condiciones especiales de gestión, que garanticen que estas zonas llegarán a poseer la totalidad de los servicios urbanos en ejecución del planeamiento.
Lo anterior unido a la conveniencia de mejorar en ciertos puntos condiciones de urbanización que atañen al viario, sistema de espacios libres, sistema de equipamiento, infraestructuras, etc., lleva a distinguir dentro del suelo urbano las categorías de suelo urbano consolidado (solares) y suelo urbano no consolidado (unidades de ejecución).
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Así, las Unidades de Ejecución aparecen como aquellas porciones del suelo urbano, en las que son precisas ciertas operaciones previas a su consideración como solares de pleno derecho, y a la edificación subsiguiente, y permitirá en general la recuperación de plusvalías de urbanización por el Ayuntamiento; en particular las cesiones gratuitas de espacios libres y suelos dotacionales al servicio de la UE, la completa urbanización y la cesión del 10% de aprovechamiento.
Estas operaciones previas son diferentes para las distintas unidades de actuación, si bien suelen ser:
• Plan Especial o Estudio de Detalle cuando así se indica • Reparcelación • Cesión de viales, espacios libres, y/o equipamiento • Ejecución de la totalidad o parte de la urbanización
La delimitación de las unidades de ejecución se ha efectuado en general de modo que
afectando a un número mínimo de propietarios, posibiliten la reparcelación voluntaria, o la ágil implementación de los procesos administrativos inherentes a los sistemas de actuación que establece la Ley Urbanística de Aragón (LUA).
Normalmente el sistema de actuación previsto para desarrollar las unidades de ejecución es el de compensación (simple reparcelación en la mayor parte de los casos), o subsidiariamente cooperación, si bien no se descarta la ulterior definición de los sistemas de actuación aplicables con arreglo a la legislación autonómica (LUA).
El Avance define diversas unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado (SU‐NC):
UE‐1 Urbanización de terrenos periféricos al O del núcleo, para dar lugar a un nuevo trazado de la “variante” de la carretera de Calmarza.
UE‐2 Urbanización de un área intersticial entre el casco y el muro de la margen derecha del barranco de San Vicente para uso residencial, con obtención de verde público junto al canal del Molino.
UE‐3 Urbanización de las traseras de las parcelas con frente a C/. San Antón, integradas en un área intersticial entre el casco y el muro de la margen derecha del barranco de San Vicente para uso residencial (UE‐2). Su desarrollo está supeditado al de la UE‐2.
UE‐4 Urbanización de un área ocupada por edificaciones heterogéneas (gasolinera, báscula, antiguas edificaciones agrícolas obsoletas, etc.), junto a la “variante” de la carretera Jaraba‐Calmarza, con obtención de verde público (antigua era) a modo de mirador.
UE‐5 Urbanización de la barriada aislada del núcleo junto a la carretera Jaraba‐Ibdes, con objeto de completar las infraestructuras urbanísticas.
UE‐6 Urbanización de un área periférica ubicada al O del núcleo (antiguo campo de fútbol), para usos industriales.
Asimismo se definen unidades de ejecución sujetas a la aprobación de sendos Planes Especiales para definir la ordenación, urbanización y cesiones de las áreas balnearias de “Serón” y “Sicilia”: UE‐“Sicilia” Ordenación de volúmenes edificables y urbanización del área del balneario
“Sicilia”, sujeta a la aprobación de un Plan Especial. El Avance indica una propuesta de delimitación de áreas de movimiento de la edificación (zona hostelera), áreas de aparcamiento, verde, equipamiento, etc., con carácter indicativo.
UE‐“Serón” Ordenación de volúmenes edificables y urbanización del área del balneario “Serón”, sujeta a la aprobación de un Plan Especial. El Avance indica una propuesta de delimitación de áreas de movimiento de la edificación (zona hostelera), áreas de aparcamiento, verde, equipamiento, etc., con carácter indicativo.
Las unidades de ejecución descritas se han reflejado en los planos de Avance.
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Respecto de la calificación urbanística del suelo urbano, el Avance contiene una somera definición de la futura zonificación, distinguiendo la zona residencial y la zona industrial, así como la zona “hostelera”. En el futuro documento del PGOU se definirán dentro de la zona residencial del Avance las zonas de “casco antiguo”, “manzanas con alineaciones definidas”, y “parcelas de ordenación libre”, con una densidad decreciente, basada en criterios morfológicos, tipológicos e históricos.
La tendencia de la futura zonificación es el mantenimiento de la forma de ocupación del suelo e intensidades dominantes (edificabilidad, fondos, alturas, etc.), tratándose los usos según las incompatibilidades establecidas a través del Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas, pero permitiendo en todo caso una saludable mezcla de usos residenciales y productivos. 4.2.2 Suelo No Urbanizable
Los sistemas naturales y agrícolas de Jaraba organizan el sistema territorial municipal, a la vez que indican unas categorías del medio físico y rural peculiares en un espacio rural aragonés. La clase de suelo no urbanizable incluye y tiene por objeto preservar ciertos terrenos sometidos a regímenes especiales de protección de acuerdo con la legislación sectorial, en razón de sus valores paisajísticos, ambientales, culturales (históricos, arqueológicos, etc.), científicos, ecológicos, geológicos, agrícolas, forestales, de riesgos naturales, o sujetos a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público, etc., incompatibles con su transformación. Los propietarios de suelo de esta ‘clase’ tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de los terrenos conforme a la naturaleza de los mismos y la utilización racional de los recursos naturales, de conformidad con lo que establecen tanto la legislación urbanística, como las sectoriales. El uso principal de esta clase de suelo es el agrícola, ganadero, extractivo, forestal, paisajístico, cinegético, recreativo, soporte de servicios técnicos, infraestructuras, etc., no admitiéndose el uso residencial aislado.
La ordenación propuesta por el equipo redactor para el ‘Suelo No Urbanizable’ está orientada hacia una sostenibilidad del sistema, donde las características del medio determinen un planeamiento equilibrado. El Avance y posterior Plan no se limita a establecer una ordenación conservadora del suelo no urbanizable a base de restricciones al uso, sino que establece una ordenación en positivo, con objeto de impulsar y mejorar las condiciones de uso de ciertas áreas, el corredor del río Mesa, las hoces y cortados homónimas, el patrimonio cultural que constituyen las infraestructuras hidráulicas tradicionales, la atención a las zonas de riesgo hídrico del río Mesa y barrancos tributarios, así como los cultivos de secano tradicionales. Se distinguen dos categorías: suelo no urbanizable especial (SNUE) y suelo no urbanizable genérico (SNUG). 4.2.2.1 Suelo No Urbanizable Especial (SNUE)
La clase de Suelo no Urbanizable Especial tiene por objeto preservar aquellos terrenos con excepcionales valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, ecológicos, geológicos, agrícolas, forestales, de riesgos naturales, o sujetos a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público, etc., incompatibles con su transformación.
Amplios sectores municipales se han califica como ‘Especial’ debido a que se ha considerado
procedente el establecimiento de condiciones especiales relacionadas con la preservación de las características naturales, productivas y culturales, actuales y/o potenciales, de estos espacios o enclaves frente a eventuales alteraciones. Esta clase de suelo se afecta por una calificación que la subdivide en zonas, para cada una de las que se establecen condiciones específicas relacionadas con la tipología edificatoria, la intensidad de los aprovechamientos y la naturaleza de los usos admitidos.
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Se divide en las categorías que se detallan a continuación: A. Protección del ecosistema natural ‐ Cauces (SNUE CC) ‐ Sotos y riberas fluviales (SNUE SR) ‐ Cubierta arbustiva natural (SNUE CA) ‐ Cubierta arbórea natural (SNUE CAR) ‐ Hoces y cortados (SNUE HC) ‐ Montes catalogados (SNUE MC) ‐ ZEPA / LIC (SNUE ZEP/LIC) ‐ Vías pecuarias (SNUE VP) ‐ Espacio de Interés Turístico de las Hoces del río Mesa (SNUE EIT)
B. Protección del ecosistema productivo agrario ‐ Protección del regadío (SNUE R)
C. Protección del patrimonio cultural en el medio rural (SNUE PC)
D. Terrenos sujetos a protecciones sectoriales y complementarias ‐ Protección del sistema de comunicaciones viarias e infraestructuras hidráulicas (SNUE SCI) ‐ Protección de riesgos naturales singulares (SNUE RN): zonas inundables por escorrentía
superficial (SNUE RNES) ‐ Servidumbres (SNUE SER)
4.2.2.1.A Protección del ecosistema natural
Se consideran ecosistemas naturales las zonas deshabitadas donde las actividades humanas no varían apreciablemente las condiciones naturales, de aprovechamiento agrícola del terreno, la fisonomía, la estructura y la función del espacio, ni limitan su capacidad para la autorreproducción. Las áreas naturales operan sin flujos energéticos o económicos controlados directamente por el hombre.
Estos son sistemas son accionados por la luz solar y otras fuerzas naturales como la lluvia, flujos de agua y viento. Son espacios que en términos económicos pueden tener un valor limitado pero que desde el punto de vista natural son insustituibles. Su función es la de purificar el aire, reciclar las aguas, producir alimento para la fauna, etc., es decir, desarrollar aquellos procesos necesarios para el mantenimiento de la vida sin más aportes energéticos que los naturales.
El Suelo No Urbanizable Especial de protección del ecosistema natural comprende las siguientes
categorías:
‐ Cauces (SNUE CC) ‐ Sotos y riberas fluviales (SNUE SR) ‐ Cubierta arbustiva natural (SNUE CA) ‐ Cubierta arbórea natural (SNUE CAR) ‐ Hoces y cortados (SNUE HC) ‐ Montes catalogados (SNUE MC) ‐ ZEPA / LIC (SNUE ZEP/LIC) ‐ Vías pecuarias (SNUE VP) ‐ Espacio de Interés Turístico de las Hoces del río Mesa (SNUE EIT)
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4.2.2.1.A.1 Cauces (SNUE CC) Se trata de espacios que geomorfológicamente y ecológicamente forman parte de un río o
barranco. Coinciden con la galería riparia, si existe, entre el ecosistema acuático y el terrestre: en las avenidas importantes, el agua desbordada del cauce ordinario fluye por el lecho mayor y pequeños canales de crecida. El funcionamiento de estos últimos es compatible, en la mayoría de los casos, con los usos agrícolas, pero no así con las construcciones, vallados y cualquier otro tipo de obstáculo que se oponga a la circulación del agua y pueda incrementar el riesgo natural.
Ejemplos de cauces en el río Mesa y barrancos tributarios
4.2.2.1.A.2 Sotos y riberas fluviales (SNUE SR)
Jaraba cuenta con espacios naturales fluviales de diversa tipología: aguas arriba del casco urbano el río Mesa mantiene una excelente estructura natural, diversa y dinámica, que complementa la vegetación típica de los cortados y hoces circundantes. Por el contrario, los sotos y riberas fluviales que se mantienen aguas debajo de Jaraba observan una calidad baja debido a la profunda deforestación que han sufrido, en beneficio de espacios dedicados a actividades agrícolas de regadío, en la actualidad en numerosas ocasiones en desuso. Los barrancos tributarios también observan esta diversidad de ambientes: así, mientras el Barranco de la Cañada de Sotillo recibe claras influencias del río Mesa donde desagua, los barrancos provenientes de sectores septentrionales, sobre litologías terciarias detríticas actúan como verdaderas ramblas de tipo mediterráneo, erosionando sus márgenes y arrastrando una carga sedimentaria muy importante, impidiendo el crecimiento de formaciones vegetales ribera.
El río Mesa es un corredor verde, de anchura variable, conectado con los espacios de regadío que le circundan, si bien en la actualidad, lejos de contar con un pasillo vegetal ribereño continuo y amplio, las formaciones vegetales de ribera se encuentran reducidas a pequeños enclaves desconectados entre sí, en muchos casos a modo de bosque ripario de galería. Todos los barrancos tributarios están desprovistos de vegetación arbórea y sufren múltiples agresiones ambientales, fundamentalmente para la obtención de gravas y arenas.
El valor de las riberas y bosque fluvial estriba, por un lado, en su singularidad paisajística, ya
que las masas arboladas son muy poco frecuentes tanto en los espacios regadío intensamente cultivados como es la vega del río Mesa, como en las tierras más altas donde las adversas condiciones ambientales y la sobreexplotación del medio por el ganado determinó una importante roturación de la cobertura vegetal de porte arbóreo y arbustivo, que en la actualidad ofrece serios signos de recuperación.
Las masas de vegetación de ribera más extensas e interesantes se encuentran precisamente a las orillas del cauce del río Mesa, colonizando los espacios formados a partir de paquetes sedimentarios de grava en pointbars y sectores de pequeño tamaño con vegetación riparia natural que han podido sobrevivir tras la intensa deforestación que sufren sus márgenes, en numerosas ocasiones entre caminos rurales a modo de diques de contención (especialmente en aquellos espacios incluidos en la categoría de ‘Zona Natural Especial de las Hoces del río Mesa’).
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En ocasiones esta deforestación ha dado pie a posteriores plantaciones de especies de rápido crecimiento, en su gran mayoría con Populus nigra, o bien a aprovechamientos agrícolas que alcanzan prácticamente el propio cauce, como ocurre aguas debajo de Jaraba. En escasos espacios se mantienen todavía encharcados, con una lámina de agua más o menos extensa en función de la rapidez de la colonización vegetal y del relleno por sedimentación.
Las funciones ecológicas de estos espacios son bien conocidas. Juegan un papel fundamental en la defensa y estabilidad de las orillas. Numerosos expertos coinciden en señalar que un soto bien desarrollado es una buena defensa frente a la erosión fluvial y la que menos cuidado y mantenimiento requiere. Los bosques de ribera juegan un importante papel geomorfológico al frenar la fuerza de los caudales de crecida e impedir la erosión de las orillas, de manera que el entramado de las raíces de un soto bien desarrollado y conservado constituye la defensa más efectiva contra la erosión fluvial, siendo igualmente el sistema de contención que menos cuidado y mantenimiento requiere.
Un bosque de ribera en situación de avenida aumenta la rugosidad de la orilla, generando
turbulencias locales que dispersan la fuerza de la corriente y favorece la sedimentación diferencial de gravas, arenas y limos, formando un suelo aluvial muy rico. Su importancia ecológica se ve especialmente revalorizada en la actualidad a causa del carácter residual y discontinuo de gran parte de los sotos del río Jalón.
Ejemplos de comunidades de ribera en el río Mesa
De ahí que se ha dispuesto la delimitación de una banda de protección de las riberas del río
Mesa y principales barrancos tributarios que incluye sotos lineales, formaciones más densas y espacios cercanos a los mismos que mantienen una íntima dependencia funcional con estos.
Para garantizar la mejora y conservación de los cursos fluviales se deberán sentar unas bases de
planificación municipal‐territorial tanto de la cuenca como del espacio fluvial municipal, empezando por la protección de estos medios tan frágiles y que recogen toda la ‘información’ de los que acaece en sus cuencas.
Todo lo anterior ofrece argumentos para considerar los pequeños bosques de ribera del río Jalón
como un conjunto de espacios naturales de interés máximo aún cuando estén en numerosas ocasiones en malas condiciones, cuyos valores ecológicos, recreativos y de restauración ambiental deben ser contemplados y aprovechados en toda actuación municipal.
4.2.2.1.A.3 Cubierta arbustiva natural (SNUE CA)
Pertenecen a esta categoría aquellos espacios que están cubiertas por un matorral disperso de porte generalmente escaso, generalmente derivados de aprovechamientos abusivos de espacios boscosos y sobrepastoreo, cuando no quemados, situados tanto en las laderas septentrionales de la llanura aluvial del Mesa, como en las amplias superficies de erosión de los páramos que asoman en la fachada sur municipal, por encima de las hoces del río Mesa, terrenos por lo general de baja calidad o de difícil acceso para la maquinaria agrícola.
Cuando los carrascales se incendian suelen derivar en sardas de coscoja, especie que ocupa en la
actualidad lomas areniscosas alnorte del municipio, acompañado habitualmente de plantas de tomillo (Thymus vulgaris), aliagas (Genista scorpius), esparto (Lygeum spartum) o retamas (Retama sphaerocarpa),
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junto a ontinas (Artemisa aragonensis), etc. Los matorrales de romero ocupan una dominancia importante en lugares ocupados antiguamente por carrascales y sardas. Por último, los tomillares suelen proceder de la degradación de los romerales y en ellos domina el ‘tremoncillo’.
Comunidades vegetales arbustivas de romero y aliagas
Al sur, sobre las cabeceras de varias afluentes del río Jalón crecen enormes extensiones con
formaciones vegetales de porte arbustivo/matorral: rosas (Rosa sp.), espinos (Rhamnus saxatilis), aulagas (Genista scorpius), aliaga (Genista scorpius), tomillo (Thymus vulgaris), etc.
4.2.2.1.A.4 Cubierta arbórea natural (SNUE CAR)
Pertenecen a esta categoría aquellos espacios que están cubiertos por vegetación de porte arbóreo de crecimiento natural, merced tanto al abandono de las prácticas agropecuarias tradicionales y que están ocupando antiguos espacios roturados, situados por lo general sobre los sectores más elevados y con peor accesibilidad del municipio, como a prácticas de reforestación –y que en la actualidad se trata de masas en proceso de naturalización‐.
Entre las especies presentes que abundan al norte crecen encinas (Quercus iles), coscojas (Quercus
coccifera), carrascas (Quercus rotundifolia) y pequeños rodales de quejigos (Quercus faginea). Al sur de estos, se repoblaron con pino carrasco extensas superficies de las cuencas vertientes de los Barrancos de Santa Águeda, San Vicente y Valdecebada.
Comunidades vegetales arbóreas con pinos de repoblación y naturales, carrascas y encinas
4.2.2.1.A.5 Hoces y cortados (SNUE HC)
Esta unidad comprende la superficie que queda entre el límite superior de los farallones
calcáreos que disponen aguas arriba del casco urbano de Jaraba, incluyendo pared verticales, formaciones boscosas y cauces, hasta el límite meridional del término municipal que linda con Calmarza. En Jaraba el río Mesa desarrolla un recorrido sinuoso e intrincado al que se unen otros cortados abiertos por cursos afluentes (Barranco de la Cañada de Campillo).
Este espacio permite el crecimiento de especies que no pueden soportar las condiciones
climáticas de la unidad superior (páramo y superficies de erosión): efedra (Ephedra nebrodensis), cornicabra (Pistacia terebinthus), etc. La escasa anchura del curso fluvial, verticalidad, humedad y la presencia de aguas termales ha permitido el mantenimiento de unas condiciones ambientales privilegiadas para las especies naturales, en especial para las fluviales y rupícolas.
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Ambientes típicos de de las hoces del río Mesa y Barranco de la Cañada de Campillo
Las posibilidades que ofrecen las paredes son aprovechadas por la vegetación en varios
niveles1. Las balconadas son comunidades de plantas que aprovechan el suelo acumulado en rellanos o escalones horizontales a distintas alturas de los escarpes. Las plantas rupícolas especialistas de las rocas se disponen de los escarpes (zapaticos de la virgen, uñas de gato, ombligo de Venus, etc.).
En las orillas del Mesa abundan los rodales discontinuos de álamo negro (Populus nigra),
cañaveras (Arundo donax), carrizales (Phragmites australis), junqueras (Juncos y Scirpus sp) y espadañas (Typha dominguensis).
4.2.2.1.A.5 Montes catalogados (SNUE MC) El municipio de Jaraba presenta los siguientes Montes Catalogados: ‐ Z‐1029. Montes de la Diputación General de Aragón. ‐ Z‐1027. Montes de la Diputación General de Aragón. ‐ Z‐3001. Consorcios en montes de libre disposición. ‐ Z‐1021. Montes de la Diputación General de Aragón. ‐ Z‐3001. Consorcios en montes de libre disposición. ‐ Monte de Utilidad Pública.
Mojón del Monte de Utilidad Pública 361
1. Piñeira, A. “La naturaleza en la Comunidad de Calatayud”, en Comarca de Calatayud. DGA.
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4.2.2.1.A.6 Zona de Especial Protección para las Aves y Lugar de Importancia Comunitaria (SNUE
ZEP/LIC) La Red Natura 2000 es una de las herramientas de la Unión Europea para la aplicación de una
política común en materia de medio ambiente. Fue creada por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre, conocida como Directiva Hábitats. Esta Red está formada por las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) creados por la Directiva Hábitats, a las que hay que añadir las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) designadas en aplicación de la Directiva Aves (Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres).
La Directiva Hábitats pretende garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los
hábitats naturales incluidos en su Anexo I y de las especies de fauna y flora silvestres incluidas en su Anexo II. Para ello se han seleccionado por la Unión Europea unos Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que en el momento que sean designados por los Estados pasarán a denominarse Zonas de Especial Conservación (ZEC). La definición de la red incluye la de los corredores ecológicos necesarios para asegurar la conexión de los lugares que constituyen actualmente enclaves tróficos, de descanso y refugio frente a agresiones humanas, funcionando como rutas para la migración y el intercambio genético de la fauna y de la flora silvestres.
La Directiva Aves tiene como uno de sus objetivos preservar, mantener o restablecer una
diversidad y una superficie suficiente de hábitats para prácticamente todas las especies de aves, designando para ello Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y manteniendo los hábitats en donde estas aves habitan.
‐ ZONA DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES (ZEPA) ‘Hoces del río Mesa’. Ocupa una
extensión de 3.064 has en el municipio de Jaraba. Descripción. Espacio de gran variabilidad paisajística atravesado por una alineación montañosa que supera los 900 metros y que conecta por el sur con una extensa superficie de erosión de naturaleza carbonatada, la cual se prolonga por la provincia de Guadalajara. El sector NW está dominado por formaciones detríticas terciarias dominando los materiales conglomeráticos, areniscosos y arcillosos. Entre ambos sectores el río Mesa, en su tramo medio, secciona el espacio en dos partes labrando un profundo cañón fluvial con meandros encajados. El río en este sector atraviesa, claramente inadaptado a las estructuras dominantes, cortando la superficie de erosión y aprovechando la unión discordante entre las formaciones detríticas y los relieves calcáreos citados. La excavación cuaternaria en el Valle del río Mesa ha labrado profundas y sinuosas gargantas en los materiales carbonatados. Es un río de régimen hídrico pluvial y puramente mediterráneo, con máximos de caudal equinociales y un marcado mínimo estival. En este sector recibe los aportes de algunos barrancos laterales que discurren por materiales terciarios aportando gran cantidad de aluvión. En el fondo del valle aparecen depósitos aluviales poco desarrollados en este sector, aprovechados para el asentamiento de franjas laterales con bosques galería en los que predomina Populus alba, Populus nigra y Salix alba. La buena conservación de este sector del río y la presencia de importantes paredones calcáreos favorece la presencia de numerosas especies ligadas a estos ambientes. En las sierras laterales predomina un mosaico de matorrales y herbazales en diferentes grados de madurez y cubrimiento, destacando las formaciones de Juniperus phoenicea y Rosmarinus officinalis. Junto a sectores con predominio de tomillar mixto y Brachypodium retosum, encontramos zonas con Cervo‐timo‐aliagar. El pastoreo es la actividad más destacada siendo importante en todo el sector y condicionando la progresión del matorral. Las repoblaciones forestales de Pinus halepensis poco integradas en el medio pueblan amplios sectores de la parte noroccidental.
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Importancia. Hoz de orígen fluvial con grandes paredones calcáreos que favorecen la presencia de una importante avifauna asociada a estos ambientes. Las diferentes formaciones de matorral mediterráneo están dominadas por sabinares y romerales de gran diversidad específica. Pequeña área que incluye las hoces de mayor entidad del río Mesa en su límite con la provincia de Guadalajara y algunos barrancos tributarios. Importante conjunto de cortados de origen fluvial situado entre las localidades de Jaraba y Calmarza. Formaciones de matorral mediterráneo y pinares de repoblación en las laderas. Bosques de ribera y huertas tradicionales en el curso del río. Alberga una importante colonia de Gyps fulvus que tiene continuidad con el tramo superior del río, ya en Guadalajara. Presencia de Aquila chrysaetos, Neophron percnopterus, Falco peregrinus y Bubo bubo. Recientemente extinguida Hieraaetus fasciatus, existiendo territorios activos próximos que favorecerían su recolonización. También son de interés las poblaciones de Oenanthe leucura, Pyrrhocorax pyrrhocorax, y abundantes Sylvia undata y Galerida theklae.
‐ LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA (LIC) ‘Hoces del río Mesa’. Ocupa una extensión
de 3.064 has en el municipio de Jaraba. Descripción. La misma que para la figura de ZEPA. Importancia. La misma que para la figura de ZEPA. Objetivos de conservación: Hábitats de Interés Comunitario. o 3150 Vegetación hidrofítica enraizada o flotante de lagos y aguas ricos en nutrientes. o 4090 Matorrales mediterráneos y oromediterráneos primarios y secundarios con
dominio frecuente de genisteas. o 6220 * Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. o 6420 Juncales mediterráneos. o 92A0 Saucedas y choperas mediterráneas. o 9340 Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia. o 5210 Fruticedas y arboledas de Juniperus.
Objetivos de conservación: fauna. o Chondrostoma toxostoma.
4.2.2.1.A.7 Vías pecuarias (SNUE VP)
El proyecto de clasificación de las vías pecuarias del término de Jaraba se halla sin aprobar
legalmente. La clasificación, según el artículo 17 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón, “es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, categoría, anchura, trazado, obras e instalaciones anejas y propias de la vía pecuaria y demás características generales de cada una de ellas”, por lo que, al no haberse producido tal acto legalmente, las vías pecuarias del término de Jaraba no se hallan legalmente acogidas a la protección de la citada Ley 10/2005.
No obstante, el documento del Plan general recoge el patrimonio cultural y pecuario que
suponen las vías pecuarias del término, aun cuando no se hallen clasificadas, manteniendo la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y la continuidad de los trazados, junto con la del tránsito ganadero, así como los demás usos compatibles y complementarios de aquél, siguiendo el espíritu dictado por el artículo 27 de la citada Ley 10/2005 de Vías Pecuarias de Aragón.
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La red básica de vías pecuarias catalogadas por la Diputación General de Aragón (SNUE VP) son cuatro, con una longitud total aproximada 17,54 km.
‐ Vereda del Escobarejo. Longitud: 12.500 m. Anchura: 20,89 m. ‐ Colada de Las Carboneras o de Valrroge. Longitud: 5.000 m. Anchura: 10 m. ‐ Colada de Las Carboneras. Longitud: 20 m. Anchura: 10 m. ‐ Colada de Las Lomas. Longitud: 20 m. Anchura: 10 m.
4.2.2.1.A.8 Espacio de Interés Turístico de las Hoces del río Mesa (SNUE EIT)
Atendiendo a la Orden de 20 de julio de 20062 y al objetivo de conseguir un desarrollo equilibrado, sostenible y perdurable del municipio de Jaraba el documento de Avance ha delimitado una zona que incluye diversas categorías propuestas en el Plan General, con la finalidad de poder formular un Plan Especial para la protección, catalogación, conservación y mejora de los espacios naturales, del paisaje y del medio físico rural, del medio urbano, de los elementos culturales y patrimoniales y de sus vías de comunicación y caminos de las Hoces del río Mesa.
Vista de la hoz del río Mesa
Las características que le confieren esta singularidad son, fundamentalmente, las siguientes: ‐ Geomorfología y litología. La labor erosiva del río Mesa ha labrado unas profundas
gargantas sobre los materiales mesozoicos carbonatados. - Vegetación y fauna. Ver capítulos anteriores. ‐ Aguas termales. Las propiedades benéficas de las aguas de Jaraba eran ya conocidas desde
tiempos de los romanos que llamaron a los manantiales calientes de las cercanías del río Mesa ‘Aguas de las Ninfas’. En la Edad Media, en el lugar en el que hoy se encuentra el Balneario de la Virgen, se abrió una piscina donde los peregrinos que acudían al Santuario de la Virgen sanaban ciertas enfermedades. En la actualidad existen en el municipio cinco aprovechamientos de las aguas minero‐medicinales que dan lugar a tres establecimientos balnearios y tres plantas embotelladoras. Las aguas de Jaraba son aguas hipotermales (entre 20°C y 30°C) y de mineralización media, con predominio de bicarbonatos, sulfatos, calcio y magnesio. Su administración por vía oral o tópica resulta beneficiosa para las afecciones de las vías urinarias, reuma y vías respiratorias
‐ Manantiales. Las aguas de los manantiales del entorno de Jaraba surgen en diferentes estratos geográficos pertenecientes al Cretácico Superior. Hasta veinte puntos de captación se encuentran en las márgenes del río Mesa a lo largo de una zona de dos kilómetros y medio en las inmediaciones del núcleo urbano de Jaraba. Los manantiales utilizados en los tres balnearios son los de Las Pilas y San José; en el Balneario de la Virgen,
2. Mediante Orden de 20 de julio de 2006, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, se declararon las ‘Hoces del Río Mesa’, en los municipios de Calmarza y Jaraba, como espacio de interés turístico de Aragón (Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón). Igualmente se atiende a la Orden de 20 de julio de 2006, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se declaran los ‘Balnearios de Jaraba’ como Bien de Interés Turístico de Aragón. Uno de los tres balnearios a los que se refiere dicha Orden (Balneario de la Virgen) se localiza en al área delimitada en el Plan General como ‘Espacio de Interés Turístico’.
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el de San Vicente en el balneario de Sicilia y los de La Peña y San Luis en el balneario de Serón. Los flujos termales y la temperatura de los mismos se mantiene estable a lo largo de todo el año: la temperatura de surgencia oscila entre los 18°C y los 31°C y el caudal de agua termal se estima entre 572 y 647 litros por segundo según cálculos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
‐ Actividades deportivas. Entre otras: o Senderos. Los atractivos parajes naturales en torno a este sector están unidos por una
red de senderos de pequeño recorrido (PR) que recupera itinerarios tradicionales. Muchos de estos itinerarios han sido acondicionados y señalizados y posibilitan la práctica del senderismo o del simple paseo.
Señalización de recorridos senderistas por el cañón del río Mesa
o Escalada. Diversas zonas de las Hoces del Mesa acogen itinerarios para la práctica de
este deporte. Las zonas de escalada se encuentran accesibles y cercanas a los lugares de aparcamiento. Están equipadas principalmente con parabolt, aunque en algún tramo pueden encontrarse vías equipadas con spit de 8 mm.
Sectores de escalada de las Hoces del río Mesa
o Pesca. El río Mesa ofrece la posibilidad de practicar el deporte de la pesca: en el tramo
comprendido entre el salto de la central en Calmarza y el Puente del Diablo en Jaraba se ha delimitado un tramo de pesca libre de captura y suelta donde se pesca la trucha.
‐ Yacimientos arqueológicos y Santuario de la Virgen de Jaraba. Existen diversos ejemplos de
patrimonio etnográfico como son las parideras tradicionales construidas aprovechando las oquedades en las paredes calcáreas cercanas al río Mesa y las cañadas pecuarias (Barranco de la Cañada de Campillo). El Santuario se ubica en el punto el que la leyenda ubica la aparición de la Virgen de Jaraba (confluencia del río Mesa y del Barranco de la Hoz Seca o de la Cañada de Campillo).
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Diversos ejemplos de patrimonio etnográfico y vista del Santuario de la Virgen
4.2.2.1.B Protección del ecosistema productivo agrario
En el plano de Estructura General y Orgánica del Territorio del Plan General se delimita como
Suelo no Urbanizable Especial de Protección del Ecosistema Productivo Agrario el conjunto de los terrenos que se considera necesario preservar del proceso urbanizador en razón de su productividad agraria, actual o futura.
Constituye el Suelo no Urbanizable de Protección del Ecosistema Productivo Agrario los
terrenos incluidos en la categoría de ‘Protección del regadío’ (SNUE R). El espacio de regadío del municipio de Jaraba se identifica como un espacio llano y abierto, estrechamente vinculada al núcleo urbano. Conservar esta unidad es importante para mantener la capacidad de producción agrícola, gozar del beneficio ecológico de un gran espacio verde que mejora la calidad del aire y del paisaje, ofrecer productos hortofrutícolas y ser soporte de actividades recreativas, deportivas y educativas demandadas por la sociedad actual y visitantes del municipio.
El Plan General dirige la clasificación de estos suelos hacia la conservación, mejora y desarrollo
del medio a los suelos calificados como protección del regadío, que comprenden aquellos suelos ricos y evolucionados, más cercanos al río Mesa. Las carreteras A‐2501 y A‐1501,y el Camino de la Serna marcan los límites de esta categoría.
Desde el punto de vista geomorfológico se trata de una llanura aluvial coincidente con la
terraza baja y la parte de la llanura de inundación del río Mesa más expuesta a episodios de inundabilidad durante las crecidas.
Presentan una dedicación preferente hacia los cultivos de forrajeras/cerealísticos, además de
disponer de algunas parcelas dedicadas a pastizales para la cabaña ovina municipal y pequeñas huertas.
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Vistas de los sectores de regadío de la vega del río Mesa en Jaraba
4.2.2.1.C Protección del patrimonio cultural en el medio rural (SNUE PC)
La red de caminos, acequias y canales, y el sistema de poblamiento traducen físicamente en el paisaje sistemas de aprovechamiento y de gestión del espacio municipal que tradicionalmente ha optimizado las oportunidades que proporcionaba la llanura del río Jalón y espacios adyacentes.
La situación actual de este patrimonio es preocupante. La característica del desarrollo, en la mayoría de las ocasiones, de una agricultura a tiempo parcial deriva en abandonos de prácticas y actividades rurales, falta de perspectivas de desarrollo socioeconómico, etc., que someten al patrimonio cultural en estos medios, a fuertes presiones.
Los elementos del patrimonio cultural más significativos en el Suelo No Urbanizable son:
‐ Sistema general de comunicaciones rurales e infraestructuras hidráulicas tradicionales. ‐ Vías pecuarias: ver apartado 5.2.2.1.A.7 ‐ Yacimientos arqueológicos: localizados en el plano de estructura del Plan General.
4.2.2.1.C.1 Patrimonio arqueológico hidráulico
Está constituido por acequias, escorrederos y pequeñas infraestructuras vinculadas al
aprovechamiento tradicional del agua del río Mesa. La red básica estructurante está constituida por las siguientes acequias/canales/riesgos/escorrederos:
‐ Acequia del río Mesa (hoz). ‐ Acequia del Molino. ‐ Otras acequias menores.
Vista de la acequia del Molino y punto de captación (izquierda y centro); vista de la acequia del Mesa (hoz)
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4.2.2.1.C.2 Sistema general de comunicaciones rurales Los cambios en los usos del suelo y la mecanización de las labores agrícolas ha provocado el
abandono de funciones tradicionales de muchos caminos, senderos, etc. En la red básica de caminos se han incluido aquéllos que comunican núcleos de población, dan acceso a hitos comunales y ocupan un alto rango en la jerarquía de la red. Algunos de estos caminos siguen los antiguos trazados de vías pecuarias. La componen los siguientes:
‐ Camino de la Sierra. ‐ Camino de Jaraba a Alhama. ‐ Camino del Escobarejo. ‐ Camino del Collado de la Muda. ‐ Camino del Llano de la Casa. ‐ Camino de la Dehesa Boyal. ‐ Camino del Barranco de la Hoz. ‐ Camino del Taragudo.
‐ Camino de Valhondillo. ‐ Camino de Jaraba a Calmarza.
‐ Camino de Milmarcos.
Vista de algunos de los principales caminos rurales del municipio de Jaraba
4.2.2.1.D Terrenos sujetos a protecciones sectoriales complementarias Las protecciones sectoriales y complementarias matizan las condiciones de ordenación general
de las unidades de ordenación descritas con anterioridad. En el Suelo No Urbanizable pertenecen las categorías siguientes:
‐ Protección del sistema de comunicaciones viarias e infraestructuras hidráulicas (SNUE SCI) ‐ Protección de riesgos naturales singulares (SNUE RN): zonas inundables por escorrentía
superficial (SNUE RNES) ‐ Servidumbres (SNUE SER)
4.2.2.1.D.1 Protección de riesgos naturales singulares (SNUE RN): zonas inundables por
escorrentía superficial (SNUES RNES)
Pertenecen a esta categoría aquellos espacios de los tramos inferiores de las cuencas de los barrancos de los Barrancos de San Vicente, de Santa Águeda y de Valcecebada, los tres en la margen izquierda del Mesa, que no mantienen un curso continuo de agua, pero que en sucesos torrenciales pueden provocar inundaciones en el propio casco urbano –los dos primeros‐ y sectores de carretera autonómica A‐1501 –el tercero‐, de manera que deben ser considerados a la hora de establecer medidas de protección en determinados puntos de riesgo: estos tres cursos disponen de una importante capacidad erosiva de los lábiles materiales detríticos de sus cuencas vertientes por lo que, además del caudal hídrico arrastran una carga sólida muy reseñable, que ha obligado a construir diques de retención de sedimentos, en la actualidad todos ellos colmatados y, por lo tanto, sin capacidad de laminación de las avenidas. En caso de lluvias torrenciales concitan riesgos por inundación.
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Especial atención debe prestarse a la desembocadura del Barranco de San Vicente, que se realiza por medio del casco urbano de Jaraba: la importante carga sedimentaria de este barranco ha provocado la colmatación del gálibo de la carretera Z‐453 (hacia Calmarza) lo que puede provocar episodios de riesgo para la población residente dado que el desbordamiento de este barranco se realizaría a través de un paso subterráneo peatonal bajo dicha carretera y que da acceso al propio casco urbano, por lo que se hace preciso eliminar posibles situaciones de peligro frente a episodios de súbitas avenidas. Cualquier desarrollo urbano en esta zona debe acometer la adecuada integración de estas cuestiones, junto con la restitución ambiental del medio.
Vista de la zona de riesgo del Barranco de San Vicente: arriba, puente sobre la Z‐453y canalización aguas abajo; debajo, barranco aguas arriba del
puente, paso subterráneo y salida del paso hacia el casco urbano
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4.2.2.2 Suelo No Urbanizable Genérico
Los sectores calificados como Suelo No Urbanizable Genérico’ comprenden el resto de los suelos del término municipal clasificados como suelo no urbanizable, ya se trate de espacios agrarios de valor inferior, o de aquellos espacios que bien por su estado natural degradado, están vinculados a usos existentes que excluyen la dedicación agraria, de modo que no procede la protección del ecosistema productivo agrario.
Vistas de secanos ceramistas
En cuanto a las instalaciones ganaderas, el Plan vendrá a establecer un más amplio perímetro de protección en torno al núcleo de Jaraba y, en general, la aplicación del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas.
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4.2.3 Suelo urbanizable. La clase de suelo urbanizable está constituida por los terrenos clasificados como tales en el planeamiento por prever su posible transformación mediante su urbanización, de conformidad con el modelo de evolución urbana y ocupación del territorio. El PGOU de Jaraba contempla la categoría de suelo urbanizable delimitado (SUz‐D) cuya clasificación permitirá las cesiones gratuitas de viales, espacios libres, zonas verdes, suelos dotacionales públicos al servicio del sector, y sistemas generales adscritos al sector, así como la completa urbanización y la cesión del 10% de aprovechamiento medio. El sistema de actuación previsto inicialmente es el de "compensación" (si bien no se descartan otros sistemas indirectos como los de “ejecución forzosa” o “concesión de obra urbanizadora”); el desarrollo del planeamiento se efectuará mediante Plan Parcial, Proyecto de Reparcelación y Proyecto de Urbanización. 4.2.3.1 Suelo urbanizable delimitado. El Avance del PGOU propone la clasificación de suelo urbanizable “delimitado” para un sector de uso residencial y un sector de uso industrial:
• Sector residencial “Jaraba Este”: comprende terrenos de la vega del río Mesa en la margen izquierda del barranco de San Vicente, comprendidos entre la carretera de Ibdes al N, el río Mesa al S, el barranco de San Vicente al O, y nuevo sector industrial al E. Los terrenos más próximos al río se destinan al sistema de verde público.
• Sector industrial: comprende terrenos de la vega del río Mesa entre la carretera de Ibdes al N, el río Mesa al S, nuevo sector residencial al O, y la carretera de Campillo al E. Los terrenos más próximos al río se destinan al sistemas de equipamiento (nuevo campo de fútbol) y verde públicos.
Los sectores de suelo urbanizable delimitado se desarrollarán mediante:
• Plan Parcial • Proyecto de Reparcelación • Proyecto de Urbanización
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5 LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO. El término municipal de Jaraba posee un patrimonio cultural de carácter histórico‐artístico de cierta importancia. 5.1 Patrimonio paleontológico incluido en el Inventario del Patrimonio Paleontológico de Aragón:
5.2 Patrimonio arqueológico.
Incluido en la “Carta Arqueológica de Aragón” del Gobierno de Aragón, comprende los siguientes elementos:
El Branquizal 50‐129‐0003 Blanquizal. El Braquizal, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5953,5 Latitud 45612 Cota 750 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Materiales correspondientes a una villa romana Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Villa romana localizada sobre una terraza subactual del río Mesa. Actualmente la zona está dedicada al cultivo de árboles frutales. La visibilidad es buena controlando el paso del río en dirección SO‐NE, y nula en otras direcciones ya que está obstaculizada por elevaciones superiores. Aparecen varias líneas de muros, construidos con toba, pero que corresponden a bancales. El material arqueológico aparece muy disperso por los bancales en una extensión aproximada de 0,5 has.
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El Villar 50‐129‐0004 Villar, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5947 Latitud 45611,5 Cota 760 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Hallazgos de escasos fragmentos de cerámica medieval y a mano Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado, mediante un sector de afloramientos terciarios del Mioceno, conglomerados mixtos, gravas, arenas y arcillas, modeladas por la red fluvial en una serie de lomas y plataformas con vertientes de pendientes medias fuertes, incluso en algunos casos cortados verticales. Actualmente hay zonas yermas y otras dedicadas al cultivo. No se aprecian estructuras.
El Picazo los Olivos 50‐129‐0005 Picazo los Olivos, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5943 Latitud 45611 Cota 760 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Hallazgo de varios fragmentos de cerámica (a mano y medieval) y una moneda romana Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado en un sector de afloramientos terciarios del Mioceno, conglomerados mixtos, gravas, arenas y arcillas, modeladas por la red fluvial en una serie de lomas y plataformas con vertientes de pendiente medias fuertes, incluso en algunos casos cortados verticales. No se observa ningún tipo de estructura.
El Cañar 50‐129‐0007 Cañar, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5942 Latitud 45606 Cota 760 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural Cerámica a mano de cronología indeterminada Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
El yacimiento se asienta en una zona de cultivo de almendros y yerma en parte, junto a la carretera actual de Campillo y camino antiguo a Ibdes. El área de control visual es amplia siguiendo el curso del río, y nula en las otras direcciones al verse cerrada por elevaciones próximas. No se aprecian restos constructivos. Los materiales aparecen detrás de la embotelladora en un bancal yermo, de una extensión aproximada de 20x40.
Ermita de Nuestra Señora 50‐129‐0010 Ermita de Nuestra Señora / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5931 ,5 Latitud 45589,5 Cota 800 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Cerámica medieval‐moderna en el corte del barranco Referencia Ubieto Arteta, A. 1986. Los Pueblos y los Despoblados, III. Zaragoza. Págs 653
La ermita aparece colgada en el cortado del Barranco de la Cañada del Campillo, afluente del río Mesa que discurre a 300 m. al S. El material aparece en el corte del barranco arrastrado en la cima.
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La Dehesa y la Virgen 50‐129‐0011 Dehesa la Virgen, La / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5935 Latitud 45585 Cota 880 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial: Bajo Interés Patrimonial ‐ Hallazgo Secuencia Cultural: Localización casual de una lasca de sílex y una pared de cerámica a mano Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado en un sector de afloramiento calcáreo del Cretácico, a 880 m.s.n.m., de morfologías plegadas y fracturadas dentro de un amplia superficie de erosión que ha sido incidida de forma lineal por la red fluvial, creando valles fluviales profundos, con vertientes de pendiente fuerte‐verticales. Muy próximo al yacimiento discurre el Barranco de la Cañada del Campillo.
Barranco la Cañada del Campillo. Abrigo I 50‐129‐0012 Barranco la Cañada del Campillo. Abrigo I / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5941 Latitud 45580 Cota 920 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Localización en un abrigo de escasos fragmentos de cerámica a mano de cronología y funcionalidad indeterminada. Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado al pie de un abrigo rocoso situado en la margen derecha del Barranco de la Cañada del Campillo. En las paredes de los barrancos se han originado por erosión diferencial una serie de abrigos de poca profundidad que presentan alteraciones de tipo físico, y fuerte lavado superficial, con acumulación de derrubios a pie del abrigo. El abrigo ha sido utilizado para encerrar ganado por lo que aparece tapiado.
Barranco la Cañada del Campillo. Abrigo II 50‐1 29‐001 3 Barranco la Cañada del Campillo. Abrigo II / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5941,5 Latitud 45575,5 Cota 820 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: lndiferenciado. Prehistoria Reciente I Protohistoria ‐ Antigüedad. Indeterminado. Cerámica a mano Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregad o en el Gobierno de Aragón
Localizado mediante prospección en el interior de un abrigo rocoso localizado en la margen derecha del mismo barranco. Tiene unas dimensiones de 40 m. de longitud, 3 m. de altura y 10m. de profundidad. Se ha utilizado para guardar ganado.
Barranco la Cañada del Campillo I 50∙129‐0014 Barranco la Cañada del Campillo I / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5941,5 Latitud 45576 Cota 840 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Localizado en una zona clara de arrastre de la cima junto al barranco. Aparece escasa cerámica a mano de cronología y funcionalidad indeterminada. Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado en la ladera en la margen derecha del Barranco la Cañada del Campillo. No se localizaron estructuras ni en la ladera ni en la cima.
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Barranco la Cañada del Campillo II 50‐1 29‐00 15 Barranco la Cañada del Campillo II / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5945 Latitud 45575,5 Cota 840 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural Poblado posiblemente del Bronce Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado en la ladera en la margen derecha del Barranco la Cañada del Campillo, en una amplia superficie de erosión sobre calizas cretácicas que ha sido incidida de forma lineal por la red fluvial, creando valles fluviales profundos, con vertientes de pendiente fuerte‐vertiente. No se observan restos constructivos. Los materiales se localizaron en la ladera, en una extensión aproximada de 50 x 50 m., claramente arrastrados de la cima donde, debido a la erosión aflora la caliza.
Barranco la Cañada del Campillo III 50∙129.0016 Barranco la Cañada del Campillo III / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5941,5 Latitud 45576 Cota 640 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial: Bajo Interés Patrimonial ‐ Hallazgo Secuencia Cultural: Hallazgo suelto de varios fragmentos de cerámica de cronología y funcionalidad indeterminadas Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)", Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Localizado en la ladera en la margen izquierda del Barranco la Cañada del Campillo. En un abrigo de poca profundidad, originado por erosión diferencial, que presenta alteraciones de tipo físico, y fuerte lavado superficial, con acumulación de derrubios a pie del abrigo. Los materiales aparecen dispersos y muy erosionados, probablemente arrastrados de la cima que aparece totalmente erosionada.
El Castillo de los Moros. Jaraba 50‐12 9‐0002 Castillo los Moros, El / JARABA Coordenadas UTM Fiable Longitud 5960,5 Latitud 45613,5 Cota 800 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Poblado musulmán con torre defensiva Referencia: Alloza Izquierdo, R. 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón.
Despoblado musulmán y torreón defensivo. Situado en la cima de una plataforma, a 800 m.s.n.m. A sus pies discurre el río Mesa. La zona está ocupada por pinar de repoblación. Desde el yacimiento, situado junto al antiguo paso a Ibdes y junto a la vía natural que es el río, se controla totalmente el curso de este. La cima, en la que no aparecen restos constructivos, es de forma rectangular y tiene una extensión de 50 x 20 m. Las estructuras localizadas corresponden a un torreón situado unos 100 m. al norte del poblado en una cota más elevada e independiente del poblado. Se trata de una estructura de tapial de forma rectangular de 10x7 m. de lado y 5 m. de altura conservada en tres de sus lados. Los muros tienen un grosor de 1,5 m. aproximadamente y se aprecia el entramado de troncos utilizados para darle consistencia. En el lado E aparece una entrada de 1x1 m. En el interior aparece una excavación clandestina de 2x1 x 1 m. de alto donde se aprecia que se ha excavado en una zona de derrumbe ya que aparecen numerosas tejas quemada lo que indica la destrucción por incendio.
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El Castillo. Jaraba 50‐129‐0006 Castillo, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5935,5 Latitud 45606 Cota 760 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Poblado ibérico con restos de cerámica a mano indeterminada. También aparecen escasos fragmentos cerámica medieval. No se aprecian restos correspondientes al castillo medieval Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Poblado ibérico con restos de cerámica a mano indeterminada. El yacimiento tiene forma rectangular, adaptándose al terreno, de una extensión de l 50x60 m. No se aprecia ningún resto constructivo, ni siquiera relacionado con el Castillo medieval si lo hubo. Los materiales se localizaron en las laderas S y O y, principalmente en la cima, en los tapiales de los corrales, junto al depósito de agua. En sus laderas N y E se localiza el pueblo actual.
Terreralbo. Jaraba 50‐129‐0008 Terreralbo / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5933 Latitud 45605 Cota 760 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Poblado musulmán. También se localiza cerámica de técnica ibérica y abundante cerámica a mano Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)". lnforme entregado en el Gobierno de Aragón
Despoblado musulmán. También se localiza cerámica de técnica ibérica y abundante cerámica a mano de cronología indeterminada. Ubicado en una loma, a 780 m.s.n.m. La cima está ocupada actualmente por las eras del pueblo y en las laderas se cultivan almendros. La loma, de forma, tiene una extensión aproximada de 1 ha. (150 eje E‐O x 60 m. eje N‐S). No se aprecian estructuras.
El Cerro la Virgen. Jaraba 50‐129‐0009 Cerro la Virgen, El / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5930,2 Latitud 45589,5 Cota 650 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Hierro II. Asentamientos. Rural concentrado estable Referencia Palomar Llorente, Mª.E., 1997. "Informe arqueológico del proyecto de Infraestructuras Eléctricas para la alimentación a 400 KV del Tren de Alta Velocidad Tramo Madrid ‐ Zaragoza". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Situado en una plataforma, a 850 m.s.n.m. Está junto a la confluencia del Barranco de la Cañada del Campillo con el río Mesa, del que controla visualmente todo el valle. Se adivinan tres grandes líneas de muros. El primero, localizado más al S., cierra la plataforma donde se asienta el yacimiento. Tiene una extensión de 150 m. de largo, una anchura de 1,5 m. y una altura, en algunos tramos de 1,5 m; está construido con piedra caliza de gran tamaño y forma irregular unida en seco. Aparece un hueco de 2 m. de anchura a modo de puerta de entrada. La segunda línea, en el centro del yacimiento, tiene una longitud de 15 m. con piedras de gran tamaño, de forma irregular conservándose una única hilada. La tercera aparece entre la zona más alta del yacimiento y el cortado de la carretera, a modo de cierre. Conserva una longitud de 50 m. una anchura y altura de 1 m. y está construida con piedras de pequeño tamaño lajadas unidas en seco; no se aparece a los dos anteriores. Dentro de éste último recinto aparece una línea de piedras hincadas en vertical y varias líneas de muros sin que se pueda precisar la funcionalidad o cronología.
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La Miguelica. Jaraba 50∙129‐0017 Miguelica, La / JARABA Coordenadas UTM: Fiable Longitud 5941 Latitud 45574,5 Cota 880 Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: Poblado del Bronce Medio y posterior ocupación en época ibérica Referencia Alloza Izquierdo, R., 1991. "Normas Subsidiarias municipales de Jaraba (Zaragoza)”. Informe entregado en el Gobierno de Aragón
Poblado del Bronce Medio y posterior ocupación en época ibérica. Ubicado en un cabezo, a 880 m.s.n.m. Está junto a la intersección de los barrancos de la Cañada del Campillo y del Vallejo de la Umbría Grande. La cima del yacimiento tiene forma cuadrada, de 50 m. de lado. Se observa una línea de muralla en los extremos S y O, en la zona de más fácil acceso, ya que en los otros extremos aparece el cortado del barranco de casi 50 m. En el interior del recinto no se aprecia ninguna estructura.
50∙129‐0018 Puente del Diablo / JARABA Coordenadas UTM Longitud Latitud Cota Ambito Rural Figura Jurídica Valoración Patrimonial Secuencia Cultural: lndiferenciado. Edad Moderna / Edad Contemporánea. Infraestructuras. Estructuras viarias especiales Referencia: Ferreruela Gonzalvo, A.. 1995. "Estudio histórico arqueológico del Puente del Diablo, localizado sobre el rio Mesa en las proximidades de la localidad de Jaraba. Zaragoza". Informe entregado en el Gobierno de Aragón
5.3 Patrimonio arquitectónico.
Hay dos edificios que destacan por su interés monumental, la Iglesia parroquial de la Transfiguración, y la Ermita de La Virgen, que junto a los tres “peirones” de San Antón, Santa Águeda y San Vicente existentes en el casco urbano, son objeto de protección específica en el PGOU. Otros edificios quizás no tan "monumentales", pero de indudable interés arquitectónico son merecedores también de protección específica a través del planeamiento.
Existe además, la trama urbana históricamente formada con su peculiar tipología viaria y
edificatoria, en la que se insertan a modo de “hito” los monumentos o edificios catalogados y una interesante arquitectura popular, en edificios quizá de menor monumentalidad, pero con insoslayables valores ambientales, o con elementos aislados de interés, que serán objeto de una protección genérica, o de conjunto (que no excluye a sus habitantes y los usos tradicionales) en el Plan General.
En el término municipal existen además ciertas edificaciones e infraestructuras que son objeto de protección, como las parideras, infraestructuras de riego (acequias, pozos, etc.), etc.
El Avance prevé la catalogación del patrimonio objeto de protección, en tres grados de protección:
• grado de protección I: "monumental" o “integral” • grado de protección II: "arquitectónico" • grado de protección III: "ambiental" o “tipológica” y elementos de interés
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El tipo de obras admisibles pueden caracterizarse en la forma resumida siguiente:
• Grado I: obras de restauración; prohibido el derribo.
• Grado II: obras de rehabilitación; prohibido el derribo, como máximo posibles derribos parciales fuertemente condicionados.
• Grado III: obras de rehabilitación e incluso de reconstrucción condicionada, es decir,
manteniendo los elementos o composición de interés, que motivan la protección (muros de piedra, arcos, balcones, aleros, huecos, escaleras, etc.).
En el documento definitivo del Plan General, la propuesta de protección adquirirá el rango de Catálogo, que vendrá a ampliar los catálogos citados, y a definir con mayor precisión el tipo de obras admisibles en cada caso, en función del grado de protección aplicable. El Avance contempla una relación de edificios y conjuntos de interés, sometidos a un régimen de protección. Grado I / MONUMENTAL
Iglesia parroquial de la Transfiguración C/. Enmedio nº 2 3705502WL9630F
s. XVI Erigida al E del casco antiguo, en el que destaca por su potente volumen. Obra gótica de sillería del siglo XVI, con una nave y torre a los pies. Presenta bóveda de cañón, ábside poligonal, y gruesos contrafuertes exteriores con capillas entre los mismos. En el año 1846 se desplomaron la fachada y la torre debido a una tormenta, que fueron reconstruidas y la iglesia ampliada en dos tramos hacia los pies en el siglo XIX con retoques renacentistas. Torre de planta cuadrada con remate a 4 aguas, situada a los pies (lado del Evangelio), con huecos campaneros en arco de medio punto en cada fachada. Portada (correspondiente a la ampliación del s.XIX) en arco de medio punto coronado por frontón triangular partido, sobre el cual hay una ventana rectangular enmarcada en piedra. Interior con una sola nave cubierta con bóveda de crucería estrellada apoyada sobre pilastras mediante capitel que recorre las paredes de la iglesia a modo de entablamento liso, y con capillas laterales entre los contrafuertes. La capilla del Santo Cristo y los retablos de San Sebastián y del Rosario son del s. XV, y los restantes, incluido el mayor, del s. XVIII. En el interior guarda varios retablos de los siglos XVI al XVIII. Retablo y altar mayor barroco. Destaca también su Cristo renacentista y dos cruces de profesionales de plata del siglo XVIII.
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Ermita de Nª. Sª. de Jaraba (o de La Virgen)
Carretera Jaraba‐Calmarza / Camino de Milmarcos Polígono 1 / Parcela 499 [50130A001004990000JS]
s. XVI Situada a media ladera en un gran escarpe vertical y bajo una gran roca, a 1 km del pueblo junto a la carretera en dirección a Calmarza. El santuario actual fue construido a principios del siglo XVIII para albergar la imagen de la virgen. Su construcción empezó en 1699 y concluyó en 1726. Además de la nueva basílica, se construyeron otras dependencias como la Casa del Santero quien se ocupaba del mantenimiento del templo. El actual santuario se construyó contiguo al que ocupaba otro más antiguo, formando los dos un solo edificio. Edificio de tapial con refuerzo de piedra en las esquinas y de ladrillo en el alero. Tiene crucero que marca al exterior y notables contrafuertes visibles. Torre de pequeña altura a los pies, rematada con campanario cubierto a dos aguas. Fachada encalada, con portada en arco de medio punto enmarcada por dos pilastras que sustentan un entablamento liso y un óculo. Los huecos existentes son en arco de medio punto entre los contrafuertes. Interior: nave de tres tramos cubierta con bóveda de lunetos, crucero con cúpula semicircular (apenas perceptible en planta), y capillas laterales entre los contrafuertes. Cabecera semicircular sobre lados oblicuos. Conserva en su interior un lienzo de San Luis de Gonzaga, atribuido a Goya. Actualmente el edificio de los santeros está en rehabilitación para su uso como albergue, por parte del Ayuntamiento.
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Peirón de San Antón (con fuente) Plaza Afán de Ribera
Los peirones son monolitos colocados generalmente a la orilla de caminos y encrucijadas. Presentan un pequeño altar con imágenes sagradas, y termina en su parte superior con una hornacina, una cruz. Peirón‐fuente situado en la Plaza Mayor de la localidad y que data del siglo XVIII. Pudiera marcar en antaño el camino a Campillo de Aragón. De estilo mudéjar, presenta un pequeño altar con la imagen de San Antón y termina en su parte superior con una hornacina, una cruz. La fuente, de cuatro caños, se incrusta en el peirón, y sobre cada uno de sus caños de bronce, aparece un pájaro. El agua procede del manantial termal de San Roque por conducción subterránea hasta la fuente, donde ya mana fría.
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Peirón de Santa Águeda
C/. Real esquina C/. Santa Águeda y carretera Jaraba‐Calmarza
Los peirones son monolitos colocados generalmente a la orilla de caminos y encrucijadas. Presentan un pequeño altar con imágenes sagradas, y termina en su parte superior con una hornacina, una cruz. Fue construido nuevo siguiendo el modelo del original, que fue derruido a raíz de la construcción de la nueva carretera.
Peirón de San Vicente C/. San Vicente
Los peirones son monolitos colocados generalmente a la orilla de caminos y encrucijadas. Presentan un pequeño altar con imágenes sagradas, y termina en su parte superior con una hornacina, una cruz.
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Grado II / ESTRUCTURAL
Casa Consistorial Plaza Afán de Ribera nº 3 [3706302WL9630F]
Edificio de tres arcos levemente apuntados, construidos en piedra y balconada de hierro forjado en el primer piso. Antaño se ubicaban en este edificio también las escuelas y en los bajos del edifico el calabozo, en un pequeño cuarto con cerrojo en el exterior, y que custodiaba el alguacil.
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Capilla Balneario Serón Baños de Serón [3303203WL9630S]
Molino C/. San Antón nº 29D [3806227WL9630N]
Molino de canal abierto. Aparece documentado en 1760 y hasta 1918 fue propiedad de una misma familia y produjo harina para los vecinos de Jaraba. Actualmente en desuso.
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Grado III / AMBIENTAL
Lavadero C/. San Antón nº 17 [3706601WL9630F0001QU]
Lavadero tradicional con la pila de piedra dividida en dos, ubicado en el porche bajo el edificio del bar y club social).
Casas C/. Castillo nº 97 [3605302WL9630F] y nº 99 [3605303WL9630F]
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Casas C/. Real nº 2 [3706306WL9630F] y nº 4 [3706307WL9630F]
Casa Plaza Afán de Ribera nº 5 [3706203WL9630F]
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Casas Plaza Afán de Ribera nº 6 [3706202WL9630F] y nº 7 [3706201WL9630F]
Casas Plaza Afán de Ribera nº 1 [3706305WL9630F] y nº 2 [3706304WL9630F]
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Casa Plaza Afán de Ribera nº 4 [3706301WL9630F]
Casas C/. San Antón nº 20 [3706706WL9630F], nº 22 [3706707WL9630F], nº 24 [3706708WL9630F], nº 26 [3706709WL9630F], y nº 28 [3706710WL9630F]
Casas nº 20‐22 Casas nº 24‐26‐28
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Casas nº 20‐22 Casa nº 24 Casas nº 26‐28
Casa C/. San Antón nº 38 [3706715WL9630F] y nº 40 [3706716WL9630F]
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Casa C/. San Antón nº 56 [3705601WL9630F]
Casa C/. Enmedio nº 34 [3706205WL9630F]
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Casa C/. P. Rodríguez nº 3 [3705312WL9630F]
Casa con escudo C/. P. Rodríguez nº 19 [3705304WL9630F]
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Casa con arco y escudo C/. P. Rodríguez nº 15 [3705306WL9630F]
Reja C/. P. Rodríguez nº 13 [3705307WL9630F]
Hornacina con imagen C/. Enmedio nº 5 [3706116WL9630F]
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Casa con arco C/. Enmedio nº 7 [3706115WL9630F]
Casa C/. Real nº 8 [3606307WL9630F]
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Casa C/. Real nº 10 [3606308WL9630F]
Edificios C/. San Antón nº 46 [3805301WL9630F]
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Edificios C/. San Antón nº 25 [3806804WL9630F] y nº 27 [3806805WL9630F]
Balneario de la Virgen Carretera Jaraba‐Calmarza [3298301WL9539N]
Edificio Capilla
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Eras empedradas
Era empedrada
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Parideras tradicionales de uso pastoril Localizadas a lo largo del barranco de la Hoz Seca o Cañada del Campillo. En los numerosos abrigos y oquedades existentes en la roca, el hombre ha construido parideras y casetas para el uso de pastoreo tradicional; lugares donde refugiarse con el ganado del tiempo y pernoctar. En general se conservan en regular o mal estado y en desuso, aunque algunas se conservan bastante bien y en uso.
Zaragoza, junio 2009
Javier Albisu Iribe Sáez José Antonio Lorente Fernández Victorino Zorraquino Lozanogeógrafo arquitecto ingeniero CCyP