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UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD RESOLUCIÓN Nº 115 2010 CONAFU
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BASES Y REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA
CONTRATO DE DOCENTES SEMESTRES 2016-I Y 2016-II
CAPITULO I
BASE LEGAL
Artículo 1º El presente Reglamento tiene base legal en los dispositivos que a continuación se indican:
Constitución Política del Estado
Nueva Ley Universitaria Nº 30220
Ley General de Educación Nº 28044
Res. Nº 115-2010 – CONAFU que otorga autorización provisional de funcionamiento a la
Universidad Ciencias de la Salud.
CAPITULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2º El presente reglamento tiene como objeto establecer dentro de los parámetros que otorga la
Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad
Ciencias de la Salud, las normas que rigen el concurso público de docentes por contrato para el
año 2016.
Artículo 3º Los Profesores contratados son los que prestan servicios a plazo determinado en las
condiciones que fija el respectivo contrato, el mismo que se suscribirá al inicio de cada semestre
académico del año 2016.
Artículo 4º Los Profesores contratados los son sólo por el período para el cual concursan y no cuentan con
categoría docente por estar bajo el régimen de la actividad privada, sin embargo, se consideran
categorías docentes para efectos remunerativos, las mismas que pueden ser:
Docentes contratados con categorías docentes equivalentes a auxiliares.
Docentes contratados con categorías docentes equivalentes a asociados.
Docentes contratados con categorías docentes equivalentes a principales.
Deben cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 82° y 83° de la Ley 30220.
Artículo 5º Según el régimen de dedicación a la Universidad los Profesores Contratados pueden ser:
a. A Dedicación Exclusiva, cuando el Profesor contratado tiene como única actividad
ordinaria remunerada la que presta a la Universidad.
b. A Tiempo Completo, cuando dedican su tiempo y actividades a las tareas académicas,
administrativas o de gobierno en la Universidad, durante un tiempo correspondiente a la
jornada legal de trabajo, y dentro del horario fijado por la Universidad.
c. A Tiempo Parcial, cuando dedica a las tareas académicas un tiempo menor que el de la
jornada legal de trabajo.
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO
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Artículo 6º El Vicerrectorado Académico es el responsable de la organización y convocatoria del Concurso
de Plazas para Docentes por contrato, previa aprobación del Consejo Universitario, en
concordancia con las necesidades académicas.
Artículo 7º En relación al Concurso de Plazas Docentes por contrato, el Vicerrectorado Académico, tiene las
siguientes atribuciones:
a. Convocar a concurso para proveer las plazas docentes aprobadas por el Consejo
Universitario.
b. Establecer los requisitos específicos para cada plaza, los mismos que serán incluidos
en las Bases y Reglamento del Concurso.
c. Integrar el Jurado Calificador del proceso de concurso docente, junto a otro miembro
designado por el Consejo Universitario.
Artículo 8º Autorizada la convocatoria, el Vicerrectorado Académico emitirá las disposiciones
correspondientes a Secretaría General de la Universidad para la publicación de los avisos
pertinentes.
Artículo 9º El postulante debe inscribirse en la Oficina de recepción documentaria de la Universidad,
entregando en un solo acto la documentación pertinente en un sobre conteniendo los
documentos considerados en el Artículo 13º y 14° del presente Reglamento, debidamente
foliados y ordenados de acuerdo a la tabla a ser utilizada en la calificación. Seguidamente el
responsable de trámite documentario procederá a cerrarlos en presencia del postulante,
entregándosele la constancia de la recepción del expediente. Todo expediente que no sea
presentado de acuerdo a lo indicado en este artículo no será admitido.
Artículo 10º Vencido el plazo para la inscripción de postulantes, indicado en las bases, no se aceptarán
nuevas inscripciones. El día hábil siguiente la Secretaría General o instancia autorizada
levantará un Acta de Cierre de Inscripción y publicará en el local de la universidad la relación de
postulantes inscritos. La inscripción se realiza en un solo acto y por lo tanto queda
terminantemente prohibido agregar documento alguno después de realizado este acto.
Artículo 11º Instalado el Jurado Calificador, el Secretario General de la universidad entregará al presidente
del jurado calificador el Acta de Cierre de Inscripción de Postulantes, la publicación de
postulantes inscritos, y los expedientes correspondientes.
CAPITULO IV
REQUISITOS Y DOCUMENTOS
Artículo 12º Para postular a una plaza el interesado debe adquirir las Bases y el Reglamento y organizar un
expediente con su hoja de vida documentada, debiendo acreditar cumplir con los requisitos
exigidos para la plaza a la que postula. Todos los documentos deberán organizarse de acuerdo
al orden establecido en los Artículos 13° y 14° del presente Reglamento. Los documentos serán
presentados en copia simple, salvo el título profesional y grados académicos, los mismos que
deberán presentarse en copia legalizada. Cuando se trate de Grados Académicos o Títulos
Profesionales obtenidos en el extranjero, necesariamente deberán estar revalidados por la Ex
Asamblea Nacional de Rectores, SUNEDU o por alguna universidad que esté autorizada para
hacerlo.
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Artículo 13º Dentro del plazo señalado por las bases, los postulantes deben presentar una solicitud de
inscripción dirigida al Vicerrector Académico de la Universidad, adjuntando el expediente
indicado en el Artículo 14°, incluyendo los siguientes documentos:
a. Copia del recibo de pago por adquisición de las Bases del Concurso.
b. Certificaciones o Declaraciones Juradas, según formato proporcionado por la Universidad,
de lo siguiente:
1. Gozar de buena salud física y mental.
2. No tener antecedentes judiciales ni penales.
3. No encontrarse en incompatibilidad legal ni laboral.
4. No haber sido destituido por sanción administrativa
5. No tener sentencia consentida o ejecutoriada condenatoria por delito de apología
del terrorismo, cualquiera de los delitos de violación de la libertad sexual, o por delito
de tráfico ilícito de drogas.
c. Copia fotostática legalizada del D.N.I.
d. Dos (02) ejemplares, del sílabo de la asignatura de la plaza a que postula, desarrollado
de acuerdo a la sumilla y formato correspondiente, que son proporcionados por la
Universidad, en anexo adjunto al presente.
Artículo 14º Además de los documentos probatorios de los requisitos indicados en el Artículo 13°, el
expediente de la Hoja de Vida incluirá la siguiente información:
a. Datos Generales del Postulante.
b. Grados Académicos y Título Profesional.
c. Actualizaciones y Capacitaciones.
d. Trabajos de Investigación.
e. Cargos directivos o apoyo administrativo.
f. Elaboración de materiales de enseñanza.
g. Conocimiento de Idiomas.
h. Actividades de Proyección Social.
i. Participación en eventos Científicos y Académicos.
j. Afiliación a Instituciones de Investigación.
k. Distinciones Honoríficas.
l. Experiencia Profesional de nivel docente y no docente.
m. Acreditación de campo clínico cuando corresponda.
n. En el caso de ex docentes de la universidad, la secretaría general, anexará además el
informe de evaluación docente, así como su legajo personal.
CAPITULO V
DEL JURADO CALIFICADOR
Artículo 15º El Jurado Calificador es designado por el Consejo Universitario y está constituido por dos
miembros, uno de ellos será el Vicerrector académico o su representante. Adicionalmente se
convocará a los alumnos del tercio superior de los últimos ciclos a fin de que evalúen el
desempeño docente, de acuerdo a formato específico. El promedio aritmético de las
calificaciones de los alumnos de promediará bajo la forma de promedio ponderado con las
calificaciones de los integrantes del jurado, asignándoles peso de 0.25 a la calificación de los
alumnos y 0.75 a la del jurado calificador.
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Artículo 16º Son atribuciones del Jurado Calificador:
a. Declarar aptos a los postulantes previa revisión de la documentación, verificación del
campo clínico y cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, la nueva
Ley Universitaria, y las bases del concurso.
b. El potestad del Jurado verificar que el campo clínico sea suficiente y adecuado en
equipamiento, mobiliario e infraestructura.
c. Calificar los méritos de los postulantes de acuerdo a los criterios y puntaje, establecidos
en las tablas anexas.
d. Resolver las reclamaciones e impugnaciones que se presentan en el proceso del
concurso.
e. Comunicar a los postulantes que pasan a la otra etapa del concurso.
f. Evaluar los conocimientos, actitudes y aptitudes docentes de los postulantes, mediante la
calificación de la hoja de vida, clase magistral y entrevista personal de acuerdo a los
criterios y puntajes establecidos en la tabla de calificación.
g. Remitir los expedientes y las Actas correspondientes al Consejo Universitario, con los
resultados del concurso.
h. El Consejo Universitario, mediante Resolución, validará los resultados del Concurso de
plazas para docentes contratados para los semestres académicos 2016-I y 2016-II.
Artículo 17º Los resultados finales emitidos por el Jurado Calificador son inimpugnables e irrevisables.
CAPITULO VI
DE LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
Artículo 18º Constituyen elementos de evaluación para todos los postulantes:
a. La Hoja de Vida
b. La Clase Magistral.
c. Entrevista Personal
EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA
Artículo 19º El Jurado Calificador evalúa la hoja de vida, de conformidad con las normas y puntajes
establecida en la Tabla de Calificación.
Artículo 20º El puntaje mínimo que debe obtener un postulante en la evaluación de la hoja de vida para
pasar a la otra etapa en caso de docentes a tiempo parcial es de quince (15) puntos; y para
pasar a otra etapa en caso de docentes a tiempo completo es de veinte (20) puntos.
Artículo 21º Sólo los postulantes que acrediten las condiciones exigidas por el presente reglamento y las
Bases del Concurso para la plaza a que postulan, y que obtengan en la evaluación de la Hoja de
Vida, un puntaje igual o mayor al mínimo indicado en el Artículo 20º, serán declarados Aptos y
continuarán las siguientes fases del concurso.
Artículo 22º El Jurado Calificador en coordinación con Secretaría General de la Universidad, publicará en el
local de la universidad los postulantes declarados aptos indicando lugar, fecha y hora para la
clase modelo y entrevista personal.
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Artículo 23º El jurado calificador a través de Secretaría General de la Universidad publicará la programación
de la clase magistral indicando tema, lugar, fecha y hora para la exposición dentro de las 24
horas siguientes a la publicación.
EVALUACIÓN DE LA CLASE MAGISTRAL
Artículo 24º La Clase Magistral permitirá medir los conocimientos, actitud y la aptitud docente del postulante,
la misma que será pública y estará basada en un tema asignado por sorteo de uno de los
sílabos presentados y tendrá una duración máxima de 10 minutos; al término de la exposición
dispondrá de un plazo adicional de cinco (5) minutos para absolver las preguntas que le sean
formuladas por el Jurado Calificador.
Artículo 25º Durante su exposición, el postulante puede hacer uso de las ayudas audiovisuales y didácticas
que considere adecuadas.
Artículo 26º La calificación máxima es de ocho (08) puntos que corresponde a los siguientes aspectos:
a. Exposición de clase y dominio del tema
b. Utilización de tecnologías de información y comunicación.
c. Presentación y desenvolvimiento
d. Plan de Clase
Y se promediará con la evaluación realizada por el alumnado, conforme al Art. 15 del presente
Reglamento.
Artículo 27º El postulante que obtuviera menos de cinco (05) puntos en la evaluación de la Clase Magistral,
será eliminado del Concurso.
CAPITULO VII
DE LA ENTREVISTA PERSONAL
Artículo 28º Una vez culminada la clase modelo, el Jurado Calificador invitará al postulante a una entrevista
personal, la misma que le permitirá evaluar en el postulante sus conocimientos sobre educación
superior universitaria y cultura general. El calificativo máximo es dos (02) puntos.
CAPITULO VIII
DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN
Artículo 29º El Jurado Calificador consolida las calificaciones obtenidas mediante la siguiente fórmula: Puntaje Total = Hoja de Vida + Clase Magistral + Entrevista Personal; y formula el cuadro de méritos respectivo. El puntaje mínimo exigido para declarar ganador del concurso a un postulante es de 26 puntos
Artículo 30º Para declarar ganador a un postulante, se tendrá en cuenta las condiciones planteadas en el artículo 6° del Reglamento de la forma siguiente: a. Cuando a una plaza en concurso se presenta solo un postulante, es declarado ganador si
obtiene un puntaje igual o mayor que la puntuación mínima exigida en el artículo 20º. b. Cuando a una plaza en concurso se presentan varios postulantes, es declarado ganador el
postulante que obtenga el mayor puntaje por encima de la puntuación mínima correspondiente.
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c. En el caso que los postulantes hubieran alcanzado el mismo puntaje, la prioridad será adjudicada al que tuviera mayor grado académico, si persiste el empate, al que tuviera mayor calificación en la Clase Magistral. Si subsiste el empate se tomará en cuenta la calificación de la hoja de vida y luego la calificación de la Producción Intelectual e Investigación.
d. En caso que ningún postulante a una plaza obtenga el puntaje mínimo se declarará la plaza desierta.
Artículo 31º Terminado el proceso, el Jurado Calificador redacta el acta final, en triplicado, e incluirá las actas de las sesiones anteriores; los resultados del concurso, indicando la calificación obtenida por los postulantes en cada rubro y el cuadro de méritos correspondiente; la relación de ganadores del concurso, conforme a la plaza ganada. Las actas y los expedientes de los postulantes, se remitirán al Consejo Universitario de la Universidad.
Artículo 32º El Secretario General de la Universidad publicará en la Universidad, los resultados del concurso y comunicará a los ganadores.
Artículo 33º A partir de la entrega de las actas y expedientes, se tendrá por concluido el concurso y el Consejo Universitario se encargará de atender las reclamaciones judiciales si las hubiera.
Artículo 34º El Consejo Universitario luego de adoptado el acuerdo de aprobación de resultados del concurso docente, encargará al Rector expida la Resolución respectiva de las plazas docentes por contrato especificando las características y condiciones de cada una, la misma que se remitirá a la oficina personal para la elaboración y registro de los contratos correspondientes.
Artículo 35º En mérito al control posterior, la Universidad se reserva el derecho se verificar la autenticidad de los documentos presentados por los postulantes, de verificarse la presentación de certificaciones o documentación falsa éste será despedido de la universidad sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponderle, y se le declarará ganador al postulante que sigue en orden de mérito en la plaza y si no hubiera otro postulante la plaza será declarada desierta.
Artículo 36º Los postulantes que no alcanzaron una vacante, podrán recoger sus documentos a partir del día
siguiente de publicados los resultados finales del concurso, hasta 20 días hábiles después, culminado el plazo, los documentos se destruirán, sin opción a reclamo por parte del postulante.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA: La etapa de declaratoria de postulantes aptos, es eliminatoria SEGUNDA: Todo lo no previsto en el Reglamento, así como las dudas en su interpretación, será resuelto por el Jurado Calificador.
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ANEXO 1
VISION DE LA UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD
La Universidad Ciencias de la Salud es una institución de educación superior privada, que
mantiene como premisas básicas la búsqueda de la verdad y la defensa irrestricta de las
libertades de pensamiento, cátedra e investigación. Forma al estudiante en la perspectiva de
una educación a lo largo de toda la vida y en el autoaprendizaje, con el fin de que se integre
plenamente a la sociedad del conocimiento del siglo XXI.
Es una institución cuyo eje principal es el del aprendizaje, en busca de la acreditación, asimismo,
integra y articula las funciones de docencia, investigación, difusión, extensión y cuya
organización impulsa la generación y actualización del conocimiento por parte de un núcleo
docente de alto nivel. Con la meta de estar a la vanguardia de los últimos adelantos
tecnológicos y científicos en busca de la excelencia y formar profesionales de éxito.
MISIÓN DE LA UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD
La Universidad ciencias de la Salud es una Institución de Educación Superior Privada dedicada a
generar y aplicar el saber, a promover el arte y la cultura, formando agentes de cambio, capaces
de influir en el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
En los claustros de la Universidad se forman profesionales con un vasto desarrollo de la
creatividad, la inteligencia, actitud crítica y capacidades adecuadas para el auto aprendizaje. Se
promueve y divulga la investigación científica en todos los campos del saber, enfatizándose la
búsqueda y construcción del conocimiento como la razón de ser de la actividad intelectual y
sensibilidad social para atender los problemas complejos del hombre, interrelacionados con la
naturaleza y la sociedad.
Inserta su actividad académica en el ámbito regional, nacional e internacional con la participación
de su comunidad en redes de colaboración ínter-universitaria y en relaciones de intercambio y
cooperación con universidades extranjeras.
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ANEXO 2
DE LOS REQUISITOS Y DOCUMENTOS
1. El postulante a una plaza debe organizar un expediente con su hoja de vida documentada, debiendo
acreditar cumplir con los requisitos genéricos y específicos exigidos para la plaza a la que postula.
2. Todos los documentos deberán organizarse de acuerdo al orden establecido en los Artículos 13º y 14º del
Reglamento de Concurso Público para Contrato de Docentes.
3. Los postulantes deben inscribirse en la oficina de recepción documentaria de la Universidad, presentando
una solicitud dirigida al Vicepresidente de la Comisión Organizadora de la Universidad, precisando la
Plaza a la que postula, adjuntando en un solo acto la documentación pertinente indicada en estas bases
de concurso, la misma que debe estar debidamente foliada y ordenada de acuerdo a la tabla a ser
utilizada en la calificación, en:
A) Un anillado que contiene:
a) Copia del recibo de pago por adquisición de las bases del concurso.
b) Certificaciones o Declaraciones Juradas, según formato proporcionado por la Universidad, de lo siguiente:
1) Gozar de buena salud física y mental.
2) No tener antecedentes judiciales ni penales.
3) No encontrarse en incompatibilidad legal ni laboral.
4) No haber sido destituido por sanción administrativa.
5) Conocer el Reglamento y Bases del concurso y someterse a lo estipulado en estos.
6) No tener sentencia consentida o ejecutoriada condenatoria por delito de apología del terrorismo,
cualquiera de los delitos de violación de la libertad sexual, o por delito de tráfico ilícito de drogas.
c) Copia fotostática legalizada del D.N.I.
d) Dos (02) ejemplares, del silabo de la asignatura o asignaturas de la plaza a que postula, desarrollado de
acuerdo a la sumilla y formato correspondiente, que son proporcionados por la Universidad o promotora en
las bases del concurso.
B) Un anillado que contiene los documentos considerados en el Artículo 13º y 14° del Reglamento, cuyo
orden será verificado por la oficina de trámite documentario, quien recepciona los documentos.
4. El Secretario o persona autorizada por la Universidad procederá al lacrado de los sobres en presencia del
postulante, a quien le entregará la constancia de la recepción del expediente.
5. Vencido el plazo para la inscripción de postulantes, no se aceptarán nuevas inscripciones. La inscripción
se realiza en un solo acto y por lo tanto queda terminantemente prohibido agregar documento alguno
después de realizado este acto.
6. El Jurado Calificador declarará aptos a los postulantes, previa revisión de la documentación y verificación
del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, la Ley Universitaria, los Reglamentos
correspondientes y las Bases del concurso; publicando (en coordinación con Secretaría General de la
Universidad) en un lugar visible la relación correspondiente, de acuerdo al cronograma de la convocatoria.
7. Constituyen elementos de evaluación para todos los postulantes:
a) La Hoja de Vida.
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b) La Clase Magistral y
c) Entrevista personal.
EVALUACION DE LA HOJA DE VIDA
8. El Jurado Calificador evalúa la Hoja de Vida, de conformidad con las normas y puntajes establecida en la
Tabla de calificación.
9. La hoja de vida se acredita de la manera siguiente:
a) Grados Académicos y Títulos Profesionales
Los Grados Académicos y los Títulos Profesionales se acreditan con la copia fotostática legalizada de los
diplomas correspondientes. Los Grados y/o Títulos Profesionales obtenidos en el extranjero
necesariamente deben estar reconocidos por la ex Asamblea Nacional de Rectores, SUNEDU o
revalidados en el país por una Universidad que tenga autorización para hacerlo.
b) Capacitación Académica Solamente se califica la capacitación académica en el área a la que se postula
y realizada en universidades, acreditadas mediante Resolución Rectoral o documento emitido por el
Decano, Oficina de Recursos Humanos o Director de la Escuela de Post Grado, incluye los estudios
conducentes a la obtención de segundas Maestrías o Doctorados.
c) Informes de Investigación Serán evaluados los libros con depósito de Ley, artículos de libros o revistas.
d) Cargos Directivos o Apoyo Administrativo
Se considerará los cargos directivos o de apoyo administrativo de nivel universitario y no universitario
estos últimos en la especialidad, acreditados con las respectivas resoluciones o constancias de pago, esto
incluye los puntajes por la organización de eventos (seminarios, simposios, congresos, etc.) excepto la
participación como ponente o panelista. Se computarán a partir de la fecha de haber obtenido el título
profesional.
e) Elaboración de materiales de enseñanza Serán considerados aquellos manuales, separatas, guías de
prácticas y otros de nivel universitario, pertenecientes a la plaza en la que se presenta el postulante y que
se encuentren debidamente certificados por la autoridad universitaria correspondiente.
f) Conocimiento de Idiomas Se tomarán en cuenta los certificados emitidos por Institutos Culturales
reconocidos por el estado peruano, o por Centros de idiomas de Universidades. Se evaluarán hasta un
máximo de tres idiomas en sus niveles básico, intermedio o avanzado.
g) Actividades de Proyección Social Se evaluarán las certificaciones de actividades vinculadas con el o los
cursos de la plaza, con servicios a la comunidad o desarrollo integral, desarrollados en los últimos cinco
(05) años.
h) Participación en Eventos Científicos y Académicos Serán evaluados aquellos certificados
correspondientes a los últimos 05 años y posteriores a la obtención del título profesional, que acrediten
haber participado como ponente, panelista o asistente en eventos científicos o académicos.
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i) Afiliación a Instituciones de Investigación Serán consideradas las afiliaciones en condición de Miembro
fundador, directivo y/o miembro activo en Instituciones de investigación científica nacionales o
internacionales acreditadas. No incluye las afiliaciones a colegios profesionales.
j) Distinciones Honoríficas Serán consideradas las nominaciones de Doctor Honoris Causa, Profesor
Honorario, Profesor Emérito e Invitaciones de Universidades extranjeras y nacionales como profesor
visitante. Deben ser acreditadas por la Resolución correspondiente.
k) Experiencia Profesional
Se considerará la experiencia profesional de nivel universitario y no universitario estos últimas en la
especialidad, acreditados con las respectivas resoluciones o constancias de pago, Se computarán a partir
de la fecha de haber obtenido el título profesional
l) Acreditación del campo clínico
El postulante que se presente a una plaza que tenga como requisito campo clínico, deberá acreditarlo
documentadamente por la institución en la que realizaría las prácticas de acuerdo a la asignatura. Esta
campo clínico no puede ser variado si el postulante gana la plaza,
Este campo deberá contar con un adecuado equipamiento, mobiliario y espacio. El jurado calificador en la
etapa de evaluación curricular verificará in situ la existencia y suficiencia del campo clínico, siendo éste un
requisito de admisibilidad.
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SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A CONCURSO
PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES
Señora Doctora: VICERRECTORA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD Presente.-
Yo……………………………………………………………………………………………………………..,
identificado con DNI Nº…………………… domiciliado en………………………...........................,
del distrito de…………………………………, con teléfono fijo………………………,
celular………………………., y correo electrónico…………………………………………………, a
Ud. me presento y expongo:
Que, de acuerdo a lo establecido en las Bases del Concurso de docentes por Contrato 2016,
solicito me considere como postulante a la plaza correspondiente a la asignatura
de:……………………………………………………………………………………………………………..,
plaza N°……………………….para lo cual adjunto el expediente organizado (además del
currículo de vida), de conformidad con el reglamento respectivo.
POR TANTO:
Solicito acceder a lo solicitado.
Arequipa,……… de………………..de 2016….
(FIRMA)
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CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2016
DECLARACIÓN JURADA
Por el presente documento, yo ……………………………………………………………………………,
identificado con DNI N°…………………….., domiciliado en …………………………………………..,
declaro bajo juramento que:
1. Que gozo de buena salud física y mental;
2. Que no he sido sancionado ni separado de universidad alguna del país.
3. Que no tengo antecedentes penales, judiciales, policiales o administrativos ejecutados o
en proceso; que no me encuentro en incompatibilidad legal ni laboral para ocupar la
plaza a la que postulo.
4. Que tengo pleno conocimiento de las Bases para el Concurso en referencia, y estoy
conforme con lo señalado en estas.
5. No tener sentencia consentida o ejecutoriada condenatoria por delito de apología del
terrorismo, cualquiera de los delitos de violación de la libertad sexual, o por delito de
tráfico ilícito de drogas.
Arequipa,……….. de…………………. de 2016
(FIRMA)
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CONCURSO PUBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2016
CARGO DE RECEPCION
Yo, __________________________________________________________identificado con
D.N.I.Nº ________________________ declaro haber recibido un CD conteniendo:
1. Visión y Misión Institucional
2. Cronograma del Concurso Público
3. Bases del Concurso Público
4. Tabla de calificación
5. Formato de solicitud
6. Formato de declaración jurada
7. Formato de sílabo
Arequipa, _____de_________________________de 2016
FIRMA
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PROGRAMA PROFESIONAL DE …………………………………………………………
SILABO
I. INFORMACIÓN GENERAL
1. Asignatura 2. Ciclo académico 3. Código 4. Carrera Académico 5. Clases teóricas 6. Clases prácticas 7. Número de horas 8. Prerrequisito 9. Semestre académico 10. Ambiente donde se realizará 11. Docente (teoría y práctica)
II. MISION Y VISION
MISION La Universidad Ciencias de la Salud es una institución de educación superior privada, dedicada a generar y aplicar el saber, a promover el arte y la cultura, formando agentes de cambio, capaces de influir en el mejoramiento de la calidad de vida de la población. En los claustros de la universidad se forman profesionales con un vasto desarrollo de la creatividad, la inteligencia, actitud críticas y capacidades adecuadas para el autoaprendizaje. Se promueve y divulga la
investigación científica en todos los campos del saber, enfatizándose la búsqueda y construcción del conocimiento como la razón de ser de la actividad intelectual y sensibilidad social para atender los problemas complejos del hombre, interrelacionados con la naturaleza y la sociedad. Inserta su actividad académica en el ámbito regional, nacional e internacional, con la participación de su comunidad en redes de colaboración interuniversitaria y en relaciones de intercambio y cooperación con universidades extranjeras.
VISION La Universidad Ciencias de la Salud, es una institución de educación superior privada, que mantiene como
premisas básicas la búsqueda de la verdad y la defensa irrestricta de las libertades de pensamiento, cátedra e investigación. Forma al estudiante en la perspectiva de una educación a lo largo de toda la vida y el auto aprendizaje, con el fin de que se integre plenamente a la sociedad del conocimiento del siglo XXI. Es una institución cuyo eje principal es el aprendizaje, en busca de la acreditación, asimismo, integra y articula las funciones de docencia, investigación y difusión, extensión y cuya organización impulsa la generación y actualización del conocimiento por parte de un núcleo docente de alto nivel. Con la meta de
estar a la vanguardia de los últimos adelantos tecnológicos y científicos en busca de la excelencia y formar profesionales de éxito.
II. CONTENIDO TRANSVERSAL
1)
2)
III. DESCRIPCIÓN DEL COMPONENTE Y/O SUMILLA
3.1.- NATURALEZA DEL COMPONENTE
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- Teórico – Práctico
3.2.- PROPÓSITO O FINALIDAD DEL CURSO
La pres
3.3.- SÍNTESIS DE LOS CONTENIDOS BASADOS EN COMPETENCIAS
− UNIDAD DIDACTICA I las ciencias administrativas.
− UNIDAD DIDACTICA II
− UNIDAD DIDACTICA III
− UNIDAD DIDACTICA IV dministrativa.
IV. COMPETENCIAS
COMPETENCIA GENERAL
COMPETENCIA ESPECÍFICA
V. PROGRAMACIÓN ANALÍTICA DE LAS UNIDADES
PRIMERA UNIDAD
FUNDAMENTOS DE LAS CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
COMPETENCIA ESPECIFICA:
Sesión
Conceptuales
Procedimentales
Actitudinales
Estrategia Semana
1
2
3
4
2
5
6
3
7
8
EVALUACION
4
Logro Mínimo:
SEGUNDA UNIDAD
LA EMPRESA Y SUS ANTECEDENTES
COMPETENCIA ESPECIFICA:
Sesión
Conceptuales
Procedimentales
Actitudinales
Estrategia Semana
1
2
5
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16
3
4
6
5
6
7
7
8
EVALUACION
8
Logro Mínimo:
TERCERA UNIDAD
COMPETENCIA ESPECIFICA:
Sesión
Conceptuales
Procedimentales
Actitudinales
Estrategia Semana
1
2
9
3
4
10
5
6
11
7
8
EVALUACION
12
Logro Mínimo:.
CUARTA UNIDAD
LOS PROCESOS DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA
COMPETENCIA ESPECIFICA:
Sesión
Conceptuales
Procedimentales
Actitudinales
Estrategia Semana
1
2
13
3
4
14
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17
5
6
15
7
8
EVALUACION
16
EXAMEN
SUSTITUTORIO 17
Logro Mínimo:
VI. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS
5.1.- MÉTODOS
5.2.-
PROCEDIMIENTOS
5.3.- TÉCNICAS
VII. MEDIOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS
6.1.- MEDIOS
- Textos - Medios audiovisuales
6.2.- MATERIALES
VIII. SISTEMA DE EVALUACIÓN
7.1.- Procedimiento
CRITERIOS TECNICAS INSTRUMENTOS
Conceptual Evaluación teórica Examen escrito
Procedimental Exposición (rubricas) Desarrollo de casos
Actitudinal Participación activa Ficha de cotejo
7.2.- Criterios de Calificación
Las pruebas escritas se califican mediante la escala vigesimal (0-20 puntos). Los contenidos procedimental y actitudinal también se califican en la escala vigesimal (0-20 puntos). PF = 0,60PC + 0,30PP + 0,10PA dónde: PF = Promedio final PC = Promedio de capacidades PP = Promedio de contenido procedimental PA = Promedio de contenido actitudinal
IX. CRONOGRAMA DE EVALUACIÓN
ACCIONES INSTRUMENTOS MES DÍA PORCENTAJE
Evaluación I Examen escrito Setiembre 28 30% de avance
Evaluación II Examen escrito Octubre 26 20% de avance
Evaluación III Examen escrito Noviembre 23 20 de avance
Evaluación IV Examen escrito Diciembre 21 30 de avance
TOTAL 100%
X. BIBLIOGRAFÍA
XI. PAGINAS INTERNET FIRMA DEL DOCENTE
UNIVERSIDAD CIENCIAS DE LA SALUD RESOLUCIÓN Nº 115 2010 CONAFU
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CRONOGRAMA DEL CONCURSO PUBLICO DE PLAZAS PARA DOCENTES
CONTRATADOS
ACTIVIDADES FECHAS
Convocatoria 24 enero 2016
Venta de Bases 27 de enero al 20 de febrero de 2016
Inscripción de postulantes y presentación de
expedientes (sobre)
27 de enero al 20 de febrero de 2016
Instalación del Jurado Calificador y revisión de
la documentación para la declaración de
postulantes aptos
22 de febrero de 2016
Evaluación de hoja de vida y verificación del
campo clínico
22 y 23 de febrero de 2016
Publicación de postulantes aptos* 23 de febrero de 2016
Sorteo de clase magistral , tema y orden de
presentación*
23 de febrero de 2016
Clase magistral* 25 y 26 de febrero e 2016
Entrevista personal*
Publicación de resultados* 27 de febrero de 2016
*El presente cronograma podrá ser reajustado a decisión del Jurado Calificador, en caso de requerirse mayor tiempo
para la calificación en cada una de las etapas.
VENTA DE BASES Y REGISTRO DE PARTICIPANTES
El costo de las Bases será de S/ 50.00 (Cincuenta con 00/100 Soles)
LUGAR DE INSCRIPCIÓN
Calle San Camilo Nº 510 – Arequipa
HORARIO:
De 8:00 a 17:00 horas de Lunes a Sábado