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CÁMARADEDIPUTADOSMESADEMOVIMIENTO.
2 6 JUN 2012
CÁMARA DE DlPUTADOSDE LAPROVINCIA DE SANTAfE
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
violencia familiar y sexual. Tales residencias se
ubicarán estratégicamenteen las ciudades de Santa Fe,
Rosario y Reconquista. Asimismo, podrán implementarse
Casas de Refugio Temporal en otras localidades de la
Provincia cuando las circunstanciasasí lo ameriten.
ARTICULO 2°._ Los Hogares de Refugio Temporal son sitios
que por sus características físico espaciales y estético
funcionales, permiten desempeñar las funciones propias
de una CASA-REFUGIO TEMPORARIA para madres y sus hijos
menores de edad victimas de violencia familiar y sexual;
brindando protección, alberque, alimentación y atención
multidi.sciplinaria especializada, propiciando su
recuperación integral.
ARTICULO3°. - La Casa Hogar funcionará en el local que
el Poder Ejecutivo determine oportunamente y contará con
las dependencias necesarias para una población de no
menos de 20 madres y sus respectivos hijos, en total un
promedi.o de 60 personas.
-
ARTICULO 4 ° .- La autoridad de aplicación de esta Ley
2"12 - AÑO DEL HICENTENAR(O DE LA CREACIÓN DE LA H,u,DJ,R,\NACIOI"AI.
Gral. López 3055 - (S3000DCO) Santa Fe - Argentina
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ARTICULO 1°._ Créanse tres (3) CASAS DE REFUGIO que
servirán de alberque sequro -de manera temporal- a las
mujeres e hijos menores de edad a su cargo, víctimas de
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será el Ministerio de Desarrollo social, en coordinación
con los Ministerios de Salud y de Justicia y Derechos
Humanos.
El Ministerio de Desarrollo Social podrá
suscribir acuerdos con organismos públicos o privados,
Nacionales, Provincialesy/o Municipales, con el objeto
de dar cumplimientoa lo establecidoen la presente Ley.
Además elaborará el Reglamento del Régimen Interno de
las Casas de Refugio Temporal de la Provincia de Santa
Fe.
ARTICULO 5°.- De la Dermanencia: La permanencia en una
Casa de Refugio para una mujer víctima de violencia, sus
hijos e hijas, tendrá una duración máxima de treinta
(30) dias. Si al término de dicho período subsistiera
la causa que dio motivo a su alojamiento, este podrá ser
renovado en un plazo igual al inicial hasta el limite de
noventa (90) días.
ARTICULO 6°.- Ob;etivo General. Brindar a la mujer
víctima de violencia espacios seguros para analizar y
decidir acerca de un nuevo proyecto de vida en paz y sin
violencia, luego de haber tenido una atención integral.
-
ARTICULO 7°._ Ob;etivos eSDecíficos:
1 - Cubrir temporalmente las necesidades básicas de
2UI2 - AÑO DEI.HICE~TE~AR(() DE I~ CRE;\CI()~DE LA 8AI'I>ER.\ NACI()~AI.
Gral.Lópcz3055- (S3000DCO)SantaFe-Argentina
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alojamiento y manutención, por 30 dias o más según lo
determine el equipo multidisciplinario del
establecimiento
2 - Atención del trauma psicofisico y reinserción
social a través de la promoción de las capacidades de
los residentes para facilitar su autonomia y consecuente
egreso.
>
ARTICULO 8°._ Del Inareso:
Mediante oficio judicial. El equipo técnico del
órgano jurisdiccional evaluará la situación de
riesgo de la mujer y sus hijos.
Por derivación directa de organismos del Estado
provincial que brinden servicios de asistencia
psicológica y/o juridica a victimas de violencia
familiar;
Por derivación de hospitales y/o centros de salud
provincial que hayan detectado la situación de
violencia familiar.
ARTICULO 9°. - La Dirección de la Casa de Refugio, debe
-
alcance y actividades que se desarrollan con ellas y los
menores a su cargo. Se dejará expresa constancia de la
voluntariedad del ingreso y del compromiso ineludible de
2012 - l\ÑO DEL BICENTENf\RIO DE l.A CREt\CIÓr\ DI': LA B!\I"\()ER;\ N,\CIONALr
Gral. López 3055 - (S3000DCO) Santa Fe . A1'gentina
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obtener por escrito el consentimiento de las mujeres
victimas de violencia que se alojan en la misma, de que
conocen y aceptan los reglamentos, funcionamiento,
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mantener reserva de la ubicación del lugar y de toda
información que se considere necesaria para la
protección integral de todos los residentes.
Además, estará a cargo de la dirección, la
confección de un registro con antecedentes estadisticos
de víctimas de violencia, que requieran la protección
del Estado concurriendo a dichas casas.
ARTICULO lOo.-Cuando la mujer admitida tenga hijos
menores de edad a su cargo, deberán extremarse los
recaudos para evitar la separación familiar, valorando
el peligro al que estén expuestos; mientras el servicio
legal de la Casa Hogar notificará, a la mayor brevedad,
a la autoridad administrativa o judicial interviniente.
ARTICULO 11: Criterios de admisión:
Tener como mínimo 18 años o que sean menores
emancipadas.
Haber dejado el domicilio y no disponer de recursos
personales, familiares o sociales para poder
afrontar la situación
Estar dispuestas a denunciar los malos tratos, en
el periodo más breve posible, como protección legal
para ellas y sus hijos.
-
ARTICULO 12°.- Deberes de los residentes:
21112 . (,Ñu DEI. BICENTENARIO DE l.A CREACI()~ DE LA BAKDERA t\;ACIO"'AL
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Utilizarán las instalaciones y servicios de la casa
refuqio, así como los talleres con la finalidad de
que las madres loqren su capacitación en alqún
oficio práctico. Asimismo, llevarán a cabo otras
labores: en la cocina, en el mantenimiento de las
áreas libres y limpieza del establecimiento.
Informar de cualquier cambio que se produzca en su
situación personal, familiar, social y económica
que afecte el sequimiento de su situación.
Comunicar la salida voluntaria del refuqio con la
debida antelación.
No establecer ninqún tipo de contacto con el
aqresor durante su estadia en el refuqio.
mu1tidisciplinaria,
para la recuperación del daño sufrido y su normal
desarrollo social.
ARTICULO 14°.- Cada Casa-Refuqio contará de un equipo
interdisciplinario compuesto por una Directora General y
dos asistentes administrativas; un médico clínico; un
aboqado con acreditada experiencia en las materias de
-incumbencia de violencia familiar; un psicóloqo
especializado en terapia familiar y violencia; y una
asistente social.
2012 - A!>IO DEL BICE!':TENiIRIO DE LA CREACI()!'; DE LA BANDERA !':,\ClO!':AL
Gral. López 3055 - (S3000DCO) San", Fe - Argentina
ARTICULO 13°.- Las personas víctimas de violencia
familiar y/o sexual que inqresen a estos hoqares,
recibirán obliqatoriamente atención
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ARTJ:CULO 15.- Se prestará apoyo en cursos de
capacitación ocupacional que permita a los mujeres
víctimas de violencia adquirir habilidades y destrezas
en distintas tareas y/o profesiones: costura, pintura,
gastronomía, zapatería, cerrajería, etc. que les
facilite su inserción laboral, así como la terminación o
continuación de sus estudios. Concluida su permanencia
recibirá una certificación especial que acredite dicha
capacitación.
ARTJ:CULO 16°.- Anualmente se incluirá en el Presupuesto
Provincial, las partidas necesarias para atender el
cumplimiento de la presente ley, tanto en las etapas de
construcción y
funcionamientode
de violencia.-
equipamiento, como durante el
los refugios temporarios para víctimas
ARTJ:CULO 17°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la
presente ley dentro de los noventa (90) días de su
promulgación.-
ARTJ:CULO 18.- DE FORMA.-
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2012 . ¡\lSJo DEL BICEr-..;TENARIO DE I.A CREACI()~ DE LA B,\}o\DERA N.\CIOl'<\AL
IGral. López 3055 - (S3000DCO) Santa Fe.Argentina
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SEÑOR PRESIDENTE:
Esta iniciativa está concebida para quienes
no tienen otra alternativa de cobijo en una situación de
violencia, y pueden asistir con sus hijos. Es frecuente
que ante una situación de violencia no exista un espacio en
donde pe:l:Dlanecer un deteJ:minado tiempo. Esto es para que
las mujeres puedan animarse y poner en conocimiento de la
autoridad el conflicto que atraviesan.
La violencia se concibe como un fenómeno que
en la actualidad afecta a qran parte de la población
mundial y que se caracteriza por el daño y la aqresión; en
este sentido, la Orqanización Mundial de la Salud (OMS)
define el téJ:mino violencia como:
"E~ uso de~iberado de ~a fuerza física o e~
poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno
mismo, otra persona o un grupo o c,.."..,n.dad, que cause o
tenga muchas posibi~idades de causar ~esiones , muerte o
daños psico~ógicos , trastornos desarro~~o o -privaciones. (OMS, 2002, p.S)".
Si nos remi timos a ~a definición de
vio~encia como ~a ap~icación de métodos fuera de ~o nat;ura~
2U12 - AÑO DEI. BICE~TENAR[O DE LA CREACIÓ!\. DE 1..\ BAI\:DERA N,\CIOl'AL
Gral. L6pez 3055 - (S3000DCO) Santa Fe . Argentina
cÁMARA DE DIPUTADOSDE lA PROVINCIA DE SANTA FE
a persoDas o cosas para vencer su resist:encia, hab~aremos
de UD abuso de aut:oridad en e~ que a~guien cree t:ener poder
por sobre ot:ro. Generalment:e se da en ~as re~aciones
asimétricas, e~ hombre sobre ~a majer o e~ padre sobre e~
hijo, para ejercer e~ contro~.
Considero que estamos ante una situación que
nos interpela culturalmente y nos acusa. Somos parte de la
cultura en que viv~os, sea por acción u omisión.
Responde al más simple silogismo que si la
premisa mayor es, por ejemplo: el mUDdo lucha por la paz,
yo formo parte del mundo, luego yo lucho por la paz. La
lógica del hombre descubrió hace siglos estas cuestiones.
Pero aún en este siglo queremos avanzar en esta lucha por
la paz y la realizacióndel hombre dando millones de pasos,
pero muchas veces esos pasos no siguen un mismo camino y no
arriban por ende a ningunameta.
Esto precisamente sucede con la LEY DE
VIOLENC~ F~L~ (11529/97).Los casos crecen sin cesar y
las víctimas se atreven cada vez más. Dan ese tan difícil
primer paso hacia la salida del círculo enfermizo. Pero la
mayoría de las veces vuelven al hogar a convivir con la
persona violenta.
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A un mayor abundamiento,la norma precitada
2012 . ,\ÑO DEL BICENTEN,\RIO DE LA CRE¡\CIÚ~ DE LA BAl'IJER,\ N.\CIOKAI.
Gral. López 3055 - (S3OO0Doo) Santa Fe - Argentina
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trae como novedad figura de ~as "medidas
autosatisfactivas" que, siD ~ugar a dudas, consti~en una
herramienta :f1mdamenta~ para ~a prob~emática de ~a
vio~encia fami~iar. A través de e~~as, un Juez puede
dictar ~quier medida (exc~usión de~ hogar, prohibición a
acercarse a ta~ ~ugar, a~imentos, etc. ) sin necesidad de
escuchar ü agresor e inmediatamente presentado e~ caso.
Los jueces ~a ap~ican a diario ~a ~ey de
vio~encia fami~iar y ~os casos crecen sin cesar. Las
víctimas se atreven cada vez más. Dan ese tan difíci~
primer paso hacia ~a süida de~ cír~o enfezmizo. Pero ~a
mayoría de ~as veces vue~ven a~ hogar a convivír con ~a
persona vio~enta.
Advertimos e no basta con ~a ~e
inhabí~idad de e~~a I improcedencia de su ap~icación o ~as.
~imitaciones e a~ as veces e~ tribunü tiene a~ a tar
~as medidas e e~~a consaara. Los vacíos son enoJ:1lles y
para entenderlo s los dividiremos en áreas a los solos fines
cognoscitivos:
a) Socio cultural: los actores en las -medidas autosatisfactivas son mayoJ:1llente personas de escasa
formación cultural y que se desenvuelven en espacios
sociológicos marginales. Las víctimas con mejor formación
generalmente tienen un lugar laboral, un ingreso, y
2012 . AÑU DEL BICE!\.:TENARIO DE 1.'\ CRE.\CIÓ~ I>E LA BA"DER;\ N.\CIOl'AL
Gral.L6pez3055 . (S3000DCO) Santa Fe .Aruntina
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necesitan más bien una terapia espiri tua~ y socio~óqica.
Las primeras necesitan el apoyo de~ Estado. Este mismo
espacio sociolóqico no puede contener~as: por temor y por
desprotección.
b) Aspecto sub;etivo de~ denunciante: La
persona victima de este tipo de relaciones acude a~ Estado
con una marcada destrucción de su autoestima. Generalmente
no tienen independencia económica ni fami~ia materna o
paterna que los pueda contener. Pueden tener algún empleo
de bajo inqreso a~ que temen asistir porque el victimario
conoce ~os horarios y el recorrido territoria~.
Si se ~es atribuye e~ hoqar conyuqa~ saben
que a~ momento de enfrentarse con e~ exc~uido van a estar
solas. La po~icia si ~~eqa, ~o hará lueqo de ser qolpeada
porque para esto bastan unos sequndos.
c) Personalidad del victimario: El vio~ento
no se detiene por una simple medida judicial "de
distancia" . No está en su formación el respeto a las
autoridades establecidas y no se siente parte de~ sistema
como para entenderse destinatario. Muchas veces obra
alentado por sustancias adictivas y por ende a~ejados del-
raciocinio. Saben que su victima no tiene un luqar
qeoqráfico donde acudir ni medios para subsistir. Diqo:
saben que e~ reqreso será pronto y que ~ueqo ~a violencia
2012 . AÑO DEL 8ICEl'TENARIO DE 1.,\ CRE,\CIÚ~ DE LA 81\l\:DER.\ :\.\<:101\..'\1.
Gral. Lópcz 3055 - (S3000DCO) San... Fe - Aq¡entina
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se incrementarápor el paso hacia la libertad interior que
dio su pareja, o su hijo/a., o quien en definitiva forma.
parte de este círculo enfermo. No vamos a entrar en un
análisis profundo porque sino veríamos que el vic~rio es
a su vez víct~ de su propia historia personal.
d) Desenlace de la aplicación de la Lev: la
ley que momentáneamente abre este círculo no puede concluir
su obra. La persona que lueqo de denunciar a quien teme no
cuenta con un sostén de parte del Estado que la apoye para
comenzar la nueva etapa. Es imperioso que este sequndo
paso, por el camino que nos lleve a la protección a la
persona víct~ de violencia psicolóqica y/o física, se
produzca.
Necesitamos un hoqar para las víctimas y sus
hijos menores de edad, que sea sequro en cuanto a la
preservación de su inteqridad, que cubra las necesidades
básicas de los dias subsiquientes, que le brinde cuidados a
los hijos para que sus madres puedan buscar trabajo, y si
es posible, consequirles.
Rablamos de un espacio para que cuenten con
asistencia psicolóqica, asistente social, médico, en casos-
extremos forma.dores de oficios, asistencia espiritual
acorde con las creencias particulares, etc.
2012 . AÑO DEL BICE!\:TENARIO DE LA CREACIÓ!\. DE LA B:\1\:l>FR¡\ ~,\CI()r-..:AL
Gral.L6pez3055 - (53000Doo) SantaFe-Argentina
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empleadores y empleados, puede realizarse convenios con las
autoridades responsables de la fo:z:maciónde psicólogos,
asistentes sociales, institutos de educación física, etc.,
para que a su vez esto les signifique a los nuevos
profesionales una excelente experiencia en sus inicios, a
muy bajo costo del Estado. Se cura la persona integral: y
la persona integral es material e inmaterial.
Por las razones expuestas, descuento el voto
favorable de mis Pares a la presente iniciativa.-
2UI2- AÑU BEL HICE~TENi\RI()DE LA CRE'\CIÓ~ DE LA B.\"DERA i\.,\CIOf\:AL
Gral. L6pez 3055 . (S3000DCO) Santa Fe -Algentina
e) Materia DresuDuestaria: La erogación es
importante pero también puede serlo la imaginación: a
título ejemplificativo puede abrirse un registro de