Post on 26-Jun-2015
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Ciencia Jurdica Normal Y Ciencia Jurdica Exquisita (con base en texto de Enrique Pedro Haba)
Derecho como ciencia una Cuestin de Mtodos
En qu sentido o bajo que condiciones puede serlo o no? Qu quiere decir la palabra ciencia si est llamada a calificar el derecho?
Semticamente conlleva una valoracin positiva
Importa determinar qu requisitos o garantas metodolgicas respaldan las conclusiones prcticas a que llega el jurista
Hay un pluralismo que debe destacarse
Referente a mtodos
Necesario saber
Qu derecho? Qu mtodos? Metodologa jurdica Permite evaluar si la actividad es cientifica
Para saber caminos que transita
Hecha eleccin
Desarrollo del captulo
Eleccin del tipo de ciencia jurdica sobre la base de determinacin de derecho y metodo Aplicacin a la ciencia jurdica tradicional Evaluacin de resultados de dicha ciencia y planteamiento de perspectivas
Concepto de Derecho
Nociones divergentes mismo smbolo lingstico
Objetos distintos Aspectos distintos del objeto Debe incluir multitud de detalles distintos
Dificultad
Intil porque concepto tiene un fin
Instrumento para pensar Para organizar datos de forma manejable Para poder hacer algo con los datos
Uso de palabra derecho
Para muchas cosas a la vez No pretende excluir ni incluir ninguna Se puede restringir para evitar malos entendidos en la comunicacin
Para que cada uno sepa a lo que el otro se refiere con esta. Decisin contingente Solo as podemos saber con respecto a qu cosa precisamos mtodos y cmo hemos de emplearlos
Delimitacin es convencional
Nocin de Derecho tiene carcter estipulativo
Pueden agruparse en tres tipos:
Normativismo Axiologismo Sociologismo
Normativismo
Dogmtica jurdica Normas jurdicas
Ciertos modelos explcitamente formulados que establecen un patrn general al cual deben ajustarse las conductas en determinadas hiptesis (igualmente generales) Deben tener forma precisa
Para distinguir legtimo de ilegtimo Caso tpico LEYES Subconjunto lingistico del lenguaje comn No es artificial
Subyace idea que jurista las conoce
Objeto de la c iencia del derecho:
La construccin e interpretacin de un lenguaje, el jurdico No todos son propios (exclusivamente jurdicos) Lenguaje profesional es uno tcnico especializado Especialidad del jurista consiste en saber manejar su lenguaje propio
Axiologismo
JUS ES ARS BONI ET AEQUI (El derecho es el arte de lo bueno y justo, Celcio). Derecho se conoce en el caso concreto
No en formulaciones abstractas Estas pueden ayudar pero no son el derecho mismo Conocimiento de valores en cuanto tales Desarrollo de facultades mentales para ver lo bueno jurdicamente hablando
Objeto del derecho
Capacidad del jurista a observar esos valores
Sociologismo
Cumplimiento regular de conductas
En medio social, parte de este o prctica de jueces Derecho (Holmes)
Las profecas de lo que harn los jueces
Derecho viviente el que domina la vida
Realidades sociales y psicolgicas fcticamente dadas, unos datos empricamente determinables
Puede incluir normas y valores pero derecho se localiza en funcin de esas conductas en si mismas
Teora tridimensional del derecho
Reale: Derecho = Hecho+Valor+Norma Se corre riesgo de ontologizar derecho
No advierten que no hay una cosa unidimensional ni tridimensional Manejo ingenuo del lenguaje
Donde se usa un sustantivo debe haber una y la misma cosa
Mtodo est en funcin del objeto que se investiga
Eleccin de objeto determinar mtodo Segn ngulo se tendr una clase de ciencia
Tipos de Mtodos
Lato
Cualquier suerte de medios empleados para lograr un fin No son transferibles No es seguro que puedan conducir a resultados parecidos Exigencias mayores Puesta en ejecucin debe corresponder a plan preestablecido Realizacin puede ser controlada intersubjetivamente
Cientfico
Pluralidad de investigadores pueden
Verificar la realizacin del plan Se benefician de intersubjetividad fuerte
Mtodo cientfico en sentido estricto
Acuerdo general respecto a forma de aplicarlos verificar aplicacin del mtodo Saber si resultados con correctos de acuerdo con esa ciencia
Dentro de crculo de conocedores todos pueden
Mtodo cientfico en sentido estricto
procedimiento estndar, ordenado segn determinadas reglas especficas, las cuales se conocen y aplican de modo intersubjetivo en el seno de una disciplina dada, donde es empleado por sus profesionales para obtener normalmente cierta clase de resultados-estndar; as, tales resultados pueden ser netamente pre-vistos y obtenerlos con seguridad, o al menos con algo grado de probabilidad, mediante el mtodo indicado.
Intersubjetividad
La verificacin, el control de la legimitad de un enunciado cientfico, depende de criterios lo bastante firmes como para que la gente al menos los hombres de ciencia est en condiciones de hallarse habitualmente de acuerdo sobre la aplicacin de tales criterios, es decir, sobre el valor (probabilidad, plausibilidad) de los resultados obtenidos por dichas vas. Estos resultados han de poder comunicarse, pues, con ningn o muy escaso riesgo de malentendidos.
Intersubjetividad de una ciencia
Riguroso (generalmente entendido entre especialistas por lo menos). Procedimientos y resultados pueden ser expresados en ese lenguaje comprensible Rige acuerdo sobre manejo de lenguaje y procedimientos y legitimidad de resultados Con base en cuerpo especfico de conocimientos que caracterizan a profesionales, que constituye el sistema teortico propio de esa disciplina
Mtodo en sentido amplio
Con cierta intersubjetividad
No es neta Control flexible A menudo no es unvoco Dentro de crculo hay desacuerdos sobre
Cmo y cuando son aplicables los mtodos Correccin de resultados Aunque no estemos de acuerdo no se juzgan absurdos
Lo ms se alcanza resultados razonables
Tipos de Ciencia
Saber de carcter metdico Sentido estricto y amplio Ciencias duras y blandas No sostiene
Uno de esos tipos sea viable para toda disciplina o todos los sectores de una, ni todos los casos de un sector, ni en la misma medida para cada caso Aplicar mtodos en sentido estricto no quede nunca ningn espacio para tomar decisiones o interpretaciones divergentes
Si los mtodos no nos satisfacen
Podemos proponer otros Qu asuntos Cmo
Aceptabilidad de Mtodo depende de
Puedan ser resueltos efectivamente con ellos (praxis)
CIENCIA:
Saber teortico-sistemtico, intersubjetivamente comunicable e intersubjetivamente controlable Suele ser complejo y sofisticado Control
Lgico Emprico
Mtodo no es ciencia
Ciencia tiene ciertos elementos teorticos ms discutibles
No estrictamente controlables por aplicacin de mtodos Tienen plausible conexin con los controlables e incluso los intersubjetivamente comunicables Diferente procedimiento de prueba que lo probado
Los saberes de la ciencia no consisten en mtodos
Relaciones Derecho y mtodo cientfico
Si concepcin normativista
Ciencia del derecho debe abocarse a
Construccin de lenguaje bien hecho Ciencia del discurso Elaboracin de lenguaje lo ms riguroso posible Sobre todo en sintaxis (lenguajes formalizados) Semntica Sin perder de vista dimnsin pragmtica
Instrumental de la lingstica moderna
Si concepcin axiologista
Aprehensin de valores
Proyeccin en circunstancias concretas Intuicionismo
Problema filosfico de cmo captar valores
No se conocen criterios cientficos para establecer la intuicin entre valoraciones correctas e incorrectas Salvo que se tomen como datos empricos Sicolgicos Sociolgicos
Si concepcin es sociolgica
Se trata de comprobar realidades empricas Hechos verificables en fenmenos sociales Conciencia promedial de que existen determinadas reglas Puede ser captado mediante mtodos de
Sociologa emprica Psicologa social
Conclusiones
Pluralismo de mtodos aplicables Entonces ser concientes de
No confundir mtodos Ni combinarlos al azar Aplicar solo mtodos que correspondan al concepto de derecho que se usa Pueden apuntar a ciencia en sentido estricto
Correcto
Tipos normativista y sociolgico
Doctrina jurdica
Se mueve entre normativismo y axiologismo
Normativismo axiologista Axiologismo normativista
Difcil mtodos cientficos en sentido estricto Eleccin conciente o inconciente Asunto de valoracin
Qu mtodos se aplican en el Derecho?
Ciencia jurdica tradicional - Lenguaje Jurdico
Labor fundamentalmente lingstica Manipulacin de cierto lenguaje profesional
Especializada Tcnica
Donde ley tiene rango privilegiado de fuente formal
Parfrasis y construcciones asentadas sobre textos legales
Actividad principal de cientficos del derecho L.J= textos oficiales+formulaciones doctrinarias Tres planos de tematizacin progresiva
Planos de comprensin: no se excluyen entre si estn interrelacionados en prctica
Primero
No problematizada de textos jurdicos
Sentidos obvios el lenguaje comn Se vale de intuicin lingstica habitual de su colectividad No se plantea cuestin de determinar esquemas de pensamiento especficos para su labor profesional Ligado a imprecisiones del lenguaje cotidiano
Planos de comprensin
Segundo
Intentos de racionalizacin del pensamiento jurdico Por medio de cnones hermenuticos (criterios de interpretacin)
Gramatical, Lgico, Histrico, Sistemtico Betti: autonoma o inmanencia, totalidad y coherencia, actualidad del entender y adecuacin del entender (correspondencia o consonancia)
Problema de interpretaciones diversas y problema de la jerarqua
Planos de comprensin
Tercero
Discurso del tipo de razonamientos (tpica, argumentacin, hermenutica). Mayor conciencia de la relatividad
Flexibilidad y variabilidad de textos del derecho Interpretaciones no tienen firmeza de ciencias en sentido estricto
Derecho antes arte que ciencia
Conclusiones
Concepcin heterognea sobre el derecho como objeto Jurista se sirve de mtodos
En sentido amplio Subordinados al cuadro de argumentaciones
Bajo nivel de racionalidad cientfica, intersubjetividad dbil por
Falta de teora unitaria para organizar razonamiento jurdico como sistema global
Conclusiones
Falta de precisin en contenido de cnones y jerarqua para elegir Intervencin de mltiples factores donde resalta alto porcentaje de indeterminacin y subjetivismo Grado de racionalidad no es uniforme para todo el derecho
Algunas secciones o casos ms intersubjetivos Conclusiones son apreciacin de carcter tendencial Donde no hay dudas no es con base en contralor cientfico
Qu mtodos pueden y deben aplicarse? BALANCE Y PERSPECTIVAS
Posiciones axiolgicas fundamentales
Propuesta para construir una teora en s misma
Como herramienta en la praxis Como medio al servicio de determinados fines Depende de los fines de qu se parta
Son posiciones valorativas A y B
A:
Tradicionalista, conformista
No se piensa en introducir cambios sustanciales al tipo de pensamiento que suele cultivarse en derecho
Qu mtodos pueden y deben aplicarse? BALANCE Y PERSPECTIVAS
B:
Tendencia crtica, antitradicional
Disconformes con mtodos tradicionales Posible incorporar en forma progresiva mtodos cientficos propiamente dichos a la tcnica jurdica
Tipo de labor recomendado para ciencia del derecho
A Conciencia agudizada de lo que vienen haciendo los juristas Cabe perfeccionarlo Consigue mayor transparencia el pensamiento
B Pugnan por aplicacin de mtodos nuevos al derecho Ciencias afines Logstica Lingstica Sociologa emprica Otras
Niveles de ciencia jurdica y tipos posibles ella
Primer nivel (normal)
Razonamiento de los juristas prcticos y dogmtica Usados para solucionar problemas Lenguaje objeto para el nivel siguiente Anlisis conceptuales con respecto a nivel I Proyectos para modificarlos de alguna manera
Segundo nivel (reflexiones exquisitas)
Filosofa jurdica y Teora del Derecho
Niveles de ciencia jurdica y tipos posibles ella
Derecho tambin es fuerza social e ideologa
Hace imposible que el propio nivel 1 llegue a imponerse una tecnificacin del discurso jurdico que alcance el rigor intelectual que tienen ciencias en sentido propio
Soluciones jurdica responden a cambiantes constelaciones de intereses contradictorios
Improbable que autoridades quieran encadenar sus decisiones a mtodos firmes Por impedir que puedan ser flexionadas para acomodarlas a los intereses e ideologas dominantes
Es posible una ciencia jurdica extraordinaria?
Paradigmas teorticos innovadores, revolucionarios
Aceptada por algunos profesionales
Historia del Derecho no muestra cambio sustancial Conclusiones generales (p. 19)