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Buenos Aires | 9 de agosto de 2011 | Año LV
InstitucionalConvocatoria asamblea ordinaria anual
Asamblea ordinaria anual. Elecciones 2011
XXXVIII Convención Notarial
Programa de la Convención
Pautas formales para la presentación detrabajos en la Convención
Pautas para la cobertura de gastos depasajes y hotelería
Acto por el 157º aniversario de la Bolsa deComercio de Buenos Aires
Audiencia con el titular de la DirecciónGeneral Impositiva
InformaciónActos de autoprotección y de últimavoluntad
UIF. Vademécum sobre la Prevención delLavado de Activos y Financiación delTerrorismo
Aysa. Demoras en la expedición de certifi-cados de libre deuda
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Institucional
Convocatoria asambleaordinaria anual
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Institucional
Audiencia con el titularde la Dirección GeneralImpositiva
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Capacitación
Taller de informáticaAplicativos y funciones web
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CIRCULAR 3282
Asociación Argentina de Estudios Fiscales:Ciclo introductorio a la especialidad tribu-taria
SIE. Nuevos valores de aportes notariales
Equipos médicos de cabecera
Primera Jornada de Prevención de laMuerte Súbita
XVI Jornada Notarial Cordobesa
Convocatoria a escribanos registradorespara cumplir funciones en RegistroNacional de Buques
Talleres y cursos de capacitación para latercera edad
Torneo de fútbol interno 2011
CapacitaciónTaller de informática
CulturaEncuentro Coral
Programación del mes de agosto
Jurisprudencia
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DDeecciissiioonneess ddeell CCoonnsseejjoo DDiirreeccttiivvoo
Convocatoria a asamblea ordinaria anual
El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, en cumplimiento de lo dispuesto por los
artículos 27 y 28 del Estatuto, ha resuelto convocar a asamblea ordinaria para el jueves 15
de septiembre de 2011, a las 14 horas (1° citación) y a las 15 horas (2° citación) en su sede
de Av. Callao 1542, para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los secretarios, labren y aprue-
ben el acta, que firmarán con el Presidente.
2°) Consideración de la Memoria, Balance e Inventario General de:
a) El Colegio de Escribanos – Ley 404 – del período comprendido entre el 1° de julio de
2010 y el 30 de junio de 2011.
b) La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social – Ley 21.205 (modificada por la
Ley 23.378) – del período comprendido entre el 1° de julio de 2010 y el 30 de junio de
2011.
c) El Fondo Fiduciario de Garantía de acuerdo con lo establecido por la Ley 404 en su
Título IV, Sección Segunda, Capítulo VI, del período comprendido entre el 1° de enero y
el 31 de diciembre de 2010.
Institucional
2 | agosto 2011 | Circular 3282
3º) Consideración de las siguientes contabilidades:
a) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 17.050 - Registro de la
Propiedad Inmueble.
b) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 23.412 - Secretaría de
Justicia de la Nación.
c) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto 754/95 - Inspección
General de Justicia – Área Rúbrica e Individualización de libros comerciales.
d) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto N° 520/90 -
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Agencia Gubernamental de Ingresos
Públicos (AGIP).
e) Fondo de colaboración y complementario de servicios tributarios - Convenio
Expediente N° 2306-21795/01 - Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos
Aires.
f) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Fideicomiso Facultad de Derecho de la
UBA.
Con relación al punto 3°) a), b), c), d), e) y f) se informa el período comprendido entre
el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2010.
4°) Elección de los cargos del Consejo Directivo: Presidente, Vicepresidente, 2 (dos)
Secretarios, 2 (dos) Prosecretarios, Tesorero, Protesorero, 10 (diez) Vocales Titulares y 6
(seis) Vocales Suplentes, para el período 2011/2013.
Eduardo H. PlaetsierColegio de Escribanos
Secretario
Carlos M. D´AlessioColegio de Escribanos
Presidente
Institucional | agosto 2011 | Circular 3282 3
Asamblea ordinaria anual. Elecciones 2011
En relación con la asamblea ordinaria anual del Colegio de Escribanos de la Ciudad de
Buenos Aires que se llevará a cabo el próximo jueves 15 de septiembre de 2011, a las 14 h
(1° citación) y a las 15 h (2° citación), en su sede de Av. Callao 1542, con un cuarto inter-
medio para proceder al acto eleccionario que se realizará desde las 16 hasta las 21 horas
en punto, cabe señalar lo siguiente:
1°) Son miembros activos con obligación de voto, los escribanos:
- Titulares
- Adscriptos
- Autorizados
- Matriculados con anterioridad al 1° de octubre de 1975
Son miembros con derecho a voto pero sin obligación, los escribanos:
- Jubilados por el régimen complementario de la Caja Notarial Complementaria de
Seguridad Social.
2°) Las elecciones de autoridades de este Colegio se harán mediante listas de candida-
tos para cubrir los 24 cargos del Consejo Directivo.
3°)No podrán integrar las listas los escribanos que hayan sido objeto de suspensión en
el ejercicio de la función por plazo superior a cinco días, durante los últimos 10 años.
Para ser electo Presidente o Vicepresidente se requiere una antigüedad como colegiado
de la institución en el ejercicio de la función notarial como titular o adscripto no
menor de diez años y, para los demás cargos del Consejo Directivo, de cinco años.
4°) Las listas deberán:
a) Designarse con un lema o color que las distinga; indicar el acto eleccionario al que
corresponden, la fecha del mismo y la nómina de los candidatos con la especificación
de los cargos para los cuales son postulados.
b) Acompañarse también con la expresa aceptación de los candidatos propuestos.
Ningún escribano podrá integrar o propiciar más de una lista.
c) Contar con la firma de no menos de 50 miembros activos, con excepción de los can-
didatos, individualizados con número de matrícula y aclaración de firma.
4 | agosto 2011 | Circular 3282
d) Indicar nombre y domicilio de quien o quienes firmarán como representantes (apo-
derados) de la lista en el trámite eleccionario.
Deberán ser miembros activos que no hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio
de la función por plazo superior a cinco días en los últimos diez años anteriores al res-
pectivo acto eleccionario.
e) No incluir a tres personas de un mismo sexo en orden consecutivo ni cubrir más del
70% de la totalidad de la misma (art. 36 de la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires y último párrafo del art. 126 de la Ley Orgánica Notarial N° 404).
f) Acompañar un ejemplar de las boletas a utilizarse en el acto eleccionario en que se
consignarán los cargos y candidatos propuestos para cubrirlos, lema o color que los
distinga, nombre del Colegio, individualización del acto eleccionario al que correspon-
den y fecha del mismo.
g) Adjuntar, además, la nómina de fiscales que designe cada lista para actuar durante
los comicios, (incluyendo, de ser posible, los números de celulares).
h) Ser entregadas antes de las 21 horas del día 29 de agosto de 2011 en el Departamento
de Secretaría del Colegio, por nota, en dos ejemplares para ser posteriormente oficia-
lizadas por el Consejo Directivo. Un ejemplar será devuelto al representante de la lista
con la firma de uno de los Secretarios y con el sello del Colegio con constancia de la
fecha y hora de recepción, de conformidad con el Reglamento de la Junta Electoral.
i) Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretarios, Prosecretarios, Tesorero y
Protesorero corresponderán a la lista que obtenga mayor cantidad de votos válidos
emitidos. Los cargos de Vocales Titulares y Suplentes se distribuirán mediante la apli-
cación del sistema proporcional D’Hondt, entre las listas que obtengan como mínimo
un 20% de los votos válidos emitidos.
Eduardo H. Plaetsier
Colegio de Escribanos
Secretario
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6 | agosto 2011 | Circular 3282
Institucional | agosto 2011 | Circular 3282 7
8 | agosto 2011 | Circular 3282
XXXVIII Convención Notarial
Programa4 |
Miércoles 31 de agosto18.00 a 20.00
Acreditación y entrega de materiales
Jueves 1º de septiembre
9.00 a 9.30
Finalización de entrega de material
9.30
Acto de apertura
10.00 a 11.30
Anteproyecto de Unificación del Código.
Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci
11.30 a 13.00
Trabajo de comisiones
13.00 a 14.30
Almuerzo de trabajo
14.30 a 16.30
Temas doctrinarios
16.30 a 17.00
Coffee break
17.00 a 19.00
Trabajo en comisiones
Viernes 2 de septiembre
9.30 a 11.00
Tema doctrinario
11.00 a 11.30
Coffee break
11.30 a 13.00
Tema doctrinario
13.00 a 15.30
Receso
15.30 a 17.00
Tema doctrinario
17.00 a 19.30
Coffee break
Taller de clausura
19.30 a 20.30
Acto de clausura
20.30
Fiesta de cierre
| agosto 2011 | Circular 3282 9Institucional
XXXVIII Convención Notarial
Pautas formales para la presentación de trabajos
Los trabajos deberán presentarse en papel
tamaño A4; márgenes: 3 cm izquierdo y
2,5 cm en los restantes; fuente: Times New
Roman, tamaño: 12; interlineado: 1,5;
citas bibliográficas: al pie de página, sin
interlineado; bibliografía: en hoja aparte,
al final del trabajo; páginas numeradas al
pie, en margen derecho.
Deberán acompañarse con una copia en
disquete o CD, con su respectiva etiqueta
identificatoria, en la que se indiquen autor
y título.
En la carátula del trabajo deberán figurar
los datos relativos a su autor (nombre y
apellido, teléfono y correo electrónico),
tema para el que se presenta y título. Su
extensión no deberá superar las quince
carillas. En caso de haber ponencia, debe-
rá introducirse entre la carátula y el de-
sarrollo del trabajo y su formulación no
deberá exceder las dos carillas.
Los textos deberán remitirse al
Departamento de Secretaría, Av. Callao
1542, primer piso, de lunes a viernes, en el
horario de 9.00 a 16.00.
Fecha de cierre de la recepción: 29 de
agosto de 2011.
La edición y tratamiento de los trabajos
que no se presenten en las condiciones y
fechas indicadas quedarán sujetos a la
decisión de los organizadores de la
Convención.
El Colegio se reserva el derecho de publi-
car los trabajos presentados y los despa-
chos producidos.
Agregar referencias bibliográficas a modo
de la Revista del Notariado.
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Delegados del Colegio de Escribanos
Pautas para la cobertura de gastos de pasajes yhotelería
El Consejo Directivo elaboró pautas para
la cobertura de pasajes y gastos de hotele-
ría por parte de delegados y eventuales
acompañantes a reuniones del Consejo
Federal del Notariado Argentino y de la
Unión Internacional del Notariado.
El texto que se detalla a continuación
forma parte integrante de la resolución:
1) Cobertura de pasajes y hotelería: En
todos los casos, sin excepción, deberá ser
aprobado por el Consejo Directivo.
2) Los pasajes serán adquiridos únicamen-
te por el Colegio de Escribanos.
3) Para la tramitación de los pasajes se
deberá pedir por lo menos tres (3) cotiza-
ciones.
4) El delegado deberá confirmar la opción
de emitir pasajes y reserva hotelera por
nota firmada.
5) En el supuesto de que el delegado soli-
citara la tramitación de pasajes y hotelería
para acompañantes deberá remitir nota
con expresa mención de que los costos
serán asumidos por él en su totalidad.
6) En caso de que el delegado tuviere que
cancelar imprevistamente su viaje, deberá
presentar nota fundamentando los moti-
vos.
7) Todo gasto que cause la obtención de
pasajes y reservas hoteleras para delegados
y/o acompañantes deberá ser aprobado
por el Presidente y el Tesorero.
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Acto por el 157º aniversario de la Bolsa de Comerciode Buenos Aires
El escribano Carlos M. D´Alessio, presiden-
te del Colegio, concurrió el 18 de julio
como representante de la institución al acto
conmemorativo del 157º aniversario de la
Bolsa de Comercio de Buenos Aires. En
dicho acto estuvieron presentes, entre otras
personas, la señora presidenta de la Nación,
doctora Cristina Fernández de Kirchner.
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10 | agosto 2011 | Circular 3282
AFIP
Audiencia con el titular de la Dirección GeneralImpositivaEl 18 de julio, el Presidente y la Secretaria
del Colegio concurrieron a una audiencia
con el titular de la Dirección General
Impositiva de la AFIP, doctor Ángel
Toninelli.
En la reunión se abordó el tema de la factu-
ración con IVA a la Caja Notarial
Complementaria, de la cual siempre estuvo
exenta pero a los efectos de percibir los
alquileres del edificio de la calle 25 de Mayo
195, debió inscribirse. Esto determina que
los prestadores que facturen a la Caja, pue-
den hacerlo con IVA incluido porque figu-
ra como responsable inscripto y el sistema
de factura electrónica no permite discrimi-
nar.
En su momento la AFIP respondió que
pese a la inscripción en el IVA debido a la
facturación de los alquileres, la Caja
Notarial no perdía el carácter de exenta del
impuesto al valor agregado. Por lo tanto, se
está gestionando un trámite denominado
Certificación de Exclusión, a fin de que
pueda facturarse sin el IVA.
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Esc. Herrero de Pratesi y Esc. D´Alessio
Institucional | agosto 2011 | Circular 3282 11
Datos obligatorios
Actos de autoprotección y de última voluntadAl momento de confeccionar las minutas
de actos de autoprotección o de última
voluntad, se recuerda que se deben consig-
nar los siguientes datos obligatorios:
- Nombre y apellido del otorgante,
- Documento de identidad idóneo,
- Lugar y fecha del otorgamiento,
- Nombre del funcionario autorizante. En
este caso, número, fecha y folio de la escri-
tura y registro notarial en que ha sido otor-
gada.
Asimismo, se recomienda dejar registrados
en caso de contar con ellos, los siguientes
datos:
- Lugar y fecha de nacimiento del otorgan-
te,
- Nombre y apellido de madre y padre,
- Nombre y apellido del cónyuge.
De no poseer la información adicional, se
solicita que quede manifestado de forma
expresa que no se cuenta con los datos refe-
ridos o que no corresponde, según sea el
caso. Cumplir con ello evita las homoni-
mias y facilita una mejor identificación del
otorgante.
Unidad de Información Financiera (UIF)
Vademécum sobre la Prevención del Lavado deActivos y Financiación del TerrorismoAquellos escribanos que deseen retirar un
ejemplar impreso del Vademécum sobre la
Prevención del Lavado de Activos y
Financiación del Terrorismo que fue enviado
a las escribanías con la circular 3280 del 7
de julio de 2011, podrán hacerlo de lunes a
viernes de 9 a 17 horas por el
Departamento de Comunicaciones, Av. Las
Heras 1833, 1º piso.
Información
12 | agosto 2011 | Circular 3282
Aysa
Demoras en la expedición de certificados de libredeuda El Colegio realizó reiterados reclamos a la
empresa Aysa referidos a la demora en los
trámites de expedición de los certificados
de libre deuda que han experimentado los
colegas de la demarcación.
Atento a que el citado organismo informó
que no detecta demoras en dichos trámites,
se solicita enviar a info@colegio-escriba-
nos.org.ar los números de trámites que se
encuentren demorados y sus correspon-
dientes partidas, a efectos de poder canali-
zar los reclamos con las autoridades de la
entidad.
Beneficio para escribanos
Asociación Argentina de Estudios Fiscales: Ciclointroductorio a la especialidad tributaria La Asociación Argentina de Estudios
Fiscales comienza el miércoles 17 de agosto
el Ciclo introductorio a la especialidad tri-
butaria (Impuestos a las Ganancias,
Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta,
Impuesto sobre los Bienes Personales,
Impuesto a la Transmisión Gratuita de
Bienes), dirigido por Juan C. Ismirlian,
Rubén H. Malvitano y Guillermo
Montaner, que tendrá lugar los días miér-
coles de 18.15 a 20.15 horas y se extenderá
durante 14 reuniones.
Los escribanos tendrán la misma tarifa que
los miembros de AAEF, de $ 550.
Actualización del SIE
Nuevos valores de aportes notariales
La versión actualizada del Sistema
Integrado de Escrituras (SIE) que incorpo-
ra las actualizaciones de los aportes nota-
riales, aprobadas por la Asamblea
Extraordinaria del 30 de junio de 2011, que
rigen a partir del 1º de agosto de 2011, ya se
encuentra disponible para descargar en la
página web del Colegio (www.colegio-escri-
banos.org.ar).
Información | agosto 2011 | Circular 3282 13
Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social
Equipos médicos de cabecera
Con el fin de que los afiliados puedan con-
tar con una atención más personalizada,
desde el 1° de agosto, cada afiliado puede
elegir un médico de cabecera que, junto a
un equipo de colaboradores, lo acompaña-
rá en el cuidado integral de su salud.
Para la implementación de este servicio,
durante los meses de mayo y junio, la Caja
Notarial Complementaria de Seguridad
Social realizó un concurso público. Luego
de un minucioso análisis de los siete aspi-
rantes, un reconocido jurado de profesio-
nales de la salud integrado por los doctores
Juan Antonio Mazzei, Marcelo Melero y
Fernando Lasala seleccionaron los siguien-
tes cuatro equipos médicos:
- Dr. Diego Carroza y equipo
- Dr. Javier O’Donnell y equipo
- Dr. Pablo Tesolin y equipo
- Dr. Alfredo Vidal y equipo
Cabe destacar que este nuevo sistema gene-
ra un cambio estructural en la manera de
concebir el trato con el afiliado y en la rela-
ción médico-paciente, ya que en caso de
necesidad, el equipo elegido brindará aten-
ción personal o prestará orientación telefó-
nica durante las 24 horas del día.
Esta nueva modalidad es totalmente volun-
taria y aquellos que no deseen adherir a la
misma continuarán recibiendo las presta-
ciones habituales de la Caja Notarial.
Los interesados en utilizar este novedoso
servicio deberán realizar una consulta con
el profesional y luego completar un formu-
lario de adhesión, que deberá ser entregado
en las oficinas de la Caja Notarial, 3° piso de
Av. Las Heras 1833, en el horario de 9 a 16.
El detalle de los equipos seleccionados con
sus respectivos antecedentes y datos profe-
sionales y el formulario de adhesión pue-
den ser consultados en la página web del
Colegio (www.colegio-escribanos.org.ar).
Primera Jornada de Prevención de la Muerte SúbitaOrganiza: la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social
Día y hora: 2 de septiembre a las 9.30
Lugar: 8º piso de Av. Las Heras 1833.
El dictado de la Jornada estará a cargo del doctor Jorge González Zuelgaray, presi-dente de Arrhyhtmia Alliance Argentina.
Informes: 4809-7130/7157 - 3º piso de Av. Las Heras 1833.
Cupos hasta agotar la capacidad del salón
14 | agosto 2011 | Circular 3282
| agosto 2011 | Circular 3282 15Información
11, 12 y 13 de agosto
XVI Jornada Notarial Cordobesa Los días 11, 12 y 13 de agosto de 2011 ten-
drá lugar la XVI Jornada Notarial
Cordobesa, cuyo objetivo es lograr el perfec-
cionamiento profesional e institucional así
como afianzar los vínculos con los repre-
sentantes de los Colegios Notariales de las
distintas provincias.
El temario a tratarse durante la jornada se
detalla a continuación:
Tema I: Modificación parcelaria
- Protocolización e inscripción de planos.
- Intervención notarial, registral y adminis-
trativa.
- Extensión y límites de cada una.
- Ley 26.209: su repercusión en la transmi-
sión, modificación y constitución de dere-
chos reales.
Tema II: Subsanación de títulos por vía
notarial
- Conversión, confirmación, ratificación.
- Escrituras complementarias, aclaratorias
y rectificatorias.
- Las notas marginales como medio de sub-
sanación.
- El saneamiento de títulos y la reproduc-
ción del acto.
El formulario de inscripción y el reglamen-
to se encuentran en la página web del
Colegio (www.colegio-escribanos.org.ar).
Prefectura Naval Argentina
Convocatoria a escribanos registradores para cum-plir funciones en Registro Nacional de Buques
Se encuentra abierta la convocatoria a
escribanos registradores para cumplir fun-
ciones en Registro Nacional de Buques. El
período de inscripción para participar de
dicho concurso se extenderá hasta el día 19
de agosto de 2011.
Para mayor información sobre el concurso,
la misma puede ser solicitada en el Edificio
Guardacostas de Av. Eduardo Madero Nº
235, piso 5º, oficina 503/504 de 8.30 a 13
horas, teléfonos 4318-7400/7500 (internos
2503/2504) o en la página web de
Prefectura (www.prefecturanaval.gov.ar)
16 | agosto 2011 | Circular 3282
Consejo de Administración
Fundación Colegio de Escribanos
Para escribanos de la demarcación
Torneo de fútbol 2011
El Colegio de Escribanos organiza por
segundo año consecutivo el Torneo de
Fútbol Interno. El mismo se llevará a cabo
durante los meses de agosto, septiembre,
octubre y noviembre de 2011, en el comple-
jo Salguero Fútbol del Centro Costa
Salguero (Rafael Obligado 1221), dirigido a
los escribanos de la demarcación y al perso-
nal del Colegio.
Los interesados pueden comunicarse con el
licenciado Enrique Annecca al teléfono
4809-7170 o al correo electrónico eannec-
ca@colegio-escribanos.org.ar.
El reglamento del torneo puede ser consul-
tado en la página web del Colegio
(www.colegio-escribanos.org.ar)
Fundación Colegio de Escribanos
Talleres y cursos de capacitación para la tercera edadCon el fin de intensificar el vínculo con
escribanos/as jubilados/as y pensionados/as
adheridos a la institución, la Fundación
Colegio de Escribanos ha organizado, en
esta oportunidad, una serie de talleres gra-
tuitos especialmente pensados para ellos.
Contando con la generosa y desinteresada
colaboración de la escribana Liliana M.
Grinberg se comenzó a desarrollar un
“Encuentro con la danzaterapia” en cuyas
clases se ejercita el cuerpo y la mente.
Con amplia respuesta por parte de los
escribanos, se inició el Taller de
“Multiestimulación de la memoria a través
del juego” a cargo del especialista en recrea-
ción señor Miguel Ángel Esmoc.
Continuando con la propuesta dio comien-
zo el Curso de Computación dictado por
personal del Colegio el cual brindará a los
escribanos las distintas herramientas que
ofrece internet (web, correo electrónico,
chat, redes sociales, skype, etc.) y progra-
mas básicos como Word y Excel.
Teniendo en cuenta la gran convocatoria
que tuvieron estas actividades, la
Fundación prevé continuar brindando
diversas e interesantes propuestas a fin de
estrechar la relación con sus adherentes.
Asimismo la Institución agradece especial-
mente a todos aquellos colegas que a través
de su colaboración mensual, permiten que
se lleven a cabo estas actividades y aquellas
que nos posibiliten cumplir con los objeti-
vos estatutarios de la Fundación.
| agosto 2011 | Circular 3282 17Capacitación
18 | agosto 2011 | Circular 3282
Información | agosto 2011 | Circular 3282 19
20 | agosto 2011 | Circular 3282
Jurisprudencia
CCoommppiillaacciióónn aa ccaarrggoo ddee llaa EEsscc.. AAnnggéélliiccaa GG.. EE.. VViittaallee
SUCESIÓN - LEY APLICABLE - DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Principio de extraterritorialidad pasiva. Extraterritorialidad activa. Conceptos. Tratados
de Montevideo. Ley del lugar de situación de los bienes hereditarios. Efectos. Alcances.
Locación: desalojo. Legitimación pasiva. Ley. Legitimación activa. Jurisprudencia y doc-
trina. Alcances.
Fallo 56.880 - CNCiv., Sala J, mayo 24-2011 - V. B. E. A. c. C. M. del C. s/desalojo: intru-
sos. EI Derecho, 16/6/11.
Partiendo del principio de que la extrate-
rritorialidad pasiva significa que en un
caso aplicamos derecho extranjero y que
extraterritorialidad activa alude, en cam-
bio, al supuesto de que aplicamos a un
caso mixto, excepcionalmente derecho
propio, es que se resuelve este caso en
análisis.
Debemos hacer notar que en el derecho
privado rige todavía el principio de la
territorialidad pasiva, y que consiste en
que en "(...) un país no se aplica sola-
mente el derecho privado propio, sino,
en su caso, el derecho privado extranjero
y en que el derecho internacional priva-
do está indisolublemente unido al prin-
cipio de la extraterritorialidad pasiva del
derecho (…)".
Siguiendo el sistema del fraccionamiento
que imponen los Tratados de
Montevideo, debemos considerar que la
ley del lugar de la situación de los bienes
hereditarios al tiempo de la muerte rige
la forma del testamento, la capacidad del
heredero o legatario para suceder, la vali-
dez y efectos del testamento, los títulos y
derechos hereditarios de los parientes,
del cónyuge supérstite, la existencia y
proporción de las legítimas, la existencia
y el monto de los bienes renovables. “En
suma, todo lo relativo a la sucesión legí-
tima o testamentaria (...)”.
| agosto 2011 | Circular 3282 21Jurisprudencia
SENTENCIA EXTRANJERA
Reconocimiento. Trámite. Exequatur. Requisitos. Juez extranjero competente. No confi-
guración. Patria potestad: tenencia; acuerdo celebrado ante juez extranjero; alcances.
Menores: interés superior del niño: conculcación; no configuración. Costas: reconoci-
miento de sentencias extranjeras: imposición en el orden causado.
Fallo 56.881 - CNCiv., Sala M, diciembre 30-2009 - N., S. c. A. M. J. s/ exeauatur v. reco-
noc. de sentencia extranjera. EI Derecho, 17/6/11.
EI trámite del exequátur no es más que
un trámite de conocimiento preparato-
rio que podemos definir como la decla-
ración que acuerda a aquella la misma
eficacia que revisten las sentencias dicta-
das por jueces nacionales y que en defi-
nitiva reconoce que se ha comprobado
que la misma reúne los requisitos a los
que el ordenamiento interno supedita
sus efectos ejecutivos.
Los recaudos que se deben observar para
el reconocimiento de una sentencia
extranjera son los que indica el artículo
317 del Código Procesal que permitirá
convalidar la letra de la sentencia que se
dictó y no analizar la causa de la obliga-
ción, que quedara reservada a los jueces
con competencia en el lugar de la que
emanó.
Los requisitos exigidos pueden ser dis-
SUCESIÓN – ÚLTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE
Imposibilidad de determinar el último domicilio del causante. Lugar del fallecimiento.
Cuestión de orden público.
Fallo 115.541 - CNCiv., Sala I, 2011/04/07 - Leiser, Arturo s/suc. La Ley, 17/6/11.
EI fallo reafirma la postura imperante en
cuanto que es competente para entender
en un juicio sucesorio el juez del lugar
del fallecimiento del causante. La prueba
ofrecida no fue considerada suficiente
para determinarlo y en esa jurisdicción
se domicilian los presuntos herederos. Se
trata de un tema que regula el orden
público, no obstante lo cual la produc-
ción de la prueba ofrecida puede sustan-
ciarse en la jurisdicción pretendida.
Nota a este fallo: “La incidencia del lugar de defunción en la competencia sucesoria”, por
Federico Russo.
tinguidos en formales, procesales y sus-
tanciales. Los segundos tienen por finali-
dad asegurar la tutela judicial efectiva de
las partes y especialmente del demanda-
do, que exige que la sentencia haya sido
dictada por un juez internacionalmente
competente.
La exigencia sobre la competencia inter-
nacional del juez extranjero debe ser
decidida conforme las reglas de derecho
internacional privado del país en que se
invoque el fallo. Es decir, el tribunal sen-
tenciante debe tener jurisdicción en la
esfera internacional para conocer en el
asunto de acuerdo con su derecho, salvo
que la materia fuere de jurisdicción
exclusiva de Ios jueces nacionales del país
requerido.
SUCESIÓN DE LOS CÓNYUGES - ORIGEN DE LOS BIENES
Distinción entre bienes propios y gananciales. Bien adquirido por uno de los cónyuges
durante el concubinato anterior al matrimonio. Falta de efectos retroactivos del matri-
monio.
Fallo 56.903 - CNCiv., Sala G, marzo 16/2011 – V., A. M. s/sucesión ab intestato. EI
Derecho, 5/7/11.
EI matrimonio no produce efectos retro-
activos para determinar valor patrimo-
nial al concubinato, ya que la sociedad
conyugal se origina en el momento de
contraerse matrimonio y es a partir de
allí que los bienes revestirán carácter
propio o ganancial.
Se afirma el principio de que la muerte
de uno de los cónyuges es causa de diso-
lución del régimen patrimonial del
matrimonio debiendo "procederse al
inventario y división de los bienes como
se dispone para la división de las heren-
cias, empero la concurrencia del cónyuge
a la herencia ocasiona una de las excep-
ciones al principio del artículo 3547 en
cuanto a que en las sucesiones no se
atiende al origen de los bienes que la
componen, pues es menester distinguir
los bienes propios de los gananciales
debido a que están sometidos a regíme-
nes distintos (...)”.
22 | agosto 2011 | Circular 3282
Jurisprudencia | agosto 2011 | Circular 3282 23
QUIEBRA - OPONIBILIDAD DE CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS
Inaplicabilidad de la regla contenida en el artículo 1465 del Código Civil.
Fallo 115.542 - CNCom., Sala E, 2010/11/16 - Kuperschmit, Liliana Perla s/quiebra. La
Ley, 17/6/11.
La Cámara confirma el fallo de primera
instancia que desestimó la declaración
de inoponibilidad respecto de la cesión
de derechos hereditarios de la deudora
en el sucesorio de su padre.
Claramente expone que es oponible a la
quiebra la cesión de derechos heredita-
rios de la deudora en el sucesorio de su
padre, si el documento por el que se ins-
trumentó fue presentado en el proceso
falencial con anterioridad a la traba del
embargo, por cuanto resulta inoponible
la regla contenida en el artículo 1465 del
Código Civil.
DOCTRINA
“EI Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes”, por Máximo Bomchil. La Ley, 30/6/11.
“La compensación de créditos fiscales con obligaciones de la Seguridad Social. Los pro-
nunciamientos de la C.S.J.N. y las nuevas perspectivas”, por Luciano José Martini y Martín
Gustavo Vallespinos. La Ley, 14/6/11.
NOTA DE JURISPRUDENCIA
“Honorarios en el proceso arbitral”, por Marco A. Rufino. EI Derecho, 17/6/11.
OPINIONES Y DOCUMENTOS
Breves reflexiones en camino a las XXIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil, por
Domingo C. Cura Grassi. EI Derecho, 16/6/11.
A - La posesión en sí.
B - Acciones posesorias.
C - Publicidad posesoria.
Nota a este fallo: Oponibilidad de la cesión de derechos hereditarios efectuada por la
deudora, por Ángeles Ratto y Guillermo R. Valdés Naveiro.
24 | agosto 2011 | Circular 3282
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