Post on 18-May-2022
Dr. C.F. Alejandro Covarrubias 1
Instituto De Contadores Públicos
de Nuevo León
Análisis e Interpretación de las Leyes Fiscales:
Una Urgente Necesidad Profesional
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CONTENIDO
El problema de la formación
La interpretación
El Modelo
Conclusiones
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El Problema de la Formación
“Entre un par de ignorantes, el ganador resulta
ser aquel que sostenga contundentemente lo
que realmente ignora”
ACR
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El Problema de la Formación
• Es público y notorio que no existe una
preocupación mínima por enseñar en las aulas
universitarias a los futuros especialistas,
llámense contadores, administradores o
abogados (por citar sólo los más afines), los
principios elementales en materia de
interpretación de las normas fiscales; tan es así,
que ni en contaduría, ni en administración de
empresas, ni en derecho, existen materias que
sistemática e integralmente enseñan estos
principios. Mag. Jorge Castañeda González
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La Interpretación
• “Lo más díficil de entender son las leyesfiscales”
Albert Einstein
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QUE ES INTERPRETAR
• La expresión “interpretación” proviene del latín
interpretatio (onis), y está, a su vez del verbo
interpretor (aris, ari, atus, sum), que significa:
“servir de intermediario”, “venir en ayuda de”; y
en este último sentido, por extensión, “explicar”.
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QUE ES INTERPRETAR
• En un sentido general “ interpretar” significa
“explicar”, “esclarecer” y, por ende, “descifrar”(el sentido de una cosa).
• El intérprete pone en conocimiento de otros,
traduce en un lenguaje inteligible, descifra el
sentido que corresponde (según ciertos
métodos), a determinados signos, fórmulas o
sucesos.
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QUE ES INTERPRETAR
• De acuerdo a Pina Vara, la interpretación esuna actividad intelectual encaminada alesclarecimiento del verdadero sentido de unanorma legal, de un contrato, de un testamentoy, en general, de cualquier acto o hechojurídico.
• Para García Belsunce, “interpretar una normajurídica significa establecer su verdaderosentido y alcance”.
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ESCUELAS DE
INTERPRETACIÓN
• La de la Teoría Absolutista.
• La de la Teoría Subjetivista (Exégesis).
• La de la Teoría Objetivista (Voluntad
de Ley).
• La de la Interpretación Libre
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CLASES DE INTERPRETACIÓN
La interpretación de las normas jurídicas se divide en 3 clases:
1.- Por los Autores o su origen. Auténtica o Legislativa.- La realizada por el autor
del documento interpretado.
Judicial o Jurisprudencial.- La realizada por unórgano jurisdiccional.
Administrativa o Ejecutiva.- La realizada por unórgano del Estado en el ejercicio de sus funciones.
Doctrinal o Privada.- La que llevan a cabo losjuristas en obras académicas.
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CLASES DE INTERPRETACIÓN
2.- Por los Medios o Métodos utilizados. Teleológico.- Busca el sentido lógico de las
palabras y con ello la finalidad que persigue la ley.
Literal o Gramatical.- Utiliza fundamentalmente elsentido gramatical de la palabra.
Histórico Evolutivo.- Se vale de los precedentes,antecedentes y evolución de la norma.
Económico.- Se apoya en el significado de lascircunstancias económicas.
Sistemático.- Interpreta el precepto en armoníacon los demás.
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CLASES DE INTERPRETACIÓN
3.- Por los resultados a que se llega. Declarativa o Estricta.- Cuando la letra de la ley
refleja la voluntad de la misma.
Restrictiva.- Se permite atribuir a la norma unalcance más limitado del que parece en laexpresión.
Extensiva.- Se amplia el significado de la normapor lógica o congruente.
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La Interpretación
• Interpretar una ley no es una labor simple.
• Rodríguez Lobato, señala, si la ley tiene
deficiencias de formulación lingüística o de
técnica jurídica, corresponderá al intérprete
atribuir su correcto significado y dependerá
en gran manera de la capacidad que éste
tenga y de su criterio o conocimiento
jurídico.
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La Interpretación
• Durante años en la formación de la
profesión contable, se ha enseñado que la
interpretación de las leyes fiscales debe ser
de manera estricta, entendiendo esto como
seguir la literalidad de las palabras.
• Consecuencia: interpretaciones erróneas y
fricciones entre los contadores tratando de
defender posiciones.
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La Interpretación
• Serra Rojas indica, la interpretación no esnunca la de la letra de la ley; la ley no tieneinterpretación. Lo que es objeto deinterpretación es, precisamente, la realidad,no el texto legal.
• la letra de la ley puede ser clara en si, perolos que no son claros son los hechos, y loque plantea problemas de interpretación escómo los hechos encuadran endeterminada norma jurídica.
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La Interpretación
• Otras corrientes de pensamiento señalan,
no se necesita interpretación cuando la ley
es clara.
• La doctrina científica moderna del derecho
descarta este principio expresado por el
adagio latino: “in claris verbis non fit
interpretatio”, es decir, cuando las palabras
son claras no hace falta interpretación.
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LAS LEYES FISCALES
Antecedente art. 5 C.F.F.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 1967
"Se enuncia en este precepto el principio de laaplicación estricta de las normas tributarios queseñalan cargas a los particulares, así como elclásico principio de lógica de que la misma formade aplicación corresponde a las excepciones alas propias normas. Se abandona el calificativo"restrictiva" empleado en el precepto relativo enel Código anterior, que había sido entendido enel sentido de que,
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LAS LEYES FISCALES
en los casos de duda, deberían interpretarse lasdisposiciones en contra del fisco. No se considerójustificado este principio, en vista del interéspúblico que existe en las normas tributarías. Elintérprete debe prescindir de toda actitud parcial ybuscar equilibrio entre los intereses de losparticulares y del Estado, utilizando para ello losdiversos métodos de interpretación, atendiendo,incluso, a la naturaleza económica de losfenómenos contemplados por dichas normas."
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LAS LEYES FISCALES
ARTÍCULO 5 C.F.F. "Las disposiciones fiscales queestablezcan cargas a los particulares y las queseñalan excepciones a las mismas, así como lasque fijan las infracciones y sanciones, son deaplicación estricta. Se considera que establecencargas a los particulares las normas que serefieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. Lasotras disposiciones fiscales se interpretaránaplicando cualquier método de interpretaciónjurídica”.
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LAS LEYES FISCALES
Tesis S.C.J.N.
LEYES FISCALES. LA INTERPRETACION SISTEMATICA DE SUSNORMAS NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DEINTERPRETACION Y APLICACION ESTRICTA Y DE LEGALIDADQUE RIGEN EN DICHA MATERIA.
Si bien es cierto que la interpretación y aplicaciónde las normas impositivas es estricta, también escierto que resultaría imposible interpretar cadaprecepto considerándolo fuera del contextonormativo del que forma parte, ya que de ser así,cualquier intento estricto de interpretaciónresultaría infructuoso para determinar el sentido yalcance de las normas.
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LAS LEYES FISCALES
Toda norma requiere de una interpretación,aunque sea literal, sin importar su rango, ya seaconstitucional, legal, reglamentario, contractual ode cualquier otra índole, y un principio dehermenéutica obliga a interpretar los preceptosjurídicos en función a los demás que integran elordenamiento al que pertenecen, y en función alos demás ordenamientos que integran undeterminado régimen jurídico; sin que elloimplique que en materia impositiva unainterpretación estricta pero al fin y al cabointerpretación,
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LAS LEYES FISCALES
vaya a obligar al sujeto pasivo de la normatributaria al pago de contribuciones noestablecidas en las leyes fiscales. Enconsecuencia, interrelacionar las normas demanera sistemática no viola el principio deinterpretación y aplicación estricta que rige lamateria fiscal, ni el principio de legalidad queprevalece en dicha materia, de acuerdo con elartículo 31, fracción IV, constitucional.Instancia: Tercera SalaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónParte : VII-AbrilTesis: 3a./J. 18/91Página: 24
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LAS LEYES FISCALES
Tesis S.C.J.N.
LEYES TRIBUTARIAS. SU INTERPRETACIÓN AL TENOR DE LODISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5o. DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN.
Conforme a lo establecido en el citado numeral,para desentrañar el alcance de lo dispuesto en lasnormas que establecen el sujeto, objeto, base,tasa o tarifa de una contribución y las excepcionesa ésta, las respectivas disposiciones debenaplicarse en forma estricta, mientras que lainterpretación del resto de las disposicionestributarias podrá realizarse aplicando cualquierotro método de interpretación jurídica.
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LAS LEYES FISCALES
Ante tal disposición, la Suprema Corte deJusticia considera que la circunstancia deque sean de aplicación estricta determinadasdisposiciones de carácter tributario, noimpide al intérprete acudir a los diversosmétodos que permiten conocer la verdaderaintención del creador de las normas, cuandode su análisis literal en virtud de las palabrasutilizadas, sean técnicas o de uso común, segenere incertidumbre sobre su significado,
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LAS LEYES FISCALES
ya que el efecto de la disposición en comento esconstreñir a aquél a realizar la aplicación de larespectiva hipótesis jurídica única yexclusivamente a las situaciones de hecho quecoincidan con lo previsto en ella, una vezdesentrañado su alcance.
2a. CXLII/99
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. diciembre de 1999.
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LAS LEYES FISCALES
Tesis S.C.J.N.
CONTRIBUCIONES. LAS DISPOSICIONES REFERENTES A SUS ELEMENTOS
ESENCIALES, AUNQUE SON DE APLICACIÓN ESTRICTA, ADMITEN
DIVERSOS MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN PARA DESENTRAÑAR SU
SENTIDO.
El interprete puede acudir a los diversos métodos
que permiten Conocer la verdadera intención del
creador de aquellas disposiciones, cuando de su
análisis literal en virtud de las palabras utilizadas,
sean técnicas o de uso común, se genere
incertidumbre sobre su significado, ya que el efecto
es obligar a que se realice la aplicación estricta, una
vez desentrañado su alcance.
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LAS LEYES FISCALES
Tesis de jurisprudencia 133/2 002. Aprobada por la Segunda Sala de
este Alto Tribunal, en sesión privada del quince de noviembre de dos
mil dos
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LAS LEYES FISCALES
INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS FISCALES QUE ESTABLECEN LOS
ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS TRIBUTOS. SU ALCANCE EN RELACIÓN
CON LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LEGALIDAD TRIBUTARIA Y
SEGURIDAD JURÍDICA.
Si bien es verdad que el juzgador, al momento de
definir los elementos esenciales del tributo, debe
partir del texto literal de la norma, como exigencia
lógica de su aplicación al caso concreto, ello no
implica que le esté prohibido acudir a los diversos
métodos de interpretación reconocidos por la
ciencia jurídica.
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LAS LEYES FISCALES
Esto es así, ya que los principios de legalidad
tributaria y de seguridad jurídica, y las disposiciones
legales que establecen fórmulas dirigidas a
condicionar la aplicación e interpretación de las
normas tributarias, deben entenderse únicamente en
el sentido de impedir aplicaciones analógicas en
relación con los elementos esenciales de los
tributos.
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LAS LEYES FISCALES
Contradicción de tesis 181/2005-SS. Entre las sustentadas por los
Tribunales Colegiados Cuarto y Tercero, ambos del Décimo Quinto
Circuito. 17 de febrero de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:
Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos;
en su ausencia hizo suyo el asunto Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Secretarios: Fernando Silva García y Paula María García Villegas.
Tesis de jurisprudencia 26/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este
Alto Tribunal, en sesión privada del primero de marzo de dos mil seis.
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LAS LEYES FISCALES
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 39. Marzo 2011. p. 517 VI-TASR-VI-12
INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS.
DEBERES DEL INTÉRPRETE.- Es un anhelo permanente de
la sociedad humana la consecución de la justicia en las
relaciones que se generan por la convivencia social y este
anhelo desde luego es recogido por el derecho positivo; de
ahí la trascendencia que implica la labor interpretativa de los
jueces u órganos jurisdiccionales, tarea de la que no puede
quedar excluida la norma tributaria en cuanto establece
cargas y excepciones fiscales a los sujetos obligados.
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LAS LEYES FISCALES
Así, la labor interpretativa debe tener como máxima rectora el
no interpretar el texto normativo de manera estrictamente
literal desligando el contenido del precepto de la realidad
económica y de los antecedentes históricos y legislativos y la
realidad social del tiempo en que han de ser aplicados. Es
asimismo deber ineludible del intérprete, obedecer los
principios de hermenéutica jurídica, interrelacionando la
norma a interpretar con las otras normas del orden jurídico
que se refieren precisamente a esa institución o realidad
económica.
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LAS LEYES FISCALES
Por lo tanto, una interpretación letrista, desligada o aislada de
tales elementos, no es sostenible ni tan siquiera en materia
tributaria, pues debe evitarse el grave riesgo que señala la
máxima romana que reza “Summun ius summa iniura”; lo que
implica necesariamente que la labor del juzgador no puede
ser meramente mecánica de mero aplicador del texto
normativo, sino que, utilizando los diversos métodos de
interpretación jurídica, debe darle a la norma el contenido
más justo o adecuado con la realidad social y económica a la
que va dirigida.Juicio Contencioso Administrativo Núm. 320/10-17-06-6.- Resuelto por la Sexta Sala
Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de
febrero de 2011, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Diana Rosalía Bernal
Ladrón de Guevara.- Secretaria: Lic. Mónica Fabiola Trejo Montoya.
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Conclusiones
• La ley es una voluntad cuya finalidades satisfacer una necesidad jurídica,por lo que su interpretación es la dedar a esa voluntad una manifestaciónde aplicación, de tal modo que haya,en lo posible, una unidad conceptualentre su finalidad y su aplicación.
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Conclusiones
• Muchas veces al interpretar una
norma, no siempre es clara y precisa, a
veces resulta oscura, o no tiene el
alcance que se le requiere dar. Por lo
tanto, el espíritu con que se debe
interpretar una ley, debe concordar con
la voluntad de la ley interpretada.