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Introducción
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) es un
órgano desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (SEMARNAT), con la atribución de administrar las Áreas Naturales
Protegidas (ANPs) establecidas mediante decretos emitidos por el Gobierno
Federal.
Actualmente, la CONANP cuenta con 182 ANPs dentro del territorio
nacional. Para una mejor administración del territorio, las Áreas Naturales
Protegidas del país, se dividen en 9 Direcciones Regionales. El Estado de
Sonora, junto con Sinaloa, una pequeña porción de la parte de Baja California
(comunidad de San Felipe, B.C.) parte del Golfo de California, conforman la
Regional Noroeste y Alto Golfo de California (RNOyAGC), donde hay 9 ANPs, las
cuales albergan un abanico muy diverso de ecosistemas, desde humedales
costeros al bosque templado, y desde dunas hasta pastizales, selva baja
caducifolia y ecosistemas marinos; siendo las ANPs, el instrumento con mayor
peso jurídico para fines de conservación; utilizado en la política ambiental. El
concepto de área natural protegida se define como “Las zonas del territorio
nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en
donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la
actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y
restauradas”(LEGEEPA,2015 p.2), la CONANP (2016) además agrega que
pueden ser “ porciones terrestres o acuáticas” y “que producen beneficios
ecológicos cada vez más reconocidos y valorados”
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Estos beneficios a los que hace referencia la definición, son conocidos
como servicios ambientales o eco-sistémicos, los cuales según la
LEGEEPA(2015, p.6) son “los beneficios tangibles e intangibles, generados por
los ecosistemas, necesarios para la supervivencia del sistema natural y biológico
en su conjunto, y para que proporcionen beneficios al ser humano; es decir, es
todo aquello que la naturaleza nos brinda, solo por el hecho de existir, traducido
en diversos valores como el biológico, valor científico y valor económico.
Entre todos esos beneficios, para efectos de esta investigación, resaltan
los valores tangibles, traducidos en la diversidad de ecosistemas que existe
dentro de las ANPs en Sonora, los que da lugar a espacios naturales de singlar
belleza, que resultan en valiosos atractivos turísticos, donde se pueden llevar a
cabo una gran variedad de actividades recreativas. La CONANP promueve el uso
recreativo y turístico dentro de sus ANPs, como un recurso aprovechable de
manera sustentable y de beneficio económico para las comunidades asentadas
dentro de las reservas y las poblaciones que las rodean. (CONANPa, 2018)
Objetivo principal
Llevar a cabo un análisis general en la problemática del cobro de derechos
por uso, goce o aprovechamiento recreativo de las Áreas Naturales Protegidas
de carácter federal en Sonora
Justificación
México es un país "megadiverso", poseedor de gran cantidad de animales
y plantas. Forma parte del grupo de 6 países que concentran poco menos
del 70% de la variedad mundial de especies conocidas de anfibios, reptiles, aves
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y mamíferos y plantas vasculares (CONABIO, 2006)). La mayor parte de esta
diversidad está concentrada en las áreas naturales protegidas (ANPs)
Como se mencionó, en nuestro país, es la CONANP, quien tiene como
misión “conservar el patrimonio natural de México mediante las Áreas Protegidas
y las áreas con otras modalidades de conservación, fomentando una cultura para
la conservación y el desarrollo sustentable de las comunidades asentadas en su
entorno”. (CONANP, 2017)
Para cumplir esta misión, se han desarrollado varias estrategias y
programas que fomentan el turismo alternativo y se han invirtiendo recursos del
Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), en el
apoyo de proyectos comunitarios dentro de este giro en las comunidades que
radican dentro del polígono y en la zona de influencia de las ANPs (PROCODES,
2015)
Marco Teórico
La CONANP basa su operación en la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente (LEGEEPA), la cual regula la operación de las ANPs,
y establece que cada una tenga su programa de manejo, y que se vincule con el
Programa Nacional para áreas naturales Protegidas (PNANP), el cual debe estar
alineado con el Plan Nacional de Desarrollo, documento rector en cada periodo
sexenal, por lo que es dinámico y es adaptado por cada administración, según
las exigencias del tiempo (CONANPa, 2018). Entre las acciones que se llevan a
cabo, están aquellas destinadas al desarrollo de actividades recreativas y
turísticas. En la zonificación del área natural, se destina una zona de uso público,
como el área principal para la realización de actividades de recreación y
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esparcimiento, respetando los límites de la capacidad de carga del ecosistema. (
LEGEEPA, 2015)
A la fecha, no se cuenta con la publicación del Programa Nacional de
Áreas Naturales Protegidas 2019-2024 (PNANP), por lo que se hace referencia
a la publicación de la administración anterior, correspondiente al período del
2013-2018 (CONANP, 2018a). Este documento menciona que, en el 2013, se
apoyaron 643 proyectos en 128 ANPs y regiones prioritarias para la conservación
(RPCs) a través del PROCODES. Del total de estos proyectos, casi la mitad, un
46.65% correspondieron a proyectos relacionados con el turismo. (Figura 1), lo
cual muestra claramente la importancia del turismo en las áreas naturales
protegidas para el desarrollo de las comunidades, así como para el
fortalecimiento de la institución a través del cobro de derechos por realizar
actividades relacionadas con este giro, además, se ha demostrado que las
comunidades locales, que reciben el acompañamiento técnico y educativo
adecuado, pueden llegar a ser grandes aliados de la conservación, pues en todo
caso, terminan siendo los principales interesados en que el turismo resulte ser
sustentable y beneficioso para el entorno social y natural, y se interesan porque
la actividad que desarrollan sea sostenible a largo plazo (CONANP, 2014).
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La ley de Derechos, es donde se establecen los montos que se deben de
pagar por el uso o aprovechamiento de los bienes que son del dominio público
de la Nación, como es el caso de las áreas naturales protegidas; así como por
recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público. En
ésta Ley, a partir del Título Segundo, Capítulo I, Art. 198, se describe con detalle
el tema de cobro de Derechos por llevar a cabo actividades recreativas, turísticas
y deportivas en ANPs., así como descuentos y quien exenta de pago (Tabla 1).
Ahí mismo se contempla que estos ingresos deberán destinarse a la CONANP,
para acciones y proyectos de protección, manejo, restauración y gestión para la
conservación. (Ley de Derechos, 2019)
ANP COUTA
Reserva de la Biósfera Alto Golfo y Delta del Río Colorado 35.76
Reserva de la Biósfera el Pinacate y Gran Desierto de Altar 71.53
Área de Protección de Flora y Fauna Bavispe 35.76
166
Área de Protección de Flora y Fauna Sierra de Álamos – Río
Cuchujaqui
35.76
Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California
– Sonora y Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir
71.53
pago único por persona, por año, para tener derecho a un número
ilimitado de visitas a cualquier ANP del país
$371.91
Residentes de la zona de influencia (que demuestren su calidad
como tales)
50%
Menores de 6 años, discapacitados, y otros casos descritos en la
ley
exentos
Tabla 1. Monto de pago de derechos por persona, por día por cada ANP en
Sonora
Por otro lado, la CONANP establece que 4 de los 13 trámites que se
tramitan en sus oficinas, son relacionados con autorizaciones para llevar a cabo
actividades relacionadas con el turismo dentro de las ANPs. (Tabla 2)
(CONANPb, 2018)
Tipo de actividad Costo Modalidades
Actividades comerciales dentro de áreas naturales protegidas
$421.00 Única
Autorización de actividades turísticas en ANP con vehículos
$421.00 de acuerdo al tipo de vehículo: Motorizada (terrestre) $ 450.00 No motorizada(terrestre) $89.00 Por unidad de transporte marino: Embarcaciones hasta 12 metros de eslora incluyendo vehículos o aparatos sumergibles o
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anfibios, tablas de oleaje y sus equivalentes $450.00 Embarcaciones mayores a 12 metros de eslora, incluyendo vehículos o aparatos sumergibles o anfibios, tablas de oleaje y sus equivalentes $9,001.00 Motocicletas acuáticas y subacuáticas y demás aparatos motorizados equivalentes, diferentes a los enunciados en los numerales 1 y 2 de este inciso $632.00 Otros vehículos distintos a los anteriores: $224.00
Actividades turístico recreativas sin vehículos ó unidad de transporte
$421.00 Única
Actividades turístico recreativas con infraestructura
$421.00
Única
Tabla 2. Monto de pago por autorización de acuerdo a categoría y modalidad
Así mismo, la Norma Oficial Mexicana NOM-09-TUR-2002, contempla los
elementos a los que deben sujetarse los guías especializados en actividades
específicas, esta norma es de carácter obligatorio, en todo el territorio nacional
para los guías de turistas especializados mencionados en la Ley Federal de
Turismo y en su Reglamento. (SECTUR, 2003), el cual señala en su Artículo 78
que los Guías de Turistas, deberán obtener una credencial expedida por la
Secretaría. (Reglamento de la Ley General del Turismo, 2015)
México figura entre los países que recibe mayor número de turistas en el mundo,
esto es relevante ya que muchos de ellos visitan las áreas naturales del país, no
solo por su belleza, sino por ser lugares que resguardan y concentran el
patrimonio natural y también el cultural e histórico del país. Sin embargo, está
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ampliamente documentado que el turismo, trae consigo impactos y no todos ellos
son positivos, por lo que cobra importancia la profesionalización y certificación de
las personas físicas y morales que realicen actividades dentro de las áreas
naturales protegidas, no solo como un medio de obtención de ingresos, ya sea
como prestadores de servicios turísticos, tour operadores, guías u otro, sino como
profesionales que apoyen la labor de CONANP.
De acuerdo estudio realizado por Medina-Castro, Roldon & Leyva-Aguilera
(2019) sobre los impactos del turismo en dos parques nacionales en Baja
California, México, mediante entrevistas realizadas a los guardaparques de
CONANP en las ANPs mencionadas, en ambos parques los funcionarios públicos
comentaron sobre el efecto positivo del pago de derechos por parte de los
turistas, ya que si bien el monto de ingresos no es tan alto, de todos modos la
suma es considerable, así mismo, la presencia de turistas también deja derrama
económica extra al comprar artesanías de las etnias, al hospedarse en las
cabañas de los ranchos que están en el área de influencia de la ANP y porque
rentan caballos y contratan a guías.
Según el mismo estudio (Medina-Castro, Roldon, & Leyva-Aguilera, 2019),
en ambos parques se comentó sobre las dificultades que enfrentan para que los
prestadores de servicios turísticos se regularicen, es decir, realicen el trámite
para solicitar una autorización para llevar a cabo actividades turísticas dentro de
los parques, los cuales, en su mayoría, realizan sus visitas de manera
“extraoficial”, con el fin de evitar el cumplimiento de las reglas y leyes fiscales.
De acuerdo a información publicada por CONANP (2013) el monto
recuperado por concepto de cobro de derechos en todo México en el 2013 fue de
169
$68,992,696, de los cuales la Regional Noroeste y Alto Golfo, solo recaudó,
$891,508.00, cantidad que representa alrededor de 1.29% del total, por lo cual
intuimos que hay mucho trabajo por hacer, objeto de esta investigación.
Metodología diseñada y aplicada
1. Se llevó a cabo un análisis cualitativo a través de un cuestionario
previamente elaborado con 30 preguntas cerradas de opción múltiple y
preguntas abiertas, el cual se dividió en 3 secciones. Dicho instrumento se
aplicó al personal encargado del manejo del turismo en las seis áreas
naturales protegidas de Sonora de Carácter Federal y a los Directores de
cada ANP.
2. Se llevó a cabo un análisis cuantitativo por medio de encuestas que
constaron de 28 preguntas cerradas con opción múltiple y escala de likert
a guías, anfitriones turísticos, tour operadores o prestadores de servicios
turísticos dentro las ANPs de Sonora
Resultados
De los cuestionarios aplicados a personal de CONANP encargados del
tema de turismo.
De acuerdo a las respuestas que se recopilaron por el cuestionario
aplicado, el cual se dividió en tres secciones, donde la primera sección se
preguntan generalidades del turismo en la ANP, la segunda sección aborda el
tema de su relación con los tours operadores, prestadores de servicios turísticos,
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guías y anfitriones turísticos, y la tercera sección aborda el tema del trato directo
con visitantes y turistas al ANP. El cuestionario se hizo a las personas que están
encargadas del tema de turismo en las seis Áreas Naturales Protegidas de
Sonora (Tabla 3). Cabe señalar que, para el caso del análisis de las respuestas,
la Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir y el Área de Protección de Flora
y Fauna Islas del Golfo de California, se muestran en un mismo renglón, ya que
el personal que labora y tiene a su cargo el tema de turismo en la Isla San Pedro
Mártir, también desempeña esa función para el área de protección de flora y
fauna Islas del Golfo de California-Sonora.
Nombre del área natural protegida (ANPs) acrónimo No de personas que contestaron
Reserva de la Biósfera Alto Golfo y Delta del Río Colorado
RB AGY DRC
1
Reserva de la Biósfera el Pinacate y Gran Desierto de Altar
RB PyGDA 2
Área de Protección de Flora y Fauna Bavispe APFF Bavispe
1
Área de Protección de Flora y Fauna Sierra de Álamos – Río Cuchujaqui
APFF SARC 1
Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California – Sonora y Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir
APFF IGC-Son
RB ISPM
2
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Tabla 3. Nombre de las Áreas Naturales Protegidas en Sonora, su acrónimo y número de personas que contestaron el cuestionario.
Figura 2. Mapa de la Áreas Naturales Protegidas de carácter federal del Estado
de Sonora
De acuerdo a la información recopilada, se encontraron los siguientes
resultados:
Primera Sección: Generalidades
Se preguntó, si desde su punto de vista y percepción, la gente que habita
dentro de las comunidades asentadas dentro de las ANPs ó los dueños de la
tierra, están de acuerdo en que se llevan actividades turísticas dentro del ANP.
Las respuestas obtenidas se muestran en la tabla 4.
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ANP Totalmente en
desacuerdo 1
En Desacuerdo
2
Ni en acuerdo, ni
en desacuerdo
3
De acuerdo
4
Muy de acuerdo
5
RB AGyDRC
RB PyGDA
RB ISPM y APFF IGC-Son
APFF Bavispe
APFF SARC
Tabla 4. Evaluación de percepción sobre aceptación del turismo por parte de los dueños de la tierra y/o comunidades.
En éste mismo formato de pregunta, se cuestionó si de acuerdo al
programa de manejo, la ANP donde lleva a cabo sus funciones tiene vocación
turística. Ver tabla 5.
ANP Totalmente en
desacuerdo 1
En Desacuerdo
3
Ni en acuerdo, ni
en desacuerdo
3
De acuerdo
4
Muy de acuerdo
5
RB AGyDRC
RB PyGDA
RB ISPM y APFF IGC-Son
APFF Bavispe
APFF SARC
Tabla 5. Evaluación de percepción sobre vocación turística del ANP de acuerdo
al programa de manejo.
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Se cuestionó si consideraban que la ANP donde laboran debería de recibir
más promoción turística para generar más ingresos para la ANP. De los 7
cuestionados, el 71.4% dijo que si, solo dos contestaron de manera negativa.
(28.6)
Se pidió su opinión sobre si pensaban que traería mayores beneficios el
incremento del Turismo a la ANP donde laboran y a la gente que habita en ella,
el 71.4% dijo que sí. (5 en total), 1 dijo que no y otro que no sabía.
Al solicitar que evaluaran las instalaciones turísticas con las que contaba la ANP
donde laboran, en escala del 1 al 10, donde 1 significa que la ANP no cuenta con
instalaciones turísticas y el 10 supone que las instalaciones turísticas son
excelentes. 4 dieron calificaciones reprobatorias de 5 o menos, 1 evaluó con un
7 y las calificaciones máximas fueron de 8 otorgadas por 2 personas.
Segunda Sección: Sobre problemática con prestadores de servicio, tour
operadores, guías y anfitriones turísticos
La primera pregunta fue saber si alguno de estas figuras operaba en su
ANP, solo uno contesto que no, el resto (85.7%) contesto de manera afirmativa,
sin embargo el 71.4% (5 entrevistados) manifestaron saber de la existencia de
prestadores de servicios, tour operadores, guías o anfitriones turísticos que
operaban sin autorización por parte de la CONANP, es decir, de forma ilícita.
Destaca señalar que no todo el personal de CONANP involucrado con el tema de
turismo, conoce con claridad las consecuencias que se derivan de la falta de
autorización, es decir, cual es la sanción que se deriva de ésta omisión, ya que
dos de los 7 entrevistados contestaron de manera negativa a esta pregunta.
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La mayoría de los entrevistados (85.4%, es decir, 6 de 7), consideran que
la documentación que se pide para realizar el trámite es suficiente, solo uno
considera que es poco. Por otro lado, cuando se les pregunto que, si
consideraban que algo debería de cambiar para otorgar las autorizaciones, se les
dio la oportunidad de seleccionar varias opciones que se presentaban o que todo
quedara tal cual estaba. 4 piensan que la CONANP debería elaborar el contenido
e impartir un curso sobre buenas prácticas en turismo el cual debería ser
evaluado y el promovente del permiso tendría que aprobarlo, como un requisito
para que se le otorgue el permiso. Y 3 piensan que para que se otorgue el
permiso el promovente debería estar certificado bajo la NOM-009-TUR-2002,
comprobar cierto número de horas de estudios en turismo sustentable ó
relacionado (diplomados, seminarios, cursos), haber tomado un curso de
primeros auxilios, que los tour operadores comprueben que tienen en su staff
personal certificado bajo la NOM-008 y NOM009 y que se incluya dentro de las
categorías de cobro de la ley de derechos a tour operadores que visitan las ANPs
con vehículo rentado, es decir, 3 seleccionaron la opción de: Todas las anteriores.
De acuerdo a los resultados, actualmente 3 ANP´s imparten cursos a los
promoventes de un permiso sobre buenas prácticas turísticas y generalidades de
la ANP, pero este curso no es un requisito para otorgar el permiso, sino una
inducción, hay 2 ANP´s que tienen implementado un curso como requisito para
la autorización del permiso, además 1 de los entrevistados señalo que también
se debería de incluir un curso de capacitación impartido por instructores de la
Asociación Internacional de Intérpretes y 1 ANP manifiesta que no imparte curso,
ni antes, ni después de autorizar el permiso.
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Cabe mencionar que solo 1 ANP solicita el documento comprobatorio de
autorización de manera aleatoria a quienes llevan a cabo actividades turísticas
dentro del ANP, en contraste, su compañero de trabajo no está enterado que se
lleva a cabo esta práctica, ya que contesto de manera negativa.
Se preguntó sobre el número de veces al año que se llevan a cabo
reuniones con los tours operadores, guías, anfitriones turísticos y/o prestadores
de servicio para tocar diversos temas del turismo en ANPs, como el proceso para
realizar el trámite de solicitud de autorización, buenas prácticas, entre otros, solo
una reserva manifestó que nunca hace este tipo de reuniones, el resto organizan
estos eventos una vez al año o más. Así mismo, se preguntó si impartían cursos
introductorios para explicar generalidades de la ANP, buenas prácticas turísticas
y otros temas de interés, antes de autorizar la solicitud de permiso para llevar a
cabo actividades turístico-recreativas dentro del ANP, solo un área contesto de
manera negativa, el resto si lo hacen, aunque unos lo hacen antes y otros
después de autorizada la solicitud.
Se pidió saber si consideran que la autorización para llevar a cabo
actividades turísticas - recreativas dentro de ANPs se debería otorgar solamente
si el promovente garantiza que está o tiene personal contratado que está
certificado bajo la NOM-009-TUR-2002, 4 dijeron que no, dos que sí y uno
manifiesta no conocer de qué trata la NOM a la que se hace referencia.
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ANP SI NO No conozco de que trata la NOM-009- Tur-2002
RB Alto Golfo y Delta del Rio Colorado
X
RB El Pinacate y Gran Desierto de Altar
X X
RB Isla SPM y APFF Islas del Golfo Son
X X
APFF Bavispe X
APFF Sierra de Álamos – Rio Cuchujaqui
X
Tabla 6. Opinión si el promovente de solicitud de autorización para turismo en ANPs debe estar certificado bajo NOM-009-TUR-2002
Se pidió que manifestaran su opinión sobre cuáles serían los mayores
retos para lograr que los tours operadores/guías/anfitriones turísticos/prestadores
de servicios turísticos realicen el trámite para obtener la autorización para llevar
a cabo actividades turístico- recreativas dentro de tu ANP, los servidores públicos
manifestaron que se debe de haber un valor agregado al permiso que les permita
generar una preferencia en la demanda, una diferenciación de los que no tienen
permiso, por lo que recomiendan que la CONANP genere un tipo de acreditación
o certificación, al mismo tiempo de educar a la población en general sobre las
ventajas de seleccionar a un tour operador certificado por CONANP. Otro de los
entrevistados piensa que no debería de permitirse las actividades si no cuentan
con un proceso de formación académica (diplomado), ni con capacitación in situ
otorgada por personal de la ANP. Comenta que se debe de educar para la
conservación a los prestadores de servicios, y que dejen de ver el ANP como un
lugar para el esparcimiento, y empiecen a verlo como un sitio susceptible a los
impactos negativos, que tengan claro el manejo adecuado de la ANP, su
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capacidad de carga y que haya consecuencias administrativas fuertes a quien
incumpla.
Sección tres: Sobre el cobro de Derechos a turistas (compra de brazalete
para entrar)
La primera pregunta era para saber si en la ANP donde laboran, se lleva
a cabo dicha acción. Todas las ANPs contestaron de manera afirmativa, excepto
la RB Alto Golfo y Delta del Río Colorado, donde apenas en 2020 se dio inicio
con la promoción y capacitación sobre el cobro de derechos hacia los prestadores
de servicios turísticos y se pretende que entre en vigor en 2021.
Se preguntó sobre los problemas más frecuentes que enfrentan para
realizar el cobro de Derechos, todo el personal coincidió en que es muy difícil
controlar el acceso a la ANP, ya que hay varias entradas y la siguiente opción
más votada como motivo es que la ANP no tiene personal suficiente para realizar
el cobro. (Tabla 7).
ANP RB AGyDRC
RB PyGDA
RB ISPM y APFF IGC-Son
APFF Bavispe
APFF SARC
La gente se rehúsa a hacer el pago
X
Es muy difícil controlar el acceso a la ANP
X X X X X X X
No hay personal suficiente para realizar el cobro
X X X X
No tenemos opción de hacer el pago con terminal,
X X
La mayor parte de los turistas vienen a visitar parientes
X
178
La gente se rehúsa a hacer el pago,
X X
La gente considera que la couta (pago de derecho) es alta
X X
Se quejan del pago de brazalete que ampara un dia calendario y no 24 horas
X X
Tabla 7. Problemas más frecuentes para realizar el cobro de derechos (venta de
brazaletes)
Todo el personal entrevistado coincide en que la CONANP no los ha
capacitado lo suficiente en el tema de turismo sustentable y están de acuerdo en
que les gustaría recibir esta capacitación.
Al preguntar cuál consideras que es el mayor reto para aumentar los
ingresos a través del cobro de derechos, personal de la RB Alto Golfo piensa que
“Hace falta la promoción turística y organización por parte del municipio, la
institución, así como por los Prestadores de Servicios turísticos”, la RB El
Pinacate manifiesta que “Una atención adecuada a tour operadores y turistas,
contar con suficiente personal para mantener las zonas de uso público en buen
estado (señalización, atriles, caminos) y que hay que trabajar en la sensibilización
de los turistas, que ellos conozcan en que se utiliza el recurso”, personal de la
APFF Bavispe piensa que “El acceso es un tanto accidentado, por las
condiciones del camino se hace mucho tiempo para llegar al ANP”; de la RB Isla
San Pedro Mártir e APFF Islas del Golfo de California piensan que debería de
“Llevar a cabo una campaña mediática masiva oportuna con respecto a las
temporadas de visitación” y que “El prestador de servicios este de acuerdo en
incluir en sus costos, el pasaporte o el brazalete”, la entrevistada de la APFF
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Sierra de Álamos piensa que se deber “promocionar los proyectos de ecoturismo
comunitarios para que tengan más visitantes y estar cobrando en temporadas
altas donde llegan más visitantes a la ciudad”
Como comentario adicional, los cuestionados manifestaron que tienen problemas
en recibir los brazaletes a tiempo, principalmente a inicios de año, en temporada
alta como invierno y Semana Santa y para cuando les llegan ya los turistas se
han retirado. Por otro lado, comentan que trabajar de cerca con los tour
operadores les ha funcionado para que ellos informen sobre el pago que los
propios turistas deberán realizar al llegar a la ANP.
A continuación, se presentan los resultados de las encuestas aplicadas a
52 actores del turismo en ANPs, las preguntas se aplicaron a través de la
Asociación Sonorense de guías y anfitriones turísticos Tu Guía y la Asociación
de Tour Operadores de Sonora. Asi mismo, otras empresas fueron contactadas
a través del directorio del Registro Nacional de Prestadores de Servicios
Turísticos y redes sociales.
Primero se les pregunto dentro de las opciones posibles, que
seleccionaran la actividad con la cual se identificaban mejor: El 44.2% son guías
turísticos, 38.5% son tour operadores, 11.5% prestadores de servicios turísticos,
el resto agencias de viajes y otros
Se preguntó si llevan actividades turísticas dentro de un área natural
protegida en Sonora, 48.1% contestó positivamente, 40.4% dijo que no lo hace
por el momento, pero considera hacerlo en el futuro. 5.8% dijo que no y el resto
que no lo hace y tampoco lo piensa hacer.
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De los encuestados, el mayor número de prestadores de servicios
turísticos lleva a cabo actividades en la RB El Pinacate y Gran Desierto de Altar,
23 en total que representan el 44.2% de entrevistados, 4 trabajan en la Reserva
de la Biósfera Alto Golfo, 1 en Isla San Pedro Mártir, 1 en Bavispe, 8 en Islas del
Golfo de California Sonora, 4 en Sierra de Álamos-Río Cuchujaqui, 8 en otros
sitios y 21 (40.4%) En ninguna, solo en sitios urbanos y poblaciones.
El 44.2% de los encuestados residen en Hermosillo, en Guaymas y
Caborca (15.4%) y Ciudad Obregón (11.5%), el resto son de otros municipios. Se
les pregunto cuántos años llevan realizando actividades turísticas dentro de las
ANPs, 21.2% dicen más de 3 años y menos de 5, 13.5% manifiestan tener más
de un año y menos de 3 años, solo el 9.6% tiene más de 8 años y menos de 10
años y con el mismo porcentaje se encuentran los que tienen más de 10 años.
45 de los 52 encuestados, es decir el 86.5%, tienen conocimiento de que
el trámite para obtener autorización para llevar a cabo actividades turístico –
recreativas dentro de las áreas naturales protegidas Federales en Sonora es de
carácter obligatorio.
El 82.7% (43 personas) manifiestan saber que la Comisión Nacional de
Áreas Naturales Protegidas está a cargo de las ANPs federales en Sonora, 15.4%
(8 personas) no saben quién está a cargo de las ANPs y 1 persona piensa que
es la Procuraduría Federal de la Defensa del Medio Ambiente.
Se les pregunto si consideran que la Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas a nivel local y regional realiza suficiente promoción para dar
a conocer el proceso y modalidades que existen para tramitar la autorización para
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llevar actividades turísticas recreativas en áreas naturales protegidas federales
en Sonora, el 71.2% piensa que no y el 28.8% considera que sí.
Se hizo la misma pregunta, pero sobre la promoción que la Comisión
Nacional de Áreas Naturales Protegidas realiza a nivel Nacional para realizar
promoción para dar a conocer el proceso y modalidades que existen para tramitar
la autorización para llevar actividades turísticas recreativas en áreas naturales
protegidas federales, el 80.8% de los encuestados dijeron que consideraban que
no en contraste con el 19.2% consideran que sí.
Se pidió su opinión sobre el monto que se debe de cubrir pagar para
tramitar una autorización para llevar actividades turístico-recreativas dentro de
las áreas naturales protegidas, el 67.3% considera que no es ni alto, ni bajo, 7
(13.4%) piensan que es alto o muy alto, y 10 (19.2%) personas piensan que es
el costo es bajo ó muy bajo.
Se preguntó su opinión para saber si consideran que la documentación
que se debe presentar para tramitar una autorización para llevar actividades
turístico-recreativas dentro de las Áreas Naturales Protegidas es demasiada, muy
poca, la adecuada o si no saben que documentos son.
Definición de escala % No
Es demasiada 11.5% 6
Es muy poca 3.8% 2
Es la adecuada 44.2% 23
No cual es la documentación se debe presentar 40.4% 21
Tabla 8. Evaluación del monto de documentos a presentar para realizar trámite de autorización para llevar a cabo turismo en ANPs
182
Se les preguntó sobre si conocen las fechas de recepción de
documentación para solicitar la autorización para llevar a cabo actividades
turístico-recreativas dentro de las áreas naturales protegidas, el 71.2% dijeron
que no, a diferencia del 28.8% que manifestó si conocer las fechas.
El 84.5% de los encuestados afirman que es justo y necesario que las
personas dedicadas al turismo (tour operadores, guías de turismo, prestadores
de servicio) deban de tramitar una autorización para llevar a cabo sus actividades
en las ANPs, 7.7% prefirió no opinar y el mismo porcentaje dijo que no.
Se les pidió evaluar el tiempo que les tomó realizar el trámite de solicitud
de autorización, desde el momento de ingreso de la documentación hasta recibir
el permiso, la tabla 9 muestra resultados
Menos de dos semanas 7.7% 4
Más de dos semanas, pero menos de un mes 5.8% 3
Más de un mes 13.5% 7
No he realizado el trámite 73.1% 38
Tabla 9. Evaluación del tiempo que se toma la CONANP para otorgar una
autorización
Se indicó evaluar el monto del cobro de derechos a turistas (brazalete) por
disfrutar y realizar actividades turísticas dentro de un Área Natural Protegida en
Sonora por un día de visita, por ANP, el 50% opinó que es adecuado, 15% piensa
que es muy alto, 5.8% considera que es alto y el 28.8% desconoce el monto que
se paga. (Tabla 10)
Criterio Porcentaje No de personas
Adecuado 50% 26
Es muy alto 15.4% 8
Es muy bajo 5.8% 3
No sé cuánto cobran 28.8% 15
Tabla 10. Evaluar el costo del brazalete, por día, por persona para entrar a una
ANP
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Se solicitó seleccionar entre las opciones proporcionadas, si han
enfrentado alguna de estas situaciones cuando han llevado grupos a realizar
actividades turísticas en ANPs, en el momento de comparar los brazaletes para
realizar la actividad. El 40.4% manifiesta que siempre ha habido alguien que los
atienda, el 44.2% dicen que nunca han llevado grupos, el 15.4% comenta que no
había personal de CONANP para que le realizaran el cobro y el 7.7% les sucedió
que no hubiera brazaletes para la venta.
Al preguntar si alguna vez el personal de vigilancia de CONANP o
PROFEPA les han pedido que presenten su documento de autorización para
realizar actividades turísticas recreativas dentro de un área, la mayoría de los que
realiza actividades en ANPs dice que no lleva a cabo actividades en ANPS
(40.4%), 38.5% dice que nunca le han pedido nada, 13.5% se lo han pedido más
de una vez y 7.7% solo una vez.
Se preguntó a los encuestados si conocen las consecuencias legales de
operar sin autorización para llevar a cabo actividades turísticas dentro de las
ANPs federales en Sonora, el 32.7% manifiesta saber que si hay consecuencias
legales, pero no saben cuáles son, el 30.8% no sabía sobre el tema, el 19.2% si
conoce los detalles de la sanción y el 17.3 sabe que hay multas, pero desconocen
el monto de las mismas.
Sobre el instrumento para el pago de derechos por visitar a un área natural
protegida, conocido como “El pasaporte para la conservación” el 46.2% no saben
de qué se trata, 34.6% han escuchado de su existencia, pero desconocen que
es, ni cómo funciona y solo el 19.2% lo conocen bien
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De acuerdo a los resultados de las entrevistas el 63.5% considera que la
CONANP antes de otorgar la autorización para llevar a cabo actividades turístico-
recreativas dentro de las áreas naturales protegidas federales en Sonora debería
dar un curso de buenas prácticas turísticas, el 48.1% piensa que debería de
asegurarse la CONANP que la compañía promovente del permiso este o tenga
en su staff un guía certificado bajo la NOM-009-TUR-2002. 28.8% piensan que
debe se debería aplicar un examen escrito sobre el conocimiento del plan de
manejo, 38.5% sienten que la CONANP deber asegurarse de que la compañía o
persona que solicita la autorización opera de manera sustentable Solo el 3.8%
considera que las cosas tal y como están, están bien.
Un abrumante 94.2% considera que deben hacerse campañas para que
el público en general conozca porque es tan importante que se cubra la cuota por
visitar un área natural protegida:
Al pedir la opinión, sobre la calidad de las instalaciones turísticas dentro de las
Áreas Naturales Protegidas en Sonora, el 48.1% considera que no son ni
buenas, ni malas, el 36.5% las califica como buenas o excelentes y el 15.4%
como malas o muy malas.
Conclusiones y sugerencias
La mayoría de los servidores públicos entrevistados, tienen conocimiento
de que hay prestadores de servicios turísticos operando en su ANP sin permiso,
sería interesante conocer porque no se han levantado las denuncias
correspondientes ante PROFEPA. Por otro lado, consideraron que la
documentación que se solicita para emitir las autorizaciones es suficiente, sin
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embargo, la mayoría estuvo de acuerdo que la CONANP debería de diseñar e
impartir un curso de carácter obligatorio sobre el plan de manejo y buenas
prácticas turísticas, incluso que se debería evaluar dicho curso, como
condicionante para otorgar la autorización. En tanto, los prestadores de servicio
encuestados coinciden que se les debería de impartir este curso o capacitación,
además, este curso o series de cursos podría generar una certificación o un tipo
de distintivo para los tour operadores, que entre más horas de capacitación
acumulen, podrían ir subiendo de nivel dentro del distintivo. Para lograr con eso
un valor agregado a sus servicios, además de capacitarlos en la cultura de la
conservación y sirvan de apoyo a la labor del personal de CONANP. Así mismo,
el 38.5% de los tour operadores, guías, anfitriones turísticos y prestadores de
servicios, opinan que la institución debe de asegurarse que las autorizaciones
son otorgadas a empresas y personas que operan de manera sustentable, el
28.8% está de acuerdo en que se aplique un examen por escrito, sobre
conocimiento del plan de manejo, casi la mitad, el 48.1% opina que los
promoventes deben de estar certificados bajo la NOM-009-TUR-2002 o tener una
persona en su equipo con dicha certificación, todo esto indica que si hay una
consciencia implícita en el sector turístico sobre la importancia de trabajar de
manera sustentable, lo que abre una gran oportunidad para trabajar de manera
más cercana con ellos. Ya que la mayoría reside en Hermosillo, sería
recomendable iniciar desde la capital del estado, y avanzar a las ciudades que
concentran mayor población, como Guaymas, Obregón y Caborca.
Todos los entrevistados coinciden en que es muy difícil controlar los
accesos múltiples que tienen las ANPs de Sonora y además de lo limitado del
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personal, dificulta la tarea de cobro de derechos (venta de brazaletes). La
solución propuesta es llevar a cabo una campaña a nivel nacional, regional y local
dirigida al público en general, que se centre en la importancia de cubrir el costo
del brazalete y a donde se aplican esos recursos.
Los resultados indican que hay una seria desinformación hacia el sector
turístico sobre la reglamentación para ejercer actividades recreativas dentro de
las ANPs, ya que un alto porcentaje de los encuestados piensa que la CONANP
no hace la suficiente promoción ni a nivel local, ni regional, ni nacional, un gran
porcentaje 71.2% desconoce las fechas en las que se debe de realizar el trámite
y casi la mitad no sabe que documentos debe de presentar, sin embargo, el
84.5% manifiesta considerar que es justo y además necesario que se regularice
la actividad turística, por lo que se percibe que hay una gran disposición por parte
del sector para llevar a cabo los trámites, falta que la CONANP dirija sus
esfuerzos a llevar a cabo esta promoción, ya que también un alto porcentaje de
encuestados (73.1%) no ha realizado el trámite, a pesar de saber que lo tienen
que hacer, pero más del 80% ni siquiera conocen las consecuencias de no
hacerlo, resulta curioso que hay mucho desconocimiento por parte del mismo
personal de CONANP encargado de este tema, en esta materia relacionada con
las sanciones y el 100% manifiesta que no ha recibido la suficiente capacitación
por parte de CONANP y que les gustaría recibirla, también esto representa un
área de oportunidad, ya que el personal de ésta institución tiene como derecho y
también como obligación recibir al menos 40 horas de capacitación al año.
Además, dentro de las categorías que contempla la Ley de Derechos en
cuanto al permiso con vehículo terrestre y acuático, solo se contempla el
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supuesto de que la unidad de transporte es propiedad de la persona moral o física
promovente de la autorización, cuando en realidad, es práctica común la renta de
vehículos motores, de acuerdo al número de integrantes del grupo. Esta situación
causa confusión y quienes quieren realizar el trámite, no encuentran bajo que
categoría deben hacerlo.
Otro punto importante es el pasaporte de la Conservación, el cual es una
herramienta para promocionar la visitación a las áreas naturales protegidas,
cubriendo una única cuota anual, con derecho a visitas ilimitadas dentro del
período de un año. El 80.6% no lo conoce, o ha escuchado hablar de él, pero no
sabe cómo funciona, sería recomendable investigar con la Secretaria de
Hacienda, si se pudiera trabajar con los prestadores de servicio, bajo un esquema
de comisiones, para motivar la venta de dicha herramienta.
Se reconoce la apertura del sector para participar con la CONANP en un
trabajo más coordinado, así mismo las limitaciones de tiempo de este trabajo de
investigación, no permitieron ampliar la muestra de encuestados, lo cual sería
interesante, así como incluir otros puntos que por el momento no se abordaron.
Palabras clave
PROCODES: Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible
(PROCODES). Programa de subsidio operado por CONANP que tiene como
objetivo promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales
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Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la
biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social.
Áreas Naturales Protegidas: Son porciones terrestres o acuáticas del territorio
nacional representativas de los diversos ecosistemas, donde el ambiente original
no ha sido esencialmente alterado y que producen beneficios ecológicos cada
vez más reconocidos y valorados.
Cobro de derechos: Es el pago por el uso o aprovechamiento de los bienes del
dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado
en sus funciones de derecho público.
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