Post on 06-Jun-2015
De él concepto legal de los títulos de crédito:
Son títulos de crédito los documentos que incorporan un derecho literal y autónomo,
cuyo ejercicio y transferencia es imposible independientemente del título. Los títulos de
crédito tienen la calidad de bienes muebles. Art. 385 Código de Comercio.
Cual es la importancia de los títulos de crédito:
Los títulos de crédito agilizan, facilitan, y aseguran la circulación de de bienes y
derechos.
Cuales son las características de los títulos de crédito:
formulismo
incorporación
literalidad
autonomía
Explique el formulismo de los títulos de crédito:
Para que a un documento se le reconozca la calidad de título de crédito se deben llenar
los requisitos generales que enumera el artículo 386 de código de comercio y los
particulares para cada título de crédito. Estos requisitos son: a) el nombre del título de
que se trata; b) el lugar y fecha de creación; c) los derechos que el título incorpora; d) el
lugar y fecha del cumplimiento o ejercicio de tales derechos; e) la firma de quien lo
crea.
Explique la incorporación en los títulos de crédito:
Por virtud de esta característica el creador de un título de crédito incorpora un derecho
y una obligación a un documento.
Explique en que consiste la literalidad de los títulos de crédito:
Por esta característica el librado está obligado a pagar al beneficiario la cantidad que
expresa el mismo título de crédito. No puede pagar más ni puede pagar menos de lo
expresado.
Explique en que consiste la literalidad de los títulos de crédito:
Por esta característica el librado está obligado a pagar al beneficiario la cantidad que
expresa el mismo título de crédito. No puede pagar más ni puede pagar menos de lo
expresado.
Explique en que consiste la autonomía de la letra de cambio:
Se refiere a que la persona que recibe un título de crédito por medio de endoso,
adquiere un derecho autónomo e independiente al del anterior tenedor.
Requisitos de los títulos de crédito:
nombre del titulo que se trate
fecha y lugar de su creación
los derechos del titulo que se incorporan
el lugar y fecha de su cumplimiento o ejercicios de sus derechos
la firma de quien lo crea
Circulación de los títulos de crédito:
exhibición de los títulos de crédito
efectos de la transmisión
reinvicación o gravamen
ley de circulación ( en nominativos, a la orden y al portador)
Creación de los títulos de crédito
obligación del signatario
anomalías que no invalidan
alteración de texto
convenio del plazo
imposibilidad de firmar
solidaridad de los signatarios
Que es el protesto:
Es el acto realizado por notario a requerimiento del beneficiario de un título de
crédito para hacer constar la presentación del mismo y la actitud que tomó el obligado.
Vía directa : hay que hacer notar que la obligaron de presentar el titulo para su
pago
Vía de regreso: cuando las personas no tienen la calidad de librados aceptantes.
Obligación cambiaria: es el derecho de pretender que se satisfaga
judicialmente.
Que es el aval.
Una forma de garantizar el pago de un titulo de crédito que contenga la obligaron de
pagar dinero en efectivo o moneda en curso legal.
Que son títulos de crédito al portador:
Son aquellos títulos que no están expedidos a favor de persona determinada y se
transmiten por la simple tradición.
Que son títulos de crédito a la orden:
Son aquellos títulos creados a favor de persona determinada y se transmiten mediante el
endoso y entrega del título. Art. 418 del Código de Comercio.
Que son títulos de crédito nominativos?
Son aquellos creados a favor de persona determinada cuyo nombre se expresa tanto en
el propio texto del documento, como en el registro
Requisitos del endoso:
del creador y son transmisibles mediante endoso e inscripción en el registro. Art. 415
Código de Comercio.
el nombre del endosante
la clase de endoso
el lugar y la fecha
la firma del endosante o la persona
que firma a su ruego
Obligación del endosante:
Es un efecto legitimador en el cual el endoso se inserta un cláusula de “sin mi
responsabilidad” no se pueden ejercer acciones cambiarias.
Clasificación doctrinaria de los títulos de crédito.
nominados: tipificados en la ley.
innominados: creados por la costumbre.
singulares: se van creando en forma aislada
seriales: son los que por su naturaleza se crean masivamente (acciones y
deben tures)
principales: valen por si mismos “deben ture”
accesorios: están ligados a un principal “cupón”
abstractos: una causa por el cual se crearon.
casuales: están ligados a la causa “deben tures”
especulativos: provienen de tener una ganancia o perdida
inversión: producen una renta “interese”
públicos: son los que emite el poder publico
privados: creados por los particulares.
de pago: cuyo beneficio para el tenedor es el pago de un valor dinerario
de participación: permiten intervenir en el funcionamiento de un ente
colectivo “las acciones de sociedades”
de representación: son los de derecho incorporado “mercaderías”
De él concepto de de la letra de cambio:
Es un título de crédito por el cual un sujeto llamado librador ordena a otro llamado
librado que pague una cantidad de dinero al sujeto que en la misma se indique.
Mencione las funciones de la letra de cambio:
a.- es un medio de documentar créditos la compraventa a plazos.
b.- es un medio de pago puede saldar sus deudas mediante el endoso de titulo a
favor de su acreedor
c.- es un medio de descuento el beneficiario de una letra de cambio puede antes de
su acudir a una entidad bancaria par a cambiarla en efectivo a cambio de un
descuento sobre el importe de la misma.
d.- es un medio de garantía: sucede cuando el acreedor de una letra de cambio
constituye una prenda para garantizar la obligación.
Características:
a la orden
la obligaron que se incorpora debe ser incondicional
un valor monetario
La clasificación legal de los títulos de crédito es:
Títulos normativos
títulos a la orden
títulos al portador
El vencimiento de una letra de cambio puede presentarse 4 modalidades:
a la vista
a cierto tiempo vista
a cierto tiempo fecha
a día fijo
Cuales son las clases de pago de la letra de cambio:
parcial
anticipado
por deposito
Cuales son las formas de protesto de la letra de cambio:
Se pone una razón en la letra de cambio o en hoja adherida a ella, en la que hace
constar que el titulo ha s protestado por uno de los dos motivos ya explicados
Se levanta acta notarial cumpliendo con los requisitos del Art.480 código comercio
60 61 62 código notariado.
En la letra de cambio, la persona que da la orden a paga una suma de dinero
es:
girado o librado
En la letra de cambio, la persona que garantiza el pago del documento
mediante el aval es:
avalista librador
Al librador en la letra de cambio también se le llama:
girado o librado
Es la persona que tiene en su poder la letra de cambio al momento en que se
cobra, porque se lo ha endosado y esta legitimada para recibir el pago:
portador o poseedor actual
Como se le llama al vencimiento de la letra de cambio cuando es pagadera en
el momento mismo de su presentación:
a la vista