Post on 19-Jan-2016
TARIFAS DE ELECTRICIDAD
La tarifa que se le cobra al cliente esta compuesta por la suma de las remuneraciones a las actividades que añaden valor en la cadena del sector eléctrico. Así tenemos
Los precios a nivel generación: los cuales son un promedio ponderado de los precios en barra y los precios firmes.
Los peajes de transmisión: los cuales son producto de la diferencia de los costos totales eficientes o de la base tarifaria y los ingresos tarifarios.
El valor agregado de distribución: el cual es producto de la suma de la anualidad de los costos eficiencia de inversión mas los costos de operación y mantenimiento, mas las perdidas estándares y los costos fijos asociados al usuario.
PNG + peajes de transmisión + VAD= PRECIO AL USUARIO
OPERACIONES TARIFARIAS AL CLIENTE FINAL
TARIFAS EN MEDIA TENSION (MT) Tarifa MT2: esta tarifa presenta doble
medición de energía activa y contratación o medición de dos potencias, además de un cargo fijo.
Tarifa MT3: esta tarifa cuenta con una medición de energía activa y contratación o medición de una potencia.
Tarifa MT4: esta tarifa presenta una sola medición de energía activa y de potencia.
TARIFAS EN BAJA TENCION (BT) TARIFA BT2: esta tarifa cuenta cuenta con una medición doble de energía
dependiendo si es hora punta o fuera de punta, asimismo hace una doble medición de la potencia.
Tarifa BT3: esta tarifa cuenta con una medición doble de energía dependiendo si es hora punta o fuera de punta, asimismo hace una sola medición de la potencia.
Tarifa BT4: esta tarifa cuenta con una medición para la energía activa, asi como para la potencia.
Tarifa BT5A: esta tarifa presenta doble medición de energía para los usuarios dependiendo de la demanda máxima mensual, asi tiene dos tipos : la demanda máxima mensual de hasta 20 kw en horas punta (hp) y horas fuera de punta (hfp), y la demanda máxima mensual de hasta 20 kw en HP y 50 kw en HFP.
Tarifa BT5B: no residencial: esta tarifa presenta una medición simple de energía y se encuentra dirigida para el sector no residencial, es decir para los usuarios que tienen además algún comercio o taller en su domicilio.
Tarifa BT5B: residencial: esta tarifa presenta una medición simple de energía y se encuentra dirigida para el sector residencial , diferenciándose dos tipos de usuario (para aplicar FOSE): aquellos con consumo menores o iguales a 100kwh por mes ; y, y aquellos con consumos mayores a 100kwh por mes
Tarifa BT5C: esta tarifa es la asignada alumbrado publico Tarifa BT6: esta tarifa cuenta con un cargo fijo por potencia, es similar a una
tarifa plana en cuanto al consumo de energía. Tarifa BT7: esta tarifa cuenta con una medición simple de energía pre pago,
está dirigida principalmente para el sector rural.
EL FONDO DE COMPENSACIÓN SOCIAL ELÉCTRICA ( FOSE)
Mediante la ley n° 27510, se creó el fondo de compensación eléctrica (FOSE), como un sistema de subsidios cruzados que tiene por objetivo principal favorecer a los consumidores eléctricos de menores ingresos. En efecto, el fin es favorecer el acceso y la permanencia del servicio eléctrico; en ese sentido, los usuarios residenciales de bajos ingresos (de consumo menor a 100kwh/mes) reciben un descuento en su tarifa, mientras los consumidores de mayor es ingresos (de consumo mayor a 100kwh/mes), recibe un pequeño recargo mensual.
SUBSIDIOS APLICABLES POR EL FOSE De acuerdo a lo establecido en la ley n° 28307, el fose tiene
dos rangos de aplicación según el consumo: el primero de 0 a 30 kwh/mes y el segundo de 31 a 100 kwh/mes.
En el primer rango, se descuenta un porcentaje (que puede ser 25.50 o 62.5% dependiendo del sector donde se ubique el consumidor); mientras el segundo, un monto fijo que se mide en kwh y se valoriza a la tarifa vigente.
FACTOR DE AJUSTE LUEGO DE UNA INTERCONEXIÓN
Cuando los usuarios del sistema aislado (donde reciben un mayor subsidio) pasan a formar parte del sistema interconectado nacional-SEIN (donde hay un subsidio menor) enfrentan un impacto en su tarifa. Para atenuar dicho impacto, mediante resolución ministerial N° 432-2007-MEM/DM, se estableció para ellos la aplicación la aplicación trimestral de un factor de ajuste progresivo por un periodo de dos años con el fin de nivelar gradualmente el aumento de sus tarifas.
FIJACIÓN DEL FOSE
Para fijar los recargos y subsidios, se calcula la tasa de crecimiento anual de la información histórica de las ventas de un año de las empresas distribuidoras, esto se realiza tres meses antes de la fijación del fose, y con este dato se proyectan las ventas y facturación para los tres meses siguientes desde la fecha en la que se aplicara el fose
EL FOSE PARA UN USUARIOS URBANOS DEL SEIN
EL FOSE tiene un impacto en la tarifa según su forma de aplicación cuando se aplica un descuento porcentual (como cuando se tiene un consumo de 0-30 kwh/mes), esto equivale a una disminución en la pendiente de la curva de tarifa, es decir un menor precio para cada nivel de consumo. Por otro lado, cuando se aplica un descuento fijo (como cuando se tiene un consumo de 31 -100 kwh/mes), esto equivale a un desplazamiento paralelo de la curva de tarifa hacia la derecha, debido a un consumo “de gracia” o consumo libre equivalente a 7.5 kwh por mes, con lo que la tarifa FOSE pasa ser no lineal.
SUBSIDIOS Y RECARGOS UNITARIOS CON EL FOSE Los usuarios que consumen una cantidad de energía
menor a 30 kwh/mes reciben un subsidio o descuento por unidad consumida de energía. En consecuencia, el descuento unitario y el precio se mantienen constantes cualquiera sea el consumo
Los usuarios cuyo consumo se encuentra en el rango de más de 30 hasta 100 kwh/mes reciben un subsidio fijo. En este caso, a medida que aumenta el consumo, el porcentaje que representa el subsidio en el total de tarifa que habría pagado sin FOSE se va disipando conforme se consume una mayor cantidad de electricidad por lo que el precio unitario con fose va aumentando conforme aumenta el consumo.
COMPONENTES DE LA FACTURA
1. Datos del suministro: Información general del usuario y del tipo de suministro
2. Consumo kWh: Cantidad (en kWh) de electricidad que se ha consumido en el mes.
3. Precio unitario S/.kWh: El precio por cada kWh consumido. 4. Consumo histórico: Grafico que muestra el consumo comparativo de
los últimos doce meses y del mes al que corresponde el recibo. 5. Descuento FOSE: Descuento que establece el Fondo de Compensación
Social Eléctrica para los consumidores de menores ingresos (quienes consumen entre 1 kWh y 100 kWh por mes). El descuento está incluido en el precio unitario de la electricidad.
6. Cargo Fijo: Pago que se debe hacer cualquiera sea la cantidad de electricidad que se consuma, que incluye el pago por la emisión del recibo, la toma de lectura del medidor, entre otros.
7. Cargo por energía: Monto que resulta de multiplicar la cantidad consumida por el precio. En el recibo del ejemplo, el monto es: 51 kWh x S/.0.278 =S/.14.18.
8. Alumbrado público: Aporte para el alumbrado público, el cual es proporcional al consumo de energía.
9. Aporte Ley Nº 28749: Aporte para la electrificación rural, el cual se encuentra en función del consumo mensual, según establece dicha ley.
La factura por el servicio eléctrico que recibes la emite la empresa distribuidora de energía eléctrica, pero incluye también el pago a la empresa generadora y a la empresa de transmisión. Es decir, la tarifa del servicio eléctrico es la suma de tres precios:
Una vez que la empresa de distribución te cobra la electricidad que consumes, remite a la empresa generadora y a la empresa transmisora el monto que le corresponde a cada una y se queda únicamente con lo que le toca por el servicio de distribución.
OPCIONES TARIFARIAS
MEDIA TENSIÓN
MT2: MEDICION DOBLE DE ENERGIA ACTIVA Y POTENCIA ACTIVA
MT3: MEDICION DOBLE DE ENERGIA ACTIVA Y SIMPLE DE POTENCIA ACTIVA
MT4: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA Y POTENCIA ACTIVA
BAJA TENSIÓN
BT2: MEDICION DOBLE DE ENERGIA ACTIVA Y POTENCIA ACTIVA
BT3: MEDICION DOBLE DE ENERGIA ACTIVA Y SIMPLE DE POTENCIA ACTIVA
BT4: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA Y POTENCIA ACTIVA
BT5A: MEDICION DOBLE DE ENERGIA ACTIVA a) Demanda máxima mensual hasta 20 kW en HP y HFP b) Demanda máxima mensual hasta 20 kW en HP y 50
kW en HFP.
BT5B: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA ACTIVA a) Residencial con consumo menor o igual a 30 kWh por
mes b) Residencial con consumo mayor a 30 y menor o igual
a 100 kWh por mes c) Residencial con consumo mayor a 100 kWh por mes
y No Residencial
BT5C: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA ACTIVA - ILUMINACION ADICIONAL
BT5C-AP: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA ACTIVA - ALUMBRADO PUBLICO
BT5 D: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA ACTIVA - MEDICION COLECTIVA a) Residencial con consumo menor o igual a 30 kWh por mes b) Residencial con consumo mayor a 30 y menor o igual a 100
kWh por mes c) Residencial con consumo mayor a 100 kWh por mes y No
Residencial
BT6: PENSION FIJA DE POTENCIA
BT7: MEDICION SIMPLE DE ENERGIA ACTIVA - SERVICIO PREPAGO a) Residencial con consumo menor o igual a 30 kWh por mes b) Residencial con consumo mayor a 30 y menor o igual a 100
kWh por mes c) Residencial con consumo mayor a 100 kWh por mes y No
Residencial
CONDICIONES ESPECÍFICASTARIFAS MT2 Y BT2a) Estas tarifas consideran precios diferenciados para las demandas de potencia según si éstas se efectúan en horas de punta del sistema eléctrico o bien en horas fuera de punta.
b) La facturación por potencia será aplicada según las siguientes modalidades: I. La facturación de potencia en horas de punta, y contratación de
potencia máxima.
Para la facturación de potencia se consideran dos cargos: Cargo mensual por potencia contratada en horas de punta y Cargo mensual por el exceso de potencia máxima contratada respecto a la potencia contratada en horas de punta.
II. Medición de demanda máxima en horas de punta y contratación de potencia máxima
Para la facturación de potencia se consideran dos cargos: Cargo mensual por demanda máxima leída en horas de punta y Cargo mensual por el exceso de potencia máxima contratada respecto a la demanda máxima leída en horas de punta.
III. Medición de demanda máxima en horas de punta y medición de la demanda máxima de potencia suministrada.
Para la facturación por potencia se consideran dos cargos: Cargo mensual por demanda máxima leída en horas de punta y Cargo mensual por el exceso de demanda máxima suministrada respecto a la demanda máxima leída en horas de punta.
TARIFAS MT3, MT4, BT3 Y BT4
a) Cargos a aplicar según calificación de la utilización de la potencia: Las presentes tarifas serán aplicadas con dos variantes, en lo que se
refiere al cargo por potencia, según el grado de utilización de la potencia en horas de punta o fuera de punta del sistema eléctrico.
El consumo será calificado como "de punta", cuando el cociente entre la demanda media del cliente en horas de punta y su demanda máxima es mayor o igual a 0,5 entendiéndose por demanda media en horas de punta al consumo de energía durante dichas horas dividido por el número de horas de punta. Si no fuera así, el suministro deberá ser calificado como "fuera de punta"
La empresa calificará al consumo del cliente como "de punta" o bien como "fuera de punta". Cualquier reclamo sobre la calificación deberá ser efectuado a la empresa distribuidora.
El cliente podrá solicitar la recalificación ante la Dirección General de Electricidad.
b) La tarifa de alumbrado público se encuentra comprendida en la opción tarifaria BT4 presente en punta.
TARIFAS BT5 Y BT6
a) Limitaciones de la tarifa BT5.-Sólo podrán optar por esta tarifa los clientes alimentados en baja tensión cuya potencia conectada sea inferior a 10 kW o aquellos clientes que instalen un limitador de potencia de hasta 10 KW.
b) Limitaciones de tarifa BT6Sólo podrán optar por esta tarifa los clientes alimentados en baja tensión cuya potencia conectada sea inferior a 3 kW y que instalen un limitador de potencia para cumplir esta condición.
Esta opción tarifaria tiene carácter transitorio.
Tarifas en media tensión : MT2
- Cargo Fijo Mensual (S/./cliente) : CFH- Cargo por Energía activa (S/./kw.h):
a) Cargo por Energía en punta:PEMT * PEPP
b) Cargo por Energía fuera de puntaPEMT * PEFP
- Potencia horaria: a) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída en horas
de punta (S/:/kw).(PPMT * PP + VMTPP) * FCPPMT
b) Cargo por el exceso de la potencia máxima contratada o máxima demanda leída en relación ala potencia contratada en horas de punta o demanda máxima leída en horas de punta (S/./kw).
Tarifas MT3
- Cargo Fijo Mensual (S/./cliente) : CFS- Cargo por Energía activa en punta (S/./kw.h):
a) Cargo por Energía en punta:PEMT * PEPP
b) Cargo por Energía activa fuera de punta (S/./kw.h):PEMT * PEFP
- Cargo por potencia: a) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para
clientes calificados como "de punta") (S/:/kw).(PPMT * PP + VMTPP) * CMTPP + (1-CMTPP) * VMTFP * FCFPMT
b) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para clientes calificados como "fuera de punta") (S/./kw).
(PPMT * PP + VMTPP) * CMTFP + (1-CMTFP) * VMTFP * FCFPMT
Tarifas MT4
- Cargo Fijo Mensual (S/./cliente) : CFS- Cargo por Energía activa. (S/./kw.h):
PEMT * PE
- Cargo por potencia: a) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para
clientes calificados como "de punta") (S/:/kw).(PPMT * PP + VMTPP) * CMTPP + (1-CMTPP) * VMTFP * FCFPMT
b) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para clientes calificados como "fuera de punta") (S/./kw).
(PPMT * PP + VMTPP) * CMTFP + (1-CMTFP) * VMTFP * FCFPMT
Tarifas en baja tensión BT2
- Cargo Fijo Mensual (S/./cliente) : CFH Cargo por Energía Activa. (S/./kw.h):
a) Cargo Energía en punta:PEMT * PEBP * PEPP
b) Cargo por Energía fuera de punta (S/./kw.h):PEMT * PEBT * PEFP
- Potencia horaria: a) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída en horas
de punta (S/:/kw).(PPMT * PPBT * PP + VMTPP * PPBT + VBTPP) * FCPPBT
b) Cargo por exceso de la potencia máxima contratada o máxima demanda leída con relación a la potencia contratada en horas de punta ó demanda máxima leída en horas de punta (S/./kw).
VBTFP * FCFBT
Tarifas BT3
- Cargo Fijo Mensual (S/./cliente) : CFS- Cargo por Energía activa de punta (S/./kw.h):
PEMT * PEPP- Cargo por Energía activa fuera de punta (S/./kw.h):
PEMT * PEBT * PEPP- Cargo por Energía Activa Fuera de Punta: (S/./kw.h)
PEMT * PEBT * PEFP
- Cargo por potencia:- Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para clientes calificados como "de punta") (S/:/kw).
(PPMT * PPBT * PP + VMTPP * PPBT + VBTPP) * CBTPP + (1- CBTPP) * VMTFP * FCFPMT
- Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para clientes calificados como "fuera de punta") (S/./kw).
(PPMT * PPBT * PP + VMTPP * PPBT + VBTPP) * CBTFP + (1- CBTFP) * VBTFP * FCFPBT
Tarifa BT5
- Cargo Fijo Mensual Cliente (S/./cliente) : CFS- Cargo por Energía activa. (S/./kw.h):- Cargo por Energía en punta:
PEMT * PEBT * PE
- Cargo por potencia: a) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para
clientes calificados como "de punta") (S/:/kw).(PPMT * PPBT + PP + VMTPP * PPBT + VBTPP) * CBTPP + (1- CBTPP) *
VBTFP * FCFPBT
b) Cargo por potencia contratada o máxima demanda leída (para clientes calificados como "fuera de punta") (S/./kw).
(PPMT * PPBT + PP + VMTPP * PPBT + VBTPP) * CBTFP + (1- CMTFP) * VBTFP * FCFPBT