Derechos Ribereños

Post on 09-Nov-2015

215 views 0 download

description

derechos del mar

Transcript of Derechos Ribereños

Derechos, jurisdiccin y deberes del Estado ribereo en la zono econmica exclusiva1. En la zona econmica exclusiva, el Estado ribereo tiene:a. Derechos de soberana para los fines de exploracin y explotacin, conservacin y administracin de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploracin y explotacin econmicas de la zona, tal como la produccin de energa derivada del agua, de las corrientes y de los vientos;b. Jurisdiccin, con arreglo a las disposiciones pertinentes de esta convencin, con respecto a:i. el establecimiento y la utilizacin de islas artificiales, instalaciones y estructuras;ii. la investigacin cientfica marina;iii. la proteccin del medio marino.c. Otros derechos y deberes previstos en esta Convencin.2. En el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus deberes en la zona econmica exclusiva en virtud de esta Convencin, el Estado ribereo tendr debidamente en cuenta los derechos y deberes de los dems Estados y actuar de manera compatible con las disposiciones de esta Convencin.3. Los derechos enunciados en este artculo con respecto al lecho del mar y su subsuelo se ejercern de conformidad con la Parte VI.