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DICTAMEN TÉCNICO, ACADÉMICO, JURÍDICO, Y ASPECTOS COLATERALES DEL ESPECTÁCULO “EXPERIENCIA NOCTURNA” EN LA ZONA DE MONUMENTOS
ARQUEOLÓGICOS DE TEOTIHUACAN
María de la Luz Aguilar, Gustavo Ramírez y Jesús E. Sánchez Comisión de Protección del Patrimonio Arqueológico e Histórico, del
Sindicato de Investigadores del INAH El pasado viernes 15 de abril, los integrantes del Comité Ejecutivo y de la Comisión de
Protección al Patrimonio Arqueológico e Histórico, del Sindicato de Investigadores del
INAH, realizamos una visita a la Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan,
a efectos de inspeccionar el procedimiento de instalación de los dispositivos de luz y
sonido y el esquema operativo del espectáculo denominado “Experiencia Nocturna”.
1. ANTECEDENTES
a) “Resplandor Teotihuacano”
Como es sabido, el espectáculo “Experiencia Nocturna” es resultado de una iniciativa
largamente deseada por el actual presidente de la República Enrique Peña Nieto,
desde el sexenio pasado en el fungía como gobernador del Estado de México. Cuando
en el año 2008 se perpetró el primer intento con el espectáculo denominado
“Resplandor Teotihuacano”, dicho “proyecto” fue suspendido gracias a la intervención
del Sindicato de Investigadores del INAH, que aglutinó a un amplio conjunto de
fuerzas políticas y sociales que desplegó una permanente resistencia a través de
diversas movilizaciones, foros de análisis, escritos dirigidos a la opinión pública, así en
los medios de comunicación como en redes sociales y la denuncia presentada por el
Sindicato ante el Ministerio Público Federal, acciones todas ellas que finalmente
lograron frustrar el propósito de aquel “proyecto”. Sin embargo, debido a que los
trabajos de instalación de la infraestructura para el espectáculo iniciaron súbitamente,
al momento de lograr la suspensión, ya se habían provocado graves daños a los
monumentos arqueológicos de las pirámides de El Sol y de La Luna, mediante casi
siete mil perforaciones para incrustar en ellas taquetes expansivos. Considerando las
características físicas requeridas para ese espectáculo, debemos reconocer que, a
pesar de todo, logró evitarse mucho mayores daños a los monumentos arqueológicos.
b) “Experiencia Nocturna”
A principios del 2015, Rosalinda Elizabeth Benítez González, Secretaria de Turismo
del Estado de México, presentó al INAH la propuesta de un espectáculo de luz y sonido
en la Zona Arqueológica de Teotihuacan denominado “Experiencia Nocturna”. El 14 de
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mayo del mismo año, el Consejo de Arqueología aprobó el proyecto, según consta en el
oficio 401.B(4)19.2015/36/1031, sin mayores observaciones que la de que “todos los
trabajos requeridos deberán ser supervisados por los arqueólogos designados por la
Coordinación Nacional de Arqueología”. Tanto el Consejo de Arqueología como la
Coordinación Nacional de Arqueología mantuvieron silencio sobre dicho proyecto y su
autorización ante los investigadores de la zona arqueológica y el sindicato, hasta el 30
de octubre del mismo año, fecha en que se citó a la primera reunión con el Comité
Ejecutivo de la Delegación DII-IA-1 en la Secretaría Técnica. En dicha reunión se
informó que se realizaría el espectáculo apegado a ciertas limitaciones que
garantizarían que:
1. No habría afectaciones ni instalaciones.
2. Se recuperarían los valores intrínsecos de la zona.
3. No sería un negocio privado, sino de una entidad pública que es el gobierno del
estado de México.
4. Que el INAH cobraría una cuota de aproximadamente $ 250 pesos por ingreso
en horario extraordinario (más tarde se aclararía que es de $220 pesos).
5. Adicionalmente se solicitó que los investigadores “evaluaran el proyecto”.
Hasta ese momento, parecía que el gobierno del Estado de México apenas iniciaba el
trámite. El Comité Ejecutivo solicito una reunión en la que participaran los
especialistas de la zona arqueológica, y se diera información más detallada.
Dicha reunión se llevó a cabo el 6 de noviembre de 2015, a las 10am, en la Dirección
de la Zona Arqueológica, con la presencia del Secretario Técnico, el Coordinador
Nacional de Arqueología, el Director de Teotihuacán, el Coordinador Nacional de
Recursos Humanos, representantes del Comité Ejecutivo y los investigadores de la
zona arqueológica. En principio, las autoridades dieron a los presentes la misma
información de la reunión anterior, reiterando su petición de que los investigadores
evaluaran el proyecto. Se dio a conocer también que el proyecto estaría a cargo de la
empresa de Abel Aké, misma que desarrolló el espectáculo de luz y sonido de Chichén
Itzá, y que para la instalación permanente se reutilizarían los ductos del viejo luz y
sonido aun existentes. La información se fue discutiendo por parte de los
investigadores, haciendo notar los inconvenientes del espectáculo, las circunstancias
políticas, así como el lamentable estado de conservación de algunos monumentos, la
problemática de la zona y las deficiencias y carencias de las instalaciones, laboratorios
y almacenes de investigación. El Coordinador Nacional de Recursos Humanos se
comprometió a atender a la siguiente semana algunas carencias, incumpliendo su
promesa. Como resultado, se quedó por parte de los investigadores en realizar una
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reunión de análisis, de la cual se derivaría un posicionamiento respecto a la solicitud
de la Secretaría Técnica. Cabe agregar que el mismo día, al término de ésta reunión,
las autoridades sostuvieron otra con los custodios de la zona arqueológica en la que se
les informó del proyecto. Más tarde se supo que ellos no opusieron ninguna objeción,
toda vez que quienes cubrieran las horas extras de trabajo recibirían un pago
adicional, que como ahora se sabe, es de 500 pesos por custodio.
La reunión de los investigadores de Teotihuacán y representantes sindicales se llevó a
cabo el 9 de noviembre en las oficinas del profesor Rubén Cabrera. Tras el análisis se
acordó que:
1. Más que el guión, el problema principal es el uso que se les pretende dar a los
monumentos como pantalla de proyección.
2. Que se solicitara una encuesta de opinión al público en general, a la UNESCO y
universidades e intelectuales.
3. Solicitar a las autoridades el proyecto, el dictamen del Consejo de Arqueología
(en ese momento no se sabía que ya habían autorizado) y presentar el caso
ante la Comisión de Patrimonio del Sindicato de Investigadores.
4. Que se exploraran otras alternativas que fueran respetuosas de los
monumentos.
5. Solicitar que parte de los ingresos se dedicaran al mantenimiento de la zona
arqueológica.
6. Que de realizarse, hubiera acceso gratuito para la población local de escasos
recursos, estudiantes y personas de la tercera edad.
El 17 de noviembre se llevó a cabo otra reunión con el Coordinador Nacional de
Arqueología, Abel Aké y los investigadores, en el Centro de Estudios Teotihuacanos
Manuel Gamio. Allí, el despacho responsable de la ejecución del proyecto ilustró en
detalle con diapositivas el funcionamiento, operación y equipo necesario para el
espectáculo. Se expusieron los argumentos de los investigadores y se solicitó la
información técnica para poder evaluar con más elementos la propuesta.
Una nueva reunión se realizó a finales de noviembre, en la sala de juntas de la
Dirección General del INAH, en Córdoba 45. En esta ocasión se presentó una primera
versión de la proyección, sobre una maqueta, aclarándose que la misma había sido ya
contemplada por la directora general del INAH, quien ya había señalado la necesidad
de algunos ajustes al guión, la música y el video. En la misma reunión se volvió a
insistir en la afectación simbólica y el uso no ético del patrimonio, se señalaron
imprecisiones en el contenido del guión y se solicitó éste nuevamente.
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Una última reunión con el Secretario Técnico y el Coordinador Nacional de
Arqueología se realizó 4 de diciembre, quienes urgieron a los investigadores a
presentar propuestas de mejoramiento del espectáculo, argumentando que ya era
inminente su inauguración hacia el mes de marzo del 2016. También se entregó por
escrito el guión. Ese mismo día, previo a la reunión, se le entregó apenas al Sindicato,
la copia del oficio de autorización del proyecto por parte del Consejo de Arqueología.
Sólo hasta ese momento se supo que las autoridades habían ocultado que el proyecto
ya estaba aprobado, habiendo buscado todo ese tiempo que los investigadores y el
Sindicato avalaran el espectáculo, cosa que no ha sucedido hasta la fecha.
En vienes 18 de marzo del año 2016, se inauguró el espectáculo “Experiencia
Nocturna en Teotihuacán”, a una semana de la creación oficial de la Secretaría de
Cultura, con la presencia del presidente de la república y la directora general del
INAH, entre otros. El siguiente paso para la Comisión de Patrimonio ha sido en
consecuencia, verificar que el equipo utilizado y el procedimiento de instalación, no
causaran daño físico a los monumentos y sus áreas aledañas. Por lo anterior se llevó a
cabo una inspección por parte de los firmantes, el día 15 de abril del año en curso.
2. CARACTERÍSTICAS DEL ESPECTÁCULO “EXPERIENCIA NOCTURNA”
2.1. Del programa El espectáculo “Experiencia Nocturna” consta de dos fases: En la primera, el público asistente recorre en grupos no mayores a 30 personas la
Calle de los Muertos, comenzando en el punto frente a la Pirámide del Sol, llega al final
de la Calle frente a la Plaza de la Luna, permanece ahí unos minutos y regresa al punto
inicial (plano 1). Durante el recorrido, los monumentos arqueológicos que se
encuentran a ambos lados y a lo largo de la sección norte de la Calle de los Muertos y
de toda la Plaza de la Luna, se iluminan con lámparas de focos led de colores rojo, azul,
violeta, verde, amarillo y blanco que se alternan automáticamente. El público camina
libremente mientras puede, si así lo desea, detenerse frente a cualquiera de los
edificios para escuchar cierta información general relativa a ellos (no muy específica,
sino más bien un tanto confusa y poco especializada), a través de una “audio-guía” o
“dispositivo inteligente”, que no es sino un ipod con audífonos que le es entregado al
momento de pagar la cuota de acceso (y que deberá regresar al término del
espectáculo), de manera que el recorrido es silencioso y es conducido por un custodio
del INAH que vierte las recomendaciones básicas para asegurar el buen
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comportamiento del público. Se trata sólo de eso: un recorrido para contemplar los
edificios iluminados con luces de varios colores, mientras se puede, si así se desea,
escuchar la información en el ipod.
No se requiere mucha ciencia para colocar las lámparas, sólo se ponen en el piso
apuntando al edificio a cierta distancia de él, y ya.
El número de asistentes al espectáculo es de aproximadamente 250 personas,
divididos en ocho o nueve grupos. Cada grupo realiza este recorrido
aproximadamente en 20 minutos, al término del cual, se debe esperar a que todos los
grupos hayan concluido y se les ubica en las escalinatas de acceso situadas en el
costado poniente de la Calle de los Muertos, donde toman asiento para observar la
segunda fase del espectáculo (plano 1).
La segunda fase del espectáculo consiste en un video que se proyecta sobre la fachada
principal de la Pirámide del Sol y el audio se emite a través de grandes bocinas
colocadas a ambos extremos de las escalinatas que sirven de graderío. Ya no se
requiere el ipod (plano 2).
La duración del video es de aproximadamente 20 minutos, en el cual se proyecta una
gran cantidad de imágenes dinámicas de gran colorido y composición, aunque
completamente fantasiosas con las que se procura —o pretende— ilustrar el discurso
que vierte el guión, sobre variados aspectos de la cultura y la historia de Teotihuacan.
Al término del espectáculo, los custodios del INAH y el personal logístico del gobierno
del Estado de México conducen al público hacia el estacionamiento y se aseguran de
que nadie permanezca en la zona arqueológica.
La “experiencia nocturna” tiene así una duración aproximada de una hora.
2.2 De la infraestructura técnica del espectáculo
Los elementos que conforman la infraestructura con la cual se realiza la emisión de luz
y sonido del espectáculo “Experiencia Nocturna”, consiste en:
a) Lámparas de focos led que se distribuyen a lo largo de la Calle de los Muertos y en el
perímetro de la Plaza de la Luna (fotos 1 a 3).
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b) Cableado superficial que conecta a las lámparas entre sí y con las tomas de
corriente eléctrica distribuidas en varios puntos de la Calle de los Muertos y la Plaza
de la Luna (foto 4 y 5).
c) Las tomas de energía eléctrica para las lámparas led, se encuentran en los registros
ya existentes que fueron los utilizados para el espectáculo de luz y sonido de la década
de los años sesenta a ochenta del siglo pasado, de manera que sólo se reutilizó y
renovó la instalación (fotos 6 a 8), aunque desconocemos de qué fuente se toma la
energía eléctrica que les alimenta y quién o qué instancia asume los costos del
consumo.
d) Receptores inalámbricos de audio para interacción con los dispositivos ipod (foto
9).
e) Un camión de cuatro toneladas que reparte y recoge las lámparas, el cableado y
dispositivos (fotos 2 a 4).
f) Dos camiones de siete toneladas de peso que se sitúan unos metros detrás y a los
costados de las escalinatas de acceso a la Calle de los Muertos (plano 3). Los camiones
portan nueve proyectores de video cada uno, y la planta de luz que alimenta a los
proyectores (la planta es de motor de combustible) (Fotos 10 a 14).
g) Cuatro bocinas montadas sobre bases que se colocan a los costados de las
escalinatas prehispánicas que sirven de “graderío”.
h) Adaptación de senderos para los camiones de los proyectores.
En vista de que los camiones que portan los proyectores se sitúan en los extremos del
“graderío”, y su peso es de siete toneladas, se acondicionó un sendero mediante una
cama de tierra de tepetate de cerca de 40cm de espesor, en un tramo de cerca de
300m, desde la puerta 2 de la zona hasta el punto de ubicación. Con dicho terraplén se
pretende distribuir la carga y evitar que el peso del camión afecte las estructuras
prehispánicas que aún no se exploran y que se encuentran a una profundidad de entre
20 y 80 centímetros (foto 12).
Los camiones llegan al estacionamiento de la puerta 2, al menos dos horas antes del
espectáculo, para preparar los proyectores, hecho lo cual, se trasladan a sus
respectivos puntos (foto 12). Son acompañados por un custodio del INAH, para
“vigilar” su desplazamiento.
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2.3. De la logística del espectáculo Los preparativos para el desarrollo el espectáculo inician a las cinco de la tarde, en los
cuales participan los siguientes elementos:
a) Camiones repartidores de mobiliario
Varios camiones arriban al estacionamiento de la puerta 2, con el personal técnico y
logístico, y con el mobiliario requerido, conformado por mesas plegables, carteles
publicitarios, barreras portátiles y los dispositivos ipod que se reparten al público
(fotos 15 y 16). Los camiones permanecen en el estacionamiento para retirar todos los
elementos al término del espectáculo.
b) Personal participante
El espectáculo requiere la participación de aproximadamente sesenta personas, que
se distribuyen la responsabilidad de las diversas actividades y son los siguientes:
b.1) Policías, taquilleros y custodios del INAH. Los policías radicados en la zona
arqueológica vigilan que los visitantes no salgan de la ruta de acceso a la Calle de los
Muertos y se comporten adecuadamente.
b.2) Los taquilleros reciben al público en la puerta 2, recogen sus boletos y les dan
acceso al estacionamiento. Es de notar que todo el público llega en autos particulares
o en autobuses turísticos.
b.3) Los custodios realizan la labor de acompañantes de los grupos de visitantes que
realizan el recorrido de la primera fase del espectáculo y vigilan el correcto
comportamiento de los mismos.
En estas tareas participa todo el personal de base de la zona arqueológica, tanto
técnicos como administrativos y manuales, en turnos de 20 trabajadores por cada día.
b.4) Técnicos operarios de la empresa privada. La empresa responsable del desarrollo
técnico del espectáculo, perteneciente a Abel Aké, cuenta con aproximadamente 25
personas, que se encargan de la instalación, retiro y operatividad de la infraestructura
técnica del espectáculo. Desconocemos cómo y quién asume los costos salariales de
este personal.
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b.5) Técnicos y edecanes del gobierno del Estado de México. El personal que es
coordinado por el gobierno del estado de México es de aproximadamente 20
individuos, y tiene a su cargo la labor de colocación y retiro del mobiliario, atienden al
público, distribuyen y resguardan los dispositivos ipod y organizan a los espectadores
en las escalinatas prehispánicas que se utilizan como “graderío”.
Desconocemos si los camiones que participan en el espectáculo pertenecen al
gobierno del Estado de México o a la empresa, y quién aporta los recursos para
su mantenimiento y operación.
Todo el procedimiento, que implica la instalación y retiro de toda la infraestructura
técnica y logística, y el desarrollo de la “experiencia nocturna”, inicia a las cinco de la
tarde y concluye alrededor de las 10 de la noche.
3. EVALUACIÓN Y DICTAMEN TÉCNICO Y LOGÍSTICO
3.1 Afectaciones físicas
La inspección realizada consistió en observar todo el procedimiento, desde la
distribución (con el camión repartidor) del equipo y aditamentos, su ubicación y
conexión con las tomas de corriente eléctrica en los puntos específicos a lo largo de la
Calle de los muertos y la Plaza de la Luna; el arribo de los camiones con los
proyectores y con el mobiliario y aditamentos al estacionamiento de la puerta 2; el
traslado de los camiones con proyectores a los puntos específicos sobre el terraplén
de tepetate; la colocación del mobiliario logístico en el corredor entre el
estacionamiento y la Calle de los Muertos; la organización del arribo de los vehículos
particulares y autobuses del público, que hacen fila desde las cinco de la tarde, sobre
el circuito periférico, para su ingreso al estacionamiento de la puerta 2; el encendido
de las lámparas led que iluminan la Calle de los muertos y la Plaza de la Luna; el inicio
del recorrido de los nueve grupos de espectadores; la conclusión del recorrido y la
ubicación del público en las escalinatas de acceso a la Calle de los Muertos; el
desarrollo de la proyección del video; la salida del público y de los vehículos al
concluir el espectáculo; el retiro de los equipos, aditamentos técnicos y vehículos
logísticos (plano 4).
El procedimiento inicia a las cinco de la tarde y concluye hacia las once de la noche, y
se efectúa de manera bien organizada y ordenada, sin que se haya observado ninguna
afectación física a ninguno de los monumentos ni espacios de la Zona Arqueológica.
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Sin embargo, debe hacerse notar que los camiones que transportan los proyectores, se
sitúan justo encima de estructuras prehispánicas que subyacen a escasos 40cm por
debajo de la superficie, especialmente el camión que se estaciona al costado norte del
pasillo de acceso de los visitantes (fotos 13 y 14), pues como se observa en el plano 3,
René Millon detectó, exploró, volvió a cubrir y registró en su célebre Mapa de
Teotihuacan, un pequeño conjunto arquitectónico, siendo sobre éste donde se ubica el
camión mencionado.
El terraplén de tepetate contribuye a mantener hasta cierto punto protegidas a estas
estructuras, aunque nada asegura que con el tiempo y el constante arribo del camión,
no sufran daño alguno. Este es un hecho que con bastante anticipación se hizo del
conocimiento de los funcionarios del INAH, aunque su “solución” fue colocar la base
de tepetate.
3.2 Gastos de operación Desconocemos cuál es la instancia que cubre los gastos de operación del espectáculo,
que consisten básicamente en:
- Combustible y mantenimiento de vehículos
- Energía eléctrica
- Mantenimiento de equipo y aditamentos técnicos del show
- Mobiliario
- Publicidad en medios impresos y electrónicos
En cuanto a los salarios del personal requerido para todo el espectáculo, que como se
ha dicho, pertenecen a las tres instancias involucradas, que son, el INAH, el Gobierno
del Estado de México y la empresa privada encargada de los aspectos técnicos,
desconocemos qué instancia es la responsable de cubrir el gasto.
Sólo pudimos corroborar que los más de 300 trabajadores ATM de la zona
arqueológica, que es personal de base del INAH, participan alternadamente en
número de 20 trabajadores por función, y reciben una compensación salarial de 500
pesos cada uno. Aquí debemos señalar que, según la información vertida por los
funcionarios del INAH, dicha compensación sería cubierta por el gobierno del
Estado de México con recursos provenientes de la venta de boletos para el
espectáculo. Sin embargo, algunos trabajadores de la zona arqueológica nos han
informado que el sobresueldo está siendo pagado con recursos del INAH.
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En cuanto al personal del Gobierno del Estado de México y de la empresa privada,
desconocemos si su salario se cubre con el producto de la venta de boletos del
espectáculo o con erogaciones directas de esas instancias.
De igual modo, desconocemos cuál fue la instancia que cubrió el gasto de la
adaptación de los dos terraplenes de tepetate para el traslado de los camiones con los
proyectores.
El boleto tiene un costo de 390 pesos, pero con la comisión de Ticketmaster son 470
pesos; según la información de los funcionarios del INAH, 220 pesos se entregan a la
Institución para destinarlos a trabajos de investigación y conservación en la zona
arqueológica, sin que hasta el momento hayamos logrado corroborar el hecho.
4. EVALUACIÓN Y DICTAMEN ACADÉMICO
4.1 De la tergiversación provocada por la iluminación de los monumentos
arqueológicos de la Calle de los Muertos y la Plaza de la Luna
Al iluminar los edificios, se crea una visión agradable, sobre todo porque tiene como
fondo la obscuridad de la noche que contrasta con esas luces de colores cambiantes y
las sombras y juegos dinámicos que crean las formas arquitectónicas de los edificios
(fotos 17 a 22; plano 3). Pero no es más que eso: juegos ópticos que se anidan en
ciertas áreas del cerebro para estimular la sensación y bienestar lúdicos, a lo cual se
suma el estar presente y caminar en la noche en un lugar privilegiado como es una
zona arqueológica.
Pero esa visión, esa experiencia, nada tiene que ver con la realidad histórica, porque
esa iluminación de la Calle de los Muertos y la Plaza de la Luna, no se corresponde, en
lo más mínimo, con el cromatismo original de los edificios y espacios, pues éstos
mantenían sus fachadas cubiertas con estuco pintado de color blanco y rojo, y en sus
tableros ostentaban murales policromados con muy diversos motivos y diseños, de
manera que no hay ningún punto de referencia con la originalidad histórica, sino que
la iluminación falsea y tergiversa al dato arqueológico.
Y este hecho se contradice fuertemente con el discurso de las autoridades del INAH y
los dueños del espectáculo, pues habían asegurado que uno de los objetivos del show
era favorecer que los visitantes conocieran de cerca ciertos aspectos de la zona
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arqueológica que no pueden ser reproducidos de otra manera que con la iluminación
cromática. Sin embargo la intención jamás se cumple, de modo que lo que el público
aprecia, es una visión falsa de la realidad histórica de Teotihuacan… y sin percatarse
del engaño.
Uno de los puntos iluminados sobre la Calle de los Muertos, y que mucho se alaba por
parte de los promotores del show, es el tablero que ostenta el Mural del Puma (foto
23). Sin embargo, nada tiene de extraordinario hacer incidir alternadamente sobre el
mural, luces con los colores rojo, azul, amarillo, verde. En nada contribuye eso a
distinguir algún detalle de diseño o la escena en conjunto, porque el mural se
encuentra perfectamente conservado, de modo que se puede admirar en todo su
esplendor y originalidad con la luz del día.
Para demostrar que la iluminación de la Calle de los Muertos y la Plaza de la Luna en
la Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan, no es sino un mero pretexto
para justificar el espectáculo, que sólo está dirigido al disfrute lúdico y no para la
transmisión de información histórica, podemos ver en la fotos 24 y 25, que la misma
experiencia y disfrute lúdico se produce cuando se observa en la noche cualquier
edificio iluminado con luces de colores; el Palacio de Bellas Artes y la Plaza de la
Constitución, en la ciudad de México, cambian su apariencia y provocan sensaciones
ópticas ciertamente muy agradables, pero totalmente ajenas de la realidad. Y el
público no tiene que pagar un centavo para disfrutar esos juegos ópticos.
4.2 Información de las audio-guías
El recorrido a lo largo del tramo autorizado de la Calle de los Muertos hasta la Plaza de
la Luna se hace con apoyo de un ipod. Éste dispositivo tiene instalada una aplicación
con audio y en algunos casos con video, sobre los edificios y sus peculiaridades,
situados a cada lado de la calle. Supuestamente, los audios se activan de manera
automática mientras se camina, por medio de unos sensores situados en el piso. Pero
esto no sucedió, teniendo que activarlos en cada ocasión manualmente, aunque puede
deberse a la impericia del usuario y no necesariamente del sistema.
En los contenidos prevalece la música, que combinada a la iluminación de colores
cambiantes y estridentes, causa una gran impresión al espectador. Al no poder
activarse de manera automática, se debe buscar manualmente el audio
correspondiente al monumento o tema que se desea escuchar; pero debido a que no
hay una señalización para éstos casos, sólo si el usuario sabe cuál es y donde se
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encuentra el “Templo de la Agricultura” o el “Mural de Jaguar” puede seleccionar el
audio, de lo contrario quedará confundido.
La información que se vierte es, por supuesto, elemental, dado que no se dirige a
especialistas sino a un público general tanto nacional como extranjero, para quienes
puede ser suficiente, dado que no buscan entender el contexto o circunstancias
históricas de la ciudad, sino sólo disfrutar de la “experiencia” de caminar la imponente
zona de monumentos en la noche.
4.3 De la tergiversación y falsedad de la iluminación y contenido del video que
se proyecta sobre la Pirámide del Sol
El discurso que se vierte en el video es muy ecléctico; carece de una secuencia lógica,
pues de manera alternada se mencionan datos arqueológicos sobre distintos puntos
de la ciudad, sobre la economía o la demografía de la sociedad, sobre la manufactura
cerámica, se cambia el discurso para introducir pasajes parafraseados de algunas
fuentes etnohistóricas que relatan el Mito del Quinto Sol, se regresa a información
arquitectónica, ora sobre cronología, ora sobre la concepción que los mexica tenían de
Teotihuacan. Es palpable que el guión no fue elaborado por especialistas, pues cierta
información está obtenida de internet y otra de fuente desconocida es claramente
errónea.
Esos discursos se complementan con la iluminación, de nuevo, con el juego alternado
lumínico-cromático, sobre un campo de formato fuera de lo común, que es la
morfología de la fachada principal de la Pirámide del Sol. Pero las imágenes que se
proyectan, aunque sumamente vistosas y dinámicas, son extremadamente fantasiosas
y nada tienen que ver, ni con la Pirámide, ni con la realidad histórica del arte pictórico
teotihuacano. Se trata de imágenes ajenas al contexto arquitectónico, ajenas a la
cosmogonía de la sociedad teotihuacana, y producto de la imaginación de los
guionistas, sin el menor recato ni prurito académico, sin la menor base ni justificación
arqueológica (fotos 27 a 35).
En nuestra perspectiva, la incongruencia y falta de inmanencia en el guión, es el mal
menor, porque éste puede ser modificado a placer.
Lo grave, es que la Pirámide del Sol, que es uno de los monumentos arqueológicos más
emblemáticos de nuestro pasado, de nuestra historia nacional, se vea arteramente
reducida a una simple pantalla de video. Con este hecho, se le confisca su valor
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histórico, identitario y simbólico, su esencia como instrumento para el conocimiento
científico-académico de nuestra historia, su uso social educativo, y lejos de eso, se le
convierte en un objeto para el beneficio económico de unos cuántos.
Lo grave, es que el público no sea capaz de percatarse de la banalización de sus puntos
de referencia identitarios, de que los monumentos arqueológicos que son su herencia
histórica y que estamos todos obligados a proteger y conservar, se ridiculice y despoje
de toda dignidad. Se le sustrae su dignidad, al monumento y a nosotros los mexicanos,
porque nadie puede sentirse ya orgulloso de que uno de los edificios que demuestran
de modo tan contundente, la sabiduría, genialidad y capacidad creativa de nuestros
antepasados y que es motivo de orgullo del mundo entero, se vea reducido por los
intereses mezquinos de los dueños del show nocturno, a una simple pantalla de cine.
Lo grave, es que el público no se percata de ese engaño, porque todo el discurso y el
complemento óptico está dirigido al mero disfrute lúdico, nada más. Dicho sea de
paso, la televisión provoca el mismo efecto psicosomático; por eso es tan
poderosamente adictiva.
La iluminación y el video que se proyectan sobre la Pirámide del Sol, derivan en una
grave afectación de la autenticidad del monumento, y de toda la ciudad prehispánica
de Teotihuacan.
5. EVALUACIÓN Y DICTÁMEN JURÍDICO-LEGAL
5.1 Violación a la legislación vigente, en materia de patrimonio arqueológico e
histórico de la Nación
Hemos de señalar, en primer lugar, que al igual que los conciertos musicales así como
todos los espectáculos de luz y sonido que se han realizado y realizan en diversas
Zonas y Monumentos Arqueológicos e Históricos, como el caso de Chichén Itzá e
Izamal, en Yucatán, o de El Tajín, en Veracruz, o en el Castillo de Chapultepec, el show
mediático denominado “Espectáculo Nocturno” en Teotihuacan, tienen como común
denominador, la violación de las leyes que rigen a nuestro país en materia de bienes
nacionales.
Es por tal motivo que, en segundo lugar, las argumentaciones que los investigadores
del INAH hemos esgrimido en todas las ocasiones en las que hemos llamado la
atención a los funcionarios de los gobiernos federal y estatales correspondientes, así
como a los funcionarios del INAH, respecto al uso indebido de nuestros monumentos y
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zonas de monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, son igualmente válidas y
vigentes en el caso que aquí se trata. Nos referimos concretamente, a la posición y
disposición social que deben tener los monumentos y zonas de monumentos
arqueológicos, artísticos e históricos.
De las leyes en la materia se desprende que éstos son bienes nacionales, de uso común
y dominio público, adscritos al Sistema Educativo Nacional y, en ese sentido,
imprescriptibles, inalienables e inembargables y, por lo tanto, fuera del comercio. Esto
significa que ninguna persona o corporación puede lucrar o sacar ventaja con ellos.
Es claro que esa disposición social que, por diversas leyes federales, se le ha dado a
esta parte del patrimonio nacional, la hemos defendido como trabajadores del
Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) desde, por los menos, hace dos
décadas cuando se incrementaron las presiones de la iniciativa privada, con el abierto
consentimiento de funcionarios que han estado al frente del INAH, para ceder el uso y
abuso principalmente de las zonas de monumentos arqueológicos para desarrollar
actividades comerciales que está prohibidas por la legislación vigente.
Por eso, llevar a cabo el espectáculo de luz y sonido en Teotihuacan, cuya finalidad
última es el lucro y aprovechamiento económico por particulares y funcionarios del
Estado de México, sobre bienes culturales que pertenecen a la nación, contraviene
toda la legislación establecida. Las leyes que son flagrante violadas, son:
La Ley General de Bienes Nacionales
La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas
La Ley Orgánica del INAH
La Declaratoria de Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan, emitida el 30
de agosto de 1988 por el entonces presidente de la república, Miguel de la Madrid.
En todas ellas se establece que las zonas arqueológicas están indiscutiblemente fuera
de los circuitos comerciales, esto es, de la posibilidad de su explotación comercial y
bajo el resguardo federal del Instituto Nacional de Antropología e Historia, para ser
investigado, conservado, custodiado y difundido conforme a los resultados de
investigaciones de las disciplinas que les son propias a esos bienes nacionales. Sin
embargo, todos estos preceptos dejan de ocurrir y aun más se tergiversan y violentan
los ordenamientos señalados, con la realización del show mediático “Experiencia
Nocturna en Teotihuacan”.
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Con este espectáculo, se cambia el uso del suelo en dicha zona arqueológica y, con ello,
el dominio público y social que la Nación tienen sobre la misma, al tiempo que
consiente la degradación, adulteración, y tergiversación jurídica, física, educativa y de
investigación científica de la zona arqueológica, al ser utilizada como una simple
escenografía, en un acto totalmente lucrativo para unos cuantos empresarios, ajeno y
extraño a la misma zona arqueológica y que es totalmente contrario a las ley referidas,
toda vez que la jurisdicción de dicha zona arqueológica, como lo enfatiza el Decreto
Presidencial ya citado, es de naturaleza federal y no estatal o municipal, y bajo cuyo
entendido, el gobierno del Estado de México, no puede por sí mismo ni por medio de
otra persona u organismo estatal, disponer de un bien nacional bajo el resguardo de
una institución federal cuyo único objeto es la investigación y divulgación científica de
los materiales histórico-arqueológicos existentes, para esclarecer los procesos
históricos que vivieron quienes la construyeron y así estimular el conocimiento y
respeto de nuestro pasado y sus vestigios.
Es de la mayor relevancia el Artículo 30 de la Ley General de Bienes Nacionales, que a
pesar de la reciente modificación motivada por el traslado del INAH, de la SEP a la
recién creada Secretaría de Cultura, mantiene vigente su intención, que indica:
ARTÍCULO 30.- La Secretaría de Cultura será competente para poseer, vigilar, conservar, administrar y controlar los inmuebles federales considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de la materia, así como las zonas de monumentos arqueológicos. En las zonas de monumentos arqueológicos, la Secretaría de Cultura a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia podrá otorgar permisos o autorizaciones únicamente para la realización de actividades cívicas y culturales, conforme a lo que disponga el reglamento que para tal efecto se expida, siempre y cuando no se afecte la integridad, estructura y dignidad cultural de dichas zonas y monumentos, ni se contravenga su uso común. (Negritas nuestras).
Bajo estos preceptos, más los que señalan las leyes ya referidas en párrafos anteriores,
es claro que el show mediático de luz y sonido denominado “Experiencia Nocturna en
Teotihuacan”, es totalmente ilegal y atenta contra el dominio eminente que tiene la
Nación sobre dicha zona arqueológica y contra el interés público, que prescribe para
la misma, que en ella debe prevalecer el uso común y dominio público. Esto significa
que ninguna persona o corporación puede sacar provecho o lucrar con ese bien de la
Nación.
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Es claro que el multicitado show mediático de luz y sonido denominado “Experiencia
Nocturna en Teotihuacan” tergiversa la realidad histórica de la antigua ciudad
prehispánica de Teotihuacan, tergiversa su originalidad física y, por lo tanto, se le
degrada al utilizarla como mera escenografía, y haciendo caso omiso a las
prohibiciones que existen para su uso comercial, ahora se oferta como algo muy
exclusivo y restringido, lo cual provoca que los boletos para asistir al citado show
mediático se encuentren ya copados y monopolizados por empresas privadas de
carácter exclusivamente turístico, lo que eleva exorbitantemente su costo, con lo que
se permite un lucro que es del todo indebido, ilegal e ilegítimo por realizarse con un
Bien Nacional que está fuera de aprovechamientos parciales o totales, por parte del
gobierno del Estado de México y todas las empresas que interfieren y se aprovechan
de la situación.
El gobierno del Estado de México, hace énfasis en los elementos gráficos a través de
los cuales promociona el espectáculo, sobre el hecho de que la infraestructura del
show mediático no afecta físicamente los monumentos arqueológicos (fotos 36 a 38),
que es cierto, relativamente, porque, como se dijo párrafos antes, los camiones que
transportan los proyectores se sitúan sobre estructuras prehispánicas. No obstante,
tendenciosamente omiten señalar la tergiversación histórica y la afectación a los
valores simbólico-identitarios y a la dignidad de los edificios y espacios
monumentales prehispánicos, que las leyes en la materia nos obligan a proteger.
5.2 De la incorporación de la Zona de Monumentos Arqueológicos de
Teotihuacan a los circuitos comerciales
Como se ha demostrado, las leyes son enfáticas en la prohibición de utilizar a los
bienes nacionales arqueológicos e históricos para el beneficio económico de entidades
gubernamentales y privadas. Sin embargo, con la realización del show mediático, se
violan flagrantemente tales disposiciones legales, porque los funcionarios de la recién
creada Secretaría de Cultura, así como los funcionarios del INAH y del gobierno del
Estado de México, han permitido y favorecido la aparición de una red ilegal de
comercio y monopolización de los boletos del show, por parte de empresas turísticas,
quienes han copado todos los boletos para la actual temporada del mencionado
espectáculo, y el público sólo puede acceder a ellos, si y sólo si, adquiere un “paquete
turístico” que incluye el transporte en autobuses de esas empresas privadas.
Suponemos que son empresas privadas, aunque no podemos asegurar que los
funcionarios de diversas instancias de gobierno no sean sus propietarios o socios
comerciales (fotos 39 a 42).
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Los costos de dichos “paquetes” se elevan hasta en 3,425 pesos (foto 40), con lo cual,
el show mediático queda fuera del alcance del público en general y se destina así a
sólo cierto sector social con los recursos suficientes, de manera que se trata de un
show elitista y con ello, ajeno al uso y disfrute del mayor porcentaje de la población,
cual debería corresponder con las zonas arqueológicas, según las leyes mencionadas y
a su carácter de bienes nacionales.
De este modo, la zona y los monumentos arqueológicos de Teotihuacan, son
arrancados de su situación y definición como bienes nacionales que deben estar al
margen de los interés comerciales privados, para ser utilizados de manera
completamente ilegal, como instrumentos con claros fines lucrativos.
Este acto ilegal es alentado por los funcionarios del INAH desde el momento en que,
lejos de oponerse al establecimiento del show mediático en los términos de las leyes
que ellos mismos están obligados a obedecer, han autorizado y alentado la puesta en
marcha y continuidad del espectáculo, no sólo con toda indolencia, sino con un claro
beneplácito y aliento al uso indebido del patrimonio arqueológico nacional.
Enfatizamos que los funcionarios del INAH que autorizaron la realización del show,
específicamente los integrantes del Consejo de Arqueología, la Coordinación Nacional
de Arqueología y la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos, son los directamente
responsables de la tergiversación de la realidad histórica, así como de la afectación de
la integridad, estructura y dignidad cultural y la contravención al uso común de la
Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan, al concesionar arteramente el
patrimonio arqueológico a particulares, que se aprovechan de la situación creada, con
fines de lucro.
6. IMPACTO ECONÓMICO Colateralmente, salta a la vista que el discurso oficialista de que la realización del
show mediático ocasionaría un benéfico derrame económico en la región, es
completamente falso, porque las 270 personas que asisten a cada función, sólo son
llevados por las empresas turísticas a eso, a presenciar el show, tras lo cual,
inmediatamente regresan a los puntos de procedencia. Los propietarios de los
restaurantes y transportes de la localidad, vecinos a la zona arqueológica, no
participan un ápice de los enormes beneficios del show mediático. En todo caso, son
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los empresarios dueños de la infraestructura turística de élite, quienes obtienen
jugosas ganancias, dejando al margen a la población local.
Cabe destacar que entre los directamente beneficiados, se encuentra, para no variar, la
empresa Televisa, propietaria de Ticketmaster (foto 43).
Las opiniones que pueden recogerse en la internet, por parte de quienes han
presenciado el espectáculo resulta muy engañoso, o al menos parcial y ajeno a la
supuesta finalidad que los promotores le atribuyen al show, en términos de contribuir
al mejor conocimiento de la historia de la sociedad prehispánica teotihuacana, porque
dichas opiniones y comentarios se centran en destacar, justamente, la
espectacularidad del show y sus efectos lumínicos; pero nada acerca de si se obtuvo o
no un mayor conocimiento de esa parte de la historia nacional.
De igual modo, las empresas privadas que han acaparado los boletos, promocionan el
show mediático, el espectáculo, pero de ninguna manera el sentido educativo que
debiera tener; acaso porque, justamente, no lo tiene.
7. DE LA ILEGALIDAD DEL “CONVENIO DE COLABORACIÓN”
La afirmación emitida en la CLÁUSULA SEGUNDA del “Convenio” es falsa, pues no se
apega fehacientemente al artículo 13 de la LGBN y menos aún al artículo 5º del
Decreto Presidencial.
La CLÁUSULA QUINTA del “Convenio” establece que el boleto para “LA EXPERIENCIA”
contendrá los logotipos institucionales de “LAS PARTES”; sin embargo esto no ocurre
en la realidad, pues como se ha demostrado, los boletos son emitidos por la empresa
particular Ticketmaster, lo que impide que “el INAH pueda establecer su propio
control de acceso a fin de llevar a cabo la conciliación de cifras diaria”, como afirma
esta cláusula.
La CLÁUSULA OCTAVA, inciso IX, establece que, de acuerdo al artículo 288 de la Ley
Federal de Derechos, el INAH aplicará los ingresos generados por el espectáculo, a la
investigación, restauración, conservación, mantenimiento, administración y vigilancia
de la Zona Arqueológica de Teotihuacan. Sin embargo, según refieren los arqueólogos
radicados en la Zona, hasta el día de hoy no se ha canalizado ningún recurso
económico a las tareas sustantivas del INAH en Teotihuacan, lo cual demuestra la
falsedad e ilegalidad de la vigencia del “CONVENIO”.
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La CLÁUSULA NOVENA, referida a la comercialización, señala que:
En caso de que el “GOBIERNO DEL ESTADO” pretenda comercializar bienes o
servicios vinculados con la “EXPERIENCIA” en la Zona Arqueológica de
Teotihuacan, deberá solicitar autorización correspondiente a “EL INAH”.
Como se ha demostrado, el Gobierno del Estado de México sí comercializa los
bienes y servicios de la Zona Arqueológica de Teotihuacan, al permitir el monopolio
de la venta de los boletos y el aumento exorbitante de su costo, para favorecer a
empresas particulares, con lo cual, “LAS PARTES” inciden en actos ilegales, de acuerdo
a lo establecido en las leyes en la materia.
La CLÁUSULA DÉCIMA, , indica claramente en su inciso VII que será causa de recisión
del Convenio:
La cesión o transmisión de bienes o de los derechos derivados del presente
convenio por parte de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
De nueva cuenta, desde el momento en que el Gobierno del Estado de México
permite y favorece el beneficio económico a empresas particulares mediante la cesión
de la venta monopólica de los boletos para el espectáculo, se comete una clara
violación al “Convenio”, y su permanencia es ya, a todas luces, ilegal, y lo peor, con el
contubernio de los funcionarios del INAH.
La documentación que los funcionarios del INAH entregaron al Sindicato de
Investigadores, no está completa, pues a pesar de nuestra insistencia, nunca han
entregado el ANEXO TRES del “Convenio” en el que se establecen las “Condiciones de
Ejecución” del espectáculo, y sobre el cual el “Convenio” hace insistentes referencias.
Asimismo, jamás han entregado el ANEXO CUATRO, referido a la cuota de
ingreso, el cobro, transferencias y distribución de los recursos generados por “LA
EXPERIENCIA”, así como al pago de jornada extraordinaria del personal del INAH
involucrado en la logística del espectáculo.
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7. CONCLUSIONES Desde el punto de vista de los investigadores del INAH, la realización del show
mediático “Experiencia Nocturna en Teotihuacan”, desata los siguientes problemas,
todos ellos de gravedad:
a) Tergiversación y afectación a la autenticidad de los edificios y espacios
arqueológicos. Cualquier iluminación, al sobreponerse a los monumentos, tergiversa,
adultera y modifica no sólo la comprensión de los mismos, sino que también los lleva
al descrédito y empobrecimiento en su real comprensión y dignidad. Por lo anterior,
sostenemos que con el show mediático “Experiencia Nocturna en Teotihuacan" se
están degradando, adulterando y tergiversando los valores de comprensión y respeto
histórico para quienes fueron sus verdaderos constructores y diseñadores. Acto que
está expresamente prohibido por la legislación en la materia.
b) Se trata de un mero espectáculo, un show lúdico, y no de un medio educativo.
c) La autorización del espectáculo, por parte de los funcionarios del INAH, se realizó
violando las leyes y preceptos vigentes en materia de patrimonio arqueológico e
histórico. Los responsables directos son, los integrantes del Consejo de Arqueología, y
la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos, instancias ambas que autorizaron el
espectáculo sin contar con las debidas evaluaciones académicas, y violando
flagrantemente las disposiciones legales vigentes.
d) La realización y permanencia del show mediático viola flagrantemente las leyes
vigentes en materia de patrimonio arqueológico e histórico, al favorecer:
- la incorporación del patrimonio arqueológico e histórico a los circuitos
comerciales para el beneficio económico exclusivo de empresas particulares.
- La afectación a la integridad, estructura y dignidad cultural y contravenir el uso
y beneficio social de la Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan.
- El menoscabo del uso social y tergiversación del sentido educativo, de aprecio y
respeto por nuestros vestigios arqueológicos, al convertir los monumentos y
espacios de la Zona de Monumentos Arqueológicos de Teotihuacan en
escenografía para un reducido y exclusivo grupo de turistas mexicanos y
extranjeros.
e) Al permitir la realización de este espectáculo, se generará la propagación de shows
en muchas de las zonas arqueológicas del país, con lo que paulatinamente, el
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patrimonio arqueológico e histórico nacional quedará reducido a meros espacios
escenográficos, para el beneficio de unos cuántos empresarios, anulándose así los
preceptos legales que prohíben claramente disponer de un bien nacional bajo el
resguardo de una institución federal, cuyo único objeto es la investigación y
divulgación científica de los materiales histórico-arqueológicos existentes, para
esclarecer los procesos históricos que vivieron quienes la construyeron y así
estimular el conocimiento y respeto de nuestro pasado y sus vestigios.
8. PROPUESTAS
a) Las zonas arqueológicas no necesitan iluminarse para apreciar su magnificencia y
originalidad. Antes bien, una visita nocturna a una zona arqueológica, debiera
realizarse así, en la obscuridad, acaso auxiliados con alguna linterna, pero
permitiendo al visitante “sentirse” en la ciudad, tal y como se vivía en la época
prehispánica. El público visitante, en pequeños grupos, podría ser acompañado de un
arqueólogo o un guía especialmente capacitado, que vertiera la explicación certera y
fundamentada para la cabal comprensión y valoración del lugar en que se realiza la
visita. Ésa sería, en nuestra apreciación, una verdadera “experiencia nocturna”.
b) Un video con imágenes fantasiosas y alucinantes, ajenas a la originalidad y realidad
histórica de las sociedades prehispánicas de México, no necesita ser proyectado
utilizando a nuestros monumentos arqueológicos como pantalla de cine. Toda vez que
la intención de esa fase del espectáculo “Experiencia Nocturna en Teotihuacan”, es el
disfrute y goce lúdico por parte del público, el video en cuestión bien puede
proyectarse en pantallas de cine de gran formato, y en espacios creados expresamente
para esos fines. La pantalla “IMAX”, del Museo del Papalote en la Ciudad de México, se
ajusta perfectamente a esas necesidades de difusión cultural (aceptando que el video
pudiera cumplir ese objetivo), con lo cual, se evitaría la degradación simbólica y
dignificante de los monumentos arqueológicos nacionales.
c) En todo caso, y ante la persistente intención de los gobiernos federal y estatales, de
implementar esta clase de tecnología en las zonas arqueológicas del país, se le debería
poner a disposición de los investigadores que tienen a su cargo el cuidado, protección
e investigación de las mismas, para que la iluminación reproduzca el cromatismo
original de los edificios y lograr un efecto lo más apegado al dato científico, de modo
que se contribuya de manera efectiva, a que el público comprenda y aprecie en su
debida magnitud, la apariencia y sentido originales de los monumentos y espacios que
pudieran iluminarse.
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d) El gobierno federal, los gobiernos estatales y sobre todo, los funcionarios del INAH,
debieran otorgar los presupuestos necesarios para que los propios arqueólogos
elaboraran videos en los que se reprodujeran las reconstrucciones hipotéticas de las
zonas arqueológicas, con guiones científico-académicos apropiados y bien
fundamentados. Los videos serían comercializados por el INAH, a nivel mundial, con lo
cual se lograría difundir de manera masiva el conocimiento generado por las
investigaciones arqueológicas, y mantenerlo actualizado. El beneficio económico de la
venta de los videos, sería para el INAH, con lo cual obtendría mayor cantidad de
recursos autogenerados que se destinarían a la investigación y conservación de los
monumentos y zonas de monumentos arqueológicos e históricos.
Ciudad de México, octubre de 2016.