DS004-93-SA

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  • DECRETO SUPREMO N 004-93-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Instituto de Salud del Nio del Ministerio de Salud ha convocado en dos oportunidades a licitacin pblica para el suministro, instalacin y puesta en funcionamiento de un sistema de aire comprimido, las mismas que han sido declaradas desiertas en aplicacin del Reglamento nico de Adquisiciones; Que es indispensable la adquisicin del mencionado sistema, a fin de destinarlo a salvar las vidas de los nios internados en la Unidad de Cuidados Intensivos del referido Instituto; Que existen los recursos necesarios par efectuar dicha adquisicin, con cargo al Proyecto No. 104.010 "Ampliacin y Mejoramiento del Hospital del Nio"; Que en el artculo 12 del Decreto Ley No. 25986 - Ley del Presupuesto del Sector Pblico para 1993, se establece que las adquisiciones o contrataciones estn exoneradas de licitacin pblica, concurso pblico de precios o de concurso pblicos de mritos, entre otros, cuando se declaren desiertas conforme a la normatividad correspondiente; De conformidad con lo previsto en el inciso a) del artculo 12 del Decreto Ley N 25986; Con la opinin favorable de la comisin Permanente de Alto Nivel, a que se refieren los Decretos Supremos No. 022-84-PCM y 010-86-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artculo 1.- Autorizase al Instituto de Salud del Nio la adquisicin por adjudicacin directa sin el requisito de licitacin pblica previas, las invitaciones de ley, de un sistema de aire comprimido, hasta por un monto de ciento diecinueve mil seiscientos y 00/100 nuevos soles (S/. 119,600.00) con cargo a los recursos del Proyecto No. 104.010 "Ampliacin y Mejoramiento del Hospital del Nio". Artculo 2.- El presente Decreto Supremo ser puesto en conocimiento de la Contralora General de la Repblica y de la Direccin General de Presupuesto Pblico, dentro de los cinco das calendario siguientes a la fecha de su publicacin. Artculo 3.- El presente Decreto Supremo ser refrendado por el Ministro de Economa y Finanzas y por el Ministro de Salud. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI. Presidente Constitucional de La Repblica

  • JORGE CAMET DICKMANN. Ministro de Economa y Finanzas VICTOR PAREDES GUERRA. Ministro de Salud.