Post on 29-Oct-2015
7/15/2019 Etapa Intermedia
1/85
LA ETAPA INTERMEDIASOBRESEIMIENTO, ACUSACION
AUDIENCIA DE C0NTROL
DOCENTE : Mg. REN RAL DEZA COLQUEIX SEMESTRE
2013
UNIVERSIDAD NACIONAL DELALTIPLANO
ESCUELA PROFESIONAL DEDERECHO
ASIGNATURA: CLINICA JURIDICA
7/15/2019 Etapa Intermedia
2/85
DEFINICIN ETAPA INTERMEDIA Es una etapa de saneamiento procesa.
Racionalizacin de los recursos con que cuenta elsistema y se plantean dos ideas bsicas:a) El sistema no puede investigar todas las denuncia;yb) de todas las causas ingresadas, slo llegue un
porcentaje muy reducido al juicio oral. Por lo que se estructura una serie de controles y filtrosque tienen por objetivo: la desestimacin dedenuncias, simplificacin de procedimientos y la cargaprocesal.
a) Los resultados de la investigacin efectuada por elFiscal se ponen a prueba o examinan para determinarsi:
a) Sirven para llevar el caso a juicio oral;
b) Solicitar su sobreseimiento
7/15/2019 Etapa Intermedia
3/85
PORQU ETAPA INTERMEDIA
Porque: Los juicios orales para ser exitososdeben prepararse en forma conveniente demodo que slo se pueda llegar a ellos despusde realizarse una actividad responsable porparte de los sujetos del proceso incluido el
tercero imparcial: el Juez. Segn BINDER LOPEZ:
La etapa intermedia garantiza en beneficio del
principio genrico de presuncin de inocencia,que la decisin de someter a juicio oral alacusado no sea apresurada, superficial niarbitraria.
7/15/2019 Etapa Intermedia
4/85
PORQU ETAPA INTERMEDIA
Segn Omar Dueas Canches:La etapa intermedia constituye el espaciocentral del proceso que tiene por finalidadpreparar propiamente el paso o trmite de la
investigacin preparatoria a la etapa dejuzgamiento o tomar la decisin de archivar elproceso de tal forma que la etapa delcontradictorio o debate sea exitoso debe ser
preparado en forma mesurada y responsable,realizando un control destinado a sanear losvicios sustanciales y formales de la acusacinfiscal
7/15/2019 Etapa Intermedia
5/85
PORQU ETAPA INTERMEDIA
Segn Pablo Snchez Velarde, la etapaintermedia es una fase de apreciacin y anlisispara decidir la acusacin, plantear mecanismosde defensa contra la accin penal y tambin
para que se analicen los medios probatoriospresentado por las partes. En esta etapa toda laactividad probatoria efectuada en la etapa deinvestigacin preparatoria es sometida a los
filtros o controles necesarios de legalidad ypertinencia, para luego de ser el caso, sersometida a juicio.
7/15/2019 Etapa Intermedia
6/85
JUSTIFICACION POLITICA Garantiza que la decisin de someter a juicio
oral al acusado no sea apresurada, superficial niarbitraria. Evita que lleguen al juzgamiento casos
insignificantes o con acusaciones inconsistentes. Se pretende lograr que el Estado evite distraer
sus escasos recursos econmicos y humanos enprocesos sin futuro.
Se busca finalizar en sentido negativo, sin juiciooral, un caso que no merece ser sometido adebate, evitando de esa forma, dicho sea depaso, molestias procesales intiles al imputado.
7/15/2019 Etapa Intermedia
7/85
FUNCIN DE LA FASE INTERMADIA
ETAPA INTERMEDIA
CONTROL FORMALSaneamiento formal
CONTROL SUSTANCIALCondiciones de fondo
7/15/2019 Etapa Intermedia
8/85
CONTROL FORMAL
Desde el mbito formal, la etapa intermediaconstituye el conjunto de actos procesales quetiene como fin la correccin o saneamientoformal de los requerimientos que efecta el
Fiscal al Juez.
Ej. La identificacin incorrecta del imputado.Errores o vicios en el requerimiento fiscal. Omite
circunstancias de hecho relevantes.
7/15/2019 Etapa Intermedia
9/85
CONTROL SUSTANCIAL
Consiste en el conjunto de actos procesales en
los cuales se discute preliminarmente sobre lascondiciones de fondo de los requerimientos delfiscal.
Con tal control segn Julio Maier se busca
racionalizar la administracin de justicia penal,evitando juicios intiles por defectos de laacusacin, por lo que se concede al Juez, deoficio o a instancia de las partes para sobreseer
el caso. Ej. Supongamos que el fiscal acusa, pero noofrece ninguna prueba, o presenta pruebasintiles o impertinentes. Esta acusacin carecer
de fundamento y tendr un vicio sustancial.
7/15/2019 Etapa Intermedia
10/85
CARACTERSTICAS DE LA ETAPA INTERMEDIA
1. Es jurisdiccional.
1.1. El control es responsabilidad exclusiva de laautoridad jurisdiccional.1.2 El inciso 1 del artculo V del TP del NCPPseala expresamente que corresponde al rgano
jurisdiccional la direccin de la etapa intermedia.
7/15/2019 Etapa Intermedia
11/85
2. Es funcional. Previo debate en audiencia sedecide sobre:
- El requerimiento de sobreseimiento- El control formal y sustancial de la acusacin- Se admitir los medios de pruebas ofrecidos por
las partes- Se resolver los medios de defensa tcnicos- Se practicar de darse el caso la prueba
anticipada
- Se aprobar las convenciones probatorias; y- Se resolver todas las cuestiones que se
planteen en la audiencia.
7/15/2019 Etapa Intermedia
12/85
3. Control de los resultados de lainvestigacin.
El Juez decide si los hechos investigadosmerecen pasar a juicio y, para tomar tanimportante decisin, no queda otra opcin que
junto con las partes intervinientes examine enconjunto los resultados de la investigacinpreparatoria.
4. Es primordialmente oral. Todos los requerimientos y pretensiones de las
partes si bien al inicio se plantean por escrito, enla audiencia preliminar deben sustentarse en
forma oral
7/15/2019 Etapa Intermedia
13/85
DURACION DE LA ETAPA INTERMEDIA
Comprende desde el momento que se dispone la
conclusin de la investigacin preparatoria hastaque se dicta el auto de enjuiciamiento o se dictala resolucin que declara el sobreseimiento delcaso. (343.1.)
No hay plazo. El plazo razonable de esta etapadepender de la naturaleza jurdica del o loshechos punibles investigados, de la complejidaddel caso, de los planteamientos que puedanefectuar las partes y del nmero de peticionesque realicen las partes en la audienciapreliminar.
7/15/2019 Etapa Intermedia
14/85
OPCIONES DEL FISCAL AL CONCLUIR LA ETAPAINVESTIGATORIA PREPARATORIA
Al concluir la etapa de investigacinpreliminar, el Fiscal decidir en el plazo de 15das, alternativamente: (344.1.)1. Si formula acusacin, siempre que exista base
suficiente para ello.2. Si requiere el sobreseimiento de la causa.
7/15/2019 Etapa Intermedia
15/85
EL SOBRESEIMIENTO EN EL NUEVO CDIGOPROCESAL PENAL
Art. 344. Decisin del
Ministerio Pblico
1. Conclusin de la Investigacin
Preparatoria
PLAZO: 15 DAS
FISCALformular
o no
acusacin
2. Sobreseimientoprocede cuando
a) El hecho no se realiz o no puede ser atribuido aImputado. Ej. Secuestro, homicidio nexo causal.
b) El hecho imputado no es tpico o concurre una causade justificacin, de inculpabilidad o de no punibilidadc) La accin penal se ha extinguidod) No existe razonablemente la posibilidad de incorporarnuevos datos a la investigacin y no haya elementos deconviccin suficientes para enjuiciar al imputado
7/15/2019 Etapa Intermedia
16/85
SOBRESEIMIENTO
El sobreseimiento es el requerimiento de
archivamiento del caso. Lo efecta el Fiscal alJuez al concluir que del estudio de los resultadosde la investigacin preparatoria, existe certezaque el hecho imputado no se realiz o noconstituye delito o constituyendo delito no esposible imputarle al investigado.
7/15/2019 Etapa Intermedia
17/85
PRESUPUESTOS.
Artculo 344.2 CPP sobreseimiento. As tenemos:
1. El hecho objeto de la investigacin preparatoria no serealiz. Por ejemplo, se viene investigando elsecuestro de la acaudalada Juanita Mucha Suerte; sinembargo a los quince das de iniciada la investigacin,la supuesta vctima.
2. El hecho objeto de la causa no puede ser atribuido alimputado. Por ejemplo, se imputa al investigado ser elautor directo del homicidio de Clara Montes, sinembargo del anlisis de los resultados de lainvestigacin se determina en forma fehaciente que enmomentos que ocurri el homicidio, el investigadoestaba en lugar diferente.
7/15/2019 Etapa Intermedia
18/85
3) El hecho imputado no es tpico. Esto es, el
hecho investigado no rene los elementosobjetivos como subjetivos de un hecho punibletipificado en la ley penal.
4) En el hecho concurre una causa dejustificacin. Ejemplo se atribuye al imputadoel homicidio de Wily Siete Vidas, sin embargodel anlisis de los actos de investigacinefectuados, se concluye de modo claro que elimputado habra actuado en legtima defensa.
PRESUPUESTOS.
7/15/2019 Etapa Intermedia
19/85
5) En el hecho imputado concurre una causa de
inculpabilidad. Aqu lgicamente estamos anteun estado de necesidad exculpante previsto ysancionado en el inciso 5 del artculo 20 CP.
6) En el hecho imputado concurre una causa de
no punibilidad. Por ejemplo, se investiga alimputado por haber hurtado bienes de FlorBoquita Pintada; sin embargo, en el curso de lainvestigacin preparatoria se determina que elimputado fue concubino de la denunciante(vase: Art. 208 del CP)
7) La accin penal se ha extinguido.
PRESUPUESTOS.
7/15/2019 Etapa Intermedia
20/85
8. No existe la posibilidad razonable de incorporar nuevos
datos a la investigacin y los existentes no sirven parafundar una acusacin. Este supuesto se configuracuando del anlisis de los actos de investigacinefectuados y elementos de prueba recolectados, seconcluye que no es posible fundamentar razonablementeuna acusacin y no existe la menor posibilidad deefectuar actos de investigacin adicionales que puedancambiar la situacin existente.
PRESUPUESTOS.
7/15/2019 Etapa Intermedia
21/85
Art. 345. Control del requerimiento de sobreseimiento
y Audiencia del Control de Sobreseimiento
FISCAL- Requerimiento de sobreseimiento- Expediente Fiscal
Juez de la
Investigacin
Preparatoria
SUJETOS PROCESALESOposicin a la solicitud del FiscalFundamentada bajo sancin de
InadmisibilidadPuede solicitar actos de investigacin
adicionales indicando su objeto
Traslado del pedidodel fiscal
PLAZO10 DAS
7/15/2019 Etapa Intermedia
22/85
PROCEDIMIENTO DEL SOBRESEIMIENTO
El Fiscal adjuntando la carpeta fiscal remitir elrequerimiento de sobreseimiento al Juez, quiendespus de recibirlo de inmediato corrertraslado a los dems sujetos procesales.
Dentro del plazo de 10 das, los sujetos
procesales podrn formular oposicin.Vencido el plazo del traslado, el Juez citar a los
sujetos procesales para realizar la audienciapreliminar donde se debatir los fundamentosdel requerimiento de sobreseimiento.
La audiencia se realizar con los asistentes.
7/15/2019 Etapa Intermedia
23/85
PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ
Luego de efectuada la audiencia, en un plazo no
mayor de 15 das, el Juez emitir elpronunciamiento que al caso corresponda. Este puede ser hasta en tres sentidos (346
CPP):1) Si considera fundado el requerimiento efectuado por
el Fiscal, dictar el auto de sobreseimiento ydispondr el archivo del caso.
2) Si considera que el requerimiento fiscal no es
procedente, expresando las razones o fundamentosen que funda su desacuerdo, expedir un autoelevando las actuaciones al Fiscal Superior para queratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial.
7/15/2019 Etapa Intermedia
24/85
PRONUNCIAMIENTO DEL FISCAL SUPERIOR
El Fiscal Superior se pronunciar en un plazo no
mayor de diez das. Si ratifica el requerimiento,el Juez de la investigacin preparatoria sintrmite alguno dictar el auto desobreseimiento. Caso contrario, si el Fiscal
Superior no est de acuerdo con elrequerimiento formulado, ordenar se formuleacusacin por un Fiscal diferente.
7/15/2019 Etapa Intermedia
25/85
3) El artculo 346 del Cdigo Procesal Penal
establece que en el supuesto del numeral 2 delartculo 345, si el Juez lo considera admisible yfundado la oposicin dispondr la realizacin deuna investigacin suplementaria indicando elplazo y las diligencias que el fiscal deberealizar. Distorsiona el sistema acusatorio que
sustenta el nuevo proceso penal, afecta elreparto de roles esta debidamente definidoen el artculo IV y V del Ttulo Preliminar delCdigo Procesal Penal.
PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ
7/15/2019 Etapa Intermedia
26/85
VALOR DEL AUTO DE SOBRESEIMIENTO
El legislador del Cdigo Procesal del 2004, haprevisto en forma clara en el inciso 2 del artculo347 que el sobreseimiento tiene carcter
definitivo (inc 13 del 139 de la Const). El sobreseimiento es la resolucin firme
emanada de rgano jurisdiccional competente,mediante la cual se pone fin a un procedimientopenal incoado con una decisin que, sin actuarel ius puniendi, goza de la totalidad o de lamayora de los efectos de la cosa juzgada.
7/15/2019 Etapa Intermedia
27/85
SOBRESEIMIENTO TOTAL
En pluralidad de investigados y delitos, elsobreseimiento ser total y se archivar el casopara todos ellos, cuando no se acredite laparticipacin del conjunto de imputados en eldelito o la existencia del delito no se hademostrado.
Ser total cuando comprende a todos los delitosy a todos los imputados involucrados en el casoobjeto de investigacin preparatoria
SOBRESEIMIENTO PARCIAL Slo se circunscribe o limita a algn delito o
algn imputado, de los varios que son o fueron
materia de investigacin preparatoria. (345 CPP)
7/15/2019 Etapa Intermedia
28/85
ACUSACION FISCAL
7/15/2019 Etapa Intermedia
29/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
Bajo el ttulo "La acusacin fiscal. Alcancesjurdicos procesales", el Acuerdo Plenario Nro06-2009/CJ-116 (fundamentos jurdicos 6, 7 y 8)precisa el concepto, naturaleza jurdica y
contenido de la acusacin del Ministerio Pblico,y seala que el grado de vinculacin ocorrelacin de esta con la decisin del rgano
jurisdiccional gira en torno a la fundamentacin
de los hechos.
7/15/2019 Etapa Intermedia
30/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
En la primera parte del fundamento jurdico 6 delAcuerdo, se precisa lo siguiente:"La acusacin fiscal es un acto de postulacin delMinisterio Pblico que promueve el rgimen demonopolio en los delitos sujetos a persecucin pblica
(artculos 159.5 de la Constitucin, 1 y 92, LOMP, 219ACPP y 1, 60 y 344.1 del NCPP).
Mediante la acusacin, la Fiscala fundamenta y deducela pretensin penal; esto es, la peticin fundamentada
dirigida al rgano jurisdiccional para que imponga unasancin penal a una persona por la comisin de unhecho punible que se afirma que ha cometido. (artculo344.1 del NCPP)".
7/15/2019 Etapa Intermedia
31/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
El Acuerdo define a la acusacin fiscal como un acto depostulacin, donde se fundamenta y deduce lapretensin penal; esto es, la peticin fundamentadadirigida al rgano jurisdiccional para que imponga unasancin penal a una persona por la comisin de un
hecho punible. La pretensin procesal es el objeto del proceso: Montero Aroca afirma que el objeto del proceso solo se
halla definido por el hecho punible que se introduce por
la parte acusadora cuando sostiene la acusacin, esdecir, el objeto del proceso se halla conformado por elfundamento de la pretensin procesal.
7/15/2019 Etapa Intermedia
32/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
No quiere decir que la calificacin jurdica y el petitumseconviertan en elementos absolutamente irrelevantes. Alcontrario, si se afirma la existencia de la pretensinprocesal es justamente para poner de relieve que ellasirve al proceso al darle un contenido preciso, que est
ms all del objeto del proceso, y que es aquel quemarca la amplitud con la cual se ha de producir eldebate contradictorio, razn por la cual sostenemos quela pretensin procesal conforma el denominado objeto
del debate.
7/15/2019 Etapa Intermedia
33/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
Gmez Colomer. La acusacin es el acto procesalmediante el cual se interpone la pretensin procesalpenal; consiste en una peticin fundada dirigida alrgano jurisdiccional, para que imponga una pena y unaindemnizacin a una persona por un hecho punible
imputado -dejndose a salvo las contrapretensiones quepueda deducir el imputado-. La acusacin del Ministerio Pblico es expresin del
principio acusatorio.
Las reformas liberales de la justicia penal realizadasdurante el siglo XIX en Europa continental persiguieron,entre otras modificaciones importantes, consagrar unproceso penal ante un juez imparcial.
7/15/2019 Etapa Intermedia
34/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
La acusacin es un pedido fundamentado querealiza el Fiscal a la autoridad jurisdiccional paraque el caso investigado pase a juicio oral y portanto, contiene la promesa que el hecho
delictivo investigado as como la responsabilidadpenal del imputado sern acreditados en el juiciooral pblico y contradictorio.
7/15/2019 Etapa Intermedia
35/85
DEFINICION DE ACUSACION FISCAL
CARACTERSTICAS DE LA ACUSACIN FISCAL:a) Delimita el objeto del juzgamiento, en
cuanto precisa el delito y su autor, por loque el juicio oral debe desarrollarse dentrode dichos lmites.
b) Determina los lmites de la sentencia, encuanto el rgano jurisdiccional no podrcondenar a quien no fue objeto de acusacin ni al quelo fuera por delito diferente.
c) Determina el camino que ha de seguir ladefensa.
7/15/2019 Etapa Intermedia
36/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
El segundo prrafo del fundamento 6 del Acuerdo
precisa:"La acusacin fiscal debe cumplir determinadosrequisitos que condicionan su validez, y que correspondecontrolar al rgano jurisdiccional. () la acusacin fiscal
debe expresar, de un lado, la legitimacin activa delfiscal como tal -cuya intervencin solo es posible en losdelitos de persecucin pblica- y la legitimacinpasiva del acusado, quien desde el Derecho Penal debe
tratarse no solo de una persona fsica viva sino que hadebido ser comprendido como imputado en la etapa deinstruccin o investigacin preparatoria y, por ende,estar debidamente individualizado.
7/15/2019 Etapa Intermedia
37/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
De otro lado, desde la perspectiva objetiva la acusacinfiscal ha de respetar acabadamente los requisitosobjetivos referidos a la causa de pedir: fundamentacinfctica y fundamentacin jurdica, y al petitumo peticin
de una concreta sancin penal".
Del prrafo citado se colige un grupo de requisitosmateriales de la acusacin fiscal, denominados
subjetivos, y un segundo grupo de requisitos objetivos.
7/15/2019 Etapa Intermedia
38/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACIONa) Los requisitos subjetivos giran en torno a la
identificacin y legitimidad tanto del acusador como delacusado. En lo que respecta al rgano acusador, debeestar representado en los delitos cuya persecucin se daa travs del ejercicio pblico de la accin penal, por elMinisterio Pblico, en virtud de su funcin requirente.
En ese sentido, el principio acusatorio exige la separacinde las funciones requirentes y decisorias -que antesconfluan en el juez inquisidor- y su atribucin a dosrganos estatales diferentes: el Ministerio Publico y el juez
o tribunal. La funcin requirente del Ministerio Pblico es una
funcin judicial, se desarrolla dentro del marco de laadministracin de justicia, pero no debe confundirse con
la funcin jurisdiccional que constituye atribucin
7/15/2019 Etapa Intermedia
39/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION Requisitos de validez subjetivos de la acusacin fiscal,
tenemos la identificacin del acusado. Al respecto, laprimera parte del primer prrafo del fundamento N" 7 delAcuerdo:"Los artculos 225 [del] C de PP, 349 [del] NCPP y 92.4 de
la Ley Orgnica del Ministerio Pblico identifican elcontenido de la acusacin fiscal y condicionan su eficaciaprocesal. La caracterstica comn de las normas citadas,desde una perspectiva subjetiva, es la necesidad de unaidentificacin exhaustiva del imputado, quien ha de haber
sido comprendido como tal; mediante un acto deimputacin en sede de investigacin preparatoria oinstruccin -fiscal o judicial, segn se trate del NCPP o delC de PP, respectivamente- (...)".
7/15/2019 Etapa Intermedia
40/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
En el escrito de acusacin fiscal deber observarse laindividualizacin del acusado y de su defensor, es decir, ycon relacin al imputado, su nombre, apellidos, edad,estado civil, profesin u oficio, lugar de nacimiento,
nacionalidad, domicilio, entre otros datos que se estimenconvenientes.
Asimismo, y con referencia al abogado defensor, sus
respectivos datos de identificacin. Esta informacinpersonal es necesaria para conocer datos del acusadovinculados a la peticin de la pena y la reparacin civil.
7/15/2019 Etapa Intermedia
41/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
b) Requisitos de validez objetivos de la acusacinfiscal. La segunda parte del primer prrafo delfundamento 7 del Acuerdo indica:
(...) Desde la perspectiva objetiva, la acusacin debemencionar acabadamente la fundamentacin fctica,
indicar con todo rigor el ttulo de condena y concretar unapeticin determinada, as como el ofrecimiento de mediosde prueba".
Conforme a ello, los requisitos objetivos de validez de la
acusacin fiscal son:
7/15/2019 Etapa Intermedia
42/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
1. Fundamentacin fctica Es necesario como condicin sine qua non que exista una
acusacin que fije el hecho, y con ello, el objeto delproceso.
Sancinetti seala: "(...) la descripcin habida en laacusacin tiene que permitirle al acusado identificar porqu razn, en el acontecimiento histrico identificado porel acusador, se dan elementos fcticos como paraconsiderar reunidos los conceptos jurdicos aplicables al
caso. Es decir, que la defensa tiene que poder controlarel procedimiento de subsuncin".
7/15/2019 Etapa Intermedia
43/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
1. Fundamentacin fctica El escrito de acusacin debe realizar un relato
circunstanciado de los hechos atribuidos: se debeelaborar una exposicin breve de los hechos que sonmateria de imputacin por el Ministerio Pblico.
Constituye un relato ordenado de los hechos quesustentan la posicin del Ministerio Pblico en laacusacin, que debe mostrar una capacidad de sntesisde los hechos.
Adems debe destacar los aspectos penalmenterelevantes de la conducta del imputado antes, durante ydespus de la comisin del delito; las circunstancias detiempo y lugar, la situacin y posible resistencia de la
vctima; la edad de esta.
7/15/2019 Etapa Intermedia
44/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
1. Fundamentacin fctica El ltimo prrafo del fundamento 7 del A.P. :
"Formalmente, adems de su carcter escrito, la acusacindebe describir de modo preciso, concreto y claro los hechosatribuidos al imputado o a la persona a la que se le atribuye
responsabilidad civil, con mencin fundamentada del resultadode las investigaciones. Desde el Derecho Penal, los hechosque la fundamentan deben ser los que fluyen de la etapa deinvestigacin preparatoria o instruccin. Se exige una relacincircunstanciada, temporal y espacial, de las acciones u
omisiones dolosas o culposas penadas por la ley, que han deconstituir el objeto del juicio oral. Esta descripcin ha deincluir, por su necesaria relevancia jurdico-penal, lascircunstancias modificativas de la responsabilidad penal".
7/15/2019 Etapa Intermedia
45/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
1. Fundamentacin fctica Es la fundamentacin fctica la que vincula a las partes
entre s y a estas con el rgano jurisdiccional; lascalificaciones jurdicas pueden variar segn la perspectivade cada sujeto procesal, pero los hechos son
indesligables, dado que constituyen el sustrato de lapretensin procesal, de lo que se va a discutir en eldbale oral.
7/15/2019 Etapa Intermedia
46/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica.
Es el examen o calificacin normativa que realiza el fiscalen torno a los hechos ingresados a travs de su escritode acusacin; es decir, es el juicio de tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad que el representante delMinisterio Pblico ha formulado con relacin a los hechosmateria de su investigacin.
Ahora bien, esta calificacin es provisional, es decir,
variable.
7/15/2019 Etapa Intermedia
47/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica. artculo 374.1 del NCPP seala lo siguiente:
"Si en el curso del juicio, antes de la culminacin de laactividad probatoria, el juez penal observa la posibilidadde una calificacin jurdica de los hechos objeto deldebate que no ha sido considerada por el MinisterioPblico, deber advertir al fiscal y al imputado sobre esaposibilidad. Las partes se pronunciarn expresamentesobre la tesis planteada por el juez penal y, en su caso,
propondrn la prueba necesaria que corresponda. Sialguna de las partes anuncia que no est preparada parapronunciarse sobre ella, el juez penal suspender eljuicio hasta por cinco das, para dar oportunidad a que
exponga lo conveniente".
7/15/2019 Etapa Intermedia
48/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica. Si bien la calificacin jurdica efectuada por el M.P. puede
variar, los hechos deben mantenerse inmutables, nodeben ingresar incluso eventos fcticos nuevos debido aque no ha tomado en cuenta algn factor normativo
durante su examen o juicio de valor, y esta omisin hasido advertida por el juzgador -en mrito de la actividadprobatoria desarrollada en el juicio oral-, quien indica alas partes de tal situacin, a fin que las mismas emitan
su respectivo pronunciamiento.
7/15/2019 Etapa Intermedia
49/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica. Por otro lado, el artculo 374 numeral 2 del NCPP apunta:
"Durante el juicio el fiscal, introduciendo un escrito deacusacin complementaria, podr ampliar la misma,mediante la inclusin de un hecho nuevo o una nuevacircunstancia que no haya sido mencionada en suoportunidad, que modifica la calificacin legal o integraun delito continuado. En tal caso, el fiscal deber advertirla variacin de la calificacin jurdica.
Este supuesto, a diferencia del anterior, descansa en lainclusin al debate oral de un nuevo hecho, no es que losanteriores se hayan necesariamente modificado, sino quese ha omitido -no una circunstancia de valoracin
normativa como en el caso anterior- una circunstancia
7/15/2019 Etapa Intermedia
50/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica. De la fundamentacin jurdica que realice el fiscal se va a
desprender el ttulo de imputacin; es decir, el tipo penalimputado al acusado. Al respecto, pueden surgir unaserie de situaciones, tales como:
a) La acusacin alternativa o subsidiaria;b) La correlacin entre la acusacin fiscal y la sentencia; y,c) La desvinculacin del rgano jurisdiccional del ttulo de
imputacin propuesto por el Ministerio Pblico.
7/15/2019 Etapa Intermedia
51/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica.a) La acusacin alternativa o subsidiaria.
Por acusacin alternativa o subsidiaria, se debeentender a la propuesta, en el escrito de acusacin fiscal,de dos o ms versiones fcticas y jurdicas, siempre queno se modifiquen los mrgenes del objeto del proceso, yse identifique la esencia de los hechos, en el entendidode que si no es estimada la primera proposicin, puedanser consideradas las restantes como vlidas.
Esta tcnica de proposicin de la acusacin puedetener una doble utilidad.
7/15/2019 Etapa Intermedia
52/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica.La acusacin alternativa o subsidiaria. En primer lugar, resulta til al acusador cuando dude del
resultado probatorio, de modo que mediante laalternatividad pueda presentar todas sus hiptesis
probables, proyectando anticipadamente los diversosresultados probatorios. El otro caso de utilidad es ms una cuestin del sistema
procesal que de proceso. La alternatividad de laacusacin se muestra como la estrategia o tcnica de losacusadores para evitar posibles absoluciones de losjuzgadores por desconocimiento o no consideracin deciertas normas penales, pues se les presenta la totalidadde las posibilidades fctico-jurdicas imaginables que se
puedan deducir de la prueba practicada en el juicio.
7/15/2019 Etapa Intermedia
53/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos. El representante del Ministerio Pblico puede tomar en
consideracin los criterios establecidos en los artculos45 y 46 del Cdigo Penal, a pesar de ser mensajes
normativos dirigidos al juez. En lo que respecta al artculo 45 del Cdigo Penal, los
criterios a ser tomados en cuenta son:i) las carencias sociales que hubiere sufrido el agente;
ii) su cultura y sus costumbres; yiii) los intereses de la vctima, de su familia o de laspersonas que de ella dependen.
7/15/2019 Etapa Intermedia
54/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos. i) Las carencias sociales que hubiere sufrido el agente;
consagra el principio de la coculpabilidad social en lacomisin del delito. De esta forma nuestra colectividad
reconoce que no brinda iguales posibilidades a todoslos individuos para comportarse con adecuacin a losintereses generales, aceptando una responsabilidadparcial en la conducta delictiva.
ii) Su cultura y sus costumbres. Del agente comoindicadores en la determinacin judicial de la pena,entendiendo que todo comportamiento humano estcondicionado culturalmente.
7/15/2019 Etapa Intermedia
55/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos.
iii) Los intereses de la victima, su familia o de laspersonas que de ella dependan. Ello revela la tesis de laneutralizacin de la vctima en el sistema penal: la lesin
de la vctima ya no constituye el fundamento de laconsecuencia jurdico-penal, sino un mero indicador paravalorar la probabilidad de comisin de futuros delitos porparte del sujeto activo. Sin embargo, esta afirmacin hay
que compensarla en el sentido de que an rige el criteriode la unidad criminolgica de autor y vctima, por lo quela vctima seguir siendo coprotagonista del delito, seacual sea la poltica criminal que impere.
7/15/2019 Etapa Intermedia
56/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos. Los criterios sealados en el artculo 46 del C. P. sona) La naturaleza de la accin. En este indicador el
juez debe apreciar varios aspectos como el tipo dedelito o el modus operandiempleado por el agente,esto es, la forma como se ha manifestado el hecho.
b) Los medios empleados. La realizacin del delito sepuede ver favorecida con el empleo de medios
idneos.c) La importancia de los deberes infringidos.
Alude a una circunstancia relacionada con lamagnitud de injusto, pero que toma en cuenta
tambin la condicin personal y social del agente.
7/15/2019 Etapa Intermedia
57/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos. Los criterios sealados en el artculo 46 del C. P. son
d) La extensin del dao o peligroscausados. Nosindica la cuanta del injusto en su proyeccin materialsobre el bien jurdico tutelado.
e) Las circunstancias de tiempo, lugar, modoy ocasin. Todas se refieren a condicionestempo-espaciales, y reflejan principalmente una mayor
dimensin del injusto, en tanto que el agente se sueleaprovechar de ellas para facilitar la ejecucin de sudelito.
7/15/2019 Etapa Intermedia
58/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de losdaos. Los criterios sealados en el artculo 46 del C. P. son
f) Los mviles y fines, Para la aplicacin de las penasdebe valuarse el motivo psicolgico del autor en cuantose relaciona con los fines sociales: ser ms reprobablecuanto ms se oponga a los sentimientos bsicos de lapiedad, de la solidaridad, de la cultura, etc.
g) La unidad o pluralidad de agentes.
h) La edad, educacin, situacin econmica ymedio_social. Aqu se consagra una autnticasituacin atinente a la culpabilidad.
7/15/2019 Etapa Intermedia
59/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de los
daos. Los criterios sealados en el artculo 46 del C. P. son
i) La reparacin espontnea que hubiere hecho deldao. Esta circunstancia se funda en una conducta delagente posterior al delito.
j) La confesin sincera antes de haber sidodescubierto. En esta circunstancia se valora un acto dearrepentimiento posterior al delito y que expresa la
voluntad del agente de hacerse responsable de aquel yasumir las consecuencias jurdicas derivadas.
k) Las condiciones personales y circunstancias que llevenal conocimiento del agente.
7/15/2019 Etapa Intermedia
60/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de los
daos. Asimismo, el fiscal deber tener en consideracin la
presencia o no de atenuantes o agravantes, ya seangenricas o especficas.
Finalmente, y con relacin a los daos surgidos por lacomisin de un delito, deber tener en cuenta lossiguientes conceptos.
a) La restitucin. Presenta como contenido una sancin
civil especfica: la restitutio in pristinum, la devolucin orestitucin del bien concreto objeto del delito. Pero estederecho a la restitucin no nace propiamente del delito,sino de la ilcita detentacin o tenencia del bien, sea o
no por ttulo delictivo.
7/15/2019 Etapa Intermedia
61/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
3. Pedido de sancin penal y de reparacin de los
daos.b) La Reparacin.- Indemnizacin del perjuicio, Gmez
Orbaneja: "indemnizar" es "dejar indemne", sin dao, aalguien, mientras que "resarcir" es tanto como reparar o
recomponer y debera referirse a los perjuicios. Loimportante jurdicamente es que las dos expresionessignifican lo mismo.
7/15/2019 Etapa Intermedia
62/85
2.- REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA ACUSACION
2. Fundamentacin Jurdica.
7/15/2019 Etapa Intermedia
63/85
CUANDO EL FISCAL FORMULARA ACUSACION?Cuando despus del estudio de la investigacin
llega a las siguientes conclusiones:1. Existen elementos o medios de prueba
suficientes que determinan o crean conviccinque la conducta investigada constituye delito
perseguible por accin pblica.2. Luego, si aquellos elementos o medios de
prueba existentes sirven para determinar las
circunstancias y mviles de su comisin, astambin determinar si sirven para identificar enforma fehaciente a los autores y partcipes, ascomo a la vctima del delito investigado.
CONTENIDO DE LA ACUSACION
7/15/2019 Etapa Intermedia
64/85
CONTENIDO DE LA ACUSACION
El inciso 1 del artculo 349 del CPP, prev que laacusacin ser debidamente motivada ycontendr:
a. Los datos que sirvan para identificar al imputado. Escomn denominar a estos datos como generales de leydel imputado.
b. La relacin clara y precisa del hecho que se atribuye alimputado, con sus circunstancias precedentes,concomitantes y posteriores. En caso de contener varioshechos independientes, la separacin y el detalle de
cada uno de ellos.c. Los elementos de conviccin que fundamentan el
requerimiento acusatorio. Aqu el Fiscal expondrbrevemente sobre los elementos de conviccin que ha
recogido en la investigacin preparatoria.
7/15/2019 Etapa Intermedia
65/85
d. La participacin que se atribuya al imputado. Deberestablecer en forma contundente si la participacin delacusado en el delito investigado fue a ttulo de autor,
coautor, instigador, cmplice primario, cmplicesecundario, etc.
e. La relacin de las circunstancias modificatorias de laresponsabilidad penal que concurran. Por ejemplo, si el
imputado tiene una edad menor a 21 aos, en laacusacin se sealar que cuenta con responsabilidadrestringida.
f. El tipo penal que tipifica el hecho. Se indicar el o los
artculos del Cdigo Penal que tipifican el delito objetode acusacin.Cmo en delitos con agravante?
g La c anta de la pena q e se solicite Ent e el mnimo
7/15/2019 Etapa Intermedia
66/85
g. La cuanta de la pena que se solicite. Entre el mnimo yel mximo de pena que prev los tipos penales de laparte especial del Cdigo Penal, el Fiscal propondr al
Juez que imponga al acusado determinada pena .h. El monto de la reparacin civil. Segn el artculo 92 delCP la reparacin civil se determina conjuntamente con lapena, comprende la restitucin del bien o, si no esposible, el pago de su valor y la indemnizacin de los
daos y perjuicios ocasionados (Art. 93 CP).i Los bienes embargados o incautados al acusado, otercero civil, que garantizan su pago y la persona aquien corresponda percibirlo.
j. Los medios de prueba que ofrezca para su actuacin en laaudiencia. En este caso presentar la lista de testigos y peritos, conindicacin del nombre y domicilio, y lo ms importante, se deberprecisar los puntos sobre los cuales en su oportunidad, aquellossern examinados en el juicio oral.
k.- Asimismo, har una resea de los dems medios de prueba que
ofrezca.
EFECTOS DE LA NOTIFICACIN DEL CONTENIDO DE
7/15/2019 Etapa Intermedia
67/85
EFECTOS DE LA NOTIFICACIN DEL CONTENIDO DELA ACUSACION.
Luego de recibida la citada notificacin, en el plazo
mximo de diez das (1, 350 CPP), las partes podrnoptar por las siguiente alternativas:
a) Observar la acusacin del Fiscal por defectos formales,solicitando su correccin.
b) Deducir excepciones y otros medios de defensa, cuandono hayan sido planteadas con anterioridad o se fundenen hechos nuevos.
c) Solicitar la imposicin o revocacin de una medida de
coercin. Aqu muy bien la parte civil podr solicitar laministracin provisional de posesin; el imputado podrsolicitar se le vare la medida coercitiva que vienesufriendo por una menos gravosa, etc.
7/15/2019 Etapa Intermedia
68/85
d) Solicitar la actuacin de prueba anticipada conforme alos artculos 242 y 243.
e) Solicitar el sobreseimiento. Hecho que como es naturalpodr efectuarlo slo el imputado y su abogadodefensor.
f) Solicitar la aplicacin de un criterio de oportunidad.g) Ofrecer medios de prueba para el juicio, adjuntando la
lista de testigos y peritos que deben ser convocados aldebate, precisando los hechos acerca de los cuales sernexaminados en el curso del debate.
h) Presentar los documentos que no fueron incorporados
antes, o sealar el lugar donde se hallan los que debanser requeridos.
i) Objetar la reparacin civil o reclamar su incremento oextensin, para lo cual se ofrecern los medios de
prueba pertinentes para su actuacin en el juicio oral.
CONVENCIONES O ACUERDOS PROBATORIOS
7/15/2019 Etapa Intermedia
69/85
CONVENCIONES O ACUERDOS PROBATORIOS
1. ACUERDOS SOBRE HECHOS Luego de notificados la acusacin, los sujetos procesales
conociendo ya el contenido de la acusacin as como laspropuestas fcticas y peticiones que hace el Fiscal,podrn proponer los hechos que aceptan y que el Juezdar por acreditados, obviando su actuacin probatoria
en el Juicio. Este tipo de acuerdos vinculan al Juez. (inc.2 art. 350 del CPP)
2. ACUERDOS SOBRE MEDIOS DE PRUEBA Los sujetos procesales luego de conocer el contenido de
la acusacin y por tanto saber que medios de pruebaest ofreciendo el Fiscal, pueden proponer acuerdosacerca de los medios de prueba que son necesarios paraque determinados hechos se estimen probados.
AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIN
7/15/2019 Etapa Intermedia
70/85
AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIN
Para la instalacin de la audiencia es obligatoria la
presencia del Fiscal y el defensor. La presencia delacusado no es indispensable. No podrn actuarse diligencias de investigacin o de
prueba especficas, salvo el trmite de prueba anticipada
y la presentacin de prueba documental. Instalada la audiencia, el Juez dar la palabra por un
tiempo breve a los sujetos procesales por su orden, losque debatirn sobre la procedencia o admisibilidad de
cada una de las cuestiones planteadas y la pertinenciade la prueba ofrecida.
CUANDO PROCEDE MODIFICAR ACLARAR O
7/15/2019 Etapa Intermedia
71/85
CUANDO PROCEDE MODIFICAR, ACLARAR OINTEGRAR LA ACUSACION?
El Fiscal podr en la misma audiencia en formaoral y presentando el escrito respectivo,modificar, aclarar o integrar la acusacin en loque no sea sustancial. Aqu, el Fiscal slo puede
hacer correcciones sobres cuestiones de forma.El Juez, en el mismo acto de audiencia corrertraslado a los dems sujetos procesalesconcurrentes para su absolucin inmediata.
DECISIONES JUDICIALES
7/15/2019 Etapa Intermedia
72/85
DECISIONES JUDICIALES
El Juez, dependiendo del supuesto concreto, podr
proceder del modo siguiente:1. Resolver inmediatamente todas las cuestionesplanteadas. Por cuestiones de tiempo o lacomplejidad de los asuntos por resolver, el Juezpuede diferir la emisin de su resolucin hasta por48 horas despus. Este trmino es improrrogable.
2. Si luego del debate se pone en evidencia que laacusacin tiene defectos que requieren un nuevoanlisis de parte del Fiscal, suspendiendo la
audiencia por cinco das, el Juez dispondr ladevolucin de la acusacin para efectos que se lacorrija. Corregida la acusacin y entregada al Juez,la audiencia se reanudar.
7/15/2019 Etapa Intermedia
73/85
3. De estimarse cualquier excepcin o medio de defensa, el
Juez expedir en la misma audiencia la resolucin que
corresponda. Contra la resolucin, procede recurso deapelacin.
4. El sobreseimiento podr dictarse de oficio o ha pedidodel acusado o su defensa cuando concurran los
supuestos ya analizados, requisitos que prev el inciso 2del artculo 344.
NO ES APELABLE LA RESOLUCIN QUE
7/15/2019 Etapa Intermedia
74/85
QDESESTIMA EL SOBRESEIMIENTOSOLICITADO POR EL IMPTUADO
La resolucin que desestima el sobreseimientosolicitado por el imputado y su abogadodefensor, no es apelable prosiguiendo laaudiencia segn su estado.
El que no sea recurrible la desestimacin delsobreseimiento se fundamenta en el hecho queel imputado tiene su oportunidad trascendentalde probar su inocencia que alega en el juicio
oral.
ACTUACION DE OFICIO DEL JUEZ
7/15/2019 Etapa Intermedia
75/85
ACTUACION DE OFICIO DEL JUEZ
Si en la audiencia aparecen evidencian que los hechos
por los cuales se acus no constituye delito o, aparecenindicios razonables o medios de prueba que evidenciande manera contundente que el acusado no particip enla comisin del delito objeto de acusacin, o peor laaccin penal del delito prescribi, el Juez sin esperar quelo soliciten tiene la facultad de disponer elsobreseimiento del caso.
5 S d iti l di l t d b f id
7/15/2019 Etapa Intermedia
76/85
5. Se admitir los medios o elementos de prueba ofrecidospor las partes, siempre y cuando:
a) La peticin contenga la especificacin del probableaporte a obtener para el mejor esclarecimiento del caso;b) Que el acto probatorio propuesto sea pertinente,conducente y til. En este caso se dispondr todo lonecesario para que el medio de prueba se acteoportunamente en el Juicio oral.c) La resolucin que se dicte por ejemplo denegando laadmisin de algn medio de prueba no es recurrible.
7/15/2019 Etapa Intermedia
77/85
6. La resolucin sobre los acuerdos o convencionesprobatorias, no es recurrible. En el auto de
enjuiciamiento se indicarn de forma precisa yclara los hechos especficos que se dieren poracreditados o los medios de prueba necesariospara considerarlos probados.
7. La decisin sobre la actuacin de pruebaanticipada no es recurrible. Si se dispone su
actuacin, sta se realizar en acto aparteconforme a lo dispuesto en el artculo 245, sinperjuicio de dictarse el auto de enjuiciamiento.
EL AUTO DE ENJUICIAMIENTO
7/15/2019 Etapa Intermedia
78/85
EL AUTO DE ENJUICIAMIENTO. El auto de enjuiciamiento es resolucin judicial
por la cual la autoridad jurisdiccional encargadade la etapa intermedia dispone que el caso pasaa la etapa estelar del proceso penal: el juiciooral.
Aqu se determina el contenido preciso del juicio,delimitando su objeto y por ello se precisa quese describa en forma clara el hecho justiciable
CONTENIDO DEL AUTO DE ENJUICIAMIENTO
7/15/2019 Etapa Intermedia
79/85
CONTENIDO DEL AUTO DE ENJUICIAMIENTO
La resolucin, bajo sancin de nulidad (353.2
CPP) deber contener los siguientes aspectos:1. El nombre completo de los imputados y de losagraviados.
2. El delito o delitos materia de la acusacinfiscal, indicando el tipo penal respectivo y de serel caso que se hubieran planteado, lastipificaciones alternativas o subsidiarias.
3. La enumeracin de los elementos o medios deprueba ofrecidos por las partes y admitidos porel Juez para ser actuados en el juicio oral.
7/15/2019 Etapa Intermedia
80/85
4. Las convenciones probatorias.
5. La indicacin de las partes constituidas en lacausa.6. La orden de remisin, es decir, la disposicinque el caso pasa al despacho del juezunipersonal o colegiado de juzgamiento.
COMO PASA EL CASO DE UN JUEZ A OTRO
7/15/2019 Etapa Intermedia
81/85
El auto de enjuiciamiento ser notificado al Fiscaly los dems sujetos procesales (inc 1 art. 354 CPP).
Luego, en un plazo de 48 horas se producir la remisino traslado material del caso al Juez unipersonal ocolegiado, adjuntando de ser el caso, los documentos ylos objetos incautados.
Se pondr a su disposicin a todos los imputados quetengan medida coercitiva de prisin preventiva.
El Juez unipersonal o colegiado, en forma inmediatadictar el auto de citacin a juicio oral con indicacin de
la sede del juzgamiento y de la fecha de su realizacin(art. 355 CPP).
Se dispondr el emplazamiento de todos los que debenconcurrir al juicio, incluido testigos y los peritos
admitidos
LA ETAPA INTERMEDIA
7/15/2019 Etapa Intermedia
82/85
LA ETAPA INTERMEDIA
REQUERIMIENTO DESOBRESEIMIENTO
JUEZINVESTIGACINPREPARATORIA
SUJETOS
PROCESALES
NOTIFIC
ACION
10 das
AUTOELEVA AL FISCAL SUPERIOR
AUTODE SOBRESEIMIENTO
(Total parcial)
OPOSICIN A LASOLICITUD DE ARCHIVO
15 das
NO RATIFICAEL R. DE S.
RATIFICAEL R. DE S.
ORDENA A OTRO FISCAL PROV.FORMULACIN DE LA ACUSACIN
PROCEDEEl hecho objeto de la causa no puede atribursele al imputadoEl hecho imputado no es tpicoLa accin penal se ha extinguidoNo existen elementos de conviccin suficientes
APELACIN
a
Exp. Fiscal
Audienciade
Control desobreseimiento
10 das
JUEZ INV. P.AUTO DE
SOBRESEIMIENTO
El JUEZ: Si lo considera admisibley fundado dispondr la realizacin
de una Inv. suplementaria3 das (autos interlocutorios)
1
LA ETAPA INTERMEDIACONTENIDO (Deber ser motivada)
Datos que identifiquen al imputado
7/15/2019 Etapa Intermedia
83/85
FISCAL PROVINCIALFORMULA
ACUSACIN
SUJETOSPROCESALES
NOT
IFICACION
OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO
INSTAR CRITERIOS DE OPORTUNIDAD
PEDIR SOBRESEIMIENTO
IMPOSICIN O REVOCACIN DE MEDIDAS, PRUEBA ANTICIPADA
DEDUCIR EXCEPCIONES Y OTROS MEDIOS DE DEFENSA
OBSERVAR LA ACUSACIN POR DEFECTOS FORMALES
OBJETAR LA REPARACIN CIVIL
Datos que identifiquen al imputado Relacin clara y precisa de los hechos Elementos de conviccin La participacin que se atribuye Relacin de circunstancias modificatorias Artculo de la ley penal cuanta de la pena Monto de la reparacin civil- bienes embargables Medios de prueba para la audiencia
10das
JUEZINVESTIGACINPREPARATORIA
10das
Objecionesplanteadas por
los sujetosprocesales
El MP, podr sealarALTERNATIVA SUBSIDIARIAMENTE,
la calificacin de la conducta en untipo penal distinto
2
LA ETAPA INTERMEDIA
7/15/2019 Etapa Intermedia
84/85
AUTODE ENJUICIAMIENTO
RESOLUCINFIJA DA Y HORA PARA LA AUDIENCIA(Plazo: No menor 5 ni mayor de 20 das)
10das
Se otorga la palabra a: El Fiscal, La defensa, Actor civil,Acusado, Tercero civilmente responsable.
Se debate la procedencia o admisibilidad de c/u de lascuestiones planteadas y la pertinencia de la prueba ofrecida.
El Fiscal podr modificar, aclarar o integrar la acusacin.
Se corre traslado a los sujetos procesales para su absolucin
CONTENIDO Nombre de los imputados y agraviados El delito (s) materia de acusacin fiscal Medios de pruebas admitidos Indicacin de las partes constituidas en la causa
Orden de remisin de los actuados al Juez competente.
MINISTERIO PBLICO
SUJETOS PROCESALES
NOTIFICACION
JUEZINVESTIGACIN
PREPARATORIA
INSTALACIN
AUDIENCIAPRELIMINAR
Artculo 352
Dentro de las 48 hrs. de laNotificacin se har llegar la resolucin,Las actuaciones, objetos incautados y
Se pondr a su orden los presos preventivosJUEZ
PENAL
COMPETENTE(Unipersonal colegiado) 3
7/15/2019 Etapa Intermedia
85/85
MUCHAS GRACIAS