Post on 21-Apr-2017
Abandono legal
Situación en que la Mercancía que se encuentra en el deposito y su tiempo de permanencia a vencido, y no ha sido reembarcada y sometida a un régimen aduanero, o cuando estas permanecen mas de 1 mes en el lugar de arribo.
Abandono voluntario
Suceso mediante el cual el que tiene la mercancía la deja a disposición de la nación total o parcial, informando anterior mente a la autoridad aduanera, y que esta acepte el abandono de la mercancía imponiendo al dueño pagar los gastos que este abandono ocasione incluyendo la destrucción de la misma
Acta de hechos Acto administrativo de
tramite, donde se consignan las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se diligencia de control, y el lugar , fecha, numero y hora de la diligencia, identificación del medio de trasporte donde se va a movilizar la mercancía, identificación de las personas que intervienen en el proceso de diligencia y dueños o titulares de la mercancía, descripción, cantidad, valor de estas, y objeciones del interesado
Acuerdo comercial
Acuerdo entre dos o mas partes, estados o países que sirve para cooperación o integración internacional como tratados de libre comercio, acuerdos de promoción comercial.
Administración Aduanera
El área que administra la entidad competente en el territorio nacional, haciendo cumplir las formalidades aduaneras y legislación aduanera, aplicando leyes y reglamentos a las operaciones aduaneras
Aduana de paso
es cualquier aduana, donde circulan mercancías sin haber terminado su proceso de transito aduanero
Aforo
Es el proceso que realiza la autoridad aduanera para verificar el estado, peso, cantidad, naturaleza, medida, valor o clasificación arancelaria de la mercancía, para determinar los derechos de impuesto y otros recargos recibidos por la aduana
Cuando hay un reconocimiento de mercancías será físico, cuando se realiza únicamente con la información contenida en la declaración y en los documentos será documental
Almacenamiento Deposito de mercancías de carácter publico o privados, bajo el control
de la autoridad aduanera impuestos por la DIAN
Análisis integral Es lo que realiza la autoridad aduanera para descarta inconsistencias o
buscar justificaciones en la información contenida en los servicios informáticos, en los documentos de viaje, y documentos que soportan la operación comercial.
Aprehensión Es una medida que se toma en la retención de mercancías, medios de
trasporte o unidades de carga para verificar la legal introducción, permanencia y circulación dentro del territorio aduanero nacional cumpliendo con los términos del decreto 390
Archivo electrónico
Es cualquier documento en forma de mensaje de datos manipulado en medios electrónicos garantizando las condiciones y requisitos para su conservación
Autoridad aduanera
Es la persona de la administración aduanera que en ejercicio de sus funciones tiene la potestad aduanera.
Autorización de embarque
Es el acto mediante el cual se permite la salida de la mercancía del territorio aduanero nacional, sometidas a un régimen de exportación
Aviso de arribo
Es el informe que se presenta a la administración aduanera sobre la fecha y hora en que un medio de trasporte va a arribar con pasajeros y sin carga a el territorio aduanero nacional.
Aviso de llegada
Informe que se presenta a la administración aduanera al momento de llegada del medio de trasporte al territorio aduanero nacional
Carga
Es un conjunto de mercancías seleccionadas para una operación de transporte desde un puerto, aeropuerto o terminal a su lugar de entrega lugar de destino, amparadas en un documento de trasporte
Carga consolidada
Agrupamiento de mercancías que pertenecen a varios clientes o destinatarios, para transportar desde un puerto aeropuerto o terminal terrestre con destino a un puerto aeropuerto o terminal terrestre en el lugar convenido y acogidas por el documento de trasporte master
Coeficiente de rendimiento
Es una cantidad de productos compensadores obtenida de una operación de perfeccionamiento de una cantidad de mercancías en exportación temporal, aplica también para el régimen de trasformación y ensamble
Comercio ilícito
Practica o conducta prohibida por las normas destinada a facilitar la actividad tal como contrabando, la violación de los derechos de propiedad intelectual y la elaboración prohibida de dichos productos o sustancias, comercializándolas o distribuyéndolas
Consignatario
Es la persona natural o jurídica a quien el embarcador en el exterior envía una mercancía, el consignatario puede ser el destinatario quien recibe la mercancía o a quien se le haya endosado en propiedad el documento de trasporte
Contenedor
Es un cajón portátil o tanque móvil total o parcialmente cerrado destinado a contener mercancías, con el fin de facilitar el trasporte de estas en varios modos de trasporte
Cruce de frontera
Es el paso autorizado que determinan los países para la circulación de personas, mercancías y vehículos, en su frontera común
Declaración aduanera
Es el acto o documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero especifico aplicable a las mercancías y suministra la información requerida ante la autoridad aduanera
Declaración juramentada de origen
Declaración bajo juramento emitida por el productor quien contiene toda información que permite establecer que la mercancía es originaria, y también información de los procesos productivos, materiales, costos de producción de estas mismas
Decomiso
Situación donde la mercancía pasa a poder de la nación, cuando no se cumple con los tramites previstos para su legal introducción, permanencia o circulación en el TAN
Derechos de aduana
Los derechos establecidos en el arancel de aduana los cuales las mercancías están sometidas tanto a la entrada o salida del territorio aduanero nacional
Derechos e impuestos a la importación Los derechos de aduana, impuestos o recargos recibidos en la
importación de mercancías, el impuesto a las ventas causado por la importación de las mercancías las TAN, no se consideran derechos y impuestos a la importación las sanciones y multas al precio de los servicios prestados
Desaduanamiento
Es el cumplimiento de las formalidades aduaneras para que las mercancías puedan ser importadas, exportadas o ser sometidas a otro régimen aduanero, para los regímenes de importación, deposito aduanero y transito comprende desde la presentación de la declaración hasta la culminación del régimen y para el régimen de exportación, desde el ingreso de la mercancía al lugar de embarque hasta la culminación del régimen aduanero.
Descripción errada o incompleta
Es la información con errores u omisiones parciales en la descripción exigible de la mercancía en la declaración aduanera o factura de nacionalización, distintos al serial, que no conlleven a que se trate de mercancía diferente
Desperdicio Es el material que resulta de un
proceso productivo, que se costea dentro del proceso pero no le agrega valor, en cantidades que resulten insuficientes para la producción del bien final que se obtiene del mismo proceso y que pueden dar lugar a su reutilización para otros subprocesos o para otros fines. Los desperdicios están sujetos al pago de los derechos e impuestos a la importación, cuando se destinen a un régimen que cause el pago de los mismos, de conformidad con lo previsto en este decreto.
Digitalizar
Es la acción de convertir la información de la imagen de un documento físico, empleando un escáner u otro dispositivo, en representaciones electrónicas en un código digital, que puede ser transferido, procesado y almacenado por los Servicios Informáticos Electrónicos.
Dispositivo de seguridad
. Es un elemento, aparato o equipo utilizado o exigido por la autoridad aduanera para garantizar el control, que se coloca en las mercancías, unidades de carga, medios de transporte o medios de prueba, tales como precintos, dispositivos electrónicos de seguridad, candados, cintas.
Dispositivo electrónico de seguridad
Es un equipo electrónico exigido por la administración aduanera, que se coloca en las mercancías, en las unidades de carga o en los medios de transporte para asegurar la integridad de la carga, mediante el registro de todos los cierres y aperturas y para transmitir el posicionamiento de los mismos, permitiendo un monitoreo las veinticuatro (24) horas del día en tiempo real y con memoria de eventos.
Documento Consolidador de Carga
Documento que contiene la relación de los documentos de transporte hijos de todas las cargas, agrupadas y a bordo del medio de transporte, que van a ser cargadas y descargadas en un puerto o aeropuerto a nombre de un agente de carga internacional.
Documento digitalizado
Es el documento físico cuya imagen ha sido sometida a un procedimiento de digitalización
Documento electrónico
Es el creado o generado en un formulario electrónico que pueda ser leído, reproducido y transferido a los Servicios Informáticos Electrónicos.
Documento de transporte
Término genérico que comprende el documento marítimo, aéreo, terrestre, fluvial o ferroviario, que el transportador respectivo o el agente de carga internacional o el operador de transporte multimodal, entrega como certificación del contrato de transporte y recibo de la mercancía que será entregada al consignatario o destinatario en el lugar de destino.
Documento de transporte de tráfico postal Es el documento que da cuenta del contrato entre el expedidor y la
empresa prestadora del servicio postal, haciendo las veces de documento de transporte por cada envío. En este documento se debe especificar la descripción genérica de la mercancía, la cantidad de piezas, el valor declarado por la mercancía, el nombre y dirección del remitente, el nombre, dirección y ciudad del destinatario y el peso bruto del envío.
Documentos de viaje
Comprenden el manifiesto de carga, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones, las guías aéreas, los conocimientos de embarque o cartas de porte, según corresponda, sus documentos hijos y el documento de transporte multimodal, cuando a ello haya lugar. Bajo este concepto quedan comprendidos el manifiesto de tráfico postal y el manifiesto de envíos de entrega rápida o de mensajería expresa, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones y las guías de envíos de entrega rápida o de mensajería expresa y el documento de transporte de tráfico postal.
Efectos personales
Son todos los artículos nuevos o usados que un viajero o un tripulante pueda necesitar para su uso personal en el transcurso del viaje, teniendo en cuenta las circunstancias del mismo, que se encuentren en sus equipajes acompañados o no acompañados, los lleven sobre sí mismos o en su equipaje de mano, con exclusión de cualquier mercancía que constituya expedición comercial.
Envíos de entrega rápida o mensajería expresa
Son los documentos, materiales impresos, paquetes u otras mercancías, sin límite de valor o peso, que requieren del traslado urgente y disposición inmediata por parte del destinatario, transportados al amparo de una guía de envíos de entrega rápida o mensajería expresa.
Equipaje
Son todos aquellos efectos personales y demás artículos contenidos en maletas, maletines, tulas, baúles, cajas o similares, que lleva el viajero en un medio de transporte.
Equipaje acompañado
Es el equipaje que lleva consigo el viajero al momento de su entrada o salida del país.
Equipaje No acompañado
Es el equipaje que llega o sale del país, con anterioridad o posterioridad a la llegada o salida del viajero, a cuyo nombre debe estar consignado en el correspondiente documento de transporte.
Exportación
Es la salida de mercancías del Territorio Aduanero Nacional cumpliendo las formalidades aduaneras previstas en el presente decreto. También se considera exportación, la salida de mercancías a depósito franco, en las condiciones previstas en el presente decreto.
Formalidades aduaneras. Todas las actuaciones o procedimientos
que deben ser llevados a cabo por las personas interesadas y por la aduana a los efectos de cumplir con la legislación aduanera.
Guía de envíos de entrega rápida o de mensajería expresa
Es el documento que contiene las condiciones del servicio de transporte. Da cuenta del contrato de transporte entre el remitente y la empresa prestadora del servicio de entrega rápida o de servicio expreso, haciendo las veces de documento de transporte por cada envío. De acuerdo con la información proporcionada por el remitente, este documento contiene la descripción genérica de la mercancía, la cantidad de piezas, el valor de la mercancía, el nombre y dirección del remitente, el nombre, dirección y ciudad del destinatario, el peso bruto del envío, el logo de la red acreditada a la cual pertenece y el código de barras; estos datos pueden aparecer expresamente en el documento o estar contenidos en el código de barras.
Importación.
Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al Territorio Aduanero Nacional cumpliendo las formalidades aduaneras previstas en el presente decreto. También se considera importación, la introducción de mercancías procedentes de un depósito franco al resto del Territorio Aduanero Nacional, en las condiciones previstas en este decreto.
Impresos
Para efectos de la aplicación de los regímenes de tráfico postal y de envíos de entrega rápida o mensajería expresa y de conformidad con lo previsto en la Ley 1369 de 2009, es toda clase de impresión en papel u otro material. Los impresos incluyen, folletos, catálogos, prensa periódica y revistas de hasta dos (2) kg.
Infraestructuras Logísticas Especializadas (ILE). Conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1682 de 2013, son
áreas delimitadas donde se realizan, por parte de uno o varios operadores, actividades relativas a la logística, el transporte, manipulación y distribución de mercancías, funciones básicas técnicas y actividades de valor agregado para el comercio de mercancías nacional e internacional.
Intervención de la autoridad aduanera Consiste en la acción de la autoridad aduanera, en control previo,
simultáneo o posterior, que se inicia con la notificación del acto administrativo que autoriza la acción de control de que se trate.
Instalaciones industriales
Son los lugares privados destinados para llevar a cabo, principalmente, las operaciones de perfeccionamiento o de transformación y/o ensamble, de mercancías de procedencia extranjera, de conformidad con lo previsto en el presente decreto.
Levante Es la autorización de la administración aduanera para continuar con el
proceso de pago y retiro de las mercancías, como resultado de la aplicación de criterios basados en técnicas de análisis de riesgo, ya sea de manera automática o una vez establecida la conformidad entre lo declarado y lo verificado, de forma física o documental, previo el cumplimiento de los requisitos legales y el otorgamiento de garantía cuando a ello haya lugar.
Lista de empaque
Documento comercial que tiene por objeto detallar las mercancías contenidas en cada bulto.
Manifiesto de carga Es el documento que contiene la relación de
todos los bultos que comprende la carga y la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte, y que va a ser cargada o descargada en un puerto o aeropuerto, o ingresada o exportada por un paso de frontera, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes
Manifiesto de envíos de entrega rápida o de mensajería expresa
Es el documento que contiene la individualización de cada una de las guías de envíos de entrega rápida o mensajería expresa y la información contenida en estas, así como la información del medio de transporte y los totales de peso, bultos y número de guías de envíos de entrega rápida o de mensajería expresa.
Manifiesto de tráfico postal Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los
envíos de correo que ingresan o salen por la red del operador postal oficial.
Medio de transporte
Es cualquier nave, aeronave, vagón de ferrocarril o vehículo de transporte por carretera, incluidos los remolques y semirremolques, cuando están incorporados a un tractor o a otro vehículo automóvil.
Menaje
Es el conjunto de muebles, aparatos, enseres y demás accesorios de utilización normal en una vivienda.
Mercancía
Son todos los bienes susceptibles de ser clasificados en la nomenclatura arancelaria y sujetos a control aduanero.
Mercancía declarada
Es la mercancía nacional o extranjera que se encuentra descrita en una declaración aduanera conforme a las exigencias previstas en este decreto.
Mercancía diferente Una mercancía presentada o declarada es
diferente a la verificada documental o físicamente, cuando se advierta en esta última distinta naturaleza; es decir, se determina que se trata de otra mercancía. No obstante lo anterior, se considera que la mercancía es diferente cuando exista error u omisión sobre el serial; esto último, sin perjuicio del análisis integral. La condición de mercancía diferente también podrá establecerse mediante estudios, análisis o pruebas técnicas.
Mercancía en libre circulación
Es la mercancía de la que se puede disponer libremente en el Territorio Aduanero Nacional, sin restricciones, una vez cumplidas las formalidades aduaneras
Mercancía presentada.
Mercancía de procedencia extranjera introducida al Territorio Aduanero Nacional por lugar habilitado, relacionada en el manifiesto de carga y amparada en el documento de transporte, que ha sido puesta a disposición de la autoridad aduanera.
Operación aduanera.
Toda actividad de embarque, desembarque, entrada, salida, traslado, circulación y almacenamiento de las mercancías objeto de comercio internacional, sujeta al control aduanero
Operación aduanera especial
Es la introducción o salida de mercancías del Territorio Aduanero Nacional, sin que deban ser sometidas a un régimen aduanero ni a la presentación de declaración aduanera.
Operación de perfeccionamiento.
Es la transformación, elaboración, manufactura, procesamiento, o reparación de las mercancías importadas o exportadas temporalmente para la obtención de productos que serán objeto de exportación o de reimportación.
Planilla de entrega Es el registro mediante el que se hace
efectiva la entrega de la carga en el lugar de arribo, donde se relacionan los datos del documento de transporte.(planilla 1166)
Planilla de envío. Es el registro mediante el que se autoriza y
ampara el traslado de la carga bajo control aduanero de un lugar a otro ubicados en la misma jurisdicción aduanera, de acuerdo a lo previsto en el presente decreto(planilla 1178)
Planilla de recepción Es el registro mediante el que se
relacionan los datos del documento de transporte recibido, dejando constancia de la carga recibida, de la cantidad, descripción genérica, peso y estado de los bultos.( formato 1314)
Planilla de traslado Es el registro mediante el que se ampara el
traslado de la carga o mercancía objeto de exportación, desde zona secundaria o depósito, a zona primaria , para su salida del Territorio Aduanero Nacional(formulario 1162)
Potestad aduanera Es el conjunto de facultades y
atribuciones que tiene la administración aduanera para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de mercancías.
Productos compensadores.
Son aquellos productos obtenidos como resultado de una operación de perfeccionamiento de mercancías, bajo los regímenes de perfeccionamiento activo o pasivo.
Producto defectuoso. Es cualquier producto resultante de un proceso productivo que no cumple con las
normas de calidad o estándares exigidos.
Prueba de origen.
Documento físico o electrónico en el que se hace constar que la mercancía califica como originaria para acceder a las preferencias arancelarias en el marco de un acuerdo comercial.
Recinto de almacenamiento.
Es la bodega, almacén, depósito y, en general, el inmueble contratado o designado por la DIAN para la recepción, almacenamiento, guarda, custodia, conservación, restitución o pago de las mercancías decomisadas, abandonadas a favor de la Nación u objeto de cualquier otra medida cautelar.
Reconocimiento de mercancías
El examen físico de las mercancías realizado por la autoridad aduanera para comprobar que la naturaleza, origen, estado, cantidad, valor, peso, medida y la clasificación arancelaria de las mismas, correspondan a la información contenida en la declaración aduanera.
Reconocimiento de carga. Es la operación que puede realizar la autoridad aduanera con la finalidad de verificar
peso, número de bultos y estado de los mismos, sin que para ello sea procedente su apertura, En el reconocimiento se podrán utilizar equipos de alta tecnología que permitan la inspección no intrusiva que no implique la apertura de las unidades de carga o de los bultos.
Residente en el país
es la persona que permanece de manera continua o discontinua en el Territorio Aduanero Nacional por más de (183) días calendario, incluyendo días de entrada y salida del país, durante un período cualquiera de (365) días calendario consecutivos. También son residentes las personas que conserven la familia o el asiento principal de sus negocios en el país, aun cuando permanezcan en el exterior
Residuo
Es el material que queda como inservible después de un proceso productivo o como consecuencia de la destrucción o desnaturalización de una mercancía, y que no se puede aprovechar para el fin inicialmente previsto. Los residuos están sujetos al pago de los derechos e impuestos a la importación, cuando se destinen a un régimen que cause el pago de los mismos,
Retiro de las mercancías.
Es el acto por el cual la administración aduanera permite a los interesados disponer de las mercancías , se hace previo levante y pago de los derechos e impuestos a que haya lugar.
Saldos
Aquellos productos que por cambio de moda, modelo, tecnología o por problemas de calidad, entre otros factores, se encuentren en desuso.
Subproducto
Un subproducto es un producto secundario, generalmente útil y comercializable, derivado de un proceso productivo, que no es el producto primario resultante de este proceso. No es un desecho o residuo porque no se elimina, y se usa para otro proceso distinto.
Territorio Aduanero Nacional.
Demarcación del territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el espacio donde actúa el Estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales.
Tráfico postal
Son todos los envíos que llegan o salen del Territorio Aduanero Nacional por la red del Operador Postal Oficial.
Transporte combinado
Es la operación que permite el transporte de mercancías de procedencia extranjera, bajo control aduanero, desde el lugar de arribo hasta otro lugar convenido para su entrega en el Territorio Aduanero Nacional, al amparo de mínimo (2) y hasta máximo (3) contratos de transporte, por los modos fluvial, terrestre o ferroviario.
Transporte de mercancías a través del Territorio Aduanero Nacional
Es el transporte de mercancías desde un lugar de salida en el exterior en una misma operación de transporte, en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras del Territorio Aduanero Nacional.
Transporte multimodal
Es el traslado de mercancías por dos o más modos de transporte diferentes, en virtud de un único contrato de transporte multimodal, desde un lugar situado en un país en que el operador de transporte multimodal.
Tripulantes
Son las personas que forman parte del personal que opera o presta sus servicios a bordo de un medio de transporte.
Turista
Persona natural que se traslada de su país de origen o procedencia al territorio del país de destino, sin que pueda ser considerado residente en el país de destino o tenga por finalidad establecer su residencia o lugar de domicilio en el mismo
Unidad de carga
utilizado para el acondicionamiento de mercancías con el objeto de posibilitar o facilitar su transporte, Estas unidades de carga son las que se detallan a continuación: barcazas o planchones, contenedores, furgones, paletas, los remolques y semirremolques, tanques, vagones o plataformas de ferrocarril y otros elementos similares.
Viajeros
Son personas residentes en el país que salen al exterior y regresan al Territorio Nacional, así como personas no residentes que llegan al país para una permanencia temporal o definitiva. El concepto de turista queda comprendido dentro de esta definición.
Viajeros en tránsito
Son personas que llegan del exterior y permanecen en el país a la espera de continuar su viaje hacia el extranjero, de conformidad con las normas de inmigración que rigen en el país.
Zona Primaria Aduanera
Es aquel lugar del Territorio Aduanero Nacional, habilitado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para la realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento, movilización y embarque de mercancías que entran o salen del país.