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Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
Curso: Planes de Emergencia
Generalidades y Aspectos Legales
Planes de Emergencia
GENERALIDADES Y ASPECTOS LEGALES
Las situaciones de emergencia que se presentan en el ambiente de trabajo tienen
como consecuencia importantes pérdidas para la sociedad que deben disminuirse con
la puesta en marcha de actividades de prevención.
Las condiciones del medio relacionadas con el hombre y su progreso pueden originar
situaciones de emergencia que desencadenan accidentes y otro tipo de consecuencias
que ponen en riesgo la estabilidad de las empresas. Por lo anterior, se hace necesario
que toda organización establezca un plan de emergencia que permita prevenir y
afrontar éstas situaciones
Esta primera semana se abarcarán las generalidades de los planes de emergencia y el
marco legal que rige su establecimiento y funcionamiento dentro de la organización en
el territorio nacional. En las semanas posteriores se estudiará más a fondo cada uno de
los temas tratados en ésta primera unidad del curso.
Dentro de los temas a tratar esta semana se encuentran:
Generalidades de los planes de emergencias
Clasificación de las emergencias
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Planes de Emergencia
Generalidades de las Brigadas de emergencia
Marco Legal
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1. GENERALIDADES DE LOS PLANES DE EMERGENCIA
1.1 Definición
Un plan de emergencias es un conjunto de normas y procedimientos generales
destinados a prevenir y a controlar en forma oportuna y adecuada, las situaciones de
riesgo de una empresa.
Se basa en el análisis de vulnerabilidad, y su fin primordial es definir las acciones a
seguir en cualquier situación de emergencia o de desastre.
1.2 Clasificación
Teniendo en cuenta la complejidad del plan:
1. Plan nacional de emergencias
2. Planes de emergencia, de contingencia integral o de ayuda mutua
3. Planes de emergencia empresariales
4. Planes de contingencia
1.2.1 Plan nacional de emergencias
Es el plan general para la prevención y atención de desastres en el país, establecido a
través del Decreto 919 de 1989.
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Su elaboración, dirección y administración le corresponde a la Oficina Nacional de
Prevención y Atención de Desastres y su aprobación al Comité Nacional de Prevención
y Atención de desastres.
Estas organizaciones no son operativas sino de dirección, coordinación y
establecimiento de políticas. La parte operativa, le corresponde a otros estamentos del
estado del orden público o privado.
Partiendo de la premisa de que la prevención y la atención de desastres es un
compromiso de todos, se responsabiliza a todos los niveles gubernamentales: nacional,
departamental y municipal de la organización de los comités regionales locales de
prevención de desastres.
1.2.2 Plan de emergencia de contingencia integral o de ayuda mutua
Es un plan intersectorial, formado por diferentes planes de emergencia empresariales
que busca coordinar funciones y actividades de varias empresas para afrontar
situaciones de emergencia.
Su objetivo es optimizar y compartir los recursos humanos y técnicos, poniéndolos a
disposición de una empresa que se declare en emergencia y cuyas posibilidades de
control sean sobrepasadas por la magnitud del riesgo.
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1.2.3 Plan de emergencia empresarial
Es el conjunto de normas y procedimientos que deben tenerse en cuenta en cualquier
situación de emergencia en la empresa.
Cualquiera que sea la modalidad del plan que vaya a elaborarse se tendrá que definir:
Los objetivos: para qué y para quienes se va a elaborar
Las estrategias: cómo se va a realizar
Los recursos: con qué y con quienes se va a realizar.
Debe contener entre otros:
PEI inventario de riesgos de la empresa.
El análisis de vulnerabilidad
El inventario de recursos humanos y técnicos disponibles para una situación de
emergencia.
La estructura administrativa y jerárquica ante una situación de emergencia.
Las funciones precisas que deben cumplir las personas o las instituciones que pueden
intervenir ante una situación de emergencia.
Los sistemas y procedimientos de actuación en cada situación de riesgo.
1.2.4 Planes de contingencia
Son planes de emergencia específicos, destinados a la prevención y control de
amenazas particulares identificadas por áreas de trabajo o por empresa.
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También se denominan planes de acción porque determinan para cada grupo de
trabajo, los pasos a seguir y los recursos a utilizar durante cada una de las fases de la
emergencia.
Son indicadores primarios del nivel de compromiso que la empresa tiene para la
prevención y el control de las amenazas presentes en su organización laboral. Los
planes de contingencia hacen parte del plan empresarial de emergencias.
1.3 Características de un plan de emergencia
Todo plan de emergencia debe ser:
Integral: que involucre todas las áreas internas y externas de la empresa.
Multidisciplinario: que involucre todas las actividades de la empresa.
Actualizado, con el fin de disponer de recursos y de procesos modernos.
Práctico: de manera que las actividades a realizar sean flexibles, claras y efectivas en
cualquier situación y para cualquier persona.
De fácil divulgación: debe contemplar la coordinación con los planes de los diferentes
niveles de organización y ejecución: sectoriales, locales, municipales, etc.
Debe tener un análisis de consto-beneficios para la disposición racional de los
recursos.
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1.4 Requisitos del plan de emergencia
Debe ser escrito en un documento de fácil acceso y comprensión para todos los
trabajadores.
De conocimiento y aprobación por todos los trabajadores: directivos y operativos.
Practicado por todos: directivos y operarios.
Aprobado a través de los simulacros
Enseñando en jornadas de capacitación programadas.
Evaluado periódicamente.
Actualizado periódicamente.
Se recomienda además que al finalizar la elaboración de un plan de emergencia se
verifique si responde satisfactoriamente a las siguientes preguntas.
¿Qué hay que hacer?
¿Cómo debe hacerse?
¿Quién lo debe hacer?
¿Para qué se hace?
¿Cuándo debe hacerse?
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1.5 Dirección del Plan
Aunque la ejecución del plan sea una actividad multidisciplinaria, la dirección del
mismo, debe ser encargada a una persona en particular, que reúna los siguientes
requisitos:
Experiencia y conocimiento del tema
Capacidad de liderazgo y del uso de autoridad
Capacidad de mando en situaciones de crisis
Motivación y compromiso
Pensamiento estratégico.
1.6 Ejecución del Plan
Un plan de emergencias o de contingencias específicas, es responsabilidad de todos,
pero de la misma forma que debe tener una persona que lo dirija, debe tenerse un
grupo experto que lo ejecute: LA BRIGADA DE EMERGENCIAS EMPRESARIALES; la
conformación y funcionamiento de las brigadas de emergencia se describirá más
adelante.
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2. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS
2.1 Según su origen:
2.1.1 Tecnológicas: Generadas por la actividad económica de la empresa.
Incendios, explosiones, derrames, fugas.
2.1.2 Naturales: Desencadenadas por fenómenos de la naturaleza.
2.1.2.1 Meteorológicos o climáticos: Huracanes, terremotos, tormentas de nieve,
granizadas, ciclones, incendios forestales, inundaciones, sequías, olas de calor, olas de
frío.
2.1.2.2 Geológicos: Terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, deslizamientos de
tierra, deslizamientos de lodo, avalanchas.
2.1.2.3 Biológicos: Epidemias de enfermedades infecciosas, plagas.
2.1.2.4 Sociales: Emergencias ocasionadas por conflictos sociales, acciones
vandálicas por conflictos sociales, acciones vandálicas o terroristas.
Guerras convencionales o no convencionales: Desastres civiles, protesta urbana,
actividades colectivas, hambrunas, accidentes en transporte.
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2.2 Según su gravedad:
2.2.1 Conato de Emergencia: Puede ser controlada de manera sencilla por el
personal del área, afecta a un equeño sector de la empresa
2.2.2 Emergencia parcial: Requiere la actuación de una brigada especial, la
emergencia se presenta en un sector específico de la empresa.
2.2.3 Emergencia General: Emergencia que para su control requiere la actuación de
todos los equipos y brigadas.
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3. GENERALIDADES DE LAS BRIGADAS DE EMERGENCIA
La brigada de emergencia es una organización compuesta por personas debidamente
motivadas, entrenadas y capacitadas, que en razón de su permanencia y nivel de
responsabilidad asumen la ejecución de procedimientos administrativos u operativos
necesarios para prevenir o controlar la emergencia.
Actúan en forma oportuna y eficaz ante la emergencia, con el objeto de minimizar sus
efectos.
Entre sus integrantes se recomienda no se encuentren los mismos del comité paritario
de salud ocupacional, con el objeto de evitar distorsiones en ambas organizaciones. La
brigada de emergencia si bien apoya las actividades de prevención de desastres y
accidentes en la empresa, no reemplaza la organización propia requerida para el
desarrollo del programa de salud ocupacional.
Se constituye, en consecuencia, en un recurso expedito para la prevención, actuación y
mitigación de emergencias.
Propósito:
Promover un cambio de actitud orientado a crear una cultura preventiva, fundamentada
en la necesidad de controlar y manejar en forma organizada las condiciones laborales
causantes de desastres, con el fin de disminuir la siniestralidad y proteger la salud de
los trabajadores y los bienes materiales de la empresa.
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Objetivos del Establecimiento de la Brigada de Emergencia:
• Informar a las directivas y los trabajadores sobre la legislación que reglamenta la
institucionalización de la brigada de emergencia en la empresa.
• Instruir a las directivas y trabajadores de la empresa acerca de la importancia y los
beneficios que conlleva el establecimiento de las brigadas de emergencia de la
empresa.
• Orientar a la empresa y los trabajadores en relación con la creación y el
funcionamiento de la brigada de emergencia.
• Capacitar al personal de la empresa en el conocimiento de las condiciones de trabajo
potencialmente lesivas o peligrosas. Con base en un programa y mapa de amenazas
potenciales de emergencia, con su respectivo análisis de vulnerabilidad, valorar los
sucesos desastrosos con el objeto de prepararse anticipadamente en la forma
adecuada de evitarlos y controlarlos.
• Establecer procedimientos sobre la organización y el funcionamiento de la brigada de
emergencia, para su promoción y difusión en las empresas.
• Informar y familiarizar a las personas en lo concerniente al plan de emergencia
empresarial y de aquellos específicos por sitios y áreas de trabajo, tendientes a la
evacuación. Así mismo, en relación a las señales y alarmas que indican el
procedimiento a seguir en el evento de la emergencia.
• Fomentar la prevención de desastres y la actitud positiva de anticiparse a las posibles
consecuencias, prepararse de manera suficiente y actuar acertadamente antes,
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durante y después de la emergencia. Esta preparación se hace extensiva al control del
pánico, el cual en la práctica suele potenciar los efectos no deseables de la
emergencia.
• Capacitar a los directivos y los trabajadores en relación con la organización y
prestación de los primeros auxilios en la empresa, acorde con las necesidades y
aspectos específicos derivados de la actividad económica de la misma. Así mismo, en
relación con la prevención y control de incendios, los métodos y sistemas manuales y
automáticos de extinción, los sistemas de alarma y planes de evacuación y las
maniobras de rescate y de transporte de personas, además de pautas tendientes al
salvamento de bienes.
• Conformar, capacitar a la brigada de emergencias para minimizar lesiones y pérdidas
derivadas como consecuencias de las emergencias, desarrollando acciones inmediatas
que permitan suprimir o controlar las amenazas y coordinar con cuerpos de socorro,
ayuda y salvamento.
El diseño y aplicación íntegra del plan de emergencia permite la disminución de daños
potenciales a los colaboradores, maquinaria, equipos e instalaciones; el
establecimiento oportuno de condiciones seguras de trabajo; la aplicación de medidas
tendientes a evitar y controlar la repetición de la emergencia. En síntesis, fortalece la
prevención, preparación, organización y respuesta de la empresa frente a eventos de
emergencia.
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4. MARCO LEGAL
Conocer la legislación en cuanto a los planes de emergencia y la salud ocupacional
del cual hace parte, constituye un elemento imprescindible para llevar a cabo
cualquier acción legislativa o técnica en el campo del establecimiento de los planes
de emergencia en cualquier organización.
El punto de partida en la legislación puede decirse que es la ley 9ª del 24 de enero
de 1979 denominada Código Sanitario Nacional o Marco de la Salud Ocupacional.
Este es el inicio del contexto normativo de una vida laboral con responsabilidad de
ofrecerle al trabajador un lugar de trabajo seguro y saludable, cumpliendo así con el
objetivo principal de preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en el
marco de sus puestos de trabajo.
Sin embargo, existen otras leyes y normas que apoyan el interés de ofrecer
ambientes de trabajo basados en la prevención de riesgos:
Ley 9 de 1979: se conoce como ley marco de la salud Ocupacional en
Colombia. Es la primera ley que se consagró como la base de la salud
ocupacional en Colombia. Tiene por objeto preservar, conservar y mejorar
la salud de los individuos en sus ocupaciones; referente a Seguridad
Industrial se analiza condiciones sobre maquinarias, equipos, herramientas
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y actividades como el manejo, transporte y almacenamiento de materiales,
instalaciones y equipos y los riesgos de accidente o enfermedad
Dos de los artículos relacionados con situaciones de emergencia son el 114
y el 116 en los que se hace referencia a la necesidad de contar con
recursos humanos entrenados y con equipos adecuados y suficientes para
combatir incendios de una empresa.
DECRETO No 919 de Mayo 1 de 1989
POR EL CUAL SE ORGANIZA EL SISTEMA NACIONAL PARA LA
PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES
Consta de cinco capítulos en los que se plantean las actividades a
realizarse, los responsables de cada una de ellas y la disposición y
distribución de los recursos necesarios en las situaciones de emergencia en
el país:
Capítulo I: planeación y aspectos generales
Capitulo II: Régimen de las situaciones de desastre
Capitulo III: Situaciones de calamidad pública
Capitulo IV: Aspectos Institucionales
Capítulo V: Disposiciones varias.
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Resolución 2400 de 1989: Llamado el estatuto nacional de seguridad
industrial. Establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en
los establecimientos de trabajo, con el fin de preservar y mantener la salud
física y mental, prevenir accidentes y enfermedades, logrando mejores
condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes
actividades. Define las obligaciones tanto de los patronos como de los
trabajadores sobre el tema y el campo de acción de la misma.
Resolución 1016 de 1989: Esta resolución reglamenta la organización,
funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben
desarrollarse en el país.
Establece los subprogramas mínimos que debe tener:
Medicina preventiva
Medicina del trabajo
Higiene y seguridad industrial
Funcionamiento del comité paritario de salud ocupacional
En el artículo 11 se hace referencia al subprograma de higiene y seguridad
industrial y se anota que su objeto es la identificación, reconocimiento,
evaluación y control de los factores de riesgo que originándose en los
lugares de trabajo, puedan afectar la salud de los trabajadores. Establece la
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necesidad de elaborar tanto el inventario de riesgo como el inventario de
recursos disponibles y funcionales en la empresa.
En el artículo 18 se precisa la obligación de organizar y desarrollar un plan
de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas.
Rama preventiva: aplicación de las normas legales y técnicas sobre
combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias
peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.
Rama pasiva o estructural: diseño y construcción de edificaciones
con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas
para la evaluación, de acuerdo con los riesgos existentes y el
número de trabajadores.
Rama activa o de control de las emergencias: conformación y
organización de brigadas (selección, capacitación, planes de
emergencia y evacuación), sistema de detección, alarma,
comunicación, selección y distribución de equipos de control fijos o
portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y
mantenimiento de los sistemas de control.
En el artículo 14 se establece que el programa de salud ocupacional,
deberá mantener actualizados los siguientes registros mínimos:
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Listado de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.
Agentes de riesgo por ubicación y prioridades
Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo
Evaluación de los agentes de riesgo ocupacionales y de los sistemas
de control utilizados.
Relación discriminada de los elementos de protección personal que
se suministren a los trabajadores.
Recopilación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
Ausentismo general por accidente de trabajo y enfermedades
profesionales.
Resultados de inspecciones periódicas internas de salud ocupacional
Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento.
Historia ocupacional del trabajador con sus respectivos exámenes de
control clínico y biológico.
Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las
empresas cuyos procesos, condicionales locativas o almacenamiento
de materiales riesgosos, pueden convertirse en fuente de peligro
para los trabajadores, la comunidad o del medio ambiente.
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RESOLUCION 1802 DE 1989 (Ministerio de la Protección Social): Por la
cual se crean los Comités Hospitalarios de Emergencias y se asigna la
responsabilidad de la elaboración y puesta a prueba de los planes
hospitalarios de emergencia mediante simulacros.
DECRETO 412 de 1992: Por el cual se reglamentan parcialmente los
servicios de urgencias, estableciendo la obligatoriedad de la atención inicial
de urgencias para todas las instituciones que ofrezcan servicios de salud.
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BIBLIOGRAFÍA
SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Planes de emergencia empresariales. Santafé de Bogotá P 3
SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Brigadas de emergencia en el ambiente de trabajo. Santafé de Bogotá: Instituto FES de Liderazgo.