Post on 17-Feb-2017
SeñorRam¡ro Mendoza ZúñigaGontralor GeneralContraloría General de la RepúblicaPRESENTE
coNf RALoRIA eENERALE,E LA REPÚBLICA
()FICINA CENERAL OE PARfESREFERENCIAS,173123 ',t9 FEB 20r5
Santiago, 19 de febrero de 20'15
MAT: Solicita pronunciamiento enmateria que indica.
Mediante el presente, vengo en solicitar a esa Entidad Fiscalizadora, un
pronunciamiento respecto a la necesidad de que, en el sector municipal, se efectúen
modificaciones presupuestar¡as, las cuales deben ser aprobadas con acuerdo del
Concejo, con ocasión de las transferencias de recursos que se comprometan med¡ante
convenio suscr¡to entre las entidades edilicias y el Gobierno Regional, en los cuales se
contenga la clausula expresa de que dichos recursos no ingresan al sector municipal,
conforme a los antecedentes que a continuación expongo:
Con fecha 14 de enero de 2014, se efectuó la sesión ordinaria del Concejo de la
Municipalidad de El Monte, en la que presentó los antecedentes de la modificaciónpresupuestaria que se sometería a votación del Concejo para la próxima sesión.
En dicha época se fundamento la necesidad de efectuar la mod¡f¡cación
presupuestaria del sector municipa¡ atendido a que la transfe¡'encia de recursos se había
material¡zado tardíamente, y que provenían de una serie de convenios celebrados con el
Gobierno Regional Metropolitano, dentro de los cuales se encontraban los s¡guientes:
Convenio para ejecución de proyecto "Construcc¡ón de Veredas Sector el Paico",
de fecha 24 de noviembre de 2014, aprobado mediante Resolución Exenta N"
254312O14 del lntendente Región Metropol¡tano.
Convenio para ejecución de proyecto "Construcción de Sobreancho Sector
Chiñigue Los Quilos, código BIP 30315822, Construcción de Veredas Sector Lo
Chacón, Código BIP 30354930, f\,4ejoramiento Multicancha y Areas Verdes, Villa
Naltahua", de fecha 24 de nov¡emb¡e de 2014, aprobado mediante Resolución
Exenta N' 254512014 del lntendente Región Metropolitano.
Convenio para ejecución de proyecto "Construcción de lluminación Peatonal
Sector Centro, código BIP 30316022, Mejoram¡ento de Caminos Pa¡co Alto,
Código BIP 303157522, Reposición Pavimento 4 Poniente, Código BIP 30317173",
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Convenio para e.jecución de proyecto "Mejoramiento de Camino Chiñihue el Cristo
lnterior, cód¡go BIP 30353275, Mejoramiento de Caminos Sector la Red, Código
BIP 30354929, Construcción 30 Resaltos Reductores de Velocidad, D¡versos
Sectores, Código BIP 30315922", de fecha 24 de noviembre de 2014, aprobado
medrante Resolución Exenta N" 254412014 del lntendente Región Metropol¡tano
Que en todos los convenios antes individual¡zados se expresa en la clausula
tercera que ".../os recursos transferidos y los cobros con cargo al proyecto tales como:
muttas, garantías y similares, no serán incorporados al presuPuesto de la Entidad
Receptora (Municipalidad cle El Monte), por lo que dlchos recursos serán maneiados por
ésta en cuentas de administración de fondos de terceros creadas para tales efecfos".
Que a la luz de la referida cláusula, queda de manifiesto que los recursos
comprometidos en el convenio no ingresan al presupuesto municipal, por lo que no
pueden alterar de forma alguna el presupuesto de la entidad ed¡l¡c¡a, por lo que una
eventual modificación presupuestaria que considere dichos recursos, sería una
contravención expresa a lo dispuesto en el convenio.
Por otra parte, la llustre lvlunicipal¡dad de El Monte, encabezada por su Alcalde
Franc¡sco Gómez Ramírez, ha insistido en la necesidad e imperatividad de que dichos
recursos que se transliercn en virtLrd clu los convenios en análisis, deben ser incorporados
al presupuesto municiosl y aprobados mediante acuerdo del Concejo, s¡n que exista
ningún tratamiento distinto para clichcs fondos, lo que constituye una clara transgresión al
convenio, al espíritu de la ri:ferida clau:.,¡la tercera y a lo dispuesto en la ley 18.695.
Asimismo, la máxima autoriclad edtlicia sostiene que la no incorporación y la
administración en cuentus para fondrs de terceros, que se creen para tales efectos, es
solo respecto de las nrLrltas, garantiis y similares, no siendo apl¡cable el texto de la
clausula tercera a los rec.rr:os ciUo so r'ansfieran a través del convenio.
A nuestro enten(ler, dicira ;ntr.r..etación es absolutamente errada, toda vez que se
desatiende el tenor litrrr:rl de la c!' rsul¿r, para llegar a una conclusión artificiosa y
totalmente opuesta a la ¡erialacla expícsamente en el convenio, en cuya virtud la cláusula
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de fecha 24 de noviembre de 2014, aprobado mediante Resolución Exenta N'254412014 del lntendente Región Metropolitano.
De igual forma, no procede efectuar modificación presupuestaria o aprobación de
ésta por el Concejo Municipal, ya que Io que debe someterse a Concejo es el presupuesto
municipal y sus modif¡caciones, el que en ningún caso considera los recurso en comento,
atendido a que es el propio convenio el que se encarga de precisar la naturaleza de
dichos recursos, y su tr:rtam¡ento de forma ¡ndepend¡ente a los recursos propios de la
ent¡dad receptora.
no produc¡ría la totalidad Ce sus efectos, desatend¡endo la naturaleza y espír¡tu del propioconvenro
Por lo anteriormente expuesto, se hace indispensable contar con elpronunciamiento de éste Órgano de Control, de manera de esclarecer los puntoslatamente descritos, que permitan la correcta ejecución del convenio y la plenaobservancia de las normas que rijan en esta mater¡a.
Atentamente,
-Z --<l4/:-<4-c. h-- ..:-:.Zr^-Mario Valela Montero
Concejalmariovarelam@omail.com
Citación a Sesión Ordinar¡a del Concejo de la lvunicipalidad de El l\¡onte, de fecha 14 de enero de
2015.Resolución Exenta N'2541 del lntendente Regional l\4etropolitano de fecha 28 de noviembre de
2014.Resolución Exenta N"2543 del lnlc¡Cente Regional l\¡etropolitano de fecha 28 de noviembre de
20't4.Resolución Exenta N"2544 del lntendente Regional lvletropolitano de fecha 28 de nov¡embre de
2014.Resolución Exenta N'2545 del lntenclente Reg¡ona¡ l\¡etropolitano de fecha 28 de noviembre de
2014.Modif¡cac¡ón Presup!cslaria N' 1, Sector Mun¡cipal, de la l. l\¡unicipalidad de El Monte, de fecha '14
de enero de 2015.
Ord. N' 61 del Direolúr SECPLA l\.4uf icipalidad de El Monte, de fecha 26 de diciernbre 2014.
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Adj.: