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IMPACTO DEL NUEVO IMPACTO DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE SERVICIO PROFESIONAL DE
CARRERACARRERA
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
AgendaAgenda
RECEPCIÓN DE LOS PARTICIPANTES BIENVENIDA ASPECTOS GENERALES (SERVIDORES PÚBLICOS, COMITÉS, CONCURSOS EN TRÁMITE, ART. 34 Y TRANSITORIOS)
SUBSISTEMA DE PLANEACION SUBSISTEMAS DE INGRESO, EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO, CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN, DESARROLLO PROFESIONAL, COMITÉS
ENTREGA DE PREGUNTASCIERRE DE LA REUNIÓN
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BIENVENIDABIENVENIDA
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
Recomendaciones
• Auditoria Superior de la Federación
• Oficiales Mayores mediante encuesta y opiniones de los Directores Generales de Recursos Humanos
• Sector académico, a través de mesas redondas en general y en específico en reuniones de trabajo con el CIDE
• Organización de Estados Americanos (OEA)
• Legisladores
Las recomendaciones más trascendentes permitieron integrar un diagnóstico sobre los principales problemas del
SPC
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Objetivo: “Fortalecer el Servicio Objetivo: “Fortalecer el Servicio Profesional de Carrera”Profesional de Carrera”
El Nuevo Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se conceptualizó con una visión de mediano y largo plazo, bajo tres premisas:
• Descentralización de la Operación y Centralización de la Información
• Rol Normativo de la Unidad• Vigilancia mediante los OICs
El marco normativo se deberá construir con la participación de todos los que operan el SPC.
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ASPECTOS GENERALES ASPECTOS GENERALES
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
Servidores Públicos de CarreraServidores Públicos de Carrera
Persona física integrante del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, que desempeña un cargo de confianza en alguna dependencia, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados y en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
I. Eventuales:
a) Los de primer nivel de ingreso que se encuentran en su primer año de desempeño;
b) Los nombrados con motivo de los casos excepcionales que establece el artículo 34 de la Ley;
c) Los que ocupen temporalmente un puesto del Sistema por virtud de un convenio, y
II. Titulares:
a) Los que ingresan al Sistema, mediante concurso público y abierto, con excepción de los señalados en el inciso a) de la fracción anterior, y
b) Los que ingresan al Sistema, cuando han obtenido su nombramiento al acreditar cumplir los requisitos y las evaluaciones que se hayan establecido para ese propósito.
Aspectos GeneralesAspectos Generales
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Servidores Públicos considerados de Libre Servidores Públicos considerados de Libre DesignaciónDesignación
La persona física que desempeñaba un puesto que forma parte del Servicio Profesional de Carrera, previo a la entrada en vigor de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en su caso, aquéllas personas a las que expresamente se les otorga o equipara a ese carácter por circunstancias específicas
(Artículos Tercero transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 25 de su Nuevo Reglamento)
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Servidores Públicos de Libre DesignaciónServidores Públicos de Libre Designación
La persona física que desempeña un puesto de libre designación y que no forma parte del Servicio Profesional de Carrera, pero está sujeto a los procedimientos de evaluación del desempeño.
(Artículo 5 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 2 fracción XIV y 91 de su Nuevo Reglamento)
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Servidores Públicos de Designación DirectaServidores Públicos de Designación Directa
Las personas que desempeñan puestos que no están sujetos a la Ley, en virtud de que el procedimiento para realizar la designación o expedir el nombramiento de su titular, se encuentra previsto expresamente en alguna disposición a nivel constitucional o legal.
(Artículo 8 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal en relación con la fracción XII del artículo 2 del Nuevo Reglamento).
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Integración de los Comités del SPCIntegración de los Comités del SPC
Comité Técnico de ProfesionalizaciónComité Técnico de Profesionalización
• Oficial Mayor o equivalente
• Director General de Recursos Humanos o equivalente
• Representante de la Secretaría de la Función Pública
• Oficial Mayor o equivalente
• Director General de Recursos Humanos o equivalente
• Titular del Órgano Interno de Control como Representante de la Secretaría de la Función Pública
Los Comités Técnicos de Profesionalización en la dependencias deberán analizar la pertinencia de que subsistan los Comités Técnicos de Profesionalización en los órganos administrativos desconcentrados.
Sólo el Presidente de los Comités Técnicos de Profesionalización en las dependencias, representa a éstas en el Consejo Consultivo del Servicio Profesional de Carrera.
Las designaciones de Representantes de la Secretaría de la Función Pública vigentes a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento, no sufren modificación alguna.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Comité Técnico de SelecciónComité Técnico de Selección
• Jefe Inmediato de la vacante
• Director General de Recursos Humanos o equivalente
• Representante de la Secretaría de la Función Pública
• Jefe Inmediato de la vacante
• Director General de Recursos Humanos o equivalente
• Titular del Área de Auditoria de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno en los Órgano Interno de Control como Representante de la Secretaría de la Función Pública
Las designaciones de Representantes de la Secretaría de la Función Pública vigentes a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento, no sufren modificación alguna.
El Comité Técnico de Profesionalización designa al Representante de la DGRH o equivalente en un órgano administrativo desconcentrado cuando en éste está vacante el puesto o no existe esa unidad administrativa o área.
La Secretaría de la Función Pública designará al Representante de ésta en los concursos de puestos vacantes que correspondan a los Órganos Internos de Control.
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Integración de los Comités del SPCIntegración de los Comités del SPC
Aspectos GeneralesAspectos Generales
Intervención de los Órganos Internos de ControlIntervención de los Órganos Internos de Control
Titular del Órgano Interno de Control
• Representa a la Secretaría de la Función Pública en los Comités Técnicos de Profesionalización
• Interviene en la definición de las adecuaciones que el SPC tendrán en la dependencia de acuerdo con las particularidades y características de ésta
• Participará en la adopción de las políticas y programas que requiera la dependencia para la profesionalización de los servidores públicos de la misma
• Actúa como fiel de la balanza en las decisiones que el Comité Técnico de Profesionalización adopte respecto la operación del SPC en la dependencia
El Nuevo Reglamento prevé que la Secretaría por si o a través de los Órganos Internos de Control que se adopten medidas para prevenir deficiencias y determinar medidas correctivas que permitan el adecuado funcionamiento y operación del Sistema en su conjunto
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Titular del Área de Auditoria de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno
• Representa a la Secretaría de la Función Pública en los Comités Técnicos de Selección, y nombra a su(s) suplente(s)
• Certifica si el proceso de selección se llevó a cabo conforme a los procedimientos y plazos previstos en la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables, así como de acuerdo con las bases de la convocatoria
• En caso de que advierta alguna irregularidad deberá hacerla del conocimiento de los demás integrantes del Comité para que se aclaren o subsanen, en caso contrario, para determinar suspender el concurso y comunicarlo a la Secretaría
• Actúa como fiel de la balanza en las decisiones que el Comité Técnico de Selección adopte en los procedimientos de selección
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Intervención de los Órganos Internos de ControlIntervención de los Órganos Internos de Control
Titular del Área de Quejas
• Resuelve las inconformidades que se presenten en la operación del Sistema
• Lleva a cabo la valoración del procedimiento sobre incumplimiento de obligaciones de los servidores públicos y verifica se haya respetado la garantía de audiencia
• Conoce de las posibles irregularidades en los procedimientos de selección y, en su caso, turna al Área de Responsabilidades del Organo Interno de Control para que se determine conforme a derecho
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Intervención de los Órganos Internos de ControlIntervención de los Órganos Internos de Control
Concursos en TrámiteConcursos en Trámite
A la entrada en vigor del Nuevo Reglamento, deberá:
• Continuarse con la integración del Comité que autorizó la convocatoria y que ha dado seguimiento al mismo, hasta su resolución
• Debe resolverse conforme a las disposiciones que en su oportunidad se encontraban vigentes al momento de su inicio
• No son aplicables las disposiciones del Nuevo Reglamento a los concursos en trámite.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Nombramientos Artículo 34 de la LeyNombramientos Artículo 34 de la Ley
Nombramientos vigentes a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento
• Cuyos puestos no estaban en concurso:
• Puede extenderse la vigencia del nombramiento hasta por 10 meses (Transitorio Cuarto)
• Convocar a concurso dentro de los 120 días hábiles siguientes
• Cuyos puestos estaban en concurso:
• En el caso de declararse desierto el concurso, podrán prorrogarse hasta por 4 meses (Transitorio Sexto)
• Convocar a concurso el puesto dentro de ese período
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Nuevos Nombramientos a partir de la entrada en vigor del Nuevo Reglamento
• El ejercicio de la facultad prevista en el artículo 34 de la Ley:
• Está reservada al Titular de la dependencia o al Oficial Mayor o su equivalente en la misma
• La vigencia de los nombramientos no podrá exceder 10 meses
• El concurso del puesto se convocará dentro del plazo de 45 días hábiles, con el perfil del puesto que el Comité Técnico de Profesionalización autorizó previamente
• Si bien no está previsto en el artículo 92 del Nuevo Reglamento que deba verificarse que la persona por designar cubra el perfil del puesto, parece obvio así suceda.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Nombramientos Artículo 34 de la LeyNombramientos Artículo 34 de la Ley
Los nuevos nombramientos pueden realizarse mediante las vías siguientes:
• Artículo 52 fracción II del Nuevo Reglamento
• Designando a un servidor público de carrera de nivel inmediato inferior
• El servidor público de carrera no puede ocupar otro puesto por ésta o las vías a que se refiere la fracción I del propio artículo 52, sino han pasado seis meses
• Artículo 92 del Nuevo Reglamento
• Designando a cualquier persona, otorgándole por ese sólo hecho el carácter de servidor público
• La persona podrá ser nombrada hasta en dos ocasiones en un periodo de dos años al amparo del artículo 34 de la Ley, para nuevamente ser designada, deberá haber pasado al menos un año de la conclusión de su último nombramiento
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Nombramientos Artículo 34 de la LeyNombramientos Artículo 34 de la Ley
Transitoriedad Gradual y FlexibleTransitoriedad Gradual y Flexible
Entra en vigor el Nuevo Reglamento el 7 de septiembre de 2007, abrogando las disposiciones generales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, siguientes:
• Reglamento, publicado el 2 de abril de 2004
• Lineamientos para la instalación de Comités en dependencias y en órganos administrativos desconcentrados, publicado el 18 de septiembre de 2004
• Criterios para los nombramientos por artículo 34 de la Ley, publicado el 11 de abril de 2005
• Lineamientos para determinar puestos claves, publicado el 2 de mayo de 2005
Salvo las anteriores, las disposiciones generales aún vigentes seguirán aplicándose en lo que no se opongan al Nuevo Reglamento.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Transitoriedad Gradual y FlexibleTransitoriedad Gradual y Flexible
• Nombramientos por Artículo 34 de la Ley
• Trámites de Asuntos relacionados con la operación del Sistema, iniciados previo a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento concluirán de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio.
• En los procesos de reclutamiento y selección podrán utilizarse las herramientas que la Secretaría de la Función Pública ha venido poniendo a disposición de las dependencias
• Se pueden realizar movimientos o trayectorias laterales con servidores públicos considerados de libre designación, realizándose conforme a lo previsto en el artículo 49 del Nuevo Reglamento
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Transitoriedad Gradual y FlexibleTransitoriedad Gradual y Flexible
• Constitución de Comités Técnicos de Profesionalización en órganos administrativos desconcentrados
• En el primer trimestre de 2008 los Comités Técnicos de Profesionalización deberán comunicar a la Secretaría de la Función Pública el programa de certificación de capacidades de los servidores públicos de carrera que ingresaron en 2004, 2005, 2006 y 2007
• Una vez que se publiquen las disposiciones generales sobre evaluación del desempeño cada dependencia deberá presentar el método de evaluación que aplicará en lo subsecuente
La evaluación del desempeño 2007 continuará conforme las disposiciones vigentes
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Transitoriedad Gradual y FlexibleTransitoriedad Gradual y Flexible
Los servidores públicos considerados de libre designación, que no hayan obtenido su nombramiento como servidor público de carrera, podrán optar por alguno de los procedimientos siguientes:
• Concluir su proceso de certificación de ingreso, con base en las reglas vigentes al momento en que lo iniciaron
• Acreditar el resultado satisfactorio en por lo menos una evaluación anual del desempeño, así como la aprobación de las evaluaciones de desarrollo administrativo y calidad
• Resultar ganador en el concurso del puesto que ocupa
Si por causa imputable a él no ha obtenido dicho nombramiento dentro del plazo de tres años, a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento su puesto se sujetará a concurso y de no resultar ganador o de no participar en él, cesará en sus funciones.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Lineamientos
Se pretende emitir 7 disposiciones generales, para cada uno de los Subsistemas
De ser necesario se emitirán otras, como en el caso de puestos de libre designación, inconformidades, el Manual de Procedimientos o Guías Metodológicas
Se requiere de la participación de los operadores en su elaboración
Se han definido con la participación del personal de distintas dependencias los alcances del Programa Especial denominado “Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada 2006-2012”
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Transitoriedad Gradual y FlexibleTransitoriedad Gradual y Flexible
InconformidadesInconformidades
• Cualquier persona puede interponer inconformidad
• El plazo para interponerle es de 10 días hábiles a partir de que conoció el hecho o debió ocurrir un acto
• No es un medio de impugnación sino una instancia
• La determinación que recaiga a ésta no tiene efectos vinculatorios para el inconforme, en tanto que su previsión es para adecuar la operación del Sistema
• Se substanciará por los Titulares de la Áreas de Quejas de los órganos internos de control en las dependencias, en su caso, de los órganos administrativos desconcentrados,
• Dentro del plazo de 19 días hábiles a partir de que se presenten en el Área de Quejas.
• Su determinación (resolución) se notificará al inconforme dentro de los 10 días hábiles siguientes.
• Cuando se advierta incumplimiento de obligaciones de los servidores públicos, iniciará procedimiento disciplinario
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
• Las determinaciones que recaigan deberán ser enviadas a la Secretaría
• Deberá integrarse el expediente respectivo
• Se emitirán lineamientos para la atención y unificación de criterios en la resolución de inconformidades
• La Secretaría podrá emitir recomendaciones generales cuando advierta inconsistencias similares en la operación del Sistema
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
InconformidadesInconformidades
SeparaciónSeparación
Corresponde a los Comités Técnicos de Profesionalización
• Definir políticas específicas en materia de Separación
• Instrumentar mecanismos que agilicen los procedimientos para integrar los expedientes
• Informar al RUSP de la separación de los servidores públicos de carrera
• Determinar la procedencia de la separación de los servidores públicos de carrera por incumplimiento de obligaciones.
• Autorizar licencias de los servidores públicos de carrera
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
Ajustes relevantes
• Se define un plazo de hasta 30 días hábiles para resolver un procedimiento por incumplimiento reiterado e injustificado de obligaciones
• La DGRH notificará el inicio del procedimiento al servidor público de carrera, otorgando la garantía de audiencia correspondiente, y desahogará el procedimiento
• El Titular del Área de Quejas realizará la valoración a que se refiere el artículo 60 fracción IV de la Ley.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
SeparaciónSeparación
SeparaciónSeparación
Ajustes relevantes
• La valoración se enfocará en el procedimiento y no sobre la justificación del incumplimiento.
• En casos en que se considere grave el incumplimiento podrá suspenderse los efectos del nombramiento del servidor público de carrera
• El Comité Técnico de Profesionalización determinará si procede o no la separación, en su caso, tramitará ésta ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
SeparaciónSeparación
Ajustes relevantes
• La antigüedad en el servicio público de los servidores públicos considerados de libre designación será considerada para efectos de computar la permanencia en el Sistema
• Para efectos de separación, se modifican los criterios para considerar una evaluación del desempeño como deficiente.
• La Secretaría, a través del RUSP llevará el registro de los cambios de estatus del servidor público de carrera.
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Aspectos GeneralesAspectos Generales
SUBSISTEMA DE SUBSISTEMA DE PLANEACIÓN PLANEACIÓN
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
Los Comités Técnicos de Profesionalización, son responsables de la elaboración, registro y actualización de la información de los puestos que se incorporen al Catálogo.Artículo 22.
En el corto plazo seguirá operando el catálogo de puestos que actualmente está en RHNet, éste será modificado gradualmente y en coordinación con las Dependencias .Artículo 23.
Una vez definidas las ramas de cargo se dará a conocer el procedimiento para su actualización en el Catálogo.Artículo 23.
Se establecen las reglas de operación para la transferencia de puestos y de recursos humanos por motivos de reestructuración.Artículo 25.
Se harán modificaciones al sistema informático para agilizar el registro de estructuras
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Planeación de Recursos Planeación de Recursos HumanosHumanos
SUBSISTEMA DE INGRESOSUBSISTEMA DE INGRESO
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
•Escolaridad y/o Áreas de Conocimiento
•Experiencia Laboral•Condiciones de Trabajo•Capacidades:
Técnicas EspecíficasTécnicas Transversales con
niveles de dominio: básico, intermedio, avanzado, experto
Gerenciales con 6 niveles de dominio según nivel
•Escolaridad y/o Áreas de Conocimiento
•Experiencia Laboral
•Condiciones de Trabajo
•Conocimientos y Conocimientos y HabilidadesHabilidades
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
Perfil del puestoPerfil del puesto
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Aprobación del puestoAprobación del puesto
•CTP valida la:
Descripción
Perfilamiento
Valuación del puesto
Autorización
Registro
•CTP responsable de:
Descripción
Perfilamiento
Registro
Actualización
Demás requisitos
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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ConvocatoriasConvocatorias
•Concursos:Públicos y abiertos en una
modalidad para puestos vacantes y de nueva creación
•Concursos dirigidos a:
•Servidores Públicos
•Todo Interesado
Reserva de Aspirantes por rama de cargo o puesto*
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
* Por determinación del CTS a causa de Separación del SP en los 12 meses, alta rotación o generación de vacantes de nivel inferior al concursado.
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Proceso de IngresoProceso de Ingreso
Selección
•Revisión Curricular
•Evaluación de CapacidadesVSP
Gerenciales
Técnicas
•Centro de Evaluación
•Entrevista
Selección
•Revisión Curricular
•Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades
•Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
•Entrevista
•Determinación
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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Proceso de IngresoProceso de Ingreso
Selección
•SFP proporciona herramientas de evaluación de VSP, Capacidades Gerenciales, Habilidades Interpersonales e Intrapersonales y Centro de Evaluación
Selección
•CTP Emite reglas de valoración y sistema de puntuación general
•CTP podrán elaborar o adquirir herramientas propias
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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ReclutamientoReclutamiento
•Eventos de inducción (1er nivel de ingreso)
•Reclutamiento: Trabajaen
•Convocatorias Anuales (1er nivel de ingreso)
•Reclutamiento: DGRH promoción para la más alta participación de aspirantes
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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SelecciónSelección
•Evaluación de Capacidades VSP (Integridad, Transparencia,
Rendición de Cuentas y Bien Común)
2 Gerenciales AP. 70% - 100%
2 Técnicas AP. 60% - 100%
Ponderaciones sugeridas por nivel de dominio
•CTS: Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades, Evaluación de la experiencia y Valoración del Mérito
Puntajes mínimos de calificación
Reglas específicas de valoración
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
•Centro de Evaluación CTS (Hasta 10 aspirantes)
•Entrevistas
•Derecho de Veto 1 a 3 candidatos finalistas
•EntrevistasCTS: Determina los aspirantes
que entrevistará, de acuerdo con los criterios de evaluación de entrevistas
Aspirantes en orden de prelación de los resultados previos
• Derecho de Veto1 sola vez a 1 candidato finalista
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
• Determinación
De entre los finalistas, según las reglas de valoración
• Concursos Desiertos
Si no se presentan candidatos
Candidatos no obtengan las calificaciones mínimas
Solo hay un finalista y es vetado o no elegido por la mayoría del CTS
• Puestos declarados desiertos no se pueden ocupar por Art. 34
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
• Concursos Desiertos
3 Aspirantes
Requisitos mínimos
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
•Candidatos finalistas no seleccionados = RESERVA de aspirantes de la dependencia
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
•IrregularidadesCualquier integrante del CTS la
comunica para aclarar o subsanar
Suspensión del proceso
Representante de la SFP certifica el apego del proceso a las disposiciones que lo rigen (15 días hábiles)
Inconformidad o Revocación: certificación a la emisión de la resolución (Área de Quejas del OIC)
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
• Irregularidades Cualquier miembro del CTS la
comunica para aclarar o subsanar
Suspensión del Proceso Representante de la SFP
certifica
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
• Normatividad Norma para la descripción, perfil
y valuación de puestos. DOF 25/V/2005
Lineamientos para la descripción, evaluación y certificación de capacidades. DOF 16/XII/2005
•Normatividad•CTP: Emite reglas de valoración y sistema de puntuación general
•SFP: Lineamientos para que los CTP puedan determinar las reglas de valoración y sistema de puntuación
•SFP: Guía para la elaboración y aplicación de evaluaciones
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Proceso de SelecciónProceso de Selección
•Normatividad (continúa) Acuerdo que tiene por objeto
establecer los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus órganos desconcentrados en la operación del subsistema de ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección; DOF 4/VI/2004
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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NormatividadNormatividad
•Normatividad (continúa) Guía metodológica para la
descripción, evaluación y certificación de capacidades técnicas; 16/VI/2006
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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NormatividadNormatividad
•Oficios circulares Trabajaen 30/IV/2004 y
26/VII/2004
Vigencia de resultados de evaluaciones de capacidades 28/II/2005
Evaluación de capacidades en línea 13/IV/2007
Reactivación de Folios 6/VIII/2007
Assessment Center 13/VIII/2007
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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Movimientos LateralesMovimientos Laterales
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Movimientos LateralesMovimientos Laterales
•SPC’s Titulares A solicitud del SP o por
necesidades del servicio Puestos en proceso de
desaparición por reestructura Anuencia del SP, autorización
del superior jerárquico y el CTS de la dependencia de la vacante
Puesto de mismo grupo, grado y nivel y afinidad del perfil
Autorización de la SFP si hay cambio de ciudad o dependencia
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•SPC’s y de Libre Designación
A solicitud del SP o por necesidades del servicio
Anuencia del SPAnuencia del superior jerárquico
y autorización del CTS en la dependencia de la vacante
Perfil de puestos equivalentes, homólogos y afines
Incremento o disminución de 30% de percepciones, sin cambio de rango
Cubrir PerfilUNIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y PROFESIONALIZACIÓN DE LA APF
SUBSISTEMA DESUBSISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
¿Qué se mide?¿Qué se mide?
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Cumplimiento individual de funciones y metas de su puesto o las que se hubiera hecho cargo
•Cumplimiento cuantitativo de objetivos establecido por UR
•Valoración cualitativa de aportaciones al cumplimiento de los objetivos de la Dependencia
•Metas Individuales
•Metas Colectivas por Unidad
•Estándares de actuación Profesional
•Actividades extraordinarias y aportaciones destacadas
•Enero y febrero (Año anterior)
•Julio y agosto (Primer Semestre
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¿Qué se mide?¿Qué se mide?
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007•Opinión razonada de superiores jerárquicos y subordinados inmediatos y demás SP’s de la UR o personas a quienes preste sus servicios de manera directa
•Comités determinarán las reglas de operación generales y específicas para recabar datos y evidencias necesarias para la valoración
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¿Qué se mide?¿Qué se mide?
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•SFPDiseñará los instrumentos que
faciliten la obtención de la información relativa a la opinión de superiores jerárquicos y subordinados inmediatos
Lineamientos específicos para la evaluación del desempeño con base en las modalidades de evaluación
Revisión de las evaluaciones de puestos y métodos de evaluación del desempeño
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Escala de EvaluaciónEscala de Evaluación
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Un tercio estará comprendida por el puntaje total obtenido de la capacitación acreditada
Excelente 90-100Satisfactorio 70-90No satisfactorio 60-70Deficiente <60
•Evaluación AnualEnero-febreroRevisión del CTP
•Escala Anual Sobresaliente 90-100
Satisfactorio 75-89.9
Mínimo 60-74.9
No Aprobatorio 0-59.9
•Escala Semestral Satisfactorio 60-100
No Aprobatorio 0-59.9
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Estímulos e IncentivosEstímulos e Incentivos
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Resultados Excelentes•Resultados satisfactorios (3 años consecutivos)
•Evaluaciones Deficientes <60 = Separación
•Evaluaciones No Satisfactorias
Cursos de Capacitación AdicionalEvaluaciones colectivasCursos específicos de Clima
LaboralEval. Indiv.: 3 y 6 meses
siguientes*
•Calificaciones sobresalientes
•Calificaciones satisfactorias (5 años consecutivos)
•Evaluaciones Deficientes No aprobar evaluación
semestral y anual 3 calificaciones anuales
mínimas 3 calificaciones anuales
mínimas o no aprobatorias en 5 años
* No Acreditar = Separación
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Estímulos e IncentivosEstímulos e Incentivos
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Acciones de capacitación, actualización y apoyo para fortalecer el desempeño y logro de resultados, considerando fortalezas y áreas de oportunidad
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SUBSISTEMA DE SUBSISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓNCERTIFICACIÓN
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
CapacitaciónCapacitación
•Se implementa con base en el DNC
•CTP diseña y desarrolla conforme a las normas y lineamientos de la SFP
•Normatividad Criterios para determinar cursos
obligatorios y optativos
Requerimientos técnicos para la celebración de convenios
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Se implementa con base en el DNC
•CTP establecerá a través de la DGRH en coordinación con las UA’s programas de capacitación y determinarán el carácter obligatorio u optativo de las actividades de capacitación
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CapacitaciónCapacitación
•Normatividad Criterios técnicos para la
elaboración de programas de apoyo institucionales y becas
Criterios para la asignación de puntos por acreditación de cursos y certificación de capacidades
Criterios para la determinación y aplicación de los modelos para la documentación y el aprovechamiento del conocimiento, experiencia y capacidades en las Dependencias
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Principales Criterios Generales
No menos de 40 hrs. efectivas anuales
Cursos impartidos por instituciones educativas o de investigación públicas o privadas, nacionales o
extranjeras y/o expertos
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CapacitaciónCapacitación
•Normatividad (Continúa) Reporte trimestral a la Unidad
de los avances en el cumplimiento del PAC
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
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CertificaciónCertificación
•3 Capacidades Gerenciales
•1 Técnica Transversal (Nociones Generales APF)
•2 Técnicas Específicas
•SFP Elaboración y descripción de
capacidades gerenciales y técnicas transversales, periodos de vigencia y niveles de dominio
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•SFPEstablecerá los sistemas de
evaluación u homologación que permitan la certificación de las capacidades profesionales de los SPC’s y demostrar que han desarrollado y mantienen actualizado el perfil y aptitudes requeridas para el desempeño de sus puestos
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CertificaciónCertificación
•Dependencias Técnicas específicas
•Certificación Dependencias
Instituciones u organizaciones públicas o privadas
•SFP Lineamientos y guías para
establecer parámetros y requisitos mínimos para la certificación de capacidades
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Certificación otorgará puntos adicionales considerados en los procesos de selección y movimientos laterales
•Los SPC’s certificados acudirán a programas de actualización
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Ingreso al SistemaIngreso al Sistema
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007•SP’s considerados de Libre
Designación en puestos de Carrera:
Concluir proceso de certificación para ingreso al sistema (7 boletos)
Evaluación anual del desempeño satisfactoria y aprobar evaluaciones en desarrollo administrativo y calidad
Candidato Ganador en un concurso
3 Años de plazo máximo para el Ingreso
Proceso aplicable en casos de reestructuración o transferencias de personal (2 años)
•SP’s considerados de Libre Designación en puestos de Carrera:
Evaluación del Desempeño 2005
Certificación de capacidades
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SUBSISTEMA DE SUBSISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONALDESARROLLO PROFESIONAL
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
Desarrollo ProfesionalDesarrollo Profesional
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Procedimientos y mecanismos para poder ocupar plazas de igual o mayor jerarquía en instituciones públicas federales, locales o municipales u organismos públicos o privados con que se tengan celebrados convenios de intercambio
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Desarrollo ProfesionalDesarrollo Profesional
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•SFP lineamientos para:Planes Individuales de Carrera-
Proyectos Individuales de Desarrollo
Intercambio de recursos
Determinación de puestos clave
Rotación Periódica
Promoción vertical-Concurso
Evaluación Integral Individual = Evaluación del desempeño y cumplimiento de Proyectos Individuales de Desarrollo en dependencias, e instituciones públicas o privadas
•SFP Emitirá Normatividad para:
Definir en coordinación con el CTP planes de Carrera
Fortalecer su desarrollo profesional y ampliar sus experiencias
Identificar posibles trayectorias de ascenso y promoción
Determinar reglas de valoración y puntajes
•CTP establecerán reglas de valoración y puntaje de las acciones de desarrollo
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Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Valoración del mérito acumulado que deberá ser considerado en los procesos de selección que impliquen ascenso o promoción
•Registro:CapacitaciónCertificación de Capacidades en
Desarrollo Administrativo y Calidad
Certificación de Capacidades para el mejor desempeño de otros puestos
Desarrollo ProfesionalDesarrollo Profesional
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Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007Otros estudios
Evaluación del desempeño
Cumplimiento de su Plan de Carrera y experiencia acumulada en el servicio público
Desarrollo ProfesionalDesarrollo Profesional
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Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•Promoción por concursoSujeta a contar con 2
evaluaciones de desempeño anuales
•Ocupación TemporalCTP podrá determinar quien
ocupe el puesto con nivel jerárquico inferior y que cubra el perfil
Licencia sin goce de sueldoIncapacidadSuspensiónArtículo 34 LSPC
Desarrollo ProfesionalDesarrollo Profesional
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COMITÉSCOMITÉS
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
Comités Técnicos de Comités Técnicos de Profesionalización y de Profesionalización y de
SelecciónSelección
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IntegraciónIntegración
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•CTPOficial MayorTitular de la DGRH o SPC
designadoRepresentante de la SFP (Titular
del OIC)
•CTSSuperior Jerárquico de la vacante
(Presidente)Titular de la DGRH o SPC
designadoRepresentante de la SFP (Titular
del Área de Auditoría, Control y ABG)
•CTP Oficial Mayor (Presidente)
Titular de la DGRH
Representante de la SFP
•CTS Titular de la DGRH (Presidente)
Superior Jerárquico de la vacante
Representante de la SFP
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SuplenciasSuplencias
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTP Podrán ser suplidos por un SP
de nivel inmediato inferior
Suplencia como máximo de dos sesiones consecutivas
•CTS Titular de la DGRH y
representante de la SFP podrán designar a su suplente que deberá ser de nivel inmediato inferior
•CTP
•CTS Titular de la DGRH y
representante de la SFP podrán designar a su suplente que deberá ser de nivel inmediato inferior
Cada miembro podrá designar a su suplente
SP de nivel inmediato inferior Suplencia como máximo de dos
sesiones consecutivas
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Reglas EspecíficasReglas Específicas
Reglamento 2004 Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTS Vacante de la DGRH (cualquier
nivel): el Titular de la DGRH será reemplazado por el SPC designado por el Titular de la Dependencia
Vacante de la DGRH del órgano administrativo desconcentrado: El titular de la DGRH será reemplazado por el SPC nombrado por el CTP de la dependencia
Vacante del OIC: La secretaría designará a su representante
•CTS Vacante de la DGRH (niveles de
DG y hasta DA): el Titular de la DGRH será reemplazado por el SPC designado por el Titular de la dependencia
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AtribucionesAtribuciones
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTP •CTP Establecer disposiciones que
regulen su funcionamiento Definir su calendario de
reuniones Solicitar a la SFP la constitución
o desaparición de CTP en órganos
Determinar el momento en que un puesto se sujetará a concurso en los 45 días siguientes a los que surja la vacante
Invitar a sus sesiones al Titular de la dependencia o especialistas con voz y sin voto
Emitir reglas generales y dictar actos que definan las modalidades a través de las cuales se implemente el Sistema
Aprobar, en coordinación con la Secretaría, los cargos que por excepción sean de libre designación
Proponer a la Secretaría políticas y programas específicos
Realizar estudios y estrategias de prospectiva en materia de productividad
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AtribucionesAtribuciones
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTP
•Decisiones por unanimidad
Elaborar los programas de capacitación, especialización para el cargo y de desarrollo administrativo
Elaborar el proyecto de otorgamiento de reconocimientos, incentivos y estímulos al desempeño
Determinar la procedencia de separación del servidor público
•CTP
•Decisiones por mayoría de votos
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AtribucionesAtribuciones
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTS •CTS Elaborar y emitir las
convocatorias de los cargos a concurso
Aplicar exámenes y demás procedimientos de selección, así como valorar y determinar las personas que hayan resultado vencedoras en los concursos
Instruir la integración del expediente del concurso que se trate
Resolver los procedimientos de selección dentro de los 90 días siguientes a la publicación
Elaborar y emitir las convocatorias de los cargos a concurso;
Aplicar exámenes y demás procedimientos de selección, así como valorar y determinar las personas que hayan resultado
vencedoras en los concursos
• Decisiones por mayoría de votos
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AtribucionesAtribuciones
Reglamento 2004Reglamento 2004 Reglamento 2007Reglamento 2007
•CTS
•Decisiones por mayoría de votos, salvo el veto que es decisión del superior jerárquico
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ENTREGA DE PREGUNTAS ENTREGA DE PREGUNTAS
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007
CIERRE DE LA REUNIÓN CIERRE DE LA REUNIÓN
Septiembre 18 de 2007Septiembre 18 de 2007