Post on 03-Nov-2019
INFORME SITUACIÓN DE LA MUJER
TRABAJADORA EN LA COMUNIDAD DE
MADRID
8 de Marzo de 2012
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
2
INDICE:
1.- Introducción____________________________________________ Pág. 3
2.- Padrón Municipal en la Comunidad de Madrid_____________ Pág. 7
3.- Encuesta Afiliados /as a la Seguridad Social en la Comunidad de Madrid___________________________________Pág. 7
4.- Encuesta de Población Activa en la Comunidad de Madrid ___Pág. 8
5.- Contratación____________________________________________ Pág.11
5.1. Contratos en Madrid.______________________________ Pág. 11 5.2. Contratos Sector Público en Madrid.________________ Pág. 12 5.3. Contratos Sector Privado en Madrid.________________ Pág. 12
6.- Parcialidad en la contratación_____________________________ Pág. 13
6.1. Contratos Indefinidos a Tiempo Parcial en Madrid___ Pág. 13 6.2. Contratos Temporales a Tiempo Parcial en Madrid___ Pág. 14
7.- Jornada laboral en Madrid________________________________ Pág. 15
8.- Paro de larga duración___________________________________ Pág. 16
9.- Desigualdad salarial en la Comunidad de Madrid__________ Pág. 16
10.- Corresponsabilidad_____________________________________ Pág. 18
10.1. Permisos por Maternidad_________________________ Pág. 18 10.2. Permisos por Paternidad_________________________ Pág. 18 10.3. Usos del tiempo en actividades diarias_____________ Pág. 19
11.- Comparativa - Enero 2010/ 11/ 12__________________________Pág. 20
12.- Resultados del informe__________________________________Pág. 22
13.- Propuestas de UGT-Madrid______________________________ Pág. 29
14.- Políticas de recortes_____________________________________ Pág. 30
14.1. Recortes Sociales________________________________ Pág. 30 14.2. Reforma Laboral_________________________________ Pág. 31
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
3
1.- INTRODUCCIÓN.
Desde la Secretaría de Igualdad de UGT-Madrid, y coincidiendo con la celebración
del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, consideramos que es importante
realizar un Informe para analizar la situación laboral de la mujer en la Comunidad
de Madrid.
Los resultados de este Informe debemos enmarcarlos de nuevo en un año marcado
por la crisis económica y sus nefastos efectos para el empleo, con un incremento
alarmante del desempleo, cada vez más el femenino, y de brechas importantes de
desigualdad respecto a las prestaciones y subsidios por desempleo, porque es
precisamente la desigualdad laboral lo que convierte a las mujeres en personas más
vulnerables ante la situación de crisis económica.
Pero además este año estamos inmersos en una serie de reformas impuestas por el
Gobierno del Partido Popular que están recortando derechos laborales y protección
social a trabajadoras y trabajadores y están poniendo en grave riesgo el Estado de
Bienestar. Reformas que precarizan las condiciones de trabajo y evidencian el
fracaso de un modelo de crecimiento que ha producido desigualdad social y de
género. Una situación de retroceso económico y social, donde las mujeres han tenido
una participación activa en las movilizaciones sociales y sindicales, expresando su
rechazo a las políticas de recortes sociales y supresión de derechos laborales.
Asimismo estamos asistiendo a recortes en políticas públicas, sanidad, educación,
servicios sociales y dependencia, que están debilitando el Estado de Bienestar, y que
tiene un claro impacto en las políticas de igualdad afectando a la supresión de
organismos de igualdad, centros y casas de acogida para atención a mujeres
víctimas de violencia de género.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
4
En cuanto a la reforma laboral tenemos que decir que es particularmente agresiva
con la igualdad y con todas aquellas disposiciones del Estatuto de los Trabajadores
y de los convenios colectivos que la garantizaban. El nuevo contrato para
emprendedores, no es más que una forma de conseguir trabajadores temporales con
un contrato en apariencia indefinido (puesto que su periodo de prueba es de un
año), y tendrá particular incidencia en los colectivos bonificados (mujeres entre
ellos). La ruptura de la prohibición de realizar horas extraordinarias en el contrato a
tiempo parcial, sumará a la jornada y a las horas complementarias que pudieran
haberse pactado, las horas extraordinarias que, en el caso de que estén previstas en
el convenio colectivo, serán obligatorias, poniendo así en peligro la conciliación de la
vida laboral, personal y familiar. En este punto, es especialmente reseñable que se
modifica la regulación de la guarda legal y de la acumulación del permiso de
lactancia. Pero en realidad es que todos los permisos o licencias reconocidos en el
Estatuto o establecidos en convenio, pueden verse afectados, dada la posibilidad de
que la empresa modifique, unilateralmente y en algunos casos sin intervención de la
Administración, las condiciones de trabajo colocando a trabajadores y trabajadoras
en la tesitura de aceptar las condiciones o abandonar el empleo por imposibilidad de
cumplirlas. También se produce un retroceso en materia de igualdad en el
desempleo, con la más que previsible remisión a las agencias de colocación y a las
ETTs de mujeres, personas en exclusión, …, que serán alejados así de la atención de
los Servicios Públicos de Empleo.
Actualmente, y a pesar de la fuerte destrucción de empleo masculino, las mujeres
siguen teniendo una menor tasa de actividad y una mayor tasa de paro que los
hombres. Son también las mujeres, junto a las personas jóvenes e inmigrantes,
quienes soportan la mayor precariedad laboral y la desigualdad salarial,
percibiendo en consecuencia menores cuantías en las prestaciones por desempleo,
porque es precisamente la desigualdad laboral lo que convierte a las mujeres en
personas más vulnerables ante la situación de crisis económica.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
5
Desde UGT-Madrid exigimos cambios sustanciales en dicha reforma que no va a
crear empleo y que aumentará la temporalidad y la precariedad laboral, sobre todo
en las mujeres.
Después de tantos años de luchas, esfuerzos y avances por conseguir la igualdad,
todavía hoy tenemos que seguir insistiendo en algunos temas, que hacen que la
igualdad real no se visualice con claridad, desde UGT-MADRID, sindicato que ha
sido pionero en la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, tenemos que
seguir trabajando en las mayores dificultades de las mujeres para acceder al
empleo, en la brecha salarial, en la segregación ocupacional, en el techo de cristal, en
la mayor precariedad contractual (temporal y a tiempo parcial), …, y para que se
facilite la compatibilidad de los tiempos de vida y de trabajo.
Seguimos insistiendo en la necesaria corresponsabilidad entre mujeres y hombres,
por lo que lamentamos el aplazamiento de la ampliación a cuatro semanas del
permiso de paternidad previsto para el 2012.
Así mismo, en el actual contexto laboral, continuamos impulsando la negociación
de medidas y planes de igualdad en el marco de la negociación colectiva.
Es preciso reforzar las políticas de igualdad, promoviendo los necesarios cambios
en valores y actitudes sociales adjudicados a hombres y mujeres que contribuyan a
una mayor sensibilización e intervención en la prevención, tratamiento y
erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, incluido el acoso
sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral.
Desde UGT-Madrid lamentamos la escasa voluntad de algunos gobiernos en la
lucha contra la discriminación de las mujeres. En relación a la Comunidad de
Madrid seguimos considerando la supresión del Consejo de la Mujer como un
retroceso en cuanto a la participación de las mujeres en el establecimiento de las
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
6
políticas de igualdad autonómicas y denunciamos la inexistencia de políticas de
igualdad de oportunidades y no discriminación en la Comunidad de Madrid.
Resulta imprescindible que se mantengan plenamente vigentes los contenidos de la
Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo,
en los mismos términos en que fue aprobada en 2010, ya que su modificación
supondría un paso atrás en el derecho de las mujeres a decidir. También queremos
alertar sobre los riesgos que este retroceso legislativo supondría tanto para las
mujeres como para los profesionales, con la eliminación de garantías jurídicas y
tutela constitucional, volviendo a una situación de desprotección e inseguridad
jurídica, y exponiendo a un mayor riesgo la salud y la propia vida de las mujeres.
Avanzamos en igualdad, pero el avance tiene que ser en la igualdad real, el avance
en la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad salarial, la superación de
la segregación vertical y horizontal, la representación de las mujeres en puestos de
decisión, contribuirán a superar el déficit en igualdad y, a conseguir una sociedad
más justa y cohesionada.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
7
2.- PADRÓN MUNICIPAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
PADRÓN
MUNICIPAL HOMBRES MUJERES TOTAL
MADRID 3.132.844 3.356.836 6.489.680
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
En la Comunidad de Madrid hay empadronadas un total de 6.489.680 personas,
siendo mayor el número de mujeres que el de hombres en un total de 223.992
ciudadanas.
3.- ENCUESTA AFILIADOS /AS A LA SEGURIDAD SOCIAL EN
LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL IV TRIMESTRE DE
2010/2011.
Afiliados/as a la
Seguridad Social
IV TRIMESTRE.
2011 2010
Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Diciembre 1.479.818 1.322.778 1.506.596 1.316.483
Noviembre 1.478.556 1.312.963 1.508.699 1.310.149
Octubre 1.478.200 1.304.892 1.506.499 1.303.830
Total 3 meses 4.436.574
52.96%
3.940.633
47.04%
4.521.794
53.49%
3.930.462
46.50%
Media 1.478.858 1.313.544 1.507.265 1.310.154
Total H-M 8.377.207 8.452.256
Media
IV Trimestre 2.792.402 2.817.419
Comparación
TOTAL 2010-11
75.049 afiliados/as menos en el IV trimestre del año 2011 en
comparación con el IV trimestre del año 2010
Comparativa IV
trimestre años
2010– 2011
hombres/mujeres
En el año 2011 hay 495.941
mujeres menos afiliadas que
hombres.
En el año 2010 hay 591.332
mujeres menos afiliadas que
hombres.
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
8
En el año IV trimestre del año 2011 hay 85.220 hombres afiliados menos que en el
mismo periodo del año 2010, mientras que en el caso de las mujeres observamos
que hay 10.171 mujeres afiliadas más en el mismo periodo. La comparativa del año
2010 con el 2009 arrojaba que había 50.016 hombres afiliados menos y 9.504 mujeres
afiliadas menos en los mismos periodos. Estos datos muestran que sigue habiendo
una caída preocupante en los datos de afiliación a la Seguridad Social, aunque, en el
caso de las mujeres observamos que en el IV trimestre del 2011 se produce un
incremento importante en los datos de afiliación. En cualquier caso, e
independientemente de este incremento, el porcentaje de mujeres afiliadas a la
Seguridad Social sigue siendo menor que el de los hombres en un 5.92%.
4.- ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA EN LA
COMUNIDAD DE MADRID.
AÑO 2011.
IV trimestre Mujeres Hombres Total
Diferencia
mujeres/hombres
Ocupados 1.296.600
47.26%
1.446.800
52.74% 2.743.400
- 150.200
- 5.48%
Parados 283.900
45.55%
339.400
54.45% 623.300
- 55.500
- 8.9%
Activos 1.580.500
46.95%
1.786.200
53.05% 3.366.800
- 205.700
- 6.1%
Tasa de
actividad 57.30% 70.96% 63.82% - 13.66%
Tasa de paro 17.97% 19.00% 18.51% - 1.03%
Tasa de empleo 47% 57.48% 52% - 10.48%
Tasa
Temporalidad 19.21% 17.93% 18.56% + 1.28%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
9
AÑO 2010.
IV trimestre Mujeres Hombres Total
Diferencia
mujeres/hombres
Ocupados 1.361.000
46.96%
1.537.400
53.04% 2.898.400
-176.400
- 6.08%
Parados 262.500
48.43%
279.500
51.57% 542.000
-17.000
- 3.14%
Activos 1.623.500
47.19%
1.816.900
52.81% 3.440.400
- 193.400
– 5.62%
Tasa de
actividad 59.09% 72.08% 65.30% -12.99%
Tasa de paro 16.17% 15.38% 15.75% + 0.79%
Tasa de empleo 49.54% 60.99% 55.02% - 11.45%
Tasa
Temporalidad 18.18% 17.06% 17.61% +1.12%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
Ocupación:
Los datos de ocupación nos dicen que han descendido los ocupados, tanto mujeres
como hombres. En el caso de las mujeres hay 64.400 ocupadas menos en 2011 que
en 2010, mientras que en el caso de los hombres la diferencia es de 90.600.
Independientemente de que el descenso sea mayor en los hombres, el porcentaje de
ocupación sigue siendo menor en las mujeres, en un 5.48%.
Otro dato a tener en cuenta es que la Tasa de Empleo es un 10.48% menor en las
mujeres que en los hombres.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
10
Paro:
En el año 2011 hay 21.400 mujeres paradas más que en 2010, mientras que del 2009
al 2010 el aumento fue de 30.900 mujeres.
En lo que se refiere a los hombres también se aprecia en el 2011 un aumento de
parados, en concreto hay 59.900 hombres parados más. El aumento de 2009 a 2010
fue de 12.600 parados más.
En el 2011 hay mayor número de parados que de paradas y la Tasa de paro es
ligeramente inferior en las mujeres, pero sigue siendo preocupante que la Tasa de
actividad siga siendo muy inferior.
Tasa de Actividad:
En cuanto a la tasa de actividad del año 2011 se aprecia una clara superioridad de
ésta en los hombres, con una diferencia del 13.66%. Además aumenta en
comparación con la diferencia del año 2010, que es del 12.99%.
Con respecto al 2010 tanto la Tasa de Actividad de las mujeres como la de los
hombres disminuye, un 1.12% en los hombres y un 1.79% en las mujeres.
Tasa de Temporalidad:
La Tasa de Temporalidad de las mujeres es mayor que la de los hombres en los
contratos acumulados en los dos trimestres, pero además la tasa de temporalidad
de las mujeres aumenta más que la de los hombres del 2010 al 2011. Otro dato
significativo es que la tasa de temporalidad, tanto de hombres como de mujeres, es
mayor en el 2010 que en el 2011.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
11
5.- CONTRATACIÓN.
5.1.- CONTRATOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID. IV
TRIMESTRE 2011.
HOMBRES MUJERES
DIFERENCIA
MUJERES/
HOMBRES
TOTAL
CONTRATO
INDEFINIDO
1.007.600
51.12%
963.300
48.88%
- 44.300
- 2.24%
1.970.900
81.44%
CONTRATO
TEMPORAL
220.100
49%
229.100
51%
+9.000
+ 2%
449.200
18.56%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de INE.
Se aprecian claras diferencias en cuanto a los tipos de contratos entre mujeres y
hombres.
Según estos datos podemos ver que se han hecho más contratos indefinidos a
hombres que a mujeres en la Comunidad de Madrid durante el año 2011, en
concreto 44.300 contratos más, es decir, un 2.24% más.
En lo referente a la temporalidad, la mujer sigue siendo víctima en mayor
medida de dicho tipo de contratación, en concreto un 2% más. Durante el año
2011 en Madrid se han hecho 9.000 contratos temporales más a mujeres respecto
a los hombres.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
12
5.2.- CONTRATOS SECTOR PÚBLICO EN LA COMUNIDAD DE
MADRID. IV TRIMESTRE 2011.
HOMBRES MUJERES
DIFERENCIA
MUJERES/
HOMBRES
TOTAL
CONTRATO
INDEFINIDO
186.700
47.35%
207.600
52.65%
+ 20.900
+ 5.3%
394.300
80.21%
CONTRATO
TEMPORAL
37.700
38.75%
59.600
61.25%
+21.900
+ 22.5%
97.300
19.79%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
En el caso de la contratación en el Sector Público de la Comunidad de Madrid
observamos que se hacen más contratos indefinidos a mujeres que a hombres,
pero comprobamos que la temporalidad sigue recayendo de forma contundente
en las mujeres. Estas firman un 22.5% más de contratos temporales que los
hombres.
5.3.- CONTRATOS SECTOR PRIVADO EN LA COMUNIDAD
DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.
HOMBRES MUJERES
DIFERENCIA
MUJERES/
HOMBRES
TOTAL
CONTRATO
INDEFINIDO
820.900
52.07%
755.700
47.93%
- 65.200
- 4.14%
1.576.600
81.75%
CONTRATO
TEMPORAL
182.400
51.83%
169.500
48.17%
- 12.900
- 3.66%
351.900
18.25%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
En cuanto al Sector Privado de la Comunidad de Madrid los datos nos arrojan
que se contrata menos a las mujeres, tanto si hablamos de contratación temporal
como indefinida
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
13
6.- PARCIALIDAD EN LA CONTRATACIÓN.
6.1.- CONTRATOS INDEFINIDOS A TIEMPO PARCIAL EN LA
COMUNIDAD DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.
COMPARATIVA IV TRIMESTRE 2010.
IV TRIMESTRE
2011 HOMBRES MUJERES TOTAL
INDEFINIDO A
TIEMPO
PARCIAL
7.061
44.77%
8.711
55.23%
15.772
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.
IV TRIMESTRE
2010 HOMBRES MUJERES TOTAL
INDEFINIDO A
TIEMPO
PARCIAL
6.033
33.34%
12.061
66.65%
18.094
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.
Observamos que el número de contratos indefinidos a tiempo parcial firmados
por mujeres han disminuido considerablemente del año 2010 al 2011, mientras
que en el caso de los hombres han aumentado. Esto se debe, principalmente, a
que cada vez más los contratos indefinidos que se ofertan son a tiempo parcial.
Independientemente de esto, las mujeres siguen firmando más contratos
indefinidos a tiempo parcial, en concreto, 1.650 contratos más en el 2011, un
10.46% más.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
14
6.2.- CONTRATOS TEMPORALES A TIEMPO PARCIAL EN LA
COMUNIDAD DE MADRID. IV TRIMESTRE 2011.
COMPARATIVA IV TRIMESTRE 2010.
IV TRIMESTRE 2011 HOMBRES MUJERES TOTAL
TEMPORALES A
TIEMPO PARCIAL
64.623
40.98%
93.058
59.02%
157.681
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.
IV TRIMESTRE 2010 HOMBRES MUJERES TOTAL
TEMPORALES A
TIEMPO PARCIAL
62.097
40.75%
90.276
59.24%
152.373
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de Comunidad de Madrid.
Las mujeres firman más contratos temporales a tiempo parcial que los hombres.
La comparativa 2010/2011 nos demuestra que en este caso los datos se
mantienen prácticamente igual. En la Comunidad de Madrid, en el 2011, las
mujeres firmaron 28.435 contratos temporales a tiempo parcial más, es decir, un
18.04% más.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
15
7.- JORNADA LABORAL EN LA COMUNIDAD DE
MADRID. IV TRIMESTRE 2011. COMPARATIVA IV
TRIMESTRE 2010.
JORNADA
LABORAL
IV TRIMESTRE
2011 2010
A TIEMPO
COMPLETO
A TIEMPO
PARCIAL
A TIEMPO
COMPLETO
A TIEMPO
PARCIAL
HOMBRES 1.371.400 75.500 1.448.600 88.800
% Hombres 56.52% 23.82% 56.70% 25.85%
MUJERES 1.055.200 241.400 1.106.300 254.700
% Mujeres 43.48% 76.18% 43.30% 74.15%
AMBOS SEXOS 2.426.600 316.900 2.554.900 343.500
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
Estos datos arrojan de nuevo que las jornadas a tiempo parcial siguen
recayendo fundamentalmente en las mujeres, con una diferencia abrumadora
de un 52.36% sobre los hombres en el 2011, incrementándose la diferencia del
2010 que fue de 48.3%.
En cuanto a las jornadas a tiempo completo la diferencia se mantiene
prácticamente igual del 2010 al 2011.
Estos datos inciden, comparándolos con los datos de contratación a tiempo
parcial, que los contratos que se ofertan actualmente son mayoritariamente a
tiempo parcial, ya que en los datos de jornada, que se analizan tanto los nuevos
contratos como los anteriores, la diferencia entre hombres y mujeres es mucho
mayor.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
16
8.- PARO DE LARGA DURACIÓN.
PARO DE LARGA
DURACIÓN IV
TRIMESTRE
2010 2011
SEXO HOMBRES MUJERES HOMBRES MUJERES
PARO 1-2 AÑOS 81.500 56.500 85.600 60.300
PARO 2 AÑOS O
MÁS 48.200 46.800 81.100 60.600
TOTAL 129.700 103.300 166.700 120.900
TOTAL H/M 233.000 287.600
DIFERENCIA AÑO
2010/2011
54.600 personas más en situación de desempleo de
larga duración en el año 2.011 que en 2010.
17.600 mujeres más en situación de paro de larga
duración en 2011 respecto al 2010.
37.000 hombres más que en el 2010 parados de larga
duración.
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
9.- DESIGUALDAD SALARIAL EN LA
COMUNIDAD DE MADRID.
La diferencia salarial entre hombres y mujeres en la Comunidad de Madrid,
según la ultima encuesta de estructura salarial, se sitúa en un 24.8%, siendo la
segunda comunidad autónoma en brecha salarial, únicamente por detrás de
Navarra.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
17
En la Comunidad de Madrid el salario medio de los hombres es de 29.333.06
euros anuales, mientras que el de las mujeres es de 22.048,25 euros. Lo que nos
da una diferencia de más de 7.000 euros anuales en las retribuciones medias
entre mujeres y hombres.
El 15,2% de las mujeres tienen ingresos salariales menores o iguales que el
Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que sólo el 5,6% de los
hombres se encuentran en ese intervalo.
Si se tienen en cuenta salarios más elevados, el 9,81% de los hombres presentan
unos ingresos cinco veces superiores al SMI, frente al 4,77% de las mujeres.
Las madrileñas cobran menos que los hombres en prestaciones por desempleo.
La cuantía de las prestaciones de desempleo que perciben las mujeres en la
Comunidad de Madrid es un 13,55% menos que las de los hombres. Las
mujeres perciben una prestación media por desempleo de 4.020 euros anuales
frente a los 4.650 euros que ingresan de media los hombres (datos de la
Agencia Tributaria 2010).
La mujer también mantiene una situación de desigualdad en materia de
pensiones.
Las pensionistas madrileñas, una vez finalizada su vida laboral, se encuentran
con una pensión de jubilación un 34,3% de media inferior a la del hombre. Es en
las pensiones donde se registran las mayores diferencias de género, entre
otras razones, porque para su cómputo se toma como referencia las bases de
cotización de los últimos quince años. Las mujeres perciben una pensión
media de 11.412 euros anuales frente a los 17.370 euros que ingresan de media
los hombres (datos de la Agencia Tributaria 2010).
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
18
10.- CORRESPONSABILIDAD.
10.1.- PERMISOS POR MATERNIDAD EN LA
COMUNIDAD DE MADRID.
PERMISOS POR
MATERNIDAD AÑO 2011 AÑO 2010
Diferencia
2010/2011
HOMBRES 956 972 - 16
MUJERES 52.832 54.357 - 1.525
TOTAL
PERMISOS
MATERNIDAD.
53.788 55.329 - 1.541
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En el año 2011 han disminuido los permisos por maternidad en la Comunidad
de Madrid en un total de 1.541 con respecto al 2010, lo que equivale a un 2.79%
menos. Estas cifras continúan con la tendencia del año 2009 al 2010 en el que
descendieron un total de 653 permisos. Las madres siguen siendo las que
disfrutan más de este derecho aunque se aprecia una disminución en el 2011 de
un 2.81%. Los hombres hacen menos uso de éste permiso y además observamos
que hay una reducción del 1.65% del 2010 al 2011.
10.2.- PERMISOS POR PATERNIDAD EN LA
COMUNIDAD DE MADRID.
PERMISOS POR
PATERNIDAD AÑO 2011 AÑO 2010
Diferencia
2010/2011.
TOTAL PERMISOS
PATERNIDAD 44.702 44.599 + 103
TOTAL 89.301
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
19
Observamos como los permisos de paternidad en Madrid aumentan de forma
positiva en el 2011 en un total de 103 permisos, aunque en menor medida que el
aumento de 2009 a 2010 que fue de 352 permisos. Lo que quiere decir que,
aunque tímidamente, cada vez más padres hacen uso de este derecho.
10.3.- USOS DEL TIEMPO EN ACTIVIDADES DIARIAS.
La siguiente tabla nos indica el porcentaje de personas en la Comunidad de
Madrid que realizan determinadas actividades en el transcurso del día y la
duración media diaria dedicada a esas actividades.
MUJERES HOMBRES AMBOS SEXOS
ACTIVIDADES
PRINCIPALES
%
personas
Duración
media
diaria
%
personas
Duración
media
diaria
%
personas
Duración
media
diaria
Cuidados personales 100 11:05 100 11:09 100 11:07
Trabajo 29,1 7:02 44,6 8:31 36,5 7:54
Estudios 14,9 5:08 15,8 5:09 15,4 5:08
Hogar y familia 92,1 4:34 72,6 2:03 82,8 3:31
Trabajo voluntario y
reuniones 12,8 2:08 8,1 1:48 10,5 2:01
Vida social y diversión 60,9 2:05 59,2 2:18 60,1 2:11
Deportes y actividades
al aire libre 37,6 1:43 40,6 2:08 39 1:55
Aficiones y juegos 14,2 1:37 24,1 1:57 18,9 1:49
Medios de
comunicación 87,6 2:34 87,3 2:52 87,4 2:43
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE.
Si analizamos esta tabla podemos observar como todas aquellas actividades
relacionadas con el trabajo domestico siguen recayendo fundamentalmente en
manos de las mujeres y en aquellas relacionadas con el ocio los hombres
dedican más tiempo.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
20
11.- COMPARATIVA COMUNIDAD DE MADRID -
ENERO 2010/ 11/ 12
Enero año 2012
Mujeres Hombres Total Diferencia
mujeres/hombres Afiliados a la Seguridad Social
1.298.485 1.453.887 2.760.014 - 155.402
Contratos indefinidos en
Enero 7.228 9.917 17.145 - 2.689
Contratos temporales en
Enero 49.103 53.945 103.048 - 4.842
Convertidos indefinidos
2.576 3.039 5.615 - 463
Parados/as 258.213 253.252 511.465 + 4.961 Tasa
temporalidad 87.17% 84.47% 85.74% + 2.7%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio
Público de Empleo Estatal.
Enero Año 2011
Mujeres Hombres Total Diferencia
mujeres/hombres Afiliados/as a la seguridad
social. 1.302.001 1.490.912 2.792.935 -188.911
Contratos indefinidos en
Enero 8.712 12.401 21.113 -3.689
Contratos temporales en
Enero 51.445 59.039 110.484 -7.594
Convertidos indefinidos.
3.347 4.256 7.603 -909
Parados/as 238.732 233.736 472.468 +4.996 Tasa
Temporalidad 85.52% 82.64% 83.96% + 2.88%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio
Público de Empleo Estatal.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
21
Enero Año 2010
Mujeres Hombres Total Diferencia
mujeres/hombres Afiliados/as a la seguridad
social. 1.304.480 1.507.112 2.811.592 -202.632
Contratos indefinidos en
Enero 8.645 11.175 19.820 -2.530
Contratos temporales en
Enero 47.121 51.539 98.660 -4.418
Convertidos indefinidos.
3.020 3.595 6.615 -575
Parados/as 223.766 241.686 465.452 -17.920 Tasa
Temporalidad 84.50% 82.18% 83.27% + 2.32%
Fuente: Secretaría de Igualdad UGT-Madrid a partir del INE, Comunidad de Madrid y Servicio
Público de Empleo Estatal.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
22
12.- RESULTADOS DEL INFORME.
Los resultados de este informe son muy acordes con la situación actual,
la crisis en la que seguimos sumergidos. Lo más característico sigue siendo el
progresivo aumento del paro.
La evolución de los datos del paro en 2010/2011 nos dicen que se esta
estabilizando el paro masculino, ya que se trata de un paro más coyuntural,
derivado de la mayor destrucción de empleo en determinados sectores más
masculinizados, mientras que el paro femenino esta aumentando y es más
preocupante ya que se trata de un paro estructural.
Así las cosas, encontramos en el año 2011 que el número de ocupadas
desciende menos que el número de ocupados, aunque los dos descienden. El
concepto de ocupación comprende a los asalariados que perciben un ingreso
por prestar sus servicios en los distintos procesos productivos de la sociedad.
Este menor disminución puede deberse al mayor acceso de la mujer a empleos
del sector servicios que son los que más se ofertan en tiempos de crisis, aunque
la situación no es alentadora porque suele tratarse de empleos con altas cotas de
precariedad.
En cuanto a la Tasa de Empleo es un 10.48% menor en mujeres que en
hombres en el 2011.
En relación a la tasa de actividad del año 2011 se aprecia una clara
superioridad de ésta en los hombres, con una diferencia del 13.66%. Además
aumenta en comparación con la diferencia del año 2010, que es del 12.99%.
La tasa de temporalidad, que se define como el número de personas de
la población asalariada que tiene un contrato con carácter temporal. En este
punto la mujer en la Comunidad de Madrid en el 2011 representa una
titularidad superior de este tipo de contratos con respecto a los hombres y con
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
23
respecto al año 2010. Esta circunstancia se debe al aumento de los empleos en el
sector servicios donde se goza de un grado de precariedad elevado.
En este punto, es importante hablar de la conversión de contratos
firmados por mujeres temporales en indefinidos. Según lo últimos datos de los
que disponemos, de Enero 2012, podemos apreciar un descenso de los contratos
convertidos con respecto a datos del 2011, dándose 771 conversiones menos. Así
las cosas, siguen siendo los contratos temporales de los hombres lo que son
convertidos en indefinidos en mayor proporción que los de las mujeres.
En lo referente al paro de larga duración, concepto que comprende a las
personas demandantes de empleo de forma ininterrumpida durante un período
superior a un año, se aprecia un aumento muy elevado en relación al año 2010
tanto en mujeres como en hombres, pero en este son los hombres los más
afectados por esta circunstancia, consecuencia también de que, como hemos
explicado anteriormente, inicialmente fueron los sectores masculinizados los
más afectados por el desempleo.
En materia de retribución las mujeres madrileñas sufren actualmente
de una diferencia salarial del 24.8%, dato que se sitúa por encima de la media
nacional que es del 22%.
Pero diferencias salariales ha habido siempre lo cual se traduce en otro
efecto importante que se produce en nuestra sociedad, hay una clara situación
de desigualdad en materia de pensiones. Esto se debe a que para calcular las
pensiones se toma como referencia la base de cotización de los últimos 15 años
y, teniendo en cuenta la precariedad del empleo femenino, resulta inferior el
valor de las pensiones que reciben las mujeres.
Otro dato llamativo del informe viene a ser el referente a los permisos
por maternidad. Con respecto al 2010, en el 2011 en la Comunidad de Madrid
se produce una ligera disminución de mujeres que se acogen a este derecho.
Esto puede deberse fundamentalmente a que con los tiempos de crisis que
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
24
corren menos mujeres se animan a ser madres. En lo que respecta a los
hombres, son muy pocos (956 padres) los que deciden disfrutar de este permiso,
incluso menos que en el 2010.
Con respecto a los permisos de paternidad, se aprecia como, aunque
tímidamente, cada vez más padres disfrutan de este derecho. En 2011, 44.702
padres se acogen a esta medida, 103 más que en el año 2010. Este dato resulta
positivo y se espera que siga aumentando con los años y la concienciación social
ya que cuantos más hombres disfruten de los permisos de paternidad, más
oportunidad se estará dando a la mujer para que se reincorpore al mercado de
trabajo después de ser madre lo que influirá en su desarrollo profesional y por
supuesto personal.
En cuanto a los datos de “usos del tiempo en actividades diarias”
observamos como todas aquellas actividades relacionadas con el trabajo
domestico siguen recayendo fundamentalmente en manos de las mujeres y en
aquellas actividades relacionadas con el ocio son los hombres los que dedican
más tiempo.
De esta manera estamos aboliendo, en parte, ese rol del que es esclava la
mujer, el rol de “cuidadora”, sustituyendo ese concepto por el de “padre y
madre cuidadores por igual”.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
25
Por lo tanto, tras el correspondiente estudio de la situación en la Comunidad de
Madrid, las conclusiones de UGT-Madrid son:
1. La mujer trabaja mayoritariamente en el sector de servicios, el
más precarizado.
Las posibilidades de empleo de la mujer en la Comunidad de Madrid están
vinculadas al sector servicios. Este sector es el que presenta los índices más
altos de precarización y las peores condiciones laborales, ya que está vinculado
a actividades -como comercio, hostelería, etc.- que mantienen un
comportamiento claramente estacional y, por tanto, una contratación más
eventual, con mayor rotación laboral y con un alto porcentaje de contratos a
tiempo parcial.
Esto explica el dato del aumento del número de mujeres ocupadas en Madrid.
Este dato se debe a que la oferta de empleo en Madrid está vinculada al sector
de los servicios en una gran mayoría, sector al que tienden a acceder las mujeres
con mayor facilidad.
2. La mujer sufre una mayor tasa de temporalidad.
Las mujeres madrileñas siguen siendo titulares en mayor proporción respecto
de los hombres de contratos de carácter temporal.
3. Se convierten menos contratos temporales de mujeres en
indefinidos.
De nuevo, este dato se debe a que las posibilidades de empleo de la mujer en
Madrid están fuertemente vinculadas el sector servicios, por tanto, sus
contratos son en mayor medida de carácter temporal sin dar opción a la
conversión en indefinidos por la eventualidad del sector.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
26
4. La mujer sufre una alta precariedad laboral.
La contratación se realiza en condiciones más precarias. No sólo la
temporalidad afecta en mayor medida a las mujeres, la contratación a tiempo
parcial se aplica mayoritariamente al colectivo femenino. Dos de cada tres
contratos a tiempo parcial están firmados por mujeres.
Observamos que el número de contratos indefinidos a tiempo parcial firmados
por mujeres han disminuido considerablemente del año 2010 al 2011, mientras
que en el caso de los hombres han aumentado. Esto se debe, principalmente, a
que cada vez más los contratos indefinidos que se ofertan son a tiempo parcial.
Independientemente de esto, las mujeres siguen firmando más contratos
indefinidos a tiempo parcial. En cuanto a los contratos temporales a tiempo
parcial siguen siendo firmados mayoritariamente por mujeres.
A pesar de que el contrato a tiempo parcial se ha “vendido” como una
modalidad que ayuda a la conciliación de la vida familiar y laboral, la realidad
es bien distinta. La aplicación actual del contrato a tiempo parcial desregula el
mercado de trabajo y flexibiliza al máximo las condiciones de trabajo. Este
contrato permite una distribución irregular de la jornada y de los días de
trabajo, por lo que imposibilita una organización estable de la vida personal y
familiar, dificultando su compatibilidad con cualquier otra actividad.
En el caso de la contratación en el Sector Público de la Comunidad de Madrid
observamos que se hacen más contratos indefinidos a mujeres que a hombres,
pero comprobamos que la temporalidad sigue recayendo de forma contundente
en las mujeres.
En cuanto al Sector Privado de la Comunidad de Madrid los datos nos arrojan
que se contrata menos a las mujeres, tanto si hablamos de contratación temporal
como indefinida
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
27
La menor contratación, el mayor índice de temporalidad y rotación de
contratos, los largos periodos de permanencia en el paro y el mayor porcentaje
de contratos a tiempo parcial, además de reflejar la situación de desigualdad
que sufre la mujer en el mercado laboral, son factores que repercuten
directamente en su economía.
Influye, no sólo en el salario, sino también en las prestaciones sociales, ya sea
por desempleo o por jubilación, -ya que muchas veces no logran cotizar lo
suficiente- manteniendo de esta forma las desigualdades de género tanto en la
vida laboral, como una vez finalizada ésta.
5. Alto porcentaje de discriminación salarial de la que es víctima
la mujer.
Según los últimos datos, la mujer madrileña se encuentra sometida a una
diferencia salarial del 24.8%.
Las causas de esta discriminación retributiva hacia las mujeres son:
* Los roles y estereotipos que hay creados en la sociedad.
* La desvalorización del trabajo de las mujeres (escasa presencia en puestos de
responsabilidad, mentalidad anticuada de salario femenino en concepto de
“ayuda a la casa”, etc).
* La segregación del mercado de trabajo (segregación ocupacional vertical y
horizontal así como inserción laboral con mayores obstáculos).
*Nuevas formas de organización del trabajo (como por ejemplo el caso de la
externalización del trabajo para ahorrarse costes laborales).
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
28
6. Las mujeres cobran menos prestaciones por desempleo.
Su cuantía con respecto a los hombres en Madrid es de un 13,55% menos según
datos de la Agencia Tributaria 2010.
7. Desigualdad para la mujer en materia de pensiones.
Esto se debe fundamentalmente a que para el cómputo de las pensiones se toma
como dato de referencia las bases de cotización de los últimos 15 años.
Por ello, resulta tan vital equilibrar los salarios entre hombres y mujeres ya que
la situación de las pensiones es consecuencia de la falta de cotización de éstas.
Se puede intuir que dicha situación va a ir empeorando progresivamente lo que
significa que deben ponerse en marcha medidas contra la discriminación
salarial de forma inmediata y efectiva, lo cual es uno de los objetivos
fundamentales de UGT-Madrid.
8. Son la mayoría de las mujeres las que disfrutan del permiso de
maternidad en su totalidad.
Son pocos los padres que se acogen a ésta medida ya que son la mayoría de las
madres las que disfrutan de las 16 semanas de permiso.
9. Cada vez más padres se acogen al permiso de paternidad.
Aunque tímidamente, cada vez más hombres en la Comunidad de Madrid,
disfrutan de éste derecho, lo cual influye de manera positiva en el asentamiento
del concepto de corresponsabilidad.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
29
13.- PROPUESTAS DE UGT-MADRID
Desde UGT-Madrid hacemos hincapié en la importancia que revisten la
negociación colectiva y por consiguiente los convenios colectivos, para la lucha
contra la discriminación laboral hacia las mujeres, en particular por lo que se
refiere al acceso al empleo, salarios, condiciones de trabajo, progresión en la
carrera y formación profesional.
Las distintas administraciones públicas deben tener presente esta desigualdad
y establecer políticas y acciones tendentes a solucionar esta discriminación. Es
muy importante el desarrollo de políticas específicas destinadas a la
conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
En cuanto a la Comunidad de Madrid es necesaria la creación de una Ley de
Igualdad de ámbito autonómico que ataje, entre otros aspectos, la
discriminación laboral de la mujer.
Como UGT-Madrid planteamos la necesidad de, incluso en momentos de crisis
como el que nos encontramos, potenciar la negociación de los Planes de
Igualdad en las empresas.
En cuanto a la desigualdad salarial hay que tener presente los motivos que
generan esta brecha salarial, entre los que destacan que la mujer ocupa trabajos
de menor valor añadido (sector servicios), con contrataciones más precarias, con
mayor peso de la contratación a tiempo parcial y por discriminaciones salariales
en trabajos de igual valor que los hombres. Por lo tanto desde UGT-Madrid
tenemos claro que si queremos avanzar en la igualdad real, tenemos que
trabajar en todos estos aspectos.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
30
14.- POLÍTICAS DE RECORTES
14.1.- RECORTES SOCIALES.
Cada vez resulta más evidente que las mujeres están siendo perjudicadas
profundamente y en mayor medida que los hombres por las medidas que se
están adoptando.
Las políticas de contención salarial, la disminución de las rentas en los
hogares, el aumento del endeudamiento y el adelgazamiento del sector público,
fomentan, intensifican y profundizan las desigualdades.
El impacto de las rebajas generalizadas del estado de bienestar social, a
través de los recortes sociales y del gasto público en general, que se están
efectuando de forma drástica, devastadora, indiscriminada y de espaldas al
análisis del impacto de género, no tendrá el mismo efecto para las mujeres que
para los hombres.
Algunos sectores en los que las mujeres se emplean mayoritariamente,
como sanidad, educación y servicios sociales, se verán afectados por los recortes
del gasto público para cumplir con los objetivos de reducción del déficit,
disminuyendo su oferta y los puestos de trabajo a los que tradicionalmente
venían accediendo las mujeres, además del sector servicios. La caída del
consumo como consecuencia de la pérdida de ingresos y de poder adquisitivo,
también afectará previsiblemente al sector servicios en relación con la
destrucción de puestos de trabajo.
En la situación actual cualquier recorte en el gasto público que redunde
en una reducción o eliminación de servicios públicos dirigidos al cuidado y la
atención de menores y otras personas dependientes, supondrá un retroceso
para las mujeres que seguirán viéndose obligadas a continuar asumiendo el
difícil e impracticable doble papel de mujer trabajadora y cuidadora en muchos
casos.
La imposibilidad legal de refinanciación al crédito de los
Ayuntamientos, ha sido otra de las medidas de recorte, que conlleva que otros
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
31
servicios relacionados con la Ley de Dependencia, como la ayuda a domicilio,
se vea seriamente afectada al no poder hacer frente al pago del personal que
desempeña estos servicios, mayoritariamente mujeres, en detrimento de la
atención de los destinatarios de dichos servicios, también fundamentalmente
mujeres.
Otra de las medidas dirigidas a la reducción del déficit público ha sido la
reducción de salarios en el sector público, lo que sin duda afecta de forma más
desventajosa a las mujeres. A la reducción del salario en 2010 se ha sumado la
congelación de sus salarios en 2011 y el aumento de su jornada laboral en dos
horas y media semanales a partir de 2012. El mayor peso del ajuste para
acelerar la reducción del déficit público recae en los bolsillos del personal de
todas las administraciones públicas.
Además también se ha congelado el Salario Mínimo Interprofesional,
para el 2012 cuya cuantía es de 641,40 €. El SMI supone un factor diferencial en
España entre sexos. Y es que, en este caso, el doble de mujeres que de hombres
cobra el SMI. Esto quiere decir que se congela el SMI al doble de mujeres que
hombres, disminuyendo en mayor medida, por tanto, el poder adquisitivo de la
mujeres que el de los hombres en este aspecto, lo que contribuye a un
incremento del empobrecimiento de las mujeres.
14.2.- REFORMA LABORAL.
Las medidas de reforma laboral adoptadas, no sirven para crear empleo,
ni ayudan a cambiar el modelo productivo, no reduce la dualidad en el
mercado de trabajo ni la temporalidad, no sólo abarata el despido sino que
además lo facilita, privatiza la gestión del desempleo, abre la vía de la
contratación de las ETT en sectores peligrosos y en el empleo público, rompe la
negociación colectiva, aumentando el poder de las empresas y las
desigualdades de género.
La reforma laboral flexibiliza el mercado de trabajo a favor del poder
empresarial y, sin duda, tendrá una repercusión distinta y más desventajosa
para las mujeres.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
32
Es obvio que este tipo de medidas afectarán negativamente a todos los
trabajadores, pero también que lo harán en mayor medida a aquellos que ya
venían teniendo una posición de desventaja en el mercado de trabajo, como es
el caso de las mujeres.
Las diferencias en las tasas de actividad, ocupación y paro, de
temporalidad y parcialidad, de segregación vertical y horizontal, de
retribuciones, de formación, experiencia y promoción, entre mujeres y hombres,
han seguido siendo un hecho como ponen de manifiesto los datos oficiales año
tras año. Las medidas adoptadas al margen de los análisis de impacto de
género, hacen previsible que las medidas de reforma laboral que se están
adoptando, agudicen la discriminación y las desigualdades de género en los
próximos años.
Las nuevas fórmulas de contratación precarizan aún más el empleo de
las mujeres. No abordan los problemas de inestabilidad y temporalidad de
nuestro mercado de trabajo. Al contrario, los fomenta aún más, no evitando el
encadenamiento de contratos con distintos trabajadores y trabajadoras para
cubrir un mismo puesto de trabajo, creando un nuevo contrato indefinido con
altas cuotas de temporalidad, eliminando las limitaciones del contrato de
formación y aprendizaje, desregularizando aún más el contrato a tiempo parcial
y fomentando la contratación temporal inicial por las innumerables ventajas de
su posible conversión posterior en contratos indefinidos más baratos. Los
destinatarios de estas fórmulas precarias de empleo son principalmente los
colectivos que se encuentran en peor posición en el mercado, y en especial las
mujeres, a cuya contratación se dirigen los incentivos y bonificaciones más altas
para las empresas.
• CONTRATO DE FORMACIÓN.
La reforma introduce novedades en los contratos de formación y
aprendizaje, precarizando aún más esta fórmula de contratación, que deja en un
segundo plano la formación del trabajador dando prioridad y valor al mismo
por su reducido coste económico para el empresario.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
33
Si además optan por transformar el contrato en indefinido en cualquier
momento de su vigencia, las empresas tendrán derecho a una reducción de
1500€ por año durante tres años, y si la contratación se realiza con mujeres de
1800€.
Resulta evidente que al empresario, puesto a realizar contratos de
formación, le interesa más contratar a una mujer que a un hombre bajo esta
modalidad.
Es obvio que este tipo de contrato, barato para el empresario y muy
precario para el trabajador puede afectar en mayor medida a las mujeres que a
los hombres, ya que el incentivo más alto se dirige a las primeras.
• EL NUEVO CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A
EMPRENDEDORES.
El nuevo contrato indefinido es la estrella del abaratamiento del despido,
y otro gran ejemplo de precarización del empleo; una forma de contratación
que se coloca en el terreno de lo fraudulento e ilegal al establecer en un año el
periodo de prueba, y que conlleva que en la práctica estemos ante un contrato
temporal encubierto de 364 días sin derechos frente al despido, abriéndose de
esta forma la puerta por primera vez al despido libre.
Este tipo de contrato, que podrán concertar las empresas de menos de 50
trabajadores, se dirige fundamentalmente a la contratación de menores de 30
años, y especialmente si son perceptores de prestaciones contributivas de
empleo, y a los mayores de 45 años que sean parados de larga duración y muy
especialmente si además son mujeres en un caso u otro.
En relación con las bonificaciones que se establecen en este contrato, se
prima la contratación de desempleados que estén percibiendo prestaciones de
desempleo, y especialmente si se trata de mujeres, por lo que se discrimina a los
trabajadores que no perciben estas prestaciones: en su mayoría en una posición
de mayor desventaja en el mercado de trabajo, como los jóvenes que no han
tenido aún la posibilidad de encontrar un primer empleo, las mujeres que han
trabajado intermitentemente, o parados que ya hayan agotado el paro.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
34
Así, la discriminación frente a las mujeres sería doble porque penalizaría
a las mujeres desempleadas que no estuviesen percibiendo prestaciones de
desempleo frente a las que sí lo estén cobrando. A lo que se podrían añadir
además las discriminaciones por ser jóvenes, por no haber tenido nunca un
empleo o por haber terminado el paro.
La regulación de incentivos fiscales y bonificaciones a la Seguridad Social
en este contrato, está diseñada para que resulte especialmente atractiva la
contratación de mujeres menores de 30 años, que se encuentren menos
representadas en el sector donde se realice la contratación y que sean
perceptoras de prestaciones de desempleo, (en cuyo caso a los sugerentes
incentivos fiscales pueden sumar las no menos despreciables bonificaciones de
la SS), por lo que se puede decir que se trata de otro nuevo contrato que
incrementa los niveles de precariedad en el empleo femenino, contribuyendo
también a la perpetuación de la precariedad, y al aumento de la desigualdad
laboral de las mujeres y de la discriminación indirecta (por el periodo de
prueba, sus efectos sobre la temporalidad y sobre el despido) a la que se van a
ver sometidas, ya que previsible y obviamente van resultar ser las más
afectadas por este tipo de contratación.
Esta fórmula de contratación, casi podríamos afirmar, “para las mujeres”,
podría convertirse en una vía de contratación que no generase empleo
indefinido realmente, sino bonificaciones indefinidas para el empresario por
contratar de forma temporal a sus víctimas laborales, y sin derechos para los
trabajadores, o mejor dicho, para las trabajadoras, en relación con la extinción
de la relación laboral.
• CONTRATO A TIEMPO PARCIAL.
Si tenemos en cuenta que son las mujeres las que mayoritariamente
firman los contratos a tiempo parcial, cualquier modificación en este sentido
afectara en mayor medida a las trabajadoras.
A la posibilidad de realizar horas complementarias, además de las
ordinarias, que ya se contemplaba antes de la última reforma laboral, se añade
ahora, con la nueva modificación de este contrato, la posibilidad de realizar
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
35
horas extraordinarias, hasta ahora prohibidas, lo que supone un importante
incremento de la flexibilidad interna a favor de la empresa.
Con ello se amplía la disponibilidad que el trabajador o trabajadora
deberá tener para la empresa, lo que contribuye a dificultar todavía en mayor
medida la conciliación de la vida familiar y laboral para los trabajadores.
• DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO.
Otra de las medidas adoptadas con la última reforma en pro de la
flexibilidad interna de las empresas y que tendrá una incidencia claramente
negativa para la conciliación de la vida laboral y familiar es la posibilidad que
tiene el empresario de distribuir a lo largo del año, de manera irregular, el 5%
de la jornada de trabajo. Afectará de forma desventajosa a todos los
trabajadores, pero su incidencia será especialmente negativa para las mujeres, al
ser éstas las que siguen asumiendo de forma mayoritaria las responsabilidades
familiares.
• MOVILIDAD GEOGRÁFICA Y MODIFICACIONES SUSTANCIALES
DE CONDICIONES DE TRABAJO.
La movilidad geográfica, reduciendo la garantía de derechos de los
trabajadores (intervención de la autoridad laboral y posibilidad de paralizar la
efectividad del traslado), es otra de las novedades de la reciente reforma
laboral, ya que la nueva regulación implica un menor control sobre los criterios
de selección de trabajadores y trabajadoras afectados, y si éstos constituyen una
discriminación directa o indirecta.
Desde la perspectiva de género hay que recordar que la movilidad
geográfica se ha utilizado tradicionalmente por parte de las empresas como
instrumento para expulsar de forma indirecta a las trabajadoras embarazadas o
durante el periodo de crianza, que se veían obligadas a abandonar su puesto de
trabajo ante un traslado.
Así mismo, en el caso de modificación sustancial de las condiciones de
trabajo, la posibilidad unilateral del empresario de modificar aspectos como la
jornada o el horario o la distribución del tiempo de trabajo, puede afectar a
derechos reconocidos, entre otros, en materia de conciliación de la vida
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
36
personal y familiar y también a otros permisos o licencias reconocidos en el
Estatuto de los Trabajadores o en convenio colectivo.
El empresario también puede, unilateralmente, modificar el sistema de
remuneración y la cuantía salarial, así como el sistema de trabajo y rendimiento.
Esta modificación añade aún más posibilidades de incremento de
discriminación salarial.
• NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
La reforma consolida la vía del descuelgue, o posibilidad de que las
empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios
colectivos aplicables.
Este tipo de medidas son de difícil compatibilidad con los objetivos
marcados por la Ley de Igualdad y los instrumentos previstos por la misma: la
negociación colectiva, para eliminar las discriminaciones en el seno de la
empresa.
La reforma laboral rompe y debilita la negociación colectiva y aumenta el
poder empresarial. Si tenemos en cuenta que la Ley Orgánica para la Igualdad
efectiva de mujeres y hombres deja en manos de la negociación colectiva una
buena parte del desarrollo y concreción de numerosos derechos laborales
relativos a la igualdad de género, resulta evidente que este hecho no beneficiará
al avance de la igualdad por razón de sexo en el ámbito laboral.
• MODIFICACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN.
En relación con la reforma del derecho a la reducción de jornada por
guarda legal, se ha incluido el matiz “diaria”. La consecuencia directa de la
introducción de este matiz es la imposibilidad de acumular la reducción de
jornada por guarda de menores en jornadas completas.
Por otra parte se añade al requisito formal de preavisar con 15 días de
antelación la reincorporación a la jornada ordinaria, la obligación de preavisar
también con precisión la fecha de inicio del permiso de lactancia o la reducción
de jornada. Se recoge expresamente también que el plazo de los 15 días puede
modificarse por convenio colectivo, en cuyo caso el preaviso se ajustara a lo
establecido en el mismo.
Secretaría de Igualdad 8 de Marzo 2012
37
• INTERMEDIACIÓN LABORAL.
Las empresas de Trabajo Temporal cuentan tras la última reforma con un
sistema privilegiado en su papel de agencias de colocación, con insuficientes
controles y falto de garantías para los/as trabajadores y trabajadoras
desempleados, especialmente los que se encuentran en una situación de
especial desventaja como ocurre con las mujeres.
La reforma encomienda a estas entidades privadas la misión de elaborar
planes específicos para los colectivos de especiales dificultades, por lo que,
previsiblemente, las ofertas de empleo más precarias se dirigirán a dichos
colectivos entre los que se encuentran las mujeres, contribuyendo aún más a su
precarización en el mercado de trabajo y sin garantías ni controles para el
cumplimiento de la efectiva igualdad de oportunidades y no discriminación.