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7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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IVA N FR
NCO
CA CER
S
LA
INTENDENCIA
DE VA
LLADOLID
DE MICHOACÁN: 1786 1809
Refotma administrativa exacción fiscal
en
una región de
la
·ueva spaña
o
INSTITUTO
NIICHO C NO
DE CULTURA
FONDO DE CULTURA ECONÓ:NIICA
·
MÉXICO
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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36
1N1RODUCCIÓN
en Michoacán y en general en toda la Nueva Espaiia. Era obvio
que
la
confrontación de toda su información con las obras
publ
i
cadas (antes y ahora) sobre el periodo estudiado, es decir, algo así
como los años 1760-1810, serí a un paso obligado. Ese
paso
lo di,
creo firmemente,
con
éxito,
pues produjo
finalmente
un
tra
bajo
que explica
una
acción estatal
contraria
a la hegemonía
de
la Igle
sia y
ad
versa a los intereses tradicionales de habitantes identifica
dos
en
menor
o tnay
or grado con la propia Corona,
y donde,
pa
ralelamente, tal acción también se confrontó abiertamente con los
intereses .de las comunidades indí ;enas. ·
La mayor parte de la información de los ocho apartados de este
trabajo proviene, como señalé
anteriormente,
del Archivo
Gene
r
al de
la
Nación
(salas Secretaría
del
Virreinato y Real
Hacienda)
y
de l Archivo Histórico del Ayuntamiento de la ciudad de Morelia
AHAM). El cuerpo del trabajo aborda el marco histórico, ambiente
político
y
ámbito
geográfico
de
la
reforma
administrativa en
Valladolid
de
Michoacán
capítulo
1); el pensamiento político,
incidencia
y
actuación administrativa
de los
intendentes Riaño
y
Díaz
de Ortega
capítulo u ; también
la
organización de
la
inten
dencia
y el perfil
que
le iÍnprimió el primer
intendente
(capíhllo
m ,
así
como
el impacto
social
causado por
la presencia del
nuevo
flmcionario real
de
las subdelegaciones, y los principales grupos
que se
involucraron
en la constihtción
de la
estmctura
de gobierno
a
través
del afianzamiento de
esos
cargos públicos
capítulo
IV .
También
estudié en términos generales
los conflictos
de
los
•
cabildos españoles (civil y religioso), con el nuevo
representante
del
Estado reformista
(capítulos v y
VI
),
para,
finalmente,
analizar
el
matiz que tuvo
la
aplicación
de
la política de extracción indi
recta mediante donativos y préstamos patrióticos),
entre
1779 y
1810 (capítulo vn). A éstos los
coruna
la
conclusión
y un apéndice
documental.
l ·
t ·,
¡
1
I. EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA
DE
MICHOACÁN
.
L A MO DERNIDAD BORBÓNICA
El siglo xvm del
Imperio español
se inició con el ascenso
al
trono
de la
dinastía borbónica.
A los
gobernantes
barbones los caracte
rizó
su
espíritu modernizador, ilustrado
y reformista. El
Imperio,
decaído económ
icamente por las guerras de sucesión y las
pérdi
das de
sus dominios
en Flandes e Italia a fines
del
siglo xvu,
entró
en una larga etapa de crisis administrativa y fiscal que, para
superarla
,
requería
de una nu
ev
a filosofía para ser gobernado y
dirigido.
Urgían gobernantes
con v
isión
de
estadistas
, y
no
con
reminiscencias
de
rey
es feudales
atrapados por pactos
con
el
poder
de las corporaciones
. La
realidad histórica
demandaba,
pues ,
una
adecuación del Imperio al nuevo orden mundial
mediante la modernización de sus estmcturas de poder y mando.
Y fue precisamente
la
nueva dinastía borbónica la que impulsó,
decididamente tanto
en
España como
en las colonias,
el
cambio
del viejo Estado de dominio
Habsburgo
a un Estado de
policía
moderno
.
1
El
nu e
vo ideario se
encontró
en la
vertiente
francesa de la filo
sofía política
ilustrada,
así como
en
la c:orriente española
ilustra
-.
da
de
corte nacionalista.
En
Es
paña
,
una
y
otra
estaban sustenta
das por un grupo importante de pensadores y políticos españoles
educados en su mayoría en Francia:· Campillo, Aranda,
Florida
blanca y Jovellanos eran los más destacados. Todos ellos colabo
raron estrechamente con los nuevos gobernantes barbones. Bajo
estas ideas,
los reinados de Felipe V (1701-1746) y Fernando VI
(1746-175
9
promovieron constantes
reformas
en los ámbitos eco
nómico, político y administrativo de la península ibérica; en
con
traste, sólo lograron perfilar esbozos reformistas y modernizado-
' Omar Gue rrero. as raíces or ó i as dci st
ado
x i c a n o UNA:vl, :tvléxico, 1994,
cap
I
II.
37
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38
EL
PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE í C H O
res
en
el resto
de
los territorios imperiales,
como la
Nueva Esparta,
que sin
embargo
anunciaron lo qu e
ocurriría
décadas después ,
particularmente a partir
del
ascenso al trono
del
más
radical de
los reyes barbones:
Carlos
I I
El proyecto barbón contemplaba una transformación
radical
del imperio universal
y
la
formación
de
un
Estado moderno en
todos
los territorios
españoles.
Esto
demandaba superar
la Cons
titución antigua legada por la casa de los Austria, así como la crea
ción de
una
burocracia eficiente, directamente ligada a los intere
ses del Estado y no al antiguo régimen
de
privilegios aforados. La
dinastía de los Habsburgo había heredado a sus sucesores en el
trono
una
sociedad aforada. En este tipo
de
sociedad, corporacio
nes como la Iglesia y los consulados, así como los cabildos civiles,
gozaban de
todas las
prerrogativas
sociales y políticas,
mientras
una amplia
base
social
se
encontraba
depauperada y sumida
en
la ignorancia y el fanatismo. En los territorios de ultramar, la tras
cendencia de
las
corporaciones era
aún
más
funesta. Tanto que,
en un diagnóstico temprano sobre la Nueva España elaborado por
Ramón Seijas Lovera,
uno
de los primeros
reformistas del
siglo
xvm, se llegó a afirmar que el
peligro
de separación
en
las colo
nias
era
causado por las
deficiencias
gubernamentales, la corrup
ción
y
la
falta de
idoneidad
y
nacionalismo de
la oficialidad
ad
ministrativa.3
Seijas sugirió
tomar
medidas radicales fundadas
en
la
idea
de
preservación de los territorios dominados. Medidas reformado
ras como la creación
de
una superintendencia
de
la Real Hacien
da, la
supresión de
la organización
política y territorial
vigente
en
las
colonias gobernadores,
alcaldes
mayores
y
corregidores)
y la
transformación
-mediante la educación y la cultura- del modo
y costumbres de vida de
todos
los habitantes de esos dominios
las
expuso
mucho antes de
qüe
los
ministros ilustrados
lo hicie
ran dentro del
vasto
plan de reformas impulsado por
Carlos
III.
Esto último incluía,
por
supuesto, la idea de
incorporar
a los indí-
2
Ibid., cap. rv Sobre las
características de
la
temprana corriente ilustrada que se
desarrolló en España, véase
Horst
Pietschmann,
Las reformas borbónicas
y el
sistema
de
intendencias
en
Nueva España .
Tn
estudio político-administrativo, FCE, México,
1996, pp. 16-30,
y
sobre
el
desarrollo más
tardío
de
la
Ilustración en
la
península,
véase
Jean Sarrailh, La Espm1a ilus
trada en
la segunda mitad del siglo
:<VI/1 FCE,
Méxi
co,
1981.
3
Guerrero,
op.
cit. ,
cap .
1v
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE
MICHOAC
ÁN
39
crenas a la
vida
civilizada, ciudadana, suorimiendo de
paso
el
0
L · ·
abuso que sobre ellos ejercían los c:mtiguos
funcionarios
y corpo-
raciones poderosas como la Iglesia.
Gran
parte de
sus ideas
y
proyectos serían desarrollados y ampliados por los reformistas
ligados a los reyes Fernando VI y Carlos III. .
La
política
gubernativa de
los
Habsburgo
respecto a las
corpo
raciones había alcanzado, por tanto,
un
carácter de legitimidad
nada fácil de suprimir. La modernidad
borbónica
implicaba inci
dir frontalmente
contra
un régimen fundado en privilegios,
fue
ros
e· inmunidades legales de instituciones que, lógicamente,
resistirían
cualquier
embate
que
amenazara
su
statfts y
privilegios
seculares. Su resistencia al cambio propuesto por la reforma
fue
acompañada por
otra
inercia,
la
social, ya que los valores y
creen
cias que daban vida y
continuidad
al régimen
antiguo
tenían
su
contraparte
en la misma sociedad. Carlos III, el más
radical
de
los reyes de esa centuria, consciente de esta situación, fue
u_r;o
de
los
aobernantes borbónicos que
más impulsaron
la
educacwn
y la
cultura durante
su
reinado. Como quiera,
desde el arribo de
los
barbones
al trono español la idea del cambio en todo el Impe
rio estaba presente y
su
gestación se puso,
de
manera rápida, en
proceso. ·
Ciertamente, desde el principio del reinado
de
Fernando VI los
planes para reformar las
estructuras económicas y de
gobierno
americanas se pusieron a debate. El virrey de
la Nueva
España,
en aquel entonces el
conde
de
Revillagigedo, padre, opt?
por
oponerse
a las reformas. Las ideas plasmadas en Nuevo sistema
de.gobierno económico para Amér ica, de José
del
Campillo y
Cosía
1742),
demandaban
la
_transformación
urgente de
la
situación
económica y de
gobierno
de los virreinatos de la Nueva España y
Perú.
El Nuevo sistema visualizaba a las indias
como
centros de
expansión
del
consumo
mercantil.
Y según esta propuesta, que
fue
finalmente la que más influyó en el
rumbo
de la
reforma
de los
territorios
ultramarinos,
éstos
debían
realmente
concebirse
como
colonias v
no como
territorios sujetos a
usufructos
patrimoniales
de corte ~ n t i g u o es decir,
como
lugares en los
que
había que ex
plotar toda su riqueza natural y r;nineral en benef}cio del b i ~ n e s -
tar
común,
y no
como
tierras de posesión y
simple
¡intercambto de
.¡ bid
.
pp
11
8-119.
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40
EL PROYEC
TO
BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACAN
rec ursos . En sí, la noción de gobie
rno
econ ómic
o"
d e Camp illo y
Cosío abarcaba el fome n to económico, el arreglo del comercio y el
empleo civilizado de los hombres con el fin de
me
jorar el cu ltivo
de las tierras y
sus
frutos, así como obtener
de todo
ello el mej or
beneficio y utilidad
para
el Estado y la sociedad.s
La
situación patrimonial
y
corporativa
dominante
en
la Nueva
Espaf,a y
la consecuente oposición
virreina que
defendió este
orden
dejaron la aplicación del programa de Campillo y Cos ío
para otro momento. AqJ.tél se presentó a mediados de la década
de 1760 bajo el reinado de Carlos III, quien, después de haber e l e ~
gado toda
su
autorización a un poderoso grupo de políticos de
avanzada
(mejor conocido como visitadores), dio vía
libre
a la
ejecución de
un
amplio plan de reformas en las colonias. Dichas
reformas
contemplaban la instalación
de intendencias
.
Mediante
este régimen administrativo
se pensaba
concretar
la
idea
del "go
bierno económico
defendida por Campillo
y Cosío y otros refor
mistas, además
de suprimir
la
antigua,
corrupta
y anquilosa<;la
estructura de gobierno colonial representada
por
el virr.ey, la
audiencia y los alcaldes mayores.
La visita de José de Gálvez (1765-1769) determinó un profundo
cambio del rumbo económico y administrativo novohispano. Las
reformas
imp
ulsadas en
su
calidad de visitador p l e n i p o t e n ~ i a r i o
implicaron la reorganización de la producción minera, el inicio de
la
apertura com
ercial, el principio
del
fin del
sistema
de alcaldías
mayores,
la
t
ransformación
de los
cabildos
españoles
existentes
en 1as ciudades coloniales, la reorganización de los sistemas de •
recaudación fiscal y la Real Hacienda,
y
el establecimiento de los
monopolios
es tatales
del
tabaco y la
pólvora. También
se
autorizó
la
operación
de un
contador
real
de diezmos con
el
que
se afectó la
sempiterna
y
autónoma
jurisdicción y fuero
administrati
vo ecle
siástico. En pocas palabras, la visita fue concebida como un
medio
de transformación de
lo
s poderes
establecidos,
para dar lugar a
un moderno y radical proyecto de
transformación
estatal conce
bido por
Carlos III y
sus
ministros.
La apertura comercial decretada
para todo
el Imperio, la rees
tructuración del circuito comercial controlado por e Consulado
de
Co
mer
cian tes de la
ciudad
de México y la mis ma supr es
ión
de
5
Ibid.
pp.
125-135.
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVíNC1A E
MICHOACÁN
41
c
ontra
tos ven tajosos p ara las corp oraciones y particú lares (entre
otras acciones est ratégicas, como la form ación del
ej
ército regular
d e milicias) an un cia ron que el nuevo o rden p olítico ganaba pre:
senci
a en toda la colonia.6El
impacto
de es tas medidas se
empez
o
a sentir contundentemente en la
Nueva
España antes de qu e ter
minar
a la visita
de Gálvez
a fines
de
la
década
de
1760.
Poco des
pués se to
mó
una serie de medidas económicas y p o l í t i c ~ m i l i t a -
res que afectaron toda la estructura de
poder
de la Coloma y, por
consio-lüente, a todos los sectores socia les que la conformaban:
dos ellas
fueron la expulsión
de la comunidad
de religios?s
je
suitas .(que de tajo
cambió
la relación
del Estado con
Igles1a),
Y
la represión de los movimientos populares de las regwnes centro
y occidente de la Nueva Espai'la. Este hecho dio vía libre a la orga
nizaci
ón de uno
de
los brazos de gobierno más poderosos de la
dinastía borbónica: el ejército y las milicias .
Una de las primeras acciones reformistas
efectuadas por
el
poderoso
visitador
José
de
Gál
vez,
que
afectó los
intereses
de ~ m a
de las corporaciones más poderosas (el Consulado de Comeroan
tes), fue la aprobación y aplicación de un
nuevo
régimen
para
el
cobro
de alcabalas . Esto
representó
que comerciantes
ligados
al
Consulado de
la
ciudad
de México perdieran el control ad m i
nistra
tivo de un priv ilegio que detentaban desde 1747. P a r ~ _arrendar
las,
muchos miembros de esta diputación
o corporaoon comer
cial
recurrían frecuen temente al
apo
yo
de capitales
diferidos o
facilitados
en
préstamo
por
esferas crediticias ligadas a la
pode
rosa corporación eclesiástica. Sólo así podían mantener el
pago
de las tasas alcabalatorias dispuestas
por
la Real
Hacienda
, pero
los
beneficios
que ambos grupos obtenían de
estas
transacciones
eran muy ventajosos. No
hay
que olv
idar que la
Iglesia y los co
merciantes de la
Nueva España
influían poderosamente en
la
conducta de los virreyes, y
que si éstos
se opo'nían a las r e f o r ~ a s
era
porque
expresaban básicamente su malestar contra n ~ a l q u ~ e r
cambi
o
que
implicara
reducir sus redes de
intereses patnmoma-
les en la colonia.
Con las nu
ev
as disposiciones,
un
grupo de encargado s reales o
factores
ad m
inis tradores serían los responsables de la recauda
ción alcaba1ator ia . Por ejem plo, el nombramient o de Roque Yá ñez
; l .lld.
cap . \•n. T C ~ m b i . 2 Da v id < ~ d i n g
e r o s y
c·omercicmtes en el
México
borbó
-
nico.
76
- i:3W
r-cE
.\
léxico,
pp
55-
i.32.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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42
EL
PROYECTO
BORBÓN Y
LA PROVINCIA DE M CHOACÁ.N
com o factor en la provincia
de
Michoacán
no
dejó
satisfecho
al
viejo grupo
de comerciantes
vallisoletanos
que
arrendaban
este
ra m
o; esto
se debió
a
que
Yáñez fue respaldado
por otro grupo de
comerciantes
de la
ciudad
, lo que o-eneró
desconfianza sobre
el
b
.carácter del cambio administrativo_7 Pero como el
contr
ol
de
estos
r a m ~ s es:aba
,Ya
en
m a n o ~ de
funcionarios_ reales
y no de
perso
nas
ligadas a tas
corporaoones
locales, los
mgresos
de
la
Corona
experimentaron
a
partir
de entonces incrementos innegables.s
MICHOACÁN
ANTES DE 1787
En la región
del obispado
y provi..-·1cia
de
Michoacán, la Iglesia fue
uno de
los
sectores que
mejor
sirvió
a la causa
transformadora
del
proyecto
reformista de Carlos
III; lo hizo
principalmente
mediante la elaboración y actualización de censos e
informes
eco
nómicos.
Pero, como paradoja,
fue
también el sector
que
más
resintió y se
inconformó
contra la
modernización borbónica
. No
sólo por la agresividad fiscal con que la asedió el
poder
real, sino
porque fue perdiendo el
papel
protagónico
que jtwaba
.frente a la
sociedad en
la
zona.
De
aquí
que, conforme avanzÓ
la
revolución
del gobierno y el
nuevo grupo de
jefaturas
políticas
estatales se
fue consolidando,
la Iglesia
michoacana
entró
en sucesivas p t i g ~
nas y tensiones políticas con: la autoridad real y sus representan-
tes inmediatos .
De
hecho, a partir de
que Gálvez terminó sus recorridos por
~ s t a provincia, el número
de autoridades
civiles
constituidas
(tanto fiscales como gubernativas
y
militares) se había
multipli-
cado
por
varias decenas. Hacia
1792,
por
ejemplo,
operaban
sólo
en la
estructura
de
la intendencia
de
Valladolld un total de 52
.
7
Carlos
J
uárez, La oligarquía y el poder político en Valladolid de lvfichoacán, 1785-
1810 H.
Congreso
del Estado
de
Michoacán-CNCA-INAH-IMC,
Morelia,
México,
1994, p. 51.
,
8
Un
reciente e U:teresante e s t u d ~ o sobre los beneficiarios de los ingresos es tata
tes durante el penodo
del
retormrsmo borbónico es el de Pedro Pérez Herrero
beneficiarios del reformismo borbónico: metrópoli versus élites novo i s p a ~
n ~ s . , Hzstorza Mexzcana, El Colegio de
México
vol. xu, núm. 2, I viéxico, octubre-
d l C l e ~ b r e de 1991, pp. 207-264. Ypara m acercamiento a la política administrativa
borb_?mca s o ~ r e
a l c a b a ~ a s
en Michoacán, véase Jorge Silva Riquer, La adminis-
traczon de alcaoalas y pulqttes de lv ichoacán, 1776-1821, Instituto Jos é Mtiría Luis
Mora, México, 1993, pp. 11-61.
i
I
l
¡
j
1
l t
l
¡
1 .
EL PROYE
CTO
BORBÓN Y LA
PROVINCIA DE
MICHOAC.Á.N
43
funcionarios ligados a la nueva administración;
cuando
se inició
ésta
el
número
de funcionarios
apenas
alcanzaba
las
dos
dece
nas.' Esto, sin contar al grueso
de militares ligados
a la política
modernizadora del eiército colonial del momento. Ante esa pre
sencia
creciente
de a ~ l t o r i d a d e s creadas
bajo
paternidad estatal,
las reacciones de malestar y rechazo de los obispos de la diócesis
se expresaron
año
con
año
desde
1772
h
<).sta
1804.
Incluso,
frent_e
a la amenaza de tm regalismo despótico desbordado por
sus cn -
sis financieras y por los ingresos y
"triquiñuelas"
de los
operado-
res fiscales, las
jerarquías
religiosas michoacanas
desplegara:'
pr.oyectos propios para que sus recursos se invirtieran en benefi
cio
de la comunidad
católica local y no pasaran al control de
las
arcas reales.9
Los
esfuerzos
de los
dirigentes
religiosos .fueron inútiles. Las
vacilantes
y contradictorias posturas diocesanas (qt:e fueron ? ~ s -
de
desdeñosas
posturas localistas hasta contemporaneas
o s ~ c : o -
nes regalistas y nacionalistas) que c a r a c t e r i z a r a ~ al g r u p ~ rehg10-
so
gobernante
de
Michoacán de la
segunda
mltad
del
stglo
xv:m
no evitaron que las arcas de la catedral vallisoletana fueran dis-
minuidas una y otra vez entre 1779 y 1812 por parte
de
la Corona,
tanto a través de
la
política
de
gravámenes directos como
por la
de gravámenes indirectos (donativos y p r é s t a ~ o s ) : P ~ r t i _ c u ~ ~ r -
mente opuestas a la legislación real
que
supnm1a la u n ~ ~ 1 c o o n
inmunidad y fuero religiosos
(1799),
así
como
a
la
aphcacwn
de la
Consolidación
de Vales Reales
(1804),
entre
otras
acciones reales
dirigidas
a
sus ba
ses
de
poder, fueron las
respuestas de un ~ c t ~ r
influyente de
la diócesis
michoacana en
la
etapa de mayor
mo-
dencia fiscal: 1784-1809.
La misma
ciudad de
Valladolid,
cuya
poblaCión
era cercana
a
los
20 000 habitantes una
década
antes
de
1787,
se
convirtió en
terreno de
disputa
entre
estos dos
poderes
establecidos.
La
causa:
9
áscar Mazín, En tre dos majestades. l obispo y
la
Iglesia del gran M i c ~ o ~ c á n an.te
las reformas borbónicas, 1758-1772, El Colegio de i c h ~ a c á n , Z a m ~ r a , Mex1co, 1987,
pp. 173-206. Más recientemente, véase Juvenal Jaramillo, La gestzon epzscopal de fray
Antonio
de San Miguel en Michoacán (1784-1804). Los proyectos l u s t r a d ~ s
Y las
defen
sas wnónicas El Colegio
de
Nlichoacán,
Zamora
, Mé_xico,_1996; Jar anu llo se
centra
en
la estrateaia administrativa y de crobierno
del
ob1spo ilustrado Antomo de San
I vli<>u
el,
de 1 784
a 1804, en la
d i ó c e s i ~ val
lisoletana . Ambos trabajos, los
de
Mazín Y
J a r ~ r n i l l o , analizan de hecho los gobiernos eclesiásticos michoacanos desde 1772
hasta 1804 (más
de
tres déGJ.cias).
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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44
EL PROYECTO BORBÓN Y
LA
PROV1NCIA DE
MICHOACAN
la
enorme
masa poblacional tributaria, diezmatoria y laboral que
represer¡taba
t
an "crecido ve cindari
o
1
; esto
obligó incluso a las
autoridades rea
les durante la
década
de
1770
a
otorgar
nu evos
títulos
de
regidores para
la
ciudad
. Co
mo
quiera, el impacto
negativo
sobre la
población
indígena
causado
po
r
la crisis agrícola
de 1785-1786
(que
más
ad elan te a
na
lizaremos)
hizo más
difíciles
y te
ns
as las relaciones
entre
ambos
poderes
.
Las autoridades reformi
stas
entendían
mu
y
bien
la in
íluen
cia
del poder dioce
sano,
por eso se preocuparon por fortalecer a la
autoridad civil de la zona , a
partir
de los años
de
la visi
ta;
es to es
muy v i d e n t ~ c
on
el .
cambio de denomin
ación
de
alcaldía
mayor
de
Pátzcuaro y Valladolid/ a corregimiento, en 1776. Además, como
la exp losividad de la situación social de Pá tzcuaro contrastaba
con el potencial económico de
la
población pudiente concentrada
en Valladolid, sede a
su
vez de la influyente mitra/ parecía necesa
rio poner las bases
del
nuevo poder civil en la m
isma ciudad
rival
de
Pá t
zcuaro
: Valladolid.
Por
lo tanto, la elev
ación de
la alc
aldía
m a y o r ~
corregimiento
en
1776
(medida
que permitió
al
rey incidir
de
manera más
directa en
el
gobierno y
administración
del asiento
urbano), y luego el otorgamiento
de
la sede
capital de
la
inten
dencia
a la
misma
Valladolid/ dieron forma a la estructura centra
lizada con
la
que
gobernarían
desde entonces
las nuevas
autori
dades borbónicas la provincia.
O
La disputa
secular
exis
ten
te e
ntre
los
ayuntamientos de Pátz-
1
° on el
apoyo
d e
tm secto
r
de peninsular
es
del
ay tm
tam
lento de Valladolid , se
nombró primer
corr
egidor al ab og ado
de
los
real
es
Co
nse j
os
y
Cancillería
y
miembro de la tudiencia d e México, Juan Sevillano.
Este
español ya había fun gi
do como alcald e m
ayor de
Ia
zona,
y
des
d e
entonces
mo
stró inclinación por
la
ca u
sa
r
ea
l
al
ll
eva
r con
rectihtd
Ia
administración de
las cajas reales y
mmca
h aber
fallado a las sesion es
de
la
Jurlta
Subalterna de
Te
mporalidades.
Pero las cos
tt
m1
-
bres e
inclinaci
ones ilustradas de Sevillano tenían impresionados a l
os
capitulares
allisoletanos. Y es que
este abogado,
ad e
más
de impartir la
cátedra
de filosofía en
ino d e
los
colegios de la ciudad (que
debi
ó abandonar al astUnlr el cargo de corre
idor), ap ortó con regularidad. d inero
propio
para la cons trucción de la all1óndiga,
asas
consistoriales
y cá rceles de
la ciudad
.
En
lo l mico que
diferían
de su
actua
ión como gobernante los cap i tulares de la ciudad, era en el hecho de
que
otorga
a
demas
iadas
prór
rogas
a
indígenas
d e
di
ve rs
os
rumbos
de
la alcaldía
mayor
en
l pago de s
us
tribu tos; y si b ien l
os cap
itulares de la ciudad toma ban en cuen ta e l
espíri
tu
.ilustradp"
de
es te
corregidor,
qu e le profería elementos para en ten
de
r
e
l
es
tado
de
mlseria
de
los indíge
nas"
, pens
aban,
no
obs
tante, que
dic
h as dilacio
es
l
es ionaban el
t
'c
orrecto ejercicio
de
las tareas fiscal
es"
en
ln zona.
Véase
AHAM,
arta del Cabildo, ]ll sticia y Regimiento al v irrey Fr. Antoiúo
¡\lana
de Bucnreli, 1
1 de
ayo de 1776 ·
1
¡
1
EL
PROYECTO EORBÓN
y
LA PROVINCIA DE
MIC
I-IOAC.Á.N .
45
., l l ~ d o l i d se remon taba
hasta lo
s años
i n i c i
a l e ~ de la
cuaro
v
1
< · a.
1
· ¡· ·
r o-ahsta
de
1
<
·o h a b [ ~
sido
.
rnarcado por
a
me lnacwn
eo.
.
CO OTila,
pe1
a - C l - h ·biese favoreCI-
los aru os vallisoletanos sin que la orona
os t,
. .
p . ·
t .
·d d Tncluso C tando Valladohd
fue
sede
con la mtsma m ensl a .
u .
l
; ~ e m a t u r a
de
la
po
t
estad
religiosa, el
u n t a ~ i e ~ t ~ a
~ a ¿ ~ ~ ~ = : ; a ~
empezó
a ser
reconocido como
un
orga
no a
l·
or ello cuan-
hasta
qu
e los
barbones asumieron
el
t ~ o n
espanol , p .
d
Pá z- .
do
sucedieron
los n t e c í ~ i e n ~ w l ~ ~ t l o ~ a ~ ~ l d a o z ~ ~ ~ i s o ~ e t a n o
cu
aro
(1766), va r
ios
de
los m t e g r a ~ es a
l'a población indígena
sirvieron a la
causa
real para
apaciguar
rebe lada en la zona lacustre. . · · ·
ron
estricta-
Ahora
bien las
acciones reformistas
no se
mioa
, .
. . del m· tendente Tampoco afectaron umca y
nt
e con la presenCia • · · t
m · ·
Desde
div
ersas
oficw.as
cen
ra-
e
xclusivamente
al sector rehglOso. d
1
d .
tado
de la
les del virreinato fueron i m p u l ~ ~ d o s , desld e a n t t e s d ~ a
reforma
tos
que
antiCipaban e con em
Ordenanza
,
proyec
. .
dad
es indígenas
fueron
administra tiva.
Por
eJemlplo,_ las_
omdunlals
intendencias a consul-
t
.ct. -os antes
de
a creac10n e
s o m ~ 1 as/ an . 1 dacción
del
Reglamento real para
tas n gurosas que
c o ~ d u J e r o n adreSu
elaboración
fue
auspiciada
~ ; ~ : :
; : ~ : s ~ : ~ ; : o ; i : ~ ~ ~ ; b ~ t ; i o s
de la
ciudad
de
é x ~ c o d
Ylo
fntegr
aron 13
artículos
que
debían
c u m p l ~ r las comum a es y
g o ~ : ~ ; : ~ ~ : % : ~ g f ~ : a ~ ~ ~ ~ ~ ~ ~ i d o r ~ ~ a ~ ~ h o a c á n por
disposición
. . . ? f 311 -312v 341. Los 13 puntos o
capítulos
n AGN Pro
ptos
y Arbttnqs, exp.
_,
s_ Y d des
in d
ígenas seo-un
es
te
, t se a cu mplir las
co
mum a ? d 2
qu e deb tan comprom e er b el
adrón
de tributa rio s actualiza O¡
reo-lamento eran:
1
pr
ese
ntar
o ela
_
o
rar
d P
ma
en t
re l
os miembros
de
la
co mu-
evi tar en lo
posible
cualqtúer
e x a c ~ ~ 0 ~
y
~ ~ n i f
t a r las
tierras
de arriendo ·qu
_e
nldad ,
3 manif
es
tar
l
as
tterras de a de
bienes
propios d e
la
com
wu
estu
viese
n laborando, 5
maruf
_es
tar
I lesla mu ebles, e tc.), 6 manifes
tar
el e
sta
dad
(gan
ad o, tierr
as
en donaclOn a ~ a i 7 m anifestar
la
in tro
ducci
ón d e recur
sos
d o o
balance
d el arca de la
comuru
a t
se
a no d
esfa
lcar
el
p
ósi
to d el
pu
eb
lo
a1
arca
en
p
esos
,
8
protes;ardo
c o ~ p r t ~ r ; e t ~ ~ s se
hacían
acreedores
a
sanciones
y
para
gas
tos de recaud aclOn e tn ud p d r tras
pa sa
r d o
nar
etc., tierras
de
1
·
9 rotestar
no ven
er arren
a , te
pe n
as
caree a n as,
P .
t .b t
os
y
sólo
ocurrir al vi
rr ey
en es
comtuúdad para remplazo de pagos ae n u gún individu o d e su
república
caso
para proceder a
arreglos, 10 no
despo¡ar a run do a] o tma de
ellas por mu
e
r-
, . d partimien to y que vacan o .
de
p oses io n
de
t1erras e re . . . l1
no
de
stina
r
es
tas tte
rras
d
tirí
a a qLUenes no tu
vtese
n,
1
e
de su posee
or
se
r
er .ar
. . b ías 17 no
pasar va
ras de sus emp eos a
pa r
a
fo ndos de cape
llamas m otrat o
~ ~ s p: e
Ía
e o - a y finalm
en te, 13 form
ar
los
recién electos
hasta la forma tzacwn _ d f: de,que éste la r
err
üta al Tri
cu
enta
en fu tttros aü
os para
el
;uez
corrusiOna .o, a
btmai de P
ropios
y Arbitrios .
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 7/47
4ó
EL
PROYECTO
BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICT-IO AC ÁN
de1 titular de d icha oficina, Antonio Pit1eyro, a Jos alcaldes mayo
res.
Cuando
menos en 20 comunida<;ies indígenas de las alcaldías
mayores de Tlalpu
jahua y Tandtaro lo aprobaron,
con tod
o y
que
pueblos con:o Q t ~ ~ r
é n d a r o
Zinapécu aro Yurécuaro
y
otros pasa
Dan
por senas d1t
1cultades por carecer de tierras,
desempleo
y
recursos
comunales.
Iv1uchos
de
los
dirigente
s
ind
ío-e
nas
vieron
en
. o
ese reglamento un a válvula de oxígeno para mejorar sus condicio-
ne_ de i ~ a . P ~ r o la realidad fue mu y distinta porque, apegá ndose
a el, funcwnanos
como
el alcalde
mayor
Domingo Vélez
de
Esca
lar;te encarcelaron a varias
autoridades indígenas.
Vélez
procedi
ó
as1
contra el gobernador indígena
de
la comunidad de Pío, por
no
pagar 22
pesos
d e ~ ramo de
tributos
,
monto
que el
gobernador
y
gente de
la
comumdad
usaron
para
beneficio
comím del pueblo.I
2
No
sabemos si
en
todas
las
corntmidades
de las alcaldías mayo
res de
Michoacán se intentó aplicar
puntualmente
este reglamento.
Pero_
es i l u s ~ r a t i v o que el22 de mayo de 1787, la real
audiencia
y
l
m_1smo
P1ñeyro
estuviesen
pidiendo
al
ya intendente
corregi
or
~ t e r m o , Juan Antonio Riaño, ponerlo en práctica. Incluso le
e n : r t i e : r ~ n 11 copias del texto
para
que las distribuyera a todos
os JUStiCias mayores
de
su jürisdicción.
Pero
Riaño no hizo mu
:ho caso; en primer u g a 1 ~ porque,
como
él mismo
informó meses
iespués, la crisis agrícola de 1785-1786 afectó mucho al sector tri
utario,
y
en
segundo, porque
ya estaba vigente
la
Ordenanza de
786.
13
De
cualquier
manera, la diferencia entre uno y otro dicta
~ s , _
al m:rgen
de
la intromisión de
la audiencia
del primero
,
era
mlffia .t.n ambas
estaba
presente la fuerte mano despótica y fis
al
de la
Corona
borbónica.
En
realidad,
o
que
la Corona
estaba
ir1augurando
con
la
serie
12
Tbid
. y exp. 21 , fs. 123-172. El r
eg
lam ento en cues tión tenia tod
as
la s c u
alida
d el
reformismo
ad_ministrativo
borb
ón
ico; goberna.ba la Nu
eva
España por
el ":trrey
M ~ t J a s
de
Galvez, estrechamente
v
inculad
o al ideario_ político
de Galvez, qmen er
a
su pnmo
.
Buena
pa r te
de
sus
ptmtos
hacía
referencia
ctudado con que
se
d ebían
mane
j
ar
los
recursos económicos
d e las comunida
s.
h . i ? _ í a cualqu
ier d on
ación
directa e
indirecta
d e és tas a la Igle
sia
, ur gía a la
tuahz_acw
n de los padrones de tnbutanos, y práctica me
nte
dejaba en ma n
os
de
alcaldes ma yores
la vig ilancia de los
bienes
y caj
as
de comunidad indígenas.
e g ~ b a r . m d u s o al punto
de
pena carcelaria - y
ya
v
imos
q
ue
así
tuo u"
representante
de
la ¡usttcta c¡v
l -
a las co munidad es
v
<>o bernado r
es
e recurne
ran
al pósito de s u
ju
risd ic
ción para
saldar pagos cÍe
tributos,
aun
and o co
nl
tm td ades y sus dirigentes hicieran u
so
d e su
autonomía
admin.is
13
/b
id
.
fs. 149-1
.50
.
l
i
EL PROYECTO
BORBÓN
Y LA PROVJNC A DE 1-vf CHOAC.Á.N
47
de cambios irnpulsados po r las refo rm as era una
nu
eva r e ~ a c i o n
con los grupos sociales;
en
este caso, con los sectores de tvftchoa
cán. Si en ello colaborab
an
o no los núcleos más poderosos, poco
importaba. El reformismo respondía a
un
plan que, de una u
otra
manera, iba a ser aplicado en la provinc ia. D esde los a ñ ~ s 1748_y
17ó9, la
zona
de
la diócesis y la
provincia
mayor de
i
\'llchoacan
(comprendida ésta dentro del obispado) estuvieron sometidas a
continuos
censos y reconocimientos estadísticos. Dictados_ F:or las
autoridades
reales
ilustradas,
ese
conjunt
o
de censos sohcitados
por todo el virreina.to
no
tenían otro objetivo que el de conocer é}
fondo la realidad local novohispana a fin de establecer, en todo
casd, una
nu e
va relación
con
el
gobierno colonial
y
con
los gru-
pos locales de poder. . .
Ahora bien, ante la ineficacia administrativa de las mstanoas
de gobierno civil que existían
en
la zona de la provincia mayor de
Michoacán (las
alcaldías
mayores),
el conjunto
global de
esos
informes de
mediados del
siglo
xvm
fueron
realizados
_
por
el
aparato institucional eclesiástico y los curas adscrit?s a éste;
en
la
práctica,
y
con
cierto
aire de paradoja,
puede deCirse ~ u e
_hast_a
cierto momento la corporación religiosa fue en la
provmoa
ml
choacana la que mejor sirvió a la Corona en sus p l a n e ~ d_e_actua
lización
de
la administración colonial.
14
La modern:izaoon
pro
piamente
dicha estaría reserva da
a los futuros
g o b e r n a n t e ~
o
intendentes. No era
para
menos. La
importancia
de
la
corporacwn
religiosa en esta provincia era tal que elyroceso la re_forma bor
bónica,
de
por
sí agresivo hacia
la Iglesia,
no
pod1a ser
m p ~ ~ m e ~ -
tad
o por
esta
misma
institución
clerical.
Por
eso, la f o r m a o ~ n
del
nu evo
aparato
de gobierno
tomó
un
m-atiz
particularmente mten-
so y de confrontación entre ambas autoridades. .
En
el grupo ·de órdenes reales ejecutadas en gene.ral el clero
no
vohispano
durante estos años destacan
dos:
una ennt1da
antes
de
haberse iniciado
la visita de
Gálvez,
cuyo contenido
tuvo
tma
orientación
puntualmente fiscal;
1
5
y otra similar
de
17ó9
(apenas
1 1 Óscar Mazín, El gran ¡\tfichoacán,
El
Co
legio d e
M ~ c h o a c ~ n ,
Z a m o r ~ ,
M ~ x i c o
1986; e I
sabel Gonzá ez
Sánch
ez,
El obispado de f
ichoacan
en .1 65,
Co
ml te
E d l t o n ~ l
del Estado de Niichoacán, Morelia, México, 1986. ' . ,
t5 Ibid. En esta
real cédula
se
o r
de
nó qu e en
cada pueblo
q ue
es
t
uvtese
a mas qe
cuatro
leguns
de su
cabece
ra se r
,c
mbrase
u
sacerd
o te
secu
la r o _
egular,
la inasis t
enc
ia
de
la
po
bla ción (
indígen
a
y
castas) a
nusa,
no
l?enruha
que ;os
sacerd o tes " u o tras ,;utoridades" ttlliieran
una idea
más exacta de la poblac10n d e
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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48 EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE lvfiCHOACAN
termi.'lada la labor plenipotenciar
ia
de Gálvez), que dio
cu
enta de
los
pueblos que
d
ebían ser considerados
cabeceras
para l
a mejor
y más pronta administración de las almas .l
6
De estos censos se
tomaron básicamente algunos de los criterios divisionales y de
mográficos
que
a
ños
después
dieron
o
rigen
a la
intendencia
de
Valladolid de
Michoacán,
punto
f
inal
del
cambio
admin
ist rativo
dentro del grueso de las reformas.
La visi
ta
general de José
de Gálve
z fue concebida como un
medio
para trastocar todos los
poderes
establecidos o considera
dos
inútiles al
proyectó
estatal de Carlos III, fueran
éstos
de cor
poraciones
. Los alcaldes
mayores
eran uno de éstos.
Por
ejemplo,
durante
su
recorrido
en
el virreinato
novohispano, Gálvez
llevó a
cabo
una
revisión de las listas
de
tributarios. Su rigurosidad
y
sed
implacable por someter a
una
fiscalía estri cta a los alcaldes mayo
res,
debido
a la corrupta práctica en que incurrían de
ocultar
tri
butarios, propició
que
en menos de cinco años la captación tribu
taria estatal
se duplicase
y
hasta
triplicase
en
algunas regiones de
la colonia. Michoacán no fue la excepción: a
partir
de
1766
y hasta
1788,
el volumen de esa captación tributaria fue ascendente en la
provincia.
17
Un crecimiento similar se registró en rubros
como
el
de
las alcabalas y otros ingresos directos impuestos por las me
didas de Gálvez,
ramos
fiscales que
ya
eran administrados por la
jurisdicciones. Esto,
defirútiv
ame
nt
e,
impactaba
en l
os montos
de -tribut
os
y diez
mos
cobrados
tanto por las autoridades reales como por las religiosas ,
En
el obis
pado de Michoacán, dicha orden fue ejecutada mediante la división del te
rr i
torio
diocesano
en
cinco derroteroi'L La irúormación contenida en los d erroteros segundo,
tercero y cuarto (referida a pueblos, estancias, haciendas y otras poblaciones) la
tomamos
como
base para aproximarnos
a
un
conocirrllento
de sus
r í s t i c a s
y proporci
ón
étnica,
El
resultado, segim la suma de los irúormes eclesiásticos,fue
de 82.9% de indígena s, 11.68% de españoles y 5.4% de castas. El porcentaje tan ele
vado
de
indígenas en relación con los o tros sectores se debió , quizá, a que tales
censos estuvieron precisamente dirigidos a d etectar con minuciosidad a la pobla
ción potencialme
nte
sujeta (o ya sujeta) al impuesto tributario.
16
Mazín, El
gran Michoacán
op cit., pp- 205-449, Entre los pueblos cabecera
considerados dentro de l obispado para la mejor
administración
de las almas que
daron varios
qu
e lueg?
se
convertirían en sedes
de subd
el
eg
aciones de la inten
dencia de Valladolid. Estos fueron Ctútzeo, Maravatío, Puruándiro,
Urua
pan, Pa
racho, Pátzcuaro, Ur echo,
Apatzingán
y Zirándaro, Tod
os
con
taban
con altos
índices de po blación indígena, lo que co nfirma el pa
pel
dete rminante q ue esta
población de
sempeñó
en
la
redefinición de los
nuevos
territorios fiscales
y
admi- _
nistrativos del periodo reformis ta .
17
Cla ude 'Morín, ivlichoacán en la
Nuem
España
del siglo Vil/ Crecimiento y des-
igual
dad
en una
econom[a
colonial FCE, Mé
xico, 1979, pp -
135
-13
6.
1
l
¡
1
.
¡
i
t
t
l
j
l
¡
l
¡
l
{
EL
PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICI-lOACÁN ' 9
nueva burocT3cia real. Pero a tendencia al alza de los ingresos tri
- butarios se re a
firmó en
las dos décadas
siguientes
, ya
bajo
la
intendenci
a, con
un breve
freno
previ
o
al
nu evo régimen propi
ciado
por
las secuelas de la crisis agrícola
de
1785:1786.
18
·
Ahora bien como han señalado Claude
Mo
nn y d e m anera
precisa e ~ t Klein, el nuevo programa de c o ~ r o fiscal.
d i r e ~ t o
del re
y Car1osU1
no
se limitó a
recuperar
gananoas retemdas
ile
galmente
por
recaudadores particulares c a s ~
l a ~ ~ l ~ a b a l a s ,
o
públicos
(caso
de
los trib
utos),
sino
que
tamb1en modiO en
un au
mento general
sobre la carga
de
los
contribuyentes
. Esto
redun
dó,
'para
el ·
ca
so de los tributarios, en un aumento
de
sus cuotas
tradicionales
de pago,
bien
por la ampliación
de la e ~ a d o
por la
di
ve
rsificación de los sectores tributarios introduCida con las
refonnas .I9 Y en el caso de los particulares, en ma serie de contro
les de sus lib ros administrativos, así como del manejo de sus
volúmenes mercantiles (internos y e
xt
ernos), que desembocó
operativamente en la mejoría de la captación estatal de aquellos
JS [bid. y Süva Riquer, op cit 19-26. Como pa rte del proceso o d e r n ~ a d o r
cuando en
1776
se creó la Dir
ecc10
n Genera l de Alcabalas
y Pulques
en la
~ - ~ ~ d a d
de México y tm año después se canceló a todos los
grupos
l o c ~ l la e s 1 0 n
de
arrendar
la ad m inistración
de
este ramo en sus distritos, en Michoacan se cre
aron
cinco rece pt or ías alcab ala torias , Sus sedes se ubicaron en los c
mc
o
puntos que
presentaban ma yor dinamismo P o ~ ; n c i a l
e c o ~ ó n t r ~
un cada
vez
mejor p erfilado " nue vo territono ttscal . VaUadoltd,
Züac
uaro, P a t ~ c u a r o Z a m o r a
y
Tlalpujahua estaban enclav
ad
os en zonas q
ue dominaban
y ferhles tierras de
cultivos comerciales y com unales, así como el último d e estos alb ergab a al real
de minas más importante de la jurisdicción. Un es tudw general so bre las alcaba
las illlla Nueva Esp aña es el de Juan
Carlos
G a r a v ~ g l i a _ Y _ J u a n Carlos
Grosso,
Las
alcabalas novohíspanas
1776-
1821
,
AG N-Banca Crenu, Mex1co, 1987. •
19 Morú
1
, op c
it-
p.
137.
La ap licación de algun?s .reglament?s
apropados
por
Gálve
z tuvo,
in
evitable
m e
nt
e,
consecuenc1as conflictlVaS.
Por
¡ e m p ~
1774 el
encargado del Fiel Contraste en el ay tmtamiento de Pá tz
ct1a
ro, Joaqmn n a r t
suspendido
temporalmente de s u P.or el alc.alde
ma
yo
r,
F e : ~ ~ ~
Ordonez,
qu ie l. a su vez respondió a tma orden v
uremal
deb1do a que u.dl
0
enas. de la
jmisdicción lo ac
usa
ron de cobrar de
sd
e
1768
tm gr?vamen
d 1 c 1 0 n a ~
so b:
l
de Pesas
y
Medidas. Sin embargo, al comprobar
Inart
e
que
sus c w n e fiscales
estaban ap eo-
adas
al Reglamento para el cobro del F1el Contraste d 1 s p t ~ p a r ~ la
zona
por
José de Gálvez a su paso por Pátzcuaro, las u t o r
se
vteron
ob
liga
das a reinstalarlo an te la presión ejercida en su favor por la oflona centr.al de.Pr?
pios yArb itrios , Lo que evidenció la suspensión de Iriarte L ~ e po ca d 1 s p o s l ~ 1 0 n
qu e '1enían
las
au t
oridades
c ~ o n a l e s
para_¡:JOner en p r a ~ t t c a los
administrativos y
fiscales i
nt
rod ucKios
por
el vtsttador
en
la cd om
.a, atmq
_ue,
oer
tamdnte el
ap
eo-o a la
nueva
ieo-alidild que
demostró
el
funcionano
de P a t z c t ~ a r
' o
0
· · · • · l t b y fresca Vease
era
¡:;eligroso
pa
ra t:na
zona
donde
la
1rntaoon soc1a a :nu ·
sob ré esto último AG:-- i, Oficios vendibles,
·:o
l.
16,
exp, 8, ts.
:J28-
:>31.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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50 E l PROYECTO BORBÓN Y
LA
PROVlNC A
DE
i\IICHOACAN
añ os. De la
misma
manera, los impuestos novedosos q ue se dic
ta ron
pagar
al sector eclesiástico se hicieron más rigurosos y
variados, o
que
desencadenó
el
malestar
de la Iglesia.
20
Tanto para autoridades
tradicionales
ligadas a los grupos de
poder
de
origen Habs
burgo
(caso del vi
rrey
Bucareli) como para
el grupo reformista de Gálvez ,
estaba
clara la
necesidad de dotar
de una autoridad efectiva a los gobernantes civiles
de
la
pro
vincia de Michoacán . No sólo
para
disminuir el p
rotagonismo
absoluto del sector religioso eh la zona, sino para consolidar la
modernización financiera, administrativa y fiscal iniciada con
la visita.
21
De hecho, ~ l o de esto se intentó después
de
que _l pro
pio Gálvez dispusiera con lujo de violencia y despotismo la re:-
presión
de las revueltas de Pátzcuaro.22
El alcance
de
estas medidas
no
encajaba con la ambicio sa lógica
modernizadora
que traía
consigo
el reformismo de Carlos III y
sus ministros .
23
A final de
cuentas
, la
"revolución del gobierno"
20
Da
vid Brading,
llna
Iglesia asediada: el obispado de
i
choacán 1749-1810
FCE,
México, 1994,
pp.
236-25
3.
21
Gu e
rrero, op. cit . pp. 161-176 . Ha c ia 1773, el
virrey
Bucareli
opin
ó que en
la región
de Michoacán
era prioritaria la creación d e tma g
ubernatura debido
a la
enorme
inJ:1uencia
que
ejercía el obispo y s u cabil
do
eclesiástico en la demarca
ción. Consideraba que, frente a ambos cuerpos, los alcaldes ma yo res (
en
especial
el de la
alcaldía
ma yo r
Pátzcuaro-Valladolid
) estaban francamente disminuidos
en
su
calidad de auto
ridades
reales . El visi tador Gálvez pro
bablemente
compartía
la idea sobre la situación
disminuida de
estos hmciona rios,
pero
su pro
ye
cto era
muy distinto: desaparecerlos y en su lugar crear no t
ma
gubernatnra como poder
intermedio, sino in te
nd
entes
con
gobernantes m eno res subalternos, es decir, los
subd
elegado
s.
22
AHAM, lib. 45, fs. 63-86 y 70-71. A
partir
de 1771 se impulsó el fortalecimiento
del
cab ildo civil de Va lladolid y se auspició el debilitamiento relativo
de
su con
traparte
de
Pátzc
ua ro.
Este proceso parece
haber respondido
a l
os
h1multos
popu
lares,
y
a la
decisión
definitiva
de
ubicar en
Va
llad
olid el centro del
nu
evo
gobier
no y administración de la provincia, para
limitar
el poder religioso y la influencia
de la mitra vallisoletana. Los da tos que confirman parcialmente esto último
son dos: ·el otorgamiento en 1775 del título
de
capitán a guerra a los alcaldes
ma yores de
Valladolid
, y la elevación a corregimiento de esta misma alcaldía
ma yor
en
1776. Para tm acercamiento a este aún osc ur o proceso
véase
Juárez,
op. cit.,
pp.
55-59. Exist en; a su vez, dos buenas
monografías
que dan mucha infor
mación sobre los conflictos
de
1766-1767 en Pátzc
uaro.
Una
es
de
Fel ipe Castro
Gutiérrez,
ovim ientos
populares en Nueva Espaiia. icl zoacán .1766-1767, UNAM ,
México,
19
90, v o tra es de María Ofelia Mendoza Brione s, Los tu
multos
de Pátzcua
ro
1766-1767. Üna propuesta
de
investigación histórica tesis de licenciatura
en
histo
ria, Universidad i c h o a c ~ n a
de
San Nicolás Hidalgo, Morelia, México, 1995.
23
lbid.
La
int1uencia de •Gálvez y e l grupo reformi sta en decisiones rea les relati
Zl
S
a títulos
y
funcio
nes
-de los corregi
dores y
a
lc
aid es ma yores se sin tió fuer te
mente
¿n Vallé dolid. En 78, dos aúos después
de hab
erse
otorg
ado a la alcaldía
't
l
'
¡
¡
j
r
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIP. DE MICHOACÁN
51
respondía más a
una prohm
da necesidad de transformación esta
tal
que
a una
po
lítica
de
concertación con la población y los pro
ductores locales. Esto lo resintió el conjunto global de la pobla
ción de la zona y en
general de
la
Nueva España pues, después
de la visita, el Estado
vino
a ocupar el
lugar
príncipe en la
con
ducción de los cambios generales en
toda
la
Nueva
España.
Las inconformidades surgidas debido al proyecto moderniza
dor de Carlos III fueron decantándose desde las instancias que
vieron amenazadas sus antiguas
bases
de
poder
y privilegios: cle
ro, comerciantes,
cuerpos
civiles capitulares , la
población
indíge
na
, etc.
Por
e
jemp
lo, los comerciantes vallisoletanos mejoraron
su
condición
de
suby
ugados del poderoso Consulado
de comercian
tes de la ciudad
de
México a partir
de la
autorización del
Regla
m
en
to
de
Comercio Libre
de
778.
Esta apertura les permitió
mayor
capacidad
de
desplazamiento
hacia los
centros
de
intercambio
más importantes
de la
colonia (Veracruz y Acapulco). También
les posibilitó establecer negocios
con
otras
casas
comerciales
(incluso extranjeras), y mejorar
y
diversificar los giros e ingresos
de sus empresas locales. Además, es
un
].:lecho que la economía
no vohispana, y por supuesto la michoacana, experimentaron a
raíz de la autorización del comercio libre,
un
crecimiento rápido
que se tradujo inevitablemente en una importante
recuperación
demográfica.
el grad
o
de
correg
im i
e
nto
y
debido
a
que
el cargo
de corregidor
de
Pátzcuaro
Valladolid
se encontraba vacante, tm miembro de la
int1uyente
Secretaría
de
Cámara
del
Virreinato, el oficial ma yor
P ~ l i c a r p o
Dá vila, recibió el
título
en cues
ti
ón,
además de
que once
días
d€spués también le fue otorgado
por el
rey el título
militar
de tenient
e
de
capitán
general en
ftmción
de que éste
consideró que
en
D
áv
ila
concmrían las
par
tes y
calidades
necesarias
para
ejercer
tal cargo
y
"a
fin
de
que
por este medio ocurra a todo lo que pueda ofrecerse de mi Real Servicio"
(f. 68 . Dávila ju ró
como
tal ante los
miembros
de la
audiencia
de
la
ciudad de Mé
.xico el3 de julio
de
1779, pero
tanto
el presidente
de
la audiencia como sus
demás
inte
g
rantes
(e
ntre
o tros , el conde
de
Moctez
uma
y Francisco
Javier
Gamboa ),
redactaron
tma
carta
dirigida
al
nu
evo ftmcionario en la
que
lo conminaban a
en
treg
ar con
agilidad (
dos
meses) todas las
obligaciones
establecidas legalmente a
l
os
alcaldes y corregido
res
para
remitirlas
a
su vez
al
Consejo
de Indias. El ma
lestar
de la
audiencia
se debía a que personas
ligad
as a
la
Secretaría de Cámara y
otras instituciones recientes estaban siendo
promovidas
para
gobernar
en la
Nueva
España. Años des
pu
és, y por Real Orden de 15 de ago
sto
de 1783, Dávila pasó a
la
alcaldía mayor de Celaya en
sustihtción
de Joaquín Gutiérrez
de
los Ríos, y lo sus
tituyó en el corregimiento Pátzcuaro-Valladolid (después de interina tos
de
los
alca
ld
es ordinar ios ), mediante o tra Real Orden de l
10
de noviembre d e 1785, el
teniente de navío de la Real Armada Juan Antonio Ria.ño y Bárcena (fs. 154-1:56v .
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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52
EL
PROYECTO BOREÓN Y
LA
PROVINCIA
DE MICHOACÁN
Si
bien
la masa comercial
y
productiva de h provincia de
Michoacán
(
que incluía
a
un
grupo
de alcaldías mayores
en las
que se pra cticaban los repartimientos) alcanzó proporciones que
antes
no había
logrado, la
introducción del nu e
vo sistema re
colector de alcabalas generó inconformidad creciente dentro
del propio
gremio
de productores y comerciantes rnichoacanos.
El
malestar
tarnbién
se
generalizó
porque
se mantuvo la
cosh1rnbre
estatal de generar privilegios a minorías, especialmente cuando
los funcionarios nombrados por la Corona para ejercer los nu evos
cargos recurrían
necesariamente
a
grupos
selectos que les
asegu
raban
el
otorgamiento
de sus fianzas corno
servidores
públicos.
Con
esto reprodujeron, esas minorías, buenas dosis de influencia
y de
preferencias
clientelares
en
la
nu
eva
estructura de gobierno
y
administrativa .
24
Ciertamente, también resintieron a mediano
y largo plazos
lo
engorroso que
resultaba para sus intereses
los
cambios administrativos
introducidos
por la reforma.
25
El proceso reformista estatal también implicó la creación de
actores y
grupos
sociales que luego
tomaron
su propia
dinám
ic
a,
como el sector militar en Michoacán. Así, a raíz de la toma de La
Habana
por
lá
fuerza
militar inglesa, la Corona entendió que
su
sistema defensivo
colonial
era
muy
débil
y
poco profesional.
El
rey Carlos III determinó entonces introducir una
reforma
total en
su
aparato defensivo y cedió las
atribuciones organizativas
a su
cuerpo de ministros reformistas.
Los conflictos sociales de los años
1766-1767
(rebelión
popular
y
expulsión de
la
orden
jesuita)
dieron elementos
para
que
el vi
sitador dispusiera que la
ciudad
de Valladolid y l a iglesia local
financiaran cúnjuntamen te la organización y permanencia de dos
Juárez,
op cit. p. 52 . Corno señala
mo
¡;, el primer funcionario de la Real
Adua
na
en
Michoacán fue él factor administrador Roq ue Yáüez, quien
tuvo
corno afian
zadores de su empleo a los comerciantes va llisolet
an
os·Juan Manuel de Michelena
e Isidro
Huarte, entre
otros . Por
su
parte, el hac endado José Bernardo
de
Fonce
rrada ve
ndió
a la recién creada Dirección General
de Rentas
Reales tma casa en el
centro
de
Valladoli
d para las oficinas de
esta nueva
admin.istración.
5
Tal fue el caso del rn.ismo grupo
de
personas
ligadas
al cabildo
de
Valladolid,
pues
en
1778 Juan Ma nu
el
de
Michelena
y
el m i
smo
Bernardo
de
Foncerrada,
entre
otros,
se
quejaron d e que no les conve1úa
recurrir
a la nu eva oficina recepto
ra
de
alcabalas
de
Zaf)l.ora, puesto
qu
e tenían
sus
propiedades
en
el lejano partido
de Urech.o (a 110 kilómetros). Su situación mejoró ostensiblemente sólo hasta 1785,
año
en
qu e se independizar on de la re
ceptoría
z amor
ana
para depend er e la
vaUis oletana, vé
ase
Ju<:irez, op
ci
t p. 53.
¡
·
¡
¡
.
¡
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOAC.Á.N
53
regit-nientos milicianos. Desde su
arribo
a
la
colonia Gá
lvez había
dado
pasos
concretos
para
restructurar la
administración
de
lo
s
Propios
y
Arbitrios de los cabildos españoles y hacerlos más efi
cientes. Pero, h<conforrnes
con la decisión
unilateral
del visitador
debido a
penurias
económicas en
lasque
cada cuerpo argumentó
encont
ra
rse, los dos
cuerpos capitulares vallisole tanos
se ma
ni
festaron en Lm primer momento contra
ella .
Sin embar
go,
muchos
de los grupos
y
familias de poderosos comerciantes
y
hacenda
dos ligados al ayuntam iento civi l vieron pronto que
el
espacio
abierto por
la formación
de
milicias les permitiría
y de
hecho les
permitió)
el acceso a esferas de poder político antes inéditas,
des
de
las
que
se
podía
alcanzar, sobre
todo
en beneficio
de
los
secto
res criollos
pudientes, una participac
ión pública y
administrativa
más abierta
en relación
con
las instancias
tradicionales
ahora
amenazadas en sus privilegios por
la
política
real: la Iglesia y
el
ayuntamiento mismo.
2
6
En consecuencia ,
con
todo y que
la organización miliciana
estuvo
lejos
de alcanzar
un
nivel.óptimo de profesionalización en
la Nueva España, los regimientos y divisiones castrenses se con
virtieron
en órganos
de
numerosos criollos
y españoles, aquellos
que
no
encontraban acomodo en las instituciones públicas tradicio
nales
y a
quienes
la nueva legislación también les cerraba el paso
en
las modernas
(las intendencias). El ejército se convirtió,
pues,
en
tm
factor
de movilidad
social y
económica
muy
importante
en
un
momento en el que el Estado borbónico redefinía,
violenta y
do
lorosamente, su relación con el conjunto de cuerpos y actores
sociales
de la
colonia. Redefinición que
incluyó,
como sabemos, al
propio
aparato de administración
pública
mediante su moderni
zación
y creaCión
del régimen
de
gobierno
por
intendentes,
y
con
el que
además
se concluiría, teóricamente,
el proceso de
imponer
españoles en casi toda
la
administración pública
virreina inicia
da
con
la visita
de
José
de
Gálvez a la Nueva España.27
La serie de reformas económicas, comerciales y fiscalesinicia
das con la llegada de Gálvez al virreinato transformaron la rela-
26
Ch.ri
sto
n
Archer,
El ejército en el México borbónico 1760-1810 FCE, México, 1987,
pp
. ·
23
y ss.; Josefa Vega Juanino,
La i n s t i t u c i ó n m i l i t a r
en Michoacán en el último
cuarto
del
siglo x El
Colegio
de i c h o a c á n G q b i e r n o del
Estado de
Michoacán,
Zamora, México, 1986, pp. 61-63.
1
2
7
Guerrero,
op ci t p.
158.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 11/47
54
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCI A DE MICHOACAN
ción de la Corona con todos los grupos
sociales
de la Nueva
España
y,
por
adición, de
la provinc
ia de
Mi
choacán
que
aquí
estudiamos.
El
nuevo orden
político
se distinguió por
la afirma
ción
ascendente del
regalismo (con un acento especial
en la
cues
tión hacendaria y fiscal), frente a los tradicionales poderes repre
sentados por el clero y los comerciantes. A partir de entonces, la
vigilancia
fiscal
se extendió
a
todos
los
ramos económicos que
eran
productores
de
rentas y, en
·
consecuencia,
identificables
como
causantes.
Con la culminación del ciclo
reformista
a través
de la
creacióh
de
las intendencias, la actividad fiscal mejoró aún
más.
Pero
aunque en este régimen se cifraron los éxitos
de1nuevo
·
Estado
en
las colonias (un
Estado preocupado
en el
papel
po r la
salud, el bienestar, las costumbres y
la
civilidad
de
sus habitan
tes), debido a que puso las bases para reducir el
enorme
poder de
las corporacio nes, sus excesos fiscales fuer on causantes de mucho
malestar entre la población de la colonia.
Recordemos
la violenta
expresión
de
lucha
de algunos sectores
sociales
michoacanos
marginados
por el
reformismo
administrativo
y fiscal borbónico:
¡Muera el mal gobierno "
LA SITUACIÓN ECONÓMICA Y LA POBLACIÓN
Las
administraciones
civiles y eclesiásticas al
arranque
del siglo
xvm en
la
provincia mayor y el obispado de Michoacán vivieron
momentos bonancibles en la economía y en provecho de la pobla
ción. El crecimiento tendió a favorecer a los núcleos
potierosos
asentados·en las ciudades y villas de la región:
hacendados,
comer
ciantes y clero alto. Sin embargo ; a todos ellos los afectó la crecien
te fiscalidad borbónica a
partir de
la
segunda mitad del
siglo.
En el
caso del
obispado, la población
registrada
dentw de
la
jurisdicción religiosa
pasó
de
150 000
a cerca
de 430 000
habitantes
entre 1700
y
1760;
es decir, un crecimiento cercano a
300%,
lo
que
represe n tó el
aumento
de la captación
del
diezmo, así éomo el
fortalecimiento de la Iglesia como institución económica en la
provincia.
Esta
riqueza también se reflejó en el
númer
o sacer
dotes
y conventos religiosos registrados·en la
zona
de inten
dencia de Valladolid
hacia 1793.
28
Al
mismo tiempo
,
la
Üglesia
·;.
28
~ o r í n , op .
cit.,
pp. 47-60; Brading,
Llrza
ígle::ia asediada . ov. cit., p. : 4?
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACÁN
55
michoacana alcanzó
mayor importanc
ia como
inst
itución crediti
cia, convirtiéndose en la
más poderosa
financiera debido a
l
can
tidad de réditos
por
los.préstamos que otorgaba a hacendados y
comerciantes
de toda
la jurisdicción.
También la política agraria virreinal del síglo xvm tendió, en lo
general, a beneficiar a hacendados
y
comerciantes.
En
cambio,
la
población
indígena
vivió
una
serie continua
de
perjuicios a
sus
cos
hlmbres y formas de vida comunales. El desarrollo de cultivos
comerciales como el añil o el algodón, el
fomento de ganadería
menor y mayor, así como el impulso que recibió la actividad mi
nera, auspiciaron la formación de nuevas oligarquias de
origen pe
ninsular
y criollo por todo el territorio
de
la provincia
de
Michoa
cán. La
presión que
sobre los terrenos comtmales ejerció el
avance
de propiedades
españolas
expulsó
a muchos
indígenas de sus t.ie
rras
comunales
y ejidales. Estos
buscaron
acomodo
en las cm
dades y
centros mineros
del
bajío, o
bien en
el
interior de
las
mis-
. mas haciendas y ranchos
que
se extendieron
por la
región central.2
9
El
aumento
de
las actividades agrícolas y comerciales trajo consi
go
la
constitución
de
alianzas sociales
e
conómicas,
matrimoniales
y demás) entre estos gmpos, que alimentaron el
sentimiento
regio
nalista en la
región auspiciado
por la Iglesia local durante siglos.
Según
cálculos,
en 1725,
el sector
indígena
constituía
60% de
29 Por
ejemplo,
en 1784 tm total de 169 personas de la jurisdicción de Zinapé
cuaro (entre
criollos y peninsulares), cuyos ascendentes
familiares
venían arren
dando desde
1706 terrenos comtmales de la zona, fueron favorecidas por tm dicta
men de la oficina
de
Propios y Arbitrios
de
la ciudad de México, que los regularizó
como propietarios
de
las tierras
arrendadas
y ocupadas. La regularización
dictada
por
dicha oficina tuvo
que ver
con la importante carga fiscal que producían,
en
tanto
propiedades productivas
y
altamente
rentables. Los
indígenas afectados
por
la decisión
de
la oficina
de
Propios
y
Arbitrios realizaron
protestas
e invasiones
en
demanda de la restitución de sus antiguos
terrenos;
actuaban.
quizá
motivados
por
los sucesos
de Pátzcuaro.
Pero aun cua):ldo
algtmos
de los particulares
no
lograron presentar ni siquiera copias de los títulos de arrendamiento
(otros,
en
cambio
, presentaron
hasta títulos
d e
propiedad legalizados)
,
desde
la oficina
señalada y con
el aval
virreinallos 169
vecinos fueron beneficiados
con la regula
rización. El
proceso
significó, como segtuamente en otros casos simil.
ares por
toda
la
Nueva
España, una buena entrada de
ingresos
fiscales para
la oticina de
Pro
pios
y
Arbi
trios . Véase ACN, Propios y Arbitrios, vol. 5, exp. 2, fs . 170-170v. Sobre el
impacto brutal
de
la política borbónica a los pueblos y comtmidades indígenas
de
Valladolid, véase
Martha
E. Terán, ¡Muera el mal gobierno
Las
reformas borbónicas en
los pueblos michoacanos y el levantamiento indígena de 1810, tesis para optar por el
grado
de
doctora
en historia, Centro de Estudios Históricos,
El
Colegio de
Méxi
co, f,' éxico,
1995.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 12/47
56
EL PROY ECTO
BO
R
BÓN
Y LA
PR
OVJNC1A
DE
M
lC
HO ACÁN
la p
obla
ción
de
la p
rovincia ma
y
or
de
Michoacán respec
to a la
población
blanca y
las
castas . Sin
embargo, en 1742
esa
pr
opor
ción bajó tres puntos (a
57 )
1
y entre
1760
y
1'792 disminuyó 14
y
16 pu
n tos (a
43
y
41 ),
respectivamente. Estos descensos
de
la
poblaci
ón
indígena
se explican
por
la emigración
constante
hacia
otros lugares
en busca
de trabajo y porque, a diferencia de la po
blación
blanca
o
europea
, los
indígenas estaban
más
expuestos
a
las
enfermedades derivadas de
las sequías y el
hambre,
y
en
ge
neral
a
las
crisis
agrícolas
y
epidemias que recurrentemente
se
presentaron en
la jurisdicción a lo largo
del
siglo xvm.
En
los años '
1714, 1736-1739, 1748-1749,1761-1763, 1779-1781
y
1785-1786
acae
cieron
en
esta
zona
agudas
crisis locales (básicamente sequías) y
crisis agrícolas regionales que afectaron mortalmente a muchas co
munidades
.
30
Todos esos fenómenos
y
sobre todo la crisis
de 1785-1786)
gol
pearon
fuertemente zonas indígenas como Puruándiro
, Cuitzeo,
Zitácuaro
,
Nahuatzen, Numarán,
Paracho, Guimeo, Zirándaro,
Apatz
i
ngán
y a la
misma
ciudad de
Valladolid. Y
aun
cuando
el
crecimiento demográfico pareció ocultar
sus
secuelas, la
realidad
fue
que
esas crisis se
encargaron
de
diezmar
la
numerosa
pobla
ción indígena; la población blanca no resultó afectada en la misma
proporción que el elemento
indígena
y el de las castas TLAdicio
nalmente,
el
inicio
de
la
modernización
del
aparato
de
recolec
ción tributaria a partir
de la
visita general
de
José
de
Gálvez hizo
.
más
crítica la situación
de
la población nativa
de
estos territorios,
·
ya que,
desde
su
a.rranque,
empezó
a
administrar
los rec ursos de •
las cajas
de
comunidad
indígenas en
función
de las necesidades
fiscales
de
la
Corona.32 ·
Coincide que
cuando
se
inicia el
reinado de
Carlos
III e incre
menta su
gobierno las acciones fiscales
en
los
dominios
america
nos, en Michoacán se
sufrió
también esa
abrupta
secuencia
de
cri
sis
agrícolas
y
económicas cuyas
secuelas
se prolongaron hasta
.
entrado el siglo
XIX. Durante
ese lapso, el
aumento de propieda
des agrícolas
y
ganaderas,
así
coma
el
de actividades
comerciales
que desplazaron
de sus
comtmidades
a
muchos i ~ 1 d í g e n a s
estu-
·
30
Guada lupe Análisis histórico de las se
í
as en
lv
éx
ic
o SAR H, México,
1980.
31
Mor
ín
,
cp . cit. ,
pp
. 50-60.
32
Tbid.
pp.
74 -78. ·
EL
PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE "v lC HOAC ÁN
57
v
ieron
ac
om pañ
a
dos de suces
iv as exaccio
nes fi
sc
al
es
qu e
, así
c
om
o afe ct
aban
o los
intereses de
.las
corporaciones
,
n b i é n
lesionaban
a la
población indígena. Por ejemplo,
al inici.o
de
la
visita
de
José
de
Gálvez,
y
en general
en
la década
de 1760,
la dió
cesis michoacana
estuvo
inmersa
en una
crisis
económica
impor
tante
que
deri
v ó
en una
baja
en
la
captación
del
diezmo
;
33
esta
situación económica parecía
también
afectar a
los grupos de
co
merciantes capitulares
que
dominaban el aytmtamiento de
V a ~ a -
dolid.34 Y
ante
la
amenaza
fiscal
que representaban los
camb10s
impuestos por
el
visitador
malagueño,
el
obispo
y
la
mitra
:
así
como
el
cabildo
civil vallisoletanos,
reaccionaron
para
ev ad1rlos
(lo que no
consiguieron
) y
para
intentar fortalecerse como instan
ciasadministrativas y
políticas relativ
amente autónomas del nue-
vo régimen borbónico.
35
_ . . .
Paradójicamente,
en
este marco
de
reformas econom1cas y
mlh-
tares
galveceanas, así como por la fuerte
i n m i g ~ a c i ó n
e u r ~ p e a
motivada
por
las
reformas comerciales
de
med1ados
de
s1glo,
algtmos sectores de las oligarquías urbanas
novohispanas
conso
lidaron
su situación económica
,
política y cultural entre
1765
Y
1785.
Esta
circunstancia
les
permitió terminar el siglo con gran
poderío
e
influencia
en
sus ámbitos
locales . H_asta
a ~ o r a c?nta
mos con
un
ejemplar estudio de
la
poderosa
ohgarqma
valhsole
tana,
constituida
precisamente
en
esa
etapa de
fines del siglo xvm,
Mazín, En tre dos majestades ... , op. cit. cap. 111 .
34 Los capitulares vallisoletanos se disculparon an te el
virr
ey
en
1760 po r
no po
der
juntar
má
s d e
1500 pesos
con m o tivo de las ce
lebraciones por
la
to m
.a
de
posesión de Carlos III.
Argum
entaron
qu
e po r e¡;¡.tonces
pasaban ¡:;oruna
Sl:ua
ción
qu
e les
im p
e
día retmir
más donati
vo
s
y
aportaciones
economtcas
;
ve as
e
AH AM , Car ta de
18 de
agosto de 1760
di
rigida po r capztulares Va/ladolzd
al
VIrrey
Fra
n
cisco
Cagig
al de
la V
eg
a. Sin embargo, tma decada despues, y dentro del con
texto de su
pu
gna
secular con
el ayuntamiento de Pá tz:uaro
por.
de te
ntar
la ~ ~ d e
capital del dis trito y también como parte de la estrategia reforffilsta F:?r d ebüitar
la presencia de la Iglesia en la zona,
se
ocuparon
ocho
plazas d e reg1do res. en
el
avtmtamiento de Valladolid que
fueron
obtenidas por hacendados y m e r ~ l a n t e s
p-eninsulares en
su
mayoría recién avecindados
en
la
c i u d ~ d
Sobr_e est:=
u l h m ~ :
véase también A HAM, Títulos despachados a
al
caldes mayores, lib. 45, a.nos
1 76-181,,
do cum ento suelto de 3 de enero
de
1774 y Carta de
Jo
sé Velasco como ftm cwnarzo de
la Real Alm oneda dirigida al cabildo de la ciudad de Va
ll
adolid de 1770. .
35 Ma
zú
1, op. cit.; Jaramillo, op. cit. Con el inicio de la organización d: rru.llcms,
el obispo
y
cabildo religioso de Valiad? lid mos tra ron.surdesacuerdo,
am
m o_
qu
e se
orolon
ozó
has ta muv avanzada
la
e tapa
fi
nal
de la
coloma. d clero rrudtOacan o se
L - e l o ~ ; o
de
cu¿
nu
evo ooder se constitu vera fuer teme n te en un a zo na trad t-
• l , , .
-s
cion
almente hege
mon
izada
por ellos;
vé
ase también, Ju
anin
o
Ve
ga,
o
p. cit.
PP
· :J
-o,.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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58
EL
PROYECTO
BORBÓN Y
L PROVi
NCIA DE
MIC -10.-\ CAN
realizad o por Ca rlos Juárez. Es te mism o au tor
ha
realizado sen
dos estudios
sobre dos miemb ros c
ara
cte rísticos de dicha oligar
quía: Isidro Hl l
ar
te y Arriv illaga y )Lta.. L
Manuel
de Michelena.
El primero,
Huar
te, consoli
dó
su pujan te s i tuación después de
arribar a la región y contraer
matrimonio
con
una
criolla ri-ca. ocu
p ~ d o después cargos públicos cuya lógica operativa (acceso a
prestamos, créditos
y
demás
) le
permitió posteriormente con
for
mar
un
núcleo
importan
te de empresas
aarícolas v
comercia
les · el
o ' '
segundo, Michelena, desarrolló similarmen te una intensa activ
i-
dad
comercial que
luego
le permitió adquirir a perpetuidad (desde
1764) tm cargo público en el
ayuntamie
nto de Valladolid. También
beneficiaron con la-producción de añil,
en haciendas de
su pro
piedad
,
materi
a prima
que
se usó
en
la elaboración
de
trajes mili
tares y
en algtm
as
industrias
textiles a
se n
ta
das en
el
ba
jío,
con
las
que c
omerciaron
el prodllcto .36
Huarte
y Michelena
fu eron
la
punta de
lanza
del
desarrollo
económico
michoacano
de fines del siglo xvm. Pero, en tanto
·
miembros
de
un
a c
or
pora
ción,
entraron en
conflicto
con
la
nueva
autoridad
política
centralizada cuando sintieron
que gran parte
del poder que habían acumulado en el cabildo civil enipezó a ser
mermado
por el
intendente
a partir de 17
87.37
Originalm
en t
e, for
maron parte
del
numeroso grupo de inmigrantes
peninsulares
que arribaron a partir de 1760 a Michoacán, los cuales poco a poco
f ~ t e r o n d e s ~ l z n d o
de
las
principales
posiciones de
poder
polí
tico y economíco a los
antig
uos grupos asen tad os en la zona. Para
ello se
valieron, como
se ha señalado,
no sólo de
su ascendente
;
etmco
penmsular
que les
permitió
casarse rápidamente con crio-
lla
s
de familias
ricas),
sino de fuerte
s
ne
xos económi
co
s
con
la
~ i t r
y el
cabildo
religioso
de
la
ciudad
de Vallado
lid
que
los
h1zo desarrollar un va riado tráfico de influencias en las
institu-
cione$.38
Ahora bien, e
avance de
los grupos de poder
locales
(
inmi-
grantes
o
no)
por t
oda la
provincia se
concr
etó además
en
la con
centración de pr o
piedad es agrarias. Las
dos
dé
cada
s
previas
a la
•
36
~ e z , op.
ci t.
p. 107
y
d el mism o
au
tor, "Los trabajos y los
día
s de un comer
Ciante v;asco en Vallado lid de Michoacán: Juan Manuel de Michelena e Ibarra",
Arquztec; tura come rcio ilustra
ción
y poder en V
alladolid
de Micho
acán.
S
iglo
X ff JNA H,
Co
.l.
Regiones de Méx ico,
México, 1993.
37 I b i
38
juárez,
L1
ciigarqrtia .. ..
op
.
cit
. pp . 111-
12
7.
1
1
l
1
\
¡
El PROYECTO BORBÓN
Y
LA P
ROVLN
ClA DE
MJCHOA
C ÁN
59
im p
la n
t
ación del
nue
vo
r
ég imen
de inten
dencia
s p
ar
ece haber
sido Darticularment e favorable para este proceso, sobre todo
en
la
zo n
<.
central de la p
rov
incia de Michoacán. Esta
situación
fue fes
tinada por el entusiasmo de las ideas ilustradas
f i s i o c r á t i ~ a s ,
por
ejemplo
)
que
cundieron en tre los
núcleo
s u rbanos
y
capitulares
de la
z
on a
. Mi
embr
os
de
los sectores urbanos de Valladolid,
Pátz
cuaro,
Zitácuar
o,
Zamora
y Santa Cl
ara
se
ad
scribieron incluso
a
la Sociedad Vascongada de Amigos del País de la provi11.cia ha cia
1785. Éstos
eran
grupos
org3J.<
izados que promocionaban las ideas ·
ilustradas
de la época en m ateria de desarrollo económico (agríco
la y comercial) y.cult:ural, sin llegar a una organización muy d e ~ -
arrollada o extendida. La
importancia
de este grupo
fue
notona
durante la fuerte crisis agrícola
de
1785-1786 que afec tó a todo ,
el
cent
ro del
virreinato . Algunos
de
sus miembros fue
ron
activ
os
colaboradores
de las
acciones filantrópicas
y caritativas (
como
siembras extemporáneas),
impulsadas por
la también ilustrada
jerarquí
a católica del
obispado
de Michoacán.
39
Per
o a la
par
que pequeños
sectores
de
la soci
ed ad
michoacana
fes tejaban no sin
cierta
dosis de preocupación su acceso a_la
modernidad
ilustrada,
los sectores
medios
y
bajos
fueron
resm-
tiendo progresivamente los
estragos
causados por la
reforma
Y
restructuración
administrati
va y fiscal, así como por el
desarro-
llo de
la
pr opiedad y el comercio
particulares.
P.or
el
_o la g r ~ v e
dad de la situación social de Michoacán se mamfesto a plemtud
du ran te la crisis agrícola de mediados de la
década
de 1780. La
ausencia de
unapolítica
estatal de bienestar y asis tencia social en
la
colonia (acto
político
que
sólo
será retomado
por el
Es tado
moderno décadas
después) impulsó
a
la Iglesi
a m i c h o c n ~ a
retomar
su
sec
ular
a
utor
i
dad en
la
conducción moral
de
·
la
so
Cle
da d , que
había
venido
perdiendo
desde la
vi
sita de
Gálvez
a la
zona
en
1766.
La escasez de alimentos hizo que la mitra vallisole
tana destinara 288 000 pesos de
s
us arcas para
paliar los
efectos
del hambre,
miseria y muerte que causó la gran crisis de 1785-
1786.
Paradójicame
nte, sóio
un año
después, cuando
l
as secue-
las de és ta no
habían
disminuido, la Corona
instauró
un régimen
que
desde
su arranque se caracterizó
por
expoliar r g ~ n e s im
por tan tes de los recursos económicos de to
da
la
co
lonta y su s ·
> Germán Cardozo Ga lu é, V ichoacá n en el Siglo e l
as
Luce
s E Co
legio
de Méxi- ·
ce,
Méx ic
o,
1973;
Jaramillo, op.
ci
t.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 14/47
O
EL PROYECTO -BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHOACAN
ab
it
an
tes, in cluidos los de aquellos más afectados por las
hela
a
s, las hambnmas y las sequbs : bs c
om t
m id ades L.
1d
ígenas .
Ya
desd
e los a..f'tos
que
fun gió como corregid
or
el licenciado
Juan
ev illa
no,
d ejaron de practicarse en Michoacán reparti
mientos
de
ercancías en lugares de
alta
concentración indígena . A pesar
e
las secuelas d e
corrupci
ón y
abusos que esta
práctica
comer
ial traía consigo, en realidad formaba parte de tm sistema
econó
ico
que
permitía obtener
ingresos
importantes
a
la población en
u
conjtmto. Sevillano
había
deJ·ado el caro-o de correcidor
en
1779
b .
ño
en
que se inició
una
serie
de
extracciones
monetarias
a' todos
os
habitantes
con motivo de un conflicto bélico en Europa. En
::onsecuencia, puede
sugerirse que
es a partir
de
esa fecha cuando
e
agudiza,
con
la acción fiscal estatal, el desquiciamiento
real del
üvel
de
vida de
los
habitantes de
esta
pro
vincia.
Se
sucedieron
para mayor
infortunio,
a partir
de
1781
y en
enas de dos quinquenios, fenómenos como
la suspensión
del
epartirniento
en
la
zona
y el
arranque de
la exacción fiscal
indi
la proliferación de crisis agrícolas y epidemias locales
en
Guimeo-Zirándaro
en 1779), algunas convocatorias a
exagerar gastos en fiestas públicas (1781-1782 y 1784), las pri
eras
reglamentaciones de las cajas
de
comunidad
que
en algu-
10S casos representaron préstamos al fisco
real
(1784), la crisis
1grícola
de
1785-1786 y la
implantación
de la intendencia (1786).
conjunto,
todos
estos factores configuraron un final de siglo
)Otencialmente explosivo en la zona.4o
Los
últimos años del
siglo xvm
transcurrieron
con un enfrenta
niento de
la autoridad real
con
los
corporativos tradicionalmente
)bderosos
(Iglesia y cabildos),
pero
también éon
una progresiva
lisminución
de los niveles de bienestar de la población causada
JOr ~ ~ e n d u r e c i m i e n t o
de
los controles fiscales y la administra-
40
r e ~ c u p a d o s p o r l ~ :ituación
que
se v ivía en la provincia,
un
grupo de veci
_os
valhsoletanos
solicito
en
1781 al
obispo
Juan Ignacio de la Rocha que conm i
ara a todos los
alcaldes
ma y
ores
de la
jurisdicción
a
no
realizar
corridas
de toros
i fiestas
públicas
, debido a que lesionaban la eco norrúa de las comunidades
indí
enas.
:tviucho
urgí
a
es t
a so li
citud, argmnentaron
, cuando
se v
ivía
tma
época de
uerra
y la Co
rona
de
mandaba
recur
sos para
aliv
iar sus
arcas reales , resultan
o m p e r j
d i c a d
los
ind
í
genas
de las exacciones
que
se
hacían
de sus cajas de
)
mtml
d
ad
.
Como
sabem
os,
e n tre
1779
y
1783
la
of
ic
ina de Prop
ios
y Arbitrios
ov
ohts
p
an
a
fue
res po
nsabl
e d e eje
cu
tar 1a recole cción de rec
ur
sos p or divers
os
1m bos de la pr
ovincia
m
icho
acana , con
motivo de
la
o
uerr a con tra In 'lat e
rr a
;
_ D . • O O
e
ase
AGN,
i
rap
tos
y
Ar
bitri
os, vol. 5, exp. 2.
EL PROY
EC
TO BORB
ÓN
Y LA PROVIN
CT
A DE
MICH
O AC.
Á.N
61
ción p úb lica borbónica . Y aun cuando es to ú
ltim
o
r é p r e
-p unt o de parti
da
para aca bar
co
n el antiguo régimen de pnvüeg10s
heredad
o
por
la
casa
de los
Austria
,
también
puso las bases
para
la
t
ermi
na ción
de
la
eta
pa colonial en la Nu eva
Esp
aúa . ·
LA
INT
END
ENCIA Y SU REG I
ON A
LIZAC
IÓN
Tomando prácticamente como base los límites
del
obispado de
Michoacán,
la
Corona
erró tres i;ntendencias:
Valladolid, Guana
juato y
San
Luis
Potosí. En conjunto, la p o ~ l a c i ó n d : estas
tres
jurisdicciones estaba cercana a 1200
000 nabltantes
, s1endo la de
Valladolid
la de más
baja
densidad poblacional entre
las
tres.
41
Esa fractura del obispado en una tercia de instancias administra
tivas civiles no rompió del todo la relativa homogeneidad cultu
ral que
el clero
de la
diócesis
había generado
a :o
largo de la : tapa
colonial,
entre
sus
habitantes. Tampoco altero
mucho
las lmeas
económicas
y mercantiles interiores que comunicaban a una
gión
fundamentalmente
agrícola como Valladolid,
con otra
basl
camente
minera
y ganadera como Guanajuato.
Por
su
parte,
la
economía
de San
Luis
Potosí, si bien
estaba permeada
por
el
poder
econófuÍCo
impuesto desde
la mitra
de
Valladolid,_respon
día
a otra lógica interna en relación con la minería guanaJuatense
y
con
la agricultura
michoacana
. . ,
No
existía tampoco una relación biunívoca entre la reg10n de
Valladolid y la de
G u a ~ a j u a t o
Una gran
cantidad de
p r o d u ~ t o s
agrícolas (maíz, trigo y cebada), textiles (añil, paños, etc .) y mme
ros de
las
tierras
michoacanas
(de
la
tierra caliente
y
de
puntos
mineros como Tlalpujahua y Santa Clara) eran comerciados Y
consumidos en
puntos
como
Querétaro, Veracruz,
Acapulco,
Ja
la pa
y
la capital del virreinato. Pero lo que es
un e c h ~
es que ~ u e -
na parte
de
la
movilización
de esos productos se deb1a a l o ~ cime
ros y créditos salidos de ' las arcas catedralicias hacia las haoendas,
comercios mayores y menores (pulperías, lencerías, etc.), reales
mineros
y demás nego<;:, os
de
los sector
es
pudientes
todo el
obispado. Fue
éste
un t o r
clave para la
definición
vae1lante
de
í
11 Em·iqu e fl orescan o e I Sá
chez
(comps
.),
r i p
econo_:nzcns jpme ra-
es de N11e ua Espnñ,¡ 1784-1817 t
1,
SE
P-
lNAH, México, -.976_.
pp.
33-:>9, 13:J-177 Y
194-195. '
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 15/47
62
EL P ROYECTÓ BORBÓN Y LA PRO VINCIA
DE
JV ICI-IO AC .Á.N
la conducta política de
mu
chos
oar
ticulares de las ciu
da
des y
pueblos
de la di ócesis,
ante
la de una institución
pulsivamente fiscal como lo fue la
intendencia
. La mism a elec
ción de las ciudades sede de los nu evos poderes ref
ormis
tas
--es
decir, Valladolid,
Guanajuato
y San Luis Potosí- tomó como cri
terio básico la
presencia
importante
del
poder
religioso
en cada
una
de ellas. En
aquel en
tonces era..'1 además los asientos con ma
yor presencia
política, económica y
demográfica del
clero
de
la
diócesis, aunque descollaba
por supuesto la mitra de
la vieja ciu
dad de
Valladolid
42
t .
Esos tres aspecfos
también respondían
a
patrones
ligados a la
forma
en
que se ejecutó la colonización
en
la zona . El central fue
la cercanía relativa (o generación mediante políticas de pobla
miento), de asientos importantes de población indígena expuesta
a evangelización. Por ejemplo, aunque Pátzcuaro fue el segundo
asiento capital
de
la provincia y diócesis
de
Michoacán (el prime
o fue
Tzintzunt
zan), Valladolid logró
ser definitivamente
la
sede
iocesana
sin
alejarse
demasiado de
las principales áreas
de
asen
amien
to indígena
de
este territorio: la meseta tarasca y Pátzcua
o mismo.
43
Algo
similar
ocurrió en Guanajuato, donde
la
enorme
iqueza
de sus vetas mineras a_r?jo a
numerosa población
euro-
42
Morín,
op cit. pp. 60-74;
Mazín,
op cit.; Brading, op cit
·
43
José Bravo U
garte
, Inspección ocular en
i
choacán. Regiones central
y
sudoeste
VIéxico,
J
s, 1960.
Si
bien los
propó
s
it
os lite
rales de
e
sta
inspección fue
ron
p
ro m
o
rel b ~ t e n g?bierno
y
policía
en la
in t
e
ndencia de
Michoac án , por los años en
¡ue
se e¡
e cuto (1804-1805
), en
r
ealidad pa r
ece habe existido
tma intenc
ión
más
Jrofunda
detrás
de
ella. Por
es t
os
moment
os, el
intend
e
nt
e Día z d e
Or t
e
ga
es t
aba
tegrando tma serie_
de
d ocumentos comprobato
rios
qu e le
au toriz
arían poder
stificar la
reducción
d e
cabeceras subdel
e
gacional
es.
En
e
ste sentid
o, no es for
uito
que
las
subdelegaci
ones
ampliadas
por
desaparición
de o tras
fueran
precisa
net;te
las
que
aparec
en censadas en esta
inspecci
ón; tal el
caso
de Cocupao, Eron
~ n c u a r o
S a n t ~ C ~ a r a
y
Ur
e
cho,
que pa saron
meses
_desp ués a la jmisdicci_ón d e
atzcuaro
. La
fmalid
ad de e
st
e cen
so pa r
ece
hab
er
stdo
la
de favo
rec
er
los
m at -
os
de
la Real
Hacienda
evitando
pa
a
ar sueldos
de subdeleaad os en ¡'misdicciones
o . o
sólo presentaban
condici
ones de
poblamiento indíg
e
na
mu y bajo, sino que
mbten demandaban (c
omo
se ve en las indicaciones su geridas a l
os
sub de
ga d
_s
de
estas
mismas
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en cárceles, ca sas re
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vos pliblicos
y
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de
servicios
públicos
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EL
PRO
YECTO BORSÓ Y LA PROVINC IA
DE
MfCHO A
C iN
63
P
ea e in d. ia
en
as
V
cas tas (c
omo
fuer
za
laboral), y con ellas a
nu
•
merosos con tingen tes de religiosos. .
Y es que la regi
ón
más sep ten trional de la que sería r
inten
dencia de Valladolid, pero qu e a
su
vez era el áre a
neur
álgica de
la misma diócesis vallisoletana, era
du e
ña d e un patrón histórico
de
pobl
a
miento
(
primer
o
indígena
y luego
eu r
o
peo
y criollo),
con
gran continui
da d
. La
conforman
al
sur
Lma
sucesión continua de
valles y tierras fértiles lacustres (Gua yangareo, Pátzcuaro, Zaca
pu , Zamora, Puruándiro, Taretan y demás ), en los que la pobla
ción
indíg
e
na
(etnias
pur
é
pechas
y tarascas,
entre otras) se des
arrolló
histór
ica y
demográficamente;
en
tanto que
al
norte
la
atravesó
el río Lerma,
punto
al parecer clave
que
dio elementos a
los creadore s
de
estas intendencias
para
precisar los límites físicos
y demográficos entre Valladolid y Guanajuato. Ciertamente, el cri
terio rector de 300 000 habitantes
por
intendencia fue considerado
en estos casos, pues, aunque Valladolid gozó como intendencia
de mucha ma
yor
extensión
territorial
que
Guanajuato
,
ésta
con
centró
más
habitantes que aquélla. Fue
en
apariencia
un principio
compensador librado con éxito
por
el equipo reformista novohis
pano entre las variables población
extensión territorial
y
concentra-
ción demográfica que, de alguna
forma, tuvo
como
objetivo debili
tar a la
autoridad
religiosa.
Mucho más aislados de
ese centro vital
vallisoletano estaban
otros valles y
puntos mineros
ubicados al
centro
y
sur
(Mo tines
de Or o, Coalcomán, Ario, Apatzingán, Huetamo, etc.). Estas po
blaciones,
pese
a
su importancia,
no
gozaban del volumen demo
gráfico
de sus
v
ecin
os a
grí
colas septentrionalés
de
la
intendencia
(La
Piedad
,
PurÚándiro, la
zona de
la
meseta
tarasca,
Zamora
y
demás).
Por
lo anterior,
no
fue extraño
que cuando
el
intendente
hizo
su
aparición
en
el escenario político y
administrativo
de
esta
parte del
territorio
novohispano
_
80% de las
subde
le gaciones
se
concentraron
en
las áreas
central
y
septentrional de
las tierras
michoacanas;
tan sólo el restante 20% lo hizo en las abruptas y
poco habit
adas tierras del sur. Dicha
concentración hacia
el
norte
de 80% d e
administra
ciones
"subordinadas
de origen
a
Vallado
lid , tuvo,
por
tanto,
un
fuerte motivo político, así
como
los
sugeri
-
d os asp ectos étrüco
y
demo gráfic
o.
.
Como
saberrws, la
Or
denanza de intendentes
mand
aba qu e los
sub
del
egado
s recib ieran s
us
sueldos
po
r
medi
o
de
l d esc
ue n
to
de
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 16/47
64
EL
PRO
YECTO BORBÓN Y
LA PROVINCIA
DE i'v ICI-IOA CAN
5% dei total de los cobros tribu tarios a la p oblación i_ndigena; por
lo m i
smo, la
creac
ión
de cabeceras administrativas en las regio
nes central y
septentrional
de este territorio sólo se
apegó
al
nuev
o
código legal borbónico.
Como
también eran regiones en d on de la
población criolla y española se había asentado siguiendo sus
requerimientos de mano de obra y servicios indígenas , para el
nuevo
gobernante
o
intendente
también
resultó
menos
complica
do
encontrar
a sujetos
españoles dispuestos
a servir los nuevos
cargos públicos. Veamos algunos ejemplos.
La ciudad
de Pátzcuaro era habitada
en 1804 por 1 837 españo
les, 389 mestizos y 1113 mulatos;
es
decir, los españoles represen
taban 55 de
la
población.
44
Asimismo, 'aunque
en menor
pro
porción de población española,
cabeceras
de su
bd elegaciones
·
como
Zamora,
Tlalpujahua
y
Zitácuaro, entre
otras, a
lber
gaban a
numerosa
población española
cuya
proporción en relación con
los indígenas y las castas era superior en 30 y hasta 40%.
Ya
sabe
rnos
que
por población
española
se entendía tanto a criollos
como
peninsulares
. Así,
con
la creación
de
la
intendencia se
d
io
paso
a
una
nueva
etapa
ju r
isd i
ccional con
la
que
se pretendía
consoli
dar un
proceso de
centralización
administrativa
y fiscal local
más
eficiente,
en
que el origen social
del
funcionario era
sumamen
te
importante para
la intención
renovadora
y para la estrategia
fiscal. ·
Adicionalmente, el conjunto de distritos antiguos que se toma
ron
como
base
para
la creación de
esta mtendencia
redefinió una
nu e va noción de
identidad territorial
de Michoacán . A pa r tir
de entonces, el gran Michoacán , que hacía referencia a la divi
sión
propiamente
diocesana,
empezó a ser d
esplazado por
la
noción administrativa
civil
referente
a los límites
de
la
intenden
cia. Recordemos que, en tanto sede episcopal, la ciudad de Valla
dolid venía
siendo desde
principios del s iglo xvn el centro de la
v id a económica y cultural en la
zona.
Y aunque la c r ~ c i ó n de las
tres
intendencias
ya
señaladas
no limó en lo
inmediato
su in
fluenci
a en
todo
el
bajío,
sí complicó
las
re laciones
entre
las
jerar
quías
de l ca bildo eclesiástico directriz
con
la población
y, por
su
puesto
,
con la
s nu evas autoridades civiles surg
idas
al
amparo
de
la
Ordenanza
de mtendentes de 1786.
.;.¡ í Jid
p l
6.
1
1
EL PROYECTO BORBÓN Y LA PROVINCIA DE MICHO. .CÁ.N
65
Porque si partimos aceptando
que
la radicalidad del proyecto
barbón de
transformación
d el
Estado
aforado
era
un
hecho
con
sumado, '5
y
que la Iglesia
michoacana representaba precisamente
en
esos años
una estructur
a local
aforada
de
gran poder
e
influencia en
la sociedad, entonces es viable reconocer que
la
creación
d e tres intendencias dentro
de
su
extensión
diocesana
fue un golpe
político contundente
de la
Corona
y
sus
ministro
s .
Un virrey conservador ante las ideas
reformistas
como lo fue
Bucareli llegó incluso a señalar, a mediados de 1770,
la
molesta
actitud contestataria
de
l
clero
de
la
zona hacia la disminuida
autoridad civil
de la alcald
ía
michoacana.
El golpe de
las tnten
dencias estuvo entonces fuertemente deterrriiTI.
ado por
la
necesi-
.
dad real
de
controlar, mediante
sus nuevos nmcionarios, la vasta
riqueza minera de Guanajuato, a la v
ez que
contrarrestar (nom
brando
a
un
intendente fiel
al
ideario reformista como
Riaño)
la
influencia
excesiva
del
cabildo er.lesiástico de Valladolid
entre
todos
los sectores pudientes de
esta sociedad.
Si
bien
el
proyecto
reformador
estatal
de
Carlos
III
y
sus
minis
tros tampoco
fue
posible llevarlo a
la
práctica como pudo pre
tenderse,
parece evidente
que renglones
contemplados en aquél
ta les como
el
debilitamiento
general
de
los
cabildos
eclesiásti
cos
fueron
alcanzados en planos
menores
y quizá hasta devi
nieron a la larga contraproducentes.
Sabemos que el sector que
más fuerte alzó la
voz
contra el código
de intendencias en
Michoacán fue precisamente el eclesiástico:
curas
y sus jerar
quías
.
Esto
no fue fortuito.
Porque,
a la letra, la
m o d e r n i ~ c i ó n
estatal que los
gobernantes reales
impulsaban, teóricamente
hacía
a
Lm
iado de casi
todas
las tareas administra tivas tradicio
nales
a la Igles
ia
y
a
su
burocracia
46
EL
FISCO
NOVOHISPANO
Inició
en
la
Nueva
España con la dinastía borbónica, lo que hoy
conocemos
como
política fiscal moderna. Desde entonces, empe
zó a entenderse por ello la
organización
eficiente de
los
s o s
y
de los
ga s
tos públicos del Estado con base en los principios yacio-
15 Guerrero, op
cit
46
lb
id
. .
.,
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 17/47
66
EL
PROYECTO
BORBÓN Y LA PROVTNCL•\ DE MlCl-TOACAN
na es
de
ad
r:nirüs
tración, gobierno
y
beneficio púbhcoY Este pr o
ceso de secularización del quehacer público dio como resultado
la creación de instituciones encargadas de concen trar, organizar y
ejercer los impuestos recabados de las actividades
productivas,
comerciales y especulativas de la población. En generat a través
de
la estructura fiscal
que
se organiza, los Estados mo d ernos
influyen decisivamente, desde entonces,
en
la vi
da de
sus gober
nados.
Los barbones impusieron esa modernidad a la Nueva España.
Su concepción racionalista del ejercicio del poder los llevó a con
cebir y aplicar
un
ambicioso
plan
de reformas del
aparato est
a tal
que heredaron
delos
Austria. Se crearon así diversas secretarías o
despachos por materia (de Estado,
Marina
, Indias, etc.) , entre las
que
destacó ,
por supuesto,
la
de Hacienda. El plan más
comple
to y radical fue
elaborado
por los ministros ilustrados del rey
Ca rlos III,
ya
que los avances previos logrados por sus anteceso
res
aún
no
daban resu
ltados en los territorios coloniales.
48
Sin
embargo, hasta
el
arribo
a la
Nu e
va
España de
un
núcleo
de
fun
cionarios
reformistas -
cuyo
paso
por
Filipinas de
1787
a
1789
ha
bía sido un
rotundo
fracaso- , el
ordenamiento
del aparato fis
cal novohispano pudo entrar a tma nueva etapa, mejor ordenada y
más
eficiente.
49
Entre esos funcionarios
puede
destacarse a Fabián
de Fonseca,
autor
de
la
Historia general de la Real Hac
ie
nda de la
Nueva España hacia
1791.
La responsabilidad
en
asuntos fiscales correspondía
desde 1749
al virrey noyohispano, ya que
desde
ese año se le otorgó el título
de s'uperirúendente subdelegado
de la Real Hacienda . Pero el
desarrollo espectacular de los
ramos sujetos
al fisco .que
se
gene
raron
entre
1749
y
1765,
y
luego
entre
1765
y
1791 (94
en
total),
fue rebasando la capacidad de una oficina personal como la del
virrey en
la
necesidad de desarrollar
una
auténtica secretaría dé
Estado.
Progresivamente, con
la
ayuda del
Tribunal de Cuentas
creado desde 1605, pero
cuya mejor
suerte era
la ineficiencia (por
•
7
Andrés Lira González, "Aspec to fiscal de la N ue va Espai'ia en la se g tmda
mi t
ad
del
sigio
XV II I", Historia Mexicana,
vol. XVII, núm. 3, México, e
nero-mar
zo de
1968, pp 361-394.
4ll
Tbid.;
G uerrero,
op .
cit.
49
bid.;
sobre
los
func
ionarios
que fracasaron en
las
int
endencias de
Filipinas.
véase > vJa
ría
Fernanda García de
Arcos, L1
intendencia m Filip
ina
s Universidad
de
Granada,
Granada, Espa
ña, 1983.
j·
j
1
l
1
EL
PROYECTO
BORBÓN
Y
LA
PROVINCIA DE
tv 1CHOACÁN
67
lo que
sólo vino a justificar su existencia
hasta 1789 cuando
se
descubrió
una secuencia interminable de
fraudes
po r toda la co
lonia),so la
Ha
c
ienda novohispana
fue
reforzada
a
partir de
la
dec is
ión
de implantar intendencias en . los territorios ameri
canos
.
51
La
introducción
de
las intendencias, y
debido
a
qu
e la
dec
isión
final
de
implantarlas en América respondía a la crí tica sih1ación
del erario real, acentuó la tarea fiscal co
mo
nunca en las colonias.
La fuerza del Estado español a través de sus tentáculos burocrá ti
cos
se
dejó sentir implacablemente sobre la
población
americana;
'la de la N
ue
va España, virreinato que
desde hacía
muchos años
era
el más rico ·e
importante
de l Imperio,
no
fue la excepción.
52
Así, la Ordenanza
no
vo
hispana de 1786
(cuya vigencia debió ini
ciar en
1772)
dio
paso
a la creación de la Junta Superior de la Real
Hacienda, organismo cuyo sentido original fue impulsar la unifi
cación
de criterios
relacionados
con la
materia
fiscal
de
la
colonia
,
más
aún,
cuando
la
Ordenanza de
esta
colonia
,
que empezó
a
definir Lma
nueva
relación entre el Est
ado
y sus
súbditos,
fue con
cebida a partir de un conhmdente criterio fiscal cuyo mejor ejem
plo son las decenas de artículos del ordenamiento centrados en la
razón hacendaría.
El
renovado
sistema fiscal de
1786
(cuya
estructura se
integró
por cuatro sectores de
irr1p
uestos: masa común, particulares, ajenos
y los
estancos
especiales , estuvo
directamente
conectado a una
necesidad
global y centralizada
en
la
península española
que, pese
• a
su sistematización, mu
y lejos
quedó del
servicio de la
población
novohispana.
Buena
parte de
la
recaudación directa
e
indirecta
que
a
tr a
vés
de
él
se
eje r
ció
en
esos
años
terminó
en
España,
o
bien,
en
la periferia caribeña, como
parte
de la estrategia de
soste
nimiento de la burocracia militar del Imperio, adscrita en esa
zona
por razones
de seguridad.5
3
·
so David
Bra d ing,
1fineros y comerciantes .. . op . ci t. , pp
.
84-93 . . ,
5
1
lb
id.;
Lira González,
op. cit., pp. 364-365.
Y
para entender elunpacto de la
P
<?h
tica fiscal colo
ni
al,
véase
Herbert
Klein,
Las finanzas americanas del Impeno espanol,
1680-1809
Instituto
de
Inv
es tigaciones
José
María
Lu is Mora-UAM Iz
tapalapa
,
,;Méxi co, 1994. .
1
5
Pedro
Pérez Herrero,
El México b
orbónico
: ¿un
'éx
ito ' fracasado?",en Josefi
na Zoraida Vázquez (coord. ),
Interpret
acion
es del siglo
xv
mexzcano. El zmpncto
de
:las
reform as bori.>ónicas N u
eva
I
mag
en, Méx ico,
1992, pp. 109-151. . .
'
53 Ibid
.; Carlos
Marichal y '\[atiUe Souto,
"Silver and
Situados: New
Spa=
anct
Financ
y
d
the
Spanish
cm p
ire in the
Caribbean
i r1
the
Eighteentll. Cen
tury",
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 18/47
ó8
EL PROY ECTO B()RBÓN Y LA PROVINCIA DE MlCHO ACÁN
RECAPITULACIÓN
:En el ma rco de las transformaciones
dictadas
por
el nuevo orden
político
de
los bar
bones,
la sociedad michoacana resintió una
serie
de cambios en su
din
ámica a raíz de
la
vi sita general a terri
torio
novohispano de
l
delegado
real José
de
Gálvez. Si
bien
éstos
ya se habían anuncia
do
desde años antes, el impacto de la visita
se dejó sentir en niveles como el político, militar, económico, co
mercial y fiscal. A
partir
de entonces, el poder real redefinió sus
relaciones con todos los
grupos
y actores sociales de las colonias
novohispanas
.
Uno de
estos actores era la Iglesia católica. En la
región
de
Michoacán
la Iglesia
gozaba de
una autoridad y
hegemonía que
si bien resultó operativa para la misma Corona, los alcances del
reformismo borbónico y las necesidades fiscales de la Corona
hicieron anacrónica
su
posición privilegiada. Pero
hubo
otros
actores
que también
resintieron
los
cambios
introducidos
por
el
reformismo. És tos fueron los comerciantes y los propietarios,
quienes encontraban en los
ayuntamientos
civiles las mejores tri
bunas
para
manifestar
sus aspiraciones sociales políticas.
En
términos
generales
y
debido
a las
reformas
comerciales los
o-rupos sociales adscritos a los cabildos
michoacanos
experimen
taron mejorías a raíz de la visita de Gálvez; éstas fueron sólo rela
tivas, pues a partir de entonces las
presiones
fisca les aumentaron
significativamente
sobre la
producción
y
la circulación
de mer
cancías
.
Éstas favorecieron
al erarip real primordialmen te.
En
contraparte, otro actor
social,
representado por
las
c o m u n ~ d d e s
indígenas
,
resintió fuertemente
los
estragos de la
política
refor
mista, pues
ésta sólo
les generó
inestabilidad
económica
y
social.
La exacción
tributaria
cayó, a raíz de la visita
de
Gá lvez, de ma-
nera más drástica sobre
el sector
indígena, el
que a
su vez
fue el
grupo social más
afectado
por tma serie de crisis agrícolas
desata
das
antes de
la instauración de
la
intendencia
.
Cuando la intendencia de Valladolid de Michoacán fue creada
tomando como
base
a 10 alcaldías mayores de la pr ovincia de
Michoacán, su pob laci ón atravesaba por una
situación
económica
Hisvanic
m
rica n 1-fistoricai
Review •tol.
74, nú m . 4,
Duke
University Press,
n o ~ i e m b
de 1994, pp .
387-ó13.
EL PROYECTO BOH.BÓN Y LA PROVINCIA DE
MICHOA
CAN
69
crítica . Las secuelas de hambre y miseria de la crisís agrícola de
1785-1786 aún eran tangibles.
El nuevo gobierno vino
a agudizar
dicha situación. Su marcada tendencia a controlar la admmistra-
ción de los recursos antes en manos de las
corpor
aciones lbcales
su
profundo
acento fiscal y extractivo, plasmado en la mayor par-
te
del
articulado
del
rübro de Hacienda de
la
Ordenanza
de
1786,
crearon una atmósfera particularmente
tensa en
esta
.
jurisdicción.
Ésta pronto se expresó
en denuncias
y
quejas má
s adelante
en
rebelión política)
contra
las acciones
de la autoridad real
y
luego
contra ella misma en tanto
entidad
política que ya
no
representa-
ba a to dos los ·interese s
de
la
Nueva España. 4
•
54
Par ; ¡
un
seguimiento de
las acciones.
l i t i c ~
d e tod os
los grupos sociales
d e
la in tendencia de
Valladolid
a p
artir
d e 1809
contra
el de spotismo bo rbón,
véase
.
Carlos
La oligarqu ía ..
op ci
t., ca
p.
m qtúen a
btmd
a en la
cond u
c ta cultu-
ra l í t i de las élit es locales;
Martha
Terán, ¡L vfuera e mal gobierno Las reformas
borboniccl
s en
los
pueblos ... . o
p
cit., v,
qu ien sigue
de cerca la conduc ta
de los
se
e tores¡i
ndígenas
.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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II. LOS INTENDENTES RIAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA
EL NLJEVO PROYECTO
La instauración de intendenci
as
en
los vi rreinatos y go
biernos
americanos
era
parte de un
plan muy amplio de
reformas
econó
micas
y políticas
pensado
e
instrumentadas
,
respectivamente
,
por
la dinastía
borbónica
y sus
ministros
ilustra
dos
para
controlar
mejor
los recursos
de
sus posesiones
. Entre éstos
destacaba
José
de
Gálvez, natural de
Málaga, quien
por disposición
ex
presa del
rey Carlos III se encargó de
elaborar
y dirigir pe ro no concre
t r la ejecución
del
plan en la Nu eva España.
Su muerte,
acae
cida en
junio
de
1787, lo pr iv ó
de
d irigir su propio programa
re
formista en
este virreinato
,
después de
18
años
de haber sido
aceptada
su
aplicación
desde
1769
fue nombrado
intendente
de
Sonora
Pedro
de Corbalán), lapso similar cuyo inicio integral fue
frustrado
por
la guerra de independencia de las colonias america
nas, y
por las
críticas
antirreformistas del virrey fray Anto
nio
María de Bucareli y
Urzúa.
1
La Corona impulsó entre 1782 y 1787, después de resentir los
estragos económicos y fiscales de la guerra contra Inglaterra (1779-
1783), el nuevo modelo
de
gobierno en sus colonias americanas.
Con la creación de
las intendencias, el
monarca
borbón Carlos In
buscaba avanzar en su proyecto
de
recaudar
con más eficacia
recursos
por
la
ví
fiscal
de
sus
colonias. Era ésta
tma
de
las tareas
primordiales
de los intendentes y sus
equipos administrativos
locales, claramente dictada en
la
causa
de
Hacienda de la Orde
nanza novohispana.
Pero,· a diferencia de las
reformas adminis-
,
trativas
anteriores,
el
de las intendencias se presentaba como
un
plan
mejor
articulado
en
el nivel local: un jefe político-adminis
trat ivo
al
mando
de un
cuerpo local de ministros subalternos .
Éstos ejecutarían localmente acciones
fi
scales más p rofundas que
l
as
realizad
as
has ta ese mo
me n
to por los a
lc
aldes
mayo
res (tr ibu-
1
Da
v id Brading, Mineros
y c:omercitmtes en
el ivféxico borbónico 1763-1810 FCE.
01íéx
ic
o . 1985, ?P · 72-:'5.
70
¡.
LOS INTE
ND
ENTES R1AÑO YDfAZ
DE
ORTEGA
71
tos) y los ofic
ia
les de la Real H aci
enda
alcabalas, tabaco,t1ieve,
etcéter
a
2
·
El gru po reformista es taba
i11.tegra
do por
un
nu tr ido seCtor de
oficiales y mi li tare s com pr
ometi
dos
con
las id eas d e in.I
ov
aci ón
administrativa
y
de gobierno; esto se percibe en la m ayor ía de sus
in formes
ad m
in istrativos. Lo s que conocemos de los primeros
intendentes
de
Valladolid
de
Michoacán así lo aptmtan. De hecho,
la
ma
yor ía ·
de
los intendentes que
iniciar
on sus acciones de g
o
bierno
en
la Nueva España estaban directamente ligados al rey
Carlos III (a la Orden
militar
con su nombre), o bien, al núcleo
ilustrado que giraba en torno al d:mde
de
Aranda y al v isitador
malagueño José de Gálvez. Tales fueron los casos ·de los dos pri
meros intendentes de Valladolid
de
Michoaca.n: Juan An tonio
Riaño y Felipe
Díaz de Ortega
.
3
La
idea de que
detrás
de
la
reforma del gobierno
estaba tam
bién la intención de adosar un nuevo grupo
dirigente
en la Nue
v España
no es exagerada, sobre todo
porque
iba de
por
medio
el proyecto de sustituir a los antiguos funcionarios coloniales
por
gobernantes
y
administradores identificados con las ideas y nece
sidades
del
Estado y la
sociedad contenidas
en la Ordenanza: efi
ciencia fiscal,
depuración
administrativ a, impulso económico y
fomento agrícola, etc.
4
Se trataba de formar cuadros de gobernan
tes locales y de origen y
formación
estrictamente
ilustrada
. En
realidad, esto solamente pudo
cumplirse
en el
ni
vel medio direc
tivo: el de los intendentes y los ministros de cajas reales.
Asimis
mo
, como hemos encontrado en
estudio
de la intendencia de
Valladolid (1787-1809), muchos grupos criollos lograron invo
lu
crarse er:t el nu evo cuerpo
administrativo
a
través de
las subdele
gaciones; instancias en las
que
, desde
el
origen, se
plasmó
origi
nalmente incluirlos o
definitivamente
integrarlos al servicio
público
.
5
·
2 Ibid.
p.
81.
Ha
cia 1770 ftm cio
naba
n en la Nuev a España 15 oficina s de la
Real
a c i e n todas
de pend ie
nt
es de la centra'lubicada en la ciudad de México.
3
Hors t
Pi
e tschmann, Pro tolibera lis mo, re
fo
rmas bo rbóni cas y revo lución: la
Nu
eva
España en el último tercio de l sig lo
xv
, en J
os efina
Zo rai
da
(
coo
rd . ,
[nterp retacion
es del
siglo w mexicqno. El impacto
de
las reformas
bo
rbomcas
Méx
ico, N ueva Imagen, 1992, pp. 33-34; R
iiia rd
o Rees Jon es, El despotismo ilustrado
y
los intendentes
de la Nueva
España
l.ii'IAM, N¡féx
ico, 1983, p . 217.
Piet
schm.;uu<,
o
p.
cit.
pp.
36-37 y Sé-65 . .
5
Ibid.
p . 64. P
or
lo que se t
ia
ia es te au tor, 'és ta
pu
do
ser una dif
erencia
sustanCial
entre el cond e d e
Arand
a y José de Gálvez.:rvfi
entras
el pri.rnero p
ens
, ba q ue c
ua
l-
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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7)
_
LOS INTENDENTES RJAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA
R
IA ÑO,
MILITAR
SANT. .NDERINO
El primer in
te
ndente nombrado para instaurar
a la
vez que
empezar a gobernar la intendencia de Valladolid de Michoacán,
fue el teniente de
navío
de la Real Armada Juan Antonio
Riaño
y
Bárcena.
Originario de Santander
, Es
paña,
este
peninsular se
casó
en Luisiana
con
Victoria
de
Safnt
Maxent
, hija de tm rico criollo
francés
muy influido
por las ideas ilustradas.
Una
de sus herma
nas, e l í ~ i t a s se casó con Bernardo de Gálvez, sobrino de José de
Gálvez, a quien
éste
promovió
como virrey
de
la
u ~ v a
España
con la idea de facilitar la instalación del
nue
vo régimen.
Pero
su
muerte, al igual que la de su hermano Matías, también promovi
do como virrey por
el ex v isitador y jefe
del
ministerio de Indias,
crearon desde 1786 un vacío político que fue costoso al desarrollo
del nuevo gobierno.
La
múerte del propio ministro Gálvez agudi
zaría aún más la situación de la reforma en
l
Nueva España .6
Emparentado así con
el
principal
teórico
de
1a
reforma admi
nistrativa novohispana, el teniente Ríaño integró ese
grupo
des
tacado de peninsulares que impulsaron la innovación de los
métodos de
gobierno
de la Nueva
España.
Fue uno de.los cinco
militares que el ministro José de
Gálvez
elígió para crear las 12
intendencias
novo hispanas en 1786.
Dos
militares
más
fueron el
cuñado
de Riaño,
Manuel
de
Flan
, quien
gobernó
la
intendencia
de Puebla
, y Felipe
Díaz de Ortega
,
a quien se nombró
intendente
en
Durango. Éste, sucesor
de
Riaño
en
Valladolid a
p•rtir de
ene
ro de 1792 fue,
quizá, uno
de los
gobernantes
más
polémicos
de
esta última etapa colonial novohispana.
Riaño
había arribado
a
Michoacán previamente
a
su designa
ción como
intendente . Desde el 20 de
enero de
1786 fue nombra-
qu.ier
persona
podía cumplir un
papel important
e
en
la
administra
ción
pública,
sea indígena,
mestizo,
etc., Gál
vez no
t
enía al
parecer
un
criterio
tan
laxo. Para
Aranda importaba mucho la educación e
ilustrac
ión
del
s
uj
eto,
en' tanto que
Gál
vez
fue
más
pragmático en sus decisiones; el momento crítico
del erario
español y
su
conocirniento
directo
de la re
alidad
n
ovo
hispan.a (
incluida
la sit u
ación
de los
indígenas y
las castas)
debió inilu.ir poderosamen te en
sus
juicios y,,por supuesto,
en las actitudes
de
muchos d e los intendentes.que nombró inicialrrttente para ini-
ciar
con la reforma administrati va. A
fi
.n de cuentas que ésa
er
; ¡
tna
di fe
rencia
impo
rtant
e en tre tul
ftmcionario
que conoc;ó de cerca
la
rea lidad
o n . i
y o tros
que conocían
más
bien las circunstancias de la
península
espai'lola. [
6
Brading, op .
cit. p. 326;
Pietschmann
, op.
cit . pp.
33 y 49. ;
LOS li'JTENDENTES RJAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA
73
do por el ministro Gál vez cor re
gidor de
la jurisdicción
Pátzcuaro
Va.lladolid, aunque
su llegada
ocurrió
hast
a el
mes de octubre de
ese
mismo
año. Se
presentó
ante los
cabildos de
las
dos
ciLtdades
sedes
del
corregimiento la última semana
de
ese mismo mes.?
Sustituyó
en
et'corregimiento a Po lic
arpoCrisóstomo
Dáv ila,
corregidor desde agosto de 1779, y quien fue rápidamente a b s o r ~
bido por
la
oligarquía
local al casarse
con
una
rica
heredera
crio
lla de Pátzcuaro.
8
Los reformistas
borbónicos
ya no
querían
que
siguiera
sucediendo
esto con
los
funcionarios
reales.
Sin
embar
go,
Riaño llegó
a Michoacán en circunstancias
muy diferentes
.
Para
empezar, con
ideas
políticas y estado civil
distintos
a los de
su antecesor en el corregimiento. Pero además con el apoyo direc
to del ministro de Indias, y muy probablemente
con
el conoci
miento de que pronto
sería
ratificado como jefe
político
de una
zona más amplia y distinta a la del corregimiento: la intendencia.
Tres meses después, el25 de enero
de
1787,
tomó
posesión como
intendente corregidor interino pero el21
de
julio de ese mismo año
lo
hi
zo
como
intendente propietario
ante
el
ayuntamiento
de
Valla
do lid, acto este último que liquidó, para siempre, la secular rivali
dad existente entre Pátzcuaro y Valladolid por detentar la
sede
central o capital política
y
administrativa de las jurisdicciones
reales en la zona . A partir de entonces, Valladolid
se
erigió en el
punto ejecutor de la centralización
administrativa
y fiscal plan
teada
en la
Ordenanza
a partir
de
m grupo de 10
antiguas
alcal
días mayores y corregimientos;
siendo
el intendente y
su
cuerpo
de ministros y oficinas fiscales
(asesor
letrado y funcionarios_
locales de la Real
Hacienda)
quienes
centralizarían
localmente
AGN,
In t
e
nd
e
ntes
, vol. 13, exp.
21
, fs. 239-250.
La
información recogida
en
es ta
fuente no co incide,
sin
em.bargo, con la de otro acervo, el AHAM, lib . 45,
fs
. 154-156v,
ya
que en ésta se lee que el capitán Ri
año
recibió d el re y e l título d e corregidor de
Pá tzcua ro-
Valladolid
en sustitución
de
Policarpo
C.
Dávila,
por
Real Orden de
10
de nov
iembre
de 1785. Quien firmó la ex
pedición
del qtrgo de
Justicia
ma
yo
r y
Corregido
r In t
erino
de
la
cd.
de
Valladolid de
Michoa cá
n fue el influyente Jos é
de
Gálve
z. Asimismo, en o tra
carta firmada el
21 de febrero de 1787, de
ntro
de
este
mismo
libro
(fs . 163-164
, se
desglosan l
os
té rminos del nombrami e
nto
del
capitán Riaño
ya no
como corregidor
int
erino,
sino
co mo
co
rr g idor i.ntend ente '>
es
d ecir,
como
ftmci o
nari
o q ue
debía go
be
rnar
·
con todas
las
tacu.ltades
premJ
nentes y exenciones que le correspo nd en, arreglándolos en todo a la Real Orde
nanza,
y a las
Ynstrucciones
y órdenes que os co
municará m Secretario
de Estado
v del
despilcho Lmiversal
de
Yndi
as, Superintendente G ral. absolu to de mi Real
Hac
i
enda
en todas e llas .
s ACN, Subdeieg¡:¡dos, vol. -lS, exp . 10, fs. 205-212.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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74
LOS
íNTENDENTES
RlAÑO Y
DÍAZ
DE ORTEGP..
las tareas ejecutivas, leg is lativas y administrativas a
partir
de
entonces .
Su
arribo
al c
orr
egimien to poco tiempo
de
spués
de
haber ter
mmado la fase crítica de la crisis agrícola d e 1785-1786, que asoló
va
st
a zona central
del virreinato,
le permitió observar la fuerza
de un poder cent
ralizado
y c
orpo
ra tivo exis tente en el [grupo de
alcald1as
mayo
res a
dscr
itas al]
nue
vo
terr
ito rio fiscal o
intenden
c.ia: el clero y diócesis vallisoletanos. La fue rza
de esta
j
erarq
uía
(
mcremen
t
ada entonces por
la disposici
ón ilustrada de sus
diri
g ~ n t e s la
había
impulsado a coordinar con éxit o las tareas de
apoyo social de rivadas de la mencionada crisis ag rícola: siembras
t e m p ? r
á n e a s obras públicas , etc., tareas ejecutadas bajo direc
cwn religiosa y
aval
real, tanto por particulares como oor
miem
bros de
los cabildos civiles, e incluso
por f u n c i o n a r i o ~ como
los
alcaldes mayores
de
la
zona. Un
total
de 288
000 pesos salidos de
las arcas catedralicias fue el respaldo material con que se afrontó la
crisis. Y f
ue
también
el me
jor argumento esgrimido
por
el clero
para elevar
su
autor
i
dad
directiva
ante
el
reformismo
real y den
tro
de la
sociedad michoacana y del Bajío en general.9
Dentro de
su
nu evo territorio, que comprendía varias ciudades,
villas, infinidad de pueblos y casi 300 000 habitantes, encontró de
Jacto una sociedad organizada
en
torno
a la
fuerza económica
ideológica y moral del clero, integrada a su vez por pujantes
n ú ~
deos
criollos y
peninsulares.
Algunos de estos
últimos
eran rela
tivamente recién
llegados
a la región y
por
lo mismo, dispuestos a
9
Ex
is
ten vari os trabajos s? bre la presencia y hege mmúa
del
clero y la jerarquía
g t ~ s a
e n
esta zo
na
del
vt
rr eina
to n
ovo
h
isp an
o.
Para
e
nt
e
nd
er
el
conflic
to
de
a c 1 0
con la
au t
o
rida
d rea l durante el siglo
1u
res u
lta
m uy ilu
st rad
or el t
ra
ba
JO
de
Entre dos majestades ...
(
Zamora
, 19 87), y
para
ad
e
nt rarse lm
poco mas en el
g ~ n
d e
la
cons ti tuc ión d e la
he
gem
onía de
la
instituci
ón religio
sa en la zo
na tambw
n ayuda
mu
c
ho
el de Carl
os Juárez,
El clero en Morelia durante
el szg
lo
(Morelia, 1989). As imismo, pa ra adentrarse en la
pr
esencia d e la autori
dad r.ehg tosa en la esfera ed ucativa e ideol
ógica
resultan de particular ayud a los
traba¡os de
Juvenal
Jar
amíl
l
o,
La vida académica
de
Valladolid en
la
segunda ·mitad
del
szglo XV III
(Mo re
lia
, 1989), y
J ~ s é Pérez Calama . Un clérigo ilustrado de l siglo XVI II en la
a ~ t z Valladolzd de Mzchoaca n
(Morelia, 1990). Para comprender a su
vez
la
capa
Cidad ele respuesta de la ¡erarquía
il
ustrada del obispado de
Valladolid
an te la cri
S
IS coy untu:
a, t
am bi
én res ul ta ilustrador el trabajo d e
Martha
E.
Te rán
, S
ociedad
Y po.lmca en la
qJOCa
colo
mal:
la crisis agrícola de
785
-
786 en
Valladolid de ic
hoacán
(t
es
ts, U N México, 1982), y más recient
eme
nte de Jaramillo, L1 gestión episcopal
de fray . t oJ iO .
(Zamora,
1996 j.
Adicionalme
nte
, para co
mp r
ende r la
ofens
iva
r e r o r n ~ u s con tra la administració n y lo s recursos eclesiásticos,
véase
David Bra
dm g,
L na Igtesza as¿dzada: el obzspado de 11ichoacán 1/49-1810
í.México,
1994).
¡.
LOS [N
ENDENTES RIAI'
IO Y DÍ..>..Z
DE ORTEGA
75
acrecentar
su
poderío económico a través de a l i a n z ~ s p o l í t i ~ a s Y
ma t
r
imoniales
. Así, entre un a Iglesia inHuyente, dos
cabtldos
ci
vil es
inmersos en
fragorosas disputas étnicas y
un
a
po
.btación
i..Tl.dío ena
ao-obiada aún por las secue las de la crisis de me<;l.iados
b b
l d . 1
de década, el teniente Riaño inició s u ges tión de a mten enc1a e
21
de julio de
1787.
En la sesión de cabildo
de
l l a ~ o l i d
~ n l a q_L e
se
hizo
oficial
su
inicio
de
ac tiv
idades
como
au
t
ondad
o
vü,
sow
estu
v o
au sente
un regidor: el licenciado
Matí
as
An
t
onio de
los
Ríos ,
un
influy
ente
criollo y
miembro
a su vez d e
una
podero.sa
familia con ramificaciones.en el cabildo eclesiástico de Valladolid .
El
aboaado De
los Ríos se
hab
ía ausentado
temporalmente
a la
b
ciudad de México.
10
. Como probablemente les sucedió a todos los intende
ntes
de la
Nu e
v a España, los casi
dos
años que tuv ieron
para actuar
con
relativa autonomía, algunos de los renglones dispuestos en esa
dirección por la
Ordenan
za Riaño los ejecutó
con ejempl.a
r
r a p i ~
dez. Entre marzo
de 1787
y diciembre
de 1788 puso
espeoal aten
ción a cuestiones
como
el
disputado
abasto
de
la
ciudad
de
Valla
-
dolid el estado
del
cobro
de
tributos y
la
solicitud
de informes
econÓmicos a los alcaldes
ma
yores,
cu
ya
ágil ayuda
le
permitió
crear casi d os
decenas
de subdelegaciones nombrando , por
su
propia cuent
a, a cada juez
subalterno
local. . . _ ,
Al finalizar 1788, año en que el virrey y el mov1m1ento contra-
rreformista ya habían logrado retirar a los intendentes
buena pa:
te de las atribuciones autónomas que la
Ordenanza
les
habla
dado,
nadie podía poner en du d
a la vocación reformista.de R i a ~ o
en
Valladolid. No obstante, el
mo
v
imiento antirre
form1s ta hab1a
log
rado recuperar para la enti
dad
virreinallo que la.
Ordenanza
previamente
había
dictado entregar
a
favor del
gobterno
lo.s
intendentes,
siendo
la administración
directa
de
recursos
pubh
cos como los Propios, los bienes de comunidad y el nombramien
to de subdelegados los más ilustrativos.
11
Sin embargo, esto no
10 AGN Intendentes, vo l. 13, s. n . e., Oficio qu e los ministros de
la
Tesorería
G
ene ral
'de la Real H acie
nda
Fr
an
cisco Vales
Carr
illo y
Luis
Gutiérr ez
envían al
Superintendente
Gen
eral de
la Re
al Haci
enda Fernando
Mangino",
30
de
junio de
1788 .
Pietsc
hmann , op ci t pp . 47-48. En AG N, T r ~ b u t o s , 7, fs. ~ 8 ,
·
diciembre de
1788,
se
pueden encont r
ar
c
uatro
inJ:ormes
a d a u r u t r a t ~
en tre ,os
que conviene seña
lar
en
e
ste
ptmto
una Cuenta
_
o
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mada P.o
r el c?.rru
swna
<
:o para
la
glosa
del me d io
real
de
minis tros sob re
matnculas
de
Va
lla
do nd
,
captas
de las
•
.,
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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7ó
LOS IN TENDENTES RlAí iO Y DÍAZ
DE
ORTEGA
significó que n o
se adoptaran
l2s
nu e
vas
normas
r
acionale
s de i
gobier
no económico en
esas instancias administrativas, c
omo
señalarnos más ade lante. ·
Su presidencia del cabildo civil,
durante
ese l
apso
de
2.1
meses
de 1787 a 1788, en el que tomó decisiones o n e r o s ~ s
para
el corpo
rat ivo, lo confrontó cor. el sector
más
poderoso e in fluyente del
cuerpo urbano
c
apitular:
el
grupo
vasco. Éste era
comandado por
los hacendados y comerciantes Isidro Huarte y Arrivi llaga y
Juan
Manuel de Michelena. Y aparte del puntilloso aslmto de la admi
nistración del diezmo considerada en numerosos artículos de la
causa de Hacienda, cuya aplicación parecía afectar directamente
a la catedral y cabildo de Valladolid, durante 1788 Riaño
siguió
mu y de cerca el cauce
de
la escasez de alimentos entre los indíge
nas
de la jurisdicción.
Sobre este tema informó al virrey que las hambres y
miserias
de
mediados
de década disminuyeron
el
número de contribuyen
tes
hasta
puntos
críticos en algunas cabeceras. Yque, aun cuando
ya
se
estaban
elaborando
los
nuevos
Padrones
de
Tributarios,
la
situación económica lo llevó a no realizar relaciones
juradas,
recu
rriendo
mejor a
la fuerza
de
innumerables
suaves
providencias
y
paternales prevenciones,
y
principalmente
de repetidos
pla
zos
.
Hacer
lo
contrario
implicaba
ir contra
la equidad
natural
,
informó,
aunque
destacó ya haber recaudado el tercio de tributos
de Navidad
y casi en
su totalidad
el
de San
Juan.l
2
A
algtmos
ca
pitulares
vallisoletanos
la
actitud
de
Riaño
les
recordaba
, d e
hecho, la de
un
corregidor ilustrado
de años recientes: Juan Sevi-
llano. ·
Si el reformismo no se inició con la intendencia, sí se intensificó
con
ésta,
más
cuando
el celo
ilustrado estaba
de
por
medio
y los
intereses
reales por delante. Riaño, por ejemplo, nombró a siete
alcaldes
mayores
como subdelegados ya que,
según
su juicio,
eran personas
rectas
y honestas ;
pensaba
que nombrar como
subdelegados a antiguos
justicias
destacados
por su
rectitud
Órdenes que precedieron
para
e cobro de tributos por la nu eva matrícula de 1788,
y una Cuenta d e lo que se d ebia cobrar sobre matrícula de Vallado lid el2 9 de jtilio
de 1782, de lo cobrad o e n 24
pu
eb los d e la jurisdicción y d e lo qu e restaba cobrar
en este rubro. Co mo se recordará , por aquel e
nt
onces la población tributaria
de
algunos p uebl os aú.n no-se recuperab a de la crisis económica c
au sad
a
por
el ham
bre y a carestía de 1785-178ó.
12
Rees Jones, .Jp. t
.
p . 182.
t
J
L
OS
IN TENDENTES RIAt-10 Y DÍ AZ DE ORTEGA
77
ad m
inistrativa representaba, de todas maneras , un impulso ca
bal
de ·¡a
reforma.
No actuó
ni
juzgó
así cua1'ldOno
encontró
esas
cualidades
en
esos justicias.
En 1787
fungía com o t
eniente general de
Zamora
Ju
an José
Tentori pero,
por haber
desfalcado
las arcas
de
comunidad
de
los
naturales de la zona, Riai\o lo
sometió
a juicio de residencia y lo
encarceló.l
3
Asimismo,
en
su
informe sobre repartimientós
del
22
de
diciembre
de
1789 Riaño destacó
que al
principio
de
su go
bierno
encontró
que algunos justicias
ma
yores
habían repartido
mulas
1
toros
y
otros objetos comerciales en la
demarcación
. A nin
guno de e l ~ o s lo cbnsideró para nombrarlo subdelegado, pues,
dijo, a
medida que
avanzó
su
tarea
directiva no sólo
suprimió
tan perjudicial
práctica'',
sino señaló haber dejado libre un
co
mercio que estaba en manos de un reducido y monopolista grupo
de
indiv iduos confabulado con justicias corruptos . El grupo era,
por supuesto, el poderoso sector vasco.
14
Sobre esto último también vale
una
consideración . Si
bien
el
neo-ocio
del
repartimiento era
una
confabulación grosera
entre
f u ~ c i o n r i o s y
particulares
poderosos, en
Valladolid no tenía
al
parecer alcances
ni
secuelas de corrupción de
escándalo
como las
denunciadas ·por el intendente Mora y
Peysal
en Oaxaca.
15
Mien
tras en
aquélla
los
intendentes
informaron que la práctica del
repartimiento
era
mí nima (y
si bien Díaz de
Ortega consideró
más adelante que su suspensión
estaba causando problemas
eco
nómicos en muchas zonas de la intendencia), en Oaxaca nunca
pudieron
r r a d i c a r s e ante la fuerza del gremio de comerciantes
españoles
fabricantes
de grana y cochinilla, cuya producción,
como indicamos, estaba destinada sobre todo a
la
industria textil
barcelonesa
en
boga.
Los nuevos
gobernantes de
Valladolid consideraron
que los
repartimientos eran suficientemente reducidos para
proceder
con
tanta rigidez contra
los antiguos funcionarios y sí, en cambio, les
fue viable· premiar
a los
que
destacaban
como alcaldes
mayores
con el título
de subdelegado. Por
ejem
plo,
a
todos los
alcaldes y
corregidores de la intendencia les tocó enfrentar la crisis agrícola
'1
3 .>.GN, l n t e ~ d e n c i a s vo l. 54,_exp . 7, fs: 284-285.
'
4
>.G:-J,
Subde
l
ega
d
os
, vo l. 3;),
exp
. 2,
t. 8.
, .
5
Brian
Ha
'ixmett,
Política
y c o m ~ r c i o
en el
s¡¡
r
de
México 1750
1
82 1
:VI
CE,
i\ilexJco,
197 1, pp. 1: 3
-t::
7.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 23/47
78
LOS INTENDENTES Rl.'\ÑO Y D f Z D E
de
1785-1786. Ningu
no
reci bió acusación
o-
ra
ve
sobreesoecu la-
.
.. 1
oon u otra
conducta
inmoral ante la hambruna; por el contrario,
algtmos se d i s t i n ~ u i e r por sp actuación ejemplar durante l crisis.
Fueron
os casos de
Juan de
Ormaec.hea (Guimeo), Francisco Meno
cal (Tancítaro) y el propio corregidor Dávila, entre otros. La Coro
na, la
o r g a n i z ~ ~ i ó n
de
la
intendencia y
la política fiscal
salían
por
lo tanto
benefloadas
con sus nombramientos como
subdeleo-ados
' o ,
segun procedió y comunicó Riaño, pues Menocal figuró dentro
del grupo de ministros subalternos que inauguró la intendencia.
Años
después, Menocal
se
cl.estacó como activo afianzador de
subdelegados en varios
rumbos
de la intendencia,
principalmen
te
en la
zona
lacustre
de
Pátzcuaro,
punto de
su residencia.
Siguiendo
el ideario del núcleo reformista, el intendente Riaño
no.sólo c o : r : ~ i d e r ó .perjudiciales los repartimientos, sino que, dada
la m t e r a ~ c w _ n .de
mtereses
existente entre personas poderosas y
algunos ;usboas corruptos (como Tentori), hallaba no convenir
a la Felicidad Pública los Repartimientos de esta Provincia, y si el
que se
conserve
spre.
en
su
entero vigor, y fuerza
el
artículo 12
de
Rl. r d ~ n a n z a .. . ;es decir, el articul o que le daba espacio polí
tico a un Ilustrado reformista como él, muy cercano al
sentir
de
Gálvez,
para deci
_dlr qué hacer y cómo hacerlo
en
su
territorio
administrativo. En
síntesis, la escasez de
repartimientos
y la
con
ducta
pulcra de un grupo de alcaldes mayores le
dieron
autori
dad p a ~ a
mantener corno justicias subdelegados a ese grupo que
prorneha no defraudar al
indígena,
pero tampoco al erario. Por
eso se ~ u e j ó
amargamente
en,.803 de que la supresión del artículo
12 hab1a de; a
do
en una situación fantasmal la autoridad origi
nalde
los intendentes.l6
, La
a d r n ~ i s t r a c i ó _ n borbónica
vio
cómo su
proyecto
en
Michoa
can se hab1a
consolidado
al fenecer el
año
1789. El
intendente
Ria
ño había creado cuatro nuevas subdelegaciones que elevaron a 22
el total de la jurisdicción. Tan:tbién este año fue tes ti
o o
de un reco
rrido importante del jefe político vallisoletano, el c ~ a l acompañó
a ~ o s destacados
estudiosos
alemanes (Schroeder y Fischer),
qmenes llegaron
para
estud i
ar
el volcán
Jorullo, ubicado en l
región de Ario y La u a c a n a que
había hecho
erupción en 1762.
Pero otro recorrido irnportanfe desde la p erspecti
va
a
dministra-
15
A
GN
S u b d vol. 1 exp. f Sv.
LOS
lNTENDENTES
R AÑO Y D ÍAZ
DE
ORTEGA
79
tiva fue el que Riaño hiz o
en
etL.n p limiento del artícülo 26 de la
Ordenanza; éste
ma
nd aba a todos los intendentes a reali
zar
vis i
a su jurisdicción. ALmque en realidad el virrey
conde
de Revi
llag
iged
o los convo có a hac erlas a todos,
pues
hasta
principios
de
1789 ninguno la
había
realizad o. Riaño, en apariencia,
aprovechó
la
p
resenc
ia
de
los
cient
í
fic
os
europeos
señalados para
progra
mar la su ya.
La visi ta se prolongó
por
cinco meses,
desde enero
hasta mayo
de 1790.
El asesor letrado Onésimo
Durán ocupó de
manera in
terina
el gobierno de la
intendencia.
No
encontramos,
sin
em
bargo
,
un informe real sobre
las
consecuencias
de la
visita
de
Riaño. Más bien, antes de que la llevara a cabo, Riaño
ya
había
elaborado
una
serie de informes solicitados por el virrey Revi
llagigedo, que confirmaron el control que
el
intendente y
su
cuerpo de ministros tenían
sobre
infinidad de cuestiones admi
nistrativas y de gobierno . Entre el
intendente
y su
asesor
se dis
tribuían
el
conocimiento
y coordinación
de
expedientes
relaciona
dos con
las cuatro causas de gobierno.
Además, sobre el
primero
también había recaído por
ley la
responsabilidad de
elaborar
una serie
de reglamentos relativos al
manejo
y
arreglo
de los
Pro
pios
y
Arbitrios de
las ciudades, villas y
pueblos
de
toda
la
inten
dencia. Riaño, haciendo gala de agilidad legislativa, informó
tenerlos listos.
Analicemos primero sus informes. Uno fue el que integró como
balance
general relativo a la intendencia.
Era
en realidad un lista
do
de
expedientes acumulados
y
no
r ~ s u e l t o s
sobre
diversas
cuestiones adrrünistrativas.
Segün
señaló el
mismo
Riañ<?,
una
parte de
los 199
expedientes
obraba
en
su
poder,
y
otra,
la
mayo
ría, estaba en manos del asesor letrado Durán. Los que Riaño con
centraba
estaban relacionados con asuntos relativos a los
cobros
de alcabalas en
la jurisdicción
(causa de Hacienda),
aunque
los
que tenía en su
poder
el
asesor Durán
(160 en total) abarcaban
todas las causas. Asimismo, los expedientes resguardados
por
Riaño
estaban
circunscritos
a problemas hacendarías
relaciona
dos con aytmtamientos, villas y pueblos grandes , mientras los
que archivaba Durán correspondían en general a
todo
tipo
de
poblados y lugares de la in tendencia. Existía,
en
sí, un gobierno y
adminis tración coo rdin ad a de la demarcación
entre ambos,
au n
q
ue re
caía en Riafto la res
po n
sabilidad
admini
s trati
va
y financie-
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 24/47
.so
LOS ll'ITENDENTES RI.A.i'JO Y Dto..z DE ORTEGA
ra
de
la misma y por ley. como sabemos, sólo lo conducente a la
ciudad cap ital
en
el caso de DuránY
Si::n:rre
hacia
fines
de
1789, el
contador general
de
Propios
y
A rbltnos, A.11.tonío
de
Piñeyro, elaboró un informe
de
Expedien
tes .Pendientes" de su oficina . Éste incluyó
informes
parciales de
vanos
mtendentes
sobre
lo
que habían avanzado
en
la
materia
en
S ~ l s jurisdicciones. El intendente Riaño, por ejemplo, indicó tener
hstos los Reglamentos para el manejo de Propios y Arbitrios de las ciu-
dades
de
~ a l l a d o l i ~ i Zamora y Pátzcuaro, que ya habían sido aproba
dos, no
sm confliCtos, por
cada cuerpo
capitular de
estas
ciudades.
Sin embargo,el c a r ~ c t e r de pendientes con que calificó Piñeyro
al
g_rueso de
expedientes
en su poder, se debió a que laJunta Su
p:nor de la Real Hacienda (en
plena
reorganización por entonces)
aun
no los
aprobaba.
18
La existencia
de
los Extractos
de
Cuentas de
Propios
y
Arbitrios (1789-1802)
de
las ciudades
señaladas,
además
de los relativos a Zitácuaro, una copia
del Extracto de la matrícula de
t r i b u ~ a r i o s
practicada en
el
distrito del corregimiento
de
Valladolid
de Mzchoacán (seg(m informe de diciembre
de
1790) y los Extractos de
las Cuentas
de
los bienes
de
comunidades (1790 a 1802), relativos a
21
subdelegaciones,
son
indicadores
fieles de la aplicación relativa
mente
ordenada de los artículos 33, 34, 46 y 47 de la Ordenanza
por el intendente Riaño_I9
La_ mportancia de esos
reglamentos
y cuentas
residía en
que,
mediante ellos,
se buscaba concretar la
aspirada
homologación
la administración
y los servicios del gobierno
colonial;tam
bien, por supuesto, la disposición urgente para alcanzat
una
1 1 _ 1 a y ~ J r racionalización del
gasto
público.
Este
gas
to
permitiría,
s1gtnendo
los
señalamientos
de
cada intendente
y
según
las cir-
17 AGN, Intendencias,
vol. 54, exp. 7,
Js.
276-295.
18
N, Propios y
Arbitrios, vol:
5 . exp. 2, Is. 372-374. En Fabián
Fonseca
y
Carlos
U r r u t 1 ~ zstorza general de Real
Haczenda
t. v, Imprenta de Vicente García Torres, 6
ts.,
~ ; ~ x J C o
1851,
PP: ?43-351,
vé as e
_ r t i
c u ~ ~ r m e n t e la definición de Propios y
A r ~ 1 n o s la Instruccwn para la
Admm1stracwn
de Propws y
Arbitrios
(po. 245-
25o),
el
Reglamento J:ormado por el visitador José de
Gálvez
el1S de noviembre
de 1771_ P_ara la i u d a d de México pp. 253-259), y
subsecuentemente
la evo
lución de
la adrrurustracwn de
este
ramo desde 1773
hasta
1789.
19
A G ~ ' . í , Ayuntamientos,. vols. 181-220 (completos), y
Tributos
, vo
l.
16,
exp.
2, fs.
69-90.
Un
estud10
prehmmar sobre las tuentes referidas
a
Propios
y
Arbitrios en
Martha E. Te rán , Gobierno y
política
en
las c
iu d
ades v
villas
michoacanas hacia
con11enzos
del
sig
lo XIX
0
,
Seminario de gobierno
v politl.ca en
las ciudades
mex ica-
nas,. l S ? S - 1 ~ 1 7 del Instituto Jo
sé Ma
ria
Luis
í-. ora . ciudad de /\'léxico, 18 de
novtemo
re a e 1991 copi
de ponencia.:
Fo
nsec
y
T..Jrrutia
o
p
·cit
LOS lNTENDENTES R At'lO Y DÍAZ DE O RTEGA
81
cunstancias
v facultades
de cada
ciudad , villa y
pueblo, la f i c i e n ~ .
cía administ.rativa, un mejor control de los impuestos y, en s L ~ t e
sis,
un mejor método de
gobierno
económico
. En
pocas
pc:Jabras,
consolidar aún más gran parte de los
av
ances
administrati
vos
dispuestos desde
la
época de
la visita de José
de Gálvez
.
Así, el análisis
de
las fuentes
anteriores permite
obser
var
que
la
administración
de
los ingresos (cargos) y egresos (
datas
o gastos)
de las ciudades, villas y p u e b l o ~ de la intendencia de Valladolid
fue sometida a la un ificación del
método
administrativo desde
1789. El rubro de ingresos
comprendió
18 d i s t i n t o ~ concet:'tos, me
diante los cuales las
ciudades
y villas podían
abrogarse
recursos;
comprendía,
por ejemplo, desde el cobro por el uso de p i ~ o Y
sombra de la
plaza
hasta multas impuestas por alcaldes y reg1do
res.2o Por su parte, el de datas abarcaba un total de 29 conceptos,
algunos llamados
comunes
y
otros especiales , a través de los
que
se ejercían gas tos y subsidios como el pago del c o r r ~ o : c o ~ n -
pra de
materiales,
reparación de
edificios públicos,
g r a t i f l c a c ~ o -
nes, hasta
4%
del sueldo del subdelegado
y
ayudas de cada
cm-
dad para el ejército.
21
En relación con
la
administración
de los cargos y
datas de las
comunidades indíaenas, los extractos correspondientes a los años
1790-1802 dejan
v:r que sus recursos eran directamente adminis
trados
por los
subdelegados,
en
años en
los que la crisis fiscal de
la
Corona
entró en una franca
caída.
La disponibilidad de la
Corona
sobre ellos era directa y no tenía que ser sometida
ne
cesariamente a la consideración de la(s) coraunidad(es) indí
"gena(s) en
cuestión,
mucho
menos en
casos de ur_gencia.
~ s í suce
dió por
lo
menos durante
los años
1798-1809
baJO
el
g ~ b 1 e : n o
de
Díaz de Ortega), cuando decenas de comunidades md1genas
michoacanas aportaron patrióticamente parte de
los
recursos
de sus cajas a
la
Corona
con
motivo de los conflictos
bélicos
eu-
ropeos.22
Adicionalmente,
las
cuentas de Propios y Arbitrios de 1791-
1802
de
las ciudades (Valladolid y Pátzcuaro) y villas (Zamora Y
Zitácuaro) de la intendencia mostraron que suljercicio patrimo- ·
nial correspondió al
intendente
y a
los
r e s p e c t ~
v o s
subdelegados
20
dem.
21
[bid
l
Idem
vol.
:22
0.
>
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 25/47
82
LOS iNTENDENTES RIA ÑO Y IiÍ AZ DE ORTEGA
de c
ada
asen tamiento .
23
Parece
que
las nuevas autoridades no·
h i c i e r a ~ mucho
caso, o
por
lo
menos
lograron
evadir
el
contenido
las Ordenes Reales del21 de febrero y 14 de septiembre de 1788.
Estas mandaban tomar en cuenta a los justicias tradicionales en la
aplicación de tales artículos. Antes
de la Ordenanza,
esa respon
sabilidad recayó en los regidores de Jos ayuntamientos, por lo
que
las dificultades
que
se
manifestaron
entre
tmas
y
otras
instan
cias u
autoridades estuvieron
al
día
desde 1787.
Otra tarea importante a realizar
por
los
intendentes
era,
como
ya
adelantamos, la elaboración o actualización de los
Padrones
de
Tributarios. Éstos
eran
censos actualizados de la
población
de'
indios, negros,
mulatos
y demás castas existentes
en cada juris
dicción. El
intendente debía
elaborar
uno
general a
partir de
cada
informe particular por subdelegación, según lo dispuesto en el
artículo
33
de la Ordenanza. Sobre este
punto,
el
intendente
Riaño
informó en mayo de
1791
que su
administración
tenía
listos
21
padrones
del total
de
32 subdelegaciones existentes
en su
juris
dicción.
Según
él,
aún
le faltaban
11
debido
a
que
los
subdelega
dos no
las
entregaban
por
enfermedad "o por la dificultad
que
ofrecen la extensión y naturaleza
de
sus distritos . Para abril de
1791, sus ministros informaron sobre el Estado de la recaudación de
tributos de vagos de cuatro pueblos
.
24
No
sabemos
cuáles
estaban
23
ldem vols. 181 y 220.
24
A G N ~ ~ s t o r i a vol.
5 2 ~ ~ n.
e., f. 24. Y ACN, Tributos,
vol.6
exp. 24,
fs
. 270-299,
sobre el informe
de
los nurustros locales
de
la Real Hacienda acerca del entero de
.
~ i b u t o s de
vagos
de
N
tunarán, Uruapan,
Taretan y Angamacutiro. Además,
en
este.
inforn:e se señala a las
6 jurisdicciones
que no habían
entregado
(seguramente ya
se hab1a cobrado) a l_as
c_nps
reales la
recaudación tributaria de
vagos: Valladolid,
I n d a p a r ~ p e o
Chucandiro,
Huango, Puruándiro;
Cocupao, Pátzcuaro, Urecho,
:r:rongancuaro, Paracho, Santa
Clara,
Tacámbaro; Tiripetíb, Huaniqueo, Marava
tw y
Zamora.
La
fiscalidad
borbónica,
como es manifiesto en estos datos, alcanzó
hasta los considerados por la nueva legalidad y los nuevo s funcionarios como
"vagos" de toda la j u ~ : ~ s d i c c i ó n . En Fonseca y Urrutia, op. cit.
t.
1 pp.
435-474,
se
encuentra
la legislacwn relativa a
disposiciones de
la
etapa reformista antece
dente. P?r e j e m p ~ o dispensas otorgadas en los años 1737 y
1762
a comunidades
con
o t i V o
de
p i ~ e n u a s generales. También disposiciones del virrey Bucareli
de
~ o s
anos
1772_ 1714 sobre abonos a alcaldes mayores de la zona del bajío guana
¡uatense y mtcnoacano de 9% de lo
que recaudasen de
indios tributarios,
vago
s,
a r n m ~ d o s a r r e n d a t a ~ i o s , et c . y hasta de
12%
por si conseguían nuevos
tributa- i
n os vta empadronamiento. Y para
una
comparación entre lo dictado a
partir de
la _J
Ordenanza de
1786
(art. 137),
rebtivo
a que to
do
indio tributario debía satisfacer
anualrnente
la cuota
de
16 reales (o 2 pesos)
desde
los 18 años
hasta
los 50 (sin im- ;;
po rtar que fueran solteros_ casados, bajo potestad paterna, etc.), véase p. 441. así ;
LOS
INTENDENJES .RIAÑO Y DÍAZ
DE
ORTEGA
83
listos v cuáles no. Es posible
especular
que los que
no
tenía te:r:rr:i-
nado¿ corresoondieran a los partidos que entre 1790 y 1791
d10
de alta en la "intendencia, entre otros .
Angamacutiro,
Jiquílpan,
Paracho, Pátzcuaro, Coaguayana y demás. De hecho,
en
1792
nuevo intendente
Díaz
de Ortega informó qüe no estaban
termi-
nados
los padrones de Colima, Pátzcuaro y Charo . ·
Por
su
iniorme
sobre esta
cuestión
se
infieren
dos
cosas:
1
que
.aún sin operar, Riaño ya tenía configuradas algunas subdelega
ciones, y
2 que no
llegó a establecer
dos
subdelegaciones,
p u ~ s .a
lo
larga'
de
.
su
periodo sólo llegaron a
registrarse
hasta un maxl
mo de
30 subdelegaciones
en
la intendencia. Lo
lamentable
es n?
haber encontrado cada tmo de esos censos o padrones. La aproxi
mación a la
conformación
por sectores de la
población
permitiría
indudablemente
tener un
conocimiento sublocal
más exacto,
aunque,
como
sabemos, por otro lado, todo
ese
conjunto de. pa
drones
dio
elementos
al censo poblacional
del
vurey
Revllla
gigedo,
de
1793, a
partir
del
cual
se
supo
que
la intendencia de
Valladolid tenía
en
ese
año
una
población
poco
menor
a
las
290 000 almas.
Todo
lo
anterior daba cuenta del avance de una innovación
de la estructura administrativa en la zona. Pero
en
su
informe
de
1789 sobre expedientes
no r e s ~ t e l t o s en
la intendencia, Riaño Ysu
asesor dieron cuenta de
un
importante
número
de problemas
sociales,
como
robos, desfalcos
y crímenes
cometidos
en
la
juris
dicción. Los
primeros,
o sea, los
robos por particulares a s a l t ~
tes
aparentemente organizados)
y funcionarios
contra
las
caps
indígenas, ramos del erario, operaciones de arriendo y
compra
-
como
el cuadro
aeneral
o
Estado
de
las cuotas con qué
contribuyen
por
tributos servi-
cio real y
diezmo
l ~ s Indios y demás cas tas del reino excluyéndose los dos medzos
reales
de
ministros y hospital con distinción de las jurisdzcczones pueblos y c a b ~ c e r ~ s ~ u e se
componen de pp. 452-453, en
donde
estos
ministros n;fieren ::>25
¡ u n s ~ I c c w n e s
indí"enas
o
"pueblos
cabezones"
de
la Nueva España (81
de éstos
';lb1cados
en
Michoacán dentro de un total de
15
jurisdicciones), y los montos precisos
quepa
gaban al
erario
real en dicha materia.
O b j e t i v a ~ e n t e d i c ~ o
Estado de las cuotas.·.
se refiere a una situación previa al régimen de m t e n d e ~ C i a s , ya ':lue ~ a ~ e c ~ r a s
michoacanas sel'i.aladas son: Ch lchota,
Coluna, Ctutzeo,
GUJmeo ~ u a n d ro,
Maravatío, Michoacán, Motines, Tancítaro-Cinagua, Tinguindín, l a ~ p u ¡ a h u a , Tla
zazalca, .Jacona-Villa de Zamora, Xaso-Teremendo,
J i q u i l p a n - P e r i ~ a n
Y Zacatll.ia.
En rvlichoacán casi todos los pueblos (65 ) pagaban
en promedto
2 ::> p e s ~ s por s:r
vicio real 4
pa"aban
2 pesos 7.5 reales, 3 pagaban 1 peso, 3 pagaban -pesos
:>.5
reales, 3
~ á s
p ~ g a
b a n
2 pesos 1 real, 2
pagaba;:
2 pesos 5 reales, y 3 más
pagaban
2 pesos 3 reales, 2 pesos 2.5 reales y 2 pesos l.:> reales cada tmo, respectivamente.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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8 1
LOS Ii 'ITENDENTES
R l ? . ~ : ; 0
Y D ÍA Z DE ORTEG A
v ~ n t a s
y
los segundos (desfalcos
y
crímenes),
en varios
puntos
de
la
jurisdicción
.
Destacaban
los ro
bos cometidos
a
ir,digenas de
Erongarícuaro
(zona
de Pátzcuaro),
Tlalpujahua
(reai minero ),
Zamora
y Timgambato (zo
nas
ag rícolas), así c
omo un
buen n ú
mero de causas criminales
(alrededor de
60
de un
total de
199
expedientes)
que
el
asesor letrado seguía en su resoluc ión
.
En
sín
tesis,
digámoslo
·así, la
corrupción
y la
violencia
(30%
de
los
pro
blemas
entre sí) eran protagonistas centrales
de
los asuntos que
debía enfrentar el nuevo grupo de gobierno de origen peninsular
y esef\cia bor]?ónica en
Va lladolid de
Michoacán.
El
paso
de Riaño po r la intendencia de Valladolid
fue
rematado
por
otro informe elaborado
en
1792 por
su
minist
ro
tesorero
Antonio de
M
ed i
n a,
en
el
cual se indicaba que el
estado
general
de 1os
ingresos fi
sca
les
durante la
etapa 1788-1792
se elevaron
a
un millón 511 269 pesos. Los rubros de tributos (311 726
pesos),
alcabalas (234 461
pesos
) y todo el cuerpo
de
impuestos que afee-
.
taran
a la
jerarquía
religiosa (a
lrededor de 804
469 pesos
proce
dentes de las vacantes
ma
yores
y
menores, bulas
de
cruzada
, etc.)
formaron la
parte fuerte de su labor al frente de la caja local de
Hacienda. Este informe parcial mostró,
así, el
perfil de la nueva
forma
de
gobierno sustentada en la Ordenanza (véase anexo vm).
El sucesor de Riaño en Valladolid, Díaz de Ortega, mo s tró, pese a
todo, cierta preocupación
al
encontrar que
los
avances
de su ante
cesor santanderino al mando de la in.
tendencia
eran únicamente
logros parciales.
•
Dí ZDE O RTEGA,
~ H U T R
MONTAÑÉS
Siete de los
primeros
12
intendentes nov
ohispanos
no duraron
más
de
cinco años
como iniciadores
de
la reforma gubernativa·en
sus
distritos
. Esta situación reflejaba
la presión sobre el
proyecto
de in-tendencias. Pero el caso de
la sustitución
de Juan Antonio
Riaño
a fines
de
1791 (de Valladolid
para su traslado
a
Gu anajua
to) o b ~ d e c i ó a causas m uy concretas. Al intendente de Guanajuato,
t e n i e ~ t e
coronel
Andrés
Ama
t
Tortosa,
víctima de una
enferme
dad mental que lo llevó a un
intento de
suic
idio, se
le o torgó su
jubilaCión e n
la
mitad
de su
sueldo de intend
ente
. Dada la deli
cade.ca
del caso
,
el
re l
evo de Amat
por
Riaño presentaba. sign
os
LOS N1E ND ENT
ES
RíA¡-'0 Y DÍAZ DE ORTEGA
85
de
prudencia y
lógica.
porque respon
d ió,
en
t
odo
casó, a un a.cali
ficación
positiva de la administración
y
alcances
de Riaño
en
Valladolid (que en u na zona mucho más
pode
rosa
no
se habían
alcanzado por
Amat
), como al
hecho
de que ambas intendencias
formaban parte
de la misma diócesis
religios a a cu
y
jerarquía
Riaño
c
onocía ya con cierta lucid
ez.
Éstos fueron con seguridad
puntos
clave
p r
a
nombrarlo sustituto
de
Amat
en
Guanajuato.
25
Hacia
fines
de diciembre de
1791,
tanto
Ri
añ
o
como el inten
dente de
Durango,
coronel
Felipe Díaz de Ortega,
recibieron sen
das cé
dulas
reales
que
les
mandaban trasladarse
a
Guanajuato
y
Valladolid,
respect
ivamente.
2
6
Díaz de Ortega pasó de una inten
dencia cuyos recaudos
fiscal es durante el
quinquenio 1788-1792
f
ueron de
casi seis
millones de pesos
a
otra que apenas
superó
el
·
millón
y medi
o de
pesos. En
cambio,
Riaño pasó
a
una intenden
cia
cu
yos
ingresos en
ese mismo
lapso
superaron
los
seis y medio
millones
,
cinco veces más de
lo que
había representado para el
fisco su
gobierno
en Valladolid (véanse Anexos). La
diferencia
era
notoria. Pero no debió ser
mucha la
incomodidad
de
Díaz
de
Ortega ante esa situación
. Las intendencias
de
Durango,
Guana
juato
y Valladolid (como las de Oaxaca,
San
Luis Potosí y Zaca
tecas ) pertenecían a un mismo rango; quienes
las
servían eran
compensados con sueldos anuales de
6 000 pesosP El cambio re
p r e s ~ n t ó
para
ambos intendentes la culminación
de sus
carreras
administrativas en la
Nueva
España. Ambos terminaron sus días
como intendentes
en
las sedes a las que los trasladaron en 1791.
Na
tural de
B u r g ~ s
España
, el
coronel Díaz
de
Ortega arribó
a
Michoac
án ' a
principios de 1792. Formó
parte
de esa legión de
militares que fueron beneficiados con cargos de intendeJ: tes a
raíz
de
la
aprobación
de
la
Ordenanza de
1786.
A
su
nueva sede
de g
obierno
llegó acompañado de su segtmda
esposa,
Elena Pie
rres
y Miners, y
de
sus hijos José
y
Ramón Díaz de Ortega,
estos
·
últimos
,
producto de su primera
relación
matrimonial con Toma
sa López
de Séneca
en
España.
28
Su
paso por
Durango muestra
25 AG
N,
Intendencias,
vol. 5, s. n . e.; Rees Jones, op. ci t., p 147.
26 AGN, in tendencias, vol. 5.
27 Ricardo Rees Jones, Real
Ordenanza
para el
establecimiento
de
intendentes de
ejér-
ci
to
y provincia
en
el reino de la Nueva
España
UNAM,
México, 1983,
art.
303 .
Rees
Jones, El desp
otisnio .
..
o
p.
cit.
p 143.
28
Gab
riel
barro
a Arriaga, Famiiia5
casas
de
la l ieja Valladolid Fimax-Publicis
tas,
iv
loreiia, ?vféxic). 1969, pp. 93 Q
4.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 27/47
86
LOS l?\J'TENDENTES PI AÑO YD ÍAZ
DE ORTEG
•
u
na
se ria
inclinación
re f
ormi
sta .
9
Esto, al
pare
ce r, f
ue
el s
in
o
de
esa primera generación de L.'l.tendentes novohispanos .
Díaz de Ortega encon tró en Valladoli d de Michoacán una
in-
tendencia regularmente
organizada,
au nqu e no sabe
mos
cómo
dejó la de Durango . Con una base administrativa en la qu e desta-
caba
el cuemo de mL.'l.istros de Hacienda
y
tres de cenas de subde
legacione
s
~ p e r a n d o
con
no
pocos
confÚctos, a
rr ibó
a
su nu e
va
sede. Defensor
a ultranza
de
la reforma, desde su llegada a Valla
dolid asumió, sin embargo, un a actitud muy crítica de la
obra
ins
titucional y
po
lítica
de
Riaño. Su postura
debió estar
inflttida por
el clima negativo que, desde
instancias
como la audiencia,
se
ex
pr esaba por es os años contra los intendentes, atmque quizá actuó
con inteligencia ante la nula efectividad
de
jurisdicciones creadas
"al
vapor"
por
su antecesor.
Sus críticas a Riaño coincidieron coyunturalmente con dos
demandas
y dos
denuncias que presentaban
oidores influyentes
como
Francisco de Oviedo,
Baltazar Lad rón
de Guevara y
Euse-
bio Ventura Beleña
.
Las
demandas
eran
que
del
virrey dimanara
la
autoridad
jurisdiccional
que
el artículo 12 de la Ordenanza no
había logrado
conferir
a los subdelegados, y que aquél recupera-
se su liderazgo patrimonial en el virreina to. Por su parte, las de-
nuncias calificaban de ineptos a muchos subdelegados que se
habían dedicado
a
vejar
a los pueblos;
mostraban
la existencia
de
subdelegados
que
ejercían sin tener facultad
de hacerlo
,
pues
tenían
fiadores de pueblos d is tantes al que servían, y señalaban
que se
vi o
laba también (según su irlterpretación) "el código
de
obligatoriedad
sobre
el
origen peninsular" de aquéllos
,
30
La
cam
paña
de la
audiencia mostró
su efectividad.
Algunos funcionarios
cercanos
a
la
secretaría virreina criticaron
sin
pudor
la l
abor
de
Riaño
en Valladolid años
después.
Señalaron que a
su
paso por
Mithoacán
gobernó más "urgido de
recoger buena cantidad de
29
Pero
de
su
pa so como
int
end ente de Nueva
Vizcaya
(Durango)
conocemos
muy poco
. Además de ser una de las cajas
recauda
toria s loc
al
es más importa n tes
del
quinquenio 1788-1792, que ubicó a Díaz de Ortega como
tm
o de Jos intend en-
tes
más
.impo
rtantes
de la
reforma
en su fase inicial,
sabe
mos
qu
e en 1787
comba
tió en dicha ju ris d i
cción
la p l
aga
de
al
acranes
que
nor malm en te
aso
l
aba
a sus
habitantes, valiéndose
de los recursos
de
Propios y Arbitrios de la ciud ad . Y
que
en
1790 .
informó
que en la i.' ltendencia
de
Nu eva Vizca ya
no existían repartimien
t o ~ véase _Rees nes, Reai Ordenanza ... , op. cit ., pp . 161 y 170.
0
\GN,
:,ubcte egad
os, vo l. 31 s. n. e.,
fs.
44 -49v y 74-78v.
LOS INTENDENTES R A ~ i O Y DÍAZ DE ORTEGA
87
recursos, que
obligó
a su sucesor desa
parecerlas por
inoperante.s,
miserables e ineficientes .31
Preocupado
por
el rumbo de las intendencias,
un personaje
de
gran talante
reformista como el virrey Revillagigedo concib ió, a
fines
de
1791, un plan para revitalizar la
autoiidad de los
nuevos
jefes políticos.
Fue
a
partir
de
esta
decisión que solicitó in
finidad
de informes
a los
intendentes
y
por
supues
to,
éstos
a
sus
s
ubde-
legados. Pero, imposibilitado
para
ejec
utarl
o, optó por solicitar a
todas las inst
an
cias gubernati
vas
ligadas a la nu e
va
ley ir;formes
precisos sobre
cuále
s eran las v ariac iones
de
la Ordenanza
que
más habían
afectado
las téireas
de
·los intendentes .
El informe que elaboró el
intendente
Díaz de Ortega referente a
su jefatu ra
sintetizó de
manera ejem
plar
los problemas
centrale
s
dé
ésta .
32
Díaz
de Ortega
dejó muy claro que, con
todo
y que exis
tía tm
funcionamiento
real
del
nuevo gobierno,
muchos
asuntos
seguían "o perándose y rig
iendo
en el
territorio
a la
manera
tradi-
cional". O bien, como en el
caso de
los
di e
zmos, "ni siquiera se
había
podido
poner
en práctica
el
articulado
de
la
Ordenanza
que
avalaba la autoridad del intendente".
Pero
más drástico le resultó
detectar
que los
enteros de caudales
arrendados que desde 1788
debían
ser entregados a las oficinas locales
de
Hacienda
"seguían
enviándose directamente a las oficinas centrales". Aún
no
se con-
centraban, como
se
suponía ya
debía
practicarse
por ley
en la caja
local.3
3
En
este
mismo informe se detuv o a
ana
lizar artículos
cuya
sus-
pensión causó
alteracion.es
al curso
recaudador. Por ejemplo,
en
relación
con el artículo 137 señaló
que
el hecho
de haberse man-
_dado a cobrar el impuesto tributario en los té
rminos
de
la legisla-
.
ción anterior, ocasionó
un
grave perjuicio
a
la Real
Hacienda
en la
intendencia.
La razón
: porque
creó
confusión,
argumentó,
en las
cuentas de distintas com'..midades, ya que "mientras los tributa-
rios de un pueblo
pagan
a 17 reales, otros lo hacen a 18, otros a 21,
figurando
éstas
en cacao, maíz y
ro
pa, viniéndolas a
reducir
a
31
AGN,Subdel
ega
d os, vo l 59,
fs.
52-52v. Véase supra, n. 24.
Jz El
títu
lo de l
informe
de
1 7 ~ , : : 3 - 1 7 9 4
de Felipe
Díaz
de Or
tega fue
Relación que
de las
restricciones, ampliaciones, ~ e r o g a c i o n e s o suspensiones, que han tenido algunos
artículos de Ía Real Ordenanza de 4de diciembre de 1786
deszn1és
del establecimiento
de
las Intendenóas, dirige al Exmo.
Sr
. Virrey el r z l de
VaÚadolid con
expresión de las
reflexiones
que Ee le ha
n
ofr
e
ci
do.
.,
bid .
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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88
LOS II'ITENDENTES R AÑO Y DÍAZ
DE
ORTEGA
Rs." tv-Iatizó su comentario
cu
ando escrib ió au e el i 1di o tribu ta
rio reduc ido a un p ueblo y casado pagaba pesos, mien tras el
1a borío
sólo
dos rea l
es
, por lo qú e "éste no procura radicarse
[casarse], que estando con igualdad lo executaría, a que le a grega
los
fraudes
que
se
cometen
en la cuenta
matrícula
, así los indios
laboríos, como los mulatos, procuran ocultar su estado, con el f.n
de
no
pagar
m ás
tributo
" .
4
Así, al
darse
dichos trib
utar
ios
"por
solteros,
o v
iudo
s, y ál tiempo de p aga rlo, el
recaudador
que pro
cura i
nformarse
les
cobr
a como
tributari
o entero qüedando el
aumento a f
avor del
subdelegado . ."
35
Al
referirse al
artículo
230,
relativo a que todos los caudales
p r o e d e n t ~ s
de las rentas admi-
nistradas y arrendadas debían ingresar a la tesorería del territo
rio,
mencionó
que en ln concerniente a la renta de la intendencia
"solo lo executa el d e esta Capital,
y
de un
año
a es ta parte, la de
Pazcuaro, ygnorando el porque
no
lo hacen las restantes de la
provin
cia"
36
Las quejas y
lamentos
del intendente
de
Valladolid en derredor
de
la
desorganización de
la tesorería
local
describían
nítidamen
te una
temprana
crisis de legitimidad
de
las
intendencias
novo
h ispanas c
omo
modelo administrativo y
organizativo. Pero
la
época
y el año (1794)
podían
justificar
en
parte la
situación
.
Para
entonces, es cierto que la intendencia de Valladolid no alcan
za
ba
:¡.¡
AGN,
-listoria, vol . 74, s. n. e , fs. 296-296v. Véase
tambi
én en AG
N,
Trib u tos,
vo l
48, exp. 8 , fs 164-417, el informe sobre la
dif
ic
ul tad
que prese
nta
la reca u
dación
de
T
ribut
os en la
jurisdi(ción de
Valladolid p or la costumbre
que
tenían l
os
i I1 dios
de p
aga
r los .
días
d e
San
Juan y Navidad.
Díaz
de se
ñala
en es te info
rm
e
que no
quenan
pagar
por tercios
anuales
en lu
ga
res como Indaparapeo, Charo,
Chucándiro,
Huan
go,
Puruándiro, N
um
arán,
Coc upa
o,
Pátzcuaro
, Tz intzuntzan,
Paracho, Erongarícuar
o, U
ruapan,
Taretan,
Ur
ec
ho, Santa Clar
a,
Tacámbaro,
Tiri
pe tío, Huaniqueo,
Zitácuaro, Mara
va ío, Zam ora,
Tlalpujahua, Zinapécua
ro, Ario,
Motine
s,
San Ag ust ín
Ca
rácuaro, Apatzingán, Tancí ta
ro, Tlaza
z
alca,
Huimeo,
Zirándaro, Colima,
Cuitzeo y Ji
qui lpan
(33 en tot
al
).
Más
de
la
mitad de és tas eran
sed es de subdelegación
habi
tadas por ind í
ge n
a s
básica
m ent e, lo que indica las
dificultades d e los subdelegad os
para cobra
r los tributos . Esto
habla
de la reacción
vigorosa
de
las comwl.idad
es indígen
as
rnichoacanas
a las nu e
vas
d isp os icion
es
adm
inis
trati
va
s.
35
fbi
d.; Brading
,
op. ci
t.,
p.
107. Es te
conte
xto i
ndica po
r
qué
el
virrey
Revillagi
ged o dedi có mucha
atenc
ión a es te as tmto, y para el ,.f de di
ciembre.
de
i79
3 ya
esta
ba lista su Ordenanza
pa
ra la formación
de los
autos de jvisitas
y
padrones,
y
tasas
de
tribu tarios de Nueva
Espa. ia. Hecha
por el excelentis imo señor Conde de
Re
vil agigedo
superintendente sttbdelegado
de R.:af.
Hacienda de
ella
en citmplimientc
del
art[cr,
o 134
de la
Rea
l Or denanza e
lnstr;tcción
.ie
lntendmtes. '
36
AGN, His toria , vol. 74, f ? 97
LOS N-fEl\.'DEl';TES
RIAÑO
Y DÍAZ DE ORTEGA
89
status de entidad a
ut
ónoma y sobre todo legí tima . La resistencia
de todos los
grupos
sociales a creer y ac
eptar
el nu ev o
marco
le
gal era
enorme
. De
aquí que no la conside
r
ara
n o simplemente
la
ignorasen
como par te del proyecto real de modernización admi-
nistrat iv
a
Éste y otros informes de los
intendentes
novohispanos mostra-
r
on
c o ~
crúdeza
l
realidad
novoh
is
pana
y las
posibilidades del
nu evo
rég
imen
como
ma
rco ad
ministrati
vo. El optimismo inicial
de un virrey talentoso como Rev illagige do se convi r tió para
1794-1795
en
algo cercano al
pesimismo.
7
La subordinación de la
Junta Superior
de
la
Real
Hacienda, ór
gano que asumió la direc
ción
de los asuntos
de
las
intendencias
al
abandonar
Mangino
la
Nueva Espafta, a los cr
iter
ios y prejuicios
de
viejos criollos f
ue un
factor clave en el
desorden
y falta de credibilidad
polít
ica hacia
los intendentes y sus encargos. La situación llegó a tal grado de
incertidumbre que los intendentes no encontraban excusas dig-
nas
para ocultar sus errores
e
imprudencias
en
la aplicación de
artículos ya modificados.
38
En la etapa en que el virrey Revillagigedo buscaba
conocer
más
de cerca
la
problemática global
de
la colonia,
una multitud de
inform
es se elaboraron a
lo
largo y
ancho
del territorio. Respondían
ob
v
iamente
a
solicitudes
u
órdenes suyas.
El
intendente de
Va
lladolid completó dos más. El primero, terminado el 23 de diciem
bre de 1793, fue un censo mu y amplio sobre asuntos económicos,
políticos
y
gubernativos
de la intendencia. Fue una ve
rdadera
radiografía
de la problemática social de su jurisdicción, en la que
destacó desde la enorme influencia del grupo v asco eri el cabildo
hasta
un
interesante diagnóstico sobre la urgencia de implemen-
tar
en
48
pu
eb
los
de
la
zona
ce
ntral de
la
intendencia
(17%
de
los
pueblos de la misma)
una
ur gente dotación de tierras.
39
37
Brading,
ap.
cit., pp. 121-123. .
38
AGN, Subdelegados,
vol. 74, exp. 5 ,
f
263.
39 AGN , His toria,
vo
l 72, exp. 1, fs. 1-62. Su anál.isis de la
pr
o
blemiítica
agraria de
es t
os
pueblos mostró su ve
ta ref
o rmis ta pro t
olibera
l. Por ej emp lo, seña ló qu e_
ocho
puebl os de Valladolid les
ha
cían fa
lt
a
7952
varas d e tie rras, a
cua
tro de Cul t
zeo
1 631, a cuat ro de Z inapécua ro 2 672, a 11 d e Tlaz
azalc
a 10 430, a tmo de ZJ
tácuaro 500, a tres de Jiquilpan 1S90, a uno de Chucándiro 512, a dos de Angaroa-
cutir
o 21 00, a oc ho d e
Pátzcua
ro 5 809, a
se
is de
Coc
u
pa
o
3750
y a Ta
retan
327.
En
total
pensaba que de
b
ían
rep;:¡rtirse
37573 varas
de
tie
rr;:¡s
e n 48 p ueb l
os
de la
i
nt en dencia.
P
ero tamb
ién
consideró tU l ;)
p rob lemá
ti
ca similar en C
ha
patuar
o,
Los Reyes, Chucá nd.ir o, TJJl.icho, H
ua
niq uco y Tere mendo, pu es s i bien es tos p ue-
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 29/47
90 LOS
N ENDENTE
S RIAÑO Y
DÍAZ DE
ORTEGA
Exactamente
un añ
o
después,
el 24 de di c
iembre
de 1794, e1
intendente
vallisole tano entregó un informe similar al
an te
rior .
Sin embargo, éste fue
much
o 'rnás vol
uminoso.
Incluyó pu
nt
os
que no fuer
on
ab
ordado
s
en
el de 1793, como
reg
istros e
stad
ís- ·
ticos de
fábr
icas, molinos e ingenios existentes
en la
pr ovi
ncia
.
También dio noticias de los con ventos y colegios de religiosos
de
ambos
sexos existentes
en
la
jurisdicción, e integró
dos
i
mp o
rtan
tes instrucciones u ordenanzas reglamentarias en virtud de su
au tor idad legislativa: Lma de 46 ar tículos que sintetizaba la Orde
nanza de 1786, pues
increíblemente
muchos subdelegados no
tenían copia personat y otra de 33
artículos relati
v a al estable
cimiento de
alcaldes de
barrio en la ciudad de Valladolid.
40
El
v
oluminoso
exp ediente,
dado
a co
nocer
entre
todos
los
cuerpos
civiles capitulares de la intendencia, se completó con
una
profusa
descripción
de los problemas sociales (robos, bandas
de
asaltan
tes organizados, crímenes, etc .)
que,
a juicio
de
Díaz de
Ortega,
asolaban a
toda la
jurisdicción a mediados de la
década de 1790.
41
En
sC
los
dos
informes
de
1793
y
1794
muestran
la
intensa
acti
vidad estadística,
legislati
va y judicial desplegada por
Díaz
de
Ortega desde su arribo a Valladolid. Y dan una idea no sólo de lo
que
era su vocación
y
formación
ilustrada
de ajustar a
un
nuevo
orden a
la población no
vohispana,
sino
que
confirmaron
la con
centración
de atribuciones
gubernati
vas, legislativas y judiciales
en estos nuevos dirigentes.
En
verdad, Díaz de Ortega mostraba
preocupación
por la
poca
credibilidad
hacia la
intendencia de
Valladolid con todo y que
instituc i
onalmente
era ya un cuerpo más o menos consolidado .
Así, la Instrucción para
u d
elegados fue terminada el
18
de junio
de
1794.
Se
repartió
a todos los
subdelegados
y
alcaldes
ordina
rios de la
intendencia.
Su concepción sintética
y
elaboración ali
gerada coincide con el contexto
de
críticas contrarias a la reforma.
Además
,
su
apego a los
principios y causas de
la
Ordenanza de
1786 mostró
la
preocupación de Díaz de Ortega acerca del compor-
blos
contaban
con
sus
600 varas legales, eran éstas "más
bien
mont uosas e infruc
tuosas"
, ra zón
por
la
que señalaba
el intendente sus pobladores pasaban
por
serias crisis
f
s. 61-61v.).
La
i
nflu
encia
de
las ideas sobre el
individu
o, el
bien
gene
ra
l y del Estado de los reiormistas de la época, pa recen estar muy presentes en el
Jensamiento
de
Díaz de Ortega; véase Pietschrnann, op. cit., p p.
31
-33.
.¡o AGN, Subdelegados, vol. 64, exp. 1.
.¡
¡ dem.
-
- ¡
$
1
LOS It--.'TENDENTES
RIAÑO
Y
DÍAZ DE
ORTEGA
91
t
ami
en to
administrat
ivo
de
los
subdelegados
. El
in
fo rme com
prende,
en este sentido, una serie de
amenazantes
sai-:1ciones co
n
tra aquellos subdelegados
que mal
administrasen los b'ienes
de
su
co
munidad, no
se
comportaran
con
probidad
o cometieran
otra
clase de delitos pLmibles y comprobables en su jurisdicción,
mu
chas, por supuesto, ya contempladas en la Ordenanza.
42
Un elemento a destacar acerca del motivo
de
esa
instrucción es el
cuidadosamente
elaborado tono sóbre
la
ascendencia
irrecusable
en el ámbito local, concebida por el intendente, en todos los asun
tos y causas' tratados por los subdelegados. Esto, que m i ~ a m e n t ~
confirmaba
la pugna que por
entonces se daba
en
los más eleva
dos niveles del
gobierno
coloniat muestra de qué lado estaba el
compromiso político del coronel. De hecho, el primer
artículo
de
la instrucción
hizo
referencia a la prohibición que
por medio del
artículo 12 de la Ordenanza se hacía del repartimiento, cuya viola
ción "y en el caso de que algtma persona verifique
su
contravención
recivirán la competente sumaria yla pasarán á la Intendencia".
43
A
partir de
aquí, y
prácticamente
en
los
restantes
46
artículos,
la
referencia a la
autoridad
inminente
del intendente
es inevitable.
Díaz de Ortega,
pese
al ambiente hostil contra la figura de
los
intendentes y ya vimos
que
ni para
la
recaudación
directa se les
respetaba
por entonces), interpretó
correc t
amente su papel
de
autoridad centralizada mandada
en
el documento original.
Esta intención también se hizo presente
en
la Ordenanza para el
establecimiento de alcaldes de barrio de la ciudad de Valladolid,
elabo
rada
en 1794. La tendenci a a
centralizar
el
aparato
admWstrativo
y
legislativo (como en la Instrucción)
y
de justicia (como en esta
Ordenanza) era
tma
voluntad
más
allá de lo manifiesto en el pen
samiento
y
pluma
de
Díaz
de
Ortega,
redactor de ambos
regla
mentos,
En la referida Ordenanza
sobre alcaldes de
barrio
,
el
artículo primero decía a la letra:
El territorio de la referida ciudad
debe
quedar
sujeto
en lo
dvil
y cri
minal
al Corregidor Intendente, al
Teniente
Letrado, y a los alcaldes
Ordinarios, con exercicio acumulativo, de modo, que los
ocho alcaldes
de
Barrio, que se
nombren para igual
nümero
de quarteles
sub- .
.
42
lbid., como po r ejemplo, los artículos 5, 8,
9,
i .t, 33 y 36 de es ta Instn
}c
ión para
S¡¡bdelegados .
43
id.
f.
30
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 30/47
92
LOS
iNTENDENT
ESRl:\ÑO
Y DfAZ
DE
ORTEGA
divididos en los quatro
rnJiores
[ . .] sean Jue ces por el o rden d e
su
Enumerac ión i
os
referi
dos
Corregi
do
r
Intenden
te, Ten
iente
Let ra do. y
.A.lcn
ldes Ordinar ios . .. ¡.¡
· En la Ordenanza
de
Díaz
de Ort
ega, los
alcaldes de
ba
rrio eran
conceb id os
como
apo yos del trabajo de las nu evas aut
oridades
ilustrad
as. La
duración
en
el
cargo se r
ía
por
dos años,
y
se
les
elegi
ría en
el
ayuntamiento
según propuesta del procurador sín
dico.
Entre muchas de
sus tareas
harían rondas
nocturn
as
, m n i ~
festarían violaciones de horarios ventas de bebidas embria
gantes, llevarían un
libro foliado sobre
los habitantes de
cada
barrio y
cuartel
,
apoyarían
a mujeres pobres (d oncellas y viudas)
a encontrar
oc
up
adón,
debían inspeccionar
casas
de ind ígenas en
días señalados por el párroco "pa ra asegurárles beneficios espiri
tuales" y, en generat debían coadyuvar a la buena administra
ción
de
las
causas
de policía y justicia. El
intendente
sería su jefe
máximo.
45
Siempre
por
estas fechas,
el
intendente
y
sus
ministros
conti
ntlaron respondiendo
,
una
a una, las
solicitudes
virreinales
de
dar informes sobre el estado de la administración y gobierno de la
jurisdicción. El 3
de noviembre de 1793,
y
en respuesta
a
la real
orden
del
30 de octubre,
enviaron
su reporte o
Noticia
del
audal
existente en calidad de Depósito en la Tesorería de Valladolid entre
1790
y
1793.
Este breve informe sumaba la cantidad de dinero que di
versos
particulares tenían en depósito
en
dicha
Tesorería.
Corres
pondía
a
rubros
como el entero de
impuestos
tributarios y licencias
interinas,
entre
'
otros,
m.mque
prip.cipalmente
se tra ta
ba de
re
mi
siones alcabalatorias relacionadas con ventas de casas, haciendas,
etc .
La
cortedad de aquél
(apenas
5
678
pesos causados
.
en
Mara
va tío,
Pátzcuaro,
Tlalpujahua
y
Valladolid ) ejemplifica muy bien
la poca
confianza del
vecindario hacia la nueva forma institucio
nal.46 Contra
ella
también
deb
ía
actuar
Díaz de
Ortega
.
Asimismo, en
observancia
del buen gobie
rno que
se pretendía
implantar,
otro
informe fue
emitido
desde Valladolid
el 22
de
novie
mbre
de
1793.
Correspondió a
un
a de sc r
ipción
o
Estado de
las
árce les
Púb licas de
la
Intendencia de Valladolid
y fue
elaborado
4 em r.
S9
,
¡s
: n l
fs . 63 67.
k> \G N
Su
b delegados,
vo l.
7, , <p :1
fs
. 348-330.
'
.
l
LO S IN1ENDENTES R AÑO Y DÍAZ
DE
ORTEGA 93
en respuesta a o tra solicitud virreina . Mediante él, Dfaz de Or tega
hizo
saber
que el número de cárceles
en
la in te
nd
e
ncia
era
de
56,
pero que la
única
que operaba
con fo
nd os prop
io
s
y
caridades "
era la
de
la cap ital Valladolid . Con
excepciqn de
la cárcel ·
pública
de Pátzcuaro, que
gozaba
de una asignación de
77 pesos 6
reales,
señaló el Í11tendente
que
las demás "carecen de asignaciones y se
mantienen
po
r
sí mismas''.
47 ·
La sih1ac
ión
no
de
bía
halagar
mucho el orgullo
aün
íntegro
de
un
reformista como Díaz de O r tega. La inseguridad
públic
a ya
había sido percibida
por
él desde su arribo a Valladolid, particu
lJrmente "
por
el rumbo de las subdelegaciones
de
Jiquilpan y
Zamora". Según
-su
in
forme anterior
, por
esa
zona
occidental
de
la intendencia operaban "
band
as
de
l
adrones
" especializados en
el
rob
o de " oficinas
admin
istrativas como la del tabaco",
entre
otros lugares
con asientos
de oficinas de la Real Hacienda. Sus
descripciones sobre el traslado de "66
vagos
" y otros reos desde
la
intendencia
hacia
Mé xic o, bajo la vigilancia del comandante
Dionisia
de
la
Torre (su y
erno)
y
una
cuadrilla
de
14
guardianes
a
caballo, son muy ilustrativas. Por algún motivo, las administra
ciones locales
bajo
resguardo de agentes fiscales eran elegidas
por
los· asaltantes
en
aquel entonces .
4
s Carecemos
de
elementos para
analizar qué p asos dieron las autoridades ilustradas
para
contra
rrestar
a esas "bandas de
ladrone
s . Lo que
sí
podemos
afirmar
es
que muchos robos
y
desfalcos a la Real
Hacienda
fueron cometi
d os,
bajo
su periodo administrativo , por los mismos funcionarios
la institución.
La situación de los repartimientos tamb ién
fue
motiv o de
un
informe
especial.
La posición
contraria
hacia este siestema que
había
adoptad
o en
1790
siendo intendente en
Durango
(con
to d
o
y
que en esta
demarcación no existía
el
reparto ) cambió
total
mente
en
1792 en su
informe sobre
Valladolid. Apoyó
un a
·especie
de restitución con trolada (como
lo
hicieron
otros intendentes
)
por la
misma
au toridad refo
r
mista por
él representada. En
gene
raC opinó q
ue
la su s pen sión
de
éstos
en
Michoacán tr ajo como
c
onsec
ue ncia serios tras tornos a trapicheros,
con1erciantes
y
liacendados
" de muchas nartes de la jurisdicción. De forma con-
. r
2ireta seii.aló que , por
ejemplo,
en el antig
uo
corregimien to de la
47
íde?n fs 381 383.
f AGN Subdeiegados ve .
fs.
i:. v 82.
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 31/47
94 LOS ll\J TENDENTES
R T l ~ O
Y DÍAZ DE ORTEG A
capital, el go
bernad
or Jua n Sevillano
(1776-1779) ha b
ía au toriza
do algunos r epartimientos d e
mu l
as qu e ya no continu a ron sus
sucesores .
En
su
opinión , u rgía habili tar r
epar
tos en jt1risdiccio- .
nes co
mo
Pá
tzcuar
o, Cocu
pao,
Pa racho, Santa Clara, Eronga rí
cuaro, Zitácuaro,
Maravatío
, Jacon a, Zamora y Tlazazalca,
por
que, señaló, de ex
istir
un f
uerte inter
camb io comercial, ahora
estaba
constreñido
por
la falta
de mulas
y otros
medi
os
de
trans
porte.49
En
realidad,
el
cambio de
postura en fa vor de la práctica de
repartimientos afectó a casi todos los
intendentes
nombrados
1 •
desde el inicio de la reforma. Ello sólo ilustró cómo
una
posición
teórica, de
fend ida por
el principal
prómotor
de la
reforma,
José de
Gálvez, fue rebasada por
la
red de prácticas corporativas e intere
ses
productivos y
comerciales de
grupos en la Nueva
España.
Incluida la actitud contraria
a esta realidad de intereses, similar a
la de Gálvez, de aquellos intendentes radicales directamente liga
dos a
la familia
y
núcleo
político
del
fallecido
ministro de
Indias:
Pedro de
C o r b ~ t l á n
Lucas
de
Gálvez, Felipe Cleere,
Díaz de
Salce
do y Díaz
de
Ortega, entre otros.5° En Michoacán, según los juicios
de su intendente, la situación
económ
ica de los indígenas se tor
nó crítica a
raíz
de que fueron suprimidos los repartimientos. Por
eso juzg6que con la
reautorización centralizada
del
sistema
(con
trolado
en
su
juicio
por
el
intendente)
mejoraría su
estado
y flo
recerá la
industria
, la
agricultura
y el comercio .
51
El
análisis de
las
ideas administrativas contenidas en
esta me
dia
docena
de
informes
y noticias
permite conocer
el alcance
de
Díaz de Ortega como un gobernante apegado al
reformismo
ilus
trado, pero también como un reformador y crítico del sistema
que se pretendía ya
no
implantar
sino
consolidar:
la intendencia.
Esencialmente
p o r q percibió
y corrigió
decisiones organizati
vas adoptadas por su antecesor, que, desde
su
óptica,
fueron
a d m i n i s t r a t i v a m e n t ~ erráticas y fiscalmente
innecesarias ;
con
cretamente,
en relación con el número tan elevado de
subdelega
ciones
que
Riañ
o aut o rizó que operasen en el territorio de la
intendencia.
1
¡1
•
9
.
.
GN , Subdelegados, l 35, exp. 15.
30
Rees Jon es, op
. cit.
pp . 168-170.
5I ; \CN, Su
bd
elega
dos.
v;oL
33, exp. 15. f 1 ~ 3
L
OS
Il'JTENDENTES RL .
ÑO
Y DÍAZ
DE
ORTEGA
95
Ast pese a la ofensiva antirre fo rrnis ta de esos añ os, el pensa
miento de Díaz de Ortega se mantuvo entonces
en
la línga del
refo
rmism
o: a por man tenerse apegado a la filosofía
de la
Orde
nanza b por su disposición a aplicar bando$ correctivos, tanto al
cuerpo
de funcionarios como de las costumbres
de
la población;
e por sugerir repartos agrarios entre la
población indígena
ante
su
percepción de que
la crisis
económi
ca
por
la
que atravesaba
este
grupo
social abatía las percepci
ones
fiscales;
d)
porque bajo
su gobierno
se aplicó a
cabalidad
la política extractiva
extraordi
naria,
y, po
r
último
,
e por su
interés en
fomentar
la
industria, la
agricultura y el comercio, así fuese mediante la posibilidad de
revivir los repartimientos. Sin
embargo, esto
lo alejaba
ciertamen
te del espíritu humanista
presente en la
Ordenanza; eso
sí, sugi
riend
o
controlar desde
la ins t
an
cia
gubernativa
la distribución
de
los recursos económicos. Una conducta y línea política
similares
adoptó Riaño como i
ntendente
en Guanajuato.s2
M INISTROS LOCALES Y ASESOR
LETRADO
El estab
lecimiento de
las
intendencias
implicó la
creación
de
nue
vos
cargos
públicos que afirmaron
el control centralizado del
ejercicio de l poder del intendente. Cada intendente debía contar
con
un
cuerpo administrativo y judicial especializado, compues
to por: a el
ministro
tesorero de la caja reallocat b el contador
general
de
ésta
, y e el asesor o ten
ien
te
letr
ado. Todos eran nom
brados irrestrictamente por el rey, y sólo en situaci<;mes excepcio-
52
Bradin
g,
o
p.
cit
. pp. 326-329 y 385-411. El
historiador
Horst
Pietschmar
m dis
tingue
tres
di s
t
in
tas
posturas
en el
reformismo borbónico
.
Una se ría
la
de
l
os
reformistas radicales (
como
el co
nde
de Aranda),
quienes
consideraban
im p
ortan-
. te es tablecer
Lma
ruptura comp
le ta
con
los
principios de
la soCiedad
estamental
y
pugnaban porq.ue
se
reconociera
el tale
nt
o y la
capacidad de
cualquier p erso
na
para
actuar
en el servicio público, así f
uera
indio o
miembro
de tma casta. Según
dicho
au tor,
es
ta
ve
r tiente se inserta ya
dentro
de tma
ve
rsión embrionaria del Es
tado
liberal, y a que an tic
ipa
el
principio
de igualdad de los h omb r
es
ante la ley, y
sugiere
que
e l v isitador Gálvez es t
aba influido po
r l a
postura del conde
de
Aran
da
.
En
con
secuencia
, si los
int
endentes no voh.ispanos
l l e ~ a r o n
a
estar
imbu
idos
tambié n por las id e
as
radicales del cond e , aún e c e ~ o s de e lem e n
tos
pa ra
d ete
rminar
las raíces
de
esa esencia pro toliberal en su conducta e
ideas.
Las
o t
ras
d os
po
s turas
se
rían
la
mode
rada
(re
pr
ese
ntada
por el ministro
españ
ol de
Hacienda
M tiz
qu i
z)
y
la co
nserva
dora (r
ep
rese
ntada
por e l
marqu
és
de Pi
edras
Alba
s, en
su
moment o p res ide n te de l Co nsejo de Indi
as
).
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 32/47
96
LOS
lNTE "rcENTES RlAt':lO Y DÍAZ DE O:tfEGP..
na1es podría el superintendente
general
de
Ha
cienda
(luego
el
virrey) designar de manera provisional a
alguno
de ellos.
Sus
·
fundones
eran,
en
el caso
de
los
primeros, de apoyo ad
mi
nistra tivo hac
endí
stico v fiscal al intendente; el tercero debía
coadyuva; en ta reas relacionadas con el gobie rno y la impartición
de justicia en la ciudad capital, por l lado , así como en aspectos
más
generales
d e gob
iern
o
de
toda
la
intende
ncia,
por ot
ro. Entre
otras
obligacion
es, estos funcionarios debían elaborar informes
anuales de los estados administrati
vos
de la intendencia y sus
respec
tivo
s
partidos,
re v
isar
y aprobar
los es tado
s
de
cuenta y
data de cabildos y
comunidades
indígenas, denunciar
ante
la
autoridad superior casos de corrupción de funcionarios menores
y de
particulares
morosos, dar asesoría
legal
al intendente en la
interpretaci
ón de bandos y reales cédulas, etc. Constituían, pues,
en
pocas palabras, el equipo de gobierno del intendente, y un
apoyo central para dar credibilidad y legitimidad al nu evo go
bierno.
Cuando
Juan Antonio
Riaño asumió
su
cargo
de
intendente
de
Valladolid en ju nio de 1787, los tres funcionarios que deb ían apo
yarlo en sus funciones de gobierno ya estaban nombrados. Las
designaciones recayeron en las personas de Antonio de Medina
como ministro tesorero
,
Juan Antonio
Fernández
de
la Bu ría como
contador
, y
Onésimo
Antonio Durán como asesor letr ado de la
intendencia.
Medina, peninsular,
se desempel"taba
como adminis
trador de la
oficina del tabaco
en
Fresnillo (Zacatecas),
Fernán
dez de la Buría, también peninsular, laboraba en la Nueva España
pero desconocemos en qué dependenc ia administrativa.
Durán,
abogado
originario
de Granada, se
encon
traba en España alistan
do
sus papeles para
trasladarse
a
su nu e
vo
e
mp l
eo. En conse
cuencia, la
presencia
de estos tres funcionarios no
se dio
al
mismo
tiempo.
Mientras
los dos primeros
pronto
se
present
aro n en Valla
dolid
-informes firmados po r
·ellos así lo comprueban-,
Durán
hizo su
arribo
hasta el20 de septiembre de
1788,
17 n1.eses después
de
haber sido
nombrado
para el cargo.
53
La
constituci
ón
del equipo
fiscal
de
Riaño f
ue en ton
ces ágil,
ya
que sus
miembros se
encontraban en
la mi sma
Nue
v a
España.
No ocurri
ó lo mi
smo
c
on su contrapart
e judicial. Por ejemp lo,
su
5
-1 c ja
31tí
exp
:2 ±.
LOS fNTE¡ fDENTES RIAÑO Y
DÍ
AZ DE ORT
EGA 97
e1erpo de
ministros
fiscales lo apoyó para aclarar a
su
favq.r el .
rago de sus
i.. l.gresos
como corregidor
, intendente inteiino y lue
go p
ropi
etario. T
en í
a derec
ho,
y así lo aprobó
Fernando
-M·angino
según
el artículo 303
de
la
Ordenanza
, a
re<;:ibir
3 000
pe
sos
por su
servicio como corregidor del 20 de enero de 1786 al25 de enero
de 1787,
y
de
6 000 pes-os
como int
en d
ente
interino
prop
ietario a
partir de
esa última
fecha.
54
Pero la ausencia
prolongada
del
ase
sor
letrad
o lo obligó a
buscar entre
los
abogados
radicados
en la
provincia
a una
persona que por sus
cualidades méritos pu
diese
fungir interinamente
en el desempeño del cargo.
Su
preocupación
se la h izo
saber
a Pemand"o
Mangino
en
sep
tiembre
de
1787.
Mangi... l.o
pidió
instrucciones a
la Jtm
ta Superior
de Real
Hacienda
y en ésta se decidió
que
Riaño pr opusiera
algún sujeto competente de la pr o
vi ncia
.
55
Durante
un
me s,
luego
de varias consultas, Riaño encontró a dos personas. Propu
so
en
primera instancia
al licenciado Manuel
Joseph
de Orve y en
seglmda
instancia al abogado
Manuel
M.
Ramírez.
El primero
era
peninsular, pero
su edad
av
anzada
y
ya
larga
residencia en
la
colonia podía
hacer
dudar a las autoridades centrales de
su
ido
neidad".
Mientras
que el
segundo
era criollo, aunque mucho
más
joven que Orve. Mangino calificó de improcedentes ambas
pro
puestas, pero
, reconociendo-
la situación
de Rial"to, acordó final
mente
que
el
licenciado Orve
fuera asesor interino hasta el día
que
se presentase
el titular granadino Durán.5
6
Orve
no duró en su empleo . Escasos 17 días después de haber
sido
nombrado presentó su
renunci¡l a Rial"to
aduciendo
una
recaída
de
salud.
Como el criollo
Manuel
Ramírez quedó
fuera
de
los n o m b r a ~ i e n t o s
de acuerdo con
la legalidad
vigente,
Riaño
no pudo
abogar
por su
incorporación
en calidad de
relevo.
57
Mangino tampoco
lo
aceptaría
. Lo cierto es
que en la renuncia del
peninsular Or ve influyó probablemente un acuerdo tomado en
reunión del cabildo de diciembre de ese año . Al anciano abo
gado se le pidió confirmar su limpieza de sangre antes de tomar
asiento para presidir las reuniones a las que no asistiese Ria ño .
El cabildo
argumentó que Orve debía confirmar su odgen aun-
•
54
AGN,
Il1te
nd
encias, voL
l3
, exp. 21 ,.fs. 247-2:Úv.
33
Ibid. J
6
bid. .
i l i
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 33/47
93
LOS
l NTE
NDENTES RIAÑO YDÍAZ DE ORTEGA
c
ue
sea de n oto r ia
distinción
po r ser as í
ho
no r de este ilustre
cueruo
.
58
El.desplante del cabildo h irió probablemente la
sensibilidad
de
un
profesional con Lma
larg
a trayectoria como
abogado de
la real
audiencia y, por extensión, al servicio real. Pero la
situación
acé
fala del puesto
de
asesor
letrado
no le gustaba
mucho
a Riaño, y
por
eso
arremetió de
nuevo postu
l
ando
a otro criollo
cu
ya
t r a y e c ~
toria
en
la región
no era del
to·
do
pu lcra: Matías
Antonio
de los
Ríos. Emparentado, como vimos, con familias
prominentes
de Vá
lladolid,
'miembro
de
su cabildo, abogado de las
audiencias
de
México y Guadalajara, muy cercano al grupo vasco c'omandado
por Isidro
Hu
arte y al sector religioso
más
reacio a la ilustración y a
la
nue
va fi
gur
a
po
lítica del intendente, De los Ríos h abía
sido
seña
lado
como un prepotente especulador durante la crisis agrkola
de años an teriores. Su postulación demostraba la desesperación de
Riaño, o bien, un intento
por
conciliar su desla·vada relación con
el
propio
sector de vascos comandado por Huarte, con quien ya
tenía
enfrentamientos
en
el cabildo civil,
principalmente
porque,
conociendo
todo
lo anterior, Riaño presentó la candidatura
de De
los Ríos
diciendo que er
a un abogado de buen crédito, buena
conducta y
notorias facultades
. Pareció incluso no
importarle
que
siendo
miembro
del
cabildo
civil era--más
que
imposible la
au
torización legal de
su
designación interina.
9
El 18 de diciembre de 1787 Riaño envió
su
solicitud. Pero un
Man.gino celoso del
espíritu
regalista y anticriollo que por enton-
ces se
respiraba en
los
ni
veles directivos de la reformil rechazó
la
nueva propuesta del
intendente vallisoletano. Así,
apoyado
por
el fiscal de Hacienda, le insJ.icó
que
la persona del Lic. De los
Ríos se
contrapone
abiertamente
a lo dictado
en
la
Ordenanza de
1786 y
en
la
propia
Recopilación de Leyes
de
Indias .
60
Si algo se
tra t
aba de impedir
con la
nueva
ley era precisamente la presencia
de criollos en niveles administrativos y de gobierno important es.
La reacción de los intendentes, en este caso Riaño, se ubicaba más
dentro de ese
margen
de a
utonom
ía ejecutiva que la Ordenanza
les confirió,
por
tan
breve
tiempo, a los nuevos jefes políticos
1
J
saCarlos Juárez,
La
o
garq¡¡fa
y el
peder
po
ít co Valladolid deM
ic
hoarán 1785-1810
H. Congreso del Es
ta
do de l i c h
a c á n
Mo relia, ;v[éxR:o, 1994, p. 78.
39 AGN
Intendencias
, vol. 13, fs. .,
w
Tbid
f. 253 .
l
OS INTENDENTES
RIAÑO
Y DÍAZ DE ORTE
GA 99
locales. Riaño intentó ap licar ia sin tener m u c h ~ éxito en Vallado
lid, aún buscando resquicios legales y acercamientos q:m los gru-
pos int1uyentes de la loc.alidad
para poder
echar a andar,
paradó-
jicamente, la reforma misma. Por ejemplo,
sus
esfuerzos
tampoco
fructif
icaron cuando
apoyó en 1787 la
candid
atura de otro regi
dor vallisoletano, Gabriel García de Obeso, quien pretendía ocu-
par
la
plaza
de
escribano
de
la intendencia. Sin
embargo,
el
virrey
y la Real H acienda apoyaron al peninsular José Antonio Aguilar
en lugar del
tamb
ién int1uyente mohtañés García de Obeso .
61
Tan
to éste como uno de sus apoyos, el minero José
María
Anzorena,
integraban el grupo opositor a Huarte y fueron quienes, más abier
tamente, se habían
opuesto
años antes al abogado Matías Antonio
de los Ríos cuando éste ingresó al cabildo civil vallisoletano.
62
El asesor titular hizo su arribo a Valladolid hasta el mes
de sep
tiembre de 1788. Riaño finalmente vio completo su cuerpo admi
nistrativo,
fiscal y de justicia . El joven abogado Durán era hijo de
Fernando
Durán y Vega y
Dionisia Fernández Benítez
,
ambos
de origen
social
distinguido en Granada
. Su hijo,
Onésimo,
reali
zó estudios en el Colegial de San Bartolomé de su ciudad
natal.
Siendo
mu y jov
en ganó
una beca
que
le permitió
estudiar
cinco
años la carrera de leyes, graduándose
en
derecho civil en la Uni
versidad de Granada . Sirv ió durante
cuatro años
en los despa
chos
del
prestigiado abogado
Pedro
de Saraytia y Goytia, lo
que
.
le valió adquirir experiencia en
asuntos
contenciosos. Por lo mis
mo
y por las buenas relaciones de
Saraytia con
la realeza borbó
nica,
se
le
promov
ió
como
abogado de los reales consejos_y
real
cancillería de Granada en 1779. Inició así su trayectoria como fun-
cionario al servicio real. Además, desde 1777 fue aceptado como
miembro de
la Real
Academia
de
Práctica
de
la
Jurispmdencia
en
España, cuerpo colegiado adscrito a las ideas ilustradas en boga .
Finalmente
, también
actuó
en comisiones de t ~ i c i o s de residenc::ia
en la sala
del crimen
de la cancillería, y a partir de 1784 se incorpo-
ró al trabajo litigioso
en
los tribtmales de la
audiencia granadina
.
En este ültimo cargo se
desempeñaba (mayo de
1785)
cuando
des-
de
el ministerio
de
Indias
se
le
nombró
asesor de la intendencia de
Valladolid . 3
61
AGN , Oficios v
endibl
es, vo l. 12, e:<p .
,
fs. 190-217.
62
[b
id.
ó
3
AHH
,
caja 516, exp .
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 34/47
'
,
100
LOS INTENDENTES RLA
l'
lO Y
DÍAZ
DE O
RT
EG A
Como es
de
notarse, Du rán era
un pr
ofesion al que, pese a su
cor ta ed ad (tenía 31 años cu ando ilegó a Valladolid), conta
ba
con
im
porta
nte experiencia
en
asuntos contenciosos . N o es fo rt
uito
que
en
el informe sobre as1.mtos pendientes elaborado
por
Riaño
en 1789
tuviera
el encargo de analizar una gran cantidad de casos
relacionados
con
la
administración de justicia
(civil y
criminal,
pero también h acend aría) de la intendencia. Durante el
laps
o
en
que Riaíi.o realizó
su
visita
por
la intendencia, se creó incluso
:t.ma
subdelegación más : Angamacutiro. Esto,
mostró que aun
cuando
recc;lÍa
en
el intenden te R
iaño la responsabilidad por
entonces
para
autorizar nuevos
distritos, Durán
era
ca paz de decidir en
cuestiones adminis
tra tivas y fiscales.
Los
dirigentes
reformistas, entre ellos el p
ro
pio Gálvez,
vieron
desde
España
que Durán
era un lúcido y potencial
gobernador
reformista;
de
hecho, Durán cumplió el cargo
de intendente
en
San Luis Potosí en tre 1801 y 1803. En adición, pese a
su in
tegra
ción tardía , la
mancuerna
Riaño-Durán representó mucho
para
la
reforma administrativa.
Y
sin
llegar a ser,
quizá
, los
más
pro
fundos,
la
de Valladolid fue una de las intendencias en las que
ciertos cambios se apegaron más al nuevo
marco
legal entre 1787
y 1791: proyectos de reglamentos y reglamentos en sí terminados
(legislación), elevado
número
de subdelegaciones (administra
ción
y fisco) y aplicación
de
impuestos directos (fisco), entre otros.
Sin
embargo, desde
que
Durán
tuvo
conocimiento
del traslado
de Juan
Antonio
Riaño
a Guanajuato,
consideró prudente
alejar
se
de
los ámbitos reformistas de Valladolid, así como mantenerse
alejado de su primer jefe
en
la Nueva España. Solicitó se le conce
diese una plaza en la
real Audiencia
de Guadalajara u otra que
fuese del agrado
del
v
irret'.64
Matiz
interesante
lo
del
agrado
del
virrey ,
pues señala
la pérdida de
control
d el reformista
ministerio de Indias
sobre
el futuro de estos funcionarios.
Su
des
empeño
como
asesor
en Valladolid era, no obstante, considerado
aceptable por no pocas personas de dentro y fuera de la intenden
cia . Lo
que
influyó, seguramente, en la tardada recompensa de
Durán.
Permaneció
como asesor letrado
hasta
1799,
año
en
que
por fin
consiguió su
traslado a
Guadalajara
,
donde cumplió el
cargo
de ministro honora rio y de teniente letrado de la intenden-
t
ú i
LOS INTENDENTES RTA
ÑO
y DÍAZ DE ORTEG
A
101
cia del mismo
nomb
re h a s t ~ antes d . - .
· a ' ,e ser
no
mb rad · t · d
Luis Po tosí el
21
de agosto de 1801 S l . o en ente
de
r
ea
actada desde 179l conió e · u so cltu . de traslado,
harían
' d ' ' . on una carta
de
apoyo en la que
se
arn,n .Cintes elogws sobre
su labor
en
f d
por Juan
Antonio
Riaño. Pero también 1 u ' a
ooderosos de
··T · - .
0
apoyaron
comerciantes
n Iaoon vasca y montañesa com D ·e:: · G ,
de
Carrasauedo
y Diego N.
1,
C
' '
o
l ü n i ~ l o
aroa
, - ICO
as orrea.
0
Su deseo de abando 1 · .
rribo d 1 . nar a m tendenCia se incrementó a ra íz
del
reas . e n
ue
vo
m t e n d e n t ~
Díaz
de
Ortega. Éste lo relevó
de
ta-
l e t r a d ~ e p n r ~ a l m ~ n t e
h u ~ i e s e ejecutado en
su calidad de
asesor
tad . eJemp o _ en la mtegración
de
los
informes
sobre el es-
y
B ~ ~ ~ i ; ~ r i ~ ~ e ~ d e n o ~ s o l i
~ t a ~ o s por los virreyes Revillagigedo
Aauilar partic·
~ s e r ~
ano publico
del
ayun tamiento José Antonio
m ~ s ta
mooco
Ipo
~ ~ s _que
el
propio
Durán. El tono de esos infor
mente el trab ?ebro d ~ J a r ~ o n t e n t o a Durán, pues se criticó fuerte-
aJO
organizatrvo de
Juan
Antonio Riaño A , .
a Durán le , . e . SI, mientras
de Ort
p a r ~ o ~ excedrdos
algunos
juicios emitidos
por
Díaz
e x i s t e : c ~ :
acwn
c ~ n
las
subdelegaciones
,
éste juzgó
grave
la
·
. 1 3 ex
pedientes
acumulados y no resueltos (civiles
~ ~ ~ : ~ ~ ~ i ~ ~ ~ : . ~ l s : ~ ; ~
~ t e L ~ ~ e n c i a .
Para
Díaz
de Ortega,
señala;
tamb. , p to de arranque
en su
aobierno pew
j u ~ t i c ~ = ~ ~
~ : - : . ~ n ~ r a
calificar de
lenta
la administraciÓn de
al virrey l l l a r ~ d ~ ~ ~ o ~ y de a c u m u ~ a ~ puntos a su favor frente
bién afectaba al g g . . D Era d: la opmwn que esta lentitud tam-
. . , . . erano . e aqur que el nuevo
intendente mantu-
':'rera s_lLCntiCa, antes seí'i.alada, relativa a diversas mal .
~ ~ m ~ t r d a s por i n i s t ~ o s y ·administr
adores
de rentas : r ~ = : ~ ~ ~
~ ~ l a pero
no
atendidas por las autoridades antecedentes 67
J o s é ~ ~ ~ ~ : ~
~ u r ~ n
en el P:lesto
de
asesor letrado fue el doctor
e eran. De ongen montañés y
con
relaciones de
65 Ibid.; Durán fungió como
inten
d ente d S . ,
has ta mediados de noviembre
de
1803
a ;
Lws _Po tos t s ~ e el21 de agosto
gos
como ministro
h
onora
rio teni O I ~ e ll
ego
despu
es
a e cumplir encar
Sob re esto
últ
imo y
en
o-eneral sob en,le l
eftrau
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nd
e
ncia
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ua dala jara
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ron
tier, Univ
e
rsity of
N . · o
nes
Jr.,
Nueva Vrscaya, Heartland o the
d L
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•
ex
1co
AlbuGuerque
1988 M d'
e,
a m t
mdenc ia
de San Luis Pot . -
T
ll
' G , _ · ' ' Y t erce
es
M ea
Luis Po tosí, México/ 195
6
. a eres rattcos de
Ed
i t
orial Un
iver
sita
ria
,
oo
A H I-1
leg . 826, exp . 105.
,,,
lb
.
· · ¡,,., Y
teg. 82
9,
exp. 6.
•
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 35/47
102
LOS Il\o'TE
"DENTES RIAÑ O YDiAZ
DE ORTEGA
oarente
sco c
on comerciantes de
México y Valladolid,
Terá
n se
~ o n v i r t i ó
en rival acérrimo del intendente Díaz de
Orteg
a.
Pre
via
mente a su nombramiento,el cargo
de
asesor lo solicitó el promo
tor fiscal d e la
intende
ncia, licenciado José María Estévez Y Cer
va ntes,
miemb
ro también de
la
Audiencia y a quien Riaño
y logró
ub
icar
en
el
puesto que desempeñaba
. Pero
no r e o b ~ r
apoyo de
Brancif
ort
e ni
del intendente,
Estévez re
tuo
su
candl-
datura. 8
Las
desa
venencias entre Terán y Díaz
de Ortega
se
expresaron
como resultado de un pleito ocurrido en 1802, en el que estuvo
de
por medio
Isi
dro Huarte
. A
partir de
entonces,
la
pugn
.a entre
ambas
autoridades de la
intendencia
fue constante. Lo oerto es
que correspondió
a Terán recibir las
Ua_ves y_a
rcas
de la
in stitu
ción
al fallecer, a principios
de
1809, Fehpe D1az
de Orteg
a.
~ a m -
bién
fue Terán
quien
enfrentó como
autoridad máxima
las
pnme
ras
rebeliones
contra
el despotismo real a fines
de
1809,
cuando la
intendencia era ya una institución relativamente e s t a ~ l e
desde
la
óptica
estatat
pero
mu
y perniciosa desde el
punto
de
v1s
ta de los
habitantes de estos territorios michoacanos.
RECAPITULACIÓN
El
pensamiento
y acción
política de
estos
dos intendentes
guardaba mucha
dtstancia. Durante el
breve
tiempo
q t ~ ~ b e r n
la
intendenc
ia,
Ria:ñ o
fue cápaz
de desplegar
una convKclOn ~ b s -
tinada por
la
nueva
legalidad,
que
.le
p e r m i ~ i ó o r g a n i ~ a r una
titución
con
un poder ejecutivo embrionano
pero
v1goroso.
Sm
embargo,
el factor tiempo fue el
principal
obstáculo
para
conocer
su
desarrollo como aobernante
ilustrado
en
una
zona altamente
compleja
, es decir,
un
a intendencia donde
el poder
y l o ~
privi
lea-ios de las corporaciones (clero y gmpos de los aytmtam1entos)
e s ~ a b a n tan
fuertemente
ligados y
consolidados
que mu y proba
blemente la
confrontación entre
ambos poderes
iba a resultar a la
.
larga
explosiv a.
Su compo
rtamiento co
mo gobernante
en Gu
_ana-
juato así
lo indica,
ya que supo
desligar
su figura de
~ u t o n d a d
más interesada
en servir al régimen borbónico, y
no
deJarse hala-
oa
AG:--l,
Subdelegados,
voL 11
exp.
1 fs.
5-5v.
LOS lN1ENDENTES RIAÑO Y DÍAZ DE ORTEGA
103
~ a r por
los
in
.
te
reses
de
las
corporaciones
y
gr
u pos
poderosos
~ _ o . m o
la Iglesia, los
hacendados
y
comerciantes de
los
ayunta-
mientos
, entre otros.
Hacia
ahí ap
unta
ba la personalidad
de su
sucesor,
Díaz de
Ortega.
A ~ b ~ s
.intendentes, a través
de sus
infor
mes y opiniones,
~ u e s t r a n mdiClOS de
estar muy influidos por las ideas
modernas
a:l
grupo
carhs ta
y
por
supuesto, del ministro
José de Gálvez.69
Sm embargo, mientras
Ria
ño
logró
mantener un
a línea
politica
transparente
en ~ l a c i ó n c?n
los
grupos de interés corporati
v os y
local
es en
Guanap.Iat?, D1az
de
Ortega f
ue cayendo progresiva-
m e n t ~
(en buerla
medida, por
la
propia
política
dictada en genera
l
a los
m t e ~ d e n t e s en
aras
de
sostener la política extractiva) en las
redes
d_
m t e r ~ ~ e s de
dichos cuerpos tradicionales a los
que
debía,
en
teona,
debthtar. Y
aunque
ciertamente no dejó de hac erlo,
con-
secuencia m.ás
~ i e n
las exigentes
demandas
fiscales
de
la
épo-
ca, es mu y srgmhcatlvo
que
a partir
de
los
años
1797-1798la recia
p e r s o n a
l i ~ a d
r ~ ~ o r m i s t a qlie demos tró en
la
primera década de
ad
_
n:mrstranon en
Valladolid fue
desapareciendo hasta
casi
1dent1f1carse,
plenamente,
con los intereses
de la
oligarquía valli
soletana.
La corrupción
entendida
básicamente
como
el desfalco a las
Cajas
R e ~ l e s ~
el
nepotismo
y hasta
una pérdida
parcial
del con-
trol
del eJerooo de
la justicia y la
administración
(p
ropiciado
por
un
caso extremo
de c o r n ~ p c en
una
subdelegación
serán
sig
nos elocuentes de un gob1erno que, pese a su lucidez para llevar a
cabo reorganiz
.aciones internas y a
encauzar
hacia una
le
aitimi-
dad f u n ~ i o n a l
al nue
vo
gobierno,
perdió la brújula de
su
0
papel
modermzador
de
las
relaciones
sociales en la intendencia
de
Valladolid
. La
relati
va
debacle que
el
régimen de intendencias
e
xperimentó
a
partir
de
que
fallecieron tanto
en España
como en
la
u e ~ a España 3US
principales impulsores, se
manifestó en cierto
ser;-ttdo er: Valla.dolid. La
intendencia
se convirtió por esos años
n:as en
t ~ J b u n a 1 d e a l de
las
disputas de
las
corporaciones
y
frac
ciOnes oligarcas que
en
un
elemento gestor de la economía
y
la
sociedad michoacanas
1
:1
69
Ornar ~ u ~ e r r e r
L
as
raíces úorbó nicas de Estado mexicano VN.->.M, lviéxico, 1994,
pp.
68-69, 7J- 6 v 2- 3-246. Pietschmann
op -;;
np 79
-33
; •
L
. .... r . - .
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 36/47
III.
RJA
ÑO: LA ORGANIZACIÓN
DE LA INTENDENCIA
RI
AÑO
Y LA CONVICCIÓN
O R l v
Este capítulo
an
aliza
la problemática or
g
anizati
va y
administrati
va de las
subdelegaciones de la intendencia
de
Valladolid, y
de la
intendencia en sí, a la que se enfrentó su primer intendente , el
capitán
Juan
Antonio Ria
ño
. Depositar io de una sólida convic
ción
re formista , sus acciones corno gobernante fuer on radicales
pues creó un
gran número
de
subdelegaciones
a partir de las 10
alcaldías
mayores y
corregimientos existentes en esta pr o
vincia
mayor, en un contexto donde el clero era muy poderoso dada su
influencia política
en
la
propia
órbita
del
gobierno
civil.
Casi todas las
sedes
locales de gobierno
que
el
intendente
Ria
ño creó y le fueron
autorizadas
por las
autoridades
reform istas
entre 1788
y
1791 se
ubicaron en
asientos donde el clero rnichoa
cano
tenía sólida presencia; pero
también
creó jefaturas civiles en
pueblos y villas
donde la
presencia clerical sólo llegaba
al
ni vel
de sacristías y v icarías. Es decir, en pueblos y asientos humanos a
los que asistía ocasionalmente la atención religiosa pese a la pre
senéia
importante de almas de evangelización. Esto reflejó
la
idea
administrativa y fiscal·
del
nu evo
gobernante,
así
como
la orienta
ción que dio
a
la nueva estructura de poder
civ il,
en una
zona ·
donde
esta
autoridad
había sido
tradicionalmente
débil.
LOS SUBDELEG
ADO
S: N
UE
VOS FUNCION ARIOS REALES
Los 12 nue
vo
s gobernadores reform i
stas
no v oh ispanos d e
bían
proceder a nombrar a di versos jueces sub al te rno s en sus dis tritos
administrati
vos de sde el m omento
en
qu e asum í
an
el
mand
o eje
cu tiv o de su s jurisdi cciones . És tos se llamaron legalm ente su bd e
legad os . El número
de
sub
de
legados qu e deb ía non1brar cada in
te n de n te no se esp eci ficó expl ícit amente en
la
Ordenanza de
104
·l
RTAJ'lO:
l.-'.
O RG
ANiZACI
ÓN DE LA I
NT
ENDENCIA
1 5
F 86 . Tam poco se mand ó qt1 e s iguieran un cr i ter io .demográfico
mí
n i
mo
para estable cer
una su
bd elegación . Más bien,
se
e5table
ció que pod í
an
nombrar su bdelegados, en función del poder eje
cu tiv o real q
ue
les aut orizaba la n ueva ley en
aquellos
lu g
ares
y
p ueb los
de indios
de s u terr
itor
io don de existieran alcaldias
ma
yo r es y co
rre
gi m ie n
tos
o,
en
su defe cto, o
pe ra ra
una su erte
de
f
un
ci
on
ar
ios auxili
ar
es
men
ores
,
co
múnmente
con
oc i
d os c
omo
tenien tes d e alcaldes
y
corre
gi
dores
.
1
La gr an alcald ía
ma
yo r
Pá tzcuaro-Vallad o
lid
de s tac aba en
este
sentido,
ya
que en el la
hmg ieron hasta 10 o 12
tenienta
zgos.
· Asimismo , d e acuerdo con la Ordenanza
no
vohis
pa
na , el in
tend
ente· debía cuidar
que
su s jefes subalternos fueran de origen
español, peninsulares o criollos, pero
de pref
erencia
los
p rimeros,
según la mtención inicial del reformismo adminis tra tivo . Los sub
alternos deb ían gobernar,
como
sus je fes los
in t
en d entes, en las
cuatro causas básicas establecidas
por
la reforma
administrati
va :
justicia,
policía, hacienda y guer ra.
2
Era su obligación mantener a
los n a
turales
de
su
ju
risd
i
cción
en
buen
orden
,
obediencia
y c
iv
i
lidad,
y su nombramiento
correspondía
por
sí solo y
por
el tiem
po de su v
olun
t
ad
al intendente nombrado en la
provincia.
3
Ah
ora bien, debido a
la
polémica ocasionada por
la
reforma
admini
s trativ a en toda la sociedad novohispana ,
los
intendentes
no gozar
on por
mucho tiempo de
todos
los privilegios ejecutivos
que la Ordenanza les conced
ió
corno gobernantes, so
br
e todo
en
aquellos puntos en que tenían legalmente autonom ía p ara nom-
1
Los
te
ni
ent es de alca ldía s e ra n ju eces que d
ese
m pe ñaban las mi sm as ta rea s
que l
os
alc
aldes
ma
yores
y
corr
egid
ores,
per
o, a d ifere
ncia de
és t
os y
m
mq u
e n o
te
ni
an t
ítul
o for
mal
de em p lea d os reales,
er
an recon o
cid os
p or las a u to
ri d
ad es
com o
hmcion
ari
os
a
ux
iliares . Por lo reg
ular
opera
ban
en pueb los, d is tr
it
os
y
ca
bece
ra s qu e e s ta
ban
lejos d e la sede origin al de la
alca
ld ía mayor,
po
r lo qu e el
titula r b usc
aba
su a poyo pa ra el gobiern o y ad rrúnis tración de su ju r
isdicc
i
ón;
sus
áreas de
gobiern
o eran con oc id
as
co
mo
tenie
nt azgo
s
.
Véase W
oodr ow
Bo
rah
(coord .), l go
bierno
p
rov
inci
al
en n N
ue
va E
spaña
, 1570-1787, m
NA
M Se
ri
e H isto
ria N
ovolú
s
pa
na, nú m . 33,
Mé
xico, 1983, pp . 51 y ss. Entre l
os
lug
ar
es
do
n
de
creó
sed es de subdelegac ión el
int
en d ente Riaño y que no te
nia
n asient
os
reg ulares d e
clér igos es t
Í
n Indaparapeo, Tlulp u
jah
ua,
Zamo
ra , P uruán diro , A
ng
a macu tiro y
Marav
atí
o entre o lros; a l respec to, vé ase
Juve
nal Jara millo, a ges tión ep iscopal de
fray A ntonio de San l\ifiguel
en
M i
cho
acán (1784-1804). Los proyect
os
ilustrados y l
as
de
f ensas ca
ónicns , El Coleg io de M ic
ho
a
cá
n, Za mora, M éxico,
1996,
p p.
26
y
ss.
R:ca r
do
Rees h)ncs , Real Ordenlln:,¡ oam el c,tabledmiento de intendentes de
erérci-
to
y proz:in
·a ¿n e reino de ltl Nut Ucl
Espa'
11n
l iNA; •1
1
1983 art. 12.
p
18. ·
; bid.
1 6
RIAÑO: U . ORGANIZACIÓN
DE LA
INTEND ENCIA
R[ A¡\: Q: LA ORGANIZACIÓN DE LA NTEJ 'DENCIA 107
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 37/47
brar a
sus
gobernan tes de apoyo : los
su
bd e
legad
os. La Dres
iói".
e[ercida por los s
ec tor
es
opositores
1a
de
la
~ ~ l e v a
Espar.a y con
t
ra
rios a la
autonomía ejecutiva para que
el
mlendente
nombrara po r su prop ia cuenta a sus
subdeleo-ados
(también
contra la
aplic
ación del
articulado re
l
at i
vo al
~ u e v o
mé
todo de
c?b ro de tribu tos
y
el cobro directo
de
l diezmo por los
nuevos funcwnarios
)
obligó
a la Coro
na española
a m odific
ar
el
espír
itu
ori
gL.
la
l
de
50 artículos
de la
Ordenanza.
Las
modificac
io
nes se die
r
on entre
ma rzo de J 787 y
octub r
e de
1 7 8 ~
En muchos sentidos, es t
o afectó el
pl
an
original de
refo
rmas
a m vel l ~ c a l relativas al po der ejecutivo d el nu evo gobernante.
Pero
-
un
mtendente como Juan
Antonio
Riaño supo
afrontar
la
av
alancha c?ntrarre.fo:mis ta, y en diciembre d e 1788
operaban
ya
en
V
alladolid
18
mm1stros
subalternos en
otras
tantas
subdele
gaciones .4Toda
una hazaña
si considerarnos una serie de dificul
t a d e ~
~ d i c o n ~ l e s (falta de afianzadores,
de
sujetos dispuestos al
serviCIO, amb1ente
hostil
a la reforma, etc.)
que
rodeaban
por
en
tonces
la labor del nu evo gobernante
en
la
región
de
Valladolid
(vé
ase
el
cuadro
III.l).
Los
primeros
meses de la
reforma administrativa
propiciaron
mucha
confusión
en todos los
niveles de gobierno,
más cuando
l
as
derogaciones de decenas de artículos implicaban
mantener
o
apegarse
a las
~ t i ~ · u a s
prácticas
de
gobierno y
administrativas
, que
retrasaban
la
practica
del nu evo gobierno económico . Por ejemplo,
en marzo de 1787,
el
intendente
Riaño
dispuso que
los alcaldes
ma
y
ores,
corregidores y tenientes
adscritos
a
su jurisdicción
ela
b o r a r a ~ i n f o ~ m e ~
~ o b r e
el estado
de
sus
distritos
.
Riaño sabía qu e
'
l ~ s antiguos J U S t i ~ I a s de su
z
ona terminarían sus periodos
de
go
bierno
hasta media
dos
de 1788
unos
y a
mediados
de 1789 otros.
La
solicitud
de
los
informes
la
hizo
debido
a
la
uro-encía
de
iniciar
la
organización de la intendencia, pero también
~ r q u e
apenas en
1.785. Y 1786 habían
iniciado
sus
periodos
como autoridades. Así,
sigmendo lo dispuesto en el artículo nueve de la Ordenanza, debía
esperar que
los
carg o
s
de
alcaldes
mayores y
corregidores
queda
sen vacantes
para proceder a
nombrar subdelegados
.
La ma yor ía
de los
antiguos funci
onari
os
cump
lió a
cabalidad
la
orden de su
nuevo jefe. A pocos días
de
la determina
ción
del
4
.>.GN,
Historia,
vol
73: St:bde egados, vals. 73
y
74.
0
JAD
RO
II I 1 Subdelegac iones creadas
t
re 1787 y 1788
Intendencia de Valladolid)
· · .
Subdeleg
ac
ión
Subdelegado
Fecha de toma
de
posesión
Taretan
Ario
CarácuaroApatzingán
Cocupao
Cuitzeo
Puruándiro
Chucándiro
Huango
Erongar
ícuaro
Huaniqueo
Huetamo
Indapara
peo
Santa
Clara
Tirioet
ío
Tlalpuja
hua
Tlaza
za
lca
Urecho
Zinapécuaro
Carlos J.
Contreras
Juan
José Enciso*
Fran
cisco
Díaz
V
José M.
Argumedo*
Manuel Gutié rrez
Matías
de
Robles*
Fernando
Peralta
Francisco
Corrie
do
Domingo Ga
rcía R
Francisco
Díaz
Q.
Bernardo Peñalva*
Domingo Villegas
Juan A. Negrete
Gaspar Pardo M.
Do
mingo Vé
lez
E.
*
Juan
Zárat
e Manzo*
Domingo
Posadas
Marcos
Larrondo*
27-Il-1787
17-VI-1788
17-VIII-1 788
16-XII-1788 ·
22-V-1788
1788
1788
'17-VII-l l88
20-VII -1 788
21-VII-1788
20-IX-1788
10-IV-1788
1788
12-XII-1788
15-X-1788
26-IV-1788
1-VIII-1788
25-VIII-1788
16-XII-1788
*Alcaldes
ma
yo res que fueron nombrados su b.delegados por el
intendente
Juan
Antonio Riaño . A ni nguno
de
ellos lo confirmó la
autoridad
virreinal,
como sí
ocurriría
con
los nombrad
os
a partir de 1789,
seg ún
las
disposiciones reales
que
hteron contrarres
tand
o la autonomía relativa cedida a lo s intendentes en la
Orde
nanza de 178 6.
F
UENTE:
AGN
Subdelegados,
vo ls.
51
, 73 y 74, e Historia, vol. 73.
•
intendente Riaño, se dictó entonces la real orden que autorizaba a
los intendentes nombrar
a
estos justicias
como subdelegados.
Podían ser
nombrados
como
tales
en
caso
de
que
observaran bue
na conducta, es decir,
disposición
para acatar y cumplir
las
nue
vas disposiciones legales.
5
Sin
mu:chos
contratiempos aparentes,
el intendente Riaño dispuso
que ocho de
los 10 justicias de la etapa
anterior
pasaran a
gobernar como
subdelegados
cuando
se
cum
plió
el
plazo de sus gestiones dos años después
.
En consecuencia,
Domingo
Vélez
Escalante
,
GerÓnimo Girardi, Juifn José Enciso
,
Bernardo
Peñalva, Marcos
Larrondo,
José
María
Atgumedo, Luis
Gamboa
González
y el capitán Mat ías de Robles, mantuvieron
5
AGN,
Inte
nd
encias, vol.
74,
exp . 5,
fs
.
266 í Ov.
l S
RIAÑO: L
A
ORGANIZACIÓN DE LA INTENDENCIA
R I A ~ ; ¡ 0 : LA ORGANIZACIÓN DE LA
T E N D E N C J ~
109
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 38/47
CuADRO III.2. Su bdelegaciones
cn:adas
en tre 1789 y 17
91
(I
endencia de
Valla
dolid
Subdelegación
Co li
ma
Uruapan
Z
amo
ra
Zitá
cua
ro
Angamacutiro
Pátz
cuar
o
Coa
guayana
Paracho
Tacámbaro
5Hbde egado
Lu
is
Ga
rnb
oa
González*
Fr
ancisco
de
Oc
ampo
José
Mar
ía Salceda*
Tosé A. Cal
de rón
Juan Vi
cente
Ar
cea
Félix Gutiérrez de
L.
Juan Francisco García
Juan
Ignacio
Román
Pedro
Monro
y
Fecha de posesión
31-V-1789
1-VII-1789
22-V
I-1789
.23-III-1790
21-V-1 790
20-XII-1790
4-III-1791
9-V-1791
14-V-1791
· • Alcald es ma yores. Ya bajo los
lineamient
os de la rea l ? rden de 7 de o_ctubre de
1788 e
st
os subdeleo-ad os d e la int e
nd
encia de Vallado
hd
d e M1c
ho
ac
an
fu
er
on
confirmados p or los
0
v
irre
yes Manuel Antonio Flores (17 de agos to de 1787 a 16 d e
oc
tubr
e de 1789) y por el c
on d
e
de
Revillagigedo
II
(17
de
octu
br
e de 1789 a
11
.
de julio de 1794).
FuENTE:
AGN,
Subdelegados, vals.
51
, 73
y
74, e Historia, vo l. 73.
como funcionarios reales al ser nombrados subdelegados en apa
riencia
con absoluta
autonomía por el
intendente
Riaño.
6
El
cua-
dro I I I l da cuenta de las
subdelegaciones
que
sirvieron.
_ .
Que Riaño
nombrara como
subdelegados
a
estos alcaldes ma
y
ores no implicó
,
en todo
caso,
que no procediera
a
formar nue
vas jurisdicciones. Pero las
recomendaciones
de marzo
de
1787
lo
llevaron
a
proceder
con
más
cautela
en
los nombramientos.
En
enero;de 1788 recibió
de
Fe
rnando
Man
gino
la respuesta a su car
ta del11 de diciembre del año
anterior. Su
consu l ta
tenía
como
asunto la alcaldía ma yor
de Colima.
El
alcalde ma
y
or de ésta
,
adelantándose
al
parecer
al
procedimiento
,
había
presentado
su
renuncia. Así, en su oficio
fechado
el 8 de enero, el superinten
de
nte
Mangino le
señaló que mientras
se
decidía
el punto pen
diente sobre nombramientos
de
subdelegados
,
podía
designar de
manera prov isional a la persona
que mereciera
su confianza.
Sin
e
mbargo, Riaño logró co n
v
encer
al
alcalde colimense Luis Gam
boa
a
perm
a
necer en
su
empleo,
e
incluso lo no
m
br
ó
subdeleg
a
do el 26 de feb rero de 1789
7
(véa
se
el cuadro n
1.2)
.
6
AGN, Subdelegados,
vo
L
6,
exp. 9.
7
AGN, In tendenc::J.s, vol. 81, exp. 1, f. 141.
• t
LA
ORDENANZA y LA Al.JTONOMÍA DEL L J T E N D E ~ T E
La flexibilidad y rel
ativa
confianza
que
el
j f
su
perio
r
de
los
in
t
endent
es,
o Mangin
o,
pa
reció d ar a los m is
mo
s p
ara
que c
on
for mar an ágil
mente
su s d istrit os (COJ rela tiva autonomía) entra
ron
en
u
na
fase
cr
í tica
al se
r d
estituido
de
su
c
argo
en
1788.
Los
ir
ü end e
ntes
pa sa
ron
a d epen d
er
e
ntonces
de
la
Jun ta Su pe ri
or de
Real H acien
da, dominada entonces por
un criollo
op
o
sitor
a
toda
la
reforma
: Francisco Javier Gamboa,
personaje
qu e, como mu
chos criollos novohispanos, no aceptaba que la fig
ura
virreinal
perdiera
terreno
frente a la nu eva burocracia central y sus apén
dices
locales. Por
tanto
, a
los
problemas inmed ia
tos
que
éstos
enfrent
a
ron para dar cauce
a
la institución
(af
ianzadores, sujetos
españoles, etc.) se
agre
gó la serie de d i
sposiciones reales
que ~ e ~ ~
m aron la a1..ltonomía ej
ecuti
va
que
la ley u
Ordenan
za les confu10
como
orga
ni
zadores de
las
nu ev
as in
s
tituciones de go
bierno.
Una
d
isposición vi
rr
e
in a
de
l 25
de octubre de
1787
ob l
igó
a
todos los intendentes a dar cuenta al v
irrey de cada
uno de sus
nombramientos de subdelegados
. El virrey
se encargaría de con
firmar esto
s
nombramientos.
8
Como
el
superintendente Mangino
aún ten
ía
para entonces poder
e
influencia dentro de la
nueva
estructura administrativa, no
todos
los
intendentes
hicieron
caso
o
cumplieron esta
decisión. Riaño fue uno
de
ellos. Las primeras
dos dec
e
nas
de
subdel
e
gados que nombró no fueron al parecer
"confirmad o
s"
por la autoridad virreina
,
lo que su
g
iere
que ac
tuó con
mucha
autonomía
ejecutiva
en estos casos 9
Sin embargo,
la
tarea
organizativa de los
intendentes entró a
una
etapa
crítica
entre
los
meses
de
septiembre
y
octubre de
1788.
Para estas
fechas el
superintendente subdelegado Fernando Man
gino
ya no contaba
con
el poder
que
tenía 12 meses
antes.
Y co?lo
la lentitud
formativa de
las
subdelegaciones mostraba de por
sí
la
dificultad que arrastraba el experimento reformista
,
la Corona dis
puso
la suspensión
temporal de los artículos
11
, 12
y
129
de la
Ordenanza, aquellos qu
e
mandaban crear nu eva
s jefaturas
loca
les de
ap
oyo en las intendencias, o
sea
, las subdeleg
aciones.
. 8
hiem, vo
l. 74, exo.
5,
fs. 266-270v. So
bre
Gamboa vé
ase
Dav id Brad
in
g,
Vlineros
y
comerciantes n
l iÍtfé:dco borb
ónico, 1763 -1810, FCE, tvféxico , 1985, pp . 103-109.
9
,_GN, Historia, vol. 73; Subdelegados, va ls. 73
y
74.
11 RIAÑO: LA ORGANlZACIÓi . DE LA INTENDENCIA
RIAÑO: LA ORGANIZACIÓN DE LA íNTENDEl'JCIA
111
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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El ajuste
normal
en tre una y otra formas
adm irüstra
tivas habia
recmdecido y
demorado
la recepción
de
tributos, fianzas y otras
ramas fiscales
en
la
Nueva
Espafi.a. Esta situación para
nada
tenía
satisfe cha a una autoridad agobiada por sus deudas y gastos
militares.
Incluso
algunos intendentes se quejaban ya, por esas
fechas, de la ausencia de postores "precisamente
españoles"
(s
in
propiedades
u otro tipo
de
privilegios materiales)
para
las
subde
legaciones. Como resultado, una relativa relajación inicial sobre
la posibilidad de aceptar a criollos con
intereses
directos en los dis
tritos, en los nuevos cargos púbiicos locales, parecía inminente,
aunque sólo se
dio
al parecer unos meses después cuando arribó
como virrey el conde de Revillagigedo, hijo .
Mu
y lejana
quedó
la posibilidad de aplicar, ante
esta
i t u c i ó n ~
la circular virreina
del
26
de
diciembre de 1787. En
ésta
se había
hecho saber que todos los alcaldes mayores,
corregidores
e inclu
so subdelegados
en
funciones que incurrieran
en
entregas moro
sas de tributos
(violando
los artículos
126 y 127)
se
harían
acree
dores
de multas,
cárceles y destituciones;
no se
descarta que
la
morosidad .
estuviese ligada
al
uso
temporal
de
los cobros
en
ajus
tes de
deudas
o
en
negocios particulares. Y
aunque
varios inten
dentes se comprometieron a
actuar
con firmeza ante esa circuns
tancia, la verdad es que a ningún justicia (por lo menos de
Valladolid) se le aplicó castigo algtmo por tales faltas, sobre todo
si, como
apuntó
el
intendente
Riaño en oficio del 6 de mayo de
1788, había
lugares
en los que es muy difícil encontrar sujetos
españoles .dispuestos a gobernar como
subdelegados"
10
O bien,
lugares en los
que
las secuelas
de
la crisis agrí cola de 1785-1786 se
sentía
fuertemente
entre sectores tributarios
que, además,
pedían
y
demandaban
a
todo
tipo
de autoridad
real
continuamente
pró
rrogas y despensas
para
pagar este
impuesto"
11
10
AGN ,
Intendencias, vol. 81, exp.
l.
n ldem y Tributos, vol. 16, exp. 7,
fs.
46-68, núm. 4, 2 de diciembre de 1788; vol.
48,
exp.
8, fs. 164-417,
que informa sobre la dificultad que existía al'm
para 1795
y
1800 en
la recaudación
tributaria de
la jurisdicción
de
Valladolid. También
del
ramo
de
Tributos,
el vo
l.
16,
exp. 2, fs .
69-90, que
contiene
tma
copia
del
extracto
de la matrícula de tributarios
practicada
en el distrito del "corregimiento de Valla
dolid de i\tlichoacán",
qut:
incluye barrios de la ciudad capital y pueblos que pos
teriormente quedaron bwjo jurisdicción subdelegacional. Este informe es
tá
fecha
do
el21 de diciemb
re
de 1790, lo que indica que el capitán Ri
año
lo env ió en esta
fecJ-.a
a las oficinas centrales; su elaboracién debió cor
responde
r a los at.os com-
1
1
.r
'
1·
Una
orden
real del 7 de octubre
de
1738
anunció
que los inten-
.
de
ntes perdían un a batalla más
ante
los sectores contrarreformis
tas. Dicha
orden
obligó a los
intendentes
, como ya se
in
dicó, a
dar
cuenta al virrey
de
todos los
nombr
amientos
de
subdelegados
que realizaran a partir de esa fecha. Al
virrey
le
correspondería
aprobarlos o no , es decir, ejecutar el ma..'l.dato definitivo de apro
bación.
Unos
días después, el
22
de
octubre,
Fernándo Mangino
,
jefe de todos los intendentes novohispanos y figura
administrativa
"paralela"
al
virrey novohispano, fue excluido de toda responsa-
. bilidad político-administrativa de la colonia al pasar
como
ftmcio
narib al Consejo de Indias en ia metrópoli. A partir de
entonces,
todas las atribuciones ejecutivas
de gobierno que Mangino
tenía
en relación con la
nueva
estructura administrativa y fiscal pasa
ron
de
manera directa a la jurisdicción
de
la
Jtmta
Superior
de
la
Real
Hacienda presidida
por el vi rre
y,
pero
dominada por
el
gru
po de criollos comandado por Gamboa. En esa misma situación
se
encontraban los intendentes,
quienes
así
perdieron
capacidad
ejecutiva real
inmediata
que
la
Ordenanza
les
confería-,
frente
al
poder
ejecutivo del virrey
en
turno.
Para entonces, en Valladolid, Riaño y sus mirüstros (Medina,
Fernández de
la Buría
y parcialmente Durán) habían logrado
instalar y hacer funcionar no menos de 15 subdelegaciones, entre
las que figuraban ciertamente aquellas en las que nombró como
subdelegados a antiguos alcaldes mayores
y
corregidores. Es
muy
probable, a la vez, que en las jurisdicciones de reciente crea
ció-Q. (por
ejemplo, Taretan, Ca r
ácuaro
y
Cocupao, entre
otras,
donde
el grupo vasco tenía
muchas
haciendas)
hubiese nombra
do como subdelegados a experimentados" tenientes de alcaldes
mayores.
Pero
es
más
factible
que
hubiese hecho
esto último en
los
pueblos que integraban
la enorme
jurisdicción
del correo-i-
. o
miento y
antigua
alcaldía
mayor
Pátzcuaro-Valladolid,
es
decir,
aquellos
en
los que operaban previamente los tenientes : Huango,
Erongarícuaro,
Huaniqueo,
Tiripetío, Urecho y
demás.
12
(Véase el
mapa rn
1.
Pélradójicamente,
un
clima
opuesto
a la
Ordenanza se mantuvo
des1e la Junta Superior
de la
Real Hacienda
novohispana.
Éste
pren4idos en
tre
1785 y
1787, es decir,
entre
la cris is a
>
rícola
y
elmicio de
la
oro-a-
nizaéión
de
la
intendencia.
"' ·
0
12
~ G . J , Historia,
l
73; Subdelegadn;;, vols. 73-74_
~ J O : LA ORGA ' IZ,>.CJÓN DE LA I
NT
ENDENCL
·\
RIAl'-:¡0:
LA ORGANIZACIÓN
DE LA IN
TEN DENCIA
113
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 40/47
:\ .L
-\.PA
IILl Alcaldías ma
yore
s y corregimientos base de la
in tendencia de Valladolid de lv ichc cán
a P ~ ~ ·
Num
ará1 1
"Sta.
Fe
del Rio
z-,.• \ M < • • • ¡ : : : : : ; ~ : . ,
Ú
G u ~ r u q u e o •
h ~ c a n d i r o tO
Zacapu • Terer¡tendo T a r í ~ b a r o
Nahuatzen Comanja
• • Sta. Fe
de
la·
Lagu,naValla.dolid
• Paracho , Cocupao •
Ca
pula
e
Erongarícuaro
: /
Tzintzuntzan Undameo
a p á ~ a r o •
tngambato
Uruapan •
Guanajo
0Apatzmgan
Tareran.
•Urerho
Sta. Clara
del Cobre
0Ario
•Tacámbaro
sólo
logró
medianamente
contrarrestarse
con
el arribo
del
virrey
Revillagigedo
en octubre
de
1789,
un representante avanzado del
pensamiento reformista.
Riaño y
su equipo de gobierno
, pese a
todos los obstáculos, logr;ron organizar más de
20
subdelegacio-
nes
en
la
intendencia
vallisoletana. Tres de los subdelegados (Co
Úma, Uruapan y Zamora) fueron ya confirmados y aprobados por
la
Junta
Superior
y el
virrey Manuel
Antonio
Flores.
Después
de
la
defensa del nüevo
sistema l1echo por
Revíllagigedo, el equipo refor
mista vallisoletano creó entre 1790 y 1791 nu eve subdelegaciones
más: Zitácuaro, Angamacutiro, Pátzcuaro, Coaguayana, Paracho,
Tacámbaro,
Jiquilpan
,
Puruándiro
y Motines. To
dos
los
subde-
l
egados
fueron
entonces
aprobados
por
el virrey Revillagigedo.l
3
El marco
de
las ideas
Hustradas de este virre
y fue clave
para
que el cuérpo
administ:radjvo y
de
gobierno m
~ d a d o por
Riaño
1
id Sobr ta defensa e
R12 Yil Iagi
ge
do
al pian
de
ir
tendencius novohispanas
véase
Brading,
o
p. cit . pp .
11:3
-110.
1
1
1
corrrpletara su programa orga..'lizativo local. iniciado al parecer con
par
ti
cular au t
onomía
entre 1787 y 1788.
El
programa comprendía,
por la actitud decidida de Riar'\o, la creación de tres
decenas
de
subdelegaciones
en la intendencia. Las
autoridades
reformistas,
primero
,
pero
ta
mbién
la virreinal
con
Rev
illagigedo, después,
coincid ier
on
decididamente
en
sosten
er
a este aparatoso
cuerpo
de
funcionarios
en
la
nueva
jurisdicción.
Originalmente ni Fernando
Mangino ni
el virrey
Manuel
A
Flores opusieron
alguna
resistencia a las primeras
decisiones
de
Ríaño,
pues
la Orde
nanza
así lo
mandaba.
Y
Revillagigedo
,
por
ejemplo, llegó incluso a la confrontación abierta con el clero novo-
hispano,
por
el celo que
mostró
en la aplicación cabal
de
los prin-
cipios
de
la Ordenanza, así como al
defender
a
intendentes
que,
como Riaño, siguieron el espíritu reformista.
14
Y
aunque
al final
de su periodo
de
gobierno cambió, por ejemplo, el curso de su opi
nión
sobre los
repartimientos
y el papel
que cumplían en
la eco
nomía indígena, sus
acciones coincidieron
con
la necesidad
de
sanear
el déficit fiscal
de
la Corona.
15
Sin
importarle
mucho qué
grupos eran perjudicados en beneficio de la autoridad real,
ni
si
esta
postura
af
ectaría
el espíritu "
galveceano
de la
reforma
ad-
ministrativa.
L AS RAZONES DE RlAÑO
Analicemos
entonces
el criterio
que
aplicó el intendente Riaño
para crear
en
Valladolid, en tan pocc: tiempo, tan
elevado
núme-
ro de jurisdicciones locales . En
primera
instancia parece estar claro
que su lectura
de
la Ordenanza era
en
éste y otros púntos algo
más
que
literal. La
reforma del
gobierno local
estaba determinada
por una
exigencia fiscal aunque la
Ordenanza otorgara muchas
más
facultades
a los intendentes,
pero Riaño
mismo
fue testigo
de que
su
territorio recién salía del impacto de la crisis agrícola
HEs in1presión general
del
autor que alg
unos
de los intendentes que iniciaron
sus
gobiernos
en 1786-1787
tuvieron ese
margen
de
autononúa
q ue les
otorgaba
la
ley, y que poco caso hiciero n de las presiones
de
los
grupos
de poder Locales para
la designación
de
sus nuevos ftmcionarios. ·
ts Brading, op.
ci
t.:
Carlos
Marichal, la
bancarrota del
virreinato: finanzas,
gue-
rra y
po lítica en la N ueva
España
,
1770-1
808
,
en Josefina Z? ra id a q u e z
(coord.),
Interpr
et
acio
nes d
ei siglo XV
mexicano. El ;mpacto de
las
reformas borbomcas
:-J
ucva Irnagen,
rvJéxi
co_
1992,
p.
171.
114
RfAÑO: LA ORGANIZACIÓ N DE LA INTENDENCiA
RI
Al'
iO:
lA
ORGANIZACIÓN
DE
LA
INTENDENCIA
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 41/47
b : - o - . A n a
' 1·-
S
' 1786 .,,·¡e t·:nn f1.1ertemente go1neo ata PO 1aoo"' - •
oe :;¡- , '-1- <
-
• · , • · • •
Él mis
mo
aludió con
preocupación de
las se
cu
elas d e esta cns1s
en el campo michoacano,
y
estaba conscien te de que, con _ a _ s ~ en
su poder
tradicionat la
jer-
arquía
ilustrada
del cabildo ecles1asnco
jugó
un
papel central para contrarrestar sus e f e c t o s ~ .
Parecería,
pues,
contradictorio
que un
ilustrado cor:
S l ~
racto Y
sensibilidad auspiciara
en menos
de
dos
aftas el surg1m1e:cto
de
una veintena de puestos
públicos; esto es,
c a r g o ~
_
que e b 1 ~ ~ ser
remunerados
restando 5%
del
total
de larecoletGon
t ~ I ? u t a
:a de
cada sub delegación, en una zona
agobiada
por una cns1s a g n c ~ l a
reciente, y
con
grupos poderOS f)S retice-ntes
a n ~ e
la ola
de c a ~ b ~ o s
en la zona. Pero no era todo. A partir
de
esos anos, la p o b ~ a c ~ o n m
dígena no debía
incurrir más
en el negocio
de
los r ~ ~ a r t 1 m 1 e n t o s .
Y, ciertamente, éstos, atmque practicados en una mm1ma parte de
las alcaldías mayores
michoacanas hasta poco antes de
la
c r ~ a
ción de la intendencia, eran, indiscutiblemente, tma f
uente
de m
gresos
para algunas c o m u n i d a d e s . ~
Si a
e s t ~ agregamos
e;
pano-
rama en
general depr
i
mente
descnto
en l o ~
:n ormes de a.caldes
mayores
y
subdelegados que
él
mismo s o h c ~ ~ o e n t o n c ~ , s p ~ r e c e , ~
ría haber
pesado
en su ánimo más una cuestw:' legal Y ~ o h t 1 c a
(el golpe a la influyente diócesis), que una es tnc_tamente_ f i ~ c a t en
su
decisión
de
crear:
t:¡es
decenas de subdelegacwnes.
Cte:ramen-
te la
última nunca
dejó
de
estar presente. Veamos por que.
'Los
info
rmes señalados
fueron
elaborados entre 1787 Y 1789.
En ellos, alcaldes y subdelegados de Pátzcuaro , a ~ c í t a r o
Y A p a ~
zingán,
entre
otros, informaron sobre la urgenC1a combat1r
algunos vicios de la p o b l a c i ó n ~
como
el ocio, embnaguez Y
juegos
de
azar. También
apelaron
a la urgenCia de generar accw-
16
A ~ N
Subd
ele
gados,
voL 35, exps. 2
y
15. Éstos
contienen
los
i.nf
o
rmes
de
u a ~
Antonio'Riaño y
Felipe Díaz
de Ortega
sobre
el p r o b ~ e m a de los e s _ c a ~ o s rep
arti-
mientos ·que
se
practicaban en
alcaldías
mayores mtchoacanas . Rtano
1
f_ue
t ' po " mo
no p
o 1sta e
rco
en el suyo, destacando
si acaso
que Lm
l ? r ~ :
,
rclan Huarte") al que no "me fue difícil combatir , escnb to. Per? Dtaz de Orte1a
se
mostró impresionado ya
que,
la
ausencia de_
mercader_Jasde reparto,
miseria
y
el colapso económi
co existente
en la
mayona de
los
d1stntos
o s u b d e ~
· , 1 ~ 9 ? - 1 7 9 3 ) demandaban su revitalización
"controlada
desde el
seno
n:us-
gacmnes ' - ' '
1
d · t
' hvo
mode l
a in tendencia". Es tos juicios , coniro
ntad
os c.on e e_p I
eg
u e r a ~ .
ue representó esta e tapa de gobierno•en la zona e a ~ e capitulo vri): ~ o l o eJan
~ e r la difícil co
ndic
ió n
en au
e llegarop a enc ontrarse mtenden te_s _ uCldos la
problemática económica
y s;Cial de q c h o ~
sectores
sociales
s p a n o : .
a ~ ~
bién deja ver, sin embargo, cierta d i s p e n c m con que l l e g a r ; o n ~ s ; . r r u r Y .un p
s
us
ta reas fiscales y de
gobierno,
muy 1 esar de su wlan te ü
us.r"aa
.
j
i
r
115
nes
para evitar gastos superfluos
excesivos realizados
por curas
l ~ c l
,en fiestas y
ce
rem
on i
as r eligiosas, la necesidad
de
arreglar
e
esta o o de archivos
y
cárceles públicos, combatir la tala
y
el des-
monte irracional,
promover
la instalación de escuelas
públicas y,
un
punto clave, ave riguar el uso
y
destino
de
los
bienes de
las
c o m u
i d a d ~ s .
Riaño y
su equipo de
ministros
pusieron especial
atención
en este úl
ti
mo
ptmto.
Se
abocaron
a
elaborar
a
partir de
entonces (artículos 44 y 47) los reglamentos sobre el gobierno y
administración de los bienes
de
comunidad. El 10 de mayo de
1791 informaron
al virrey Revillagigedo
que ya
tenían
completos
los
Padrones
de Tributarios (artículo
133) "de 21 de
las
32
subde-
legaciones
de
la intendencia" .lB
La importancia de la actualización
de
los Padrones
de
Tributa
rios
estaba directamente
ligada a cuesti ones fiscales, demográfi-
cas y administrativas.
Cuando
Riaño dejó
la intendencia
de Valla
dolid para
trasladarse
a
Guanajuato,
sólo faltaba completar
los
padrones
de
Colima,
Jiquilpan
y
Charo. Y
el
22
de
octubre
de
1792
el
intendente
Díaz
de
Ortega informó
al
mismo virrey
Revi
llagigedo
que
le faltaba
integrar
el estado de 42 pueblos de la
intendencia; el
retraso
, explicó, se debía a que les resultaba difícil
a sus subdelegados "identificar bien a cada clase o casta" de esas
dos veintenas de pueblos.19
l captación ascendente
de
tributos durante el breve lapso
admi.'"listrativo de iaño resultó en favor del aspecto fiscal
su
toma
de
decisiones.
En 1788
se registraron ingresos
por
este
rubr
o
de
41085 pesos
, en 1789 de
50179
pesos, eh 1790 de
65178
~ s o s
en 1 ~ 9 1 de 81072
pesos,
y en 1792
de
74209 pesos, año este últi-
:zr:o
de cambio
de intendente
y de
subdelegados,
que
bien pudo
atectar
la
recolección ascendente de
los
cuatro
años
pre:rios.zo
17
AGN, Historia, vol. 73, fs. 142-408. .
18
AGN,
Pr
opios y Arbi tri os; vo l. 5, exp. 2, fs. 372-374, y vol. 34. Sobre
el informe
~ a d r o n e s T r i b u _ t a ~ i o s , ~ véase Historia, vol . 523,
s.
n. e.,
f.
24;
aunque en
éste,
Rtano
informo que
ex
1snan
..?2 subdelegaciones,
nunca pudimos comprobar cuáles
eran
d o: de ellas.
No
se crearon o
se eq
uivo
có
al escr ibir, o las ftmdó
pero nunca
e
ncont
ro
subd;legados
. También del ramo
de
Tributos
vé
ase vo l. 16, exp. 2,
fs
69-
90, y exp . 7 (num. 4).
19
AG N,
Historia, vo
l. 523, fs: 132-133; y Tribut
os
, vo
l
48, exp . 8,
fs.
164-417, que
c
on t
1ene. el Informe sobre
la
difiwltad
.
y vol. 59,.exp. 3, fs. 21-30, d o
nde
el inten-
d ente_ D1az de O
rt
ega c o ~ s l d ta el 20 de rebre ro
de
1793
s o b r ~
e i
tiempo
en que
debena tener lista la matncula trib u taria de Marava tío y San juan Zitácuaro.
20
ACN,
His tor ia, vo l. 7- ,
exp
. 3. ·
116
RíAÑO LA
ORGANIZ
AC
IÓN
DE LA
D E N C f . ~ .
Rl:-\1\iO: LA ORGANIZAC IÓN DE LA fNTENDENCIA
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 42/47
Pero un
pr
omed io
anual de
ingresos
de
los : u b d e l e ~ a d o s de
apenas 130, en hmci
ón
de 5% del cobro de
tnlJtllOS,
es fa\ orab ,e a
tma dec
is ión
mu y apegada al
aspecto
legal
en
la cn:aci
ón
de
t a ~ t
subdeleaaciones ; de aquí que incluso p oco despLleS
de
qt:e R1ano
=>
1 · 1 ba
os m a res
os
iera
posesión
a mu chos de ellos, as queJaS p or os
J
o
y las renuncias al empleo aparecieran por
alg
u
nos ru
mbos
de
la
intendencia.
21
· · . ,
Revisemos también si el aspecto étnico influyó en la formaoon
relativamente ágil de tan tas subdelegaciones. En los informes .
de
los
justicias alcaldes
ma
yores los años de 17:57 a
.1789,
se
h ~ ~ ~
tina
referencia constante de asientos de poblaoon cnolla Ypen
sular residie
ndo en
los pueblos y v
illas m i c h c a ~ a s .
Zam?ra,
Tlalpujahua,
Zitácuaro
, Uruapan, Paracho, E r o n g a ~ I c u a r o Zma
pécuaro,
Carácuaro
, San ta Clara, T a c á m b ~ ~ o y demas:
lugares
los que la actividad y presencia de poblac10n de espanoles Y
en?
llos resultaba
intensa
en algunos casos.
22
Algunos
eran
ta:nbien
sitios en los que se desarrollaban febriles activi
dades.
agncolas,
comerciales e
industriales. Obviamen
te, los asentamientos con
población
criolla y europea
significati
va , o
sea españoles
, eran
clave para el
cumplimiento del
artículo 12 de la
Ü I : ~ e n a n z a
con
todo y que muy pronto fue dado de baja por la diticultad para
ejecutarlo cabalmen te. .
Encontrar
a un sujeto de origen español dispuesto a servir un
cargo público era, por lógica, más fácil hacerlo un
pu:blo
o
villa con residencia de españoles que con a u s e ~ C i a r e l ~ t i V a
éstos. Plegarse a este cri terio
significaba, en
teona,
segmr
p1e
de
la letra el nuevo ordenamiento tanto en
su
as
pedo
legal'
como
fiscal. Legal
por
el apego
al mandato
normativo, y fiscal porque
afianzar a los nue v os funcionarios implicaba el d e s e m b o l s ~
de
sumas
de
dinero
que
únicamente
de tentaba n
. los
s:c .t
ores
neos
de criollos y peninsulares.n Así, Riaño y su eqmpo
h g 1 e ~ o n
como
nuevas sedes de subdelegación a pueblos con presenoa ::al d.e
población
criolla
y
europea
. En
este
~ i s m o sentid?, tamb1en
eh
gieron
a
pueblos
y v illas
que previamente funoonaron como
21 ·
GN
SLtbdeleg
ad
os
•¡o J 51
, s. n. e., fs. 262-263. .
' ' ] l,é se Ernes¡o
22 Esta situación ya
habfa s i
do desc
rita
años
a trás
en
a
zo
na. ea . .
· · 17- ' / ·'
i l
I N ?·'
ser•e
t. tV
em.oine, Relación de Pó
tzcuar
o y su d
tstn
to en :;¡..,
,
o erm ' ; ' - · ' '
r:úm. 1, México, 1963,
pp.
57-92 . , , , ,.
· - :
5
de
Véa
se
el apartad o
El afianzamiento a
e tos
su
bde1eg
ad
os
J · s rete
poder
en el capítulo sigu
iente.
117
sedes de los alcaldes ma yores .
Fuer
on los casos de C ~ i t z e o Ario,
Za mo ra,
Tlalpujahua
, Colima,
Tlaza
za lca y ApatZingán.24 .
A unq ue
la
lógica va rió en los cas
os
de las antiguas
se
des de
alcaldías e Marava tío, Tancítaro
y
Guimeo-Zirándaro, cuya po
blación
española
había
disminuido,
éstas
f
ueron
sustituidas por
los menores pero no menos
acti
vos pueblos de Apatzingán y
Huetamo.
Algo similar ocurrió con
la
creación
como
sedes
de
subdelegados
de
Zinapécuaro
,
Coaguayana
y La Piedad. De
ma
nera adicional, algunos
pueblos
que
mostraban estar
habitados
'por núcleos
criollos y europeos
con
propiedades
de
producción
comercial (haciendas, ranchos, reales mineros,
etc
.), la
interpreta
ción refo rmista de Riaño las dotó de pueblos indígenas que pre
viamente habían estado bajo jurisdicción de
alcaldías
y correo-i-
. o
mientas como Michoacán (Pátzcuaro-
Valladolid),
TlaJpujahua,
Ario y Zitácuaro.
Fueron los
casos
de
Cuitzeo,
Ario, Zamora,
Huetamo,
Tlalpujahua, Zinapécuaro
y Jiquilpan.zs .
En el
caso de
las
alcald
ías mayores que operaban con doble y
hasta
triple
sede
cabecera,
Riaño llegó
a
nombrar
en algunos
casos a un
subdelegado
en cada
una
de ellas. Se
apegó
al
dictado
legal
de
nombrar tm nuevo ministro
en
donde
existiera un tenien
te
de alcalde mayor
. Fueron
los
casos de Ario, Huango y
Chu
cándiro.
No operó
así, sin embargo, en
los
casos
de
Jacona,
Tin
güindín, Peribán, Guimeo
y
Zirándaro. A la larga,
estos
últimos
fueron quedando rezagados dentro
del
concierto de consolida
ción de las nuevas y más dinámicas sedes distritales. Y por lo
mismo, permanecieron adscritas o subordina<las a otras con ma-
.
yor importancia
desde la óptica
del
reformismo y su órbita fiscal.
(Mapa
III.2.) .
La
excepción
que
confirmó la regla
sucedió
en
el
correo-imiento
de Michoacán,
hasta antes
de 1776
conocidc
como
la
0
alcaldía
Pátzcuaro-Valladolid
debido a la
secular
disputa existente en t
re
ambas
ciudades.
A
partir de esta jurisdicción dE gran
extensión,
la
reforma
dio origen a
no
menos de nueve subdelegaciones.
Además
de
Valladolid como sede de la intendencia, se desprendieron de
ella las subdelegaciones de Pátzc uaro, Zinapécuaro, Tiripe tío,
Tacámbaro, Huaniqueo, Puruándiro, I n d a p a ~ a p e o Taretan y
Uruapan
. Una
elevada concentración
demográ.fica in d ígena que
AGN,
H
isto
ri::l,
'-'Cl.
73; Subdelegados,
vo
ls. 73,
7
y
S1
.
· "n-'"NDl'l' -'r ,
R.IAÑ O
:
LA
ORGAt iiZAC ON DE LA n
t i r
RIAÑO:
lA
ORGANIZACIÓN DE LA ll \.ITENDENCIA
119
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 43/47
ns
.
rv1AP. -. III.2. Territorio de la intenden
cia '
de Vallado l
id
de
Michoacá
n
GOLFO DE Zv ÉXI O
· , , · d de los Padrones
de
motivaba
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la elaboraClon rapl a - .· ,
Tributarios·
la presencia
o ausencia de
la
Iglesia (
curas, v l c a ~ a ~
etc
)
q
ue
aÚrnentaba
lapolítica
de fortalecimiento de la
autorb1
ad
· ' bl · ,
bl
que
o-oza
a e
·
·1
d
Rian
o y v arios asientos de po acwn .
anca
. o
c1v1 e , e • d h s comer-
rivilegios económicos
importantes
(haClen as,_ranc o '
~ i ó s obrajes y demás) eran sustanciales para aphcar con creces
la
reforma. · · d d
tr
de los lími-
Seis
de
esas
subdeleg aciones fueron crea as
en
o .
tes
d
el correo-imiento antes de que terminase 1788, es deUcu,
cuantl
o · · · rtante na no
a
do
Riaño actuó
con un margen
eJecutiVO Impo . . . , f
1
relevante la dio Pátzcuaro
pues,
debido a la
~ f o r m a perdlü, ma
mente la lucha
por
la instauración como capital qu:
sostema c?n
Valladolid
desde
años atrás:
No sin
conflictos
pre
v
ws
y p o ~ t ~ r ; o
res con el aytmtamiento criollo patzcuarense , la sede del su e
oado
en
Pátzcuaro se creó hasta diciembre de 179?, lo que en
par
_
lica el
retraso
del padrón de tributarios r e f ~ n ~ ~ por el r o ~ l ~
R i ~ o
y desde esa fecha, cada
pe
rsona que sl
rvlü
la sub de leoa
2
6
[bid
•
cw n
debió someterse a
continuas
d isputas eón
los grupos
de
cabi
ldant
es d e cepa oligarca formados dentro del
ayunta
m iento
de
la ciu
da
d lacustre.
Riaño , d en tro d e la lógica reformi sta, en tend ió qu e pa ra es ta
bl
ec
er u n mejor gobi
ern
o econó m ico, la c
on
cent ración d e
habitan
tes y
de
recursos eco
nó
micos
era
n clave
par
a potenci
ar
la nu eva
leg
alidad
y la
ur
g
en
te fiscali
dad;
suscritas, sobre tod o e
sta
úl ti
ma,
en la ma yor
pa r
te del articul
ad
o
de
la
Or
denanza de 1786. Y para
lograrlo, qu é mejor que contar con
un
n úmero am p lio d e jueces
su balternos capaces de o
bten
er, en primera instancia, a sus afianza
dores;
pe
ro
también
de cumplir, en segunda, con aspectos torales
def articulado de la
nue
va le y, como la elaboración
rápida
de los
pa drones, info
rmes,
censos, y
demás
estadísticas del territorio.
La eficiente captación fiscal de su
adm
inistración en Valladolid
ejemplificó mu y bien esto último,27 con todo
y que
algunos de los
subdelegados nombrados
por
él
eran
"p recisamente criollos", es
de
cir, persona jes con trayectoria resid encial en la Nu eva España,
o
bien
, c
on
buen número de prop
i
edades
e intereses
económicos
en la colonia. Veamos con más
detalle
a qué se
debió
esto.
LA
D FÍCIL LEGALIDAD
Uno de los factores en los que se sustentaba el éxito
de
la reforma
administrati
va
era la aplicación cabal
de
la Ordenanza, sobre todo
aquellos artículos que apelaban al sentimiento de
origen
e
iden
tidad con la figura e intereses reales. Éste fue el caso del ar tículo
12
.
Los intendentes Riaño y Díaz de Ortega lo
afirmaron
así en algu
nos
escritos,
pero
fue difícil
cumplirlo
a
partir
de
que
se
d i
ctó
la
real orden
de
7
de
ochtbre de 1788, que propició
su
incumplimien
to fiel y preciso,
mas,
como también lo sugería, no el término de
su
observancia.
El
artículo
12
original
de la
Ordenanza
i
ndicó en s u
primera
parte que los
intendentes
debían
nombrar
subdelegados en
las
cuatro causas. Para que éstos administrasen justicia en los
pue
blos que correspondan "al Parti
do
y
manteng
a a los
nahtrales
en
bu en ord en, ob ediencia y civilida d'',
el su
bd elegado debía ser
2
7
AG
N Hist
oria/ voL 74; exp
3
120
RiA I\1 0: LA ORGANlZACJÓN DE LA INTENDEN
CL
-.
RJ.'\
i\ 0:
LA ORGANIZACIÓN
DE
LA IN
TENDENCIA
.
121
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 44/47
precisamente
espar.or'. El acento qu e
la
r
edac
c
ión
p
us
o a la
expresión pre is ment esp ñol
hacía refer
en
c
ia
a1 or
igen
eur
op eoo
amer
ic
an
o
que debía
c
umplir
el
nu ev o
funcionari
o.
No estaba
ce
rr a
da, pues, la opción a los
llamad
os espai\oles americanos o
criollos.
Pero para
tender
un puente
en tre los
antiguos
funciona
rios
loc
al
es
(los
alcaldes ma
yores) y
los nu e
vos (los
subdelega
dos
)
se
dejó
entre
ver
c
on
ello
que
éstos
no
debían
te
ner
al
gú
n tipo
de nexo
económico,
familiar; ni po líti
co
, en
la
Nueva Espai\a.
Mucho
menos , por supuesto,
en
la
jurisdicción
o
partido que
le
correspondía
gobernar.
·
No
obstante esta línea
teórica,
desde
el
principio
de
la organi
zación de
la
intendencia de Va
lladolid el
in t
e
ndente
t
uvo
dificul
tades
para
seguir el
curso l ~ g a establecido en el
ar
tículo
12.
P
or
ejemplo,
Riaño, ante la tardanza
del asesor
letrado
oficialmente
nombrado licenciado
Onésimo Antonio Durán, procedió
a
postu
lar
p a r ~
un interinafo
a
diversos abogados
criollos
ligados
a las
audiencias novohispanas
. Y
preocupado
por
la renuncia
de uno
de
ellos
(el
licenciado Manuel
de Orve)
después
de
que había
logrado la
autorización provisional,
postuló infructuosamente a
otro
abogado: el
criollo
licenciado
Matías Antonio de
los Ríos .
Ltgado
éste
al
cabildo
vallisoletano, a
un
sector
de la
Iglesia valli
soletana
y
miembro además de
la
Audiencia de Guadala
jara,
su
candidatura
fue agriamente
denegada
por
Fernando
Mangino ,
principal
responsable
de la reforma
administrativa hasta
fines
de
1788. El
abogado De los Ríos era en el
sentido
de
lo
señalado
precisamen' te criol lo
,
es
decir, un
sujeto
con
intereses económi
cos y políticos mu y
fuertes
en la colonia.
Ciertamente, Riaño
no postuló
a De
los
Ríos para
una
subde- ·
legación.
Sí,
en
todo
caso,
para
un
cargo
de
primer
nivel
dentro
·de la nueva i
nstitución; por
eso el tono
preocupado
de
la respues
ta
de
Mangino.
Ocasionalmente
, el
intendente Riaño
estab
a ac
tuando
bajo.
circunstancias un
tanto
desesperadas
. Las
intenden
cias eran tema poco más que polémico por entonces,
y
quizá
sentía
el
peso
de
la re
sponsabilidad de
organ
iz
ar
una
en tma
zoúa
difícii
pero
~ u e conocía
bien
y
_en_
la que
n_e
v
aba
bue:c.
tiemp
o re
sidiendo. Los problemas economKos,
sooales
y pol1t1cos
en ella
eran ú l t i p
i e ~
y
c
omplejos
. Esto
expllca en parte
sus reiteradas
solicitudes de asesores letrados
i
nterinos, así
fueran
éstos perso
najes con
piroclive
identiclad
cri o
Lla. Su conducta
frente
a 1os
a
rt í
cu
los
9,
U
y 12
fue,
po
r lo
mismo
y c
omo
ve
r
emos,
muy
re
ser
v
ad
a.
Ha
cia fines
de
1790 aCm operaba com
o
alcalde
m
ayor
en
Jiquil
pan
Pab
lo
López
y Ginory.
Pronto
termi
n ar ía
su encargo como
tal, pero López
y
Ginory era
prácticamente
el
ún i
.
co funcionario
de cep a antigua q
ue
qu
edaba en la intendencia. Junto con ét
labor
a
ban
dentro
del
nu e
vo
territ
or
io
y
marco administrativo
y
fiscal
29 subdelegados, cuatro ministros de
primer
nivel de la
·
intendencia, seis
administradores
de
alcabalas
y 14 funcionarios
admin istradores de las rentas
del tabaco;
pólvora
y
naipes.
En
totaL 53
empleados
reales,
de
los
cuales sólo
uno poseía un
título
pronto
en
desuso , o sea, López y Ginory.
28
Media centena
de fun
cionarios
de gobierno y fiscales
operaba
n
dentro de
la
nu eva
ins
titución, en una
zona de
alrede
dor de
300 000
habitantes.
Es decir,
por cada
subdelegado
(
en
teoría) 10 000 habitantes, y
por
cada
funcionario
real 6 000. Tal
pareció
ser la
lógica del
primer
inten
dente de Valladolid.
Sin
embargo
,
no
todos
los
funcionarios
eran
espai\oles
penin
sulares, y algunos
de
los
subdelegados que el
mismo
Riaño
nom
bró
si
bien habían nacido en
la
península,
su arraigo
de años
a
la
colon
ia
los
había
llev
ado
a
generar intereses materiales en ésta
u
otras
regiones. Tales
son
los casos
de
los
alcaldes
mayores que
per
manecieron
un tiempo más
como
funcionarios
reales, sólo
que
ahor
a corno subdelegados:
Bernardo
Peñalva, Marcos Larrondo,
José
María Argumedo,
Luis
Gamboa González, Matías de Robles
y el
capitán
Félix
Gutiérre
z
de
la Lama. Este
último
contrajo matri
monio poco después
d:e
abandonar
el c
argo,
en
1793,
con
la
criolla
María Guerra
y
Arrillaga,
quien
era
hija
de Lm matrimonio s p ~ o l
europeo
que
res
idía
en
Pátzcuaro.
29
Los
argumentos que expuso
Riaño
cuando creó algunas subde
legaciones
ilustran mejor su
visión
del problema
.
Por ejemplo,
a
la·
alcaldía mayor de Tlalpujahua consideró pertinente dividirla
en dos subd
elegaciones.
Una continuó con el nombre de su
sede
orig
i
na l
, y a la
otra
la
nombró de Zinapécuaro en función del
pu
eb
io
que
fue
elevado
a
sede
de gobierno.
Riaño
aceptó
la
re
nuncia
definiti
va
del anterior
alcalde mayor de Tlalpujahua,
Domi.Tlgo Vélez Escalante (activo colector
de
donativos
de la eta-
AGI,
Hi s to ri:t,
vo L
73,
fs. 137-137v;
Subdelegad
os,
v oL 48, ex p . 10, fs.
205
-212.
9
.l.c:--;
,
Su
bd
d
eg
11c os, voL - 8
,
exp.
10, fs.
:2
05-212.
122
RIAi':.rO: LA ORGAN IZACIÓN DE L lN ENDENCL .
RU·
.;'r
O: LA ORGA NI ZACIÓN DE LA INTEí'<'DENCI A ·
1
23
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
http://slidepdf.com/reader/full/la-intendencia-de-valladolid-de-michoacan1786-1809-ivan-franco-caceres 45/47
pa 1781-i/ 84), y nombró c
omo
subdelegado de la
nueva
jurisdic
ción de Zinapécuaro a Marcos Larrondo, mientras que a José
i\i a
ría Argumedo lo no mbró como subdelegado de la primera.
Larrondo había fun g
ido
cómo alcald e
mayor
en Zitácuaro, y
Argumedo había
sido probablemente ten iente
de
alcalde m ayor
t;n
Apatzingán
.3°
Así,
en
oficio
dirigido
al virrey y con el
que hacía
referencia a
las posturas de Larrondo
y Arg
umedo, Riaño
destacó
que ambos
eran empleados antiguos
del real erario y personas rectas; le su
girió entonces concederles su preferencia en virtud de lo
indicado
·
en el artículo
12 de la Ordenanza. Paradój
icamente,
pero ciñén
dose
a lo
pr e
venido en la real orden de 25 de
octubre de
1787,
escribió
que
la
infelicidad de estos dos destinos
no
sufren, el que los desempeñen
[ . .]sujetos
que
ya
por
sus
bienes raíces, o por sus primitivos empleos
gozan de
proporciones decentes de subsistencia y no hacen consistir,
ni
depender
ésta
únicamente de la Vara de Juez, que es un
recurso
mu
y
expuesto
y
arriesgado
en
territor
ios
miserables.
31
Riaño
dio
a
entender
así que tanto Larrondo
como
Argumedo
no
eran sujetos
que
necesitaran
el empleo
de
subdelegados en
"territorios miserables , como calificó a ambos distritos . e m o s ~
tró además
estar
consciente de que los dos ex alcaldes
eran
espa
ñoles
que ya
se habían hecho
de propiedades en
la colonia, aun
que destacó la honestidad que los caracterizaba como
empleados
públicos.
:
Pero hay
algo más.
Su
decisión
de
dividir
en dos partidos
tina
jurisd
icción
que
él mismo calificaba de
miserable
lo exhibió en su
papel de
ejecutor
fiel
del
reformismo
fiscal, o
sea,
preocupado
mucho
menos de
las posibilidades de ingresos de sus subalter
nos, y
mucho
más de los del real erario. Marcos Larrondo y José
María Argumedo fueron confirmados por el virrey el 16 de
diciembre
de
1788.
Larrondo
fue eficiente colector
de donativos
patrióticos
en
1791, y
en
1798 figuró
como
hacendado
donador
desd
e la
misma
jurisdicción de Zin
ap é
cuaro.
32
Una
situación
30
AGN, ;
l"lt
end encias, voL 81, fs. l42-142v, y Trihutos, voL 16 , exp. (
núm
. 2).
31
1bid.
J2 Véase
cap
.
'1 1.
simi lar se dio con el nombramiento de Luis
Gamboa
González a
principios de enero de 1788 en la jurisdicción de Colima.33
Otros casos
de
alcaldes
ma
yores con años
de
servició y
arraigo
en Michoacán, que
también
se ubicaron como subdelegados, fue
ron los
de
Juan José de Enciso y Juan Zárate y Manzo. Enciso fue
nombrado subdelegado en Ario después de haber servido como
alcalde
ma
y
or
en
Maravatío
a
partir deJ782.
Y
Zárate
y
Manzo
se
ubicÓ'
como
subdelegado en Tlazazalca,
luego
de cumplir como al
calde mayor
desde
ese mismo año
en
la alcaldía del
mismo nom
bre. Ambos fueron apoyados por el intendente Riaño. También
destacaron como colectores
< le
dona'tivos patrióticos
en sus
juris
dicciones durante
la
primera etapa de 1781-1783.34 Éste
púdo
ha
ber sido uno de los ptmtos a favor de los alcaldes ma yores nom
brados
como
subdelegados,
y la
base de
juicios
como el
de la
"rectitud de
actuación .
La totalidad de subdelegados del periodo
de
Riaño
en
la inten
dencia
de
Valladolid fue sustituida a partir
de
1793. Sin
embargo,
algunos de
los
que tomaron posesión
en
1787 y 1788
fueron
rele
vados hasta 1794 y 1795 (siete y
ocho
años después) por falta de
posturas;
muy pocos peninsulares
mostraron
disposición
para
ocupar desde entonces los cargos. Los que sí los ocuparon (criollos
o europeos) se quejaron incluso
de
los bajos ingresos
que
se perci
bían y de lo adverso que les resultaba a ellos y a sus familias los
climas calurosos de
algunas
regiones .
Otros
sólo cumplieron el ci
clo legal
de
servicio de cinco años, lo que indica su exclusión rápi
da como funcionarios
que
UV.ciaron la reforma del gobierno locaL
En cuanto al arraigo por estado civil,
parece
ser que bajo el
g o ~ i e r n o pionero de Juan Antonio Riaño ningún subdelegado
solicitó permisos
o licencias
matrimoniales. En cambio, inicián-
33
AGN , Intendencias, vol. 81, f. Colima no era una jurisdicción que pudiera
ser calificada de
"pobre"
o más aú n, de miserable" .
Porque
incluso
en
1790
comenzó a
operar
en la ciudad una oficina de cobros alcabala torios que aumentó
a seis el total
de
estas administraciones en los suelos de la
intendencia
de Vallado
lid. Es más, hacia 1795 Colima dejó
de
formar
parte de
esta intendencia y pasó a la
de Guadalaja,ra,
dentro
de
tm
conflicto
que involucró
también la
separación de
gran parte
de
esta región del obispado
de
Ivlichoacán al de la
propia
Guadalajara; v ~ a s e Jorge Silv a Riqtj:er, La administración de alcaba las y u ques de
Michoacán 1776-1 821 Instituto José ?i}Iaría Luis Mora, México, 1993.
34
AHAM, lib. s/n,
años
1779-1 783. Cran parte de la información vertida en
este
volu
men,
ubicado
en
el Arch..ivo Mumcipal de Morelia, fue :Callada
posteriormen
te
en
los libros del ramo Donativos P r é s t a
de N.
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\10 : LA ORC:>.NIZACTÓN DE LA INTENDE
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125
7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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dose la gestión. de Díaz de Ortega, el subd elegado de Pátzn1 a:ro,
cap itán Félix Gutíérrez de la Lama, solicitó y ob tu vo licencia
r i m o pa ra
ca
sarse
con
Maria Guerra v Ar rillaga. A Gutié
rrez de la
L a ~ a quien estuvo
de
stacado
o m ~
ay
u da n te de l cuer
po
de
drago n es de Pátzcua ro y en tre 1
78
1 y 1792 en las milicias
de la cos ta del sur,
pa r
ece
no
hab
er
le
impor
L
do mucho
la n u
eva
·
legisl
ac ión re
fo rm is ta
. A la l
arga se
conv
ir
t
ió en
un influy
en te
afianzador
de
subdele
gad os
de
la
jur
i
sdic
c
ió n
,
en donde
t
ambién
destacaba por su influencia en el cabildo.
El intendente Riaño, a pesar del embate contrarreformista ,
parece haber dispuesto cier ta pulcritud en la elección y nombra
miento de tod o su
cuerpo de funcionarios sub
a
lternos
de 17
88
-
1792. En los lu gares en donde no pudo nombrar a sujetos precisa- ·
mente espaf,oles optó por delegar las tareas y
resp
ons abi lidades
administrativas a personas que tuvieran una decorosa carrera
pública, en especial aquellos criollos que
tenían
experiencia admi
nistrativa
en las
alcaldías mayores
en
los ramos hacendarías e
incluso en
los
mismos
cabildos locales.
Así operó en
el caso de la
ausencia
retardada del asesor letrado de
la
intendencia
y
tal fue
su
criterio en el
nombramiento de sus subdelegad
os . A és tos, in
cluso, les permitió aparentemente ob t
ener
otro tipo de ingresos
(ingresos por judicatura), previamente ejercidos por los alcaldes
mayores. No podemos afirmar
si
Díaz de Ortega, quien por el
contrario
dio de
baja
varias subdelegaciones, autorizó
la
perma-
nencia de esta modalidad de ingresos complementarios de los
subdelegados vallisoletanos. Lo
que
sí podemos probar, como se
verá, es que bajo sl.t régimen los abusos y la corrupción permea
ron a muchos de sus subordinados
inmediatos.
EL
CLIM
A AN
TI
RR
EFO
RMJSTA
En
síntesis, cu ando el capitán santanderino Juan Antonio Riaño
abandonó e
sta
juri
sdicción para trasladarse
a
gobernar
la vecina
intendencia
de Gua:najua to, de jó como he rencia a
su
sucesor tres
decenas de
subdelegaciones.
Menos de una tercera pa rte de éstas
pod ían se r calificad as, sigu
iend
o los pa t
ro
nes en boga, com o de
pr im ero y
se g
u ndo
nivet
es decir, qu e rep rese n taran ingresos
an uale s de
mil pes
os o
má
s.
El
resto no pasaba
de
ser un núcleo
'
.
.
j
,•
l
¡
{
de distritos
creados
a
la
sombra
de
una ley q u e ~ pese a
esta
r su
friend o
un tropiezo
tras otro,
en
co
nt
ró un r
esqui
cio enVa
ll
ad oiid
para jus ti ficar su presencia com o en tidades
ad m
inis t
ra
tiv as .
Tal res
qu
icio fue a tarea gube
rn
ativa
de
Ju
an An
toni o Riaño,
un militar mu y ce rcano al' círculo po lí tico reformis ta d el visitador
Gálvez y sus p rimos, los vi r reyes Be
rn
ar do
y
Mat ías de Gá lvez.
Co
n
an
tecede
nt
es p revios co
mo
corre
g
id
or
en
Vallád
olid
, Rí
año
im pulsó de
sd
e entonces d ive rsas in iciativas de cor te reform is ta .
l n
ejem
pl
o d e ello fue e l Regla
me
nto real para
reo
rganizar
la
s Cajas
ae Comunzdad en 1783 -
1784 Otro
más
fue
su
apoyo
del Reglamento
para ltt organiz ción del Pósito y la hóndiga de la ciudad de Valladolid
elaborado, no sin conflictos, con la p articipación de una parte del
cuerpo capi tular de la
ci
u
dad.
Y seguramente hubo algunos más.
Pero a(m más cierto es
que
su la
bor
or
ganiza
tiva
de
la intendencia
de
Valladolid fue quizá
una de
las más avanzadas
en la Nueva
Es
paña. No
en bald
e su
labor
al frente
de
la
intendencia
de
Guana
ju ato, a partir
de
1
79
2
y ha
s ta
cuando
cayó
muerto
por las balas
·
de
los
insurgentes
,
le
ot
orgó reconocimiento
como
uno
de
los
ao-
b
,
o
emantes borbónicos más eficientes y cultos de la Nu eva España.3s .
Las au toridades civ il es creadas con la Ordenanza de 1786
represer-üaban, en
te
oría,
un
modelo
mejor
articulado y jerarqui-
za d
o de
gobierno
. La
au
to r idad que se les
otorgó para
gobernar
en las
cuatro causas
(por el artículo
12
) les dio a la vez ci
erta
fa
cultad ejecutiva omnímoda para incidir du rante
un
lapso en
todos
los ren glones de la vida pública y administrativa de sus jurisdic-
cione
;
Sin embargo, cuando
el19
de enero de 1792 se dictó la real
orden
que re
vo
có definit ivamen te la facultad
de
los intendentes
de nombrar por sí solos a los subdelegados, la ma yoría de ellos
entendi
ó
que
la re fo
rma
de Gálvez y con ella
su
a
utorid
ad ejecuti
va en
el
nivel
local ha
bí
an su frido
una merma important€
.
Según
esa re,1l orden, los intend entes tendrían la obligación, a partir de
la fecha ind icada, de
pr
es entar una terna al virrey en
turno.
És te
sería a
partir
de
en t
onces, y ya no el intendente o el superi
nten-
dente, quie
n da ría la
apro
bación definitiva
de la
person a
que
se
haría ca rgo de la ju risd icción por cinco
año
s.
Es t
e
golpe s ign ificó
para la
mayoría de los in tenden tes el ci
erre
d e un r
posib
ili
dad: a de
in tegra r adm
in
is tr
Zlci
on
es
locales efi-
35
r ~ _ ~ l n
op
c:t pp. 323-35:' / -\53-454.
RIAÑO: i:_A O R G A ~ - I I Z A C Ó N DE LA INTEND::NCIA
RIAl'iü : LA ORGANJZACIÓN
DE L \ iNTENDENCIA
1
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7/17/2019 La Intendencia de Valladolid de Michoacan,1786-1809, Ivan Franco Caceres
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cientes, re
sp
onsables leales. Pero el cristal con el que miraban
los miembros de la Audiencia criolla era dis ti...ito . Para ellos,
per
-
mitir la total autonomía ejecutiva a Ios intenden tes
en
la confor-
ma ción
de
sus c
uerpo
s
de
gobierno
.; d
ministrativos
implicaba
dejar libre la
formación de grupos
aut orit arios locales, y
en parte
tenían razón,
pues
,
com
o los
antiguo
s alcaldes mayores,
muchos
subdel
eg
ados pronto incurri
er
on en componendas con partic
ul
a-
res (d
espo
j
os
de bienes
de indígenas
, robos, etc.), que
alentaro
n ia
ex
presión
de sentimien
tos d e
agravio
entre sectores de
las
nuevas
jurisdicciones en cuestión. Esto
también
propició
que
sectores del
clero se identificaran con las causas
de
la población, como se indi-
ca posteriormente. ·
Si
se consideran
las
dificultades
que
sobre
la ma r
cha
fueron
encontrando
los intendentes
para edif
icar
sus
cuerpos
de
gobier-
no
(a
usencia de person
as
idóneas
,
por
ejemplo),
entonces
podemos entender
que el caos
aparente
vi
st
o
por
el sucesor
de
Riaño
en
Valladolid, Dfaz
de Ortega,
tenía orígenes
mucho más
profundos,
tanto
internos
(poca
población tributaria en
aJgunas
z
onas
por
lógica
bajos
salarios
,
distancias largas,
etc.)
corno
externos (
una
legislac
ión vacilante
,
intromisión
y resistencia al
cambio de
la
autoridad virreinal) y demás
. Incluso la
misma
di-
ficultad
de los postores para encontrar afianzadores fue otro obs
táculo con que se toparon quienes deseaban servir el empleo de
subdelegado.
RECAPIT
ULA
CIÓN
Pese al
poco
tiempo que
se
mantuvo en el
puesto
de intendente
de
Valladolid,
l capitán
Riaño
puso
especial énfasis
en
la orga
nización de
la i
ntendencia.
Y si
bien tuvo dificultades para en
-
cont
r
ar
personas
idóneas pa ra nombrarlas
como
subde
l
egados,
logró crear tres decenas de subdelegaciones e-n
una
intendencia
con
uno de
los índices demográficos
más
bajos de t
oda
la Nueva
España. Valladobd de Michoacán, de hecho, ocupaba el
octavo
lugar en tre las 12 intendencias en el aspecto
poblacional.
Pero
es to
no
pareció interesar mucho a un ilustrado como Riaño, ya
que logró
dar
de alta a 30 jueces subalternos, sin
L 11
por tar mucho,
en ap ariencia, que la nu eva i
nstituc
ió n fuera ace
ptad
a por la
?Obiación, o que los sueldos por 5%
de
cobros tributarios de los
subdelegados sólo generaran inseguridad e inconformidad entre
éstos
Lo cierto es que, enclavada est a intendencia dentrG del iní1u-
yente cabildo mitra episcopal valliso
le
tana, tanto la actitud
de
Riaño como la de las autoridades reformistas del momento
pare
-
cieron resp
onder
a
un
claro objetivo
polít
i
co de fortalecimiento
de la autoridad civil ,
en
una zona secularmente doblegada a la
autoridad
religiosa.
Sin
embarg
o
pronto
se
vería que
el
carácter
·
radical o apego estricto a la nueva
norma no
fue
del
todo acertado.
El breve paso
de
Riafto anunció, eso sí, lo que trajo consigo el va-
cilante reformismo borbónico. Y esto fue más presencia•estatal en
todas las instancias cotidianas de la sociedad novohispana y ma
yor
presión
fiscal.
•