Post on 10-Jun-2015
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
Piura , Perú2013
Docente: Dr. Olaya Ramos Jorge Eduardo.
Integrantes:
Castillo Matorel, Milagros Chunga Ordinola, MercedesDel villar Silva, MarceHuamán Niño, ElioMendoza López, David
Intermediación y tercerización laboralNegociación colectiva( sindicatos )
Intermediación laboral
La intermediación laboral permite la presencia, no de
dos, sino de tres personajes: El Empleador o Empresa Usuaria, los trabajadores
destacados (es decir enviados a trabajar para las
empresas usuarias) y la empresa de servicios (o llamadas Services) que contratan las empresas
usuarias con el fin de colocar a aquellos trabajadores para
los servicios que son requeridos.
Si bien los trabajadores destacados son contratados
por las empresas de servicios, éstos deben estar sujetos a las órdenes que les imparten las
empresas usuarias. Esto último es una “relativización del sistema de contratación
laboral” que caracteriza las relaciones laborales, es decir, el
vínculo establecido entre el empleador y el trabajador.
•Debido a esta relativización de la contratación de personal se ha considerado que la Intermediación Laboral se permite para los casos de supuestos de TEMPORALIDAD, COMPLEMENTARIEDAD O ESPECIALIZACION en la prestación de los servicios.
CLASES DE EMPRESAS DE INTERMEDIACIÓN LABORAL:
Es necesario que todas las empresas de intermediación laboral se constituyan como personas jurídicas, es decir, se rigen necesariamente por la normativa establecida en la Ley General de Sociedades, Ley No. 26887, o como Cooperativas de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por el Decreto Supremo No. 74-1990-TR. Sea como Sociedad o Cooperativa, las empresas de Intermediación Laboral tienen necesariamente como objeto social exclusivo la prestación de servicios de intermediación laboral.
Las Empresas de Intermediación Laboral se
dividen en:Empresas de Servicios Temporales: Son aquellas que destacan sus trabajadores a las empresas usuarias con el fin de realizar labores bajo la dirección de éstas últimas, pero para prestaciones de naturaleza ocasional y de suplencia.
Empresas de Servicios Complementarios: Son aquellas que destacan sus trabajadores para el desarrollo de actividades accesorias o no vinculadas al giro del negocio de las empresas usuarias.
Empresas de Servicios Especializados: Están ocupadas a brindar servicios de alta especialización con relación a la empresa usuaria que contrata sus servicios.
Se considera como Cooperativas de trabajadores a:• Las Cooperativas
de trabajo temporal.
• Las Cooperativas de trabajo y fomento del empleo.
Por su parte, las Cooperativas de Trabajo de Intermediación Laboral tienen una clasificación similar a las empresas de intermediación laboral, con la única diferencia que son Socios Trabajadores de las Cooperativas las que realizan las labores para las empresas usuarias que contratan los servicios de las Cooperativas.
La Tercerización, es una forma de organización empresarial que permite a una empresa llamada “principal”, encargar o delegar en un tercero (“empresas tercerizadoras”), el desarrollo de una o varias partes del proceso productivo principal. Normalmente se recurren a estas estrategias organizativas por razones de especialidad o costos.
Tercerización laboral
TIPOS DE OUTSOURCING O TERCERIZACION:
Deslocalización: También conocido como Off-shoring, Implica la
contratación de servicios a terceros radicados en
países que ofrecen costos menores a causa de la legislación laboral,
entre otros factores.
In-house: Es el outsourcing que se
produce en las instalaciones de la
organización contratante del
servicio.
Off-site: Cuando el servicio de outsourcing
se produce en las instalaciones de la
propia empresa que lo presta.
Co-sourcing: Modalidad en la cual el prestador
del servicio de outsourcing ofrece algún tipo de valor
añadido a su cliente, como compartir los
riesgos.
Colaborativo: Se aplica a la utilización de la
capacidad ociosa en las operaciones para
producir artículos o prestar servicios a un
tercero.
BENEFICIOS DEL OUTSOURCING: o Abarata los costos de
producción.o Facilita la obtención de
productos de mejor calidad.
o Reduce el número de tareas rutinarias.
o Permite a la organización dedicarse a tareas de mayor rentabilidad.
DESVENTAJAS DEL OUTSOURCING: Genera poca lealtad hacia la organización a la
cual se presta el servicio. Fomenta irregularidades en la contratación de
los trabajadores. Elimina puestos de trabajo en el país de origen
de la organización contratante, especialmente cuando se aplica la deslocalización.
Intermediación Laboral
Tercerización (outsourcing)
Partes Relación triangular entre la empresa usuaria, la empresa de servicios y el trabajador.
Relación entre la empresa contratante y la contratista.
Actividad
La empresa de servicios destaca personal a la usuaria para labores complementarias, temporales o especializadas.
La empresa contratista se hace cargo de una fase del proceso productivo y cuenta con una organización empresarial propia
DIFERENCIAS ENTRE INTERMEDIACION Y TERCERIZACION LABORAL:
Poder de
Dirección
La empresa de servicios cede parte de su poder de dirección (dirección y fiscalización) a la usuaria, mientras que mantiene el poder disciplinario.
El poder de dirección lo ejerce íntegramente la contratista.
Diferencia
esencial
Hay dos empleadores: el empleador formal (empresa de servicios) y el un empleador real (empresa usuaria)
Hay un solo empleador, la contratista.
Elemento típico
Los trabajadores laboran en las instalaciones de la empresa usuaria.
Las labores se realizan en las instalacio nes de la contratista.
Negociación colectiva
Es el proceso de diálogo entre los representantes de los trabajadores y el empleador, con el objeto de llegar a un
acuerdo destinado a regular las relaciones laborales entre unos y otros.
negociación colectiva es un instrumento que sirve como un medio para que empleadores y trabajadores
resuelvan sus conflictos de intereses.
FinesProteccionista
Esta orientado a proteger a los trabajadores, en la medida que su contenido
armonice con los Principios del Derecho Colectivo del
Trabajo.
Mejora de los Beneficios Laborales
Para los trabajadores representa un medio de
superación de sus expectativas laborales.
(beneficios laborales)
Garantía La negociación y el
convenio colectivo son una garantía para el
reconocimiento y vigencia de los derechos de los trabajadores y para la empresa en aspectos como la producción,
inversión, etc.
Solución de Conflictos o de Paz
Por medio de la negociación y el convenio colectivo pueden
resolverse o dar fin a los conflictos colectivos de trabajo. La solución a los mismos, a su vez, se da a través de diversos
mecanismos, siendo uno de estos la negociación colectiva
que se concreta con la suscripción del convenio
colectivo.
“Niveles de negociación”
1.- DE EMPRESA: cuando se aplique a todos los trabajadores de una empresa, o a los de una categoría, sección o establecimiento determinado de aquella.
2.- RAMA DE ACTIVIDAD: cuando comprenda a todos los trabajadores de una misma actividad económica, o a parte determinada de ella.
3.- DE GREMIO: cuando se aplique a todos los trabajadores que desempeñen una misma profesión, oficio o especialidad en distintas empresas.
En la mayoría de los países andinos prima el nivel de negociación por empresa, sin embargo, coexisten
también con las negociaciones de rama o sectoriales que se dan en determinados sectores: petróleo en
Venezuela o construcción civil en nuestro país.
“Convenio colectivo de trabajo”
son acuerdos normativos, equiparados a la ley misma, a los que llegan representantes de la parte empleadora y de aquellos Sindicatos que representen.
Mediante un convenio colectivo, empresarios y trabajadores regulan las condiciones de trabajo y productividad, y como contrapartida se pactan una serie de obligaciones recíprocas que acuerdan una paz laboral.
Los convenios colectivos son de "fuerza de ley“ ya que solo podrá mejorar la posición o derechos conferidos al trabajador por Ley de Contrato de Trabajo o Estatuto Especial y nunca se podrá modificar "en perjuicio“.
¿Quiénes negocian los convenios colectivos?
Convenios de empresason interlocutores válidos el
comité de empresa, delegados sindicales o representantes de
los trabajadores.
Convenios de rango superior
Negociarán sindicatos que tengan representatividad reconocida a nivel estatal, autonómico o provincial.
Sindicatos
Sindicato deriva del latin syndicus , se encuentra en el griego sindicos , vocablo compuesto de otros dos , que significa : CON JUSTICIA . Es toda unión libre de personas que ejerzan la misma profesión u oficio ; o profesión u oficios conexos . Que se constituya con carácter permanente y con el objeto de defender los intereses profesionales de sus integrantes o para mejorar sus condiciones económicas o sociales.
NATURALEZA JURIDICA:
En general; se constituyen con un criterio cerrado o de limitación , que puedan imponer sus propios asociados ; en cambio una de las características del sindicato es la necesidad de que la afiliación sea posible , así como la desafiliación , que sin que constituya un organismo abierto ; en este sentido se dice que el derecho de sindicación sería un aspecto especifico de derecho de asociación ; que si bien nace de este adquiere características propias .El sindicato es considerado como entidad asociativa de derecho privado; a la que consiguientemente no se atribuye ninguna prerrogativa – jurídico – publico.
LA LIBERTAD SINDICAL:Consiste en la independencia que tienen los trabajadores para construir sindicatos o adherirse a uno de ellos según sea su elección, sin importar la edad la nacionalidad ni el sexo; así como para hacer que su funcionamiento este libre de toda intención externa, igualmente, es derecho que tienen los individuos de desafiliarse de organizaciones sindicales en el nombre que lo crean pertinente. Entonces podemos decir que existen dos supuestos:- La constitución de un sindicato - Adherirse al mismo cuando ya esté constituido.
TIPOS DE SINDICATOS:
1. Sindicato de Empresas : es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa;
2. Sindicato interempresa : es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos;
3. Sindicato de trabajadores independientes : es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno;
4. Sindicato de trabajadores eventuales o transitorios : es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en períodos cíclicos o intermitentes.
5. Sindicato de Industria.- Agrupación en un solo sindicato de trabajadores pertenecientes a una industria determinada, sin considerar profesión, oficio o especialidad.
6. Sindicato de Oficio.- Agrupación en un solo sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.
FINALIDAD: La finalidad fundamental de los sindicatos es la de representación de sus afiliados y de protección y resguardo de los trabajadores, pueden desarrollar actividades que les reportan ingresos, siempre que estas se encuentren contemplados en los estatutos, que no estén prohibidas por ley, y que el producto de dichas actividades sea destinado a fines sindicales o incremento de su patrimonio.