Post on 04-Oct-2018
La radiofísica ante la nuevaestructura universitaria
Montserrat Ribas MoralesComisión Nacional Radiofísica Hospitalaria
Guión
è Situación actual
è Modificación legislación (vigente y propuesta)
è Situación en Europa
è Propuesta CNRFH
Comisión Nacional Radiofísica Hospitalaria
è CRHSNS
Montserrat Ribas - Presidenta. Miguel Pombar - Vicepresidente
Manuel Alonso, Anastasio Rubio
è MEC
Eliseo Vañó, José Hernández Armas
è Sociedades científicas
Leopoldo Arranz (SEPR), Pedro Galán (SEFM)
è Organización colegial
Marina Téllez de Cepeda (COF)
è especialistas en formación
Jacinto Arjona, Javier Sánchez
Constituida 15-12-2005, por aplicación LOPS. (Ley 44/2003)
Consejo Nacional de Especialidades enCiencias de la Salud (CNECS)
La Radiofísica Hospitalaria está representada por:
è CNRFH (presidenta)
Montserrat Ribas
è miembro propuesto por CNRFH
Pedro Fernández Letón
è Organización colegial
Pilar Olivares (COF)
Constituido 29-3-2007, por aplicación LOPS. (Ley 44/2003)
Obtención título de Especialista enRadiofísica Hospitalaria. RD 220 / 1997
Superación de la evaluación correspondiente
Anualmente, informe escrito del tutor a la Comisión de Docenciadel hospital acreditado
Título universitario
Licenciado en Física u otros títulos universitarios superiores endisciplinas científicas y tecnológicas oficialmente reconocidas
Superación prueba nacional
Ejercicio eliminatorio que versará sobre física y otras disciplinas,como matemáticas, relacionadas con el uso de las radiaciones
Ciclo formativo
Tres años ininterrumpidos en un Unidad Docente acreditada
Competencias profesionales delEspecialista en Radiofísica Hospitalaria
Permite actuar como “Experto en física médica” (MPE), tal como sedefine en la Directiva 97/43 EURATOM de 30 de junio de 1997 relativa a laprotección de la salud frente a los riesgos derivados de las radiaciones ionizantesen exposiciones médicas, por la que se deroga la Directiva 84/466 Euratom
RDEspecialista RFH
MN
RT
PR
La LOPS incorpora importantesmodificaciones en el panorama de laformación especializada en ciencias dela salud...
Actualización legislación
En el proceso de esta reforma se irán incorporandoReales Decretos...
è RD 1146/2006, regula la relación laboral especialde residencia para la formación de especialidades enCiencias de la Salud
Proyecto de RD por el que se determinan y clasifican lasespecialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollandeterminados aspectos del sistema de formación sanitariaOctubre 2006
Proyecto de RD por el que se determinan y clasifican lasespecialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollandeterminados aspectos del sistema de formación sanitariaOctubre 2006
Proyecto de RD por el que se determinan y clasifican lasespecialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollandeterminados aspectos del sistema de formación sanitariaOctubre 2006
Disposición derogatoria primera. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferiorrango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y enconcreto las siguientes normas:
3. El Real Decreto 220/1997, de 14 de febrero, por el que secrea y regula la obtención del título oficial de especialista enRadiofísica Hospitalaria.
Informe CNRFH al proyecto de RDD i s p o s i c i ó n A d i c i o n a l S e g u n d aE l p u n t o 1 s e d e b e r í a c o m p l e t a r c o n u n t e x t o q u ees tab lec ie ra l a equ iva lenc ia en t re e l espec ia l i s ta enRad io f í s i ca Hosp i ta la r i a y e l “Expe r to en F ís i caM é d i c a ” m e n c i o n a d o e n l a d i r e c t i v a 9 7 / 4 3 / E U R A T O Mpara l a i den t i f i cac ión de es te espec ia l i s ta con suse q u i v a l e n t e s e n l a U E . Se p ropone e l s i gu ien ter e d a c t a d o
“e l espec ia l i s ta en Rad io f í s i ca Hosp i ta la r i a sec o r r e s p o n d e c o n e l e x p e r t o e n F í s i c a M é d i c a d e f i n i d oe n e l a r t í c u l o 2 d e l a D i r e c t i v a 9 7 / 4 3 / E U R A T O M d e lC o n s e j o d e 3 0 d e j u n i o d e 1 9 9 7 r e l a t i v a a l a p r o t e c c i ó nde l a sa lud f r en te a l os r i esgos de r i vados de l asr a d i a c i o n e s i o n i z a n t e s e n e x p o s i c i o n e s m é d i c a s q u ed e r o g a l a D i r e c t i v a 8 4 / 4 6 6 / E U R A T O M a n t e s c i t a d a ”.
Informe CNRFH al proyecto de RD
Anexo I. 3. Especialidades Multidisciplinarias
“RFH para Físicos y otros licenciados/Graduados en disciplinascientíficas y tecnológicas”
La Radiofísica Hospitalaria es la única de las especialidades en lascuales no se acota el número de profesiones que pueden acceder a lamisma. Debería realizarse un redactado más concreto porque elexistente es demasiado interpretable, "otros Licenciados/Graduados endisciplinas científicas y tecnológicas". Debería limitarse a Físicos, perono siendo así, sí debería constar una lista de profesiones, tal ycomo ocurre en el resto de especialidades multidisciplinares; y nodejarlo abierto a un criterio interpretativo ...
Propuesta de modificación
• Especialidades de Física è Radiofísica Hospitalaria
Informe CNRFH al proyecto de RDAnexo I. 3. Especialidades Multidisciplinarias
“RFH para Físicos y otros licenciados/Graduados en disciplinascientíficas y tecnológicas”
è En ningún caso debería aparecer el término de Graduados, yaque la titulación no existe aún, ni su posible denominación comoTítulos de Grado, y pudiera infundir a confusión con otras titulacionesactuales.
è Para el acceso a la formación debería exigirse un título superior altítulo de Grado, que corresponde a una formación teórica generalista.De acuerdo con la convergencia europea para la formación deespecialistas en ciencias de la salud en el ámbito de física médica y,según las recomendaciones de la European Federation Organisationsfor Medical Physics (EFOMP) en su propuesta de documento PoliceStatement 12, los aspirantes deberían de contar con unaformación académica teórica nunca inferior a los cinco años.
LOPS. Ley 44 / 2003Acceso a la formación especializada (art. 22)
è 1. Se efectuará a través de una convocatoria anual de carácternacional
è 2. El MSC, previo informe del MEC y de la CRHSNS, establecerálas normas que regularán la convocatoria anual que, en todo caso,consistirá en una prueba o conjunto de pruebas que evaluaráconocimientos teóricos y prácticos y las habilidades clínicas ycomunicativas, así como en una valoración de los méritosacadémicos y, en su caso, profesionales, de los aspirantes.Las pruebas serán específicas para las distintas titulacionesacadémicas que puedan acceder a las diferentes especialidades.
LOPS. Ley 44 / 2003Disposición transitoria primera. Aplicación progresiva del art. 22.2 de esta ley
è El nuevo modelo de prueba para el acceso a la formaciónsanitaria especializada previsto en el artículo 22.2 de esta ley seimplantará de manera progresiva durante los ocho años posterioresa la entrada en vigor de esta norma.
LOPS. Ley 44 / 2003Sistema de formación de especialistas (art. 20)
è 1. La formación de Especialistas en Ciencias de la Salud implicarátanto una formación teórica y práctica como una participaciónpersonal y progresiva del especialista en formación en la actividad y enlas responsabilidades propias de la especialidad de que se trate.
è 2. La formación tendrá lugar por el sistema de residencia encentros acreditados.
LOPS. Ley 44 / 2003Sistema de formación de especialistas (art. 20)
è 3. La formación mediante residencia se atendrá a los siguientescriterios:
a) Los residentes realizarán el programa formativo de la especialidadcon dedicación a tiempo completo.La formación mediante residencia será incompatible concualquier otra actividad profesional o formativa, con excepción delos estudios de doctorado.
b) La duración de la residencia será la fijada en el programa formativode la especialidad ...
LOPS. Ley 44 / 2003Sistema de formación de especialistas (art. 20)
è 3. La formación mediante residencia se atendrá a los siguientescriterios:
d) Los residentes deberán desarrollar, de forma programada y tutelada,las actividades previstas en el programa, asumiendo de formaprogresiva, según avancen en su formación, las actividades yresponsabilidad propia del ejercicio autónomo de la especialidad.
e) Las actividades de los residentes, que deberá figurar en el Libro deResidente, serán objeto de las evaluaciones que reglamentariamentese determinen. En todo caso existirán evaluaciones anuales y unaevaluación final al término del período de formación.
LOPS. Ley 44 / 2003Programas de formación (art. 21)
è 1. Los programas de formación de las especialidades en Cienciasde la Salud deberán especificar los objetivos cualitativos ycuantitativos y las competencias profesionales que ha de cumplir elaspirante al título a lo largo de cada uno de los cursos anuales en quese dividirá el programa formativo.
è 2. Los programas de formación serán elaborados por laCNEspecialidad. Una vez ratificados por el CNECS y previo informe dela CRHSNS y del MEC, serán aprobados por el MSC.Los programas de formación serán periódicamente revisados yactualizados por el procedimiento previsto en el párrafo anterior.Una vez aprobados, los programas de formación se publicarán en el«Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento.
Programa de formación especialidad RFH
Programa de formación de tres años (RT 18 meses, RD 6meses, MN 6 meses, PR 6 meses) que anteriormente a lacreación de esta CNRFH se había elaborado y presentadoal MSC y a su vez se había informado al CSN.
La CNRFH revisa el programa y aporta ligerasmodificaciones que no afectan al contenido teórico ypráctico. Se presenta de nuevo al MSC y también seenvía al CSN.
Documento completo (www.sefm.es)
LOPS. Ley 44 / 2003Acreditación de centros y unidades docentes (art. 26)
è 1. El MSC y el de MEC, a propuesta de la CRHSNS ........establecerán los requisitos de acreditación que, con caráctergeneral, deberán cumplir los centros o unidades para la formación deEspecialistas en Ciencias de la Salud.
è 2. La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud coordinarálas auditorías, informes y propuestas necesarios para acreditar loscentros y unidades docentes y para evaluar el funcionamiento y lacalidad del sistema de formación.
è 3. Corresponde al MSC, a instancia de la entidad titular del centro,previos informes de la comisión de docencia de éste y de laConsejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma,..., resolver sobrelas solicitudes de acreditación de centros y unidades docentes.La acreditación especificará, en todo caso, el número de plazasdocentes acreditadas.
AustriaBelgiumCroatiaCzech RepublicDenmarkFinlandFranceGermanyGreeceItalyLatviaThe NetherlandsPolandSpainSwedenUnited Kingdom
ATBEHRCZDKFIFRDEELITLVNLPLESSEUK
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AT BE HR CZ DK FI FR DE EL IT LV NL PL ES SE UK
University Hospital
Situación en Europa: formación de posgrado en FMAños de duración de la formación de posgrado en los 16 países con unprograma nacional aprobado
The Present Status of Medical Physics Education and Training in Europe: An EFOMP survey
T. Eudaldo, Chairman of the EFOMP Education Training and Professional Committee
K. Olsen, Chairman of the EFOMP Standing Committee on Registration
AustriaBelgiumCroatiaCzech RepublicDenmarkFinlandFranceGermanyGreeceItalyLatviaThe NetherlandsPolandSpainSwedenUnited Kingdom
ATBEHRCZDKFIFRDEELITLVNLPLESSEUK
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Basic Educ Postgraduate
Situación en Europa: formación para ser FMAños de duración de la formación para ser FM en 16 países con un programanacional aprobado. Se indica la formación básica y la de posgrado
The Present Status of Medical Physics Education and Training in Europe: An EFOMP survey
T. Eudaldo, Chairman of the EFOMP Education Training and Professional Committee
K. Olsen, Chairman of the EFOMP Standing Committee on Registration
Situación en Europa: áreas competencias FMDistribución de las áreas en las que el Físico Médico está cualificadopara trabajar (resultados de 25 países)
The Present Status of Medical Physics Education and Training in Europe: An EFOMP survey
T. Eudaldo, Chairman of the EFOMP Education Training and Professional Committee
K. Olsen, Chairman of the EFOMP Standing Committee on Registration
56%
16%
12%
16%
All areas
1-2 area
Radiotherapy
N/A
3
4
414
Recomendaciones EFOMP: on Education and Training ofMedical Physicists (2005)
The “Bologna Process” offers a great opportunity to harmonise thefirst two stages of education in the participating countries
EFOMP International Congress, Nüremberg. 2005.
T. Eudaldo, Chairman of the EFOMP Education Training and Professional Committee
Basic Education: Level of degreePhysical Science, Engineering or equivalent3 - 4 years (180 - 240 ECTS)
Postgraduate Training:Practical Part: min. 2 years’ professional work
University
Hospital(On-the-jobtraining)
Postgraduate Education: Level of MasterMaster on Medical Physics1 - 2 years (up to 300 ECTS)
Propuesta CNRFH
Estudios de grado: Título de gradoFísicas o disciplinas científicas y tecnologicas4 años ( 240 ECTS)
Formación de Posgrado:Parte Práctica : 4 años residencia en UDacreditada
Universidad
Hospital(Prácticahospitalaria)
Estudios de Posgrado: Título de MásterMáster ... (título a definir)1 año (60 ECTS)
300 ECTS
Se cumplirían las recomendaciones de la EFOMP, que despuésde completar los tres períodos considera al FM competente paraactuar independientemente
Regulación estudios universitarios oficialesde Posgrado. RD 56 / 2005Estructura (art. 8)
è 1. Los estudios universitarios de segundo ciclo conducentes a laobtención del título oficial de Máster tendrán una extensión mínimade 60 créditos y máxima de 120, y estarán dedicados a la formaciónavanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, dirigida a unaespecialización académica o profesional ....
è 2. Los estudios oficiales de Máster podrán incorporarespecialidades en la programación de sus enseñanzas que secorrespondan con su ámbito científico, humanístico, tecnológico oprofesional.
è 3. El Gobierno podrá establecer directrices generales propias yrequisitos especiales de acceso en los estudios conducentes al títulooficial de Máster, en aquellos casos en que, según la normativa vigente,dicho título habilite para el acceso a actividades profesionalesreguladas.
Regulación estudios universitarios oficialesde Posgrado. RD 56 / 2005Disposición adicional novena. Títulos profesionales en Ciencias de laSalud
è No podrán establecerse programas de posgrado que coincidancon los contenidos formativos y efectos profesionales de lostítulos oficiales de especialista en Ciencias de la Salud a que serefiere la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de lasprofesiones sanitarias.
Tipo de Máster
La EFOMP recomienda que las Sociedades Nacionalesde cada país (NMO) se involucren con la Universidadpara llevar a cabo un máster en “Física Médica” en lasUniversidades
Recomendación CNRFH
è 1 año de duración (60 ECTS)
è contenido curricular TEÓRICO, suficientemente amplio
• Seguir recomendaciones EFOMP (policy statement nº 9.Radiation Protection of the Patient in Europe: The training of the Medical PhysicsExpert in Radiation Physics or Radition echnology)
• Seguir recomendaciones programas AAPM
Prueba de acceso a la especialidad
è Ejercicio eliminatorio que versara sobre física y lasáreas temáticas de los másteres que fueranreconocidos por el MSC para acceder a la especialidad
Ciclo formativo
Cuatro años de práctica hospitalaria en unaUnidad Docente acreditada
Distribución del tiempo recomendado:
Ø Radioterapia è 2años
Ø Radiodiagnóstico, Resonancia magnética yultrasonidos è 1año
Ø Medicina Nuclear, Protección Radiológica y otrosusos de las radiaciones è 1año
JUSTIFICACIÓN
La continua evolución tecnológica que afecta directamente a la especialidad,hace necesaria la incorporación de nuevos contenidos en los programas deformación, así como la actualización de los que ya se vienen impartiendo.
Propuesta obtención título de Especialistaen Radiofísica Hospitalaria. CNRFH
Superación de la evaluación correspondiente
Anualmente, informe escrito del tutor a la Comisión de Docenciadel hospital acreditado
Título universitario (grado + Máster) 300 ECTS
Título de grado en Física (u otros títulos universitarios superioresen disciplinas científicas y tecnológicas oficialmentereconocidas) + máster en disciplinas sobre Física Médica
Superación prueba nacional
Ejercicio eliminatorio que versara sobre física y áreas temáticasde los másteres reconocidos por el MSC para la especialidad
Ciclo formativo
Cuatro años ininterrumpidos en un Unidad Docente acreditada