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Numero de boletin: 29038
Fecha: 07/07/2017
INDICE:
Sección Legislación y Normativa Provincial
60467---ACUERDO 12 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26
60468---ACUERDO 13 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26
60483---DECRETO 1852 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60488---DECRETO 1853 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60486---DECRETO 1854 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60477---DECRETO 1855 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60466---DECRETO 1856 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60470---DECRETO 1857 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60489---DECRETO 1858 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60474---DECRETO 1859 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60497---DECRETO 1860 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60476---DECRETO 1861 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60479---DECRETO 1862 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60498---DECRETO 1863 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60469---DECRETO 1864 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60490---DECRETO 1865 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60472---DECRETO 1866 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60487---DECRETO 1867 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60499---DECRETO 1868 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60484---DECRETO 1869 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60482---DECRETO 1870 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60485---DECRETO 1871 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60480---DECRETO 1872 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
60495---DECRETO 1915 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
60478---DECRETO 1916 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
60481---DECRETO 1917 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
60493---DECRETO 1967 / 2017 DECRETO / 2017-06-26
60494---DECRETO 1968 / 2017 DECRETO / 2017-06-26
60471---DECRETO 1988 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
60475---DECRETO 1989 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
60491---DECRETO 1990 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
60492---RESOLUCIONES 11 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-05-31
60473---RESOLUCIONES 12 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-06-28
Sección Avisos
208012---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 2219-377-2016
208010---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 6424-377-2017
208007---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7252-377-2017
208008---GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7503-377-2017
208026---GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT
208027---GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT
207780---JUICIOS VARIOS / CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
207977---JUICIOS VARIOS / CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
207922---JUICIOS VARIOS / DE LA VEGA RAMON ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L.
207887---JUICIOS VARIOS / DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
207934---JUICIOS VARIOS / DE MERCEDES ANUNSACION Y PALAVECINO JOSE MARIA S/ SUCESION
207869---JUICIOS VARIOS / GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
208009---JUICIOS VARIOS / GUARDIA DIEGO ANTONIO S/ DIVORCIO" (VIENE DE JUZ. DE FLLA Y SUC.
DE LA IV NOM. POR INHIBICION)
207962---JUICIOS VARIOS / LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO DE PESOS
S/ X - INSTANCIA UNICA
207954---JUICIOS VARIOS / LOPEZ MARIA GRACIELA Y OTROS C/ FOREIN S.R.L. Y S.A. SAN MIGUEL
AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA
207886---JUICIOS VARIOS / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN C/ DON ZOILO S.R.L.
207945---JUICIOS VARIOS / ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
207878---JUICIOS VARIOS / ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO
207840---JUICIOS VARIOS / PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
207864---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ DISSESAT S.R.L. S/ EJECUCION
FISCAL. EXPTE. N° 1219/13
207932---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ SANSONE DONATO
207892---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ ALDECO
MARIA VICTORIA S/ EJECUCION FISCAL
207996---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ VILLAGRAN
JORGE ENRIQUE S/ EJECUCION FISCAL
207917---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ GALINDEZ
JOSE A.
207920---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ HEREDEROS
DE D´MAYO JOSE ALFONSO
207912---JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR GRANDI
EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.
207957---JUICIOS VARIOS / SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA
207968---JUICIOS VARIOS / SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE PIINHIBICION DE
CIVIL Y COMERCIAL COMUN 78NOM.-)
208020---JUICIOS VARIOS / VELIZ ELSA BEATRIZ C/I FERNANDEZ CARLOS Y FERNANDEZ SERGIO S/
COBRO DE PESOS - 433/14
208014---JUICIOS VARIOS / YAPURA IRIS NORMA C/ SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA Y/O Q.R.T.R
S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
207587---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -
LICITACIÓN PÚBLICA (OBRA PÚBLICA) 20/17
208031---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD - LICITACIÓN
PÚBLICA N° 18/2017
207926---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA - COTEJO DE
PRECIOS N° 44/17
207925---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 04/2017-ME - EXPEDIENTE N°
225/369-D-2017
208006---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LICITACIÓN PÚBLICA N°
14/2017
207967---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE TRANSPORTE LICITACIÓN PÚBLICA
NACIONAL Nº 60/2017
207973---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN LIC PUB Nº 08/17
208011---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIP. DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN LIC. PUB.
RESOLUCION N° 1019/SOP/17.
207958---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO - SE.PA.P.YS. - LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/17/M
208019---SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR GRAL MANUEL BELGRANO
208029---SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES
208030---SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES
207961---SOCIEDADES / CLUB DEPORTIVO TRANCAS
208018---SOCIEDADES / CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C.
208033---SOCIEDADES / COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN
207894---SOCIEDADES / EMPRESA DEL MILAGRO S.A.
207921---SOCIEDADES / KALOWEE CORPORATION S.A.
208025---SOCIEDADES / LA PICK UP REPUESTOS SRL
208032---SOCIEDADES / YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB
207952---SUCESIONES / AMPARO BLASCO
208035---SUCESIONES / ANGELA ZAMORA
208004---SUCESIONES / BENIGNO CONCEPCION LEGUISAMON
208021---SUCESIONES / BLAS AMERICO LOPEZ
208013---SUCESIONES / FRANCISCA GRISELDA REINOSO
208022---SUCESIONES / GUILLERMO LARCHER
208037---SUCESIONES / HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA
207982---SUCESIONES / JUAN CARLOS BITETTI
208023---SUCESIONES / JUAN LUIS PAPERI
208024---SUCESIONES / LUIS OSCAR PAPERI
208017---SUCESIONES / MANUEL ADOLFO CORDOBA
208034---SUCESIONES / MARGARITO ANTONIO BRITO
207969---SUCESIONES / MARIA EMILIA MAMANA
208028---SUCESIONES / MATILDE LUISA ARROSAS
208015---SUCESIONES / PASTOR HUGO ZELAYA
208036---SUCESIONES / VICTOR DANIEL HERRERA
Aviso número 60467
ACUERDO 12 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26
TRIBUNAL FISCAL DE APELACION. ACUERDO N° 12, del 26/06/2017.-
VISTO
La necesidad de designar el representante del Tribunal Fiscal de Apelación ante
la ausencia de su Titular el día 07 de Julio de 2017 y,
CONSIDERANDO
Que el 07 de julio de 2017 el Vocal Dr. Jose Alberto León, Presidente del
Tribunal Fiscal de Apelación, solicitó licencia sin goce de haberes, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 11 del Régimen de Licencias de dicho
Organismo
Que a raíz de lo antes expuesto, resulta necesario designar al Vocal que queda a
cargo del Tribunal Fiscal, mientras dure la ausencia del Presidente.
Por ello:
EL TRIBUNAL FISCAL DE APELACION
ACUERDA
ARTICULO 1°: Encargar la atención de la Presidencia del Tribunal Fiscal de
Apelación, el día 07/07/2017, al señor Vocal, Dr. Jorge Esteban Posse Ponessa.-
ARTICULO 2°: REGISTRESE. NOTIFIQUESE. ARCHIVESE.-
Aviso número 60468
ACUERDO 13 / 2017 TRIBUNAL FISCAL DE APELACION / 2017-06-26
TRIBUNAL FISCAL DE APELACION. ACUERDO N° 13, del 26/06/2017.-
VISTO
La proximidad del receso invernal 2017 y,
CONSIDERANDO
Que conforme lo establecido por el art. 17 inc. 7 de la Ley 5121 (t.v.), el
Presidente del Tribunal Fiscal de Apelación cuenta con facultades para fijar las
ferias en concordancia con las del Poder Judicial de la Provincia.
Que el Tribunal Fiscal de Apelación ha adoptado las medidas administrativas
pertinentes en consonancia con el Poder Judicial de Tucumán en el presente
Acuerdo.
Que por lo indicado, este Organismo fija la feria invernal en el período
comprendido entre el 10 hasta 22 de Julio de 2017 inclusive.
Por ello,
EL TRIBUNAL FISCAL DE APELACION
ACUERDA
ARTICULO 1°: DECLARAR LA FERIA INVERNAL 2017 y por lo tanto inhábil para todos
los asuntos que tramiten por ante el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia
de Tucumán, el periodo comprendido los días 10 al 22 de Julio de 2017 inclusive.
ARTÍCULO 2: DURANTE LA FERIA INVERNAL 2017 el Tribunal permanecerá cerrado a
todos los efectos.
ARTICULO 3°: REGISTRESE, NOTIFIQUESE y PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la
Provincia, por un día y sin cargo.
Aviso número 60483
DECRETO 1852 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.852/14 (MGJyS), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 113/200-C-2017.-
VISTO estas actuaciones, por las cuales el Colegio de Escribanos de la Provincia
de Tucumán eleva el pedido de Adscripción en Primer Término, del Escribano
Fernando Luciano Oviedo, al Registro Notarial N° 10, con asiento en la Ciudad de
San Miguel de Tucumán; y
CONSIDERANDO:
Que a fs.03, se agrega nota de solicitud efectuada por la Escribana Titular de
dicho Registro, Escribana Hebe Amalia Orlando;
Que a fs. 4/11 y fs. 15/26, obran antecedentes e informes del profesional cuya
designación se gestiona;
Que por Nota N° 29/14 (MGJyS) de fecha 24/02/2017 (fs.14), el Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad solicita a la Excma. Corte Suprema de Justicia el
Acuerdo respectivo para la designación del Escribano Fernando Luciano Oviedo;
Que a fs. 27, glosa Acordada N° 409 de fecha 17/04/2017 por la cual la Excma.
Corte Suprema de Justicia de Tucumán presta el acuerdo respectivo para la
adscripción notarial solicitada.
Que en autos surge que se ha dado cumplimiento a los requisitos legales previstos
por el artículo 11° y 32° de la Ley Notarial N° 5732, razón por la cual resulta
del caso proceder en consecuencia.
Por ello; de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 30
(Dictamen N° 1308 de fecha 15 de Junio de 2017), y en uso de las facultades que
le confiere el artículo 45° de la referida norma legal.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desígnase al Escribano Fernando Luciano Oviedo, DNI. N° 30.504.729,
corno Escribano Adscripto en Primer Término al Registro Notarial N° 10, con
asiento en la Ciudad de San Miguel de Tucumán, a cargo de su Titular Escribana
Hebe Amalia Orlando.
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60488
DECRETO 1853 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.853/14 (SSC), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 85.218/213-2016.-
VISTO estas actuaciones, por las cuales Jefatura de Policía mediante Resolución
N° 2924/16 (UTP - D-1) de fecha 02/12/2016 (fs. 32/32 vta.), solicita se disponga
el pase a situación de Retiro Obligatorio del Agente de la repartición, señor
Ezequiel Andrés Costilla; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1483/14 (D-1 S.R.) de fecha 05/06/2014 (fs. 02), el
mencionado agente pasa a revistar en situación pasiva por proceso por encontrarse
involucrado en la causa "Costilla Ezequiel Andrés S/Lesiones - Victima: Veliz
Roxana Cristina - fecha del hecho: 04/06/2014" con intervención de la Fiscalía de
Instrucción de la 1ª Nominación del Centro Judicial Capital;
Que a fs. 06 obra foja de servicios del agente;
Que a fs. 09/11 y 13 la División Antecedentes Personales y la División Sumarios e
Informaciones Administrativas, respectivamente, produjeron informes de su
competencia;
Que a fs. 16 interviene la Unidad de Trámite Previsional de la Policía de
Tucumán;
Que a fs. 25/26 se agrega informe de la causa judicial: "Costilla Ezequiel Andrés
s/Lesiones- (Veliz Roxana Cristina). Expte. N° 28731/2014";
Que en el presente caso resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 121° de
la Ley N° 3.823 y en el artículo 14° inciso 5) de la Ley N° 3.886;
Que se estima procedente acceder a lo peticionado, encuadrándose el caso en la
normativa citada.
Por ello; y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 37/38
(Dictamen N° 0653 de fecha 27/03/2017),
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio del Agente
Ezequiel Andrés COSTILLA, D.N.I. N° 25.213.516, clase 1976, dependiente del
DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICÍA, por encontrarse comprendido en las
prescripciones del artículo 121° de la Ley N° 3.823 y el artículo 14°, inciso 5)
de la Ley N° 3.886.
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que lo dispuesto por el artículo anterior, es
sin perjuicio de que pueda modificarse la causal de desvinculación de autos, de
acuerdo al resultado de las causas pendientes de resolución que registra el
causante.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad y firmado por el señor Secretario de Estado de
Seguridad Ciudadana.
ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60486
DECRETO 1854 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.854/14 (MGJyS), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 114/200-C-2017.-
VISTO, estas actuaciones, por las cuales el señor presidente del Colegio de
Escribanos de la Provincia de Tucumán, Esc. Marco A. Padilla (h), eleva el pedido
de Adscripción en Primer término al Registro Notarial N° 92 con asiento en la
ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, de la Escribana María
Florencia Robles Ávalos; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 03, se agrega nota de solicitud efectuada por la Escribana Titular de
dicho Registro, Escribana María Luisa Miguel,
Que a fs. 04/11, obran antecedentes e informes de la profesional cuya designación
se gestiona;
Que a fs. 13 emite opinión Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Justicia
y Seguridad.
Que a fs. 14 se acompaña Nota N° 28/14 (MGJyS) de fecha 24/02/2017, del señor
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad a la Excma. Corte Suprema de Justicia,
solicitando el Acuerdo respectivo para la designación de la Escribana María
Florencia Robles Ávalos;
Que a fs. 27, glosa Acordada N° 421 de fecha 21/04/2017 por la cual la Excma.
Corte Suprema de Justicia de Tucumán presta el acuerdo respectivo para la
adscripción notarial solicitada.
Que de autos surge que se ha dado cumplimiento con los requisitos legales
previstos por el artículo 11° y 32° de la Ley Notarial N° 5732, razón por la cual
resulta del proceder en consecuencia.
Por ello; de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 30,
Dictamen N° 1081 de fecha 22 de Mayo de 2017, y en uso de las facultades que le
confiere el artículo 45° de la referida norma legal.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Designase a la escribana María Florencia Robles Ávalos, DNI N°
32.775.476, como Escribana Adscripta en Primer Término al Registro Notarial N°
92, con asiento en ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, a cargo
de su Titular Escribana María Luisa Miguel, conforme las prescripciones del
artículo 45° de la Ley N° 5732.
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60477
DECRETO 1855 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.855/1, del 21/06/2017.
VISTO, el Decreto N° 2.532/1, de fecha 10 de agosto de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado decreto se dispuso la designación de los señores Gustavo
Daniel Leccese, Daniel Matías Segovia y Franco Yanotti, como Personal Temporario
de la Secretaría General de la Gobernación, por el término de hasta un año.
Que se hace necesario continuar con los servicios que vienen prestando el
personal citado precedentemente.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Prorrógase lo dispuesto por el Decreto N° 2.532/1, de fecha 10 de
agosto de 2016, por el término de hasta un (1) año, a partir del 01 de julio de
2017, en atención a lo expresado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Impútese la erogación resultante de lo dispuesto precedentemente a
las Partidas Presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de
Organización 040, del presupuesto General en vigencia.
ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad y firmado por el señor Secretario General de la
Gobernación.
ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60466
DECRETO 1856 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.856/1, del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 607/112-DG-2017.-
VISTO, que por estas actuaciones la Dirección General de Recursos Humanos eleva
informe de los agentes con prestación de servicios en condición de activo de la
Administración Pública Provincial, y que según el control efectuado por el
Departamento Gestión de dicha Dirección en la página Web de la Administración
Nacional de la Seguridad Social (ANSES), les fue concedido el beneficio de la
Jubilación Ordinaria (fs. 01/02), y
CONSIDERANDO:
Que los citados agentes no dieron cumplimiento con lo establecido por el Art. 13,
Inc. 1 y 2 de la Ley N° 24.241, con respeto a la obligación de informar al
empleador cuando se adquiera dicho beneficio.
Que a fs. 03/34 se adjuntan las consultas efectuadas en la Página Web de la
ANSES, donde consta que se les otorgó el beneficio jubilatorio.
Que de acuerdo a lo dictaminado por la Fiscalía de Estado a fs. 36 (Dictamen N°
1.012/17), corresponde que mediante Decreto se disponga el cese de estos agentes,
de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 9, inciso 4) de la Ley N° 5.473, sin
derecho a indemnización alguna.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dase por terminada las funciones de los agentes que a continuación
se detallan, sin derecho a indemnización, por incumplimiento de lo dispuesto por
el Art. 12 de la Ley N° 24.241 y conforme a lo normado por el Art. 9, inciso 4)
de la Ley N° 5.473:
Nombre y Apellido - D.N.I. Repartición: Elena Alcira Retamar - 5.779.148 -
Secretaría General de la Gobernación; Susana de Fátima Uda de Dellepiane -
12.121.058 - Dirección de Materiales y Construcciones Escolares; Genoveva Rivero
- 10.321.080 - Ministerio de Educación; Irma Susana Tula - 6.270.715 - Ministerio
de Educación; Rosa del Carmen Ghidara - 6.296.270 - Ministerio de Economía; Rosa
Estela Vera 6.420.965 Contaduría General de la Gobernación; Ernesto Aragón -
8.292.208 - Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; José Raúl Espeche 8.285.266
Subsec. De Asuntos Agrarios y Alimentos; Antonio Mario Fernández - 8.370.209 -
Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; Julio Cesar Fernández 7.838.896 -
Subsec. de Asuntos Agrarios y Alimentos; Julio Héctor - 8.088.814 - Subsec. de
Asuntos Agrarios y Alimentos; José Alberto Juárez 8.370.232 - Subsec. de Asuntos
Agrarios y Alimentos; Alejandro Andrés Pérez - 8.117.638 - Subsec. de Asuntos
Agrarios y Alimentos; José Nolasco Monteros - 8.082.915 - Dirección Provincial
del Agua; Carlos Alberto Saldaño - 8.283.134 - Dirección Provincial del Agua;
Ramón Eduardo Sánchez - 8.242.435 - Dirección Provincial del Agua; Julián Eusebio
López - 7.370.822 - Secretaría de Estado de Trabajo; Domingo Baldomero Coronel -
5.521.125 Sec. de Estado de MiPYME y Empleo; Tomas Marcial Brandan - 8.063.120 -
Dirección de Arquitectura y Urbanismo; Juan Alejandro Páez - 8.394.112 -
Dirección de Arquitectura y Urbanismo; Luis Ángel Nieva - 7.797.372 - Dirección
General de Transporte; Carlos Alberto Castaño - 8.370.786 - Dirección de Comercio
Interior; Julio Segundo Ramón Alcorta - 7.628.920 - Secretaría de Estado con
Municipios y Comunas Rurales; Josefa Nélida Romano de Espeche - 10.220.306 -
Secretaría de Estado con Municipios y Comunas Rurales; Mario Eduardo Castro -
8.285.014 - Dirección General de Catastro; José Américo Casas - 8.059.461 - Ente
de Infraestructura Comunitaria; Marcelino Aguirre - 10.559.604 - Dirección de
Recursos Hídricos; Carlos Domingo Cisterna - 8.105.037 - Dirección de Recursos
Hídricos; Ángel Félix Lezana - 7.838.378 - Dirección de Recursos Hídricos;
Dionisio Miguel Luna - 8.446.100 - Dirección de Recursos Hídricos; Héctor René
Palavecino - 8.475.833 - Dirección de Recursos Hídricos; Elena del Carmen
Santillán - 5.877.633 - Dirección de Recursos Hídricos.-
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a los titulares de cada Repartición a la que pertenece
el personal que se refiere en el Artículo anterior para que adopten las medidas
pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el mismo. La notificación del
presente Decreto deberá ser efectuada en forma fehaciente dentro de los 2 (dos)
días hábiles de recibida la comunicación del presente Decreto. Una vez realizada
la notificación, el pertinente trámite será comunicado a la Dirección General de
Recursos Humanos dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, y a la
Dirección General de Sistemas dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda,
en idéntico plazo.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la
Gobernación.
ARTÍCULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60470
DECRETO 1857 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.857/1, del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 381/112-DG-2017.-
VISTO, el Decreto N° 1.540/1, de fecha 24 de mayo de 2.017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado instrumento legal se dio por terminadas las funciones, de
agentes que se encontraban en condiciones de activo en la Administración Pública
Provincial, y que ya obtuvieron el beneficio jubilatorio.
Que conforme lo solicita la Dirección General de Recursos Humanos, a fs. 37, se
hace necesario rectificar el Artículo 1° del citado instrumento legal, únicamente
en lo que respecta al número del D.N.I. del señor Rivadeneira, Ramón Oscar, por
lo que a fin de proceder de conformidad corresponde dictar la pertinente medida
administrativa.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rectifícase el Artículo 1° del Decreto N° 1.540/1 de fecha 24 de
mayo de 2.017, únicamente en lo que respecta al D.N.I. del señor Rivadeneira,
Ramón Oscar, donde dice ...."08.082.579", debe decir ...."07.082.579".
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la
Gobernación.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60489
DECRETO 1858 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.858/14 (SGyJ), del 21/06/2017.
VISTO, el Decreto N° 548/14 (SGyJ) dictado con fecha 10 de Marzo de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que habiendo desaparecido las causales por las cuales se designara como Personal
Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas,
dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, a la señora
Jessica Tamara Aguel, resulta pertinente dejar sin efecto el mismo.
Que asimismo, se estima procedente designar al señor Matías Ezequiel Guzmán
Aguel, como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad de
las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, con
una remuneración equivalente a la categoría 19 del Escalafón General, en los
términos de los artículos 40, inc. 3), 43 y 45 de la Ley N° 5.473.
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 548/14 (SGyJ) dictado con fecha
10/03/2017, por el cual se designa de la señora Jessica Tamara AGUEL, D.N.I. N°
31.132.023 como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil y Capacidad
de las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia en
el cargo equivalente a la Categoría 19, por la causal señalada precedentemente.
ARTICULO 2°.- Desígnase como Personal Transitorio en el Registro del Estado Civil
y Capacidad de las Personas, dependiente de la Secretaria de Estado de Gobierno y
Justicia, con una remuneración equivalente a la Categoría 19 del Escalafón
General, al señor Matías Ezequiel GUZMAN AGUEL, D.N.I. N° 34.132.964, en los
términos del artículo 40, inciso 3), 43 y 45 de la Ley N° 5.473, por lo expuesto
presedentemente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente
Decreto, se imputará a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto
cuenta la Unidad de Organización N° 270, Denominación: el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, en el Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno Justicia y Seguridad y firmado por la señora Secretaria de Estado de
Gobierno y Justicia.
ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60474
DECRETO 1859 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.859/9 (MDP), del 21/06/2017.-
VISTO, que resulta necesario designar personal en el ámbito de la Secretaría de
Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo; y
CONSIDERANDO:
Que tal designación se encuentra contemplada en los artículos 40 inc. 3), 43 y 45
de la Ley N° 5.473 (Estatuto del Empleado de la Administración Pública de la
Provincia de Tucumán), siendo procedente dictar la pertinente medida
administrativa;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase como personal temporario en el ámbito de la Secretaría de
Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, con una
remuneración equivalente a la categoría del Escalafón General de la
Administración Pública Provincial que en cada caso se indica, a las personas que
a continuación se detallan: Apellido y nombre - D.N.I. Categoría: Geólogo Germán
Llomparte Frenzel - 34.604.223 21; Lic. Gabriel Héctor Chrestia - 25.734.611
21.-
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente, será imputado a las partidas específicas con que al efecto
cuenta la Unidad de Organización N° 415 - Denominación: Secretaría de Estado de
Medio Ambiente; en el Presupuesto General 2017.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de Medio
Ambiente.
ARTÍCULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60497
DECRETO 1860 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.860/9 (MDP), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 307/630-SCH-2017.-
VISTO, que el Técnico Víctor Hugo Sánchez, la Sra. Mariana Elizabeth Jaime, la
Lic. María Eugenia Moyano Wagner, el Lic. Mario Gabriel Costa y la Dra. Bettina
Liliana Schilman, personal de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente,
solicitan autorización para trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la
Provincia de Santiago del Estero el día 23 de Junio del año 2017, con regreso el
mismo día; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada misión oficial es a los efectos de asistir a una capacitación
para inspectores y monitoreadores, dictada por el ACUMAR organizado por el
Ministerio de Agua y Ambiente de la Provincia de Santiago del Estero, a
realizarse en la citada Provincia, el día 23 de Junio de 2017;
Que el viaje se realizará en el vehículo oficial marca Renault Kangoo, Dominio
OHM 342, Póliza de Seguro N° 000201555 emitida por la Caja Popular de Ahorros de
la Provincia de Tucumán, conducida por el Técnico Víctor Hugo Sánchez, licencia
de conducir N° 20.218.698;
Que resulta necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al Técnico Víctor Hugo Sánchez, categoría 18; a la Sra.
Mariana Elizabeth Jaime, categoría 16; a la Lic. María Eugenia Moyano Wagner,
categoría 20, al Lic. Mario Gabriel Costa, categoría 21 ya la Dra. Bettina
Liliana Schilman, categoría 24, personal de la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la Provincia de
Santiago del Estero, el día 23 de Junio de 2017, con regreso el mismo día, en
virtud de los considerandos que anteceden.-
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que como consecuencia de lo dispuesto en el
artículo anterior, se autoriza la salida del territorio provincial del vehículo
oficial marca Renault Kangoo, Dominio OHM 342, Póliza de Seguro N° 000201555
emitida por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, conducida por
el Técnico Víctor Hugo Sánchez, licencia de conducir N° 20.218.698.-
ARTICULO 3°.- Impútase la erogación resultante del cumplimiento de la presente
misión oficial a las partidas específicas que a tal fin dispone la Unidad de
Organización 415 - Denominación: Secretaría de Estado de Medio Ambiente, en su
Presupuesto General Año 2017.
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de Medio
Ambiente.
ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60476
DECRETO 1861 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.861/9 (MDP), del 21/06/2017.-
VISTO que se hace necesario autorizar al señor Secretario de Estado de MiPyME y
Empleo, Jorge Luis Domínguez, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a
la Ciudad de Termas de Río Hondo y desde allí -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el 22 de Junio del año 2017, regresando -vía aérea- a la Ciudad de
Termas de Río Hondo y desde allí -vía terrestre- a nuestra Provincia el día 23 de
Junio de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que la citada misión oficial es con objeto de participar en reuniones de ANSeS,
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la Confederación
Argentina la Mediana Empresa -CAME-, donde se tratarán temas relacionados a los
Programas Nacionales de Promoción de Empleo;
Que de acuerdo a lo dispuesto por la Circular N° 04 de fecha 22/05/17 las
autoridades superiores del Poder Ejecutivo (hasta el rango de Subsecretario
incluido) podrán utilizar medios particulares u oficiales para trasladarse hacia
y desde la Ciudad de Termas de Río Hondo;
Que a esos efectos el traslado se realizará en su vehículo particular marca
Chevrolet Tracker, Dominio: OED-233, asegurado en Compañía de Seguros la
Mercantil Andina S.A., Póliza N° 010186458-0000, Carnet de Manejo N° 33.464;
Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal correspondiente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al señor Secretario de Estado de MiPyME y Empleo, Jorge
Luis Domínguez, a trasladarse en misión oficial -vía terrestre- a la Ciudad de
Termas de Río Hondo y desde allí -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
el 22 de Junio del año 2017, regresando -vía aérea- a la Ciudad de Termas de Río
Hondo y desde allí vía terrestre- a nuestra Provincia el día 23 de Junio de 2017,
en el vehículo particular marca Chevrolet Tracker, Dominio: OED-233, asegurado en
Compañía de Seguros la Mercantil Andina S.A., Póliza N° 010186458-0000, Carnet de
Manejo N° 33.464; en virtud del considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el
utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,
el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.-
ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, pasajes, peaje y combustible que
demande la misión oficial que se autoriza por el artículo anterior, a las
Partidas Presupuestarias que a tales efectos dispone la Secretaría de Estado de
MiPyME y Empleo, Unidad de Organización 413 del Presupuesto General 2017.
ARTICULO 4°.- Encárgase la atención del Despacho de la Secretaría de Estado de
MiPyME y Empleo, mientras dure la ausencia de su titular, a la señora Secretaria
de Estado de Coordinación y Control de Gestión.
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo.
ARTICULO 6°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60479
DECRETO 1862 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.862/9 (MDP), del 21/06/2017.-
VISTO que se hace necesario autorizar el traslado en misión oficial -vía
terrestre- a la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca al señor
Subsecretario de Empleo, Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano
Cinquegrani, el 29 de Junio del año 2017, con regreso el día 30 del mismo mes y
año, y
CONSIDERANDO:
Que dicha misión oficial es con motivo de asistir al Encuentro del "Programa
Jóvenes", implementado por la Secretaría de Empleo de la Nación, en el cual se
tratarán temas vinculados a dicho programa y su inserción en nuestra Provincia;
Que el traslado se llevará a cabo en el vehículo particular marca Chevrolet S-10,
dominio PJB 818, póliza de seguro N° 010300658 emitida por Compañía de Seguros la
Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor Subsecretario de
Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658;
Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal correspondiente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase el traslado en misión oficial -vía terrestre- a la
ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca al señor Subsecretario de Empleo,
Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, Categoría 24, el
día 29 de Junio de 2017, con regreso el día 30 del mismo mes y año, en el
vehículo marca Chevrolet S-10, Dominio: PJB-818, Póliza N° 010300658, emitida por
la Compañía de Seguros la Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el
señor Subsecretario de Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658,
en virtud del considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el
utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,
el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.
ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, combustible y peaje, a las
partidas específicas que a tal fin cuenta la Unidad de Organización 413 -
Denominación: Secretaría de Estado de MiPyME y Empleo, del Presupuesto General
2017.
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de MiPyME y
Empleo.-
ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archivase.-
Aviso número 60498
DECRETO 1863 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.863/9 (MDP), del 21/06/2017.
VISTO que resulta necesario autorizar el traslado en misión oficial -vía
terrestre- a la Ciudad de Santiago del Estero, al señor Subsecretario de Empleo,
Julio Jarma y al Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, el 22 de Junio
del año 2017, con regreso el día 23 del mismo mes y año; y
CONSIDERANDO:
Que dicha misión oficial es con motivo de asistir al Curso de Capacitación del
Programa de Formación Profesional, donde se tratarán temas inherentes a las
actividades que desarrolla la Subsecretaría de Empleo, vinculadas a distintos
convenios y protocolos que articula la misma;
Que el traslado se llevará a cabo en el vehículo particular marca Chevrolet S-10,
dominio PJB 818, póliza N° 010300658, emitida por Compañía de Seguros La
Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor Subsecretario de
Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658;
Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal pertinente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase el traslado en misión oficial -vía terrestre- a la
Ciudad de Santiago del Estero al señor Subsecretario de Empleo, Julio Jarma y al
Director de Empleo, C.P.N. Mariano Cinquegrani, categoría 24, el día 22 de Junio
de 2017, con regreso el día 23 del mismo mes y año, en el vehículo particular
marca Chevrolet S-10, dominio PJS 818, póliza N° 010300658, emitida por la
Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A., el cual será conducido por el señor
Subsecretario de Empleo, Julio Jarma, licencia de conducir N° 17.614.658; en
virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Déjase establecido que por tratarse de un vehículo particular el
utilizado para el cumplimiento de la misión oficial mencionada en primer término,
el Estado no se responsabiliza por daños ocasionados a terceros.
ARTICULO 3°.- Impútase los gastos de viáticos, combustible, y peaje, a las
partidas específicas que a tal fin dispone la Unidad de Organización 413 -
Denominación: Secretaría de Estado de MiPyME y Empleo, en el Presupuesto General
2017.-
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo y firmado por el señor Secretario de Estado de MiPyME y
Empleo.
ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60469
DECRETO 1864 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.864/1, del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 3545/425-MD-2017.-
VISTO, que por estas actuaciones el señor Ministro de Desarrollo Social, solicita
la adscripción del Arq. Juan Salvador Logusso, D.N.I. N° 27.364.008, empleado
Planta Permanente (Cat. 21) de la Secretaría General de la Gobernación, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.384/1 del 06/05/2016, se dispuso la adscripción del
mencionado agente, por el término de un (1) año a partir de la fecha del mismo,
en el Ministerio de Desarrollo Social.
Que a fs. 4/7 obra Foja de Servicios del citado agente, y a fs. 9 interviene la
Dirección General de Recursos Humanos, informando que lo peticionado se encuadra
en las disposiciones del Artículo 11°, inc. 4) de la Ley N° 5.473 (Estatuto para
el Personal de la Administración Pública Provincial), por lo que a fin de
proceder de conformidad corresponde dictar la pertinente medida administrativa.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 10 (Dictamen N°
1264 de fecha 12/06/2017).
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Adscríbase al Arq. Juan Salvador Logusso, D.N.I. N° 27.364.008,
empleado Planta Permanente (Cat. 21), de la Secretaría General de la Gobernación,
para que preste servicios en el Ministerio de Desarrollo Social, por el término
de un (1) año calendario, a partir de la fecha del presente Decreto,
convalidándose los servicios que el mismo viene prestando desde el 06/05/2017, en
igual condición, en atención a lo expresado precedentemente.
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad, y firmado por el señor Secretario General de la
Gobernación.
ARTÍCULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60490
DECRETO 1865 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.865/4 (SENAyF), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 2.541/425-J-2.016.-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la agente Graciela Elizabeth
Jozami de Cortez, solicita la titularización en el cargo de Categoría 22 de la
Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio
de Desarrollo Social, que ocupa interinamente; y
CONSIDERANDO:
Que ello en razón que mediante Decreto N° 2.879/4-SENAyF del 10/09/2.015, se le
asignó la función de Jefa de Departamento de Atención Social y se la promovió
interinamente a la agente en cuestión, en el cargo de Categoría 22, con retención
de su cargo de Categoría 21 de planta permanente de la citada Secretaría de
Estado;
Que a fs. 06/12 obra fojas de servicios de la señora Jozami;
Que a fs. 15 interviene la Jefa del Departamento de Desarrollo y Gestión
Institucional de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia y a fs.
16 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo
Social;
Que a fs. 18 se expide la Dirección General de Recursos Humanos;
Que a fs. 20 la Dirección General de Presupuesto señala que la agente ocupa un
cargo de Planta Permanente y su titularización no representa incremento alguno en
el gasto presupuestario;
Que a fs. 25 la Directora de Capital Humano del precitado Ministerio emite
opinión favorable;
Que lo gestionado se encuentra en las previsiones de la Ley N° 5.473 y su Decreto
Reglamentario N° 646/1-83, estimándose procedente dictar la medida administrativa
pertinente.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 23 (Dictamen N°
1.479 de fecha 10/08/2.016);
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Confírmase en el cargo de Categoría 22, de la Planta Permanente de
la U.O. N° 830 - Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la agente Graciela Elizabeth
JOZAMI, DNI N° 12.449.438, en virtud del considerando que precede.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Social y firmado por la señora Secretaria de Estado de Niñez,
Adolescencia y Familia.
ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60472
DECRETO 1866 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.866/3 (SH), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 184/385-I-2017.-
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Instituto de Desarrollo
Productivo solicita un Aporte No Reintegrable, y
CONSIDERANDO:
Que lo gestionado es a efecto de contar con fondos suficientes para ser
destinados al normal desarrollo de las actividades del organismo durante el 3er.
trimestre del corriente año.
Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando
la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración
del Ministerio de Economía a emitir la respectiva orden de pago.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 3,
Dirección General de Presupuesto a fs. 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1301
del 15 de junio de 2017, adjunto a fs. 6 de estos actuados,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase -de conformidad al considerando que antecede- al INSTITUTO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO, un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS UN
MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($1.200.000.-).
ARTíCULO 2°.- Autorízase a la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA a emitir la respectiva orden de pago a favor del INSTITUTO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, déjase establecido que el Aporte No Reintegrable otorgado por el
Artículo 1° del presente instrumento legal, se abonará en tres (3) cuotas
mensuales, iguales y consecutivas de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000.-), cada
una para los meses de julio a septiembre de 2017, e impútese la presente
erogación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 95
- Apoyo a Actividades Científicas, Finalidad/Función 450, Subprograma 00,
Proyecto 00, Actividad 02 - Aportes IDEP, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro
General de la Provincia, Partida Subparcial 551 - Transferencias a Empresas
Públicas No Financieras para Financiar Gastos Corrientes, del Presupuesto General
2017.
ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60487
DECRETO 1867 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.867/1 (SECP), del 21/06/2017.
EXPTE. N° 293/120-D-2016.-
VISTO, las presentes actuaciones por las cuales la Secretaría de Estado de
Comunicación Pública solicita la aprobación del gasto y autorización para emitir
órdenes de pago, en concepto de publicidad oficial, realizadas durante los meses
de Junio, Julio, Agosto, Octubre, Diciembre de 2016 y Enero 2017 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Acuerdo N° 58/1 de fecha
29.05.2000 y sus modificatorios, la Secretaría de Estado de Comunicación Pública
autorizó mediante diferentes Resoluciones, la contratación de los espacios
publicitarios durante el período mencionado.
Que dichos actos administrativos fueron sometidos oportunamente al control
preventivo del H. Tribunal de Cuentas, el que se expidió mediante los
correspondientes Acuerdos.
Que las mencionadas contrataciones fueron efectuadas en el marco del art. 59 inc.
9 de la Ley de Administración Financiera.
Que se adjuntan las ordenes de publicidad, facturas, constancias y o
certificaciones que acreditan los servicios prestados y planillas con el detalle
correspondiente.
Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, la prestación de los
servicios fue efectivamente realizada, por lo que resulta procedente aprobar el
gasto y autorizar la emisión de las órdenes de pago por la suma de $242.009,68.
Que a fs. 88, Contaduría General de la Provincia señala que mediante Decreto del
Poder Ejecutivo se puede hacer lugar a lo solicitado.
Que a fs. 90, la Dirección General de Presupuesto informa la imputación
presupuestaria con la cual se atenderá la erogación.
Que a fs. 93, obra Dictamen Fiscal N° 1.233 de fecha 06 de Junio de 2017.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese los gastos de publicidad oficial realizados por la
Secretaría de Estado de Comunicación Pública correspondientes a los meses de
Junio, Julio, Agosto, Octubre, Diciembre de 2016 y Enero de 2017, por la suma de
PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NUEVE CON SESENTA y OCHO CENTAVOS
($242.009,68) conforme al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte del
presente Decreto, atento a lo considerado.
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago conforme lo establecido por el artículo 1°, cuya
erogación fue imputada mediante las Resoluciones correspondientes a la
Jurisdicción 07: SAF GSGG DIR. ADM. y DESP. S. E. COMUNICACIÓN PUBLICA -
Programa: 11 Unidad de Organización N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación
Pública" - Finalidad/Función 199 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad: 01 U.
O. N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación Pública Financiamiento 10:
Recursos Tesoro General de la Provincia - Partida Sub-parcial 361: Publicidad y
propagandas varias, por el monto de $242.009,68 (PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS
MIL NUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS) del Presupuesto General 2017, quedando
facultado el servicio administrativo de la Secretaría de Estado de Comunicación
Pública a emitir las correspondientes Ordenes de Pago.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad.
ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
ANEXO UNICO:
N° EXP. Medio N° Factura Importe ($) N° Ord. N° Res. HTC Ac. N°: 293 FOJA
CERO PRODUCCIONES SRL 0004-00000224 12.100,00 520 329 2176/2263; 664 EL
ARBOL DIGITAL S.R.L. 0002-00002984 72.600,00 1.121 725 4411; 664 CUERPO 14
SRL 0003-00000451 12.100,00 1.142 725 4411; 664 THX MEDIOS S.A. 0003-
00001140 121.009,68 1.156 725 4411; 479 CROCANTE PRODUCCIONES S.R.L. 0001-
00000008 12.100,00 876 534 3292; 217 FOJA CERO PRODUCCIONES S.R.L. 0004-
00000205 12.100,00 407 259 1839; TOTAL ($) 242.009,68.-
Aviso número 60499
DECRETO 1868 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.868/1 (SECP), del 21/06/2017.
EXPTE. N° 205/120-D-2011 Y AGREGADOS.
VISTO, las presentes actuaciones por las cuales la Secretaría de Estado de
Comunicación Pública solicita la aprobación del gasto y autorización para emitir
órdenes de pago, en concepto de publicidad oficial, realizadas durante los meses
de Enero, Febrero, Marzo, Abril de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Acuerdo N° 58/1 de fecha
29.05.2000 y sus modificatorios, la Secretaría de Estado de Comunicación Pública
autorizó mediante diferentes Resoluciones, la contratación de los espacios
publicitarios durante el período mencionado.
Que dichos actos administrativos fueron sometidos oportunamente al control
preventivo del H. Tribunal de. Cuentas, el que se expidió mediante los
correspondientes Acuerdos.
Que las mencionadas contrataciones fueron efectuadas en el marco del art. 59 Inc.
9 de la ley de Administración Financiera.
Que se adjuntan las ordenes de publicidad, facturas, constancias y o
certificaciones que acreditan los servicios prestados y planillas con el detalle
correspondiente.
Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, la prestación de los
servicios fue efectivamente realizada, por lo que resulta procedente aprobar el
gasto y autorizar la emisión de las órdenes de pago por la suma de $11.026.418,16
Que a fs. 1.516, Contaduría General de la Provincia señala que mediante Decreto
del Poder Ejecutivo se puede hacer lugar a lo solicitado.
Que a fs. 1.518, la Dirección General de Presupuesto informa la imputación
presupuestaria con la cual se atenderá la erogación.
Que a fs. 1.520, obra Dictamen Fiscal N° 1.256 de fecha 08 de Junio de 2017.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese los gastos de publicidad oficial realizados por la
Secretaría de Estado de Comunicación Pública correspondientes a los meses de
Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2017, por la suma de PESOS ONCE MILLONES
VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS
($11.026.478,16) conforme al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte
del presente Decreto, atento a lo considerado.
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago conforme lo establecido por el artículo 1°, cuya
erogación fue imputada mediante las Resoluciones correspondientes a la
Jurisdicción 07: SAF GSGG DIR. ADM. y DESP. S.E. COMUNICACIÓN PUBLICA - Programa:
11 Unidad de Organización N° 150 "Secretaría de Estado de Comunicación Pública" -
Finalidad/Función 199 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad: 01 U.O. N° 150
"Secretaría de Estado de Comunicación Pública Financiamiento 10: Recursos Tesoro
General de la Provincia - Partida Sub-parcial 361: Publicidad y propagandas
varias, por el monto de $11.026.478,16 (PESOS ONCE MILLONES VEINTISEIS MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS) del Presupuesto General
2017, quedando facultado el servicio administrativo de la Secretaría de Estado de
Comunicación Pública a emitir las correspondientes Ordenes de Pago.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad.
ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
(Anexo disponible B.O.D.)
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Aviso número 60484
DECRETO 1869 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.869/1 (FE), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 5.561/410-B-97 y Agreg.-
VISTO, éstas actuaciones mediante las cuales se gestiona la cancelación de
diferencias salariales adeudadas a los actores en el juicio caratulado "Biazzo,
Jorge A. y otros C/ SI.PRO.SA. S/Cobro de Australes", que fueran reconocidas por
Sentencia N° 490 dictada el 29 de noviembre de 1996 por la Excma. Cámara en lo
Contencioso Administrativo Sala III°, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 152 Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado solicita se determine
si la deuda reclamada se encuentra prescripta.
Que a fs. 158 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informe que el Tribunal ha
intimado al Sr. Fiscal de Estado, para que en el plazo de 10 días informe en que
plazo se concluirá con la tramitación del expediente de referencia y se
cancelarán las sumas reclamadas por la coactora Sara Orlando, ello bajo
apercibimiento que el plazo sea fijado por el Tribunal.
Adjunta copia de la cédula correspondiente (fs. 159).
Que de las constancias de autos surge que el pago requerido no se hizo efectivo,
por lo que corresponde establecer el plazo de prescripción aplicable al caso.
Que el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por Ley N° 26.994, en el
artículo 2.537 contiene una norma de derecho transitorio referida a la
modificación de los plazos por ley posterior, que establece que: "... Los plazos
de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se
rigen por la ley anterior... "
Que si bien la nueva disposición establece un plazo menor (5 años) para que
prescriba la acción a reclamar el derecho de que se trata (artículo 2.560), no
resulta aplicable en la especie, por expresa disposición (artículo 2.537 in
fine), ya que al momento de su entrada en vigencia, el plazo de 10 años previsto
en el artículo 4.023 anterior se encontraba cumplido en exceso.
Que a ello hay que adicionarle la suspensión, por una sola vez, del plazo de
prescripción por el lapso de un año, correspondiente a la presentación de fs. 1/7
efectuada en fecha 3 de octubre de 1997, conforme a lo establecido por el
artículo 3.986 2° párrafo del Código Civil, reanudándose el curso de aquella a su
finalización, en fecha 30 de noviembre de 1998.
Que cabe señalar que mediante nota de fs. 137 con fecha "septiembre 2011" (sin
que conste en la misma constancia de recepción), la letrada apoderada de la
coactora, reiteró lo solicitado.
Que esta es la posición sostenida por la Jurisprudencia de nuestros Tribunales
que dice: "la suspensión, se produce la detención del tiempo útil para prescribir
por causa concomitante o sobreviniente al nacimiento de la acción, de modo tal
que durante el lapso que dura esa causa el tiempo transcurrido es inútil para
prescribir. Desaparecida la causa que originó las suspensión, el curso de la
prescripción se reanuda, sumándose al período transcurrido con anterioridad
(artículo 3.983 C.C.) CSJT Sentencia N° 804/1996 en autos Pedraza, Alejo Vs.
Gobierno de la Provincia de Tucumán S/ Contencioso Administrativo".
Que el fundamento de la prescripción radica en el principio de seguridad jurídica
que contribuye a la certeza en las relaciones jurídicas y exige a los
particulares que los derechos y acciones sean ejercidos en tiempo útil pues
repudia al ordenamiento jurídico una pendencia indefinida.-
Que señala la doctrina que la prescripción es un instituto de orden público,
creado para dar estabilidad y firmeza a los negocios, disipar las incertidumbres
del pasado y poner fin a la indecisión de los derechos, salvaguardando el orden y
la seguridad jurídica; evitan la prolongación de situaciones cuya indefinición
puede llegar a atentar contra los derechos patrimoniales y el principio de
propiedad garantizado por el artículo 17 de la Constitución Nacional; igualmente,
es una necesidad de la vida social que no conspira contra la idea de justicia
sino que la realiza y es una de las instituciones más importantes y saludables
del derecho (Borda, "Tratado de Derecho - Obligaciones", t. II, p. 7; Badeni,
"Tratado de Derecho Constitucional", t. II. P. 818; Spota, "Tratado de Derecho
Civil. Parte General", t. I, volumen 3.8.10, p5; AAVV, "Tratado de la
Prescripción Liberatoria", Dir. López Herrera, Edgardo, Lexis Nexis, Buenos
Aires, 20007. (T.I, pp. 44 y 45).
Que en el presente caso, el plazo de diez años, más un año de suspensión por el
reclamo administrativo de fs. 1/4, corre a partir de la fecha que se encuentra
firme la sentencia condenatoria de fecha 29 de noviembre de 1996. O sea que, al
presente, ha trascurrido con exceso el plazo de prescripción determinado,
habiendo prescripto cualquier derecho que hubiera correspondido a los actores.
Que en consecuencia, corresponde que el Poder Ejecutivo, mediante decreto,
desestime el pedido efectuado.
Por ello y en virtud del Dictamen Fiscal N° 431 de fecha 22 de febrero de 2016
obrante a fs. 164/165 de autos.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desestímase, por encontrarse prescripta la deuda, la solicitud de
pago de diferencias salariales reclamadas en el juicio caratulado "Biazzo Jorge
A. y otros C/ SI.PRO.SA. S/ Cobro de Australes" que fueran reconocidas por
Sentencia N° 490 dictada el 29 de noviembre de 1996 por la Excma. Cámara en lo
Contencioso Administrativo Sala III°, ello, en virtud de lo considerado.
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno, Justicia y Seguridad.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60482
DECRETO 1870 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.870/4 (MDS), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 13.588/425-M-2016.-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Senadora Nacional Prof. Beatriz
Mirkin, solicita la prórroga de la adscripción de la agente María Cecilia Bobba,
Categoría 20, Personal Planta Permanente del Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que lo gestionado es a los efectos de seguir contando con los servicios de la
citada agente, a fin de reforzar el equipo de trabajo que la acompañara en su
gestión como Senadora Nacional por la Provincia de Tucumán;
Que a fs. 04/07 se agrega la respectiva Foja de Servicios de la agente Bobba;
Que a fs. 09 se agrega copia del Decreto N° 556/4-MDS del 02/03/16, por el cual
se dispuso la adscripción anterior por el término de un año de la agente en
cuestión, a partir de la fecha del citado instrumento legal;
Que a fs. 08 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Desarrollo Social;
Que a fs. 11 la Dirección General de Recursos Humanos emite informe de su
competencia, con opinión favorable;
Que a fs. 13 presta conformidad a la presente gestión el señor Ministro de
Desarrollo Social;
Que las presentes actuaciones se encuadran en las disposiciones del artículo 11
inc. 4) de la Ley N° 5.473 y del artículo 4° del Decreto Reglamentario N°
646/183, estimándose procedente dictar la medida administrativa pertinente;
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado (Dictamen N° 0648 de
fecha 23/03/17 a fs.14 respectivamente;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Prorrogase la Adscripción en el Senado de la Nación de la señora
MARIA CECILIA BOBBA, DNI N° 28.151.041, Categoría 20, Planta Permanente del
Ministerio de Desarrollo Social, por el termino de UN (01) año, en virtud del
considerando que precede.
ARTICULO 2°.- Convalídese los servicios prestados en el Senado de la Nación por
la señora MARIA CECILIA BOBBA, DNI N° 28.151.041, desde el 03 de Marzo de 2017 y
hasta la fecha del presente decreto.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Social.
ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60485
DECRETO 1871 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.871/4 (SENAyF), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 173/474-I-2.015.-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Directora del Instituto de
Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente de la Secretaría de Estado de Niñez,
Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, solicita el
reconocimiento y pago de diferencia de haberes por desempeño de funciones de
mayor jerarquía a la señora Ángela Peñalva, Categoría 18, Planta Permanente de la
U. O. N° 890; y
CONSIDERANDO:
Que dichas funciones fueron cumplidas en la División de Coordinación SAF N° 34
del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente de la Dirección de
Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y
Familia del Ministerio de Desarrollo Social, durante el período comprendido entre
el 05/01/2.015 al 03/07/2.015, convalidado mediante Resolución N° 2.103/4-SENAyF
de fecha 18/05/2.015 (fs. 02), en razón de que su titular se encontraba haciendo
uso de Licencia de Largo Tratamiento;
Que a fs. 03/06 obra Foja de Servicios de la agente en cuestión, adjuntándose la
actualizada a fs. 67/71, como asimismo, se agrega Foja de Servicios de la
empleada reemplazada, señora Nuñez Molina, a fs. 11/14, de la que surge que la
misma reviste Categoría 20 de la Planta Permanente del Instituto de Puericultura
"Alfredo Guzmán";
Que a fs. 26 la Dirección General de Recursos Humanos informa que se podrá
reconocer a la señora Peñalva la diferencia de haberes existente entre la
Categoría 18 y la Categoría 20;
Que a fs. 31 interviene la Jefa de Administración y Personal del Instituto de
Puericultura "Alfredo Guzmán" de la Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y
Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social;
Que se adjuntan recibos de sueldo de los meses de Enero a Julio de 2.015 de las
agentes en cuestión;
Que a fs. 55/56 la Subdirección de Administración del SAF N° 34 practica la
correspondiente liquidación;
Que a fs. 57/58 Contaduría General de la Provincia recalcula los montos,
estableciendo que corresponde abonar a la agente Peñalva la suma de $10.980,25
aclarando que corresponder descontar por Código 190 y/o 193 la suma de $2.323,86;
Que a fs. 64 y 75 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del
Ministerio de Desarrollo Social;
Que a fs. 66 se expide la Dirección General de Presupuesto consignando la
correspondiente imputación presupuestaria y a fs. 73 rectifica dicho informe;
Que el Articulo 11° de la Ley N° 5.473 dispone que: "El agente deberá cumplir
servicios en el cargo que haya sido designado. No obstante, habiendo adquirido
estabilidad podrá revistar transitoriamente en algunas de las siguientes
situaciones de excepción: a) Ejercicio de Cargos de Nivel Superior. Entiéndase
por cargo de nivel superior a los comprendidos entre las categorías 20 y 24 ambas
inclusive (...)"
Que se estima procedente dictar la medida administrativa pertinente;
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 28 (Dictamen N°
2262 del 21/10/2.015),
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recónocese los servicios prestados en el cargo de Jefa de División
Coordinación SAF N° 34 del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" dependiente
de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la Secretaria de Estado de
Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social y convalidase
lo actuado por la señora Ángela PEÑALVA, D.N.I. N° 13.646.655, Categoría 18,
Planta Permanente del Instituto de Puericultura "Alfredo Guzmán" de la U. O. N°
890, durante el período comprendido entre el 05 de Enero de 2.015 hasta el 03 de
Julio de 2.015, en virtud del considerando que precede.
ARTICULO 2°.- Recónocese a la señora Ángela PEÑALVA, D.N.I. N° 13.646.655,
Categoría 18, Planta Permanente de la Unidad de Organización N° 890, el derecho a
percibir las diferencias adeudadas por el desempeño de funciones de mayor
jerarquía y en consecuencia, autorizase a la Dirección de Administración de la
Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de
Desarrollo Social a practicar, a través de la Dirección de Sistemas, la
liquidación pertinente, cuyos haberes y contribuciones ascienden a la suma de
$10.980,25 (PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON VEINTICINCO CENTAVOS),
conforme a lo informado por la Contaduría General de la Provincia a fs. 57/58.
ARTICULO 3°.- Impútese la erogación a originarse a la JURISDICCIÓN 34: SAF MDS
DIR. DE ADM. DE LA S. E. DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Programa 25: U.O. N°
890 - Instituto de Puericultura Alfredo Guzmán, Finalidad/Función 320, Sub-
Programa 00, Proyecto 00, Actividad 01: U.O. N° 890 - Instituto de Puericultura
Alfredo Guzmán, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro Gral. de la Pcia., Partida
Subparcial 111 - Retribución del Cargo, y demás Subparciales (112-113-114-115-
116-117-131-141 y 151) según corresponda, del Presupuesto General 2.017.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Social y firmado por la señora Secretaria de Estado de Niñez,
Adolescencia y Familia.
ARTÍCULO 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60480
DECRETO 1872 / 2017 DECRETO / 2017-06-21
DECRETO N° 1.872/5 (MEd), del 21/06/2017.
EXPEDIENTE N° 013418/230-P-12 y agdo.-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales el docente Gustavo Javier
Pedernera interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Ministerial N°
1576/5(MEd) de fecha 16 de Diciembre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 74/75 obra copia autenticada del citado instrumento legal por el cual
se rechaza la solicitud de Titularización por Ley N° 8.214 y su Decreto
Reglamentario N° 1.195/5(MEd)-10, del agente Gustavo Javier Pedernera en el cargo
de Maestro Especial Común de Inglés con 06 horas en la Escuela "Salvador Alfonso"
y 04 horas en la Escuela N° 326 de Las Tranquitas, dependiente del Ministerio de
Educación.
Que teniendo en cuenta la fecha de la notificación del acto cumplida el 31/01/14
(fojas 76) y la fecha de presentación del recurso 12/02/14 (fojas 77/81) el mismo
resulta formalmente admisible por haber sido planteado en el término estipulado
por el artículo 67° de la Ley N° 4.537.
Que en su expresión de agravios, el señor Pedernera considera que la resolución
cuestionada incurre en error al considerar que no posee la antigüedad mínima
establecida en el artículo 1° inciso 2) de la Ley N° 8.214 para titularizar el
cargo de Maestro Especial Común de Inglés, ya que según lo dispuesto por los
artículos 6° y 7°, a los docentes de lengua extranjera se les concede un plazo
excepcional de 4 años para cumplir con la actualización pedagógica y acceder a su
titularización.
Que sostiene haber cumplido con la actualización pedagógica requerida y demás
requisitos previstos en la Ley N° 8.214, correspondiéndole su titularización en
06 horas de Inglés en la Escuela "Salvador Alfonso" y 04 horas en la Escuela N°
326.
Que la Ley N° 8.214 en su artículo 1° inciso 2) expresa: "...Registrar al
31/03/2010 una antigüedad mínima de tres años...". La antigüedad requerida
precedentemente, deberá registrarla el docente en el ejercicio con carácter
interino, de las horas cátedra y/o cargos docentes en que se solicite la
titularización; artículo 3° y 6° inciso 6) del Decreto Reglamentario N°
1.195/5(MEd)-10.
Que del análisis de los informes y documentación obrantes en autos surge que el
señor Pedernera, a la fecha 31/03/2010, no registraba una antigüedad mínima de
tres años en el ejercicio con carácter interino, en las horas cátedras y/o cargos
docentes en que solicita la titularización, por cuanto fue designado en fecha
01/06/2007 por llamado abierto, - especialidad Inglés título supletorio sin
cargo - Padrón Definitivo/07 en la Escuela "Salvador Alfonso" con 6 horas cátedra
y completa cargo en la Escuela N° 326 con 4 horas.
Que el recurrente cumplimentó la actualización pedagógica prevista en el artículo
7° de la Ley N° 8.214 que dispone: "Los docentes, que sin poseer título docente
específico en el idioma correspondiente, se desempeñan en cargos u horas cátedras
de Lengua Extranjera y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1°
podrán solicitar la titularización luego de concluir una actualización pedagógica
y disciplinaria para ejercer como docente de lengua extranjera, organizada y/o
avalada por el Ministerio de Educación o de obtener título docente. A los fines
del cumplimiento del requisito previsto en este artículo, el aspirante tendrá un
plazo máximo de cuatro (4) años, a partir de la reglamentación de la presente
ley".
Que de la Ley N° 8214 y su Decreto Reglamentario N°1195/5(MEd)-10 no surge que
exista excepción alguna en relación a la antigüedad mínima requerida a los
docentes de Lengua Extranjera para su titularización (principal argumento del
recurrente) es decir 3 años al 31/03/2010. El plazo de 4 años establecido en el
artículo 7°, claramente refiere al plazo que tenían los docentes de Lengua
Extranjera para obtener el título docente o cumplir con la actualización
pedagógica en el supuesto que no posean el título docente específico en lengua
extranjera.
Que en virtud a lo esgrimido en los considerandos precedentes se debe rechazar el
Recurso Jerárquico incoado por el agente Pedernera en contra de la Resolución
Ministerial N° 1576/5(MEd)-13.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 111/112
(Dictamen Fiscal N° 32/2016),
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- Rechazase el Recurso Jerárquico interpuesto por el agente Gustavo
Javier Pedernera - DNI N° 27.961.424-, en contra de la Resolución
Ministerial N° 1576/5(MEd) de fecha 16 de Diciembre de 2.013, confirmándose la
misma, en virtud a lo expuesto en los considerandos.
Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Educación y firmado por la señora Secretaria de Estado de Gestión Educativa.
Artículo 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60495
DECRETO 1915 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
DECRETO N° 1.915/9 (MDP), del 22/06/2017.-
Expediente N° 582/391-W-2015 y Agdo.-
VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica
de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 171/16 de fecha
11/04/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los
Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y
CONSIDERANDO:
Que la resolución arriba citada (fs. 55/60) es confirmatoria de la Resolución N°
404/15 ERSEPT (U) de fecha 17/09/15, por la cual el señor Gerente de Atención a
Usuarios dispone hacer lugar al reclamo formulado por el señora Matilde Wainziger
de Scidá, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño
ocurrido en el electrodoméstico consignado en el formulario Serie RD N° 15.497.
En consecuencia EDET S.A. deberá proceder a reparar o, en el supuesto de ser esto
imposible, a reponer los electrodomésticos de igual marca e idénticas o similares
características técnicas y prestacionales;
Que el Recurso se presentó dentro del plazo previsto en el art. 68 de la Ley N°
4.537 y se repuso la tasa por servicio administrativo (fs. 69 y 73);
Que la recurrente funda su impugnación en que los hechos y antecedentes
esgrimidos en los actos cuestionados son falaces, por lo que ambas resoluciones
carecen de causa;
Que EDET S.A. manifiesta que no es responsable, ya que la falla aludida por el
Ente como causante de los daños denunciados tuvieron su origen en la ET Tucumán
Oeste y que el presente caso se trata de caso fortuito o fuerza mayor;
Que asimismo expresa que de ser cierta la conclusión del ERSEPT al producirse la
perturbación serían muchos los perjudicados por daños de electrodomésticos y no
solamente la señora Wainziger de Scidá, única afectada de la SET 1167;
Que las perturbaciones eléctricas no producen necesariamente un daño a los
artefactos eléctricos, ya que existen parámetros dentro de los cuales la tensión
puede variar en más o en menos sin que ésto afecte los aparatos eléctricos, toda
vez que los mismos se encuentran preparados para soportar estas alteraciones;
Que el Ente Regulador no valoró los elementos probatorios puestos a disposición
lo que revela la carencia de argumentos fácticos y jurídicos que justifique el
dictado de la resolución recurrida;
Que asimismo, solicita la suspensión de ejecutoriedad del acto recurrido;
Que luego de analizar los antecedentes del caso e informes producidos, concluye
que el daño en los bienes de propiedad del reclamante, acreditado en los
formularios Serie RD N° 15.497 (fs. 02/17) es responsabilidad de la
Distribuidora;
Que la Resolución ERSEPT (U) N° 404/15 se sustenta en el informe técnico (fs.
18/19) y en el dictamen legal (fs. 20/23) y fue dictada de conformidad a lo
dispuesto en el art. 43 de la Ley N° 4.537, que contiene los requisitos
esenciales de los actos administrativos;
Que del Dictamen Técnico del Jefe de Inspecciones del ERSEPT surge que los hechos
consignados anteriormente ponen de manifiesto que el 22/07/15, fecha en la que el
quejoso denuncia que se produjo el evento que causó el daño, y a la hora
aproximada citada por el mismo, se produjeron perturbaciones en el Sistema de
Transporte, con las consecuencias ya citadas. Por último, está probado que
existió una relación causa-efecto, ya que coinciden el daño denunciado por el
quejoso y el evento que se produjo en el Sistema de Transporte de AT y en las
instalaciones de EDET S.A.;
Que al resolver el Recurso Jerárquico, la Resolución N° 171/16 ERSEPT-(fs. 55/60)
indica que la obligación de EDET S.A. como prestataria del servicio público de
energía eléctrica es de resultado, por ello debe resarcir el perjuicio sufrido
por los usuarios en sus instalaciones cuando las mismas sean consecuencia directa
de las deficiencias en la prestación del mismo, ya sea reparando el artefacto
dañado o restituyendo al usuario los montos abonados para la reparación;
Que lo decidido por el Ente resulta debidamente sustentado en antecedentes de
hecho y de derecho. Los argumentos esgrimidos por EDET S.A en el Recurso de
Alzada no son suficientes para modificar lo resuelto y exonerarla de su
responsabilidad;
Que en lo que respecta a la pretensión de la recurrente de asignar carácter
suspensivo a la impugnación resulta improcedente, porque la interposición del
mismo no suspende la ejecutoriedad del acto que se presume legítimo (art. 47 de
la Ley N° 4.537). Además el pedido de suspensión se encuentra rechazado por el
art. 1° de la Resolución N° 171/16-ERSEPT-y tal decisión es irrecurrible;
Que por todo lo expuesto corresponde rechazar el recurso deducido;
Por ello, y en virtud al Dictamen de la fecha 03/05/17, (fs. 76/77);
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de
Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N°
171/16 de fecha 11/04/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y
Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT), en virtud
del considerando precedente.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60478
DECRETO 1916 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
DECRETO N° 1.916/9 (MDP), del 22/06/2017.
Expediente N° 345/391-A-2015 y Agdo.-
VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucumán Sociedad
Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAT-SAPEM) en contra de la
Resolución N° 483/16 de fecha 26108/16, emitida por el Director del Ente Único de
Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT);
y
CONSIDERANDO:
Que el acto administrativo de referencia (fs. 18/20) es confirmatorio de la
Resolución ERSEPT (U) N° 351/15 de fecha 24/08/15 (fs. 04/06), por la cual el
señor Gerente de Atención al Usuarios del ERSEPT, ordenó a la prestadora a que,
de inmediato a la notificación de la presente resolución, proceda a realizar las
obras y/o maniobras necesarias para brindar solución definitiva al problema del
deficiente servicio de agua potable a la zona inspeccionada.
Que asimismo, ordenó a la prestadora SAT-SAPEM a que efectúe descuentos del 70%
por deficiencias técnicas en cada una de las facturas de los habitantes del
lugar, en los períodos comprendidos entre la fecha del reclamo ante el Ente
(29/04/15) y hasta que el problema se encuentre resuelto, conforme lo normado por
los arts. 22 inc. 2) y 64 de la Ley N° 6.529;
Que a fs. 23/24 la empresa presentó un Recurso de Alzada, el cual es formalmente
admisible por haber sido deducido en el plazo del art. 68 de la Ley N° 4.537;
Que la recurrente funda sus agravios en que la misma efectuó tareas de renovación
de redes y válvulas en la zona inspeccionada y corroboró que el problema está
solucionado;
Que además agrega que el descuento del 70% de la facturación importa
enriquecimiento ilícito para los reclamantes quienes pretenden no abonar el
servicio prestado por la empresa, el que incluye el servicio de cloacas sobre el
que no existen reclamos;
Que la empresa finaliza afirmando que la Resolución 483/16, no se encuentra
motivada en base a los antecedentes y pruebas obrantes en el expediente, por lo
que plantea su nulidad;
Que ante lo expuesto se advierte que los fundamentos de los agravios expuestos en
la alzada no tienen entidad suficiente para enervar las motivaciones del acto
atacado;
Que cabe señalar que la resolución recurrida fue dictada de conformidad a los
dispuesto en el art. 43 de la Ley N° 4.537 y contiene los requisitos esenciales
de los actos administrativos, por lo tanto no adolece de vicios que permitan
declarar su nulidad, de acuerdo a lo establecido por el art. 48 de la citada
norma;
Que la Resolución N° 483/16 se sustenta en el informe del Gerente de Atención al
Usuario del ERSEPT, que indica que las obras que la recurrente dice haber
ejecutado no se acreditaron y los usuarios de la zona siguen sin un adecuado
servicio. Se señala que son innumerables los reclamos o requerimientos de una
problemática que se ha extendido a los vecinos que circundan al domicilio causa
del presente expediente;
Que la resolución recurrida consigna que la empresa no procedió a solucionar esos
requerimientos y que tampoco ofreció ni produjo pruebas que puedan modificar lo
resuelto por Resolución ERSEPT (U) N° 351/15;
Que de tal forma, lo decidido por el Ente está sustentado en los antecedentes de
hecho y de derecho, sin que los argumentos esgrimidos por la empresa SAT-SAPEM en
el Recurso de Alzada sean susceptibles de modificar lo resuelto para exonerarla
de su responsabilidad;
Que atento a los innumerables reclamos ante una problemática sin solución y por
la deficiente prestación del servicio de agua potable, la prestadora de servicio
ha incumplido la obligación atribuida en el art. 22 inc. 2 de la Ley N° 6.529,
siendo pasible de la sanción aplicada en el art. 2 de la resolución;
Que por todo lo expuesto corresponde rechazar el recurso incoado;
Por ello, y en virtud del Dictamen de Fiscalía de Estado N° 0187 de fecha
23/01/17 (fs. 32/33);
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas
del Tucumán Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAT-SAPEM) en
contra de la Resolución N° 483/16 de fecha 26/08/16, emitida por el Director del
Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de
Tucumán (ERSEPT), en virtud del considerando precedente.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60481
DECRETO 1917 / 2017 DECRETO / 2017-06-22
DECRETO N° 1.917/9 (MDP), del 22/06/2017.
Expediente N° 824/460-R-2016 y Agdo.-
VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Ana Sofía Venturelli, DNI N°
36.049.509, contra la Resolución N° 1549/9 (EATT) de fecha 10/06/16 emitida por
el Presidente del Ente Autárquico Tucumán Turismo; y
CONSIDERANDO:
Que por el acto administrativo de referencia (fs. 40/41) se rechazó por
improcedente el recurso de reconsideración presentado en contra de la Resolución
N° 926/9 (EATT) del 19/04/16 (fs. 15/16) por la cual el Presidente del Ente
Autárquico Tucumán Turismo dispuso el cese de la relación laboral de la
mencionada agente (la cual revestía el carácter de personal transitorio);
Que el Recurso de Alzada (fs. 49/52) es formalmente admisible por haber sido
deducido en el plazo del arto 68 de la Ley N° 4.537;
Que la recurrente funda sus agravios en que el acto impugnado resulta ilegítimo y
carece de motivación suficiente;
Que asimismo manifiesta que el cese del cumplimiento de funciones encuentra como
fundamento una arbitraria y unilateral voluntad de justificar el fin de la
relación laboral, violando el artículo 14 bis de la C.N.;
Que por su parte el Ente Autárquico alega que la designación de personal
transitorio puede ser dejada sin efecto habida cuenta de su carácter precario,
por lo que la recurrente no tiene derecho a la estabilidad plena en el cargo;
Que el mero transcurso del tiempo y el hecho de prestar servicios por un plazo
aún superior al fijado para adquirir la estabilidad, no puede trastocar por sí,
la situación de revista de quien ha ingresado como agente transitorio y no ha
sido transferido a otra categoría por acto expreso de la Administración;
Que cabe destacar también, que la recurrente se sometió a un régimen jurídico, lo
cual implica un acatamiento inequívoco a un régimen que no fue cuestionado en su
designación sino sólo recién cuando se dispuso el cese bajo el argumento de falta
de motivación;
Que es preciso señalar que en el acto impugnado han sido expresamente consignadas
las razones de la desvinculación, lo cual constituye además, una atribución
discrecional del Ente;
Que por lo expuesto corresponde rechazar el recurso deducido; Por ello y en
virtud del Dictamen de Fiscalía de Estado N° 0766 de fecha 06/04/17 (fs. 61/62);
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Ana Sofía
Venturelli, DNI N° 36.049.509, contra la Resolución N° 1549/9 (EATT) de fecha
10/06/16 emitida por el Presidente del Ente Autárquico Tucumán Turismo; en virtud
de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Desarrollo Productivo.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60493
DECRETO 1967 / 2017 DECRETO / 2017-06-26
DECRETO N° 1.967/3 (SH), del 26/06/2017.
EXPEDIENTE N° 265/850-D-2016
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la transferencia
de la Abogada María Soledad Suárez, planta permanente, categoría 22 del
Ministerio de Educación con destino a la Secretaría de Estado de Derechos
Humanos, y
CONSIDERANDO:
Que de fs. 6 a 9 obra Foja de Servicios de la empleada que acredita su condición
de personal con estabilidad y a fs. 16 y 22 consta la conformidad a la
transferencia del Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, y del Ministro de
Educación, respectivamente.
Que encontrándose el presente caso previsto por las disposiciones del Artículo
23° de la Ley N° 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública
Provincial- y del Artículo 2° del Decreto N° 292/3 (ME) del 5 de febrero de 2008,
corresponde efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias y dictar el
instrumento legal respectivo.
Por ello, atento lo informado por la Dirección General de Recursos Humanos a fs.
24, Dirección General de Presupuesto a fs. 30/31, y en mérito al Dictamen Fiscal
N° 886 del 28 de abril de 2017, adjunto a fs. 33 de estos actuados
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Transfiérese a la Abogada MARÍA SOLEDAD SUÁREZ, D.N.I. N°
23.235.137, planta permanente, categoría 22, con su cargo y crédito
presupuestario del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la SECRETARÍA DE ESTADO DE DERECHOS
HUMANOS, de acuerdo de la siguiente adecuación presupuestaria:
Extráese de la Jurisdicción 36 "SAF MED SEC. DE ESTADO DE GESTIÓN ADM.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN", Programa 11- "U.O. N° 329 MINISTERIO DE EDUCACIÓN",
Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 347, Actividad 01 "U.O. N° 329
Ministerio de Educación" Financiamiento 10 - Recurso Tesoro General de la
Provincia, Un (1) cargo categoría 22, con el siguiente crédito presupuestario:
Partida Subparcial 111 $44.864.-
Partida Subparcial 113 $10.512.-
Partida Subparcial 114 $3.504.-
Partida Subparcial 115 $6.312.-
Partida Subparcial 116 $3.504.-
Partida Subparcial 117 $704.-
Partida Subparcial 118 $704.-
Partida Subparcial 151 $85.944.-
Increméntase en la Jurisdicción 11 "SAF MGJS - DIRECCIÓN DE ADM. MINISTERIO
GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD", Programa 24 "U.O. N° 190 SECRETARÍA DE ESTADO DE
DERECHOS HUMANOS", Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 131, Actividad
01 "U.O N° 190 Secretaría de Estado de Derechos Humanos", Financiamiento 10
Recursos Tesoro General de la Provincia", Un (1) cargo categoría 22, con el
siguiente crédito presupuestario:
Partida Subparcial 111 $44.864.-
Partida Subparcial 113 $10.512.-
Partida Subparcial 114 $3.504.-
Partida Subparcial 115 $6.312.-
Partida Subparcial 116 $3.504.-
Partida Subparcial 117 $704.-
Partida Subparcial 118 $704.-
Partida Subparcial 151 $85.944.-
Todo ello del Presupuesto General 2017.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de
Economía y de Educación y por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60494
DECRETO 1968 / 2017 DECRETO / 2017-06-26
DECRETO N° 1.968/3 (SH), del 26/06/2017.
EXPEDIENTE N° 144/490-H-2015
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la transferencia
de la señora Mariana Mercedes Encinar (Fonoaudióloga), planta permanente,
categoría 20 del Instituto Gerontológico San Alberto con destino al Hogar de
Niñas Santa Rita, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 18 la Directora del Instituto Gerontológico San Alberto se expide sin
realizar observaciones a lo tramitado; a fs. 19 y 35 la Directora de Adultos
Mayores y el señor Ministro de Desarrollo Social prestan la conformidad a la
transferencia de la empleada (Foja de Servicios adjunta a fs. 5/8).
Que encontrándose el presente caso previsto por las disposiciones del Artículo
23° de la Ley N° 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública
Provincial- y del Artículo 2° del Decreto N° 292/3 (ME) del 5 de febrero de 2008,
corresponde efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias y dictar el
instrumento legal respectivo.
Por ello, atento lo informado por la Dirección General de Presupuesto a fs. 29/30
y 34; y en mérito al Dictamen Fiscal N° 340 del 9 de febrero de 2017, adjunto a
fs. 32 de estos actuados
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Transfiérese a la señora MARIANA MERCEDES ENCINAR (fonoaudióloga),
D.N.I. N° 17.170.259, planta permanente, categoría 20, con su cargo y crédito
presupuestario del INSTITUTO GERONTOLÓGICO SAN ALBERTO al HOGAR DE NIÑAS SANTA
RITA, de acuerdo a la siguiente adecuación presupuestaria:
Extráese de la Jurisdicción N° 34 SAF MDS - DIR. DE ADM. DE LA SEC. EST. DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Programa 13 U.O. N° 915 - INSTITUTO GERONTOLÓGICO
SAN ALBERTO, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01
U.O. N° 915 - INSTITUTO GERONTOLÓGICO SAN ALBERTO, Financiamiento 10 - Recursos
Tesoro General de la Provincia, Un (1) cargo categoría 20
Partida Subparcial 111 $74.960,00
Partida Subparcial 113 $17.560,00
Partida Subparcial 114 $5.856,00
Partida Subparcial 115 $10.528.00
Partida Subparcial 116 $5.856,00
Partida Subparcial 117 $1.168,00
Partida Subparcial 118 $1.168,00
Partida Subparcial 141 $3.928,00
Partida Subparcial 151 $61.744,00
Increméntase en la Jurisdicción 34 SAF MDS - DIR. DE ADM. DE LA SEC. EST. DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA, Programa 20 U.O. N° 925 HOGAR DE NIÑAS SANTA RITA,
Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 U.O N° 925 HOGAR
DE NIÑAS SANTA RITA, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia,
Un (1) cargo categoría 20:
Partida Subparcial 111 $74.960.-
Partida Subparcial 113 $17.560,00
Partida Subparcial 114 $5.856,00
Partida Subparcial 115 $10.528,00
Partida Subparcial 116 $5.856,00
Partida Subparcial 117 $1.168,00
Partida Subparcial 118 $1.168,00
Partida Subparcial 141 $3.928,00
Partida Subparcial 151 $61.744,00
Todo ello del Presupuesto General 2017.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Economía y por los señores Secretario de Estado de Hacienda y Secretaria de
Estado de Niñez, Adolescencia y Familia.
ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60471
DECRETO 1988 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
DECRETO N° 1.988/3 (SH), del 28/06/2017.
EXPEDIENTE N° 3.034/220-D-2017.-
VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones
Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas
Rurales tramita la rectificación del Decreto N° 1.589/3(SH) del 29 de mayo de
2017, y
CONSIDERANDO:
Que lo requerido es a los efectos de modificar los montos indicados tanto en el
Artículo 1° como en el Anexo que forma parte de dicho acto administrativo; y
asimismo otorgar un Aporte No Reintegrable a la Municipalidad de Concepción para
atender Desequilibrios Financieros, en el marco de las disposiciones de la Ley N°
8.829.
Por ello, atento lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 6,
Dirección General de Presupuesto a foja 7 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.441
del 26 de junio de 2017 obrante a foja 9, de estos actuados,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rectifícase el Decreto N° 1.589/3(SH) del 29 de mayo de 2017 y su
Anexo, conforme Se indica a continuación:
"ARTICULO 1°.- Otórganse -por los motivos expuestos en el considerando que
antecede- a las Municipalidades del Interior de la Provincia detalladas en el
Anexo que forma parte integrante del presente decreto, Asistencias Financieras
Reintegrables por hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA Y OCHO
CENTAVOS ($527.593.483,78), con cargo a Rentas Generales, a efectos de atender
prioritariamente el pago de haberes de mayo, junio, Sueldo Anual Complementario -
1er. Semestre- y julio de 2017. Facúltase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir los correspondientes Comprobantes de Anticipo de
Fondos Extrapresupuestarios -Ley N° 8825, a favor de la Caja Popular de Ahorros
de la Provincia de Tucumán, Agente Fiduciario de cada uno de los Municipios, y
por los montos que se detallan en Anexo adjunto.
"Otórgase a la Municipalidad de Concepción un Aporte Financiero No Reintegrable
por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($2.150.000.-), a
efectos de atender Desequilibrios Financieros, y asimismo facúltase a la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir la respectiva
orden de pago, con imputación a la Jurisdicción 50 SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL
TESORO, Programa 92 Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales-, Finalidad/Función
150, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - Apoyo a Gobiernos Municipales y
Comunales -, Partida Subparcial 572 - Otras Transferencias a Municipalidades y/o
Comunas-, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del
Presupuesto General 2017."
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ANEXO
MUNICIPIOS - MAYO de 2017 - JUNIO de 2017 - 1er. S.A.C. de 2017 - JULIO de 2017 -
PEDIDO MAYO/ JULIO 2017: Tafí Viejo - 30.534.710,62 - 30.534.710,62 -
15.267.355,31 - 30.534.710,62 - 106.871.487,17; Bella Vista - 18.277.879,62 -
18.277.879,62 - 9.138.939,81 - 18.277.879,62 - 63.972.578,67; Tafí del Valle -
15.656.647,51 - 15.656.647,51 - 7.828.323,75 - 15.656.647,51 - 54.798.266,28;
Monteros - 30.284.540,09 - 30.284.540,09 - 15.142.270,04 - 30.284.540,09 -
105.995.890,31; Concepción - 27.487.129,14 - 26.627.129,14 - 13.313.564,57 -
26.627.129,14 - 94.054.951,99; Yerba Buena - 29.114.374,10 - 29.114.374,10 -
14.557.187,06 - 29.114.374,10 - 101.900.309,36. TOTAL 151.355.281,08 -
150.495.281,08 - 75.247.640,54 - 150.495.281,08 - 527.593.483,78.
Aviso número 60475
DECRETO 1989 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
DECRETO N° 1.989/3 (SH), del 28/06/2017.
EXPEDIENTE N° 950/618-S-2017.-
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Sistema Provincial de
Salud solicita provisión de fondos en concepto de Aporte No Reintegrable, por la
suma de $140.000.000.-, y
CONSIDERANDO:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de disponer de recursos para afrontar
con normalidad las erogaciones corrientes que demande el Sistema Provincial de
Salud y cumplir con la contrapartida provincial del Programa SUMAR.
Que en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración
del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 2,
Dirección General de Presupuesto a fs. 3 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.422
del 23 de junio de 2017, adjunto a fs. 5 de estos actuados,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase al SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD un Aporte No Reintegrable
por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES ($140.000.000.-),
correspondiente al mes de julio de 2017.
ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA a emitir la respectiva orden de pago con imputación a la Jurisdicción 50
- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 97 - Transferencias a Organismos
Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Sub-
Programa 00, Proyecto 00, Actividad 04 - Transferencias Figurativas al SIPROSA,
Partida Sub-Parcial 912 Contribuciones a Inst. Desc. y Autárquicos que
consolidan, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del
Presupuesto General 2017.
ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 4°- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 60491
DECRETO 1990 / 2017 DECRETO / 2017-06-28
DECRETO N° 1.990/3 (ME), del 28/06/2017.-
EXPEDIENTE N° 495/320-S-20l7.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Estado de
Obras Públicas gestiona el pago al estudio PELLI CLARKE PELLI CANADA CORP de un
anticipo financiero a cuenta de honorarios del anteproyecto arquitectónico de la
obra: CENTRO CIVICO DE LA PROVINCIA por la suma de u$s 240.000, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 9.008 (fs. 04/07) se aprueba, en todos sus términos, la Carta
Intención suscrita en fecha 16 de marzo de 2017, entre el Gobierno de la
Provincia de Tucumán y el Estudio PELLI CLARKE PELLI CANADA CORP, con el objeto
de establecer los compromisos a asumir por ambas partes, a fin de convenir la
elaboración por parte del mencionado estudio, el Anteproyecto Arquitectónico del
Centro Cívico de la Provincia.
Que el monto a abonar es de U$S 240.000, cuya conversión se determinará de
conformidad a las disposiciones de la Resolución N° 161/09 de la Contaduría
General de la Provincia.
Que conforme lo establecido en la Cláusula Sexta de la Carta Intención
mencionada, el monto a transferir debe ser libre de gastos e impuestos, los que
serán a cargo de la Provincia, por lo que corresponde autorizar a la Secretaría
de Estado de Obras Públicas a afrontar los mismos.
Que a fs. 08/10 corre agregada Ley N° 8.993 que declara de utilidad pública y
sujeto a expropiación una fracción del inmueble ubicado en la Localidad de Los
Pocitos, departamento Tafí Viejo que será destinado a la construcción del Centro
Cívico de la Provincia de Tucumán ya fs. 12 se adjunta Decreto N° 1.776/3-(SH)
del 16 de junio de 2017 donde se crea la partida presupuestaria que afrontará el
presente pago.
Por ello, en mérito al Dictamen Fiscal N° 1446 de fecha 26/06/2017 obrante a fs.
16,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Subdirección de Administración de la Secretaría de
Estado de Obras Públicas, a emitir la pertinente orden de pago por el importe de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA MIL (u$s 240.000), a favor de la
firma Pelli Clarke Pelli Canadá Corp.- Número de Cuenta: 00003 400-298-6 - ROYAL
BANK OF CANADA- Halifax Nova Scotia CANADA - SWIFT: ROYCCAT2, en concepto de
anticipo a cuenta de Honorarios de la obra: "CENTRO CÍVICO DE LA PROVINCIA", de
conformidad a las disposiciones de la Resolución N° 161/09 de Contaduría General
de la Provincia.
ARTICULO 2°.- Autorízase a la Subdirección de Administración de la Secretaría de
Estado de Obras Públicas a emitir la orden de pago correspondiente a fin de
afrontar los gastos y/o impuestos que surgieran como consecuencia del pago
dispuesto en el Artículo anterior, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula
Sexta de la Carta Intención del 16 de marzo de 2017, aprobada por Ley N° 9008.
ARTICULO 3°.- A los efectos del pago indicado en el Articulo 1°, corresponde
proceder conforme a lo establecido por el Art. 19° del Decreto Acuerdo N° 22/1-
2009, debiendo efectuarse el mismo en moneda nacional, tomando para la conversión
la cotización de la moneda extranjera, tipo vendedor, del Banco de la Nación
Argentina correspondiente al penúltimo día anterior de la fecha de efectivo pago,
teniendo en cuenta asimismo lo dispuesto por la Contaduría General de la
Provincia, mediante Resolución N° 161 del 11/08/2009.
ARTICULO 4°.- El gasto que resulte de lo dispuesto en los Artículos precedentes
será imputado a la Jurisdicción 21-SAF ME SUBD. ADM. S.E. OBRAS PUBLICAS -
Programa 13 SEOP - Obras de Infraestructura - Finalidad/Función 372 -
Subprograma 00 - Proyecto 02 - Obras de Infraestructuras Varias II - Obra N° 80 -
Centro Cívico de la Provincia - Partida Subparcial: 341 -Estudios y Proy. de
Fact, por hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) y Partida
Subparcial: 355 - Comisiones y gastos bancarios, por hasta la suma de PESOS DOS
MILLONES ($2.000.000), Fuente de Financiamiento 10 -Recursos del Tesoro General
de la Provincia, del Presupuesto General 2017.
ARTICULO 5°.- Dése oportuna intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de
Economía
ARTICULO 7°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 60492
RESOLUCIONES 11 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-05-31
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCIÓN N° 11/17 HJEP, del 31/05/2017.-
VISTO: el informe de la Honorable Junta Electoral Provincial y las actuaciones
del Partido: Del Trabajo y del Pueblo n°434.
CONSIDERANDO:
Que surge del informe visto y de las actuaciones del Partido Del Trabajo y del
Pueblo n°434 que incumplió con las obligaciones impuestas en la ley 5.454
(Partidos Políticos). La norma citada establece en el Art 56 las causales de
caducidad: la no realización de elecciones partidarias internas durante un plazo
de cuatro años; no presentarse en distrito alguno en dos elecciones consecutivas;
no alcanzar el 3% del respectivo padrón en cinco elecciones sucesivas; la
violación de lo prescrito por los Art 16 y 45 de la ley 5.454 previa intimación
formal. Asimismo no haber alcanzado en las elecciones internas el voto del 10%
del padrón del mínimo exigido por los Art. 9/13 (Art. 36 ley 5.454).
La Secretaria Electoral elaboró informe en el expediente del partido Del Trabajo
y del Pueblo n°434 (fs 148), observando ciertas infracciones. De ello fue
notificado el apoderado de la agrupación política.
La ley consagra un sistema de organización de los partidos políticos en nuestra
provincia exigiendo el cumplimiento de condiciones que se estiman necesarias en
congruencia con la forma de vida adoptada y sumado a los que las agrupaciones
políticas se comprometen a cumplir mediante sus cartas orgánicas.
La ley de Partidos Políticos regula dos tipos de sanciones, la caducidad y la
extinción, ante la omisión de algunos actos citados en el párrafo anterior por
parte de las autoridades partidarias.
La caducidad de un partido significa la cancelación de la inscripción del mismo
en la Junta Electoral y la pérdida de la personalidad política (Art. 55 ley
5.454).
Nuestro Código civil y Comercial en su Art. 145 clasifica a las personas
jurídicas enumerando a las de carácter público y a las de carácter privado,
dentro de estas se encuentran las simples asociaciones. El acto constitutivo de
una persona jurídica es el acuerdo de voluntades a través del cual se expresa la
voluntad de crear un ente jurídico nuevo. Se las proclama como sujetos de derecho
distintos de quienes las integran.
El Art 56 de la ley 5.454 establece las causas de caducidad de la personalidad
política de los partidos. La agrupación política Del Trabajo y del Pueblo n°434,
se encuentra en falta por no haber realizado las elecciones internas partidarias
y no haber presentado los libros conforme al Art 16 y 45 de la ley 5.454. De
ello fue debidamente notificado el Partido Del Trabajo y del Pueblo n°434 fs 149.
Habiendo tomado intervención el Ministerio Fiscal a través de dictamen que obra
en el Partido Del Trabajo y del Pueblo n°434 a fs 151. Asimismo se advierte que
el partido citado no contestó la notificación remitida.
Las agrupaciones políticas declaradas caducas subsisten como simples asociaciones
de derecho privado, y pueden realizar todo tipo de actividades políticas con la
sola excepción de su participación en los comicios para postulación de candidatos
a cargos electivos.
Asimismo se observa que se les permite el uso de la denominación partido a
aquellas agrupaciones que estando en formación no han logrado todavía su
reconocimiento judicial, lo cual demuestra que el derecho de asociarse con fines
políticos no se encuentra necesariamente vinculado con la existencia de una
personalidad jurídica política reconocida judicialmente.
Al declararse el partido caduco deberá excluirse del registro de afiliados a
partidos políticos, las fichas correspondientes a la agrupación que pierde la
personalidad política, sin perjuicio de que se conserve las mismas en forma
separada (fallo C.N.E. 4020/08).
Los afiliados a los partidos políticos declarados caducos no pueden ser separados
inicialmente del registro partidario debiéndose reservarlos durante seis años,
para que en el caso que se solicitare la rehabilitación de la personería jurídica
política pueda contar con esa masa de afiliados, sujeto a la condición de
demostrar la ratificación de aquella voluntad de afiliarse inicialmente
manifestada.
Surge de lo expuesto que los afiliados a partidos caducos no pueden ser
separados inicialmente del registro partidario, además no se entendería el
beneficio que se le otorga a los partidos al darle la posibilidad de peticionar
la rehabilitación, si este va a tener que realizar toda la actividad de
afiliación que corresponde a la constitución de un nuevo partido.
Las agrupaciones políticas que fueron declaradas caducas pueden peticionar ante
la Junta Electoral la rehabilitación de la personalidad política después de la
celebración de la primera elección general (Art 59 ley 5.454), conforme al
enunciado del Art. 53 ley 23.298.
En caso de solicitarse la rehabilitación de un partido declarado caduco sólo
puede ser reconocido si se ajusta a los recaudos exigidos por la ley vigente en
el momento de dictarse la resolución, tanto respecto de las formas procesales
como de las condiciones sustanciales que señala la ley (fallos C.N.E. 315/86 y
4020/08).
No obstante debe tenerse en cuenta que la subsistencia de las afiliaciones de los
partidos caducos no puede ser indefinida.
En el supuesto caso que algunas de las agrupaciones políticas caducas solicitare
la rehabilitación, atento al tiempo transcurrido desde la resolución que declaró
la caducidad y a la posibilidad derivada de que en ese lapso, alguno de los
antiguos afiliados pueden haber optado por pertenecer a otra agrupación política,
la Junta Electoral reglamentará la forma que considere mas idónea para ratificar
las afiliaciones. Los Arts. 22, 25, 26 y 27 de la ley 5.454 establecen que el
nombre, número de identificación, símbolos y emblemas son atributos de uso
exclusivo de los partidos políticos, pero éstos pierden la garantía de
exclusividad transcurridos los seis y doce años desde la declaración de caducidad
de la personalidad jurídico política o extinción, respectivamente.
La Secretaria Electoral deberá conservar las fichas de afiliación de los
partidos declarados caducos separadas del Registro de Afiliados por el término
de seis años, ya que al perder los derechos potestativos antes citados el
partido, no podría seguir manteniendo las afiliaciones por un periodo de tiempo
más extenso. La normativa vigente no establece plazo de conservación de las
fichas pero se busca una pauta interpretativa que permita conciliar las distintas
disposiciones en juego, correlacionándolas y considerándolas como partes de un
todo coherente y armónico, por ello tomamos el plazo citado en el párrafo
anterior.
Surge de los autos que la agrupación política Del Trabajo y del Pueblo n.° 434
no realizó las elecciones internas partidarias ni presentó los libros en los
plazos de tiempo establecido en la ley, razón por la cual se encuentran
comprendido en las causales de caducidad del Art 56 apart. 4 de la ley 5.454.
Por ello se,
RESUELVE:
I.- Declarar caduco al Partido Político Del Trabajo y del Pueblo n.° 434 y
excluirlo del Registro de agrupaciones políticas.
II- Resérvese la exclusividad del nombre de la agrupación política Del Trabajo y
del Pueblo n.° 434 por el plazo de seis años desde la Resolución de caducidad
(Art. 25 ley 5.454).
III- Conservar las fichas de afiliación del Partido Político Del Trabajo y del
Pueblo n.° 434, por el plazo de seis años, vencido el cual se desafectará a la
masa de afiliados del Registro de afiliados de ésta Junta Electoral.
IV- Podrá la agrupacion política declarada caduca solicitar la rehabilitación de
la personalidad jurídico política transcurrida una elección general (Art 59 ley
5.454), y cumplir con los requisitos establecidos en los capítulos III y IV de
la citada norma.
V- Publíquese edicto por un día. HAGASE SABER.-
Dr. ANTONIO GANDUR, PRESIDENTE. Dr. EDMUNDO JESUS JIMENEZ, VOCAL. Leg. CPN
OSVALDO FRANCISCO JALDO, VOCAL.
Aviso número 60473
RESOLUCIONES 12 / 2017 JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL / 2017-06-28
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 12/17-HJEP, del 28/06/2017.
VISTO: el informe de la Honorable Junta Electoral Provincial y las actuaciones
del Partido: Igualdad para Todos n° 419.
CONSIDERANDO:
Que surge del informe visto y de las actuaciones del Partido Igualdad para Todos
n° 419 que incumplió con las obligaciones impuestas en la Ley 5.454 (Partidos
Políticos). La norma citada establece en el Art 56 las causales de caducidad: la
no realización de elecciones partidarias internas durante un plazo de cuatro
años; no presentarse en distrito alguno en dos elecciones consecutivas; no
alcanzar el 3% del respectivo padrón en cinco elecciones sucesivas; la violación
de lo prescrito por los Art 16 y 45 de la Ley 5.454 previa intimación formal.
Asimismo no haber alcanzado en las elecciones internas el voto del 10% del padrón
del mínimo exigido por los Art. 9/13 (Art. 36 ley 5.454).
La Secretaria Electoral elaboró informe en el expediente del partido Igualdad
para Todos n° 419 (fs 189), observando ciertas infracciones. De ello fue
notificado el apoderado de la agrupación política.
La ley consagra un sistema de organización de los partidos políticos en nuestra
provincia exigiendo el cumplimiento de condiciones que se estiman necesarias en
congruencia con la forma de vida adoptada y sumado a los que las agrupaciones
políticas se comprometen a cumplir mediante sus cartas orgánicas.
La ley de Partidos Políticos regula dos tipos de sanciones, la caducidad y la
extinción, ante la omisión de algunos actos citados en el párrafo anterior por
parte de las autoridades partidarias.
La caducidad de un partido significa la cancelación de la inscripción del mismo
en la Junta Electoral y la pérdida de la personalidad política (Art. 55 ley
5.454).
Nuestro Código civil y Comercial en su Art. 145 clasifica a las personas
jurídicas enumerando a las de carácter público y a las de carácter privado,
dentro de estas se encuentran las simples asociaciones. El acto constitutivo de
una persona jurídica es el acuerdo de voluntades a través del cual se expresa la
voluntad de crear un ente jurídico nuevo. Se las proclama como sujetos de derecho
distintos de quienes las integran.
El Art 56 de la ley 5.454 establece las causas de caducidad de la personalidad
política de los partidos. La agrupación política Igualdad para Todos n°419, se
encuentra en falta por no haber realizado las elecciones internas partidarias y
no haber presentado los libros conforme al Art 16 y 45 de la ley 5.454. De ello
fue debidamente notificado el Partido Igualdad para Todos n°419 fs 189 vta.
Habiendo tomado intervención el Ministerio Fiscal a través de dictamen que obra
en el Partido Igualdad para Todos n° 419 a fs 191. Asimismo se advierte que el
partido citado no contestó la notificación remitida.
Las agrupaciones políticas declaradas caducas subsisten como simples asociaciones
de derecho privado, y pueden realizar todo tipo de actividades políticas con la
sola excepción de su participación en los comicios para postulación de candidatos
a cargos electivos.
Asimismo se observa que se les permite el uso de la denominación partido a
aquellas agrupaciones que estando en formación no han logrado todavía su
reconocimiento judicial, lo cual demuestra que el derecho de asociarse con fines
políticos no se encuentra necesariamente vinculado con la existencia de una
personalidad jurídica política reconocida judicialmente.
Al declararse el partido caduco deberá excluirse del registro de afiliados a
partidos políticos, las fichas correspondientes a la agrupación que pierde la
personalidad política, sin perjuicio de que se conserve las mismas en forma
separada (fallo C.N.E. 4020/08).
Los afiliados a los partidos políticos declarados caducos no pueden ser separados
inicialmente del registro partidario debiéndose reservarlos durante seis años,
para que en el caso que se solicitare la rehabilitación de la personería jurídica
política pueda contar con esa masa de afiliados, sujeto a la condición de
demostrar la ratificación de aquella voluntad de afiliarse inicialmente
manifestada.
Surge de lo expuesto que los afiliados a partidos caducos no pueden ser separados
inicialmente del registro partidario, además no se entendería el beneficio que se
le otorga a los partidos al darle la posibilidad de peticionar la rehabilitación,
si este va a tener que realizar toda la actividad de afiliación que corresponde a
la constitución de un nuevo partido.
Las agrupaciones políticas que fueron declaradas caducas pueden peticionar ante
la Junta Electoral la rehabilitación de la personalidad política después de la
celebración de la primera elección general (Art 59 ley 5.454), conforme al
enunciado del Art. 53 ley 23.298.
En caso de solicitarse la rehabilitación de un partido declarado caduco sólo
puede ser reconocido si se ajusta a los recaudos exigidos por la ley vigente en
el momento de dictarse la resolución, tanto respecto de las formas procesales
como de las condiciones sustanciales que señala la ley (fallos C.N.E. 315/86 y
4020/08).
No obstante debe tenerse en cuenta que la subsistencia de las afiliaciones de los
partidos caducos no puede ser indefinida. En el supuesto caso que algunas de las
agrupaciones políticas caducas solicitare la rehabilitación, atento al tiempo
transcurrido desde la resolución que declaró la caducidad y a la posibilidad
derivada de que en ese lapso, alguno de los antiguos afiliados pueden haber
optado por pertenecer a otra agrupación política, la Junta Electoral reglamentará
la forma que considere mas idónea para ratificar las afiliaciones.
Los Arts. 22, 25, 26 y 27 de la Ley 5.454 establecen que el
nombre, número de identificación, símbolos y emblemas son atributos de uso
exclusivo de los partidos políticos, pero éstos pierden la garantía de
exclusividad transcurridos los seis y doce años desde la declaración de caducidad
de la personalidad jurídico política o extinción, respectivamente.
La Secretaria Electoral deberá conservar las fichas de afiliación de los partidos
declarados caducos separadas del Registro de Afiliados por el término de seis
años, ya que al perder los derechos potestativos antes citados el partido, no
podría seguir manteniendo las afiliaciones por un periodo de tiempo más extenso.
La normativa vigente no establece plazo de conservación de las fichas pero se
busca una pauta interpretativa que permita conciliar las distintas disposiciones
en juego, correlacionándolas y considerándolas como partes de un todo coherente y
armónico, por ello tomamos el plazo citado en el párrafo anterior.
Surge de los autos que la agrupación política Igualdad para Todos n° 419 no
realizó las elecciones internas partidarias ni presentó los libros en los plazos
de tiempo establecido en la ley, razón por la cual se encuentran comprendido en
las causales de caducidad del Art 56 apart. 4 de la ley 5.454.
Por ello se,
RESUELVE:
I.- Declarar caduco al Partido Político Igualdad para Todos n° 419 y excluirlo
del Registro de agrupaciones políticas.
II- Resérvese la exclusividad del nombre de la agrupación política Igualdad para
Todos n° 419 por el plazo de seis años desde la Resolución de caducidad (Art. 25
ley 5.454).
III- Conservar las fichas de afiliación del Partido Político Igualdad para Todos
n° 419, por el plazo de seis años, vencido el cual se desafectará a la masa de
afiliados del Registro de afiliados de ésta Junta Electoral.
IV- Podrá la agrupación política declarada caduca solicitar la rehabilitación de
la personalidad jurídico política transcurrida una elección general (Art 59 ley
5.454), y cumplir con los requisitos establecidos en los capítulos III y IV de la
citada norma.
V- Publíquese edicto por un día. HAGASE SABER. Dr. ANTONIO GANDUR PRESIDENTE. Dr.
EDMUNDO JESUS JIMENEZ VOCAL. Leg. CPN OSVALDO FRANCISCO JALDO VOCAL.
Aviso número 208012
GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 2219-377-
2016
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 2219-377-2016 radicado en la
Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a
través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,
a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen
conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para
Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Atahona, Depto. Simoca,
domiclio pje. Sin nombre e identificado según las siguientes Nomenclaturas
Catastrales: C: III - S: B - Lam.: 295 - Parcela: 108A - Padrón N° 54895 -
Matricula: 28201 Orden: 73; poseedor Roldán Norma Marcela, DNI N° 20.597.032.
Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Sara Esther Juarez; al Sur con
Florencia Yanina Cuevas; Este con Juan B. Terán; al Oeste con Pje. Sin nombre.
Todo ello conforme a lo dispuesto por el Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado
7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.012.
Aviso número 208010
GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 6424-377-
2017
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 6424-377-2017 radicado en la
Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a
través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,
a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen
conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para
Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Arcadia, Depto.
Chicligasta, domicilio calle sin nombre SIN° e identificado según las siguientes
Nomenclaturas Catastrales: C: 1 - S: D - Lam.: 85 - Parcela: 11H - Padrón N°
252308 Matricula: 27640 - Orden: 928; poseedor Superior Gobierno de la Provincia
de Tucumán. Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Escuela Pedro León
Cornet; al Sur con I.P.V.; Este con calle sin nombre; al Oeste con IPV. Todo ello
conforme a lo dispuesto por el Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V
07/07/2017. Aviso N° 208.010.
Aviso número 208007
GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7252-377-
2017
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 7252-377-2017 radicado en la
Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a
través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,
a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen
conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para
Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Banda del Río Salí, Depto.
Cruz Alta, domicilio calle San Miguel N° 56 e identificado según las siguientes
Nomenclaturas Catastrales: C: I - S: 34 - Manz.: 7 - Parcela: 5 - Padrón N° 71786
- Matricula: 1525 - Orden: 341; poseedor Orellana Marta Imelda, DNI N°
16.588.521. Dicha Fracción mensurada linda al Norte con Amelia Suarez Alvarado de
Heredia; al Sur con Amelia Suarez Alvarado de Heredia; Este con Marcos Segundo
Romero; al Oeste con calle San Miguel. Todo ello conforme a lo dispuesto por el
Dcto. 541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.007.
Aviso número 208008
GENERALES / DIRECCION GENERAL DE CATASTRO EXPEDIENTE N° 7503-377-
2017
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 7503-377-2017 radicado en la
Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán se ha dispuesto que a
través del Boletín Oficial se gestione la publicación de Edictos por un (1) día,
a los fines de Notificar a los poseedores y/o propietarios para que tomen
conocimiento que en autos se solicita la Registración de un Plano de Mensura para
Prescripción Adquisitiva sobre un inmueble ubicado en Ciudad de Concepción,
Depto. Chicligasta, domicilio Pje. Los Laureles e identificado según las
siguientes Nomenclaturas Catastrales: C: I - S: C - Manz.: 77 - Parcela: 189K -
Padrón N° 157461 - Matricula: 31891 - Orden: 5663; poseedor Enriqueta Blanca
Faur, DNI N° 41.652.359. Dicha Fracción mensurada linda al Norte Con Sepulveda
patricia del Carmen; al Sur con Pje Los Laureles; Este con Gómez Mario Enrique;
al Oeste con calle Tomás Guido. Todo ello conforme a lo dispuesto por el Dcto.
541/3 (ME) Artículo 22 Apartado 7.4.- E y V 07/07/2017. Aviso N° 208.008.
Aviso número 208026
GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT
SUBSECRETARIA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y HÁBITAT
POR 3 DIAS - La Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat dependiente de
la Secretaría General de la Gobernación, ubicada en calle Laprida N° 55 de la
ciudad de San Miguel de Tucumán, cita a los propietarios, herederos o cesionarios
o a quienes se consideren con derechos sobre el/los inmuebles:
Localizado en Barrio: Ampliación Victoria. Dpto. Capital Sur, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: S-
6172. a nombre de Ortega Maria Angélica. Identificados en la Dirección General
de Catastro en Padrón: 236.247. Solicitado mediante Expte. N° 341/140-C-2017.
Localizado en Calle Italia N° 766. Dpto. Lules, Provincia Tucumán. Inscriptos en
el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F- 18631. a
nombre de Balentin Segundo Ignacio. Identificados en la Dirección General de
Catastro en Padrón: 178.655. Solicitado mediante Expte. N° 1158/140-R-2016.
Localizado en San Jose de Buena Vista. Dpto. Famailla, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-
2613. a nombre de Vergara Enrique German. Identificados en la Dirección General
de Catastro en Padrón: 276.584. Solicitado mediante Expte. N° 973/140-S-2014.
Localizado en Av. Gobernador del Campo N° 496. Dpto. Capital Norte, Provincia
Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula
Registral: N- 54352. a nombre de Carrier Juan de La Cruz Enrique. Identificados
en la Dirección General de Catastro en Padrón: 13.885. Solicitado mediante
Expte. N° 907/140-G-2014.
Localizado en Pje. Antartida Argentina N° 947. Dpto. Yerba Buena, Provincia
Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 64 F° 71 -
72 S° B A° 1953. a nombre de Rico Carmen Maria. Identificados en la Dirección
General de Catastro en Padrón: 383.311. Solicitado mediante Expte. N° 985/140-E-
2016.
Localizado en Calle Congreso Altura 1400. Dpto. Trancas, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 2 F° 212 S° B A°
1938. a nombre de Valderrabano Sara Del Carmen, Valderrabano Agustín,
Valderrabano José Luís. Identificados en la Dirección General de Catastro en
Padrón: 299.270. Solicitado mediante Expte. N° 180/140-G-2014.
Localizado en Pje. Unamuno N° 2501. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 84 F° 248 S° B. a
nombre de S.I.T.U.C S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en
Padrón: 116.889. Solicitado mediante Expte. N° 212/140-D-2012.
Localizado en Calle Domingo Zelaya S/N. Dpto. Famailla, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-
00896. a nombre de Julio José Sorbello 50%, Segundo Salvador Sorbello 50%.
Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón: 376.407. Solicitado
mediante Expte. N° 1132/140-A-2013.
Localizado en Barrio: Tula El Manantial. Dpto. Lules, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-
46821. a nombre de Napoli Carmelo. Identificados en la Dirección General de
Catastro en Padrón: 380.205. Solicitado mediante Expte. N° 1100/140-C-2013.
Localizado en Calle 25 De Mayo N° 647. Dpto. Leales, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: F-
16827. a nombre de Blanco Jose Antonio. Identificados en la Dirección General de
Catastro en Padrón: 176.975. Solicitado mediante Expte. N° 204/140-M-2015.
La presente citación es a los efectos de dar cumplimiento al Art. 6°, Inc. D de
la Ley Nacional N° 24.374 y a la Ley Provincial N° 6753, a fin que deduzcan
oposición en el termino de 30 días. Al haber dado cumplimiento a lo especificado
en el Art. 1, 2, 6 (Inc. a y b) y 9 de la Ley Nacional N° 24.374 y su
reglamentación Decreto N° 1.430 de fecha 23/06/97 Art. 2°, 5° y 6°. Firma: Dr.
Fernando Rogel Chaler, Subsecretario de Regularización Dominial y Hábitat.
Secretaría General de la Gobernación. Gobierno de Tucuman. E 07 y V 11/07/2017.
Aviso N° 208.026.
Aviso número 208027
GENERALES / SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT
SUBSECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y HÁBITAT
POR 3 DIAS - La Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat dependiente de
la Secretaria General de la Gobernación, ubicada en calle Laprida N° 55 de la
ciudad de San Miguel de Tucumán, cita a los propietarios, herederos o cesionarios
o a quienes se consideren con derechos sobre el/los inmuebles:
Localizado en Campo La Flor. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos en el
Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 17568. a nombre
de Vera Eloisa Jesús. Identificados en la Dirección General de Catastro en
Padrón: 74.023. Solicitado mediante Expte. N° 832/140-L-2016.
Localizado en Pje. Murga N° 1055. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: N-
53498. a nombre de Josefa Pérez de Portero. Identificados en la Dirección
General de Catastro en Padrón: 20.209. Solicitado mediante Expte. N° 587/140-O-
2016.
Localizado en Calle Lamadrid N° 161. Dpto. Tafi Viejo, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-
9038. a nombre de Almaraz Ramon Armando. Identificados en la Dirección General
de Catastro en Padrón: 484.072. Solicitado mediante Expte. N° 1112/140-P-2016.
Localizado en Calle Delfín Gallo N° 2521. Dpto. Capital Norte, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: N-
43101. a nombre de Brizuela Elena Mercedes. Identificados en la Dirección
General de Catastro en Padrón: 116.932. Solicitado mediante Expte. N° 1147/140-L-
2016.
Localizado en Barrio: Los Alamos. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos
en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 8767. a
nombre de Cofin S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en
Padrón: 674.106. Solicitado mediante Expte. N° 905/140-D-2016.
Localizado en Pje. Felix Mothe N° 1927. Dpto. Capital Sur, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: S-
9317. a nombre de Guerrero de Quintana Rosario Indalecia 50%, Quintana Roberto
Bernabé 50%. Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón:
234.338. Solicitado mediante Expte. N° 865/140-L-2016.
Localizado en Calle Amadeo Jacques N° 345. Dpto. Lules, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: T-
39276. a nombre de Diaz Vildoza Eligio. Identificados en la Dirección General de
Catastro en Padrón: 182.002. Solicitado mediante Expte. N° 470/140-M-2012.
Localizado en Calle Juan Luis Nougues N° 1763. Dpto. Capital Norte, Provincia
Tucumán. Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 121 F°
227/229 S° B A° 1928. a nombre de Amadeo Colombres, Maria Elisa o Elisa
Colombres. Identificados en la Dirección General de Catastro en Padrón: 22.236.
Solicitado mediante Expte. N° 1182/140-M-2012.
Localizado en Barrio: Los Alamos. Dpto. Cruz Alta, Provincia Tucumán. Inscriptos
en el Registro Inmobiliario de la Provincia en Matricula Registral: A- 8767. a
nombre de Cofin S.R.L. Identificados en la Dirección General de Catastro en
Padrón: 673.740 - 673.741 - 673.742. Solicitado mediante Expte. N° 300/140-R-
2014.
Localizado en Calle Santo Domingo N° 120. Dpto. Yerba Buena, Provincia Tucumán.
Inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Provincia en L° 20 F° 22 S° B A°
1935. a nombre de S.A. Justiniano Frías. Identificados en la Dirección General
de Catastro en Padrón: 581.125. Solicitado mediante Expte. N° 1052/140-E-2014.
La presente citación es a los efectos de dar cumplimiento al Art. 6°, Inc. D de
la Ley Nacional N° 24.374 y a la Ley Provincial N° 6753, a fin que deduzcan
oposición en el termino de 30 días.
Al haber dado cumplimiento a lo especificado en el Art. 1, 2, 6 (Inc. a y b) y 9
de la Ley Nacional N° 24.374 y su reglamentación Decreto N° 1.430 de fecha
23/06/97 Art. 2°, 5° y 6°. Firma: Dr. Fernando Rogel Chaler, Subsecretario de
Regularización Dominial y Hábitat. Secretaría General de la Gobernación. Gobierno
de Tucuman. E 07 y V 11/07/2017. Aviso N° 208.027.
Aviso número 207780
JUICIOS VARIOS / CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casilla se tramitan los autos
caratulados: CAMPO ALEGRE S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el Sr.
Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: "Concepción, 4 de
mayo de 2017.- Atento a las constancias de autos, corresponde hacer lugar a lo
peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva responsabilidad (Art. 159
Procesal). En consecuencia, cítese a: Saracho Angel Octaviano, Eduardo Jesús
Saracho, Pedro Nicolas Saracho, Dora Aida Saracho y/o sus herederos y/o las
personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio, para
que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que
la evacuen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su
representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A
sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez
dias, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días
martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones
en Secretaría, donde se reservan las copias para traslado. Fdo. Dr. Eduardo José
Dip Tártalo - Juez." Se hace constar que el inmueble de la litis se encuentra
ubicado en Los Ortices Dpto. Graneros, compuesto de 33 Has. 9474,3828 m2.
Indentificado con Padrón N° 90.971 el que se desprendió del Padrón N° 92.015. Sus
linderos son: al Norte San Jacinto S.A.; al Sur Rio Marapa; al Oeste: Campo
Alegre S.A., y al Este San Jacinto S.A., según plano de mensura N° 66.122/13 con
datos catastrales de Circ. I; Secc. O, Mzna. 265, parcela 312A, Matrícula 45675,
Orden 1.- Concepción, 12 de mayo de 2017. E 29/06 y V 12/07/2017. $3.736. Aviso
N° 207.780.
Aviso número 207977
JUICIOS VARIOS / CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO
PREVENTIVO
POR 2 DIAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de Ia. Instancia en lo Civil y
Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda Graciela Dalla
Fontana, Juez; Secretaría Concursal de la Dra. Ana María Gareca, tramitan los
autos caratulados: "CENTRO MODELO DE CARDIOLOGIA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO",
Expte. n° 1820/08, en los cuales se ha dictado el proveído que se transcribe:
"San Miguel de Tucumán, 27 de junio de 2017.- I.- Agréguese y téngase presente. A
conocimiento de los acreedores, Sindicatura y Comité de Acreedores. II.- Atenta
a lo solicitado y constancias de autos, publíquense edictos por dos días en el
Boletín Oficial de la provincia y en un diario de mayor circulación haciendo
saber a los acreedores con créditos verificados y/o declarados admisibles que se
encuentra a su disposición, el pago de la 5° cuota del acuerdo homologado en los
autos del rubro. A tal fin deberán concurrir a la sede administrativa de la
concursada, sita en calle Laprida N° 554 de esta ciudad, los días hábiles en el
horario de 9.00 hs a 13.00 hs., debiendo asistir con identificación personal y/o
personería según el caso." Fdo.: Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez - Juez
Subrogante.- "Libre De Derechos". San Miguel de Tucumán, 3 de julio de 2017.
Secretaria.- Fdo. Dra. Ana María Gareca. Secretaria. E 06 y V 07/07/2017. Libre
de Derechos. Aviso N° 207.977.
Aviso número 207922
JUICIOS VARIOS / DE LA VEGA RAMON ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Los Herederos de "de la Vega Ramón Ernesto" que por
ante este Juzgado de Conciliacion y Tramite del Trabajo de la Quinta Nominación,
a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría actuaria desempeñada por
el Dr. Gustavo A. Grucci, tramitan los autos caratulados: "DE LA VEGA RAMON
ERNESTO C/ EL SIMOQUEÑO S.R.L. S/ INDEMNIZACION POR DESPIDO S/ INCIDENTE DE
EJECUCION DE HONORARIOS (PROMOVIDO POR DERECHO PROPIO POR LA CPN PERLA FRYDMAN)",
Expediente N° 1791/06-I1, en los cuales se han dictado los presentes proveídos
que se transcriben a continuación: "San Miguel de Tucumán, 4 de noviembre de
2016.- Agréguese y téngase presente. De lo manifestado en la presentación que
antecede; póngase a conocimiento de la parte interesada. Sin perjuicio de ello; y
de conformidad a las constancias obrantes en la causa y lo dispuesto por el art.
66 del CPC y C., de aplicación supletoria al fuero: Notifíquese a los herederos
del causante, Sr. De la Vega Ramón Ernesto, el decreto de fs. 46 mediante la
publicación de edictos, por el término de dos días, en el Boletín Oficial de la
Pcia.- A sus efectos, líbrese oficio de rigor por Secretaría al mencionado
Boletín.- JMA 1791/06-I1" "San Miguel de Tucumán, 31 de Agosto de 2016.-
Agréguese y téngase presente la constancia adjuntada.- Téngase presente la
denuncia del fallecimiento del actor en autos, Sr. Ramón Ernesto de la Vega.- En
su mérito, constancia adjuntada y lo expresamente dispuesto por el art. 57, 66 y
cctes. CPCYC: Notifíquese a los herederos del causante a fin de que en el
perentorio término de cinco días se apersonen a estar a derecho bajo
apercimiento de lo expresamente dispuesto en el art. 22 C.P.L. A los fines de la
notificación ordenada; adjunte la parte interesada bono de movilidad. Sin
perjuicio de ello, líbrese oficio a Mesa de Entradas Civil de éste Poder Judicial
a fin de que se sirva informar si se encuentra abierto el Sucesorio del Sr. Ramón
Ernesto De la Vega (D.N.I. 13.226.128) y en caso afirmativo indique el juzgado en
el cual radica dicha causa.- JMA 1791/06-I1" Fdo. Dra Susana Catalina Fe - Jueza.
San Miguel de Tucumán, 14 de noviembre de 2016. Secretaria.- 1791/06-I1 NF.
Saludo a Ud. Atte. Libre de Derechos. Gustavo Augusto Grucci, sec. E 04 y V
10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.922.
Aviso número 207887
JUICIOS VARIOS / DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos
caratulados: DEL PRETTE SANDRA NOEMI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales
el Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído:
"Concepción, 24 de abril de 2017.Atento a las constancias de autos, corresponde
hacer lugar a lo peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva
responsabilidad (Art. 159 Procesal). En consecuencia, cítese a: PEDRO ELIAS y/o
TELESFORO CARRIZO y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho
sobre el inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y
córraseles traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de SEIS días,
bajo apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de
Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos
en el Boletín Oficial por el término de diez días, haciéndose constar el inmueble
del juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil
en caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las
copias para traslado. Fdo. Dr. Eduardo José Dip Tártalo - Juez." El mismo se
encuentra ubicado en Aguilares, Dpto. Rio Chico, con una superficie total de
394,4060 m2 de forma rectangular, con los siguientes linderos: Norte con Amanda
Roldán; Sud: con calle Larrea; Sud-Este: igual lindero; Este: con calle Yapeyú, y
Oeste: con José Nicolas Brito. Sus datos catastrales: C.: I; S: A; Manz.: 77;
Parc.: 15; Padrón: 65.288; Matrícula: 31.234; Orden: 523 Concepción, 3 de mayo de
2017. E 03 y V 14/07/2017. $3.510. Aviso N° 207.887.
Aviso número 207934
JUICIOS VARIOS / DE MERCEDES ANUNSACION Y PALAVECINO JOSE MARIA S/
SUCESION
POR 5 DIAS - Se hace saber a Sres. Jose Antonio Palavecino, Nicolasa del Valle
Palavecino, Luis Reinaldo Palavecino, Isolina Elisa Palavecino, Maria Olga
Palavecino y Gladis Elizabeth Palavecino, que por ante este Juzgado en lo Civil
en Familia y Sucesiones de la IIIa. Nominación, Centro Judicial Concepción, Pcia.
de Tucumán a cargo de S.S., Dra. Mónica Sandra Roldan, Secretaría a cargo de la
Dra. Sonia Jacqueline Rija, se tramitan los autos caratulados: "DE MERCEDES
ANUNSACION y PALAVECINO JOSE MARIA S/ SUCESION.- Expte. N° 529/14", la Sra. Juez
de la causa ha dictado la siguiente providencia: "Concepción, 30 de mayo de 2017.
Proveyendo escrito de fecha 26/05/17: I)Téngase por cumplido lo requerido a fs.
101 y lo ordenado a fs. 93. II) Atento a las constancias de autos, hágase
efectivo el apercibimiento dispuesto mediante proveido de fecha 22/02/17 a los
Sres Jose Antonio Palavecino, Nicolasa del Valle Palavecino, Luis Reinaldo
Palavecino, Isolina Elisa Palavecino, Maria Oiga Palavecino y Gladis Elizabeth
Palavecino. En consecuencia continue el tramite sin su intervención. Notifiquese
por Edictos a publicarse en el Boletín Oficial. A lo solicitado, oportunamente"
Fdo. Dra. Mónica Sandra Roldan -Juez- Queda Ud. Notificado. E 04 y V 10/07/2017.
$1.294. Aviso N° 207.934.
Aviso número 207869
JUICIOS VARIOS / GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Pcia. de Tucumán, a cargo de
la Dra. Maria Ivonne Heredia, Secretaría del Proc. Manuel Horacio Lopez, se
tramitan los autos caratulados: "GIL RAFAEL RUBEN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA,
Expediente n°:903/14, y que la Sra. Juez de la causa ha dictado la Providencia
que a continuación se transcribe: "Concepción, 5 de octubre de 2016. Atento lo
peticionado, cítese a: Goyta De Paz Rosario y/o sus herederos y/o las personas
que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio, para que se
apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que la
evacúen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su
representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A
sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez
días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días
martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones
en Secretaría, donde se reservan las copias para traslado - APBM.- Fdo. Dra.
María Ivonne Heredia Juez.- A continuación se consigna los datos del predio y una
relación extractada de la demanda: En fecha 09 de diciembre de 2014 se presenta
el Sr. Rafael Rubén Gil, argentino, D.N.I. N° 10.283.660, domiciliado en la
localidad de Los Sarmientos, Depto Río Chico, Provincia de Tucumán a través de su
letrada patrocinante María del V. Espert de Sánchez e inicia juicio de
Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto del inmueble ubicado en Barrio 9 de
Julio, Localidad de Los Sarmientos, depto. Río Chico, Provincia de Tucumán, cuyos
linderos son: al Norte y Oeste: calle pública, al Este: José Fabián Smael y
Javiera del Carmen Guerrero, al Sur: Miguel Angel Voshalo, identificado con la
siguiente nomenclatura catastral: Padrón 63.310, Matrícula 32.060, Orden 77, Circ
I. Secc H, Mza O, Lám 406, Parc. 344. No registra Antecedentes Dominiales. Señala
que ejerce la posesión del inmueble señalado desde hace más de 30 años en forma
pública, pacífica, quieta, ininterrumpida y a título de dueño. Manifiesta que lo
recibió de sus padres Rafael Rubén Gil, D.N.I. N° 3.502.158 y de Beatríz Catalina
Pico, D.N.I. N° 8.957.038, mediante boleto de venta de fecha 19 de marzo de 1980.
A su vez ellos lo adquirieron en el año 1964 al Sr. Sebastián Costa. Asimismo,
señala que ejerció diversos actos posesorios como ser por una parte la
construcción de su vivienda familiar y por la otra parte cultivo de productos
agrícolas, especialmente papa. Ofrece Pruebas. Cita Derecho.- Secretaría,
Concepción, 14 de octubre de 2016. Fdo. Dr. Cristian A. Calderón Valdez,
Prosecretario. E 03 y V 14/07/2017. $5578. Aviso N° 207.869.
Aviso número 208009
JUICIOS VARIOS / GUARDIA DIEGO ANTONIO S/ DIVORCIO" (VIENE DE JUZ.
DE FLLA Y SUC. DE LA IV NOM. POR INHIBICION)
POR 3 DIAS - Se hace saber a Jessica Iris Soraire DNI N° 31.857.645, que por ante
este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Sexta Nominación, a cargo de la
Dra. Claudia Inés Lopez. Secretaría del Abog. Miguel Ahumada y de la Dra. Marta
María Norry, se tramitan los autos caratulados: "GUARDIA DIEGO ANTONIO S/
DIVORCIO" (VIENE DE JUZ. DE FLlA Y SUC. DE LA IV NOM. POR INHIBICION), Exp. N°
9739/16, en los cuales S.S. dictó la siguiente providencia: San Miguel de
Tucumán, 14 de junio de 2017.- Atento lo informado por el Juez de Paz de El
Manantial a fs. 21, lo manifestado por los interesados, las constancias de autos
y lo dispuesto por el arto 160 C.P.C., córrase traslado por 15 días de la
propuesta regulatoria de los efectos derivados del divorcio a la Sra. Jessica
Iris del Valle Soraire DNI N° 31.857.645; por edictos; por el termino de tres
dias; a sus efectos sé deberá hacer una breve reseña. Asimismo se hace constar
que las copias para traslado se encuentran a disposición del interesado en los
estrados del Juzgado." Fdo. Dra. Clauoia Ines Lopez. Jueza. Breve reseña: Diego
Antonio Guardia, argentino, casado, mayor de edad, DNI 26.914.204, empleado, con
domicilio real en Depto. Leales, Localidad Los Gómez, Tucumán, con el Patrocinio
letrado del Dr. Sergio M. Bulacio, inicia acción de divorcio en contra de Soraire
Jessica Iris Del Valle, casada, mayor de edad, argentina, DNI 31.857.645 con
domicilio real desconocido y solicita sea notificada del traslado de la Propuesta
reguladora del Divorcio a tenor del Art. 438 del CCCN. Manifiesta estar casado
con la sra. Soraire desde el 21 de diciembre de 2007 y que de dicha unión nació
una hija: Sofía Valentina Guardia. Acompaña Propuesta Reguladora de 1) Cuidado
Personal del menor; 2) Régimen comunicacional; 3) Alimentos; 4) Liquidación de la
Sociedad Conyugal. Solicitando se lo tenga por presentado, se dicte el divorcio
peticionado, se corra traslado de la propuesta reguladora y se disponga la
anotación del divorcio en el Acta de Matrimonio correspondiente. Queda Ud.
Notificada/do. Secretaría, San Miguel de Tucumán, 26 de junio de 2017.- Abog.
Miguel Ahumada. Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $1.303,20. Aviso N° 208.009.
Aviso número 207962
JUICIOS VARIOS / LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO
DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA
POR 3 DIAS - Se hace saber a Corralón 70 S.R.L., que por ante este Excma. Cámara
del Trabajo de la Sala V, a cargo de la DR. Luis Enrique Antoni, Juez; Secretaría
Actuaria desempeñada por el Dr. Fernando Jose Zurita, tramitan los autos
caratulados: "LAZARTE JOSE ARMANDO C/ CORRALON 70 S.R.L. S/COBRO DE PESOS S/ X -
INSTANCIA UNICA", Expediente N° 605/09, en los cuales se ha dictado el presente
proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán 7 de junio de
2017.- Agréguese. Téngase presente el informe del Sr. Jefe de Casillero de
Notificaciones. Atento que es de público conocimiento la designación del Dr.
Álvaro Zamorano Juez Civil y Comercial 1° Nominación del Centro Judicial Capital
y no surgiendo de las constancias de autos que la demanda haya denunciado cambio
de domicilio en cumplimiento con lo prescripto por el Art. 76 del C.P.C. y C.
Intímese a la parte demandada "Corralón 70 S.R.L." para que dentro del término de
cinco días, comparezca por si o con nuevo apoderado letrado a estar a derecho,
bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de procederse a realizar las
futuras notificaciones en la forma prescripta por el Art. 22 C.P.L.- A los
efectos de su notificación publíquese edictos en el Boletín Oficial por el
termino de tres días y libre de derechos.-Personal JAP Fdo. Dra. Adolfo J.
Castellanos Murga - Vocal Sala V°.- San Miguel de Tucumán, 29 de junio de 2017.
Secretaria.- Fdo. Dr. Juan Adolfo Tarabra. Sec. Jud. E 05 y V 07/07/2017. Libre
de Derechos. Aviso N° 207.962.
Aviso número 207954
JUICIOS VARIOS / LOPEZ MARIA GRACIELA Y OTROS C/ FOREIN S.R.L. Y
S.A. SAN MIGUEL AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA
POR 3 DIAS - Se hace saber a la Sra. Palavecino Cecilia Mercedes, que por ante
este Excma Cámara del Trabajo de la Sala VI, a cargo de la Señora vocal Dra.
María Beatriz Bisdorff, Secretaría Actuaria desempeñado por el Dr. Juan Adolfo
Tarabra, tramitan los autos caratulados: "LOPEZ MARIA GRACIELA y OTROS C/ FOREIN
S.R.L. y S.A. SAN MIGUEL AG.I.C.I.F. S/COBRO DE PESOS S/ X - INSTANCIA UNICA",
Expediente N° 1078/08, en 1m cuales se ha dictado el presente proveído, el que
deberá publicarse libre de derechos, sirva dar cumplimiento con lo ordenado por
V.E., lo que a continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 14 de
diciembre de 2016.- Agréguese y téngase presente. Atento lo informado por el
Juzgado Electoral y. lo solicitado por el letrado apoderado de los actores a fs.
1079 Secretaria Ofíciese al Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán, ordenando la
publicación de edictos por el termino de tres días, libre de derechos,
notificando a la actora Palavecino Cecilia Mercedes, del contenido de la
sentencia definitiva recaída en autos.- San Miguel de Tucumán, 26 de marzo de
2013.- Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: I).- Rechazar la demanda
interpuesta por María Graciela López, Cristina Natalia López, Mercedes Inés
López, Paola Beatriz Lazarte, Marcela Beatriz Morales, Angélica Patricia Morales,
Sandra del Valle Ortiz, Paola Natalia Ortiz, Irma Ester Díaz, Elena Rosa
Deigartura, Celia Mercedes Palavecino, Elvira Beatriz Rivadeneira, Estela
Mercedes Solano, Alejandra Lorenza Vásquez, Rosa Verónica Villa, Norma Ramona
Gutiérrez, Andrea Bibiana González, Sandra Margarita Giménez y Eusebio Oscar
Castro, en consecuencia, absolver a las demandadas Forein SRL y S.A San Miguel
AGICIF por los rubros y montos reclamados en la demanda, conforme lo
considerado.- II).- Costas como se consideran.- III).- Honorarios se regulan: 1)-
Al letrado Juan Marcos Víctor, la suma de $1.800.-, por su actuación en el doble
carácter por el actor, en las tres etapas del proceso de conocimiento; 2)- Al
letrado Carlos Federico López Marcos, la suma de $1.800.-, por su actuación
compartida en el doble carácter por el actor, en las tres etapas del proceso de
conocimiento; 3)- Al letrado Diego Ariel Cordero Betanzo, la suma de $1.800.-,
por su actuación en el doble carácter por la accionada Forein S.R.L., en dos
etapas del proceso de conocimiento; 4)- Al letrado Vicente Bellomio, la suma de
$1.800.-, por su actuación en el doble carácter por la accionada, Forein S.R.L,
en una etapa del proceso de conocimiento; 5)- Al letrado Jorge Guillermo Soraire
por su actuación en el doble carácter por la coaccionada, S.A San Miguel
A.C.I.CI. y F en las tres etapas del proceso de conocimiento en $2.065.-; 6)- A
la letrada María Verónica Ledesma, por su intervención compartida por la
coaccionada, S.A San Miguel A.C.I.CI. y F en la audiencia de conciliación del
arto 69 C.P.L. (fs. 114), una consulta escrita, conforme art. 39 última parte de
la ley 5.480, en la suma de $1.800.-; por lo tratado.- Hágase saber y
regístrese.- Fdo. Dra. María Beatriz Bisdorff- Dra. María A. Poliche de Sobre
Casas - Vocales. Queda Ud. Debidamente notificado. San Miguel de Tucumán, 19 de
diciembre de 2016. Secretaria. Fdo. Dr. Juan Adolfo Tarabra. Secretario. E 05 y V
07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.954.
Aviso número 207886
JUICIOS VARIOS / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN C/ DON ZOILO
S.R.L.
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lia Salas de Zossi y Pereyra
Pastorino Raquel Maria, en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE
TUCUMAN C/ DON ZOILO S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 4860/10".-, se hace
saber a la empresa Don Zoilo S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en
los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe:
"San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre de 2016. Atento a lo peticionado y
constancias obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha
21/12/2010 mediante la publicación de edictos libre de derechos durante 5 días en
el Boletín Oficial. Ofíciese.- MIB-4860/10 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni -
Juez de Cobros y Apremios II° Nom. San Miguel de Tucumán, 21 de diciembre de
2010. I) Por presentado, con domicilio legal constituído, désele intervención de
ley en el carácter que invoca. II) Resérvese en Caja Fuerte del Juzgado la
documentación original presentada. III) Téngase presente la aclaración formulada
con respecto al monto de la demanda. IV) Intímese a la parte demandada al pago en
el acto de las sumas de $59.236,27 y $11.847,00 en concepto de capital y
acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate a fin de que
oponga las excepciones que estimare tener en el plazo de cinco días, bajo
apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 175 y179 del
Código Tributario - mod. Ley 8240). ... Cúmplase con lo dispuesto por los arts.
498 y 496 del C.P.C. y C. déjese copias ordenadas en el art. 128 del C.P.C. En
caso de que el deudor no fuese hallado se procederá de conformidad con lo
dispuesto con el art. 498, 500 y 157 de nuestro digesto procesal y art. 159 del
Cód. Tributario. Notificaciones diarias en Secretaría. Líbrese mandamiento. Se
autoriza el uso de la fuerza pública y orden de allanamiento en caso de ser
necesario. -SMS 4860/10 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y
Apremios II° Nom. - ". Se informa que las copias de traslado se encuentran en
Secretaría.- Secretaría, 15 de noviembre de 2016. Dra. Claudia L. Salas de Zossi,
sec. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.886.
Aviso número 207945
JUICIOS VARIOS / ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos
caratulados: ORELLANA ELSA CATALINA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el
Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: "Concepcion, 2
de junio de 2017.Agréguese y téngase presente el Oficio N° 353 debidamente
diligenciado con su informe.- Atento a las constancias de autos, corresponde
hacer lugar a lo peticionado por la parte actora, ello bajo su exclusiva
responsabilidad (Art. 159 Procesal). En consecuencia, cítese a: Felix Antonio
Burgos y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el
inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y córraseles
traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de seis días, bajo
apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes
(art. 284 Inc. 5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el
Boletín Oficial por el término de diez dias, haciéndose constar el inmueble del
juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en
caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las
copias para traslado.- Fdo. Dr. Eduardo José Dip Tártalo - Juez." Se hace constar
que el inmueble de la litis se encuentra ubicado en Av. Sarmiento 51 de la ciudad
de Juan B. Alberdi, Pcia. de Tucumán, según plano de mensura N° 6759/13, Expte.:
21871-G-13, de fecha 03 de Octubre de 2013; con los siguientes linderos: al norte
Sindicato de Obras Públicas y Empleados Municipales; al sur Ángela A. Vallejo; al
este calle Sarmiento y al Oeste Ramona Toledo de Avellaneda. Nomenclatura
Catastral: Padrón 60251, Matrícula 39223, Orden 526, Circo 1, Secc. V, Manz. 7,
Parco 9.- Asimismo se hace constar que el presente deberá diligenciarse libre de
derecho (ley 6.314).- Concepción, 14 de junio de 2017. Fdo. Dra. Valeria S.
Castillo. Secretaria. E 05 y V 18/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.945.
Aviso número 207878
JUICIOS VARIOS / ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO
POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común de la
Segunda Nominación, a cargo del Dr. Carlos Alberto Arraya, Juez, Secretaría de
Concursos y Quiebras, a cargo del Dr. Fernando Augusto Moyano, sito en el Pasaje
Vélez Sarsfield N° 450, 1° piso, de esta Ciudad, comunica por cinco días que en
los autos "ORELLANO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO Expte. N° 4352/15 que
por sentencia del 04.05.2017 se fijó el día 15.06.17 para que Sindicatura
presente Informe General. Se hace saber que el día 10.11.17 a hs. 12, se llevará
cabo la audiencia informativa prevista por el art. 45 de la LCQ. San Miguel de
Tucumán, 23 de mayo de 2017.- Fdo. Dr. Fernando Augusto Moyano, Secretario. E 03
y V 07/07/2017. $708. Aviso N° 207.878.
Aviso número 207840
JUICIOS VARIOS / PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en io
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Carolina Casillo se tramitan los autos
caratulados: PONCE ALEJANDRO LUIS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en los cuales el
Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: Concepción, 15
de junio de 2017. Atento a las constancias de autos, corresponde hacer lugar a lo
peticionado por la parte actora; ello bajo su exclusiva responsabilidad (Art. 159
Procesal). En consecuencia, cítese a: Gregorio Arias y/o sus herederos y/o las
personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio para que
se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que la
evacuen en el plazo -de Seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su
representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc. 5°,393,394 Procesal). A
sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de Diez
días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días
martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones
en Secretaria, donde se reservan las copias para traslado. Se hace constar que el
presente Edicto tramita. "Libre de Derecho Ley 6314.- Fdo. Dr. Eduardo José Dip
Tártalo - Juez." Concepción, 23 de junio de 2017.- Fdo. Adriana Carolina Casillo.
Secretaria. E 30/06 y V 13/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.840.
Aviso número 207864
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- C/ DISSESAT S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 1219/13
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lía Salas de Zossi y Pereyra
Pastorino Raquel María, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.-
C/ DISSESAT S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N° 1219/13".-, se hace saber
Dissesat SRL., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se
ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán,
26 de mayo de 2017. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos:
cúmplase con la medida ordenada con fecha 26/05/17 mediante la publicación de
edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- Molinelic-1219/13 - Fdo:
Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. San Miguel de
Tucumán, 18 de noviembre de 2016.- Téngase presente el nuevo domicilio denunciado
del demandado. Líbrese nuevo mandamiento conforme se solicita. Asimismo para el
supuesto de que se perciban sumas de dinero, autorizase al Sr. Oficial de
Justicia Actuante a la apertura de cuenta judicial en Banco de Tucumán S.A.(Grupo
Macro S.A.)- Suc. Tribunales- como pertenecientes a los autos del rubro MLJ
1219/13- Dra. Adriana Elizabeth Berni-Juez De Cobros Y Apremios II° Nom. San
Miguel de Tucumán, 24 de mayo de 2013.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $77.646,34 y
$15.529,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo,
Cítesela de Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 175 y179 del Código Tributario -
mod.LEY 8240). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no
fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas
precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.
500 y 157 del C. P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, ley
citada. Notificaciones Diarias en Secretaría. Asimismo para el supuesto de que
se perciban sumas de dinero, autorizase al Sr. Oficial de Justicia Actuante a la
apertura de cuenta judicial en Banco de Tucumán S.A.(Grupo Macro S.A.)- Suc.
Tribunales- como pertenecientes a los autos del rubro.-SMS 1219/13 - FDO: DRA.
Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. - "Se hace constar
que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 26 de
mayo de 2017. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.864.
Aviso número 207932
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. C/ SANSONE DONATO
POR 5 DIAS - Se hace saber a Sansone, Donato, cuyo domicilio actual se ignora,
que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria
Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN
D.G.R. C/ SANSONE DONATO S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 12658/06, en el que
se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel
de Tucumán, 3 de abril de 2017.- Atento las razones invocadas: Líbrese oficio
conforme lo solicita. Fdo. Dra. Ana Maria Antun de Nanni -Juez-. San Miguel de
Tucumán, 2 de febrero de 2016.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado
practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 28/08/2006 fs. 13,
mediante edictos, en la persona de los herederos denunciados en autos, debiéndose
efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial Libre de Derechos,
quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias de la demanda en
Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni -Juez- JJAM-12658/06. San
Miguel de Tucumán, 28 de agosto de 2006. I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Reservese en caja fuerte del juzgado la documentación original presentada.
III) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $7.318,79 y
$2.196,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo,
cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código Tributario).
A sus efectos líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia AD-HOC. En caso de
que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las
medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los
arts. 517 y 158 del C.P.C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, ley
citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo. Dra Ana María Antún de Nanni.
Juez. San Miguel de Tucumán, 26 de abril de 2017. Dra. Alejandra M. Raponi Maron,
sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.932.
Aviso número 207892
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/
ALDECO MARIA VICTORIA S/ EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Aldelco María Victoria -CUIT N° 27-25003629-4, cuyo
domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil De Cobros Y Apremios,
Iª Nom. Dra. Ana María Antun De Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.
Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/ ALDECO MARIA VICTORIA S/
EJECUCION FISCAL", Expediente N° 2278/13, en el que se ordenó la siguiente
providencia que a continuación se transcribe: En 02/6/2017 presentó a despacho;
San Miguel de Tucumán, 2 de junio de 2017.- Ampliando el proveído de fecha
29/5/2017, practíquese la medida ordenada en la mentada providencia, mediante
edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el Boletín Oficial
Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias
de la demanda en Secretaría Actuaria. - EVI-2278/13. San Miguel de Tucumán, 29 de
mayo de 2017.- Por iniciada la Ejecución de Honorarios, en consecuencia Intímese
a la parte Demandada el pago en el acto de las sumas de $3.800,00 en concepto de
honorarios regulados y firmes a el/la Letrada/o Dr. Víctor Ricardo Banegas con
más $1.140,00 calculada provisoriamente para acrecidas. Al mismo tiempo cítese de
remate conforme a lo dispuesto en el Art. 25 de la Ley 5480, para que dentro del
quinto día hábil subsiguiente al de su notificación oponga las excepciones
legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente
ejecución (art. 484 y ccs del C.P.C. y C.). A sus efectos líbrese Mandamiento al
Sr. Oficial de Justicia. En caso de que el deudor no se hallare en su domicilio,
el funcionario actuante procederá de conformidad a lo prescripto por los Arts.
500 y 501 del C.P.C(Ley 6176). y hará entrega de las copias que prescribe el Art.
128 Ley citada... Asimismo se autoriza al Funcionario actuante a la APERTURA de
una Cuenta Judicial Bancaria, a nombre de éste Juzgado y Secretaria y como
pertenecientes a los autos del título, para el caso de no existir otra, conforme
a lo dispuesto en Acordada N° 626/12 y Circular de Superintendencia N°36/2.011.-
Fdo: Dra. Ana Maria Antun De Nanni - Juez - EVI-2278/13. San Miguel de Tucumán,
07 de junio de 2017.-MJF. E 03 y V 07/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N°
207.892.
Aviso número 207996
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC.DE ESTADO DE TRABAJO) C/
VILLAGRAN JORGE ENRIQUE S/ EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a Villagrán Jorge Enrique -CUIT N° 20-16278981-4, cuyo
domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios,
Iª Nom. Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.
Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN (SEC. DE ESTADO DE TRABAJO) C/ VILLAGRAN JORGE ENRIQUE S/
EJECUCION FISCAL", Expediente N° 7034/12, en el que se ordenó la siguiente
providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 22 de junio
de 2017.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado notifíquese la
sentencia de fecha 04/8/2016, mediante edictos, debiéndose efectuar su
publicación por cinco días, en el Boletín Oficial libre de derechos. Fdo: Dra.
Ana María Antun de Nanni -Juez- EVI-7034/12. San Miguel de Tucumán, 4 de agosto
de 2016.- Autos y Vistos.- Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve
adelante la presente ejecución de honorarios seguida por el letrado/a Raúl
Ernesto Abusetti, en contra de Villagrán, Jorge Enrique, hasta hacerse la parte
acreedora íntegro pago de honorarios reclamados en $1800.-(pesos: un mil
ochocientos) con más sus intereses gastos y costas. El monto reclamado devengará
un interés promedio mensual de la tasa pasiva que fije el Banco Central de la
República Argentina, desde la fecha de la mora hasta la fecha del efectivo pago.
II.- Costas a la parte vencida conforme a lo considerado. III.- Regular
Honorarios por la etapa de ejecución de honorarios al letrado/a Raúl Ernesto
Abusetti, Por Derecho Propio, La Suma De $925.- (Pesos: Novecientos
veinticinco).- Hágase Saber. Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez. San
Miguel de Tucumán, 29 de junio de 2017.- Fdo. Dra. Alejandra Raponi Maron.
Secretaria. E 06 y V 12/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.996.
Aviso número 207917
JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/
GALINDEZ JOSE A.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Galindez Jose A., cuyo domicilio actual se ignora,
que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom. Dra. Ana Maria
Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "SOCIEDAD AGUAS DEL
TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ GALINDEZ JOSE A. S/ COBRO EJECUTIVO", Expediente N°
5432/13, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se
transcribe: San Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2017.- Agréguese. Téngase
presente. Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha 09/5/2017,
mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el
Boletín Oficial Libre de Derechos. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez -
EVI-5432/13. ///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.-
Considerando.- Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de
honorarios seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de
Galindez, Jose A, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago de honorarios
reclamados en $6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus intereses gastos
y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio mensual de la tasa
pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina, desde la fecha de la
mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la parte vencida conforme a
lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de ejecución de honorarios
al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho propio, la suma de $1953.-
(pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana Maria
Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2017. Dra. Alejandra
M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.917.
Aviso número 207920
JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/
HEREDEROS DE D´MAYO JOSE ALFONSO
POR 5 DIAS - Se hace saber a Herederos de D' Mayo José Alfonso, cuyo domicilio
actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Iª Nom.
Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E.
Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "SOCIEDAD AGUAS
DEL TUCUMAN SAPEM (SAT SAPEM) C/ HEREDEROS DE D´MAYO JOSE ALFONSO S/ COBRO
EJECUTIVO", Expediente N° 5431/13, en el que se ordenó la siguiente providencia
que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2017.
Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha 09/5/2017, mediante
edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días, en el Boletín Oficial
Libre de Derechos. F.- Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez - EVI-5431/13 .
///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.- Considerando.-
Resuelvo: "I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de honorarios
seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de Herederos de
D´Mayo José Alfonso, hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago de honorarios
reclamados en $ 6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus intereses gastos
y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio mensual de la tasa
pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina, desde la fecha de la
mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la parte vencida conforme a
lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de ejecución de honorarios
al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho propio, la suma de $1953.-
(pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hagase Saber. Fdo. Dra. Ana María
Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2017. Dra. Alejandra
M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.920.
Aviso número 207912
JUICIOS VARIOS / SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR
GRANDI EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber a César Grandi Empresa Constructora S.R.L. -, cuyo
domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios,
Iª Nom. Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras.
Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados:
"SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMAN (SAT - SAPEM) C/ CESAR GRANDI EMPRESA CONSTRUCTORA
S.R.L. S/ COBRO EJECUTIVO", Expediente N° 3294/14, en el que se ordenó la
siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 18
de mayo de 2017. Atento lo solicitado notifíquese la sentencia de fecha
09/5/2017, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por cinco días,
en el Boletín Oficial Libre de Derechos. F.- Fdo: Dra. Ana María Antun de Nanni -
Juez - EVI-3294/14 ///San Miguel de Tucumán, 9 de mayo de 2017.- Autos y Vistos.-
Considerando.- Resuelvo:"I.- Ordenar se lleve adelante la presente ejecución de
honorarios seguida por el letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, en contra de César
Grandi Empresa Constructora S.R.L., hasta hacerse la parte acreedora íntegro pago
de honorarios reclamados en $ 6300.- (pesos: seis mil trescientos) con más sus
intereses gastos y costas. El monto reclamado devengará un interés promedio
mensual de la tasa pasiva que fije el Banco Central de la República Argentina,
desde la fecha de la mora hasta la fecha del efectivo pago. II.- Costas a la
parte vencida conforme a lo considerado. III.- Regular honorarios por la etapa de
ejecución de honorarios al letrado/a Rodrigo E. Mansilla Pons, por derecho
propio, la suma de $1953.- (pesos: un mil novecientos cincuenta y tres).- Hágase
Saber. Fdo. Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez. San Miguel de Tucumán, 30 de
mayo de 2017. Dra. Alejandra M. Raponi Maron, sec. E 04 y V 10/07/2017. Libre de
Derechos. Aviso N° 207.912.
Aviso número 207957
JUICIOS VARIOS / SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA
POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Va. Nominación, titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez, Secretaría
Quinta, a cargo de la autorizante Dra. Fedra E. Lago, Secretaria Concursos y
Quiebras, Juzg. Civil y Com. Común Va. Nom., tramitan los autos caratulados:
"SOSA JUAN MIGUEL S/ QUIEBRA DECLARADA" Expte. n° 2999/16 en los que se ha
dictado la siguiente resolución: "San Miguel de Tucumán, 22 de junio de 2017.
Autos y Vistos: Considerando. Resuelvo. I.- Corregir, conforme a lo considerado,
el error material contenido en el punto I resolutivo del pronunciamiento de fecha
30/03/2017, corriente a fs. 39/40. En consecuencia, el punto I quedará redactado
de la siguiente manera: "I. Declarar la quiebra de Juan Miguel Sosa, DNI N°
23.311.261, CUIL N° 20-23311261-6, argentino, soltero, con domicilio en Pje.
Román 262 de esta ciudad." II. III. Fijar el día lunes cuatro de septiembre de
2017, para que los acreedores presenten a sindicatura los títulos justificativos
de sus créditos y para que constituyan domicilio a los efectos de su posterior
notificación. IV. FIJAR el día miercoles dieciocho de octubre de 2017, como fecha
de presentación del informe individual previsto en el art. 35 de la LCQ. V. Fijar
el día lunes cuatro de diciembre de 2017, como fecha de presentación del informe
general previsto en el art. 39 de la ley concursal. VI. VII. Ordenar, la
publicación de edictos de la presente resolución conforme a lo ordenado en el
punto XVII de la resolución de fecha 30/03/2017, haciéndose constar el domicilio
y horario de atención de sindicatura y el arancel establecido en la resolución de
fecha 04/05/2017, por el término de cinco días en el Boletín oficial. Hágase
saber" Fdo. Dra. Hilda Graciela Del Valle Vázquez-Juez.- Asimismo se hace constar
que el arancel art. 32 LCQ asciende a la suma de $806.- (pesos ochocientos seis),
y que ha resultado sorteado la CPN Ruth Elizabeth Auteri, quien ha fijado a los
fines de atención de los acreedores, el domicilio de Avda. Mate de Luna N°1846 PA
de esta ciudad, de lunes a viernes de hs. 09:00 a 12:00 y de 15:00 a 18:00.
Secretaría, San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017.- Fdo. Fedra E. Lago.
Secretaria Judicial. E 05 y V 11/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.957.
Aviso número 207968
JUICIOS VARIOS / SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE
PIINHIBICION DE CIVIL Y COMERCIAL COMUN 78NOM.-)
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Va. Nominación, titular Dra. Hilda Graciela del valle Vazquez Secretaría
Quinta, a cargo de la autorizante Dra. Fedra E. Lago Secretaria Concursos y
Quiebras, Juzg. Civil y Com. Común Va. Nom., tramitan los autos caratulados:
"SUAREZ TOMAS ROBERTO S/ QUIEBRA PEDIDA (VIENE P/INHIBICION DE CIVIL Y COMERCIAL
COMUN 7ª NOM.-)" Expte. N° 45/17 en los que se ha dictado la siguiente
resolución: "San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017. Autos y Vistos: ...
considerando... Resuelvo I. Fijar el día Viernes 25 de agosto de 2017, para que
los acreedores presenten a sindicatura los títulos justificativos de sus créditos
y para que constituyan domicilio a los efectos de su posterior notificación. II.
Designar el día lunes 09 de octubre de 2017, como fecha de presentación del
informe individual previsto en el art. 35 de la LCQ. III. Designar el día
miércoles 22 de noviembre de 2017, como fecha de presentación del informe general
previsto en el art. 39 de la ley concursal, a cargo del síndico que resulte
desinsaculado IV. Ordenar, la publicación de edictos de la presente resolución
por cinco días el proveído de fecha 01/06/17.- Hágase Saber" Fdo. Dra. Hilda
Graciela del Valle Vazquez - Juez. // Asimismo se hace constar que el CPN Jorge
Enrique concha, fijó para la atención de los acreedores el domicilio de calle 9
de Julio 620, 3° piso "F", los días lunes y miércoles de 18 a 21 horas.
Secretaría, San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2017.- Dra. Fedra E. Lago,
Secretaria. E 05 y V 11/07/2017. Libre de Derechos. Aviso N° 207.968.
Aviso número 208020
JUICIOS VARIOS / VELIZ ELSA BEATRIZ C/I FERNANDEZ CARLOS Y FERNANDEZ
SERGIO S/ COBRO DE PESOS - 433/14
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado del Trabajo de la Ia.
Nominación del Centro Judicial de Concepción, a cargo de la Dra. María Guadalupe
Aiquel, Secretaría a cargo de la Dra. M. Viviana Donaire, se tramitan los autos
caratulados VELIZ ELSA BEATRIZ C/ FERNANDEZ CARLOS y FERNANDEZ SERGIO S/ COBRO DE
PESOS - 433/14, en los cuales se ha dictado la siguiente resolución: Concepcion,
29 de mayo de 2017. Atento constancias de autos: Ampliase el proveído que
antecede en el sentido que se haga constar en los edictos a librar que los mismos
tramitan libre de derechos. A la oficina.- Fdo. Dra. Maria Guadalupe Aiquel.
Juez". Tramitese Libre de Derechos. Secretaría, 14 de junio de 2017.- MER.-
Concepción, 19 de mayo de 2017. Atento lo solicitado y habiendose cumplido con el
requisito previsto por el Art. 159 del C.P.C.yC. supletorio al fuero: Líbrese
edictos por el término de tres dias, a los efectos de notificar este proveído y
el de fecha 05-03-17 al Sr. Sergio Enrique Fernández, debiendo ser publicado en
el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación en la Provincia de
Tucumán, a cargo de la parte interesada. A la oficina. Concepción, 5 de marzo de
2015. Téngase a la letrada Maria Elda Larry, por presentada y constituido
domicilio a los efectos legales. Désele intervención de ley en el carácter
invocado, en mérito al Poder Ad-Litem, acompañado y que se agrega en autos, junto
a recaudas legales.- Resérvese en Caja de seguridad del Juzgado la documentación
original acompañada dejándose copias en autos. Tramitase el presente juicio por
las normas que rigen los procesos ordinarios. Cítese a los accionados Fernandez
Carlos y Fernandez Sergio, para que comparezcan a estar a derecho en autos y por
el mismo acto córraseles traslado de la demanda, para que la evacuen dentro del
plazo de quince Días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.58 de la ley
6204. A sus efectos líbrese cédula. Reitére en la etapa procesal oportuna las
pruebas ofrecidas. Designase los días Martes y Viernes o subsiguiente hábil en
caso de feriado, las notificaciones en Secretaría. Tramitese Libre de Derechos.
Fdo. Dra. M. Viviana Donaire. Secretaria. E 07 y V 13/07/2017. Libre de Derechos.
Aviso N° 208.020.
Aviso número 208014
JUICIOS VARIOS / YAPURA IRIS NORMA C/ SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA
Y/O Q.R.T.R S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 2 DÍAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil N° 2, Secretaria Actuaria, de la ciudad de San Fernando del Valle de
Catamarca, se tramita el expediente N° 57/2012, caratulados "YAPURA IRIS NORMA C/
SUAYA DE LEIVA, MARIA CATALINA y/o Q.R.T.R S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA", en los
cuales el Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveido: "S.
Fdo. del Valle de Catamarca, 30 de mayo de 2017 ... En consecuencia, y atento a
las constancias de fs. 4, a los fines de correr traslado de la demanda,
publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán y cualquier
diario de publicidad local por el término de dos días emplazando a Maria Catalina
Suaya de Leiva y/o sus herederos a quien se considere con derechos al dominio
del inmueble sito en La Puerta Dpto. Ambato, Mat. Cat. (provisoria) 01-21-20-
7555, Mat anteriores: 01-21-20-7152 y 01-21-66-4359, para que en el término de
quince días comparezcan a tomar intervención que les corresponda en este
proceso." Fdo. Dr. Osvaldo A. Romero. E 07 y V 10/07/2017. $423,60. Aviso N°
208.014.
Aviso número 207587
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL - LICITACIÓN PÚBLICA (OBRA PÚBLICA) 20/17
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Licitación Pública (Obra Pública) 20/17
Expediente N°: 024-99-81786326-0-123
POR 15 DIAS - Objeto: Reparación, Conservación y Puesta en Valor - Etapa II de
los Edificios de la Provincia de Tucumán, dependiente de la Jefatura Regional
Norte. Presupuesto Oficial Total: $19.050.812. Garantía de Oferta (1% del valor
del Presupuesto Oficial): $190.508,12. Consulta y/o retiro de pliegos: Página de
internet de ANSES: http://www.anses.gov.ar/contrataciones/cartelera. Hasta las 24
hs del día 19/07/17. Entrega de fotocopias a su cargo en: Dirección de
Contrataciones, Av. Córdoba N° 720, 3° piso, (C.P. 1054) C.A.B.A. hasta el
19/07/17 de 10:00 a 17:00 hs. y en la Jefatura Regional Norte, sita en la calle
Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta, C.P. (4400), hasta el día
19/07/2017 de 08:00 a 12:00 hs. Presentación de ofertas: En la Jefatura Regional
Norte, sita en la calle Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta, C.P.
(4400), hasta el 04/08/17 hasta las 10:30 hs. Acto de apertura: En la Jefatura
Regional Norte, sita en la calle Jujuy 43, 1°, Salta Capital, Provincia de Salta,
C.P. (4400), el día 04/08/20/17 a las 11:00 hs. Fdo: Dr. Daniel Alberto Ponce,
Gerente UDAI Tucumán, ANSES.- E 21/06 y V 11/07/2017. $3.675. Aviso N° 207.587.
Aviso número 208031
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD -
LICITACIÓN PÚBLICA N° 18/2017
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Dirección Provincial de Vialidad
Licitación Pública N° 18/2017
Expediente n° 3625/326-C-2017
POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Prov. de gaviones, colchonetas y membrana
geotextil, Valor del Pliego: $1.400, Lugar y fecha de apertura: Div. Compras y
Suministros - Mendoza n° 1565 -P.B.- San Miguel de Tucumán, el día 24/07/2017, a
horas 10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Div. Compras y Suministros -
Mendoza n° 1565 - P.B.- San Miguel de Tucumán de Lunes a Viernes de 07:00 a 14:00
Llamado autorizado por Resol. n° 0863/DPV-2017. E 07 y V 12/07/2017. Aviso N°
208.031.
Aviso número 207926
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / ENTE DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA -
COTEJO DE PRECIOS N° 44/17
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Ente de Infraestructura Comunitaria
Cotejo de Precios N° 44/17
Expediente n° 327/455-D-2017
POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Alquiler de vehiculos: 1 unidad de
Camioneta Tipo Pick Up 4X2 , Mod. 2016 en adelante, motor 2.0 dies., D/cabina,
S/chofer, seguro C/poliza vigente y al dia, VTV, combustible, lubricantes, Acc. y
repuestos a cargo del propietario. Valor del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de
apertura: Ente de Infraestructura Comunitaria, el día 18/07/2017, a horas 09:00.
Consulta y Adquisición de Pliegos: Oficina de Compras - Ente de Infraestructura
Comunitaria -Las Piedras 1742 Llamado autorizado por Resolución N° 326/17(EIC). E
04 y V 07/07/2017. Aviso N° 207.926.
Aviso número 207925
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PÚBLICA N° 04/2017-ME -
EXPEDIENTE N° 225/369-D-2017
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Ministerio Economía
Licitación Pública N° 04/2017-ME
Expediente n° 225/369-D-2017
POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Informática y computación: Adquisición de
equipamiento informático con destino a reparticiones dependientes del Ministerio
de Economía., Valor del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Dir. de
Administración del Ministerio de Economía, San Martín 362, 1° piso, S.M. de Tuc.,
el día 20/07/2017, a horas 10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Dir. de
Administración del Ministerio de Economía, San Martín 362, 1° piso, S.M. de Tuc.
Llamado autorizado por Resolución N° 817/ME del 26/06/2017. E 04 y V 07/07/2017.
Aviso N° 207.925.
Aviso número 208006
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LICITACIÓN
PÚBLICA N° 14/2017
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Ministerio de Educación
Licitación Pública N° 14/2017
Expediente n° 012211/230-S-2016
POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Informática y computación: 1 unidad de
Software Antivirus para el equipamiento informático instalado en las oficinas
dependientes de este Ministerio de Educación., Valor del Pliego: Gratuito, Lugar
y fecha de apertura: Sub Dirección de Contaduría - Ministerio de Educación - Av.
Sarmiento 850, el día 26/07/2017, a horas 11:00. Consulta y Adquisición de
Pliegos: Dpto. Compras y Contrataciones- Ministerio de Educación - Av. sarmiento
850- Tel. 4524758 Llamado autorizado por RES. MIN. 0855/5 (MEd) del 26 de Junio
de 2017. E 07 y V 12/07/2017. Aviso N° 208.006.
Aviso número 207967
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE TRANSPORTE LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 60/2017
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Presidencia de la Nación
Vialidad Nacional
La Dirección Nacional de Vialidad llama a Licitación Publica Nacional de la
siguiente obra:
Licitación Pública Nacional N° 60/2017
POR 15 DIAS - Obra: Construcción de defensas y limpieza de cauce Ex Ruta Nacional
N° 34, Tramo: LTE. Santiago Del Estero/Tucumán - Gdor Garmendia, Sección: Arroyo
Pajas Coloradas KM. 880,04, Provincia de Tucumán. Presupuesto Oficial: pesos:
tres millones doscientos veinticuatro mil quinientos noventa y nueve con
cincuenta y ocho centavos ($3.224.599,58) referidos al mes de Octubre de 2016.
Garantía de las Ofertas: pesos treinta y dos mil doscientos cuarenta y seis
($32.246,00). Plazo de Obra: (6) Meses. Valor del Pliego: pesos cero ($0,00).
Disponibilidad Del Pliego: A partir del 05 de Julio de 2017 en
www.vialidad.gob.ar "Licitaciones" "Obras" "Licitaciones en Curso" - "Licitación
Pública Nacional N° 60/2017 - Ex Ruta Nacional N° 34".- Fecha de Apertura de
Ofertas: Se realizará el día 08 de Agosto de 2017 a las 11:00 Hs. Lugar de
Apertura: Avenida Julio A. Roca N° 734/8 (1067) Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Planta Baja (Salón de Actos)- D.N.V. Consulta al Pliego: Mediante "Formulario de
Consultas" habilitado en www.vialidad.gob.ar - "Licitaciones" Obras"
"Licitaciones en Curso" - Licitación Pública Nacional N° 60/2017 -Ex Ruta
Nacional N° 34". E 05 y V 25/07/2017. $4.161. Aviso N° 207.967.
Aviso número 207973
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN LIC PUB
Nº 08/17
MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN
Provincia de Tucumán
Licitación Pública N° 08/17
Presupuesto Oficial: $260.000.-
POR 3 DÍAS - Objeto: Contratar la provisión de 1 (uno) Utilitario tipo furgón,
nuevo, 0km, con motor a nafta de 4 cilindros en línea que genere una potencia
igual o superior a 85 c.v. y de tracción delantera. Fecha de Apertura: 12 de
Julio de 2017 a Hs. 11:00 en el despacho de Intendencia de la Municipalidad -
Valor del Pliego $1.000. Adquirir en Tesorería General de la Municipalidad, días
hábiles de 8 a 13 hs. E 05 y V 07/07/2017.- $321.- Aviso N° 207.973
Aviso número 208011
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MUNICIP. DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN
LIC. PUB. RESOLUCION N° 1019/SOP/17.
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN
Dirección General de Compras y Contrataciones
Llamado a Licitación Pública
Resolución N° 1019/SOP/17
Expte. N°: 240.122/17
POR 4 DIAS - Llamado a Licitación Pública para la provisión de Calzados de
Trabajo (cuyo detalle se adjunta en el pliego de Condiciones Particulares). Para
la Dirección de Obras Viales. Lugar de Presentación y Apertura: Dirección Gral.
de Compras y Contrataciones 9 de Julio 576.- Fecha de apertura: 20/07/2017,
Horas: 10:00. Valor de Pliego de Bases y Condiciones: $571,10- (Pesos: Quinientos
Setenta y Uno con 10/100). Venta y Consultas del Pliego de Bases y Condiciones:
Dirección Gral. de Compras y Contrataciones; Previo Deposito en Cuenta N°
20003170/9 del Banco del Tucumán (Maipú 70) con boleta de depósito por
Cuadruplicado. www.smt.gob.ar , Fdo. C.P.N. Sebastián Augusto Borquez. Director.
E 07 y V 12/07/2017. $678,40. Aviso N° 208.011.
Aviso número 207958
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO - SE.PA.P.YS. - LICITACIÓN PÚBLICA N° 06/17/M
GOBIERNO DE TUCUMÁN
Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento
SE.PA.P.YS.
Licitación Publica N° 06/17/M
Expediente n° 1556/329-G-2017
POR 4 DÍAS - Objeto de la licitación: Artículos eléctricos y electrónicos: 1
unidad de Adquisición de Electrobombas y Materiales para Provisión de Agua
Potable, Valor del Pliego: 400.00, Lugar y fecha de apertura: Div.
Abastecimiento, Se.P.A.PyS., Av. Sarmiento N° 999., el día 24/07/2017, a horas
10:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Div. Abastecimiento, Se.P.A.PyS., Av.
Sarmiento N° 999 (Venta de Pliego Caduca el Día 21/07/2017 a horas 13:00) Llamado
autorizado por Resol. N° 0536 de Fecha 08/06/2017. E 06 y V 11/07/2017. Aviso N°
207.958.
Aviso número 208019
SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR GRAL MANUEL BELGRANO
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil BIBLIOTECA POPULAR GRAL
MANUEL BELGRANO, con domicilio legal en Calle 25 de Mayo n° 1358 de San Miguel de
Tucumán, convoca a sus afiliados a: Asamblea General Ordinaria para el día 18 de
Julio de 2017 a hs 18:00, en su sede social, para tratar el siguiente orden del
día: 1.- Informe sobre prórroga y/o demora en publicación y llamado de Asamblea.
2.- Consideración de la Memoria, Balance, Inventario e Informe de Comisión
Revisora de Cuentas Ejercicio 2016. 3.- Designación de dos asociados para firmar
Acta. Fdo. Héctor Orlando Govetto. Vice Presidente. E y V 07/07/2017. Aviso N°
208.019.
Aviso número 208029
SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil "CENTRO DE DESARROLLO
COMUNITARIO NUBE DE COLORES" con domicilio en calle Laprida N° 152, Barrio El
Mirador -de la Localidad de Lastenia - Banda del Río Salí, Dpto. Cruz Alta -
Tucumán - convoca a sus asociados a la Asamblea General Extraordinaria a
realizarse el día 08/07/2017 a hs. 18:00 para tratar el siguiente Orden del Día:
1°.- Designación de dos asociados para firmar el Acta. 2°.- Reforma de
Estatutos.- Fdo. Juana Rosa Paez. Tesorera. E y V 07/07/2017. $104,40. Aviso N°
208.029.
Aviso número 208030
SOCIEDADES / CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NUBE DE COLORES
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la Asociación Civil "CENTRO DE DESARROLLO
COMUNITARIO NUBE DE COLORES" con domicilio en calle Laprida N° 152, Barrio El
Mirador de la Localidad de Lastenia - Banda del Río Salí, Dpto. Cruz Alta -
Tucumán - convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el
día 08/07/2017 a hs. 16:00 para tratar el siguiente Orden del Día: 1°.-
Designación de dos asociados para firmar el Acta. 2°.- Motivos de la demora en
convocar a Asamblea. 3°.- Tratamiento de Memoria, Balance, Inventario e Informe
de Comisión Revisora de Cuentas del ejercicio cerrado al 31/12/2016. Fdo. Juana
Rosa Paez, Tesorera. E y V 07/07/2017. $133,60. Aviso N° 208.030.
Aviso número 207961
SOCIEDADES / CLUB DEPORTIVO TRANCAS
POR 8 DIAS - (Según lo estipulado por el estatuto social).- La Comisión Directiva
de la Asociación CLUB DEPORTIVO TRANCAS convoca a sus asociados a la asamblea
general extraordinaria, a realizarse el 11/07/2017 a horas 21 en sede social de
calle Ing. Lostri y Bernabé Araoz, para tratar el siguiente orden del día: 1°
Tratamiento de reforma integral del Estatuto. 2° Designación de 2 asociados para
firmar el acta. E 05 y V 14/07/2017. $699,20. Aviso N° 207.961.
Aviso número 208018
SOCIEDADES / CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C.
POR 1 DÍA - Convocatoria a Asamblea General Ordinaria. La Comisión Directiva del
CLUB SPORTIVO FLORESTA A.C., cita a los Señores Socios a Asamblea General
Ordinaria, el día 18 de Julio de 2017, en el horario de las 19,30 hs., en su sede
de Av. Cristóbal Colón 471, para tratar el siguiente Orden del día: 1°)
Explicación del motivo de la prórroga de Convocatoria a la Asamblea Gral.
Ordinaria. 2°) Considerar, aprobar o modificar Memoria, Balance General,
Inventario y Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Organo de Fiscalización
del Ejercicio del Año 2016. 3°) Designación de dos (2) socios con derecho a votar
para la firma del Acta. Firman al pie de la presente, Sra. Pilar Parra -
Presidente y el Sr. Ezequiel Andrés Aparicio - Secretario. E y V 07/07/2017.
$150. Aviso N° 208.018.
Aviso número 208033
SOCIEDADES / COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN
POR 5 DIAS - "COLEGIO DE ESCRIBANOS DE TUCUMÁN. Conforme lo determinan los Arts.
162, 172 y 179 de la Ley 5.732, el H. Consejo Directivo del Colegio de Escribanos
de Tucumán, en sesión del 21-06-2017, resolvió convocar a Asamblea General
Ordinaria de Asociados para el día 23-08-2017, a las 19:30 hs. en la sede de la
Institución, para considerar el siguiente orden del día: 1) Designación de dos
asociados para la firma del acta respectiva y su formalización. 2) Consideración
de la Memoria, Balance y Cuadro de Recursos, Gastos y Resultados del Ejercicio
cerrado al 31-12-2016. Estados contables del patrimonio constituido conforme ley
8.394 y presupuesto por el año 2017. 3) Aclaración de los términos de la Asamblea
llevada a cabo el 24-08-2016, determinando que el órgano de gobierno aprobó la
Memoria, Balance y Cuadro de recursos, Gastos y Resultados del ejercicio cerrado
al 31-12-2015. Estados contables del patrimonio constituido conforme ley 8.394 y
presupuesto por el año 2016. 4) Elección de los siguientes Consejeros por dos
años desde el 01-09-2017 al 31-08-2019: Vicepresidente, Tres Vocales Titulares y
Un Vocal Suplente; 5) Elección de un miembro titular del Tribunal de Ética y
Disciplina para completar el mandato que concluye el 31-08-2018. 6) Designación
de tres asociados como integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas, que se
desempeñarán hasta el 31-082018, 31-08-2019 Y 31-08-2020. La presentación de
listas de candidatos para la elección de Consejeros vence el martes 25-07:2017 a
20:30hs. En caso de falta de quórum, la Asamblea se constituirá una hora más
tarde, o sea a las 20:30 hs. del mismo día, con los presentes." Fdo. María V.
Molina de Mendilaharzu, Vocal Titular. E 07 y V 13/07/2017. $1.707. Aviso N°
208.033.
Aviso número 207894
SOCIEDADES / EMPRESA DEL MILAGRO S.A.
POR 5 DÍAS - Convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma
EMPRESA DEL MILAGRO S.A., a celebrarse en primera convocatoria el día 20 de julio
de 2017 a las 19hs., y en segunda convocatoria en igual fecha a las 20 hs., en
Avenida Coronel Suárez 789 de SM de Tucumán, a fin de tratar el siguiente orden
del día: 1) Informar y Considerar las causas por las cuales se efectúa fuera de
término la Asamblea. 2) Consideración de la documentación prevista en el art. 234
inc. 1, de la ley de sociedades, correspondiente a los ejercicios N° 17 cerrado
el 31 de diciembre de 2015, y N° 18 cerrado el 31 de diciembre de 2016. 3)
Análisis de la gestión de los miembros del Directorio y Comisión Fiscalizadora.
4) Elección y renovación de los miembros del directorio. 5) Elección y renovación
de la comisión fiscalizadora. 6) Aplicación de los resultados. 7) Autorización
para realizar la gestión de aprobación de documentación ante el organismo de
contralor e inscripción en el Registro Público de Comercio. 8) Designación de 2
accionistas para firmar el acta respectiva. Sociedad comprendida en el Art. 299
L.S.C. Gladys Adriana Provenzano, Presidente del directorio. E 03 y V 07/07/2017.
$1196. Aviso N° 207.894.
Aviso número 207921
SOCIEDADES / KALOWEE CORPORATION S.A.
POR 5 DIAS - En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 29 días del mes de
Junio de 2.016, siendo las 17:00 hrs., en la oficina de calle Corrientes n° 1443
de esta ciudad, se reúne el Directorio de la Sociedad KALOWEE CORPORATION S.A.,
bajo la presidencia del Sr. José Antonio Flores Muela, decidiéndose convocar a
los Accionistas a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, que se realizará
el próximo 17 de Julio de 2.015 a las 10:00 hrs, en Calle Junín 334 de esta
ciudad atento a que la sede social no cuenta con las instalaciones con capacidad
física para realizar Asambleas de Socios, a efectos de considerar el siguiente
Orden del día: Orden del día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el
acta. 2) Considerar y resolver sobre la Memoria, Estados Contables, notas y
anexos legales e Inventario correspondientes al ejercicio cerrado el28 de Febrero
de 2.017. 3) Retribución a Directores. 4) Destino de las Utilidades. 5) Fijar el
número de miembros del Directorio. Elección de directores por el término de 3
ejercicios. En caso de fracasar la primera convocatoria por falta de quórum, se
deja fijada segunda convocatoria a Asamblea General Ordinaria de accionistas, la
que se llevará a cabo a hrs. 11:30, del día 17 de Julio del 2.017, en el
domicilio designado en la primera convocatoria, a fin de tratar el orden del día
fijado en la primera convocatoria. E 04 y V 10/07/2017. $1.385. Aviso N° 207.921.
Aviso número 208025
SOCIEDADES / LA PICK UP REPUESTOS SRL
POR 1 DIA - LA PICK UP REPUESTOS SRL - Se hace saber que por Expediente 3422-205-
L-(2017) de fecha 15 de Junio de 2017, se encuentra en trámite la inscripción los
instrumentos de fecha 05 de Junio de 2017, mediante los cuales se constituye la
Sociedad de Responsabilidad Limitada "La Pick Up Repuestos SRL" (Constitución)'',
siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en
Ley 19.550, los siguientes: Ivana Carrizo Garuti, argentina, divorciada, de 37
años de edad, D.N.I. N° 27.944.061, de profesión Contadora Pública Nacional, con
domicilio en Castelli N°41 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de
Tucumán; Emilio Alfredo Carrizo, argentino, divorciado, de 67 años de edad,
D.N.I. N° 7.628.583, jubilado, con domicilio en Santiago del Estero N° 1499 de
la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán; y la Sra. Rosa Garuti,
argentina, divorciada, de 65 años de edad, D.N.I. N° 10.950.024, jubilada, con
domicilio en San Martín N° 1100 Barrio Alborada de la cuidad de Yerba Buena,
Provincia de Tucumán. Domicilio: La sociedad establece su domicilio social y
legal en la calle Santiago del Estero N° 1499, de la ciudad de San Miguel de
Tucumán, Provincia de Tucumán. Plazo de Duración: La Duración de la sociedad será
de 40 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
Designación de su Objeto: La sociedad tendrá como objeto realizar por cuenta
propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: a)
Compra-venta en el país, importación y exportación de todo tipo de repuestos y
accesorios para vehículos automotores en general (autos, camionetas, camiones,
ómnibus, motos, etc.), cómo ser repuestos específicos para motores nafteros y
diesel, filtros correas y bombas de agua y naftas, y todo tipo de elementos y/o
artefactos mecánicos y tecnológicos, incluyendo artículos eléctricos cómo
electrónicos. También se incluyen los artículos necesarios y complementarios para
su instalación y puesta en marcha cómo asimismo sus repuestos y accesorios. Podrá
ejercer las ventas de los productos mencionados en carácter de representante y/o
agente de ventas de marcas líderes o alternativas. b) Prestaciones de servicios
de asesoramiento y consultoría personalizada o por terceros a empresas y personas
físicas respecto a la instalación, funcionamiento y usos de los artículos
vendidos. También podrá ejercer la actividad de taller de servicios de reparación
mantenimiento y colocación de artículos mencionados en la cláusula anterior
brindados a vehículos automotores en general. c) Inmobiliarias: mediante la
adquisición, venta, subdivisión, construcción, locación y administración de
propiedades urbanas y rurales, inclusive respecto de aquellas sometidas o que
deban someterse al régimen de la ley 13.512 de Propiedad Horizontal. Capital
Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Cien mil ($100.000.-)
representado por cien (100) cuotas por un valor de Pesos Un Mil cada cuota
($1.000.-), suscripto íntegramente por los socios en la siguiente proporción: la
Sra. Ivana Carrizo Garuti, sesenta y ocho (68) cuotas; el señor Emilio Alfredo
Carrizo treinta (30) cuotas; y la Sra. Rosa Garuti dos (2) cuotas. Se integra el
25 % del Capital en dinero efectivo, debiéndose integrar el 75% restante en el
plazo de dos años. Organización de la Administración: Los socios deciden por
unanimidad designar como socio Gerente a la Sra. Ivana Carrizo Garuti, D.N.I.
27944061, con domicilio en Castelli N° 41 de la ciudad de San Miguel de Tucumán,
Provincia de Tucumán, quien ejercerá la representación legal de la sociedad.
Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el día 30 de Abril de
cada año. San Miguel de Tucumán, 5 de Julio de 2017. E y V 07/07/2017. $756,60.
Aviso N° 208.025.
Aviso número 208032
SOCIEDADES / YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB
POR 1 DIA - La Comisión Directiva del YERBA BUENA GOLF COUNTRY CLUB, ha resuelto
citar a todos los asociados a la asamblea general ordinaria, que se llevará a
cabo el día 19/07/17 en su sede social, a hs. 20 en primera convocatoria, a fin
de tratar el siguiente orden del día: 1.- Lectura del Acta Anterior. 2.- Motivo
de la demora en la fecha de realización de la Asamblea. 3.- Tratamiento de
Memoria, Balance, Inventario e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas sobre
el Ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2016. 4.- Designación de 2 (dos)
Asociados para firmar el Acta. En caso de no reunir a la hora establecida la
mayoría necesaria, queda citada la asamblea para la segunda convocatoria para el
mismo día a hs. 20.30 en el mismo lugar, a fin de considerar el orden del día
preestablecido.- Fdo. Jorge Martin Arguelles, Presidente. E y V 07/07/2017. $172.
Aviso N° 208.032.
Aviso número 207952
SUCESIONES / AMPARO BLASCO
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.
Marcela Fabiana Flores, Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de AMPARO BLASCO (D.I. N°
8.988.332) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San
Miguel de Tucumán, 21 de junio de 2017. Fdo. Proc. Carlos Edgardo Sosa.
Secretaria. E 05 y V 07/07/2017. $130. Aviso N° 207.952.
Aviso número 208035
SUCESIONES / ANGELA ZAMORA
POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día
a los herederos o acreedores de ANGELA ZAMORA, D.N.I. N° 5.278.022, cuya sucesión
tramítase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán, 27 de
junio de 2017. Dra. Maria Silvia Carbonel, Secretaria Jud. E y V 07/07/2017.
$100. Aviso N° 208.035.
Aviso número 208004
SUCESIONES / BENIGNO CONCEPCION LEGUISAMON
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaria a cargo de la Proc.
Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,
cítese por 01 (un) día a los herederos o acreedores de BENIGNO CONCEPCION
LEGUISAMON (D.I. N° 7.027.316) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del
autorizante.- San Miguel de Tucumán, 19 de junio de 2017. NOTA: Se hace constar
que el presente sucesorio tramita con el Beneficio para Litigar sin Gastos (Ley
6.314), atento lo normado por el art. 260 del Codigo Procesal Civil y Comercial
de Tucumán. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores. Secretaria. E y V 07/07/2017.
Libre de Derechos. Aviso N° 208.004.
Aviso número 208021
SUCESIONES / BLAS AMERICO LOPEZ
POR 1 DIA - Por disposición de la Sra. Juez Dra. Mónica Sandra Roldan (P/T), del
Juzgado de Familia y Sucesiones de la IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción,
cítese por un día a los herederos ó acreedores de "BLAS AMERICO LOPEZ, D.N.I. N°
5.521.025", cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante.
Secretaría, 27 de junio de 2017. Rolando Andrés Cabrera, Prosecretario. E y V
07/07/2017. $100. Aviso N° 208.021.
Aviso número 208013
SUCESIONES / FRANCISCA GRISELDA REINOSO
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III Nominación, Secretaría a cargo de la Proc. Marcela
Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa, cítese
por 01 (un) día a los herederos o acreedores de FRANCISCA GRISELDA REINOSO (D.I.
N°5.641.644) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San
Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017.- Fdo. Dra. Silvia María Mora, Secretaria.
E y V 07/07/2017. $100. Aviso N° 208.013.
Aviso número 208022
SUCESIONES / GUILLERMO LARCHER
POR 1 DIA - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Rubén Sale, del Juzgado Civil
en Familia y Sucesiones de la Ia. Nominación, del Centro Judicial de Concepción,
Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por
un día a los herederos o acreedores de GUILLERMO LARCHER D.N.I. N° 12.674.891,
cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría de la autorizante. Concepción, 31
de mayo de 2017. Dra. Guadalupe Gonzalez Corroto, Secretaria. E y V 07/07/2017.
$100. Aviso N° 208.022.
Aviso número 208037
SUCESIONES / HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA
POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María Del Carmen Negro -Juez-, a cargo
del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un
día a los herederos o acreedores de HORACIO HUMBERTO BEVILACQUA D.N.I. N°
2.399.781, cuya sucesión tramítase por ante esta secretaría autorizante.- San
Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017. Fdo. Dra. María Silvia Carbonell,
Secretaria. E y V 07/07/2017. $100. Aviso N° 208.037.
Aviso número 207982
SUCESIONES / JUAN CARLOS BITETTI
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.
Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de JUAN CARLOS BITETTI (D.I. N°
7.054. 749) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 21 de junio de 2017. E 06 y V 10/07/2017. $130. Aviso N°
207.982.
Aviso número 208023
SUCESIONES / JUAN LUIS PAPERI
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la II° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc. Marcela
Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa, cítese
por tres días a los herederos o acreedores de JUAN LUIS PAPERI (D.I. N°7.031.589)
cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 28 de junio de 2017. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores, Secretaria. E 07
y V 11/07/2017. $130. Aviso N° 208.023.
Aviso número 208024
SUCESIONES / LUIS OSCAR PAPERI
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.
Marcela Fabiana Flores, la Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de LUIS OSCAR PAPERI (D.I. N°
7.370.891) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 28 de junio de 2017.- Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores,
Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $130. Aviso N° 208.024.
Aviso número 208017
SUCESIONES / MANUEL ADOLFO CORDOBA
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Ruben Sale, del Juzgado Civil
en Familia y Sucesiones de la Ia: Nominación, del Centro Judicial de Concepción,
Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por
tres días a los herederos o acreedores de MANUEL ADOLFO CORDOBA, DNI N° 6.972.111
y MARIA ELVECIA RIVADENEIRA, DNI N° 1.609.966, cuya sucesión tramitase por ante
la Secretaria de la autorizante.- Concepción, 21 de junio de 2017.- Fdo. Dra.
Guadalupe Gonzalez Corroto. Secretaria. E 07 y V 11/07/2017. $130. Aviso N°
208.017.
Aviso número 208034
SUCESIONES / MARGARITO ANTONIO BRITO
POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. María del Carmen Negro a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día
a los herederos o acreedores de "MARGARITO ANTONIO BRITO", D.N.I. N° 3.623.269,
cuya sucesión tramítase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de
Tucumán, 22 de junio de 2017. Dra. Mariana Nanes, Prosecretaria. E y V
07/07/2017. $100. Aviso N° 208.034.
Aviso número 207969
SUCESIONES / MARIA EMILIA MAMANA
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Proc.
Marcela Fabiana Flores, Dra. Silvia María Mora y el Proc. Carlos Edgardo Sosa y,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de MARIA EMILIA MAMANA (D.I. N°
1.973.792) cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante.- San
Miguel de Tucumán, 22 de junio de 2017. Fdo. Proc. Marcela Fabiana Flores.
Secretaria. E 05 y V 07/07/2017. $130. Aviso N° 207.969
Aviso número 208028
SUCESIONES / MATILDE LUISA ARROSAS
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, del Juzgado Civil en
Familia y Sucesiones de la III° Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Silvia
María Mora y la Proc. Marcela Fabiana Flores, cítese por un día a los herederos o
acreedores de MATILDE LUISA ARROSAS (D.I. N° 11.380.034) cuya sucesión tramita
por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 21 de junio de
2017. Proc. Carlos Edgardo Sosa, Secretario Jud. E y V 07/07/2017. $100. Aviso
N° 208.028.
Aviso número 208015
SUCESIONES / PASTOR HUGO ZELAYA
POR 1 DIA - Por Disposición del Sr. Juez Dr. José Ruben Sale, del Juzgado Civil
en Familia y Sucesiones de la Ia: Nominación, del Centro Judicial de Concepción,
Dpto. Chicligasta, Provincia de Tucumán, Secretaría de la autorizante, cítese por
un (1) día a los herederos o acreedores de PASTOR HUGO ZELAYA, DNI: 6.085.403,
cuya sucesión tramitase por ante la Secretaria de la autorizante.- Concepción, 23
de mayo de 2017.- Fdo. Dr. Roberto José Javier Zelaya. Secretario. E y V
07/07/2017. $100. Aviso N° 208.015.
Aviso número 208036
SUCESIONES / VICTOR DANIEL HERRERA
POR 1 DIA - Por disposición de S.S., Dra. Maria del Carmen Negro a cargo del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Octava Nominación, cítese por un día
a los herederos o acreedores de VICTOR DANIEL HERRERA, DNI N° 21.026.907, cuya
sucesión tramitase por ante esta secretaría autorizante. San Miguel de Tucumán,
22 de febrero de 2017. Dra. Mariana del Milagros Vazquez, Secretaria Jud. E y V
07/07/2017. $100. Aviso N° 208.036.
Numero de boletin: 29038
Fecha: 07/07/2017