Post on 17-Jul-2020
CONSULTORIO JURÍDICO DE
PROTECCIÓN ANIMAL
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
CAMPUS BOGOTÁ
Universidad Cooperativa de Colombia
Consultorio Jurídico y Centro de ConciliaciónCalle 39 No. 14-39
Bogotá D.C.
AGRADECIMIENTOS
Los estudiantes del Consultorio Jurídico de Protección Animal: Alex, Karen,Yovanny, Erica, Jóse, Alejandra, Paula, César e Isabel y la profesoracoordinadora Gloria del Pilar, remiten los agradecimientos a los doctoresNANCY CONSUELO ALVARADO AFRICANO Y JAIRO JOSÉ SLEBI MEDINA,Decana de la Facultad de Derecho y Director de Consultorio Jurídico yCentro de Conciliación de la Universidad Cooperativa de Colombiacampus Bogotá, respectivamente, por su entereza, acompañamiento ysolidaridad en la iniciación de este proyecto que se ha venidoconsolidando en el primer año de trabajo de socialización a los diferentesusuarios y comunidad en general.
TABL
A D
E CO
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NID
O
6 OBJETIVO 6 ¿QUIÉNES SOMOS? 7 ¿QUÉ HACEMOS? 8 ¿CUÁL ES EL PAPEL DEL ESTADOCOLOMBIANO? 9 ¿QUIÉNES SON SERES SINTIENTES?
10 ENTIDADES DE PROTECCIÓN Y
BIENESTAR ANIMAL NACIONAL YDISTRITAL NORMAS VIGENTES QUE PROTEGEN ALOS SERES VIVOS NO HUMANOS ENCOLOMBIA
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14 APUNTES IMPORTANTES:- LEY 84 DE1989- LEY 675 DE 2001- LEY 1774 DE2016 - LEY 1801 DE 2016
31 CONSEJO PROFESIONAL DE MEDICINAVETERINARIA Y DE ZOOTECNIA DECOLOMBIA - COMVEZCOL-
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PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTECONSTITUCIONAL SOBRE LOS SERESSINTIENTES
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RUTAS DE ATENCIÓN EN PROCESOSDE BIENESTAR Y PROTECCIÓNANIMAL
BIBLIOGRAFÍA
OBJETIVOPrestar servicios de asesoríajurídica y conciliación en elárea de la protección animal, atodos los usuarios que en laciudad de Bogotá requieran realizar acciones jurídicas encaminadas a la defensa delos animales como sujetos dederechos.
¿QUIÉNESSOMOS?
Somos un grupo conformadopor académicos y estudiantes adscritos al ConsultorioJurídico y Centro deConciliación de la UniversidadCooperativa de Colombia,campus Bogotá, que desde septiembre de 2018 trabaja porla promoción de los derechosde los seres sintientes a travésde diferentes planes y acciones orientados a brindarservicios jurídicos en el área dela protección y bienestaranimal, así como promover eldebate académico y lareflexión social entorno a la importancia que tienen losanimales como sujetos dederecho, y la responsabilidad de la sociedad colombiana y de sus tenedores frente a losmismos.
6
¿QUÉHACEMOS?
Estamos en la capacidad deutilizar múltiples herramientas yestrategias jurídicas paraproteger los derechos de losseres sintientes, en el ámbito delderecho penal, civil,administrativo o disciplinario;bien sea, que se trate deconflictos entre particulares o enaquellos casos que debanadelantarse frente a entidadespúblicas de orden distrital onacional. Igualmente, estamoscapacitados para brindarconceptos técnico-jurídicos sobrelos asuntos atinentes a laprotección animal. Participar enforos de divulgación y todosaquellos espacios de discusión en los que se debatan temascorrespondientes a los seressintientes, así como en lascampañas o planes de naturalezapública o privada orientadas a laimplementación de políticas parala protección animal o a lasocialización de estos temas.
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¿ C U Á L E S E L P A P E L D E LE S T A D O C O L O M B I A N O ?
El Estado colombiano es solidario, promotor de lasana convivencia y como garante de los derechosfundamentales tiene la responsabilidad de tomarparte activa en la prevención y eliminación delmaltrato animal. Igualmente, es su deber asegurase de quecualquiera de sus agentes o entidades seabstenga de realizar cualquier acto injustificadode violencia o maltrato contra los animales, asícomo denunciar aquellos infractores de lasconductas señaladas de las que tengaconocimiento. Será también deber del Estado colombiano velarpara que todas las actuaciones inherentes a losanimales, sean estos de compañía o de faunasilvestre, garanticen un grado de protección enconcordancia con la Declaración Universal de losDerechos de los Animales.
8
Para el Instituto Certified Human, los seres sintientesson los seres que tienen la capacidad de sentir o
manifestar el dolor, el sufrimiento, la ansiedad, la
alegría o la rabia (ICH,2018). Lo anterior se debe aque los animales poseen un sistema nerviosocentralizado que brinda información al cerebro, deacuerdo con el medio en que se encuentre, como elfrío, el calor, el hambre, el miedo, la angustia(ICH,2018). Para la Delegación de la Fundación Animal Ethics enEspaña (2019), el concepto de sintiencia agrupa trescriterios que sirven para evaluar dicha prerrogativa:
1. Conductuales: se determina de acuerdo a losaprendizajes que se realizan para beneficio o delo contrario para el ambiente de convivencia.
2. Evolutivas: las circunstancias y la capacidadde actuar en determinada manera. 3. Fisiológicas: la presencia de un sistemanervioso centralizado.
¿QUIÉNES SON SERESSINTIENTES?
(1) Bienestar Animal. Recuperado de: https://certifiedhumanelatino.org/los-animales-sienten-emociones-dolor-placer/(2) Etica animal: Recuperado de https://www.animal-ethics.org/sintiencia-seccion/sintiencia-animal/criterios-reconocer-sintiencia/
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ENTIDADES DE PROTECCIÓN YBIENESTAR ANIMAL
NACIONAL Y DISTRITAL
Instituto Distrital de Protección y BienestarAnimal
Secretaría Distrital de Ambiente
Instituto Colombiano Agrapecuario - ICA
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Consejos Locales para la Protección yBienestar Animal
Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible
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NORMAS VIGENTES
QUE PROTEGEN A LOSSERES VIVOS NO
HUMANOS ENCOLOMBIA
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LEY 5 DE 1972Creación de las JuntasDefensoras de Animales
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES
Adoptada por La LigaInternacional de losDerechos del Animal en1978, Así como en la ONUy la UNESCO.
DECRETO 1608 DE 1978
Reglamenta el CódigoNacional de los RecursosNaturales Renovables yde Protección al MedioAmbiente y la Ley 23 de1973 en materia de faunasilvestre.
LEY 576 DE 2000Código de Ética para elejercicio profesional dela medicina veterinaria yzootecnia.
LEY 84 DE 1989Estatuto Nacional deProtección de losAnimales.
LEY 916 DE 2004Reglamento NacionalTaurino
ORGANIZACIÓNMUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE)
Se creó la OficinaInternacional deEpizootias gracias alacuerdo internacionalfirmado el 25 de enero de1924.
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LEY 1638 DE 2013Se prohíbe el uso deanimales silvestres, yasean nativos o exóticos,en circos fijos eitinerantes.
DECRETO 546 DE 2016
Se crea el Instituto deProtección y BienestarAnimal.
LEY 1774 DE 2016Modifica el Código Civil,la Ley 84 de 1989, elCódigo Penal, el Códigode Procedimiento Penal yse dictan otrasdisposiciones.
LEY 1801 DE 2016Código Nacional dePolicía y Convivencia.
RESOLUCIÓN 01455 DE 2019
Creación del GrupoEspecial para la luchacontra el maltrato animalde la Fiscalía General dela Nación.
DECRETO 2113 DE 2017
Ministerio de Agriculturay Desarrolla Rural -Adiciona Decreto 1071 de2015: Establecerdisposiciones yrequerimientos para elbienestar animal enreproducción.
DECRETO 85 DE 2013Ordena adecuar en elDistrito Capital el CentroEcológico Distrital deProtección y BienestarAnimal -CEA- “CasaEcológica de losAnimales”.
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APUNTES IMPORTANTES:
- LEY 84 DE 1989- LEY 675 DE 2001
- LEY 1774 DE 2016 - LEY 1801 DE 2016
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LEY 84 DE 1989
La Ley determina obligaciones para las personasque tienen animales a su cargo y para todasaquellas que así no las tengas, pero que, con elsolo hecho de interactuar en el mismo espacio conlos animales son responsables de cumplirlas así:
-Se deben abstener de causarles daño -Deben mantenerlos en condiciones apropiadas -Deben suministrarles al imento, bebidas y abrigocuando son domésticos -Garantizar asistencia médico-veterinaria parasalvaguardar su salud e integridad física y asíevitar enfermedades por negligencia -Garantizar que puedan manifestar sucomportamiento natural
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LEY 675 DE 2001
16
P R O P I E D A DH O R I Z O N T A L ( P H )
Armoniza la convivenciaen todos los lugares que
habite un animal decompañía.
Prohíbe la tenencia deanimales catalogadoscomo potencialmentepeligrosos en zonas
comunes.
OBLIGACIÓNDE RECOGER
LOS DESECHOSDE SU ANIMALDE COMPAÑÍA
REGLAMENTALA
CIRCULACIÓNDEL ANIMAL
DE COMPAÑÍAEN LOS
ESPACIOS DEZONA COMÚN
MEDIDAS DESALUBRIDAD
BIENESTARDEL SER
SINTIENTE
FUNCIÓNSOCIAL Y
ECOLÓGICADE LA PH
NO SE PUEDEPROHIBIR LATENENCIA DE
SERESSINTIENTES
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LEY 1774 DE2016
MALTRATOANIMAL
18
3 FACTORES IMPORTANTES - LEY 1774DE 2016
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Dignidad animalSujetos de derechosFamilia multiespecie
Se incorpora:
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Cuando hay maltrato que no produzca la muerte o selesione levemente, será de competencia de lasinspecciones de policía y la imposición de la sanción(Art. 10 y 46 Ley 84/89).
Beneficios: retención preventiva de manera inmediatay dentro de las 24 horas siguientes a la denuncia.
Voluntariedad de entrega: los gastos de manutenciónestarán a cargo del responsable o cuidador, en casocontrario, la entidad a cargo podrá entregar el animalen adopción.
Se e
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(Art
. 339
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Cód
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Pena
l)
La competencia será de jueces penales municipales.
Agravan la pena de conformidad con lo establecidoen la Ley.
Excepción: espectáculos con animales como: corridasde toros, novilladas, corralejas, riñas de gallos entreotros que se consideren cultura.
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El principiode las 5
libertades*
Libre deincomodidad
* Ver Política Pública Distrital De Protección Y Bienestar Animal 2014—2038 . Recuperado de http://ambientebogota.gov.co/bg/politica-de-bienestar-animal
Libre de hambre, sedo nutrición deficiente
Libre de dolor,lesiones o
enfermedad
Libre de miedoo estrés
Libre para expresarlas pautas propias de
comportamiento.
En el comité de Brambell y el Consejo Británico de Bienestar de los Animales deGranja se recomendó el principio de las 5 libertades, que ahora son punto de
referencia
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LEY 1801 DE 2016
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6 ASPECTOSIMPORTANTES
Son sujetos dederecho y
requieren respeto ycuidado.
Obligaciones delresponsable
Adopciónresponsable
Convivencia
Sanciones Multas
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Promover, participary patrocinar
actividades deapuestas en
cualquier recinto,con excepción a lo
previsto en la Ley 84de 1989.
SON SUJETOS DEDERECHO Y REQUIEREN
RESPETO Y CUIDADO
La venta, promocióny comercialización
de animalesdomésticos en vía
pública, enmunicipios de más
de cien mil (100.000)habitantes.
El que permita, ensu calidad depropietario,
poseedor, tenedoro cuidador que los
semovientesdeambulen sincontrol en el
espacio público.
Se prohíbe usaranimales cautivoscomo blanco detiro, con objetossusceptibles de
causarles daño omuerte con armasde cualquier clase,
exceptúese lacaza deportiva.
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OBLIGACIONES DEL
RESPONSABLE
TENENCIA DEANIMALES DE
COMPAÑÍA Caninos: traílla ybozal para razaspeligrosas y los felinos en guacal
ESPACIO PÚBLICO
¿QUÉ ANIMALES DE COMPAÑÍAIRÁN A LOS ALBERGUES?:
“...LOS ANIMALES DOMÉSTICOS O
MASCOTAS QUE PENETRENPREDIOS AJENOS O VAGUE POR
SITIOS PÚBLICOS Y SEDESCONOZCA QUIÉN ES EL
PROPIETARIO O TENEDOR DELMISMO, Y QUE POR SU CONDICIÓN
FÍSICA O SITUACIÓN DE RIESGOAMERITEN LA ATENCIÓN O SU
CUSTODIA TEMPORAL…” (ART. 119L. 1801/16).
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¿CUÁNDO SEREALIZAUNAADOPCIÓNDE LOSANIMALESDECOMPAÑÍA?
Cuando se encuentran enestado de abandono.
Un veterinario o etólogo,determinará cuando unanimal representa unpeligro para la comunidady el tratamiento a seguir.
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CONVIVENCIA
Permitir el ingreso opermanencia de perros
lazarillos.
Deambular lugar abiertoal público, o medio de
transporte público, sin lasdebidas medidas de
seguridad.
Supeditarse a lanormatividad vigente
sobre animal clasificadocomo potencialmente
peligroso en la Ley.
Tolerar, permitir o inducirpor acción u omisión el que
un animal ataque a unapersona, a un animal o a
bienes de terceros.
Trasladar un canino de razapotencialmente peligrosa en el
espacio público, zonas comunes oen los lugares abiertos al público oen el transporte público en dondese permita su estancia, sin bozal,
traílla o demás implementosestablecidos por las normas
vigentes.
Recoger los excrementosde los animales ya sea en
el espacio público o enáreas comunes.
No realizar peleas comoespectáculo, para la agresión
de las personas u otrosanimales o establecerasociaciones caninas
orientadas para este fin.
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https://okasesores.es/sanciones-de-hacienda-por-presentacion-fuera-de-plazo/
SANCIONESBAJO LA LEY1801 DE 2016
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1. Prisión de 12 a 36 meses
2. Inhabilidad especial de 1 a 3 añospara el ejercicio de profesión, oficio,comercio o tenencia que tengarelación con los animales.
3. Multas de cinco (5) a sesenta (60) SMLMV.
4. Agravantes a. Con sevicia b. Sitio público c. Actos sexuales
5. Excepciones: · El cuidado, reproducción, cría, adiestramiento, mantenimiento. · Las de beneficio y procesamiento relacionadas con la producciónde alimentos. · Las actividades de entrenamiento para competencias legalmenteaceptadas.
https://actualicese.com/inhabilidades-e-incompatibilidades-del-revisor-fiscal/28
RETE
NCI
ÓN
PRE
VEN
TIVA
De forma inmediata y sin que medie ordenjudicial o administrativa previa, a cualquieranimal.
El responsable, cuidador o tenedor estará enla obligación de garantizar los gastos demanutención y alimentación del animal sinperjuicio de las obligaciones legales que lecorresponden a los entes territoriales.
LAS MU
LTAS
1. Multas de siete (7) a cincuenta (50) salariosmínimos legales mensuales vigentes. 2. Multas de diez (10) a cincuenta (50) salariosmínimos legales mensuales vigentes. 3. Multas de nueve (9) a cincuenta (50) salariosmínimos legales mensuales vigentes.
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CONSEJO PROFESIONAL DE MEDICINAVETERINARIA Y DE ZOOTECNIA DE COLOMBIA
- COMVEZCOL-
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¿Qué entidad conoce de las lesionesocasionadas por un profesional
veterinario?
¿Qué es el Consejo Profesional deMedina Veterinaria y de Zootecnia de
Colombia?
COMVEZCOL fue creado mediante la Ley 073 de1985 y reglamentado a través del Decreto 1122de 1988, ente de índole disciplinario a fin decontrolar el ejercicio veterinario. Mediante la Ley576 de 2000 se establece las funciones públicas,que conoce a nivel nacional las quejas respectoa la presunción de la mala práctica realizadapor un médico veterinario o zootecnista. El procedimiento para presentar la quejarespectiva ante COMVEZCOL, es el siguiente:
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REQUISITOS DE LAQUEJA
1. Que el denunciadotenga la calidad demédico veterinario,
zootecnista.
2. Que la actividadsea contraria a la
ética de la actividadprofesional del
denunciado.
3. Prueba sumaria que conlleve ala queja correspondiente.
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DATOS DEL QUEJOSOTipo de denunciante Apellidos Nombres Género: Masculino Femenino OtroTipo de identificación: Cédula de ciudadanía
Cédula de extranjería Número de Identificación Teléfono Móvil Teléfono fijo Teléfono de oficina E-mail
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DATOS DEL ANIMALNombre: Género: Especie: Felino Canino Bovino Equino Ave Raza: Estado: Vivo Fallecido 35
DATOS DEL ESTABLECIMIENTOY PROFESIONALES
Departamento: Municipio: Tipo de Establecimiento: Dirección: Nombre del Establecimiento: Teléfono: Nombres e identificaciones de losprofesionales que lo atendieron:
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NARRACIÓN DE LOS HECHOS:
Fecha inicial Fecha final Hechos Documentos probatorios (porejemplo: historia clínica,resultados de exámenes,necropsias, facturas, fotos,etc).
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RUTAS DE ATENCIÓN EN
PROCESOS DEBIENESTAR Y
PROTECCIÓN ANIMAL
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RUTA CONSULTORIOJURIDICO- UCC
USUARIO:
Se acerca al Consultorio Jurídico de manera presencial o por correoelectrónico (consultoriojuridicoanimalista@ucc.edu.co) e informa loshechos de los que presuntamente son víctimas los animales decompañía. Debe contar con todas las pruebas pertinentes para larespectiva radicación.
1
CASO:
Contravención.Denuncia ante FiscalíaQueja ante COMVEZCOL
Se realiza el respectivo analisís del caso objeto de la consulta: 2
ESTUDIANTEDe acuerdo con el tipo de proceso, el estudiante con la asesoría delprofesor, presenta a la entidad competente lo que en derecho seconsidere.
3
TIPO DE PROCESO A INICIAR:
Si es una contravención por maltrato animal se hará la denuncia ante laInspección de Policía que iniciará el proceso de sanción y retiro de losanimales de compañía con el fin de lograr restablecer sus derechos.
4
ESTUDIANTESe debe realizar y brindar información escrita por correo electrónico alusuario con el fin de mantener comunicación del estado de proceso yfinanciación del mismo.
5
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RUTA DENUNCIA PORMALTRATO ANIMAL
ANTE FISCALÍA GENERALDE LA NACIÓN
URI (Unidad deReacción
Inmediata)
ANTE
QUIEN
PRESENTO
LA
DENUNCIA
COMO PRESENTO LADENUNCIA
En la denuncia se
debe especificar
tiempo, lugar y
descripción de
los hechos
De manera
verbal o escrita
CAPIV (Centrode Atención
Penal Integrala Víctimas)
COMPETENCIA
Juzgado PenalMunicipal Art.37 Numeral 7
Código deProcedimiento
Penal
Fiscalía realizainvestigación
EN QUÉ MOMENTOPRESENTO LA DENUNCIA
Aplicación del
Art. 213 Código
Procedimiento
Penal - Acto
Urgente con
Policía Judicial
Inmediatamenteocurridos los
hechos
Cuando se tenga
conocimiento de
los hechos
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Ruta para denuncia ante Inspección de Policía- Contravención -
Inspector de Policía
IDPYBA.
01
02
03
04
05
Restablecimiento de Derechos
La denuncia puede ser verbalo escrita y se radica en laInspección de Policía de lalocalidad donde se encuentrael animal víctima de maltrato.
En caso de ser inminente eldaño a la vida o integridaddel animal, este será retiradodel lugar
El inspector acciona el Escuadrón Anticrueldad del Instituto de
Protección y Bienestar Animal.
El Inspector de Policía, demanera escrita, realizará laamonestación y la sanciónpecuniaria si hay lugar.
Se restablecen los derechosal ser sintiente.
Contravención
PASO
PASO
PASO
PASO
PASO
41
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ALATENCIÓN EN CASOS DE
MALTRATO Y/O CRUELDADANIMALPara reportar un perro o gato de la calle
herido o que puede morir, se debe llamar ala línea 123 y de esta manera se activará el
escuadron de urgencias veterinarias.
Urgencias veterinarias
1) Contestar de manera formal las quejas o requerimientos.2) Visitas de verificación al lugar de los hechos donde presuntamente serealizan actos de maltrato y/o crueldad animal.3) Emitir los conceptos técnicos sobre la salud y el bienestar del animalevaluado.4) Solicitar la aprehensión material preventiva de animales a la autoridadcompetente previo concepto técnico desfavorable emitido por el IDPYBA.5) Expedir informe técnico de viabilidad de devolución del animal que hayasido aprehendido preventivamente. (3)
(3) Proceso protección ante la crueldad animal. Recuperado de: http://www.proteccionanimalbogota.gov.co/transparencia/organizacion/procesos-y-procedimientos/proteccion-ante-la-crueldad-animal
(4) Íbidem
DE NO NECESITARSE ATENCIÓN INMEDIATA SE PUEDEDAR AVISO AL CORREO:
PROTECCIÓNANIMAL@ALCALDIABOGOTA.GOV.CO O DEFORMA PRESENCIAL EN LA CALLE 116 N° 70G-82
BOGOTÁ
43
Clasificación de las conductas atentatorias del bienestaranimal
PRONUNCIAMIENTOSDE LA CORTE
CONSTITUCIONALSOBRE LOS SERES
SINTIENTES
44
Constitución ecológica -Implicaciones en laprotección de los
animales
ConstituciónEcológica y
Derecho al MedioAmbiente
Medio ambiente,animales y ser
humano
C-889/12 C-041/17 yC-059/18
Constituciónecológica -
Obligación delEstado y de losseres humanos
respetar la vida eintegridad de los
animales
Recursos naturales-Protección
constitucional y legalsobre el
aprovechamiento de losanimales domésticos y
animales silvestres
C-048/17 yT-095/16
T-760/07
CONSTITUCIÓNECOLÓGICA
T-411/92
Animales silvestres,nativos o exóticos en
circos fi jos eitinerantes-Prohibiciónpor vía legislativa se
ajusta a los mandatosde la Constitución
ecológica
C-283/14
45
DIGNIDAD ANIMAL—ACTIVIDADES TAURINAS, COLEO Y RIÑAS DEGALLOS - La norma ha debido declararse inconstitucional, porafectación a los derechos al ambiente y a la protección a losanimales frente al sufrimiento de dolor innecesario
DIGNIDAD DE LOS ANIMALES
C-283/14
DERECHOS DE LOS ANIMALES-Reconocimiento históricoC-041/17
DERECHOS FUNDAMENTALES-Titularidad no se predica deanimales no humanos
T-095/16
PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES QUE SE DERIVA DE LACONSTITUCION-Jurisprudencia constitucional
C-048/17
ALCANCE DE LA DIGNIDAD HUMANA-Admisión de los intereses delos animales
T-760/07
DIGNIDAD HUMANA-Concepto tiene directa y principal relacióncon el ambiente en que se desarrolla su existencia, y de éstehacen parte los animales
C-666/10
PROHIBICIÓN DE LLEVAR ANIMALES EN EL SERVICIO PUBLICO DETRANSPORTE DE PASAJEROS-Excepción de animales domésticossujeta a condiciones de salubridad, seguridad, comodidad ytranquil idad.
C-343/17
ESTATUTO NACIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES-Protección especial
T-608/11, T-296/13, T-121/17
PROHIBICIÓN DE LLEVAR ANIMALES EN VEHÍCULOS DETRANSPORTE TERRESTRE PUBLICO DE PASAJEROS ENDETERMINADAS CONDICIONES-Excepciones.
C-439/11
46
ACCION DE TUTELA CONTRADECISION DE JUNTA
DIRECTIVA DE CONJUNTORESIDENCIAL-Procedenciaexcepcional para protegerderecho a la tenencia de
animales domésticos comoparte del l ibre desarrollo de
la personalidad y de laintimidad familiar
ACCION DE TUTELA -Derecho a la tenencia
de animalesdomésticos como partedel l ibre desarrollo dela personalidad y de la
intimidad familiar
ASAMBLEA DECOPROPIETARIOS-
Responsabil idad entenencia de animales
domésticos
T-155/12
T-034/13
T-035/97
Convivencia y
tenencia de seres
humanos con
animales domésticos
-Controversia
DERECHO A LAINTIMIDAD
PERSONAL YFAMILIAR-Tenencia
de animalesdomésticos
C-439/11T-595/03,
T-155/12
ANIMALESDOMÉSTICOS
47
REPRODUCCIÓN
ANIMALES DOMÉSTICOS
AUTORIDADADMINISTRATIVA-
Omisión por permitircriaderos de animalesT-
622/
95
TUTELA-Criadero deanimales en zona
urbana
DERECHO A LAINTIMIDAD PERSONAL YFAMILIAR-Criadero deanimales en perímetro
urbano
DERECHO AL AMBIENTE SANO-Prohibición de explotación
comercial de animales ycriaderos en perímetro urbano
Delivery
T-11
5/97
T-61
4/9
7
T-86
3A/9
9
DEBER GENERAL DEPROTECCION A LOS
ANIMALES-Contenidoy alcanceT-
436
/14
C-28
3/14
PROTECCION DE LABIODIVERSIDAD, LA FAUNAY LA FLORA-Convenios de
los cuales se derivanderechos de los animales
PROTECCIÓN ANIMAL
48
DIGNIDAD ANIMAL—ACTIVIDADES TAURINAS, COLEO Y RIÑAS DEGALLOS - La norma ha debido declararse inconstitucional, porafectación a los derechos al ambiente y a la protección a losanimales frente al sufrimiento de dolor innecesario
ACTIVIDAD TAURINA
C-666/10
NORMA ACUSADA-Disposición que excepciona algunos actos decrueldad para con los animales debió declararse inexequible.
C-761/09
TAUROMAQUIA COMO MANIFESTACIÓN CULTURAL Y EL DEBER DEPROTECCION DE LOS ANIMALES.
T-296/13
ACTO DE MALTRATO-Supone intervención en la salud o integridadcon un impacto significativo en las funciones vitales de losanimales.
C-041/17
ACCIÓN DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO-Improcedencia para debatir actuación de la administracióndistrital de impedir la presentación de espectáculos taurinos enla Plaza de Toros con muerte de animal por existir otro medio dedefensa judicial
T-296/13
ACCIÓN DE TUTELA EN MATERIA DE DERECHO A LA LIBERTAD DEEXPRESIÓN ARTÍSTICA Y ESPECTÁCULO TAURINO-Aclarar órdenesrelacionadas con la restitución y rehabil itación de la Plaza deToros de Santa María de Bogotá
A. 060/15
CORRIDAS DE TOROS-Son actividades o expresiones culturalespermitidas entretanto el Legislador no decida l imitarlas oprohibirlas
C-1192/05 C-367/06
LEGITIMACIÓN POR ACTIVA EN TUTELA-Personas naturales quedemostraron interés legítimo en la participación de consultapopular y en la celebración de corridas de toros.
SU.056/18
NORMA ACUSADA-Disposición que excepciona algunos actos decrueldad para con los animales debió declararse inexequible.
T121/17C115/06C367/06 49
CONFLICTO ENTRE LAPROHIBICION
CONSTITUCIONAL DEMALTRATO ANIMAL Y LADIVERSIDAD CULTURAL-
Equil ibrio
ANIMALESSILVESTRES Y
MAMIFEROSMARINOS-
Prohibición depresentación en
circos yespectáculos
públicos
DEMANDA SOBREPROHIBICION
DEFINITIVA DEL USODE ANIMALES
SILVESTRES, NATIVOSO EXOTICOS ENCIRCOS FIJOS E
ITINERANTES-Examense circunscribe a losanimales silvestres yno a los domésticos
C-889/12
C-283/14
ACCION DE TUTELA-Hecho superado por
cuanto Alcaldíaconcedió autorizaciónpara funcionamiento
del Circo de losHermanos Gasca
T-930/11
ACTIVIDAD CIRCO
T-725/03
USO DE ANIMALES ENLOS CIRCOS-Lapso de 2
años otorgado por ellegislador para quedesistan de su uso
T-436/14
50
MALTRATO
ANIMAL
FUNCION SOCIAL Y ECOLOGICA DELA PROPIEDAD- VIOLENCIA CONTRA
LOS ANIMALES - Fundamento a laprohibición de trato cruel para con
los animales - Representa en laactualidad una suerte de “tara
ancestral”
C-66
6/10
ENFERMEDADESANIMALES-Prevención y
control
DEFENSA DE LOS ANIMALES-Prohibiciones deben ser el
elemento final de un sistemajurídico adecuado y deben
mantenerse mientras existancasos de maltrato
DEBER DE PROTECCION ANIMAL-Obligación para los seres humanosde, entre otros, evitar el maltrato,
la tortura o los actos de crueldad yvelar por el cuidado de integridad y
vida de animales
Delivery
C-08
7/94
C-04
1/17
T-09
5/16
51
FAUN
A SI
LVES
TRE
PROHIBICION DEL USO DEANIMALES SILVESTRES, NATIVOSO EXOTICOS EN CIRCOS FIJOS E
ITINERANTESC-28
3/14
ACUERDO SOBRE SANIDADANIMAL-Protección de la
fauna si lvestre
DECOMISO DE ANIMALES-Medidaaplicada por el desconocimiento
de las condiciones y prohibicionesque rigen el aprovechamiento de
la fauna si lvestre
ANIMALES DOMESTICADOS Y ANIMALDE FAUNA SILVESTRE-Formas de
adquirirlos
Delivery
C-33
2/96
T-76
0/07
T-60
8/11
RECURSOS NATURALES-Desarrollo legalde las condiciones relativas a la
disposición, acceso y aprovechamientode la fauna si lvestreC-
343/
17C-
283/
14 11 RECURSOS NATURALES-Instrumentos legales que establecencondiciones y restricciones para el
aprovechamiento de la fauna si lvestre
52
ANIMALES-Comoseres sintientes,
resulta irrazonableque el ser humano noles prodigue un tratodecente y no tome en
consideración susintereses
DEBERCONSTITUCIONALDE PROTECCION ALOS ANIMALES-No
afecta su condiciónde bienes jurídicos
C-283-14
C-343-17
C-041/17
DECLARACIÓN
UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS DE LOS
ANIMALES -No puede
considerarse como un
instrumento que forme
parte del bloque de
constitucionalidad
RELACIONES ENTREANIMALES HUMANOS
Y NO HUMANOSCOMO CUESTION
CONSTITUCIONAL-Derecho comparado
y doctrina
C-048-17 C-889/12
LOS ANIMALESSON SERES
SINTIENTES
CONSIDERACION DE LOSANIMALES Y LA PROPENSION
POR EL RECONOCIMIENTODE LA TITULARIDAD DE
CIERTOS DERECHOS-Evidencias científicas
producto de la etología,neurociencia, biología y
zoología que advierten queson seres vivos, sintientes,
con capacidades,
53
EXEQUIBLE, en lostérminos de la
mencionadasentencia, el
parágrafo 3º delartículo 5º de la Ley
1774 de 2016
C-133/19
C-467-16LOS ANIMALES, en el ámbito
civil t ienen una doblefunción que se
complementan, tienen elmismo régimen jurídico de
los bienes en general, yque, por tanto, pueden ser
objeto de los títulos y de lastransacciones reguladas en
dicha legislación.
RELACION ENTREANIMALES Y SERES
HUMANOS EN ELORDEN
CONSTITUCIONAL-Sentencia C-666/10
como piedra angularde la concepción
PROTECCION DE LOSANIMALES-El Gobiernoy el Congreso deben
proveer lanormatividad
indispensable para elreconocimiento de sus
derechos,mecanismos de
protección y l ímites asu ejercicio
C-059/18 C-283/14 C-041/17
PROTECCIÓN A LOS DERECHOS DE LOSANIMALES Y PROCEDIMIENTOS
PROTECCIÓN DE LOSANIMALES-Deberes
morales y solidarios enaras de la conservación
del medio ambiente
TENENCIA DE PERROSPOTENCIALMENTE
PELIGROSOS-Se instaa propietario de
perro de razarottweiler a cumplir
estrictamente con lasobligaciones relativas
a la tenencia deanimales
potencialmentepeligrosos
TENENCIA DE PERROSPOTENCIALMENTE
PELIGROSOS-Copropiedad puede
prohibir la tenencia deanimales
potencialmentepeligrosos que
pertenezcan a losresidentes, y sólo
podrán ser expulsadoscon garantías del
debido proceso
C-889/12 C-059/18 T-155/12
RESPONSABILIDAD (Civilextracontractual / Seres sintientes)
RESPONSABILIDAD PORHECHOS DE ANIMALES-
Jurisprudencia delConsejo de Estado
54
BIBLIOGRAFÍA
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56
GRUPO ESTUDIANTESINVESTIGADORES:
KAREN MARGARITA OLARTE COAVAS
JOSÉ ALEXANDER ROMERO NIETOPAULA ALEXANDRA GARCÍA NEIRA
JOSE LUIS ESTEBAN PINTORERICA GIVANA CARDOZO FAJARDO
ALEJANDRA TOVAR QUINTEROCESAR LEON RIVERA TOVAR
LEYLA ISABEL ROMERO EECHEVERRYYOVANNY PEREZ PIÑEROS
COORDINADORA:
GLORIA DEL PILAR AYA VARGAS
ASESOR METODOLÓGICO:
JAIME TORRES BUELVAS
www.ucc.edu.co/Bogotaconsultoriojuridicoanimalista@ucc.edu.co