Post on 25-Sep-2020
FACTURACIÓN
ELECTRONICA
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FACTURACIÓN SISTEMAS
COMPUTACIONALES FISCALES
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POSIBILDAD DE REGLAMENTAR NUEVOS REQUISITOS A LA FACTURA Y DOCUMENTO EQUIVALENTE
La Administración Tributaria podrá establecer las condiciones, los términos y los mecanismos técnicos y tecnológicos.
Para la generación, numeración, validación, expedición, entrega al adquirente y la transmisión de la factura o documento equivalente
Así como la información a suministrar relacionada con las especificaciones técnicas y el acceso al software que se implemente. Y La información que el mismo contenga y genere
La interacción de los sistemas de facturación con los inventarios, los sistemas de pago, el IVA, el impuesto nacional al consumo, la retención en la fuente que se haya practicado y en general con la contabilidad y la información tributaria que legalmente sea exigida.
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
Articulo 37 Ley 223 de 1995Estatuto Tributario Articulo 616-1Decreto 1094 de 1996
Ley 527 de 1999 Comercio Electrónico
Ley 962 de 2005 Factura ElectrónicaDecreto 1929 del 2007Resolución 14465 del 2007Decreto 2668 del 2010
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HISTORIA FACTURA ECTRONICAArticulo 37 LEY 223 de 1995 Articulo 616-1
Decreto 1094 de 1996
PRIMER INTENTO FACTURA ECTRONICA
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
Articulo 55 y 183 Ley 1607 del 2012Artciculo 9 Ley 1783 del 2015Decreto 2242 del 2015 Resolucion 0019 del 2016Decreto 1349 del 2016Ley 1819 del 2016Resolución 2215 del 2017Articulo 16 , 17 Ley 1943 del 2018
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FACTURA ELECTRONICA ACTUAL
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALLa Factura Electrónica: Para su reconocimientotributario debe ser validada por la DIAN previoa su expedicion.
La Resolución 0001 del 3 de enero del 2019,establece la validación previa, y entrara envigencia, cuando este lista.
Ley 1943 del 2018, Artículo 616-1 del Estatuto Tributario).
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALLa Factura Electrónica: Es un documento enformatos electrónicos, que soporta unaTransacción de venta de Bienes o de Servicios ,pagos de nomina, exportaciones eimportaciones
Fiscalmente la Factura Electrónica es unafactura de venta y no un documentoequivalente, debiendo cumplir con todos losrequisitos de la factura.
Ley 1943 del 2018, Artículo 616-1 del Estatuto Tributario).
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PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA FACTURACION ELECTRONICA
Obligado a facturar: Obligados directos
Es la persona natural o jurídica que conforme a las normas tributarias tiene la obligación de facturar y sean selecionados por la DIAN para factura electronicamente.
Es la persona natural o jurídica que conforme a las normas tributarias tienen la obligación de facturar y opten voluntariamente por expedir factura electronica.
Es la persona que conforme a las normas tributarias no tiene la obligación de facturar y opten voluntariamente por expedir factura electronica
Decreto 2242 del 2015 articulo 1y 18
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA FACTURACION ELECTRONICA
Obligado a facturar: Obligados indirectos
Contratos de Mandato: Si el Mandante es obligado a facturarelectrónicamente bien sea por que la DIAN le impuso esa obligaciónmediante resolución o el mismo en forma voluntaria la solicito, elmandatario deberá cumplir con todos los requerimientos de la facturaelectrónica y facturar todas sus operaciones, distinguiendo cuando sonpropias o producto del mandante
Si el Mandatario es obligado a facturar electrónicamente bien sea por que la DIAN le impuso esa obligación mediante resolución o el mismo en forma voluntaria la solicito, el mandatario deberá cumplir con todos los requerimientos de la factura electrónica debiendo distinguir cuando son propias o producto del mandante. (Decreto 2242 del 2015 articulo 11)
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA FACTURACION ELECTRONICA
Obligado a facturar: Obligados indirectos
Consorcios y Uniones temporales
Si el Consorcio o la Unión Temporal es obligado a facturarelectrónicamente bien sea por que la DIAN le impuso esa obligaciónmediante resolución o el mismo en forma voluntaria la solicito
Por lo tanto el Consorciados o Unionistas deberá cumplir con todos los requerimientos de la factura electrónica si son ellos los que facturan a nombre del Consorcio
Decreto 2242 del 2015 articulo 11
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
RESOLUCION DE OBLIGADOS ACTUALES
Los responsables de facturar que en los 5 años anteriores hayan solicitado rangos de numeración en facturación electrónica de conformidad con el decreto 1929 del 2007
La facturación electrónica de conformidad con el decreto 1929 del 2007 pierde vigencia a partir del 31 de diciembre del 2018
Resolución 0072 del 29 de diciembre del 2017Resolución 0002 del 3 de Enero del 2019 10
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
RESOLUCION DE OBLIGADOS ACTUALES: GRANDESCONTRIBUYENTES
Los responsables de facturar que fueron calificados como Grandes Contribuyentes, resolución 0076 del 1 de diciembre del 2016
La resolución 0010 del 6 de febrero rige a partir del 1 de junio, y una vez entre en vigencia se tendrá 3 meses mas para su aplicación ( 1 de septiembre del 2018)
Con la resolución 062 de noviembre 2018 se aplazo hasta el 1 de enero del 2019
Resolución 0010 del 06 de Febrero del 2018Resolución 062 de Noviembre del 2018Resolución 0002 del 3 de Enero del 2019
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
RESOLUCION DE OBLIGADOS ACTUALES: GRANDES CONTRIBUYENTES
Los responsables de facturar que de manera voluntaria hayan optado por Facturar Electrónicamente
Máximo hasta el 18 de enero del 2019
A dicha fecha se haya asociado en el servicio informático de factura electrónica.
A partir de dicha fecha No se otorgara mas autorizaciones voluntarias de facturación Electrónica.
Hasta que entre en vigencia la Factura Electrónica con Validación PreviaResolución 0002 del 3 de Enero del 2019 12
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
RESOLUCION DE OBLIGADOS ACTUALES: VOLUNTARIOS
Los responsables de facturar que fueron habilitados Voluntariamente, resolución 01122 del 15 de enero del 2019
Personas jurídicas y naturales de todas las Administraciones de Impuestos alrededor de 6.600 personas
Resolución 01122 del 15 de Febrero del 201913
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
LEY 1943 DEL 2018 OBLIGADOS: REGIMEN TRIBUTACION SIMPLE
Las personas Naturales y Jurídicas que se acojan al régimen de tributación Simple tienen la obligación de facturar electrónicamente a partir del 1 de septiembre del año 2019
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALPLAZO ADICIONAL A LOS OBLIGADOS
Los responsables de facturar que a 1 de Enero del 2019 yaestuvieran obligados a cumplir con la facturación electrónica yno hayan comenzado con dicha obligación.
La DIAN no podrá sancionarlos por el cumplimiento hasta el 30de junio del 2019, a partir de dicha fecha podrán ser objeto desanción.
Pero deberán facturar con el cumplimiento de los requisitoslegales de los otros tipos de facturación,, y en caso que la DIANlos solicite, demostrar las razones técnicas o comerciales delincumplimiento.
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del EstatutoTributario 15
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
La Factura Electrónica: La DIAN establecera el calendario en elaño 2019 para esteblecer los obligados a facturaraElectronicamente, (Paragrafo transitorio 2 del articulo 616-1 ETmodificado por la ley 1943 del 2018)
Derogo Los contribuyentes obligados a declarar IVA e Impuesto al Consumo deberán expedir factura electrónica a partir del 1 de enero del 2019(Paragrafo transitorio 2 del articulo 616-1 ET modificado por la ley 1943 del 2018)
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OBLIGADOS MASIVOS
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALPROYECTO DE RESOLUCION: OBLIGADOS MASIVOS
Los siguientes responsables de facturar deberán realizarlo enforma electrónica:
-Responsables del régimen común del IVA o del Impuesto alconsumo
-Las personas jurídicas o naturales, sean o no contribuyentes deIVA o de Renta que tenga las actividades de Comerciantes;Profesiones liberales; actividades agrícolas o ganadera.
- Los del Régimen de Tributación Simple en la fechas que dicto laley y los Voluntarios que así lo deseen.
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALPROYECTO DE RESOLUCION: OBLIGADOS MASIVOS
Los responsables de facturar deberán realizarlo en formaelectrónica dependiendo del grupo y de los dos primeros o tresprimeros dígitos de la Actividad Económica así:
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1 1 DEMAYO
1 DE AGO2019
05 06 07 08 09
2 1 DE JUNIO
1 DE SEP2019
11 12 16 17 18 19 20
2 1 DEJUNIO
1 DE SEP2019
21 22 23 24 25 26 27
2 1 DE JUNIO
1 DE SEP2019
28 29 30 31 32 33
3 1 DE JULIO
1 DE OCT2019
45 465 473 474
GRUPO FECHA DESDE HASTA ACTIVIDAD ECONOMICA
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALPROYECTO DE RESOLUCION: OBLIGADOS MASIVOS
Los responsables de facturar deberán realizarlo en formaelectrónica dependiendo del grupo y de los dos primeros o tresprimeros dígitos de la Actividad Económica así:
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GRUPO
13 1 DEMAYO 2020
1 DE AGOSTO2020
01 02 03 77
13 1 DEMAYO 2020
1 DE AGOSTO2020
79 80 51 82
GRUPO FECHA DESDE HASTA ACTIVIDAD ECONOMICA
13 1 DE 1 DEMAYO AGOSTO2020 2020
OTRAS ACTIVIDADES NO CLASIFICADAS
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALPROYECTO DE RESOLUCION: OBLIGADOS MASIVOS
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ACTIVIDADES ECONOMICASNUMERO
DESCRIPCION
División 05. Extracción de carbón de piedra y lignito.
División 11. Elaboración de bebidas
División 20. Fabricación de sustancias y productos químicos.
División 31. Fabricación de muebles, colchones y somieres.
División y sub división 473
Comercio al por menor de combustible, lubricantes, aditivos y productos de limpieza para automotores, en establecimientos
PROYECTO DE RESOLUCION: OBLIGADOS MASIVOS
Los responsables de facturar deberán realizarlo en forma electrónicaOTROS GRUPOS:
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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GRUPO FECHA FECHA MAXIMA
SUJETOS
1 1 DEAGOSTO 2019
1 DEDICIEMBRE 2020
Los obligados grandes contribuyentes y demás que están obligados
2 3 DEFEBRERO 2020
4 DEMAYO 2020
Entidades del estado del orden nacional o territorial y las empresas de servicio publico domiciliario
3 4 DEMAYO 2020
3 DEAGOSTO 2020
PN Ingresos mayores a 3.500 uvt y menores a 12.000
4 1 deSEPTIEMBRE
2019 REGIMEN DE TRIBUTACION SIMPLE
PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA FACTURACION ELECTRONICA
Adquirente:: Existen Seis tipos de adquirentes
1) Es la persona natural o jurídica que como adquirente de bienes o servicios debe exigir factura o documento equivalente. Y el esta obligado a factura electronicamente.
2) Es la persona natural o jurídica que como adquirente de bienes o servicios debe exigir factura o documento equivalente. Y el No esta obligado a factura electronicamente pero lo hace voluntariamente.
3) Es la persona natural o jurídica que como adquirente de bienes o servicios debe exigir factura o documento equivalente. Y el No esta obligado a facturar electronicamente pero requiere un docuemnto fisico .
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA FACTURACION ELECTRONICA
Adquirente: Existen Seis tipos de adquirentes
4) Es la persona natural que como adquirente de bienes o servicios No debe coservar la factura electronica. ( consumidor final), pero se debe expedir un documento fisico.
5) Es la persona Extranjera sin domcilio en Colombia que como adquirente de bienes o servicio no le aplica la legislacion Colombiana . Pero acepta la factura electronicamente.
6) Es la persona Extranjera sin domcilio en Colombia que como adquirente de bienes o servicios no le aplica la legislacion Colombiana, pero requiere un documento fisico . (Artículo 2, 3 y 18 Decreto 2242 del 2015 )
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Valides de la Factura Electrónica
Todas las facturas Electrónicas para su reconocimiento tributario deberán ser validadas por la DIAN o un Proveedor Tecnológico Privado
La factura electrónica solo se entenderá expedida y tendrá efectos legales y fiscales cuando sea entregada al cliente.
La responsabilidad de la entrega de la factura para su validación le corresponde al obligado a facturar electrónicamente.
La responsabilidad de la entrega de la factura al adquiriente una vez validado le corresponde al obligado a facturar electrónicamente.
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
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Valides de la Factura Electrónica
Cuando no pueda entragrse la factura electronica por razones tecnologicas de la DIAN o del proveedor tecnologico.
El obligado a factuar podra entregar la factura al adquiriente sin validación previa.
Pero debera enviarse al proveedor tecnologico o a la DIAN dentro de las 48 horas del restablecimiento de la contingencia.
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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Catalogo de participantes de la Factura Electrónica
Es el registro electrónico administrado por la DIAN, que provee información de los obligados a facturar electrónicamente; Los adquirentes que decidan recibir la factura en formato electrónico y los Proveedores Tecnológicos autorizados por la DIAN
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OBLIGADO A
FACTURAR
ADQUIRENTE
O
COMPRADOR
FACTURACIÓN ELECTRONICA ENVIO A LA DIAN
Se deberá enviar, por Adquirente cada factura
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PROVEEDOR TECNOLOGICO
PRIVADO
DIAN
FACTURA ELECTRONICA CONTENIDO
La expedición de la factura electrónica deberá realizarse en las siguientes condiciones, el obligado a facturar deberá:
a) Utilizar el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la -DIAN.
b) Llevar numeración consecutiva autorizada por la DIAN en las condiciones que ésta señale.
c) Cumplir los requisitos señalados en el artículo 617 del Estatuto Tributario, salvo lo referente al nombre o razón social y NIT del impresor
d) Firmar electrónicamente utilizando firma digital o electrónica
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Modifiar el RUT para realizar el proceso de Facturación Electronica:
A peticion del obligado a facturar La DIAN actualiza el RUT con la obligación:
37- Obligado a facturar electronicamente
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Solicitud de autorización de numeración
Cuando el responsable este obligado a facturarelectronicamente, deberá solicitar autorización de numeracióna la DIAN
El obligado a facturar deberá utilizar un sistema denumeración que garantice la unicidad de la factura, el cualpodrá contener prefijos alfanuméricos que le permitandiferenciar la facturación de los ingresos provenientes de lasventas o prestación de servicios (Articulo 3 decreto 22 42 del2015; artículo 5, 8, y 14 Resolución No. 00019 de 2016).
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El Codigo Unico de Factura Electrónica CUFE
El Código Único de Factura Electrónica, corresponde a un valor alfanuméricoobtenido a partir de la aplicación de un procedimiento que utiliza datos de lafactura, que adicionalmente incluye la Clave de Contenido Técnico de Controlgenerada y entregada electrónicamente por la DIAN al obligado a facturarelectrónicamente o a su proveedor tecnológico
El Código Único de Factura Electrónica deberá ser incluido como un campo másdentro de la factura electrónica y ser visualizado en la representación gráfica y en
los códigos bidimensionales QR
CUFE: 7725Safaa404e514e830ecd2e8acc410ca0a131ed(Articulo 2, 3 Decreto 2242 del 2015, Artículo 6 Resolución No. 00019 de 2016).
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El Códigos bidimensionales QR
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
Num facFc 15051445Fec Fac2019011400000Nit Fac: 890100577Doc Adq: 900380923-7Val Fac: 47000.00Valva:0.00ValOtrolm: 0,00CUFE: 7725Safaa404e514e830ecd2e8acc410ca0a131ed
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Clave de contenido técnico de control
La Clave de Contenido Técnico de Control la genera la DIAN y serádispuesta electrónicamente para su empleo por parte del obligado afacturar o las personas autorizadas por la empresa o o su proveedortecnológico cuando sea autorizado por el obligado a facturar, con datosconocidos únicamente por la entidad, se utiliza para la obtención delCódigo Único de Factura Electrónica
(Articulo 3 Decreto 2242 del 2015, Artículo 6 Resolución No. 00019 de 2016).
FACTURACIÓN
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Firma electrónica de la Factura
La firma electronica podra pertenecer: Al obligado a facturar electronicamente; A los sujetos autorizados por la empresa; Al proveedor tecnologico cuando se ha autorizado por el obligado a facturar
(Articulo 3 Decreto 2242 del 2015, Artículo 6 Resolución No. 00019 de 2016).
FACTURACIÓN
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La Factura Electrónica y la Factura de Talonario y Computador
No se podrá volver a utilizar los sistemas de facturación por computador, talonario, ni el sistema de facturación electrónica regulado por el Decreto 1929 de 2007. Una vez el obligado a facturar electrónicamente sean habilitados y comience a facturar de acuerdo al Decreto Reglamentario 2242 del 2015
La facturación por computador y de talonario seguirá operando en forma indefinida, siempre y cuando no este obligado o voluntariamente a utilizar la factura Electrónica
Articulo 1, 20 decreto 2242 del 2015
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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Consulta De Las Facturas Electrónicas Enviadas A La DIAN
La DIAN ofrecerá servicios de consulta a los obligados a facturar y a los adquirentes que la reciben en formato electronico, respecto de sus propias transacciones, cuando la factura electrónica se hubiere entregado en representación gráfica en formato impreso o en formato digital, tambien se podra consultar por parte delos adquirentes
(Artículo 7 Decreto 2242 del 2015).
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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EL REGISTRO ELECTRÓNICO SERVIRÁ COMO SOPORTE
FISCAL DE:
A partir de año 2020 es requisito soportar los costos y gastos e
impuestos descontables con factura electrónica así:
año 2.020 el 70% como mínimo debe ser soportado con factura
electrónica
año 2.021 el 80% como mínimo debe ser soportado con factura
electrónica
año 2.022 el 90% como mínimo debe ser soportado con factura
electrónica
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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EL REGISTRO ELECTRÓNICO SERVIRÁ COMO SOPORTE
FISCAL DE:
No puede operar la obligacion de soporte sobre:
Importación de bienes; Sobre rendimientos financieros pagados al sector finaciero, sobre no obligados a facturar, sobre la nomina salarial, y parafiscales, sobre los impuestos que son gastos y costos, sobre depreciaciones y amortizaciones.( Esto se debera aclarar por un decreto reglamentario)
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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EL REGISTRO ELECTRÓNICO SERVIRÁ COMO SOPORTE
FISCAL DE:
No se aceptan los documentos equivalentes de maquinas
registradoras POS, a partir de año 2019 para soportar los
costos y gastos e impuestos descontables
Articulo 16 de la ley 1943 del 2018 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
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Validez la Factura Electrónica como Titulo Valor
Solo son validas como titulo valor las FETV emitidas y recibidas en medio electrónico.
Las FETV prestan merito ejecutivo, por el incumplimiento de la obligación de cancelarla pudiéndola inscribir en el Registro el vendedor en caso de no pago, para que le Expidan un Titulo de Cobro.
El Decreto 1349 del 2016
FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCAL
TITULO VALOR
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REGISTRO DE LA FACTURA
ELECTRÓNICA REFEL
El registro de las factura electrónicas como titulo valor que estaba la responsabilidad de la administración del Ministerio de Comercio Industria y Turismo según el articulo 9 de la ley 1753 del 2015. fue derogada dicha norma con el Articulo 122 de ley 1943 del 2018
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REGISTRO DE LA FACTURA
ELECTRÓNICA COMO TITULO
VALOR
• El registro de factura electrónica como titulo valor será ante la DIAN y
• En la DIAN se permitirá la consulta y trazabilidad
• El Gobierno reglamentara la circulación de la factura electrónica
(Articulo 16 ley 1943 del 2018 articulo 616-1 Del Estatuto Tributario)
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FACTURACIÓN
ELECTRONICA FISCALInicio obligación factura electrónica Resolución072 del 2017
Inicio obligaciónResolución 010 del 2018Grandes Contribuyentes
Junio 2018
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Septiembre 2018
Inicio obligaciónResolución 062 de Noviembre del 2018Grandes Contribuyentes
Enero 2019Junio 2019
Obligados no sujetos a sanciones por no implementar factura electrónica
Inicio obligación facturación electrónica Régimen Simple
Septiembre 2019