Post on 13-Aug-2020
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Artículo 35: Monumento Histórico
Los bienes vinculados con la historia
de la nación, a partir del
establecimiento de la cultura
hispánica en el país, en los términos
de la declaratoria respectiva o por
determinación de la ley.
Artículo 36: Son Monumentos
históricos:
I. Los inmuebles construidos en los
siglos XVI al XIX, destinados a
templos y sus anexos; arzobispados,
obispados y casa curales; seminarios,
conventos o cualesquiera otros dedicados
a la administración, divulgación,
enseñanza o práctica de un culto
religioso;
así como a la educación y a la enseñanza,
a fines asistenciales o beneficios; al
servicio y ornato públicos y al uso de las
autoridades civiles y militares. Los bienes
muebles que se encuentren o se hayan
encontrado en dichos inmuebles y las
obras civiles relevantes de carácter privado
realizadas de los siglos XVI al XIX
inclusive.
Artículo 33: Son Monumentos
artísticos:
Los bienes muebles e
inmuebles que revistan
valor estético relevante.
Representatividad
Inserción en determinada
corriente.
Grado de innovación.
Materiales y técnicas
utilizados y análogas.
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Tratándose de bienes inmuebles, podrá
considerarse también su significación en
el contexto urbano.
Las obras de artistas vivos que tengan la
naturaleza de bienes muebles no podrán
declararse monumentos artísticos.
Podrán ser declaradas monumentos las
obras de artistas mexicanos, cualquiera
que se el lugar donde sean producidas.
Cuando se trate de artistas extranjeros,
sólo podrán ser declaradas monumentos
las obras producidas en territorio
nacional.
Artículo 33: Monumentos artísticos
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo 33: Monumentos artísticos
La declaratoria de monumento podrá comprender toda la obra de un artista o sólo
parte de ella, igualmente, podrán ser declaradas monumentos artísticos o quedar
comprendidas dentro de las zonas de monumentos artísticos, obras de autores
cuya identidad se desconozca.
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo 37:
El Presidente de la República, mediante
Decreto, hará la declaratoria de zona
de monumentos arqueológicos,
artísticos o históricos, en los términos
de esta Ley y su Reglamento.
Las declaratorias deberán inscribirse
en el registro correspondiente, a que se
refiere el artículo 21 y publicarse en el
"Diario Oficial" de la Federación.
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo 39: Zonas de Monumentos Arqueológicos:
Es el área que comprende varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en
que se presuma su existencia.
Templo Mayor, Zócalo
Pirámide de Cuicuilco
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo 40: Zonas de Monumentos Artísticos:
Es el área que comprende varios monumentos artísticos asociados entre sí, con
espacios abiertos o elementos topográficos, cuyo conjunto revista valor estético
en forma relevante.
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Artículo 41: Zonas de Monumentos Históricos:
Es el área que comprende varios monumentos
históricos con un suceso nacional o la que se
encuentre vinculada a hechos pretéritos de relevancia
para el país.
En la Ciudad de México existen 6 Zonas de
Monumentos Históricos declaradas en el
Diario Oficial de la Federación, ubicadas
dentro de las Áreas de Conservación
Patrimonial.
Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Centro Histórico - Siglo XIX, Debray Sues
Zonas de Monumentos Históricos en la Ciudad de México
• El Plano reconstructivo de la
Región de Tenochtitlan, nos
permite realizar un análisis
espacial en relación a las Zonas
de Monumentos Históricos, así
como la ubicación de
poblaciones originarias y las
Áreas de Conservación
Patrimonial dentro de los
actuales límites de la Ciudad de
México.
Centro Histórico de Azcapotzalco Siglos XIX y XX
Centro Histórico de Coyoacán - Siglo XX
Centro Histórico de Coyoacán - Siglo XX
Centro Histórico de San Ángel - Siglo XX
Centro Histórico de San Ángel - Siglo XX
Centro Histórico de Tlalpan – Siglo XX
Centro Histórico de Tlalpan – Siglo XX
Centro Histórico de Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta Siglo XX©
Centro Histórico de Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta Siglo XX©
Normatividad Local
PATRIMONIO CULTURAL URBANO
La Dirección del Patrimonio
Cultural Urbano y de espacio
Urbano, es el área administrativa
de la SEDUVI del Gobierno de la
Ciudad de México que asume la
protección normativa del
patrimonio edificado tomando
como principio su adecuada
inserción en el tejido urbano de la
ciudad, sin menoscabo de los
valores históricos, artísticos,
arquitectónicos o urbanos.
Patrimonio Cultural Urbano
Ley de Desarrollo Urbano
Forman parte del patrimonio cultural urbano los bienes inmuebles, elementos
aislados tales como esculturas, monumentos, bienes muebles por destino,
mobiliario urbano, obras de infraestructura, contenidos en los ordenamientos
vigentes en materia de patrimonio por las instancias federales y locales; así como
los paisajes culturales, espacios públicos tales como calles, parques urbanos,
plazas y jardines, entre otros;
Artículo 65
Reglamento a la Ley de Desarrollo Urbano
Artículo 60. Forman parte
del patrimonio cultural,
histórico, arqueológico y
artístico: los barrios,
pueblos, calles históricas o
típicas, sitios arqueológicos
o históricos y sus entornos
tutelares, los monumentos
nacionales y todos aquellos
elementos que, sin estar
formalmente catalogados,
merezcan tutela en su
conservación y
consolidación.
Artículo 61. Se consideran afectos al patrimonio cultural urbano del Distrito
Federal los edificios, monumentos arqueológicos, históricos y
artísticos y las zonas donde estos se encuentren, plazas públicas,
parques, bosques, nomenclatura, traza urbana, estilos
arquitectónicos, esculturas y, en general, todo aquello que corresponda a
su acervo histórico urbano y a lo que resulte propio de sus constantes
culturales y de sus tradiciones públicas.
Para conocer las características patrimoniales de
un predio en particular ingresar al portal:
http://ciudadmx.df.gob.mx:8080/seduvi e
ingresar la cuenta catastral, dirección y/o
ubicación del predio para generar un reporte que
mostrará las normas específicas aplicables en:
• Dentro o fuera de Área de Conservación
Patrimonial.
• Aplicación de Norma 4 en Áreas de
Actuación.
• Instancia(s) que catalogan INAH, INBA,
SEDUVI.
• Criterios de intervención.
• Niveles de Protección.
• Zona de Monumentos Históricos.
Difusión de Información
Norma 4 - Áreas de Conservación Patrimonial
Son las poligonales en donde aplican normas, instrumentos, criterios y
lineamientos específicos, incluyen las zonas de monumentos históricos
y las zonas indicadas en los Programas Delegacionales y Parciales de
Desarrollo Urbano.
Objetivo
• Salvaguardar su entorno urbano, arquitectónico y ambiental.
• Proteger, conservar, consolidar, recuperar y poner en valor las
características que corresponden a su acervo histórico.
• Mantener y mejorar el patrimonio arquitectónico y ambiental así como
la imagen urbana, características de la traza y del funcionamiento de
barrios, calles históricas o típicas, sitios arqueológicos o históricos.
Aprobados y publicados en Gaceta
Oficial:
En 2005:
Venustiano Carranza, Magdalena
Contreras, Xochimilco y Benito Juárez
En 2008:
Miguel Hidalgo, Iztacalco, Azcapotzalco,
Iztapalapa, Cuauhtémoc y Tláhuac
En 2010:
GAM, Tlalpan, Coyoacán
Aprobados por la ALDF en el 2011:
Álvaro Obregón y Milpa Alta
Proyectos en análisis
Cuajimalpa de Morelos
Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano
45 Programas Parciales de Desarrollo
Urbano en la Ciudad de México:
Establecen la planeación del desarrollo
urbano y el ordenamiento territorial en
áreas especificas de acuerdo a las
condiciones particulares de algunas
áreas de la ciudad.
• 9 Programas Parciales incluyen la
protección al Patrimonio Cultural
Urbano: Centro Histórico, Centro
Alameda, Merced, Santa María la
Ribera, Hipódromo, Tacubaya,
Mixcoac Insurgentes, Mixcoac y
Polanco
Programas Parciales de Desarrollo Urbano
PPDU Centro Histórico / 2,207 inmuebles de valor / 3 niveles de
protección.
PPDU Hipódromo/ 321 inmuebles de valor / 3 niveles de
protección.
PPDU Santa María la Ribera, Atlampa y Sta. María Insurgentes
/ 1,040 inmuebles de valor / 4 niveles de protección
PPDU Centro Alameda / 230 inmuebles de valor / 1 nivel de
protección
PPDU La Merced / 78 inmuebles de valor / 1 nivel de protección
PPDU Insurgentes Mixcoac / 33 inmuebles de valor
PPDU Tacubaya / 342 inmuebles de valor / 2012
PPDU Polanco / 256 inmuebles de valor / 2014
Programas Parciales de Desarrollo Urbano
• 176 Áreas de Conservación
Patrimonial
• 6 Zonas de Monumentos
Históricos declaradas
• 22 Catálogos de inmuebles
afectos al Patrimonio
Cultural Urbano, cuyos
datos están publicados en la
GODF en los PDU (1998 /
1999 / 2000)
• 1 Catálogo en proceso de
validación
DELEGACIÓN
TOTAL DE CUENTAS
CATASTRALES POR
DELEGACIÓN
INMUEBLES CON
ATRIBUTOS
TOTAL DE
INMUEBLES
CATALOGADOS
ELEMENTOS
INMUEBLES
DENTRO DE
ZMH
ÁLVARO OBREGÓN 99,614 5,360 393 32 2,377
AZCAPOTZALCO 48,547 7,292 415 2 1,686
BENITO JUÁREZ 45,963 4,530 832 21 0
COYOACÁN 83,637 8,108 379 44 2,087
CUAJIMALPA DE MORELOS 23,599 3,309 40 13 0
CUAUHTÉMOC 44,185 29,668 9,590 143 7,139
GUSTAVO A. MADERO 171,812 7,838 966 30 0
IZTACALCO 51,513 3,442 28 3 0
IZTAPALAPA 256,582 15,916 27 4 0
LA MAGDALENA CONTRERAS 33,354 4,379 125 24 0
MIGUEL HIDALGO 40,490 11,443 1,547 128 0
MILPA ALTA 26,904 7,463 147 4 1,011
TLÁHUAC 52,540 13,669 33 4 12,602
TLALPAN 98,668 8,996 247 26 952
VENUSTIANO CARRANZA 49,404 3,368 143 1 2,223
XOCHIMILCO 81,302 22,676 230 21 20,020
TOTAL 1,208,114 157,457 15,142 500 50,097
13.03 1.36%
Universo de inmuebles afectos al patrimonio cultural urbano en la CDMX
DELEGACIÓN
TOTAL DE CUENTAS
CATASTRALES POR
DELEGACIÓN
INMUEBLES CON
ATRIBUTOS
TOTAL DE
INMUEBLES
CATALOGADOS
ELEMENTOS
INMUEBLES
DENTRO DE
ZMH
ÁLVARO OBREGÓN 99,614 5,360 393 32 2,377
AZCAPOTZALCO 48,547 7,292 415 2 1,686
BENITO JUÁREZ 45,963 4,530 832 21 0
COYOACÁN 83,637 8,108 379 44 2,087
CUAJIMALPA DE MORELOS 23,599 3,309 40 13 0
CUAUHTÉMOC 44,185 29,668 9,590 143 7,139
GUSTAVO A. MADERO 171,812 7,838 966 30 0
IZTACALCO 51,513 3,442 28 3 0
IZTAPALAPA 256,582 15,916 27 4 0
LA MAGDALENA CONTRERAS 33,354 4,379 125 24 0
MIGUEL HIDALGO 40,490 11,443 1,547 128 0
MILPA ALTA 26,904 7,463 147 4 1,011
TLÁHUAC 52,540 13,669 33 4 12,602
TLALPAN 98,668 8,996 247 26 952
VENUSTIANO CARRANZA 49,404 3,368 143 1 2,223
XOCHIMILCO 81,302 22,676 230 21 20,020
TOTAL 1,208,114 157,457 15,142 500 50,097
13.03 1.36%
INAH INBA SEDUVI3,066 7,423 7,560
963 3,558
219
655
1,229
2,991
2,685
DENTRO DE ÁREA DE CONSERVACIÓN PATRIMONIAL
FUERA DE ÁREA DE CONSERVACIÓN PATRIMONIAL
INAH INBA SEDUVI342 1,644 1,249
251
1,300
913
28734
42
15
Universo de inmuebles afectos al patrimonio cultural urbano en la CDMX
Existente
Catalogado
www.seduvi.cdmx.gob.mx