Post on 17-Oct-2021
Acerca de LaReconstrucción lógicade los conceptos del
Derecho
Miguel Puente Harada
Silogismo Jurídico 1
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Cada palabra tiene susignificado propio. Unacompraventa gratuita no es unacompraventa, sino unadonación. Y una enfiteusis porcinco años no es una enfiteusis,sino un arriendo vulgar.
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Dos leonas no hacen pareja.Dos gatos, tampoco. No puedenaparearse. Para ello tendríanque ser de distinto sexo y de lamisma especie. Son cosas de lazoología. No es producto de lacultura hitita, fenicia, inca,maya, cristiana o musulmana.
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Por supuesto no es un invento de la Iglesia.Muchos siglos antes de que Jesús naciera, elDerecho Romano reconocía el matrimoniocomo la unión de un hombre y una mujer.La palabra matrimonio procede de dospalabras romanas: "matris" y "munio". Laprimera significa "madre", la segunda"defensa". El matrimonio es la defensa, elamparo, la protección de la mujer que esmadre, el mayor y más sublime oficiohumano.
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Llamar matrimonio a la unión de dospersonas del mismo sexo me parececomo poco serio. Jurídicamente, undisparate. De carcajada. Que lellamen "homomonio", "chulimonio","seximonio", lo que quieran, todomenos matrimonio, que ya estáinventado hace tiempo. Nadie llamatarta de manzana a la que estáhecha de peras.
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Lo curioso es que cuando dices cosascomo estas, algunos te miran comoextrañados de que no reconozcas lalibertad de las personas. Y por más queles dices que sí, que respeto la libertadde todos, que cada uno puede vivir conquien quiera, incluso con su perro, peroque eso no es un matrimonio, van y mellaman intolerante.
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No sé lo que harán los parlamentariosespañoles a la hora de votar. Sonpolíticos, no juristas. Votarán por razonespolíticas, no según Derecho. Lasconsecuencias son graves. Si un varóntiene derecho a casarse con otro varón yuna mujer a hacerlo con otra mujer, ¿Levas a negar el derecho a un hermano acasarse con su propia hermana?
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¿O a un padre a hacerlo con suhija? ¿No tienen el mismoderecho? La sociedad se quiebra.Huele a podrido. Como enDinamarca(*).Autor: R.P. José Carlos Areán,Capellán del R.C. Celta – Vigo
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Unidades Temáticas 1, 2, 3:
Curso de Especialización
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Silogismo Jurídico
“Una pluralidad de normas forma unaunidad, un sistema, un orden, cuandosu validez puede ser atribuida a unanorma única como fundamento últimode esa validez… Y el que una normapertenezca a un orden determinadoderiva sólo del hecho de que suvalidez pueda ser referida a la normafundamental que constituye a eseorden” (Kelsen).
El concepto de validezjurídica
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¿Sólo importa la validez?
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Una norma es válida cuandopertenece a determinado sistemajurídico.
Una norma es eficaz cuando rige, enlos hechos, la conducta social.
Una norma es legítima cuando lapoblación cree que la norma estámoralmente justificada.
Diferencia entre validez, eficaciay legitimidad normativa
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Normas primarias.- Llamadas normasde conducta, son dirigidas a lapoblación. Tienen una estructurasupuesto-consecuencia (se usan en elsilogismo).
Normas secundarias.- Llamadasnormas de organización, son dirigidasa los operadores del sistema legal. Notienen estructura supuesto-consecuencia (no se usan en elsilogismo).
Clasificación de normasjurídicas (Hart)
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Supuesto de hecho.- Es ladescripción de una conductaindividual.
Consecuencia jurídica.- Es lacalificación jurídica que correspondeal supuesto de hecho.
Estructura de las normasprimarias
Supuesto Consecuencia
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El texto normativo típico, un artículo deuna ley o reglamento, NO ES LANORMA, sino que la contiene.
La norma se integra de la composiciónentre supuesto de hecho y consecuencialegal.
Puede haber varios supuestos de hechoy varias consecuencias legales en unmismo artículo e incluso en una mismanorma.
No es lo mismo textonormativo que norma jurídica
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Si p q (premisa mayor)p (1) (premisa menor)q (conclusión)
Silogismo jurídico (modusponens)
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Silogismo
Esquema formal del razonamientodeductivo
Silogismo = Subsunción Subsunción = Justificación interna
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Tipos de justificación judicial El juez usualmente elige entre varias
posibilidades normativas. Es necesario que el juez justifique
racionalmente su decisión. La JUSTIFICACIÓN EXTERNA se hace
sobre la corrección material de laspremisas.
La JUSTIFICACIÓN INTERNA se hacesobre la corrección lógico-formal delraciocinio (silogismo jurídico).
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Teoría estándard del SilogismoJudicial
La decisión judicial es el resultado de lasubsunción de un hecho dentro de laestructura de una norma jurídica, queacarrea una sanción legal determinada.
Su estructura es: El Supuesto (S) acarrea la consecuencia (C) El Hecho (H) es igual al Supuesto (S) EN CONCLUSIÓN: el Hecho (H) acarrea la
consecuencia (C)
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En lenguaje proposicional
Si p → q p (1)
∆ q
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Condiciones para una premisa mayor
Está basada en una norma primaria. Su estructura es: SUPUESTO →
CONSECUENCIA. El supuesto es la descripción de un hecho. La consecuencia es la calificación legal. Es siempre afirmativa. Normalmente hay varias en un mismo artículo
normativo.
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¿El legislador sigue el ordenSupuesto -> Consecuencia?
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¿Cuántas premisas hay en esteArtículo?
Código Penal “Artículo 418.- El juez o elfiscal que dicta resolución o emitedictamen, manifiestamente contraria altexto expreso y claro de la ley o citapruebas inexistentes o hechos falsos, o seapoya en leyes supuestas o derogadas,será reprimido con pena privativa delibertad no menor de tres ni mayor decinco años”.
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Hay 10 normas!
Hay 10 supuestos de hecho, ¿cuáles son? 5 modalidades aplicables al juez y 5 al
fiscal. Es INDISPENSABLE identificar cuál de los
10 supuestos se aplicarán al casoconcreto.
Hay que escribir a qué supuesto de hechole corresponde qué consecuencia jurídica.
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Ejemplo:
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4 sentidos de la teoría delSilogismo Judicial
Tesis explicativa del proceso psicológicodel razonamiento judicial.
Tesis descriptiva de la forma en que losjueces justifican sus decisiones.
Tesis prescriptiva sobre como los juecesdeben justificar sus decisiones.
Medio de control posterior de laracionalidad de la toma de decisión.
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Críticas al silogismo judicial
El silogismo no agota el razonamientojudicial, pues es sólo la justificación lógica dela validez de la deducción (es sólo lajustificación interna)
El silogismo no explica el procedimiento realde toma de decisiones de los jueces (críticasrealistas sociológicas).
No se aplica (prima facie) a los casosdifíciles.
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