Post on 16-Apr-2017
LEY 20.922, QUE MODIFICA DISPOSICIONES APLICABLES A FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y OTORGA NUEVAS
COMPETENCIAS A SUBDERE
Doris Durán Bustamante
Abogado Asesor SUBDERE
PROGRAMA DE GOBIERNO 2014-2018
“Sobre la dotación y el estatuto jurídico delos funcionarios municipales se proponeretomar el debate sobre el Art. 121 de laconstitución que permite a los alcaldesdescentralizar la gestión de personal deacuerdo a las particularidades de cadamunicipio, impulsando la norma legal queotorgue la facultad de revisar la estructurade plantas. La discusión sobre el Art. 121,debe incorporar la revisión de las normaslaborales de los funcionarios municipales,con el debido resguardo de la carrerafuncionaria y participación de todos losestamentos, permitiendo que éstostrabajen en condiciones de dignidad y deresguardo de sus derechos comotrabajadores”
“Convocar a institucionesinternacionales y nacionales conespecialización en municipalidadespara estudiar y proponer unconjunto de iniciativas que dencuenta de una reforma al SistemaMunicipal, una que fortalezca laresponsabilidad fiscal municipal, susatribuciones, competencias yorganización, de manera quepuedan desarrollar una gestiónintegral con mayores niveles deautonomía y flexibilidad, y enparticular en materia de recursoshumanos”.
(Mensaje presidencial, 21 de mayo 2014)
Actores relevantes – Modelo de Gestión –Niveles de Trabajo:
Comité de Coordinación
InterministerialCTAM
Comisión de Responsabilidad
Fiscal
Comisión de Finanzas
Municipal
Comisión de Capital Humano
Comisión de Modelo Gestión de la Innovación
Municipal
Comisión de Participación
Comunal
PROTOCOLO DE ACUERDO (SUBDERE, Asociación de Funcionarios y Alcaldes)
Establecer un marco de responsabilidad fiscal
Ejes de la moderniza
ción
Recursos y Competencias- Servicios Municipales Garantizados.
- Mayores Recursos.
Fortalecimiento de los Recursos Humanos
Participación Comunal
PDL
CAMARA REVISORA
TERCER TRAMITECAMARA ORIGEN
COMISION MIXTA
TC
PROMULGACIÓN
PUBLICA
CIÓN
CAMARA ORIGEN
PDL BOLETIN 10057-06
20/05/2015
MENSAJE
TRAMITACIÓN
“Estamos dándole a los
municipios herramientas que van
a mejorar su eficiencia y
funcionamiento interno. Y esto se
traduce en una actualización de
su organización y mayores
recursos y personal para atender
a sus necesidades más urgentes
de la comuna”
Mensaje promulgación de la ley
NUEVAS PLANTAS MUNICIPALES
Mediante reglamento municipal, los alcaldes podrán fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados. Este reglamento estará sometido al trámite de toma de razón de la CGR y publicada en el Diario Oficial.
¿CUÁNDO? Cada 8 años y dentro de los 2 años siguientes a contar delcumplimiento de dicho periodo, y entrará en vigencia el 1º de enero del añosiguiente a su publicación en el Diario Oficial.Primera vez: a partir del 1º de enero del año 2018 y hasta el 31 de diciembre del año 2019.
º1
Ajustar el gasto en personal al límite legal vigente.
Disponibilidad presupuestaria. Se deberá considerar los ingresos propios y gastos en personal de los 3 años anteriores.
Disponer del escalafón de mérito del personal vigente.
75% de los nuevos cargos que se creen deben ser profesional o técnico.
Se deberá consultar a los funcionarios a través de un Comité Bipartito yParitario, conformado por representante del Alcalde y de la o las asociacionesde funcionarios existente en la municipalidad.
El reglamento municipal, deberá ser aprobado por 2/3 del concejo municipal.
Es causal de notable abandono de deberes del Alcalde y de los concejales, si la proyección de ingresos y gastos se determinó con negligencia inexcusable.
LÍMITES Y REQUISITOS
No podrá significar término de servicio, cesación de funciones, término dela relación laboral, pérdida del empleo, disminución de susremuneraciones.
Se mantiene el tiempo de antigüedad en el grado, como el tiempocomputable para dicho reconocimiento.
RESTRICCIONES
ENCASILLAMIENTO
2. Cambio de estamento personal de planta (Facultad). .
1. Funcionario plantas existente.
3. Contrata a planta
4. Ascensos
5. Concursos
180 días
1 año
GRADO DE ALCALDESe dictará un reglamento dentro de los 6 meses siguientes de publicada la
ley, que determinará las categorías y su rango de grados, mediante el cual seestablecerá el grado del alcalde, según dos criterios a su elección: ingresosanuales percibidos o el número de habitantes en la comuna.
POSICIONES RELATIVAS
Amplía límite máximo del gasto en personal desde 35% a 42% de ingresos propios.
Amplía límite máximo de gasto en personal a contrata de 20% a 40% del gasto en personal de planta.
Municipalidades con planta de menos de 20 cargos, podrán contratar hasta 8 personas a contrata.
Requisitos para ingreso y promoción en cargos de plantas.
– Se trasladan normas al Estatuto Administrativo ( escalafón yrequisitos para los distintos estamentos)
– Se establece la posibilidad de que las nuevas plantas considerenrequisitos específicos para determinados cargos.
Para proveer los nuevos cupos a contrata que se generará con el aumento del 40%, se deberá priorizar al personal a honorarios a suma alzada existente en la municipalidad.
MODIFICACIONES LÍMITE EN GASTO EN PERSONAL Y REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PROMOCIÓN EN LOS CARGOS DE PLANTAS
ASIGNACIÓN PROFESIONAL
Profesionales que se desempeñen en plantas de directivos,profesionales y jefaturas que cumplan con los requisitos del DecretoLey 479, percibirán una asignación similar a la de nivel central (planta ycontrata).
Se pagará mensualmente, será imponible y tributable y no seconsiderará para otros beneficios económicos.
Progresividad en el pago:
• 34%, desde el 1°de enero al 31 de diciembre del 2016.
• 100% a partir del 1°de enero del año 2017.
Excepciones: alcaldes y jueces de policía local.
Valores Asignación Profesional, según ley 19.685 de 1993, mas reajuste.
( datos CGR)
Año 2016: 34%
Año 2017: 100%
GRADO MONTO
3 473.251
4 446.468
5 445.021
6 397.337
7 362.557
8 325.172
9 294.266
10 266.301
11 241.000
12 218.0980
ASIGNACIÓN DIRECTIVO- JEFATURA
Se concede esta asignación al personal de planta y contrata, regido por laLey 18.883, de las plantas directivo, profesionales y jefatura, siempre que notengan derecho a percibir la asignación profesional.
Se concede al personal que se encuentra en funciones al 1° de enero delaño 2015.
Los valores por cada grado se determinan en el PDL por grados.
Esta sujeta la reajuste del sector público, es imponible y tributable y no seconsiderará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración.
Esta sujeta a extinción.
Se pagará en los mismos porcentajes y periodos que la asignaciónprofesional ( 34% el año 2016 y 100% a partir del año 2017)
GRADO MONTO ($)
3 236.626
4 223.234
5 222.511
6 198.669
7 181.279
8 162.586
9 147.133
10 133.151
11 120.500
12
109.049
Valores Asignación Directivo- Jefatura según ley 20.922
Año 2016: 34%
Año 2017: 100%
BONO POST- LABORAL
Ex- funcionario municipales que recibieron la bonificación por retiro voluntario de la Ley 20.649.
Que presentaron la solicitud para acceder al bono post- laboral de la Ley 20.305, y no se le hubiese dado curso por no haber cesado en el cargo o terminar el contrato, en el plazo de 12 meses siguientes, al enterar la edad de 65 años de edad para el caso de los hombres y 60 años para las mujeres.
Este bono se devengará a contar del primero del mes siguiente a aquel en que haya cesado en sus funciones.
El universo de funcionarios beneficiados está determinado.
INCREMENTO GRADOS DE 10°AL 20°
A contar del 1°de enero del 2016, los funcionarios de las plantas
técnico, administrativo y auxiliares de los grados 10 al 20, ambosinclusive, serán encasillado en el grado inmediatamente superior.
Requisitos:
•Que se encuentre nombrado al 1°de enero del año 2015, como titular
en las plantas señaladas.
•Haberse desempeñado a lo menos 5 años continuos o discontinuos, en la misma municipalidad, contados con anterioridad al 1° de enero
del año 2015, sea en calidad de planta o contrata.
INCREMENTO GRADOS DE 15° AL 20°
A contar del 1º de enero del año 2017, los funcionarios de las plantas técnicos, administrativo y auxiliares de los grados 15 al 20, ambos inclusive, serán encasillados en el grado inmediatamente superior.
Requisitos:
•Que se encuentre nombrado al 1° de enero del año 2015 como titular
de un cargo de las plantas ya señaladas.
•Haberse desempeñado durante 5 años continuos o discontinuos en la misma municipalidad, con anterioridad al 1º de enero del año 2015, sea en calidad de planta o contrata.
“El Alcalde podrá otorgar el incremento de grados al personal a contrata en los mismos términos que el
personal de planta, siempre que se hayan desempeñado
en la misma municipalidad, a lo menos durante 5 años continuos o discontinuos contados con anterioridad
al 1º de enero del año 2015 ”
INCREMENTO GRADOS A CONTRATAS
BONOS
Funcionarios beneficiarios de la asignación profesional y la asignación directivo – jefatura.
Un bono de 4 veces el monto que le corresponde en enero del 2016 por esos conceptos.
Beneficiarios del incremento de grados en 2016 (10°- 20°)
Un bono ascendente a 4 veces la diferencia que resulte del total haberes brutos que le corresponda en el mes de enero del año 2016 y el total haberes brutos del mes anterior.
Incluida las contrata si se les otorgó el beneficio.
PAGO: En una sola cuota.Para este efecto las municipalidades deberán remitir a la SUBDERE, toda la información referente al pago de los bonos.
APORTE FISCAL
Año 2016: MM$32.000
Extraordinario
Año 2017: MM$36.000
Año 2018: Aumento el aporte al Fondo Común Municipal de 218.000 UTM a 1.052.000 UTM.
La SUBDERE deberá determinar el medios, la formas y oportunidad, que los municipios acrediten los costos involucrados en el gasto del año 2016 y 2017.
La SUBDERE mediante resolución, que será visada por la Dirección dePresupuesto, determinará anualmente, los montos que a cadaMunicipalidad le corresponde.
Dicha resolución dispondrá el financiamiento de la totalidad delincremento del primer y segundo grado, incluida las contratas.
El remanente financiará los demás beneficios. Los recursos deentregarán a los municipios considerando de manera creciente desde losde menor a mayor gasto en personal, hasta su total distribución. .
Las municipalidades sólo podrán destinar los citados aporte a financiar los beneficios de la ley ( Malversación de caudales públicos)
DISTRIBUCIÓN DE FONDOS
MODIFICACIONES A LA POLITICA DE RECURSOS HUMANOS
Se incorpora como un instrumento de la gestión municipal, la política de recursos humanos, con consulta a
asociación de funcionarios mediante la constitución del mismo comité bipartito y paritario establecido en el
proceso de elaboración de nuevas plantas, acuerdo del concejo municipal y su estado de aplicación deberá ser
parte de la cuenta pública del Alcalde.
REGLAMENTO DE CONCURSOS PÚBLICOS
El ingreso en los cargos de planta en calidad de titular se hará por concurso público y procederá en el último grado
de la planta respectiva, salvo que existan vacantes en grados superiores a que este no hubiere podido proveerse
mediante ascensos.
Las municipalidades deberán dictar un reglamento de concursos público.
Todas las personas que cumplan con
los requisitos correspondientes tendrán derecho a postular en igualdad de condiciones. (art 15, Ley 18.883)
CREACIÓN DE UNIDADES
Se faculta que en el reglamento interno municipal, que regula la organización interna y el funcionamiento de la municipalidad, se puedan crear unidades nuevas:
Siempre que se le asignen funciones de la Secplan, Dideco, Salud , Educación, Medio Ambiente, Aseo y Ornato, Daf.
Se requiere informe fundado que acredite financiamiento de Administrador Municipal, DAF y Secretaria Municipal,.
Aprobación del concejo (2/3) y se establecen normas de protección funcionaria.
NUEVAS COMPETENCIAS SUBDERE
1. NUEVAS PLANTAS. Informar dentro de los 60 días posteriores a sudictación, la municipalidad deberá remitir copia del reglamento quecontiene la planta a la SUBDERE.
2. INFORMACION ANUAL. Para efecto de proponer y evaluar políticas yplanes correspondiente al ámbito municipal, anualmente lasmunicipalidades deben remitir a la SUBDERE, lo siguiente:a)Modificaciones a la planta de personal.b)Dotación, planta y contrata, honorarios a suma alzada a personasnaturales, honorario asimilado a grados, jornales, remuneraciones del C.T,suplencias y reemplazos del personal a trato o temporal y alumno enpráctica.c)Identificación de la fuente de financiamiento de programas que posibilitanla contratación de personal a honorarios.d)Escalafón de mérito vigente.e)Antigüedad del personal, tanto e n la municipalidad como en otrosórganos de la administración del estado.f)Concepto remuneratorios variables según particularidad de cadafuncionario.g)Gasto total en recursos humanos.