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Servicio de Asistencia a Municipios
PRESUPUESTOS 2015
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INCIDENCIA DE LA LPGE PARA 2015
Marco legal:– Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2015 (LPGE para 2015 en adelante)
– Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
– Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
– Artículo 135 de la Constitución Española
– Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2014, por el que se aprobaron los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el período 2015-2017
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GASTOS DE PERSONALArt. 20. Dos/ Tres/ Cuatro y Cinco LGPE
• No habrá incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público en 2015.
• La masa salarial del personal laboral no podrán incrementarse en 2015.
• No podrán realizarse aportaciones a planes de pensiones, de empleo ni contratos de seguro colectivosque incluyan la cobertura de la contingencia por jubilación, salvo excepciones.
• En 2015, los empleados públicos tendrán dos pagas extraordinarias.
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GASTOS DE PERSONALArt. 21 Uno 1 y 2. C. LGPE
• A lo largo de 2015, no se procederá a la incorporación de nuevo personal salvoprocesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.
• La tasa de reposición de efectivos que afecta a la policía local se fija hasta un máximo del 50%, pudiendo alcanzar el 100%, siempre que se cumplan determinados requisitos.
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GASTOS DE PERSONALNota informativa MINHAP 02/02/2015
Sobre acreditación ante MINHAP del cumplimiento de los límites de endeudamiento y de la EP:
• Informe Intervención sobre:
– Ahorro neto > 0 y Nivel Endeudamiento < 0 = al 75% de los ingresos ordinarios liquidados en 2014.
• Informe Intervención cumplimiento EP en liquidación 2014.
• Informe Intervención cumplimiento EP en presupuesto 2015
• Acuerdo Pleno/ Órgano competente de solicitud de reposición de plazas vacantes.
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IMPUESTOS LOCALESArt.62 LPGE/ Art. 32.2 TRLCI
• En materia catastral, la actualización de valores estádirectamente vinculada con la fecha de aprobación de la ponencia de valores.
• Requisitos para su aplicación en 2015 (Orden HAP/1750/2014):– Previa solicitud municipal a la Dirección General del
Catastro (hasta el 31/05/2014).– Transcurso de al menos 5 años desde entrada en vigor
de los valores catastrales.– Que existan diferencias sustanciales entre los valores de
mercado y los que sirvieron de base para los valores catastrales.
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IMPUESTOS LOCALESArt.62 LPGE/ Art. 32.2 TRLCI
• Los coeficientes de actualización de valores catastrales para 2015:
AÑO DE ENTRADA EN VIGOR PONENCIA VALORES
COEFICIENTE DE ACTUALIZACIÓN
1984, 1985, 1986 y 1987 1,13
1988 1,12
1989 1,11
1990,1994,1995,1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002
1,1
2003 1,06
2006 0,83
2007 0,78
2008 0,71
2009 0,78
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IMPUESTOS LOCALESOrden HAP/ 1750/2014
Orden HAP/1750/2014, de 29 de septiembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la LPGE para 2015.
MUNICIPIO AÑO DE ENTRADA EN VIGOR DE LA PONENCIA DE VALORES
ALMEGIJAR 1994 ARMILLA 1999
BAZA 2009
CANILES 2007
CAÑAR 1994
CARATAUNAS 1994
CASTARAS 1994
CASTILLEJAR 2009 CHAUCHINA 2000
CHURRIANA DE LA VEGA 1999 DILAR 1996
FUENTE VAQUEROS 2003
GALERA 2009
GOBERNADOR 2009
GOJAR 2000
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IMPUESTOS LOCALESOrden HAP/ 1750/2014
MUNICIPIO AÑO DE ENTRADA EN VIGOR DE LA PONENCIA DE VALORES
HUELAGO 2008
HUETOR VEGA 2001
IZNALLOZ 2009
LAS GABIAS 2000
LOS GUAJARES 2009
MONTILLANA 2009
OGIJARES 2000
ORGIVA 1994
PELIGROS 1995
PINOS PUENTE 2001
PIÑAR 2009
PORTUGOS 1994
SOPORTUJAR 1994
TORVIZCON 1994
VALDERRUBIO 2001 VENTAS DE HUELMA 2009
VILLA DE OTURA 1999
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IMPUESTOS LOCALESDisposiciones Transitorias 4ª y 5ª LPGE
Con vigencia exclusiva para 2015:
• El plazo de solicitud a la Dirección General del Catastro de aplicación de coeficientes de actualización se amplia hasta el 31 de julio de 2015.
• El plazo de aprobación del tipo de gravamen de los nuevos tipos de IBI por los Ayuntamientos afectados por procedimientos de valoración colectiva de carácter general que deban surtir efectos el 1 de enero de 2016: se amplía hasta el 31 de julio de 2015.
• Igualmente, se amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo para la aprobación y publicación de las ponencias de valores totales .
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IMPUESTOS LOCALESDisposición Final Novena LPGE
MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DUODÉCIMA DEL TRLRHL:
Con efectos de 01/01/2015 y vigencia indefinida:
La determinación de la base liquidable del IBI, atribuida a los ayuntamientos en el art. 77.3 del TRLRHL, se realizará por la Dirección General del Catastro, salvo comunicación en contra del Ayuntamiento antes de que finalice el mes de febrero del año en el que asuma el ejercicio de la mencionada competencia.
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LIQUIDACIÓN DEFINITIVA P.I.E. 2013
Título VII-Cap. I y Sección 7ª : Art.72.2. LPGE
Los saldos deudores que se pudieran derivar de la
liquidación definitiva de la PIE 2013 serán reembolsados por las Entidades Locales, mediante compensación con cargo a las entregas a cuenta, en un periodo máximo de tres años, a través de retenciones trimestrales equivalentes al 25 por ciento de una entrega mensual.
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RECUPERACIÓN PAGA EXTRA 2012Disposición Adicional Décima Segunda LPGE
Cada Administración Pública, podrá aprobar el abono de la parte proporcional a 44 días de la paga extraordinaria y adicional suprimida por el Real Decreto-ley 20/2012, siempre que se cumplan los criterios y procedimientos establecidos en la LOEPSF.
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INDICADORES DE INTERÉS GENERALDisposición Adicional Trigésima segunda LGPE
• Tipo de interés legal del dinero: 3,50 %.
• Tipos de interés de demora según Ley General Tributaria de 2003 y según la Ley General de Subvenciones de 2003 : 4,375 %.
• Tipo de interés de demora de operaciones comerciales para el primer semestre de 2015:
8,05 % (Resolución 30 de diciembre de 2014 de la Secretaría General del Tesoro. BOE 31-12-2014)
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INDICADORES DE INTERÉS GENERAL Disposición Adicional 84ª de LGPE
IPREM:• IPREM diario: 17,75 euros.• IPREM mensual: 532,51 euros.• IPREM anual: 6.390,13 euros.
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (SMI):(Real Decreto 1106/2014, de 26 de diciembre; BOE de 27 de diciembre de 2014)
• MENSUAL: 648,60 euros.• DIARIO: 21,62 euros.
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ACUERDO CONSEJO MINISTROS 27/06/2014
ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 27 DE JUNIO DE 2014
POR EL QUE SE FIJAN LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA Y DEUDA PÚBLICA PARA EL PERIODO 2015-2017
(BOCG 3 DE JULIO DE 2014)
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ACUERDO CONSEJO MINISTROS 27/06/2014
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
Orden HAP/2105/2012 modificada por la Orden HAP/2082/2014
Artículo 15. Obligaciones anuales de suministro de información en relación con los presupuestos anuales(modificado Apartado 2.c, ahora Apartado 3.c) :
• Se elimina del Informe de Intervención la obligación de comprobación de la regla de gasto, debiendo recoger el mismo exclusivamente el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y del límite de la deuda.
Orden HAP/2105/2012
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ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO
Modificación del art. 168 TRLRHL por la D.F. 1ª del Real Decreto-ley 17/2014 de 26 de diciembre de medidas de sostenibilidad financiera
Artículo 168.1. Documentación a unir al Presupuesto:• Se incorporan dos Anexos adicionales que serán obligatorios a
partir del Presupuesto 2016:– Anexo de beneficios fiscales en los tributos locales.– Anexo con información relativa a los convenios suscritos con
las CC.AA. En materia de gasto social.• No obstante lo anterior, en 2015, solo las EE.LL. incluidas en el
art. 111 y 135 del TRLHL deberán remitir al MINHAP, junto con el Presupuesto, información de los beneficios fiscales y su incidencia en los ingresos. Para el resto de EE.LL. no seráobligatorio hasta 2016 (art. 15 3.f de la Orden 2105/2012).
ARTÍCULO 168 DEL TRLRHL
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Gracias