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COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA DE COSTA RICA
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN | 1
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE
CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN
Fecha de elaboración: 27 de junio de 2016
Fecha de la última actualización:
Versión: 2.0
Nombre del Documento: Procedimiento de Solicitud de Credenciales y
Documentación
Rige desde: Próxima revisión:
Elaborado por: MBA Yadira Solano Vindas
Revisado por: Licda. Karla Hidalgo Ordeñana
Directora Ejecutiva del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.
Aprobado por: Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Criminología
de Costa Rica.
TABLA DE CONTENIDO
Contenido 1. OBJETIVO ............................................................................................................................................... 2
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ....................................................................................................................... 2
3. MARCO LEGAL ....................................................................................................................................... 2
4. RESPONSABLES ...................................................................................................................................... 4
5. DEFINICIÓN DE CREDENCIALES ............................................................................................................. 5
5.1 CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN ....................................................................................................... 6
5.2 CARNÉ .................................................................................................................................................... 7
5.3 SELLO BLANCO ....................................................................................................................................... 8
6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES ............................................................................. 8
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7. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE CONSTANCIAS Y CERTIFICACIONES ...................................... 10
9. FORMULARIO DE SOLICITUD DE ELABORACIÓN DE SELLO BLANCO ................................................... 13
10. FORMULARIO DE ENTREGA Y REGISTRO DE SELLO BLANCO ............................................................... 14
1. OBJETIVO
Establecer un procedimiento que normalice todos los aspectos relacionados con la obtención y actualización
de credenciales por parte de las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de Costa
Rica.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Aplica para todas las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.
3. MARCO LEGAL
De acuerdo con el Reglamento Interno del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica, en sus
artículos 11, 11 Bis, y 7, se establece lo siguiente:
Artículo 11: Medios de identificación: El Carné de Identificación: A toda persona incorporada, se le
emitirá o renovará, según sea el caso, un documento de identificación o carné, el cual contendrá la
siguiente información:
a) Nombre Completo;
b) Número de cédula de identidad;
c) Número de miembro del Colegio;
d) Grado Académico registrado;
e) Fecha de la sesión de Junta Directiva en la que se autorizó la inscripción de la persona
agremiada;
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f) Asiento de inscripción;
g) Firma registrada;
h) Fotografía;
i) Fecha de expedición y fecha de vencimiento, la cual será de cinco años computados desde el
día de expedición.
Artículo 11 BIS: Del sello Blanco: A toda persona incorporada, se le entregará, un sello blanco
mecánico, el cual contendrá la siguiente información:
a) Nombre Completo;
b) Número de miembro del Colegio;
c) Grado Académico registrado;
d) Logotipo del Colegio de Profesionales en Criminología.
Artículo 7: Procedimientos de inscripción: f)… Una vez que su solicitud haya sido aprobada (Retiro
Voluntario definitivo o temporal), deberá hacer la devolución de las credenciales entregadas (carné,
chapas del sello blanco y título), la cuales se mantendrán en depósito hasta la fecha de vencimiento que
se señala en el carné, posteriormente se procede a su destrucción.
Asimismo, la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica establece:
“Artículo 13.- Certificación de documentos: Los documentos que emitan las personas profesionales
en Criminología, sobre un determinado asunto referido a sus competencias, deberán contar con la firma,
el código y el sello de la persona profesional responsable”.
Asimismo, la obligatoriedad del uso del sello blanco también se encuentra estipulada en el artículo 13
del Código de Ética Profesional, el cual literalmente señala lo siguiente:
Articulo 13.- Los documentos que emitan las personas profesionales en Criminología, sobre un
determinado asunto referido a sus competencias, deberán contar con la firma, el código y el sello de la
persona profesional responsable, lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 13.- de la Ley
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Orgánica N° 8831. Dichos informes y pericias profesionales, tanto escritas como verbales, deberán ser
objetivas y veraces.
4. RESPONSABLES
4.1. Profesional en Criminología solicitante:
1. Es responsable de cumplir con todos los requisitos necesarios para la solicitud de credenciales
según las condiciones establecidas en la Ley Orgánica №8831 del Colegio de Profesionales en
Criminología de Costa Rica, el Reglamento Interno del Colegio de Profesionales en Criminología de
Costa Rica y el Código de Ética.
2. Velar por estar y permanecer debidamente acreditado durante todo el tiempo que sea miembro
activo, del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.
3. Renovar cuando sea oportuno sus credenciales a su vencimiento.
4.2 Junta Directiva:
Es responsabilidad de la Junta Directiva:
1. Firmar los títulos de incorporación al Colegio (Presidente y Secretario de Junta Directiva).
2. Regular los procedimientos sobre credenciales del Colegio de Profesionales en Criminología de
Costa Rica.
4.3 Dirección Ejecutiva:
Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva:
1. Velar porque el presente procedimiento se cumpla en apego a lo establecido.
2. Asegurar que todo el personal del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica esté
debidamente informado y sea conocedor del presente procedimiento.
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3. Asegurar la publicación de este procedimiento.
4. Ratificar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los profesionales en criminología para el
debido proceso.
5. Aprobar la emisión de los credenciales de las personas próximas a incorporarse y de las personas
agremiadas que así lo soliciten.
4.4 Servicio al Agremiado:
Es responsabilidad de Servicio al Agremiado:
1. Revisar que las personas solicitantes cumplan con todos los requisitos de solicitud de credenciales
en apego a lo establecido.
2. Coordinar la elaboración de los credenciales con los distintos proveedores.
3. Coordinar y documentar la entrega de los credenciales solicitados.
4. Coordinar la actualización de la información en el Sitio Web.
5. Revisar el cumplimiento de las obligaciones económicas de las personas agremiadas (cuotas)
cuando se reciben solicitudes de cambio de credenciales y su condición de miembro activo.
4.5 Departamento de Servicios Institucionales:
Es responsabilidad de Servicios Institucionales:
1. Ingresar el comprobante de pago por tarifa de incorporación.
2. Revisar el cumplimiento de las obligaciones económicas de las personas agremiadas (cuotas) y
su condición de miembro activo, cuando se reciben solicitudes de cambio de credenciales.
5. DEFINICIÓN DE CREDENCIALES
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Se definen como credenciales de las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de
Costa Rica, aquellos documentos que dan fe de que la persona se encuentra acreditada para ejercer la
criminología, según lo estipulado en la ley orgánica №8831.
Los credenciales de las personas agremiadas del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica
son:
1. El certificado de incorporación.
2. El carné de agremiado (a).
3. El sello blanco.
Los credenciales (Certificado de incorporación, carné y sello blanco), se entregan a la persona agremiada
en el Acto Protocolario de Juramentación y Entrega de Credenciales.
El Colegio de Profesionales en Criminología emite y entrega carnés a los miembros de Junta Directiva, los
cuales consignan el cargo y el período de nombramiento.
Asimismo, el Colegio hace entrega de un Carné de Miembro Honorario a las personas agremiadas que la
Junta Directiva declare como miembros de honor, a partir de la comunicación de esta distinción. Para la
renovación o sustitución del mismo, aplicarán los procedimientos que se detallan a continuación.
5.1 CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN
El certificado de incorporación es el documento que legitima que la persona profesional en Criminología
cumple con todos los requisitos para ejercer la profesión en criminología de acuerdo con los lineamientos de
la Ley orgánica №8831 y que ha cumplido con todos los requisitos para la inscripción al Colegio de
Profesionales en Criminología de Costa Rica.
El certificado de incorporación se emite con el mismo nombre que aparece en el documento de identificación
presentado por la persona aspirante y es firmado por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en
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ejercicio. En caso que en la cédula o documento de identidad se consigne el conocido como (CC), el título
deberá de consignarse de la misma forma (CC: el nombre de conocido como).
En caso que la persona agremiada cambie de nombre o apellidos, podrá solicitar la emisión del certificado
de incorporación consignando esta nueva información a la Administración del Colegio de Profesionales en
Criminología de Costa Rica. La emisión del Certificado de Incorporación debe consignar dos fechas: la fecha
de juramentación original y la fecha de emisión de este nuevo certificado. Por lo tanto, el certificado lo firman
el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en ejercicio al momento de la emisión.
En caso de extravío o robo del certificado de incorporación, la persona agremiada solicita a la Administración
del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica la respectiva reposición y éste debe consignar
dos fechas: la fecha de juramentación original y la fecha de emisión de este nuevo certificado. Por lo tanto,
el certificado lo firman el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en ejercicio al momento de la
emisión.
5.2 CARNÉ
Es un medio de identificación personal que permite al titular demostrar que está incorporado al Colegio de
Profesionales en Criminología de Costa Rica. El carné se emite a toda persona incorporada y que se
encuentre al día con las obligaciones del Colegio, pero pierde su validez en el momento en que el
Colegiado(a) es suspendido o de cualquier forma separado del Colegio. El carné se repone en caso de
extravío, robo, o cambiado ante la necesidad de renovación o cuando el agremiado requiera cambio de
grado académico.
La vigencia del carné es de cinco años contados a partir de la fecha de emisión del mismo para todos los
casos. En el caso de entrega por incorporación la fecha de expedición será la fecha en que la persona realice
el Acto Protocolario de Juramentación y Entrega de Credenciales.
El carné contendrá la siguiente información:
a) Nombre Completo;
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b) Número de cédula de identidad;
c) Número de membresía del Colegio;
d) Grado Académico registrado;
e) Fotografía;
f) Fecha de expedición y fecha de vencimiento, la cual será de cinco años computados desde el día
de expedición.
5.3 SELLO BLANCO
Para que toda persona profesional en Criminología incorporada al Colegio pueda cumplir con lo dispuesto
en el artículo 13 de la Ley 8831, se le entregará un sello blanco mecánico, el cual contendrá la siguiente
información: nombre completo; número de miembro del Colegio; grado académico registrado y logotipo del
Colegio de Profesionales en Criminología. El sello blanco respaldará los documentos que en calidad de
profesional en criminología haga la persona y mantendrá su validez mientras el /la Colegiado/a sea miembro
activo del Colegio. Si por cualquier razón llegaré a ser separado/a del Colegio deberá entregar la placa del
sello a la Administración del Colegio.
6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES
1) Para solicitar la reposición o renovación de cualquier credencial, la persona agremiada debe estar
al día con el pago de sus obligaciones para con el Colegio de Profesionales en Criminología de
Costa Rica y su carné debe de estar vigente.
2) La persona agremiada completa el formulario “Solicitud de Credenciales”, el cual se encuentra en el
Sitio Web del Colegio: www.criminologia.or.cr. Asimismo, lo puede solicitar vía correo electrónico
(plataformadeservicios@crimiminologia.or.cr ) o lo puede completar en las instalaciones del Colegio.
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3) En caso de reposición de certificado de incorporación la persona agremiada debe de cancelar
una suma por Veinte mil colones exactos (¢20.000.00). Esta cancelación se puede efectuar mediante
depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.
4) Si la reposición de carné es debida a robo o extravío la persona agremiada debe de reportar el
evento a la fiscalía del Colegio de Profesionales en Criminología al correo fiscalia@criminologia.or.cr
o bien en las oficinas, con una carta que notifique el acto y la copia de la denuncia presentada ante
el poder judicial (en caso de tenerla).
5) Si el trámite solicitado es la renovación o reposición de carné, la persona agremiada presenta el
original del carné vencido (en caso de renovación) y cancela la tarifa correspondiente por la
emisión de carné por Cinco mil colones exactos (¢5.000.00). Esta cancelación se puede efectuar
mediante depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.
6) Si la reposición de carné es debida a robo o extravío la persona agremiada debe de reportar el
evento a la fiscalía del Colegio de Profesionales en Criminología al correo fiscalia@criminologia.or.cr
o bien en las oficinas, con una carta que notifique el acto y la copia de la denuncia presentada ante
el poder judicial (en caso de tenerla).
7) Si la solicitud es correspondiente a la elaboración de sello blanco o solicitud de cambio de
chapas, la persona debe de cancelar un monto por dieciséis mil quinientos colones (¢16.500.00) o
por quince mil colones (¢15.000.00) según corresponda. Esta cancelación se puede efectuar
mediante depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.
8) El Departamento de Servicios Institucionales registra en el sistema el pago por este concepto y
entrega la documentación más el comprobante de pago al Departamento de Servicio al Agremiado,
previa verificación de que la persona agremiada se encuentra al día con el pago de sus obligaciones
para con el Colegio.
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9) El Departamento de Servicio al Agremiado se encarga de realizar la gestión pertinente para el pedido
de la credencial solicitada al proveedor correspondiente.
10) El Departamento de Servicio al Agremiado cuenta con plazo de 15 días hábiles después de recibida
la solicitud para realizar la entrega correspondiente a la persona agremiada.
11) La entrega se realiza de manera personal, o lo puede realizar un tercero, mediante una carta de
autorización a la que se le debe adjuntar copia de la cédula de la persona que hace la solicitud y
copia de la cédula de la persona que lo retira.
12) El Departamento de Servicio al Agremiado entrega a la persona agremiada o a la persona
autorizada, la credencial solicitada, previa firma en la hoja Control de Entrega de credenciales.
13) En caso de retiro voluntario o pérdida de la condición de agremiado, la persona agremiada deberá
hacer devolución de las credenciales, las cuales quedarán en custodia del Colegio.
7. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE CONSTANCIAS Y
CERTIFICACIONES
1) Para solicitar la elaboración de constancias y certificaciones, la persona agremiada debe estar al
día con el pago de sus obligaciones para con el Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica y su carné debe estar vigente.
2) La persona interesada, remite al Departamento de Servicio al Agremiado el formulario de “Solicitud
de Constancias y Certificaciones” debidamente completo y firmado, el cual se encuentra en el Sitio Web del Colegio: www.criminologia.or.cr. Asimismo, lo puede solicitar vía correo electrónico (plataformadeservicios@crimiminologia.or.cr ) o lo puede completar en las instalaciones del Colegio.
3) Se realiza la cancelación del rubro correspondiente, en el caso de constancias la tarifa es de Cuatro mil colones exactos (¢4.000) y en el caso de las certificaciones la tarifa es de Seis mil colones exactos (¢6.000). La cancelación se puede realizar a través de depósito, transferencia o bien en las instalaciones de Colegio mediante tarjeta de crédito o débito.
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4) El Departamento de Servicio al Agremiado, comunica a la Secretaría de la Junta Directiva, la existencia de la solicitud de certificación o constancia para que proceda con su confección. Se deben elaborar dos originales de la misma, una para la entrega y la otra para el archivo.
5) El Departamento de Servicio al Agremiado, quien será el ente responsable de la entrega de la
documentación tendrá un plazo de 8 días hábiles en caso de firma digital y 15 días hábiles en caso de documento con firma física después de recibida la solicitud.
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8. FORMULARIO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES
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9. FORMULARIO DE SOLICITUD DE ELABORACIÓN DE SELLO BLANCO
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10. FORMULARIO DE ENTREGA Y REGISTRO DE SELLO BLANCO