Razonamiento de La Primera Sala en Cuestión de Control de La Constitucionalidad

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Puntos Guía

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Razonamiento de la Primera Sala en cuestin de Control de la Constitucionalidad.

20. [] al hecho de que para resolver cualquier medio de defensa, el juzgador debe de estudiar en su integridad los motivos de disenso planteados por el inconforme a efecto de que en su prudente arbitrio determine, en su caso, cul de ellos puede otorgarle un mayor beneficio, en el supuesto de que se declare fundado el medio de impugnacin de que se trate.

21.Lo anterior obliga al juzgador a analizar primordialmente aquellas cuestiones que tiendan a lograr la absolucin del gobernado respecto a la falta que se le imputa, en contraste con aquellas que nicamente pudieran dar lugar a reponer el procedimiento por violaciones formales, en aras de proteger y garantizar el derecho de acceso real, completo y efectivo a la administracin de justicia.

22.Consideramos aplicable por analoga el razonamiento contenido en las tesis jurisprudenciales de rubro: PRINCIPIO DE MAYOR BENEFICIO EN MATERIA PENAL. CASO EN EL QUE EL CONCEPTO DE VIOLACIN EN QUE SE PLANTEA LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTCULO QUE CONTIENE EL DELITO POR EL QUE FUE CONDENADO EL QUEJOSO, CONSTITUYE EL ASPECTO QUE MAYOR BENEFICIO PODR OTORGRSELE ; CONCEPTOS DE VIOLACIN EN AMPARO DIRECTO. EL ESTUDIO DE LOS QUE DETERMINEN SU CONCESIN DEBE ATENDER AL PRINCIPIO DE MAYOR BENEFICIO, PUDINDOSE OMITIR EL DE AQUELLOS QUE AUNQUE RESULTEN FUNDADOS, NO MEJOREN LO YA ALCANZADO POR EL QUEJOSO, INCLUSIVE LOS QUE SE REFIEREN A CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES .

23.Consecuentemente, en primer trmino estudiaremos aquellos agravios referentes a la aducida inexistencia de las causas de responsabilidad administrativa as como a la proporcionalidad de las sanciones impuestas.