RECURSO DE CASACIÓN - zonalegal.net INFORMATI… · El recurso de casación será de competencia...

Post on 09-Sep-2020

9 views 0 download

Transcript of RECURSO DE CASACIÓN - zonalegal.net INFORMATI… · El recurso de casación será de competencia...

RECURSO DE CASACIÓN

El recurso de casación procederá contra las sentencias yautos que pongan fin a los procesos de conocimiento dictadospor las Cortes Provinciales de Justicia y por los TribunalesContencioso Tributario y Contencioso Administrativo.

Igualmente procederá respecto de las providencias expedidaspor dichas cortes o tribunales en la fase de ejecución de lassentencias dictadas en procesos de conocimiento.

El escrito de interposición del recurso de casación, deberádeterminar fundamentada y obligatoriamente lo siguiente:

WWW.ZONALEGAL.NET

El recurso de casación será de competencia de laCorte Nacional de Justicia, conforme con la ley.

La Sala de la Corte Provincial de Justicia de la queprovenga la sentencia o auto recurrido, se limitaráa calificar si el recurso de casación ha sidopresentado dentro del término previsto para elefecto y remitirlo, de inmediato, a la Corte Nacionalde Justicia.

Recibido el expediente, la o el juzgador decasación convocará a audiencia en el término detreinta días, conforme con las reglas generales delas audiencias previstas en este Código.

La admisión del recurso no impedirá que lasentencia o auto se cumpla, salvo que el procesoverse sobre el estado civil de las personas o quehaya sido propuesto por los organismos oentidades del sector público.

La caución será devuelta por la o el juzgador deinstancia si el recurso es aceptado totalmente porla o el juzgador de casación. En caso deaceptación parcial, el fallo de la Corte determinaráel monto de la caución que corresponda serdevuelto al recurrente y la cantidad que seráentregada a la parte perjudicada por la demora. Siel fallo rechaza el recurso totalmente, la o eljuzgador entregará el valor total de la caución a laparte perjudicada por la demora.

FUENTE: CODIGÓ ORGÁNICO GENERAL DEPROCESO

WWW.ZONALEGAL.NET