Post on 09-Jul-2015
REGLAMENTO DE TRÁNSITO DEL DISTRITO
FEDERAL
•Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal•Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal•Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito•Federa
Sobre señalamiento de alto
Art. 66-I
Por no obedecer señalamientos de tránsito
Art. 66-II
En las intersecciones reguladas por un
agente deberá detener su vehículo cuando
así lo ordene éste.
Art. 66-III
Por no obedecer la señal de alto en unsemáforo
Circulación en banquetas
Art. 70 Por circular un vehículo automotor sobre: banquetas, camellones, andadores, isletas o sus marcas de aproximación.
Art. 66-IX
Por dar vuelta a la izquierda en vías primarias de doble circulación.
Art. 67-II
Por cambiar de carril sin la precaución debida en vías de un mismo sentido.
Art. 68 De circulación
Art. 68-I
Por rebasar por el carril de transito opuesto, cuando sea posible rebasarlo en el mismo sentido de circulación.
Art. 68-II
Por rebasar por el carril de transito opuesto, cuando el carril de circulación contrario no ofrezca una clara visibilidad.
Art. 68-III
Por rebasar por el carril de tránsito opuesto, cuando se acerque a la cima de una pendiente o en una curva.
Art. 68-IV
Por rebasar por el carril de transito opuesto cuando se encuentre a 30 metros o menos de distancia de un crucero o de un paso de ferrocarril.
Normas de conducción
Art. 70Por circular en sentido contrario
Art. 80Por circular en carriles de contraflujo sin la
autorización correspondiente
Art. 22Por conducir un vehículo al amparo de una
licencia o permisos vencidosPor conducir sin licencia o permiso, o
tarjeta de circulación.
Normas de conducción
Art. 32
Por conducir teniendo una discapacidad física, sin que el vehículo tenga los dispositivos necesarios para subsanar la deficiencia
Art. 39-I
Por circular sin llevar adherida la calcomanía permanente de circulación.
Art. 39-II
Por circular sin llevar adherida la calcomanía de verificación vehicular vigente.
NORMAS COMPLEMENTARIAS DE CIRCULACIÓN
Art. 48-I
Circular en días u horas en que esterestringida la circulación de acuerdo conlas normas ambientales.
Art. 48-II
Circular emitiendo humo ostensiblementecontaminante.
Art. 70
Por invadir rayas longitudinales.
Normas complementarias de circulación
Art. 74Por obstruir la visibilidad obscureciendo los
parabrisas o ventanillas mediante la colocaciónde objetos distintos a las calcomaníasreglamentarias. Solo es valido para vehículos deagencia o por prescripción medica cuando lacalcomanía lo indique.
Art. 82-VPor llevar menores de cinco años en los asientos
delanteros
Art. 82-IXPor no usar el cinturón de seguridad
Normas para estacionamiento.
Art. 16 y17-XVII
Por ocupar u obstruir los espacios destinados de personas con discapacidad, así como lo de sus rapas de accesos a las banquetas y vías peatonales.
Art. 62
Por estacionarse en lugar prohibido
Art. 63
Por no cubrir parquímetros
Normas para estacionamiento.
Art. 71-I
Por estacionarse sobre banquetas, camellones, andadores, isletas y otras vías reservadas a peatones
Art. 71-II
Por estacionarse obstruyendo la entrada de vehículos.
Art. 71-III
Por estacionase en un tramo menor a 5 metros de la entrada de una estación de bomberos.
Normas para estacionamiento.
Art. 71-IV
Por estacionarse a menos de 30 metros antes y después de zona de acenso y descenso de pasajeros y bahías del servicio publico.
Art. 71-V
Por estacionarse en los lugares donde se obstruya la visibilidad y señales de transito a los demás conductores.
Art. 71-VI
Por estacionarse sobre cualquier puente elevado, o en el interior de un túnel.
Normas para estacionamiento.
Art. 71-VII
Por estacionarse a menos de 10 metros de cualquier cruce ferroviario.
Art. 71-IX
Por estacionarse a menos de 100 metros den una curva o cima sin visibilidad
Art. 71-X
Por estacionarse sobre o en parte de las marcas que delimitan el paso de peatones, intersecciones.
Normas para estacionamiento.
Art. 71-XIII
Por estacionarse en los carriles exclusivos para el trasporte público de pasajeros.
Art. 71-XIV
Por estacionarse frente a los bancos
Art. 71-XV
Por estacionarse frente a la entrada de hospitales
Normas para estacionamiento.
Art. 71-XVI
Por estacionarse frente a los hidrantes para uso de los bomberos.
Art. 71-XVIII
En zonas o vías públicas prohibidas identificadas con la señalización respectiva.
Art. 71-XIX
Por estacionarse en la red vial primaria.
Normas para estacionamiento.
Art. 72-IIIPor estacionarse en doble fila.
Art. 72-IIIPor estacionarse en mas de doble fila.
Art. 83-IVPor estacionarse en vías de dos
sentidos, sin colocar a 100 metros haciadelante de la orilla exterioradvertencia, en zona urbana colocar elaviso a 20 metros del auto dañado
Preferencias de paso.
Art. 4-INo respetar la preferencia de paso de
peatones cuando la señal del semáforo lo indique.
Art. 4-II Por no respetar la preferencia de paso de
peatones cuando los vehículos vayan a dar vuelta para entrar a una vía.
Art. 4-IIIPor no respetar la preferencia de paso de
peatones cuando los vehículos deban circular sobre el acontecimiento y en este haya peatones transitando.
Normas para estacionamiento.
Art. 4-VIPor no respetar la preferencia de paso de
peatones cuando cambie el semáforo y no hayan cruzado totalmente la calle.
Art. 4Por no respetar la preferencia de paso a
menores, adultos mayores, personas con discapacidad.
Art. 9-IIIPor no disminuir la velocidad a 20 km/hora
en zonas escolares.
Reglamento de transito en carreteras federales.
Art. 7Luces: 2 faros principales delanteros Art. 8Posteriores: 2 lámparas posteriores visible a
300 mts. Art. 9Reflejantes: 2 o mas reflejantes rojos visibles a
100 mts. Art. 10 2 Lámparas indicadores de frenaje. Art. 17Luces en vehículos estacionados 2
adelante/atras
Reglamento de transito en carreteras federales.
Art. 28Sonido audible a 60 mts. Prohibido sonidos
fuertes Art. 29Silenciador de escape, en buen estado
evitando ruidos Art. 30Espejos retrovisores, 2 laterales, puede haber
otros Art. 31Cristales y limpiadores: no deben obstruir la
visión. Art. 33 Llantas: en condiciones que garanticen la
seguridad del auto
Generalidades
Art. 65
Por construir actos peligrosos para las personas o causar daños a propiedad publica o privada.
Art. 66
Esta prohibido dejar sobre vía publica: basura, botellas , vidrios, clavos, alambre, tachuelas, otro tipo de material.
Art. 76
Queda prohibido el tránsitos de vehículos con carga que sobresalga de la carrocería.
Generalidades
Art. 79Para conducir un vehículo es necesario
estar en pleno uso de:Facultades físicas y mentales, licencia
vigente, cinturón de seguridad.
Art. 118Los limites máximos de velocidad, cuando
no haya señales son:-Zonas urbanas 50 km/hora-Zonas rurales de día 90 km/hora-Zonas rurales de noche 80 km/ hora
Delitos cometidos por conductores de vehículos
Art. 196
Al que en estado de ebriedad o bajo elinflujo de drogas, maneje un vehículo, sele impondrá de 6 meses a un año deprisión, de 30 a 100 días de multa ysuspensión de 1 año de la licencia demanejo
Art. 225, 256,157. Omisiones de auxilio apersonas.
-Por dejar en estado de abandono, sinprestarle ni facilitarle asistencia a lapersona a quien lesiono sin dolo
Delitos cometidos por conductores de vehículos
- Al que omita auxiliar a una persona que por cualquier circunstancia estuviese amenazada de un peligro, pudiéndolo hacer sin ningún riesgo.
- Al que después de lesionar a una persona, culposa o fortuitamente, no le presta auxilio o no solicite la asistencia que requiere pudiendo hacerlo.
Art. 278.Al particular que de manera espontanea
ofrezca dinero o cualquier dádiva para que un servidor publico haga u omita un acto relacionado con sus funciones.