Post on 08-Apr-2016
description
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 0 de 33
LABORATORIO DE ANALISIS CLINICO “MERKS LAB S.A.C.”
REGLAMENTO INTERNO
ICA - PERU
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 1 de 33
ÍNDICE
CAPITULO I : Generalidades
CAPITULO II : Selección e Ingreso de los Trabajadores
CAPITULO III: Horario y Jornada Laboral
CAPITULO IV: Registro de Control de Asistencia
CAPITULO V: Permanencia, Tardanzas e Inasistencias
CAPITULO VI: Permisos y Licencias
CAPITULO VII: Comisión de Servicios
CAPITULO VIII:Remuneraciones
CAPITULO IX: Descansos Remunerados
CAPITULO X: Derechos y Obligaciones del laboratorio.
CAPITULO XI: Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de los Trabajadores
CAPITULO XII: Régimen Disciplinario
CAPITULO XIII: Desempeño Laboral y Evaluación del Rendimiento
CAPITULO XIV: Capacitación y Desarrollo
CAPITULO XV: Seguridad e Higiene Ocupacional.
CAPITULO XVI: Suspensión y Extinción Laboral
Disposiciones Complementarias
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 2 de 33
CAPITULO IGENERALIDADES
ARTICULO 1º: ObjetivoEl presente Reglamento Interno de Trabajo establece el conjunto de normas
esenciales que regulan la prestación y el comportamiento laboral de los trabajadores
del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, propiciando, manteniendo
y fomentando las buenas relaciones entre estos y la Empresa a través del correcto
ejercicio de los derechos y deberes que las leyes, normas institucionales y el presente
Reglamento.
ARTICULO 2º: FinalidadEl presente Reglamento determina y precisa los derechos y obligaciones de los
servidores y directivos para coadyuvar los intereses comunes, para así alcanzar los
objetivos institucionales.
ARTICULO 3º: AlcanceEl presente Reglamento es de aplicación a todos los trabajadores del Laboratorio que
realizan sus labores en las distintas áreas.
ARTICULO 4º: Base Legal- Constitución Política del Perú
- Decreto Legislativo Nº 728 que aprueba la Ley de Fomento del Empleo
- Decreto Legislativo Nº 854, que aprueba la Ley de Jornada de Trabajo, Horario
y Trabajo en Sobretiempo. Ley Nº 27671.
- Decreto Supremo Nº 008-97-TR- Normas Complementarias de la Ley de Jorna-
da de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo.
- Ley Nº 27240, que otorga permiso para lactancia materna.
- Ley 26644, que precisa el derecho de descanso pre y post natal de la trabaja-
dora gestante y su modificatoria aprobado por Ley Nº 27606.
- Decreto Supremo Nº039-91-TR, que dispone la elaboración del Reglamento
Interno de Trabajo.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 3 de 33
ARTICULO 5º: El presente Reglamento deberá ser conocido por todos los trabajadores del
Laboratorio “MERKS LAB S.A.C.”, su desconocimiento no excluye al trabajador de su
cumplimiento; por lo tanto, el Laboratorio, a través de su Gerente, está obligado a
difundirlo, velar por su cumplimiento, así como brindar la asesoría para su
observancia.
ARTICULO 6ºLa Institución proporcionará un ejemplar del presente Reglamento Interno de Trabajo a
todos los trabajadores que se encuentren laborando en el Laboratorio de análisis
Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, así como a los nuevos servidores.
CAPITULO IISELECCIÓN E INGRESO DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 7ºEl Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, contrata al personal que
requiera para el normal y adecuado desarrollo de sus actividades, bajo las siguientes
modalidades
a) Contrato de trabajo sujeto a modalidad.
b) Convenio de trabajo especifico.
ARTICULO 8ºLa autorización para la contratación de personal debe ser solicitada por el Director
Médico y autorizada por el Gerente.
ARTICULO 9ºLuego de la autorización respectiva, el postulante no podrá incorporarse a la
institución, ni ser incluido en la Planilla Única de Pagos, mientras no se haya suscrito
el contrato o convenio de trabajo correspondiente.
ARTICULO 10ºEl trabajador ingresante deberá:
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 4 de 33
a) Haber aprobado el proceso de selección respectivo.
b) Ser mayor de 18 años.
c) Presentar la documentación siguiente:
- Ficha Única de Personal, debidamente llenada
- Curriculum Vitae
- Copia de la Partida de Nacimiento
- Copia del DNI
- Declaración Jurada de buena salud.
- Constancia de trabajos anteriores
- Certificados de capacitación.
- Grado o Titulo Profesional (cuando corresponda)
- Titulo de Especialidad (cuando corresponda)
- Habilidad Profesional (cuando corresponda)
- Constancia de Colegiatura (cuando corresponda).).
- Certificados de Antecedentes Penales
- Certificado de Antecedentes Policiales
- Certificado de Vacunación contra Hepatitis A y B e Influenza
- Informe de Exámenes de Laboratorio de Elisa (VIH), Hepatitis B, BK en es-
puto y Radiografía de Tórax.
d) Cumplir con cualquier otra formalidad que exija el Laboratorio de Análisis
Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, para la selección y contratación de personal
cuando así lo considere conveniente.
e) Al ingresar a laborar, el trabajador deberá proporcionar todos los documentos
del curriculum vitae necesarios que permitan mantener actualizada la ficha
personal. Es responsabilidad del trabajador mantener actualizado
permanentemente su curriculum vitae.
La información, datos y documentos proporcionados por los trabajadores
deberán ser verdaderos. En caso de constatarse alguna información o dato
falso, se procederá a la resolución del contrato, previo cumplimiento de las
formalidades de Ley.
ARTICULO 11ºEl Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, no contratará personal que
se encuentre en alguna o todas de las siguientes situaciones:
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 5 de 33
a) Haber sido sentenciado por la comisión de delito penal.
b) Haber sido cesado o despedido por comisión de falta grave y/o presentar
antecedentes penales desfavorables.
c) Encontrarse incurso en cualquiera de las causales previstas por el
ordenamiento legal vigente para celebrar contrato de trabajo con la
Administración Pública o Privada.
ARTICULO 12ºLos trabajadores que ingresen a laborar, bajo un contrato de trabajo o modalidad
tendrán un período de prueba de tres meses, pudiendo pactarse una duración mayor
conforme a la legislación laboral vigente. Están exonerados del presente requisito
aquellos que ingresen contratados por suplencia o aquellos que lo hagan por un
período menor a tres meses.
CAPITULO IIIHORARIO Y JORNADA LABORAL
ARTICULO 13ºLa asistencia, estricta puntualidad y permanencia efectiva en el trabajo son
obligaciones de todo el personal, de acuerdo al rol establecido.
ARTICULO 14ºLa jornada laboral en el Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, para los
trabajadores comprendidos en el régimen del D.L N° 728 es de 48 horas semanales y
de acuerdo a horarios programados.
La jornada ordinaria de trabajo podría ser variada de acuerdo a las circunstancias que
lo ameriten o faculten en la operatividad del Establecimiento.
ARTICULO 15ºEl tiempo efectivo de trabajo se computará mediante el ingreso y salida. El
tiempo dedicado al refrigerio no forma parte de la jornada de horario de trabajo.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 6 de 33
ARTICULO 16ºLa hora de ingreso y de salida será fijada por el Gerente del Laboratorio de Análisis
Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, en coordinación con el Director Médico, teniendo en
consideración el límite previsto en la Ley, la forma y modalidad de la prestación de
las labores y las necesidades institucionales.
El podrá modificar el horario de trabajo por necesidad de servicio, sin alterar el número
de horas trabajadas a solicitud del Director Médico y con la autorización del Gerente.
ARTICULO 17ºLas horas extraordinarias se regulan por lo dispuesto en la normatividad legal y en las
disposiciones institucionales vigentes. En aquellos supuestos en los cuales no resulte
procedente el pago de horas extras por los servicios prestados después de la jornada
laboral, se compensará el trabajo efectuado por los trabajadores con el otorgamiento
de periodos equivalentes de descanso.
ARTICULO 18ºEl control de asistencia del personal es responsabilidad del Personal Administrativo y
Director Médico.
CAPITULO IVREGISTRO DE CONTROL DE ASISTENCIA
ARTICULO 19ºLos trabajadores del Laboratorio tienen la obligación de registrar su ingreso y salida
del centro de labores.
El registro de asistencia, ingreso y salida se realizará en el parte diario u otro medio de
registro que establezca el Laboratorio siendo las únicas constancias de asistencia del
trabajador.
ARTICULO 20ºTambién deberá registrarse la salida e ingreso en el uso de la hora de refrigerio. Si el
trabajador nota algún error en el parte diario de asistencia o una impresión ilegible,
dará cuenta inmediata a su superior inmediato, debiendo abstenerse de borrar o
alterar la marca. Por ningún motivo el trabajador mantendrá en su poder el parte diario
de asistencia.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 7 de 33
ARTICULO 21ºLuego de registrar su ingreso al centro de labores el trabajador debe encontrarse en
el ambiente específico donde labora a la hora exacta, iniciando las tareas que le
corresponden hacer. Asimismo, debe suspender su jornada a la hora exacta en que
finaliza, debiendo dirigirse de inmediato al lugar donde debe registrar su salida del
centro de trabajo, salvo indicación o autorización del Director Médico o Gerente.
ARTICULO 22ºEl registro de asistencia al centro de trabajo debe hacerse en la Oficina de Admisión.
ARTICULO 23ºEstá completamente prohibido que un trabajador registre la asistencia de otro, aunque
lo esté reemplazando en sus funciones. Asimismo, está prohibido alterar los registros
de asistencia; estas acciones constituyen faltas graves y son sancionadas conforme a
ley y al presente reglamento.
ARTICULO 24º El trabajador que habiendo registrado su ingreso no registra su salida, o viceversa,
será considerado como inasistencia.
CAPITULO VPERMANENCIA, TARDANZAS E INASISTENCIAS
ARTICULO 25º Los trabajadores están obligados a permanecer en sus puestos de trabajo durante
toda la jornada. La interrupción e interferencia en las labores de otros trabajadores se
Considera falta y es susceptible de sanción, con la amonestación escrita o suspensión
sin goce de haber.
ARTICULO 26° Los trabajadores están obligados a informar a su jefe inmediato sobre cualquier hecho
que se produzca en su ambiente de trabajo y que origine malestar o daños al
trabajador o al Laboratorio.
.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 8 de 33
ARTICULO 27ºSe considera tardanza al hecho de registrar la asistencia después de la hora
establecida para el ingreso, así como después del refrigerio. A efectos de descuento,
se deducirá la tolerancia que, acumulada, no podrá superar los treinta (30) minutos al
mes, descontándose el exceso del ingreso mensual del trabajador en forma
proporcional.
ARTICULO 28ºLa tolerancia para el ingreso es de diez (10) minutos. El ingreso registrado durante la
tolerancia está afecto al descuento por tardanza. Luego de vencida la tolerancia se
considera ausencia injustificada.
Los trabajadores no deberán hacer uso excesivo de la tolerancia, pues es sólo para el
ingreso y no es válida para justificar su impuntualidad ante posibles sanciones
disciplinarias.
.
ARTICULO 29ºConstituye inasistencia:
a) Injustificada
- La no concurrencia al centro de trabajo sin la justificación respectiva.
- El retiro del trabajador antes de la hora de salida sin justificación alguna.
- La omisión del registro de asistencia al ingreso y/o salida sin justificación o
posterior regularización.
- El ingreso al Centro de Trabajo excediendo el tiempo establecido como
tolerancia.
- Abandonar el Centro de Trabajo dentro de la jornada laboral.
b) Justificada
- Las omisiones involuntarias en el registro de ingreso o salida al centro de
trabajo, siempre que se justifique a mas tardar dentro de las 24 horas
posteriores de producida la omisión y que no supere de cinco en el año
calendario.
- Por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos, circunstancia sobre la
que el trabajador deberá presentar dentro de las veinticuatro (24) horas
siguientes, el documento asistencial que acredite tal hecho y por el tiempo
que determine la Gerencia.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 9 de 33
- Motivos Particulares, sujetos a aprobación o rechazo de la Gerencia
ARTICULO 30ºCuando por alguna razón el trabajador no concurriera a laborar o llegara tarde, deberá
dar aviso de lo ocurrido en la primera media hora de ese mismo día al Director Médico,
explicando los motivos que ocasionaron el incidente.
ARTICULO 31ºToda inasistencia deberá ser justificada dentro de las veinticuatro (24) horas de haberse producido. Para ello, se requiere la presentación de los documentos sustentatorios. Transcurrido el plazo, no habrá lugar a reclamo en caso de no ser justificada se considerará como inasistencia injustificada.
ARTICULO 32ºLa no concurrencia justificada al trabajo priva al trabajador de la remuneración
respectiva.
ARTICULO 33ºLas inasistencias injustificadas estarán sujetas al descuento de la treintava (1/30) parte
del ingreso mensual del trabajador. La presente acción debe considerarse por días.
Se considera abandono de trabajo a la ausencia injustificada por tres días
consecutivos o cinco días alternados en el periodo de los últimos doce meses teniendo
como resultado el corte del vínculo laboral con el Laboratorio.
ARTICULO 34ºLa Gerencia procesará los registros de asistencia parta efectos del descuento
respectivo.
ARTICULO 35º La inasistencia injustificada y las tardanzas reiteradas no sólo dan lugar a los descuentos correspondientes; sino además constituyen faltas de carácter disciplinario sujeto a la escala de sanciones que puede llegar hasta la separación.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 10 de 33
ARTICULO 36ºEl área de Administración comunicará mediante formato y bajo responsabilidad, a la
Gerencia, los siguientes hechos concernientes al personal a su cargo:
- Inasistencia del trabajador.
- Abandono del puesto en horas de labores.
- No incorporación a su puesto de trabajo al concluir los permisos, vacaciones
suspensión o cese temporal, comisiones de servicio y cualquier acción de
desplazamiento.
ARTICULO 37ºEl ingreso al Centro de Trabajo fuera del horario de labor o en jornada no laborable,
deberá ser autorizado por el Director Médico o quien haga sus veces.
CAPITULO VIPERMISOS Y LICENCIAS
ARTICULO 38ºEl otorgamiento de permisos y/o licencias, por motivos particulares es facultad de la
Gerencia y su autorización está sujeta a las posibilidades y a las limitaciones
establecidas en el presente Reglamento.
ARTICULO 39ºEl permiso, es la autorización escrita que se otorga al trabajador para ausentarse por
horas del Centro de Trabajo durante la jornada laboral. El permiso se otorga mediante
papeletas y/o boletas de salida y se inicia después de la hora de ingreso, salvo que
sea solicitado con veinticuatro (24) horas de anticipación y en casos debidamente
justificados y está condicionado a las necesidades de servicio y a la autorización del
Director Médico debiendo ser comunicado con la debida anticipación a la Gerencia.
ARTICULO 40ºLos permisos se concederán en los siguientes casos:
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 11 de 33
1. Con goce de Remuneraciones:a) Por enfermedad, que es concedido por la Gerencia previo informe Médico
presentado a la institución, en caso de que el trabajador se encuentre delicado
de salud y no pueda continuar con sus labores.
b) Las Comisiones de Servicios y Compensaciones por tiempo extra laborado.
c) Citación expresa: judicial, militar o policial, de acuerdo a la notificación que
exhiba.
d) Lactancia, que se concede a las madres trabajadoras, desde el término del
periodo post-natal hasta que el lactante cumpla un (01) año de edad, por una
hora diaria al inicio término de la jornada...
e) Otras que correspondan según Ley.
2. Sin Goce de RemuneracionesLas solicitudes de los permisos sin goce de remuneraciones que se otorgan por
motivos particulares deberán ser debidamente sustentadas para la decisión de los
niveles de gestión institucional. En todos los casos, todas las boletas, solicitudes y/o
resoluciones de permisos deberán ser remitidas a la Gerencia para fines de control,
y están sujetas a aprobación o rechazo de las mismas.
ARTICULO 41º La licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso de este derecho se inicia a petición de la parte interesada y está condicionada a las necesidades institucionales.
ARTICULO 42ºLas licencias se concederán en los siguientes casos:
1.- Con Goce de Remuneraciones:a) Por enfermedad, que se otorga conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26790 y
su Reglamento. Con documentos debidamente acreditados mediante
Certificados médicos visados por ESSALUD y/o en caso que los trabajadores
hayan sido atendidos por médicos particulares deberán contar con la visación
del MINSA.
b) Por gravidez se concede a la trabajadora gestante por un periodo de cuarenta
y cinco (45) días de descanso prenatal y cuarenta y cinco (45) días de
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 12 de 33
descanso posnatal. Se acredita con el respectivo Certificado de Incapacidad
Temporal
Para el Trabajo (CITT), otorgado por ESSALUD (Leyes Nº 26644, 26790 y
27606). El goce del descanso podrá ser diferido parcialmente en casos de
embarazo normal, y a solicitud de la trabajadora gestante; tal decisión debe ser
comunicada al empleador con anticipación. La comunicación a la que se refiere
debe estar acompañada del informe médico que certifique que la postergación
del descanso prenatal no afectará en modo alguno a la gestante y al concebido
c) Por el fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos, se otorga por cinco
(5) días en cada caso.
d) Las licencias con goce de haber se autorizan mediante Resolución expedido
por el titular de la Institución.
2.- Sin Goce de Remuneración:
a) Por motivos particulares se podrá conceder hasta por un máximo de 03 días
dependiendo de las necesidades del servicio. Se autorizará mediante
resolución expedida por la Gerencia, previa evaluación, la misma que deberá
contar con el visto bueno del Director Médico.
ARTICULO 43ºObservaciones a tener en cuenta para las licencias: En los casos de las licencias
antes descritas, se observará lo siguiente:
a) El trámite de la licencia se inicia con la presentación de la solicitud simple por
la parte interesada, dirigida a la Gerencia, el mismo que deberá contar con el
visto bueno del jefe inmediato superior.
b) La sola presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia. Si el
trabajador se ausentara en esta condición, sus licencias serán consideradas
como injustificadas sujetas a sanción.
c) Los periodos de licencia sin goce de remuneraciones no son computables
como tiempo de servicios para ningún efecto.
d) Ningún trabajador podrá dejar de asistir a su centro de labores, hasta que no
se le notifique la resolución autorizándolo.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 13 de 33
CAPITULO VIICOMISIÓN DE SERVICIOS
ARTICULO 44ºLa comisión de servicios es el desplazamiento temporal del trabajador dispuesto por la
autoridad competente por necesidad del servicio, para realizar funciones fuera de la
sede habitual del trabajo, en la ciudad del centro laboral.
La comisión del servicio no podrá exceder, en ningún caso, el máximo de treinta (30)
días calendarios por vez.
ARTICULO 45ºEl trabajador tiene derecho al pago de los gastos por movilidad y viáticos según
corresponda.
ARTICULO 46ºLa Comisión de Servicio deberá ser puesta en conocimiento del Gerente, debiendo
tenerse en cuenta que si la Comisión de Servicio es hasta por quince (15) días se
formalizará mediante el formato suscrito por el Director Médico y con la aprobación del
Gerente.
ARTICULO 47ºLos permisos, licencias y comisiones de servicio no tramitados oportunamente serán
considerados extemporáneos y su regularización estará sujeta a la aprobación del
Gerente, para la evaluación del caso concreto a fin de determinar su procedencia.
CAPITULO VIIIREMUNERACIONES
ARTICULO 48ºLa institución abonará mensualmente las remuneraciones de los trabajadores, según
el cronograma de pago de remuneraciones del Laboratorio “MERKS LAB S.A.C.”, mediante cheque a nombre del empleado y/o según las modalidades que establezca el
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 14 de 33
Laboratorio, de acuerdo al contrato o convenio de trabajo suscrito. Está prohibido,
igualmente, conceder préstamos o adelantos con cargo a las remuneraciones.
ARTICULO 49ºLa Institución efectuará los descuentos establecidos legalmente, así como los
acordados con el trabajador.
ARTICULO 50ºEn el caso que un trabajador contratado a plazo indeterminado cambie a un puesto
que suponga diferente responsabilidad, otras condiciones de trabajo y remunerativas,
se procederá a suscribir un Convenio de Nuevas Condiciones de Trabajo.
ARTICULO 51ºLas remuneraciones, alguna bonificación y otros, así como los descuentos,
retenciones y aportaciones se consignan en las respectivas boletas de pago. El
trabajador está obligado a firmar la constancia de haber recibido la boleta de pago en
la planilla correspondiente.
CAPITULO IXDESCANSOS REMUNERADOS
ARTICULO 52ºLos trabajadores del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, según
modalidad de convenio gozan de un descanso semanal de un (01) día, de acuerdo al
rol establecido.
ARTICULO 53ºLos trabajadores administrativos tienen derecho a descansos remunerativos en todos
aquellos días feriados establecidos por Ley, salvo el caso de personal asistencial que
se dará de acuerdo al rol de trabajo establecido.
ARTICULO 54º Todo trabajador contratado sujeto a modalidad de plazo indeterminado tiene derecho
a treinta (30) días calendarios de descanso vacacional remunerado por cada año
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 15 de 33
completo y efectivo de servicios, previo cumplimiento de los requisitos legalmente
establecidos.
ARTICULO 55ºLos trabajadores deberán hacer uso de su descanso vacacional en la fecha
programada. El descanso vacacional de los trabajadores deberá programarse como
máximo dentro de diez (10) meses posteriores a la adquisición del derecho al citado
descanso vacacional.
ARTICULO 56ºLa Gerencia a su discreción podrá postergar el goce de vacaciones, por razones de
necesidad de servicio u otorgárselas fraccionadas. Las vacaciones anuales pueden
acumularse hasta por dos periodos consecutivos de común acuerdo y según los
requerimientos del servicio.
ARTICULO 57ºEl trabajador, preferentemente deberá iniciar su goce vacacional el primer día del mes
respectivo de acuerdo con el rol aprobado, aún cuando coincida con sábado, domingo,
feriado o día no laborable.
ARTICULO 58ºLa Gerencia, es la responsable de coordinar y formular la programación de vacaciones
de acuerdo a la fecha en que se genera el derecho, a las necesidades del servicio y al
interés del trabajador. El rol de vacaciones se aprueba por resolución de Gerencia,
dentro de los primeros cinco (5) días del mes de Diciembre de cada año.
ARTICULO 59ºEn casos excepcionales y debidamente justificados se podrán suspender las
vacaciones que se encuentra gozando el trabajador por necesidad de servicio, previo
acuerdo con el Laboratorio.
ARTICULO 60ºEl trabajador, antes de hacer uso del periodo vacacional, debe hacer entrega del
cargo, así como de los equipos y material de trabajo de manera formal y expresa con
conocimiento y previa autorización del Gerente.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 16 de 33
CAPITULO XDERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
ARTICULO 61ºEs derecho exclusivo del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”,
planear, organizar, coordinar, dirigir, orientar, controlar, sancionar y disponer las
actividades del personal en el centro de trabajo, estableciendo políticas destinadas a la
consecución de sus objetivos, observando las disposiciones legales vigentes.
ARTICULO 62ºEn el ejercicio del derecho indicado en el párrafo anterior, corresponde al Laboratorio
de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, entre otras las siguientes facultades:
a) Buscar la consolidación de la institución.
b) Determinar la organización general, establecer y modificar el organigrama así
como el Manual de Organización y Funciones (MOF)
c) Determinar la estructura de remuneraciones de los trabajadores.
d) Determinar la capacidad e idoneidad de cualquier trabajador para la asignación
de tareas de mayor responsabilidad, así como apreciar sus méritos y decidir su
promoción.
e) Determinar los puestos de trabajo, su perfil, deberes y responsabilidades, sin
más limitaciones que las que señalan los dispositivos legales vigentes sobre
la materia.
f) Seleccionar y contratar nuevo personal
g) Disponer el traslado temporal o permanente del personal, su rotación o la
asignación de nuevas funciones.
h) Establecer, programar y modificar el horario de trabajo, así como la jornada
laboral, horas extras, turnos, guardias, retenes y cualquier otra modalidad de
Trabajo, determinando las labores y el número de trabajadores necesarios, de
conformidad con la necesidad de servicio y a lo dispuesto en la normatividad
laboral vigente.
i) Disponer la utilización de los bienes, equipos, instalaciones y maquinarias en el
modo y la forma que resulten más convenientes para la productividad del
Laboratorio.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 17 de 33
j) Introducir y aplicar nuevos métodos de producción acorde a los objetivos
institucionales.
k) Formular directivas, Reglamentos y Normas para mantener el orden y el
cumplimiento de las obligaciones de trabajo y la adecuada marcha de la
gestión técnico-administrativa del Establecimiento.
l) Supervisar los procedimientos que realice el trabajador las veces que se crea
necesarias.
m) Controlar el desenvolvimiento del personal que labore en el Laboratorio, a fin
de evaluar y calificar la idoneidad en el cumplimiento de sus funciones.
n) Aplicar las sanciones que correspondan de acuerdo a la gravedad de la falta
cometida por el trabajador, según lo establecido en el presente Reglamento.
o) Ejercer las demás facultades que resulten inherentes al poder directriz del
empleador.
.
ARTICULO 63ºSon obligaciones del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”
a) Propiciar la realización plena del trabajador, en armonía con los fines de la
institución, alentando su desarrollo integral, conforme sus propias aspiraciones.
b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes.
c) Disponer que todos los niveles jerárquicos de la institución observen el debido
respeto y buen trato hacia los trabajadores, procurando mantener el equilibrio
laboral dentro de las relaciones de trabajo, prestando atención oportuna a los
reclamos y sugerencias de los mismos.
d) Formular y establecer las directivas, normas y resoluciones que garanticen el
orden, la seguridad y protección de los trabajadores y de las instalaciones.
e) Prevenir, investigar y resolver los problemas laborales, de acuerdo a los fines y
objetivos del Laboratorio.
f) Ofrecer las medidas de seguridad necesarias al interior del centro de trabajo
para garantizar la salud de los trabajadores y el normal desenvolvimiento de las
labores, así como dotar de implementos y equipos de seguridad y protección
para el trabajador, de ser el caso. .
g) Disponer del pago de las remuneraciones que corresponde a sus trabajadores
de acuerdo a las diferentes modalidades de contrato, a las condiciones
oportunamente establecidas y a plazos señalados.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 18 de 33
CAPITULO XIDERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 64ºSon obligaciones de los trabajadores del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, lo siguiente:
Cumplir con proporcionar los datos y/o documentos que se le solicite de acuerdo a las
normas legales e institucionales vigentes.
a) Cumplir con alcanzar al Laboratorio, los documentos solicitados en el Artículo
10° del presente Reglamento.
b) Cumplir y hacer cumplir el Manual de Organización y Funciones (MOF)
respectivos.
c) Acatar y cumplir los Reglamentos, Normas y Directivas internas así como las
órdenes que, por razones de trabajo, les sean impartidas por sus jefes y
superiores.
d) Cumplir con eficiencia, responsabilidad, lealtad y ética los procesos y
responsabilidades asignadas.
e) Guardar el debido respeto, lealtad, y consideración a sus jefes, compañeros de
trabajo, debiendo mantener con ellos la completa armonía y excelente relación
interpersonal.
f) Mantener estricta reserva de los asuntos relacionados con la actividad del
establecimiento.
g) Tratar con respeto al cliente externo, así como a las personas con las que
tuviera que alternar por las funciones que desempeña.
h) Cumplir puntualmente con los horarios establecidos, sobre el ingreso y salida
del Centro de Trabajo y registrar en forma individual y oportuna su ingreso y
salida en el parte diario de asistencia y/o medios establecidos por la Institución,
según corresponda.
i) Usar convenientemente los equipos de protección y cumplir las normas sobre
prevención de accidentes y seguridad.
j) Cumplir con las Normas establecidas de Bioseguridad
k) Mostrar para su revisión los paquetes, maletines, bolsos y otros objetos que
lleven, tanto al entrar como al salir del establecimiento
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 19 de 33
l) Cumplir en forma efectiva las jornadas ordinarias y complementarias de
trabajo, permaneciendo en sus puestos de trabajo y dedicar el íntegro de su
tiempo a la atención de su labor.
m) Conservar adecuadamente y restituir al término de la jornada de trabajo las
herramientas, instrumentos o equipos de trabajo que se le haya proporcionado
o usado, todo ello bajo responsabilidad laboral y económica del personal. que
esté a cargo del mismo.
n) Presentarse en su lugar de trabajo correctamente vestido.
o) Salvaguardar la economía de la Institución, evitando toda acción que signifique
pérdida, despilfarro, uso indebido o que vaya en perjuicio de su economía, de
sus bienes o de sus servicios.
p) Abstenerse de opinar, publicar artículos o de hacer declaraciones públicas
relativas a la Institución, sin la autorización expresa de la autoridad
competente.
q) Comunicar a la Gerencia su cambio de domicilio inmediatamente después de
ocurrido éste. Se tendrá por cierta, cualquier notificación, la última dirección
que hubiese proporcionado el trabajador.
r) Promover la efectividad, eficiencia, economía, calidad y transparencia en las
actividades a su cargo.
s) Reportar oportunamente información fidedigna y verídica sobre cada una de las
acciones que le sean solicitadas por sus superiores.
t) Igualmente; constituyen obligaciones de los trabajadores todas aquellas de
similar naturaleza y alcance que se deriven del contrato de trabajo
El incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas dará lugar a las sanciones
correspondientes de acuerdo a la gravedad de la falta, pudiendo llegarse hasta la
rescisión del vínculo laboral, conforme a los dispositivos legales vigentes.
ARTICULO 65ºQueda expresamente prohibido a los trabajadores:
a) Abandonar y/o retirarse del puesto de trabajo durante la jornada laboral, sin
causa justificada y sin autorización del Director Médico, Gerente u
ocasionalmente en su defecto del personal administrativo a cargo.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 20 de 33
b) Faltar al trabajo sin causa justificada o registrar su ingreso pasado el tiempo de
tolerancia establecida sin la autorización correspondiente y perjudicando el
normal funcionamiento del establecimiento.
c) Registrar el ingreso o salida de otro trabajador, o hacer registrar su asistencia
por otra persona; así como alterar los registros de asistencia.
d) Concurrir al Centro de Trabajo, en estado de embriaguez o bajo el efecto de
bebidas alcohólicas o sustancia de estupefacientes o tóxicas.
e) Ejecutar trabajos para personas ajenas a la Institución o ejercer actividades
económicas particulares durante las horas de trabajo.
f) Ejercer actividades distintas a las de la función durante el horario de trabajo.
g) Demostrar trato insolente o poco cordial a los pacientes y familiares que
acudan para su atención al Laboratorio.
h) Ingresar a lugares de trabajo no vinculados con las labores que desempeñan y
en horario que no corresponda.
i) Inobservancia a las Normas de Bioseguridad
j) Impericia en el desenvolvimiento de sus funciones
k) Fumar en lugares en donde por razones de seguridad está terminantemente
prohibido, o así se advierta por loa avisos correspondientes.
l) Amenazar o agredir en cualquier forma a sus jefes o compañeros de trabajo.
m) Introducir, difundir o distribuir propaganda o escritos de cualquier clase dentro
del Centro de Trabajo
n) Crear o fomentar condiciones riesgosas o insalubres dentro de las instalaciones
del Laboratorio.
o) Disminuir en forma deliberada y reiterada el rendimiento de su labor cualitativa o
cuantitativamente, salvo los casos no atribuibles al trabajador.
p) Simular enfermedad.
q) Introducir bebidas alcohólicas o cualquier otro tipo de drogas a la Institución.
r) Retirar, sin la debida autorización, los bienes de la Institución o usarlos con
fines ajenos al trabajo.
s) Manejar, operar, conducir y/o retirar de las instalaciones del laboratorio
equipos, que no les han sido asignados, salvo autorización expresa del área
correspondiente.
t) Dormir en los recintos de trabajo durante la jornada laboral.
u) Portar armas de cualquier clase, salvo en los casos expresamente autorizados
por el Laboratorio.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 21 de 33
v) Colocar inscripciones o boletines fuera de las vitrinas instaladas para éste fin.
w) Leer libros, periódicos, revistas, folletos durante la jornada de trabajo, con
excepción de aquel tipo de lectura vinculada con el trabajo que se ejecuta o que
el jefe respectivo autorice.
x) Comprometerse a trabajar horas complementarias en un área distinta a la que
desarrolla normalmente sus labores, sin contar para ello con la autorización
expresa del Director Médico
y) Trabajar en otra entidad, encontrándose de permiso o licencia en el
Laboratorio.
z) Valerse de la condición de trabajador de las Institución para obtener ventajas
de cualquier índole de la entidad o personas que mantienen relación con sus
actividades.
aa) Disponer de los materiales, artículos, productos y otros para su uso personal o
de terceros.
bb) Utilizar los medios de comunicación telefónicos e informáticos (internet, correo
electrónico, etc.) y/o software, con fines distintos asignados a los fines del
Laboratorio.
cc) Igualmente también constituyen prohibiciones a las acciones u omisiones que
atenten contra la moral y las buenas costumbres, así como el normal
desenvolvimiento de las actividades del Laboratorio.
El trabajador que incurra en los hechos señalados en los literales precedentes, se hará
acreedor a las sanciones correspondientes de acuerdo a la gravedad de la falta,
Pudiendo llegar hasta la resolución del vínculo laboral. La falta será considerada más
grave cuanto más elevada sea la jerarquía del trabajador que la cometa.
ARTICULO 66ºSon derechos de loa trabajadores:
a) Percibir por labor efectuada, la remuneración y bonificaciones que
correspondan de acuerdo a los convenios pactados y las normas
institucionales.
b) Contar con las condiciones y medios de trabajo adecuados para el desempeño
de la función que se les encomienda.
c) Ser informados de las disposiciones que normen sus condiciones de trabajo.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 22 de 33
d) Que el manejo de su legajo sea confidencial.
e) Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de sus superiores y compañeros
de labor.
f) Proponer a través de los canales de comunicación correspondientes,
planteamientos e iniciativas que contribuyan al mejoramiento de la eficiencia y
productividad del Laboratorio.
CAPITULO XIIRÉGIMEN DISCIPLINARIO
ARTICULO 67ºLas relaciones laborales en el Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”,
se sustentan en el espíritu de compresión, armonía y cooperación que existe entre
todos los trabajadores de todos los niveles.
ARTICULO 68ºEl mantenimiento de la disciplina en el trabajo depende directamente de cada
trabajador. El Laboratorio espera que cada uno aporte su capacidad y esfuerzo, para
el mejor logro de los objetivos comunes.
ARTICULO 69ºLos actos destacados de los trabajadores merecen distinciones y que constituyen
méritos en los diferentes procesos de evaluación interna.
ARTICULO 70°Las normas disciplinarias que se consideran en el Laboratorio tienen por finalidad,
que el trabajador regule su comportamiento a ellas.
ARTICULO 71°Las faltas, omisiones o infracciones de las obligaciones del trabajador o de lo
dispuesto en el presente Reglamento y demás normas emitidas por el Laboratorio dan
lugar a medidas disciplinarias.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 23 de 33
ARTICULO 72°La aplicación de las sanciones disciplinarias obedecerá a la naturaleza y gravedad de
la falta cometida, sin que sea necesario la imposición previa de sanciones anteriores
de menor grado o que su intensidad de aplicación requiera la existencia de
antecedentes laborales negativos.
ARTICULO 73°La Gerencia debe estar en constante comunicación con los trabajadores a su cargo, a
los cuales deben orientar y encaminar hacia la correcta actuación laboral, para evitar
actos de indisciplina y la aplicación de medidas disciplinarias.
ARTICULO 74°Los casos de indisciplina que ocurran en las diferentes áreas serán remitidas por el
jefe inmediato superior a la Gerencia para su evaluación y procesamiento
correspondiente, bajo responsabilidad.
ARTICULO 75ºCompete a la Gerencia, en mérito al análisis y recomendaciones, así como la
gravedad de la falta cometida, discernir con objetividad y recto criterio, la medida
disciplinaria a imponer.
ARTICULO 76ºLas sanciones disciplinarias que el Laboratorio aplica son:
a) Amonestación Verbal, que será aplicada por la misma Gerencia.
b) Amonestación Escrita, que será aplicada por la misma Gerencia.
c) Suspensión sin goce de remuneraciones mayor de treinta (30) días, que será
aplicada por la Gerencia.
d) Destitución, en los casos y forma permitidos por Ley, que será aplicado por el
Gerente.
ARTICULO 77ºEn todos los casos de amonestación escrita y suspensión, la sanción será comunicada
por escrito al trabajador. Las sanciones se aplican sin atender necesariamente el
orden correlativo señalado.
El área administrativa archivará una copia de la misma en el legajo personal del
trabajador.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 24 de 33
El trabajador está obligado a firmar la copia del documento en señal de recepción, sin
que ello implique el reconocimiento de la falta o aceptación de la sanción. La negativa
de recibir la comunicación o firmar el cargo de recepción constituye agravante de la
falta cometida, que obliga a la institución a aplicar otras sanciones de acuerdo a sus
atribuciones y a lo normado en el presente Reglamento. Si la negativa persistiera, se
dejará constancia de ello en presencia de un tercer trabajador, quien actuará en
calidad de testigo.
ARTICULO 78ºEl trabajador que cometa el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el
presente Reglamento, será sometido al Régimen Disciplinario del Laboratorio.
Las faltas en que pueden incurrir los trabajadores, así como las sanciones o medidas
disciplinarias a que den lugar, son independientes de las implicancias y
responsabilidades de carácter administrativo, civil o penal, que puedan derivarse.
ARTICULO 79ºLas causales de amonestación verbal a cargo del jefe inmediato son:
a) Inasistencia injustificada a actividades a las que ha sido citado.
b) Incumplimiento de los plazos para la entrega de actividades.
c) Tardanzas e inasistencia continuas.
d) Conducta que afecte su prestigio y comprometa la responsabilidad a su cargo.
e) Falta de respeto a los superiores y/o a los compañeros de trabajo.
f) Acumulación de quejas en el Sistema de Atención al Usuario
g) Incumplimiento de las oportunidades de mejora.
h) Incumplimiento de los reglamentos e instructivos de trabajo.
i) Otras faltas leves que no necesitan calificación especial.
ARTICULO 80ºSon causales de amonestación escrita la reiteración de cualquiera de las causales del
artículo anterior. La amonestación escrita quedará en su file personal. .Estará a cargo
del personal de administración. En caso que lo disponga el Gerente, se elevará al
Ministerio de Trabajo.
ARTICULO 81ºSon causales de suspensión, las siguientes faltas:
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 25 de 33
a) La reincidencia en las situaciones que han dado lugar a la amonestación escrita.
b) Incumplimiento a las actividades para las cuales fue contratado.
c) La inasistencia injustificada y continuas tardanzas.
d) Hacer abandono o ausentarse de su puesto de trabajo dentro del horario laboral sin
la autorización correspondiente
e) Registrar su asistencia (entrada y/o salida) y no presentarse a su puesto de trabajo
dentro del tiempo establecido o al término de la hora de refrigerio.
f) Negarse a firmar el cargo de recepción de cualquier comunicación escrita que le sea
dirigida por el Laboratorio.
g) Acumulación de no conformidades u observaciones en los procesos u operaciones
a su cargo.
h) Dormir en el Laboratorio.
i) Otros que considere el Gerente.
ARTICULO 82ºSon causales de separación y despido del trabajador las siguientes faltas:
a) La reiteración de causales de suspensión
b) La violación de los principios que rigen el establecimiento y cometer actos de
coacción o de violencia que en alguna forma interfieran o limiten la libertad de los
directivos, trabajadores o el funcionamiento general del Laboratorio.
c) Condena judicial que provenga de un delito común doloso con pena privativa y
efectiva de la libertad.
d) Por abandono injustificado de sus labores por tres días consecutivos o de cinco
alternados en un periodo de 12 meses.
e) Incurre en falta grave el que publica y/o distribuye información difamatoria o
agraviante contra los miembros del Laboratorio.
Por negarse a cumplir las obligaciones que motivan y se devienen de la suspensión,
citada en el Artículo anterior.
g) Por desprestigiar al Laboratorio o sus representantes.
h) El que demanda judicialmente en forma maliciosa a la Empresa o a sus miembros.
i) Por uso reiterado de palabras soeces en el centro de trabajo.
j) Agresión física contra cualquier miembro del Laboratorio de los usuarios de la
misma.
k) Tratar de ingresar al establecimiento en estado etílico o de drogadicción
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 26 de 33
l) Reiterado incumplimiento de las oportunidades de mejora y acumulación de no
conformidades u observaciones.
m) Otros que considere el Gerente.
n) Otros previamente tipificados, según ley.
ARTÍCULO 83ºSe considera falta grave sancionada con despido del trabajador, adicionalmente las
siguientes:
a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el
quebrantamiento de la buena fe laboral, la reiterada resistencia a las órdenes
relacionadas con las labores, y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo y
de otras disposiciones aprobadas o expedidas, según corresponda, por la autoridad
competente y que revistan gravedad.
b) El incumplimiento de los cronogramas de los planes o actividades de mejora de la
calidad que se generen como consecuencia de auditorías internas y supervisiones.
c) La disminución reiterada en la calidad y productividad de los procesos a su cargo,
verificada fehacientemente a través de auditorías internas y supervisiones.
d) Registrar en el parte diario la asistencia distinta a la propia, o hacer que terceras
personas lo hagan por él.
e) La falsificación y/o adulteración de documentos oficiales, incluido el parte diario
f) Conducta inmoral o gravemente reprensible en relación con su función
g) La apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios de la institución o que
se encuentren bajo su custodia; así como la retención o utilización indebida de los
mismos, en beneficio propio o de terceros, con el Laboratorio prescindencia de su
valor.
h) El uso o entrega de información reservada del Laboratorio a terceros, la sustracción
o utilización no autorizada de documentos y bienes de la institución, la información
falsa al empleador con la intención de causarle perjuicio u obtener una ventaja, y la
competencia desleal
i) Los actos de violencia, grave indisciplina, injuria y falta de palabra verbal o escrita en
agravio de la institución, de sus representantes, del personal jerárquico, o de otros
trabajadores, ya sea que se cometan dentro del centro de trabajo o fuera de él, cuando
los hechos se deriven directamente de la relación laboral.
j) El daño intencional a la infraestructura, equipos, documentación y demás bienes de
la institución.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 27 de 33
k) El abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, las ausencias
injustificadas por más de cinco días en un periodo de 12 meses hayan sido o no
sancionadas disciplinariamente en cada caso.
l) La impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador, siempre que se
hayan aplicado sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y
suspensiones.
m) Presentar documentación falsificada, adulterada o que en general, no corresponda
a la realidad de los hechos, con la intención de obtener ventajas económicas o de otro
tipo de los beneficios y condiciones de trabajo ofrecidos por el Laboratorio.
n) Asistir al centro laboral en estado etílico o de drogadicción
o) Cometer actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.
p) Ser motivo o causar escándalo dentro de la institución o en su proximidad.
q) Elaborar y/o distribuir información difamatoria contra el laboratorio.
r) Aceptar y/o exigir recompensas, regalos, dádivas o préstamos de personas que
comprometan el ejercicio de sus funciones y responsabilidades.
s) Tratar de sorprender a la autoridad regularizando y/o justificando ausencias fuera de
su oportunidad (extemporáneas).
t) La simulación comprobada de enfermedad.
u) Incumplir cualquiera de las obligaciones previstas en el Artículo 64° del presente
Reglamento.
v) Incurrir en alguna de las prohibiciones establecidas en el Artículo 65° del presente
Reglamento
w) Toda conducta análoga o similar que constituya falta laboral.
x) Otros que considere el Gerente.
ARTICULO 84°Toda persona que cese por cualquier motivo (renuncia, finalización de contrato),
deberá hacer entrega de cargo mediante un acta en la que se deberá detallar los
equipos, muebles, medios magnéticos y demás bienes, que ha tenido a su cargo hasta
la fecha de su retiro.
ARTICULO 85°La Gerencia del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, Propiciará
reuniones periódicas con los jefes y trabajadores para conocer oportunamente la real
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 28 de 33
situación de las relaciones laborales en cada área específica de trabajo y disponer las
medidas pertinentes para mejorar constantemente el clima organizacional.
CAPITULO XIIIDESEMPEÑO LABORAL Y EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO
ARTICULO 86°La evaluación del rendimiento es el proceso que califica el desempeño laboral del
personal administrativo. Resulta de la medición del desempeño individual asistencial
y/o administrativo en un período trimestral, con el objeto de tomar las medidas
tendientes a optimizar la eficiencia de los trabajadores.
ARTICULO 87ºEs aplicable una evaluación al servidor que se encuentre en periodo de prueba, diez
días antes de concluido dicho periodo, el cual se ejecutará a través de formatos
especiales y será realizado por el Director Médico. Aquel trabajador que obtenga nivel
“insuficiente” le será rescindido su contrato de trabajo.
ARTICULO 88°Los factores de evaluación serán definidos por el Laboratorio, así como el rendimiento
laboral del trabajador.
ARTICULO 89ºLa Gerencia se encargará de la administración del proceso de evaluación. Concluido
éste, informará al Representante los resultados del mismo, señalando el nivel de
calificación obtenido por cada uno de los trabajadores, de acuerdo a la tabla de
intervalos de puntajes.
ARTICULO 90ºEl personal que obtenga el “nivel insuficiente” en la evaluación del rendimiento laboral,
así, como aquel que en dos evaluaciones trimestrales sucesivas haya sido calificado
en “nivel no satisfactorio”, está incurso en causal para que le sea resuelto el contrato,
previas formalidades de ley.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 29 de 33
ARTICULO 91ºEl Laboratorio “MERKS LAB S.A.C.”, dentro de sus facultades y posibilidades,
motivará e incentivará a los trabajadores que obtengan calificaciones meritorias.
CAPITULO XIVCAPACITACIÓN Y DESARROLLO
ARTICULO 92ºLa capacitación en el Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, está
orientada a buscar el equilibrio entre las aptitudes del trabajador y las necesidades del
puesto. El desarrollo se dirige al cambio de actitudes y adquisición de mayores
capacidades y competencias por parte del trabajador.
ARTICULO 93ºLos trabajadores del Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”,
accederán a los Programas de Capacitación y Desarrollo de acuerdo a los méritos
acumulados en el ejercicio anterior y según sea la necesidad de adquirir capacitación
para el desempeño óptimo del cargo.
CAPITULO XVSEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
ARTICULO 94ºEl Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, en cumplimiento de la
Legislación Laboral vigente y en virtud de la función que realiza, adopta las medidas
pertinentes de seguridad e higiene ocupacional, a fin de preservar la vida y salud de
sus trabajadores.
Todo trabajador deberá cumplir con dichas medidas, mereciendo sanción quienes lo
infrinjan o pongan en peligro su vida, salud o la de otros trabajadores, así como de las
instalaciones, mobiliario y/o procesos técnico-administrativos.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 30 de 33
ARTICULO 95ºEl Laboratorio proporcionará a sus trabajadores los elementos necesarios para
garantizar las labores en condiciones higiénicas y seguras, teniendo éstos la
obligación de velar por su buen estado.
ARTICULO 96ºEl Laboratorio velará por la buena salud de su personal, en consideración a ello los
trabajadores deberán someterse a exámenes médicos y de laboratorio periódicos,
estando el personal obligado a ello.
ARTICULO 97ºEl Laboratorio de Análisis Clínico “MERKS LAB S.A.C.”, mantendrá vigilancia
permanente sobre las instalaciones, máquinas, equipos, documentos, etc., a fin de
velar por la seguridad, conservación e integridad física de los mismos; en
consecuencia los trabajadores deberán acatar las normas que regulan su uso
adecuado.
ARTICULO 98ºEn caso de producirse un movimiento sísmico considerable, los trabajadores deberán
de salir en forma ordenada conservando la calma y evitando el pánico.
ARTICULO 99ºEn caso accidentes o trastornos de salud considerable durante la jornada de trabajo,
el trabajador afectado o compañeros deberán de comunicar de inmediato tal situación
al Director Médico o a la Gerencia del Laboratorio, a fin de que se brinde la atención
inmediata de primeros auxilios, o de ser el caso se actúe para el traslado y atención en
el centro de salud de mayor capacidad resolutiva.
ARTICULO 100ºLos trabajadores deben utilizar y cuidar los equipos de seguridad e implementos de
protección que se le asigne, así como el vestuario y equipos que se les proporcione,
estando prohibidos de utilizar otros cuyo uso y funcionamiento desconozcan y no
hayan sido autorizados.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 31 de 33
ARTICULO 101ºLos trabajadores tienen la obligación de respetar los avisos y cualquier otro tipo de
indicativo de seguridad, así como las zonas rígidas.
ARTICULO 102ºEl Gerente del Laboratorio, es responsable de cumplir y hacer cumplir las normas y/o
disposiciones de seguridad e higiene ocupacional.
CAPITULO XVISUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN LABORAL
ARTICULO 103ºSe suspende el contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la obligación del
trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración
respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
ARTICULO 104ºSon otras causas de suspensión del contrato de trabajo los siguientes:
- Invalidez temporal.
- Enfermedad y accidentes comprobados
- Maternidad durante el descanso pre y post natal.
- Descanso vacacional.
- Sanción disciplinaria de suspensión por falta ética
- La detención del trabajador, salvo el caso de condena privativa de la libertad.
La suspensión del contrato de trabajo se regula por las normas que corresponden a
cada causa, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
ARTICULO 105ºEl vínculo laboral se extingue por los siguientes motivos:
- El fallecimiento del trabajador.
- La renuncia voluntaria del trabajador.
- El mutuo discenso entre trabajador y empleador.
- La invalidez absoluta y permanente.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 32 de 33
- El despido en los casos previstos en los Artículos y formas permitidos por la
ley.
- El término del servicio, el cumplimiento de la condición resolutoria y el
vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados bajo modalidad
de contrato a plazo fijo.
ARTICULO 106ºCorresponde a la Gerencia, emitir el documento respectivo de la extinción del vínculo
laboral del personal.
ARTICULO 107ºEn caso de renuncia, el trabajador presentará una carta ante el Titular de la Gerencia
del Laboratorio, con treinta (30) días de anticipación. El trabajador del Laboratorio
deberá asistir a su centro de labores hasta la notificación de la aceptación de la
renuncia, caso contrario se le considerará como falta laboral.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA:En todo lo que no se encuentre expresamente previsto por la ley laboral y en el
presente Reglamento Interno de Trabajo, serán de aplicación en forma suplementaria,
las normas y procedimientos emitidos por Organismos Internacionales de Trabajo y
Código Civil.
SEGUNDA:En el Laboratorio tiene la facultad de dictar normas administrativas y disposiciones
complementarias, que considere convenientes para la correcta aplicación del texto y
espíritu del presente reglamento.
TERCERA:Las infracciones o normas, morales éticas y de derecho en que incurriese el personal y
que no se encuentren contempladas en el presente Reglamento Interno de Trabajo,
serán resueltas en cada caso atendiendo circunstancias, antecedentes,
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com
“MERKS LAB S.A.C.”
Versión 1.0
REGLAMENTO INTERNO
Fecha: 18-02-2015
Página 33 de 33
consecuencias, etc., aplicando los principios que indique la ley, la costumbre y la
lógica. La empresa se reserva el derecho de ampliar y/o modificar el presente
reglamento interno de trabajo, de acuerdo a sus facultades y conforme a las normas
vigentes.
Calle Bolívar Nº 480 - Ica. Cel.: 982782811 Email: merks_lab_sac@hotmail.com