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REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES
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REGLAMENTO INTERNO DE
EVALUACION Y PROMOCION
ESCOLAR
COLEGIO LOS CONQUISTADORES
DE CURICO 2018
REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES
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TITULO 1: ASPECTOS GENERALES
1.1. FUNDAMENTACION
Entre 1990 y 1998 se establecen los fundamentos del currículum nacional de
Chile. Un aspecto central es la diferenciación entre un instrumento “marco”,
que define en forma abierta los aprendizajes mínimos de cada nivel, y los
Programas de Estudio, que constituyen un ordenamiento temporal de estos
aprendizajes en el año. La estructura del curriculum desde el año 1996 tuvo
sucesivas modificaciones Este marco curricular fue objeto de sucesivas
modificaciones con una actualización mayor en el año 2009.
Esta actualización mantiene los requerimientos, principios valóricos y las
orientaciones sobre el conocimiento y el aprendizaje definidos en el marco de
los principios de la Constitución Política, el ordenamiento jurídico y la
Declaración Universal de los Derechos del Niño.
En el año 2009, en Chile se implementa la Ley N° 20370, Ley General de
Educación y la creación de un Sistema Nacional de Aseguramiento de la
Calidad, con la implementación de nuevos organismos estatales, como la
Agencia de Calidad y Superintendencia de Educación.
La Ley General de Educación entiende el sistema como un todo, reemplaza
la forma de prescribir el currículum de Objetivos Fundamentales, Contenidos
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Mínimos Obligatorios por Objetivos de Aprendizaje (OA) y Objetivos
Transversales por Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT).
Los Objetivos de Aprendizaje (OA) relacionan en forma más explícita las
habilidades, los conocimientos , las actitudes y evidencian en forma clara y
precisa cuál es el aprendizaje que el(la) estudiante debe lograr; conformando
así un currículum centrado en el aprendizaje, que declara explícitamente cuál
es el foco del quehacer educativo.
En Chile , la educación es entendida como:
“proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la
vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo
espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la
transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca
en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra
identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en
forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante,
solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al
desarrollo del país””( Ley General de Educación N° 20370 del 12-09-2009,
párrafo 1 Articulo N° 2, Chile)
En el Colegio Los Conquistadores se imparten dos (2) Niveles educacionales
que son el Nivel de Educación Parvularia y el Nivel Básico.
“La Educación Parvularia es el nivel educativo que atiende integralmente a
niños desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, sin
constituir antecedente obligatorio para ésta. Su propósito es favorecer de
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manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y
aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, de acuerdo a las
bases curriculares que se determinen en conformidad a esta ley, apoyando a
la familia en su rol insustituible de primera educadora” (Ley General de
Educación N° 20370, Articulo N° 18, 2009)
“La educación básica es el nivel educacional que se orienta hacia la
formación integral de los alumnos, en sus dimensiones físicas, afectiva,
cognitiva, social, cultural, moral y espiritual desarrollando sus capacidades
de acuerdo a los conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las
bases curriculares que se determina en conformidad a esta ley, y que les
permite continuar el proceso educativo formal” (Ley General de Educación
N° 20370, Articulo N° 19, del 12-09- 2009. Chile)
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1.2. OBJETIVO DEL REGLAMENTO DE EVALUACION Y
PROMOCION ESCOLAR
El Reglamento tiene como objetivo establecer normas y procedimientos
de evaluación y promoción escolar en el Colegio Los Conquistadores,
de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de Educación,
en los siguientes Decretos: Decreto 0289/2002, que establece las Bases
Curriculares de la Educación Parvularia. Decreto Exento Nº 511/1997, y sus
modificaciones contenidas en el Decreto Exento Nº 107/2003, que regulan la
Evaluación y Promoción de los Alumnos de Educación General Básica.
1.3. NORMATIVA LEGAL Y DOCUMENTOS CURRICULARES
VIGENTES AL 2018
El currículum está constituido por: bases curriculares , programas y planes de
estudio.
o Las Bases Curriculares: documento principal del Currículum
Nacional. De acuerdo a la Ley General de Educación (LGE) de 2009,
“fijan Objetivos de Aprendizaje que todos los estudiantes deben
lograr”.
o Los Programas de Estudio: ayudan al profesor en su labor
pedagógica. Presentan una organización temporal de los Objetivos de
Aprendizaje (OA) en unidades, Contienen la visión global del año,
orientaciones didácticas, páginas resumen con los conceptos básicos
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de cada unidad, indicadores de evaluación para cada uno de los
aprendizajes, ejemplos de actividades y de evaluación, entre otros.
o Los Planes de Estudio: establecen la carga horaria en horas
anuales pedagógicas.
1.4. DECRETOS CURRICULARES
La Unidad de Curriculum y Evaluación dependiente del Ministerio de
Educación establece la vigencia de los documentos curriculares que deben
ser considerados por todos los establecimientos Municipalizados del país.
a) EDUCACION PARVULARIA
NIVEL BASES CURRICULARES
Bases Curriculares Educación Parvularia Decreto N° 289- 2002
Tabla N° 1: Decretos Curriculares Educación Parvularia; Fuente:
http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf
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b) EDUCACION BASICA DE 1° A 6° BASICO
ASIGNATURAS BASES
CURRICULARES
PROGRAMAS
DE ESTUDIO
o Lenguaje y Comunicación
o Matemática
o Historia, Geografía y Ciencias
Sociales
o Ciencias Naturales
o Idioma Extranjero: Inglés
Decreto
N°439/2012
Decreto
N°2960/2012
o Artes Visuales
o Música
o Educación Física y Salud
o Tecnología
o Orientación
Decreto
N°433/2012
Decreto
N°2960/2012
Tabla N° 2: Decretos Curriculares Educación Básica; Fuente:
http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf
c) DE 7° A 8°
ASIGNATURAS BASES
CURRICULARES
PROGRAMAS DE
ESTUDIO
o Lengua y Literatura
o Matemática
o Idioma Extranjero: Inglés
o Educación Física y Salud
o Historia, Geografía y
Ciencias Sociales
o Ciencias Naturales
Decreto
N°614/2013
Decreto N°628/2016
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ASIGNATURAS BASES
CURRICULARES
PROGRAMAS DE
ESTUDIO
o Artes Visuales
o Música
o Tecnológica
o Orientación
Decreto
N°369/2015
Decreto N° 628/2016
Tabla N° 3: Decretos Curriculares Educación Básica; Fuente:
http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf
1.5. DECRETO DE EVALUACION Y PROMOCION VIGENTES
NIVEL DCTO. EVALUACION DCTO.
PROMOCION
o NB1
o NB2
o NB3
o NB4
o NB5
o NB6
511 – 1997
Decreto 107 – 2003
(Modificación 511)
511-1997
Decreto 107 – 2003
(Modificación 511)
Tabla N° 4: Decretos de Evaluación y Promoción vigentes; Fuente:
https://www.ayudamineduc.cl/ficha/normativa-de-evaluacion-y-promocion-educacion-basica
1.6. DECRETO SITUACIONES ESPECIALES
SITUACIONES ESPECIALES DECRETOS
Flexibilización de la Promoción automática 1º y 3º Básico
Decreto 107/2003
Eximición Decreto N° 158 – 1999
Estudiantes embarazadas Decreto 79/2005 Tabla N° 5: Decretos de Situaciones especiales vigentes
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1.7. NIVELES DE APRENDIZAJE
Los Niveles de Aprendizaje son el nivel que alcanzan los estudiantes en sus distintas asignaturas.
NIVEL
APRENDIZAJE
DESCRIPCION
%
CALIFI-
CACION
ADECUADO
Las y los estudiantes han logrado lo exigido en el currículum de
manera satisfactoria. Demuestran que han adquirido las
habilidades y los conocimientos básicos estipulados en el
currículum.
75% a 100%
6,0 a 7,0
ELEMENTAL
Los y las estudiantes han logrado lo exigido en el currículum de
manera parcial. Demuestran que han adquirido las habilidades y
los conocimientos más elementales estipulados en el currículum
para el periodo evaluado
60% a 74%
4,0 a 5,9
INSUFICIENTE Las y los estudiantes no logran demostrar que han adquirido las
habilidades y los conocimientos más elementales.
Inferior al 60%
1,0 a 3,9
Tabla N° 6: Niveles de Aprendizaje
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TITULO 2: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Articulo N° 1: El presente Reglamento se titula Reglamento Interno de
Evaluación y Promoción escolar del Colegio Los Conquistadores de Curicó
Artículo N° 2: Este reglamento se aplicará a partir de marzo del 2018 en
todos los niveles educativos del establecimiento: Educación Parvularia (NT1,
NT2) y Enseñanza General básica (1° a 8°)
Artículo N° 3: La Dirección del Establecimiento, Unidad Técnico Pedagógica
y el Consejo de Profesores de acuerdo a la norma vigente, decidirán el
Reglamento de Evaluación y Promoción del establecimiento , sobre la base
de las disposiciones del Decreto Nº 511 del 08 de mayo de 1997 y su
modificación en el decreto 107 del 20 de febrero de 2003.
Artículo N° 4: Las disposiciones del presente reglamento se deben dar a
conocer a los estudiantes , durante todo su proceso formativo, en el periodo
de matrículas, en los Consejos de Cursos, en la Agenda Escolar y a los
padres y/o apoderados, además se socializara permanentemente a los
apoderados a través de los Documento con Extractos escritos en Reuniones
de Apoderados.
Artículo N° 5: En el caso de existir modificaciones, en el presente
Reglamento, será comunicado al inicio de cada año escolar al Consejo
Escolar (Marzo-Abril), a los Padres - Apoderados y a los estudiantes. Se
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enviará una copia de este documento al Departamento Provincial de
Educación de Curicó y al DAEM, para su información.
Artículo N° 6: Los (as) estudiantes serán evaluados (as) en períodos
semestrales, y el colegio asumirá fechas de cada semestre por el calendario
Escolar de la Región del Maule de cada año escolar.
2.1. DE LA EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES
Artículo N° 7: Este reglamento se basa en los Diez principios de la
Evaluación para el Aprendizaje (Assessment for Learning: 10 principles”,
Assessment Reform Group, (diciembre 2005), traducción de Unidad de
Currículum y Evaluación, Ministerio de Educación de Chile, 2005) que son:
• 1. Es parte de una planificación efectiva.
• 2. Se centra en cómo aprenden los estudiantes.
• 3. Es central a la actividad en aula.
• 4. Es una destreza profesional docente clave.
• 5. Genera impacto emocional.
• 6. Incide en la motivación del aprendiz.
• 7. Promueve un compromiso con metas de aprendizaje y con
criterios de evaluación.
• 8. Ayuda a los aprendices a saber cómo mejorar.
• 9. Estimula la autoevaluación.
• 10.Reconoce todos los logros.
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Artículo N° 8: El Colegio Los Conquistadores, asume la evaluación como un
proceso sistemático, diseñado intencional y técnicamente para recoger
información, para formar juicios de valor como base para la posterior toma
de decisiones de mejora, sobre la programación establecida y las estrategias
de enseñanza.
Artículo N° 9: Los Objetivos de la evaluación en el establecimiento son:
a) Fomentar el aprendizaje de los (as) estudiantes
b) Mejorar los Niveles de aprendizajes de los(as) estudiantes
c) Proporcionar información sobre dicho aprendizaje
d) Mejorar la eficacia de las estrategias de enseñanza utilizadas
Artículo N° 10: La evaluación es una instancia de aprendizaje permanente
por tal motivo en el Colegio Los Conquistadores se asumirá en función de
sus momentos, finalidades y agentes.
Artículo N° 11: La evaluación según sus momentos y Finalidades será:
será:
a) Inicial- Diagnostica: Se realiza antes de los nuevos aprendizajes,
para conocer las ideas previas de los (as) estudiantes (saberes y
competencias) sobre los que anclarán los conocimientos nuevos.
“El diagnóstico es una radiografía que facilitará el aprendizaje
significativo y relevante, ya que parte del conocimiento de la situación
previa y de las actitudes y expectativas de los alumnos”. (Santos
Guerra, 1993)
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b) Procesual-Formativa: se da dentro del proceso para obtener datos
parciales sobre los conocimientos y competencias que se van
adquiriendo y permite dicha información la toma de decisiones
pedagógicas (avanzar en el programa o retroceder, cambiar
estrategias metodológicas, quitar, simplificar o agregar contenidos,
etcétera).
“El eje central de la evaluación formativa, es proveer retroalimentación
al estudiante sobre su progreso y sus debilidades, tendiendo a
favorecer sus habilidades de aprendizaje” (Fasce, 2009).
c) Final-Sumativa de Unidad: Es la que se efectúa al final de un ciclo,
abarcando largos períodos temporales, para comprobar si han
adquirido las competencias y saberes que permitan promover de curso
al alumno, o acreditar conocimientos mediante certificaciones. Es el
juicio final del proceso, con visión retrospectiva, observando el
producto del aprendizaje.
“Tiene como propósito calificar en función de un rendimiento, otorgar
una certificación, determinar e informar sobre el nivel alcanzado o de
asignar una calificación de aptitud o inaptitud referente a determinados
conocimientos, destrezas o capacidades adquiridos en función de
unos objetivos previos” (Samboy, 2009)
Artículo N° 12: La evaluación Inicial o Diagnóstica para los(as) estudiantes
de 1° a 8° básico, será expresada en los conceptos de : Logrado (L) y No
Logrado (NL) , siendo el 60% de exigencia para el Logrado(L) y bajo en 60%
exigencia para el No Logrado (NL)
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Artículo N° 13: La evaluación según sus agentes será:
a) Autoevaluación: Cuando el estudiante es quien se evalúa para
reflexionar y tomar conciencia acerca de sus propios aprendizajes y de
los factores que en ellos intervienen.
b) Coevaluación: Es la evaluación que se realiza entre pares, donde los
sujetos o grupos se evalúan mutuamente (grupo estudiantes,
estudiante y profesores , etc)
c) Heteroevaluación: Es la evaluación que realiza una persona sobre
otra y donde los participantes cumplen diferentes funciones (Docente
a Estudiante)
Artículo N° 14: Los estudiantes de Educación Parvularia (Pre Kinder y
Kinder) serán evaluados en todos los ámbitos de experiencia de aprendizaje
a través de conceptos Logrado (L), Medianamente Logrado (ML) Y No
Logrado (NL)
Artículo N° 15: Los estudiantes de 1° a 8vo básico serán evaluados en
todos las asignaturas del Plan de Estudio.
Artículo N° 16: Los diferentes talleres de horas de libre disposición
realizadas en el establecimiento No incidirán en el promedio de los
estudiantes ya que su promedio evaluativo aportara evaluaciones en las
siguientes asignaturas:
a) Taller Aprendizajes claves (1° a 4°) : su promedio de evaluaciones
semestral aportara en 1 (una) nota parcial a la asignatura de
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Lenguaje y 1 (una) nota parcial a la asignatura de Matemática cada
semestre del año escolar.
b) Taller Educación Física (5° a 8°) : su promedio de evaluaciones
semestral aportara 2 (dos) notas parciales a la asignatura de
Educación Física y Salud del 2do ciclo cada semestre del año escolar.
c) Taller Tecnológico (1° a 8°): su promedio de evaluaciones semestral
aportara 2 (dos) notas parciales a la asignatura de Tecnología del
1er y 2do ciclo cada semestre del año escolar.
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2.2. DE LAS ESTRATEGIAS O INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
Artículo N° 16: Los instrumentos a utilizar serán los siguientes:
a) Técnica de Observación directa serán:
INSTRUMENTO ¿QUE ES? PARA QUE SE USA
o Listas de cotejo
Es una lista de indicadores de logro determinados y seleccionados por él y la docente
Para registrar el producto de observaciones en el aula de distinto tipo: productos de los alumnos, actitudes, trabajo en equipo, entre otros.
o Escalas de rango
Permite registrar el grado, de acuerdo con una escala determinada, en el cual un comportamiento, una habilidad o una actitud determinada es desarrollada por el o la estudiante
1.Evaluar comportamientos, habilidades y actitudes durante el desarrollo del proceso de aprendizaje. 2.Valorar los comportamientos previamente definidos. 3.Comparar características entre dos estudiantes. 4.Comparar los juicios de los observadores.
o Rúbricas Es una tabla que presenta en el eje vertical los criterios que se van a evaluar y en el eje horizontal los rangos de calificación a aplicar en cada criterio. Los criterios representan lo que se espera que los alumnos hayan dominado
La rúbrica sirve para tener una idea clara de lo que representa cada nivel en la escala de calificación, describiendo el criterio en cada nivel. Así mismo, el estudiante puede saber lo que ha alcanzado y le falta por desarrollar. Los rangos deben representar los grados de logro, por medio de grados o números
Tabla N° 7: Tabla de instrumentos para la técnica de Observación directa
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b) Los instrumentos de evaluación de desempeño (Ejercicios Prácticos) serán:
INSTRUMENTO ¿QUE ES? PARA QUE SIRVE
o La pregunta Es una oración interrogativa que sirve para obtener de los(as) estudiantes información sobre conceptos, procedimientos, habilidades cognitivas, sentimientos, experiencias, así como estimular el razonamiento y la expresión oral
Desarrollar destrezas de pensamiento, motivar la curiosidad y llevar a los y las estudiantes al análisis, fomentar la opinión crítica acerca de un hecho, tema u objeto bajo estudio, determinar fortalezas y debilidades en el proceso de aprendizaje y reorientar el proceso de aprendizaje
o Portafolio: Es una colección de trabajos y reflexiones de los y las estudiantes ordenados de forma cronológica, en una carpeta o archivador, que recopila información para monitorear el proceso de aprendizaje y que permite evaluar el progreso de los (as) estudiantes
Para la reflexión de los y las estudiantes acerca de su aprendizaje, la participación en la selección de los criterios de evaluación, los espacios de autorreflexión, observar el progreso de las producciones de los y las estudiantes durante cierto tiempo.
o Diario de clase
El diario es un registro individual donde cada estudiante plasma su experiencia personal en las diferentes actividades que ha realizado a lo largo del ciclo escolar o durante determinados períodos de tiempo y/ o actividades
Registrar la experiencia personal de cada estudiante a lo largo del ciclo escolar a través de dudas, comentarios y sugerencias de las actividades realizadas y fomentar la autoevaluación.
o Debate Es una discusión que se organiza entre los y las estudiantes sobre determinado tema con el propósito de analizarlo y llegar a ciertas conclusiones
Profundizar sobre un tema, comprender mejor las causas y consecuencias de los hechos, desarrollar destrezas de comunicación en los estudiantes, tales como: escucha atenta, exposición oral precisa, argumentación, investigación, capacidad de discernir y concluir
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o Ensayo El ensayo es una composición escrita que se escribe con lenguaje directo, sencillo y coherente y que es el resultado de un proceso personal que implica diseñar, investigar, ejecutar y revisar el escrito.
Comunicar las ideas propias del autor de una manera sencilla, en forma directa y libre. Se deben seguir las reglas de redacción para elaborarlo y escribir las ideas para poder publicarlas con mayor facilidad.
o Estudio de casos
Consiste en el análisis de una situación real o de un contexto similar al de los y las estudiantes, que les permita el análisis, la discusión y la toma de decisiones para resolver el problema planteado en el caso
Acercar a las y los estudiantes a situaciones que pueden llegar a vivir y permitirles resolver las situaciones bajo condiciones controladas por los docentes y dar énfasis al proceso de razonamiento y búsqueda de solución.
o Mapa conceptual
Es una representación en forma de diagrama de una cierta cantidad de información. Permite representar una misma información de varias formas. Puede ser elaborado en forma individual o en grupo
Para los alumnos y alumnas: Aprender términos o hechos, prácticas sobre el uso de gráficas, sintetizar e integrar información, tener una visión global con la conexión entre los términos y mejorar sus habilidades creativas y de memoria a largo plazo. Para los y las docentes: Evaluar la visión que tienen las y los estudiantes sobre un tema. También pueden observar cómo la o el alumno establece relaciones y formas de organizar la información asociada con dicho conocimiento
o Proyecto El proyecto es la planificación y ejecución de una tarea, investigación o actividad, en la cual las y los estudiantes son los planificadores, ejecutores y evaluadores de todo el proceso
Encontrar la solución a problemas reales, dentro de un ambiente de trabajo donde él o la docente es un facilitador (a) de los medios y guía conceptual del aula y organizar el trabajo en forma interdisciplinaria
o Resolución de Es una actividad de desarrollo del pensamiento que consiste en proporcionar
Permite enfrentar problemas en los que el objeto, situación o clase no se han experimentado con
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problemas una respuesta o producir un producto a partir de un objeto o unas situaciones que presenta un desafío o situación a resolver
anterioridad en clase o en la vida diaria Propicia la búsqueda de soluciones o productos. Permite la aplicación de conocimientos anteriores para generar un producto o respuesta completamente nuevos
o Texto paralelo Es un material elaborado por el estudiante con base en su experiencia de aprendizaje, se elabora en la medida que se avanza en el estudio de los temas y se construye con reflexiones personales, hojas de trabajo, lecturas, evaluaciones, materiales adicionales a los que el maestro proporciona, y todo lo que el alumno agregue evidencia de trabajo personal
La participación en la lectura de la asignatura que se trata, la construcción de conocimientos (expresión, reelaboración de información, experimentación, aplicación, etc.), la expresión de la experiencia educativa a través de un producto propio (elaborado con flexibilidad y creatividad) y la apropiación del proceso de aprendizaje (darle sentido a lo que se aprende)
Tabla N° 8: Tabla de instrumentos para la técnica de desempeño
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c) Los instrumentos para la técnica de Pruebas escritas serán:
o Pruebas de Desarrollo: Examen Temático, Ejercicio Interpretativo
o Pruebas Objetivas: De respuesta alternativas, De correspondencia,
De selección Múltiple, De ordenamiento, De emparejamiento,
Verdadero Falso, Jerarquización entre otros.
Artículo N° 17: El docente de asignatura tiene la libertad de aplicar las
estrategias mencionadas en al artículo N° 16 a), b), c) u otra que considere
pertinente y coherente con el o los objetivos de aprendizajes que necesite
evaluar.
2.3. CANTIDAD DE EVALUACIONES POR ASIGNATURA
Artículo N° 18: El número de evaluaciones (registradas en el libro de clases)
por semestre, será proporcional al número de horas asignadas en el Plan de
Estudio, debiendo cumplirse con:
ASIGNATURA CANTIDAD HORAS N° EVALUACIONES MINIMAS
Lenguaje (1er ciclo) 8 horas 8 evaluaciones
Lenguaje (2do ciclo) 6 horas 8 evaluaciones
Matemática 6 horas 8 evaluaciones
C.Naturales 4 horas 6 evaluaciones
H.G. y C.Sociales (2do c) 4 horas 6 evaluaciones
E. Física y Salud (1er c) 4 Horas 6 evaluaciones
E. Física y Salud (2do c) 2 horas 6 evaluaciones
H.G. y C.Sociales (1er c) 3 horas 5 evaluaciones
Inglés (2do ciclo) 3 horas 5 evaluaciones
Artes Visuales 2 horas 4 evaluaciones
Música 2 Horas 4 evaluaciones
Tecnología 1 hora 4 evaluaciones Tabla N° 9: Cantidad de evaluaciones por asignatura
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Artículo N° 19: En el caso de que un(a) estudiante(s) que por razones de
salud u otro motivo debidamente justificado; ante el Inspector General; y
que no cuente con la cantidad mínima de evaluaciones en una asignatura
podrán obtener su promedio del semestre con un mínimo del 50% de la
cantidad de evaluaciones enunciadas en Art. 18 en cada asignatura.
Articulo N° 20: El Nivel de exigencia en las evaluaciones de las diferentes
asignaturas del Plan de estudio , será de un 60% de exigencia para la nota
4,0. En el caso de los estudiantes PIE será el mismo porcentaje de exigencia
en función a su Adecuación Curricular.
Artículo N° 21: Los(as) estudiantes serán evaluados en todas las
asignaturas del Plan de Estudio, no pudiendo tener más de una (1)
evaluación escrita (Art. 16 letra c) en un mismo día, se exceptúan de esta
norma lo enunciado en Art.16 a) y b).
Artículo N° 22: El calendario de evaluaciones de los estudiantes será
realizado por el profesor(a) de asignatura. El calendario de las
evaluaciones se realizará en forma mensual , el cual debe ser entregado
por escrito y correo electrónico por cada profesor de asignatura a
encargada de Unidad Técnico Pedagógica y con copia (mail) a Dirección
del colegio con cinco (5) días hábiles de anticipación al inicio de cada mes
de clases.
La fecha de entrega a más tardar será el día 25 de cada mes.
Artículo N° 23: El calendario de evaluaciones debe quedar registrado en el
libro de clases con: fecha, asignatura, nombre docente, fecha de evaluación,
el Objetivo de aprendizaje a evaluar , tipo de instrumento y firma docente.
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Artículo N° 24: Para socializar las fechas de evaluación con los demás
docentes que sirven asignaturas en un curso y evitar lo planteado en Art. 21,
las evaluaciones mensuales deben ser registradas por cada profesor de
asignatura en el Libro de clases, en el rubro “calendario de evaluaciones”
de cada semestre, entregado por la encargada de unidad técnica del
establecimiento.
Artículo N° 25: Los (as) estudiantes serán informados sobre las fechas y
objetivos a evaluar en cada asignatura , con una anticipación mínima de una
(1) semana ; una vez informada la fecha de evaluación no habrá
postergación. El profesor(a) de asignaturas informara la fecha y objetivo a
evaluar a:
a) A los estudiantes, siendo publicado en diario mural del curso en hoja
evaluaciones mensuales.
b) A los padres y apoderados mediante comunicación escrita
Artículo N° 26: En caso de situaciones ajenas de fuerza mayor y se deba
cambiar la fecha de una evaluación, será resuelta por el(la) docente de
asignatura y la encargada de Unidad Técnica Pedagógica.
Artículo N° 27: Todo instrumento Evaluativo por el cual se obtenga una
calificación de los(as) estudiantes, deberá ser entregado según lo planteado
en Art. 22 a encargada de Unidad Técnica Pedagógica para su visación, con
tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha de aplicación de la
evaluación a los(as) estudiantes. La no presentación de estos instrumentos
a la encargada de Unidad Técnico Pedagógica, podrá invalidar la aplicación
del instrumento evaluativo.
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Artículo N° 28: Los resultados de las evaluaciones deben ser registrados
por el profesor(a) de Asignatura en leccionario en la asignatura respectiva y
comunicados a los estudiantes dentro de un plazo no mayor diez (10) días
hábiles.
Artículo N° 29: Los resultados de todo instrumento de evaluación enunciado
en Art. 16 letra c), deberá ser entregada a los(as) estudiantes para que
estos(as) revisen y corrijan sus errores. Las evaluaciones con resultados
insuficientes deberán ser informadas al apoderado por parte del profesor(a)
de asignatura, de forma escrita, a través de entrevista con el apoderado
registro el registro correspondiente. Estas evaluaciones no se repetirán.
Artículo N° 30: Los estudiantes deben conocer los resultados de una
evaluación escrita en una asignatura antes de ser evaluados nuevamente
por el docente en la misma asignatura.
Artículo N° 31: Al momento en que realiza una evaluación es importante
destacar que:
a) El o los estudiantes que sean sorprendidos copiando o trasmitiendo
información en una evaluación o trabajos escritos deberá finalizar su
evaluación en el acto,retirándose el instrumento por parte del docente.
b) El estudiante será evaluado, con lo realizado hasta el momento en su
instrumento de evaluación.
c) La evaluación será revisada con un 70% de exigencia y con una nota
máxima 4,0 (cuatro como cero).
d) La situación será registrado por profesor de asignatura en el Libro de
clase, rubro “Hoja de vida del estudiante” con la anotación respectiva
de lo sucedido
e) El estudiante recibirá la(s) medidas disciplinarias y/o reparatorias
correspondientes según Reglamento de Convivencia Escolar del
establecimiento.
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f) El(la) o los(as) estudiante(s) que sean sorprendidos copiando o
plagiando un trabajo sea este practico o escrito será revisado con un
75% de exigencia y con una nota máxima 4,0 y recibirá la(s)
sanciones medidas disciplinarias y/o reparatorias correspondientes
según Reglamento de Convivencia Escolar del establecimiento.
2.4. DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES
La inasistencia a clases es entendida como la no concurrencia física de un
estudiante a las actividades en que se encuentra su grupo curso sean estas
en la sala de clases u otro recinto.
Articulo N° 32: Los(as) estudiante(s) están obligados a asistir a las clases
teóricas, actividades extra programáticas y cualquier actividad realizadas por
el establecimiento, en los días y horarios respectivos.
Articulo N° 33: Los(as) estudiante que no asistan a una o más evaluaciones
deberán ser justificados personalmente por su apoderado ante Inspector
General respaldando inasistencia con Certificado médico, o caso de fuerza
mayor (fallecimiento de un familiar, conflictos familiares, desastres naturales
u otros).
Articulo N° 34: El(a) estudiante(s) que sea justificado por su apoderado y
tengan un certificado médico o de fuerza mayor por el día de inasistencia a la
evaluación, será calificado con el 60% de exigencia optando a la nota
máxima 7,0 (siete coma cero).
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25
Articulo N° 35: La evaluación para los estudiantes mencionados en Art. 33,
se deberá desarrollar en una fecha no superior a los cinco (5) días hábiles
siguientes a la fecha de la evaluación de su grupo curso, el cual será
determinado por el profesor de asignatura. Estas evaluaciones serán
realizadas fuera del horario de clases. (Desde 16:10 horas). La nueva fecha
de evaluación debe ser informada a encargada de Unidad Técnico
Pedagógica y a Profesor(a) jefe del(a) estudiante.
Articulo N° 36: El(la) estudiante que No sea justificado personalmente por su
apoderado y/o no presente certificado Médico por el día de inasistencia a la
evaluación, será evaluado con un nivel de exigencia de un de un 70% y con
nota máxima 4,0 (cuatro como cero).
Articulo N° 37: El estudiante que no dé cumplimiento durante este segundo
plazo (Art. 35) , será evaluado mediante interrogación oral con nota máxima
4,0 (cuatro como cero).
Articulo N° 38: En el caso de inasistencia a evaluaciones de un(os)
estudiantes por representar a al colegio en eventos culturales, artísticos y/o
deportivos le corresponderá al profesor (a) de asignatura dar todas las
facilidades para que el (la) estudiante cumpla con su evaluación pendiente
respetando el porcentaje de exigencia del 60% y nota máxima 7,0.
Articulo N° 39: La participación de los(las) estudiantes en actividades que
representen al colegio, podrán ser evaluados y registradas como una nota
extra en el Libro de Clases en la asignatura que el estudiante seleccione
para esa oportunidad, además se registrará una observación positiva en la
hoja de vida del estudiante. Esta evaluación extra debe ser solicitada por
profesor jefe y autorizada por el Consejo de Profesores.
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2.5. ESTRUCTURA DE TRABAJOS ESCRITOS
Articulo N° 40: La estructura solicitada en un trabajo escrito y/o impreso, y
de Power Point es:
a) Portada: Logo Institucional, Titulo, Nombre estudiantes, Nombre Docente,
Fecha entrega.
b) Índice Temático
c) Introducción: De que se trata, cual es el tema, como se presenta
d) Desarrollo : exponer el tema
e) Conclusiones (mínimo 3),
f) Apreciaciones personales (mínimo 3),
g) Bibliografía y/o Web grafía
h) Anexos : fotografías, cuadros, tablas, gráficos, etc.
Articulo N° 41: Las condiciones para un trabajo escrito debe ser: :
a) Estructura solicita en Art. 36
b) Grafía legible
c) Redacción coherente a su nivel de desarrollo
d) Ortografía acorde a su nivel
e) Numeración de páginas
f) Letra Arial o Times New Román N° 12
g) Hoja oficio o carta, según solicitud del docente
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2.6. DE LA EXIMICIÓN DE UNA ASIGNATURA
Articulo N° 42 : Los(as) estudiantes podrán eximirse en un máximo de 2
asignatura por razones médicas u otras, ante este caso el apoderado
deberá:
a. Solicitar por escrito la eximición del(a) estudiante a la Dirección,
exponiendo las razones de la eximición.
b. Presentar Certificado Médico o de Especialistas en original
Articulo N° 43 : El (la) estudiante eximido en una asignatura deberá:
a) Cumplir con su horario correspondiente a la asignatura respectiva, en
el caso que por horario no pueda ingresar más tarde o retirarse más
temprano.
b) Si el horario de la asignatura en eximición sea diferente a lo expuesto
en punto a) deberá desarrollar una guía u otro trabajo asignado por el
profesor(a) de asignatura en Biblioteca CRA
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28
2.7. DE LAS CALIFICACIONES
“La evaluación se traduce en una calificación (nota o concepto), la cual
determina, junto al requisito de asistencia, la promoción de los/as
estudiantes” (https://www.ayudamineduc.cl/ficha/normativa-de-evaluacion-y-
promocion )
Artículo N° 44: Las diferentes evaluaciones de las asignaturas de 1° a 8°
básico serán expresadas con una calificación con una escala numérica de
dos como cero (2,0) a siete coma cero (7,0).
Artículo N° 45: Las evaluaciones parciales de los(as) estudiantes no serán
aproximados.
Artículo N° 46: Los promedios semestrales y anuales de las asignaturas de
1° a 8° serán aproximadas de la centésima a la décima cuando corresponda
siendo expresados en un entero con un decimal.
Ejemplo Aproximación: 5,35 = 5.4
Ejemplo Sin Aproximación 5,33 = 5.3
Artículo N° 47: La calificación mínima de aprobación en cada asignatura del
plan de estudio será un cuatro coma cero (4,0).
Artículo N° 48: Las evaluaciones semestrales y anuales de 3,9 será
aproximado a nota 4.0.
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29
Artículo N° 49: Si los resultados de evaluación de un instrumento dieran
como resultado más de un 30% del resultado de los estudiantes con nivel de
aprendizaje Insuficientes (Inferior a 4,0), el (la) profesor(a) de la asignatura
junto a la encargada de Unidad Técnica Pedagógica analizarán las medidas
remediales para solucionar los resultados de los aprendizajes descendidos.
En caso de detectarse errores en el procedimiento evaluativo, el profesor(a)
deberá cumplir con los siguientes pasos:
a) Retroalimentar el (los) los Objetivos de Aprendizaje deficientes.
b) Cambiar el instrumento de evaluación.
c) Reevaluar el o los Objetivos de Aprendizaje
d) Modificar la escala de evaluación a partir del promedio obtenido entre
puntaje ideal y puntaje real del instrumento utilizado.
Articulo N° 50: El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se
registrará en un Informe de Desarrollo Personal y Social de los(as)
estudiantes al final de cada semestre, el cual será elaborado por el
Establecimiento y completado por cada profesor (a) Jefe del curso, el que se
entregará a los padres y/o apoderados al final de cada semestre junto al
informe de calificaciones. Esto permitirá al apoderado estar informado del
proceso formativo de su hijo(a) o pupilo.
Articulo N° 51: La Calificación de la Asignatura de Orientación: Por decreto
N° 433 y 439 del 2012 y Decreto Supremo 289 de 2010 y Decreto Exento
2960 de 2012 citados por Ordinario N°5 del 2012, será evaluada por los
siguientes conceptos:
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CONCEPTO SIGLA ESCALA EVALUATIVA
Muy Bueno MB 6,0 a 7,0
Bueno B 5,0 a 5,9
Suficiente S 4,0 a 4,9
Insuficiente I 1,0 a 3,9
Tabla N° 10: Conceptos evaluativos en Orientación
Articulo N° 52: Las evaluaciones parciales de Orientación serán registrados
por un Concepto semestral y anual los que deberán ser incluidos en las
Actas de Registro de Calificaciones y los cuales no incidirán en el Promedio
de los(as) estudiantes.
Articulo N° 53: Los estudiantes que no presenten trabajos, de investigación,
informes, maquetas, dramatizaciones, disertaciones y/u otros, tendrán un
plazo adicional que no puede exceder a una (1) semana el cual será
informado por escrito al apoderado(a). El no cumplimiento de este nuevo
plazo (a no ser que exista un certificado médico de por medio), dará origen a
que el estudiante obtenga la calificación mínima dos (2,0) y se registrara su
falta en la hoja de vida del estudiante.
Articulo N° 54: Las actividades de la Gala de fiesta Patrias, en el mes de
septiembre, tendrán dos calificaciones:
a) Una (1) evaluación por participar en el proceso, la cual se registrará
en la asignatura de E. Física.
b) Una (1) evaluación por participar de la presentación, la cual se
registrara en la asignatura que el(la) estudiante elija según su criterio.
c) El estudiante que no participe en la presentación será evaluado con
nota mínima 2,0 (dos, como cero)
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31
d) El estudiante que no participe en la presentación y presente certificado
médico, no será evaluado
Articulo N° 55: Los(as) estudiantes que por razones de salud, debidamente
justificado con certificado médico, no registra evaluaciones en un semestre,
el profesor(a) de asignatura hará entrega de:
a) Temario para preparación del(a) estudiante en cada una de sus
asignaturas
b) Calendarización de la evaluación por asignatura
Este proceso permitirá obtener dos calificaciones. La nota final se obtendrá
del promedio de los dos semestres
TITULO 3: FORMA DE COMUNICAR LOS RESULTADOS
Articulo N° 56: Las evaluaciones parciales de Pre Kinder a 8° básico, serán
informadas a los padres y/o apoderados de los estudiantes a través de un
informe escrito en reunión de apoderados en los meses de Abril, Junio,
Agosto, Octubre de cada año escolar..
Articulo N° 57: Los evaluaciones semestrales y los informes de Desarrollo
personal y Social de los estudiantes serán entregados a los apoderados en el
mes de Julio y Diciembre de cada año escolar.
Articulo N° 58: Los resultados anuales de Pre Kinder a 8° básico, serán
informados a los padres y/o apoderados de los estudiantes a través de la
entrega de Certificado que lo acredite . En el caso del Nivel Básico el
Documento original del Certificado Anual de Notas será archivado en la
carpeta del estudiante.
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32
Articulo N° 59: Todas los resultados de las evaluaciones serán
comunicadas a los (as) estudiantes por el profesor (a) jefe cuando un
apoderado lo requiera.
TITULO 4: DE LA SITUACION FINAL DE LOS ESTUDIANTES
Articulo N° 60: Serán promovidos los/as estudiantes que hayan aprobado
todas las asignaturas , de sus respectivos planes de estudio.
Articulo N° 61: Serán promovidos los/as estudiantes que no hayan
aprobado una asignatura , siempre que su promedio final corresponda a
un 4.5 o superior. Para calcular este promedio se considerará la calificación
de la asignatura no aprobado
Articulo N° 62: Serán promovidos los/as estudiantes que no hubieren
aprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general corresponda
a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados
Articulo N° 63: Serán promovidos los(as) estudiantes de 1° a 8° año básico
que hayan asistido a lo menos el 85%.
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33
Articulo N° 64: Los(as) estudiantes de 1° a 4°, que por razones de salud u
otras razones muy especiales, justificadas oportunamente por el apoderado,
al Inspector General, podrán ser promovidas/os al curso superior con un
porcentaje inferior al 85% de asistencia, serán autorizados por el Profesor
jefe y el Director.
Articulo N° 65: Podrán no se promovidos de 1° a 2° y 3° a 4° básico,
estudiantes que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o
matemática en relación a los aprendizajes esperados en los programas de
estudio y que puedan afecten seriamente la continuidad de sus aprendizajes
en el curso superior.
Para estos efectos, se debe tener las evidencias de actividades de
reforzamiento realizada por el estudiante y evidencias las de haber
informado oportunamente a los padres y apoderados.
Articulo N° 66: Los(as) estudiantes, de 5° a 8°, que por razones de salud o
por otras razones muy especiales, justificadas oportunamente por el
apoderado, al Inspector General, podrán ser promovidas/os al curso superior
con un porcentaje inferior al 85% de asistencia, previa resolución Consejo de
Profesores.
Articulo N° 67: En aquellos casos en que se deba adelantar el término del
año escolar por viaje u otras causales durante el 2° semestre a contar del
mes de Octubre, se cerrará el año con las evaluaciones correspondientes a
la fecha de asistencia a clases. En este caso el apoderado deberá solicitarlo
por escrito con la documentación de respaldo a la dirección del
establecimiento.
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34
Articulo N° 68: Los(as) estudiantes de cualquier nivel que no cumplan con
los requisitos de evaluación y promoción, indicados en el presente
reglamento, deberán repetir curso, correspondiéndole al profesor jefe emitir
una informe técnico pedagógico, con las evidencias que sustentan la
situación del estudiantes y fundamentando la repitencia. Este informe será
entregado a la encargada de Unidad Técnica Pedagógico.
Articulo N° 69: Es deber del profesor(a) jefe citar y entrevistarse con
apoderada(o) para informar la situación del estudiante. Esta citación debe
hacerse a más tardar a mediados del mes de octubre para informar que en
razón a las evidencias y el tiempo transcurrido el o la estudiante no tiene
posibilidad de ser promovido(a).
Articulo N° 70: La situación final de los(as) estudiantes , quedará resuelta al
término de cada año escolar.
Articulo N° 71: Los certificados de finalización de año se obtendrán de la
plataforma SIGE del MINEDUC, los informes de personalidad se obtendrán
de software del colegio. Esta actividad será coordinada por la encargada de
Unidad Técnico Pedagógica.
Articulo N° 72: Al finalizar el año escolar de los estudiantes se obtendrán las
actas de cada curso con la información académica de todos los estudiantes,
se imprimirá y dejara una copia de cada curso no siendo necesaria la firma
de los profesores que atienden al curso y solo siendo validadas en la
plataforma del SIGE por la Directora del Colegio. Este proceso será
coordinado por la profesora encargada del SIGE
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35
Articulo N° 73: La promoción de 1º a 2º año básico y de 3º a 4º año básico
es automática, no obstante, la Directora del colegio podrá decidir
excepcionalmente, previo informe fundado por profesor de Asignatura y
Profesor Jefe , no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico, a
aquellos (as) estudiantes que presenten un retraso signicativo en lectura,
escritura y/o matemática, en relación a lo esperado para su curso y edad.
Articulo N° 74: El Consejo de Profesores deberá resolver las situaciones
especiales de evaluación y promoción de los estudiantes de 5º a 8º año de
enseñanza básica. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por
motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por
un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente.
TITULO 4: EVALUACIÓN ESTUDIANTES PROGRAMA DE
INTEGRACIÓN ESCOLAR
“La Evaluación Diferenciada se aplica a estudiantes que están en una
situación temporal o permanente distinta a la mayoría y requieren de una
forma diferente de evaluar sus aprendizajes.
Se aplica, por ejemplo, a estudiantes con necesidades educativas
especiales, alumnos (as) con muchas inasistencias justificadas, con serios
problemas familiares, alumnos (as) que por viajes u otros motivos no
dominan el idioma.
Para hacer efectiva la Evaluación Diferenciada, el apoderado debe presentar
la documentación médica, neurológica o psicológica que amerite la
aplicación de procedimientos de evaluación diferenciada”(Normas y
Derechos de la Evaluación y Promoción escolar, Mineduc)
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36
Articulo N° 75: Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales
(N.E.E), o que presenten algún impedimento para cumplir exigencias o
determinadas actividades en alguna asignatura de su Plan de Estudio, serán
evaluados de acuerdo a lo establecido en el Dcto 83/2015
Articulo N° 76: En la evaluación de los estudiantes con NEE, los docentes
de aula a quienes le fueron asignadas las 3 (tres) horas para el trabajo
colaborativo en conjunto con el profesor especialista, deberán aplicar
procedimientos e instrumentos evaluativos pertinentes con la
adecuación curricular.
Articulo N° 77: Las adecuaciones curriculares son de dos tipos:
a) Adecuaciones de acceso al currículo No significativas: modificaciones
en los recursos, materiales de comunicación, utilización del espacio,
entre otros. En este caso, el currículum no es alterado.
b) Adecuaciones curriculares significativas. Son modificaciones que
afectan el currículo prescrito por el Ministerio de Educación. Por lo
tanto, pueden abarcar Objetivos, Contenidos, Recursos y Evaluación.
Articulo N° 78: El PACI o Plan de Adecuación Curricular Individual se debe
realizar para un estudiante determinado, generalmente con NEE de tipo
permanente.
Articulo N° 79: La evaluación diferenciada será consensuada entre la
Docente de asignatura y la Docente de la especialidad.
Articulo N° 80: La evaluación diferenciada a un estudiante con N.E.E. se
puede realizar en la Sala común o el Aula de Recursos.
REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES
37
Articulo N° 81: Los instrumentos y procedimientos de evaluación serán
elaborados de manera consensuada por el(la) profesor(a) del trabajo
colaborativo y el especialista del PIE, dependiendo de las necesidades
educativas especiales que presenten los(as) estudiantes sean estas de
carácter transitorio o permanente
Articulo N° 82: Algunos procedimientos evaluativos diferenciados serán
entre otros:
a) Instrumento de evaluación con distinto grado de dificultad o extensión
respecto del aplicado al grupo curso..
b) Autoevaluación del estudiante
c) Escala de apreciación por parte del profesor.
d) Individual
e) Colectiva: otorgándole mayor tiempo, con el objeto de atender su ritmo
de trabajo.
f) Prueba escrita: si tiene problemas de lenguaje oral.
g) Prueba oral: si tiene problema de escritura.
h) Ejecución: realización de algún trabajo práctico, si tiene dificultades de
expresión oral y escrita con las orientaciones del docente
Articulo N° 83: El tipo de instrumento de evaluación que se aplicará a los
estudiantes con NEE en cada asignatura debe ser conocido previamente por
los(as) estudiantes en lo relacionado a su forma por estos a través de
ejercitaciones y/o la aplicación de pruebas de ensayo.
Articulo N° 84: Los(as) estudiantes que hayan pertenecido a Proyecto
Integración (transitorio o permanente), deberá quedar registrada su
permanencia en dicho proyecto, en la ficha escolar, estipulando claramente
el diagnóstico y un informe técnico pedagógico de la especialista, que deberá
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38
ser evaluado al inicio , en el proceso y termino de cada año escolar para ser
informado a los padres
Articulo N° 85: Los(as) estudiantes atendidos por docentes de educación
diferencial y que presenten logros dentro de su nivel de aprendizaje, podrán
ser promovidas/os al curso superior, previo informe técnico del especialista
que la atendió, al respectivo profesor jefe.
Articulo N° 86: Es responsabilidad de los Padres y/o Apoderados, informar
y aportar antecedentes de su hijo o pupilo a la escuela, que permitan
identificarlo con NEE. Además, es de su responsabilidad asumir la situación y
colaborar con el colegio en el desarrollo de estrategias de integración
escolar.
Articulo N° 87: La no promoción de los(as) estudiantes con NEE, sean
estas de carácter transitorio o permanentes, será determinada en conjunto
por el profesor jefe, profesor especialista, con el consentimiento informado
del apoderado(a) y la Unidad Técnico Pedagógica.
Articulo N° 88: En caso de determinarse la repitencia de un (a) estudiante,
se anexará un informe que justifique tal decisión a través de un informe de
las actividades de reforzamiento realizadas a cada estudiante y la constancia
de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o
apoderados de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. El informe
será elaborado por el profesor de asignatura y/o especialista respectivos.
Esto se realizará velando por favorecer el desarrollo académico y emocional
del estudiante.
REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES
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Articulo N° 89: Podrán aplicarse procedimientos evaluativos especiales en
situaciones debidamente diagnosticadas, tales como:
a) Deficiencias en el logro de objetivos de estudiantes que recién ingresan al
Establecimiento.
b) Problemas por adaptación escolar.
c) Ausencias prolongadas por enfermedad u otra causa pertinente
debidamente justificada.
El Profesor Jefe, profesor de asignatura junto a Unidad Técnico Pedagógica
realizaran el análisis del caso y por procedimientos a seguir.
TITULO 5: DE LAS ESTUDIANTES EMBARAZADAS
Articulo N° 90: El apoderado(a) deberá acercarse a la escuela y solicitar
una entrevista con el o la profesor(a) jefe, y la jefa de la UTP, para informar la
situación de su pupila.
Articulo N° 91: Si la estudiante está en condiciones de asistir a clases,
previo informe de su médico tratante, participará de las actividades que su
estado le permita en forma normal, como asimismo de las distintas
evaluaciones.
Articulo N° 92: En el caso que una estudiante se encuentre en periodo de
embarazo y durante un semestre queden evaluaciones pendientes, deberá
rendir evaluaciones diferenciadas en las asignaturas que le falten notas de
acuerdo al Artículo N° 55
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40
Articulo N° 93: En la situación del artículo anterior, es el Jefe de UTP quien
será responsable de supervisar el proceso educativo realizando las
siguientes acciones:
a) Calendarización de evaluaciones.
b) Entrega de contenidos mínimos a la estudiantes entregados previamente
por profesor(a) de asignatura
c) Facilitar la comunicación con los docentes para consultas y/o
reforzamiento de los contenidos de aprendizaje.
Articulo N° 94: Podrán ser promovidas, las estudiantes embarazadas,
madrea adolescente con un porcentaje de asistencia menor al 85% siempre
y cuando su inasistencia sea consecuencia de su embarazo, parto, post
parto, control del niño sano y enfermedades de hijo/a menor de un año
Articulo N° 95: En el caso de que la estudiante embarazada o madre
adolescente tenga una asistencia menor al 50% durante el año escolar, el
Director(a) tiene la facultad de resolver la promoción.
Articulo N° 96: las situaciones de asistencias inferiores al 85% deben ser
válidas a través un certificado médico.
Articulo N° 97: Toda situación de evaluación y promoción que no sea
considerada en este Reglamento será resuelta por el consejo de Profesores.
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41
FERNANDA OLMEDO S. Coord.1er ciclo Colegio Los Conquistadores
MARIANELA PONCE ORTIZ Coord.2do ciclo Colegio Los Conquistadores
PIA PEREZ MORENO Coord. PIE
SERGIO FARFAN ASPEE Encargado Convivencia
ANDREA RUZ DIAZ ENCARNACION PEREZ P. Encargada UPT Colegio Los Conquistadores
Directora Colegio Los Conquistadores