Post on 10-Aug-2020
I. MUNICIPALIDAD OSORNO
DEPTO.ADMINIST.EDUCACIÓN
ESCUELA RURAL PICHIL
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y
PROMOCION ESCOLAR
ESCUELA RURAL PICHIL
OSORNO
2020
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INDICE
PRESENTACION
CAPITULO 1 PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1.- Identificación del establecimiento
Artículo 2.- Bases Legales de la Evaluación
Artículo 3.- Orientaciones del Proyecto Educativo Institucional
Artículo 4.- Organización Anual
CAPITULO 2 DE LA EVALUACION
Artículo 5.- Concepto de evaluación
Artículo 6.- Propósito formativo y sumativo de la evaluación
Artículo 7.- Evaluación de proceso, progreso y producto
Artículo 8.- Responsables de la evaluación
Artículo 9.- Principios que sustentan el enfoque evaluativo
Artículo 10.- Criterios para el diseño de estrategias de evaluación sumativa
y formativa
Artículo 11.- Instrumentos de evaluación
Artículo 12.- Reflexión pedagógica
CAPITULO 3 EVALUACION FORMATIVA
Artículo 13.- Concepto de evaluación formativa.
Artículo 14.- Propósito de la evaluación formativa
Artículo 15.- Evaluación diagnóstica o inicial
Artículo 16.- Estrategias de evaluación formativa
Artículo 17.- Técnicas de apoyo a las estrategias de evaluación formativa
Artículo 18.- La Retroalimentación como estrategia pedagógica
Artículo 19.- Evaluación Formativa: asignatura y Taller JEC Agroecológico
Artículo 20.- Talleres Extraprogramáticos
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CAPITULO 4 EVALUACION SUMATIVA
Artículo 21.- Concepto de evaluación sumativa
Artículo 22.- Evaluación Sumativa de avance
Artículo 23.- Evaluación sumativa de producto
Artículo 24.- Evaluación sumativa y calificación
Artículo 25.- Evaluación sumativa semestral y anual
Artículo 26.- Talleres JECD Agroecológicos y ponderación
Artículo 27.- De la inasistencia a evaluaciones sumativas
Artículo 28.- Calendario de evaluación sumativa
CAPITULO 5 DE LA CALIFICACION
Artículo 29.- Concepto de Calificación
Artículo 30- Propósito de la calificación
Artículo 31.- Expresión de la calificación
Artículo 32.- Cantidad de calificaciones y ponderación
Artículo 33.- Calificación con más de 50% del curso insatisfactorio
Artículo 34.- Criterios para definir la calificación final
Artículo 35.- De la calificación final anual
CAPITULO 6 PARTICIPACION Y COMUNICACIÓN
Artículo 36.- Importancia de comunicar formas, criterios y evidencia evaluativa
Artículo 37.- Comunicación al estudiante de formas, criterios y evidencia evaluativa
Artículo 38.- Comunicación a padres, madres y apoderados sobre formas, criterios
de evaluación y resultados
CAPÍTULO 7 NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES E INCLUSION
Artículo 39.- Necesidades Educativas Especiales Transitorias y Permanentes
Artículo 40.- Programa de Integración Escolar
Artículo 41.- Evaluación Diagnóstica inicial y características
Artículo 42.- Diagnóstico asociado a Necesidades Educativas Especiales
Artículo 43.- Diagnósticos asociados a NEE Transitorias y Permanentes
Artículo 44.- Adecuación Curricular
Artículo 45.- Responsabilidad de padres, madres y apoderados
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CAPITULO 8 DE LA PROMOCION
Artículo 46.- Concepto de Promoción
Artículo 47.- Requisitos de Promoción
Artículo 48.- Situaciones riesgo de repitencia
Artículo 49.- Situaciones especiales: estudiantes embarazadas
Artículo 50.- Situaciones especiales: eventualidad natural y humana
Artículo 51.- Situación Final y Certificado Anual de Estudio
CAPITULO 9 DISPOSICIONES FINALES
Artículo 52.- Consultas y reclamos
Artículo 53.- Situaciones no previstas
Artículo 54.- Modificación y actualización del Reglamento
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PRESENTACION
El Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar es un
instrumento técnico, normativo, administrativo y pedagógico, que establece
principios y procedimientos de la evaluación, los modos de calificar el aprendizaje
de los estudiantes y los criterios de promoción escolar, orientando los
procedimientos educativos del establecimiento, estableciendo un marco de
conducta entre los actores del proceso educativo, contribuyendo a elevar la calidad
y excelencia de la educación.
El presente documento es resultado del trabajo colaborativo entre directivos,
docentes, profesionales y técnicos que integran la comunidad educativa. Además,
reúne comentarios y aportes surgidos del trabajo en Red realizado entre
representantes de Unidad Técnico Pedagógica del Sostenedor y Jefes de Unidad
Técnico Pedagógica de establecimientos municipales de la comuna de Osorno,
Región de Los Lagos.
La Dirección del establecimiento, asesorado por la Unidad Técnico Pedagógica,
serán los responsables de supervisar el cumplimiento del presente Reglamento de
Evaluación, Calificación y Promoción Escolar por parte de los distintos actores
involucrados.
La Dirección hará entrega anual de una copia del Reglamento de Evaluación,
Calificación y Promoción Escolar a cada docente del establecimiento, a la Directiva
del Centro General de Padres y Apoderados y a las Directivas de Centro de Curso.
Su contenido será leído y comentado en reunión de Padres y Apoderados.
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CAPITULO 1
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1.- Identificación del Establecimiento.
La Escuela Rural Pichil se ubica en el Km 14 Ruta U-55 y 1,5 km interior. Su
dependencia es municipal y administrada por el DAEM de Osorno. Cuenta con
JECD para todos los cursos y niveles y Programa de Integración Escolar.
Artículo 2.- Bases Legales de la Evaluación
El presente documento, tiene como base los siguientes cuerpos legales del
Ministerio de Educación: Decreto de Evaluación N° 67 de 09/11/2018, que establece
normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción escolar para
estudiantes que cursen educación básica y media en establecimientos
educacionales oficialmente reconocidos por el Estado; Decreto 481 del 10/02/2018
que establece las Bases Curriculares de la Educación Parvularia; Decreto N°
83/2015, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para
estudiantes con necesidades educativas especiales de Educación Parvularia y
Educación Básica; Resolución Exenta de Educación que aprueba Planes y
Programas de Estudio N° 2339 de 2016; Resolución Exenta de Educación que
aprueba Planes y Programas de Estudio N° 2960 de 2012; Resolución Exenta de
Educación que aprueba Planes y Programas de Estudio N° 169 de 2014; Resolución
Exenta N.º 72 del 20/01/2017, que aprueba Reformulación del Proyecto Pedagógico
de Jornada Escolar Completa Diurna desde NT1 a 8º año Básico, correspondiente
a la aplicación de Talleres agroecológicos, a contar del 1º de marzo de 2017.
Finalmente, se considera, la Ley General de Educación Nº20.370 del 12/9/2009.-
Artículo 3.- Orientaciones del Proyecto Educativo Institucional
El Proyecto Educativo Institucional presenta un SELLO AGROECOLOGICO.
La bajada curricular al aula se basa en un modelo holístico de enseñanza
aprendizaje que considera el trabajo práctico en terreno y lo curricular de cada
asignatura, concentrándose en una articulación agroecológica desde los Objetivos
de Aprendizaje de la Unidad, principalmente en las asignaturas de Ciencias
Naturales y Lengua Indígena, así como en actividades de aprendizaje de las
restantes asignaturas del plan de estudio, promoviendo prácticas inclusivas que
responden a las diferencias individuales de los estudiantes del establecimiento.
Los talleres JECD se trabaja con módulos de aprendizaje, la enseñanza curricular
involucra plantas y animales en el ámbito de la diversidad ecológica y la educación
sustentable. Estos talleres son realizados por docentes técnico agrícola y/o
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veterinario y la acción pedagógica que involucra trabajo colaborativo entre docentes
de asignaturas y equipo PIE.
Los Talleres JECD desde NT1 a 4to básico corresponden a:
Taller Huerto Escolar: implica el diseño, implementación y mantención de
un huerto escolar donde se cultiva de manera biointensiva diversos
vegetales, mediante actividades prácticas en terreno, trabajo en equipo y
aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.
Taller Crianza de Aves: orientado a la crianza de aves para la producción de
huevos, la creación y mantención de un gallinero escolar y el uso de su
excremento para compost, desde actividades prácticas en terreno, trabajo
en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.
Los Talleres JECD de 5° a 8° básico son:
Taller Agrícola: implica diseño, implementación y mantención de un huerto
escolar al aire libre y/o invernadero donde se cultiva de manera biointensiva
diversas plantas (vegetales, hortalizas, flores) empleando el compost como
fertilizante, realizando actividades prácticas en terreno, trabajando en equipo
y mediante el aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.
Taller Pecuario: orientado en una primera etapa a la crianza de aves para la
producción de huevos, la creación y mantención de un gallinero escolar y el
uso de su excremento para compost, desde actividades prácticas en
terreno, trabajo en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.
Se ha introducido la crianza de conejos y, se proyecta incluir otro tipo de
ganado, según las necesidades observadas en la escuela.
Taller Sistemas de Riego: se espera que los estudiantes aprendan a regar y
drenar empleando técnicas de riego (gravitacionales/aspersión) según las
necesidades de los cultivos, las condiciones del terreno y el clima, la
protección del medio ambiente y las medidas de seguridad necesarias, que
permita mejorar la productividad de los cultivos y proteger el recurso hídrico
para una agricultura sustentable. Realización de actividades teórico-
prácticas, trabajo en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o
proyectos.
El PEI de la Escuela Rural Pichil busca promover e instalar buenas prácticas en
sustentabilidad agroecológica que fomenten conductas amigables y de respeto con
el medio ambiente y mejorar la calidad de vida de los estudiantes y sus familias.
Paralelamente, procura dotar a la escuela con recursos educativos que permitan
innovar en las estrategias de enseñanza y aprendizaje, contextualizando las
prácticas pedagógicas al entorno geográfico y cultural en el que se encuentra inserto
el establecimiento, es decir, espacio rural en una comuna y región agrícola y
ganadera.
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VISION: Una escuela rural agroecológica, que entrega a la sociedad personas
integras, con conciencia ecológica, conocimientos y diversas habilidades, que les
permitan enfrentar con éxito la enseñanza media científica humanista y/o técnica e
insertarse como agentes de cambio socio cultural.
MISION: La Escuela Rural Pichil promueve una enseñanza holística para el logro
de aprendizajes, por medio de una educación inclusiva y sustentable, apropiándose
de los saberes culturales del entorno, haciendo suyo los principios de una gran
familia.
Artículo 4.- Organización Anual
El Año Escolar, funcionará con régimen semestral, de acuerdo a las fechas que
determine el Calendario Escolar del Ministerio de Educación de la Región de Los
Lagos. Las vacaciones de invierno se harán efectivas, coincidiendo con el receso
de invierno definido por el Ministerio de Educación.
El establecimiento, podrá solicitar al Ministerio de Educación modificaciones
relacionadas con las fechas de inicio y término de clases, cambios de actividades,
suspensiones y recuperaciones de clases cuando se requiera. Con ese calendario,
el docente elaborará el cronograma de clases y las evaluaciones que aplicará
durante el año.
Toda situación de evaluación, calificación y promoción escolar, de los estudiantes
desde NT1 a Octavo Básico, quedará resuelta dentro del año escolar
correspondiente.
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CAPITULO 2
DE LA EVALUACION
Artículo 5.- Concepto de Evaluación
La evaluación, será entendida como el: “Conjunto de acciones lideradas por los
profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan
obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar
decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los
procesos de enseñanza”. (Decreto 67/2018)
Los estudiantes, serán evaluados en todos los niveles y asignaturas del plan de
estudio o Taller JECD agroecológico, No existiendo la eximición.
Artículo 6.- Propósito Formativo y Sumativo de la evaluación
El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse
formativa o sumativamente.
- Evaluación formativa. La evaluación cumple un propósito formativo cuando
se utiliza e integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el
aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su
desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para
tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso
de enseñanza-aprendizaje.
- Evaluación sumativa. La evaluación cumple un propósito sumativo cuando
entrega información acerca de hasta qué punto los estudiantes lograron
determinados objetivos de aprendizaje luego de un determinado proceso de
enseñanza. Se utiliza para certificar los aprendizajes logrados,
comunicándose, generalmente, mediante una calificación.
El propósito formativo y sumativo de la evaluación, no son excluyentes, y en el caso
de las evaluaciones sumativas, también pueden usarse formativamente, es decir,
puede permitir aclarar objetivos de aprendizaje y retroalimentar la enseñanza y el
aprendizaje, haciendo ajustes en la planificación, en caso que los estudiantes no
aprendan lo que se esperaba y requieran abordarlo nuevamente antes de seguir
adelante con otros aprendizajes.
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Artículo 7.- Evaluación de progreso, proceso y producto
La evaluación, también se puede diferenciar, según su objeto, pudiendo distinguirse
tres aspectos a evaluar:
- El proceso de aprendizaje: aspectos que reflejan cómo los estudiantes van
aprendiendo, por ejemplo, entregar productos a tiempo, participar en clases,
etc.
- El progreso del aprendizaje: referido al avance que tiene un estudiante
respecto de su propio aprendizaje.
- El producto o logro de aprendizaje: aquello que los estudiantes logran
saber o hacer.
Artículo 8.- Responsabilidad de la evaluación
Del docente. - Actor educativo en quien recae la primera responsabilidad del
proceso de evaluación, pues, es quien planifica, diseña, implementa,
desarrolla y evalúa el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Del estudiante. - Se espera que construya conocimiento y pueda, según su
grado de desarrollo cognitivo y emocional comprender su propio proceso de
aprendizaje y reconocer las fortalezas y posibilidades de mejora, asumiendo
la responsabilidad y el desafío que este proceso presenta.
De los padres, madres y apoderados. – Encargados de acompañar, apoyar
y guiar a sus hijos e hijas en hábitos de estudio, promoviendo la
responsabilidad y autonomía, para el logro de aprendizajes. Además, deben
brindar el soporte afectivo y emocional a sus hijos o hijas, para que ellos
puedan asumir, satisfactoriamente, los desafíos que el proceso educativo
presenta y considerar las recomendaciones y sugerencias de profesores y
jefe de UTP para que los estudiantes logren los aprendizajes esperados.
Del equipo directivo. - Son los agentes responsables de la supervisión
general del proceso de evaluación en el establecimiento, en el sentido más
amplio del término; esto es, orientar, asesorar, colaborar en todos los
procedimientos y actuaciones asociadas con la evaluación.
Del Director/a.- Asesorado/a por el equipo técnico-pedagógico y/o consejo
de profesores, es quien asume la responsabilidad última de la evaluación en
la aplicación correcta del marco normativo dentro de las disposiciones que
dicta el Ministerio de Educación, resolviendo en situaciones no contempladas
en el reglamento y proponiendo las modificaciones necesarias para la
actualización y el mejoramiento de la evaluación en el establecimiento.
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Artículo 9.- Principios que sustentan el enfoque evaluativo
El Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de la Escuela Rural
Pichil, recoge los siguientes principios de evaluación emanados del Decreto
67/2018:
1. Evaluar aprendizajes definidos en el Currículum Nacional y aquellos
elementos que forman parte del sello institucional del establecimiento, que
consideran conocimientos, habilidades y actitudes, es decir, lo que dicen,
escriben, hacen y crean.
2. Claridad desde el inicio del proceso de aprendizaje, respecto de qué es lo
que se espera que los estudiantes aprendan y los criterios que permiten
evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes.
3. La retroalimentación como parte fundamental de cada proceso evaluativo.
4. Los procesos y situaciones de evaluación deben motivar a los estudiantes a
seguir aprendiendo.
5. El diseño de las experiencias de evaluación debe orientarse a que los
estudiantes pongan en práctica lo aprendido en situaciones relevantes para
ese aprendizaje.
6. No toda evaluación debe conducir a una calificación. Sin embargo, la
calificación, siempre conlleva un proceso de evaluación y debe ser una forma
precisa de representar el logro de los aprendizajes y su comunicación a los
estudiantes, sus familias, apoderados y a otros docentes, para apoyar el
aprendizaje.
7. Se debe calificar solamente aquello que los estudiantes efectivamente han
tenido la oportunidad de aprender mediante las experiencias de aprendizaje
que el docente haya realizado con ellos.
8. Enfoque inclusivo, que considera que todos los estudiantes son diferentes y
presentan necesidades educativas que pueden ir variando a lo largo de su
trayectoria escolar, siendo necesario diversificar las experiencias de
aprendizaje, empleando diversas formas de evaluar, que consideren las
distintas características, ritmos y formas de aprender, necesidades e
intereses de los estudiantes.
9. Participación del estudiante en los procesos de evaluación, generando
instancias en que ellos puedan involucrarse, al elegir temas sobre los cuales
les interese realizar una actividad, sugerir la forma en que presentarán a otros
un producto o generando experiencias de auto- y coevaluación que les
permita desarrollar su capacidad para reflexionar sobre sus procesos,
progresos y logros de aprendizaje.
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10. Las planificaciones y oportunidades de aprendizaje, deben considerar
espacios para evaluar formativamente el aprendizaje, retroalimentando e
incluyendo acciones de monitoreo del aprendizaje, reflexionando y tomando
decisiones oportunamente.
11. La evidencia de los aprendizajes, debe usarse para analizar continuamente,
y ajustar, cuando se considere necesario, las planificaciones y estrategias
pedagógicas.
12. Se requiere evaluar los aprendizajes de diferentes formas y en distintas
oportunidades, permitiendo que las conclusiones que se formulen sean
sólidas, y las decisiones tomadas sean más confiables y justas.
Artículo 10.- Criterios para el diseño de estrategias de evaluación sumativa y
formativa
El diseño de las estrategias de evaluación debe estar alineadas con aprendizajes
fundamentales, que motiven a los estudiantes para seguir aprendiendo, ya que a
partir de sus resultados se toman decisiones pedagógicas y se definen
calificaciones. Para que la evaluación, como herramienta pedagógica, pueda
fortalecerse y apoyar el aprendizaje de los estudiantes, la escuela Rural Pichil,
promueve los siguientes criterios de calidad:
a) Alineamiento con los aprendizajes centrales y relevantes de la asignatura
presentes en el curriculum.
b) Evidencia evaluativa variada y suficiente, utilizando distintos agentes
evaluativos y diferentes formas de evaluar a los estudiantes. Lo primero
(agentes evaluativos) se refiere a levantar información a través de
heteroevaluación (docente evalúa a los estudiantes), autoevaluación
(estudiante se evalúa a sí mismo) y coevaluación (estudiante/s evalúa a sus
pares o grupo). Las diferentes formas de evaluar, implican: análisis de casos,
resolución de problemas o situaciones complejas, portafolios, bitácoras o
cuadernos de campo, pruebas o controles con distintos tipos de preguntas,
evaluaciones de desempeño como demostraciones, representaciones
teatrales, juegos de roles, simulaciones, interpretaciones musicales,
presentaciones de investigaciones, de productos artísticos o técnicos, etc.
c) Evaluar a los estudiantes en su mayor amplitud posible, considerando el
proceso, progreso y logros, identificando dónde están en sus aprendizajes e
ir adecuando la enseñanza a sus necesidades, calificando solo aquellos
logros de aprendizajes que los estudiantes han tenido oportunidad para
aprender, aquello que se ha intencionado y trabajado durante los procesos
de enseñanza-aprendizaje.
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d) Diseño de evaluación que incorpore contextos auténticos que muestre al
estudiante el sentido, la relevancia o la utilidad del aprendizaje, y se motive
por seguir aprendiendo, proponiendo situaciones de aprendizaje semejantes
a la vida real, que les permita emitir juicios e innovar, pues, para enfrentar la
complejidad de las situaciones reales se requiere poner en práctica
habilidades analíticas, prácticas y creativas, además, actitudes y valores.
Esta forma de evaluar es fundamental para desarrollar su capacidad de
transferencia, es decir, su habilidad para aplicar los aprendizajes en
contextos diferentes a los cuales fueron aprendidos.
e) Evaluaciones diversificadas que respondan a las necesidades y
características de los estudiantes de modo que puedan mostrar lo que han
aprendido, desde un enfoque inclusivo de valoración de la diversidad, que
permita transitar desde una noción de diferenciación de la enseñanza y de
la evaluación, referida a estudiantes con necesidades educativas especiales,
a una noción de diversificación, que considera la diversidad presente en la
sociedad e inherente al aula, abordando lo que necesitan todos los
estudiantes, considerando su multiplicidad de intereses, niveles de
aprendizaje, formas de aprender y características –culturales, sociales,
emocionales.
Artículo 11.- Instrumentos de evaluación.
La evaluación formativa y sumativa deberá contar con instrumentos de evaluación
diversificados, que permitan la medición objetiva de los aprendizajes esperados,
siendo fundamental que el docente haga uso de:
pauta de observación
rúbrica
escalas de apreciación
lista de cotejo
tabla de especificaciones
Artículo 12.- Reflexión pedagógica
La reflexión pedagógica, permite acordar y reflexionar sobre criterios de evaluación
y evidencias evaluativas centrales en cada asignatura, favoreciendo
la mejora continua de las prácticas docentes, facilitando espacios para la toma de
decisiones sobre el proceso, progreso y logro de los estudiantes, basado en
evidencia.
La reflexión pedagógica al interior de la unidad educativa, se realizará a través de,
los siguientes espacios formales de interacción y análisis:
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Consejo de profesores semanal con foco pedagógico en conjunto con
Dirección, UTP, coordinadora PIE, equipo agroecológico, docentes y
profesionales de educación de apoyo a los procesos de enseñanza-
aprendizaje.
Trabajo colaborativo entre equipo pedagógico PIE y docente de asignatura
respectiva.
Trabajo colaborativo entre UTP y docentes asignatura y PIE.
Trabajo colaborativo entre docentes equipo agroecológico.
El énfasis de la reflexión pedagógica estará dado en los procesos evaluativos,
considerando su pertinencia, suficiencia, variedad, diversificación, capacidad para
motivar a los estudiantes y promover aprendizajes, y ajustarlos en función de esa
reflexión. Además, será una instancia para analizar y ajustar la planificación en
función de la evidencia obtenida.
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CAPITULO 3
DE LA EVALUACION FORMATIVA
Artículo 13.- Concepto de Evaluación Formativa
La evaluación, tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza
para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando la
evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y usa por profesionales
de la educación y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los siguientes
pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. (Decreto 67/2018)
Artículo 14.- Propósito de la evaluación formativa
El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear el
proceso de aprendizaje de los estudiantes por lo que es fundamental su integración
en la enseñanza, entretejiéndose en los planes o secuencias de aprendizaje que se
planifiquen.
Artículo 15.- Evaluación diagnóstica
La evaluación diagnóstica, es un tipo de evaluación formativa que permite identificar
el lugar en el que se encuentra el estudiante en su trayectoria hacia el logro de
nuevos aprendizajes, obteniendo información de sus intereses, valoraciones,
concepciones y visiones e información sobre el nivel de desempeño respecto de
habilidades, es esencial para comenzar procesos de enseñanza y, fundamental
para ajustar la planificación previa en caso de considerarse necesario.
La evaluación diagnóstica de cada asignatura y taller, será aplicada al inicio del año
escolar y será calificada en base a porcentaje de logro, expresado de 100% a 0%.
Artículo 16.- Estrategias de evaluación formativa
Para promover el uso formativo de la evaluación durante la enseñanza, se
contemplan las siguientes estrategias de evaluación formativa, las que deberán ser
aplicadas durante el año escolar, sin excluir la posibilidad, que el docente, pueda
implementar otras que presenten pertinencia y contribuyan a verificar logros de
aprendizaje del estudiante.
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Estrategia Descripción
Compartir y reflexionar
objetivos de aprendizaje
y criterios de logro
Compartir y reflexionar con los estudiantes sobre los
objetivos de aprendizaje y los criterios de logro que
permitan describir cómo se ven dichos aprendizajes
cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado,
mediante el análisis conjunto de modelos y ejemplos
de desempeños de distintos niveles de logro, u otras
formas que les permitan desarrollar una noción clara
de lo que se espera que aprendan
Formular preguntas de
reflexión
Preguntas que fomentan la reflexión y discusión en
clases, que permita visibilizar los procesos de
pensamiento de los estudiantes, y a partir de esto ir
ajustando la enseñanza.
Actividades de
observación de
procedimientos y
desempeños
Realizar actividades que permitan observar los
procedimientos y desempeños que se busca
desarrollar, para ajustar la enseñanza a partir del
aprendizaje que se va evidenciando clase a clase.
Retroalimentación efectiva, oportuna y sistemática hacia los
estudiantes o entre ellos, resguardando espacios
para esto antes de las evaluaciones sumativas.
Auto- y coevaluación
Dar oportunidades de auto- y coevaluación de modo
que se desarrolle la capacidad de los estudiantes
para evaluar sus propios productos y desempeños,
fortalecer su autorregulación y su capacidad
analítica y crítica respetuosa en sus procesos de
aprendizaje.
Artículo 17.- Técnicas de apoyo al uso de estrategias de evaluación formativa
Para promover el uso formativo de la evaluación, se contemplan las siguientes
técnicas de apoyo al uso de estrategias de evaluación formativa en el aula, las que
deberán ser aplicadas durante el año escolar, sin excluir la posibilidad, que el
docente, pueda implementar otras que contribuyan a fortalecer este tipo de
evaluación:
Hacer uso de preguntas o parafraseo.
Hacer uso de modelos o ejemplos de distintos niveles de logro
Crear y emplear rúbricas que describan niveles de desempeño
Respuestas elegidas al azar
Participación simultánea
Pienso- converso- compartimos
Tickets de salida o de entrada
Nos destacamos
Señales de aprendizaje
Reflexiones de cierre metacognitivas
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Artículo 18.- Retroalimentación como estrategia pedagógica
Se entenderá la retroalimentación, como una estrategia fundamental del proceso
evaluativo, que asegura que cada estudiante tenga información relevante sobre su
proceso de aprendizaje, ayudándolo a progresar hacia o más allá de los objetivos
evaluados. Igualmente, permite que el docente profundice la reflexión sobre como
su práctica pedagógica influye sobre el progreso del estudiante y realice los ajustes
necesarios en función de esa reflexión.
Se priorizará las siguientes prácticas de retroalimentación pedagógica:
Describir logros y como se puede mejorar
Focalizarse en el trabajo o actividad
Enfocarse en la meta principal
Promover que se corrijan los errores de manera autónoma
Entregar la retroalimentación oportunamente
Usar varias formas de retroalimentación: escrita, oral, individual o grupal
Artículo 19.- Evaluación Formativa: asignatura y Taller JEC Agroecológico
El presente Reglamento Evaluación, contempla un mínimo de evaluaciones
formativas a realizar durante el año escolar, sin excluir la posibilidad que el docente
en función de criterios pedagógicos, centrados en el aprendizaje de los estudiantes,
pueda incrementarlas.
Se realizará una evaluación diagnóstica al inicio del año escolar en todas las
asignaturas del plan de estudios y en cada Taller JECD Agroecológico. Además,
una evaluación diagnóstica el inicio de cada unidad del Programa de Estudio de la
asignatura respectiva. En el caso de los Talleres JEC Agroecológicos, se aplicará
una evaluación diagnóstica al inicio de cada módulo de aprendizaje.
En el caso de la evaluación formativa, propiamente tal, se contempla al menos tres
evaluaciones formativas a nivel semestral en las asignaturas de Lenguaje y
Comunicación, Lengua Indígena, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales, Historia,
Geografía y Ciencias Sociales, y dos evaluaciones formativas en Tecnología, Artes
Visuales, Música, Educación Física y Salud, Orientación, Religión y talleres JEC
Agroecológicos.
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Primero a Cuarto Básico
Asignatura
Unidad/ Módulo anual
Evaluación diagnostica
Evaluación formativa
I Semestre
II Semestre
I Semestre
II Semestre
Lenguaje y Comunicación 4 1 1 3 3
Inglés 4 1 1 3 3
Lengua Indígena 10 1 1 3 3
Matemática 4 1 1 3 3
Ciencias Naturales 4 1 1 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3
Tecnología 4 1 1 2 2
Artes Visuales 4 1 1 2 2
Música 4 1 1 2 2
Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2
Orientación 2 1 1 2 2
Religión 10 1 1 2 2
Taller Huerto Escolar 4 1 1 2 2
Taller Crianza 4 1 1 2 2
Quinto y Sexto Básico
Asignatura/Taller
N° Unidades
anual
Evaluación diagnostica
Evaluación formativa
I Semestre
II Semestre
I Semestre
II Semestre
Lenguaje y Comunicación 4 1 1 3 3
Inglés 4 1 1 3 3
Lengua Indígena 10 1 1 3 3
Matemática 4 1 1 3 3
Ciencias Naturales 4 1 1 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3
Tecnología 4 1 1 2 2
Artes Visuales 4 1 1 2 2
Música 4 1 1 2 2
Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2
Orientación 2 1 1 2 2
Religión 10 1 1 2 2
Taller Agrícola 4 1 1 2 2
Taller Pecuario 4 1 1 2 2
Taller Sistemas de riego 4 1 1 2 2
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Séptimo y Octavo Básico
Asignatura N° Unidades
anual
Evaluación diagnostica
Evaluación formativa
I Semestre
II Semestre
I Semestre
II Semestre
Lengua Castellana 7 1 1 3 3
Inglés 4 1 1 3 3
Lengua Indígena 10 1 1 3 3
Matemática 4 1 1 3 3
Ciencias Naturales 4 1 1 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3
Tecnología 4 1 1 2 2
Artes Visuales 4 1 1 2 2
Música 4 1 1 2 2
Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2
Orientación 2 1 1 2 2
Religión 10 1 1 2 2
Taller Agrícola 4 1 1 2 2
Taller Pecuario 4 1 1 2 2
Taller Sistemas de riego 4 1 1 2 2
Artículo 20.- Talleres Extraprogramáticos
Los Talleres extraprogramáticos, serán obligatorios, se impartirán todos los viernes
entre las 14:10 y 15:40 y su evaluación será formativa. Se procurará que los
estudiantes a través de ellos, puedan desarrollar habilidades y actitudes que
contribuyan a su formación.
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CAPITULO 4
EVALUACION SUMATIVA
Artículo 21.- Concepto de evaluación sumativa
La evaluación sumativa, tiene por objeto certificar, generalmente mediante una
calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos.
Artículo 22.- Evaluación sumativa de avance
La evaluación sumativa de avance, está referida a trabajos realizados en clases por
el/la estudiante durante el semestre; siendo todos parte de un registro de evidencia.
Igualmente, puede originarse, en un proyecto de aula que contemple etapas, cuyo
avance, progresión o desempeño será evaluado de manera sumativa y calificado.
El estudiante debe conocer desde el comienzo cuál serán la evaluación de avance,
las formas y criterios de evaluación y su expresión mediante un número, símbolo o
concepto, que formará parte de la evidencia que se ponderará o promediará.
Artículo 23.- Evaluación sumativa de producto
La evaluación sumativa de producto o resultado proviene directamente de
instrumentos de evaluación aplicados al estudiante al término de una unidad o
conjunto de objetivos de aprendizaje, lo que puede expresarse en una prueba
escrita, prueba oral, informe de proyecto y otros, en que se justifique un conjunto de
objetivos y/o habilidades.
Artículo 24.- Evaluación Sumativa y calificación
La evaluación sumativa de avance no debe superar el 40% de una calificación,
pues, el 60% restante corresponde a la evaluación sumativa de resultado.
La evaluación sumativa de avance puede corresponder a un informe, trabajo de
investigación, avance de proyecto de aula, entre otros. La prueba escrita, NO será
considerada como evaluación sumativa de avance.
El criterio para definir las evaluaciones sumativas son los aprendizajes a desarrollar,
para desde allí decidir qué desempeños serán los que de mejor manera mostrarán
el logro de dichos aprendizajes y que se convertirán en las mejores evaluaciones.
Las evaluaciones con mayor ponderación en una calificación final deben implicar
aplicaciones relevantes de los aprendizajes, para que los estudiantes puedan usar
lo que aprenden a través de, reflexiones personales, análisis de casos, resolución
de problemas, entre otras posibilidades. Con esto se logra que el aprendizaje sea
más profundo, significativo y transferible a situaciones fuera de la escuela, que
permita al estudiante encontrarle valor y pueda usarla para la vida, lo que requiere
21
implementar actividades de aprendizaje que promuevan el desarrollo de este tipo
de aplicaciones e integraciones.
Artículo 25.- Evaluación Sumativa semestral y anual
El presente Reglamento, considera un mínimo de evaluaciones sumativas a realizar
durante el año escolar, contemplando la posibilidad que el docente en función de
criterios pedagógicos, centrados en el aprendizaje de los estudiantes, pueda
agregar otras.
Se realizará al menos cuatro evaluaciones sumativas de avance por semestre en
las asignaturas de Lenguaje y Comunicación/Lengua Castellana, Lengua Indígena
y Matemática.
En el caso de la evaluación sumativa de resultado se contempla al menos cuatro
evaluaciones formativas a nivel semestral en las asignaturas de Lenguaje y
Comunicación, Lengua Indígena, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales, Historia,
Geografía y Ciencias Sociales, y dos evaluaciones formativas en Tecnología, Artes
Visuales, Música, Educación Física y Salud, Orientación, Religión y talleres JEC
Agroecológicos
El mínimo de evaluaciones sumativas anual, considerando evaluaciones de avance
y resultado correspondiente a cada nivel y asignatura son las siguientes:
Primero a Cuarto Básico
Asignatura
Unidad/
Módulo
anual
Evaluación sumativa
Avance Resultado
I
Semestre
II
Semestre
I
Semestre
II
Semestre
Lenguaje y Comunicación 4 4 4 4 4
Inglés 4 3 3 3 3
Lengua Indígena 10 4 4 4 4
Matemática 4 4 4 4 4
Cs. Naturales 4 2 2 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 2 2 3 3
Tecnología 4 2 2 3 3
Artes Visuales 4 2 2 3 3
Música 4 2 2 3 3
Ed. Física y Salud 4 2 2 3 3
Orientación 2 2 2 2 2
Religión 10 3 3 3 3
Taller Huerto Escolar 4 3 3 3 3
Taller Crianza 4 3 3 3 3
22
Quinto y Sexto Básico
Asignatura
Unidad/
Módulo
anual
Evaluación sumativa
Avance Resultado
I
Semestre
II
Semestre
I
Semestre
II
Semestre
Lenguaje y Comunicación 4 4 4 4 4
Inglés 4 3 3 3 3
Lengua Indígena 10 4 4 4 4
Matemática 4 4 4 4 4
Cs. Naturales 4 4 4 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 4 4 3 3
Tecnología 4 2 2 3 3
Artes Visuales 4 3 3 3 3
Música 4 3 3 3 3
Ed. Física y Salud 4 3 3 3 3
Orientación 2 2 2 2 2
Religión 10 3 3 3 3
Taller Agrícola 4 3 3 3 3
Taller Pecuario 4 3 3 3 3
Taller Sistemas de riego 4 3 3 3 3
Séptimo y Octavo Básico
Asignatura
Unidad/
Módulo
anual
Evaluación sumativa
Avance Resultado
I
Semestre
II
Semestre
I
Semestre
II
Semestre
Lengua Castellana 7 4 4 4 4
Inglés 4 3 3 3 3
Lengua Indígena 10 4 4 4 4
Matemática 4 4 4 4 4
Cs. Naturales 4 4 3 3
Hia, Geo y Cs. Sociales 4 4 4 3 3
Tecnología 4 2 2 3 3
Artes Visuales 4 3 3 3 3
Música 4 3 3 3 3
Ed. Física y Salud 4 3 3 3 3
Orientación 2 2 2 2 2
Religión 10 3 3 3 3
Taller Agrícola 4 3 3 3 3
Taller Pecuario 4 3 3 3 3
Taller Sistemas de riego 4 3 3 3 3
Artículo 26.- Talleres JECD Agroecológicos y ponderación
Los Talleres JECD Agroecológicos, serán evaluados semestralmente con un
mínimo de 3 evaluaciones sumativas de avance y 3 de resultado. El resultado
semestral de cada Taller JECD, será ponderado con un máximo de un 30% a la
asignatura respectiva que se presenta en la siguiente tabla:
23
Primer Semestre
TALLERES JEC
CURSO HUERTO
ESCOLAR
CRIANZA
DE AVES
AGRICOLA PECUARIO SISTEMA
DE RIEGO
1º Hia, Geo y
Cs. Sociales
Ciencias
Naturales
2º Lengua
Indígena
Ciencias
Naturales
3º Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
4º Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
5º Lengua
Indígena
Ciencias
Naturales
Hia,Geo y
Cs.soc
6º Lengua
Indígena
Lenguaje Ciencias
Naturales
7º Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
Matemática
8º Lengua y
Literatura
Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
Segundo Semestre
TALLERES JEC
CURSO HUERTO ESCOLAR
CRIANZA
DE AVES
AGRICOLA PECUARIO SISTEMA
DE RIEGO
1º Ciencias Naturales
Lengua
Indígena
2º Ciencias Naturales
Hia, Geo y
Cs. Sociales
3º Lengua Indígena
Ciencias
Naturales
4º Lengua Indígena
Ciencias
Naturales
5º Matemática Lengua
Indígena
Ciencias
Naturales
6º Hia, Geo y
Cs. Sociales
Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
7º Lengua
Indígena
Lengua y
Literatura
Ciencias
Naturales
8º Ciencias
Naturales
Lengua
Indígena
Matemática
Artículo 27.- De la inasistencia a evaluaciones sumativas
La inasistencia de un estudiante a una evaluación sumativa (prueba o disertación)
fijada con anticipación, deberá ser justificada por escrito o personalmente por el
apoderado al profesor de la asignatura respectiva, analizándose caso a caso la
situación, pudiéndose aplicar la evaluación cuando el estudiante se incorpore a
clases o bien, acordar con el apoderado y el estudiante una nueva fecha de
realización.
24
En aquellas situaciones que exista alguna eventualidad, como: situaciones
familiares complejas, Certificado Médico o viaje, que impida al estudiante asistir a
la escuela, y, en consecuencia, realizar la evaluación en el tiempo contemplado, se
podrá recalendarizar la evaluación/es acordándose con el apoderado la fecha de
rendición.
En los casos antes señalados, la evaluación debe contener los mismos objetivos de
aprendizajes que la evaluación original y el mismo nivel de exigencia.
Artículo 28.- Calendario de evaluación sumativa
Calendarización semestral de evaluaciones sumativas considerando solamente
pruebas, disertaciones, entrega de trabajos y proyectos de aula.
25
CAPITULO 5
DE LA CALIFICACION
Artículo 29.- Concepto de Calificación
La Calificación, será entendida como la “representación del logro en el aprendizaje
a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado
compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.”
(Decreto 67/2018)
La calificación, siempre conlleva un proceso de evaluación y debe ser una forma
precisa de representar el logro de los aprendizajes para comunicar esto a los
estudiantes, familias, apoderados y a otros docentes, para apoyar el aprendizaje.
Artículo 30.- Propósito de la calificación
El propósito principal de las calificaciones es certificar y comunicar el aprendizaje.
En línea con el enfoque evaluativo proveniente del Decreto 67/2018, se busca que
las calificaciones aporten información para apoyar el aprendizaje de los estudiantes
y no se reduzcan a registros con poco significado para ellos.
La calificación será consecuencia de la definición de cómo se planea evaluar los
aprendizajes, debido a lo cual, la conducta o la indisciplina del estudiante, NO será
calificada. En caso, que eso ocurra, la Dirección del establecimiento, faculta a la
Unidad Técnico Pedagógica y/o Convivencia Escolar para dejar nula esa
calificación.
Artículo 31.- Expresión de la calificación
La calificación en todas las asignaturas y talleres- excepto Religión y Orientación-
será expresada en porcentaje de logro, cuyo nivel mínimo de aprobación
corresponde el 60%, pudiendo incluirse, además, los siguientes conceptos y
símbolos cuya equivalencia está representada en la siguiente tabla:
CALIFICACION
%LOGRO
CONCEPTO NUMERO SIMBOLO
LETRA NIVEL
DESEMPEÑO NIVEL
APRENDIZAJE
100% Sobresaliente Muy Bueno
Adecuado
7,0 A
87%-99% Destacado 6,0- 6,9 B
74%- 86% Logrado Bueno Elemental
5,0- 5,9 C
60%-73% Parcialmente logrado
Suficiente 4,0- 4,9 D
40%- 59% Elemental
Insuficiente
Insuficiente
3,0- 3,9 E
20%- 39% Por lograr 2,0-2,9 F
0%- 19% 1,0- 1,9 G
26
Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación, se expresarán
empleando los conceptos Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente(S) e
Insuficiente(I).
Artículo 32.- Cantidad de calificaciones y ponderación
El presente Reglamento de Evaluación, contempla para cada asignatura y taller
agroecológico, un mínimo de dos calificaciones por unidad, que deben incluir
evaluaciones sumativas de avance y resultado y, cuya ponderación – en cada caso-
no sobrepasará el 30% de la calificación final anual. Lo anterior, para evitar que
exista concentración en una o dos calificaciones que no sean representativas de los
aprendizajes centrales del curriculum o no den cuenta del progreso de los
estudiantes, procurándose de esta manera, que la calificación integre aspectos que
den cuenta de distintos niveles de comprensión y avance durante el año escolar.
En caso de realizar ajustes durante el año, estos deben basarse en argumentos
pedagógicos que se acordarán entre profesor/a de la asignatura respectiva,
educadora diferencial y jefe técnico-pedagógico debiendo informarse con
anticipación a los estudiantes.
Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación no incidirán en el
promedio final anual ni en la promoción escolar de los alumnos.
El presente cuadro representa lo antes señalado.
Asignatura con cuatro unidades y ponderación anual
Unidad Calificación Ponderación anual
Unidad 1 Calificación 1 15% a 25%
Calificación 2
Unidad 2 Calificación 3 15% a 25%
Calificación 4
Unidad 3 Calificación 5 15% a 25%
Calificación 6
Unidad 4 Calificación 7 20% a 30%
Calificación 8
TOTAL ANUAL 100%
Calificaciones por unidad
Calificaciones por unidad
Unidad 1 Unidad 2 Unidad 3 Unidad 4
Calif. 1 100% de la
unidad
Calif. 3 100% de la
unidad
Calif. 5 100% de la
unidad
Calif. 7 100% de la
unidad Calif. 2 Calif. 4 Calif. 6 Calif. 8
27
Artículo 33.- Calificación con más del 50% del curso insatisfactorio
Si un curso obtiene un 50% + 1 de calificaciones insuficientes como resultado de
una evaluación sumativa, dicho resultado NO podrá ser registrado en el libro de
clases. El o la docente de asignatura y educadora diferencial, informarán a UTP,
para analizar las razones de este resultado y acordar las estrategias para el logro
de los aprendizajes y desarrollo de habilidades del estudiante. Estas estrategias
deberán ser distintas a las empleadas previamente, abordando los mismos objetivos
de aprendizaje.
Artículo 34.- Criterios para definir calificación final
Para definir la calificación final anual, se considera los siguientes criterios:
Relevancia. Dar mayor ponderación a evidencia que represente aprendizajes
más relevantes, que se deben enfatizar durante el proceso de enseñanza-
aprendizaje.
Integralidad. Dar mayor ponderación a evidencia más integral por sobre
aquella más parcial o referida a aspectos específicos, es decir, evidencia que
represente el aprendizaje evaluado en su globalidad integrando sus distintas
dimensiones o que considere varios aprendizajes.
Temporalidad. En los casos en que el aprendizaje evaluado es progresivo,
dar mayor ponderación a las últimas evaluaciones, dado que el estudiante
podría evidenciar logros que representarían su nivel de aprendizaje de mejor
forma que en evaluaciones previas. No obstante, la evidencia recogida a
través de un único método y en un momento específico, no debe ser
ponderada con más del 30% de la calificación final anual.
Artículo 35.- De la calificación final anual
La calificación final anual, será expresada en nota de 1,0 a 7,0 corresponderá al
resultado de la ponderación de las calificaciones obtenidas durante el año en la
asignatura respectiva. Se expresará con un decimal y con aproximación en todas
las asignaturas del plan de estudios.
Se considerará caso especial, cuando la ponderación anual de una asignatura de
como resultado 3,94 o el promedio anual de un estudiante sea 4,44 o 4,94. Lo
anterior, en la medida que este resultado condicione la promoción o repitencia,
dándose la posibilidad de rendir una prueba especial, con carácter excluyente
respecto de la nota final obtenida, que requerirá a lo menos el 60% de logro y tendrá
un carácter aprobatorio, no superior a 4,0.
28
CAPITULO 6
PARTICIPACION Y COMUNICACIÓN
Artículo 36.- Importancia de comunicar formas, criterios y evidencia evaluativa
Comunicar la evidencia Formativa es fundamental para monitorear y acompañar,
permitiendo la retroalimentación y el ajuste.
Comunicar evidencia Sumativa permite compartir información de los logros a los
docentes, estudiante y apoderados favoreciendo que todos se involucren y se
puedan establecer los desafíos.
Artículo 37.- Comunicación al estudiante de formas, criterios y evidencia
evaluativa
En cada asignatura del plan de estudios y Taller JEC Agroecológico, al inicio de
cada unidad, se comunicará al estudiante sobre los objetivos de aprendizaje y
habilidades a desarrollar, para que de esta manera tengan claridad respecto de los
que se espera que aprendan. Además, se informará sobre las formas de evaluación
formativa y sumativa y los criterios de evaluación respectivos.
En el caso de proyectos de aula, trabajos de investigación o disertaciones, el
estudiante deberá recibir al inicio de este, la pauta de evaluación respectiva. Al
tratarse de una prueba, los objetivos y contenidos, deben ser entregados al menos
con una semana de anticipación. Además, el estudiante debe ser informado de la
ponderación que cada evaluación sumativa.
Los resultados de evaluación deben ser entregados por el profesor a los estudiantes
en las sesiones de clases y dentro del plazo máximo de diez días hábiles posteriores
a la aplicación de la evaluación, siendo necesario que se analice los resultados con
el curso, detectando fortalezas y oportunidad de mejora individual y grupal y,
otorgando a los estudiantes la oportunidad para que planteen sus dudas e
inquietudes respecto de su rendimiento.
Artículo 38.- Comunicación a padres, madres y apoderados sobre formas,
criterios de evaluación y resultados
La escuela Rural Pichil, entregará al apoderado información sobre el aprendizaje de
los estudiantes, considerando la evidencia formativa y sumativa obtenida durante el
semestre y al término de él, haciendo uso de los siguientes medios:
- Información oral o escrita en reunión de apoderados
- Entrevistas de un docente, profesor jefe o directivo con el apoderado
cuando sea necesario.
- Informes de avance semestral en reuniones de padres y apoderados.
- Informe de término de semestre.
- Informe anual de evaluación y calificación
29
CAPÍTULO 7
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES E INCLUSION
Artículo 39.- Necesidades Educativas Especiales Transitorias y Permanentes
Un estudiante presenta Necesidades Educativas Especiales (NEE), cuando debido
a sus características individuales o de su contexto familiar, social o cultural, enfrenta
en la escuela barreras que le dificultan o impiden avanzar adecuadamente en su
proceso educativo, pudiendo presentarse de manera transitoria o permanente.
- Necesidades educativas especiales transitorias: cuando un estudiante
requiere apoyos especializados durante una etapa de su trayectoria escolar
que, sin embargo, al contar con las estrategias de aprendizaje adecuadas,
podrá llegar a desenvolverse sin mayores dificultades educativas.
- Necesidades educativas especiales permanentes: asociadas a un
determinado tipo de discapacidad motora, intelectual, sensorial o múltiple
que requerirá de apoyos especializados durante toda su trayectoria escolar
para favorecer su desarrollo y autonomía, pudiendo ser de mayor o menor
intensidad, dependiendo del tipo de dificultad que presenta, de sus fortalezas
o de las condiciones de su entorno familiar, escolar, cultural o social.
Artículo 40.- Programa de Integración Escolar
La Escuela Rural Pichil, cuenta Programa de Integración Escolar (PIE) desde NT1
a Octavo Básico, que en el marco de la Ley de Inclusión 20.845, adquiere un
enfoque inclusivo, procurando eliminar las barreras del contexto escolar y de
enseñanza, para educar a la diversidad de estudiantes, aportando recursos y
equiparando las oportunidades educativas, a través de la diversificación curricular,
la co- enseñanza y el trabajo colaborativo, persiguiendo los principios del Decreto
supremo de 170/99 a través de la diversificación curricular, la co- enseñanza y el
trabajo colaborativo, apoyándose con el Decreto 83/2015 para la ejecución de
adecuaciones curriculares para los estudiantes.
Artículo 41.- Evaluación diagnóstica inicial y características
Entre marzo y abril de cada año, profesionales de la educación y de la salud,
realizarán una evaluación diagnóstica inicial del estudiante y de su contexto, con el
propósito de establecer el tipo de dificultad o trastorno para acceder al PIE y los
requerimientos de apoyo educativo que presenta el estudiante, para participar y
aprender en el contexto escolar.
30
La evaluación diagnóstica inicial tiene las siguientes características:
Integral: Considera información referida a las características, condiciones
individuales del estudiante y a su contexto educativo, familiar y comunitario,
que pudieran influir en su aprendizaje.
Interdisciplinaria: es realizada por profesionales del área psicoeducativa y de
salud, lo que permite contar con información obtenida desde distintos niveles
y ámbitos disciplinarios determinando así, los apoyos especializados que
requiere el estudiante para progresar en su desarrollo y aprendizaje.
Procedimientos, instrumentos y pruebas diagnósticas: corresponde a las
herramientas de observación y medición utilizadas por los evaluadores, para
obtener información acerca del estudiante y de su contexto, empleándose
para diagnosticar la discapacidad, trastorno o dificultad y, para definir los
apoyos educativos que requiere el estudiante.
Artículo 42.- Profesionales encargados evaluación de ingreso de estudiantes
al Programa de Integración Escolar (PIE)
Según el Decreto 170, participarán en el PIE los estudiantes que presenten
necesidades educativas especiales, ya sean de carácter transitorias como
permanentes. El diagnóstico del estudiante tiene un carácter interdisciplinario
participando profesionales del ámbito de la salud y de educación, abordando
diferentes dimensiones del estudiante.
El siguiente cuadro detalla el equipo de profesionales que debe participar del
diagnóstico de una misma necesidad, según lo establecido en el Decreto 170/99.
Diagnóstico Profesionales que emite el
diagnóstico de la
discapacidad o trastorno
Profesionales que indagan
sobre la salud general y/o el tipo
de requerimientos educativos
que presenta el estudiante.
Discapacidad
Auditiva
Médico Otorrinolaringólogo o Médico Neurólogo
Profesor de Educación Diferencial Profesor Ed. Básica
Discapacidad Visual Médico Oftalmólogo o Médico Neurólogo
Profesor de Educación Diferencial – Profesor Ed. Básica
Discapacidad
Intelectual Psicólogo
Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar Profesor de Educación Diferencial - Profesor Ed. Básica
Autismo Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo, Fonoaudiólogo, Profesor de Educación Diferencial
Disfasia Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo, Fonoaudiólogo, Profesor de Educación Diferencial - Profesor Ed. Básica
Discapacidad
multiple y
Sordoceguera
Médico Neurólogo u Oftalmólogo u Otorrino o Fisiatra
Psicólogo Profesor de Educación Diferencial- Profesor Ed. Básica
Trastorno de déficit atencional
Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar
Psicólogo y/o Profesor de Educación Diferencial o Psicopedagogo - Profesor Ed. Básica
31
Trastorno especifico del lenguaje
Fonoaudiólogo Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica
Trastorno especifico del aprendizaje
Profesor de Educación Diferencial o Psicopedagogo
Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica
Coeficiente intelectual en el rango límite
Psicólogo Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica
Artículo 43.- Diagnósticos de ingreso al Programa de Integración Escolar (PIE)
Según el Decreto 170, participarán en el PIE los estudiantes que presenten
necesidades especiales asociadas a los siguientes diagnósticos:
Diagnósticos asociados a NEE
Transitorias Permanentes
Trastorno de déficit atencional
Trastorno específico del
lenguaje
Trastorno específico del
aprendizaje
Rendimiento en pruebas de
coeficiente intelectual en el
rango limítrofe, con limitaciones
significativas en la conducta
adaptativa.
Discapacidad auditiva
Discapacidad visual
Discapacidad intelectual
Autismo
Disfasia
Discapacidad múltiple y
sordoceguera.
Artículo 44.- Adecuación curricular
La adecuación curricular es la respuesta a las necesidades y características
individuales de los estudiantes, cuando la planificación de clases no logra dar
respuesta a las necesidades educativas especiales que presentan los estudiantes,
que requieren ajustes más significativos para progresar en sus aprendizajes para
asegurar su participación y progreso en el sistema educativo.
Tipos de adecuaciones
curriculares
Criterios
De Acceso
Presentación de la información
Forma de respuesta
Entorno
Organización del tiempo y horario
De Objetivos de Aprendizaje
Graduación del nivel de complejidad
Priorización de objetivos de aprendizaje y
contenidos.
Temporalización
32
Enriquecimiento del curriculum
Eliminación de aprendizajes (en última
instancia)
Artículo 45.- Responsabilidad de padres, madres y apoderados
Los padres, madres y/o apoderados al matricular, deberán informar al
establecimiento, sobre las Necesidades Educativas Especiales transitorias o
permanentes que presenten sus hijos o hijas, lo que deberá ser respaldado con
informe médico o del especialista que corresponda (educador diferencial, psicólogo,
fonoaudiólogo, neurólogo, entre otros).
CAPITULO 7
DE LA PROMOCION
Artículo 46.- Concepto de Promoción
La Promoción, será entendida como la “Acción mediante la cual el alumno culmina
favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando
del nivel de educación media.” (Decreto 67/2018)
Artículo 47.- Requisitos de Promoción
En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los
objetivos de aprendizaje de las asignaturas del plan de estudio y la asistencia a
clases.
1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:
a) Hubieren aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudio.
b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo
un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo
un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
2) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan
un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario
escolar anual.
Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los
alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean
nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las
ciencias y las artes.
33
El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico
consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos
con porcentajes menores a la asistencia requerida.
Artículo 48.- Situaciones riesgo de repitencia
El establecimiento, a través del director y el equipo directivo, analizarán la situación
de alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción o que presenten una
calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su
aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión
de promoción o repitencia.
Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida
en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del
estudiante, su padre, madre o apoderado. Esta decisión deberá sustentarse,
además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en
colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y
profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje
del alumno. El informe por cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los
siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:
1.- El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
2.- La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los
logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la
continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.
3.- Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación
de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado
para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en
la hoja de vida del alumno.
a) Decisión de promoción y acompañamiento: focalizado, intensivo y con
seguimiento para el año siguiente
b) Decisión excepcional de repitencia y acompañamiento: focalizado, intensivo
y con seguimiento para el año siguiente
El establecimiento deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas
necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los alumnos que, según
lo dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos. Estas medidas
deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado.
Artículo 49.- Situaciones especiales: estudiantes embarazadas
34
Se considerará como situación especial los casos de estudiantes embarazadas,
cuestión que no será un impedimento para ingresar y permanecer en el
establecimiento educacional. La escuela no discriminará y otorgará las facilidades
para que la alumna continúe sus estudios. Se requerirá que los padres y/o
apoderados presenten a la Dirección de la escuela un certificado médico que
explicite el estado de salud de la estudiante. Del mismo modo, se realizarán las
adecuaciones curriculares en caso que la estudiante, no pudiera asistir
regularmente a clases por razones de salud derivadas del embarazo.
Artículo 50.- Situaciones especiales: fenómenos naturales y humanos
En caso de ocurrir situaciones especiales, como sismos, inundaciones, siniestros,
paros y otros, que implique interrupción de clases de manera sistemática durante
un tiempo prolongado, se recalendarizará el año escolar y se realizará adecuación
curricular.
Dependiendo de la duración de la situación, se implementará lo siguiente:
- De 0 a 2 semanas: no habrá modificaciones curriculares. Solamente se
realizará recuperación de clases.
- De 3 a 8 semanas: Si la situación ocurre desde marzo a septiembre, se podrá
modificar el sistema semestral a trimestral, se priorizarán objetivos de
aprendizajes y habilidades de la asignatura respectiva. Además, los
estudiantes podrán optar por cerrar el semestre con las calificaciones
obtenidas a la fecha y/o rendir una prueba especial que tendrá una
ponderación de un 30% de la nota final.
En caso que el evento ocurra desde octubre en adelante, se podrá optar por
cerrar el año escolar con las calificaciones obtenidas a la fecha y/o rendir una
prueba especial.
Cabe destacar que lo anterior quedará sujeto a las orientaciones y normativa
emanada de la autoridad competente.
Artículo 51.- Situación Final y Certificado Anual de Estudios
La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término
de cada año escolar, debiendo el establecimiento, entregar un certificado anual de
estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones
obtenidas y la situación final correspondiente.
El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento
educacional en ninguna circunstancia.
El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos
efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de
concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el
establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de
35
disponer medios electrónicos para su emisión según lo dispuesto en el artículo 19
de la ley N° 19.880.
Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo.
CAPITULO 8
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 52.- Consultas y reclamos
Al existir dudas respecto de evaluaciones y calificaciones, consultas, reclamos,
observaciones o comentarios sobre procedimientos evaluativos, el apoderado que
lo solicite seguirá los conductos regulares que establece el Reglamento de
Convivencia Escolar, en cuanto a funciones y deberes del personal interno.
Artículo 53- Situaciones no previstas
Las situaciones no previstas en el presente Reglamento de evaluación, Calificación
y Promoción Escolar, será resuelta por la Dirección del Establecimiento, asesorada
por la Jefe de Unidad Técnico Pedagógica y el Consejo de Profesores.
Artículo 54.- Modificación y actualización del Reglamento
El Reglamento deberá será comunicado a la comunidad educativa al momento de
efectuar la postulación al establecimiento o a más tardar, en el momento de la
matrícula.
El Reglamento deberá ser cargado al Sistema de Información General de Alumnos
-SIGE- o a aquel que el Ministerio de Educación disponga al efecto.
El presente Reglamento, se encuentra sujeto a ajustes y modificaciones durante el
Primer Semestre del año Escolar 2020. Las modificaciones y/o actualizaciones,
serán informadas a la comunidad escolar mediante comunicación escrita o por su
publicación en la página web del establecimiento.
36