Post on 26-Jun-2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PROCESO SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
SAMC-009-18
ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO CON EL FIN
DE MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA EN DESARROLLO DEL SUBPROGRAMA MISIONAL
CENTROS DE INVESTIGACIÓN
ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO CON EL FIN
DE MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA EN DESARROLLO DEL SUBPROGRAMA MISIONAL
CENTROS DE INVESTIGACIÓN
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE CORMAGDALENA PRETENDE SATISFACER
1.1. ANTECEDENTES
El Artículo 8, parágrafo 2, de la Ley 161 de 1994 obliga a CORMAGDALENA a asumir El Laboratorio
de Ensayos Hidráulicos de Las Flores LEH-LF, antiguo dependiente de la Dirección de Navegación y
Puertos del Ministerio de Transporte, en Barranquilla, es utilizado como centro de investigación
científica de la Corporación, para el estudio y diagnóstico de los principales problemas hidráulicos
del Río Magdalena y sus derivaciones navegables.
El LEH-LF fue construido y operado por el Laboratorio Central de Hidráulica de Francia entre 1972 –
1977. En 1985, Ministerio de Obras Públicas y Transporte mediante Contrato 0305 del 6 de
septiembre de 1985 lo encomendó a la Universidad del Norte. En octubre de 1996 fue entregado a
CORMAGDALENA, bajo la Operación de Uninorte, y en Abril de 2015 su operación concluyó con el
contrato No. 0-0066-2012. Entre 2015 y 2016 no se designaron recursos para su operación.
Durante la operación del LEHLF hasta 2015, este realizó estudios, consultorías, servicios técnicos
para diseños, modelos matemáticos, físicos y campañas hidrosedimentológicas. Estudios que
permitieron la toma de decisiones para el desarrollo de obras de infraestructura para la navegación,
ambientales, portuario, control de erosión e inundaciones y saneamiento básico. Las áreas de
trabajo del LEHLF fueron las siguientes:
En el Plan de Acción se encuentra el Programa Fortalecimiento Institucional y Desarrollo Social, que
a su vez incluye el Subprograma Investigación Gestión y Desarrollo; este contempla el proyecto clave
Laboratorio Hidráulico de Las Flores de CORMAGDALENA. Este proyecto se contempla como una
inversión obligatoria de la ley 161 de 1994, en lo referente a la continuación con la operación del
Laboratorio de Ensayos Hidráulicos de Las Flores LEH-LF.
El monitoreo de las condiciones físicas tales como morfología, hidrodinámica e
hidrosedimentológica del canal navegable de acceso al Puerto de Barranquilla, es de vital
importancia para mejorar el conocimiento del río y brindar las herramientas para garantizar una
navegación segura. La ausencia de estas mediciones nos induce a un desconocimiento del río y de
los fenómenos físicos que se presentan en el Sector Bocas a PIMSA. Actualmente, el sector Isla
Cabica – Isla Rondón ha estado expuesto a continuos cambios morfológicos, especialmente después
de fenómeno del niño – niña del 2010 – 2011; las intervenciones en el río, dragados y obras
hidráulicas generan cambios en el comportamiento del río, los cuales no están siendo medidos.
A continuación, se enumeran diferentes variables que deben ser monitoreadas para el adecuado
conocimiento del río, en el sector de su desembocadura al mar caribe:
• Levantamientos hidrográficos, que incluya levantamientos batimétricos de orilla a orilla y
levantamientos de orillas xy.
• Aforos líquidos y mediciones de velocidades en tres dimensiones usando Equipo ADCP
• Aforos Sólidos y caracterización de sedimentos
• Toma de muestras de lecho
• Mediciones de Salinidad
• Análisis multitemporal de orillas y secciones transversales
• Dinámica Fluvial, cambios morfológicos e hidráulicos de sitios críticos a la navegación
• Mediciones de nivel de agua
• Mediciones climatológicas
• Seguimiento a procesos de erosión – sedimentación (Evaluación necesidades de dragado)
• Monitoreo obras de encauzamiento y profundización del canal de acceso al Puerto de
Barranquilla
Las anteriores variables para el monitoreo y conocimiento del río Magdalena son aplicables para
otras zonas del río, exceptuando salinidad, para caracterizar las zonas cítricas a la navegación y/o
susceptibles a cualquier cambio morfológico.
Durante el funcionamiento del Laboratorio de Ensayos Hidráulicos de las Flores se realizaban tres
(3) levantamientos de orillas anualmente para establecer las zonas en las cuales se presentaba
erosión o sedimentación y los cambios morfológicos propios del rio en el sector entre Bocas de
ceniza (K0) y PIMSA (K38). Estos levantamientos se realizaban en una embarcación con ayuda de
un GPS y el Software Hypack, el trabajo consistía en acercar la embarcación cada cierta distancia
(entre 10 y 30 metros dependiendo de los cambios en las orillas y/o cuando se encuentran
estructuras especiales como puentes, muelles, buques, boyas etc.)) lo más cercano a la margen del
rio y tomar el punto con las coordenadas arrojadas por el GPS, estos puntos se almacenan en el
hypack y luego eran trasladados a Autocad cargándolos en formato x,y para establecer las orillas y
montarlas en un formato DXF que se pudiera utilizar en múltiples software como el propio Hypack.
El último levantamiento de orillas realizado por el LEHLF fue realizado en el año 2015, por tanto, en
el marco de su reactivación se hace necesario incorporar esta importante actividad y adquirir los
equipos necesarios para tal fin.
1.2. DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD
La Ley 161 de 1994, por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la
Magdalena, determina sus fuentes de financiación y dicta otras disposiciones, define en su artículo
segundo que CORMAGDALENA tendrá como objeto la recuperación de la navegación y de la
actividad portuaria, la adecuación y conservación de tierras, la generación y distribución de energía
así como el aprovechamiento sostenible y la preservación del medio ambiente, los recursos
ictiológicos y demás recursos naturales renovables.
Para que CORMAGDALENA pueda cumplir con su misión, en los aspectos relacionados con la
recuperación de la navegación y de la actividad portuaria, el aprovechamiento sostenible y la
preservación del medio ambiente, requiere de la investigación y de los estudios que se realizan
mediante mediciones en el río, y de esta forma se facilita la toma de decisiones con fundamentos
en la ingeniería de ríos, hidráulica fluvial, aspectos ambientales y morfología.
La hidrografía y la cartografía son ciencias fundamentales para el desarrollo marítimo del país, estas
han ido evolucionando e implementándose a través del tiempo mediante la tecnificación de los
procesos y la incorporación de sistemas de información cada vez más avanzados que han
fortalecido, mejorado y aumentado la producción, volumen de datos, precisión y exactitud de los
productos, factores que obligaron a la actualización del Esquema de Cartografía Náutica Nacional
(ECNN) en el año 2010 (DIMAR).
Desde la década de los 70, la Dirección General Marítima viene cumpliendo con esta obligación y
responsabilidad del Estado Colombiano en forma sistemática, mediante la producción de cartas
náuticas de papel en forma tradicional, lo cual ha permitido satisfacer los requerimientos y
necesidades de la comunidad marítima, como autoridad hidro-cartográfica del país. Este proceso se
ha actualizado en forma permanente siguiendo los lineamientos y especificaciones técnicas de la
OHI, entendiendo el avance tecnológico y la necesidad de mayor calidad de los productos
generados; así mismo se requiere la complementación de la actividad hidro-cartográfica tradicional
con las nuevas exigencias de la cartografía electrónica, sistemas de posicionamiento, sistemas de
señalización marítima y los nuevos sistemas integrados de navegación y control del tráfico marítimo.
Para CORMAGDALENA es importante y necesario adelantar las actividades de levantamientos
hidrográficos. Cuyo objetivo es medir cómo evolucionan el lecho del río Magdalena, teniendo en
cuenta que esta información posteriormente será la base técnica para adelantar estudios y diseños
de navegación, hidráulica fluvial y monitoreo del recurso hídrico de la cuenca hidrográfica
Magdalena-Cauca. Así mismo, para incluir en diferentes etapas de estudios y diseños de obras
hidráulicas y otras estructuras relacionadas con las corrientes y depósitos hídricos.
El rio Magdalena se caracteriza por la gran dinámica fluvial, la cual está asociada a las características
hidroclimáticas y las características de la cuenca de drenaje, cuya respuesta depende de las variables
geológicas, geomorfológicas, tipo y uso de los suelos, cobertura vegetación, practicas, obras
antrópicas. Cada región presenta unas condiciones específicas dándole al rio un patrón de
comportamiento dinámico. Las variaciones de caudales permanentes controladas por las
condiciones climatológicas de las lluvias, conllevan a cambios permanentes en el canal navegable,
los cuales se reflejan en su movilidad lateral (cambios de alineamiento), cambios en la morfología
del fondo, variación de los niveles de agua, configuración de múltiples canales, procesos de
transporte de sedimentos (erosión-sedimentación), al final ajuste permanente en busca de un
equilibrio dinámico, por tanto es importante resaltar que el uso del canal navegable del Puerto a
Barranquilla, el transporte marítimo, el comportamiento del canal corresponde a un patrón fluvial
de comportamiento dinámico y complejo, con incidencia diferente a los canales marinos de gran
estabilidad hidráulica y morfológica.
El río Magdalena (Colombia) se encuentra clasificado entre los primeros 30 sistemas fluviales del
mundo en función del caudal; y en el listado de los 10 primeros por su concentración de sedimentos
en suspensión. Entre 1989 y 2005 el Laboratorio de Ensayos Hidráulicos de las Flores (LEH-LF),
operado por CORMAGDALENA y La Universidad del Norte, realizó mediciones de caudal líquido y
caudal sólido entre el sector de Calamar y Bocas de Ceniza, los resultados mostraron un caudal
medio multianual de 7100 m3/s, y una tasa de transporte de sedimentos anual de 200x106 Ton/año.
Por otro lado, entre 1982 y 1998 el IDEAM en el sector Calamar (K120) a Bocas de Ceniza (K0) realizó
mediciones que muestran un caudal medio multianual de 7200 m3/s y la tasa de transporte de
sedimentos anual de 145x106 Ton/año.
La navegación en el sector del Puente Pumarejo (K22) a PIMSA (K38) cambio drásticamente durante
el fenómeno de la niña 2010-2011. En el K27 se presenta un radio de curvatura pronunciado lo cual
dificulta la navegación, en esta zona es importante conocer profundidades, cotas de lecho, con el
fin de determinar los posibles cambios de alineamiento del canal navegable. En este sector es
necesario conocer las cotas de fondo alrededor de la Isla Cabica e Isla Rondón, para así tener
monitoreado el sector, y predecir posibles cambios. Por otro lado, a corto plazo se prevé actividad
portuaria en PIMSA con la subida del galibo del Puente Pumarejo. La construcción de este nuevo
puente Pumarejo en combinación con el puente existente está generando nuevas condiciones en el
canal de acceso que son de vital importancia medir, para observar los cambios y los cambios
morfológicos que ha producido en el río.
Es necesario adelantar acciones de levantamiento de orillas en el río Magdalena sector zona de
Bocas de Cenizas hasta PIMSA (K38), desarrollando así actividades de seguimiento y control en el
río Magdalena que permitan mejorar el conocimiento del río y ofrecer herramientas para una
navegación segura y eficiente. Con lo cual se logrará medir y conocer el comportamiento de esta
importante hidrovía, donde se localiza el Puerto de Barranquilla.
Para realizar estos levantamientos de orillas se utilizará la misma metodología que fue empleada
por el LEHLF, la cual consiste, como se mencionó anteriormente, en una embarcación en
movimiento con ayuda de un GPS y el un software de apoyo para el levantamiento.
Los levantamientos de orillas proporcionan la información del avance o retroceso de las costas ya
sea marítimas o fluviales, muestran cuando afloran islotes o zonas de muy baja profundidad en los
cuerpos de agua. En el Canal de Acceso al Puerto de Barranquilla los levantamientos de orillas han
mostrado el retroceso de las orillas en el sector de la curva aguas arriba del Dique Direccional, la
sedimentación y erosión producidas por los espolones, cambios morfológicos en las islas Cabica y
Rondón, erosión en la vía Palermo Sitio Nuevo etc.
Para las mediciones con el ADCP se utiliza el GPS para ubicar la sección en planta y con ayuda del
software Hypack mostrar la línea que tiene que seguir el operador de la lancha para que la sección
sea lo más recta posible y los datos sean óptimos, tratando siempre que la sección sea lo más
transversal posible al flujo
En el desarrollo de las visitas a campo por parte de personal de la institución se hace necesario tener
la ubicación de donde se desarrolla la visita, distancias sobre muros, vías, terraplenes etc., recorridos
o rutas de navegación, puntos de interés, estructuras de muelles, paramentos, box coulvert etc. Y
que estos datos puedan ser bajados a formatos comunes de mapas, google maps, google earth etc.
El Sistema de Posicionamiento Global, más conocido por sus siglas en inglés, GPS (siglas de Global
Positioning System), es un sistema que permite determinar en toda la Tierra la posición de un objeto
(una persona, un vehículo) con una precisión de hasta centímetros (si se utiliza GPS diferencial),
aunque lo habitual son unos pocos metros de precisión. El sistema fue desarrollado, instalado y
empleado por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos. Para determinar las posiciones
en el globo, el sistema GPS se sirve de 24 satélites y utiliza la trilateración.
El GPS funciona mediante una red de 24 satélites en órbita sobre el planeta Tierra, a 20 200 km de
altura, con trayectorias sincronizadas para cubrir toda la superficie de la Tierra. Cuando se desea
determinar la posición, el receptor que se utiliza para ello localiza automáticamente como mínimo
tres satélites de la red, de los que recibe unas señales indicando la identificación y la hora del reloj
de cada uno de ellos. Con base en estas señales, el aparato sincroniza el reloj del GPS y calcula el
tiempo que tardan en llegar las señales al equipo, y de tal modo mide la distancia al satélite
mediante el método de trilateración inversa, el cual se basa en determinar la distancia de cada
satélite al punto de medición. Conocidas las distancias, se determina fácilmente la propia posición
relativa respecto a los satélites. Conociendo además las coordenadas o posición de cada uno de
ellos por la señal que emiten, se obtiene las posiciones absolutas o coordenadas reales del punto
de medición. También se consigue una exactitud extrema en el reloj del GPS, similar a la de los
relojes atómicos que lleva a bordo cada uno de los satélites.
La antigua Unión Soviética construyó un sistema similar llamado GLONASS, ahora gestionado por
la Federación Rusa.
La Unión Europea desarrolló el sistema de navegación Galileo. En diciembre de 2016 la Comisión
Europea, propietaria del sistema, informó que el sistema de navegación Galileo comenzó sus
operaciones y que los satélites ya envían información de posicionamiento, navegación y
determinación de la hora a usuarios de todo el mundo.
La República Popular China está implementando su propio sistema de navegación, el
denominado Beidou, que cuenta con 14 satélites. Para 2020, ya plenamente operativo deberá
contar con 30 satélites.
La Dirección Ejecutiva para continuar con el monitoreo del río Magdalena y la reactivación del LEHLF
de CORMAGDALENA se encuentra desarrollando una primera fase que consiste en la adquisición de
equipos, software, capital humano e infraestructura básica. Teniendo en cuenta que para 2018 se
tiene proyectado realizar la apertura del nuevo de Centro de Investigación y Laboratorio de Ensayos
Hidráulicos de las Flores, conforme lo establece el Artículo 8 de la Ley 161 de 1994. Este nuevo
Centro cumplirá con los objetos misionales de Ley, y se denominará Centro de Investigación e
Ingeniería de CORMAGDALENA – CIIC.
Por lo expuesto anteriormente sobre la importancia y antecedentes de los levantamiento de orillas
y posicionamiento de estructuras en el río Magdalena, en el marco de la reactivación de operaciones
del LEHLF y creación del nuevo Centro de Investigación e Ingeniería de CORMAGDALENA, es
necesario realizar la ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE
POSICIONAMIENTO CON EL FIN DE MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA EN DESARROLLO DEL
SUBPROGRAMA MISIONAL CENTROS DE INVESTIGACIÓN
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y LA IDENTIFICACIÓN
DEL CONTRATO A CELEBRAR.
2.1. OBJETO.
El objeto por contratar consiste en “ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE
POSICIONAMIENTO CON EL FIN DE MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA EN DESARROLLO DEL
SUBPROGRAMA MISIONAL CENTROS DE INVESTIGACIÓN”
2.2. ALCANCE DEL OBJETO.
El alcance consiste en la adquisición y puesta en funcionamiento de un sistema de posicionamiento
global para el control de orillas, ayuda para la realización de mediciones ADCP y posicionamiento de
estructuras y/o objetos.
Adquisición y puesta en funcionamiento de una (1) unidad de sistema de posicionamiento
global.
Entrenamiento teórico – práctico de mínimo 1 día de duración, por personal certificado.
Durante el desarrollo se deberá realizar la puesta en funcionamiento del equipo con la
respectiva prueba de campo.
2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
2.3.1. Sistema de Posicionamiento
El sistema de posicionamiento se utilizará para complementar las actividades de campo, ubicación
de las secciones establecidas para ser medidas por el ADCP, levantamiento de orillas y estructuras
ribereñas.
La precisión de estos equipos es por debajo del metro de error en modo “stand along” PDOP<1, esto
es sin corrección diferencial, solamente con los datos adquiridos por el equipo en los diferentes
sistemas de posición, GPS, GLONASS, GALILEO, BEIDOU, etc.
Receptor Características Técnicas
Seguimiento de Satélites 220
Seguimiento de Constelaciones GPS L1, L2, (puede ser C/A/P), GLONASS L1,L2 (puede ser
C/A/P), SBASS
Velocidad de Rastreo mínima >1Hz
Precisiones de Levantamiento Levantamiento Estático: Horizontal: 3 mm + 0,1 ppm o
menor y Vertical: 3,5 mm + 0,4 ppm o menor
Levantamiento Estático Rápido: Horizontal: 3 mm + 0,5 ppm
o menor y Vertical: 5 mm + 0,5 ppm o menor
Levantamiento RTK: Horizontal: 8 mm + 1 ppm o menor y
Vertical: 15 mm + 1 ppm o menor
Inicialización <10sg
Especificaciones Físicas
Antena GPS y receptor en una misma unidad
Temperatura de funcionamiento –40°Ca+65°C(–40°Fa+149°F)
Temperatura de Almacenamiento –40°Ca+75°C(–40°Fa+167°°F)
Humedad 100%, con condensación
Protección IP IP 67 mínimo
Golpes Debe resistir caídas de hasta 2 m sobre hormigón
Radio Interno Debe incluir Radio Interno: Para la Base con opción de
transmitir y el Rover opción de recibir en banda ancha de
450 - 470 MHz. Activado y con licencia perpetua. Sellado y
totalmente integrado.
Potencia Radio Mínimo 0,5 W
Alcance 3–10km
Batería Litio Recargable
Duración Batería Interna 5 horas
Puertos Puerto RS232
Bluetooth Puerto de comunicaciones totalmente integrado y sellado
Memoria Interna 56Mb
Formato de datos Salida de mensajes NMEA, Compatibilidad con Softwares de
Hidrografía
Entrada y salida de CMR+, CMRx, RTCM 2.1, 2.3, 3.0, y 3.1
Plataforma WEB IU Debe permitir configuración sencilla, de operación, estado
y transferencia de datos. Accesible por serial y Bluetooth
Los equipos deberán tener un (1) año de garantía y este requerimiento deberá estar certificado
por el fabricante de los equipos, a través de carta firmada para el proceso y debe cubrir cualquier
defecto de fabricación o mal funcionamiento. Todas las características técnicas descritas y
licencias requeridas para su funcionamiento deben ser perpetuas y no de carácter educativo.
El oferente debe ser distribuidor de la marca que oferta, así como centro de servicio autorizado
para Colombia y deberá presentar carta expedida por el fabricante de los equipos dando aval a
estos dos (2) requerimientos
Controlador de Datos Características Técnicas
De la misma marca del receptor ofertado. Debe contar con licencia de software de campo
Especificaciones Físicas Batería de ion-litio
Material carcaza Policarbonato
Especificaciones Ambientales Temperatura de funcionamiento: –30 °C a 60 °C (–22 °F a
140 °F)
Temperatura de almacenamiento: –40 °C a 70 °C (–40 °F a
158 °F)
Protección IP IP 67
Protección Caídas Debe resistir caídas de hasta 1 m sobre hormigón
Procesador Procesador mínimo de (800 MHz) o mejor
Memoria RAM mínima de 256 MB RAM o mejor
Memoria Interna mínimo 8 GB de memoria Flash, no volátil interna o mejor
Expansión mínimo ranura para memoria SDHC, USB host
Batería ion-litio recargables. Con duración mínima de 24 horas o
mejor. Recarga completa en 4.0 horas o mejor.
Pantalla Mínimo pantalla VGA horizontal de 4,2 pulg (107 mm), de
640 x 480 pixeles. pantalla táctil TFT resistente en color
legible con la luz del sol con retroiluminación LED
Teclado Físico QWERTY completo con teclado numérico de 10 teclas,
botones direccionales y 4 botones programables.
Puertos USB Host, USB Cliente, puerto de alimentación CC, puerto
serie RS-232 de 9 pines
Conexión Tecnología Bluetooth 2.0+EDR integrada, Wi-Fi 802.11 b/g
integrada, – GSM/GPRS/EDGE de cuatro bandas integrado:
850/900/1800/1900 MHz, – 2/6 Mbit/s 3G HSDPA GSM
WWAN
Cámara Cámara Autofocus de 5 MP con flash LED doble de luz
blanca, función de la luz del flash LED
Los equipos deberán tener un (1) año de garantía y este requerimiento deberá estar certificado
por el fabricante de los equipos, a través de carta firmada para el proceso y debe cubrir cualquier
defecto de fabricación o mal funcionamiento.
El oferente debe ser distribuidor de la marca que oferta, así como centro de servicio autorizado
para Colombia y deberá presentar carta expedida por el fabricante de los equipos dando aval a
estos dos (2) requerimientos
Software de Campo Características Técnicas
El software de campo debe ser de la misma marca del receptor y controlador ofertados
Debe permitir el uso y recalculo de Coordenadas Geográficas (latitud y longitud), así como
Coordenadas Gauss Kruger en Magna Sirgas y Bogotá con sus diferentes orígenes. También
coordenadas UTM y Coordenadas Locales que se requieran y sean usadas por el Instituto
Geográfico Agustín Codazzi. Debe estar completamente en español. Debe permitir el uso de
Mapas de fondo en formatos JPG, JPEG, PNG, BMP, DXF y SHP. Debe permitir el uso de diccionario
de datos que solicite atributos para cada observación adquirida. Debe contar con módulo de
COGO para la realización de cálculos como mínimo cálculo de volúmenes, azimut, área y
subdividir líneas. Debe contar con un módulo para la transferencia de los datos crudos del
receptor vía bluetooth hacia el controlador. Debe permitir con opción de importación y
exportación de formatos, .CSV. DXF, .SHP y .TXT. El replanteo debe permitirse de manera gráfica.
Software de Oficina Características Técnicas
El software de oficina debe ser de la misma marca del receptor y controlador ofertados
Debe permitir el uso en plataforma Microsoft Windows 10 (versión de 64 bits). Debe estar
completamente en español. Debe permitir el uso y recalculo de Coordenadas Geográficas (latitud
y longitud), así como Coordenadas Gauss Kruger en Magna Sirgas y Bogotá con sus diferentes
orígenes. También coordenadas UTM y Coordenadas Locales que se requieran y sean usadas por
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Debe estar completamente en español. Debe permitir el
uso de Mapas de fondo en formatos JPG, .TIFF, DXF y SHP. Debe permitir el uso de diccionario de
datos para realizar dibujo semiautomático. Exportación en formatos .CSV, SHP. KML, KMZ,
Geodatabase, DWG, SKP. Debe procesar los datos de las constelaciones ofrecidas con el receptor,
permitir generación de informes.
Tabla 1. Especificaciones mínimas requeridas Sistema de posicionamiento
2.3.2. Entrenamiento teórico y práctico, puesta en funcionamiento y pruebas del equipo
en campo
Se debe desarrollar un entrenamiento teórico – práctico de mínimo 1 día de duración, por personal
certificado. Durante el desarrollo se deberá realizar la puesta en funcionamiento del equipo con la
respectiva prueba de campo.
2.4. PRODUCTOS A ENTREGAR
Los productos a entregar son los siguientes:
Una (1) unidad de sistema de posicionamiento
. Dos (2) receptores con sus cables y accesorios completos
Colector de datos
Software de campo y de oficina
Licencias para el software (si es necesario)
Trípode.
Base nivelante
Bastones
Cinta métrica
Entrenamiento teórico y práctico, puesta en funcionamiento y pruebas del equipo en
campo, por personal técnico certificado por casa matriz, de mínimo 1 día, de acuerdo con
los requerimientos mínimos presentados
2.5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
2.5.1. Obligaciones de CORMAGDALENA
i. Garantizar la disponibilidad de recursos dispuestos para el contrato, expidiendo el registro
presupuestal correspondiente.
ii. Verificar el cabal cumplimiento del objeto y las obligaciones del presente contrato a través
del supervisor del contrato.
iii. Realizar el pago que se derive del suministro de los bienes requeridos y conforme con las
facturas o documentos equivalentes presentadas por EL CONTRATISTA, de acuerdo con la
forma de pago.
iv. Designar a un Supervisor del Contrato.
v. Verificar que el contratista cumpla con las obligaciones a seguridad contribuciones al
Sistema de Seguridad Social Integral en salud, pensiones y riesgos laborales y contribuciones
parafiscales si a ello hubiere lugar de sus trabajadores y contratistas en los porcentajes de
ley para este tipo de contrato de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002,
artículo 23 de la ley 1150 de 2007 y ley 1562 de 2012.
vi. Realizar la entrada a almacén del equipo adquirido de acuerdo con la normativa vigente.
vii. Las demás establecidas en el artículo 4º y 5º, respectivamente de la Ley 80 de 1993.
2.5.2. Obligaciones del CONTRATISTA.
2.5.2.1. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
Además de las obligaciones legales que se derivan de este contrato, tendrá las siguientes:
a) Cumplir con el objeto del contrato en la forma y tiempo pactados, de acuerdo con el
presente estudio previo, el pliego de condiciones y la propuesta presentada por el
CONTRATISTA, la cual forma parte integral de la comunicación de aceptación.
b) Cumplir con todas las características y requerimientos técnicos establecidos en el presente
proceso de selección.
c) Mantener durante la ejecución del contrato los valores propuestos.
d) Cumplir con las obligaciones establecidas en los estudios previos y ofertadas por el
contratista.
e) Informar de inmediato y por escrito, al supervisor la ocurrencia de situaciones de fuerza
mayor o caso fortuito que puedan afectar la ejecución del contrato, incluyendo las
recomendaciones que procedan según el caso.
f) Cumplir con el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscal,
conforme a lo señalado en Ia Ley 1150 de 2007, ley 789 de 2002 y normas reglamentarias.
g) Mantener la confidencialidad sobre la información que le sea suministrada para el
desarrollo del objeto del Contrato.
h) Sufragar las obligaciones tributarias que surjan del contrato.
i) Constituir las garantías descritas en el contrato que se genere del presente estudio previo,
las cuales deberán ser aprobadas por Cormagdalena – Oficina Asesora Jurídica.
j) Las contenidas en el artículo 5, numeral 5 de la ley 80 de 1993.
k) Ejecutar con diligencia el contrato que se genere producto del proceso de selección que se
pretende adelantar.
l) Mantener a Cormagdalena, indemne y libre de toda pérdida, reclamo, demanda, pago de
litigios, acciones legales, reivindicaciones y fallo de cualquier especie y naturaleza que se
entable o que pueda entablarse contra estos por causa de acciones u omisiones en que
incurra el contratista, sus agentes, subcontratistas o empleados, durante la ejecución del
contrato.
m) Mantener vigente la garantía única y demás garantías por el tiempo y cuantía pactada en el
contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.
n) Acatar de manera diligente las observaciones y recomendaciones impartidas por el
supervisor designado por Cormagdalena y prestar al supervisor toda la colaboración
necesaria.
o) Las demás que fueran necesarias para el normal desarrollo del contrato.
2.5.2.2. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA:
Además de las obligaciones expresamente consagradas en el artículo 5 de la ley 80 de 1993, el
contratista se obliga a:
i. El contratista deberá suministrar nuevos y de excelente calidad del equipo requerido por la
entidad, conforme a las características técnicas exigidas y cantidades requeridas por la
Corporación en sus estudios previos.
ii. Se compromete a entregar lo requerido por CORMAGDALENA mediante factura y con las
especificaciones presentadas en el estudio previo.
iii. El contratista entregará el equipo objeto del presente contrato en la Oficina Seccional de
Barranquilla, Atlántico, ubicada en la Vía 40 No. 73 – 290 Oficina 802, Edificio MIX. El
entrenamiento básico y avanzado del manejo del equipo deberá ser realizada en las
instalaciones de la Seccional Barranquilla de CORMAGDALENA, de acuerdo con el
cronograma y en coordinación con el supervisor del contrato.
iv. Otorgar garantía por un (1) año por defectos de fabricación y/o diseño de los equipos
contados a partir de la fecha de entrega.
v. Otorgar y brindar la garantía de la calidad, idoneidad, seguridad y buen estado y
funcionamiento de los productos, conforme a la Ley 1480 de 2011.
vi. El contratista deberá entregar las cartillas contentivas de las características técnicas de los
productos con su manual de uso, al igual que sus respectivas garantías a la entrega de éstos
al Supervisor del contrato.
vii. El contratista deberá realizar las pruebas de campo respectivas durante el entrenamiento
para verificar el funcionamiento de los equipos entregados en la Sede de la Corporación,
Oficina Seccional Barranquilla.
viii. El entrenamiento deberá realizarse a satisfacción del Supervisor del Contrato y asistentes a
la misma.
ix. El Contratista entregará a cada uno de los participantes una certificación en el manejo del
equipo.
x. El entrenamiento será realizado por personal certificado por el Fabricante.
xi. Emitir un informe sobre la entrega del equipo y respectivo entrenamiento.
xii. Disponer del personal idóneo para el planteamiento de actividades, administración del
recurso y provisión a tiempo del equipo y realización de las capacitaciones.
xiii. Constituir la garantía de cumplimiento en sus amparados de cumplimiento y Calidad y
correcto funcionamiento de los bienes en los términos y condiciones pactadas.
2.6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato será de 30 días calendario, previo cumplimiento de los
requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo y a partir de la suscripción del acta de inicio.
2.7. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que se celebre como resultado del proceso de selección a adelantar, será un contrato de
compraventa.
El proceso de selección que se adelantará se realizará a través de la modalidad de Selección
Abreviada de Menor Cuantía, conforme a lo establecido en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de
la Ley 80 de 1993 y el Articulo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.
3. ANÁLISIS DEL SECTOR
La función de compras debe estar orientada a satisfacer las necesidades de la Corporación y a
obtener el mejor precio para dar mayor valor a los recursos. En consecuencia, la Entidad debe
entender claramente y conocer: cuál es su necesidad y cómo puede satisfacerla, cómo y quiénes
pueden proveer los bienes y servicios que necesita, y cuáles son los posibles proveedores que
desarrollan los equipos requeridos.
Para llevar a cabo las actividades del Centro de Investigación, se requiere fortalecer a Cormagdalena
en las actividades que permitan la realización de investigaciones científicas para la toma de
decisiones, para llevar a cabo este proceso la Corporación Autónoma Regional del Rio Grande de la
Magdalena CORMAGDALENA, requiere la compra de Equipos de Posicionamiento que le permitan
realizar levantamientos que den información técnica, que permitan dar a conocer el estado del Río,
el mismo deben ajustarse a la necesidad con las especificaciones técnicas requeridas, para ello ha
dispuesto realizar un Análisis de Mercado ya que los precios de estos equipos son variables de
decisión
El análisis del mercado nos da un conocimiento adecuado que nos permite evaluar los posibles
proveedores de los equipos y la información que arroje el Estudio de Mercado y las conclusiones
que se obtengan, deben servir para tomar decisiones con respecto a las condiciones favorables y
desfavorables que presenta el mercado y la conveniencia de continuar con el proyecto, de
replantearlo, modificarlo o simplemente abandonarlo.
3.1. CONDICIONES DEL MERCADO
Los avances que han tenido las TIC en el mundo han contribuido de distintas maneras al bienestar
de la sociedad. Por un lado, representan una enorme oportunidad para reducir las brechas sociales,
y por otro, tienen el poder de generar externalidades positivas sobre la mayoría de los sectores
productivos de la economía. Además, la evidencia ha demostrado que las transformaciones que ha
tenido el sector han exacerbado los efectos anteriormente descritos.
En particular, la difusión del internet ha facilitado la democratización de la información y el
conocimiento. Por lo demás, la tendencia a la convergencia de servicios de telefonía, televisión,
contenidos y transmisión de datos en general, ha constituido una herramienta fundamental en ese
proceso. Como resultado, la sociedad ha migrado a la era de la información en la cual la ubicuidad
representa un elemento central.
El sector de tecnología en computación se ha caracterizado por innovar en el mercado de
computadores para empresas y para individuos, creando una gran variedad en tamaños,
capacidades de memoria y almacenamiento, diversos programas, etcétera. De igual forma, dentro
de la historia del mercado del sector de tecnología en computación, se han creado infinidad de
empresas con el mismo propósito, siendo Gateway, Sun, Lenovo, Apple, Hewlett-Packard (Hewlett
Packard), Toshiba, Acer, Sony y Asus, las más importantes, en este mercado, contempladas como la
competencia fuerte del sector.
La tendencia en la utilización de TICS en Colombia y el mundo aplica a todos los sectores de la
economía incluyendo el Sector Público donde la modernización de sus procesos y el uso de
herramientas informáticas le permiten agilizar su funcionamiento. Hace diez años
aproximadamente los computadores de escritorio lideraban las intenciones de compra de los
usuarios. Las ventas se mantenían en alza y ningún otro tipo de aparato parecía amenazar su
reinado. Los portátiles aún no eran ni tan livianos ni tan…portátiles. Los teléfonos inteligentes
empezaron a asomarse con timidez en aquellos tiempos. Sin embargo, se encontraban plagados de
limitaciones y eran preferidos en los entornos corporativos. Las conexiones a Internet móvil no
ofrecían una experiencia óptima.
En 2010, las ventas de computadores llegaron a los 350 millones de unidades, casi 14 por ciento
más que el año anterior. El iPad se asomaba como posible competidor. Un año después, se
encendieron las alarmas, el crecimiento fue de apenas 0,5 por ciento. Los ultrabooks se mostraron
en aquella Navidad como la gran novedad. Ya para finales de 2012, Gartner advertía una caída de
3,5 por ciento en las ventas. Mikako Kitagawa, analista de esa firma consultora, hablaba de que los
usuarios de PC estaban cambiando sus hábitos de consumo: ahora preferían las tabletas y no
estaban reemplazando sus viejos PC. Las ventas de computadores de escritorio presentaron la
mayor caída de su historia en el 2013. El último informe de Gartner estableció que se despacharon
10 por ciento menos unidades de PC en 2013, con respecto al año anterior. La consultora IDC, por
su parte, vaticinó que las ventas de PC caerán otro 8 por ciento en los próximos tres años. Para 2017,
apenas el 5 por ciento del mercado de dispositivos lo conformarán los 'desktop' (término para
referirse a los computadores tradicionales). En la actualidad, su cuota en el mercado es del 8,6 por
ciento. Los reyes del momento son las tabletas y los teléfonos inteligentes. Los primeros ya cuentan
con el 14,6 por ciento de preferencia por parte de los consumidores. Los smartphones se llevan el
65 por ciento. Los terceros en lista son los computadores portátiles, con el 11 por ciento de la cuota
del mercado.
El crecimiento anual promedio del sector TIC como un todo ha sido del orden de 9,9% nominal
durante la última década, pasando de 14 billones de pesos en el año 2002 a 36 billones en 2012
(5,4% del PIB nominal). En lo que respecta a los ingresos de telecomunicaciones, en 2012
ascendieron a 25 billones de pesos, mientras los del sector de TI a 11 billones y en el periodo 2008-
2012 han aumentado a una tasa promedio anual de 13%. Del mismo modo, el gasto mensual en
comunicaciones como proporción del salario mínimo vigente por parte de los consumidores finales
aumentó de 10,6% en 2004 a 26,8% en 2010. Finalmente, en materia de generación de empleos, el
sector de telecomunicaciones pasó de ocupar a cerca de 40 mil trabajadores directos a comienzos
del 2002 a más de 110 mil empleados en 2012.
Los sistemas de posicionamiento GNSS están experimentando un gran incremento de utilización en
el mundo de la Topografía, Geodesia y la Cartografía reduciendo costos, tiempo de trabajo y
aumentando la productividad manteniendo la calidad de información registrada. Las nuevas
tecnologías desarrolladas han permitido aumentar el rendimiento y productividad de los usuarios
en las distintas áreas de aplicación en navegación con precisiones métricas, localización y mapeo
con precisiones submétricas, y redes, puntos georreferenciados con precisiones milimétricas.
Además, los nuevos receptores satelitales cuentan con todas las herramientas de un sistema
operativo móvil en un solo equipo tales como el manejo de información en tarjetas de
almacenamiento, conexiones inalámbricas como Bluetooth, Wifi, cámara fotográfica, módem
celular, altavoz, micrófono, software de campo, entre otras, opciones que convierten un Sistema de
Posicionamiento con todas las herramientas de un computador en campo.
Es en la actualidad el sistema de posicionamiento por satélite y su incursión en diversas aplicaciones
ha adquirido tal importancia que ha sido implementada en varios de los nuevos dispositivos de
telefonía celular de forma básica. Los nuevos equipos han cambiado la metodología de realizar
mediciones, mejorando el tiempo de respuesta y los resultados se ha reducido notablemente de
semanas, días a cuestión de minutos. Cada método tiene virtudes que benefician el rendimiento y
economicamente hablando “el bolsillo” de los usuarios. La incursion y desarrollo de estas
tecnologías satelitales han dejado de ser una utopía y se han convertido en poco a poco la mano
derecha de la cartografía, topografía y geodesia.
En los últimos años Colombia ha continuado afianzado su proceso de apertura comercial de forma
unilateral o a través de acuerdos de libre comercio, ha simplificado los procedimientos aduaneros y
administrativos estableciendo una ventanilla única para las importaciones y exportaciones y ha
reducido considerablemente la protección arancelaria, todo esto sin duda jalona el mercado de
productos importados como los Equipos de Posicionamiento.
En el país se tienen establecidos los requisitos para la importación y distribución regulando de dicho
comercio; por otro lado, las entidades competentes ejercen control con el fin de combatir el
contrabando y piratería de estos productos.
El Gobierno Nacional mediante la Ley 1314 de 2009, reglamentada por los Decretos Nacionales 1851
de 2013 y 302 de 2015 , por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información
financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades
competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de
vigilar su cumplimiento, , estableció que las empresas en Colombia deben implementar y realizar la
convergencia de las Normas Contables Locales con las Normas Internacionales NIIF/FRS; por cuya
virtud los Informes Contables y en particular, los Estados Financieros brinden información financiera
comprensible, transparente y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones
económicas por parte del estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, los
inversionistas actuales o potenciales y otras partes interesadas para mejorar la productividad, la
competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empesarial de las personas
naturales,juridicas, nacionales extranjeras.
La Corporación debe identificar los proveedores en el mercado del bien, o servicio, así como sus
principales características como tamaño empresarial, ubicación, esquemas de producción y
comportamiento financiero. Esta identificación permite determinar posibles Riesgos de colusión y
también establecer el poder de negociación de los proveedores, el cual está relacionado con el
número de competidores presentes en el mercado y las participaciones de cada uno en el mercado.
Mientras menos proveedores hay, mayor es el poder de negociación de cada uno de ellos. Esto
puede traducirse en precios más altos o condiciones menos favorables para la Entidad Estatal.
3.2. IMPACTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL CONTEXTO NACIONAL
El impacto de la contratación actual en el contexto Nacional es poco significativo desde el punto de
vista presupuestal, lo anterior se soporta en que el proceso de contratación actual representaría
únicamente un 0.000156424% de la contratación publicada en el Secop I en el 2016 y un
0.000108037% en 2015.
El impulso de la innovación desde la demanda genera un importante impacto en los niveles de
inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) y fortalece la competitividad del país
dinamizando la inversión en el desarrollo de soluciones innovadoras para la entrega de bienes, obras
y servicios que beneficien a la sociedad.
Un Proyecto de Inversión se puede describir como un Plan que, si se le asigna un determinado monto
de capital, podrá producir un bien o servicio teniendo en cuenta la evaluación con respecto a las
condiciones favorables del mercado logrando el objetivo propuesto por la Corporación, de Adquirir
y Puesta en Funcionamiento de Sistema de Posicionamiento con el Fin de Monitorear El Río
Magdalena, requeridos para el centro de investigación de CORMAGDALENA.
Para que CORMAGDALENA pueda cumplir con su misión, en los aspectos relacionados con la
recuperación de la navegación y de la actividad portuaria, el aprovechamiento sostenible y la
preservación del medio ambiente, requiere de la investigación y de los estudios que se realizan
mediante mediciones de la zona fluvio-marina, y de esta forma se facilita la toma de decisiones con
fundamentos en la ingeniería de ríos, hidráulica fluvial, ingeniería de costas, oceanografía, aspectos
ambientales, morfología y de calidad de agua.
3.3. CAMBIOS O VARIACIONES EN LOS CICLOS DE PRODUCCIÓN
La Industria que produce los Equipos de posicionamiento, no es Colombiana son producidos en el
exterior no existe en el país empresas que fabriquen estos equipos, En el mercado colombiano
existen empresas dedicada a la importación y comercialización de equipos de posicionamiento, se
encuentran marcas muy posicionadas de origen Europeo, Japonés, de Estados Unidos de Norte
América. En el país se tienen establecidos los requisitos para la importación y distribución regulando
dicho comercio; por otro lado, las entidades competentes ejercen control con el fin de combatir el
contrabando de estos Equipos.
El Decreto 1471 de 2014, el cual modificó el Decreto 2269 de 1993, por el cual se organiza el
SubSistema Nacional de Calidad la cual surgió de la necesidad de contar con una institucionalidad
que orientara al país y a los empresarios hacia el mejoramiento de sus estándares de calidad y, de
acuerdo con el artículo 1° del Decreto 3257 de 2008 “(...) tiene como objetivos fundamentales
promover en los mercados, la seguridad, la calidad, la confianza, la productividad y la competitividad
de los sectores productivo e importador de bienes y servicios, y proteger los intereses de los
consumidores, en los asuntos relativos a procesos, productos y personas. “
3.4. FLUCTUACIONES DEL VALOR DE LAS MATERIAS PRIMAS
La Industria que produce la tecnología de los equipos de posicionamiento es del exterior la
fluctuación de valor de las materias primas están sujetas a la fluctuación del precio del dólar.
Comportamiento del Dólar en los últimos 12 Meses ver gráfico.
Comportamiento del Dólar en los últimos 3 Meses ver gráfico
Como se observa el Dólar en estos momentos su tendencia es a la baja lo cual nos indica que los
precios de los equipos también tendrán una tendencia a la reducción de su costo.
3.5. INFLACIÓN, DEVALUACIÓN, REVALUACIÓN Y OTROS ÍNDICES ECONÓMICOS
El fenómeno de la inflación se define como un aumento sustancial, persistente y sostenido del nivel
general de precios a través del tiempo. La Inflación nos da la incertidumbre sobre el futuro del poder
adquisitivo de sus ingresos, hace que los agentes económicos incluyan en sus decisiones las
expectativas de alzas, y que al negociar busquen incrementos en los precios de los bienes y servicios
que ofrecen. Por tanto, protegen sus ingresos al pedir mejores salarios o imponer mayores precios
a los productos que elaboran, induciendo una oleada alcista en esos costos y, en general, en los
precios de una economía. Este resultado lleva, al contrario de lo que se deseaba, se presenta el
grafico del comportamiento de la Inflación la devaluación y la revaluación de la moneda colombiana.
Gráfico Inflación y meta de inflación
El comportamiento de la Inflación no afectaría debido a que en los últimos meses se ha conservado
relativamente baja como se observa en el gráfico y por el tiempo que demora el proceso de
contractual que es de 30 días.
Gráfico Devaluación nominal y real
El comportamiento de la devaluación no afecta en los posibles aumentos de los equipos debido a
que la moneda Colombiana, se está revaluando se espera una mínima disminución en los precios de
los equipos. Sin embargo, el proceso de contratación será en moneda local.
3.6. IMPACTO DE LAS TASAS DE CAMBIO, EN CASO DE ADQUISICIONES O COMPRAS DE
CARÁCTER INTERNACIONAL
Como el proceso de contratación será en moneda local, el impacto de la tasa de cambio no afectaría
negativamente en la compra de los equipos debido a que la moneda Colombiana se está revaluando
y las Empresas locales que han realizado Cotizaciones no tienen argumentos en realizarles aumentos
a los equipos. Sin embargo, se presenta un cuadro a continuación del comportamiento histórico de
la tasa de cambio teniendo en cuenta la inflación.
R437C1
PeríodoMeta de
inflación 1/
Inflación al
consumidor
(IPC)
Inflación
básica (IPC sin
alimentos)
Inflación del
productor
(IPP) 3/
TRMDevaluación
nominal
Devaluación
real 2/
2000 10.00 8.75 9.30 11.04 2,229.18 18.97 6.74
2001 8.00 7.65 6.48 6.93 2,291.18 2.78 -5.11
2002 6.00 6.99 5.35 9.28 2,864.79 25.04 13.77
2003 6.00 6.49 7.01 5.72 2,778.21 -3.02 4.30
2004 6.00 5.50 5.52 4.64 2,389.75 -13.98 -10.89
2005 5.00 4.85 4.12 2.06 2,284.22 -4.42 -2.50
2006 5.00 4.48 3.95 5.54 2,238.79 -1.99 0.12
2007 4.00 5.69 4.43 1.27 2,014.76 -10.01 -0.66
2008 4.00 7.67 5.11 9.00 2,243.59 11.36 -2.73
2009 5.00 2.00 2.91 -2.18 2,044.23 -8.89 -2.75
2010 3.00 3.17 2.82 4.37 1,913.98 -6.37 -3.92
2011 3.00 3.73 3.13 5.51 1,942.70 1.50 -1.07
2012 3.00 2.44 2.40 -2.95 1,768.23 -8.98 -2.74
2013 3.00 1.94 2.36 -0.49 1,926.83 8.97 6.15
2014 3.00 3.66 3.26 6.33 2,392.46 24.17 7.49
2015 3.00 6.77 5.17 9.57 3,149.47 31.64 13.69
2016 3.00 5.75 5.14 1.62 3,000.71 -4.72 -7.35
2017 3.00 4.09 5.01 1.85 2,984.00 -0.56 4.99
Información mensual Información mensual
mar-17 3.00 4.69 5.13 0.55 2,880.24 -4.70 -3.11
abr-17 3.00 4.66 5.60 0.39 2,947.85 3.39 -1.00
may-17 3.00 4.37 5.35 -0.16 2,920.42 -4.85 1.65
jun-17 3.00 3.99 5.12 -0.83 3,038.26 4.19 2.82
jul-17 3.00 3.40 4.79 -0.30 2,995.23 -2.81 6.67
ago-17 3.00 3.87 4.81 0.95 2,937.09 0.11 3.74
sep-17 3.00 3.97 4.71 1.17 2,936.67 1.97 4.33
oct-17 3.00 4.05 4.70 1.38 3,011.44 1.48 4.63
nov-17 3.00 4.12 4.80 1.31 3,006.09 -5.02 2.56
dic-17 3.00 4.09 5.01 1.85 2,984.00 -0.56 4.94
ene-18 3.00 3.68 4.61 1.41 2,844.14 -3.15 4.49
feb-18 3.00 3.37 4.40 1.86 2,855.93 -1.39 3.66
mar-18 3.00 3.14 4.05 1.65 2,780.47 -3.46 1.31
Información semanal
mar-09-18 2,871.36 -3.90
mar-16-18 2,850.04 -4.12
mar-23-18 2,857.88 -2.69
mar-30-18 2,780.47 -3.72
abr-06-18 2,787.36 -2.46
1/ A partir de 2003 se refiere al punto medio del rango meta
http://www.banrep.gov.co/es/listado-fecha/3856
http://www.banrep.gov.co/es/economia/tasas_col
2/ Obtenida como la variación porcentual anual del ITCR-IPP (NT), índice de tasa de cambio real. Utiliza las ponderaciones
no tradicionales y el IPP Oferta Interna como deflactor. Índice base 1994=100
Medidas de inflación Tasa de cambio y devaluación
3/ A partir de Enero de 2015 el DANE realizó cambios metodológicos tales como un nuevo periodo base, diciembre 2014 =
100 y actualizaciones en la canasta de bienes y sus ponderadores.
Cuadro Comportamiento de la inflación y tipo de cambio
3.7. CAMBIOS TÉCNICOS O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Para el presente proceso de contratación se omite un estudio de cambios técnicos o de innovación
tecnológica ya que los equipos de posicionamiento fueron seleccionados acorde a la necesidad, y
las especificaciones técnicas de los equipos, fueron definidas previamente.
3.8. TIEMPOS DE ENTREGA O DE REALIZACIÓN DE LAS OBRAS, DE ACUERDO CON LAS
CONDICIONES DEMOGRÁFICAS
Para el presente proceso de contratación los tiempos de entrega son 30 días calendarios,
atendiendo los plazos contractuales de entrega una vez se realice el perfeccionamiento del contrato
y las condiciones demográficas no afecten significativamente la ejecución del proceso.
3.9. FORMA DE ENTREGA O DE REALIZACIÓN DE LAS OBRAS, DE ACUERDO CON LAS
CONDICIONES DEMOGRÁFICAS
Para el presente proceso de contratación la entrega de los equipos es de 30 Días y la dirección del
lugar de entrega de los equipos con el respectivo entrenamiento sin que las condiciones
demográficas no afecten significativamente la ejecución del proceso, en la siguiente oficina de la
Corporación:
La Seccional de Barranquilla, Atlántico ubicada en la Vía 40 No. 73 – 290 Oficina 802, Edificio MIX
3.10. NORMATIVIDAD QUE INFLUYE EN EL MERCADO O QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE
LOS ACTORES; Y LA REGULACIÓN AMBIENTAL
La Normatividad vigente es las siguiente:
LEY 29 DE 1990 Por la cual se dictan disposiciones para el fomento de la investigación
científica y el desarrollo tecnológico.
LEY 80 DE 1993 Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la
Administración Pública.
LEY 99 DE 1993 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector
Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.
LEY 161 DE 1994 Por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande
de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones.
LEY 190 DE 1995 Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la
administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción
administrativa.
LEY 598 DE 2000 Por la cual se crean el Sistema de Información para la Vigilancia de la
Contratación Estatal, SICE, el Catálogo único de Bienes y Servicios, CUBS, y el Registro Único
de Precios de Referencia, RUPR, de los bienes y servicios de uso común en la administración
pública y se dictan otras disposiciones.
LEY 1150 DE 2007 Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la
transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la
contratación con recursos públicos.
LEY 1314 DE 2009, por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e
información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se
señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan
las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
LEY 1474 DE 2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de
prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la
gestión pública
Decretos 1851 de 2013 y 302 de 2015 por medio de los cuales se reglamente la Ley 1314
de 2009.
Decreto 2269 de 1993, por el cual se organiza el Sistema Nacional de Normalización,
Certificación y Metrología.
Decreto 1471 de 2014.
Decreto 1082 de 2015 Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del
sector administrativo de planeación nacional.
Decreto 1499 de 2017 Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto
Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión
establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015
3.11. HISTÓRICO DE CONTRATACIÓN
La información histórica de la demanda es importante para definir ciertos puntos respecto al
conocimiento particular de la necesidad a contratar, proveedor y precio de adquisición. Para el
efecto la Corporación debe: tener claro las cantidades que requiere comprar, saber cómo ha
escogido a los proveedores en caso de que el bien o servicio haya sido contratado anteriormente.
La Corporación debe indagar sobre el desempeño de estos proveedores y preguntarse si existen
varios proveedores que puedan satisfacer la necesidad y atender la demanda en el lugar donde es
requerida. Por último, la Entidad Estatal debe conocer si el precio que ha pagado por el bien, obra
o servicio en diferentes momentos ha sido constante teniendo en cuenta la inflación, variación de
la tasa de cambio o los precios de las materias primas. El análisis de esta información histórica
proporciona a la Entidad herramientas para tomar mejores decisiones de compra.
El histórico de contratación lo obtendremos a través de búsqueda en la página del Secop. Colombia
Compra Eficiente https://www.contratos.gov.co/consultas/inicioConsulta.do
3.11.1. REVISIÓN DE LOS ANTERIORES PROCESOS DE CONTRATACIÓN ADELANTADOS POR
CORMAGDALENA
Revisando en la página del Secop. Colombia Compra Eficiente, consultando en los últimos 10 años
de Contratos en Procesos de Licitación Pública, Contratos Selección de Abreviada de Menor Cuantía
(Ley 1150 de 2007), no se evidenció Contrato alguno contratado, de Proceso iguales o similares a la
ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO CON EL FIN DE
MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA, EN DESARROLLO DEL SUBPROGRAMA MISIONAL CENTROS DE
INVESTIGACIÓN
3.11.2. REVISIÓN DE LOS ANTERIORES CONTRATOS EJECUTADOS POR CORMAGDALENA,
CUYO OBJETO SEA IGUAL O SIMILAR AL DE LA NECESIDAD TÉCNICA QUE SE ESTÁ
DEFINIENDO
Revisando en la página del Secop. Colombia Compra Eficiente, consultando en los últimos 10 años
de Contratos en Procesos de Licitación Pública, Contratos Selección de Abreviada de Menor Cuantía
(Ley 1150 de 2007), no se evidenció Contrato alguno contratado ejecutado, de Proceso iguales o
similares a ADQUISICIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO
CON EL FIN DE MONITOREAR EL RÍO MAGDALENA, EN DESARROLLO DEL SUBPROGRAMA
MISIONAL CENTROS DE INVESTIGACIÓN.
3.11.3. REVISIÓN DE OTROS PROCESOS DE CONTRATACIÓN ADELANTADOS POR
ENTIDADES PÚBLICAS DEL SECTOR, CUYO OBJETO A CONTRATAR SEA IGUAL O
SIMILAR AL DE LA NECESIDAD TÉCNICA QUE SE ESTÁ DEFINIENDO.
Se realizó un estudio en la página web del SECOP a fin de identificar procesos adelantados a fin de
identificar entidades compradoras, objeto, fecha y valor del proceso; información que dejamos
plasmada en la siguiente tabla:
3.11.4. REVISIÓN DE LOS ANTERIORES CONTRATOS EJECUTADOS POR ENTIDADES
PÚBLICAS DEL SECTOR, CUYO OBJETO SEA IGUAL O SIMILAR AL DE LA NECESIDAD
TÉCNICA QUE SE ESTÁ DEFINIENDO
Se realizó un estudio en la página web del SECOP a fin de identificar procesos similares a fin de
identificar entidades compradoras, objeto, fecha y valor del proceso; información que dejamos
plasmada en la siguiente tabla:
ENTIDADNo. DE
PROCESO
No. DE
CONTRATOCONTRATISTA OBJETO VALOR CONTRATO ESTADO
NARIÑO - ALCALDÍA
MUNICIPIO DE PASTOSU-2014-012
SUMIMAS SAS - LOTE 1
CONSORCIO INGENIERIA Y
SUMINISTROS
LOTE 1: EL CONTRATISTA SE OBLIGA
A SUMINISTRAR A LA ALCALDÍA DE
PASTO, EQUIPOS DE CÓMPUTO,
PERIFÉRICOS Y DEMÁS ELEMENTOS
NECESARIOS PARA EL NORMAL
DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
PROPIAS DE LA EJECUCIÓN DE
DIFERENTES PROYECTOS DE LA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
LOTE 2: EL CONTRATISTA SE OBLIGA
A SUMINISTRAR A LA ALCALDÍA DE
PASTO, EQUIPOS DE
POSICIONAMIENTO GLOBAL Y
DEMÁS ELEMENTOS NECESARIOS
PARA EL NORMAL DESARROLLO DE
LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA
EJECUCIÓN DE DIFERENTES
PROYECTOS DE LA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
$ 160,590,000 Adjudicado
MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL (MINDEFENSA)
MINIMA
CUANTIA N°
025-2013 MDN-
UGG-DA
CTO-105-2013
MDN-UGG-DA
MELTEC
COMUNICACIONES S.A
Nit de Persona Jurídica
No. 830.079.015-1.
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE
POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS) Y
ACCESORIOS DE COMUNICACIÓN
CON DESTINO A LA UNIDAD DE
GESON GENERAL DEL MINISTERIO
DE DEFENSA NACIONAL",
$ 34,833,640.00 Liquidado
BOYACÁ - ALCALDÍA
MUNICIPIO DE TIBASOSA MC 041 DE
2012CDC 020 de
2012
GEOSYSTEM INGENIERÍA
S.A.S.
Nit de Persona Jurídica
No. 830.051.298-7
COMPRA DE EQUIPO DE
POSICIONAMIENTO GPS PARA LA
SECRETARIA DE PLANEACIÓN DEL
MUNICIPIO DE TIBASOSA.
$ 10,764,000 Celebrado
3.12. ESTUDIO OFERTA NACIONAL
La Corporación debe identificar los proveedores en el mercado del bien, o servicio, así como sus
principales características como tamaño empresarial, ubicación, esquemas de producción y
comportamiento financiero. Esta identificación permite determinar posibles Riesgos de colusión y
también establecer el poder de negociación de los proveedores, el cual está relacionado con el
número de competidores presentes en el mercado y las participaciones de cada uno en el mercado.
Mientras menos proveedores hay, mayor es el poder de negociación de cada uno de ellos. Esto
puede traducirse en precios más altos o condiciones menos favorables para la Corporación.
3.12.1. IDENTIFICACIÓN DE LOS PROVEEDORES DEL BIEN O SERVICIO QUE HAN
PARTICIPADO COMO PROPONENTES Y CONTRATISTAS ANTE CORMAGDALENA O
ANTE OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS
En el mercado nacional se encuentran Empresas especializadas en suministrar Equipos de
Posicionamiento para las actividades que requiera el laboratorio de hidráulica las cuales han
participado en procesos anteriores en entidades públicas y tienen direcciones de página web y
dirección de ubicación en Colombia, tales como las siguientes:
GEOSYSTEM INGENIERIA S.A.S
Organización especializada en la distribución de instrumentos para diferentes áreas de la
Geomática; Topografía, Geodesia, Cartografía, Fotogrametría, e Hidrografía.
http://www.geosysteming.com/colombia/
DATUM INGENIERÍA S.A.S.
Sede Barranquilla
ENTIDADNo. DE
PROCESO
No. DE
CONTRATOCONTRATISTA OBJETO VALOR CONTRATO ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL (MINDEFENSA)
MINIMA
CUANTIA N°
025-2013 MDN-
UGG-DA
CTO-105-2013
MDN-UGG-DA
MELTEC
COMUNICACIONES S.A
Nit de Persona Jurídica
No. 830.079.015-1.
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE
POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS) Y
ACCESORIOS DE COMUNICACIÓN
CON DESTINO A LA UNIDAD DE
GESON GENERAL DEL MINISTERIO
DE DEFENSA NACIONAL",
$ 34,833,640.00 Liquidado
BOYACÁ - ALCALDÍA
MUNICIPIO DE TIBASOSA MC 041 DE
2012CDC 020 de
2012
GEOSYSTEM INGENIERÍA
S.A.S.
Nit de Persona Jurídica
No. 830.051.298-7
COMPRA DE EQUIPO DE
POSICIONAMIENTO GPS PARA LA
SECRETARIA DE PLANEACIÓN DEL
MUNICIPIO DE TIBASOSA.
$ 10,764,000 Celebrado
Carrera 53 No. 82-86 Of.408
Edificio Ocean Tower
PBX:+57 5 385 4613
Somos una empresa conformada por un grupo de profesionales con más de 30 años de experiencia
en Sistemas de Información Geográfica, Sistemas de Medición y Sensores Remotos que al integrarse
nos permite ofrecer servicios y soluciones Geomáticas de la más alta calidad y adaptados a las
necesidades de cada cliente. Contamos con un grupo de profesionales asociado, que está
especializado en el campo de la Geomática, lo cual nos permite ofrecer un amplio portafolio de
soluciones para el mejor aprovechamiento de la inversión que nuestros clientes realizan al adquirir
nuestros productos y servicios.
INSTRUMENTOS DE INGENIERIA GERMAN GOMEZ
Sede Barranquilla:
Carrera: 51B # 84-121 Of. 2D Edf. Soho Barrio San Vicente
Cel. (+57) 315 3022 628 - (+57) 300 8774627
Somos una Empresa que tiene las opciones en las diferentes marcas NORTH, NIKON, TOPCON,
LEICA, MAGELLAN, GARMIN. Para la libre escogencia del cliente. Ustedes son nuestros amigos “no
solo clientes”, trabajamos en proveer un producto que de tranquilidad de calidad y así mismo en el
proceso de ajustes y reparaciones sea bien respaldado con la excelente experiencia de nuestro
electrónico. Que al recibir la inducción de manejo el cliente quede a satisfacción; nuestros referidos
se dan gracias a eso. “Por eso crecemos gracias a ustedes”.
MELTEC COMUNICACIONES S.A
Nit de Persona Jurídica No. 830.079.015-1.
Dirección: Cl. 138 #5829, Bogotá
Somos una compañía dedicada al suministro, integración y desarrollo de soluciones en
telecomunicaciones y seguridad electrónica con más de 30 años de experiencia en el mercado. A
través de nuestra historia hemos atendido satisfactoriamente las necesidades en el sector Público y
Privado. Contamos con gran fortaleza en procesos de acompañamiento a canales en contratación
pública. Nuestra propuesta de valor es trabajar fuertemente para aportar competitividad a Nuestros
clientes a través de la implementación exitosa y efectiva de sistemas de seguridad electrónica,
sistemas de radiocomunicación, Captura automática de datos, Comunicaciones Unificadas,
Comunicación Satelital , Soluciones TIC Huawei y conectividad inalámbrica.
3.12.2. IDENTIFICACIÓN DE LA DINÁMICA DEL MERCADO, EN LO QUE CORRESPONDE A LA
CADENA DE PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN O SUMINISTRO
El Sistema de Posicionamiento Global (GPS) es un instrumento innovador que ofrece una precisión
desigual, así como la flexibilidad de posicionamiento para la topografía, la navegación y Sistema de
Información Geográfica (SIG), captura de datos.
El uso creciente del automóvil y en aplicaciones de consumo es estimular el mercado de tecnologías
de localización móviles, que se espera que crezca a una TACC del 20% para cruzar EE.UU. $ 70 mil
millones en 2013, dice "World Market Forecast GPS a 2013", una nueva investigación de mercado
informe de RNCOS.
Con una penetración cada vez mayor en las áreas que fueron anteriormente sin explotar, la
tecnología está ganando rápidamente la aceptación mundial. Así, el número de suscriptores de GPS
habilitado para servicios basados en ubicación se prevé que crezca sustancialmente en un futuro
próximo, con ingresos de mercado de la marca de los EE.UU. $ 10 mil millones en2013. Speedy
mejoras y desarrollos en software de mapas digitales son la presentación de esta perspectiva
positiva para la industria.
Cabe señalar que las aplicaciones más comunes se desarrollan en torno a los
teléfonosmóviles y dispositivos de navegación portátil (PND) a pesar de la popularidad de los
dispositivos independientes. El mercado de dispositivos GPS fue dominado por PND a partir del año
2007. Sin embargo, esta proporción se espera que se inquiete por la disponibilidad de GPS-teléfonos
habilitados para que representan alrededor del 66% de la cuota de mercado en2013. El informe
revela que los envíos de los dispositivos GPS "aumentará en alrededor del22% CAGR en el período
pronosticado (2010-2013), aunque el costo es, sin duda llamada a desempeñar un papel
fundamental en este crecimiento.
El informe también dice que 2009 ha sido crucial para el desarrollo global de la industria del GPS en
las regiones, como América del Norte y Europa, debido a las turbulencias económicas. Los países
emergentes como India y China seguirán presenciando un rápido crecimiento en la adopción
de la tecnología GPS con el lanzamiento del GPS de bajo costo habilitado los teléfonos móviles en
estos países.
"World Market Forecast GPS a 2013" proporciona una visión completa del mercado mundial de GPS.
Todas las tendencias y los acontecimientos actuales de la industria del GPS han sido evaluados en el
informe. Número de mercados geográficos, incluidos los EE.UU., Canadá, Japón y otros países
asiáticos, han sido especialmente centrados en la investigación.
El informe de investigación ofrece un análisis prudente de las aplicaciones de usuario final, tales
como la encuesta / Mapeo, a bordo de vehículos de navegación, control de maquinaria,
etc. también revela que las oportunidades aún no se han aprovechado para diferentessegmentos
verticales del mercado de GPS, incluyendo la disponibilidad de un chipset, nuevos dispositivos de
acceso avanzado, y el mercado de PND.
La dinámica del mercado, a la cadena de producción, distribución o suministro en lo que
corresponde a los equipos de posicionamiento , esto no los fabrica industria nacional lo cual quiere
decir que son importados por Empresas encargadas de distribuir los equipos, estas empresas están
sujetas a la regulación del Decreto 1471 de 2014 el cual modificó el Decreto 2269 de 1993, por el
cual se organiza el SubSistema Nacional de Calidad la cual surgió de la necesidad de contar con una
institucionalidad que orientara al país y a los empresarios hacia el mejoramiento de sus estándares
de calidad y, de acuerdo con el artículo 1° del Decreto 3257 de 2008 “(...) tiene como objetivos
fundamentales promover en los mercados, la seguridad, la calidad, la confianza, la productividad y
la competitividad de los sectores productivo e importador de bienes y servicios, y proteger los
intereses de los consumidores, en los asuntos relativos a procesos, productos y personas. El
Subsistema Nacional de la Calidad coordinará las actividades que realizan las instancias públicas y
privadas relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas sobre
normalización técnica, elaboración y expedición de reglamentos técnicos, acreditación, designación,
evaluación de la conformidad y metrología. (...)”. De igual forma de acuerdo con el Decreto 1471
de 2014 :”el Subsistema Nacional de la Calidad hace parte del Sistema Administrativo Nacional de
Competitividad e Innovación creado por el Decreto 1500 de 2012, el cual tiene como finalidad poner
en marcha las políticas concertadas en materia de competitividad, productividad e innovación, en el
entendido que todos los esfuerzos que se realicen para promover la competitividad deben llevarse a
cabo de manera articulada con los instrumentos de fomento a la innovación. (…)
.
Un Proyecto de Inversión se puede describir como un Plan que, si se le asigna un determinado monto
de capital, podrá producir un bien o servicio teniendo en cuenta la evaluación con respecto a las
condiciones favorables del mercado y lograr el objetivo propuesto por la Corporación de dotar de
los equipos requeridos para el Centro de Investigación de Cormagdalena. El mercado de estos
equipos está aumentando en su producción debido a la alta solicitud del sector pesquero, turístico
y deportivo que se está optimizando en busca del mejor rendimiento, desempeño e impactos
negativos en el medio ambiente.
Las empresas dedicadas al suministro tienen bien claro el proceso de suministro de los Equipos de
Posicionamiento y ajustarse a las condiciones que la Corporación exija en el proceso de selección de
oferentes.
3.12.3. CONOCIMIENTO DE LOS COSTOS ASOCIADOS A LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN
O SUMINISTRO
El cálculo del precio del mercado se convierte en herramienta para la toma de decisiones en
procesos en los que no existen contrataciones históricas. La determinación de este valor, es uno de
los aciertos más importantes, ya que el precio es uno de los elementos que los consumidores tienen
en cuenta a la hora de comprar.
El análisis del Mercado del presente estudio se hizo a través de solicitud de cotizaciones a tres
empresas que comercializan Equipos de Posicionamiento, con las especificaciones para darle
alcance a los equipos solicitados, estas Empresas son las siguientes:
GEOSYSTEM INGENIERIA S.A.S
DATUM INGENIERÍA S.A.S.
INSTRUMENTOS DE INGENIERIA GERMAN GOMEZ
El sistema de posicionamiento se utilizará para complementar las actividades de campo, ubicación
de las secciones establecidas para ser medidas por el ADCP, levantamiento de orillas y estructuras
ribereñas.
La precisión de estos equipos es por debajo del metro de error en modo “stand along” PDOP<1, esto
es sin corrección diferencial, solamente con los datos adquiridos por el equipo en los diferentes
sistemas de posición, GPS, GLONASS, GALILEO, BEIDOU, etc.
Especificaciones mínimas requeridas Sistema de posicionamiento
Receptor Características Técnicas
Seguimiento de Satélites 220
Seguimiento de Constelaciones GPS L1, L2, (puede ser C/A/P), GLONASS L1,L2 (puede ser
C/A/P), SBASS
Velocidad de Rastreo mínima >1Hz
Precisiones de Levantamiento Levantamiento Estático: Horizontal: 3 mm + 0,1 ppm o
menor y Vertical: 3,5 mm + 0,4 ppm o menor
Levantamiento Estático Rápido: Horizontal: 3 mm + 0,5 ppm
o menor y Vertical: 5 mm + 0,5 ppm o menor
Levantamiento RTK: Horizontal: 8 mm + 1 ppm o menor y
Vertical: 15 mm + 1 ppm o menor
Inicialización <10sg
Especificaciones Físicas
Antena GPS y receptor en una misma unidad
Temperatura de funcionamiento –40°Ca+65°C(–40°Fa+149°F)
Temperatura de Almacenamiento –40°Ca+75°C(–40°Fa+167°°F)
Humedad 100%, con condensación
Protección IP IP 67 mínimo
Golpes Debe resistir caídas de hasta 2 m sobre hormigón
Radio Interno Debe incluir Radio Interno: Para la Base con opción de
transmitir y el Rover opción de recibir en banda ancha de
450 - 470 MHz. Activado y con licencia perpetua. Sellado y
totalmente integrado.
Potencia Radio Mínimo 0,5 W
Alcance 3–10km
Batería Litio Recargable
Duración Batería Interna 5 horas
Puertos Puerto RS232
Bluetooth Puerto de comunicaciones totalmente integrado y sellado
Memoria Interna 56Mb
Formato de datos Salida de mensajes NMEA, Compatibilidad con Softwares de
Hidrografía
Entrada y salida de CMR+, CMRx, RTCM 2.1, 2.3, 3.0, y 3.1
Plataforma WEB IU Debe permitir configuración sencilla, de operación, estado
y transferencia de datos. Accesible por serial y Bluetooth
Los equipos deberán tener un (1) año de garantía y este requerimiento deberá estar certificado
por el fabricante de los equipos, a través de carta firmada para el proceso y debe cubrir cualquier
defecto de fabricación o mal funcionamiento. Todas las características técnicas descritas y
licencias requeridas para su funcionamiento deben ser perpetuas y no de carácter educativo.
El oferente debe ser distribuidor de la marca que oferta, así como centro de servicio autorizado
para Colombia y deberá presentar carta expedida por el fabricante de los equipos dando aval a
estos dos (2) requerimientos
Controlador de Datos Características Técnicas
De la misma marca del receptor ofertado. Debe contar con licencia de software de campo
Especificaciones Físicas Batería de ion-litio
Material carcaza Policarbonato
Especificaciones Ambientales Temperatura de funcionamiento: –30 °C a 60 °C (–22 °F a
140 °F)
Temperatura de almacenamiento: –40 °C a 70 °C (–40 °F a
158 °F)
Protección IP IP 67
Protección Caídas Debe resistir caídas de hasta 1 m sobre hormigón
Procesador Procesador mínimo de (800 MHz) o mejor
Memoria RAM mínima de 256 MB RAM o mejor
Memoria Interna mínimo 8 GB de memoria Flash, no volátil interna o mejor
Expansión mínimo ranura para memoria SDHC, USB host
Batería ion-litio recargables. Con duración mínima de 24 horas o
mejor. Recarga completa en 4.0 horas o mejor.
Pantalla Mínimo pantalla VGA horizontal de 4,2 pulg (107 mm), de
640 x 480 pixeles. pantalla táctil TFT resistente en color
legible con la luz del sol con retroiluminación LED
Teclado Físico QWERTY completo con teclado numérico de 10 teclas,
botones direccionales y 4 botones programables.
Puertos USB Host, USB Cliente, puerto de alimentación CC, puerto
serie RS-232 de 9 pines
Conexión Tecnología Bluetooth 2.0+EDR integrada, Wi-Fi 802.11 b/g
integrada, – GSM/GPRS/EDGE de cuatro bandas integrado:
850/900/1800/1900 MHz, – 2/6 Mbit/s 3G HSDPA GSM
WWAN
Cámara Cámara Autofocus de 5 MP con flash LED doble de luz
blanca, función de la luz del flash LED
Los equipos deberán tener un (1) año de garantía y este requerimiento deberá estar certificado
por el fabricante de los equipos, a través de carta firmada para el proceso y debe cubrir cualquier
defecto de fabricación o mal funcionamiento.
El oferente debe ser distribuidor de la marca que oferta, así como centro de servicio autorizado
para Colombia y deberá presentar carta expedida por el fabricante de los equipos dando aval a
estos dos (2) requerimientos
Software de Campo Características Técnicas
El software de campo debe ser de la misma marca del receptor y controlador ofertados
Debe permitir el uso y recalculo de Coordenadas Geográficas (latitud y longitud), así como
Coordenadas Gauss Kruger en Magna Sirgas y Bogotá con sus diferentes orígenes. También
coordenadas UTM y Coordenadas Locales que se requieran y sean usadas por el Instituto
Geográfico Agustín Codazzi. Debe estar completamente en español. Debe permitir el uso de
Mapas de fondo en formatos JPG, JPEG, PNG, BMP, DXF y SHP. Debe permitir el uso de diccionario
de datos que solicite atributos para cada observación adquirida. Debe contar con módulo de
COGO para la realización de cálculos como mínimo cálculo de volúmenes, azimut, área y
subdividir líneas. Debe contar con un módulo para la transferencia de los datos crudos del
receptor vía bluetooth hacia el controlador. Debe permitir con opción de importación y
exportación de formatos, .CSV. DXF, .SHP y .TXT. El replanteo debe permitirse de manera gráfica.
Software de Oficina Características Técnicas
El software de oficina debe ser de la misma marca del receptor y controlador ofertados
Debe permitir el uso en plataforma Microsoft Windows 10 (versión de 64 bits). Debe estar
completamente en español. Debe permitir el uso y recalculo de Coordenadas Geográficas (latitud
y longitud), así como Coordenadas Gauss Kruger en Magna Sirgas y Bogotá con sus diferentes
orígenes. También coordenadas UTM y Coordenadas Locales que se requieran y sean usadas por
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Debe estar completamente en español. Debe permitir el
uso de Mapas de fondo en formatos JPG, .TIFF, DXF y SHP. Debe permitir el uso de diccionario de
datos para realizar dibujo semiautomático. Exportación en formatos .CSV, SHP. KML, KMZ,
Geodata base, DWG, SKP. Debe procesar los datos de las constelaciones ofrecidas con el receptor,
permitir generación de informes.
3.13. ENTRENAMIENTO TEÓRICO Y PRÁCTICO, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y
PRUEBAS DEL EQUIPO EN CAMPO
Se debe desarrollar un entrenamiento teórico – práctico de mínimo 1 día de duración, por personal
certificado. Durante el desarrollo se deberá realizar la puesta en funcionamiento del equipo con la
respectiva prueba de campo.
El valor de las cotizaciones enviadas por las Empresas proveedoras de los equipos son los siguientes:
Cotización GEOSYSTEM INGENIERIA S.A.S topcon Hiper 5 $ 53,550,000.00 con Fecha
23/01/2018
Cotización DATUM INGENIERÍA S.A.S. Trimble RS8 $ 65,145,182.00 con Fecha 20/02/2018
Cotización INSTRUMENTOS DE INGENIERIA GERMAN GOMEZ Stonex S8 $ 36,700,000.00
con Fecha 09/02/2018
Cotización INSTRUMENTOS DE INGENIERIA GERMAN GOMEZ Stonex S800 $ 42,500,000.00
con Fecha 09/02/2018
Cotización INSTRUMENTOS DE INGENIERIA GERMAN GOMEZ Stonex S10A $ 48,500,000.00
con Fecha 09/02/2018
Analizando el costeo de las cotizaciones se observa que el promedio es de $ 49,279,036, calculando
la Deviación Estadarpor nos da $ 10,894,609.85, que quiere decir que nuestro rago se encuentra
por encima $ 60,173,646.25 y por debajo $ 38,384,426.55, hay tres cotizaciones que se encuentra
en rango de la Desviación Estandar y hay dos una por encima de rango de Desviación Estantar y otra
por debajo de Desviación Estandar. Se establece un Presupuesto asignado de $ 49.300.000.oo, que
se encuentra por encima del promedio de las Cotizaciones, se debe precisar que estas cotizaciones
son directas sin negociación ni participación en un proceso competitivo.
3.14. ANÁLISIS SECTOR FINANCIERO
Los sectores económicos de Colombia se dividen en tres: el sector primario o sector agrícola, el
sector secundario o sector industrial y el sector terciario o sector de prestación de servicios. Esta
división y diferenciación es acorde a lo planteado por los estudios en economía clásica. Cada uno de
estos sectores posee actividades económicas en común dentro de cada grupo y se diferencia de los
demás. En este estudio nos orientaremos al sector terciario. Dentro del sector terciario se
encuentran actividades como las telecomunicaciones, el transporte, la medicina, la enseñanza, el
comercio, el turismo, el gobierno, el sector financiero, administrativo y el sector de sanidad.
SECTOR TERCIARIO DE LA ECONOMÍA: COMERCIO Y ACTIVIDADES FINANCIERAS
Producto Interno Bruto – PIB
En el año 2016, el Producto Interno Bruto (PIB) creció en 2,0%Pr8 con respecto al año 2015. Esta
cifra se soporta en los mayores crecimientos que se presentaron en establecimientos financieros,
seguros, actividades inmobiliarias y servicios a las empresas (5,0%), construcción (4,1%), e industria
manufacturera (3,0%).
1 $ 42,500,000.00
3INSTRUMENTOS DE INGENIERIA
GERMAN GOMEZ Stonex S8 09/02/2018 1 $ 36,700,000.00
Stonex S10A
4INSTRUMENTOS DE INGENIERIA
GERMAN GOMEZ Stonex S800 09/02/2018
DATUM INGENIERÍA S.A.S. 20/02/2017 1 $ 65,145,182.00 Trimble RS8
FECHA
PRECIO PROMEDIO IVA INCLUIDO $ 49,279,036
$ 48,500,000.00 5 09/02/2018 1INSTRUMENTOS DE INGENIERIA
GERMAN GOMEZ
2
1 23/01/2017 1
PRECIO I.V.A
INCLUIDO
$ 53,550,000.00
ITEM NOMBRE DE LA EMPRESA CANT. GBL
GEOSYSTEM INGENIERIA S.A.S
EQUIPO
topcon Hiper 5
Como se observa en la gráfica 2, el PIB del sector de la construcción tuvo un crecimiento del 4,1%Pr
o $1,6 billones Pr frente al año 2015. Dicha variación se fundamenta, básicamente, en el buen
comportamiento de la construcción de edificaciones el cual incrementó en $1 billón Pr (6,0%) frente
a las cifras del año 2015.
El comercio es un conjunto de actividades económicas que se produce mediante la compra y venta
de productos, mercancías o servicios; operación, por tanto, de gran importancia, ya que facilita el
contacto entre la producción y el consumo. Esta actividad tiene un papel fundamental en el sistema
económico de todas las sociedades, pues da salida a la producción, y satisface las necesidades de
los consumidores, con los beneficios económicos que facilitan la reinversión.
La operación que rige el comercio de la compraventa y el lugar donde se produce es en los mercados,
sitio donde compradores y vendedores realizan las operaciones comerciales. Este mercado puede
ser concreto o abstracto. En los primeros la mercancía está presente, los abstractos son los
mercados como la Bolsa, donde las mercancías son los valores o acciones. Actualmente se está
produciendo una concentración del comercio en las grandes ciudades que, dotadas de los
instrumentos necesarios, aseguran la distribución de los productos al resto de la población.
La promoción de la competencia es uno de los objetivos del sistema de compras y contratación
pública, por lo cual es muy importante tener en cuenta que los requisitos habilitantes no son ni
pueden ser una forma de restringir la participación en los Procesos de Contratación. El sistema de
compras y contratación pública debe promover la participación de más proponentes y el
crecimiento de la industria nacional de bienes y servicios y por eso los requisitos habilitantes deben
ser adecuados y proporcionales.
El componente financiero como requisito habilitante de un proceso de selección, se refleja en
Los estados financieros que se requieren, también denominados estados contables nos permiten
conocer cuál es la situación económica y financiera de una empresa durante un tiempo
determinado. Los estados financieros son cada uno de los elementos que conforman las cuentas
anuales de las empresas y que sirven para valor en el momento en el que se encuentra cada
organización después del ejercicio económico.
El Registro Único de Proponentes es el instrumento a través del cual los proponentes acreditan su
capacidad jurídica, financiera, organizacional y su experiencia. El certificado del RUP es la prueba de
tales condiciones, por lo que las Entidades Estatales no pueden solicitar a los oferentes
documentación adicional para verificar la información contenida en el mismo.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están
obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente
el cumplimiento de los requisitos.
4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN
El presente proceso de contratación se regirá por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, que
conforman el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, así como por la Ley
1474 de 2012, el Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto reglamentario 1082 de 2015.
De conformidad con los postulados definidos en el numeral 7 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993,
corresponde a la entidad estatal contratante, señalar la conveniencia del objeto a contratar y las
autorizaciones y aprobaciones para ello, por lo que se analizarán o impartirán con antelación al inicio
del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según sea el caso.
El mismo artículo en su numeral 12 establece que con antelación a la apertura del procedimiento
de selección o de la firma del contrato, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos
requeridos, y los pliegos de condiciones que determinan las exigencias del contrato. Esta condición
se corrobora con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.
El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, se sujetarán a la
Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido
en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, la Ley 1450 de 2011, el Decreto Ley
0019 de 2012 y el Decreto 1082 del 2015 y las disposiciones aplicables a la naturaleza del objeto de
este proceso de selección y del contrato respectivo, y las demás normas concordantes.
El artículo Segundo de la Ley 1150 de 2007 modificado por la Ley 1474 de 2011, por medio de la cual
se introducen medidas para la eficiencia y transparencia, el Decreto 1082 de 2015, señala que la
escogencia del proveedor se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación
Pública, Selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa y mínima cuantía.
El numeral 1 del artículo 2 del Título 1 de la Ley 1150 de 2007, señala que "La escogencia del
contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se
señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo…". En consecuencia, en atención al objeto a
contratar y a la cuantía el proceso de selección que aquí nos ocupa, se realizara a través de Selección
Abreviada de Menor Cuantía.
El proceso de selección que se adelanta se realizará por la modalidad de Selección Abreviada de
Menor Cuantía, teniendo en cuenta el objeto a contratar y el presupuesto oficial, el cual no es
superior la menor cuantía de la Entidad, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el literal b
del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015.
De igual forma, el literal b del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 establece que: “para
las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales
mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 450
salarios mínimos legales mensuales”, que es el rango en el cual se enmarca CORMAGDALENA.
NOTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto
1082 de 2015, se indica que de llegarse a presentar más de diez (10) manifestaciones de interés para
participar en el presente proceso, CORMAGDALENA NO hará uso del sorteo contemplado en esa
disposición.
5. PRESUPUESTO Y ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, MONTO Y
POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO
5.1. VALOR DEL CONTRATO
El valor del presupuesto oficial del proceso se fija en la suma de hasta CUARENTA Y NUEVE
MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($49.300.000) incluyendo IVA, y demás tributos que se causen
por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación para el cumplimiento del objeto contractual.
Este presupuesto incluye los costos directos e indirectos para la ejecución del contrato (tributos –
impuestos, tasas, contribuciones, derechos, gravámenes, estampillas, tanto del orden Nacional
como del orden Departamental y Municipal -, legalización, publicación, honorarios o salarios del
personal, materiales, etc.).
5.2. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.
CORMAGDALENA para la atención del compromiso derivado de la presente necesidad, cuenta con
el siguiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal así:
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL
VALOR CERTIFICADO DE
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
No. 478 del 30 de mayo de 2018 $49.300.000
5.3. JUSTIFICACIÓN DEL VALOR ESTIMADO
El valor estimado está basado en el referente del valor en el mercado para lo cual se realizaron
solicitudes de cotización a varias empresas que comercializan bienes y servicios similares a lo
requerido. Las cotizaciones recibidas que cumplen con los requisitos se presentan a continuación:
EMPRESA MARCA VALOR (INCLUIDO
IVA) VALOR PROMEDIO
GEOSYSTEM topcon Hiper 5 $53,550,000
$49,279,036
DATUM Trimble RS8 $65,145,182
GERMAN GOMEZ Stonex S8 $36,700,000
GERMAN GOMEZ Stonex S800 $42,500,000
GERMAN GOMEZ Stonex S10A $48,500,000
5.4. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Los impuestos, tasas y contribuciones que afectan el contrato, son los que establezca el gobierno
nacional conforme con la normatividad tributaria vigente al momento de efectuar el pago por parte
de la entidad.
6. LUGAR DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DEL EQUIPO
El lugar de ejecución y entrega del equipo y su respectivo entrenamiento se hará en la siguiente
oficina de la Corporación:
La Seccional de Barranquilla, Atlántico ubicada en la Vía 40 No. 73 – 290 Oficina 802, Edificio
MIX.
7. FORMA DE PAGO.
Una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos de ejecución, CORMAGDALENA pagará
al contratista el valor total del contrato en un único pago previa entrega de la factura o documento
equivalente, y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato asignado por
CORMAGDALENA del equipo y realizadas las capacitaciones.
El pago se realizará a los treinta días calendarios siguientes a la presentación de la factura o
documento equivalente acompañado de sus respetivos soportes, tales como: certificado de
cumplimiento y recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato, certificación expedida
por el Representante Legal o por el Revisor Fiscal según sea el caso del pago de sus obligaciones al
sistema de seguridad social integral y de aportes a parafiscales, de conformidad con lo establecido
en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y la ley 1150 de 2007.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de
ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual, a la suscripción del
contrato, el contratista deberá allegar certificación bancaria con vigencia no mayor de 30 días.
8. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA
MAS FAVORABLE
8.1. REQUISITOS HABILITANTES
El presente proceso de selección verificará los siguientes aspectos habilitantes de los oferentes:
(a) Capacidad Jurídica.
(b) Capacidad Financiera.
(c) Capacidad Organizacional.
(d) Requisitos Técnicos.
Estos requisitos serán verificados e interpretados en los términos de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto
1082 de 2015, los cuales sólo serán objeto de verificación por parte de CORMAGDALENA y cuya
presentación, cumplimiento y acreditación son necesarios para la evaluación de la oferta.
En atención a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, CORMAGDALENA en relación con los
proponentes o integrantes de estructura plural obligados a inscribirse en el RUP, verificará la
acreditación y cumplimiento de los requisitos habilitantes a través de la información que conste en
el Registro Único de Proponentes RUP, y verificará la información adicional que no deba constar en
el RUP, mediante la presentación de los documentos de acreditación necesarios.
Para facilitar la correcta integración de la propuesta por parte del oferente y su estudio y evaluación
por CORMAGDALENA, el proponente deberá integrar los documentos de la propuesta en el mismo
orden en que se relacionan en los siguientes numerales:
8.2. GENERALIDADES
(a) Únicamente se considerarán hábiles aquellos proponentes que acrediten el cumplimiento de
la totalidad de los requisitos habilitantes, según lo señalado en el presente estudio previo,
teniendo en cuenta para el efecto las condiciones exigidas dependiendo de si el Proponente se
encuentra o no obligado a estar inscrito en el RUP.
(b) En el caso de figuras asociativas, los requisitos habilitantes serán acreditados por cada uno de
los integrantes de la figura asociativa, en los términos dispuestos en el pliego de condiciones;
quienes deberán acompañar sus propuestas con el certificado RUP o el Formato de
“Acreditacion de capacidad para no obligados a inscribirse en el RUP” dispuesto para el efecto,
según corresponda.
(c) LÍDER. Es aquel integrante de la figura asociativa del oferente; esté o no obligado a inscribirse
en el RUP. El LÍDER deberá tener como mínimo un porcentaje de participación en la figura
asociativa del cincuenta y un por ciento (51%), encontrándose obligado a acreditar como
mínimo el cincuenta y un por ciento (51%) de la experiencia exigida mediante la sumatoria de
los valores de los contratos acreditados como experiencia, en SMMLV de acuerdo con el pliego
de condiciones. Todos los proponentes que presenten propuesta a través de una figura
asociativa deberán designar un LÍDER con el pleno cumplimiento de los requisitos aquí
descritos.
(d) Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, en los casos de figuras asociativas conformadas
tanto por miembros que deban estar inscritos en el RUP como por miembros que no deban
estar inscritos en el RUP, los requisitos habilitantes se acreditarán a través del RUP, para los
integrantes obligados y para los no obligados de conformidad con lo exigido en el pliego,
teniendo en cuenta para el efecto lo establecido en la legislación aplicable.
(e) Los proponentes colombianos o extranjeros obligados a inscribirse en el RUP deberán adjuntar
como parte de su propuesta su certificado de inscripción al RUP vigente y en firme. En el caso
de figuras asociativas, cada uno de los miembros de la figura asociativa deberá adjuntar como
parte de su propuesta su certificado RUP vigente y en firme. Las personas naturales extranjeras
sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, que no
se deban inscribir en el RUP, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes
de capacidad jurídica, capacidad financiera y organizacional a través del diligenciamiento del
Formato , que contienen entre otras cosas la información sobre la capacidad jurídica, capacidad
financiera y organizacional del proponente, el cual deberá estar acompañado de las respectivas
certificaciones de conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones. Estos
formatos deberán ser suscritos por el representante legal del proponente, por el representante
legal del miembro de la figura asociativa (según corresponda) y por el contador, auditor o
revisor fiscal (según corresponda).
(f) En el evento de que los llamados a cumplir con la obligación de suscribir el Formato de
“certificado de capacidad de proponentes no obligados a inscribirse en el RUP” y las
certificaciones de los requisitos habilitantes, no pudieren hacerlo alegando limitaciones de
orden legal o falta de autorización legal expresa, deberán hacerlo en su reemplazo el auditor o
revisor fiscal, y a falta de estos el vicepresidente financiero o su equivalente y a falta de este
únicamente por el representante legal y el contador.
En todo caso, de presentarse esta situación los formatos deberán acompañarse de una
certificación o comunicación del revisor fiscal o auditor o de un abogado autorizado para
ejercer en la jurisdicción de origen del proponente o del miembro de la figura asociativa en la
que se señale la imposibilidad de suscribir el Formato de “Acreditacion de capacidad para no
obligados a inscribirse en el RUP” por limitacion legal o por falta de autorizacion legal expresa.
Para efectos de acreditación de la experiencia sólo serán admisibles los contratos suscritos con las
siguientes condiciones:
1. Contrato Ejecutado o Contrato Terminado, aquel cuyo objeto y obligaciones se encuentran
ejecutadas y cumplidas por parte del contratista.
2. Contrato Principal, se refiere al contrato que es presentado por el proponente o los miembros
de la estructura plural para acreditar experiencia requerida el cual puede incluir reformas al
contrato y cumple con las reglas previstas en el pliego.
3. Corresponder a contratos con entidades públicas del orden nacional, departamental, distrital o
municipal, con establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado o
sociedades de economía mixta y/o para gobiernos internacionales y/u organismos multilaterales
y/o Asesoría para el sector público a nivel nacional o internacional y/o empresas privadas
siempre y cuando cumplan con los requisitos del pliego.
8.3. CAPACIDAD JURÍDICA
La Capacidad Jurídica es aquella condición de las personas naturales o jurídicas relativa a su aptitud
para participar en el presente proceso de selección. En este orden de ideas, se entenderá que para
las personas naturales la capacidad jurídica será la prevista en el artículo 1502 y siguientes del
Código Civil colombiano y para las personas jurídicas, la prevista en el artículo 99 y siguientes del
Código de Comercio colombiano y siempre que el representante legal cuente con las autorizaciones
que conforme a los estatutos sociales deba tener para participar en el presente proceso de
selección. Para los proponentes de origen extranjero se verificará que cumplan con las mismas
condiciones previstas en esta definición. Para el caso de las personas jurídicas extranjeras se tendrá
en cuenta la ley aplicable en la respectiva jurisdicción de incorporación.
En los siguientes numerales se indican los documentos jurídicos que deberán allegar los
Proponentes para cumplir con las exigencias del Pliego de Condiciones.
- Carta de presentación de la propuesta.
- Certificado de existencia y representación legal.
- Autorización para presentar propuesta y firmar contrato (cuando aplique).
- Certificado Único Tributario Actualizado.
- Certificación del Revisor Fiscal.
- Registro único de proponentes RUP.
- Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales.
- Pacto de transparencia (Anexo 1) de los participantes
- Garantía de seriedad de la propuesta.
- Certificado del sistema de información y registro de sanciones y causas de inhabilidad – SIRI- de
la procuraduría general de la nación.
- Antecedentes fiscales, judiciales y verificación en el Registro Nacional de Medidas Correctivas.
- Demás formatos debidamente diligenciados, cuando corresponda.
Los requisitos y documentos indicados serán desarrollados en el pliego de condiciones.
8.3.1. ACREDITACIÓN DE MIPYMES
En caso de que se limite la convocatoria de conformidad a la respectiva Resolución de Apertura, sólo
las personas jurídicas o naturales que ostenten la calidad de MIPYME, podrán participar en el
presente proceso de selección.
En este sentido los proponentes acreditarán la condición de Mipyme mediante certificación del
contador público o revisor fiscal si existiere, de acuerdo con los requerimientos de ley sobre la
condición de Mipyme conforme a su capital y tamaño empresarial. Así mismo deberán tener su
domicilio en el territorio nacional lo cual será verificado en el RUT aportado, y como mínimo un (01)
año de existencia al momento del cierre del proceso, requisito que será constatado con el aporte
del Certificado de Existencia y Representación Legal o registro mercantil reciente tratándose de
persona natural.
En el caso de que el proponente sea un consorcio o unión temporal, deberá estar conformado
únicamente por MIPYMES.
Nota 1: De acuerdo con las definiciones contenidas en el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013,
entiéndase por MIPYME para el presente proceso de contratación, las micro, pequeñas y medianas
empresas, las cuales a su vez se encuentran delimitadas por el artículo 2º de la Ley 590 de 2000,
modificado por el artículo 2 de la Ley 905 de 2004, artículo 75 de la ley 1151 de 2007 y artículo 43
de la Ley 1450 de 2011.
Nota 2: Los proponentes que hubieren acreditado su calidad de MIPYME durante la publicación del
proyecto de pliego de condiciones a fin de limitar la convocatoria, no tendrán la obligación de
aportar la documentación requerida en el presente numeral, según lo estipulado en el artículo 9º
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, como quiera que
se trata del mismo proceso.
No obstante a la anterior, la Entidad se reserva la facultad de adelantar las actuaciones conducentes
a la verificación del presente requisito.
8.3.2. COPIA REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
El proponente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberán presentar copia del
Registro Único Tributario – RUT, expedido por la DIAN.
8.4. REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA
La aplicación de la Ley 1314 de 2009, por medio de la cual se establece la convergencia de las normas
de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información con estándares
internacionales de aceptación mundial, es para todas las personas naturales o jurídicas, obligadas a
llevar contabilidad.
En ese sentido, todas las personas jurídicas y naturales obligadas a llevar contabilidad, deberán
soportar su capacidad financiera y organizacional, aportando estados financieros del último cierre
fiscal, preparados y presentados bajo los estándares de las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF), de acuerdo a los marcos técnicos normativos que para el efecto el Gobierno
Nacional dispuso en el Decreto 2420 de 2015.
De conformidad con el grupo NIIF en que se clasifique, deberá aportar el conjunto completo de
estados financieros que corresponda:
Grupo 1: Estado de situación financiera al final del periodo, un estado de resultado integral del
periodo, estado de cambios en el patrimonio del periodo, estado de flujos de efectivo del periodo,
notas a los estados financieros
Grupo 2: Estado de situación financiera, un estado de resultado, estado de cambios en el
patrimonio, estado de flujos de efectivo y notas a los estados financieros
Grupo 3: Estado de situación financiera, un estado de resultado y notas a los estados financieros. Las
microempresas se clasifican en el Grupo 3 y se exceptúan de presentar estado de cambios en el
patrimonio y estado de flujos de efectivo.
La capacidad financiera de los proponentes se acreditará mediante los indicadores establecidos en
el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, verificándose a partir del RUP (para
los proponentes o miembros de Figura Asociativa obligados a inscribirse en dicho registro de
conformidad con la normatividad vigente), o del diligenciamiento del Formato de “Acreditacion de
capacidad para no obligados a inscribirse en el RUP” en caso de no estar obligados a inscribirse en
el RUP. El Formato deberá estar suscrito bajo la gravedad de juramento, por el Representante Legal
del proponente, representante legal del miembro de la estructura plural y el Revisor Fiscal del
proponente, si el proponente no está obligado a tener Revisor Fiscal, debe ser suscrito por su
Contador.
Dicho formato deberá registrar en todos los casos, información tomada de los balances generales y
el estado de pérdidas y ganancias de la compañía en la cual se reflejan los resultados
correspondientes al 31 de diciembre del último año fiscal (este último evento aplica para aquellos
proponentes extranjeros en cuyo país la fecha de corte fiscal sea distinta al 31 de diciembre de cada
año), que hayan sido tomados como base para decretar dividendos y para la liquidación del
impuesto de renta o su equivalente, debidamente aprobados por la asamblea de accionistas, junta
de socios o el órgano social competente, correspondientes al último cierre anual ordinario.
En el caso de empresas extranjeras, los estados financieros de los cuales se tome la información
deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero
–IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE AUDITADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a
opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo
los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP -, caso en el cual la
información contable que se obtenga de los mismos deberá presentarse debidamente certificada
por Contador Público Colombiano o de acuerdo con lo establecido en las normas legales vigentes.
Se debe allegar copia de la tarjeta profesional del contador y copia de certificado de antecedentes
disciplinario expedido por la Junta Central de Contadores.
Los proponentes deberán acreditar su capacidad financiera, demostrando que el Proponente
individual, y en caso de figuras asociativas: i) el LÍDER o ii) la Estructura Plural, mediante la
ponderación de los componentes de los indicadores de acuerdo al método 1 sugerido por el
“Manual para Verificar los Requisitos Habilitantes en los Procesos de Contratacion” de Colombia
Compra Eficiente, deberán acreditar su capacidad financiera para los indicadores que a continuación
se relacionan, de la siguiente forma:
8.4.1. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
Los indicadores de capacidad financiera contenidos en el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013 son:
Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene
un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor
es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo.
Índice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de
endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. A mayor
índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus
pasivos.
Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la
capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de
intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras.
Se tendrá en cuenta un Indicador adicional que es el Capital de Trabajo:
Capital De Trabajo = Activo corriente - Pasivo corriente, Este indicador representa la liquidez
operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego de liquidar sus activos
corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo
contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable
su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos
8.4.2. ANÁLISIS DE LA DEMANDA INTERNA EN CORMAGDALENA
Con el fin de adelantar el Proceso Selección Abreviada de Menor Cuantía (Ley 1150 de 2007), se
realiza un sondeo en los Procesos anteriores o Procesos similares que hayan sido contratados y
ejecutados, por Cormagdalena, desde que se aplicó el Decreto 1510 de 2013 al 2018.
Como no hay Procesos similares tomaremos Procesos de Suministro de bienes y servicios:
8.4.3. ANÁLISIS DE LA DEMANDA EXTERNA
Analizando el sector de la construcción donde más se adquieren bienes y servicios El Sistema de
Información y Reporte Empresarial – SIREM, de datos consultados con corte a 2015.
8.4.4. ÍNDICE DE LIQUIDEZ (RAZÓN CORRIENTE)
DATO SIREM
INDICADOR DE LIQUIDEZ PROMEDIO = 1.46
8.4.5. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO (RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO
DATO SIREM
PROCESO OBJETO ÍNDICE DE LIQUIDEZ ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO RAZÓN DE COBERTURA DE
INTERESES
SAMC-006-
16
CONTRATAR EL SUMINISTRO,
ADECUACIÓN, MANTENIMIENTO
E INSTALACION DE OFICINAS Y
PUESTOS DE TRABAJO EN LAS
SEDES DE CORMAGDALENA, ASÍ:
ITEM 1 - ADECUACION Y
MANTENIMIENTO A LAS
INSTALACIONES DEL EDIFICIO DE
CORMAGDALENA UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE
BARRANCABERMEJA. ITEM 2 -
ADECUACIÓN DE LOS PUESTOS
DE TRABAJO
1,5% 80% Igual o mayor a 1
SAMC-001-
15
SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y
PUESTA EN MARCHA DE:
RECURSOS TECNOLÓGICOS PARA
LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RED
DE SERVICIOS IP
1,5% 80% Igual o mayor a 1
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO PROMEDIO = 59.71
8.4.6. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
DATO SIREM
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES PROMEDIO = 3.38
8.4.7. CAPITAL DE TRABAJO (C.T)
DATOS SIREM
Partiendo del hecho que el indicador de Capital de trabajo Demandado mide la capacidad que tiene
una empresa para afrontar sus obligaciones a corto plazo que impliquen desembolso de efectivo a
corto plazo y es útil para la empresa porque puede establecer la facilidad o dificultad para generar
efectivo y así pagar sus pasivos corrientes con el efectivo que produzcan su activo corriente y
teniendo en cuenta que específicamente La razón corriente no es más que la verificación de la
disponibilidad que tiene la empresa para cumplir sus compromisos, tanto la disponibilidad como el
compromiso deben ser a corto plazo.
ENTIDAD ÍNDICE DE LIQUIDEZ
PROMEDIO
ÍNDICE DE
ENDEUDAMIENTO
PROMEDIO
RAZÓN DE
COBERTURA DE
INTERESES
PROMEDIO
CORMAGDALENA 1.5 80.00 ≥ 1
SIREM 1.46 59.71 3.38
PROMEDIO 1.48 69.86 ≥ 2.19
Para determinar los Indicadores se establece los siguiente:
ÍNDICE DE LIQUIDEZ
Deberá ser mayor o igual a uno coma cinco (1,5).
FORMULA:
𝐋𝐢𝐪𝐮𝐢𝐝𝐞𝐳 =𝐀𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐂𝐨𝐫𝐫𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞
𝐏𝐚𝐬𝐢𝐯𝐨 𝐂𝐨𝐫𝐫𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞≥ 𝟏, 𝟓
En caso de que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo
a su porcentaje de participación.
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
Deberá ser menor o igual a cero comas sesenta y cinco (0,65)
FORMULA:
𝐍𝐢𝐯𝐞𝐥 𝐝𝐞 𝐄𝐧𝐝𝐞𝐮𝐝𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 =𝐏𝐚𝐬𝐢𝐯𝐨 𝐓𝐨𝐭𝐚𝐥
𝐀𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐓𝐨𝐭𝐚𝐥≤ 𝟎, 𝟔𝟓
En caso de que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo
a su porcentaje de participación.
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES:
Deberá ser mayor o igual a tres (3,0)
FORMULA:
𝐑𝐚𝐳𝐨𝐧 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐛𝐞𝐫𝐭𝐮𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐞𝐬𝐞𝐬 =𝐔𝐭𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐎𝐩𝐞𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥
𝐆𝐚𝐬𝐭𝐨𝐬 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐞𝐬𝐞𝐬≥ 𝟑, 𝟎
NOTA: Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de
razón de cobertura de intereses. En este caso el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su
utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura
de intereses.
En caso de que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo
a su porcentaje de participación.
CAPITAL DE TRABAJO:
FORMULA GENERAL:
CT = AC - PC ≥ CTd
Donde,
CT = Capital de trabajo
AC = Activo corriente
PC = Pasivo corriente
CTd = Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta
El capital de trabajo (CT) del oferente deberá ser mayor o igual al capital de trabajo
demandado (CTd):
CT ≥ CTd
El Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta (CTd), se
calcula así:
FORMULA:
CTd = (PO/n)
Donde,
CTd = Capital de Trabajo demandado del proceso al cual presenta propuesta
PO = Presupuesto oficial del proceso al cual presenta propuesta.
n = Plazo del proceso al cual presenta propuesta.
Nota: como el plazo del Proceso es de muy corto 30 Días n=1
En caso de que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma aritmética de los valores acreditados como Capital de Trabajo de cada uno de los Integrantes.
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el
objeto del contrato en función de su organización interna. El Decreto 1082 de 2015 definió los
indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un proponente teniendo en
cuenta que está bien organizado cuando es rentable.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Los indicadores de capacidad organizacional contenidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082
de 2015 son:
Rentabilidad sobre patrimonio (ROE): Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la
rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad
operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio,
mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
Rentabilidad sobre activos (ROA): Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la
rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad
operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la
rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe
ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.
La determinación de cada requisito habilitante debe estar enmarcada en el análisis y el concepto de
lo que mide el indicador. Si el indicador representa una mayor probabilidad de Riesgo a medida que
su valor es mayor, la Entidad Estatal debe fijar un valor máximo para el requisito habilitante. Si el
indicador representa una menor probabilidad de Riesgo a medida que su valor es mayor, la Entidad
Estatal debe fijar un mínimo. La siguiente tabla muestra la interpretación de cada uno de los
indicadores de capacidad organizacional que debe contener el RUP y su relación con la probabilidad
del Riesgo:
Analizando procesos anteriores tenemos los siguientes procesos:
PROCESO OBJETORENTABILIDAD DE
PATRIMONIO (ROE)
RENTABILIDAD DEL
ACTIVO (ROA)
SAMC-006-16
CONTRATAR EL SUMINISTRO, ADECUACIÓN, MANTENIMIENTO E INSTALACION DE
OFICINAS Y PUESTOS DE TRABAJO EN LAS SEDES DE CORMAGDALENA, ASÍ: ITEM 1 -
ADECUACION Y MANTENIMIENTO A LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO DE
CORMAGDALENA UBICADO EN EL MUNICIPIO DE BARRANCABERMEJA. ITEM 2 -
ADECUACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DE LA OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE DE
BOGOTÁ Y CONTRATAR LA ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE
RECURSOS TECNOLÓGICOS PARA LA ADECUACION DE LA RED DE DATOS DE AREA LOCAL
DE LA OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE DE LA CORPORACIÓN UBICADA EN LA CIUDAD DE
BOGOTÁ E INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE UN AIRE ACONDICIONADO
TIPO MINISPLIT DE 18 MIL BTU PARA EL CENTRO DE COMPUTO DE LA OFICINA DE
CORMAGDALENA EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ. ITEM 3 - CONTRATAR LA ADQUISICION,
INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE: UNA (1) UPS DE 6 KVA, SIETE (7) TELEFONOS IP Y
REUBICACION DE PUNTOS DE RED CON SUS CORRESPONDIENTES PUNTOS ELECTRICOS
DOBLES REGULADOS Y NO REGULADOS Y SUMINISTRO E INSTALACION DE NUEVOS
PUNTOS DE RED CAT. 6 Y PUNTOS ELECTRICOS DOBLES REGULADOS Y NO REGULADOS
PARA LA SECCIONAL DE CORMAGDALENA EN LA CIUDAD DE BARRANQUILLA
3% 2%
SAMC-001-18
COMPRA E INSTALACIÓN DE MOBILIARIO Y PANELERIA PARA LA ADECUACIÓN DE LOS
PUESTOSDE TRABAJO DE LA OFICINA DE GESTIÓN Y ENLACE DE CORMAGDALENA EN LA
CIUDAD DE BOGOTÁ.
5% 3%
4% 2.5%INDICADORES PROMEDIO
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos
de Capacidad Organizacional:
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO (ROE)
Debe ser mayor o igual a CINCO POR CIENTO (5%):
FORMULA:
𝑅𝑂𝐸 =Utilidad Operacional
Patrimonio ≥ 5%
En caso de que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo
a su porcentaje de participación.
RENTABILIDAD DEL ACTIVO (ROA)
Debe ser mayor o igual a TRES POR CIENTO (3%).
FORMULA:
𝑅𝑂𝐴 =Utilidad Operacional
Activo Total ≥ 3%
En caso de que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la
suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo
a su porcentaje de participación.
8.5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
El proponente deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos señalados a continuación para
considerarse como HÁBIL. En caso de no cumplir con alguno de éstos, se considera como NO HÁBIL.
8.5.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (CUMPLE / NO CUMPLE)
Es la experiencia habilitante que debe acreditar cada Proponente, no otorga puntaje; pero en el
evento en que el proponente no la acredite se le rechazará su propuesta.
El Proponente debe acreditar experiencia requerida mediante la presentación de máximo dos (2)
contratos ejecutados con entidades estatales, cuyo objeto y/o alcance haya involucrado la siguiente
actividad:
Suministro de equipo de posicionamiento GPS (base y Rover) con sus accesorios, software
de campo y oficina, y colector de datos.
Dichos contratos deben estar cumplidos a satisfacción y debidamente liquidados para ser tenidos
en cuenta como experiencia del proponente, y cuya sumatoria sea o exceda el valor del presupuesto
oficial en SMMLV (65 SMMLV).
En todo caso, los contratos acreditados para la experiencia deberán encontrarse clasificados en al
menos uno de los siguientes códigos de la tabla:
Código Segmento Código Familia Código Clase Código Producto
52000000
Artículos domésticos,
suministros y productos
electrónicos de consumo
52160000
Electrónica de
consumo
52161500
Equipos audiovisuales
52161518
Receptores de
Sistemas de
Posicionamiento
Global
52000000
Artículos domésticos,
suministros y productos
electrónicos de consumo
52160000
Electrónica de
consumo
52161500
Equipos audiovisuales
52161526
Receptores de Satélite
41000000
Equipos y Suministro de
Laboratorio, de
Medición, de
Observación y de
Pruebas
41110000
Instrumentos
medida,
observación de y
ensayo
41111600
Instrumentos de medida
de longitud, espesor o
distancia
43000000
Difusión de tecnologías
de información y
telecomunicaciones
43220000
Equipos o
plataformas y
accesorios de
redes multimedia
o de voz y datos
43221700
Equipo fijo de red y
componentes
43221722
Antenas de Sistemas
de Posicionamiento
Geográfico gps
Tabla 2. Clasificación Productos y Servicios de las Naciones Unidas
Por lo anterior, el oferente deberá estar inscrito en el registro único de proponentes con los códigos
de la tabla anterior.
a) En caso de que el proponente relacione más de dos (2) contratos para acreditación de la
experiencia, solamente se tendrán en cuenta para efectos de la evaluación, los primeros dos
(2) contratos relacionados en el Formato de Experiencia del Proponente.
b) En caso de contratos acreditados mediante experiencia en estructuras plurales anteriores, se
verificará de la siguiente manera: se tendrá en cuenta la experiencia en forma proporcional
al porcentaje de participación que se haya tenido en la estructura plural.
c) En el caso que el mismo contrato sea acreditado en este proceso por dos o más miembros de
una estructura plural anterior, este será relacionado de manera independiente para cada
miembro en el porcentaje de participación que este haya tenido en la relación de contratos
que se pretende acreditar, lo anterior para efectos de la acreditación de máximo tres (3)
contratos.
Cuando el oferente no diligencie el formato conforme a lo indicado en el presente literal,
pretendiendo que un mismo contrato que fue ejecutado por miembros de una estructura
plural anterior, sea válido como un solo contrato, se excluirá la parte del contrato del (los)
miembro(s) que haya(n) tenido el menor porcentaje de participación.
Tratándose de porcentajes iguales, se incluirá solo uno de ellos.
Para el evento aquí previsto, la exclusión del (los) porcentaje(s) del contrato ejecutado, no
contraviene la regla prevista en los presentes estudios previos, relativa a que cada uno de los
integrantes que conforman la figura asociativa acredite por lo menos un contrato, por lo
tanto, dicho requisito se entenderá cumplido siempre y cuando se cumplan los porcentajes y
demás requisitos del pliego de condiciones.
d) La experiencia definida en el presente numeral se acreditará mediante el diligenciamiento del
Formato de Experiencia del proponente que deberá estar acompañado de cualquiera de los
documentos que se listan a continuación, los cuales deberán contener como mínimo la
siguiente información: (i) nombre del contratista y de sus miembros, junto con la
discriminación de la participación de cada miembro en la estructura plural anterior; (ii) objeto
y/o alcance del contrato; (iii) fecha de inicio; (iv) fecha de terminacion y/o de liquidacion; (v)
obligaciones y/o funciones ejecutadas. La verificación de dicha información se efectuará a
través del RUP, la información adicional de los contratos que no pueda verificarse en el RUP
porque no conste en él, se deberá acreditar en cualquiera de los siguientes documentos,
como mínimo o en una combinación de los mismos
i. Copia del contrato junto con la constancia de ejecución y cumplimiento, y/o
terminación y el acta de liquidación y/o el acto administrativo de liquidación o si de
acuerdo con la normatividad, es necesaria la liquidación, en caso de que el contrato
no haya sido liquidado, se deberá anexar el acta de terminación y/o el acta de recibo
final.
ii. Una certificación emitida por la entidad contratante en la que conste la información
descrita anteriormente y en especial, haber concluido su ejecución, o que el
contrato fue liquidado y que las actividades desarrolladas fueron terminadas.
iii. Además de los documentos mínimos establecidos en los numerales i) y ii) anteriores
del presente numeral, los proponentes podrán allegar documentos oficiales de la
entidad contratante en los que conste la información requerida en el pliego y las
especificaciones técnicas de los contratos.
e) Para efectos de acreditar la información requerida sobre el porcentaje de participación en
estructuras plurales anteriores, los proponentes podrán también adjuntar al Formato
respectivo, (i) una certificación adicional, en la cual la entidad contratante certifique el
porcentaje de la participacion de los miembros de la estructura plural anterior; o (ii) la
resolución de adjudicación del contrato que se acredita, siempre que indique dicho
porcentaje de participación y acompañada de una declaración suscrita por el representante
legal de quien pretenda acreditar la experiencia, en la cual se indique el porcentaje de
participación de los miembros de la estructura plural anterior a la terminación del respectivo
contrato.
En todo caso no será válida la presentación del documento de conformación de consorcio o
de la escritura de conformación de la sociedad para acreditar el porcentaje de participación
en la estructura plural anterior.
f) En el evento que la experiencia que se pretenda acreditar se hubiese obtenido mediante
contratos principales celebrados con CORMAGDALENA NO será necesaria la presentación de
los documentos relacionados en el presente numeral, y por tanto la verificación de la
información incorporada por el Proponente en el Formato respectivo podrá ser efectuada
directamente por CORMAGDALENA en sus archivos internos. Para el efecto el proponente
deberá suministrar los detalles de la información que posea a efectos de facilitar la
verificación de la información.
g) Para efectos de la evaluación, se consideran contratos válidos para la acreditación de la
experiencia, aquellos ejecutados por un contratista en virtud de una relación contractual de
primer orden con el ente contratante.
h) Para la acreditación de la experiencia, aquí prevista, serán válidos los contratos celebrados en
Colombia con empresas públicas, organismos multilaterales o empresas privadas, y los
celebrados en el Exterior por el proponente directamente con empresas públicas o con
organismos multilaterales.
i) El Proponente que quiera acreditar contratos de vigilancia que hayan sido objeto de cesión,
ya sea como cedente o cesionario, solamente podrá acreditarlo si demuestra que ha
ejecutado al menos el cincuenta y uno por ciento (51%) del valor total del Contrato.
j) Será válida la experiencia de los socios de una persona jurídica cuando ella no cuente con más
de tres (3) años de constituida. Para el efecto el socio deberá cumplir con lo establecido en el
presente documento.
k) Para acreditar las experiencias requeridas no se tendrán como válidos planos, informes,
esquemas o archivos magnéticos que las describan o contengan.
Los contratos y sus respectivas liquidaciones, o las certificaciones de experiencia para que sean
tenidos en cuenta deberán contener como mínimo la siguiente información:
Objeto del contrato
Valor total del contrato
Entidad contratante
Duración del contrato
Fecha de inicio y terminación de la ejecución del contrato
Cumplimiento
Cantidad de personal asignado y clase de servicios prestados
Liquidación del Contrato
La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio) corresponde a la suma de la
experiencia que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural. Cuando un proponente
adquiere experiencia en un contrato como integrante de un contratista plural, la experiencia
derivada de ese contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de
participación.
Cuando el proponente o el integrante del consorcio o unión temporal sean una persona natural o
jurídica extranjera o integrante de un consorcio o unión temporal, presentará la información que
acredite su experiencia requerida, en iguales condiciones que los proponentes nacionales. En caso
de que alguna información referente a esta experiencia requerida no esté acreditada de la manera
que exige en este pliego de condiciones, debe aportar el documento o documentos equivalentes,
de los cuales se pueda obtener la información requerida. Esta acreditación con documentos
equivalentes solo aplica en relación con los expedidos en un país extranjero.
En caso de que el proponente acredite la experiencia con certificaciones expedidas por entidades
de derecho privado, el proponente deberá adjuntar copia del contrato respectivo o de los soportes
que sean del caso, siempre y cuando sea necesario para verificar información que no se evidencie
en la certificación.
La verificación de la Experiencia se realizará con base en la información que reporten los
proponentes en el ANEXO “EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE”, y en los respectivos
soportes de la información consignada en el mismo.
En dicho formato el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la
información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos soporte.
La propuesta deberá tener concordancia entre la información consignada en el ANEXO
“EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE” y los soportes presentados.
Cuando exista diferencia entre la informacion relacionada en el ANEXO “EXPERIENCIA HABILITANTE
DEL PROPONENTE” y la consagrada en los soportes presentados, o cuando el formato no incluya
información de la cual se aportó el soporte, prevalecerá la información de los soportes.
No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista y/o integrante (s) del
Consorcio y/o Unión Temporal. No serán válidos contratos verbales.
CORMAGDALENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente
y de solicitar las aclaraciones que considere convenientes.
8.5.2. REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS DE EXPERIENCIA
Los soportes aportados por el proponente deberán permitir verificar como mínimo, la siguiente
información:
Nombre de la empresa Contratante. (Dirección, teléfono, NIT)
Nombre del Contratista.
Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes
lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno
de sus miembros.
Número del contrato. (si tiene)
Objeto del contrato.
Fecha de suscripción, inicio (día, mes y año)
Fecha de terminación, (día, mes y año) (si tiene).
Fecha de expedición de la certificación, (día, mes y año)
Plazo de ejecución
Valor del contrato
8.6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proponentes que obtengan en cada uno de los requisitos habilitantes establecidos en el pliego
de condiciones el criterio de HÁBIL, serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje, de
conformidad con los criterios de selección y adjudicación que se establecen a continuación, los
cuales determinarán el ORDEN DE ELEGIBILIDAD para la adjudicación.
CORMAGDALENA evaluará únicamente las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado la
totalidad de los requisitos habilitantes.
La omisión de la información requerida en esta sección no será subsanable por ser criterio de
desempate; en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la
participación del proponente, ni es causal de rechazo de propuesta.
A todas aquellas propuestas HABILITADAS y cuya oferta económica no se encuentre incursa en
causal de rechazo, se les calificará sobre la base de máximo de mil (1.000) puntos distribuidos de la
siguiente manera:
CONCEPTO PUNTAJE MÁXIMO
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 Puntos
FACTOR DE CALIDAD
Garantía adicional 400 Puntos
Entrenamiento teórico-práctico, dictado
por un profesional certificado de fabrica
100 Puntos
VALOR DE LA PROPUESTA ECONÓMICA 400 Puntos
TOTAL 1000 Puntos
Tabla 3. Puntaje criterios de evaluación y calificación de las ofertas
La ponderación de cada uno de los Factores de Evaluación de la propuesta se hará de la siguiente
manera:
A. RECIPROCIDAD Y APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS)
De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003 en el artículo 2.2.1.2.4.1.3 y siguientes del
Decreto 1082 de 2015, con el fin de apoyar la industria colombiana se otorgará un puntaje máximo
de CIEN (100) puntos con fundamento en el anexo correspondiente y las respectivas certificaciones
publicadas en el SECOP.
La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen individualmente o
como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de proponente colombiano,
para lo cual se aplicarán las siguientes reglas:
SERVICIOS NACIONALES:
Son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia, o por
personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana, de conformidad con
lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.1 del Decreto 1082 de 2015.
La Entidad concederá trato nacional a:
a) Los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga
Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
b) A los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial
pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes
y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la
normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y
c) A los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones
teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación
de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un Oferente Extranjero sin sucursal o
domicilio en Colombia pretenda recibir trato nacional será la que corresponda a la publicada en el
SECOP.
En caso de que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla
en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor
de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero (0) puntos.
Incentivo a la incorporación de Componente Colombiano: para la aplicación de este criterio se
tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del artículo 2º de la Ley 816/03: a los
proponentes de origen extranjero que ofrezcan determinado porcentaje de componente
colombiano incorporado, referido a la totalidad del personal del contrato, se les otorgará puntaje
de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece más adelante para la
evaluación correspondiente.
Para estos efectos, los proponentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad deberán
señalar en el Anexo correspondiente, el porcentaje ofrecido de componente nacional incorporado,
referido a la totalidad del personal que empleará para la ejecución del contrato.
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el
proponente no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero
ofrecidos en la ejecución del contrato.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se calificarán de
conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
Tabla 4. Factor apoyo a la industria nacional
FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL
Puntaje máximo posible en este factor = 100 puntos
SUBCRITERIO CONDICIONES PUNTAJE
SER
VIC
IOS
DE
OR
IGEN
NA
CIO
NA
L
(su
bcr
ite
rio
1)
La totalidad de la estructura plural o proponente individual
deben cumplir y ser:
Personas naturales nacionales, personas naturales
extranjeras residentes en Colombia, personas jurídicas
nacionales y;
Personas jurídicas extranjeras o las personas naturales
extranjeras no residentes en el país que hayan acreditado la
reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente,
así como las Estructuras Plurales integradas por dichas
personas.
100 puntos
En caso de que el proponente no se considere en su totalidad sus servicios de origen nacional,
de acuerdo con las condiciones señaladas anteriormente, se le otorgara un puntaje al
proponente igual al porcentaje de participación en la estructura plural que ostente el
componente nacional
INC
ENTI
VO
A
LA
INC
OR
PO
RA
CIÓ
N
DE
CO
MP
ON
ENTE
NA
CIO
NA
L
(su
bcr
ite
rio
2)
Proponentes extranjeros y Estructurales Plurales de origen
extranjero que no hayan acreditado la reciprocidad o la
existencia de un acuerdo comercial vigente, que ofrezcan
determinado porcentaje de componente nacional
incorporado, referido a la totalidad del personal del contrato,
de conformidad con la tabla de componente nacional que se
establece a continuación:
Hasta 50
puntos,
según tabla
COMPONENTE NACIONAL OFRECIDO DEL PERSONAL [Medido en términos de %
referido a la totalidad del personal del contrato] PUNTAJES
Hasta el 80 % de componente nacional incorporado 0 PUNTOS
Más del 80% de componente nacional y hasta el 85% 30 PUNTOS
Más del 85% de componente nacional y hasta el 90% 40 PUNTOS
Más del 90% de componente nacional 50 PUNTOS
Para efectos de lo anterior el oferente debe suscribir el FORMATO “Declaracion de Porcentaje de
Personal Colombiano”.
Podrán acumularse puntajes del subcriterio 1 y 2, pero en ningún caso podrán sumar para este
factor más de cien (100) puntos.
Únicamente se otorgará el puntaje por promoción de la incorporación de componente Nacional
cuando el proponente singular no haya recibido puntaje alguno por promoción de bienes y servicios
Nacionales, o cuando el proponente en consorcio o unión temporal este conformado por nacionales
y extranjeros sin derecho a trato nacional. Para el segundo caso, los puntos por la promoción de la
incorporación de componente Nacional se otorgarán en proporción al porcentaje de participación
del integrante extranjero sin derecho a trato nacional.
B. FACTOR DE CALIDAD (500 PUNTOS)
Las características mínimas exigidas deben ser cumplidas en su totalidad; el proponente que no
cumpla con las características mínimas solicitadas no será tenido en cuenta para la evaluación.
Las propuestas que cumplan estos requisitos se calificarán de la siguiente manera:
a. Garantía adicional (400 PUNTOS)
Todas las propuestas deberán contener certificación de garantía mínima de 1 año para todos los
equipos ofrecidos. Dicha certificación será mediante documento suscrito por el Representante Legal
de la persona jurídica o persona natural, bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado
con la firma del documento, en la que manifieste su compromiso de otorgar a CORMAGDALENA
garantía por un (1) año por todos los equipos ofrecidos. La propuesta que no allegue dicha
certificación suscrita por el Representante Legal de la persona jurídica o persona natural se
considerará NO HABIL. No se aceptan suscripciones parciales.
Se asignarán 400 puntos bajo el criterio de Factor de Calidad, al proponente que presente
certificación suscrita por el Representante Legal de la persona jurídica o persona natural, bajo la
gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del documento, en la que manifieste
su compromiso de otorgar a CORMAGDALENA garantía adicional a la garantía inicial solicitada en
los términos de esta convocatoria (1 año) para todos los equipos objeto de la presente convocatoria
de acuerdo a la siguiente asignación:
GARANTÍA ADICIONAL PUNTAJE MÁXIMO
Tres (3) o más años adicionales 400
Dos (2) años adicionales 200
Un Año (1) año adicional 100
No ofrece garantía adicional 0
b. El entrenamiento teórico-práctico debe ser dictado por personal certificado de fábrica
(100 PUNTOS)
El proponente deberá presentar certificación suscrita por el Representante Legal de la persona
jurídica o persona natural, bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma
del documento, en la que manifieste su compromiso que el entrenamiento a realizar a
CORMAGDALENA sobre Sistema de Posicionamiento Global Requerido debe ser dictado por
personal certificado de fábrica, sin que ello genere costo alguno para la Entidad. La verificación de
estos requerimientos será corroborada por el gestor administrativo del contrato, o por quien este
designe para todos los efectos.
C. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (400 PUNTOS)
La evaluación económica aplicará para las propuestas que hayan cumplido con los requisitos
habilitantes y se asignará un máximo de CUATROCIENTOS (400) puntos.
Para la evaluación económica se establecerá un valor promedio de las propuestas económicas
habilitadas, teniendo en cuenta las ofertas que se presenten, mediante la aplicación de la siguiente
fórmula:
PP = ((P1 + P2 + P3 +…+Pn) + PO) ÷ (TPC + 1)
En donde:
PP = Valor promedio de las propuestas económicas
P1, P2, P3, Pn = Valor de las propuestas económicas habilitadas, corregidas si es del caso.
PO = Valor del Presupuesto Oficial
TPC = Total de propuestas hábiles presentadas.
Para el cálculo del Valor promedio de las propuestas económicas sólo se tendrán en cuenta las
propuestas hábiles, es decir aquellas que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros y de
experiencia, exigidos en el pliego de condiciones.
A la propuesta habilitadas cuyo valor de la propuesta económica se encuentre más cerca del valor
promedio de las propuestas económicas por debajo del promedio calculado se le asignará el máximo
puntaje (400 puntos) y a las demás se asigne 25 puntos menos a la propuesta habilitada que tenga
el segundo valor de propuesta económica más cercano al valor promedio de las propuestas
económicas, y así sucesivamente a las demás propuestas, tanto por encima como por debajo del
valor promedio calculado.
Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los
precios unitarios como totales, incluyendo todos los conceptos relacionados con el objeto de la
presente contratación, previo análisis que efectúe el oferente por su cuenta y riesgo.
Para el análisis del precio se confrontará del Formulario PROPUESTA ECONÓMICA diligenciado, el
valor total de la oferta versus los precios unitarios, por medio de operaciones aritméticas. En caso
de encontrarse diferencia, entre los precios unitarios, pero el valor total de la oferta no se modifica
al corregir el precio unitario, se tendrá válida. Si, por el contrario, al corregir el precio unitario, varía
el valor total de la oferta, será rechazada.
Se verificará:
a) Que el costo total propuesto no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado.
b) Todas las operaciones aritméticas, que permitan obtener el valor total de cada una de las
propuestas corregidas. El proponente deberá ajustar al peso el valor total de la oferta
económica, bien sea por exceso o por defecto, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual
o superior a 0.50 lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la
fracción decimal del peso sea inferior a 0.50 lo aproximará por defecto al número entero del
mismo peso. En caso contrario, CORMAGDALENA efectuará el ajuste. En todo caso los ajustes
no podrán ser superiores al 100% del presupuesto oficial so pena de ser rechazado.
9. CRITERIOS DE DESEMPATE
De conformidad con el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la ley 361 de 1997, el
artículo 12 de la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 9 de la Ley 905 de 2004, los artículos 1
y 2 de la Ley 816 de 2003, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto
1082 de 2015, en el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, sucesivamente
y de manera excluyente se dará prioridad a los siguientes criterios de desempate:
1. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del criterio de Valor de la
Propuesta Económica.
2. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del criterio de factor de
Calidad.
3. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del criterio de apoyo a la
industria nacional.
4. La oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
5. La oferta presentada por una Mipyme nacional.
6. La oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado
por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el
veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%)
de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o
representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio
o Unión Temporal.
NOTA 1: De conformidad con lo dispuesto por Colombia Compra Eficiente en el Manual para el
manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación, Versión actualizada del enero 05 de
2016 y en el Manual para el manejo de los Acuerdos Comercial en los Procesos de Contratación,
Versión M-MACPC-12, esto es:
“(…) las Entidades Estatales que no deben aplicar los numerales 2 y 3 del artículo 2.2.1.1.2.2.9.
del Decreto 1082 de 2015 cuando en la evaluación de las ofertas sea aplicable un Acuerdo
Comercial (…)”. (…).
“La Entidad Estatal también debe conceder el mismo trato que da a los bienes y servicios
colombianos a aquellos bienes y servicios de Estados con los cuales, a pesar de no existir un
Acuerdo Comercial, el Gobierno Nacional ha certificado reciprocidad. Es decir, cuando el
Gobierno Nacional con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compra
pública F 14. Si la Entidad Estatal utiliza el SECOP II, este plazo puede ser de 10 días. 24 Manual
para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación de dicho Estado, ha
certificado que en ese Estado los bienes y servicios colombianos gozan del mismo trato que los
bienes y servicios de dicho Estado. Las certificaciones expedidas por el Ministerio de Relaciones
Exteriores están publicadas en la página web de Colombia Compra Eficiente
(http://www.colombiacompra.gov.co/compradores/secop-i/certificadosde-trato-nacional-
por-reciprocidad), y su contenido debe ser verificado pues no en todos los casos la Entidad
Estatal debe conceder dicho trato.
En estos casos, la Entidad Estatal debe otorgar a los bienes y servicios extranjeros el mismo
trato que da a los bienes y servicios nacionales y en consecuencia dar a esas ofertas el puntaje
adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con
el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015.”
Se determina procedente aplicar en el presente proceso de selección los siguientes criterios:
- Si en la etapa de evaluación de las propuestas se establece la participación de un
proponente extranjero, cuyo país de origen tenga Acuerdo Comercial con Colombia o trato
de Reciprocidad, no se dará aplicación a los criterios de desempate de los numeral 4 y 5,
respecto de ningún proponente.
- Si en la etapa de evaluación de las propuestas se establece la participación únicamente de
proponentes colombianos y/o proponentes extranjeros cuyo país de origen no tenga
Acuerdo Comercial con Colombia, ni trato de reciprocidad, se dará aplicación a los criterios
de desempate previstos en el presente acápite, incluidos los señalados en los numerales 4
y 5.
NOTA 2: Para efectos de la acreditación y evaluación de los factores de desempate aquí
previstos, se dará aplicación a los siguientes criterios:
a) Un proponente conformado en un cien por ciento (100%) por Mipymes nacionales, se
considera en sí una Mipyme Nacional.
b) Para el criterio de desempate No. 5, se tendrá en cuenta que al menos uno de los
integrantes sea Mipyme nacional y tenga una participación de por lo menos el
veinticinco por ciento (25%)
c) Para efectos de los criterios de desempate previstos en los numerales 5 y 6, en cuanto
el integrante de que se trata en cada caso debe aportar mínimo el veinticinco por ciento
(25%) de la experiencia acreditada en la oferta, el mencionado porcentaje se calculará
respecto del valor total de la experiencia general y específica solicitada en el pliego de
condiciones. En consecuencia, si el integrante aporta un mismo contrato para la
acreditación de la experiencia general y específica, este contrato se tendrá en cuenta
dos veces para efectos de determinar si aporta el 25% de la experiencia solicitada.
NOTA 3: En caso en que sean preferidas las ofertas presentadas por Mipyme y proponentes
plurales constituidos en su totalidad por Mipyme, la siguiente regla a aplicar es la contenida
en el numeral 6, y no en el numeral 5.
7. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones
establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en
condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas
por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos
un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección, y que
certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la
contratación para lo cual deberá diligenciar el Formato 3. Si la oferta es presentada por un
Consorcio o Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento
(10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente
numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el
Consorcio o Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la
experiencia acreditada en la oferta.
8. Si una vez agotado el procedimiento señalado en el numeral anterior persiste el empate, se
realizará un sorteo por BALOTAS mediante el siguiente procedimiento:
Primera Serie.
- En esta primera serie, se procederá a incorporar en una balotera un número de balotas,
identificadas con un número igual al número de proponentes que se encuentren en
condición de empatados.
- Se sacará una balota por cada proponente, asignándole un número de mayor a menor, con
el cual participará en la segunda serie.
Segunda Serie.
- Se procederá a incorporar en la balotera igual número de balotas al número de proponentes
empatados.
- El proponente que haya obtenido el número mayor en la primera serie será el primero en
sacar la balota con el número que lo identificará en esta segunda serie, y en forma sucesiva
(de mayor a menor) procederán los demás proponentes.
- El proponente que, en esta segunda serie, saque la balota con el número mayor, será quien
ocupe el primer puesto en el orden de elegibilidad y de manera sucesiva (de mayor a menor)
hasta obtener el segundo puesto en el orden de elegibilidad. Una vez se cuente con los
proponentes ubicados en el primer y segundo orden de elegibilidad se dará por terminado
el sorteo.
10. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE
GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL
CONTRATO A CELEBRAR
De conformidad con lo anterior, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del
contrato, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a favor de CORMAGDALENA una
garantía de cumplimiento, para cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento, la cual podrá
consistir en (i) Contrato de seguro contenido en una póliza (ii) Patrimonio autónomo (iii) Garantía
Bancaria. Las garantías deberán ser otorgadas con sujeción a lo dispuesto para cada una de ellas en
el Decreto 1082 de 2015, amparando lo siguiente:
1. Cumplimiento del contrato: Por una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total
del contrato, por un término igual al del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más,
se extenderá hasta su liquidación. Esta garantía permitirá a la Entidad cubrir la eventualidad
que EL CONTRATISTA incumpla las obligaciones surgidas del contrato estatal. El amparo de
cumplimiento del contrato cubrirá a la Corporación de los perjuicios directos derivados del
incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su
cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables a EL
CONTRATISTA garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago
del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato
garantizado, lo anterior sin perjuicio de lo establecido en las normas legales vigentes y en la
minuta del contrato.
2. Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: Por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato por un término igual al plazo
previsto en el contrato y tres (3) años más. Esta garantía se requiere por cuanto para la
ejecución del contrato EL CONTRATISTA requerirá utilizar personal. El valor estimado para la
misma permitirá cubrir a CORMAGDALENA de los perjuicios que se le ocasionen como
consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado EL
CONTRATISTA garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución
del contrato amparado, lo anterior sin perjuicio de lo establecido en las normas legales vigentes
y en la minuta del contrato.
3. Calidad del Servicio: Por una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del
contrato y por una vigencia igual al plazo del contrato y un (1) año más contado a partir de la
terminación del Contrato. El amparo de calidad del servicio cubre a La Entidad de los perjuicios
imputables a EL CONTRATISTA garantizado, que surjan con posterioridad a la terminación del
contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las
condiciones establecidas y pactadas en el contrato y las señaladas en las especificaciones
técnicas mínimas, o en los estudios previos, o en la oferta.
El valor estimado correspondiente al 30% permitirá a La Entidad garantizar el cubrimiento en
el caso de que el servicio ofrecido por EL CONTRATISTA no cumpla en las condiciones de calidad
establecidas para este tipo de servicio, las señaladas en el contrato, o en las especificaciones
técnicas mínimas, o en los estudios previos, o en la oferta. Lo anterior sin perjuicio de lo
establecido en las normas legales vigentes y en la minuta del contrato.
4. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes; Este amparo cubre a CORMAGDALENA por
la calidad y el correcto funcionamiento de los bienes que recibe la entidad estatal en
cumplimiento del objeto contractual. La cuantía de este amparo debe ser equivalente al treinta
por ciento (30%) del valor del contrato y con una vigencia igual al tiempo de garantía del
fabricante, no inferior a un (1) año, a partir del acta de recibo final a satisfacción de los bienes
suministrados firmado por las partes. Está garantía se actualizará conforme a la garantía
ofrecida por el proponente adjudicatario para cada uno de los productos del proyecto.
10.1. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la
suscripción del contrato, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a favor de
CORMAGDALENA, una póliza de seguro que proteja a CORMAGDALENA de eventuales
reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las
actuaciones, hechos u omisiones del contratista, así como, de los subcontratistas de actividades,
salvo que se acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil
extracontractual propio para el mismo objeto.
- Tomador: CONTRATISTA
- Asegurados: CONTRATISTA y CORMAGDALENA
- Beneficiarios: Terceros afectados y CORMAGDALENA.
- Cuantía: Treinta por ciento (30%) del valor del contrato sin que en ningún caso, sea inferior a
200 SMMLV, sin contravenir lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de
2015.
- Vigencia: Plazo de ejecución del contrato
- El tope máximo del deducible debe corresponder al 10% del valor de la pérdida sin mínimo
alguno, en un todo de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, sin que en ningún
caso pueda ser superior a los 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes - SMMLV.
AMPARO VALOR ASEGURADO VIGENCIA
RCE Treinta por ciento (30%) del valor del contrato sin que en ningún
caso, sea inferior a 200 SMMLV.
Plazo del
contrato
Tabla 5. Valor del Seguro
Requisitos del seguro de responsabilidad civil extracontractual. El amparo de responsabilidad civil
extracontractual debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Modalidad de ocurrencia. La compañía de seguros debe expedir el amparo en la modalidad de
ocurrencia. En consecuencia, el contrato de seguro no puede establecer términos para
presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la
acción de responsabilidad correspondiente.
2. Intervinientes. CORMAGDALENA debe tener la calidad de asegurado respecto de los daños
producidos por EL CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán
beneficiarios tanto CORMAGDALENA como los terceros que puedan resultar afectados por la
responsabilidad de EL CONTRATISTA.
3. Amparos. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la
cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos:
a. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
b. Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
c. Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas,
salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual con
los mismos amparos aquí requeridos.
d. Cobertura expresa de amparo patronal.
e. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
f. Cobertura expresa de Responsabilidad Civil Cruzada.
g. Cobertura expresa de Gastos Médicos.
10.2. TÉRMINOS DE LAS GARANTÍAS Y SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
EXTRACONTRACTUAL
Con respecto a la Garantía de cumplimiento y al Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual,
se debe tener en cuenta las siguientes instrucciones para evitar la devolución de las garantías:
Para las garantías y seguro de responsabilidad civil extracontractual:
a. Se debe establecer clara y completamente el NIT de CORMAGDALENA NIT. 829.000.127-4 y el
NIT del CONTRATISTA, Incluir dígito de verificación (número después del guion). No se aceptan
garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio.
Cuando el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, se debe incluir razón social, NIT y
porcentaje de participación de cada uno de los integrantes
b. Las pólizas deben venir en original y firmadas por el representante legal de EL CONTRATISTA y
la ASEGURADORA.
c. El tomador debe ser EL CONTRATISTA. Cuando se trate de contratista plural (Consorcio o Unión
Temporal), la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
d. Debe incluir claramente el número y año del contrato, y objeto del mismo.
e. La vigencia de todos los amparos deberá iniciar desde la fecha de la firma del contrato. El hecho
de la constitución de estos amparos no exonera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades
legales en relación con los riesgos asegurados.
f. En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el
valor a asegurar es $20.125.214,20 aproximar a $20.125.215
g. Anexar el certificado de pago y/o Constancia de No revocatoria unilateral ni cancelación por
falta de pago de la prima; Anexar el comprobante de pago de la prima del seguro de
responsabilidad civil extracontractual.
h. Cuando el contrato se adicione en valor y/o en plazo, EL CONTRATISTA se encuentra obligada
a extender la garantía de cumplimiento y el seguro, de conformidad con las condiciones que
señale CORMAGDALENA.
i. Debe emitirse en formato a favor de Entidades Estatales de acuerdo con lo establecido en el
Decreto 1082 de 2015.
j. Debe adjuntarse las condiciones generales de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015, firmados
por la(s) aseguradora(s) y el tomador afianzado.
10.3. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Para garantizar los términos de la propuesta y para que pueda ser considerada, cada proponente
deberá incluir en la propuesta, una garantía de la seriedad de la propuesta, en los términos de los
artículos 2.2.1.2.3.1.2, 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.1.9 y siguientes del Decreto 1082 de 2015.
La garantía deberá indicar el número y objeto del proceso de selección y deberá permanecer vigente
por cuatro (4) meses, contados desde la fecha de cierre del proceso. En todo caso la garantía de
seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento, hasta la aprobación de la garantía
única de cumplimiento que presente el contratista. En todo caso deberá prorrogarse su vigencia
cuando CORMAGDALENA resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de propuestas
y/o para la evaluación y adjudicación del contrato y/o para la suscripción del contrato. La prórroga
deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por
CORMAGDALENA, siempre que la prórroga no exceda de tres (3) meses.
La garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada a favor de CORMAGDALENA. El
tomador será el proponente, si éste fuera una figura asociativa, se tomará a nombre de cada uno
de los miembros de la figura asociativa, indicando su NIT y porcentaje de participación.
El valor asegurado mínimo de la garantía de seriedad será equivalente al diez por ciento (10%) del
valor del presupuesto oficial del presente proceso, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego
de condiciones.
Deberá indicarse dentro del texto de la garantía el objeto del seguro señalando que se garantiza la
seriedad de la propuesta presentada en el marco del presente proceso de selección.
Amparos de la Garantía de Seriedad. La garantía de seriedad cubrirá los perjuicios derivados del
incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto
1082 de 2015.
El pago de la garantía de seriedad, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter indemnizatorio,
sin perjuicio del derecho que le asiste a CORMAGDALENA de exigir la indemnización de los perjuicios
adicionales que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar.
La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal
de rechazo de la misma, conforme lo establece el Parágrafo 3° del artículo 5° de la Ley 1882 de
2018.
Si la garantía se presenta, pero adolece de errores en su constitución, según lo solicitado en este
numeral, CORMAGDALENA podrá solicitar su corrección, dentro del término de evaluación de las
propuestas. Si dicha corrección no se entrega por el proponente dentro del plazo señalado, a
satisfacción de CORMAGDALENA, se entenderá que el proponente carece de voluntad de
participación y su propuesta será rechazada.
En caso de siniestro la CORPORACIÓN., hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, a título
de SANCIÓN, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2.2.1.2.3.2.8 del Decreto 1082 de 2015.
NOTA: Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio
o promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
Parágrafo primero. - constitución de la garantía: La garantía deberá ser constituida por el
CONTRATISTA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del presente contrato.
Parágrafo segundo. - Reposición de la garantía: El CONTRATISTA deberá reponer la garantía antes
mencionada, cuando en razón de las sanciones impuestas, o de otros hechos, se disminuya o se
agote o cuando el valor de la misma se vea afectado por razón de siniestros, durante el termino de
ejecución del contrato, según sea el caso.
Parágrafo tercero. - Ampliación de la garantía: De igual manera, en cualquier evento en que se
aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término el CONTRATISTA deberá ampliar
el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso.
Se debe tener en cuenta que: en el evento que el proponente o alguno de los integrantes del
consorcio o unión temporal, le hayan hecho efectiva la garantía de seriedad de la propuesta u otra
garantía o haya pagado su valor asegurado para evitar la ejecución de la misma por entidades
públicas o privadas en la etapa precontractual o le hayan impuesto sanción precontractual (multa o
penal pecuniaria), por entidades públicas o privadas, en los últimos cuatro (4) años, por cada sanción
que haya quedado en firme, el proponente deberá adicionar en un cinco por ciento (5%) la cobertura
de cumplimiento de la garantía única, en caso que le sea adjudicado el proceso de selección.
En el caso de consorcio o unión temporal, se tomarán de manera independiente las sanciones
impuestas a cada uno de sus miembros.
11. DESIGNACIÓN DE SUPERVISOR
La supervisión para el presente contrato será realizada por el funcionario que sea designado por el
Director Ejecutivo.
12. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El contratista adquiere la obligación de mantener en absoluta reserva toda la información,
documentos y/o reproducciones relacionados con la ejecución del contrato, y acepta expresamente
que toda la información a la que tenga acceso o reciba en virtud de la relacionada que derive del
contrato, se considera confidencial, y por lo tanto no puede ser divulgada ni transferida. En caso de
incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA deberá indemnizar los perjuicios a que haya lugar.
13. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS
DEFINICIONES
Riesgo: el riesgo, en forma general, es una medida de la variabilidad de los posibles resultados
que se pueden esperar de un evento. El riesgo contractual en general es entendido como todas
aquellas circunstancias que pueden presentarse durante el desarrollo o ejecución de un
contrato y que pueden alterar el equilibrio financiero del mismo
Riesgos previsibles: De acuerdo al Conpes 3714 de 2011, son todas aquellas circunstancias que,
de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar
el equilibrio financiero del mismo, siempre que sean identificables y cuantificables en
condiciones normales.
Riesgos imprevisibles: Según el Consejo de Estado la teoría de la imprevisión es aquella que
“regula los efectos de tres situaciones que se pueden presentar al ejecutar un contrato: un
suceso que se produce después de celebrado el contrato cuya ocurrencia no era previsible al
momento de suscribirlo, una situación preexistente al contrato pero que se desconocía por las
partes sin culpa de ninguna de ellas, y un suceso previsto, cuyos efectos dañinos para el
contrato resultan ser tan diferentes de los planeados, que se vuelve irresistible” 1
Tipificación: es el proceso de caracterización de los riesgos que puedan preverse en las
diferentes etapas de ejecución del contrato, agrupándolos en diferentes clases que presenten
características similares.
Estimación del riesgo: es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del
valor del contrato, que hace la Corporación de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha
establecido y con base en la información fehaciente y soportada que tenga a su alcance la
entidad contratante. Es una técnica que permite dar una aproximación de la magnitud del
riesgo previsible de acuerdo con su probabilidad e impacto.
Asignación del riesgo: es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que
deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su
costo y su atención. Una asignación adecuada de los riesgos es aquella que minimiza el costo
de su mitigación.
El Documento CONPES 3714 de 2011 estableció una serie de lineamientos básicos para el
entendimiento del concepto de “riesgo previsible” en el marco de las Leyes 80 de 1993, 1150 de
2007 y sus decretos reglamentarios. El artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 incluyó la obligación de
incorporar en los pliegos de condiciones o sus equivalentes “… la estimacion, tipificacion y
asignacion de los riesgos previsibles involucrados en la contratacion”.
Por otro lado, el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.3. Decreto 1082 de 2015, establece que los pliegos
de condiciones deben contener entre otros los riesgos asociados al contrato, la forma de mitigarlos
y la asignación del riesgo entre las partes contratantes, así mismo el mismo Decreto en el artículo
2.2.1.1.2.1.1 indica que los estudios y documentos previos debe contener entre otros un análisis de
riesgos y la forma de mitigarlos.
La Entidad en cumplimento de lo señalado anteriormente, adelanto como parte de estudio previo
la matriz de tipificación estimación y asignación de los riesgos asociados a la estructuración,
contratación y ejecución del contrato de obra objeto del presente estudio previo.
Los riesgos derivados del presente contrato serán asignados de acuerdo con el principio según el
cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar. De
hecho, el Gobierno Nacional, a través del Documento CONPES Número 3107 de 2001, así como el
CONPES 3714 DE 2011 establecio dicho criterio cuando señalo: “Los principios básicos de la
asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i) por la parte que esté en
mejor disposicion de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor
disponga de mejor acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación.
De tal forma, que la entidad en cumplimiento de lo previsto en el artículo 4 de la ley 1150 de 2007,
y con base en el desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal, los riesgos previsibles que puedan
afectar la ejecución del contrato que llegaré a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido,
en el presente caso obedecen a riesgos empresariales, es decir aleas normales, inherentes a la
ejecución del objeto contractual, que se imputan exclusivamente al contratista afectado, y no a la
Entidad. (Ver Sentencia del 9 de mayo de 1996, Consejo de Estado Secc. Tercera). La información
sobre la tipificación, estimación y asignación de los riesgos asociados a la ejecución del contrato
objeto del presente proceso de contratación se resume en la matriz de riesgos previsibles que se
encuentra en el Anexo: Matriz de Riesgos.
14. CONTROL Y SEGUIMIENTO
El control y seguimiento de la ejecución del contrato de prestación de servicios estará a cargo del
Supervisor del contrato designado para tal fin.
El control y seguimiento de la ejecución del contrato estará a cargo de la persona que el ordenador
del gasto designe.
Quien velará por los intereses de la Entidad en procura de que EL CONTRATISTA cumpla con las
obligaciones contractuales y tendrá las siguientes funciones:
1. Vigilar y verificar el cumplimiento del objeto contractual y las obligaciones adquiridas por
las partes.
2. Informar sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución de
la misma.
3. Elaborar la certificación de cumplimiento con la respectiva constancia de haber recibido de
EL CONTRATISTA copia de los recibos de pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social
Integral, como requisito para proceder al pago (s) correspondiente (s).
4. Velar porque se realicen en debida forma los pagos a EL CONTRATISTA.
5. Solicitar las adiciones o modificaciones al Contrato, cuando sea procedente.
6. Una vez vencido el término de ejecución del presente Contrato de Servicios, remitir a quien
corresponda los documentos para elaborar la correspondiente acta de liquidación.
7. Las demás que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo de la
misma.
15. CONTRATACIÓN COBIJADA POR ACUERDOS INTERNACIONALES O TRATADOS DE LIBRE
COMERCIO.
El presente proceso de contratación no se encuentra cobijado por ningún Acuerdo Comercial.