REQUISITOS PREVIOS. DECISIÓN INICIAL competente.Emitida por un funcionario competente....

Post on 11-Apr-2015

113 views 0 download

Transcript of REQUISITOS PREVIOS. DECISIÓN INICIAL competente.Emitida por un funcionario competente....

REQUISITOS PREVIOS

• DECISIÓN INICIAL• Emitida por un funcionario competente.

Justificación acorde con:– Planes institucionales de largo y mediano plazo.– Plan Nacional Desarrollo, cuando corresponda.– Plan Anual Operativo– Programa de Adquisición Institucional

• Unidad usuaria coordina: Unidades técnica, legal y financiera.

– Descripción del objeto, especificaciones técnicas, características de bienes y obras. Estimación actualizada del costo del objeto.

– Estudio que indique que los objetivos del proyecto serán alcanzados con eficiencia y seguridad (licitación pública). Art. 8e

– Definición de recursos humanos y técnicos para verificar la correcta ejecución. (previsión de verificación)

• Designación de un encargado general del contrato (magnitud del negocio o porque convenga al interés público o institucional) para la adecuada ejecución del contrato.

• El funcionario competente valorará el cumplimiento de los anteriores requisitos.

• Funcionario competente dispondrá la confección de un cronograma con tareas y responsables de su ejecución y velará por el debido cumplimiento del contrato que llegue a realizarse.

REQUISITOS PREVIOS

• Disponibilidad presupuestaria.

–Autorización para iniciar sin contenido presupuestario procede, si existe seguridad de contar con los recursos al momento de la adjudicación.

• Trámite posterior a la decisión inicial……• Expediente pasa a la Proveeduría.

a) Verifica que hay contenido presupuestario. b) Determina el procedimiento de contratación

administrativa a seguir conforme a la ley. c) Establece los controles necesarios para cumplir

con el cronograma de las tareas y plazos máximos previamente definidos por ésta; para los diferentes procedimientos concursales ordinarios o de excepción.

Proveeduría: d) Comunicar a cada uno de los funcionarios

responsables, los plazos y las tareas que deberán desempeñar, según el cronograma.

e) Elaborar, con la participación de las unidades usuaria, técnica, legal y financiera, según corresponda, el respectivo cartel. Asimismo será la encargada de que exista una versión última del cartel que contenga todas las modificaciones, disponible tanto en medios físicos como electrónicos, cuando así proceda.

f) Custodiar el expediente original y atender las consultas que la propia Administración o terceros formulen sobre el estado del procedimiento.

Estimación del negocio

• Sobre la base del pago mensual calculado, multiplicado por 48.

• Compra de bienes opcionales deben incluirse.

• No aplica para definir la competencia para adjudicar, para recursos, ni para el Refrendo de la CGR, o Aprobación Interna.

• Levantamiento del expediente.

Debidamente foliado. Todas las actuaciones en orden cronológico, 2

días para incorporarlas y remitirlas. Expediente electrónico: Cuando tecnológicamente

sea posible. Libre acceso al expediente. TODO interesado.

FRAGMENTACIÓN

• Artículo 13.—Fragmentación. La Administración no podrá fraccionar

sus operaciones respecto a necesidades previsibles con el

propósito de evadir el procedimiento de

contratación que corresponde. Todas aquellas

contrataciones que pudieran reportar economías de escala deberán

efectuarse en forma centralizada, para lo cual deberá existir la

planificación de compras respectiva, si así resulta más conveniente

para el interés público.

EXCESO EN LOS LÍMITES DEL PROCEDIMIENTO

• Artículo 14—…Cuando se haya determinado una contratación

directa de escasa cuantía, un procedimiento ordinario, o bien una

contratación directa autorizada por la Contraloría General de la

República con fundamento en la estimación preliminar del negocio y

posteriormente las ofertas presentadas superen los límites para la

aplicación del procedimiento respectivo, no se invalidará el

concurso, si este exceso no supera el 10%

y la Administración dispone de los recursos presupuestarios

suficientes para asumir la erogación.

• Instrumento idóneo. • Acreditados, evaluados en forma integral y particular para un

determinado tipo de concurso, en cuanto a su historial, sanciones, capacidad técnica, financiera, jurídica y cualquier otra que resulte indispensable para una adecuada selección del contratista y del interés público.

» Artículos 46 LCA y 116 RLCA

Registro de proveedores

Muchas Gracias!!