Post on 30-Mar-2016
description
¿ En que consiste el IVA?
Es un impuesto del orden nacional, indirecto, de naturaleza real, de causación instantánea y de régimen general, que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico.
¿Cuáles son los elementos del IVA?
Sujeto Activo.
Sujeto Pasivo.
Hecho generador.
Base Gravable.
Tarifa.
Obligaciones del sujeto pasivo
Pertenecientes al régimen simplificado
La ley busca que dentro de este régimen queden agrupados aquellos responsables cuyos negocios sean pequeños, de tal manera que su capacidad operativa no se vea afectada con mayores obligaciones tributarias.
Para clasificarse en este régimen, es indispensable tener alguna de las siguientes calidades:
Comerciante minorista o detallista.
Artesano minorista o detallista.
Agricultor.
Ganadero.
Prestador de servicios.
Obligaciones del régimen simplificado
Quienes pertenecen al régimen común
Pertenecen todos aquellos responsables que
incumplan algunos de los requisitos establecidos
para pertenecer al régimen simplificado, es decir,
tener mas de un establecimiento de comercio,
superar los topes de ingresos señalados, ser usuario
aduanero, entre otros.
Tiene una mayor capacidad operativa, de tal manera
que puede cumplir con obligaciones tales como,
recaudar el impuesto, presentar las declaraciones
tributarias y pagar el impuesto liquidado.
Obligaciones del régimen común
Hechos Generadores
Las ventas de bienes corporales muebles que no
hayan sido excluidas expresamente.
La prestación de los servicios en el territorio
nacional.
La importación de bienes corporales muebles que
no hayan sido excluidos expresamente.
La circulación, venta u operación de juegos de
suerte y azar con excepción de las loterías.
Exclusiones
Exenciones
Causación del IVA
Por regla general, conforme a cada hecho
generador, el IVA se causa en los siguientes
momentos. (estatuto tributario, articulo 429).
Venta de bienes corporales muebles.
Prestación de servicios en el territorio nacional.
Importación de bienes corporales muebles.
Circulación, venta u operación de juegos de suerte y
azar.
Periodo fiscal
A pesar de que el IVA es un impuesto de carácter
instantáneo, es decir que se causa en cada
momento en que se realice el hecho generador, para
efectos de trasladar los recaudos al estado, se ha
establecido un periodo fiscal bimestral para la
presentación y pago de las declaraciones tributarias
por concepto de este impuesto.
¿Qué es la base gravable?
La Base Gravable es el valor sobre el cual se aplica
la tarifa en la venta de bienes y servicios para
obtener el impuesto respectivo, y se calcula sobre el
valor total sin importar si fue a crédito o de
contado.
¿Cuales Son Las Tarifas Diferenciales?
Por regla general, a todas las operaciones
gravadas se les debe aplicar la tarifa del 16% . Sin
embargo, la ley a previsto ocasiones en que se deba
aplicar una tarifa diferente, al 1.6%; 3%, 5%, 10%,
20%, 25% y 30%.
¿Dónde Y Cuando Se Presentan Las
Declaraciones Del IVA?
La declaración bimestral IVA debe ser presentada en
los bancos y demás entidades autorizadas ubicadas
en el territorio nacional. de igual manera algunos
responsables deberán presentar sus declaraciones
tributarias de forma virtual, a través de los servicios
informáticos electrónicos dispuestos por la DIAN.
Para tales efectos de la declaración y del pago se
deben realizar dentro del plazo que establece el
gobierno nacional, en los formularios oficiales que
señale la DIAN a través de los servicios
informáticos electrónicos o documentales, de
acuerdo con el último dígito del NIT (numero de
identificación tributaria) del responsable.
ULTIMO DIGITO
BIMESTRE JULIO –AGOSTO
2011
BIMESTRE SEPTIEMBRE- OCTUBRE
2011
BIMESTRE NOVIEMBRE- DICIEMBRE
2011
1 08 de septiembre de 2011
09 de noviembre de 2011 10 de enero de 2012
2 09 de septiembre de 2011
10 de noviembre de 2011 11 de enero de 2012
3 12 de septiembre de 2011
11 de noviembre de 2011 12 de enero de 2012
4 13 de septiembre de 2011
15 de noviembre de 2011 13 de enero de 2012
5 14 de septiembre de 2011
16 de noviembre de 2011 16 de enero de 2012
6 15 de septiembre de 2011
17 de noviembre de 2011 17 de enero de 2012
7 16 de septiembre de 2011
18 de noviembre de 2011 18 de enero de 2012
8 19 de septiembre de 2011
21 de noviembre de 2011 19 de enero de 2012
9 20 de septiembre de 2011
22 de noviembre de 2011 20 de enero de 2012
Que debe contener la declaración tributaria?
Las declaraciones bimestrales de IVA se deben presentar en el formulario oficial señalado en la DIAN que deberá contener:
La información necesaria para identificar al responsable.
La discriminación de los factores necesarios para determinar las bases gravables del impuesto.
La liquidación privada del impuesto, incluidas las sanciones cuando fuere del caso.
La firma del obligado al cumplimiento del deber de declarar.
La firma del revisor fiscal o del contador publico. Según el caso, cuando se trate de responsables obligados a ello.
Que debe contener la declaración?
La información primordial que debe contener la
declaración, esta relacionada con la liquidación privada
del impuesto, que consiste en comunicar todos los
ingresos obtenidos durante el bimestre, como también
todas las compras de bienes y servicios, discriminado
para tales efectos los conceptos gravados, excluidos,
exentos y no gravados, conforme lo establece el
formulario.
Después de esto se debe registrar todos los montos de
los IVA generados en las ventas y en los IVA
descontables por las compras.
Como se determina el IVA a pagar?
La depuración para calcular el saldo a pagar o el saldo a
favor de la declaración bimestral de IVA se resume así:
(+) IVA generado en el bimestre
(+) IVA recuperado en compras anuladas, rescindidas o
resueltas
(-) IVA descontable
(-) IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas,
rescindidas o resueltas.
(=) saldo a pagar por el periodo fiscal o saldo a favor del
periodo fiscal
(-) saldo a favor del periodo fiscal anterior
(-) retenciones por IVA que le practicaron
(=) saldo a pagar por impuestos
(+) sanciones
(=) total saldo a pagar o total saldo a favor
¿Que es el IVA generado?
El IVA generado consiste en aquel que se causa
cuando el declarante realiza alguna de las
operaciones gravadas con el impuesto, de tal
manera que se encuentra en la obligación de incluir
en el precio de venta, el valor del IVA que de debe
recaudar.
¿Que es el IVA descontable?
El IVA descontable corresponde al impuesto que el declarante
ha pagado por la adquisición de bienes y/o servicios, los
cuales tienen derecho a descontar del IVA generado, siempre
y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Que el IVA descontable se revele en la factura o documento
equivalente.
Que el IVA descontable no sobrepase el limite que resulte de
aplicar el valor de la compra de bienes y/o servicios, la tarifa
del IVA que estuvieran sujetas las operaciones generadas
correspondientes.
Que la adquisición de los bienes y/o servicios resulten
computables como costos o gastos de la empresa
Que el IVA pagado no provenga de la adquisición de
activos fijos.
¿En que consiste el IVA recuperado en compras anuladas, rescindidas o resueltas?
Se puede presentar ocasiones en que se
devuelvan mercancías compradas en bimestres
anteriores, y que por lo tanto se haya
descontado el IVA pagado por esta mercancía
en el respectivo periodo gravable anterior.
Teniendo en cuenta que al producirse la
devolución de la mercancía al comprador le
reintegran el dinero pagado, incluyendo el IVA
que pago en aquel momento.
¿En que consiste el IVA resultante por ventas anuladas rescindidas o resueltas?
Se tiene ocasiones donde se devuelve mercancías
compradas en bimestres anteriores y que por tanto
se haya descontado el IVA pagado en el periodo
gravable.
Al producirse la devolución de la mercancía al
comprador le reintegran el dinero pagado
incluyendo el IVA. El comprador esta obligado a
devolverle o reintegrarle este valor a la DIAN.
Dado a que al producirse la devolución el
vendedor debe reintegrar lo pagado por el
comprador incluyendo el IVA entonces este
tiene el derecho de descontar en la declaración
del respectivo bimestres el valor del IVA devuelto
al comprador.
¿Que sucede cuando resultan saldos a favor?
Es posible que las declaraciones bimestrales del IVA
resulten saldos a favor del responsable.
Cuando por alguna razón se presente saldos a favor
el declarante podrá imputarlo en la declaración del
periodo fiscal inmediatamente .
¿Cuando se puede solicitar la devolución y/o compensación de los
saldos a favor ?
Los saldos a favor originados en las declaraciones
del IVA, solo pueden ser devueltos y/o
compensados a con otros impuestos nacionales.
¿Como se pueden pagar las declaraciones tributarias?
Las declaraciones bimestrales del IVA deben ser
pagadas en las entidades para recaudar para lo
cual se pueden aceptar pagos en efectivo, cheques,
títulos.
¿Que sucede si no se cancela el IVA?
Sanción penal
Clausura del establecimiento de comercio.
Interese moratorios
¿En que consiste la Retención en la fuente por IVA?
Es un recaudo anticipado que tiene por finalidad, acelerar, y
asegurar el traslado del impuesto a las arca del estado.
La retención en la fuente consiste en que el comprador, a quien en
principio le toca pagarle al vendedor el iva que va incluido en el
precio de adquisición del bien o servicio, resta del valor a pagar un
% del iva que se le cobra, y de tal modo solo le paga una parte al
vendedor, y la otra parte se le consigna al estado mediante
respectiva declaración de retención .
¿Cuales son las tarifas de retención en la fuente por iva (reteiva)?
Tarifa generar es del 50% del impuesto valor agregado; pero también existen tarifas especiales como:
Se retiene el 100% del impuesto del valor agregado, cuando se practique por la prestación del servicio gravados en el territorio nacional, cuyo beneficio sea personal o entidades sin rendimiento o domicilio en Colombia.
Se retendrá el 10% del valor de iva generado, cuando se trate de la retenciones que debe efectuar las entidades emisoras de tarjeta crédito o debito, por el iva causado en las operaciones canceladas con tarjetas de crédito y/o debito.
¿Cuales son las cuantías mínimas para no practicar
la retención en la fuente por concepto de iva?
Durante el 2007, no se aplicaran retenciones en la fuente por concepto
de iva cuando se trate de la presentación de servicios y el pagos o
abonos no supere la suma de 4 unidades de valor tributario UVT
($84.000).
Cuando se trata de compras de bienes gravados cuya cuantía de las
operaciones sean inferiores a 27 unidades de valor tributario UVT
($566.000).
No obstante a lo anterior, los responsables tiene la facultad de
practicar las retenciones en la fuente sobre esta cuantía mínima,
cuando lo estimen convenientes para facilitar su manejo
administrativo.
¿Quiénes son agentes de retención?
La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y directas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.
Interpretación conforme a las siguientes reglas:
Quienes se encuentren ubicados en un segmento de
grado superior.
Quienes se ubican en el mismo segmento y no se
aplican entre sí.
Quienes se encuentren ubicados en un segmento de
grado inferior y NO deben practicar retención.
ilustración grafica de los agentes retenedores de iva
• Persona o entidad no residentes ni domiciliadas en el país
• Responsables de régimen simplificado
• Responsable del régimen común
• Entidades estatales
• Grandes contribuyentes
• Entidades de emisoras de tarjetas de crédito y/o debito
• Responsables del régimen común autorizados como retenedores
¿En que consiste la retención en la fuente que se debe aplicar cuando se compra al régimen simplificado?
Los responsables del régimen común que adquieran bienes o
servicios gravados que pertenezcan al régimen simplificado, deben
facturar una retención en la fuente por iva del 50% del iva, a pesar
que los responsables del régimen simplificado no puede cobrar iva
por las ventas de bienes y/o servicios que ejecute, por disposición
legal sea dispuesto que los responsables del régimen común que le
compres a un régimen simplificado deben asumir el 50% del iva
que se debería generar si el vendedor cobra el iva.
En este caso no se efectúa el valor que el comprador debe pagar al
vendedor , puesto que la obligación recae exclusivamente sobre el
régimen común y no afecta para nada el régimen simplificado.
Como se trata el IVA asumido por compra al régimen simplificado?
Los responsables del régimen común que efectúen la retención en la fuente por compras al régimen simplificado.
1. Descontarlo en la declaración bimestral del IVA siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos.
2. Contabilizarlos como un mayor valor del respectivo costos o gasto en que se incurre.
DANIELA GARCIA ARIAS
CLAUDIA XIOMARA RESTREPO
KATERINE LEON OBANDO
SARA QUIROGA
MARIA ZORAIDA ARIZA