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PODER JUDICIAL D~ I,A FEDERACION
DBJUmCJADB M NACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA JURtDICA DE LA PRESIDENCIA
DICTAMEN LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJN/DGIF/LPN/OPS-03/2016. 2/5
Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Ffsica, relativo a la "AdecuiJción.. de la Casa de la Cultura Jurídica en Acapulco, Guerrero", derivada de la licitación pública miciorial respectiva, con fundamento en Jo previsto en. los artfculos 2°, fracción XXIV, y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008; puntos tercero, fracciones ¡'a VI, X y XI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretarfa Jurfdica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:·
ANTECEDENTES
1. Mediante. oficio número DGIF/2935/2016, la Dirección General de Infraestructura Ffsica solicitó a • esta Secretarra la emisión de dictamen resolutivo legal de la empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO : DE. MÉXICO, S.A. DE. C.V.", participante en la licitación pública nacional número
SCJN/DGIF/LPN/OPS-03/2016, para la "Adecuación· de la Casa de la Cultura Jur,ldica en · Acapulco, Guerrero".
2. El · 10 de noviembre: de 2016, la Qjrección General de ·Infraestructura . Ffsica entregó a esta Secretarra en copias cotejadas y cartas originales, la documentación legaLpresentada por la empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO. DE MÉXICO, S.A. DE C.V." según consta en el respectivo sello de recepción.
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por la empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO DE.MÉXICO, S.A. DE C.V." en
' la licitación pública nacional regulada por el artfculo 52 del citado Acuerdo; asf como en los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud .de la cual esta Secretarfa, sobre. la base. formal de la
· · documentación exhibida, emite el dictamen ·resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS ·
l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGA~.
En el acta de visita al sitio de obra y junta de aclaraciones de fecha 28 de octubre del año en curso, se modificó la fecha para presentar la documentación relativa al presente ·procedimiento para el 8 de noviembre de 2016, ante la Dirección.General de Infraestructura Ffsica.
En consecuencia, si la presentación de la docUn'iéhtación se efectuó el 8 de noviembre de 2016, ante la oficina· e la Dirección General de Infraestructura Ffsica, es inconcuso que resulta oportuna.
11. EXI lA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.
Para la ela oración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal. de la empresa participante, a efecto de lo cual es r.acesario contar con el testimonio o
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~Jfr:t"· ;."'·· .•.
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACióN
SUPREMA CORTE DB JVSTICIA DI V. NACIÓN
instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, en su caso, las reformas atinentes y el acto jurfdico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa,. la capacidad legal para actuar en su
. nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vinculo contractual que pudiere establecerse.
Al respecto, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 26,065 ·de! fecha 1 de noviembre. de ,2001, pasado ante la fe de la licenciado Luis Dfaz del Castillo Rodrfguez, Notario Público número 4 en Tuxtla, Veracruz, que contiene la Protocolización de un Acta Constitutiva de una Sociedad Anónima de Capital Variable y permiso otorgado por el Ejecutivo. FederaL a, través de la Secretaria de Relaciones Exteriores para Constituir la sociedad denominada· "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO, S.A. DE C.V.". .
Del análisis del testimonio notarial descrito que exhibe la persona jurfdico colectiva "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO, s·.A. DE C.V.", se acredita que fue constituida ante notario público el 1 de noviembre de 2001, tal y como consta con la firma y sello del fedatario público, con una vigencia de 99 años y que se encuentra inscrita bajo el número 67 de fecha 30 de enero de 2002, en el. Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Coatzacoalcos, Veracruz.
También presentó póliza número 10677 de fecha 3 de agosto de 2012, pasado: ante la fe del licenciado José Manuel Ricárdez Reyna, Corredor Público número 1 O de Coatzacoalcos, Veracruz que contiene el mandato general para pleitos y cobranzas y actos de ·administración con cláusula especial sin facultad de cesión de bienes en favor de José de Jesús Pablo Hetnández. :
Asimismo, del testimonio notarial que antecede, se advierte que. la empresa denominada "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por José de Jesús Pablo Hernández; a quien se le dotó el mandato general para pleitos y cobranzas y actos de administración con cláusula especial sin facultad de cesión de bienes, tan amplio como en derecho sea necesario, para que realice cualquier trámite o gestión con facultad de que pueda firmar todo tipo de documentación, inclusive convenios, pueda concursar; recibir requisiciones, . solicitudes de cotizaciones, correspondencia, firmar documentos, contratos, presentar inconformidades, 9fertas y licitaciones, tramitar y recoger pedidos y firmen de recibido, ante autoridades administrativas o judiciales inclusive de carácter Federal, Estatal o Municipal, por lo que se presume que cuenta con la capacidad legal suficiente · para actuar en nombre de la.! empresa, para efectos de la presente contratación.
111. OBJETO SOCIAL DE LA PARTICIPANTE.
Respecto del objeto social de la empresa participante como condición para la elaboración del dictamen resolutivo legal, resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa.
. En ese sentido, el servicio solicitado consiste en la contratación de una Ádecuación de la Casa de la Cultura J ica en Acapulco, Guerrero. Del testimonio notarial 26,065 se deduce que la empresa particip~ e iene· por objeto,· ~ntre otros: "1.- Asesoría, Diseño, Mantenimiento, Inspección, Reparación, Decoración, Proyección, . y Construcción de toda clase de Obras Civiles, Electromec nicas, Eléctricas, Petroleras e Industriales en General, Montajes y Maniobras ... ".
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Dl! JUSTICJ'A DI !.¡\NACIÓN
De lo anterior, ·tomando en cuenta que el servicio que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiento en que se actúa .
. IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispóne _la normativa· aplicable, para· la elaboraCión del dictamen resolutivo: legal deberá evaluarse la. declaración firmada- por el representante legal del participahte; persona ffsíca o jurfdico col~ctiva, en· el sentido de que no se encuentra en ninguno deJos. supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artfculos 48, fracciones 1, JI, 111, iv, V11VII, Vllryx,· asf como 58, .fracción. XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido dé ias penas en que incurreá los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Referente a lo anterior, la empresa;en comento presentó carta de fecha 8 de noviembre de 2016, que .. contiene la declaración firmada. por José de Jesús Pablo Hernándezeri su.carácter de representante-. ·.·
' legal de la enipresa "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICOt·S.A •. DE. C.V.", en la que manifiesta .. · bajo protesta de decir verdad y apercibido.-de las penas en que)hcurren.los que declaren falsamente ·· · · ante autoridad distinta a la judicial,, que conocen el Acuerdo .General .de Administración Vl/2008,. de · fecha 25 de septiembre de 2008 y que n9 se encuentran en los supuestos de restricciones' referidos .
. Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "CONSTRUCCIONES · · JEBRO DE: MÉXICO, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio dé buena.fé, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas .en los·:artrculos4ff; fracciones I;JI, 111, IV, Y, VI, VIl, VIII y X,· asr como 58, fracción XVI, del ~cuerdo General de Admh1istraciónVIi2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal-, apercibido de las· pénas en que incurren los que declaran con falsedad. · ·
V. ACREDITACIÓN DEL . DOMICILIO LEGAL DEL · PARTICIPANTe·· PARA RECIBIR .. NOTIFICACIONES.
En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante eL último semestre en el cual conste er domiéiliq_ legat .. para recibir y orr. notificacio_nes· del partiCipante, para. efectos del procedimiento de . contratación. que en su caso, llegue a . celebrarse, asr ·,como. el escrito en el cual manifieste el domicilio legal para recibir y orr notificaciones.
Si dicho documento fue expedido a nombre- de _una persona diversa. al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario qué éste.acredite la existencia del acto jurfdico en virtud del cual, · tiene ~la propiedad o posesión derivada del· inmueble correspondiente. ·
En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó reci~o de·. pago de .luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al periodo. del 3 _de agosto al.4 de octubre de 2016
contrato de . odato celebro como ·al inmueble• ubicado en Vera cruz.
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PODER JUDICIAL D! l,A FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DI! JUSTICIA DI LA NACIÓN
De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 8 de noviembre de 2016, firmada por José de · Jesús Pablo Hernández, en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que se que se actúa, el ubicado en Xalapa, Veracruz.
Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de .. luz,· expedido por la Comisión Federal de Ele.ctricidad, y contrato de comodato; asr como de la carta de domidlio consignados como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta S~cretarra tiene por acreditado el domicilio. legal de la participante para, recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.
VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación· de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.
, . La empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO, S.A. DE C.V." presentó Constancia de . Sit~:Jación Fiscal ex~rvicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes- .
De la Constancia de Situación Fiscal, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscal"es fue debidament rvicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de - .. -.--Contribuyentes número
VIl. REGISTRO PATRONAL.
La empresa participante deberá presentar el Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social. ·
En el caso, la empresa en comento exhibió Tarjeta de ldentific Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal
.- ..
• 1 • • • 1. , expedida por el Instituto ·
De la Tarjeta de Identificación· Patronal descrita¡ se deriva que la empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO~ S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal · por lo que cumple con el requisito solicitado.
VIII. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.
· Esta Secr~tarra evai~ará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.
La empresa participante en comento presentó cédula profesional número 4381174 a nombre del ingeniero civil Mario Urbina Alvarado, expedida por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico de la obra. ·
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' . PODER JI/DICIAL D~ I,A FCDERAQÓN
DB JUSTICIA DI LA NACIÓN
l:n este punto esta Secretaria presume la veracidad de .la cédula. profesional· presentada, pues. de la· simple. lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de documentos de esta naturaleza, expedidos por autor:idad competente como es la Dirección General de Profesiones.
. . . . " 1
. Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaria Jurldica de la Presidencia arriba a la sigurente: ·
CONCLUSIÓN
De acúerdo· con los considerandos que anteceden, se deterrnina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos. aportados y respecto del presente .. procedimiento, que la empresa "CONSTRUCCIONES JEBRO DE MÉXICO, S.A; DE . C.V."· atendió. en tiempo y . fol"l11a .·el . _· .. requerimiento de documentaéión legal exigida,. por lo qué resulta procedente_ resolver en sentido .•. _ .. ·.· ·•··
. FAVORABLE eL dictamen resolutivo legal correspondiente a: la licitación pública. nacional·· 1 SCJNIDGIFILPN/OPS.;0312Ó16, relativa· a la ''Adeci.Jélci6i1 de lit Casa de la. CultUra JuTídica en· ' . Acapulco,. Guerrero". ·
Ciudad de México, a 17 de noviembre dé 2016.
. · .. ·. LIC.CA 0,. '~~~ADO • .· SUBDIRECTOR~ NE.. . . DE ·LO CONSULTIVO DE 'LA
.· SECRETARIA U -DE LA PRESIDENCIA .· . . .
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PODI!R JUDICIAL De LA FEDI!RACIÓN
suPReÑIÁ có'RTE DE JUSTICIA DE LA NA61óN SECRETARfA JURfDICA DE LA PRESIDENCIA
l!BJUmCIADI lA NACIÓN
DICTAMEN LEGAL RELA fiVó~ AL CONCURSO POR INVITACIÓN PÚBLICA NACIONAL . . .NÚMERCJ' SCJN/CIP/DGIF/OPS-001/2016. 3/5~ .
·.·., .. : ' ': ·.; ... :.·.·> ·.·,' .·
Vista la docume~tación remitfda pc)r' la Dire~ción · Generál de , lnfr,aestructura Frsica, relativo al 11Sumlnlstró, Instalación y puesta eii .marcha de planta ~e eme;gencla para la. Cí{lsa de ia Cultura Jurídica de León';, derivada dei conc~rso por invitación pública riacioriaí_respectivo; con fundamento en lo previsto .. en los articulas 2°, fracción XXIV y 67, fraccic)n 11, del Acuerdo General de. Administración
r\/112008, puntos ~ercero., f~aéc.iones_l ayl •. }{ y ~1. sext~, fracciórdll, oct~vo y ,d~cimQ,dE! los line~mientos ~ para la . elaboración .d~al d1cta.mE!.n resolutivo legal ~e. 8 de_~ enero ~e 2009; ra · Secretaria Jurfd1ca de 1~ ·
Presidencia emite dictam.E!n res~l~tiv~ legal al tenor de ~oá siguie~~es: .... , · , • · : · .. ' ! . ·._. · .. ~ ' .· ·: .. , . '· i <. ,' ,.. . ·.· .: .. · . ( . ANTECEDENTES . : . ·• . · ··.·.. . :' ..
. ;'::·_:·,:·· '· ·,· . . ·.· ....... _,
1.- Mediante oficio riurilero DGIF/166S/20.1B~·Ia Dirección General de Infraestructura Frsi~a s~ll6itó a esta Secretaria la emisión del dictamen .• resblutivó legi:ll de la empresa. 11GÓTOP CONSTRUCCIONES Y PROYE:CTOS; S;A¡;;pE: c.y,"/participa~te en.' el concurso por, in-vitación pública nacional. número SCJN/CIP/DGIF/QPf¡-401/20~ 6,; relativo :ai- 11Sumlni~trr:J, instafación y puesta en marcha de'planta de
ere'!l~~cl::~j(~:l~.f~-~~tfi.-.~é\.~~~~~~a·J~rld~c·~-·~~~·~6~":· : _· ':_.,:,. ·'' ... : :' . ; ,·: .·. ;': ~ .... · .. ·.;.' :: ' ... · 2~ El 28de junio_de 2016~ la Qirección General dE:~ Infraestructura_ Ffsica .entregó. a esta Secretarra la documentación legal e~ copias certificadas por Notario Público; copias cotejadas por la Dirección General d$ Infraestructura Ffs!ca y cartaS, originales; presentada por l.a empresa. "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S~A. DE ·c.V.';, según consta en el respectivo sello de recepción....... . . . .. . . . . ·.· . .
. . ' .. · .. •.•. ·,. . . ·. '· ~ . . . . ·. .. : :_ . . . .. :.. ' . : .· ·. ,: ·. : . : :·; :·:. ;· " . . . . ., .. · ... :. . .. . . ; . . . .
3J Estedictamen ~onti~he 1~ dete~inaciÓn .derivad~ d~l a~álisi~· pormello.ri~ado y la evaluación de la "'información prese-ntada por ."GOTOP, CONSTRU~C,ONES Y PROYE:CTOS, S.A; DE C.V.",, en el l. concurso por invitación pública riªcional regulado por el artrculo 78 del citado Acuerdb; asf ·como de los
p~ntos 8.1 y 13;1 de la convocatoria/~ases, en. virtud de I()S cuales e~tél ~ecretarra, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen .reso.lutiv~ legal a.l ~enor de los siguientes:_
1 ·, ··',_,. -·:_.,·· •• :_:··~ •• -:~::'• ...... -.-.;···;' ·,·.::-:,.:>' '•.,· '.·:~··, , ... ·· ~' 1· .. •. • ..... · ,....... .• . . .· ·"·,
,j· · . ·' · ·iA). ·.·;::::-·· ···. C9NS,DERANDOS -.· .. _· ... :_··-._~:-.. ·:·.. .·· . '¡"' " '', '<. 1/•i,· . ·:·'·..-. ·, ·.·•:,· .. ,.,/,·':·,.. . .. ,·. ,;·:· .• •,· .. ·:.,(.
1. ¡rÉRMINO. o~;¡,PRESENTACIÓN ce t.A D·bcÚMENTACióN ·LEGAL ·. · ~ . •,. ;· . ·, ;~-- . ;_! •. , . · ... ·. /". ,. ' . -. ~ ';. ..!·· ..... ··; ., .. ·.l. ·1,. ·. ·.; · •..
...... . . • J.·.· ... •
. :::. ¡, . . ... ~ .
''·.'··' 1 • i .... ' . .. ·.. . . ' .. ' . ·:. > '. . • .. ' .· 0: .. '. ·'· . .• .
En el punto 4 de la convocatoria/bases. se solicitó presentar la documentación relativa al presente procedimiento con fech~ 27 de junio de 2016, ante la Dirección General de· Infraestructura Ffsica.
1 • ' ' '·· •. ., a • , , , ,
En consecuencia, si la presentación de la documentación se. ~fectuó el 27 de juriio de 2016, ante la oficina de la Dirección .General de Infraestructura Ffsica, es inconcuso que resulta oportuna;.
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PQDEit JUDIC:IAL DE LA FEDERACIÓN
. SUPREMA CORTE Dll JUSTICIA DI U. NACIÓN
! . ,· . .. . ·. . . . . • .. 11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO· LEGAL.
1 • • • • •
i . . . :.- ·.. .. . . .. . . . . . . ·-- ·- . .. : ... ~ara la elaboración del dictamen resolutivo legal,. deber_á. evaluarse la existen~ia y debida constitución
. legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o instrumento -,¡ . . . ·.··· -· .· ·.· .. -. .• . . .• · .• -. :- ...... · ..... :•· . · .. · •... ·. . . . . . -
qtorgado .. ante feqatario pl;í~lico, eL cual deberá E!Star. d~b!damente inscrito .en el. Registro Público que determine_la ley. De'igual:forina, Jas· reformas_ atinentes y·· el acto jurfdico· en·virtUd del cual. se haya
t -- ...... -•. - .... _. .. .. •; .... -... -..... ·, .. ·:." , ...• -.- _. ........ :J..... ·-·· -· - - ..
cpnfe_rido.-~1 ap()~era~o_de,; 1~ e_mpr7sa; la ca_pac:ida~ leg!=ll para. act!Jare_J;J_ sú nornbr~ .en· pro~edi~iento~ de . contratac1qn e~ mcluso, en cualqu1era·de los actos rel;;rc1onados con el vrnculo contractual que pud1ere
·C j:~nr~~~":~men~.~i~~¿~sti~~hla·i1~.~"~~e~1·~·~.·~e~l.25'~~·~Pti.emb~.de~o6o.·· pasado ante la fe del licenciado_ R¡;¡fael Varga~ Ac_eves, Notano _Publico suplente y asoc1ado numero 73 e1n . Güadálajará,·,_ •. Jaliséó,. qué-, :contiene ; et. actá ·cóns.tituthia· de la sociedad': denominada-.- ¡'GOTOP
-CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.". . . - .. -' · : - ' - . . · . ·' ·.· >·/ -- · • · ·: :· <· .
·· d~1 .·· ~;;~~~~~~ ' d~i, ~~í¡~¡,~¡~ ri&;i~a1 ·• d~cifto~ i'Jü,; ·. eXh1bi. 1a .·•· pe~i.K., ¡uifd¡¿íi •' i:01~~ ·· ;•Go~op CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS; S;A. D~ C. V/;, se ac;:redita que fue dmstituida ante: nc;>tario público e', 25, de. s~ptieft,bre ~~ iOOQ; CO~ Üna,.vigen?iS de 99 años Y que :Se e~cuentra d~bidarbe(ltE! inscrita- en la Direcciórr del. Registro. eúbUco de. Comercio. del Estado de Jalisco, con el folio rnercantil 8007-1 ~.de. fecha
.. ~~~!~~~n~~~~i!r¿·~~illrt:l n~Ji~·~.~al~~l'i4d~i~11)J';~~~~;~g:dQa~11~·~·d:; .. lirenciadó,_.~~fá~! y~rg~$·A~{ayes,. Notario. Ppblic~: ~úmero-114. ~~ _ Gúa.d~lajará,' Jalisco, qüe· c~n~ien_e los. _ .
, ppderes generales. para pte,tos y cobranzas;· para actos de adm1mstrac1ón y._p,ara -~ctos. de-dom1n1o que la empres~.·''GOT()P·«;:,9N.~TR.LJCCIOI\JES Y .PRQYECT()ª, S.A~·[)E C.V.:'.()torgq. en fav()r.de .. Eduardo· ..... .
r~:~;~~:~r*!i~~~~;~~~4J~~ri~E·~~~·~=~ª~~~jú~~a;~~"~~~~= · · etigenió Gófl:lez'ciarcféJ,· a·quiefi se le dotó de los poderes· generala$ para pleito$ y cobraniae\, para ·a~tos de .
. ·administracióll y-p~f~ actos' c:fe dornimo, :en t~rrriinos,éfe.-10!; párrafos pri~eró; tercero y cuarto del .. artrculo dos .. mil doscientos siete:del Código Civil para~l Estado de Jalisc::o; sus correlativós.delos estados; donde se.
' ejercité_elpilder, por la éju~.-~e éonciÚye que cue~ta can' ,~·capacidad l~g~ll.suficie~te para actuar erú1onibre . ' ' dela·empresaparaefectos_delapresentecontratación. ·,·.· .. ·.·_ .-.-. · -- _._--·; ;_.:·-__. .-.!'-:;' ... ·· :j··< _.: __ -!:·;:, .. ··-;· . .-·>:·<: :: .. ;),·;, __ ;..>;·_., . :: __ .. :j_~.-::·:: ,- .. : .. ·~. -·-:.e•: :··,:'' é'.,'
~~~~ ()BJET<:) .s9CI~L._[)EL PARTI~IPANT~~ :_: :'- . ' ' . ; ~ \ i·)_ '_.- _ _.. '.·' o,; ·. _/ ·.: ;' :_: ' . ' [ .. ' . . ' ' . . - . ' ' .
Para esta S~cr~tarra r~sulta Indispensable verificar ·la congruenci~ y co~patibilidad entre el servicio rsquerido y el objeto, social de, re~_ empresa p~rticip~nte.' ..•. . .... ·. •. . ' ·. . . ·. . . . . •. . .
eh ese ~enti~~.>~~l se~icio sc>l~itado c~ns¡st¿ en el su,~i~ist~o·~ inst~la~;ón y pue·~~~ en. mar~h~ de planta -qe emergencia ;·para la Casa ~e la Culturá Jurrdica de León~ .Del testimonio. notarial número 151844 désc ; . que contiene los estatut!JS sociales, de la _cláusula terc~ra; se desprende que la empresa pé ipa te tiene por. objeto: " ... eJ.· La construcción de .toda c/ase.de obras de ingeniarla civil y
! ,' '•,, . ·' ' ... ! ', • :, • - •. '. •• - • .. • . ' • • • •
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SUPREMA CORTE DE IUinciA DI t.I\NACION
eléctrica o de cualquier otra especialidad incluyendo toda clase de edificios comerciales, industriales y habitacionales .•• ".
De lo anterior, tomando en cuenta que el servicio que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiento en que se actúa.
IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona ffsica o jurfdico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artlculos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, VI, VIl, VIII y X, asi como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Referente a lo anterior, la empresa· presentó carta de fecha 27 de junio de 2016, que contiene la declaración firmada por Eduardo Eugenio Gómez Garcia, en su carácter de representante legal de la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos (original).
Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "GOTOP CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. DE C.V.", este· Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artlculos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.
V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre, en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, asl como el escrito en el cual manifieste el citado domicilio.
En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó recibo de pago de luz a su nombre, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspo marzo al 6 de mayo de 2016, relativo al inmueble ubicado en Vallarta, en Guadalajara, Jalisco.
forma, presentó carta de domicilio de fecha 27 de junio de 2016, firmada por Eduardo Eugenio arcía, en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que ser'iala
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... : cines.~n:.-el procedi!"ientO- ~n-que-_se·actú~(el Ubicado e~- .. allarta, en GuadalaJara, Jalisco. . _-._ · . '.-: · . . - . · ·_-. ·.. ·_ - - .. · .
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· db, luz expedido po(J¡:~ .Comisión. Fe~·eral._de: Ele~tricidad y ~e--_. rá: carta· de 'domicilio_ ·qonsign·adás como : ·:·.J.: . .. . . .. ·.t .· ... ··,,,. . ..... ·· .......... !·.: ...... · ......... ' .. : , .... !··· ... '' ·:' . . • • ' .... :·· ' . . . . . ..
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PODER JUDICIAL DE lA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
DICTAMEN LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJNIDGIFILPNIOPS-0412016. 616.
Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la ~~Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida", derivada de la licitación pública nacional respectiva, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV, y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, X y XI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaría Jurídica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio número DGIFI296112016, la Dirección General de Infraestructura Física solicitó a esta Secretaría la emisión del dictamen resolutivo legal del prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS V ÁZQUEZ", participante en la licitación pública nacional número
· SCJNIDGIFILPNIOPS-04/2016, relativa a la 11Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
2. El 10 de noviembre de 2016, la Dirección General de Infraestructura Física entregó a esta Secretaría la documentación legal presentada por el prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ", según consta en el respectivo sello de recepción.
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por el prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ", en la licitación pública nacional regulada por el artículo 52, del citado Acuerdo, así como en los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de la cual esta Secretaría, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERAN DOS
l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.
En el acta de visita al sitio y junta de aclaraciones de fecha 28 de octubre del año en curso, se modificó la fecha para presentar la documentación relativa al presente procedimiento para el 8 de no1e de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Fisica.
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En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 8 de noviembre de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Física, es inconcuso que resulta oportuna.
11. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL PRESTADOR DE SERVICIOS.
En el caso de personas físicas, se exigirá la presentación de una identificación oficial, entre las cuales podrá exhibirse la credencial para votar expedida por el Registro Federal de Electores, pasaporte, cédula profesional o cualquier otro documento con fotografía, expedido por un órgano del Estado Mexicano.
Al respecto, el prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ" presentó copia simple de la credencial de elector a su nombre con clave de elector GRVZHN76102524H200, expedida por el Instituto Federal Electoral, por lo que cumple con el requisito establecido en este punto.
111. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Referente a lo anterior, el prestador de servicios presentó carta de fecha 8 de noviembre de 2016, que contiene la declaración firmada por Hansel Danisver Granados Vázquez, que contiene la declaración en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conoce el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentra en los supuestos de restricciones referidos.
Del contenido de la carta presentada por el referido prestador de servicios, este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.
IV. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, así como el escrito en el cual manifie el domicilio legal para recibir y oír notificaciones.
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SUPREMA CORTE
Si dicho documento fue expedido a nombre de una persona diversa al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario que éste acredite la existencia del acto jurídico en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente.
En relación con lo anterior, el prestador de servicios en comento presentó recibo de pago de luz, a nombre de Yenifer Vences Montes, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al periodo del 22 de agosto al 20 de octubre de 2016 contrato de arrendamiento
ue celebro como arrendatario, relativos al inmueble ubicado en Quintana Roo.
De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 8 de noviembre de 2016, firmada por Hansel Danisver Granados Vázquez, en la que manifiesta que el domicilio legal para oír y recibir
imiento en u e se actúa es el ubicado en CalleQuintana
Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, y contrato de arrendamiento, así como de la carta de domicilio consignados como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.
V. CARTA DE CAPACIDAD PROFESIONAL O TÉCNICA.
El prestador de servicios en comento presentó carta de fecha 8 de noviembre de 2016, en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad profesional y técnica, así como la experiencia para el cumplimiento del objeto requerido en este procedimiento.
En relación con este punto, se tiene por presentada la carta en comento.
VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre del prestador de servicios participante.
El prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ" presentó Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes
De dicha Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria ln el Registro Federal de Contribuyentes número
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VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.
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Esta Secretaría evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.
El prestador de servicios en comento presentó cédula profesional número 3839480 a nombre del ingeniero civil Yenifer Vences Montes, expedido por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico de la obra.
En este punto esta Secretaría presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.
VIII. REGISTRO PATRONAL.
El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En el caso, la empresa en comento exhibió Tarjeta de ldentificació~ida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal-
De la Tarjeta de identificación Patronal descrito, se deriva que el prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ", se encuentra inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.
Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaría Jurídica de la Presidencia arriba a la siguiente:
CONCLUSIÓN
De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento, que el prestador de servicios "HANSEL DANISVER GRANADOS VÁZQUEZ", atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente a la licitación pública nacional número SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
Llv .• ,l"'\l¡w.Jw
SUBDIRE SECRETA
22 de noviembre de 2016.
,..,.,, .... ,..,..., MORGADO E LO CONSULTIVO DE LA DE LA PRESIDENCIA
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DICTAMEN LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016. 3/6.
Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida", derivada de la licitación pública nacional respectiva, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV, y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, X y XI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaría Jurídica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio número DGIF/2961/2016, la Dirección General de Infraestructura Física solicitó a esta Secretaría la emisión del dictamen resolutivo legal de la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", participante en la licitación pública nacional número SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
2. El 10 de noviembre de 2016, la Dirección General de Infraestructura Física entregó a esta Secretaría la documentación legal presentada por la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción.
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", en la licitación pública nacional regulada por el artículo 52, del citado Acuerdo, así como en los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de la cual esta Secretaría, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERAN DOS
l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.
En el acta de visita al sitio y junta de aclaraciones de fecha 28 de octubre del año en curso, se modificó la fecha para presentar la documentación relativa al presente procedimiento para el 8 de
· mbre de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Física.
n nsecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 8 de noviembre de 2016, 1ante a oficina de la Dirección General de Infraestructura Física, es inconcuso que resulta oportuna.
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11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.
Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o' instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, el instrumento de cuenta deberá de contener, en su caso, las reformas atinentes y el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse.
Al respecto, la empresa en comento presentó Testimonio notarial número 11,799, de fecha 27 de junio de 2005, pasado ante la fe del licenciado Carlos Francisco Castro Suárez, Notario Público número 11 O del Estado de México, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.".
Del análisis del testimonio notarial descrito, que exhibe la persona jurídico colectiva "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", se desprende que fue constituida ante notario público el 27 de junio de 2005, tal y como consta con la firma y sello del fedatario público, con una vigencia de 99 años, y estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio número 335397, de fecha 28 de septiembre de 2005.
Testimonio notarial número 14,548, de fecha 13 de agosto de 2007, pasado ante la fe del licenciado Carlos Francisco Castro Suárez, Notario Público número 11 O del Estado de México, que contiene los poderes generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, que la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V." otorgó en favor de Jesús Alcázar Rodríguez.
Del testimonio notarial 14,548, de fecha 13 de agosto de 2007 descrito en el párrafo anterior, se advierte que la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Jesús Alcázar Rodríguez, a quien se le dotó ·de los poderes generales para pleitos y cobranzas en todas la materias incluyendo la laboral y actos de administración y actos de dominio, para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito y sujeto a plazo, en los términos de los tres primeros párrafos del artículo siete punto setecientos setenta y uno del Código Civil vigente en el Estado de México y sus correlativos con el Distrito Federal y demás Estados de la República Mexicana, con todas las facultades generales y las especiales, aún aquéllas que de acuerdo con la Ley requieran poder o cláusula especial.
111. OBJETO SOCIAL DEL PARTICIPANTE.
Respecto del objeto social del participante como condición para la elaboración del dictamen resolutivo legal resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio
el objeto social de la empresa.
ntido, el servicio solicitado consiste en la adecuación, accesibilidad, a personas con ad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida. Del
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testimonio notarial número 11,799, de fecha 27 de junio de 2005 descrito en el punto anterior, se deduce que la empresa participante tiene por objeto, entre otros: " ... a) La ingeniería y construcción de toda clase de obras, ya sean civiles, industriales, agrícolas, hidráulicas, sanitarias, eléctricas o electrónicas, b) la realización de toda clase de proyectos, diseños, construcciones, operación, reparación, remodelación, remozamiento y mantenimiento a toda clase de bienes inmuebles, mantenimiento de plantas, instalaciones, obras industriales ... ".
De lo anterior, tomando en cuenta que el servicio que se requiere contiene aspectos técnicos de la naturaleza provista por la participante, se colige que existe una adecuada relación entre el objeto social de la empresa y la materia de contratación del concurso público sumario en que se actúa.
IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Referente a lo anterior, la empresa presentó carta de fecha 8 de noviembre de 2016, que contiene la declaración firmada por Jesús Alcázar Rodríguez, en su carácter de apoderado legal de la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos.
Del contenido de la carta presentada por el representante ·legal de la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.
V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
En este apartado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, así como el escrito en el cual manifi el domicilio legal para recibir y oír notificaciones.
documento fue expedido a nombre de una persona diversa al participante que acude al procedimiento, para cumplir con este requisito, sera necesario que éste acredite la
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existencia del acto jurídico en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente.
En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al periodo del 29 de julio al 30 de septiembre de 2016 y contrato de arrendamiento que celebró como arrendatario, relativos al inmueble ubicado en
De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 8 de noviembre de 2016, firmada por Jesús Alcázar Rodríguez, en su carácter de apoderado legal de la empresa en comento, en la que señala como domicilio ra recibir oír notificaciones en el rocedimiento en ue se actúa, el ubicado en
Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, y contrato de arrendamiento, así como de la carta de domicilio consignados como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.
VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.
La empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V." presentó Constancia de Situación Fiscal expedida iiillilile Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes
De dicha Constancia de Situación Fiscal exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número
VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.
Esta Secretaría evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.
La empresa participante en comento presentó cédula profesional número 479159 a nombre del ingeniero civil Jesús Alcázar Rodríguez, expedida por la Dirección General de Profesiones, como respon le técnico de la obra.
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PODER JUOIClAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
En este punto esta Secretaría presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.
VIII. REGISTRO PATRONAL.
El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En el caso, la empresa en comento exhibió Tarjeta de ldentificació Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal
De la Tarjeta de identificación Patronal descrito, se deriva que la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.
Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaría Jurídica de la Presidencia arriba a la siguiente:
CONCLUSIÓN
De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento, que la empresa "GRUPO JESEC, S.A. DE C.V.", atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente a la licitación pública nacional número SCJNIDGIFILPNIOPS-0412016, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
LIC. SUBDIRECTO
SECRETA
A AS MORGADO -·--·AL D LO CONSULTIVO DE LA
ICA DE LA PRESIDENCIA
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~ SUPREMA CORTE
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA
DICTAMEN LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL . NÚMERO SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016. 1/6.
Vista la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida", derivada de la licitación pública nacional respectiva, con fundamento en lo previsto en los artículos 2°, fracción XXIV, y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a VI, X y XI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo legal de 8 de enero de 2009, la Secretaría Jurídica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio número DGIF/2961/2016, la Dirección General de Infraestructura Física solicitó a esta Secretaría la emisión del dictamen resolutivo legal de la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", participante en la licitación pública nacional número SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
2. El 10 de noviembre de 2016, la Dirección General de Infraestructura Física entregó a esta Secretaría la documentación legal presentada por la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", según consta en el respectivo sello de recepción.
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", en la licitación pública nacional regulada por el artículo 52, del citado Acuerdo, así como en los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de la cual esta Secretaría, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERAN DOS
l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.
En el acta de visita al sitio y junta de aclaraciones de fecha 28 de octubre del año en curso, se madi ó la fecha para presentar la documentación relativa al presente procedimiento para el 8 de novi~m\ r de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Física.
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cuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 8 de noviembre de 2016, icina de la Dirección General de Infraestructura Física, es inconcuso que resulta oportuna.
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
11. EXISTENCIA LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.
Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la empresa participante, a efecto de lo cual es necesario contar con el testimonio o instrumento otorgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público que determine la ley. De igual forma, en su caso, la~ reformas atinentes y el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse.
Al respecto, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 21,451, de fecha 8 de octubre del 2002, pasado ante la fe de la licenciada Claudia Velarde Robles, Notaria Pública número 4, en el Estado de México en el que consta la constitución de la sociedad denominada "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.".
Testimonio notarial número 22,510, de fecha 18 de marzo del 2005, pasado ante la fe de la licenciada Claudia Velarde Robles, Notaria Pública número 4, en el Estado de México en el que consta entre otros acuerdos la ampliación al objeto social de la sociedad denominada "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.".
Del análisis del testimonio notarial 21,451, descrito, que exhibe la persona jurídico colectiva "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", se desprende que fue constituida ante notario público el 8 de octubre del 2002, como consta con la firma y sello del fe'datario público, con una vigencia de 99 años y estar debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio bajo la partida número 737, de fecha 1 de noviembre del 2002.
También presentó testimonio notarial número 20,855, de fecha 11 de diciembre de 2015, pasado ante la fe de la licenciada Hilda Leticia Paniagua Hernández, Notaria Pública número 59 del Estado de México, en el que Carlolina Agret Torres Díaz en su carácter de apoderada otorga el poder general para actos de administración, en favor de Alejandro García Carreón.
Del análisis del testimonio notarial 20,855, que antecede, se advierte que la empresa denominada "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Alejandro García Carreón, a quien se le dotó de poder general para actos de administración, en términos de lo dispuesto por el artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal. El mandatario estará expresamente facultado para representar a la sociedad mandante en los concursos de obras para la construcción que celebre la mandante con el Gobierno, ya sea Federal Estatal o Municipal y ante el Poder Judicial de la Federación, con facultades para firmar los contratos referentes a dichos concursos. El presente poder tiene una vigencia de tres años a partir de su fecha, por lo que se concluye que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre .. la empresa, para efectos de la presente contratación.
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
111. OBJETO SOCIAL DE LA PARTICIPANTE.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Respecto del objeto social de la empresa participante como condición para la elaboración del dictamen resolutivo legal, resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto social de la empresa. En ese sentido, el servicio solicitado consiste en el Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida. Del testimonio notarial 21 ,451, de fecha 8 de octubre del 2002, descrito, que contiene los estatutos sociales de la empresa en comento, se desprende que la empresa participante tiene por objeto, entre otros: " ... 1.- Diseño y construcción de obras civiles, estructuras metálicas y electromecánicas y de cualquier índole, ya sean propias o ajenas
"
De lo anterior, tomando en cuenta que el servicio que se requiere contiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiento en que se actúa.
IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispone la normativa aplicable, para la elaboración del dictamen resolutivo legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en el sentido de que no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Referente a lo anterior, la empresa presentó carta de fecha 4 de noviembre de 2016, que contiene la declaración firmada por Alejandro García Carreón, en su carácter de representante legal de la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008 y que no se encuentran en los supuestos de restricciones referidos.
Del contenido de la carta presentada por el representante legal de la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe, presume la inexistencia de las restricciones para contratar previstas en los artículos 48, fracciones 1, 11, 111, IV, V, VI, VIl, VIII y X, así como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, apercibido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad.
V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFIC IONES.
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. ado, deberá valorarse el documento oficial expedido durante el último semestre en el ;el domicilio legal para recibir y oír notificaciones dei participante, para efectos del
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, así como el escrito en el cual manifieste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones.
Si dicho documento fue expedido a nombre de una persona diversa al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario que éste acredite la existencia del acto jurídico en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente.
En relación con lo anterior, la empresa en comento presentó recibo de pago de agua, expedido por Sistema de Aguas de la Ciudad de México, correspondiente al consumo por el período del 4° bimestre de 2016, y · e celebró como arrendata · relativos al
ueble ubicado en
De igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 4 de noviembre de 2016, firmada por Alejandro García Carreón, en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la que señala recibir oír notificaciones en el rocedimiento en e se actúa, el
Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de agua no mayor a seis meses, del contrato de arrendamiento y de la carta de domicilio consignadas como requisitos en la normativa que regula este procedimiento, esta Secretaría tiene por acreditado el domicilio legal del participante para recibir y oír toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.
VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la empresa participante.
La empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V." presentó Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes expedida el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes
De dicha Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número
VIl. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.
Esta Secretaría evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la conviatorialbases respectiva.
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
La empresa participante en comento presentó cédula profesional número 5589923 a nombre del arquitecto Abelardo García Lara, expedida por la Dirección General de Profesiones, como responsable técnico de la obra.
En este punto esta Secretaría presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de un documento de esta naturaleza, expedido por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.
VIII. REGISTRO PATRONAL.
El participante, en su caso, deberá presentar Alta del Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En el caso, la empresa en comento exhibió Tarjeta de ldentificació~ida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal-
Del documento descrito en el párrafo anterior, se deriva que la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE (;.V.", se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.
Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaría Jurídica de la Presidencia arriba a la siguiente:
CONCLUSIÓN
De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento, que la empresa "AVANZADA TÉCNICA CONSTRUCTIVA, S.A. DE C.V.", atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigido por lo que resulta procedente resolver en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente a la licitación pública nacional número SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, relativa a la "Adecuación, accesibilidad, a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica de Mérida".
Ciudad de Méxi , a 22 de noviembre de 2016.
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PODER JUDICIAL DE I,.A FEDEIIACION
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA JURÍDICA DE I,.A PRESIDENCIA
SUPREMA CORTE I)B Jl,ISTICIA DE I,ANACIQN
DICTAMEN LEGAL RELATIVO A .LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO SCJN/DGIF/LPN/OPS-03/2016. 4/5
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. Vista ·.la . d9cumentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Fisica, . ·relativo. a 1¡;¡ "Adecuación de la Casa de la Cultura Jurídica en Acapulco, Guerrero", derivada de la licitación públicc;~-nacional respectiva, con.fundamento en lo previsto en los articules 2°, fracciór:l·XXIV, y 67, fracción 11, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, puntos tercero, fracciones 1 a· VI, X y XI, sexto, octavo y décimo de los lineamientos para la elaboración del dictamen resol.utivo legal de 8 de enero de' 2009, la Secretaria Jurldica de la Presidencia emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio número DGIF/2935/2016, la Dirección General dé Infraestructura Flsica solicitó a esta Secretaria la emisión de dictamen resolutivo legal de la empresa "ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V.", participante . en la licitación pública nacional número SCJN/D~IF/LPN/OPS-03/2016, para la ·"Adecuación de · la Casa de la Cultura Jurídica en Acapulco, Guerrero".
2. El ·1 O . de noviembre de. 2016, la Dirección General de Infraestructura Ffsica entregó a esta Secretaria eri copi~s cotejadas y cartas originales, la documentación legal presentada por la empresa "ARQUITECTURA MONUMENTAL; S.A. DE C.V." según consta en el respe~tivo sello de recepción.
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por la empresa "ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V." en la licitación pública nacional regulada por el articulo 52 del citado Acuerdo, asi como en. los puntos 8.1 y 13.1 de la convocatoria/bases, en virtud de la cual esta Secretaria, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERAN DOS
l. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.
En el acta de visita al sitio de obra y junta de aclaraciones de fecha 28 de octubre del año en curso, se modificó la fecha para presentar la documentación relativa al presente procedimiento para el 8 de noviembre de 2016, ante la Dirección General de Infraestructura Fisica. ·
En consecuencia, si la presentación de la documentación se efectuó el 8 de noviembre de 2016, ante la oficina de la Dirección General de Infraestructura Fisica, es inconcuso que resulta oportuna.
LEGAL DE LA EMPRESA Y PERSONALIDAD DEL APODERADO LEGAL.
Para la elab ación del dictamen resolutivo legal, deberá evaluarse la existencia y debida constitución legal de la n\presa participante, a efecto de lo cu.al es necesario contar con el testimonio o i!lstrumento torgado ante fedatario público, el cual deberá estar debidamente inscrito en el Registro
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PODER JVDICIAL DE L.A FEDERACIÓN
V :SUPREMA :CORTE : DE JUSTICIA DE 1 ~NACIÓN
Público que determine la ley. De igual forma, en su caso, las reformas atinentes y el a'cto jurfdico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vrnculo contractual que pudiere establecerse. · · · · • ·' · · · · -· ·:: ¡ · ·
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Al respect9, la empresa en comento presentó testimonio notarial número 68,516¡ de fecha 21 de septiembre de 2001, pasado ante .la fe de la licenciado Heriberto Román Talavera, Notario Público número 62 ·del Distrito Federal, que contiene el acta constitutiva de la sociedad denominada "ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V.", asr como los poderes general,es para pleitos y cobranzas, actos de administración . y actos de dominio en favor de Fernando Alberto Sánchez Chávez, en su carácter de Tesorero y Director. ~
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Del análisis del testimonio notarial que exhibe la persona jurfdico colectiva "~RQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V.", se acredita que flie constituida ante notario público el 21. de septiembre de 2001, tal y como consta con la firma y sello del fedatario público; $in vigencia y se encuentra inscrita en el folio mercantil número 212413 de fecha 11 .de diciembre de 2001, en el Registro Público de Comercio de Cuernavaca, Morelos.
Asimismo, ·del testimonio que notarial· que antecede, se advierte que la. empresa denominada "ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V.", se encuentra representada por Fernando Alberto Sánchez Chávez, a quien se le dotó de poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, en términos de los tres primeros párrafos del artrculo dos· mil quinientos cincuenta y cuatro del Código. Civil para el Distrito Federal, de los artrcu_los dos mil quinientos ochenta y dos y dos. mil quinientos ochenta y siete del mismo orden~miento y de sus concordantes en los estados de la República donde se ejercite en nombre y representación de la sociedad poderdante podrá intervenir· ante toda clase de. personas autoridades ~dministrativas o · judiciales, federales, locales o municipales, civiles, penales, administrativas o del trab1ajo, por lo que se presume que cuenta con la capacidad legal sufiCiente para actuar en nombre de la empresa, para efectos de la presente contratación.
111. OBJETO SOCIAL DE LA PARTICIPANTE.
Respecto del objeto social de la empresa participante como condición · para la elaboración del dictamen resolutivo legal, resulta indispensable verificar la congruencia y compatibilidad entre el servicio requerido y el objeto s.ocial de la empresa.
En ese sentido, el servicio solicitado consiste en la contratación de una Adecuación de la Casa de la Cultura Jurfdica en Acapulc9, Guerrero. Del. testimonio notarial 68,516 se deduce que la empresa participante tiene por objeto, 1 entre otros: " ••• 1). La restauración y conservación de monumentos históricos y/o artísticos, así como la realización de todos los actos necesarios para su mantenimiento, preservacipn, conocimiento y promoción, realizado al efecto. los ·proyectos arquitectónicos y ejecutando las obras que se requieran. 2).- La realización de toda clase de construccio S y obras de ingeniería civil y la compraventa, edificación, administración, comerciali ón, urbanización, desarrollo, mantenimiento, explotación y comercio en general de toda clase e bienes inmuebles, ~onumentos y obras de arte ••. ".
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' PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DB JUSTICIA DB LA NACIÓN
De lo anterior, tomando . en cuenta que el servicio· que se requiere c(jntiene aspectos técnicos de naturaleza provista por la empresa participante, se colige que existe uría' adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación del procedimiemto en que se actúa. · ·
IV. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
Como lo dispone la normativa · aplicabie, para la elaboración del dictamen-resolutivo ·legal deberá evaluarse la declaración firmada por el representante legal det· partiCipante·, ;pe-rsona. física o jurfdico colectiva, en el' sentido de que no se .encuentra en ninguno de los supuestos·de restricciones para
. contratar a que se· refieren los artrculos48,Jracciones 1, 11, 111, IV, VI, \111,-VJJJ yx;·asr como 58, fracción XVI, del Acuerdo General de AdministraciónVI/2008, apercibido de .las penasen que incurren Jos que declaren falsamente ante aut~ridad distinta a la judicial.
Referente a Jo anterior, la empresa en comentó. presento carta de fecha4 de. noviembre de 2016, que · · contiene la declaración. firmada por Fernando Alberto ·sánchez· Chávf;)z en su carácter de representante JegaVde ·la empresa "ARQUITECTURA MONUMENTAL, s·;A~·oE C.V."_,· en ·,a que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas···en que incurren los.que declaren falsamente ante .• autoridad'.distinta a·Ja judicial, que conocen el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008. y que no .se encuentran en Jos supuestos de restricciones referidos.
. . . . . Del contenido de la carta presentada por. el representante legal de la empresa~/' ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V.'', este Alto Tribunal bajo el principio de buena fe,:presume la inexistencia de Jasrestricciones para contratar previstas~ en los artrculos 48, f~acciones 1, JI, ·111, IV, V,
.. VI, VIl, VIII y X, asr como 58, fracción XVI, del Acuerdo Generar de Administración Vl/2008, del Comité. de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal, aperCibido' de las penas en que incurren Jos que declaran con falsedad. · ·
V. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL . DEL PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
~n este apartado, deberá valorarse. el documento oficiál expedido durante el último semestre en el cual conste eJ· domicilio legal para recibir y . ofr notificaciones del participante, para efectos del procedimiento de contratación que en su caso, llegue a celebrarse, asr como el. escrito en el cual manifieste el domicilio legal para recibir y ofr notificaciones.
Si dicho documento fue expedido a ·nombre de una persona diversa. al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este· requisito, será necesario que éste acredite la existencia del acto jurfdico en virtud · del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente.
En relación con lo anterior, la empresa· en comento presentó recibo. de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al periodo del 2 de mayo ~1 1 de julio de 2016 contrato de arrendamiento que celebro' como arrendatario relativos al inmueble ubicado en
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- PODER ~UDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JI,ISTICI¡\ DE
_¡;,A NACIÓN
Oe igual forma, presentó carta de domicilio de fecha 8 de noviembre de 2016, firmada por Fernando Alberto Sánc;:hez Chávez, en su carácter de representante legal de la empresa en comento, en la q1,1e
Luego, derivado del análisis de las pruebas documentales presentadas consistentes en el recibo de pago de luz, expedido por la Comisión Federal de Electricidad y contrato de arrendamiento, asr como la carta de domicilio consignados como requisitos en la normativa que-regula este procedimiento, esta
' Secretaria- tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para recibir y ofr toda clase notificaciones, para los efectos de la contratación en que se actúa.
VI. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto. del dictamen, deberá valorarse la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de l.a empresa participante.
La empresa "ARQUITECTURAMONUMENf~[{:~.Á.~DE'C~V~" presentó Constancia de Situación Fiscal expedida por el Servicio de Administración Tributaria, ·con número de Registro Federal de Contribuyentes AM0011 0015F9.
De la Constancia de Situación Fiscal, exhibida por la empresa en cita, se advierte que para efectos fiscales fue debidamente inscrita en el Servicio de Administración Tributaria con el Registro Federal de Contribuyentes número AM0011 0015F9.
VIl. REGISTRO PATRONAL..
La empresa participante deberá presentar el Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En el caso; la empresa en comento exhibió Tarjeta de Identificación Patronal expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal
De la Tarjeta· de Identificación Patronal descrita, se deriva que ·la empresa "ARQUITECTURA MONUMENTAL, S.A. DE C.V." se encuentra inscrita en el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de registro patronal por lo que cumple con el requisito solicitado.
VIII. CÉDULA PROFESIONAL DEL RESPONSABLE TÉCNICO.
Esta Secretarra evaluará la cédula profesional del responsable técnico del participante, solicitada en la convocatoria/bases respectiva.
La empresa participante en comento presentó cédula profesional número 399851 a nombre del arquitecto Fernando Alberto Sánchez Chávez, expedida por la Dirección General de Profesiones, como resp,able técnico de la obra.
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..
. · . PODER JUOic;!AI. DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DI LA NACIÓN
En este punto esta..Secretarfa presume la veracidad de la cédula profesional presentada, pues de la simple lectura se desprende que cumple con todos los requisitos de documentos de esta naturaleza, expedidos por autoridad competente como es la Dirección General de Profesiones.
Con base en el análisis de la documentación referida, esta Secretaria Jurfdica de la Presidencia arriba a le¡~ sigÜient~:
. '.• ,:. .
CONCLUSIÓN
· · De acuerdo con los considerandos que anteceden, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de . los documentos aportados y respecto delf)resente procedimiento, que la empresa "ARQUITECTURA ·MONUMENTAL¡ S.A~ DE C.V." atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal -exigida, porto que res.ulta procedente resolver en sentido FAVORA6LE el dictamen resolutivo legal correspondiente a. la ·licitación pública· .. nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS,;03/20_16, relativa a -la "Adecuación de l;¡j Casa de· la Cultura Jurídica en Acapulco, Guerrero".
. ·. .. ···. -·
· .Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016. ·
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
~~\INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA
~PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL DE LA TESORERÍA Fecha de Clasificación: La del presente oficio
Partes Reservadas: Datos personales Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. Vi y Art. 46 1 er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3425/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 154/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Hansel Danisver Granados Vázquez, con Registro Federal de Contribuyentes
, según consta en el respectivo sello de recepción.
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PODF.R JUDICiAL DF. l. A FEDERACION OFICIAÚA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3425/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Declaración anual
Pago provisional !SR SI
Estados financieros anuales NO
SI
111. DATOS FINANCIEROS
Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas No presentó
Utilidad de operación $0
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
"M ·~-···~ tt·i~ n~r·"''li"~~~--r¡¡·~~- --~- -~·~r,r.··r&]I!J t, -~· }'!r ti¡: . '!!::«. ,~ ~·t~ . · . , .!lí:·¿~~ll- - ~! -~~;¡,¡ -~t-~ ~' i~~'l~ , · • '• 1 "'i • . .j ~ " ·· ·lfiD:f'f'l'i@W.kirll~~~~ '< "" ~tl 'L ' "'~' l <!.~, ... • • ~.~ /:ti •<¡;;e~lifji~~\¡f,.;t ~~~ iot :~ ·~ "' ',_,. ~ •~ • '-it ~ :~:' '"'{
Índice de Activo Circulante Liquidez
0.20 0.14 0.33 0.24 0.90 NO Pasivo Corto Plazo
Índice de Activo Total Solvencia
1.67 1.23 1.45 1.45 1.00 SI Pasivo Total
Índice de Marg~ Utilidad de_OQeración 0.00 No presentó 0.09 No aplica 0.00 NO
Operativo J Ventas
G/M~f1r umo 65
2/ ' ! 3
PODFR JUDICIAL DF l. A FEDERACION OFICIALÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3425/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Hansel Danisver Granados Vázquez, es NO FAVORABLE, en virtud de no haber presentado estado de resultados correspondiente al ejercicio 2015 y haber obtenido un índice promedio de liquidez menor al 0.9, conforme lo establecido en los puntos 8.2.1 y 13.2.1 respectivamente.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 2850.5°/o del Activo Total del participante Hansel Danisver Granados Vázquez.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
~\ Lic. Roxana Carvajal Sa+,~-+t_h_e_z Yarza
Directora General de la Tesorería
C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. J n Claudio Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su Ton cimiento. Lic. uro Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la
r ~Dire ·9· ,.GEjneral de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
G/M jV ~;t./ o 5
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
{;~1 INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA
"VV' • PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERÍA
Fecha da Clasificación: La del presente oficio Partas Reservadas : Datos personales Periodo da Reaerva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46 1 er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la
de Servidores Públi~tc;_J.-..a..;.~*-
Lic. Roxana Carva·al SánchezYarz
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3424/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 153/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Construcciones Jebro de México, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes CJM 011101 N58, según consta en el respectivo sello de recepción.
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PODER JUDICiAL Dt l. A FEDtRACION OFICIALÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3424/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Pago provisional ISR SI
Estados financieros anuales SI
Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI
111. DATOS FINANCIEROS
Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas
Utilidad de operación
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
Liquidez
Índice de
Solvencia
1133.28
1774.49
0.03
18.09
29.26
0.01
11.68 0.90 SI
18.59 1.00 SI
0.02 0.00 SI
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PODER JUDICIAl. DE l. A fF.DfRACION OFICIAÚA MAYOR
DIRECCIÓN GEN ERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3424/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Construcciones Jebro de México, S.A. de C.V., es FAVORABLE.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 9.2°/o del Activo Total del participante Construcciones Jebro de México, S.A. de C.V.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
C.c.p.-
Atenta mente
r--~ \~~\-
Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería
Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para
ocimiento. uro Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la
\ ·" General de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
¡:,:;.,~·;.\INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA \~1 ~-PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL DE LA TESORERÍA Facha da Clasificación: La del presente oficio Partes Reservadas : Datos personales
Periodo da Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46 1er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la Transpa'~-----
Motl clón:
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3423/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 152/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Arquitectura Monumental, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes AMO 011 1 5F9, según consta en el respectivo sello de recepción.
~BG/w/V ¡"mo \\5 113
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Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3423/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Pago provisional !SR SI
Estados financieros anuales SI
Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI
111. DATOS FINANCIEROS
Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas
Utilidad de operación
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
"' -·~ ~ ' ,, -;·:u~:'.,, .. ·., .,.._ illv. ': ; ,..,! ' '.' ~\- ':t~ cu/· ,, ," -~t· '~ ~~ , ~ '"' ~~-.,,,,.,,_ ...... 'J '"'"' .,~ ... c···4- f'~l!fO'Iitf . ,,-,..~. flf"'··~r'", ¡~'"'>P. ( ~, ~ ~¡. ~.44j1JI l'!l . ..¡_ ~ .. .,.,'rl~~--"'~~ ... J."''i.& "ii..:.:·?.EJ: •~.~~"""d ("' ~ ·:-·~""~ 01 J·
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Índice de Activo Circulante Liquidez
···- 2.02 7.29 4.42 0.90 SI
Pasivo Corto Plazo
Índice de Activo Total Solvencia
-· •. 2.02 7.29 4.42 1.00 SI
Pasivo Total
Índice de Margen Ut~lldad de O!;!eracfón 0.06 0.36
Operatlvo.l 0.04 0.00 SI
Ventas
~,f+ J 21 3
PODER JUDICIAL Df l. A FtDfRACION OFICIAÚA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3423/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Arquitectura Monumental, S.A. de C.V., es FAVORABLE.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 507.9°/o del Activo Total del participante Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
r--\~\ \l
Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería
C.c.p.- Lic. Rodolfo H. L..ara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Jua.n Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su cono imiento. Lic. Ma r9 Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la
r ~Direc "ó General de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
G/M / mo N S
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PODER JUDICAL DE LA FEDERACIÓN
tjf¡i»¡, INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA
~PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL DE LA TESORERÍA Fecha de Claaiflcaclón: La del presente oficio Partes Reservadas :
Periodo da Reserva: Fundamento Legal:
Datos personales
Hasta la resolución del procedimiento
LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3422/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 151/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SON/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura · Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Grupo Jesec, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes GJE 050627 JEO, según consta en el respectivo sello de recepción.
1/3
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DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3422/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Pago provisional !SR SI
Estados financieros anuales SI
Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI
Ill. DATOS FINANCIEROS
" tí• "f ifi· -~ '"' ' , . '4 ¡"' . ' 4 ' • '' '*' -~ 'i". ··~ !Rf,' ¡·J-~, ~" ;; ' , ,.~,-~ :'fj,.. ':'! 'L'' ~ .,.-~--. 1''1·1{': .,lit ~·.. ~ ~
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Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas
Utilidad de operación
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
Índice de Activo Circulante Liquidez
---·- 14.40 17.68 13.42 0.90 SI
Pasivo Corto Plazo
Índice de Activo Total Solvencia
28.85 36.32 27.37 1.00 SI Pasivo Total
Utiii~~~~R..erac~':l._ 0.31 0.12 0.10 0.00 SI
Ventas
2/3
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DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3422/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra ,pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Grupo Jesec, S.A. de C.V., es FAVORABLE.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 8.9°/o del Activo Total del participante Grupo Jesec, S.A. de C.V.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería
C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su con cimiento. Lic. M uro Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la Direc ' eneral de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
r~'~ 3/3
PODER JUDICiAL DE LA FEDERACIÓN
(~)INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA
~;!PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERIA
Facha de Clasificación:
Partas Reservadas :
Periodo de Reserva:
La del presente oficio
Datos personales
Hasta la resolución del procedimiento
LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3421/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 150/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes GCP 001002 DH2, según consta en el respectivo sello de
1/3
PODF.R JUDICIAl.DF. l. A FfDERACION OFICIALÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3421/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Pago provisional !SR SI
Estados financieros anuales SI
Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI
111. DATOS FINANCIEROS
Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas
Utilidad de operación
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
Liquidez Pasivo Corto Plazo
Índice de Activo Total Solvencia
···---- 2.25 2.08 2.27 1.00 SI Pasivo Total
Índice de Margen Utilidad de 011eración 0.04 0.02 0.12 Operativo 0.00 SI
Ventas
2/3
PODFR JUDICIAL DF l. A FfDF.RACION OFICIALÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3421/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V., es FAVORABLE.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 22.8°/o del Activo Total del participante Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
~~ Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza
Directora General de la Tesorería
C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. Juan Claudia Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su co cimiento. Lic./ M uro Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la
r~MN~'t"" ~necal de la T"'ocecfa de la Supcema Corte de Ju<tlcla de la Nación.- Paca su conocimiento.
3/3 (
PODER JUDiCIAL DE LA FEDERACIÓN
(ii_;~, INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA
\~)PODER JUDICIAL OE LA FEDERACIÓN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN. GRAL. DE LA TESORERÍA
Fecha da Clasificación: La del presente oficio Partas Reservadas : Datos personales
Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento Fundamento Legal: LFTAIPG, Art. 14 Fracc. VI y Art. 46 1 er párrafo Acuerdo General de la Comisión para la Transpare · Moti clón: de Servidores Púttoos. '
Uc. ~xana Carva'al Sánchez Ya
OFICIAÚA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016
OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3420/11/2016
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 149/2016
Con base en la documentación remitida por la Dirección General de Infraestructura Física, relativa a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida" y con fundamento en lo previsto en el artículo 2, fracción XXIII, artículo 16, fracción I y artículo 42, del Acuerdo General de Administración VI/2008; capítulo III, punto sexto de los Lineamientos del tres de febrero de dos mil nueve para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Financiero, modificado por los acuerdos adoptados por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) en su 16a sesión extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2015, en los términos del numeral I, comunicado a la Dirección a mi cargo mediante oficio OM/ST/79/2015, así como en lo establecido en los puntos 8.2, 10.4, 13.2 y 16.4 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
l. ANTECEDENTES
El 10 de noviembre de 2016, a las 09:56 horas, la Dirección General de Infraestructura Física, remitió a la Dirección General de la Tesorería documentación fiscal y financiera presentada por el participante Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes ATC 021 8 9C9, según consta en el respectivo sello de recepción.
1/3
POOF.R JUDICIAl. Df. l. A FfDERACION OFICIALÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3420/11/2016
11. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
Pago provisional ISR SI
Estados financieros anuales SI
Estados financieros parciales con copia de cédula profesional SI
111. DATOS FINANCIEROS
~ ·; ~,."iit'''· 1.1 ~~2"··~'*~-.-·mmlr·" ··•a ''i -~ 1f; . :·· ;~ -''~·. .,' ~l:t ~'.,Ji :If1l~ !it L~ ~ ~~·t. ·, ~ l~A~.!.; ;4\.e
Activo Circulante
Activo total
Pasivo Corto Plazo
Pasivo Total
Ventas
Utilidad de operación
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 13.2 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
Índice de Liquidez
Índice de Solvencia
Activo Circulante
Pasivo Corto Plazo
Activo Tota 1
Pasivo Total
Índice de Margen ~tilid~d~_e Ope~~-c_i~_n Operativo
Ventas
1.98
2.67
0.02
2.15 2.59 0.90 SI
2.68 3.09 1.00 SI
0.02 0.07 0.00 SI
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ~UPRLMA CORTF Of JU~ TI (lA DE 1 A NAUÓN
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2016 OM/DGT/SGISFV/DIVT/SIEF/3420/11/2016
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016, para la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", del participante Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V., es FAVORABLE.
Cabe mencionar que en 2016 el monto estimado de la referida Licitación Pública Nacional, representó el 4.0°/o del Activo Total del participante Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
~~\\ \
Lic. Roxana Carvajal Sánchez Yarza Directora General de la Tesorería
C.c.p.- Lic. Rodolfo H. Lara Ponte.- Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento. Lic. an Claudlo Delgado Ortiz Mena.- Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su co ocimiento. Lic. a ro Barba González.- Subdirector General de Inversiones, Seguros, Fianzas y Viáticos de la
~ . 1 Dire · ~JÍ~neral de la Tesorería de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
::.~~~53 KA,-3/3 ..
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
rREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI OFICIAlÍA MAYOR
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA SUBDIRECCióN GENERAL TE:CNICA
DIRECCION DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES DICTAMÉN RESOLUTIVO TÉCNICO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 ADECUACIÓN, ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y AMPLIACIÓN EN EL INMUEBLE ANEXO DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE MÉRIDA .
EMPRESAS
AVANZADA TÉCNICA GOTOP
ARQUITECTURA CONSTRUCCIONES ING. HANSEL DANISVER CONCEPTO CONSTRUCCIONES Y GRUPO JESEC, S.A. DE CONSTRUCTIVA, S.A. DE MONUMENTAL, S.A. DE JEBRO DE MÉXICO, S.A. GRANADOS VÁZQUEZ
c.v. PROYECTOS, S.A. DE C.V. c.v. DE C.V. (PERSONA FÍSICA) C.V.
9. PROPUESTA TÉCNICA
9 1 RELACION VALORADA DE LOS CONTRATOS INDICANDO SU CAPACIDAD TÉCNICA. CON EXPERIENCIA CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE MINIMA DE DOS OBRAS DE CARACTERISTICAS SIMILARES. EN CUANTO A OBRA CIVIL EN GENERAL Y (NO PRESENTA LA (PORQUE LA (SOLO PRESENTA UNA OBRA MONTO DE AL MENOS EL IMPORTE DE SU OFERTA CONCLUIDAS SATISFACTORIAMENTE. EN DOCUMENTACION QUE DOCUMENTACIÓN DE LOS DE CARACTERISTICAS
CUALQUIERA DE LOS AÑOS 2013 2014 2015 Y LO QUE VA DEL 2016 PARA LO CUAL DEBERA ACREDITE LAS OBRAS CONTRATOS PRESENTADA SIMILARES Y NO ANEXO LA
ANEXAR LOS DOCUMENTOS COMPROBATORIOS CORRESPONDIENTES NO DEBERÁ PRESENTAR RELACIONADAS} ES CON OTRA RAZÓN DOCUMENTACION
OBRAS EJECUTADAS PARA EL PROPIO LICITANTE SOCIAL) COMPROBATORIA)
DICHA RELACION DEBERA INDICAR FECHA DE SUSCRI PCION EL NUMERO DE CONTRATO DESCRIPCION DE LA OBRA EJECUTADA. NOMBRE Y NUMERO TELEFONICO DEL CLIENTE MONTO DEL CONTRATO Y PERIODO DE EJECUCION ANEXO 11 LA SCJN VERIFICARA LA EXACTITUD Y AUTENTICIDAD FORMAL DE DICHA INFORMACION
9 2 LA DESCRIPCION DE LA PLANEACION INTEGRAL PARA LA EJECUCION DE LA OBRA PUBLICA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE INCLUYENDO LA DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS DE FORMA CONGRUENTE CON LOS TIEMPOS {NO PRESENTA SU ESTABLECIDOS PARA EJECUTARLOS CONFORME AL PROYECTO EJECUTIVO EL CUAL DEBERA DOCUMENTO DE
CONSIDERAR COMO MINIMO MEMORIA DESCRIPTIVA CATALOGO DE CONCEPTOS PLANEACION)
ESPECIFICACIONES PARTICULARES Y GENERALES
9 3 RELACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO PROPIO Y/0 RENTADO QUE SE REQUIERE PARA LA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE EJECUCION DE LOS TRABAJOS
94 CURRICULUM VITAE DE POR LO MENOS EL PROFESIONAL TECNICO QUE PROPONGA COMO CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE RESPONSABLE DE LA DIRECCION. ADMINISTRACIÓN. CONTROL Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (El PERSONAL TECNICO NO (NO PRESENTA CEDULA CON EXPERIENCIA MINIMA DE DOS OBRAS DE CARACTERISTICAS SIMILARES A LA DEL OBJETO DE CUENTA CON LA PROFESIONAL)
LA PRESENTE LICITACIÓN PARA LO CUAL DEBERÁ ANEXAR COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA CÉDULA EXPERIENCIA REQUERIDA)
PROFESIONAL CURRICULUM VITAE SEÑALANDO AÑO. CARGO Y FUNCION DESEMPEÑADA
95 ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE EL CONOCER LAS NORMAS OFICIALES APLICABLES CONFORME CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE A LA LEY FEDERAL DE METROLOGLA Y NORMALIZACION LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES y LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES y GENERALES DE CONSTRUCCION
/ INDICADAS POR LA SCJN ASI COMO. LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES Y SU CONFORMIDAD __ /
DE AJUSTARSE A SUS TERMINOS CONFORME AL ANEXO 12
9 6 ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE EL CONOCER LAS CONDICIONES AMBIENTALES EN DONDE SE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE EJECUTARA LA OBRA PUBLICA Y DE QUE PARA LA FORMULACION DE LA PROPUESTA LAS HA CONSIDERADO ADEMAS DE LOS ALCANCES DE TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS QUE SE EJECUTARAN
97 SE ENTIENDE POR SUBCONTRA TACION EL ACTO MEDIANTE EL CUAL EL CONTRATISTA CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE ENCOMIENDA A OTRA PERSONA FISICA O MORAL PARTE DE LOS TRABAJOS OBJETO DE LA LICITACIÓN EN CASO DE PRETENDER REALIZAR LA SUBCONTRATACION DE ALGUNA PARTE DE LA OBRA PARA GARANTIZAR SU TOTAL TERMINACION LA SCJN DEBERA AUTORIZARLO PREVIO A SU EJECUCION SOLO SE ACEPTARA LA SUBCONTRATACION PARA LAS PARTIDAS DE AIRE ACONDICIONADO HERRERIA Y CANCELERIA EN CASO DE SUBCONTRATACIÓN. EL ÚNICO RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS A REALIZAR SERA EL ADJUDICATARIO Y SERÁ A ÉSTE A QUIEN SE CUBRIRA EL PAGO EL SUBCONTRATISTA NO QUEDARÁ SUBROGADO EN NINGUNO DE LOS DERECHOS DEL CONTRATISTA NI TENDRA RELACION ALGUNA CON LA SCJN
9 8 ANALISIS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO DESCRIBIENDO EL CONCEPTO A DESARROLLAR. SU CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDAD ASI COMO LA RELACION DE LOS MATERIALES CON SUS CON LAS ESPECIFICACIONES
CORRESPONDIENTES CONSUMOS DE MANO DE OBRA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION SOLICITADAS POR LA
CON SUS RENDIMIENTOS SIN CONSIDERAR COSTOS E IMPORTES S.C.J.N
EN CASO DE QUE EL ANA LISIS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO ESTÉ INTEGRADO POR BASICOS O AUXILIARES DEBERAN INCLUIRSE EN ESTE DOCUMENTO LOS UTILIZADOS PARA EL CALCULO EN REFERENCIA .....
9 9 ANALISIS CALCULO E INTEGRACIÓN DEL FACTOR DE SALARIO REAL CONFORME AL ANEXO 13 CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
:'REMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI. OFICIALÍA MAYOR
DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSICA SUBDIRECCION GENERAL TECNICA
DIRECCION DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES DICTAMÉN RESOLUTIVO TÉCNICO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 ADECUACIÓN, ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y AMPLIACIÓN EN EL INMUEBLE ANEXO DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA DE MÉRIDA
CONCEPTO
9 10 LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACION DE LA PROPUESTA. SEÑALANDO LOS MATERIALES MANO DE OBRA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CON LA DESCRIPCION Y ESPECIFICACIONES TECNICAS DE CADA UNO DE ELLOS INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR Y SUS RESPECTIVAS UNIDADES DE MEDICION
9 11 PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS DESGLOSADO POR PARTIDAS Y CONCEPTOS DE TRABAJO INDICANDO POR QUINCENA LAS CANTIDADES DE TRABAJO POR REALIZAR CONFORME AL ANEXO 14
9 12 PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO DE MATERIALES SEÑALANDO CONSUMOS Y RENDIMIENTOS INDICADO POR QUINCENA EL SUMINISTRO DE LOS MATERIALES EXPRESADOS EN UNIDADES Y CANTIDADES REQUERIDOS CONFORME AL ANEXO 15
9 13 PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACION DE LA MANO DE OBRA EXPRESADAS EN JORNADAS E IDENTIFICANDO CATEGORIAS. CONFORME AL ANEXO 16
9 14 PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION EXPRESADOS EN HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO IDENTIFICANDO SU TIPO CARACTERISTICAS CONFORME AL ANEXO 17
9 15 PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO QUINCENALMENTE DE UTILIZACION DEL PERSONAL PROFESIONAL TECNICO Y ADMINISTRATIVO ENCARGADO DE LA DIRECCION Y ADMINISTRACIÓN DE LOS TRABAJOS EXPRESADAS EN JORNADAS E IDENTIFICANDO CATEGORIAS. CONFORME AL ANEXO 18
OBSERVACIONES
DICTAMEN RESOLUTIVO TECNICO
'..1 ::lE' ·~OVID.18RE Ct: .:'O'G
\'c_MR/.e11o,·
AVANZADA TÉCNICA GOTOP
CONSTRUCCIONES Y CONSTRUCTIVA, S.A. DE
c.v. PROYECTOS, S.A. DE C.V.
CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE
TÉCNICAMENTE TÉCNICAMENTE CUMPLE CON TODO CUMPLE CON TODO LO SOLICITADO EN LO SOLICITADO EN
LOS ALCANCES LOS ALCANCES PROPORCIONADOS PROPORCIONADOS
POR LA S.C.J.N. POR POR LA S.C.J.N. POR LO QUE SE LO QUE SE
CONSIDERA CONSIDERA FAVORABLE FAVORABLE
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EMPRESAS
ARQUITECTURA CONSTRUCCIONES ING. HANSEL DANISVER GRUPO JESEC, S.A. DE
MONUMENTAL, S.A. DE JEBRO DE MEXICO, S.A. GRANADOS VÁZQUEZ c.v. c.v. DE C.V. (PERSONA FÍSICA)
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE
TÉCNICAMENTE NO TÉCNICAMENTE NO TÉCNICAMENTE NO TÉCNICAMENTE NO CUMPLE CON TODO CUMPLE CON TODO CUMPLE CON TODO CUMPLE CON TODO LO SOLICITADO EN LO SOLICITADO EN LO SOLICITADO EN LO SOLICITADO EN
LOS ALCANCES LOS ALCANCES LOS ALCANCES LOS ALCANCES PROPORCIONADOS PROPORCIONADOS PROPORCIONADOS PROPORCIONADOS
POR LA S.C.J.N. POR POR LA S.C.J.N. POR POR LA S.C.J.N. POR POR LA S.C.J.N. POR LO QUE SE LO QUE SE LO QUE SE LO QUE SE
CONSIDERA CONSIDERA CONSIDERA CONSIDERA NO FAVORABLE NO FAVORABLE NO FAVORABLE NO FAVORABLE
REVISÓ
DIRECTOR DE OBRAS Y CONSTRUCCIONES
PODER JUDICIAL DELA FEDERACIÓN , , >UPREMACORT[DEIUSTICIADUANACION DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA
DICTAMEN RESOLUTIVO , ECONOMICO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA EN LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, RELATIVO A LA "ADECUACIÓN, ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y AMPLIACIÓN EN EL INMUEBLE ANEXO DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MÉRIDA"
Autorizó>/c. Mtro. Miguel Novoa Gómez .~~upervi~¿..,.- lng. Arq. Juvenal A. Cruz Espinosa
Revisd.' Arq. Alejandra Mondragón Hernández
='
Ciudad de México a 9 de diciembre de 2016
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ~UPREMA (ORTt DE JU":.T!CIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
Contenido
1. MARCO LEGAL .............................................................................................. 1
2. CRITERIOS UTILIZADOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
PRESENTADAS ............................................................................................. 1
3. DATOS BÁSICOS DEL PROCEDIMIENTO .......................................................... 2
4. RESEÑA CRONOLÓGICA DEL PROCEDIMIENTO ............................................... 2
5. RELACIÓN DE PROPUESTAS ABIERTAS .......................................................... 3
6. CUADRO COMPARATIVO DE PRECIOS Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
OFERTADOS ................................................................................................. 3
7. REVISIÓN DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ................................................. 4
8. REVISIÓN DE LAS MODIFICACIONES EFECTUADAS EN LA VISITA AL SITIO DE
OBRA Y JUNTA DE ACLARACIONES ................................................................ 4
9. ANÁLISIS COMPARATIVO DE PRECIOS OFERTADOS ........................................ 4
9.1. REVISIÓN DE LOS PRECIOS OFERTADOS Y EL PRESUPUESTO BASE .......... 4
1 O. CONCLUSIONES ........................................................................................... 7
Anexo 1
Anexo 2
Anexo 3
lndice de Anexos
Cuadro comparativo de precios ofertados a que se refiere el artículo 69, inciso a) y e) del AGA Vl/2008
Revisión de Jos requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b) del AGA V/12008
Revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones
Análisis de precios unitarios
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ~UPREMA CORTE DE JU'-1 TIU1\ 0[ LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
1. Marco Legal
Con fundamento en los artículos 2° fracción XXII, 42 primer párrafo, y 69 fracción V del Acuerdo General de Administración Vl/2008, se presenta el Dictamen Resolutivo Económico relativo a la Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato de obra pública en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", para la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida", lo anterior conforme al análisis efectuado a partir de las propuestas económicas presentadas.
2. Criterios utilizados para la Evaluación de las propuestas presentadas
Para la dictaminación de mérito se aplicaron los criterios establecidos en las bases de la Licitación Pública Nacional, conforme al texto literal siguiente:
"(. . .)
13.4. Económico
Las propuestas económicas calificarán favorablemente el dictamen resolutivo económico en términos de lo previsto en el artículo 69 del AGA Vl/2008, cuando los concursantes cumplan los requisitos solicitados por la contratación, y que en el análisis pormenorizado aborde por lo menos los siguientes aspectos.
13.4. 1. Que la propuesta contenga los requisitos relativos a la vigencia, plazo de ejecución y forma de pago.
13. 4. 2. El presupuesto base será determinante para resolver sobre la solvencia de las propuestas, con un rango que no sea superior o inferior al 20%.
13.4.3. Se incluirá la revisión a las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones.
13.4.4. El presupuesto base es aquel generado por la SCJN.
13. 4. 5. El licitante acepta que en caso que la propuesta presentada contenga errores aritméticos la SCJN realice las correcciones para fines comparativos, aclarando, que en ningún caso se efectuará dicha corrección cuando no se hubiese ofertado el precio correspondiente.
13. 4. 6. La propuesta obtendrá dictamen resolutivo económico "no favorable" cuando:
• El importe ofertado sea superior o inferior al 20% del presupuesto base u otras referencias de que disponga la SCJN.
• Cuando no se acepte por escrito, los cambios que impliquen los errores de cálculo del factor de salario real.
• La oferta que contenga errores aritméticos en más de 1 O conceptos o que la suma de ellos exceda el diez por ciento de la propuesta. (. . .)"
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORT[ DE JUSTICIA O[ tA ~ACION DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
Adicionalmente, conforme a lo instruido por el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones en la 198 y 208 sesiones ordinarias, celebradas el 29, 30 de noviembre y 9 de diciembre, en la Dirección General de Infraestructura Física se realizó un análisis de los precios unitarios de los dos licitantes que obtuvieron dictámenes resolutivos legal, financiero y técnico favorables: GOTOP y Avanzada, con el objeto de corroborar la solvencia de sus propuestas, no sólo a nivel del importe total respecto del presupuesto base, sino de los precios unitarios que integran sus propuestas, respecto de los considerados en el presupuesto base.
De no realizarse se pone en riesgo la viabilidad de /as propuestas en la ejecución de los trabajos a contratar.
3. Datos básicos del procedimiento
Datos
Costo estimado (sin incluir I.V.A.) Valor de la Unidad de Inversión (UDIS) al4 de
enero de 2016 Costo Estimado de la Obra en UDIS Clasificación de la contratación por su monto Procedimiento de Contratación
Modalidad de contratación
Número mínimo de propuestas
4. Reseña cronológica del procedimiento
Evento
Núm.
de empresas
Valor
$4,637,843.91 5.385
861,252 UDIS Superior Licitación Nacional
Pública
Precios unitarios y tiempo determinado Una
Fecha
19 de octubre de 2016 Publicación
Venta de bases 6
6
del 19 al 25 de octubre de 2016
Visita al sitio de obra y junta de aclaraciones
Entrega de propuestas
•
28 de octubre de 2016
6 8 de noviembre de 2016
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ')UPREMA CORH DE JUSTICIA DE LA N/\UON DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
5. Relación de propuestas abiertas
Licitante
Construcciones Jebro de México, S.A. de C.V.
Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C.V. Hansel Danisver Granados Vázquez Grupo Jesec, S.A. de C.V. Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V. Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Nombre corto 1
Jebro
Gotop . Hansel
Jesec Avanzada
Monumental
6. Cuadro comparativo de precios y condiciones de contratación ofertados
El cuadro comparativo de precios ofertados se puede consultar completo en el Anexo 1, conforme al artículo 69, inciso a) y e) del AGA Vl/2008, del que se resume lo siguiente:
Licitante Presupuesto base Plazo de sin IVA ejecución2
Presupuesto Base3 $4,467,947.444
Jebro $3,689,648.58 180
Gotop $3,759,629.55 180 Hansel $3,915,050.77 180 Jesec $4,393,937.09 180
Avanzada $4,452,247.47 180 Monumental $4,486,875.57 180
Adicionalmente al resumen de la tabla anterior, en el Anexo 1 se puede ver el desglose de la oferta en costos directos, costos indirectos, financiamiento y utilidad.
1 El nombre corlo se utilizará en lo sucesivo para identificar cada una de las propuestas. 2 El plazo de ejecución será en días naturales. 3 Corresponde al Presupuesto Base calculado por la Subdirección General Técnica. 4 Como resultado de la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones, el presupuesto base fue
modificado, por lo anterior su imporle original fue actualizado de $4, 637,843.91 más el impuesto al valor agregado, a $4,467,947.44 más el impuesto al valor agregado.
. __ , Página 3 de 7
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPR(MA CORTE DE JUS TIC lA DE LA NACJÚN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
7. Revisión de los requisitos solicitados
El cuadro comparativo de los requisitos solicitados en las bases de la Licitación Pública Nacional, se elaboró con la finalidad de verificar el cumplimiento de éstos en las propuestas recibidas, conforme Anexo 2, artículo 69 inciso b) del AGA Vll2008 del cual se resume en la tabla siguiente:
Licitante Cumplimiento Jebro Presentó
Gotop Presentó Hansel Presentó Jesec Presentó
Avanzada Presentó Monumental Presentó
8. Revisión de las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones
El cuadro comparativo de las modificaciones efectuadas en la visita al sitio de obra y junta de aclaraciones (Anexo 3), se elaboró con la finalidad de verificar el cumplimiento de éstos en las propuestas recibidas, conforme a la revisión efectuada del cual se resume en la tabla siguiente:
Licitante
Jebro
Gotop Hansel
Jesec
Avanzada Monumental
Cumplimiento
No realizó en su propuesta económica ninguna de las modificaciones solicitadas. Presentó No efectuó la modificación solicitada para el concepto IHS.12. Presentó
Presentó
Presentó
9. Análisis comparativo de precios ofertados
9. 1. Revisión de los precios ofertados y el presupuesto base
El cuadro comparativo de precios ofertados y el del presupuesto base se puede consultar completo en el Anexo 1, conforme al artículo 69 inciso a) y e) del AGA Vll2008. Los resultados en síntesis son los siguientes: tJ----..
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ~UPREMA CORTE O( JUSTICIA 0[ LA NNJÚN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
Jebro; presentó una oferta de $3,689,648.58 más el impuesto al valor agregado.
Cabe mencionar, que una vez realizado el análisis de la propuesta se advirtió que en los precios unitarios presentados, consideró para su cálculo un concepto por "cargos adicionales", equivalente a 0.50%, esto es $18,368.48
En virtud de que la SCJN no efectúa retención alguna por dicho concepto, su propuesta económica se modifica a $3,673,696.77 más I.V.A, considerándose como el monto total de la propuesta.
En comparación con el importe del presupuesto base resulta MENOR en $794,250.67 equivalente a 17.78%.
De conformidad con lo establecido en las bases de la licitación, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.
Gotop; presentó una oferta de $3,759,629.55 más el impuesto al valor agregado. En comparación con el importe del presupuesto base resulta MENOR en $708,317.89, equivalente a menos 15.85%.
Cabe mencionar, que una vez realizado el análisis de precios unitarios de la propuesta se advirtió que el catálogo de conceptos se compone de 13 subcapítulos. En 7 de ellos la empresa cotizó un monto acumulado significativamente menor al del Presupuesto Base. En los restantes 6 cotizó un monto ligeramente mayor.
Del primer caso destaca el subcapítulo 3: Estructura, partida que representa cerca del 40% del total del Presupuesto Base, y para el que el monto cotizado es considerablemente inferior al estimado por la SCJN hasta en un 31.77%.
De lo anterior no se advierte cómo la empresa podrá compensar el monto subestimado en la partida "Estructura" con algunas diferencias positivas en otras partidas, lo que genera incertidumbre respecto de la solvencia de la propuesta del licitante.
En ese sentido, si bien el monto ofertado se encuentra dentro del rango del ± 20% que de conformidad con la norma sirve para determinar la solvencia económica de las propuestas, también lo es que en apego a lo establecido en el artículo 69 inciso e) del AGA Vl/2008, para valoración económica de las propuestas, se debe además realizar un análisis comparativo entre los precios ofertados y los correspondientes del presupuesto base, como a la letra se dispone:
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORH DE JUSTICIA 0[ l/\ NAC10N DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
"Artículo 69. Dictamen Resolutivo Económico. "(. . .) deberá abordar por lo menos Jos siguientes aspectos: "e) El análisis comparativo de precios ofertados contra el presupuesto base, cuyo resultado podrá ser determinante para resolver sobre la solvencia de una propuesta. (. .. )"
En función de lo antes expuesto, la propuesta económica se determina como NO FAVORABLE, y como consecuencia no solvente.
Hansel; presentó una oferta de $3,915,050.77 más el impuesto al valor agregado. En comparación con el importe del presupuesto base resulta MENOR en $552,896.67, equivalente a menos 12.37%.
De conformidad con lo establecido en las bases de la licitación, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.
Jesec; presentó una oferta de $4,393,937.09 más el impuesto al valor agregado. En comparación con el importe del presupuesto base resulta MENOR en $74,010.35, equivalente a menos 1.66%.
De conformidad con lo establecido en las bases de la licitación, el monto de la propuesta económica resultó ser MENOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.
Avanzada; presentó una oferta de $4,452,247.47 más el impuesto al valor agregado. En comparación con el importe del presupuesto base resulta MENOR en $15,699.97, equivalente a menos 0.35%.
Cabe mencionar, que una vez realizado el análisis de precios unitarios de la propuesta se advirtió que si bien para la partida de "Estructura" propone un valor menor al del presupuesto base en un 9.78%, también lo es que para otras partidas propone montos superiores.
Por lo anterior, la posibilidad de compensar valores entre partidas en la integración de su propuesta, la acredita como FAVORABLE y como consecuencia solvente.
m 1
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREM;\ CORTE DE JUS. TIC!/\ DE u\ 1\1/\(IÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
Monumental; presentó una oferta de $4,486,875.57 más el impuesto al valor agregado. En comparación con el importe del presupuesto base resulta MAYOR en $18,928.13, equivalente a 0.42%.
De conformidad con lo establecido en las bases de la licitación, el monto de la propuesta económica resultó ser MAYOR en no más del 20% del presupuesto base, por lo que debe considerarse como FAVORABLE.
10. Conclusiones
Una vez efectuado el análisis comparativo de precios ofertados y el del presupuesto base, de conformidad a lo establecido en las bases de la Licitación Pública Nacional y en apego a la normatividad aplicable en materia administrativa de este Alto Tribunal, se emite el siguiente Dictamen Resolutivo Económico:
No. Licitante
1 Jebro 2 Gotop 3 Hansel 4 Jesec 5 Avanzada 6 Monumental
Revisó:
>
Arq. Alejandra Mondragón Hernández
Subdirectora de Adquisiciones de Obras
Autorizó:
Dictamen Resolutivo Económico
FAVORABLE NO FAVORABLE
FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE FAVORABLE
Supervisó:
q. Juvenal Arsenio Cruz Espinosa
· ector de Contratación de Obras, Mantenimiento y Servicios
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
OFICIALIA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Ciudad de México a 14 de noviembre de 2016
Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 1.- Cuadro comparativo de precios ofertados a que se refiere el artículo 69, inciso a) y e) del AGA VI/2008
Construcciones Jebro de Gotop Construcciones y Hansel Danisver Grupo Jesec, Avanzada Técnica
Concepto Presupuesto Base Constructiva, México, S.A de C.V. Proyectos, S.A. de C.V. Granados Vázquez S.A. de C.V.
S.A. de C.V.
Materiales $2,065,405.58 $2,093,515.00 $2,616,918.95 $2,013,526.30 $2,232,416.77
Mano de Obra $831,086.95 $822,240.17 $615,611.63 $1,020,258.17 $1 '118,222.40 Maquinaria y Equipo $176,462.36 $66,623.56 $88,648.75 $381,872.63 $239,879.97
CoSto Directo ' $l5ti#,351.95 f' ¡ . ' ; : · \\ $3 ot2;954:B91t~ ~ '$2i982 378.73 . 1·"" S3i321179!33':: ' $3 4'1~ 657 .10í $3 590 519; 14 ,. % Costo Indirecto 25.000% 12.48% 15.51% 11.50% 18.00% 14.71%
Costo Indirecto $893,589.49 $383,504. 77 $462,566.94 $381,935.62 $614,818.28 $528,165.37
% Financiamiento 0.000% 0.08% 0.52% 0.0493% 0.02% 0.00%
Financiamiento $0.00 $2,765.17 $17,913.72 $1,825.64 $806.10 $0.00
%Utilidad 0.000% 6.20% 8.57% 5.6667% 9.00% 8.10%
Utilidad $0.00 $214,471.94 $296, 770. 16 $210,110.18 $362,655.61 $333,562.96
Cargo por Adicionales 0.000% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00%
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
' CoSto Total $4,461,947.44 .· $3,673,696~17 il:-$3,759,629.55 • . $3,915,050í11 ;: .· $4,393,931.09 $4,452/247.47. ·.
Porcentaje de l. V.A. 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00%
l. V.A. $714,871.59 $587,791.48 $601,540.73 $626,408.12 $703,029.93 $712,359.60 Gran total $5,182,819.03 $4,261,488.25 $4,361,170.28 $4,541,458.89 $5,096,967.02 $5,164,607.07
Diferencia con el presupuesto -$794,250. 67 -$708,317.89 -$552,896.67 -$74,010.35 -$15,699.97 Diferencia porcentual -17.78% -15.85% -12.37% -1.66% -0.35%
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
$2,476,908.49 $764,586.99 $193,324.75
' '$3 ~4 820.23 18.75%
$644,028. 79
0.00% $0.00
10.00% $407,884.90
0.00% $0.00
$4,18.6,875;5t .·
16.00% $717,900.09
$5,204,775.66
$18,928.13 0.42%
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Ciudad de México a 14 de noviembre de 2016
Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 2.- Revisión de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA VI/2008
Concepto
10.1. La vigencia de la propuesta económica será mínima de 60 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de entrega de la propuesta.
10.2. Asimismo, el contrato será sujeto a ajuste de costos y procederá previa solicitud justificada del adjudicatario y se llevará a cabo efectuando la revisión de cada uno de los precios contratados, sujetándose a lo establecido en el artículo 163 del AGA Vl/2008 y a lo siguiente:
1 0.3. El plazo de ejecución será de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente hábil a la entrega del anticipo y puesta a disposición del inmueble.
1 0.4. El pago será del 35% (treinta y cinco por ciento) de anticipo para inicio de los trabajos, y pagos subsecuentes serán por el 100% (cien por ciento) del monto contratado.
10.5. Análisis de precios unitarios, conforme al anexo 19.
10.6. Análisis de básicos, auxiliares e integración de cuadrillas de mano de obra. 10.7. Tabulador de salarios base de mano de obra por jornada e integración de los salarios.
1 0.8. Carta firmada por el representante o apoderado legal, en donde manifieste que en caso de tener errores en la integración del factor de salario real y resultar ganador, aceptará modificar la propuesta en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social, aún y cuando, que con dicha modificación cambie el monto de su propuesta.
10.9. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos, para efectos de evaluación, con costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos. 10.10. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo v los de oficinas centrales conforme al anexo 1 O. 11 . Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, conforme al anexo 21.
10.12. Utilidad propuesta por el licitante, conforme al anexo 22.
1 0.13. Listado de insumas que intervienen en la integración de la propuesta, agrupando por materiales, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes.
Construcciones Jebro de México,
S.AdeC.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Gotop Construcciones y
Proyectos, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
2765.17
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Hansel Danisver Granados Vázquez
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Grupo Jesec, S.A. de C.V.
Indica
No indica
Indica
No indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
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Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 2.- Revisión de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA VI/2008
Construcciones Gotop
Avanzada Técnica Concepto Jebro de México,
Construcciones y Hansel Danisver Grupo Jesec, Constructiva,
S.AdeC.V. Proyectos, Granados Vázquez S.A. de C.V.
S.A. de C.V. S.A. de C.V.
10.14. Propuesta económica, conforme al anexo 2 Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e
Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó importes por partida y concepto y del total de la propuesta, los precios deberán indicarse en moneda nacional y cubrirse con cinta adhesiva transparente.
1 0.15. Programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado quincenalmente, dividido en partidas y conceptos de trabajo, debiendo existir congruencia con Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó los programas presentados en la etapa técnica, conforme al anexo 23. 1 0.16. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de suministro de materiales, señalando consumos y
Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó rendimientos, expresados en unidades y cantidades requeridos e importes.
1 0.17. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la mano de obra expresadas en Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó jamadas e identificando categorías e importes.
10.18. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la maquinaria y equipo de Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó construcción, identificando su tipo y caracteristicas e importes.
10.19. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección y Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó administración de los trabajos expresadas en jornadas e identificando categorías e importes.
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
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Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 1.- Cuadro comparativo de precios ofertados a que se refiere el artículo 69, inciso a) y e) del AGA VI/2008
Construcciones Jebro de Gotop Construcciones y Hansel Danisver Grupo Jesec, Avanzada Técnica
Concepto Presupuesto Base Constructiva, México, S.A de C.V. Proyectos, S.A. de C.V. Granados Vázquez S.A. de C.V.
S.A. de C.V.
Materiales $2,065,405.58 $2,093,515.00 $2,616,918.95 $2,013,526.30 $2,232,416.77
Mano de Obra $831,086.95 $822,240.17 $615,611.63 $1,020,258.17 $1 '118,222.40 Maquinaria y Equipo $176,462.36 $66,623.56 $88,648.75 $381,872.63 $239,879.97
CoSto Directo ' $l5ti#,351.95 f' ¡ . ' ; : · \\ $3 ot2;954:B91t~ ~ '$2i982 378.73 . 1·"" S3i321179!33':: ' $3 4'1~ 657 .10í $3 590 519; 14 ,. % Costo Indirecto 25.000% 12.48% 15.51% 11.50% 18.00% 14.71%
Costo Indirecto $893,589.49 $383,504. 77 $462,566.94 $381,935.62 $614,818.28 $528,165.37
% Financiamiento 0.000% 0.08% 0.52% 0.0493% 0.02% 0.00%
Financiamiento $0.00 $2,765.17 $17,913.72 $1,825.64 $806.10 $0.00
%Utilidad 0.000% 6.20% 8.57% 5.6667% 9.00% 8.10%
Utilidad $0.00 $214,471.94 $296, 770. 16 $210,110.18 $362,655.61 $333,562.96
Cargo por Adicionales 0.000% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00%
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
' CoSto Total $4,461,947.44 .· $3,673,696~17 il:-$3,759,629.55 • . $3,915,050í11 ;: .· $4,393,931.09 $4,452/247.47. ·.
Porcentaje de l. V.A. 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00%
l. V.A. $714,871.59 $587,791.48 $601,540.73 $626,408.12 $703,029.93 $712,359.60 Gran total $5,182,819.03 $4,261,488.25 $4,361,170.28 $4,541,458.89 $5,096,967.02 $5,164,607.07
Diferencia con el presupuesto -$794,250. 67 -$708,317.89 -$552,896.67 -$74,010.35 -$15,699.97 Diferencia porcentual -17.78% -15.85% -12.37% -1.66% -0.35%
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
$2,476,908.49 $764,586.99 $193,324.75
' '$3 ~4 820.23 18.75%
$644,028. 79
0.00% $0.00
10.00% $407,884.90
0.00% $0.00
$4,18.6,875;5t .·
16.00% $717,900.09
$5,204,775.66
$18,928.13 0.42%
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Anexo 2.- Revisión de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA VI/2008
Concepto
10.1. La vigencia de la propuesta económica será mínima de 60 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de entrega de la propuesta.
10.2. Asimismo, el contrato será sujeto a ajuste de costos y procederá previa solicitud justificada del adjudicatario y se llevará a cabo efectuando la revisión de cada uno de los precios contratados, sujetándose a lo establecido en el artículo 163 del AGA Vl/2008 y a lo siguiente:
1 0.3. El plazo de ejecución será de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente hábil a la entrega del anticipo y puesta a disposición del inmueble.
1 0.4. El pago será del 35% (treinta y cinco por ciento) de anticipo para inicio de los trabajos, y pagos subsecuentes serán por el 100% (cien por ciento) del monto contratado.
10.5. Análisis de precios unitarios, conforme al anexo 19.
10.6. Análisis de básicos, auxiliares e integración de cuadrillas de mano de obra. 10.7. Tabulador de salarios base de mano de obra por jornada e integración de los salarios.
1 0.8. Carta firmada por el representante o apoderado legal, en donde manifieste que en caso de tener errores en la integración del factor de salario real y resultar ganador, aceptará modificar la propuesta en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social, aún y cuando, que con dicha modificación cambie el monto de su propuesta.
10.9. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos, para efectos de evaluación, con costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos. 10.10. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo v los de oficinas centrales conforme al anexo 1 O. 11 . Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, conforme al anexo 21.
10.12. Utilidad propuesta por el licitante, conforme al anexo 22.
1 0.13. Listado de insumas que intervienen en la integración de la propuesta, agrupando por materiales, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes.
Construcciones Jebro de México,
S.AdeC.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Gotop Construcciones y
Proyectos, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
2765.17
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Hansel Danisver Granados Vázquez
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Grupo Jesec, S.A. de C.V.
Indica
No indica
Indica
No indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Indica
Indica
Indica
Indica
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
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Anexo 2.- Revisión de los requisitos solicitados para la contratación a que se refiere el artículo 69, inciso b), del AGA VI/2008
Construcciones Gotop
Avanzada Técnica Concepto Jebro de México,
Construcciones y Hansel Danisver Grupo Jesec, Constructiva,
S.AdeC.V. Proyectos, Granados Vázquez S.A. de C.V.
S.A. de C.V. S.A. de C.V.
10.14. Propuesta económica, conforme al anexo 2 Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e
Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó importes por partida y concepto y del total de la propuesta, los precios deberán indicarse en moneda nacional y cubrirse con cinta adhesiva transparente.
1 0.15. Programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado quincenalmente, dividido en partidas y conceptos de trabajo, debiendo existir congruencia con Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó los programas presentados en la etapa técnica, conforme al anexo 23. 1 0.16. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de suministro de materiales, señalando consumos y
Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó rendimientos, expresados en unidades y cantidades requeridos e importes.
1 0.17. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la mano de obra expresadas en Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó jamadas e identificando categorías e importes.
10.18. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización de la maquinaria y equipo de Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó construcción, identificando su tipo y caracteristicas e importes.
10.19. Programa de erogaciones calendarizado quincenalmente y cuantificado de utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección y Presentó Presentó Presentó Presentó Presentó administración de los trabajos expresadas en jornadas e identificando categorías e importes.
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
Presentó
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Concepto
Clave 1 Partida 1 Dice
PRELIMINARES " ... Tapial de protección a una altura Unidad: M
PRE.01 de 2.44m., con polines de 4x4" y hojas de triplay de 1.22x2.44m. de Cantidad: tercera de 19m m de espesor ... 8.00
V INSTALACION HIDROSANITARIA " ... Inodoro marca American Standard, modelo y altura indicada, en color .020 Blanco, con asiento
IHS.12 Cadete elongado Modelo
Pza. 1.00 5350110.020 color Blanco ... " a) PRO RH EL 4188A104MX.020, altura ADA 16 'h", (p/discap.)
IX HERRERIA-CANCELERIA Reinstalación de ventana de recuperación de 0.90x2.15m de perfiles de aluminio y vidrio claro contemplar, cortes, ajustes y elementos de fijación, las medidas se deberán ratificar en obra, incluye colocación e instalación de No tiene
HERCAN.11 materiales, mano de obra, equipo y unidad ni
herramienta, acarreos dentro y fuera cantidad.
de la obra, carga a camión y tiro libre de material producto de desperdicios, limpieza durante y al final de la obra y todo lo necesario para su correcta ejecución p.u.o.c.t
Conceptos a InClUir en el catálogo de conceptos: 2765.17
VI INSTALACIÓN ELÉCTRICA Desmantelamiento de sistema de tierras existentes, (Delta) incluye:
IE.39 excavación, retiro de cableado y Sistema electrodos y todo lo necesario para su perfecto funcionamiento p.u.o.c.t.
Anexo 3.- Rev1s1on a las mod1f1cac10nes efectuadas en la v1s1ta al s1t1o de obra y JUnta de aclaraciones
Construcciones Jebro Gotop Construcciones Hansel Danisver Grupo Jesec,
de México, y Proyectos, S.AdeC.V. S.A. de C.V.
Granados VAzquez S.A. de C.V.
1 Debe decir:
Unidad: M
Cantidad: No modificó Modificó Modificó Modifocó
18.00
Pza. 2.00 No modificó Modificó No modificó Modificó
Unidad: Pza.
Cantidad: No modificó Modificó Modificó Modificó 1.00
1.00 No incluyó Si incluyó Si incluyó Si incluyó
Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V.
Modificó
Modificó
Modificó
Si incluyó
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Modificó
Modificó
Modificó
Si incluyó
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Concepto
Clave Partida Dice Suministro e instalación y puesta en operación de sistemas de tierras (Delta) a base de electrodos de varillacopperwell de cobre de 19 mm. De diámetro, marca Erico Mexico S.A. DE C.V., considerar excavación para registro de 1.20 mts. de profundidad en cualquier tipo de terreno.
IE.40 Con intensificador para tierra Gem
Sistema marca Matisma de Cf., además 30.00 mts. de cable desnudo calibre 107 mm' (410), temple semiduro de 19 hilos clase b, catálogo 020130 marca condumex, considerar conexiones soldables, incluye: materiales, mano de obra, herramienta y equipo, y todo lo necesario para su correcta ejecución, p.u.o.c.t.
Anexo 3.· Rev1s1on a las mod1f1cac10nes efectuadas en la VISita al Sitio de obra y ¡unta de aclaraciOnes
Construcciones Jebro Gotop Construcciones Hansel Danisver Grupo Jesec,
de México, y Proyectos, Granados Vllízquez S.A. de C.V.
S.AdeC.V. S.A. de C.V. Debe decir:
0.005 No incluyó Si incluyó Si incluyó Si incluyó
Avanzada Técnica Constructiva, S.A. de C.V.
Si incluyó
Arquitectura Monumental, S.A. de C.V.
Si incluyó
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DIRECCIÓN GENE~~~~~~:.~~E~~RUCTURA FÍSICA
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Anexo 4.- Análisis de precios unitarios de las propuestas económicas presentada por las empresas Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C. V. y Avanzada Técnica Constructiva, S.a. de C. V.
CLAVE CONCEPTO
Subcapítu PRELIMINARES
Concepto PRE.01 Tapial de protección a una altura de 2.44 m, con poli
Concepto PRE.02A Desmontaje de ventanas de herrería y aluminio y cri!
Concepto PRE.02B b) de aluminio de 0.50 x 2.25 m
Concepto PRE.03 Desmontaje de mamparas sanitarias de aluminio y lá
Concepto PRE.04 Desmontaje de toalleros, jaboneras espejos incluye, 1
Concepto PRE.05 Desmontaje de muebles sanitarios (inodoros, mingitc
Concepto PRE.06 Demolición de lambrín cerámico de cualquier secciór
Concepto PRE.07 Levantamiento de loseta cerámica de cualquier secci
Concepto PRE.08 Apuntalamiento de losa con polines de 4"x4", hasta ;
Concepto PRE.09 Abertura de vano para puertas, ventanas o para amp
Concepto PRE.10 Demolición de firme de concreto de hasta 15 cm de E
Concepto PRE.11 Demolición de Nicho de bomba de 0.35x0.45x0.50m
Concepto PRE.12 Movimiento de cajas con documentación y/o libros e
Concepto PRE.13 Desarmado y rearmado de anaqueles metálicos de 1
TOTAL PRELIMINARES
Subcapítu CIMENTACIÓN
Concepto CIMPRE.Ol Trazo y nivelación de terreno, estableciendo ejes
Concepto CIMPRE.02 Excavación en cepa para desplante de zapata aislada
Concepto CIM.01 Zapata aislada Z-1 de 2.00mx2.40mx0.50m de conm
Concepto CIM.02 Zapata aislada Z-2 y Z-3 de 1.90mx2.40mx0.40m de e
Concepto CIM.03 Zapata aislada Z-4 y de 3.00mx2.00mx0.40m de conCI
Concepto CIM.04 Contratrabe de cimentación CT-1 de 1.00 m x 0.60 m
Concepto CIM.05 Dentellón de cimentación para muros DN-1 de 0.30 r
Concepto CIM.06 Firme de concreto de 12 cm de espesor con fe= 200
Concepto CIM.07 Anclas tipo AN-1 de 25.4mm de diámetro fy=4200 Kg
Concepto CIM.08 Anclas tipo AN-2 de 19 mm de diámetro fy=4200 Kg/•
Concepto CIM.09 Placa base PL-1 de 550mmx550mmx25.4mm de espe
Concepto CIM.10 Placa base PL-2 de 550mmx550mmx19mm de espese
UNIDAD
M
PZA
PZA
M2
PZA
PZA
PZA
M2
M2
M2
M2
M2
PZA
PZA
M2
M3
PZA
PZA
PZA
M
M
M2
PZA
PZA
Kg
Kg
CANTIDAD
18.00 $
3.00 $
1.00 $
11.00 $
8.00 $
6.00 $
38.00 $ 15.50 $
3.00 $
25.00 $ 15.50 $
1.00 $
450.00 $
65.00 $
152.00 $
59.00 $ 3.00 $
4.00 $
1.00 $
21.00 $ 27.00 $
152.00 $ 24.00 $
48.00 $ 199.00 $
298.00 $
PRESUPUESTO BASE
P.U. 1
613.26 $
491.44 $
554.15 $
74.33 $
77.39 $
451.78
39.56
39.56
209.15
496.01
123.19
564.90
35.19
84.50
$
$
$ $
$
$
$
$
$ $
18.16 $
398.30 $
18,294.88 $ 15,304.34 $
21,275.06 $
4,057.78 $
748.65 $
417.96 $
475.39 $ 401.46 $
60.69 $
60.69 $
IMPORTE
11,038.68
1,474.32
554.15
817.63
619.12
2,710.68
1,503.28
613.18
627.45
12,400.25
1,909.45
564.90
15,835.50
5,492.50
56,161.09
2,760.32
23,499.70
54,884.64
61,217.36
21,275.06
85,213.38
20,213.55
63,529.92
11,409.36
19,270.08
12,077.31
18,085.62
$
$
$
$
$
$
$ $
$
$ $
$
$
$
$
$
GOTOP
P.U.
643.56 $ 492.97 $
322.62
155.45 $
$
$ $
$
$ $
$
$
123.37
58.08
36.14
40.77
78.42
251.14
109.31
219.11 $
9.42 $
184.94 $
$
8.75
278.64
$ 19,171.08
$
$
$
$
$
$ $
$ $ $ $
$
$
$ $
$
$ $
15,474.82
18,557.65
4,202.31
541.15
403.38
206.47
$ 117.51
$ 38.53
$ 38.53
VARIACIONES IMPORTE ENTRE PU
%
11,584.08 -4.71%
1,478.91 -0.31%
155.45 256.48%
1,357.07 -39.75%
464.64 33.25%
1,935. 72 40.03%
1,373.32 9.46%
631.94 -2.97%
235.26 166.70%
6,278.50 97.50%
1,694.31 12.70%
219.11 157.82%
4,239.00 273.57%
12,021.10 -54.31%
43,668.41 $ 12,492.68
1,330.00
16,439.76
57,513.24
61,899.28
18,557.65
88,248.51
14,611.05
61,313.76
4,955.28
5,640.48
7,667.47
_11,481.94
107.54%
42.94%
-4.57%
-1.10%
14.64%
-3.44%
38.34%
3.61%
130.25%
241.64%
57.51%
57.51%
AVANZADA
$
$
$
$ $
$
$
$ $
$
$
$
$
$
P ..
703.76 $
305.24
374.44
275.23
96.97
413.30
133.93
81.67
192.33
$
$
$
$
$ $
$
$ 648.05 $
408.06 $
145.68 $
59.40 $
388.33 $
$
$ 31.09 $
$ 658.57 $
$ 19,533.01 $ $ 13,519.06 $
$22,200.33
$ 3,968.82
$ 1,477.72
$
$
594.90
198.28
$
$ $
$ $
$ 124.81 $
$ 32.19 $
$ 32.19 $
IMPORTE
12,667.68
915.72
374.44
3,027.53
775.76
2,479.80
5,089.34
1,265.89
576.99
16,201.25
6,324.93
145.68
26,730.00
25,241.45
VARIACIONES
ENTRE PU
%
-12.86%
61.00%
47.99%
-72.99%
-20.19%
9.31%
-70.46%
-51.56%
8.75%
-23.46%
-69.81%
287.77%
-40.76%
-78.24%
101,816.46 $ 45,655.37
4,725.68
38,855.63
58,599.03
54,076.24
22,200.33
83,345.22
39,898.44
90,424.80
4,758.72
5,990.88
6,405.81
9,592.62
-41.59%
-39.52%
-6.34%
13.21%
-4.17%
2.24%
-49.34%
-29.74%
139.76%
221.66%
88.54%
88.54%
1 de 7
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
OFICIALIA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 4.- Análisis de precios unitarios de las propuestas económicas presentada por las empresas Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de C. V. y Avanzada Técnica Constructiva, S.a. de C. V.
Concepto ALB.14A Plancha para recibir placas de lavabos en sección ind
Concepto ALB.14B b) DE 1.51x0.70m
Concepto ALB.15 Firme de concreto de 8 cm de espesor (para banquet
Concepto ALB.16 Guarnición de concreto de fc=150 kg/cm2, con una!
Concepto ALB.17 Piso de concreto acabado estampado de 10 cm de es
Concepto ALB.18 Pozo de absorción de aguas pluviales con diámetro ir
Concepto ALB.19 Base para bomba de agua, a base de dado de concre
Concepto ALB.20 Desbaste de piso de concreto existente de 10 cm de '
Subcapítu V INSTALACIÓN HIDROSANITARIA
Concepto IHS.Ol Reubicación, temporal de sistema de bombeo de cist
Concepto IHS.02 Reinstalación definitiva de el sistema de bombeo a s1
Concepto IHS.03 Tubo de cobre de 13 mm tipo "m" para lineas de alin
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
IHS.04 Salida hidráulica para inodoro a base de tubería de e
IHS.OS Salida hidráulica para lavabo a base de tubería de co
IHS.06 Tubo de pvc sanitario de 100 mm. de diámetro, para
IHS.07 Tubo de pvc sanitario de 50 mm de diámetro, parad·
IHS.08 Cespol de bote de PVC de 51 mm con coladera, consi
IHS.09 Salida sanitaria para inodoro a base de tubo de P'
IHS.10 Salida sanitaria para mingitorio a base de tubo de PV
IHS.11 Salida sanitaria para lavabo a base de tubo de PVC s<
Concepto IHS.12A Inodoro marca American Standard, modelo y altura i
Concepto IHS.12B b) PRO NH EL 4188A104MX.020, altura ADA 15"
Concepto
Concepto
IHS.13 Mingitorio "seco" mea. Helvex, mod. MG Negev T
IHS.14 Ovalin de sobreponer mod. Rondalyn lp: 01 659 mee
Concepto IHS.15 Llave electronica de sensor, linea Selectronic AC, mo•
Concepto IHS.16 Cespol para lavabo mea. Helvex TV-016, y contra erar
Concepto IHS.17 Porta papel higiénico Jumbo SR. mea kimberly-clark 1
Concepto IHS.18 Jábonera, para jabón líquido para lavabos, mea kimb
Concepto IHS.19 Porta toallas de papel para manos, marca Kimberly-C
Subcapítu VI INSTALACIÓN ELÉCTRICA
Concepto PRE.ELE-01 Desconexión del cable alimentador del tablero de di!
Concepto PRE.ELE-0< Desmantelamiento de canalizaciones de tubería conc
PZA
PZA
M2
M
M2
PZA
PZA
M2
PQTE
PQTE
M
SAL
SAL
M
M
PZA
SAL
SAL
SAL
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA PZA
PZA
PZA
M
1.00 $
1.00 $
10.00 $
34.00 $
131.50 $
1.00 $
1.00 $
2.00 $
1.00 $ 1.00 $
18.00 $
3.00 $
3.00 $ 30.00 $
5.00 $
2.00 $
3.00 $
1.00 $ 3.00 $
945.06 $
1,610.75 $
374.60 $
395.79 $
530.63 $
5,315.28 $
373.10 $ 295.76 $
$
1,775.93
1,327.58
257.78
685.24
685.24
123.61
$
$
$
$ $
$ 113.60 $
856.69 $
$
$
$
440.46
553.46
460.43
2.00 $ 3,382.95 $
1.00 $ 7,040.45 $
1.00 $ 8,868.30 $ 3.00 $ 3,236.25 $
3.00 $ 9,617.00 $
3.00 $ 1, 700.08 $
3.00 $ 617.11 $ $ 452.64 $
2.00 $ 1,215.09 $
$
1.00 $
25.00 $ 1,291.10 $
7.64 $
945.06
1,610.75
3,746.00
13,456.86
69,777.85
5,315.28
373.10
591.52
402,691.84
1,775.93
1,327.58
4,640.04
2,055.72
2,055.72
3,708.30
568.00
1,713.38
1,321.38
553.46
1,381.29
6,765.90
7,040.45
8,868.30
9,708.75
28,851.00
5,100.24
1,851.33
905.28
2,430.18
92,622.23
1,291.10
191.00
$
$
$
$
$
$ $
$
$
$
$ $
$
$
$
$
$
$
$
$
$ $
$
$
$ $
$
$
$ $
361.86 $
760.32 $
361.86
760.32
260.63 $ 2,606.30
310.15 $ 10,545.10
428.42 $ 56,337.23
4,568.61 $ 4,568.61
268.61 $ 268.61
64.72 $ 129.44
161.17%
111.85%
43.73%
27.61%
23.86%
16.34%
38.90%
356.98%
$ 320,481.89 -$ 82,209.95
2,638.35 $
1,120.01 $ 187.91 $
300.39 $
300.39 $
118.10 $ 212.17 $ 431.96 $
335.86 $ 245.29 $
245.29 $
4,319.08 $
4,319.08 $
6,115.56 $
1,666.53 $
5,425.45 $ 1,540.59 $
1,989.82 $ 671.21 $
1,019.33 $
$
4,779.49
44.21
$ $
2,638.35
1,120.01
3,382.38
901.17
901.17
3,543.00
1,060.85
863.92
1,007.58
245.29
735.87
8,638.16
4,319.08
6,115.56
4,999.59
16,276.35
4,621.77
5,969.46
2,038.66
-32.69%
18.53%
37.18%
128.12%
128.12%
4.67%
-46.46%
98.33%
31.14%
125.63%
87.71%
-21.67%
63.01%
45.01%
94.19%
77.26%
10.35%
-68.99%
-32.56%
19.20%
69,378.22 -$ 23,244.01
4,779.49
1,105.25
-72.99%
-82.72%
$ 1,065.74 $ $ 2,183.70 $
$ 430.21 $
$ 593.53 $ $ 757.08 $
$ 13,854.14 $
$ 656.08 $
$ 3,333.21 $
$
$ 7,739.57 $
$ 3,726.87 $
$ 108.52 $
$ 463.59 $
$ 885.19 $ $ 112.93 $
$ 84.64 $
$ 228.13 $
$ 415.47 $
$ 279.38 $
$ 217.10 $
$ 15,167.54 $
$ 14,609.53 $
$ 7,724.17 $
$ 2,586.48 $
$ 10,623.16 $
$ 1,935.13 $
$ 844.59 $
$ 453.21 $
$ 1,348.16 $
$
$ 1,539.72 $
$ 16.51 $
1,065.74
2,183.70
4,302.10
20,180.02
99,556.02
13,854.14
656.08
6,666.42
-11.32%
-26.24%
-12.93%
-33.32%
-29.91%
-61.63%
-43.13%
-91.13%
562,585.61 -$ 159,893.77
7,739.57 -77.05%
3, 726.87 -64.38%
1,953.36 137.54%
1,390.77 47.81%
2,655.57 -22.59%
3,387.90 9.46%
423.20 34.22%
456.26 275.53%
1,246.41 6.01%
279.38 98.10%
651.30 112.08%
30,335.08 -77.70%
14,609.53 -51.81%
7, 724.17 14.81%
7,759.44 25.12%
31,869.48 -9.47%
5,805.39 -12.15%
2,533. 77 -26.93%
-O.i3%
2,696.32 -9.87%
127,243.77 $ 34,621.54
1,539.72
412.75
-16.15%
-53.73%
3de 7
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN . SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
OFICIALIA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cuttura Juridica en Mérida"
Anexo 4.- Análisis de precios unitarios de las propuestas económicas presentada por las empresas Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de e V. y Avanzada Técnica Constructiva, S.a. de e V.
Concepto PRE.ELE-o; Desmantelamiento de cable, alambre de cobre con M
Concepto PRE.ELE-OL Desmantelamiento de luminarias existentes, sin recu PZA
Concepto PRE.ELE-05 Demolicion de Registro existente armado de block 1. PZA
Subcapitu VI A SISTEMA DE FUERZA, ALUMBRADO Y CONTACTOS
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
IE.01A Suministro de tablero de distribución 1-Line, montajE
IE.01B Instalación, colocación y puesta en marcha de tablen
IE.02A Suministro de Interruptor termomagnético trifasico t
IE.02B Instalación, colocación y puesta en marcha de lnterr
IE.03A Suministro de tablero de alumbrado y distribución d<
IE.03B Instalación, colocación y puesta en marcha de tablen
IE.04A Suministro de tablero para aire acondicionado de 18
IE.04B Instalación, colocación y puesta en marcha de tablen
IE.05A Suministro de Interruptor de seguridad (tres fases,~
IE.05B Instalación, colocación y puesta en marcha de lntern
IE.06A Suministro de un supresor de transitorios de voltaje·
IE.06B Instalación, colocación y puesta en marcha de un su~
IE.07 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.08 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.09 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.10 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.11 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.12 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.13 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.14 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.15 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.16 Suministro, instalación y colocación de Tubo conduit
IE.17 Suministro, instalación y colocación de Tubo flexible
IE.18 Suministro, instalación y colocación de Tubo flexible
IE.19 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marct
IE.20 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marct
IE.21 Suministro, Instalación, colocación y puesta en m arel
IE.22 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marct
IE.23 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marct
IE.24 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marct
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
M
50.00 $ 12.00 $
1.00 $
4.41 $ 307.15 $ 603.00 $
$
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
1.00
6.00
2.00
9.00
$ 98,312.37 $ $
244.00
21.00
12.00
15.00
4.00
100.00
80.00
4.00
4.00
410.00
70.00
166.00
306.00
630.00
73.00
$ $
$ $ $
$
$ $ $ $ $ $ $
$ $ $
$ $ $
$ $ $
$ $
$ $
$ $ $
6,143.04
37,997.88 $ 2,457.21
10,606.00
3,071.53
8,971.00
1,228.60
2,438.63
491.44
15,478.75
1,228.60
658.28
106.50
82.71
56.84
63.44
103.06
105.69
118.70
53.38
127.10
24.48
36.06
512.58
97.61
53.43
25.14
19.35
14.34
$ $
$ $
$
$ $ $
$ $ $
$
$ $ $ $ $
$ $ $
$ $
$ $
$ $
$
220.50
3,685.80
603.00
5,991.40
98,312.37
6,143.04
37,997.88
2,457.21
10,606.00
3,071.53
8,971.00
1,228.60
2,438.63
491,44
15,478.75
1,228.60
3,949.68
213.00
744.39
13,868.96
1,332.24
1,236.72
1,585.35
474.80
5,338.00
10,168.00
97.92
144.24
210,157.80
6,832.70
8,869.38
7,692.84
12,190.50
1,046.82
$
$
$
35.85 $ 119.49 $
565.53 $
$
$ 125,342.11 $
$ 2,487.27 $ $ 40,904.33 $
$ 597.45 $ $ 9,653.43 $
$ 1,389.37 $
$ 8,916.15 $
$ 911.28 $
$ 2,625.69 $
$ 425.78 $ $ 18,943.48 $
$ 918.29 $
$ 1,285.63 $
$ 263.07 $
$ 68.19 $
$ 37.10 $
$ 46.63 $
$ 91.68 $
$ 138.39 $
$ 257.17 $
$ 22.09 $
$ 124.94 $
$ 49.62 $
$ 84.78 $
$ 557.14 $
$ 79.43 $
$ 33.73 $
$ 13.97 $
$ 9.85 $
$ 7.18 $
1,792.50 -87.70%
1,433.88 157.05%
565.53 6.63%
9,676.65 $ 3,685.25
125,342.11
2,487.27
40,904.33
597.45
9,653.43
1,389.37
8,916.15
911.28
2,625.69
425.78
18,943.48
918.29
7,713.78
526.14
613.71
9,052.40
979.23
1,100.16
2,075.85
1,028.68
2,209.00
9,995.20
198.48
339.12
228,427.40
5,560.10
5,599.18
4,274.82
6,205.50
524.14
-21.56%
146.98%
-7.11%
311.28%
9.87%
121.07%
0.62%
34.82%
-7.12%
15.42%
-18.29%
33.79%
-48.80%
-59.52%
21.29%
53.21%
36.05%
12.41%
-23.63%
-53.84%
141.65%
1.73%
-50.67%
-57.47%
-8.00%
22.89%
58.40%
79.96%
96.45%
99.72%
$ 8.84 $
$ 136.54 $
$ 694.60 $
$
$75,077.45
$ 8,683.85
$ $
$ 48,185.68 $
$ 361.82 $ $ 11,477.37
$ 723.66
$ 10,609.36
$ 723.66
$ 2,513.42
$ 361.82
$16,078.77
$ 361.82
$ 613.91
$ 85.86
$ $
$ $
$
49.26
35.09
42.05
65.39
99.96
$ 119.84
$ 28.82
$ 120.35
$ 44.43
$ 68.71
$ 309.56
94.49
56.43
18.19
$
$ $ $ $ $ $
$ $ $
$ $ $ $ $
$ $ $ $
$ $
$
$
$
$
$ $ $
$
12.50 $
$ 10.45
442.00 -50.11%
1,638.48 124.95%
694.60 -13.19%
4,727.55 -$ 1,263.85
75,077.45
8,683.85
48,185.68
361.82
11,477.37
723.66
10,609.36
723.66
2,513.42
361.82
16,078.77
361.82
3,683.46
171.72
443.34
8,561.96
883.05
784.68
1,499.40
479.36
2,882.00
9,628.00
177.72
274.84
126,919.60
6,614.30
9,367.38
5,566.14
7,875.00
762.85
30.95%
-29.26%
-21.14%
579.12%
-7.59%
324.44%
-15.44%
69.78%
-2.98%
35.82%
-3.73%
239.56%
7.23%
24.04%
67.90%
61.98%
50.87%
57.61%
5.73%
-0.95%
85.22%
5.61%
-44.90%
-47.52%
65.58%
3.30%
-5.32%
38.21%
54.80%
37.22%
4 de 7
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
. OFICIALIA MAYOR , DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Nombre del procedimiento: Licrtación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unrtarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 4.- Análisis de precios unitarios de los propuestas económicas presentada por las empresas Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de e V. y Avanzada Técnica Constructiva, S.a. de e V.
Concepto IE.25* Suministro, Instalación, colocación y puesta en marcl M 150.00 S 100.73 S 15,109.50 S 93.22 S 13,983.00 8.06% '$ 121.57 $ 18,235.50 -17.14%
Concepto IE.26 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marcl M 25.00 $ 33.43 S 835.75 $ 16.09 $ 402.25 107.77% $ 33.59 $ 839.75 -0.48%
Concepto IE.27 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marcl M 52.00 $ 19.31 $ 1,004.12 $ 10.86 $ 564.72 77.81% $ 15.35 S 798.20 25.80%
Concepto IE.28 Suministro, Instalación, colocación y puesta en marcl M 378.00 $ 15.26 $ 5,768.28 $ 7.84 $ 2,963.52 94.64% S 10.45 $ 3,950.10 46.03%
Concepto IE.29 Suministro, instalación y colocación de Contacto mor P2A 15.00 $ 412.61 $ 6,189.15 $ 408.02 $ 6,120.30 1.12% $ 206.70 S 3,100.50 99.62%
Concepto IE.30 Suministro, instalación y colocación de Contacto mor P2A 2.00 $ 595.85 $ 1,191.70 $ 734.98 $ 1,469.96 -18.93% $ 412.79 $ 825.58 44.35%
Concepto IE.31 Suministro, instalación y colocación de Apagador sen P2A 6.00 $ 132.94 S 797.64 $ 66.87 $ 401.22 98.80% $ 99.92 $ 599.52 33.05%
Concepto IE.32 Suministro, instalación y colocación de Apagador de P2A 4.00 $ 167.04 S 668.16 $ 80.20 $ 320.80 108.28% $ 120.63 $ 482.52 38.47%
Concepto IE.33 Suministro, instalación y colocación de Placa de 1, 2 e P2A 10.00 $ 95.98 $ 959.80 $ 44.44 $ 444.40 115.98% $ 67.18 $ 671.80 42.87%
Concepto IE.34 Gestoría para la libranza de energía electrica ante Ce TME 1.00 $ 26,865.94 $ 26,865.94 $ 12,606.14 $ 12,606.14 113.12% $ 8,813.73 $ 8,813.73 204.82%
Concepto IE.35 Construccion de Registro armado de block l. 20m x 1. P2A 1.00 $ 10,236.28 $ 10,236.28 $ 6,432.19 $ 6,432.19 59.14% $ 12,295.56 $ 12,295.56 -16.75%
Concepto IE.36 Construccion de Registro armado de block l.OOm x 2. P2A 1.00 $ 11,441.63 $ 11,441.63 S 14,559.87 $ 14,559.87 -21.42% $ 21,942.64 $ 21,942.64 -47.86%
Concepto IE.37 Excavación de terreno tipo "b" o "dos". Incluyendo e M3 40.00 $ 429.38 $ 17,175.20 $ 169.66 $ 6,786.40 153.08% S 434.29 $ 17,371.60 -1.13%
Concepto IE.38 Fabricación de encofrado para dueto eléctrico de cor M3 6.00 S 3,519.08 $ 21,114.48 $ 2,184.40 $ 13,106.40 61.10% $ 2,563.60 $ 15,381.60 37.27%
Concepto IE.39 Desmantelamiento de un sistema de tierras existentE STMA 1.00 $ 2,313.58 $ 2,313.58 $ 1,194.87 $ 1,194.87 93.63% $ 4,286.11 $ 4,286.11 -46.02%
Concepto==~IE~.4~0~~S~u~m~i~n~st~ro~,~in~s~t~al~a~ci~ó~n4y4p~u~e~st~a~e~n~o~p~e~ra~c~ió~n~d~e~s~is~t~e~s~t~m~a=======1~.0~0~~$~1~5,~0~98~.~6~8~$~~1~5,~0~9~8.~6~8==~$~1~2~,2~2~8~.4~1~~$==~1~2~,2~2~8~.4~1~~~2~3.~4~7~%~==~S~9~,2~3~5~.8~7~~$~~9~,~23~5~.8~7~~~6~3~.4~8~%~~ $ 611,138.28 $ 593,121.97 -$ 18,016.31 $ 480,564.06 -$ 130,574.22
Subcapítu VI B ILUMINACIÓN
Concepto IEI.01A Suministro de Luminaria tipo led de suspender rr
Concepto IEI.01B Instalación, colocación y puesta en marcha de Lumin
Concepto IEI.02A Suministro de Luminaria tipo led de empotrar marca
Concepto IEI.02B Instalación, colocación y puesta en marcha de Lumin
Concepto IEI.03 Suministro, instalación, colocación y puesta en marcl
Concepto IEI.04 Balanceo entre fases en los tableros existentes, así ce
Subcapítu VI C INSTALACIÓN SISTEMA DE PUESTA A TIERRA.
P2A
P2A
P2A
P2A
P2A
P2A
Concepto IT-01 Sistema de puesta a tierra para aterrizar equipos eléc SISTEMA
Subcapítu
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
Concepto
VIl AIRE ACONDICIONADO
AA.01 Suministro de equipo de aire acondicionado tipo M Ir
AA.02 Instalación y puesta en marcha de equipo de aire acc
AA.03 Suministro y fabricación de base de fierro ángulo (11
AA.04 Suministro e instalación de tubería de cobre flexible
AA.05 Suministro e instalación de tubería de cobre flexible
AA.06 Suministro e instalación de Aislamiento tipo armafle>
P2A
PZA
P2A
ML
ML
ML
78.00 $
78.00 $
12.00 $
12.00 $
10.00 $
7.00 $
3,268.05 $
153.58 $
2,856.98 $
204.78 $
958.98 $
1,228.60 $
$
254,907.90
11,979.24
34,283.76
2,457.36
9,589.80
8,600.20
321,818.26
1.00 $ 16,131.46 $ 16,131.46
3.00 $ 68,835.93
3.00 $ 6,115.93
3.00 $
14.00 $
14.00 $
14.00 $
1,299.53
579.90
206.69
174.49
$ 16,131.46
$
$
$
$ $
S
206,507.79
18,347.79
3,898.59
8,118.60
2,893.66
2,442.86
S $
$
$
S S
3,030.61 $
450.47 S
2,268.20 $
351.03 $
1,123.60 $
1,460.48 $
$
$ 9,485.35 $
$
$ 77,450.54 $
S 1,926.84 S $ 1,735.37 $
$ 224.07 $
$ 80.05 $
$ 210.65 $
236,387.58 7.83%
35,136.66 -65.91%
27,218.40 25.96%
4,212.36 -41.66%
11,236.00 -14.65%
10,223.36 -15.88%
324,414.36 $ 2,596.10
9,485.35 70.07%
9,485.35 -$ 6,646.11
232,351.62
5,780.52
5,206.11
3,136.98
1,120.70
2,949.10
-11.12%
217.41%
-25.12%
158.80%
158.20%
-17.17%
$ 3,566.77
$ 379.92
S 3,117.89
S 379.92
$ 2,221.84
$ 4,341.92
$
$
$
$
$
S $
$ 6,635.20 $
$
S 91,918.57 S
$ 802.49 $
$ 1,803.46 $
$ 428.00 $
$ 167.27 $
$ 100.68 $
278,208.06 -8.38%
29,633.76 -59.58%
37,414.68 -8.37%
4,559.04 -46.10%
22,218.40 -56.84%
30,393.44 -71.70%
402,427.38 $ 80,609.12
6,635.20 143.12%
6,635.20 -$ 9,496.26
275,755.71
2,407.47
5,410.38
5,992.00
2,341.78
1,409.52
-25.11%
662.12%
-27.94%
35.49%
23.57%
73.31%
5 de 7
y . .
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
OFICIALIA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Nombre del procedimiento: Licitación Pública Nacional SCJN/DGIF/LPN/OPS-04/2016 para la adjudicación del contrato en la modalidad de "precios unitarios y tiempo determinado", relativo a la obra pública consistente en la "Adecuación, accesibilidad a personas con discapacidad y ampliación en el inmueble anexo de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida"
Anexo 4.- Análisis de precios unitarios de las propuestas económicas presentada por las empresas Gotop Construcciones y Proyectos, S.A. de e V. y Avanzada Técnica Constructiva, S.a. de e V.
Concepto IERCAN.04 e) 2da rampa, dos tramos de 2.81 m (soldado a al PZA 2.00 $ 3,419.76 S 6,839.52 S 4,965.62 S 9,931.24 -31.13% S 2,847.59 S 5,695.18 20.09%
Concepto IERCAN.04 d) 2do. Descanso, dos tramos de 2.54 m PZA 2.00 S 3,359.59 S 6,719.18 S 4,701.67 S 9,403.34 -28.54% S 2,632.74 S 5,265.48 27.61%
Concepto IERCAN.04 e) 2da rampa, dos tramos de 1.85 m (soldado a al PZA 2.00 S 2,701.86 S 5,403.72 S 3,441.71 S 6,883.42 -21.50% S 2,328.99 S 4,657.98 16.01%
Concepto IERCAN.04 f) desembarque, un tramo de 1.34 m (considerar PZA 1.00 S 2,433.89 S 2,433.89 S 1,255.88 S 1,255.88 93.80% S 974.96 S 974.96 149.64%
Concepto iERCAN. O~ Escalera tipo marina de 6.64 m con 0.60 m de ancho PZA 1.00 S 15,967.20 S 15,967.20 S 3,833.45 S 3,833.45 316.52% $ 9,865.48 S 9,865.48 61.85%
Concepto iERCAN. 0• Tapajuntas a base de lamina galvanizada cal. 18, con M 35.00 S 205.44 S 7,190.40 S 198.26 S 6,939.10 3.62% S 636.87 S 22,290.45 -67.74%
Concepto iERCAN. O Puerta prefabicada abatible en dos hojas de 0.95x0.2 PZA 3.00 S 7,779.10 S 23,337.30 S 9,408.50 S 28,225.50 -17.32% S 6,355.08 S 19,065.24 22.41%
Concepto iERCAN. o: Puerta prefabicada abatible de 1.20x2.20m mea. Moc PZA 2.00 S 8,960.63 S 17,921.26 S 9,500.98 S 19,001.96 -5.69% S 6,646.49 S 13,292.98 34.82%
Concepto ~ERCAN.O~ Cancel de 3.00x2.70 m de vidrio flotado de 9 mm, en PZA 1.00 S 17,033.98 S 17,033.98 S 12,534.92 S 12,534.92 35.89% S 29,981.97 S 29,981.97 -43.19%
Concepto ~ERCAN.H Cancel de 3.00x2.70m de vidrio flotado de 9mm, en! PZA 1.00 S 17,297.81 S 17,297.81 S 21,556.38 S 21,556.38 -19.76% S 45,707.98 $ 45,707.98 -62.16%
Concepto ~ERCAN.1: Reinstalación de ventana de recuperación de 0.9( PZA 1.00 S 1,434.83 S 1,434.83 S 1,092.68 S 1,092.68 31.31% S 1,193.85 S 1,193.85 20.19%
Concepto iERCAN. l. Mamparas sanitarias mea. Modumex, linea Basie< MOD 1.00 S 19,035.73 S 19,035.73 S 25,718.56 S 25,718.56 -25.98% S 21,783.23 S 21,783.23 -12.61%
Concepto iERCAN. l. Gancho doble marca, Helvex modelo 106, acabado cr PZA 3.00 S 559.74 $ 1,679.22 S 392.44 S 1,177.32 42.63% $ 511.62 S 1,534.86 9.41%
Concepto ERCAN. 14 Barras de seguridad para sanitarios geriátricos, consi' PZA 1.00 S 2,922.33 S 2,922.33 S 2,190.26 S 2,190.26 33.42% S 3,288.51 S 3,288.51 -11.14%
Concepto IERCAN.14 b) angular boomerang Marca, Helvex mod. B-064 PZA 1.00 S 2,922.33 S 2,922.33 S 2,190.26 S 2,190.26 33.42% $ 3,288.51 S 3,288.51 -11.14%
Concepto IERCAN.14 e) recta Marca, Helvex mod. B-700 S /700 mm PZA 4.00 S 1,556.80 S 6,227.20 S 1,261.41 S 5,045.64 23.42% S 1,227.26 S 4,909.04 26.85%
Concepto iERCAN. 1~ Placas de identificacion marca Sablón, de 15.2x22.8 e PZA 2.00 S 229.51 S 459.02 S 197.51 S 395.02 16.20% S 288.10 S 576.20 -20.34%
Concepto iERCAN. 1• Acondicionamiento de puerta madera con sección dE PZA 1.00 S 5,990.95 S 5,990.95 S 3,021.96 $ 3,021.96 98.25% S 4,558.26 S 4,558.26 31.43%
Concepto ERCAN. 17 Espejo de 6 mm de espesor, considerar adhesivos PZA 1.00 S 612.36 S 612.36 S 736.35 S 736.35 -16.84% $ 1,111.05 S 1,111.05 -44.88%
Concepto IERCAN.17 b) De 0.60x0.80m con marco de aluminio de 11/L PZA 2.00 S 945.68 S 1,891.36 S 940.92 S 1,881.84 0.51% S 2,036.21 S 4,072.42 -53.56%
Concepto iERCAN. 1: Andador (Reversible) de 8.875m de largo y 1.22m de PZA 1.00 S 37,523.61 S 37,523.61 S 44,868.50 S 44,868.50 -16.37% S 39,195.15 S 39,195.15 -4.26%
SUBTOTALES $ 265,483.70 $ 257,105.55 -$ 8,378.15 $ 303,852.72 $ 38,369.02
TOTAL $ 4,467,947.44 $ 3,758,287.35 -$ 709,660.09 $ 4,451,341.06 -$ 16,606.38
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