Post on 29-Jun-2015
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Público para la Educación
Liceo Dr. José Rafael Revenga
EL Tigre – edo. Anzoátegui
El Cooperativismo
Profesora: Alumno: Miguel de León # 15 Alvis Farías 2º año Sección E
Índice
Introducción.........................................................................................................3
Principios del cooperativismo..............................................................................4
Actividades grupales para el bienestar individual y social...................................5
Tipos de cooperativas.........................................................................................7
Ventajas de la cooperativa..................................................................................9
Requisitos y trámites para constituir cooperativas..............................................9
Funcionamiento y administración de las cooperativas......................................11
Símbolos de las cooperativas............................................................................13
Conclusión.........................................................................................................14
Bibliografía........................................................................................................15
Anexos..............................................................................................................16
Introducción
En el presente trabajo se puede encontrar los principios básicos del
cooperativismo, la clasificación de este que se divide en 7 principios, libre
acceso y adhesión voluntaria, control democrático, distribución de excedentes
en proporción a las operaciones, limitación de intereses al capital, neutralidad
política y religiosa, venta al contado, fomento de la educación y obras sociales.
Podemos ver lo que es la empresa como fuente de producción y ocupación
para poder cumplir sus cometidos, las cooperativas deben contar con
asociados que conozcan los objetivos y principios que las orientan, estén al
tanto de los derechos y deberes que les corresponden, así como estén
enterados de los mecanismos y de los procedimientos por los cuales se rige su
actividad
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Principios del cooperativismo
1. Libre Acceso y Adhesión Voluntaria:
La cooperación es la expresión económica de la democracia y, por
consiguiente, la libertad individual es el jefe de su funcionamiento social.
2. Control Democrático:
Las asociaciones cooperativas se rigen mediante las más limpias y depuradas
normas democráticas: libre manifestación de la voluntad de cada persona con
igual valor a la de los demás; un hombre, un voto con absoluta independencia
del capital, ya que este es servidor y nunca amo; y autonomía frente al Estado,
con las únicas limitaciones que la moral y la ley imponen para proteger los
intereses de la comunidad.
3. Distribución de Excedentes en Proporción a las Operaciones:
Este principio llamado de Howard, es la esencia de la cooperación en cuanto
es afirmación del sentido de servicio solidario y negación de lucro, señalando la
diferencia entre las asociaciones cooperativas y las sociedades civiles y
mercantiles. Los excedentes obtenidos, vale decir la diferencia entre el precio
de costo y el precio de venta, se distribuyen en proporción a las operaciones
efectuadas y no en proporción al capital invertido. A mayor gasto, mayor
ahorro.
4. Limitación del Interés al Capital:
Las asociaciones cooperativas para su formal desarrollo y eficiente
funcionamiento social requieren capital. Empero en ellas éste no ejerce el
dominio absoluto que tiene en las sociedades mercantiles, en las cuales la
distribución de beneficios se hace en proporción al mismo sin tener en cuenta a
la persona, sino que es un simple servidor al que se le paga con interés
limitado.
5. Neutralidad Política y Religiosa:
Con el objeto de mantener siempre la unidad entre los miembros de las
cooperativas se ha establecido ese principio. El cooperador tiene completa
libertad de pensar y opinar en las órdenes políticas y religiosas pero es
conveniente que sus creencias no sean llevadas al seno de la asociación, para
evitar que el apasionamiento pueda desviar el objetivo o provocar choques
entre personas, quebrando la unión.
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6 . Venta al Contado:
El crédito es siempre un factor negativo en el sistema cooperativo.
Compromete los medios económicos y frena el desarrollo de la asociación l
limpiar o paralizar sus actividades. Quien compra al contado, compra más
barato y puede ahorrar contribuyendo a la prosperidad y estabilidad económica
de la asociación.
7. Fomento de la Educación y Obras Sociales:
Esta es la regla de oro de la cooperativa: educar y servir, con el objeto de
elevar el nivel de vida espiritual y material de los miembros de la comunidad.
El buen éxito y el amplio desarrollo alcanzado por el movimiento cooperativo en
todas las naciones se deben al estricto cumplimiento de estos principios:
Las empresas de servicio público: Se llaman servicios públicos a aquellos que
presta el estado y que satisfacen necesidades colectivas. En estas actividades
económicas por lo general se limita a la competencia con la finalidad de prestar
un servicio más eficiente y más barato. La razón de esta peculiaridad es porque
dichas empresas requieren una fuerte inversión y explotan factores escasos o
descubrimientos técnicos de gran especialidad. En otras palabras, porque si se
dejara libre a la iniciativa privada su explotación, tendría que operarla en
condiciones monopolísticas.
El servicio público, se caracteriza por su utilidad y muchas veces por el grado
de necesidad, razón por la cual garantiza un crecido número de usuarios lo
cual generalmente implica una fuerte inversión.
Por las razones anotadas anteriormente, es que el propio Estado toma a su
cargo la operación de esta clase de servicio. Sin embrago, esto no imposibilita
la alternativa de que El Estado las confiera por concesión a la iniciativa privada,
para que ésta la opere.
Actividades grupales para el bienestar individual y social. Una de las necesidades del hombre es Consumir y por lo tanto del mismo
modo le resulta necesario Producir para alimentarse, vestirse, desplazarse,
educarse, cuidarse la salud y, en general, satisfacer todas aquellas
necesidades indispensables para su desarrollo.
La práctica de la cooperación en el consumo es fundamental en la medida en
que no pasa un solo día en que no se consuma un bien (artículo) o un servicio
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(educación, transporte, salud, capacitación profesional, vivienda, etc.). El
aumento de la calidad de vida genera nuevas necesidades que se tratan de
satisfacer en las mejores condiciones de precios y calidad. Sin embargo, la
labor de intermediación que acompaña a buena parte de los procesos de
producción y venta o el escaso poder de negociación de buena parte de las
empresas de pequeñas dimensiones deriva, generalmente, en especulaciones
desmedidas incrementando ostensiblemente el coste del producto o servicio.
La cooperación, principio que se encuentra en la base de todo tipo de
asociacionismo, evita todo este tipo de situaciones, es decir, reduce o evita al
intermediario, traslada los productos a los mejores mercados y consigue que se
paguen al mejor precio. El único que hace falta es que el consumidor participe,
se organice y colabore.
Por otra parte, la cooperación busca elevar el nivel de vida de las personas a
través de su propio esfuerzo, desarrollando una serie de beneficios sociales
para sus asociados y la comunidad a la que pertenecen.
Las cooperativas de consumidores son entidades que no se proponen
esencialmente la obtención de beneficios económicos, sino que también
buscan otros objetivos como es la prestación de servicios a sus asociados y,
como usuarios, la defensa de los mismos. Se sujetan a normas equitativas e
igualitarias para asegurar la consecución de finalidades de interés general,
organizándose y administrando los recursos con el objeto de proporcionar a
sus asociados los productos o servicios que necesitan al menor coste y en las
mejores condiciones posibles.
La cooperación invita a la suma de esfuerzos y de la aportación económica de
los participantes porque ésta se afianzará y comprometerá en el interés común
Se pueden enumeran un sin fin de actividades a las que una cooperativa de
consumo se puede dedicar (abastecimiento, distribución, ahorro y préstamo,
prestación de servicios de educación y obtención de vivienda) siempre que la
asociación de personas se cree para consumir bienes y servicios en común,
para su uso personal, sus hogares o sus actividades económicas.
En términos generales, este sistema de ayuda mutua cuenta con múltiples e
importantes Beneficios.
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Tipos de cooperativas
Según el objeto:
Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de
bienes y servicios :
Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin
común, que por medios propios producen ciertos artículos vendiéndolos
directamente y distribuyéndose entre ellos las ganancias. Este tipo de
Cooperativas tienen como meta principal la producción de bienes o
prestación de servicios, tales como: la producción industrial o artesanal, la
producción agropecuaria o pesquera, la producción minera, transporte
colectivo o de carga, producción de diversos servicios del hogar,
mantenimiento, reparaciones menores y mayores, salud, hogares de
cuidados de infantes y, en general, de todas aquellas actividades que son
demandadas por otras personas o instituciones.
Cooperativa de Producción Industrial :
Es una cooperativa de trabajadores y tiene como objeto transformar materia
prima en bienes que tengan características para satisfacer una necesidad
de los consumidores mediante procesos tecnológicos industriales. Ejemplo
de este tipo puede ser:
Cooperativas lácteas: ellas pueden producir quesos, mantequilla,
yogurt, dulces y sus derivados.
Cooperativas de carpinterías: están en capacidad de ofrecer muebles,
juguetes, utensilios de cocina o insumos para la construcción
(puertas, marcos, ventanas, etc.).
Cooperativa de producción agrícola :
Es una asociación conformada por varios afiliados que trabajan la tierra,
comercializan sus productos aprovechan descuentos y ventajas de comprar
en cantidad entre varios agricultores que se unieron en una cooperativa de
este tipo. Las Cooperativas agrícolas desarrollan sus labores de forma
conjunta y organizada. Es decir, si las personas que conforman una
cooperativa agrícola diseñan, por ejemplo, una marca de mermeladas de
frutas cuyos insumos producen ellos mismos, habrán expandido su
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actividad cooperativa a la producción industrial, con el consecuente
beneficio económico tanto para los asociados como para los consumidores.
Cooperativa de Producción Pesquera:
Es la unión de diversas personas dedicadas a la actividad pesquera que
suman sus esfuerzos para mejorar sus condiciones de producción,
potenciando el alcance de su trabajo. En este tipo de cooperativas cabe
pensar en el potencial industrial que se podría desarrollar a partir de todo
los productos que vienen del mar.
Cooperativa de Producción de Servicios: Son aquellas empresa
cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes áreas,
transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección
de basura, jardinería, distribución de gas doméstico, transporte escolar,
entre tantas como sea posible imaginar.
Cooperativas de Consumo de Bienes y Servicios:
Existen las Cooperativas de obtención de bienes y servicios. Aquí entran
las Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. La
primera tiene como objetivo satisfacer mejor y más económicamente las
necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los
servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad.
Cooperativas de Ahorro y Crédito :
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son aquellas que tienen por objeto
fundamental fomentar el ahorro y otorgar préstamos a sus asociados con
los recursos aportados por los mismos, a un interés muy bajo, con el fin de
eliminar los altos costos que representan los créditos otorgados por los
bancos comerciales. Estas operaciones de ahorro y crédito deben estar
limitadas exclusivamente a sus asociados y con el dinero proveniente de los
mismos, no pudiendo en consecuencia realizar actividades de
intermediación financiera, es decir, la captación de recursos del público,
incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar
créditos, financiamientos o inversiones en valores, las cuales están
reservadas a los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás
instituciones financieras autorizadas y reguladas por la Ley General de
Bancos y otras Instituciones Financieras. Sin embargo, las Cooperativas de
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Ahorro y Crédito, podrán ser entes de ejecución del sistema micro
financiero, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de
Creación, Estímulo, Promoción y Desarrollo del Sistema Micro financiero,
para prestar los servicios previstos en la citada Ley.
Ventajas de la cooperativa Están exoneradas de manera indefinida del pago del impuesto sobre la
renta (ISLR).
No pagan los derechos de registro ni cualquier otro arancel por la
prestación de un servicio.
Las cooperativas pueden ser objeto de financiamiento por parte del
estado en condiciones especiales (bajas tasas de interés, periodos
largos de gracia, no exigencia de garantías y trámites sencillos, entre
otros).
Diversas leyes otorgan a las cooperativas preferencias en las licitaciones
y contratos con las entidades del Estado.
Requisitos y trámites para constituir cooperativas
Para conformar una Cooperativa es necesario
Paso 1:
Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la
Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. para
seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la
Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a
una cooperativa ya registrada.
Paso 2:
Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas,
certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y
autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.
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Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la
Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La
reserva tiene una duración de 90 días.
Paso 3:
Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores
procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se
reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura
organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los
socios, etc. (Art. 13 LEAC).
Paso 4:
Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro
subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la
personalidad jurídica de la cooperativa.
Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros
Subalternos del país.
Paso 5:
Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa
indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales
de la cooperativa.
Nota:
Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación
de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida
autorización.
Paso 6:
Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de
las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP o en la receptoría
de la Rinconada.
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Funcionamiento y administración de las cooperativas
Las normas internas son aquellas disposiciones que establecen los asociados
para regular el funcionamiento de la cooperativa. Surgen por efecto de la libre
voluntad de los asociados de imponerse una forma de organización y de
conducta determinadas.
Las normas internas son obligatorias siempre que:
- Sean el producto de la voluntad libre de los asociados, y
- No contradigan disposiciones establecidas en la Ley y su Reglamento
Las normas internas que se dan las cooperativas son:
ESTATUTOS
REGLAMENTO INTERNO
ACUERDOS DE LAS ASAMBLEAS
DECISIONES DE LOS CONSEJOS Y COMITES
El Estatuto
El estatuto es una especie de "Ley Interna" elaborada por los propios
asociados que organizan la vida interna de la cooperativa; establece los
derechos y obligaciones de los asociados y, regula la actividad y
funcionamiento de los órganos interiores: Asamblea e instancias de
coordinación administrativa, de control, educación, etc.
El Reglamento Interno
El Reglamento Interno constituye un conjunto de disposiciones que
regulan los detalles de funcionamiento de la cooperativa
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Si el Estatuto establece normas internas de carácter general, el
Reglamento dicta pautas para el funcionamiento práctico y la aplicación
concreta de los Estatutos.
La cooperativa puede tener un Reglamento Interno general, o varios
reglamentos que regulen aspectos particulares o secciones de la misma.
El Reglamento es elaborado por el órgano de Administración, pero está
sujeto a la aprobación de la Asamblea General.
Los acuerdos de las asambleas
La autoridad suprema de la cooperativa es la Asamblea General de los
Asociados. Las decisiones adoptadas por la Asamblea se llaman acuerdos.
Estos son de cumplimiento obligatorio para todos los asociados, presentes o
ausentes, hayan votado a favor o en contra.
Los acuerdos de las asambleas son obligatorios siempre y cuando hayan sido
tomados en asambleas legalmente constituidas y no contradigan
disposiciones legales, o normas establecidas en los estatutos y reglamento
interno de la cooperativa.
Existe un tipo especial de acuerdo de la asamblea llamado plan anual y su
presupuesto, que es la planificación de actividades que hace la cooperativa
para un año, aunque sería recomendable elaborar planes y presupuestos
plurianuales
Las decisiones de las instancias de coordinación
Las decisiones que adopten las diversas instancias u órganos de coordinación
que tenga la cooperativa son obligatorias para todos los asociados, siempre
que tiendan a cumplir los acuerdos de las asambleas y no contradigan las
disposiciones de la Ley y el estatuto
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Símbolos de las cooperativas
El emblema o símbolo más usado, después de esta bandera, y sobre todo en
América, es un círculo color oro con 2 pinos verdes al centro. Rodeados por
una circunferencia verde, donde se apoyan los pinos.
El color oro o amarillo, representa al sol, cuyos rayos ilumina la vida.
El verde simboliza la esperanza de una vida mejor que puede
alcanzarse siguiendo la filosofía del cooperativismo.
Los dos pinos representan la vida, al ser 2 simbolizan el apoyo mutuo y
la solidaridad. Al ser del mismo tamaño significa el crecimiento en
laigualdad.El círculo representa la esfera terrestre, reflejando así el
concepto de universalidad.
La circunferencia representa la eternidad de la vida.
Bandera del Cooperativismo:
La bandera del Cooperativismo fue aprobada en el año 1923 a
nivel mundial por la Alianza Cooperativa Internacional (ACI).
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Conclusión
Las cooperativas son una alternativa para la satisfacción de necesidades
socioeconómicas de la sociedad. Se las considera como medios para hacer
efectiva la participación y el protagonismo del pueblo en lo social y en lo
económico
La finalidad del cooperativismo es el de demostrar, que cuando las personas
creen en un proyecto y se les da la oportunidad de participar activamente en su
desarrollo, son capaces de generar riqueza y crear puestos de trabajo estables
y de dignificar el concepto del trabajo como uno de los derechos fundamentales
del ser humano.
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Bibliografía
MULLER, A. G. (2005). ABC de las cooperativas. Merida: Universidad de los Andes.
WWW.Buenastareas.com: Las cooperativas
WWW.scrtbd.com.
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Anexos
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