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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
ANÁLISIS DEL SISTEMA DE DETRACCIONES Y SU INCIDENCIA EN LA SITUACIÓN
FINANCIERA DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE
PASAJEROS DEL DISTRITO DE TRUJILLO.
TESIS
PARA OPTAR EL TITULO DE:
CONTADOR PÚBLICO
ASESOR: Ms. C.P.C. Cristian Parimango Rebaza
PROMOCIÓN: XLVIII
SANDY MALENA AGUILAR GARCIA
Bachiller en Ciencias Económicas
TRUJILLO – PERÚ
2014
i
Dedicatorias
A Dios
Por ser quien me ilumina en todo momento,
mi guía y protector, por brindarme fuerza
y sabiduría para seguir siempre adelante.
A mi Madre
Por brindarme su amor, apoyo
incondicional, confianza y por
ser lo más importante en mi vida.
ii
Agradecimientos
A mi madre
Que con su amor y confianza
me han impulsado al logro de
mis objetivos, y a superar cada
obstáculo de mi vida.
A mi Asesor
Ms. Parimango Rebaza Cristian
Mi reconocimiento especial por sus
orientaciones en el desarrollo
del presente trabajo de investigación.
A mis Profesores
De la Escuela Académico
Profesional de Contabilidad
Que fueron guías con sus
importantes enseñanzas.
iii
iv
v
PRESENTACION
Señores Miembros del jurado:
Según lo que dispone el Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Trujillo, someto a
vuestra consideración y criterio la presente Tesis para optar el titulo Contador
Público intitulada: ANÁLISIS DEL SISTEMA DE DETRACCIONES Y SU
INCIDENCIA EN LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LAS EMPRESAS DE
TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS DEL DISTRITO DE
TRUJILLO, con el fin de cumplir con los requisitos exigidos.
Espero con el presente trabajo cumplir con las exigencias requeridas para su
aprobación.
Trujillo, Junio del 2014
La Autora
vi
RESUMEN
El presente trabajo de investigación está referido al análisis del Sistema de
Detracciones y su influencia en la situación financiera de las empresas de
transporte interprovincial. Por tal razón se presentaron propuestas, reflejando
como resultados una mejora en los índices de Liquidez y Endeudamiento.
El análisis se llevó a cabo mediante el uso del Método Diseño Inductivo
descriptiva no experimental y el análisis documentario, tabulación de
cuadros, revisión bibliográfica y las técnicas de entrevista, que fueron
aplicadas al personal de la empresa materia de estudio.
En los resultados de la investigación realizada podemos apreciar que se
demuestra que el sistema de detracciones incide de manera negativa en la
situación financiera de la empresa y mediante la implementación de las
propuestas en la empresa Turismo Erick el Rojo S.A., la empresa logrará
aumentar sus índices de Liquidez y Endeudamiento, al ser la aplicación de
estas medidas importante para que la empresa pueda tener más flujo de
efectivo disponible y el Estado flexibilice sus condiciones para la liberación
de estos fondos. Siendo así que al implementar las propuestas, se obtendría
como resultados un aumento de su capital de trabajo de S/. 79,017, aumento
de liquidez en 0.05 y del índice de prueba ácida en 0.06, así como un ligero
aumento en el endeudamiento de sus activos del 1%, es decir utilizará un
poco más sus fuentes internas para cubrir sus obligaciones.
Palabras claves: Sistema de Detracciones. Situación Financiera. Empresa
de Transporte Interprovincial de Pasajeros. Trujillo.
vii
ABSTRACT
The present work of investigation is based on the analysis of System
Deductions and its influence on the financial position of interprovincial
transportation companies. For this reason proposals are presented as results
reflecting a improvement in liquidity and debt ratios.
The analysis was carried out using the non-experimental descriptive Inductive
Method Design and documentary analysis, tabulation tables, literature review
and interview techniques that were applied field staff undertaking study.
The results of the investigation we can see that it shows that the system
deduction has a negative impact on the financial position of the company and
by implementing the proposals, the Company Erick red tourism will increase
their rates Liquidity and Debt, being the implementation of these important for
the company to have more cash flow and the rule more flexible conditions for
the release of these funds measures. This being that implementing the
proposals, an increase in working capital of S/. 79.017, increased liquidity of
0.05 and quick ratio at 0.06, and a slight increase in the indebtedness of its
assets 1%, use a little more internal sources to meet its obligations.
Key-words: System Deductions. Financial Position. Interprovincial Company
Passenger. Transport. Trujillo.
INDICE
Dedicatorias i
Agradecimientos ii
Presentación v
Resumen vi
Abstract vii
I. Introducción 1
1.1. Antecedentes de Estudio 1
1.2. Realidad Problemática 3
1.3. Justificación de la Investigación 4
1.4. Planteamiento del Problema 5
1.5. Determinación de los Objetivos 5
1.5.1. Objetivo General 5
1.5.2. Objetivos Específicos 5
1.6. Marco Teórico, Marco Conceptual, Marco Legal, Marco Procedimental
y Marco Histórico 6
1.6.1. Marco Teórico 6
1.6.2. Marco Conceptual 31
1.6.3. Marco Histórico 34
1.6.4. Marco Legal 35
1.6.5. Marco Procedimental 41
1.7. Formulación de la Hipótesis 42
II. Material y Métodos 43
2.1. Material de Estudio 43
2.1.1. Población o Universo 43
2.1.2. Muestra 43
2.2. Métodos y Técnicas 44
2.2.1. Métodos 44
2.2.2. Técnicas e instrumentos 44
2.3. Diseño de investigación 45
III. Resultados 46
IV. Discusión 77
V. Conclusiones 80
VI. Recomendaciones 81
VII. Referencias Bibliográficas 82
Anexos
1
I. INTRODUCCIÓN
1.1. Antecedentes del estudio
Los estudios previos relacionados con el problema planteado, así
como investigaciones realizadas anteriormente y que tienen alguna
relación con el objetivo de estudio; se detallan a continuación:
Título (Tesis): “El sistema de detracciones y el efecto de su
aplicación en la liquidez de la empresa constructora KVC Contratistas
S.A.C., de la provincia de Trujillo, año 2011”
Autor: Valle Sagástegui, Luz Nelly
Año: 2011
Ciudad: Trujillo
Conclusiones:
1. El sistema de Detracciones afecta financieramente a las empresas
constructoras, como lo es la empresa KVC Contratistas S.A.C., ya que
les resta liquidez y no solo eso sino que también las está
descapitalizando puesto que un porcentaje de sus ventas están en el
Banco de la Nación como fondos sujetos a restricción, y todo esto
porque la administración tributaria no puede cumplir con su papel de
ente recaudador.
2. Con la aplicación de ratios financieros, con el índice de liquidez
general y absoluta, observamos que existe una disminución en el nivel
de liquidez, pero también debemos tener en cuenta que existen otros
factores externos como: condiciones económicas, la situación del
sector constructor, las políticas de dirección de la empresa, y la
aplicación de normatividad contable y tributaria.
2
Título (tesis): “Importancia del análisis de las detracciones en
empresas privadas usuarias de servicios jurídicos en la ciudad de
Trujillo en el 2010”
Autor: Rosas Reyna, Grace Kelly
Año: 2011
Ciudad: Trujillo
Conclusiones:
1. La aplicación correcta del sistema de detracciones, estará
determinada por actuación de los sujetos obligados, quienes a la vez
están encargados del cumplimiento de las normas.
2. La identificación de las operaciones sujetas al SPOT en las
facturas, es de importancia para el personal que tiene la
responsabilidad sobre el pago de las detracciones.
3. La importancia del análisis sobre las detracciones permitirá tener
un mejor control de las mismas, con referencia al comportamiento de
los sujetos obligados; para detectar posibles errores e inconsistencias
y poder así corregirlos.
Título (tesis): “El régimen de los pagos adelantados del Impuesto
General a las Ventas por concepto de detracciones y su efecto en la
liquidez de la empresa Alvarado Empresariales S.A.C.”
Autor: Rodriguez Burgos, Carin
Año: 2012
Ciudad: Trujillo
Conclusiones:
1. Conforme se aprecia, la Empresa ALVARADO EMPRESARIALES
S.A. paga el impuesto antes que se produzca el nacimiento de la
obligación tributaria. SUNAT justifica esta medida en la “evasión” o la
“informalidad” en determinadas actividades, pero lo cierto es que, de
cualquier modo, la caja fiscal se beneficia sin mayor inversión ni costo
3
por su parte. El 28% de la recaudación total del IGV se hace con la
ayuda del sector privado, que interviene en estos pagos adelantados.
2. La Empresa ALVARADO EMPRESARIALES S.A.C debe soportar
los descuentos que el comprador o usuario les hace en su
contraprestación (Detracciones), situación que les resta liquidez y
entrampamiento en sus operaciones, sobre todo cuando los montos
detraídos se acumulan sin poder ser utilizarlos.
1.2. Realidad Problemática
El transporte regular de pasajeros creció aproximadamente un 55% en
la última década, cabe destacar que en los últimos años el turismo
también ha crecido y tiene una incidencia en el flujo de pasajeros.
Según lo antes mencionado, en los últimos años el transporte
interprovincial de pasajeros se ha caracterizado por su constante
desarrollo, esta tendencia se encuentra explicada por el crecimiento
económico y el crecimiento poblacional, otros factores que determinan
la movilización de pasajeros interprovinciales son el avance del
turismo, el trabajo, comercio interno, las inversiones, entre otros.
Conjuntamente con el crecimiento de este sector han aumentado las
medidas de control y fiscalización por parte del Estado, es así, que a
través de la Administración Tributaria ha creado diversos mecanismos
como el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno
Central (SPOT). Al inicio, el Sistema de Detracciones sólo afectaba a
la venta de determinados bienes que se producían en el sector rural,
como azúcar, arroz pilado, madera y alcohol etílico; pero con el
transcurso de los años el ámbito de aplicación de este sistema se ha
ido extendiendo a una gran variedad de servicios, cabe mencionar
entre ellos al transporte público de pasajeros por vía terrestre.
Por lo cual la empresa Turismo Erick El Rojo S.A. al pertenecer a este
sector de la economía, como es el transporte interprovincial de
pasajeros, ha obtenido un significativo aumento en sus ingresos
4
producto de los servicios prestados, servicios que al estar afectos al
sistema de detracciones, tienen como consecuencia efectos en la
situación financiera de la empresa que implica la falta de solvencia, así
como incidencia en el costo-oportunidad de inversiones posibles.
Así también, otros efectos que se han podido observar, es que al no
utilizar dichos fondos producto de las detracciones, se tiene la
posibilidad de solicitar la liberación de los fondos; para esto se debe
cumplir con una serie de requisitos además de una previa
fiscalización, y en caso encuentre alguna irregularidad la SUNAT
puede ingresar esos montos como recaudación, es decir confiscar lo
depositado en la cuenta del Banco de la Nación, como consecuencia
de las detracciones aplicadas.
Con lo expuesto anteriormente podemos darnos cuenta que de una u
otra manera, con la aplicación de este sistema se logrará estancar un
capital importante para el contribuyente.
1.3. Justificación de la Investigación
El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno
Central es un tema importante en el ámbito tributario, por lo tanto el
presente estudio es relevante para entender conocimientos básicos y
conocer un poco más a fondo acerca de su aplicación.
Además con el análisis de la incidencia del Sistema de Detracciones
en las empresas de transporte interprovincial de pasajeros, se
demostrarán los efectos negativos reflejados en su situación
financiera; así también, al final de la investigación se presentarán
propuestas con la finalidad de contrarrestar estas consecuencias.
Por otra parte, en cuanto a su alcance, esta investigación abrirá
nuevos caminos para empresas que presenten situaciones similares a
la que aquí se mencionan, sirviendo como referencia a estas.
Por último, se aplicarán los conocimientos adquiridos durante los años
de estudio de la carrera profesional y permitirá servir como base para
5
otros estudios que se originen por la misma problemática analizada en
el presente trabajo.
1.4. Planteamiento del Problema
¿De qué manera el análisis del Sistema de Detracciones incide en la
situación financiera de las empresas de transporte interprovincial de
pasajeros del distrito de Trujillo?
1.5. Determinación de los objetivos
1.5.1. Objetivo General
Determinar la incidencia del análisis del Sistema de Detracciones en la
situación financiera de las empresas de transporte interprovincial de
pasajeros del distrito de Trujillo.
1.5.2. Objetivos Específicos
1. Analizar la situación en materia de detracciones realizada por la
empresa de transporte interprovincial de pasajeros para evaluar los
pagos por tributos.
2. Demostrar que la incidencia del Sistema de Detracciones en la
liquidez, solvencia y costo-oportunidad de posibles inversiones de la
empresa de transporte interprovincial de pasajeros Turismo Erick El
Rojo.
3. Identificar los efectos del Sistema de Detracciones efectuando la
comparación de su estructura financiera.
6
1.6. Marco Teórico, Marco Conceptual, Marco Legal, Marco
Procedimental y Marco Histórico
1.6.1. Marco Teórico
El Sistema de Pago de Obligaciones Tributaria con El Gobierno
Central (SPOT)
También denominado Sistema de Detracciones, es uno de los tres
mecanismos recaudatorios anticipados implementados por la
Administración Tributaria. Este sistema viene aplicándose como un
mecanismo cuyo fin es garantizar el pago del IGV y del Impuesto a la
Renta, entre otros tributos en sectores con alto grado de informalidad.
Para el Tribunal Constitucional es un mecanismo de carácter
administrativo (control indirecto) que sirve a la Administración
Tributaria para luchar contra la evasión fiscal en determinados
sectores económicos que detectan altos índices de informalidad e
incumplimiento tributario.
Características del Sistema
A fin de poder entender mejor el sistema, a continuación presentamos
las principales características del mismo, las cuales las podemos
resumir en las siguientes:
a) No tiene la calidad de tributo
La detracción no tiene naturaleza de tributo (impuesto, tasa o
contribución), ni deuda tributaria, no obstante que su fin es cancelar
exclusivamente obligaciones tributarias. En efecto, el fin de la
generación de los fondos es el pago de tributos, costas y gastos, no
pudiendo utilizarse el dinero depositado a fin distinto, salvo que se
produzcan los supuestos para solicitar la libre disposición de dichos
fondos.
7
b) Es un procedimiento administrativo
Puesto que la obligación de efectuarla debe ser regulada por una
norma administrativa de la Administración Tributaria, en la que se
debe indicar los bienes, servicios o contratos de construcción que se
sujetan al sistema.
c) Es una obligación formal
El depósito de la detracción es una obligación meramente formal, no
obstante, su incumplimiento genera infracciones administrativas, las
cuales serán sancionadas pecuniariamente.
d) No está sujeto a intereses moratorios
Al no tener carácter de deuda tributaria según lo previsto por el
artículo 28° del Código Tributario, no está sujeto a intereses
moratorios.
e) La sanción es por el incumplimiento formal
Pues de no cumplirse con la obligación formal se estaría vulnerando
una obligación formal dispuesta por el Estado, lo que conllevaría a
una imposición de una sanción.
Regulación administrativa
No obstante que el Decreto Supremo N° 155-2004-EF establece el
marco general sobre la cual debe descansar el Sistema, la misma
norma ha dejado en potestad de la Administración Tributaria la
posibilidad que esta:
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a) Designe los sectores económicos, los bienes, servicios y contratos
de construcción a los que resultará de aplicación el Sistema, así como
el porcentaje o valor fijo aplicable a cada uno de ellos; y,
b) Regule lo relativo a los registros, la forma de acreditación,
exclusiones y procedimiento para realizar la detracción y/o el depósito,
el mecanismo de aplicación o destino de los montos ingresados como
recaudación, entre otros aspectos.
Bienes y servicios comprendidos en el sistema
Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT
publicada el 15.08.2004 y vigente desde el 15.09.2004 se introdujo la
aplicación del SPOT a una lista determinada de bienes y servicios, los
cuales se encuentran detallados y divididos en tres anexos, lo cuales
han sufrido con el transcurso de los años una serie de modificaciones
e incorporaciones.
Los Anexos 1 y 2 reúnen los bienes sujetos al Sistema y el Anexo 3
contempla los servicios.
Adicionalmente, desde el 01.02.2013, se aplica el Sistema a la
primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los
mismos, sujetándose dicha operación al porcentaje del 4% sobre el
valor de venta del inmueble, de acuerdo a lo establecido en la
Resolución de Superintendencia N° 022-2013.
Operaciones sujetas al Sistema
Las operaciones sujetas al sistema difieren de acuerdo a su ubicación
en el correspondiente anexo. Así tenemos:
Tratándose de los bienes señalados en el Anexo 1:
Siempre que el importe de las operaciones sujetas al Sistema sean
mayores a media (1/2) UIT, son las siguientes:
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a) La venta gravada con el IGV.
b) El retiro considerado venta.
c) El traslado de bienes
En operaciones cuyo importe de la operación sea igual o menor a
media (1/2) UIT, el Sistema se aplicará cuando, por cada unidad de
transporte, la suma de los importes de las operaciones
correspondientes a los bienes del Anexo 1 trasladados sea mayor a
media (1/2) UIT.
Para efecto de lo indicado anteriormente, se debe tener en cuenta lo
siguiente:
Tratándose de los bienes señalados en el Anexo 2:
Las operaciones sujetas al Sistema son las siguientes:
a) La venta gravada con el IGV.
b) El retiro considerado venta.
Además, se aplicará a las operaciones de venta de bienes inmuebles
gravadas con el IGV.
Tratándose de los servicios señalados en el Anexo 3:
Las operaciones sujetas al Sistema son los servicios gravados con el
IGV.
Operaciones exceptuadas de la aplicación del sistema
Para los bienes del Anexo 1:
El sistema no se aplicará para las operaciones de venta gravadas con
IGV, cuando se emitan los siguientes comprobantes de pago:
Póliza de adjudicación, con ocasión del remate o adjudicación
efectuada por martillero público o cualquier entidad que remata o
subasta bienes por cuenta de terceros.
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Liquidación de Compra, en los casos previstos en el Reglamento
de Comprobantes de Pago.
Para los bienes del Anexo 2:
El sistema no se aplicará en los siguientes casos:
El importe de la operación sea igual o menor a S/. 700.00.
Se emita comprobante de pago que no permite sustentar crédito
fiscal, saldo a favor del exportador o cualquier otro beneficio vinculado
con la devolución del IGV, así como gasto o costo para efectos
tributarios. Esto no opera cuando el adquiriente es una entidad del
Sector Público Nacional.
Se emita cualquiera de los documentos a que se refiere el numeral
6.1 del artículo 4° del reglamento de Comprobantes de Pago, excepto
las pólizas emitidas por las bolsas de productos.
Se emita Liquidación de compra, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Comprobantes de Pago.
Para los servicios del Anexo 3:
El sistema no se aplicará cuando se emitan los siguientes
documentos:
Comprobante de pago que no permite sustentar crédito fiscal, saldo
a favor del exportador o cualquier otro beneficio vinculado con la
devolución del IGV, así como gasto o costo para efectos tributarios.
Esto no opera cuando el usuario es una entidad del Sector Público
Nacional.
Cualquiera de los documentos a que se refiere el numeral 6.1 del
artículo 4° del reglamento de Comprobantes de Pago.
El usuario del servicio tenga la condición de No Domiciliado, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley del Impuesto a la Renta.
Sujetos obligados a efectuar el depósito
Tomando en consideración las normas del sistema, la Administración
Tributaria ha prescrito lo siguiente:
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Para los bienes del Anexo 1:
En la venta gravada con el IGV:
El adquiriente; y el proveedor, en los siguientes casos:
- Cuando tenga a su cargo el traslado y la entrega de bienes cuyo
importe de la operación sea igual o menor a media (1/2) UIT, siempre
que resulte de aplicación el Sistema
- Cuando reciba la totalidad del importe de la operación sin haberse
acreditado el depósito respectivo
- Cuando la venta sea realizada a través de la Bolsa de Productos.
En el retiro considerado venta, el sujeto del IGV.
En los traslados, el propietario de los bienes que realice o
encargue el traslado.
Para los bienes del Anexo 2:
En la venta gravada con el IGV o en la venta de bienes exonerada
del IGV cuyo ingreso constituya renta de tercera categoría para efecto
del Impuesto a la Renta: El adquiriente; y el proveedor, en los
siguientes casos:
- Cuando reciba la totalidad del importe de la operación sin haberse
acreditado el depósito respectivo.
- Cuando la venta sea realizada a través de la Bolsa de Productos.
En el retiro considerado venta: El sujeto del IGV.
En la venta de bienes inmuebles gravada con el IGV:
- El adquirente del bien inmueble cuando el comprobante de pago
que deba emitirse y entregarse por la operación, conforme a las
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normas sobre comprobantes de pago, permita ejercer el derecho a
crédito fiscal o sustentar gasto o costo para efecto tributario
- El proveedor del bien inmueble cuando: el comprobante de pago
que deba emitirse y entregarse por la operación, no permita ejercer el
derecho a crédito fiscal ni sustentar gasto o costo para efecto
tributario; o cuando reciba la totalidad del importe de la operación sin
haberse acreditado el depósito respectivo, sin perjuicio de la sanción
que corresponda al adquirente que omitió realizar el depósito
habiendo estado obligado a efectuarlo.
Para los servicios del Anexo 3:
El usuario del servicio.
El prestador del servicio, cuando reciba la totalidad del importe de
la operación sin haberse acreditado el depósito respectivo.
Monto del Depósito
Para los bienes sujetos al Sistema señalados en el Anexo 1: El
monto del depósito resultará de aplicar los porcentajes que se indican,
sobre el importe de la operación.
Para bienes sujetos al Sistema señalados en el Anexo 2: El monto
del depósito resultará de aplicar los porcentajes que se indican, sobre
el importe de la operación.
En el caso de las operaciones de venta de bienes inmuebles
gravadas con el IGV: El monto del depósito resultará de aplicar el
porcentaje de cuatro por ciento (4%) sobre el importe de la operación.
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Para los servicios sujetos al Sistema señalados en el Anexo 3: El
monto del depósito resultará de aplicar los porcentajes que se indican,
sobre el importe de la operación.
Importe de la operación
Para efectos del SPOT el importe de la operación está constituido por:
a) En el caso de operaciones de venta de bienes muebles o
inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción, al
valor de venta del bien, retribución por servicio, valor de construcción
o valor de venta del inmueble determinado, aun cuando la operación
no estuviera gravada con dicho impuesto, más el IGV de
corresponder.
Excepcionalmente, en el caso de la venta de bienes, cuando el
importe de la operación sea inferior al valor de mercado, se
considerará éste último, incluidos el IGV e ISC según corresponda.
b) En el retiro de bienes gravados con el IGV al Valor de Mercado,
incluidos el IGV e ISC según corresponda.
c) Tratándose del traslado de bienes, al valor de mercado, incluidos el
IGV e ISC que correspondería por la venta de dichos bienes según el
caso.
Momento para efectuar el depósito
Para los bienes del Anexo N° 1: El depósito se realizará con
anterioridad al traslado de los bienes, salvo que se trate de:
El retiro considerado venta, en cuyo caso el depósito se efectuará
en la fecha del retiro o en la fecha en que se emita el comprobante de
pago, lo que ocurra primero.
Operaciones en las que se intercambian servicios de
transformación de bienes con parte del producto final de tales
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servicios, siempre que dicho producto final se encuentre comprendido
en el Anexo 1. En el presente caso, el depósito por la adquisición de
dicha parte del producto final se realizará en la fecha en que se
efectúe el pago respectivo al prestador del servicio. Para tal efecto, se
entenderá como fecha de pago a aquélla en la que se realice la
distribución del producto final entre el prestador y el usuario del
servicio o a aquélla en la que el usuario del servicio o un tercero
efectúe el retiro de la parte que le corresponde de dicho producto
final, lo que ocurra primero.
Tratándose de las operaciones sujetas al sistema
correspondientes a los bienes del Anexo N° 2: El depósito debe
realizarse:
En la venta gravada con el IGV de los bienes señalados en el
Anexo 2 o en la venta de bienes exonerada del IGV cuyo ingreso
constituya renta de tercera categoría para efecto del Impuesto a la
Renta:
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el adquirente:
Hasta la fecha de pago parcial o total al proveedor o dentro del quinto
(5°) día hábil del mes siguiente a aquel en que se efectúe la anotación
del comprobante de pago en el Registro de Compras, lo que ocurra
primero.
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el proveedor,
debido a que reciba la totalidad del importe de la operación sin
haberse acreditado el depósito respectivo: Dentro del quinto (5°)
día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe de la operación.
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el proveedor, en
el caso que la venta sea realizada a través de la Bolsa de
Productos: Hasta la fecha en que la Bolsa de Productos entrega al
proveedor el importe contenido en la póliza.
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En el retiro considerado venta:
En la fecha del retiro o en la fecha en que se emita el comprobante de
pago, lo que ocurra primero.
En la venta de bienes inmuebles gravada con el IGV:
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el adquirente del
bien inmueble: Hasta la fecha de pago parcial o total al proveedor del
bien inmueble o dentro del quinto (5°) día hábil del mes siguiente a
aquel en que se efectúe la anotación del comprobante de pago en el
Registro de Compras, lo que ocurra primero.
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el proveedor,
debido a que el comprobante de pago que deba emitirse y
entregarse por la operación, no permita ejercer el derecho a
crédito fiscal ni sustentar gasto o costo para efecto tributario:
Hasta la fecha de pago parcial o total al proveedor del bien inmueble.
- Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el proveedor del
bien inmueble, debido a que reciba la totalidad del importe de la
operación sin haberse acreditado el depósito respectivo: Dentro
del quinto (5) día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe de
la operación.
Tratándose de los servicios sujetos al sistema, comprendidos en
el Anexo 3°: El depósito se realizará:
Hasta la fecha de pago parcial o total al prestador del servicio o
dentro del quinto (5°) día hábil del mes siguiente a aquel en que se
efectúe la anotación del comprobante de pago en el Registro de
Compras, lo que ocurra primero, cuando el obligado a efectuar el
depósito sea el usuario del servicio.
Dentro del quinto (5°) día hábil siguiente de recibida la totalidad del
importe de la operación, cuando el obligado a efectuar el depósito sea
el prestador del servicio.
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Libre disposición de los montos depositados
Procedimiento general
Para solicitar la libre disposición de los montos depositados en las
cuentas del Banco de la Nación, se debe observar el siguiente
procedimiento:
Requisitos para solicitar la libre disposición
Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante
cuatro (4) meses consecutivos como mínimo, luego que hubieran sido
destinados al pago de las deudas tributarias, costas y gastos, serán
considerados de libre disposición.
No obstante, tratándose de sujetos que tengan la calidad de buenos
contribuyentes, el plazo será de dos (2) meses consecutivos como
mínimo, siempre que el titular de la cuenta tenga tal condición a la
fecha en que solicite a la SUNAT la libre disposición de los montos
depositados en las cuentas del Banco de la Nación.
Presentación de la solicitud
El titular de la cuenta deberá presentar ante la SUNAT una "Solicitud
de libre disposición de los montos depositados en las cuentas del
Banco de la Nación", entidad que evaluará que el solicitante no haya
incurrido en alguno de los siguientes supuestos:
- Tener deuda pendiente de pago. La Administración Tributaria no
considerará en su evaluación las cuotas de un aplazamiento y/o
fraccionamiento de carácter particular o general que no hubieran
vencido.
- Tener la condición de domicilio No habido.
- Haber incurrido en la infracción contemplada en el numeral 1 del
artículo 176° del Código Tributario (No presentar la declaración que
contenga la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos
establecidos).
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La evaluación de no haber incurrido en alguno de los supuestos
señalados será realizada por la SUNAT, considerando como fecha de
verificación a la fecha de presentación de la "Solicitud de libre
disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la
Nación".
Una vez que la SUNAT haya verificado que el titular de la cuenta ha
cumplido con los requisitos antes señalados, emitirá una resolución
aprobando la solicitud presentada. Dicha situación será comunicada al
Banco de la Nación con la finalidad de que haga efectiva la libre
disposición de fondos solicitada.
Plazo de presentación
La "Solicitud de libre disposición de los montos depositados en las
cuentas del Banco de la Nación" podrá presentarse ante la SUNAT
como máximo tres (3) veces al año dentro de los primeros cinco (5)
días hábiles de los meses de enero, mayo y setiembre.
Tratándose de sujetos que tengan la calidad de buenos
contribuyentes, o la calidad de agentes de retención del Régimen de
Retenciones del IGV, la solicitud podrá presentarse como máximo
seis (6) veces al año dentro los primeros cinco (5) días hábiles de los
meses de enero, marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre.
Monto considerado de libre disposición
La libre disposición de los montos depositados comprende el saldo
acumulado hasta el último día del mes precedente al anterior a aquél
en el cual se presente la "Solicitud de libre disposición de los montos
depositados en las cuentas del Banco de la Nación", debiendo
verificarse respecto de dicho saldo el requisito de los dos (2) o cuatro
(4) meses consecutivos, según sea el caso.
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Procedimiento especial
A diferencia del Procedimiento General que como su nombre es de
aplicación para todos los bienes y servicios sujetos al sistema, el
Procedimiento Especial, es aplicable únicamente tratándose de
operaciones sujetas al Sistema referidas a los bienes señalados en
los Anexos 1 y 2. En este caso se debe considerar lo siguiente:
Requisitos para solicitar la libre disposición
El titular de la cuenta podrá solicitar ante la SUNAT la libre disposición
de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación
hasta en dos (2) oportunidades por mes dentro de los primeros tres
(3) días hábiles de cada quincena, siempre que respecto del mismo
tipo de bien señalado en el Anexo 1 y Anexo 2, según el caso:
- Se hubiera efectuado el depósito por sus operaciones de compra y,
a su vez, por sus operaciones de venta gravadas con el IGV; o,
- Hubiera efectuado el depósito en su propia cuenta por haber
realizado los traslados de bienes.
Monto considerado de libre disposición
La libre disposición de los montos depositados comprende el saldo
acumulado hasta el último día de la quincena anterior a aquella en la
que se solicite la liberación de fondos, teniendo como límite, según el
caso:
El monto depositado por sus operaciones de compra gravadas
con IGV, efectuado durante el periodo siguiente:
- Hasta el último día de la quincena anterior a aquélla en la que se
solicite la liberación de los fondos, cuando el titular de la cuenta no
hubiera liberado fondos anteriormente a través de cualquier
procedimiento establecido en la presente norma; o,
19
- A partir del día siguiente del último periodo evaluado con relación a
una solicitud de liberación de fondos tramitada en virtud al
procedimiento general o especial, según corresponda.
La suma de:
- El monto depositado por sus ventas gravadas con el IGV de
aquellos tipos de bienes trasladados, efectuado durante el periodo
señalado anteriormente, según corresponda.
- El monto resultante de multiplicar el valor FOB consignado en las
Declaraciones Únicas de Aduana que sustenten sus exportaciones de
los bienes trasladados fuera del Centro de Producción, por el
porcentaje que corresponda al tipo de bien señalado en el Anexo 1
materia de exportación, según sea el caso. Para tal efecto, se
considerarán las exportaciones embarcadas durante el periodo
señalado en el inciso i), según corresponda.
Ingreso como recaudación de los montos depositados
Los montos depositados serán ingresados como recaudación cuando
respecto del titular de la cuenta se presente cualquiera de las
situaciones:
a) Las declaraciones presentadas contengan información no
consistente con las operaciones por las cuales se hubiera efectuado
el depósito, salvo que éstas sean subsanadas mediante la
presentación de una declaración rectificatoria, con anterioridad a
cualquier notificación de la SUNAT sobre el particular:
El importe de las operaciones gravadas con el IGV que se consigne
en las declaraciones de dicho impuesto, sea inferior al importe de las
operaciones de venta y/o prestación de servicios respecto de las
cuales se hubiera efectuado el depósito.
20
Importe de los ingresos gravados con el Impuesto a la Renta que
se consigne en las declaraciones de dicho impuesto, sea inferior al
importe de las operaciones de venta y/o prestación de servicios por
los cuales se hubiera efectuado el depósito.
b) Tenga la condición de domicilio fiscal no habido de acuerdo con las
normas vigentes.
c) No comparecer ante la Administración Tributaria o comparecer
fuera del plazo, siempre que la comparecencia esté vinculada con
obligaciones tributarias del titular de la cuenta.
d) Haber incurrido en las infracciones contempladas en el numeral 1
del artículo 174º, numeral 1 del artículo 175º, numeral 1 del artículo
176º, numeral 1 del artículo 177º y el numeral 2 del artículo 178º del
Código Tributario.
e) Se considerará la omisión a la presentación de las declaraciones
correspondientes a los siguientes conceptos, salvo que el titular de la
cuenta subsane dicha omisión hasta la fecha de verificación por parte
de la SUNAT:
IGV – Cuenta propia.
Retenciones y/o percepciones del IGV.
Impuesto Selectivo al Consumo.
Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría.
Anticipo adicional del Impuesto a la Renta.
Regularización del Impuesto a la Renta de tercera categoría.
Régimen Especial del Impuesto a la Renta.
Retenciones del Impuesto a la Renta de quinta categoría.
Impuesto Extraordinario de Solidaridad – Cuenta propia.
Contribuciones a ESSALUD.
21
Los montos ingresados como recaudación serán utilizados por la
SUNAT para cancelar las deudas tributarias que el titular de la cuenta
mantenga en calidad de contribuyente o responsable, así como las
costas y gastos.
Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno
Central aplicado al Transporte Público de Pasajeros Realizado por
Vía Terrestre
Específicamente estará sujeto al Sistema el servicio de transporte
público de pasajeros realizado por vía terrestre, así como lo indica el
Anexo 3, en la medida que el vehículo transite por las garitas o puntos
de peaje señaladas (Anexo 4).
Sujetos obligados a efectuar el depósito
En el caso de servicio de transporte de personas, que señala el anexo
3, será el transportista el sujeto obligado a pagar el monto del
depósito a la Administradora de Peaje, en el momento que deba
efectuar el pago del peaje en las garitas o puntos de peaje señalados.
Monto del Depósito
En el caso de transporte público de pasajeros realizado por vía
terrestre el monto del depósito será determinado cada vez que el
vehículo, transite por una de las garitas o puntos de peaje señalados,
siendo calculado dicho monto de acuerdo a lo siguiente:
a) S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo,
tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de
peaje en ambos sentidos del tránsito.
b) S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo,
tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de
peaje en un solo sentido del tránsito.
22
Destino de los montos depositados en la cuentas de
detracciones
Los depósitos efectuados servirán exclusivamente para el pago de las
deudas tributarias que mantenga el titular de la cuenta en calidad
contribuyente o responsable, así como de las costas y gastos.
En ningún caso se podrá utilizar los fondos de las cuentas para el
pago de obligaciones de terceros.
En el presente trabajo de investigación se demostrará la incidencia
negativa actual del análisis efectuado al sistema de detracciones en la
situación financiera de la empresa, y debido a las propuestas que se
presentarán más adelante se podrá observar el cambio positivo de
estas incidencias, lo cual se realizará a través del Análisis Financiero.
ANÁLISIS FINANCIERO
Definición del Análisis Financiero
El análisis financiero es la utilización de los Estados Financieros para
analizar la utilización y desempeño financieros de una compañía, así
como para evaluar el desempeño financiero futuro.
El Análisis de Estados Financieros se debe llevar a cabo tomando en
cuenta el tipo de empresa (Industrial, Comercial o de Servicios) y
considerando su entorno, su mercado y demás elementos cualitativos.
Importancia del análisis financiero
Con el análisis financiero se evalúa la realidad de la situación y
comportamiento de una entidad, esto tiene carácter relativo, pues no
existen dos empresas iguales ni en actividades, ni en tamaño, cada
una tiene las características que la distinguen y lo positivo en unas
puede ser perjudicial para otras. Por lo que el uso de la información
contable para fines de control y planificación es un procedimiento
23
sumamente necesario. Esta información por lo general muestra los
puntos fuertes y débiles, que deben ser reconocidos para adoptar
acciones correctivas y los fuertes deben ser atendidos para utilizarlos
como fuerzas facilitadas en la actividad de dirección.
Aunque los estados financieros representan un registro del pasado, su
estudio permite definir guías para acciones futuras. Es innegable que
la toma de decisiones depende en alto grado de la posibilidad de que
ocurran ciertos hechos futuros los cuales pueden revelarse mediante
una correcta interpretación de los estados que ofrecen la contabilidad.
Objetivos del Análisis Financiero
Conocer, estudiar, comparar y analizar las tendencias de las
diferentes variables financieras que intervienen o son producto de las
operaciones económicas de la empresa.
Evaluar la situación financiera de la organización; es decir, su
solvencia y liquides, así como su capacidad para generar recurso.
Verificar la coherencia de los datos informados en los Estados
Financieros con la realidad económica y estructural de la empresa.
Tomar decisiones de inversión y crédito, con el propósito de
asegurar su rentabilidad y recuperabilidad.
Determinar el origen y las características de los recursos
financieros de la empresa: de donde provienen, como se invierten y
que rendimiento generan o se puede esperar de ellos.
Calificar la gestión de los directivos y administradores, por medio
de evaluaciones globales en la forma en que han sido manejado sus
activos y planificada la rentabilidad, solvencia y capacidad de
crecimiento del negocio.
24
Alcance del análisis financiero
El alcance del análisis estará en función de los usuarios, que son los
que tienen las necesidades de información y que deberán ser
satisfechas por el análisis.
Si son inversionistas, el análisis deberá estar orientado a brindarles
información que les ayude a decidir si comprar, vender o retener sus
inversiones.
Si son accionistas, el análisis deberá estar orientado a brindarles
información que les permita conocer la capacidad de la empresa para
continuar en el tiempo y para generarles dividendos.
Si se trata de empresas prestamistas, el análisis deberá estar
orientado a brindarles información que les permita conocer la
capacidad de la empresa para efectuar el repago de sus créditos y la
capacidad para hacer frente al pago de intereses.
Si se trata de proveedores, el análisis deberá estar orientado a
brindarles información que les permita conocer la capacidad de la
empresa para pagar sus créditos y su capacidad para continuar en el
tiempo ya que ello podría afectar también la continuidad de los
proveedores.
En pocas palabras, el alcance que le podemos dar al análisis de los
estados financieros, estará en función de las necesidades de
información que se busque satisfacer, dentro de las limitaciones que
son inherentes tanto a la información utilizada para el análisis como a
las de las herramientas empleadas.
Métodos del análisis financiero
Los métodos de análisis financiero se consideran como los
procedimientos utilizados para simplificar, separar o reducir los datos
descriptivos y numéricos que integran los estados financieros, con el
25
objeto de medir las relaciones en un solo periodo y los cambios
presentados en varios ejercicios contables.
De acuerdo con la forma de analizar el contenido de los estados
financieros, existen diferentes métodos:
Análisis Vertical
Se emplea para analizar estados financieros como el Estado de
Situación Financiera y el Estado de Resultados, comparando las cifras
en forma vertical. Además estudia las relaciones entre los elementos
contenidos en un solo grupo de estados financieros, utilizándose dos
métodos:
a) Método de reducción de los estados financieros a por cientos
(porcentajes)
Consiste en expresar en porcentajes las cifras de un estado
financiero. Indica la proporción en que se encuentran invertidos en
cada tipo o clase de activo los recursos totales de la empresa, así
como la proporción en que están financiados, tanto por los acreedores
como por los accionistas de la misma.
Un Estado de Situación Financiera a través de este método indica la
proporción en que se encuentran invertidos en cada tipo o clase de
activo, los recursos totales de la empresa, así como la proporción en
que están financiados, tanto por los acreedores como por los
accionistas de la misma.
En el Estado de Resultados elaborado en porcentajes, se muestra el
porcentaje de participación, de las diversas partidas de costos y
gastos, así como el porcentaje que representa la utilidad obtenida,
respecto de las ventas totales.
Este procedimiento toma como base, la regla matemática que se
enuncia diciendo que “Él todo es igual a la suma de sus partes”, de
donde al todo se le asigna un valor igual al 100% y a las partes un
porcentaje relativo.
26
b) Método de razones o coeficientes
Es uno de los instrumentos más usados para realizar Análisis
Financiero de entidades es el uso de las Razones Financieras, ya que
estas pueden medir en un alto grado la eficacia y comportamiento de
la empresa. Estas presentan una perspectiva amplia de la situación
financiera, puede precisar el grado de Liquidez, de Rentabilidad, el
Apalancamiento Financiero, la Cobertura y todo lo que tenga que ver
con su actividad.
Constituyen un método parta conocer hechos relevantes acerca de las
operaciones y situación financiera de una empresa.
Los ratios se clasifican de la siguiente manera:
- Razones de Liquidez
La liquidez de una empresa es juzgada por la capacidad para saldar
las obligaciones a corto plazo que se han adquirido a medida que
éstas se vencen.
Se refieren no solamente a las finanzas totales de la empresa, sino a
su habilidad para convertir en efectivo determinados Activos y Pasivos
corrientes. Un activo líquido es aquel que puede convertirse en
efectivo a un valor justo de mercado. Las razones de liquidez,
muestran la relación que existe entre el efectivo de una empresa y sus
demás activos circulantes con sus pasivos circulantes.
Liquidez corriente
Se calcula dividiendo los activos circulantes entre los pasivos
circulantes e indica el grado en el cual los pasivos circulantes quedan
cubiertos por los activos circulantes se espera que se conviertan en
efectivo en el futuro cercano. Es el mejor indicador de la medida en
que los derechos de los acreedores a corto plazo quedan cubiertos
por los activos que se espera se conviertan en efectivo, ya que es la
27
medida de solvencia a corto plazo que se utiliza con mayor
frecuencia.
𝐿𝑖𝑞𝑢𝑖𝑑𝑒𝑧 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 =𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒
𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒
Prueba ácida
Esta es una razón más rigorista que la anterior, dado que elimina de
los activos de pronta recuperación los inventarios; lo anterior en virtud
de que se requiere de un tiempo mayor para poder convertirlos en
efectivo.
𝑃𝑟𝑢𝑒𝑏𝑎 á𝑐𝑖𝑑𝑎 =𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝐸𝑥𝑖𝑠𝑡𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎𝑠
𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒
Capital de trabajo
Es el excedente del activo circulante sobre el pasivo circulante.
El Capital de Trabajo, es lo que le queda a la empresa después de
pagar sus deudas inmediatas, es la diferencia entre los Activos
Corrientes menos Pasivos Corrientes; algo así como el dinero que le
queda para poder operar en el día a día o hacer frente a las
contingencias.
Otra manera de medir la capacidad de pago de una empresa para
cubrir sus obligaciones a corto plazo, es mediante la determinación de
su capital de trabajo, el cual se obtiene de la siguiente forma:
𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑇𝑟𝑎𝑏𝑎𝑗𝑜 = 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒.
28
- Razones de Solvencia o Endeudamiento
Las razones de solvencia permiten diagnosticar la cuantía y la calidad
de los compromisos de pago adquiridos (deudas corrientes y no
corrientes).
Razón de endeudamiento sobre el Activo
Indica el grado de endeudamiento de una empresa, en relación a las
respuestas de sus Activos.
𝑅𝑎𝑧ó𝑛 𝑑𝑒 𝐸𝑛𝑑𝑒𝑢𝑑𝑎𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜 =𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙
𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙
Razón de endeudamiento sobre el Patrimonio
Muestra la relación existente entre los fondos obtenidos desde
terceros (pasivos en general) y los fondos propios Patrimonio.
𝑅𝑎𝑧ó𝑛 𝑒𝑛𝑑𝑒𝑢. 𝑠𝑜𝑏𝑟𝑒 𝑒𝑙 𝑃𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚. =𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙
𝑃𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚𝑜𝑛𝑖𝑜 𝑁𝑒𝑡𝑜
- Razones de Actividad
Las razones que conforman este grupo tienen como objetivo medir el
aprovechamiento que de sus activos está haciendo la empresa.
Rotación de Activo Total
Este índice refleja la eficiencia con la que están siendo utilizados los
activos de la empresa para generar ventas. Indica las ventas que
genera cada peso, que se encuentra invertido en el activo. Es una
razón que hay que tratar de maximizar, ya que una mayor rotación del
activo significa un mejor aprovechamiento del mismo.
𝑅𝑜𝑡𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑑𝑒 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 =𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠 𝑁𝑒𝑡𝑎𝑠
𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙
29
Análisis Horizontal
Es un procedimiento que consiste en comparar estados financieros
homogéneos en dos o más periodos consecutivos, para determinar
los aumentos y disminuciones o variaciones de las cuentas, de un
periodo a otro. Este análisis es de gran importancia para la empresa,
porque mediante él se informa si los cambios en las actividades y si
los resultados han sido positivos o negativos; también permite definir
cuáles merecen mayor atención por ser cambios significativos en la
marcha. A diferencia del análisis vertical que es estático porque
analiza y compara datos de un solo periodo, este procedimiento es
dinámico porque relaciona los cambios financieros presentados en
aumentos o disminuciones de un periodo a otro. Muestra también las
variaciones en cifras absolutas, en porcentajes o en razones, lo cual
permite observar ampliamente los cambios presentados para su
estudio, interpretación y toma de decisiones.
Dentro de este tipo de análisis se pueden citar los siguientes métodos:
a) Método de aumentos y disminuciones
El procedimiento de aumentos y disminuciones o procedimientos de
variaciones, como también se le conoce, consiste en comparar los
conceptos homogéneos de los estados financieros a dos fechas
distintas, obteniendo de la cifra comparada y la cifra base una
diferencia positiva, negativa o neutra.
Su aplicación puede enfocarse a cualquier estado financiero, siempre
y cuando reúna los siguientes requisitos:
- Los estados financieros deben corresponder a la misma empresa.
- Los estados financieros deben presentarse en forma comparativa.
- Las normas de valuación deben ser las mismas para los estados
financieros que se comparan.
30
- Los estados financieros dinámicos que se comparan deben
corresponder al mismo periodo o ejercicio, mensual, semestral o
anual.
- Este procedimiento facilita a la persona(s) interesada(s) en los
estados financieros, la retención en su mente de las cifras obtenidas,
o sean las variaciones, supuesto que simplificamos las cifras
comparadas y las cifras bases, concentrándose el estudio a la
variación de las cifras.
b) Método de Tendencias
Consiste en determinar la propensión absoluta y relativa de las cifras
de los distintos renglones homogéneos de los estados financieros, de
una empresa determinada. También conocido como procedimiento de
porciento de variaciones, puede aplicarse a cualquier estado
financiero, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
- Las cifras deben corresponder a estados financieros de la misma
empresa.
- Las normas de valuación deben ser las mimas para los estados
financieros que se presentan.
- Los estados financieros dinámicos que se presentan deben
proporcionar información correspondiente al mismo ejercicio o
periodo.
- Se aplica generalmente, junto con otro procedimiento, es decir, su
aplicación es limitativo, supuesto que cada procedimiento se aplica de
acuerdo con el criterio y objetivo que persiga el analista de estados
financieros, de tal manera que generalmente, es conveniente
auxiliarse de dos o más procedimientos de análisis.
- El procedimiento de las tendencias facilita la retención y
apreciación en la mente de la propensión de las cifras relativas,
situación importante para hacer la estimación con bases adecuadas
de los posibles cambios futuros de la empresa.
31
- Para su aplicación debe remontarse al pasado, haciendo uso de
estados financieros de ejercicios anteriores, con el objeto de observar
cronológicamente la propensión que han tenido las cifras hasta el
presente.
- El procedimiento de las tendencias como los anteriores, son
procedimientos explorativos, generalmente nos indican probables
anormalidades, tal vez sospechas de cómo se encuentra la empresa,
de ahí que el analista de estados financieros debe hacer estudios
posteriores, para poder determinar las causas que originan la buena o
mala situación de la empresa recomendando, en su caso, las medidas
que a su juicio juzgue necesarias.
c) Método Gráfico
Consiste en representar por medio de gráficas, la información
previamente obtenida para el análisis. Así podemos representar la
proporción de activos, pasivos y capital en gráficas que ayuden a
visualizar la aportación de cada una de ellas al análisis.
1.6.2. Marco Conceptual
Análisis Financiero
El análisis financiero es una técnica o herramienta que, mediante el
empleo de métodos de estudio, permite entender y comprender el
comportamiento del pasado financiero de una entidad y conocer su
capacidad de financiamiento e inversión propia.
Contribución
Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados
de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo
es el caso de la Contribución al SENCICO.
32
Costas y Gastos
Las costas y gastos son los originados en el procedimiento de
cobranza coactiva, deben ser pagados a la Administración por el
ejecutado.
Deudas Tributarias
Este concepto incluye los tributos o multas, así como los anticipos y
pagos a cuenta por dichos tributos, incluidos sus respectivos
intereses, que constituyan ingreso del Tesoro Público, administradas
y/o recaudadas por la SUNAT, y las originadas por las aportaciones a
ESSALUD y a la ONP.
Estados Financieros
Son aquéllos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que
no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus
necesidades específicas de información.
Los estados financieros constituyen una representación estructurada
de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad.
El objetivo de los estados financieros es suministrar información
acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los
flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad
de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los
estados financieros también muestran los resultados de la gestión
realizada por los administradores con los recursos que les han sido
confiados.
Impuesto
Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una
contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del
Impuesto a la Renta.
33
Sistema de pago de obligaciones tributarias con el gobierno
central
El Sistema de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central o
simplemente SPOT, consiste básicamente en un mecanismo de
recaudación de impuestos mediante el cual el comprador o usuario de
determinados bienes o servicios afectos al sistema, debe depositar un
porcentaje del importe total en una cuenta del Banco de la Nación
perteneciente al propio proveedor, que servirá para realizar pagos a la
SUNAT, por concepto de tributos o multas, así como los anticipos y
pagos a cuenta por dichos tributos. Los montos depositados en las
cuentas que no se agoten durante el plazo de 4 meses consecutivos
como mínimo luego que hubieran sido destinados al pago de tributos,
serán considerados de libre disponibilidad para el titular.
Sistema Tributario
Se le llama sistema tributario al conjunto de normas y organismos
que rigen la cobranza de impuestos dentro de un país. Los impuestos
son el principal ingreso de todo gobierno, y para garantizar que el flujo
de capital se mantenga, se dictan leyes las cuales prescriben quiénes
y cómo se deben de realizar los pagos de impuestos.
Tasa
Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva
de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte
del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros
Públicos.
Transporte público de pasajeros
Se entiende como servicio de transporte público de pasajeros
realizado por vía terrestre a aquel que es prestado en vehículos de la
clase III de la categoría M3 a que se refiere el Anexo I del Reglamento
Nacional de Vehículos, siempre que dichos vehículos posean un peso
neto igual o superior a 8.5 TM y su placa de rodaje haya sido
expedida en el país.
34
Tributos
Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su
poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud
de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento
de sus fines.
1.6.3. Marco Histórico
El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno
Central-SPOT (Sistema de Detracciones), ha venido aplicándose
paulatinamente desde el año 2002 y es un mecanismo que tiene el
Estado para garantizar el pago del IGV y del Impuesto a la Renta,
entre otros tributos en sectores con alto grado de incumplimiento.
En sus inicios el Sistema venía aplicándose a productos como el
alcohol etílico, azúcar, algodón, caña de azúcar, madera, arena y
piedra, desperdicios y desechos metálicos, recursos hidrobiológicos,
bienes del inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV (cuando se haya
renunciado a la exoneración del IGV).
Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT
vigente desde el 15 de Setiembre del 2004 se introdujo la aplicación
del SPOT a una lista determinada de bienes y servicios, los cuales se
encuentran detallados en los Anexos I, II y III de la mencionada
Resolución. Los Anexos en mención han sufrido con el transcurso de
los años una serie de modificaciones e incorporaciones.
El 29 de diciembre del 2005 se publicó la Resolución de
Superintendencia N° 258-2005/SUNAT que modifica el sistema
retirando algunos bienes e incorporando nuevos servicios cuya venta,
traslado o prestación, según el caso, se encontrará comprendida en el
mismo, a partir del 01 de febrero del 2005.
35
El 01 de Febrero del 2006, mediante la Resolución de
Superintendencia Nº 073-2006/SUNAT y normas modificatorias, se
aplica el SPOT, de manera específica, al transporte de bienes
realizado por vía terrestre gravado con el IGV. Además mediante
Resolución de Superintendencia Nº 057-2007/SUNAT y normas
modificatorias se incluye el servicio de transporte público de pasajeros
realizado por vía terrestre.
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 249-2012/SUNAT, a
partir del 01 de noviembre del 2012, se amplía su aplicación a la
venta de determinados bienes exonerados del IGV, que generan renta
gravada con el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, los cuales
se encuentran especificados en Resolución de Superintendencia Nº
183-2004/SUNAT; pero desde el 01 de febrero del 2013, mediante la
publicación de la Resolución de Superintendencia Nº 022-
2013/SUNAT, se modifica dicha resolución a fin de aplicar el SPOT a
la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los
mismos, sujetándose la misma al porcentaje del 4% sobre el valor de
venta del inmueble.
Finalmente, el Sistema (SPOT) se ve ampliado en su aplicación con la
publicación de la Resolución de Superintendencia Nº 250-
2012/SUNAT efectuada el 31.10.2012, y vigente a partir del 01 de
noviembre del 2012, regulándose de manera separada la aplicación
del SPOT a los espectáculos públicos gravados con el IGV.
1.6.4. Marco Legal
Las normas legales vigentes, las cuales están relacionadas con el
tema de la investigación y son la base para la aplicación del Sistema
de Pago de Obligaciones Tributarias, se detallan a continuación:
36
Decreto Legislativo N° 940.- Sistema de Pago de Obligaciones
Tributarias con el Gobierno Central
(Publicada el 31 de diciembre de 2003)
Modifica el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el
Gobierno Central establecido por el Decreto Legislativo Nº 917.
Esta norma nos explica la finalidad de los fondos de las detracciones,
las operaciones sujetas a este sistema, cómo debe calcularse el
monto del depósito, de igual manera menciona los sujetos obligados y
el momento a efectuar dicho depósito. Así también establece la
naturaleza de las cuentas, especifica quién es el titular de la misma y
quién está a cargo del control del cumplimiento de las obligaciones y
las sanciones en caso no se cumpliera lo señalado en la presente
norma.
Normas modificatorias:
Decreto Legislativo N° 954. (Publicada el 05 de febrero de 2004).
Modificación del Decreto Legislativo Nº 940 que regula el Sistema de
Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central.
Ley N° 28605. (25 de Setiembre del 2005). Ley que modifica el
Sistema de Pagos de Obligaciones con el Gobierno Central.
Resolución de Superintendencia N° 297-2004/SUNAT. (Publicada
el 05 de diciembre de 2004). Regulan forma y condiciones para
realizar depósitos a que se refiere el Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por el
Decreto Legislativo N° 940.
Decreto Legislativo Nº 1110
(Publicado el 20 Junio del 2012). Modifica el Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo Nº 940.
37
Resolución de Superintendencia N° 254-2004/SUNAT.-
Régimen de Gradualidad Vinculado al Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central
(Publicada el 30 de octubre de 2004)
La presente norma establece a qué sanciones de multa se aplicará el
régimen por infracciones relacionadas al Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, los criterios que se
deben tomar en cuenta para graduar las sanciones, como son: la
subsanación y comunicación oportuna; así también menciona las
causales de pérdida de los beneficios del régimen y los efectos de
esto, en caso se presente por lo menos uno de los supuestos
señalados en la norma, todo esto se aplica a las infracciones
cometidas a partir del 01 de Diciembre de 2004.
Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT.- Normas
Para La Aplicación Del Sistema De Pago De Obligaciones
Tributarias Con El Gobierno Central Al Que Se Refiere El Decreto
Legislativo N° 940
(Publicada el 15 de agosto de 2004)
La presente resolución establece las operaciones sujetas al sistema,
las operaciones exceptuadas; así como el monto, sujetos obligados, y
momento para efectuar el depósito de la detracción; todo esto lo
detalla según cada actividad, como son: venta o traslado de los
bienes del Anexo I de la presente resolución, venta de los bienes
señalados en su Anexo II, y servicios que especifica en su Anexo III.
Además explica disposiciones generales como: el procedimiento a
seguir en las operaciones sujetas al sistema, los procedimientos para
solicitar la libre disposición de los montos depositados, causales y
procedimiento de ingreso como recaudación.
38
Las siguientes resoluciones modifican Resolución de
Superintendencia N° 183-2004/SUNAT:
Resolución de Superintendencia N° 207-2004/SUNAT.
(Publicada el 10 de septiembre de 2004).
Resolución de Superintendencia N° 208-2004/SUNAT. (Publicada
el 14 de septiembre de 2004). Modifican a fin de permitir la libre
disponibilidad de los montos depositados en el Banco de la Nación
cuando el contribuyente sólo tenga cuotas de un aplazamiento y/o
fraccionamiento que no hubieran vencido.
Resolución de Superintendencia N° 221-2004/SUNAT. (Publicada
el 28 de septiembre de 2004).
Resolución de Superintendencia N° 261-2004/SUNAT. (Publicada
el 30 de octubre de 2004).
Resolución de Superintendencia N° 300-2004/SUNAT. (Publicada
el 15 de diciembre de 2004).
Resolución de Superintendencia N° 064-2005/SUNAT. (Publicada
el 13 de marzo de 2005).
Resolución de Superintendencia N° 178-2005/SUNAT. (Publicada
el 22 de setiembre de 2005).
Resolución de Superintendencia N° 258-2005/SUNAT. (Publicada
el 29 de diciembre de 2005).
Resolución de Superintendencia N° 098-2008/SUNAT. (Publicada
el 19 de junio de 2008).
Resolución de Superintendencia N° 293-2010/SUNAT. (Publicada
el 31 de octubre de 2010). Modifica la R.S. N° 183-2004/SUNAT a fin
de incluir a los contratos de construcción en el sistema de pago de
obligaciones tributarias con el Gobierno Central.
Resolución de Superintendencia N° 294-2010/SUNAT. (Publicada
el 31 de octubre de 2010). Modifica la Resolución de Superintendencia
N° 183-2004, para incluir bienes en el anexo 2 (oro).
39
Resolución de Superintendencia N° 306-2010/SUNAT. (Publicada
el 11 de noviembre de 2010). Modifica la Resolución de
Superintendencia N° 183-2004, para incluir bienes en el Anexo2
(Páprika y espárragos).
Resolución de Superintendencia N° 098-2011/SUNAT. (Publicada
el 21 de abril de 2011). Modifican la resolución de Superintendencia N°
183-2004/SUNAT, para ampliar los servicios comprendidos en el
Anexo 3 sujetos al referido sistema. (Mantenimiento y Reparación de
Bienes Muebles)
Resolución de Superintendencia N° 063-2012/SUNAT. (Publicada
el 29 de marzo de 2012. Vigente desde 02 de abril de 2012). Modifican
la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, a efecto de
Incorporar a los Servicios Gravados con el Impuesto General a las
Ventas que no estaban Sujetos a dicho Sistema.
Resolución de Superintendencia Nº 265-2013/SUNAT
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de
Superintendencia N° 183-2004/SUNAT que aprobó normas para la
aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias.
Resolución de Superintendencia N° 057-2007/SUNAT.- Normas
para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones
Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto
Legislativo N° 940 al Transporte Público de Pasajeros realizado
por Vía Terrestre.
(Publicada el 18 de Marzo de 2007 y vigente a partir del 01 de
Setiembre de 2007)
La presente norma se refiere específicamente al sector de transporte
público de pasajeros realizado por vía terrestre, dentro del cual
establece las operaciones sujetas al sistema, operaciones
exceptuadas, monto del depósito, así también sujetos obligados a
pagar el monto del depósito a la Administradora de Peaje y momento
40
para cumplir con dicho pago. Señala el procedimiento de depósito en
las cuentas del Banco de la Nación de los montos cobrados por la
Administradora de Peaje y otras obligaciones a cargo de la misma.
Las siguientes resoluciones modifican Resolución de
Superintendencia N° 057-2007/SUNAT:
Resolución de Superintendencia N° 180-2007/SUNAT. (Publicada
el 29 de setiembre de 2007). Modifican Resolución de
Superintendencia N° 057-2007/SUNAT, para simplificar el
procedimiento de entrega de información y deposito a cargo de las
administradoras de peaje.
Resolución de Superintendencia N° 212-2010/SUNAT. (Publicada
el 25 de mayo de 2010). Norma que incorpora garitas o puntos de
peaje al anexo de la RS N°057-2007/SUNAT que regula la
aplicación del sistema de pago de Obligaciones Tributarias con el
Gobierno Central al servicio de Transporte de pasajeros realizado
por vía terrestre.
Resolución de Superintendencia N° 259-2010/SUNAT. (Publicada
el 28 de setiembre de 2010). Incorporan garitas o puntos de peaje
al anexo de la R.S N° 057-2007/SUNAT.
Resolución de Superintendencia N° 282-2010/SUNAT. (Publicada
el 21 de octubre de 2010). Modifican Anexo de la Resolución Nº
057-2007/SUNAT.
41
1.6.5. Marco Procedimental
El marco procedimental es la descripción textual que se realiza acerca
de un determinado tema, y para la presente investigación en estudio
es el siguiente:
Paso 1: El proveedor de los bienes o el prestador de los servicios
apertura su cuenta de detracciones en el Banco de la Nación, quién
es el titular de la cuenta y recibe abonos de sus clientes.
Paso 2: El proveedor de los bienes o el prestador de los servicios
realiza una o varias de las operaciones sujetas al sistema.
Paso 3: El proveedor emite el comprobante de pago por la operación
realizada.
Paso 4: El cliente descuenta (desvía) parte (un %) del pago al
proveedor y lo deposita en la cuenta aperturada en el Banco de la
Nación.
Paso 5: El Banco de la Nación al recibir este dinero emite una
constancia de depósito.
Paso 6: El cliente solo le cancela la diferencia de la operación al
proveedor, además le entrega la constancia de depósito de la
detracción.
Paso 7: El proveedor declara y paga sus obligaciones. Estos
depósitos en la cuenta del proveedor, solo pueden ser utilizados para
el pago de deudas tributarias, costas y gastos.
Paso 8: El adquirente o usuario podrán ejercer el derecho al crédito
fiscal en el periodo en que se anota el comprobante de pago en el
registro de compras, siempre y cuando el depósito se haya efectuado
en el momento establecido por la SUNAT, caso contrario, dicho
derecho se ejercerá a partir del periodo en que se acredite el
depósito.
42
1.7. Formulación de la Hipótesis
El Sistema de Detracciones incide de manera negativa en la situación
financiera de las empresas de transporte interprovincial de pasajeros
del distrito de Trujillo.
43
II. MATERIAL Y MÉTODOS
2.1. Material de Estudio
2.1.1. Población o Universo
21 empresas de transporte interprovincial de pasajeros del distrito de
Trujillo:
Transportes Cruz Del Sur S.A.C.
Empresa de Transporte Turístico Olano S.A.
Transportes Línea S.A.
Empresa de Transportes Turismo Directo Asegurado S.A.
Internacional de Transporte Turístico Y Servicios S.R.LTDA.
"ITTSA"
Empresa De Transportes Ave Fénix S.A.C. “EMTRAFESA”
Empresa De Transportes El Dorado S.A.C.
TRC Express S.A.C.
Turismo Erick El Rojo S.A.
Transportes Cromotex S.A.C.
Empresa de Transportes El Dorado S.A.C.
América Express S.A.
Línea Interprovincial y Turismo en Bus E.I.R.L. “LITBUS”
Transportes El Pino S.A.C. “TEPSA”
Turismo Civa S.A.C.
Expreso CIAL S.A.C
Empresa de Transporte Turismo Delta Express S.A.C.
Empresa de Transportes Agreda e Hijos S.A.
Empresa de Transportes Grupo Horna S.A.C.
Empresa de Transportes Perú Bus S.A.C
Turismo Días S.A.
2.1.2. Muestra
La Empresa de transporte Turismo Erick El Rojo S.A.
44
2.2. Métodos y Técnicas
2.2.1. Métodos
Se aplicó el método inductivo, porque se tomó una muestra
representativa, que fue la empresa Turismo Erick El Rojo S.A., por ser
una empresa mediana de transporte interprovincial de pasajeros y que
se considera que al examinarla permitió hacer generalizaciones para
toda la población.
2.2.2. Técnicas e Instrumentos
Técnicas
Técnicas de recolección de datos
- Análisis documentario
Permitió analizar la información obtenida, permitiendo identificar
objetivamente situaciones.
- Entrevistas
Se realizó a las personas relacionadas con la investigación; como
el Gerente General, Administrador y Contadora de la empresa en
estudio.
- Tabulación de cuadros
Facilitó el análisis de la información obtenida.
- Formulación de gráficos
Sirvió para expresar los datos compilados y tener una visión del
conjunto.
- Revisión bibliográfica
Comprende todas las actividades relacionadas con la búsqueda de
información.
Técnicas de procedimientos de datos
45
- Ordenamiento y clasificación
El ordenar y clasificar la información obtenida nos facilitó analizar e
interpretar el contenido recolectado.
Instrumentos
Fichas Bibliográficas
Para identificar las fuentes utilizadas. Es donde se identifica los datos
generales del libro, texto o capítulo leído.
Cuestionario
Estos se aplicaron a las personas relacionadas a la investigación a fin
de obtener información sobre el tema en estudio; como el Gerente
General, Administrador y Contadora de la empresa en estudio.
Tablas
Estos nos servió para ordenar nuestros datos obtenidos, clasificar la
información, de los cuales podremos obtener datos.
2.3. Diseño de Investigación
Los diseños utilizados en la investigación son los siguientes:
a) Descriptiva
Porque se recolectó, ordenó, analizó un conjunto de datos, con el fin
de describir apropiadamente las características de este.
b) No experimental
Porque se realizó sin manipular deliberadamente variables. Se basa
fundamentalmente en la observación y como se dan en su contexto
natural para analizarlos con posterioridad
46
III. RESULTADOS
3.1. Generalidades de la empresa
Aspectos generales
Razón Social: Turismo Erick El Rojo S.A.
Domicilio fiscal: Av. La Marina N° 305 Urb. Santa Maria Trujillo-La
Libertad.
Reseña Histórica
TURISMO ERICK EL ROJO S.A. fundada en el mes de Enero del año
1999, por decisión de los socios: Alcántara Alva Oswaldo Enrique;
Alcántara Mesías Enrique Erickson ; Alcántara Mesías Carmen del
Rocio y el Ingeniero Oswaldo Enrique Alcántara Alva, quien toma la
iniciativa de constituir la empresa, la cual desde sus inicios hasta la
actualidad se encuentra registrada como Persona Jurídica.
Quedó registrada un 22 de enero de 1999 ante el notario público Dra.
Lina Amayo Martínez.
Con experiencia en el rubro de transporte interprovincial de pasajeros
que es una gran responsabilidad, involucra esfuerzo, dedicación y
vocación de servicio, durante estos últimos años han crecido y siguen
creciendo bajo la misma filosofía, brindar el mejor servicio siempre a
precios competitivos.
Actualmente cuentan con una flota permanente de más de 30
unidades la cual se incrementa y renueva año a año.
TURISMO ERICK EL ROJO cumple con todos los requisitos
solicitados por la Superintendencia de Transporte Terrestre de
Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), cuenta con las
autorizaciones y permisos reglamentados en el servicio público, lo que
brinda a sus clientes la certeza de que su viaje resultará seguro y
placentero, con la confianza de viajar en modernas unidades con un
buen servicio.
47
Misión
Brindar un servicio rápido, seguro, con precios de acuerdo a las
características de nuestro mercado objetivo y de esta manera
maximizar el valor a largo plazo para el accionista, enfocado en un
mapeo estratégico en cumplimiento de sus objetivos teniendo como
base indicadores financieros y no financieros y satisfacer las
expectativas del personal, clientes, proveedores y público.
Visión
Ser la empresa líder en servicio de transporte de pasajeros en la
Región La Libertad otorgando un precio justo, calidad y seguridad total
a nuestros clientes.
Actividad económica empresarial
La empresa de transportes “Turismo Erick el Rojo S.A”, tiene como
giro principal el servicio de transporte interprovincial de pasajeros vía
terrestre. Además tiene actividades secundarias como el transporte de
encomiendas y la venta al por menor de combustible.
3.2. Diagnóstico del aspecto tributario actual
La empresa de transporte interprovincial Turismo Erick El Rojo S.A. es
un principal contribuyente, incorporado al Régimen de Agentes de
Retención de IGV a partir del 01 de Noviembre del 2012.
La empresa se encuentra afecto a los siguientes tributos:
Impuesto General a las Ventas.
La empresa Turismo Erick EL Rojo S.A por ser una empresa dedicada
a la prestación de servicio de trasporte terrestre de pasajeros, la
emisión de boletos de viaje utilizados como comprobante para
sustentar la prestación de su servicio brindado que se encuentra
inafecta al Impuesto General a las Ventas; por tanto se considera
ventas gravadas con el IGV el servicio de traslado de exceso de
equipaje y encomiendas.
48
Impuesto a la Renta:
La empresa realiza pagos a cuenta de Impuesto a la Renta de tercera
categoría, además cumple con efectuar retenciones correspondientes
a las rentas que abona por segunda, cuarta y quinta categoría.
Impuesto Temporal a los Activos Netos:
Le corresponde realizar el pago del Impuesto Temporal a los Activos
Netos (ITAN).
ESSALUD
El aporte a Essalud es de cargo obligatorio de la empresa, equivale al
9% de la remuneración, lo declara y paga en su totalidad
mensualmente.
ONP
La empresa efectúa la retención al trabajador, lo declara y paga en su
totalidad mensualmente.
49
3.3. Análisis del detalle de las detracciones que deberían
depositarse según administradora de peaje durante del año 2012
En el caso de la empresa, por dedicarse al transporte terrestre de
pasajeros realizado por vía terrestre el monto del depósito será
determinado cada vez que el vehículo transite por una de las garitas o
puntos de peaje; siendo calculado dicho monto según el número de
ejes y teniendo en cuenta si las garitas o puntos de peaje son en uno o
ambos sentidos. Dichos montos quedaran retenidos en una cuenta a
nombre de la empresa en el Banco de la Nación
Realizando un análisis de la cuenta de detracciones del año 2012 se
observó que durante todo el año ha quedado un saldo en la cuenta de
detracciones. El resultado se muestra en la Tabla N° 01:
50
TABLA N° 01
DETALLE DE LAS DETRACCIONES 2012 SEGÚN ADMINISTRADORA DE PEAJE
Mes de pago AUTOPISTA DEL NORTE
S.A.C
CONCESIONARIA VIAL DEL
SOL S.A. NORVIAL S.A.
PROVIAS NACIONAL
PROG. NAC.
MANT. Y C. VIAL
Total Detraccio
nes
Pago con Detraccion
es Saldo
Detracciones
200,473.50
Enero 42,336.00 9,616.00 16,112.00 192.00 68,256.00 46,466.00 222,263.50 Febrero 41,664.00 9,410.00 16,816.00 400.00 68,290.00 53,632.00 236,921.50 Marzo 41,028.00 9,316.00 15,514.00 520.00 66,378.00 30,654.00 272,645.50 Abril 41,116.00 8,700.00 15,518.00 448.00 65,782.00 27,241.00 311,186.50 Mayo 42,504.00 9,056.00 16,328.00 400.00 68,288.00 102,712.00 276,762.50 Junio 42,616.00 9,996.00 16,248.00 432.00 16.00 69,308.00 44,096.00 301,974.50 Julio 44,884.00 11,180.00 19,424.00 416.00 75,904.00 46,021.00 331,857.50 Agosto 48,032.00 10,560.00 19,190.00 432.00 78,214.00 61,404.00 348,667.50 Septiembre 46,116.00 10,944.00 18,008.00 512.00 75,580.00 72,875.00 351,372.50 Octubre 49,628.00 11,368.00 19,794.00 720.00 16.00 81,526.00 56,758.00 376,140.50 Noviembre 47,548.00 11,732.00 18,746.00 660.00 48.00 78,734.00 72,481.00 382,393.50 Diciembre 50,452.00 11,780.00 19,936.00 368.00 82,536.00 73,113.00 391,816.50 Total S/. 537,924.00 S/. 123,658.00 S/. 211,634.00 S/. 5,500.00 S/. 80.00 S/. 687453
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
51
FIGURA N° 01
DETALLE DE LAS DETRACCIONES 2012 SEGÚN
ADMINISTRADORA DE PEAJE
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
DESCRIPCIÓN:
Según la Tabla y Figura N° 01, mes a mes se ha observado un
aumento en los montos depositados en la cuenta de detracciones
debido al incremento de las actividades de la empresa; los pagos
que se han realizado con estos fondos también han aumentado
debido al incremento de sus tributos por pagar, en especial
ESSALUD y ONP porque todos los meses aumentan el número de
trabajadores; así también se mantiene un saldo en la cuenta de
detracciones, el cual no ha sido utilizado; que se sustenta en que
las administradoras de peajes no realizan los depósito de las
detracciones de manera oportuna.
0.00
10,000.00
20,000.00
30,000.00
40,000.00
50,000.00
60,000.00
Nu
evo
s So
les
Mes
AUTOPISTA DELNORTE S.A.CCONCESIONARIAVIAL DEL SOL S.A.NORVIAL S.A
PROVIASNACIONAL
52
Total
Detalle Detracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetracc Percepc EfectivoDetraccionesPercepc Efectivo General
IGV 6,937 6,937 0 0 6,937
Retenciones IGV 5,894 5,894 0 0 5,894
I. Rta 2da ctg 3,371 4,013 4,122 3,030 2,816 3,116 3,033 3,897 4,631 3,583 4,282 3,801 39,573 0 4,122 43,695
I. Rta 3ra ctg 2011 17,976 21,190 5,750 23,726 21,190 0 44,916
I. Rta 3ra ctg 2012 21,402 21,982 21,305 11,812 11,293 12,995 3,709 22,852 8,190 7,726 20,546 17,371 124,661 56,522 0 181,183
Itan 7,715 7,715 7,715 7,715 7,715 7,715 7,715 7,715 7,715 69,435 0 0 69,435
Irta 4ta Ctg 122 89 299 22 246 711 89 506 394 466 506 406 3,856 0 0 3,856
Irta 5ta Ctg 2,690 2,690 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 2,669 32,070 0 0 32,070
ONP 9,256 10,427 10,984 11,700 12,604 12,867 14,106 14,042 14,273 13,916 15,061 14,498 153,734 0 0 153,734
Essalud 12,312 14,301 15,381 1,300 41 30,488 16,202 17,564 18,735 19,378 19,219 20,742 19,804 205,426 0 41 205,467
Essalud Vida 685 710 755 805 815 790 845 845 870 910 960 955 9,945 0 0 9,945
Fraccionamiento 0 0 0 0
Intereses Rta-Itan 65 55 6 120 6 0 126
Intere. Essa y otros 35 153 26 38 217 0 35 252
Costas Procesales 104 104 0 0 104
Multas Sunat 54 566 2,857 11,045 10,124 90 11,755 12,981 0 24,736
Multas Essalud 828 0 0 828 828
TOTAL (S/.) 46,466 0 0 53,632 0 828 30,654 21,982 4,122 27,241 24,047 76 102,712 0 0 44,096 11,812 0 46,021 11,293 0 61,404 13,833 0 72,875 0 0 56,758 7,732 0 72,481 0 0 73,113 0 0 687,453 90,699 5,026 783,177
dic-12 Importejun-12 jul-12 ago-12 sep-12 oct-12 nov-12ene-12 feb-12 mar-12 abr-12 may-12
DETALLE DE PAGOS DE IMPUESTOS 2012
3.4. Análisis del detalle de pagos de tributos del año 2012
El detalle de los pagos de tributos del año 2012 es el siguiente, según Tabla N° 02:
TABLA N° 02
DETALLE DE PAGOS DE IMPUESTOS 2012
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
53
DESCRIPCIÓN:
Según la Tabla N° 02, nos muestra el pago de las obligaciones
tributarias mensuales y la manera como estas deudas han sido
afrontadas. Así tenemos que en el mes de Enero del total de la
deuda, todo ha sido cubierto con las detracciones por un monto de
S/. 46,466; en el mes de Febrero se pagó S/. 53,632 con
Detracciones y S/. 828 por concepto de multas en efectivo; en
Marzo se cubrió S/. 30,654 con detracciones, S/. 21,982 con
percepciones y S/. 4,122 en efectivo; en Abril S/. 27,241 con fondo
de detracciones, S/. 24,047 con percepciones (se afrontó una
parte del impuesto a la renta y multas), y S/. 76 por intereses en
efectivo; en el mes de Mayo se pagó S/. 102,712 con el fondo de
detracciones, este aumento significativo de obligaciones tributarias
se debió al pago de intereses y multas; en Junio S/. 44,096 se
cubrió con detracciones, y S/. 11,812 por concepto de pago a
cuenta de impuesto a la renta con percepciones; en el mes de
Julio S/. 46,021 de obligaciones tributarias se pagó con
detracciones, y S/. 11,293 por concepto de pago cuenta de
impuesto a la renta se compensó con percepciones; en Agosto se
cubrió S/. 61,404 con Detracciones, y S/. 13,833 por pago a
cuenta de impuesto a la renta y multas con percepciones; en
Septiembre se pagó S/. 72,875, es decir todas las obligaciones
con detracciones; en el mes de Octubre S/. 56,758 se pagó con
fondo de detracciones y la diferencia, es decir S/. 7,732 se
compensó con percepciones; en Noviembre se pagó toda la
obligación de S/. 72,481 con detracciones; y por último en
Diciembre, igualmente de afrontó toda la deuda de S/. 73,113 con
detracciones.
54
3.5. Análisis del porcentaje del pago de obligaciones tributarias
con el fondo de detracciones
Se realizó un análisis del porcentaje que representa el pago de
obligaciones tributarias con el fondo de detracciones, el cual se
puede observar en la tabla N° 03.
TABLA N° 03
ANÁLISIS DEL PORCENTAJE DEL PAGO DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS CON EL FONDO DE DETRACCIONES
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
MES PAGO TOTAL DE TRIBUTOS
(S/.)
PAGO DE TRIBUTOS CON DETRACCIONES
(S/.) PORCENTAJE
ENERO 46,466.00 46,466.00 100%
FEBRERO 54,459.54 53,632.00 98%
MARZO 56,758.00 30,654.00 54%
ABRIL 51,364.00 27,241.00 53%
MAYO 102,712.00 102,712.00 100%
JUNIO 55,908.00 44,096.00 79%
JULIO 57,313.58 46,021.00 80%
AGOSTO 75,237.00 61,404.00 82%
SEPTIEMBRE 72,875.00 72,875.00 100%
OCTUBRE 64,490.00 56,758.00 88%
NOVIEMBRE 72,481.00 72,481.00 100%
DICIEMBRE 73,113.00 73,113.00 100%
PROMEDIO 86%
55
FIGURA N°03
ANÁLISIS DEL PORCENTAJE DEL PAGO DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS CON EL FONDO DE DETRACCIONES
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
DESCRIPCIÓN:
La Tabla y Figura N° 03 nos muestra que porcentaje del total de
obligaciones tributarias ha sido pagado con el fondo de
detracciones; es así que en los siguientes meses: Enero, Mayo,
Septiembre, Noviembre y Diciembre fue cubierto el 100% de la
deuda tributaria con el fondo de detracciones; en el resto de
meses: Febrero el porcentaje fue de 98%, Marzo 54% del total de
la obligación, Abril 53%, Junio 79% de la deuda fue pagada con el
fondo detracciones, Julio 80%, Agosto 82% y Octubre 88%.
Con estos resultados se evidenció que del total de las obligaciones
tributarias se asumió en promedio el 85% con el fondo de
detracciones, lo cual nos demuestra que en la mayoría de meses
no se puede afrontar el total de la deuda con las detracciones,
debido a que las administradoras de peaje no depositan
oportunamente el monto de las detracciones, además en algunas
ocasiones debido al embargo de la cuenta de detracciones.
100% 98%
54% 53%
100% 79% 80%
82% 100%
88% 100% 100%
0% 20% 40% 60% 80% 100% 120%
ENERO
MARZO
MAYO
JULIO
SEPTIEMBRE
NOVIEMBRE
PORCENTAJES
MES
56
3.6. Análisis del porcentaje de ventas gravadas y no
gravadas del total de ventas
Este análisis lo podemos observar en la tabla N° 04, como se muestra
a continuación:
TABLA N° 04
ANÁLISIS DEL PORCENTAJE DE VENTAS GRAVADAS Y NO
GRAVADAS
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
MES TOTAL
VENTAS (S/.)
Ventas Gravadas
(S/.)
Porcentaje del Total de
Ventas
Ventas No gravadas
(S/.)
Porcentaje del Total de
Ventas
ENERO 2,675,194 208,329 8% 2,466,865 92% FEBRERO 2,747,745 245,917 9% 2,501,828 91% MARZO 2,030,367 240,219 12% 1,790,148 88% ABRIL 1,877,636 222,516 12% 1,655,120 88% MAYO 2,077,329 286,817 14% 1,790,512 86% JUNIO 2,022,083 222,671 11% 1,799,412 89% JULIO 2,597,810 386,509 15% 2,211,301 85% AGOSTO 3,087,538 429,255 14% 2,658,283 86% SEPTIEMBRE 2,386,986 327,149 14% 2,059,837 86% OCTUBRE 2,854,609 429,472 15% 2,425,137 85% NOVIEMBRE 2,533,907 391,393 15% 2,142,514 85% DICIEMBRE 3,510,673 493,088 14% 3,017,585 86%
57
FIGURA N° 04
ANÁLISIS DEL PORCENTAJE DE VENTAS GRAVADAS Y NO
GRAVADAS
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
La Tabla y Figura 04 nos muestran, que por ser una empresa de
transportes de pasajeros el mayor porcentaje (entre el 85% y 92%)
de sus ingresos son por venta no gravadas; es decir casi la
totalidad de sus ingresos son no gravadas y el resto de ingresos,
que representa entre el 8 y 15%, es por el envío de encomiendas y
exceso de equipaje; en consecuencia la empresa no paga IGV,
porque todos los meses le resulta crédito fiscal, dado esto no hay
necesidad de hacer uso de los fondos de detracciones para el
pago de IGV.
0
500,000
1,000,000
1,500,000
2,000,000
2,500,000
3,000,000
3,500,000
ENER
O
FEB
RER
O
MA
RZO
AB
RIL
MA
YO
JUN
IO
JULI
O
AG
OST
O
SEP
TIEM
BR
E
OC
TUB
RE
NO
VIE
MB
RE
DIC
IEM
BR
E
Ventas Gravadas (S/.)
Ventas No gravadas (S/.)
58
3.7. Diagnóstico del Estado de Situación Financiera del año 2012
EMPRESA DE TRANSPORTE TURISMO ERICK EL ROJO S.A. ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Al 31 de Diciembre de 2012 (Expresado en Nuevos Soles )
ACTIVO
PASIVO ACTIVO CORRIENTE
PASIVO CORRIENTE
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 3,902,948.50 9.0% TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 358,075.00 0.8%
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES –TERCEROS 460,544.00 1.1% REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 549,014.00 1.3% CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES 295,724.50 0.7%
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES-TERCEROS 1,406,731.00 3.3%
SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO 143,898.00 0.3% OBLIGACIONES FINANCIERA A CORTO PLAZO 4,689,269.00 10.8%
MERCADERIAS 95,612.00 0.2% CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES 102,615.00 0.2%
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 24,418.00 0.1% OTROS ACTIVOS CORRIENTES 475,088.00 1.1% ACTIVO DIFERIDO CORRIENTE 2,178,305.00 5.0% TOTAL ACTIVO CORRIENTE 7,576,538.00 17.5% TOTAL PASIVO CTE. 7,105,704.00 16.4%
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE
PASIVO NO CORRIENTE ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO 21,291,675.00 49.2% OBLIGACIONES FINANCIERAS A L. PLAZO 14,284,209.00 33.0%
INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 27,730,267.00 64.1% DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS -15,859,723.00 -36.7% TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 14,284,209.00 33.0%
ACTIVO DIFERIDO NO CORRIENTE 2,523,623.00 5.8%
TOTAL PASIVO 21,389,913.00 49.4%
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 35,685,842.00 82.5%
PATRIMONIO
CAPITAL SOCIAL 18,085,000.00 41.8%
RESULTADOS ACUMULADO 2,886,996.15 6.7%
UTILIDAD DEL EJERCICIO 900,470.85 2.1%
TOTAL PATRIMONIO 21,872,467.00 50.6%
TOTAL ACTIVO 43,262,380.00 100.0% TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 43,262,380.00 100.0%
59
FIGURA N° 05
SITUACIÓN FINANCIERA DE LA EMPRESA
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
FIGURA N° 06
FONDO DE DETRACCIONES PARTE DEL ACTIVO CORRIENTE
Fuente: Información obtenida de la empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Elaborado: Autor
50.60%
49.40%
100 % TOTAL PATRIMONIO
TOTAL PASIVO
TOTAL ACTIVO
391,816.50
3902948.5
TOTAL ACTIVOCORRIENTE
EFECTIVO YEQUIVALENTES DEEFECTIVO
FONDO DEDETRACCIONES
60
DESCRIPCIÓN:
Según el Estado de Situación Financiera y la Figura N° 05, la
empresa al 31 de diciembre del 2012 mantiene una inversión total
neta de S/. 43’262,380, conformada por partidas corrientes y no
corrientes en un 17.5% y 82.5% respectivamente; financiada con
recursos propios en un 50.6% y con recursos de terceros en un
49.4%; cuya mayor parte corresponde a obligaciones no corrientes
con un 33%.
El rubro más significativo del ACTIVO CORRIENTE está dado por
el saldo de la cuenta Efectivo y equivalente de efectivo que
representa un 9% del total activo para el año 2012; esta contiene el
saldo del efectivo, dinero en cuentas corrientes en diferentes
Instituciones Financieras y el saldo acumulado en la cuenta de
detracciones del Banco de la Nación, según como se grafica en la
Figura N° 06.
En relación al ACTIVO NO CORRIENTE destaca el rubro
Inmuebles maquinaria y equipo con un importe neto que representa
un 64.1% del total activo lo cual es muy positivo tratándose de una
empresa dedicada al transporte de pasajeros, cuya actividad
demanda brindar un óptimo servicio que responda a exigencia de
seguridad y confort por parte de su principal cliente del sector
minero y así tener una perspectiva de mejores ingresos así como
mantenerse al nivel de la competencia la cual se ha visto
incrementada con apertura de nuevas empresas.
Con respecto al total PASIVO Y PATRIMONIO, las obligaciones
financieras a corto plazo representan un importe significativo de
10.8%, así también las obligaciones a largo plazo que representan
33%, los cuales se deben a los préstamos y Leasing.
El PATRIMONIO NETO fue de S/. 21’872467, dentro del cual se
observa resultados acumulados por S/. 2’886,996.15. El Capital
social fue de S/. 18’085,000; mientras que la Utilidad obtenida en el
2012 fue de S/. 900,470.85.
61
Capital de trabajo Act. Cte.-Pas. Cte. = 7,184,721.50 - 7,105,704.00 = 79,017.50
DIAGNOSTICO DE LA SITUACION FINANCIERA DE LA
EMPRESA DISCRIMINANDO EL FONDO DE
DETRACCIONES
El análisis de ratios se aplicará sin considerar el saldo de
detracciones, el cual se encuentra incluido en la cuenta Efectivo y
Equivalentes de Efectivo; no se tomará en cuenta por ser un fondo
sujeto a restricciones ya que sólo se utiliza para el pago de
obligaciones tributarias, mas no se puede cubrir otro tipo de pasivos ni
se puede utilizar para posibles inversiones.
1. Ratios de Liquidez:
Capital de trabajo:
La empresa en el año 2012 tenía un Capital de trabajo de S/.
79,017.50, es decir el Activo Corriente excedía al Pasivo Corriente.
Al estar el fondo detracciones sujeto a restricción, es decir la empresa
no puede utilizar a su libre albedrío el efectivo de su cuenta de
detracciones, la empresa no lo podrá considerar como parte de su
capital de trabajo, puesto que, esta solo podrá afrontar con este fondo
deudas vinculadas a obligaciones tributarias, mas no podrá invertir
dichos fondos en la compra de bienes o servicios.
Es así que el saldo de la cuenta de detracciones de 391,816.50
nuevos soles, se califica como efectivo en estado de ocio, no
formando así parte del capital de trabajo de la empresa.
62
Activo Corriente = 7,184,721.50
Pasivo Corriente 7,105,704.00=Liquidez corriente 1.01
Act. Cte - Existencias 4,267,400.50
Pasivo. Cte 7,105,704.00=Prueba Ácida 0.60=
Pasivo Total 21,389,913.00
Activo Total 42,870,563.50= 50%=Endeudamiento
del Activo
Liquidez corriente:
La empresa tenía en activo corriente 1.01 veces más grande que el
pasivo corriente, que a su vez se puede interpretar que la empresa
por cada nuevo sol de pasivo corriente tenía 1.01 soles de activo
corriente para cubrir esos pasivos.
Encontrándose este ratio en un nivel normal.
Prueba ácida:
Durante el año 2012 la empresa pudo afrontar el nivel de sus deudas
corrientes en 0.60 nuevos soles por cada sol de pasivo corriente.
Alcanzando este ratio en el año 2012 un nivel bajo en la empresa,
puesto que la empresa se encontraba sujeta a la venta de sus
existencias para así poder cubrir el nivel total de sus pasivos
corrientes, existiendo por tanto la incertidumbre y riesgo de posibles
lapsos de insolvencia financiera.
2. Ratios de solvencia
Ratio de Endeudamiento del Activo:
La empresa en el año 2012 tenía una dependencia financiera del
50.00% frente a sus acreedores, esto quiere decir que el 50.00% de
los activos totales ha sido financiado por los acreedores externos.
Teniendo una autonomía financiera de 50.00%
63
Pasivo Total 21,389,913.00
Patrimonio 21,872,467.00= 0.98=Endeudamiento
Patrimonial
Apalancamiento Activo Total 42,870,563.50
Patrimonio 21,872,467.00= 1.96=
Se evidencia que la empresa recurre en forma proporcional tanto a
sus acreedores internos como a sus acreedores externos, esto con
motivo a su alto índice de endeudamiento financiero a causa de los
leasing y préstamos que mantiene la empresa con entidades
financieras por la adquisición de nuevas unidades de transporte y al
alto porcentaje de capital de trabajo que los accionistas a través de
los años han inyectado a la empresa.
Ratio de Endeudamiento Patrimonial:
El presente ratio nos permite saber que en el año 2012 la empresa
tenía comprometido su patrimonio 0.98 veces con respecto a su
pasivo total.
Con respecto a este ratio se puede observar, que la empresa cuenta
con el patrimonio suficiente para afrontar la totalidad de sus pasivos.
Ratio de Apalancamiento:
La empresa durante el año 2012 ha producido 1.96 nuevos soles por
cada nuevo sol invertido por sus fuentes internas – socios de la
empresa.
64
PROPUESTA PARA MEJORAR LA SITUACIÓN FINANCIERA DE
LA EMPRESA TURISMO ERICK EL ROJO S.A.
a) Control a las administradoras de peaje
Análisis de la situación
Las administradoras de peajes como agentes recaudadoras de las
detracciones en cada garita o punto de peaje, deberían cumplir sus
funciones y obligaciones en los plazos establecidos según lo señalado
en la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 057-2007/SUNAT,
Art N° 6 PROCEDIMIENTO DE DEPÓSITO EN LAS CUENTAS DEL
BANCO DE LA NACIÓN DE LOS MONTOS COBRADOS POR LA
ADMINISTRADORA DE PEAJE, que a la letra prescribe:
La Administradora de Peaje deberá depositar en el Banco de la Nación
cada uno de los montos cobrados en aplicación del Sistema, para lo
cual se seguirá el siguiente procedimiento:
6.1 La Administradora de Peaje deberá remitir a la SUNAT, dentro de
los siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que algún vehículo
de las características mencionadas en el artículo 2° haya transitado
por las garitas o puntos de peaje señalados en el Anexo,
independientemente de que el servicio que se preste con dicho
vehículo se encuentre o no sujeto al Sistema, la siguiente información:
a) Número de RUC de la Administradora de Peaje.
b) Número de RUC del transportista, de ser el caso.
c) Número de placa de rodaje del vehículo.
d) Número de ejes del vehículo.
65
e) Código de sujeción al Sistema (0: No está sujeto al Sistema; 1: Si
está sujeto al Sistema y el vehículo cuenta con medio de identificación
emitido por el MTC; 2: Si está sujeto al Sistema y el vehículo no cuenta
con medio de identificación emitido por el MTC o no es posible su
lectura).
f) Número de orden de la constancia de cobranza, consignado de
acuerdo a lo indicado en el inciso a) del numeral 5.2 del artículo 5°.
g) Número de orden del documento correspondiente al pago del peaje
e importe del mismo.
h) Monto cobrado en aplicación del Sistema o cero en caso no se haya
efectuado el cobro del monto del depósito.
i) Monto del depósito que debió ser cobrado al ser de aplicación el
Sistema. Esta casilla se llenará incluso en el caso que se haya
efectuado el cobro.
j) Código de garita o punto de peaje.
k) Código de caseta de peaje.
l) Código de cobro de peaje (0: Cobro en garitas o puntos de peaje
que realizan el cobro del peaje en un solo sentido del tránsito; 1:
Cobro en garitas o puntos de peaje que realizan el cobro del peaje en
ambos sentidos del tránsito).
ll) Fecha de emisión de la constancia de cobranza.
m) Hora de emisión de la constancia de cobranza.
Sin embargo las administradoras de peajes, actualmente no vienen
cumpliendo con sus labores de manera eficiente y oportuna,
ocasionando el atraso en los depósitos de detracciones en las cuentas
del banco de la nación de las empresas dedicadas al rubro de
66
transporte interprovincial de pasajeros, por tal motivo se debería
realizar un control mucho más eficiente a este tipo de entidades, con el
fin de no perjudicar a las empresas sujetas a esta modalidad de
recaudación de las detracciones.
Propuesta
Debido al incumplimiento de la norma o cumplimiento inoportuno, se
deberían incorporar al capítulo III de la norma, parte en donde se
refiere a las Administradoras de peaje, Infracciones y Sanciones en
relación a los plazos de depósito de los montos cobrados en aplicación
del Sistema, como se mencionó anteriormente existen mas no se
cumplen a cabalidad; además debería existir un órgano que supervise
a las Administradoras de Peaje y que controle específicamente el
cumplimiento de estas normas. Para que de esta manera exista un
trato justo, en la forma de lograr que las empresas de transporte
cumplan con la normatividad, pero que a la vez no se vean
perjudicadas debido al incumplimiento de otra parte de dicha norma.
b) Flexibilización de los requisitos para la solicitud de devolución
de los fondos de la cuenta de detracciones
Análisis de la situación
La necesidad de la flexibilización de los requisitos para la realización
de la solicitud de devolución o libre disposición de los fondos de la
cuenta de detracciones debe ser un aspecto al cual urge su
modificación, puesto que actualmente viene poniendo trabas
innecesarias para el logro de la liberación de estos fondos, al disponer
una serie de requisitos y plazos tal y como lo podemos observar en la
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 183-2004/SUNAT,
Artículo 25°.- Solicitud de libre disposición de los montos depositados
67
25.1 Procedimiento general
Para solicitar la libre disposición de los montos depositados en las
cuentas del Banco de la Nación se observará el siguiente
procedimiento:
a) Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante
cuatro (4) meses consecutivos como mínimo, luego que hubieran sido
destinados al pago de los conceptos señalados en el artículo 2° de la
Ley, serán considerados de libre disposición.
Tratándose de sujetos que tengan la calidad de buenos
contribuyentes, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 912 y normas reglamentarias, o la calidad de agentes
de retención del Régimen de Retenciones del IGV, regulado por la
Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas
modificatorias, el plazo señalado en el párrafo anterior será de dos (2)
meses consecutivos como mínimo, siempre que el titular de la cuenta
tenga tal condición a la fecha en que solicite a la SUNAT la libre
disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la
Nación.
b) Para tal efecto, el titular de la cuenta deberá presentar ante la
SUNAT una "Solicitud de libre disposición de los montos depositados
en las cuentas del Banco de la Nación", entidad que evaluará que el
solicitante no haya incurrido en alguno de los siguientes supuestos:
b.1) Tener deuda pendiente de pago. La Administración Tributaria no
considerará en su evaluación las cuotas de un aplazamiento y/o
fraccionamiento de carácter particular o general que no hubieran
vencido.
b.2) Encontrarse en el supuesto previsto en el inciso b) del numeral
9.3 del artículo 9° de la Ley.
68
b.3) Haber incurrido en la infracción contemplada en el numeral 1 del
artículo 176° del Código Tributario, a que se refiere el inciso d) del
numeral 9.3 del artículo 9° de la Ley.
c) La "Solicitud de libre disposición de los montos depositados en las
cuentas del Banco de la Nación" podrá presentarse ante la SUNAT
como máximo tres (3) veces al año dentro de los primeros cinco (5)
días hábiles de los meses de enero, mayo y setiembre.
Tratándose de sujetos que tengan la calidad de buenos
contribuyentes, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 912 y normas reglamentarias, o la calidad de agentes
de retención del Régimen de Retenciones del IGV, regulado por la
Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas
modificatorias, la "Solicitud de libre disposición de los montos
depositados en las cuentas del Banco de la Nación" podrá presentarse
como máximo seis (6) veces al año dentro los primeros cinco (5) días
hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, setiembre y
noviembre.
Se critica la obligación de tener saldo en las cuenta de detracciones
durante 4 meses consecutivos como mínimo así como estar sujetos a
solicitar la devolución de los fondos como máximo solo tres (3) veces
al año dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de los meses de
enero, mayo y setiembre, y no durante todo el año y sin la necesidad
de tener 4 meses consecutivos saldo en la cuenta de detracciones.
Además de ser fiscalizado previamente para que puedan aceptar la
devolución.
Propuesta
La solicitud de devolución debe proceder cuando tengan dinero
acumulado durante un mes en la cuenta de detracciones del Banco de
la Nación, incluso se puede agregar la condición de que dicha solicitud
69
se presente después de haber cumplido con sus obligaciones
mensuales, y en consecuencia esta proceda siempre y cuando el
contribuyente haya cumplido con dichas obligaciones.
Además, en el caso de buenos contribuyentes o empresas que hayan
sido fiscalizados en el periodo anterior y no se les haya encontrado
ninguna irregularidad, ya no deberían ser fiscalizadas nuevamente
debido a este tipo de procedimientos.
c) Reducción de las atribuciones de la Administración Tributaria.
Análisis de la situación
La administración tributaria en merito a las atribuciones reconocidas
en el código tributario, ejerce tal atribuciones de manera abusiva
contra el contribuyente, puesto que para que dicha entidad realice la
liberación de fondos de la cuenta de detracciones se observa que ante
la mencionada solicitud, esta entidad a especie de requisito interpone
una fiscalización o verificación al deudor tributario, tratando de
encontrar siempre motivos para no realizar la liberación de los fondos
de la cuenta de detracciones, en tal sentido a la SUNAT no le basta
con que el contribuyente tenga que cumplir con una serie de requisitos
para realizar la solicitud de liberación de fondos e interponerle una
verificación o fiscalización, si no que después de todos estos
procedimientos, y de encontrar alguna causal, la SUNAT sin
autorización del deudor tributario realiza el ingreso como recaudación,
trasladando fondos depositados en la cuenta de detracciones a la
cuenta del Tesoro Público.
Así tenemos según la Resolución de Superintendencia N° 183-2004,
artículo 26, lo siguiente:
26.1 Los montos depositados serán ingresados como recaudación
cuando respecto del titular de la cuenta se presente cualquiera de las
situaciones previstas en el numeral 9.3 del artículo 9° de la Ley.
70
26.2 El Banco de la Nación ingresará como recaudación los montos
depositados en las cuentas, de acuerdo a lo señalado por la SUNAT.
26.3 Los montos ingresados como recaudación serán utilizados por la
SUNAT para cancelar las deudas tributarias que el titular de la cuenta
mantenga en calidad de contribuyente o responsable, así como las
costas y gastos a los que se refiere el artículo 2° de la Ley.
Lo que se critica en esta parte de la norma es que la Administración
tributaria hace uso de estos fondos depositados en el Banco de la
nación para cancelar las deudas tributarias del contribuyente a su
manera, sin embargo este es un fondo de la empresa, quien es la que
debe disponer en que forma pagar sus tributos; además, después de
esta recaudación debe iniciar otro procedimiento que es el extorno de
los montos ingresados como recaudación cuyo saldo no haya sido
imputado.
Propuesta
Después que la SUNAT haya fiscalizado a las empresas y encontrado
alguna irregularidad, la administración tributaria solo debe indicar al
contribuyente cuáles son sus obligaciones e inducirles al pago de
estos, mas no debe ingresar como recaudación los fondos que
contiene esta cuenta en el Banco de la Nación, debido a que el titular
de la cuenta es el contribuyente y los fondos son propiedad de él,
aunque solo pueda utilizarlos para el pago de sus tributos.
Lo que debería ser es darles plazos considerados para afrontar sus
deudas e inducir al pago como normalmente lo hace mediante
Resoluciones de multa o determinación.
71
d) Reestructuración adecuada del sistema de detracciones
dirigido por el tamaño de las empresas.
Análisis de la situación
Actualmente el sistema de detracciones se encuentra estructurado en
base a la actividad económica que realizan las empresas, sin embrago
no toma en cuenta el tamaño de las mismas, puesto que no es lo
mismo realizar la detracción a una empresa que cuenta con un
enorme capital de trabajo, que a una empresa que depende
directamente de su flujo de efectivo diario para poder seguir realizando
sus actividades. En tal sentido estas pequeñas empresas actualmente
se vienen perjudicando al quitarles liquidez de manera continua y
sistemática, no permitiendo que estas empresa tengan mayores
índices de liquidez para poder invertir y lograr un mayor crecimiento
económico – financiero. Es por ello la necesidad de orientar la
aplicación del sistema de detracciones teniendo en cuenta también el
tamaño de las empresas.
Propuesta
El SPOT afecta a toda clase de empresas que comercializan bienes o
prestan servicios afectos al sistema; sin tomar en cuenta su tamaño y
su capacidad contributiva, por lo tanto se está tratando igual a los
desiguales, ya que las tasas son muy significativas para las empresas
de bajos ingresos como lo son las microempresas, por lo cual
deberían asignarse los porcentajes por niveles según sus rangos de
ingresos. Asimismo la tasa es anti técnica porque afecta al importe
total de la operación en la cual está incluido el impuesto.
72
e) Realizar planeación tributaria en la empresa Turismo Erick el
Rojo S.A.
Análisis de la situación
Las empresas normalmente no tienen la certeza de cuánto dinero
ingresará a su cuenta de detracciones a determinada fecha, o
cuanto de ese dinero ya se depositó y cuanto está pendiente por
depositarse; debido a esto al momento de cancelar sus
obligaciones tributarias a veces les alcanza para cubrir la totalidad
de sus deudas, incluso les sobre dinero en su cuenta de
detracciones, el cual no puedo ser utilizado para cubrir otro tipo de
deudas; pero otras veces tienen que utilizar su efectivo para
terminar de cancelar, esto ocurre porque el monto de sus
detracciones no le fue suficiente para cubrir sus deudas o también
se produce por el tema del depósito inoportuno de los montos.
Propuesta
Aplicando las propuestas anteriormente mencionadas, la empresa
contaría con más disponibilidad y para saber cómo distribuiría ese
dinero la empresa debe realizar anualmente proyecciones
(presupuestos) de su nivel de ventas gravadas y no gravadas, de
su nivel de compras gravadas y no gravadas, con el fin proyectar la
totalidad de sus obligaciones tributarias y programar los recursos
para afrontar dichas obligaciones, obteniendo la estimación del
saldo mensual de su cuenta de detracciones, con lo cual establecer
el momento o las fechas aproximadas de la realización de la
solicitud de liberación de fondos de la cuenta de detracción.
Además se podría saber con cuánto dinero se va a disponer para
cubrir otras deudas o invertir en otras operaciones.
73
Capital de trabajo Act. Cte.-Pas. Cte. = 7,576,538.00-7,105,704.00 = 470,834.00
DIAGNOSTICO DE LA SITUACION FINANCIERA DE LA
EMPRESA APLICANDO LAS PROPUESTAS
Aplicando la propuesta anteriormente expuesta, la empresa contaría
con el saldo acumulado de detracciones como si fuera de libre
disponibilidad, lo cual se considerará como parte del Efectivo y
Equivalente de Efectivo, lo que repercutirá de diferentes maneras en la
situación financiera de la empresa, incidencias que se podrán observar
al realizar un nuevo análisis de ratios.
a) Ratios de Liquidez:
Capital de trabajo:
Considerando el saldo de las detracciones de libre disponibilidad, el
Capital de Trabajo sería de S/. 470,834, es decir que al igual que el
resultado anterior el Activo Corriente excedería al Pasivo Corriente.
Aunque se puede observar una diferencia de S/. 79,017 entre el
Capital de trabajo sin el saldo de detracciones que se puede apreciar
en el análisis anterior, y el Capital de Trabajo obtenido tomando en
cuenta dicho saldo como si fuera de libre disponibilidad; diferencia que
podría ser utilizada de mejor manera.
Al considerar dicho saldo de detracciones de libre disponibilidad, la
empresa podrá considerarla como parte de su Capital de Trabajo, de
esta manera se podría utilizar para la adquisición de nuevos bienes o
servicios.
74
Activo Corriente 7,576,538.00
Pasivo Corriente 7,105,704.00Liquidez corriente 1.07==
Act. Cte - Existencias 4,659,217.00
Pasivo. Cte 7,105,704.00Prueba Ácida = 0.66=
Liquidez corriente:
Con este nuevo análisis la empresa tendría un activo corriente de 1.07
veces más grande que el pasivo corriente, a su vez se puede
interpretar que la empresa por cada nuevo sol de pasivo corriente
tenía 1.07 soles de activo corriente para cubrir esos pasivos.
El aumento de este ratio en 0.05, se da porque en comparación con el
análisis realizado anteriormente, en este nuevo resultado se cuenta
con más líquido disponible; es decir al aumentar el activo corriente
como consecuencia del incremento del flujo de efectivo, debido a que
se tomó en cuenta el saldo de detracciones, se tendría una mejor
capacidad de respuesta ante compromisos de pago de las deudas
corrientes.
Prueba ácida:
Con el aumento del activo corriente la empresa puede afrontar el nivel
de sus deudas corrientes en 0.66 nuevos soles por cada sol de pasivo
corriente, sin que la empresa dependa de la venta de sus inventarios
de manera inmediata.
El ligero aumento en este ratio de 0.06, se debe al aumento de flujo de
efectivo y como consecuencia podría cubrir mejor sus pasivos
corrientes ante posibles eventualidades sin la necesidad de tener que
realizar sus inventarios, o estar sujeto a esto para poder afrontar sus
deudas.
75
Pasivo Total 21,389,913.00
Activo Total 43,262,380.00
Endeudamiento
del Activo= 49%=
Pasivo Total 21,389,913.00
Patrimonio 21,872,467.00
Endeudamiento
Patrimonial= 0.98=
b) Ratios de solvencia:
Ratio de Endeudamiento del Activo:
Con el nuevo análisis la empresa tiene una dependencia financiera del
49.00% frente a sus acreedores, esto quiere decir que el 49.00% de
los activos totales ha sido financiado por los acreedores externos.
Teniendo una autonomía financiera de 51.00%
Con el nuevo análisis se puede observar el ligero aumento de este
ratio en 1%, lo cual significa que la empresa recurre tanto a sus
acreedores internos como a sus acreedores externos para cubrir el
total de sus obligaciones, pero resaltando en esta oportunidad que la
empresa prefiere más utilizar las fuentes internas a las externas.
Ratio de Endeudamiento Patrimonial:
El presente ratio nos permite saber que en el año 2012 la empresa
tendrá comprometido su patrimonio 0.98 veces con respecto a su
pasivo total.
Con respecto a este ratio se puede observar, que la empresa cuenta
con el patrimonio suficiente para afrontar la totalidad de sus pasivos.
Además no existe variación en este índice financiero.
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Activo Total 43,262,380.00
Patrimonio 21,872,467.00= 1.98=Apalancamiento
Ratio de Apalancamiento:
Con el nuevo análisis, este índice nos muestra que la empresa ha
producido 1.98 nuevos soles por cada nuevo sol invertido por sus
fuentes internas – socios de la empresa. Representando el activo 1.68
veces el patrimonio, notando con esto que el nivel de endeudamiento
aumentó en 0.02 en comparación con el análisis anterior.
77
IV. DISCUSIÓN
Según la información detallada sobre los fondos detraídos y los
pagos realizados con estos, mostrados en los cuadros N° 03, 04 y
05, se pudo observar que ese fondo de detracción acumulado se
debe a dinero no utilizado, a veces porque sus deudas mensuales
son menores a los montos depositados en sus cuentas, esto se
debe a la actividad de la empresa que es la de prestar servicio de
trasporte terrestre de pasajeros y se encuentra inafecta al Impuesto
General a las Ventas, por eso casi la totalidad de sus ingresos son
no gravadas, en consecuencia la empresa no paga IGV, porque
todos los meses le resulta crédito fiscal, dado esto no hay
necesidad de hacer uso de los fondos de detracciones para el pago
de IGV. Otras veces queda un saldo porque el depósito de esos
fondos detraídos se realizaron inoportunamente.
En vista de la situación se presentaron propuestas, que buscan
orientar y contribuir a un perfeccionamiento del sistema y de esta
manera continúe aplicándose pero de una manera justa y sin que
perjudique a las empresas. Mediante el análisis financiero realizado
a la empresa Turismo Erick el Rojo S.A., primero sin considerar el
saldo de detracciones de S/. 391,816.50 nuevos soles como parte
del Efectivo y Equivalentes de Efectivo; luego tras las propuestas el
análisis financiero realizado, tomando en cuenta el saldo y
considerándolo flujo de efectivo de libre disponibilidad, se pudo
evidenciar la incidencia de la siguiente manera: el Capital de
trabajo mostró un aumento de S/. 79,017, diferencia que podría
ser utilizada de la mejor manera. Al considerar dicho saldo de
detracciones de libre disponibilidad, la empresa podrá considerarla
como parte de su Capital de Trabajo, de esta forma se podría
utilizar para la adquisición de nuevos bienes y servicios; la Liquidez
78
corrientes aumentó en 0.05, esto refleja que se cuenta con más
líquido disponible; es decir al aumentar el activo corriente como
consecuencia del incremento del flujo de efectivo, se tendría una
mejor capacidad de respuesta ante compromisos de pago de las
deudas corrientes; el ligero aumento de 0.06 en el índice Prueba
ácida, se debe al aumento de disponibilidad y como consecuencia
podría cubrir mejor sus pasivos corrientes ante posibles
eventualidades sin la necesidad de tener que realizar sus
inventarios, o estar sujeto a esto para poder afrontar sus deudas; el
ratio de Endeudamiento del activo aumentó 1%, lo cual significa
que la empresa recurre tanto a sus acreedores internos como a sus
acreedores externos para cubrir el total de sus obligaciones, pero
al aplicar las propuestas, la empresa prefiere más utilizar las
fuentes internas a las externas; no existe variación en el ratio de
Endeudamiento Patrimonial, porque su pasivo y patrimonio no
cambian; y el Apalancamiento que muestra lo producido por cada
nuevo sol invertido por sus fuentes internas – socios, aumentó en
0.02.
Es así que el saldo de la cuenta de detracciones, se califica como
efectivo en estado de ocio; ya que no se trabaja, pero al
implementarse las propuestas presentadas anteriormente este
saldo generaría una mejor situación financiera para la empresa,
sobre todo para adquirir nuevos bienes, para cubrir obligaciones a
corto plazo o ciertas eventualidades que se puedan presentar.
Siendo así que Rodriguez Burgos Carin, en su tesis para optar el
título de contador: “El régimen de los pagos adelantados del
Impuesto General a las Ventas por concepto de detracciones y su
efecto en la liquidez de la empresa Alvarado Empresariales
S.A.C.”, arribó a la siguiente conclusión: Las empresas deben
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soportar los descuentos que el comprador o usuario les hace en su
contraprestación (Detracciones), situación que les resta liquidez y
entrampamiento en sus operaciones, sobre todo cuando los
montos detraídos se acumulan sin poder ser utilizarlos.
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V. CONCLUSIONES
1. Se valida que el Sistema de Detracciones incide de manera
negativa en la situación financiera de la empresa pero mediante la
implementación y aplicación de las propuestas presentadas, se logrará
mejorar la situación de la misma.
2. El análisis de la situación en materia de detracciones realizada por
la empresa nos ha permitido evaluar los pagos por tributos que
desfavorece la situación financiera de la misma al disminuir
sustantivamente su liquidez y fondos respectivos.
3. Se ha demostrado que el sistema de detracciones en la empresa
afecta su liquidez, en tanto disminuye su capacidad de pago, su
solvencia, así como la variación de sus deudas y su propio costo de
oportunidad de posibles inversiones al no disponer de fondos para ello.
4. Se ha logrado identificar que el sistema de detracciones afecta la
estructura financiera, porque en las comparaciones efectuadas en los
modelos expuestos en resultados se denota un efecto desfavorable.
5. Al implementar las propuestas planteadas, la empresa dispondría
de más flujo de efectivo sin restricción, para poder cubrir sus pasivos o
contingencias, además de realizar posibles inversiones, logrando una
mejora en su situación financiera, así como lo muestra el análisis
realizado.
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VI. RECOMENDACIONES
1. Proponer medidas de corrección viables que permitirían reducir e
incluso eliminar el efecto negativo que ocasiona el Sistema de
Detracciones.
2. Mantener un control constante de las obligaciones tributarias y el
pago de los mismos, para que puedan prever la disponibilidad de
efectivo ante posibles contingencias.
3. Solicitar la libre disponibilidad de sus fondos inmediatamente
después de haber cumplido con pagar las obligaciones tributarias
para que puedan obtener más flujo disponible, de esta manera afrontar
sus pasivos y tener oportunidad de realizar nuevas inversiones.
4. Implementar el análisis financiero como una herramienta de control
periódico en la que puedan conocer por qué la empresa está en la
situación que se encuentra y proyectar soluciones o alternativas para
enfrentar los problemas surgidos.
5. Contribuir a la aplicación de las propuestas presentadas, así poder
contrarrestar los efectos negativos del Sistema de detracciones, y
lograr un menor impacto sobre la situación financiera.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
LIBROS
1. Abanto Bromley, M. (2009). Criterios vinculados con el sistema de
detracciones sobre el IGV. Lima.
2. Apaza Meza, M. (2004). Regímenes de detracciones, percepciones
y retenciones. Lima.
3. Asesor Empresarial. (2011). Manual Tributario, Lima.
4. Actualidad Empresarial. (2013). Manual de Detracciones,
retenciones y percepciones. Lima.
5. Cossío Carrasco, V. (2011). Escenario 2012 para las retenciones,
percepciones y detracciones. Lima.
6. Entrelineas. (2007). Detracciones, Percepciones y Retenciones.
Lima.
7. Garrido Miralles, P. y Iñinguez Sanchez, R. (2010). Elaboración e
interpretación de la información financiera. Madrid.
8. Flores Soria, J. (2008). Análisis e interpretación de Estados
Financieros. Lima.
REVISTAS
1. Actualidad Empresarial. (2011). Actualidad Tributaria. Lima.
2. Informativo Caballero Bustamante. (2012). Detracciones. Lima.
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PAGINAS WEB
1. Consultado el 23 de Febrero de 2014:
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2. Consultado el 02 de Marzo de 2014:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=sectio
n&id=12&Itemid=100532
3. Consultado el 02 de Marzo de 2014:
http://www.mtc.gob.pe/estadisticas/index.html
4. Consultado el 08 de Marzo de 2014:
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&vie
w=article&id=713:ique-es-el-sistema-de-detracciones-del-
igv&catid=111:informacion-general&Itemid=184
5. Consultado el 08 de Marzo de 2014:
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&vie
w=section&layout=blog&id=12&limitstart=20
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ANEXOS
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FICHA DE ENTREVISTA
Objetivo: El presente tiene por objetivo conocer de qué manera el
sistema de detracciones influye en la empresa Turismo Erick El Rojo
S.A.
Dirigido a: Gerente General, Administrador y Contadora de la
empresa Turismo Erick El Rojo S.A.
Preguntas de entrevista:
1) ¿Cuándo empezó a funcionar la empresa?
2) ¿Cuáles son las actividades de la empresa?
3) ¿Cuáles cree que son las principales fortalezas y deficiencias de la
empresa?
4) ¿Tienen frecuentemente problemas de liquidez?
5) ¿Cómo considera su nivel de ingresos actualmente?
6) ¿Realizan planeamientos tributarios?
7) ¿Cree Ud. que las operaciones afectas al Sistema de Detracciones
están establecidas correctamente?
8) ¿De qué manera considera Ud. que la aplicación del Sistema de
Detracciones afecta financieramente a su empresa?
9) ¿Tienen inconvenientes con la aplicación del sistema de
detracciones?
10) ¿Le depositan oportunamente los fondos detraídos?