Post on 08-Apr-2020
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
Tesis presentada como requisito para optar por el título de
Ingeniería en Tributación y Finanzas
TEMA:
“Guía de prevención de glosas tributarias por rubros de gastos a Inalecsa 2015 – 2017”
AUTOR:
Darío Andrés Delgado Romero
TUTOR:
Ing. Jean Steve Carrera López
Palabras claves:
LEY, TRIBUTACIÓN, SANCIÓN, GLOSAS
Guayaquil, abril del 2019
II
REPOSITORIO
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIAS Y TECNOLOGÍA
FICHA DE REGISTRO DE TESIS
TITULO: GUIA DE PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE GASTOS A INALECSA
2015 – 2017.
AUTOR:
DARÍO ANDRÉS DELGADO ROMERO
TUTOR: ING. JEAN STEVE CARRERA LÓPEZ
REVISOR:
INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD: CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA: INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
FECHA DE PUBLICACIÓN: No. DE PAGINAS:90
ÁREA TEMÁTICA: TRIBUTACIÓN
PALABRAS CLAVES: ley, tributación, sanción, glosas.
RESUMEN
La presente investigación trata sobre el estudio de los gastos en la empresa INALECSA. Esto con el fin de que
se analice la prevención de glosas por parte de la administración tributaria. El contexto en el cual se desarrolla
el problema de estudio es el que la empresa ha sido glosada por motivo de la no observancia de los límites en
los gastos estipulados en la ley fiscal. Considerando lo mencionado, se realizó un levantamiento de la
información mediante entrevistas y el estudio de los principales gastos que la empresa maneja. Se llegó a la
conclusión de que existían diferencias entre los valores declarados por el contribuyente y los valores que la ley
permite. La información levantada sirvió de orientación para la elaboración de una guía tributaria que permita
el cumplimiento eficiente de la normativa tributaria.
No. DE REGISTRO (En base de datos): No. DE CLASIFICACIÓN:
DIRECCIÓN URL (Tesis en web)
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☒ SI
NO
ANDRÉS DELGADO
Teléfono
0982457115
e-mail:
andres.delgado.romero@gmail.com
CONTACTO DE LA INSTITUCIÓN
NOMBRE:
TELÉFONO:
III
CERTIFICACIÓN DE ANTIPLAGIO
Para fines académicos, CERTIFICO: Que el trabajo de titulación GUIA DE
PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE GASTOS A
INALECSA 2015 – 2017, presentado por el egresado: DARÍO ANDRÉS DELGADO
ROMERO, tiene 5 % de Coincidencias y Referencias según el informe del sistema de
Ing. Jean Steve Carrera López
C.I. 0914168752
e-mail: jean.carreralo@ug.edu.ec
IV
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
Habiendo sido nombrado, Ing. Jean Steve Carrera López, como tutor de tesis de grado como
requisito para optar por el título de Ingeniero en Tributación y Finanzas presentado por el
egresado DARÍO ANDRÉS DELGADO ROMERO con C.I. 0930163738, con el tema de
GUIA DE PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE GASTOS A
INALECSA 2015 – 2017.
Certifico que he revisado y aprobado en todas sus partes, encontrándose apto para sustentación:
Ing. Jean Steve Carrera López
C.I. 0914168752
e-mail: jean.carreralo@ug.edu.ec
V
DEDICATORIA
A mis padres, por ser soporte y guía en el proceso comenzado hace cinco años.
Gracias por su amor incondicional y por ayudarme a levantarme en mis caídas.
VI
AGRADECIMIENTOS
A mi tutor, por su paciencia y compromiso en la enseñanza.
A mis profesores, por aportar con sus conocimientos y experiencias.
VII
LICENCIA GRATUITA INTRANSFERIBLE Y NO
EXCLUSIVA PARA EL USO NO COMERCIAL DE LA OBRA
CON FINES NO ACADÉMICOS
Yo, DARIO ANDRÉS DELGADO ROMERO con C.I. No. 0930163738, certifico que
los contenidos desarrollados en este trabajo de titulación, cuyo título es “GUÍA DE
PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE GASTOS A
INALECSA” son de mi absoluta propiedad y responsabilidad Y SEGÚN EL Art. 114 del
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS,
CREATIVIDAD E INNOVACIÓN*, autorizo el uso de una licencia gratuita intransferible y
no exclusiva para el uso no comercial de la presente obra con fines no académicos, en favor
de la Universidad de Guayaquil, para que haga uso del mismo, como fuera pertinente
__________________________________________
DARIO ANDRÉS DELGADO ROMERO
C.I. No. 0930163738
*CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN (Registro Oficial
n. 899 - Dic./2016) Artículo 114.- De los titulares de derechos de obras creadas en las instituciones de educación superior y centros
educativos.- En el caso de las obras creadas en centros educativos, universidades, escuelas politécnicas, institutos superiores
técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores, e institutos públicos de investigación como resultado
de su actividad académica o de investigación tales como trabajos de titulación, proyectos de investigación o innovación, artículos
académicos, u otros análogos, sin perjuicio de que pueda existir relación de dependencia, la titularidad de los derechos
patrimoniales corresponderá a los autores. Sin embargo, el establecimiento tendrá una licencia gratuita, intransferible y no
VIII
TABLA DE CONTENIDO
1 REPOSITORIO ............................................................................................................. II
CERTIFICACIÓN DE ANTIPLAGIO ........................................................................ III
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR ................................................................................ IV
DEDICATORIA ............................................................................................................ V
AGRADECIMIENTOS ............................................................................................... VI
TABLA DE CONTENIDO ....................................................................................... VIII
ÍNDICE DE TABLAS ............................................................................................... XII
ÍNDICE DE FIGURAS............................................................................................. XIII
INDICE DE ANEXOS .............................................................................................. XIV
RESUMEN ................................................................................................................ XV
ABSTRACT .............................................................................................................. XVI
Introducción ................................................................................................................... 1
CAPITULO I ................................................................................................................. 2
EL PROBLEMA ............................................................................................................ 2
Antecedente del problema .............................................................................. 2
Planteamiento del problema ........................................................................... 4
Sistematización del problema ........................................................................ 7
1.3.1 Idea a defender ........................................................................................... 7
IX
1.3.2 Objetivo general ......................................................................................... 7
1.3.3 Objetivos específicos ................................................................................. 7
1.3.4 Justificación de la investigación ................................................................ 7
1.3.5 Viabilidad del estudio ................................................................................ 8
CAPITULO II ................................................................................................................ 9
MARCO TEÓRICO ....................................................................................................... 9
2.1 Antecedentes Teóricos .......................................................................................... 9
2.1.1 Determinación de Impuestos...................................................................... 9
2.1.2 Obligación Tributaria ................................................................................. 9
2.1.3 Administración tributaria ......................................................................... 10
2.1.4 Procedimiento para la administración tributaria ...................................... 12
2.1.5 Naturaleza de la Facultad Determinadora ................................................ 13
2.1.6 Determinación Tributaria ......................................................................... 14
2.1.7 Impuestos ................................................................................................. 15
2.1.8 Gasto Tributario ....................................................................................... 17
2.1.9 Gastos Tributarios en Ecuador ................................................................. 18
2.1.10 Incumplimiento Tributario ..................................................................... 18
Marco Contextual......................................................................................... 19
Marco Legal ................................................................................................. 21
CAPÍTULO III ............................................................................................................. 26
METODOLOGÍA ........................................................................................................ 26
X
3.1 Tipo de investigación ......................................................................................... 26
3.1.1 Enfoque .................................................................................................... 26
3.1.2 Alcance .................................................................................................... 26
3.1.3 Diseño ...................................................................................................... 26
Población y muestra ..................................................................................... 27
3.2.1 Población.................................................................................................. 27
3.1.2 Muestra ....................................................................................................... 28
Técnica e instrumento de investigación ....................................................... 28
3.3.1 Técnicas de investigación ........................................................................ 28
Análisis y presentación de resultados .......................................................... 29
3.4.1 Resultados de la entrevista ....................................................................... 29
3.4.2 Análisis documental ................................................................................. 33
CAPITULO 4 ............................................................................................................... 44
Tema ............................................................................................................. 44
4.2 Introducción ....................................................................................................... 44
4.3 Objetivos ............................................................................................................ 45
4.3.1 Objetivo General ......................................................................................... 45
4.3.2 Objetivos específicos .................................................................................. 45
4.4 Desarrollo de la propuesta ................................................................................. 45
4.4.1 Obligaciones tributarias .............................................................................. 45
4.4.2 Diagnóstico Inicial de las glosas Tributarias .............................................. 46
XI
4.4.3 Guía para el control de nomina ................................................................... 47
4.4.4 Guía para las compras y comprobantes de ventas ...................................... 53
4.4.5 Guía para el control de activos fijos ........................................................ 56
Impacto de la propuesta ............................................................................... 60
Socialización de la propuesta ....................................................................... 61
Conclusiones ................................................................................................................ 64
Recomendaciones ........................................................................................................ 65
Bibliografía .................................................................................................................. 66
ANEXOS ..................................................................................................................... 70
XII
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 Población de estudio ................................................................................................... 27
Tabla 2 Principios para gastos deducibles .............................................................................. 34
Tabla 3 Fundamentos de hecho ................................................................................................ 36
Tabla 4 Valores glosados por concepto de compras ................................................................ 37
Tabla 5 Diferencias en aportaciones........................................................................................ 38
Tabla 6 Diferencias remuneraciones no objeto del IESS ......................................................... 39
Tabla 7 Gasto de publicidad no deducible ............................................................................... 40
Tabla 8 Porcentajes de depreciación ....................................................................................... 41
Tabla 9 Valores por depreciación............................................................................................. 41
Tabla 10 Resumen de glosas .................................................................................................... 42
Tabla 11 Impuesto, intereses y recargos .................................................................................. 43
Tabla 12 Obligaciones Tributarias .......................................................................................... 45
Tabla 13 Glosas Tributarias ..................................................................................................... 46
Tabla 14 Liquidación del IR antes de propuesta ...................................................................... 60
Tabla 15 Proyección con propuesta ......................................................................................... 61
Tabla 16 Plan de capacitación. Parte 1 ................................................................................... 62
Tabla 17 Plan de capacitación. Parte 2 ................................................................................... 63
XIII
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1. Elementos de la obligación tributaria ...................................................................... 10
Figura 2. Procedimiento de análisis ........................................................................................ 35
XIV
INDICE DE ANEXOS
Anexo 1 Formato de la entrevista dirigida al Gerente General ............................................... 70
Anexo 2 Entrevista al contador ................................................................................................ 72
XV
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
GUIA DE PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE
GASTOS A INALECSA 2015 – 2017
RESUMEN
La presente investigación trata sobre el estudio de los gastos en la empresa INALECSA. Esto
con el fin de que se analice la prevención de glosas por parte de la administración tributaria. El
contexto en el cual se desarrolla el problema de estudio es el que la empresa ha sido glosada
por motivo de la no observancia de los límites en los gastos estipulados en la ley fiscal.
Considerando lo mencionado, se realizó un levantamiento de la información mediante
entrevistas y el estudio de los principales gastos que la empresa maneja. Se llegó a la conclusión
de que existían diferencias entre los valores declarados por el contribuyente y los valores que
la ley permite. La información levantada sirvió de orientación para la elaboración de una guía
tributaria que permita el cumplimiento eficiente de la normativa tributaria.
Palabras claves: ley, tributación, sanción, glosas
XVI
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
GUIA DE PREVENCIÓN DE GLOSAS TRIBUTARIAS POR RUBROS DE
GASTOS A INALECSA 2015 – 2017
ABSTRACT
The present investigation deals with the study of the expenses in the company INALECSA.
This in order to analyze the prevention of glosses by the tax administration. The context in
which the problem of study is developed is that the company has been glossed because of the
non-observance of the limits in the expenses stipulated in the tax law. Considering the
aforementioned, an information survey was conducted through interviews and the study of the
main expenses that the company handles. It was concluded that there were differences between
the values declared by the taxpayer and the values that the law allows. The information raised
served as guidance for the preparation of a tax guide that allows efficient compliance with tax
regulations.
Keywords: law, taxation, sanction, glosses
1
Introducción
La política fiscal del país consiste en financiar servicios, inversiones y bienes
públicos, para lo cual la administración tributaria se ha investido de normas y atribuciones
otorgadas por ley, donde se encuentra la facultad determinadora, sancionadora, resolutiva y
recaudadora. La presente investigación se desarrolló con la finalidad de crear una guia para
la prevención de glosas tributarias, basándose en los aspectos ya determinados por la
Administración tributaria durante el proceso de determinación. La administración tributaria
ejerce su facultad determinadora, cuando por medio de técnicas y procedimientos de
auditoria verifica los indicios del incumplimiento de la normativa tributaria, quien es el
responsable de establecer la glosa correspondiente.
El presente proyecta se encuentra constituido por cuatro capítulos, comenzando por
el planteamiento del problema que influye un marco referencial o antecedentes del
problema, es decir hechos que han sido investigados por otros autores y que son relativos
para fundamentar el objeto de estudio. Se presenta como problema principal el control de
gastos para la declaración del impuesto a la renta, relacionándolo con las causas y efectos
pertinentes, por lo cual se plantea como objetivo el diseño de una guía para la prevención
de glosas tributarias que ayude al cumplimiento de las disposiciones de las normas
tributarias.
El segundo capítulo comprende las bases teóricas relacionadas con las variables de
estudio, es decir las obligaciones tributarias del contribuyente dictadas por ley y las glosas
generadas por incumpliendo. El tercer capítulo comprende un ámbito metodológico, donde
se plantea tipo, diseño, técnicas e instrumentos utilizados para la investigación. Como
propuesta se desarrolló una guía para la prevención de glosas tributarias provenientes por
rubros de gastos.
2
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Antecedente del problema
El impuesto es un instrumento permanente para la recaudación de ingresos fiscales.
Es una fuente importante de ingresos en el mundo desarrollado y también ha estado
apareciendo como una fuente importante de ingresos en los países vías de desarrollo. Ha
sido un instrumento de política social y económica para los gobiernos a nivel mundial.
El objetivo fundamental de la tributación es financiar los gastos e inversiones del
gobierno. El gobierno exige realizar diversas actividades de desarrollo y bienestar en el
país. Para esto, se necesita una gran cantidad de fondos, los cuales son recaudados mediante
la imposición de impuestos. Entonces, aumentar cada vez más los ingresos ha sido un
objetivo importante de los gobiernos, lo cual es llevado a cabo con el empleo de los
impuestos.
En el marco regulatorio de los impuestos, se encuentra la normativa tributaria, que
es la encargada de estipular los parámetros bajo los cuales se deben desarrollar las
actividades contables que, finalmente, deben ser comparadas con las normas fiscales para
conseguir la armonización entre ambos sistemas, con el fin de que exista una tributación
justa sobre la base tributable de la utilidad de una persona o empresa.
Sin embargo, en este punto es importante analizar la aplicación de las normas
fiscales por parte de los contribuyentes. En el estudio realizado por Fajardo y Gualli (2016)
se hace referencia a la complejidad que puede adoptar un sistema tributario teniendo como
resultado el incumplimiento, por parte de los contribuyentes, la no observancia de los
parámetros que hacen a sus transacciones legales o, usando el lenguaje fiscal, gasto
deducible.
3
Bajo la premisa citada, una complejidad del sistema tributario, el incumplimiento
por parte de los sujetos pasivos del impuesto es explicado alegando un desconocimiento,
incertidumbre ante la correcta aplicación de la normativa fiscal visto como resultado en un
aumento de la dificultad para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Se ha mencionado que la complejidad que puede adoptar un sistema tributario
podría resultar en el aumento del incumplimiento fiscal por parte de los contribuyentes; sin
embargo, Hoz y Urquijo (2018) hacen referencia a otros motivos por los cuales se presenta
el irrespeto ante las normativas fiscales. Los autores hablan de la evasión y elusión.
Presentan a la evasión como el irrespeto directo de las normativas tributarias, mientras que
la elusión como el uso de lagunas en la ley o errores de interpretación para evitar el
cumplimiento de esta. Ambos aspectos persiguen un solo objetivo: evitar el pago de
mayores impuestos.
Otro punto para considerar dentro de la presente discusión es la presencia de
informalidad en el proceso contable en las empresas. Esta falta de control ha resultado en
que las compañías centren su atención hacia otros aspectos del proceso comercial como;
por ejemplo, el aumento de las ventas. Como consecuencia final de este fenómeno se tiene
el incumplimiento de los parámetros contables respecto a rubros con límites tributarios para
ser considerados como gastos deducibles.
Lo expuesto anteriormente tiene un punto crítico y motivo de análisis.
Independientemente del motivo que se encuentre detrás de las acciones (desconocimiento,
evasión, elusión, informalidad empresarial, falta de control contable), es bien conocido que
cada gobierno tiene su sistema fiscal, entidades reguladoras y recaudadoras de los tributos,
por lo que estas velan el cumplimiento de la normativa tributaria para la protección del
ingreso fiscal lo cual, producto del incumplimiento normativo, mueve a las entidades
4
reguladoras a ejercer sus facultades determinadoras y auditar a las empresas infractoras con
el propósito de hacer cumplir la ley.
Finalmente, esta última acción mencionada tiene su desenlace en la generación de
multas, intereses, recargos y glosas por parte de la administración tributaria hacia las
empresas que han incumplido la normativa vigente. La prevención de estas glosas ha sido
objeto de estudio en diversas investigaciones, puesto que se presenta en pequeñas,
medianas y grandes empresas; haciendo un impulso hacia el estudio más profundo de la
generación de glosas hacia empresas y tema del cual trata la presente investigación.
Planteamiento del problema
En los sistemas tributarios internacionales se contempla el objetivo del aumento en
la recaudación por impuestos. En vista de tal propósito, la administración tributaria de los
países procura velar por el cumplimiento de la normativa fiscal recurriendo a
intervenciones en empresas que han evitado el cumplimiento de los parámetros expuestos
en la ley, lo que termina en la generación de sanciones pecuniarias hacia la entidad en
cuestión.
Este sistema es utilizado en la mayoría de los países de Latinoamérica y Ecuador no
es la excepción. El país ha presenciado diversas reformas tributarias que han obligado a los
contribuyentes a actualizarse respecto a los cambios, con el fin de cumplir la normativa y
evitar recargos innecesarios. De acuerdo al artículo 20 de le Ley de Creación del Servicio
de Rentas Internas las entidades del sector público y privado; así como las personas
naturales, se encuentran obligadas a proporcionar al Servicio de Renta Internas (de aquí en
adelante SRI) la información que se requiera para el cumplimiento de determinación,
recaudación y control tributario.
5
De lo anterior se deduce que el SRI es el encargado de supervisar el cumplimiento
de la normativa tributaria y recaudar los impuestos. De igual forma, esta entidad emplea
diversos métodos para realizar sus actividades de control, supervisión, recaudación y
sancionatorias. Estas actividades responden a la ejecución de sus facultades. De acuerdo
con el artículo 67 del Código Tributario dentro de las facultades de la administración
tributaria se encuentran la facultad determinadora, resolutiva, sancionatoria y recaudadora.
Es en esta línea del ejercicio de sus facultades que el SRI, ante la presencia de un
incumplimiento de las normas tributarias, ejerce su facultad determinadora con el fin de
identificar las posibles diferencias entre los valores declarados por el contribuyente y la
información que consta en su base de datos que ha sido presentada por terceros. Al final de
la ejecución de esta facultad, y al encontrar diferencias no justificadas legalmente, el sujeto
pasivo llega a ser glosado sobre los valores declarados en los cuales también se incluyen
multas e intereses.
Por otro lado, es importante resaltar la cantidad de valores que la administración
tributaria ha recaudado como producto de sus actividades de determinación por diferencias.
De acuerdo al SRI (2015) en su informe de labores correspondiente al año 2015 se
presentaron 8.771 casos de determinación por diferencias que en su totalidad llegaron al
monto de $144.140.606 por recaudación. Similar cantidad fue expuesta por el SRI (2016)
en su informe de labores correspondiente a aquel año en el cual la recaudación por
determinación de diferencias ascendió a la cantidad de $147.343.175, mientras que para el
año 2017 la cartera activa al cierre del periodo por concepto de actas de determinación era
de 368,9 millones de dólares (SRI, 2017).
Llegado a este punto de la discusión, se dirige la atención hacia la empresa
INALECSA, la cual se dedica a la elaboración de productos alimenticios. En el ejercicio de
6
sus actividades comerciales, la empresa ha presentado problemas en el control de los gastos
para la declaración del impuesto a la renta. Entre las principales causas se encuentra la
ausencia de una guía actualizada sobre los límites respecto a los gastos que la
administración tributaria ha para que estos alcancen la característica de ser deducibles.
Por otro lado, la falta de una supervisión profesional adecuada y asesoría externa
constante ha aumentado la ocurrencia de este problema. Otro factor que se suma e
incrementa la presencia de los problemas en la determinación de los gastos deducibles y los
no deducibles, es la falta de un programa de capacitación dirigida hacia el personal de la
empresa de forma que les permita contar con conocimientos actualizados. Este punto es de
alta importancia considerando los constantes cambios en materia tributaria que se realizan
en el país.
Las consecuencias de la falta de control en este aspecto tributario, ha llevado a la
empresa a no respetar los parámetros expuestos en la ley. Por ejemplo, el incumplimiento
en las aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS ha ocasionado que
los gastos por nómina no sean deducibles, pero la empresa ha declarado tales valores en su
impuesto a la renta. De igual manera, el registrar valores por depreciación que supera los
límites establecidos en la normativa o sin autorización a una depreciación acelerada, ha
tenido como consecuencia que la empresa sea observada por la administración tributaria.
Estos y otros gastos, como el límite por publicidad, la bancarización y otros requisitos para
que un gasto sea deducible han provocado que la entidad sea auditada por la administración
tributaria.
Estas inconsistencias mencionadas en el párrafo precedente no han sido detectadas a
tiempo puesto que no existe un procedimiento formal de pruebas para el control y
determinación de si un gasto es o no deducible. Como resultado final de lo expuesto, se
7
tiene que para el año 2015 la empresa ha sido glosada por el valor de $ 2.884.397 esto
producto de la inobservancia de los límites expuestos en la ley a causa de la falta de control
y de una guía tributaria que le permita estar actualizado de los principales requisitos para
que un gasto sea deducible.
Sistematización del problema
1.3.1 Idea a defender
La elaboración de una guía basada en la normativa tributaria contribuye a la mejora
en el cumplimiento de los parámetros expuestos en la ley para que un gasto sea considerado
como deducible.
1.3.2 Objetivo general
Diseñar una guía con el empleo de la normativa tributaria para la prevención de
glosas por rubros de gastos no deducibles por parte de la empresa INALECSA.
1.3.3 Objetivos específicos
Analizar las bases teóricas de los aspectos científicos y legales relacionados con el
cumplimiento tributario para la prevención de glosas.
Identificar los principales rublos que presentan diferencias en el cumplimiento de la
normativa tributaria de la empresa INALECSA.
Elaborar una guía tributaria para el cumplimiento de la normativa y la prevención
de glosas por parte de la empresa INALECSA
1.3.4 Justificación de la investigación
Justificación teórica. – la importancia del desarrollo de esta investigación radica en
el hecho de las sanciones pecuniarias que la empresa ha recibido y que pudieron haber sido
evitadas con la aplicación de la normativa tributaria. Este tema no ha sido investigado en la
empresa, por lo que aporta conocimiento en un área hasta ahora descuidada y sienta las bases
8
para que compañías del mismo sector, y otras investigaciones en áreas relacionadas, puedan
utilizar los resultados de la presente como guía para su estudio.
Justificación práctica. – la investigación ayuda a resolver el problema estudiado
puesto que aborda la problemática principal: la ausencia de una guía tributaria para el
cumplimiento de las obligaciones. Es decir, con el resultado esperado la situación de
cumplimiento de la empresa mejorará y podrá evitar sanciones futuras. Además, la guía a
desarrollar podrá ser consultada por el campo académico y social como fuente de
referencia.
Justificación metodológica. – en vista de las características del estudio, es
necesario implementar un enfoque cualitativo con el instrumento de recopilación de
información documental.
1.3.5 Viabilidad del estudio
El estudio es altamente viable puesto que se cuenta con las herramientas teóricas y
metodológicas que son necesarias para la elaboración de la investigación. Además, se
cuenta con el recurso humano suficiente y capaz para llevar a cabo las tareas
investigaciones. Por último, la información para analizar ha sido proporcionada por la
empresa objeto de análisis libre y voluntariamente.
9
CAPITULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes Teóricos
En este apartado se definen las bases teóricas relacionadas con las glosas
provenientes del incumplimiento de las obligaciones tributarias determinadas por la
administración tributaria luego de un proceso determinativo:
2.1.1 Determinación de Impuestos
En la relación jurídica tributaria intervienen dos actores: sujeto activo y sujeto
pasivo, de los cuales el primer es quien accede al tributo de acuerdo lo señala el Código
Tributario. Cada actor tiene facultades, deberes y obligaciones, en el caso de los sujetos
activos las ejercen la administración tributaria a través de los organizamos establecidos por
ley. Dentro de la Administración Tributaria se encuentra el SRI, que es quién administra los
impuestos estatales en Ecuador.
2.1.2 Obligación Tributaria
De acuerdo con el art. 15 del Código Tributario, la obligación tributaria es como la
relación legal entre el Estado y el contribuyente, y si se confirma el incidente, este último
debe pagar el impuesto mediante dinero, especies o tributos. Para complementar esta
definición, se debe conocer el significado de hecho generador como lo establece el Código
tributario "una ley promulgada para constituir cada conjunto" (Asamblea Constituyente,
2014). Para que surja una obligación tributaria, es necesario que el hecho generador haya
sido establecido por la ley, el hecho generador, el sujeto activo y pasivo, siendo el sujeto
activo el acreedor de tributo y el pasivo quien se encuentra obligada a cumplir dichos
tributos.
10
Figura 1. Elementos de la obligación tributaria
Fuente: (Sabando, 2015)
2.1.3 Administración tributaria
En los años 90 del siglo pasado, se experimentó un entorno económico complejo en
Ecuador, siendo necesario cambiar la Administración Tributaria que apuntan al control de
grupos de evasión para contribuir al sostenimiento del Presupuesto General del Estado
para contribuir al presupuesto del gobernador y a la institución con un diseño
administrativo eficiente y flexible. En consecuencia, el SRI fue creado como un organismo
de tecnología y autogobierno a través de la Ley 41 de 2 de diciembre de 1997. La
administración de la empresa se basa en gran medida en la ley de creación, la legislación
fiscal, la legislación y las normas fiscales internas y otras leyes y regulaciones relacionadas.
El SRI (2012) se esfuerza por contribuir a una eficiente capacitación en
construcción y cultura tributaria, que ayudará a crear conciencia, promover, persuadir y
hacer cumplir las obligaciones tributarias e integrarse con la comunidad. En la última
recaudación de impuestos, la participación social parece ser el compromiso de una
institución con la sociedad, asegurando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la
toma de decisiones y la gestión. Para lograr ese objetivo, el SRI estableció aumentar sus
LeyHecho
Generador
Sujeto Activo
Sujeto pasivo
11
objetivos estratégicos: la aplicación de los principios constitucionales sobre gestión y
control, cuestiones fiscales, la eficiencia y la eficacia de la ciudadanía fiscal en su propio
proceso, los derechos y deberes de la gestión presupuestaria.
El artículo 64 del Código Tributario estipula que la dirección de la administración
tributaria es a nivel nacional por el Presidente de la República que ejerce a través de las
instituciones establecidas por ley. El SRI, creado en virtud de la Ley No. 41 publicada en el
Registro Oficial 206 del 2 de diciembre de 1997, con el propósito de modernizar la gestión
de ingresos internos para aumentar la financiación y garantizar el financiamiento.
Como se establece en el artículo 2, numeral 2 de la ley de Creación del SRI, las
facultades otorgadas al SRI establecen la autoridad para determinar, recaudar y controlar la
tributación interna del Estado y de aquellos cuyo control no se ha establecido. Está
explícitamente asignado a otra agencia por ley. De las obligaciones tributarias, liquidación
de reclamaciones y recursos de los contribuyentes, el derecho a sancionar la violación de
las leyes o regulaciones tributarias y la recaudación de impuestos.
El art. 68 del Código Tributario, señala a la facultad determinadora indicando:
La determinación de la obligación tributaria es el acto o conjunto de
actos reglados realizados por la administración activa, tendientes a
establecer, en cada caso particular, la existencia del hecho generador,
el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo. El
ejercicio de esta facultad comprende: la verificación,
complementación o enmienda de las declaraciones de los
contribuyentes o responsables; la composición del tributo
correspondiente, cuando se advierta la existencia de 14 hechos
12
imponibles, y la adopción de las medidas legales que se estime
convenientes para esa determinación.
La fiscalización tributaria se puede conceptualizar como un conjunto de actividades
que confirma que el monto recaudado por el Fisco es consistente con la obligación
colectiva de la entidad tributaria. El objetivo principal de una investigación o decisión fiscal
es evitar la evasión, en la cual el contribuyente trata de garantizar que el contribuyente
cumpla de manera precisa y oportuna con las obligaciones tributarias.
La Administración Tributaria de Ecuador toma determinaciones sobre múltiples
entidades pasivas de manera aleatoria, sin embargo, para los contribuyentes clasificados
como grandes contribuyentes, el SRI realiza determinaciones frecuentes. A través de la
entidad pasiva que puede controlar no solo a estos contribuyentes, sino también a sus
clientes y proveedores.
2.1.4 Procedimiento para la administración tributaria
Como consecuencia de la potestad tributaria en el estado, imbuido por la facultad
soberana dicta leyes y normas de orden tributario, donde se encuentra el presupuesto del
hecho imponible del cual se derivan las obligaciones tributarias. La ley tributaria crea
obligaciones, que contiene mandatos determinados, siendo necesario que se particularice a
las personas y sujetos pasivos de la imposición. La situación objetivo que se contempla por
Ley se concreta y exterioriza en materia tributaria, llamándose determinación de la
obligación (Andrade, 2013), que consiste en un conjunto de actos emitidos por la
administración en un rango cuantitativo de destino, composición presupuestaria, medidas
fiscales y obligaciones establecidas en cada caso particular.
La determinación tributaria, según el art. 87 del Código tributario, es una serie de
actos que la Administración Tributaria debe organizar para la verificación y evaluación de
13
las obligaciones tributarias y representa el monto alcanzado por la obligación. Puede
consistir en actos ejecutivos simples o diversos que comparten una variedad de prácticas
fiscales que siempre son administrativas y requieren un conjunto de conocimientos. En
otras palabras, se enfrenta a las actividades de las autoridades fiscales que están
preestablecidas en la ley y el propósito es determinar la existencia y el monto de la
deducción fiscal.
Como resultado, se requieren procedimientos previos a la decisión para garantizar
que se cumplan los beneficios fiscales. Una vez que se toma una decisión, puede ser
ejecutada por la autoridad pública competente. Cuando se habla de la fase de decisión,
también debe mencionar la base imponible, la base imponible y la tasa impositiva.
2.1.5 Naturaleza de la Facultad Determinadora
La naturaleza de la determinación se basa en que solo se constituye y es exigible
luego del acto administrativo, en virtud de la característica liquida adquirida por la deuda.
Aunque la ley establece presupuestos hechos, estos no son suficientes, se requieren actos
explícitos por parte del gobierno para establecer la existencia de obligaciones y cantidades.
La interpretación sistemática de la ley no conduce a la afirmación de que la obligación
tributaria surge de la simple realización del sujeto pasivo, pero el significado de la ley
parece ser diametralmente opuesto: la realización del sujeto pasivo no es suficiente.
La naturaleza declarativa de la determinación se basa en que el criterio es
mantenido en la misma corriente, aceptando que la obligación surge como producto de los
supuestos de los hechos acotados por la ley que ocurren de manera independiente y, por lo
tanto, la determinación de tomarlas posteriormente. Esta corriente es la correcta, por lo que
se afirma que la concepción de la deuda tributaria existe por producirse el hecho generado y
14
no por haberse determinado un tributo. La actividad de determinación tributaria tiene un
carácter declarativo y la reconoce, pero no lo crea.
2.1.6 Determinación Tributaria
Se entiende como determinación tributaria al acto o conjunto de actos, proveniente
de los sujetos pasivos o que han sido emitidos por la Administración Tributaria, dirigidos a
aclarar o establecer la existencia de un hecho generador, base imponible y cuantía de un
tributo. La determinación es un proceso simple o complejo, que tiende a personalizar el
mandato genérico establecido por ley y es importante en las obligaciones tributarias, y
aunque carezca de efecto creador o vinculativo su finalidad es declarativa y formal.
En Ecuador, en referencia a la facultad determinadora de la Administración
Tributaria, la determinación de las obligaciones tributarias es el acto o actos reglados que
realiza la administración activa, tendiente a establecer la existencia del hecho generador,
sujeto obligado, base imponible y cuantía del tributo. El ejercicio de esta facultad incluye:
verificar, complementar o enmendar la declaración del contribuyente o la persona
responsable, la composición del impuesto correspondiente cuando se determina la
existencia del sujeto pasivo y la adopción de unas acciones legales que se considere
apropiada para su determinación. Por medio de la aplicación de técnicas y procedimientos
de auditora tributaria, la Administración Tributaria pone en ejercicio el mandato legal de
fiscalizar el cumplimiento de los contribuyentes con la tributación especificado en el
Código Tributario.
La determinación tributaria, se ha definido, como une examen realizado por un
auditor y su equipo, designado por el SRI, de acuerdo los procedimientos establecidos por
ley, por la contabilidad o los registros, los auditores y las declaraciones legales para la
evaluación tributaria. A mediados del 2014, el SRI lleva a cabo una publicación titulada
15
“Cosas que debe saber cuándo debe determinar el SRI", misma que se adjunta a la orden de
determinación que se notifica al contribuyente, siendo el inicio del proceso determinativo,
a fin de brindar un enfoque al contribuyente sobre el proceso que debe enfrentar.
En la publicación se define al proceso de determinación de la siguiente manera “Es
el acto o conjunto de actos reglados realizados por la Administración Tributaria, tendientes
a establecer, en cada caso particular la existencia del hecho generador, el sujeto obligado
(contribuyente, sujeto pasivo o responsable), la base imponible la cuantía del tributo.”, dice
también que el proceso determinativo comprende la verificación, complementación o
enmienda de las declaraciones de los contribuyentes o responsables; la composición del
tributo correspondiente, cuando se advierta la existencia de hechos imponibles, y la
adopción de las medidas legales que se estime convenientes para esa determinación.
2.1.7 Impuestos
Los impuestos son los medios, por los cuales el gobierno financia sus gastos,
imponiendo cargos a los ciudadanos y entidades corporativas, estos impuestos se emplean
para alentar o desalentar ciertas decisiones económicas. Un impuesto es un cargo financiero
obligatorio o algún otro tipo de gravamen impuesto a un contribuyente por una
organización gubernamental para financiar diversos gastos públicos (Minarik, 2015). La
falta de pago, junto con la evasión o resistencia a los impuestos, se castiga con ley.
Los impuestos pueden ser directos o indirectos y se pueden pagar en dinero o como
su equivalente laboral. La mayoría de los países cuentan con un sistema impositivo para
pagar las necesidades públicas, comunes o acordadas y las funciones gubernamentales,
algunos imponen un porcentaje fijo de impuestos sobre el ingreso anual personal, pero la
mayoría de los impuestos de escala se basan en montos de ingreso anual. La mayoría de los
16
países cobran un impuesto sobre los ingresos corporativos y los dividendos e
imponen impuestos sobre la riqueza, propiedad, ventas, valor agregado o nómina.
2.1.7.1 Impuesto al Valor Agregado
El Impuesto al Valor Agregado ( IVA ), conocido en algunos países como un
impuesto a los bienes y servicios, es un tipo de impuesto que se evalúa de manera
incremental, basado en el aumento en el valor de un producto o servicio en cada etapa de
producción o distribución. El IVA esencialmente compensa los servicios compartidos y la
infraestructura provista en una determinada localidad por un estado y financiada por sus
contribuyentes que se utilizaron en la elaboración de ese producto o servicio. No todas las
localidades requieren el pago del IVA y los bienes y servicios para exportación pueden estar
exentos.
El IVA generalmente se implementa como un impuesto basado en el destino, donde
la tasa impositiva se basa en la ubicación del consumidor y se aplica al precio de venta. El
IVA aumenta alrededor de una quinta parte de los ingresos fiscales totales tanto a nivel
mundial como entre los miembros de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE, 2016). A partir de 2018, 166 de los 193 países con
membresía completa de la ONU emplean un IVA, incluidos todos los miembros de la
OCDE, excepto los Estados Unidos, utilizan un sistema de impuestos sobre las ventas .
Existen dos métodos principales para calcular el IVA: la factura de crédito o el
método basado en la factura y la resta o el método basado en las cuentas. Usando el método
de la factura de crédito, las transacciones de ventas están gravadas, con el cliente informado
del IVA en la transacción, y las empresas pueden recibir un crédito por el IVA pagado en los
materiales y servicios de entrada. El método de factura de crédito es el método más
empleado, utilizado por todos los IVA nacionales, excepto Japón.
17
Al usar el método de resta, al final de un período de informe, una empresa calcula el
valor de todas las ventas sujetas a impuestos y luego resta la suma de todas las compras
sujetas a impuestos y la tasa del IVA se aplica a la diferencia. En países, como Japón
actualmente solo se utiliza el método de sustracción, aunque los IVA del método de
sustracción, que a menudo usan el nombre de impuesto fijo, han sido parte de muchas
propuestas recientes de reforma tributaria. Con ambos métodos, existen excepciones en el
método de cálculo para ciertos bienes y transacciones, creados por motivos de cobranza
pragmáticos o para contrarrestar el fraude y la evasión fiscal.
2.1.8 Gasto Tributario
Se considera gasto tributario a todo recurso que el estado ha dejado de percibir
como resultado de la aplicación de beneficios e incentivos que disminuye la carga
impositiva de los contribuyentes. Desde el punto de vista técnico, son gastos tributarios
aquellas exenciones, deducciones, créditos tributarios, diferimientos y tasas especiales. Los
gastos tributarios alteran la equidad horizontal y vertical del sistema tributario básico al
permitir exenciones, deducciones o créditos para seleccionar grupos o actividades
específicas.
El concepto de gasto impositivo fue creado como una forma de representar el uso
político de los recortes fiscales para los medios que generalmente se realizaban a través del
gasto presupuestario. Los gastos tributarios son aquellas pérdidas de ingresos atribuibles a
las disposiciones de las leyes fiscales federales que permiten un crédito especial, una tasa
preferencial de impuestos o un aplazamiento de la obligación tributaria (Valenduc, Brixi, &
Swift, 2013).
Los gastos tributarios se ven fácilmente como beneficios gratuitos, cuando las
subvenciones del gobierno se presentan como obsequios y a diferencia del gasto directo, el
18
fiscal solo debe pasar a través de dos comités: la Cámara de Medios y Recursos y el Senado
de Finanzas (Burman, 2013). Los programas de gastos tributarios una vez en el código
impositivo, no se revisan anualmente y solo pueden eliminarse a través de la legislación
tributaria. Los programas de gastos tributarios son una forma de gasto de derecho en el
sentido de que cada contribuyente que califica puede reclamar dinero del gobierno.
2.1.9 Gastos Tributarios en Ecuador
El primer estudio realizado en el país, referente a los gastos tributarios, fue en el
2003 de forma aislada. A partir del 2007, el SRI ha publicado sus estimaciones, utilizando
el método de recaudación perdida, por medio del análisis del marco jurídico, identificación
de gastos y calculo, información que es obtenida de encuestas de condiciones de vida y
declaraciones juradas. En el 2012, el Centro de Investigación Fiscal, realizó un estudio de
los principales gastos tributarios en Ecuador, con un total de 126 gastos tributarios, de los
cuales 54 fueron por impuestos sobre la renta, 45 por IVA y los 11 restantes por impuestos
similares a ICE, contaminación y botellas de plástico no retornables.
Ese año el gasto tributario ascendió a $ 4,100.6 millones, de los cuales $ 2443.5
millones correspondieron a beneficios por impuesto a la renta. Teniendo en cuenta que los
gastos están directamente relacionados con la conciliación fiscal, el impuesto sobre la renta
se considera el gasto más caro.
2.1.10 Incumplimiento Tributario
El incumplimiento tributario es una gama de actividades desfavorables para el
sistema tributario de un estado, esto puede incluir la evasión fiscal, que es una reducción de
impuestos por medios legales, y la evasión fiscal que es el impago penal de las obligaciones
tributarias (Wenzel, 2002). El término incumplimiento, se usa de manera diferente sin
embargo, su uso más general describe comportamientos no conformes con respecto a
19
diferentes reglas institucionales que resultan en lo que Edgar Feige denomina economías no
observadas (Feige, 2016). El incumplimiento de las reglas fiscales de impuestos da lugar a
ingresos no declarados y a una brecha fiscal (Freige, 2012).
El término incumplimiento a menudo se refiere solo a informes erróneos ilegales
(GAO, 2012). Se han aprobado leyes conocidas como estatutos de la Regla general contra
la evasión (GAAR, por sus siglas en inglés) que prohíben la evasión de impuestos
"agresivos" en varios países desarrollados, incluidos los Estados Unidos desde el 2010. Las
doctrinas judiciales han logrado un propósito similar, y aunque los detalles pueden variar
según la jurisdicción, estas reglas invalidan la evasión de impuestos que es técnicamente
legal pero no para un propósito comercial o que viola el espíritu del Código Tributario.
Las personas que no cumplen con el pago de impuestos incluyen a los que protestan
por los impuestos y los que resisten los impuestos . Los manifestantes tributarios intentan
evadir el pago de impuestos utilizando interpretaciones alternativas de la ley tributaria,
mientras que los contribuyentes se niegan a pagar un impuesto por razones de
conciencia. Los que protestan por los impuestos creen que los impuestos en virtud de la
Reserva Federal son inconstitucionales, mientras que los contribuyentes de impuestos están
más preocupados por no pagar las políticas gubernamentales particulares a las que se
oponen. Debido a que los impuestos a menudo se perciben como onerosos, los gobiernos
han luchado con el incumplimiento tributario desde los primeros tiempos (Powell, 2018).
Marco Contextual
De acuerdo a INALECSA: Somos los expertos en Snacks gracias a que tenemos una
extensa gama de productos fabricados en Ecuador, con calidad e innovación permanente
que nos permite crear Snacks para todos los gustos y para cualquier ocasión: de maíz,
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20
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Nuestra Visión
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mercados donde participamos, de forma rentable y sustentable.
Misión
Generar el máxima valor para nuestros clientes, colaboradores, comunidades y
accionistas, satisfaciendo en todo momento y con excelencia las expectativas de nuestros
consumidores.
Valores
Orientación al Cliente y Vocación de Servicio
lntegridad Sustentada en Respeto y Justicia
Desarrollo Integral del Capital Humano
Sustentabilidad y Responsabilidad Social
21
Marco Legal
Código tributario
Art. 7.- Facultad reglamentaria.- Sólo al Presidente de la República, corresponde
dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes tributarias. El Director General del
Servicio de Rentas Internas y el Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana,
en sus respectivos ámbitos, dictarán circulares o disposiciones generales necesarias para la
aplicación de las leyes tributarias y para la armonía y eficiencia de su administración.
Ningún reglamento podrá modificar o alterar el sentido de la ley ni crear
obligaciones impositivas o establecer exenciones no previstas en ella.
Art. 15.- Concepto.- Obligación tributaria es el vínculo jurídico personal, existente
entre el Estado o las entidades acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de
aquellos, en virtud del cual debe satisfacerse una prestación en dinero, especies o servicios
apreciables en dinero, al verificarse el hecho generador previsto por la ley.
Art. 16.- Hecho generador.- Se entiende por hecho generador al presupuesto
establecido por la ley para configurar cada tributo.
Art. 17.- Calificación del hecho generador.- Cuando el hecho generador consista en
un acto jurídico, se calificará conforme a su verdadera esencia y naturaleza jurídica,
cualquiera que sea la forma elegida o la denominación utilizada por los interesados.
Cuando el hecho generador se delimite atendiendo a conceptos económicos, el
criterio para calificarlos tendrá en cuenta las situaciones o relaciones económicas que
efectivamente existan o se establezcan por los interesados, con independencia de las formas
jurídicas que se utilicen.
Art. 22.- Intereses a cargo del sujeto activo.- Los créditos contra el sujeto activo, por
el pago de tributos en exceso o indebidamente, generarán el interés equivalente a la tasa
22
activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, señalado
en el artículo anterior desde la fecha en que se presentó la respectiva solicitud de
devolución del pago en exceso o del reclamo por pago indebido.
Art. 67.- Facultades de la administración tributaria.- Implica el ejercicio de las
siguientes facultades: de aplicación de la ley; la determinadora de la obligación tributaria;
la de resolución de los reclamos y recursos de los sujetos pasivos; la potestad sancionadora
por infracciones de la ley tributaria o sus reglamentos y la de recaudación de los tributos.
Art. 68.- Facultad determinadora.- La determinación de la obligación tributaria, es
el acto o conjunto de actos reglados realizados por la administración activa, tendientes a
establecer, en cada caso particular, la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la
base imponible y la cuantía del tributo.
El ejercicio de esta facultad comprende: la verificación, complementación o
enmienda de las declaraciones de los contribuyentes o responsables; la composición del
tributo correspondiente, cuando se advierta la existencia de hechos imponibles, y la
adopción de las medidas legales que se estime convenientes para esa determinación.
Art. 69.- Facultad resolutiva.- Las autoridades administrativas que la ley determine,
están obligadas a expedir resolución motivada, en el tiempo que corresponda, respecto de
toda consulta, petición, reclamo o recurso que, en ejercicio de su derecho, presenten los
sujetos pasivos de tributos o quienes se consideren afectados por un acto de administración
tributaria.
Art. 70.- Facultad sancionadora.- En las resoluciones que expida la autoridad
administrativa competente, se impondrán las sanciones pertinentes, en los casos y en la
medida previstos en la ley.
23
Art. 71.- Facultad recaudadora.- La recaudación de los tributos se efectuará por las
autoridades y en la forma o por los sistemas que la ley o el reglamento establezcan para
cada tributo.
El cobro de los tributos podrá también efectuarse por agentes de retención o
percepción que la ley establezca o que, permitida por ella, instituya la administración.
Art. 88.- Sistemas de determinación.- La determinación de la obligación tributaria
se efectuará por cualquiera de los siguientes sistemas:
1. Por declaración del sujeto pasivo; 2. Por actuación de la administración; o, 3. De
modo mixto.
Art. 89.- Determinación por el sujeto pasivo.- La determinación por el sujeto pasivo
se efectuará mediante la correspondiente declaración que se presentará en el tiempo, en la
forma y con los requisitos que la ley o los reglamentos exijan, una vez que se configure el
hecho generador del tributo respectivo.
La declaración así efectuada, es definitiva y vinculante para el sujeto pasivo, pero
se podrá rectificar los errores de hecho o de cálculo en que se hubiere incurrido, dentro del
año siguiente a la presentación de la declaración, siempre que con anterioridad no se
hubiere establecido y notificado el error por la administración.
Art. 90.- Determinación por el sujeto activo.- El sujeto activo establecerá la
obligación tributaria, en todos los casos en que ejerza su potestad determinadora, conforme
al artículo 68 de este Código, directa o presuntivamente.
La obligación tributaria así determinada causará un recargo del 20% sobre el
principal.
Art. 91.- Forma directa.- La determinación directa se hará sobre la base de la
declaración del propio sujeto pasivo, de su contabilidad o registros y más documentos que
24
posea, así como de la información y otros datos que posea la administración tributaria en
sus bases de datos, o los que arrojen sus sistemas informáticos por efecto del cruce de
información con los diferentes contribuyentes o responsables de tributos, con entidades del
sector público u otras; así como de otros documentos que existan en poder de terceros, que
tengan relación con la actividad gravada o con el hecho generador.
LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
Art. 10.- Deducciones.- En general, con el propósito de determinar la base
imponible sujeta a este impuesto se deducirán los gastos e inversiones que se efectúen con
el propósito de obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estén
exentos.
En particular se aplicarán las siguientes deducciones:
1.-.- Los costos y gastos imputables al ingreso, que se encuentren debidamente sustentados
en comprobantes de venta que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento
correspondiente;
3.- Los impuestos, tasas, contribuciones, aportes al sistema de seguridad social
obligatorio que soportare la actividad generadora del ingreso, con exclusión de los intereses
y multas que deba cancelar el sujeto pasivo u obligado, por el retraso en el pago de tales
obligaciones. No podrá deducirse el propio impuesto a la renta, ni los gravámenes que se
hayan integrado al costo de bienes y activos, ni los impuestos que el contribuyente pueda
trasladar u obtener por ellos crédito tributario ni las sanciones establecidas por ley;
7.- La depreciación y amortización, conforme a la naturaleza de los bienes, a la
duración de su vida útil, a la corrección monetaria, y la técnica contable, así como las que
se conceden por obsolescencia y otros casos, en conformidad a lo previsto en esta Ley y su
reglamento;
25
La depreciación y amortización que correspondan a la adquisición de maquinarias,
equipos y tecnologías destinadas a la implementación de mecanismos de producción más
limpia, a mecanismos de generación de energía de fuente renovable (solar, eólica o
similares) o a la reducción del impacto ambiental de la actividad productiva, y a la
reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, se deducirán con el 100%
adicional, siempre que tales adquisiciones no sean necesarias para cumplir con lo dispuesto
por la autoridad ambiental competente para reducir el impacto de una obra o como requisito
o condición para la expedición de la licencia ambiental, ficha o permiso correspondiente.
En cualquier caso deberá existir una autorización por parte de la autoridad competente.
9.- Los sueldos, salarios y remuneraciones en general; los beneficios sociales; la
participación de los trabajadores en las utilidades; las indemnizaciones y bonificaciones
legales y otras erogaciones impuestas por el Código de Trabajo, en otras leyes de carácter
social, o por contratos colectivos o individuales, así como en actas transaccionales y
sentencias, incluidos los aportes al seguro social obligatorio; también serán deducibles las
contribuciones a favor de los trabajadores para finalidades de asistencia médica, sanitaria,
escolar, cultural, capacitación, entrenamiento profesional y de mano de obra.
Las remuneraciones en general y los beneficios sociales reconocidos en un
determinado ejercicio económico, solo se deducirán sobre la parte respecto de la cual el
contribuyente haya cumplido con sus obligaciones legales para con el seguro social
obligatorio cuando corresponda, a la fecha de presentación de la declaración del impuesto a
la renta, y de conformidad con la ley.
26
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA
3.1 Tipo de investigación
3.1.1 Enfoque
La presente investigación comprende la elaboración de una guía para prevenir
glosas tributarias por rubros de gastos en la empresa INALECSA, para lo cual, primero se
realiza una revisión literaria para extraer las normas de afectación con los rubros de gastos,
siendo así un estudio de tipo exploratorio con un enfoque cualitativo. La situación real de
las glosas generadas a la empresa, se determinan por medio de la revisión del resumen de
glosas, esto servirá como punto de partida para elaborar los procedimientos para una
gestión adecuada de los rubros de gastos y cumplimiento de las normativas.
3.1.2 Alcance
La presente investigación consiste en identificar las obligaciones contables y
tributarias no cumplidas por parte de la empresa INALECSA que son las causantes de las
glosas, esto con la finalidad de diseñar una guía para el cumplimiento de dichos aspectos
que contribuyan a la prevención de glosas tributarias. El alcance del estudio comprende el
área de contabilidad de la empresa, considerando la actualización del conocimiento del
personal en reformas tributarias.
3.1.3 Diseño
La presente investigación tiene un diseño no experimental, dado a que como
variables de estudio se analiza el conocimiento de la empresa INALECSA en cuanto a las
reformas tributarias para el cumplimiento de sus obligaciones con el estado, esto en
relación a las glosas determinadas por la administración tributaria, información que será
obtenida con la revisión de la documentación registrada en la empresa, siendo así una
27
investigación de campo y a su vez bibliográfica, basada en las obligaciones de los
contribuyentes descrita en la normativa tributaria.
La investigación es de tipo exploratoria, dado a que pretende brindar una visión
general de como las organizaciones puedan interpretar la normativa tributaria, que de
existir una interpretación errónea puede ocasionar incumplimientos por parte de los
contribuyentes. Este tipo de investigación se selecciona debido a que el tema ha sido como
explorado en un ámbito posterior a la imposición de las glosas.
Población y muestra
3.2.1 Población
La población es definida como el conjunto de elementos objetivo del cual se pretende
realizar una investigación (Bernal, 2016). En base a lo mencionado, la presente
investigación se desarrolla en la empresa INALECSA de la ciudad de Guayaquil, siendo un
estudio de tipo documental dado a que la información será obtenida por medio de la
revisión del resumen de glosas. Sin embargo, se pretende obtener información desde el
punto de vista del personal administrativo, por lo que se describe la población a
continuación
Tabla 1
Población de estudio
Descripción Cantidad
Gerencia
Gerente general 1
Asistentes de gerencia 2
Contabilidad
Contador general 1
Auxiliar de contabilidad 3
Total 7
28
3.2.2 Muestra
La muestra es un subconjunto de la población sobre la cual se pretende realizar una
inferencia (Hernandez, Fernandez, & Baptista, 2014). Considerando este aspecto se realizó
un muestro no probabilístico por conveniencia, seleccionando al gerente general y al
contador.
Siendo una población finita y una investigación documental que se enfoca en el
área contable, se selecciona como muestra al contador general, quien proporcionara la
información referente al cumplimiento de las obligaciones tributarias, conocimiento de las
reformas y leyes tributarias, motivos de las glosas entre otros aspectos que se consideren
relevantes. Y al gerente general como persona responsable de la supervisión de las
diferentes áreas de la empresa.
Técnica e instrumento de investigación
3.3.1 Técnicas de investigación
Durante el desarrollo del presente estudio se emplean técnicas de investigación que
proporcionan mayor confiabilidad a la información. Para cumplir ese objetivo se considera
el enfoque de la investigación, puesto que es de tipo cualitativo se plante el uso de
herramientas de investigación como la entrevista y el análisis documental. El primero será
realizado a la muestra seleccionada, el gerente y el contador, mientras que el segundo a los
registros contables para determinar el motivo de las glosas.
Entrevista: técnica que consiste en el intercambio de ideas u opiniones por medio
de una conversación dada entre dos o más personas con una relación entrevistador –
entrevistado donde la interacción es recíproca (Baena, 2014). Se utiliza la entrevista con de
la finalidad de conocer la percepción del gerente y contador de la empresa INALECSA,
29
frente a las glosas que la administración tributaria genera a las organizaciones por
incumplimiento de la normativa tributaria.
Análisis Documental: esta técnica consiste en representa un documento bajo de
una manera diferente a la original, a fin de posibilitar su identificación y posterior
recuperación (Baena, 2014). Se utiliza el análisis documental en la revisión de las
documentaciones que la empresa proporciona con el fin de identificar los principales rubros
por los cuales la entidad ha sigo glosada y determinar los principales errores cometidos.
Análisis y presentación de resultados
3.4.1 Resultados de la entrevista
En la presente sección se realizará el análisis de la entrevista realizada al gerente
general y al contador de la empresa. Las entrevistas fueron elaboradas con el fin de obtener
información referente al control tributario interno que la empresa lleva a cabo para cumplir
con los parámetros expuestos en la ley referente a la deducibilidad de los gastos.
Entrevista al gerente general
1. ¿Solicita informes periódicos sobre el cumplimiento de la normativa que regula
las actividades de la empresa en materia tributaria y contable?
R. Sí. Los informes son recibidos en el departamento de gerencia de forma mensual,
que básicamente consisten en los estados financieros y en las declaraciones de los
impuestos como el IVA y las retenciones de impuesto a la renta.
2. Ante los constantes cambios en materia tributaria, ¿mantiene un plan de
actualización para el personal encargado del área tributaria y contable?
R. No se tiene un plan formal de capacitación para el departamento contable. Se
espera que el personal que trabaja en aquellas áreas posea los conocimientos necesarios
para llevar a cabo sus labores.
30
3. ¿Ha solicitado la asesoría externa para el aseguramiento de la calidad en el
cumplimiento de la ley tributaria?
R. No existe una asesoría constante en la empresa. La asesoría que se tiene es al
final de cada periodo contable cuando la empresa es sometida a auditoría externa, momento
en el cual se detallan los principales problemas que se presentan en la contabilidad.
4. En su opinión, ¿cuáles considera que son las razones del descuido de la empresa y
de la generación de las glosas?
R. Considero que la falta de organización en cada departamento ha aumentado la
cantidad de errores al momento del cumplimiento tributario. Sumado a esto la falta de una
guía confiable que sirva como referencia y checklist para asegurar así que se respeten lo
límites de los gastos deducibles. Por otro lado, también considero que el tamaño de la
empresa y la cantidad de transacciones que se tienen disminuyen el nivel de control del
cumplimiento tributario.
5. ¿Considera que una guía tributaria contribuiría a la mejora en el cumplimiento
de las obligaciones por parte de la empresa para con la administración tributaria?
R. Pienso que sería una buena ayuda para el desarrollo de las actividades y el
cumplimiento de la normativa tributaria.
Análisis general
Luego de la entrevista realizada al gerente de la empresa, se tiene que la
presentación de informes de cumplimiento se realiza de forma mensual; sin embargo, estas
constan sencillamente de los informes financieros y de los formularios de declaración de
impuestos. Por lo que no se pudo evidenciar que exista un informe formal y detallado de
cómo la empresa cumple los límites expuestos en la ley referente al gasto tributario.
31
En la misma línea, no se tuvo evidencias de un plan de capacitación dirigido hacia
el personal del departamento contable, por lo que se identifica una opción a mejorar dentro
del proceso contable en la empresa. Esto es necesario en vista de los constantes cambios
que se realizan en el sector tributario y de cuales los miembros del equipo de contabilidad
deben estar enterados.
Por otro lado, la asesoría que tiene la empresa solo consiste en la proporcionada por
la auditoría externa que se realiza de forma anual. Es decir, no se han realizado gestiones
para que un grupo de expertos detecte errores en el proceso tributario y así se pueda evitar
la generación de multas e intereses. Estos errores se dan principalmente a causa de la falta
de control de los procesos tributarios, la ausencia de una guía que sirva de checklist y del
tamaño y cantidad de transacciones que se tiene en la entidad.
Finalmente, ante la pregunta de la elaboración de una guía como ayuda en el
cumplimiento tributario, se tuvo una aceptación por parte del entrevistado. Sin embargo, es
necesario determinar los principales rubros que han sido observador por la administración
tributaria, por lo cual se realizó la entrevista al contador.
Entrevista al contador
1. ¿Cuál diría que es el impacto de las reformas tributarias en la preparación de la
información para las entidades de control?
R. Estas reformas motivan a los que trabajamos en el área contable – tributaria a
mantenernos actualizados en aquellos temas. Sin embargo, en muchas ocasiones no es
posible actualizarnos o la complejidad de tales cambios junto con las actividades impide
tener claro los cambios, lo que aumenta el índice de errores.
2. ¿Considera que la empresa cuenta con controles adecuados para asegurar la
observancia de los límites en los gastos?
32
R. Sí. Pero existe una gran cantidad de información que se debe analizar y poco
tiempo para realizarlo, lo que implica en dejar algunas partidas sin la revisión y enviar la
información como se la tenga para así evitar la presentación tardía de las obligaciones
tributarias y los recargos innecesarios.
3. ¿Cuáles son los principales rubros de gastos que han sido auditados por la
administración tributaria?
R. Los rubros que han sido observados por la administración tributaria son los de
sueldo y salarios, depreciaciones, provisión por cuentas incobrables, publicidad, entre otros
gastos. Los valores que se han declarado como gastos deducibles por estos conceptos han
sido auditados por la administración tributaria y se ha declarado que tales valores no son
deducibles lo que ha tenido un impacto en la determinación del impuesto a la renta.
4. En su opinión, ¿cuáles considera que son las razones del descuido de la empresa y
de la generación de las glosas?
R. Falta de formalización en el proceso contable y tributario que dificulta el
cumplimiento de los límites en los gastos deducibles. Además de la gran cantidad de
información que se tiene que procesar mensualmente, del poco tiempo para hacerlo y del
personal para ello. Por lo que estas circunstancias han incidido directamente en el cruce de
información entre departamentos; por ejemplo: en el pago de la nómina y los registros en el
IESS que realiza el departamento de Recursos Humanos, similar situación se replica en el
tratamiento de las cuentas por cobrar para su respectiva provisión.
5. ¿Considera que una guía tributaria contribuiría a la mejora en el cumplimiento
de las obligaciones por parte de la empresa para con la administración tributaria?
R. Pienso que sería de un gran aporte para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias. Esto permitiría la revisión constante, y así asegurar el cumplimiento de la
33
normativa vigente para determinar si las transacciones que realiza la empresa se encuentran
dentro de los parámetros legales para su clasificación como un gasto deducible.
Análisis general
Después del levantamiento de información se evidenció el impacto que tienen las
reformas tributarias en los profesionales que trabajan en el área. Se concluye que antes
estas reformas obligan a los profesionales a buscar formas de actualización, sin embargo, el
conflicto existente entre la compatibilidad de horarios y tareas provoca que en muchas
ocasiones no sea posible la actualización de conocimientos, incidiendo en el cumplimiento
de la normativa y el aumento de errores en las declaraciones tributarias.
Por otro lado, la falta de adecuados controles ha provocado que rubros como los
sueldos y salarios, las depreciaciones, las provisiones por cuentas incobrables y publicidad
no respeten los límites establecidos en la ley, por lo que la administración tributaria ha
iniciado el proceso de auditoría que culmina con el acta de determinación en la que se
afirma que tales valores no son deducibles por incumplir con la normativa expuesta.
3.4.2 Análisis documental
En la sección a desarrollar se estudian los principales rubros que han sido auditados
por la administración tributaria durante el ejercicio del año 2015, con el fin de determinar
los principales errores que la empresa ha cometido. Esto permitirá reunir información que
servirá como guía para la elaboración de la propuesta. Como primer punto a analizar se
plantea los 6 principios generales para que un gasto se deducible, basados en la ley
tributaria como se muestra en la siguiente tabla.
34
Tabla 2
Principios para gastos deducibles
Principio Base legal
1. Transacciones documentadas por comprobantes
autorizados y legales.
Art. 10 num. 1
LORTI
Art. 35 num. 7
RLORTI
2. Que se le haya efectuado la retención. Art. 35 num. 8
RLORTI
3. Que hayan sido efectuados dentro del periodo fiscal. Art. 7 LORTI
4. Para compras mayores a $1.000,00 se debe utilizar el
sistema tributario. Art. 103 LORTI
5. Que el gasto haya sido utilizado para obtener, mantener
y mejorar la renta. Art. 10 LORTI
6. Que se encuentre estipulado en la ley como un gasto
deducible. Leyes en general
La tabla precedente muestra una visión general de los principios que deben de
cumplirse para que un gasto sea deducible. Estos serán utilizados en el análisis documental
para analizar las transacciones que la empresa ha estado realizando y determinar si ha
estado aplicando los parámetros expuestos en la ley para evitar ser glosado.
Adicionalmente, se describe el procedimiento a utilizar para esta evaluación en la siguiente
figura.
35
Figura 2. Procedimiento de análisis
La figura precedente muestra el proceso que se llevó a cabo para analizar los gastos
de la empresa y evaluar si cumple con los requisitos para que el gasto sea deducible.
Después de establecer estas premisas, el paso a seguir es evaluar los gastos. Un punto para
analizar es el detalle de los gastos de la empresa que se presenta a continuación.
El primer gasto para analizar es el de compras de locales de bienes no producidos
por el sujeto pasivo. Esta cuenta es utilizada para el registro bienes que participan en la
producción de la empresa pero que no son producidas por ella. Para considerar a este gasto
deducible se debe revisar el fundamento de derecho que permita evaluar si se encuentra en
armonía con las leyes tributarias.
Como primer punto a analizar se tiene el artículo 16 y 17 del Código Tributario el
cual trata sobre el hecho generador de un tributo. De acuerdo con este cuerpo legal, al
momento de configurar el hecho generador, este debe estar sustentado de acuerdo a la
Análisis del fundamento de derecho.
Análisis del fundamento de hecho.
Recopilación y análisis de
la información.
Decisión de deducible o
no deducible.
36
esencia de su naturaleza, es decir, ya sea esta jurídica o económica. Por lo que, en primer
lugar deben de existir el documento habilitante que compruebe la existencia de la
transacción, mientras que, por otro lado, descrito en palabras sencillas, se debe dejar
constancia del pago realizado por aquella compra.
En la misma línea del texto mencionado, se puede enlazar la idea con otro
fundamento de derecho. De acuerdo con el artículo 103 de la LORTI, para compras
mayores a $1.000,00 ($5.000,00 para el año 2015) el pago debe, obligadamente, utilizar el
sistema financiero para que este gasto sea deducible, caso contrario, aquel gasto se
considera no deducible y aumenta la base imponible para el impuesto a la renta.
Luego del análisis del fundamento de derecho, se prosigue con el análisis del
fundamento de hecho, es decir, la naturaleza jurídica y económica que sustenta la
configuración del hecho generador del impuesto. Es decir, para poder tener constancia legal
de la deducibilidad del gasto, es necesario que la empresa tenga en su base de datos los
comprobantes legales para sustentar el gasto deducible. Dentro de estos requisitos se tienen
los siguientes.
Tabla 3
Fundamentos de hecho
Requisitos Presenta
Asientos de libro diario Sí
Detalle de la cuenta Sí
Documentos de venta, retención y complementarios. Sí
Comprobantes de pago con empleo del sistema financiero. No
La información que se presenta en la tabla anterior debe ser expuesta para verificar
si cumple con los requisitos de ley. Sin embargo, se detecta que no existen comprobantes de
pago que usen el sistema financiero para compras mayores a $1000.00, esto está en contra
37
del artículo 103 de la LORTI y, por consiguiente, aquel gasto es considerado como no
deducible.
El mismo procedimiento descrito anteriormente es utilizado para evaluar las cuentas
de compra locales de materia prima y las importaciones de materia prima. Después de los
análisis correspondientes, se llega a la conclusión de que existen gastos no sustentados por
comprobantes autorizados y que no cuentan con los comprobantes de pago que hacen uso
del sistema financiero, por lo que se emite la glosa correspondiente cuyo detalle se presenta
a continuación.
Tabla 4
Valores glosados por concepto de compras
Cuenta Valor
glosado
Compras netas locales de bienes no producidos por el
sujeto pasivo $ 52.164,18
Compras netas de materia prima $ 153.756,37
Importaciones de materia prima $ 21.689,31
Multas $ 340,00
Total $ 227.949,86
Antes de continuar con el análisis, se mencionará el fundamento de derecho de la
cuenta de importaciones de materia prima, mostrada en la tabla anterior. De acuerdo con el
artículo 59 de la LORTI debe de existir una concordancia entre los costos que se generen
por conceptos de importaciones y los datos declarados en el impuesto a la renta del
ejercicio. Al realizar el análisis se detectó una diferencia entre los valores importados y
registrados en la base de datos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE
versus los valores declarados en el formulario 101 del impuesto a la renta, existiendo
diferencias que debían ser sustentadas y en un caso contrario, un motivo para la glosa. Otro
rubro importante de análisis son las multas. De acuerdo con el artículo 10 numeral 3 de la
38
LORTI, existieron comprobantes que no sustentaban las multas declaradas en el estado de
resultados, por lo que este valor se considera como no deducible.
Continuando en el análisis de la información se procede a estudiar el rubro de
costo/gasto por concepto de sueldos, salarios y demás remuneraciones que constituyen
materia gravada del IESS. Los fundamentos de derecho que constan en este tema se
encuentran en el artículo 10 numeral 9 de la LORTI en el cual se establece que los valores
cancelados a los trabajadores por concepto de sueldos, salarios y remuneraciones en
general, entre otros importes cancelados al trabajador serán deducibles para efectos del
impuesto a la renta.
Sin embargo, en el inciso segundo del mismo artículo estipula que estos valores
serán deducibles sobre la parte respecto el contribuyente haya cumplido con las
obligaciones legales para con el IESS. Este aspecto legal es confirmado por el artículo 28
num. 1 último inciso en el cual se establece que para remuneraciones que son tributables al
IESS es condición necesaria y suficiente haber aportado al IESS para que el gasto pueda ser
considerado como deducible, lo cual debe ser realizado al momento de la declaración del
impuesto. En base a esto, se presenta la información de la empresa.
Tabla 5
Diferencias en aportaciones
Roles Aportaciones
según IESS Diferencia Observación
6.910.845,21 6.886.090,69 24.754,52
Valor no deducible
por concepto de
haber aportado al
IESS.
Se muestra la diferencia encontrada entre los valores reportados por el
contribuyente y las aportaciones registradas en el IESS. Esto quiere decir, que hubo un
39
rubro de nómina que estaba pendiente de aportación al momento de la declaración, por lo
que según la normativa vigente aquel valor no es deducible.
Similar análisis fue realizado para examinar los valores por concepto de beneficios
sociales, indemnizaciones y otras remuneraciones que no constituyen materia gravada del
IESS, así como los costos y gastos a la seguridad social que incluye el fondo de reserva y
cuyo detalle se muestra a continuación.
Tabla 6
Diferencias remuneraciones no objeto del IESS
Concepto Declaración Base de datos IESS Diferencia
Beneficios sociales,
indemnizaciones y
otras
remuneraciones que
no constituyen
materia gravada del
IESS
1.562.611,38 1.493.435,21 69.176,17
Diferencia en
beneficios sociales 1.178.991,20 1.142.040,68 36.950,52
Aportes al IESS que
supera el 20% de la
materia gravada
215.119,03 212.214,06 2.904,97
Fondos de reserva 2.516.459,28 2.443.779,11 72.680,17
Total 181.711,83
Estudiando otro aspecto de los gastos de la empresa, se analiza el rubro de
publicidad. El fundamento de derecho es el artículo 10 num. 9 de la LORTI y el artículo 28
num 11 de la RLORTI, en los cuales se establecen los límites para el rubro de publicidad,
que en esencia son el 4% del total de los ingresos gravados. Sin embargo, los valores que la
empresa ha puesto por concepto de publicidad no han sido sustentados por los
comprobantes de venta que cumplen con las condiciones legales, llegando a no ser
deducibles en los siguientes montos.
40
Tabla 7
Gasto de publicidad no deducible
Cuenta Monto
Publicidad 311.151,24
Este monto de publicidad no ha llegado a ser considerado como deducible en vista
de que no consta con los documentos habilitantes para que sea considerado como un gasto
legal. Es decir, la empresa no presenta los comprobantes legalizados que corroboren la
existencia de la sustancia de la transacción tanto económica como jurídica. Desde el punto
de vista económico, los comprobantes de pago que sustentan las transacciones no han sido
archivados correctamente, por lo que se han extraviado y no han sido presentados a la
administración tributaria como el fundamento de hecho por la transacción.
En el aspecto jurídico han ocurrido sucesos similares. Los comprobantes de venta
que sustentan las transacciones no han sido presentados por la empresa, dando esto como
consecuencia que no se ha podido comprobar la existencia real de la transacción, sumado a
ello la falta de los comprobantes de retención. La inobservancia de estas disposiciones
legales ha dado como resultado que el monto de $311.151,24 por concepto de publicidad
sea considerado como un gasto no deducible.
Finalmente, se analiza el gasto de depreciación. De acuerdo a la base legal se tiene
que el artículo 10 numeral 7 de la LORTI los gastos por depreciación de los activos fijos
que se encuentren en el proceso productivo serán deducibles en cuento a los límites
expuestos en el reglamento a la ley. Esto está en concordancia con lo expuesto en el artículo
28 numeral 6 de la RLORTI en el cual se establecen los montos máximos para el gasto de
depreciación. En aquel cuerpo legal se menciona lo siguiente.
41
Tabla 8
Porcentajes de depreciación
Rubro Porcentaje máximo
Inmuebles 5%
Maquinarias 10%
Vehículos 20%
Equipo de cómputo 33%
Después de examinar los montos de la propiedad, planta y equipo de la empresa se
determinó que existían equipos de los que no se pudo verificar que sean de propiedad de la
empresa, que los montos de depreciación no correspondían a los expuestos en la ley y que
contenían valores no deducibles como el revalúa. El detalle se presenta a continuación.
Tabla 9
Valores por depreciación
Descripción Valor de
declaración
Valor Revisado Diferencia
Propiedad, planta
y equipo. 527.786,21 310.183,59 217.183,59
Resume de las glosas
Luego de haber analizado los diferentes gastos que han sido motivo de
determinación por parte de la administración tributaria, se procede a realizar un resumen de
las glosas efectuadas y a mostrar las diferencias determinadas en materia de gastos, así se
podrá calcular el impuesto a pagar por la empresa más las multas, intereses y recargos
adicionales.
42
Tabla 10
Resumen de glosas
Concepto Valor
Contribuyente Valor SRI Diferencia
Ventas netas locales tarifa 12% 41,858,835.37 42,303,079.80 -444,244.43
Ventas netas locales tarifa 0% 2,584,060.63 2,615,120.72 -31,060.09
Otros ingresos 1,598,838.28 1,662,066.51 -63,228.23
Total ingresos 46,041,734.28 46,580,267.03 -538,532.75
Principales diferencias por costos y
gastos
Costo importaciones materia prima 1,476,939.92 1,467,463.32 9,476.60
Costo/gasto beneficios sociales,
indemnizaciones y otras remuneraciones
que no constituyen materia gravada
1,562,611.38 1,493,435.21 69,176.17
Costo/gasto aporte a la seguridad social
incluye fondo de reserva 1,268,698.27 1,247,761.01 20,937.26
Total costos y gastos 96,391,718.13 97,369,193.60 -977,475.47
Compras netas locales de bienes no
producidos por el sujeto pasivo 3,012,879.88 2,960,715.70 52,164.18
Costo compras locales netas materia prima 11,938,421.43 11,784,665.06 153,756.37
Costo importaciones materia prima 1,476,939.92 1,454,910.61 22,029.31
Costo/gasto sueldos, salarios y demás
remuneraciones que constituyen materia
gravada del IESS
6,969,704.91 6,944,950.39 24,754.52
Costo/gasto beneficios sociales,
indemnizaciones y otras remuneraciones
que no constituyen materia gravada
1,562,611.38 1,453,579.72 109,031.66
Costo/gasto aporte a la seguridad social
incluye fondo de reserva 1,268,698.27 1,216,955.35 51,742.92
Gasto promoción y publicidad 1,623,812.96 1,312,661.72 311,151.24
Costo/gasto Suministros y materiales 921,963.80 913,139.14 8,824.66
Cuentas incobrables 58,000.00 5,171.10 52,828.90
Costo/gasto depreciación no acelerada de
propiedades, planta y equipo 1,020,751.02 803,567.43 217,183.59
Costo pagos por otros servicios 5,687,793.85 5,360,936.13 326,857.72
Gastos no deducibles locales 874,725.51 - 874,725.51
Valor de reversos de gastos no deducibles
no aceptado por la administración tributaria 119,877.28 -119,877.28
43
La tabla precedente muestra las diferencias encontradas entre los valores declarados
por el sujeto pasivo y el determinado de acuerdo a la normativa tributaria. Estos valores
fueron utilizados para determinar el impuesto a pagar antes de intereses y recargos. A partir
de este valor se determina el monto de intereses el cual se calcula de acuerdo a lo expuesto
en el artículo 21 del Código Tributario el cual menciona que la obligación tributaria no
cumplida generará intereses a favor del sujeto pasivo, calculados desde su fecha de
exigibilidad hasta la de su extinción.
En la misma línea, de acuerdo con el artículo 90 del Código Tributario se establece
el recargo del 20% sobre el principal cuando la administración tributaria se encargue de la
determinación. El resumen de estos valores se detalla a continuación.
Tabla 11
Impuesto, intereses y recargos
Descripción Determinación
Impuesto causado 598.760,85
Intereses hasta 15/01/2019 191.813,04
Recargo del 20% 119.752,17
Impuesto a pagar 910.326,06
La tabla precedente evidencia el valor a pagar por concepto intereses. Se puntualiza
que estos fueron calculados desde su fecha de exigibilidad el 19/04/2016 hasta su fecha de
extinción. Puesto que no se tuvo información sobre la fecha de pago de la empresa, se
escogió como fecha de extinción el 15/01/2019 para poder desarrollar el ejercicio. Sin
embargo, esto demuestra el efecto que tiene la no observación en el cumplimiento de la
normativa tributaria.
44
4 CAPITULO 4
PROPUESTA
Tema
Guía tributaria para el incumplimiento de la normativa tributaria y la prevención de
glosas por parte de la empresa INALECSA.
Introducción
La presente propuesta contempla una guía de prevención de glosas tributarias
dirigida a la empresa INALECSA, con el objetivo de minimizar los errores en la
interpretación de la normativa tributaria e incrementar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias, por medio de la guía de rubros de gastos, pudiendo determinar los deducibles y
no deducibles. Esta guía está diseñada principalmente para la empresa INALECSA
enfocándose en sus necesidades y glosas encontradas, es así que el aspecto de
cumplimiento legal y procedimientos se limitaran a dichas glosas, sin embargo la propuesta
servirá para futuras investigaciones y organizaciones que requieran una base para su
implementación, dado a que todas deben realizar sus conciliaciones tributarias, donde se
presentan los rubros de gastos que mayor deducciones pueden realizar.
El proceso de determinación comienza en el momento que el SRI en su facultad
determinadora notifica al contribuyente que se encuentra en dicho proceso, donde deberá
mostrar la documentación pertinente que respalde las declaraciones realizadas. Si el
contribuyente no encuentra la documentación, ya sea por extravió o por incumplimiento del
procedimiento, constara como sustento de la falta de pruebas para justificar dichos gastos.
Sin embargo, si el contribuyente encuentra la documentación podrá presentarla en el acta
final de determinación durante el proceso de reclamo administrativo.
45
Objetivos
4.3.1 Objetivo General
Mejorar el cumplimiento de las disposiciones de la normativa tributaria en la
empresa INALECSA, partiendo de la evaluación realizada para prevenir y mitigar las
glosas tributarias.
4.3.2 Objetivos específicos
Mantener el conocimiento actualizado sobre reformas tributarias al personal
responsable del área y control contable.
Disminuir los errores del contribuyente en la interpretación y registro contable de
los gastos.
Desarrollo de la propuesta
4.4.1 Obligaciones tributarias
La empresa INALECSA, al ser considerada una sociedad contribuyente especial
presenta las siguientes obligaciones tributarias:
Tabla 12
Obligaciones Tributarias
Obligaciones Tributarias Cumplimiento
Anexo Accionistas, participes, socios,
miembros del directorio y administradores
Hasta el 22 de febrero de cada año
Anexo de dividendos, utilidades o beneficios Hasta el 22 de abril de cada año
Anexo de relación de Dependencia Hasta el 22 de enero de cada año
Anexo Transaccional Simplificado Hasta el 22 de cada mes
Declaración de Impuesto a la renta Hasta el 22 de abril de cada año
Declaración de retenciones en la fuente Hasta el 22 de cada mes
Declaración Mensual del IVA Hasta el 22 de cada mes
Impuesto a la Propiedad de Vehículos
motorizados
Pago anual
46
4.4.2 Diagnóstico Inicial de las glosas Tributarias
La empresa INALECSA, durante el periodo de presentación del impuesto a la renta
y el proceso de determinación tributaria realizado por la administración tributaria para
verificar el cumplimiento de sus obligaciones, presento la información y documentos
correspondientes que respaldan cada rubro declarado. A continuación, se presenta las
principales glosas a considerar para esta investigación, que fueron determinadas por la
administración tributaria luego del análisis de la información:
Tabla 13
Glosas Tributarias
Glosa Valor Observación
Compras netas locales de
bienes no producidos por
el sujeto pasivo
52,164.18 Medios de pago no presentados que soporten
las compras
Costo compras locales
netas materia prima
153,756.37 Soportes documentales (asiento contable,
comprobante de venta) no presentados y
soportes documentales de medio de pago no
presentados
Costo/gasto sueldos,
salarios y demás
remuneraciones que
constituyen materia
gravada del IESS
24,754.52
Rubros no sustentados con planillas del IESS
según análisis individual por empleado
Gasto promoción y
publicidad
311,151.24 Soportes documentales no presentados por el
contribuyente por US$ 89.285, soportes
documentales de medio de pago presentados
parcialmente por US$ 102.102,79 y soportes
documentales de medio de pago no presentados
por US$ 119.763,45
Costo/gasto depreciación
no acelerada de
propiedades, planta y
equipo
217,183.59
Activos propiedad planta y equipo revaluados,
que no se demostró la propiedad por
US$ 173.080,01 y diferencias en cálculos
realizados por US$ 44.103,58
47
4.4.3 Guía para el control de nomina
La empresa INALECSA presenta glosas por concepto de costo y gastos de sueldos,
salarios y demás remuneraciones que constituyen materia gravada del IESS, debido a la
existencia de rubros no sustentados con planillas del IESS, es decir existen valores pagados
al personal que no se consideran para el cálculo de las aportaciones. Con la finalidad de
disminuir las glosas por estas inconsistencias, se establecen procedimientos para la gestión
efectiva de nómina y beneficios.
48
MANUAL DE POLITICAS Y
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE
NOMINA
Fecha: Código: Versión: Página:
10/04/2019 001 1 1/2
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA EMPRESA
INALECSA
1. Alcance
La presente documentación, comprende los procedimientos para el registro, calculo,
verificación, cierre y pago tanto de remuneraciones como de beneficios aplicables a los
trabajadores de la empresa INALECSA.
2. Aspecto tributario
Con el fin de establecer un adecuado control de la nómina para que los valores
pagados por este concepto cumplan los requisitos de ley, se establece las políticas
expuestas en el artículo 10 numeral 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno y en el
artículo 28 numeral 1 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno.
Los sueldos y salarios, además de otras remuneraciones serán deducibles
para efectos de la determinación del impuesto a la renta.
Las remuneraciones en general, así como los beneficios sociales solo
serán deducibles en la proporción sobre la cual el contribuyente haya
cancelado sus aportaciones al IESS.
Regla general
Como regla general se establece el cruce de información entre el departamento de
Recursos Humanos y el Departamento de contabilidad, para que los pagos al IESS sean
realizados de manera oportuna.
Dentro del proceso de control se encuentra la verificación de los valores en
bancos para realizar la autorización del débito bancario en los pagos al IESS.
El departamento de contabilidad será el responsable de la verificación del pago al
IESS en las conciliaciones bancarias y de los respectivos asientos contables.
49
3. Responsabilidades
Jefe de Talento Humano
Debe aprobar los valores a pagar, descuentos y provisiones provenientes del
proceso de nómina y generación de roles de pagos, se incluye en casos especiales
como en anticipos de remuneraciones, decimos, quincenas y otros particulares
que se requieran.
Especialista de Talento Humano
Se encarga del procesamiento de reportes e informes para controlar y dar
seguimiento a los mismos.
Analista de nómina
Verificar los días laborados por los trabajadores.
Considerar el cálculo por la diferencia de remuneración en caso de enfermedad o
accidente laboral.
Aplicar descuentos y retenciones por el periodo del cálculo, incluyendo anticipos
por quincena.
Revisar los resultados, cuidando que existen similitudes o diferencias en términos
de ingresos, contribuciones del empleador, fondos preliminares para el Seguro
Social, provisiones para vacaciones y decimos terceros.
En caso de variaciones, debe verificar y corregir el error, hasta que el valor sea
cuadrado. El rol de pago final se cierra como resultado de este proceso.
Enviar informes de pagos mensuales y noticias a Tesorería.
Generar archivo de nómina de carga para el sistema informático IESS.
Realice un cálculo de dos semanas y emita un archivo de pago que se envía al
departamento de finanzas.
Conserva el valor correspondiente a la retención legal y aplica el descuento para
el adelanto del décimo tercer salario.
Registra los datos requeridos para los cálculos de gastos por viáticos en el
sistema, según las aplicaciones diarias autorizadas que ingresan a Talento
Humano.
50
Calcula el valor que corresponde a la liquidación de la nómina, partiendo de la
motivación de separación del empleado.
Revisar los resultados y determina cambios. Si existen cambios o diferencias
relacionados con los ingresos, deberá identificar y corregir los errores, e informar
al IESS sobre las novedades (avisos de salidas e ingresos adicionales).
Envía al departamento financiero la liquidación y demás documentos de soporte.
Registra los documentos en el portal de la agencia del Ministerio de Relaciones
Laborales para obtener las actas finales o las citas para la conciliación del acta de
finiquito.
Asistente de Talento Humano
Colaborar con el ingreso y salida del personal o pasantes para mantener
actualizado el sistema del IESS.
Cooperar con los registros de acceso de empleados o el procesamiento de
registros.
Jefe del área financiera
Realiza los cálculos de los sueldos.
Realiza la retención de impuestos
Realiza el cálculo de préstamos
Elabora y guarda los recibos electrónicos por sueldos y salarios.
4. Formatos de control
A continuación se presentan formatos de control para el cruce de información
entre las planillas del IESS y los gastos de sueldos registrados en contabilidad.
Mes Según Planillas IESS Según Gasto 101 Diferencia
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
51
Total
-
-
-
Adicionalmente, para un adecuado control se plantea un modelo de plan de
cuentas utilizadas para el cruce de planillas con el IESS.
Cuenta Descripción Valores
600111060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600131060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600140060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600171060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600175060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600250060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600252060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600253060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600301060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600302060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600303060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600304060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600305060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
600307060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
520201060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
520202060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
520203060 Sueldos, salarios y demás remuneraciones
-
Total
-
52
MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
PARA EL CONTROL DE NOMINA
Fecha: Código: Versión: Página:
10/04/2019 001 1 1/2
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA EMPRESA
INALECSA
Procedimiento para el control de nomina
Área de Recursos
Humanos
Otras Áreas Área de
Finanzas
Área de
Contabilidad
INICIO
Lleva el
expediente de
cada trabajador.
Guarda y lleva
los avisos
informativos del
IESS
Llevan la
información
de sus
nóminas.
Envía reporte
de nómina a
Talento
humano.
Lleva el
control del
pago y
retenciones.
Realiza el
cálculo del
salario neto
del trabajador
FIN
53
4.4.4 Guía para las compras y comprobantes de ventas
La Administración tributaria en su facultad determinadora, establece glosas por
concepto de compras, debido a la ausencia de presentación de comprobantes que soporten
las transacciones. Con la finalidad de prevenir este tipo de glosas, se establecen políticas y
procedimientos para la evaluación de las compras y de los documentos que sustentan la
compra.
MANUAL DE POLITICAS Y
PROCEDIMIENTOS PARA LAS COMPRAS
Fecha: Código: Versión: Página:
10/04/2019 001 1 1/2
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA EMPRESA
INALECSA
1. Objetivo
Establecer los procedimientos para el control de las compras y sus respectivos
comprobantes.
2. Alcance
El procedimiento incluye al área logística, contable y de tesorería.
3. Base Legal
Reglamento de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios
4. Procedimientos
1. Todo proveedor deberá ingresar el comprobante de pago que será revisado por el
departamento de contabilidad, verificando su validez.
2. Para cumplir con el precedente, se deberá:
Verificar que el expediente de pago este completo, es decir poseer comprobante
de compra, guía de remisión, acta de recepción, notas de ingreso al almacén,
orden de servicio, según sea el caso.
54
Comunicar al proveedor el lugar de entrega de su factura, según el horario que
establezca el departamento de contabilidad.
5. Políticas de facturación
1. La empresa INALECSA solo realizara el pago de facturas originales, sino no
cumplen con los requisitos expuestos por el reglamento de los comprobantes de
ventas, se retrasara el pago o rechazara la factura.
2. Las facturas deben poseer los siguiente requisitos:
Nombre comercial
Razón social del emisor
RUC del emisor
Denominación del documento
Dirección de la matriz o establecimiento
Identificación del adquirente
Número de autorización otorgada por el SRI
Fecha de emisión, número de guía de remisión (si fuese el caso)
Descripción del bien o servicio
Cantidad del bien o servicio
Fecha de caducidad de la factura
Formas de pago
Firma del adquirente
Datos de la imprenta
Destinatarios.
3. Si los proveedores no presentan los documentos pertinentes vinculados al
expediente, se rechazara la recepción de los mismos.
6. Responsabilidades
Departamento de Contabilidad
Revisar que los expedientes estén completos.
Recibir los documentos de los proveedores, que deben relacionarse con los
documentos del expediente.
Ingresar la información en el sistema para su contabilización.
Adjuntar los documentos entregados por los proveedores a los expedientes y
remitir a tesorería.
Departamento de Tesorería
Recibir los expedientes y verificar el importe a pagar.
Una vez efectuado el pago al proveedor, el departamento realiza la devolución al
departamento correspondiente, adjuntando comprobante de pago para el cierre
definitivo del mismo.
55
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA EMPRESA
INALECSA
Procedimiento para el control del las compras y documentos de venta
Área de compras Proveedor Área de contabilidad
Evalúa
proveedores y
ofertas
Emite la orden
de compra
Despacha
pedido y
entrega
comprobante
de venta.
Archivar
Recibe pedido
y envía
comprobante a
contabilidad.
¿Cumple el
comprobante
con requisitos
de ley?
INICIO
FIN
Sí
No
56
4.4.5 Guía para el control de activos fijos
MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS
PARA EL CONTROL DE ACTIVOS FIJOS
Fecha: Código: Versión: Página:
10/04/2019 001 1 1/2
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA EMPRESA
INALECSA
1. Alcance
El contenido a mostrar abarca los principios generales para que el gasto por activos fijos
y su depreciación; así como otros movimientos de estos rubros sean deducibles para
efectos del impuesto a la renta y no sean objeto de glosas por parte de la administración
tributaria.
2. De la compra de activos fijos
Para evitar glosas en la adquisición de activos fijos es necesario que la compra
cumpla con los principios expuestos en la normativa tributaria. De acuerdo con el
artículo 10 primer inciso:
Serán deducibles los costos y gastos en los que se incurran para obtener,
mantener o mejorar la renta gravada.
El numeral 1 del mencionado artículo establece lo siguiente:
Los costos y gastos serán deducibles siempre que se encuentren
debidamente sustentados con comprobantes de venta que cumplan los
requisitos establecidos en el reglamento correspondiente.
Para que este gasto sea deducible como norma general, a parte de los ya
mencionados, se tendrán en consideración los siguientes puntos:
Que el activo sea utilizado dentro del proceso productivo de la empresa,
para obtener, mantener o mejorar la renta gravada.
Que la compra ser realice dentro del periodo fiscal correspondiente.
Que se haya realizado la respectiva retención de ser el caso.
57
3. De la depreciación
Para que el gasto por depreciación sea deducible en el impuesto a la renta, se
considera lo expuesto en el artículo 10 numeral 7 de la Ley de Régimen Tributario
Interno en el cual se estipula lo siguiente:
La depreciación se considera como un gasto deducible, de acuerdo a la
vida útil del bien y la técnica contable, de acuerdo a lo estipulado en el
reglamento.
En la misma línea, de acuerdo con el artículo 28 numeral 6 del Reglamento para
la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno se estipula lo siguiente:
El gasto de depreciación no podrá superar los siguientes montos:
Activo Depreciación
máxima
Inmuebles (excepto terreno), naves,
aereonaves, barcazas y similares. 5% anual
Instalaciones, maquinarias, equipos
y muebles. 10% anual
Vehículos, equipos de transporte y
equipo caminero móvil. 20% anual
Equipos de cómputo y software 33% anual
4. De la depreciación acelerada
En el artículo 28 numeral 6 literal c, se describe lo siguiente:
En caso de un uso intensivo del bien, deterioro u otras razones
debidamente justificadas, el director del SRI emitirá la autorización para
una depreciación en porcentajes mayores a los indicados en el reglamento.
La depreciación acelerada se realizará solo en bienes nuevos.
Se realizará una solicitud para la depreciación acelerada.
5. De la revaluación
En el artículo 28 numeral 6 literal f, se describe lo siguiente:
La depreciación correspondiente al revalúo no será deducible.
6. Formatos de control
58
Con el fin de optimiza el control de los activos fijos de acuerdo a la normativa
tributaria, se propone el empleo de los siguientes formatos para llevar el control de los
valores por depreciación y revalúo.
Código
Contable Cta. Contable
Suma de
Total
depreciac
ón
Suma de
Valor a
depreciar
en días
Suma de
Diferencia
Gasto Cía. VS.
Recalculo
depreciación
GND
por
deprecia
ción
acelerad
a en Act.
Fijo
GND
por
revalu
ación
de Act.
Fijo
VU
Según
Cía.
VU
Según
RECA
LCUL
O
101070300
1 Activos de bajo valor 102010100
1 Terrenos
1020102001 Edificios
102010300
1 Construcciones en curso 102010400
1 Instalaciones
1020105001 Muebles y enseres
102010600
1 Maquinarias 102010700
1 Equipos de computación
1020108001
Vehíc. Y equipos de transporte
102010900
1 Moldes 102011000
1
Equipos de oficina y
comunicación
1020111001 Equipos
102011300
1
Repuestos y piezas
importantes
102040200
1 Marcas adquiridas 102040600
1
Software - licencias tiempo
fabricante
1020407001 Know how (inf.no divulgada)
Total
59
Código
Act.
Fijo
Subnúmero Codigo
Lugar
de Act.
Fijo
Codigo
Contable
Cta.
Contable VU
VU
PBP
Diferencia
en VU Val.res.% VTA
Nº
invent. Fe.capit.
Año de
Capit. Día Mes Año
Año final de
depreciación Comentario
Denominación del activo fijo Val.adq. Con revalúo Valor act. Fijo sin
revalúo Valor revalúo GND revalúo Amo acum.
Total
depreciación a
diciembre
60
Impacto de la propuesta
Con la aplicación de las estrategias diseñadas en el presente documento, se pretende
mejorar el cumplimiento de las disposiciones tributarias en la empresa, por lo que se evitará
la generación de glosas y así el pago de multas e intereses. El impacto será positivo, puesto
que se tendrá un ahorro en el pago del impuesto a la renta, multas e intereses. El resumen
del impacto se presenta a continuación.
Tabla 14
Liquidación del IR antes de propuesta
Descripción Contribuyente SRI Diferencia
Ingresos 46.041.734,28 46.580.267,03 -538.532,75
Costos y gastos 39.726.590,03 39.627.000,00 99.590,03
Utilidad del ejercicio 6.315.144,25 6.953.267,03 -638.122,78
Participación a
trabajadores 947.271,64 1.042.990,05 -95.718,42
Gastos no deducibles 874.725,51 2.246.275,08 -1.371.549,57
Base imponible 6.242.598,12 8.156.552,06 -1.913.953,93
Impuesto causado 1.373.371,59 1.794.441,45 -421.069,87
Impuesto a pagar 981.528,96 1.580.289,81 -598.760,85
La tabla precedente evidencia la diferencia en el impuesto a pagar producto de los
problemas en la determinación de gastos deducibles y gastos no deducibles. Se evidencia
un monto mayor a pagar por el valor de $598.760,85 más intereses y el recargo del 205 que
fueron determinados en el capítulo 3. Sin embargo, con la aplicación de la propuesta se
pretende que no existan diferencias entre las declaraciones presentadas por el contribuyente
y los valores que reposan en la base de datos del SRI. Por lo que, para el año de estudio la
empresa pudo haber evitado las glosas ya estudiadas. A continuación, se presenta un
proyectado con la aplicación de la propuesta.
61
Tabla 15
Proyección con propuesta
Descripción Contribuyente Año 1 Año 2 Año 3
Ingresos 46.041.734,28 50.645.907,71 55.710.498,48 61.281.548,33
Costos y gastos 39.726.590,03 43.699.249,03 48.069.173,94 52.876.091,33
Utilidad del ejercicio 6.315.144,25 6.946.658,68 7.641.324,54 8.405.457,00
Participación a
trabajadores 947.271,64 1.041.998,80 1.146.198,68 1.260.818,55
Gastos no deducibles 874.725,51 787.252,96 708.527,66 637.674,90
Base imponible 6.242.598,12 6.691.912,83 7.203.653,52 7.782.313,34
Impuesto causado 1.373.371,59 1.672.978,21 1.800.913,38 1.945.578,34
Con la aplicación de la propuesta se pretende el ingreso, así como los costos y
gastos sigan una tendencia creciente; pero que los valores por conceptos de gastos no
deducibles disminuyan, esto a causa de que se lleva un mejor control para determinar los
gastos que son deducibles y los que no cumplen los requisitos para considerarlos como
deducibles. Además, al implementar la propuesta, se espera que los valores declarados por
el contribuyente no sean determinados por la administración tributaria, puesto que no
existirá diferencias entre los valores declarados por el contribuyente y la base de datos de la
administración tributaria.
Socialización de la propuesta
Con el fin de garantizar el óptimo desempeño en la aplicación de la propuesta
desarrollada en la presente investigación, se plantea un programa de capacitación dirigido
hacia el personal que labora en la empresa INALECSA y que se encuentran directamente
relacionados con el manejo de la contabilidad y la aplicación de las normas tributarias. Este
programa de capacitación será expuesto por el investigador de la tesis en las instalaciones
de la entidad. El material para presentar se evidencia a continuación.
62
Tabla 16
Plan de capacitación. Parte 1
Programa de capacitación tributaria al personal de la empresa INALECSA
Fecha Hora Contenido Metodología Responsable Materiales
Día 1
Tema 1
09H00-9H30 Apertura y presentación del programa -
Tema: Teoría tributaria Charla Expositiva Investigador
Equipo de proyección
Equipo de computación
09H30-11H15 Los Impuestos Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
11H15-13H00 Código Tributario Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
13H00-14H00 Receso
14H00-15H30
Reglamento de comprobantes de venta,
retenciones y documentos
complementarios
Charla expositiva Taller Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
15H30-17H00 Otras leyes Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
Día 2
Tema 2
09H00-9H30 Repaso de la clase anterior - Tema:
Ingresos Charla Expositiva Investigador
Equipo de proyección
Equipo de computación
09H30-11H15 Ingresos gravados Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
11H15-13H00 Ingresos exentos Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
13H00-14H00 Receso
14H00-15H30 Otros ingresos, comprobantes de venta
y retenciones Charla expositiva Taller Investigador
Equipo de proyección
Equipo de computación
15H30-17H00 Estrategias para el tratamiento de los
ingresos Taller Investigador
Equipo de proyección
Equipo de computación
63
Tabla 17
Plan de capacitación. Parte 2
Programa de capacitación tributaria al personal de la empresa INALECSA
Fecha Hora Contenido Metodología Responsable Materiales
Día 3
Tema 3
09H00-9H30 Repaso de la clase anterior - Tema: Gastos Charla Expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
09H30-11H15 Gastos deducibles y no deducibles Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
11H15-13H00 Gastos deducibles y no deducibles Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
13H00-14H00 Receso
14H00-15H30 Gastos del exterior y retenciones Charla expositiva Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
15H30-17H00 Estrategias para el tratamiento de los gastos Taller Investigador Equipo de proyección
Equipo de computación
Día 4
Tema 4
09H00-9H30 Repaso de la clase anterior - Tema: Cierre de
estados financieros Charla Expositiva Investigador
Equipo de proyección
Equipo de computación
09H30-11H15 Conciliación tributaria Taller Investigador Equipo de computación
11H15-13H00 Impuestos diferidos Taller Investigador Equipo de computación
13H00-14H00 Receso
14H00-15H30 Cálculo del impuesto a pagar y anticipo Taller Investigador Equipo de computación
15H30-17H00 Estrategias de aplicación del programa Taller Investigador Equipo de computación
64
Conclusiones
Es importante contar con las fuentes teóricas tanto científicas como legales para que
una empresa pueda velar por el cumplimiento de las normativas legales que rigen el
desarrollo de sus actividades comerciales. Esto permitirá que los colaboradores de la
empresa puedan contar con los conocimientos actualizados, para sí poder cumplir con la
normativa vigente en materia tributaria.
Después del análisis de la información se tiene que la empresa ha estado
incumpliendo el los límites de los gastos referentes a rubros como sueldos y salarios,
aportaciones al IESS, depreciaciones, gastos de publicidad entre otros. Esto ha resultado en
el llamado de atención por parte de la administración tributaria producto de lo cual hay una
glosa por parte del SRI.
Finalmente, luego del estudio realizado se determina que la empresa no cuenta con
un manual de políticas y procedimientos tributarios que contribuyan al cumplimiento de los
lineamientos tributarios; por lo que una guía en la que conste los principales gastos y
límites que una empresa debe de considerar servirá para reducir los errores al momento de
las declaraciones tributarias.
65
Recomendaciones
Se recomienda el empleo de un sistema de capacitación para que el personal de la
empresa pueda contar con los conocimientos necesarios en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias. En la capacitación debe constar las últimas reformas tributarias,
con el fin de que puedan ser aplicadas al tiempo oportuno de su vigencia.
Es importante una planificación de gestión, con el fin de identificar los principales
rubros en los cuales la entidad ha presentado problemas en el cumplimiento de los límites
de los gastos deducibles. Esto con el fin de prevenir la generación de glosas, multas e
interés innecesarios.
Finalmente, se sugiere el uso y la socialización con los miembros de la empresa, de
la guía desarrollada en el presente documento, de tal manera que sirva de orientación hacia
el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Sin embargo, se recomienda una revisión
constante de la información presentada en la guía para verificar que esta cuenta con la
normativa vigente y aplicable a cada periodo fiscal.
66
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70
5 ANEXOS
Anexo 1 Formato de la entrevista dirigida al Gerente General
UNIVERSIDAD ESTATAL DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
Objetivo: Obtener información relevante sobre el control tributario interno de
INALECSA, para cumplir con los parámetros de deducibilidad de gastos.
Propuesta: Guía para la prevención de glosas tributarias por rubros de gastos.
1. ¿Solicita informes periódicos sobre el cumplimiento de la normativa que regula
las actividades de la empresa en materia tributaria y contable?
2. Ante los constantes cambios en materia tributaria, ¿mantiene un plan de
actualización para el personal encargado del área tributaria y contable?
3. ¿Ha solicitado la asesoría externa para el aseguramiento de la calidad en el
cumplimiento de la ley tributaria?
4. En su opinión, ¿cuáles considera que son las razones del descuido de la
empresa y de la generación de las glosas?
71
5. ¿Considera que una guía tributaria contribuiría a la mejora en el
cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa para con la
administración tributaria?
72
Anexo 2 Entrevista al contador
Entrevista dirigida al Contador
1. ¿Cuál diría que es el impacto de las reformas tributarias en la preparación de
la información para las entidades de control?
2. ¿Considera que la empresa cuenta con controles adecuados para asegurar la
observancia de los límites en los gastos?
3. ¿Cuáles son los principales rubros de gastos que han sido auditados por la
administración tributaria?
4. En su opinión, ¿cuáles considera que son las razones del descuido de la
empresa y de la generación de las glosas?
5. ¿Considera que una guía tributaria contribuiría a la mejora en el
cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa para con la
administración tributaria?
73