Post on 16-Jan-2016
description
Yo, JOSÉ AMBROSIO ROJAS ÁVILA, venezolano, soltero, mayor de edad y titular de la
Cédula de Identidad No. V- 1.880.032 por el presente documento declaro: Que doy en
venta pura y simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana SABINA JOSEFINA MESA
RODRÍGUEZ, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No.
V- 12.374.850, un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N0. C-168,
Bloque 2, Piso 16, Edificio 1, ubicado en la Urbanización 23 de Enero, Sector Atlántico
Norte, Parroquia 23 de Enero, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital. El
apartamento forma parte del edificio comprendido entre los linderos y medidas que señala
el Documento de Condominio inscrito en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de
Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal hoy Distrito Capital, de fecha 22 de
noviembre de 1983, anotado bajo el No. 5, Protocolo 1, Tomo 19 y en los planos
explicativos del Edificio, sus dependencias e instalaciones, agregados al respectivo
Cuaderno de Comprobantes de la citada Oficina Subalterna de Registro con fecha 22 de
noviembre de 1983, anotado bajo los números: 550 al 553, a los folios 1237 al 1250 y
documento de aclaratoria Protocolizado por ante la misma Oficina Subalterna de Registro,
de fecha 7 de febrero de 1984, anotado bajo el No. 47, Tomo 10, Protocolo 1. El
apartamento objeto de esta venta se compone de: SALA-COMEDOR, COCINA-
LAVADERO, UN (1) BAÑO, CUATRO (4) DORMITORIOS, UN (1) TENDEDERO.
Tiene una superficie de CIENTO UN METRO CUADRADOS CON CINCUENTA Y
DOS DECÍMETROS CUADRADOS (101,52 Mtrs2), está comprendido entre los
siguientes linderos: PISO: con techo del apartamento C-158; TECHO: con platabanda del
edificio; NORTE: con fachada norte del edificio; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE:
con fachada este del edificio; OESTE: con pared del apartamento C-166 y espacio común
de circulación. El referido inmueble representa el CERO COMA NOVECIENTOS DOS
MILÉSIMAS POR CIENTO (0,902%) del valor atribuido al edificio en el respectivo
Documento de Condominio. El precio de esta venta es la cantidad de SESENTA MIL
BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 60.000,00) los cuales recibo en este acto en dinero
efectivo, a mi entera satisfacción y en moneda de curso legal, de manos de la República
Bolivariana de Venezuela, por Órgano del Ministerio para la Vivienda y Habitat, en
ejecución del programa V1111 Atención Habitacional para la Familia Damnificada o en
situación de riesgo inminente”. El inmueble antes descrito me pertenece según se evidencia
de documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del
Sexto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha diecinueve (19) de
febrero de 2004, quedando registrado bajo el No. 27, Tomo 14, Protocolo 1, fotocopias de
Cédulas agregadas al Libro de Comprobantes Especial bajo el No. 804, Folios 804, Primer
Trimestre de Dos Mil cuatro (2004). Sobre el apartamento vendido no pesa ningún
gravamen y nada debe por concepto de impuestos municipales, estadales ni nacionales. Con
la firma del presente documento, le hago a la compradora la tradición legal del inmueble
vendido, poniéndolo en propiedad y posesión del mismo, obligándome al saneamiento de
Ley de conformidad a lo establecido en el artículo 1.503 del Código Civil. Y yo SABINA
JOSEFINA MESA RODRÍGUEZ, antes identificada, declaro: “Que acepto la venta que se
me hace en los términos expuestos en este documento. Las partes firmantes del presente
documento (Vendedor y Comprador), declaran y aceptan que ni la República Bolivariana
de Venezuela por Órgano del Ministerio para la Vivienda y Habitat, o por órgano de
cualquier otro Ministerio, ni ninguno de sus entes públicos descentralizados, poseen
responsabilidad alguna respecto del inmueble objeto de esta venta ni por concepto de
evicción, ni por existencia de vicios ocultos, ni por ningún otro concepto, limitándose su
participación única y exclusivamente al pago del precio de la venta en nombre del
comprador, pues con la presente negociación han quedado satisfechas las aspiraciones del
comprador en su condición de persona “afectada”. En Caracas, a la fecha de su
presentación.