Cuantía de la subvención: 60 € por alumno beneficiario. Criterio: menor nivel de renta per...
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Cuantía de la subvención: 60 € por alumno beneficiario.
Criterio: menor nivel de renta per cápita. Si se realiza más de una solicitud, será válida la
última. Las solicitudes serán valoradas por la Comisión
de Valoración de la Consejería de Educación. Resolución provisional: se publicará en Papás 2.0
(plazo reclamaciones 10 días en SSPP). Resolución definitiva: hasta 15/12/2014 (en
PAPAS 2.0).
Si se autoriza al órgano gestor para su comprobación y verificación:◦ FACTURA ACREDITATIVA DEL GASTO (compra de libros).◦ ANEXO declaración responsable de los tutores (al final de la
orden). Si no se autoriza:
◦ FACTURA ACREDITATIVA DEL GASTO (compra de libros).◦ ANEXO declaración responsable de los tutores (al final de la
orden).◦ Fotocopia DNI, NIE o tarjeta de residencia en vigor de cada
miembro computables de la familia.◦ Declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2013 o
certificación de ingresos.◦ Fotocopia del título de familia numerosa.◦ Fotocopia del certificado acreditativo del grado de discapacidad.
Del 15 al 30 de septiembre. Padre, madre o tutor. PAPAS 2.0-Secretaría Virtual-Tramitación
por Internet-Elegir Subvención 1º y 2º Primaria
Rellenar y adjuntar documentación. Firmar con claves.
La renta se calculará de la siguiente manera:Casilla 411+casilla 419-casilla 511
Casilla (411): Base liquidable general.
Casilla (419): Base liquidable del ahorro.Casilla (511): Cuota resultante de la autoliquidación.
Renta per cápita:◦ (Renta padre + Renta madre) / nº miembros computables de la
unidad familiarVER DEDUCCIONES
◦ RENTA: EJERCICIO 2013◦ MIEMBROS: según situación a 31/12/2013
Hallada la renta familiar según lo establecido en los apartados anteriores, se aplicarán las siguientes deducciones, siempre que se acredite que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2013:
-1.500 euros por familia numerosa legalmente reconocida.
-2.000 euros por cada miembro de la unidad familiar que esté afectado de discapacidad, legalmente reconocida, entre el 33% y el 65%.
-6.000 euros por cada miembro de la unidad familiar que esté afectado de discapacidad, legalmente reconocida, igual o superior al 65%.