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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 1 de 46 Revisión 0 CONFIPETROL S.A. MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN EVALUACION DE ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLE S&SO DEC. 2566 2009 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Jul-09 SI SI AMBIENTAL RES. 415 2010 Toda la resolución N/A HSEQ Apr-10 NO SI AMBIENTAL MIN SALUD RUIDO RES 8321 1983 Toda la resolución TODAS LAS INSTALACIONES Apr-10 SI SI AMBIENTAL EL CONGRESO DE COLOMBIA FAUNA LEY 84 1989 TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI AMBIENTAL FAUNA LEY 1608 1978 Att 220 Prohibiciones con respecto a la fauna TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI AMBIENTAL EL CONGRESO DE COLOMBIA FLORA LEY 299 1996 Art. 1, 10 PROTECCION FLORA TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI AMBIENTAL EL CONGRESO DE COLOMBIA FAUNA LEY 17 1981 Toda PROTECCION FAUNA TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI AMBIENTAL Congreso de Colombia COMPARENDO AMBIENTAL Ley 1259 2008 TODA COORDINADOR O&M Aug-08 SI SI AMBIENTAL COMPARENDO AMBIENTAL DECRETO 3695 2009 Art. 10 COORDINADOR O&M Dec-09 SI SI AMBIENTAL MINISTERIO DE AGRICULTURA AGUAS RESIDUALES DEC. 1594 1984 Art. 6 Sustancias de interes sanitario COORDINADOR O&M Aug-08 SI SI AMBIENTAL MINISTERIO DE DESARROLLO AGUAS DEC. 3102 1997 Art. 2 TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI AMBIENTAL VERTIMIENTOS RES. 3956 2009 Toda la resolución N/A ACTUALMENTE O&M Dec-09 SI SI AMBIENTAL VERTIMIENTOS RES 3957 2009 Toda la resolución N/A ACTUALMENTE O&M Mar-11 SI SI PELIGRO / ASPECTO RELACIONADO ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE FECHA DE INGRESO 1 TRIMESTRE % CUMPLIMENTO FECHA: marzo 2012 2 TRIMESTRE % CUMPLIMENTO FECHA: Junio 2012 MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL ENFERMEDADES PROFESIONALES Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales. Incluyendo las generadas por el estrés y el cáncer ocupacional Adopción de la tabla de enfermedades profesonales para efectos del sistema general de riesgo profesionales Reportes de EP a las ARP, elaboración de PVE aplicables dentro de la organización, validación de listado contra riesgos presentes en el entorno de trabajo DIR. HSEQ LIDER TALENTO HUMANO JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL INFRACCONES AMBIENTALES Por la cual se reglamenta el Registro Único de Infractores Ambientales –RUIA- y se toman otras determinaciones Solamente como medio de Información sobre entidades que hayan sido sanconadas o multadas. DIR. HSEQ LIDER TALENTO HUMANO JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas Por la cual se dictan normas sobre Protección y conservación de la Audición de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos. Evaluación ambiental de Ruido Identificación de riesgos y definición de controles en fuente, medio y receptor Niveles sonoros dipsonibles en el lugar de trabajo DIR. SISO, DIR. HSEQ, Inspectores HSEQ Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia. Art. 1,2,3,4,5,6,7,8,9,29,30,3 1,32,33 Cumplimietno lineamientos PMA del cliente en relación a la protección de fauna silvestre Soportes ICAentreagos al cliente en relación al protección de la fauna DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ en campo EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre. Soportes ICAentreagos al cliente en relación al protección de la fauna DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ en campo "POR LA CUAL SE PROTEGE LA FLORA COLOMBIANA, SE REGLAMENTAN LOS JARDINES BOTÁNICOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES". Soportes ICA entreagos al cliente en relación al protección de la flora DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ en campo la “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres”, suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973, cuyo texto certificado es el siguiente: Soportes ICA entreagos al cliente en relación al protección de la flora DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ en campo Instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones La organización es responsable de los residuos sólidos y escombros generados en el recinto que ocupa la sede adminstrativa, los vehiculos y el personal que desarrolla actividades en nombre de la empresa. Programas ambientales establecidos y las capacitaciones realizadas al personal para mejorar la competencia en temas ambientales. Programa de manejo de residuos sólidos. Capacitaciones. O&M HSEQ EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, Por medio del cual se reglamenta la Ley 1259 de 2008 y se dictan otras disposiciones Codificacion para la imposición del comprarendo ambiental . Transporte de residos solidos *decreto 1713 de 2002 Art 77 Programas ambientales establecidos y las capacitaciones realizadas al personal para mejorar la competencia en temas ambientales. Programa de manejo de residuos sólidos. Capacitaciones. O&M HSEQ EL TITULO I DE LA LEY 9 DE 1979, ASI COMO EL CAPITULO II DEL TITULO VI -PARTE III- LIBRO II Y EL TITULO III DE LA PARTE III -LIBRO I- DEL DECRETO - LEY 2811 DE 1974 EN CUANTO A USOS Analisi si aplica para contratos futuros realcionados con sustancias de interes sanitario. N/A ACTUALMENTE. O&M HSEQ POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY 373 DE 1997 EN RELACIÓN CON LA INSTALACIÓN DE EQUIPOS, SISTEMAS E IMPLEMENTOS DE BAJO CONSUMO DE AGUA. Hacer buen uso del servicio de agua potable y reemplazar aquellos equipos y sistemas que causen fugas de aguas en las instalaciones internas Inspecciones Mantenimiento preventivo de tuberias, implementación sistemas de ahorro DIR. HSEQ LIDER TALENTO HUMANO JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE "Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos realizados al recurso hídrico en el Distrito Capital". Registro de vertimientos ante el organismo Cumplimiento de concentraciones y valores máximos permitidos en vertimientos al alcantarillado o fuentes de agua COORDINADOR O&M DIR. HSEQ SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE "Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos realizados a la red de alcantarillado público en el Distrito Capital". Registro de vertimientos ante el organismo Cumplimiento de concentraciones y valores máximos permitidos en vertimientos al alcantarillado o fuentes de agua COORDINADOR O&M DIR. HSEQ

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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 1 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLE

S&SO DEC. 2566 2009 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Jul-09 SI SI

AMBIENTAL RES. 415 2010 Toda la resolución N/A HSEQ Apr-10 NO SI

AMBIENTAL MIN SALUD RUIDO RES 8321 1983 Toda la resolución Niveles sonoros dipsonibles en el lugar de trabajo TODAS LAS INSTALACIONES Apr-10 SI SI

AMBIENTAL FAUNA LEY 84 1989 TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI

AMBIENTAL FAUNA LEY 1608 1978 Att 220 Prohibiciones con respecto a la fauna TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI

AMBIENTAL FLORA LEY 299 1996 Art. 1, 10 PROTECCION FLORA TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI

AMBIENTAL FAUNA LEY 17 1981 Toda PROTECCION FAUNA TODAS LAS INSTALACIONES Nov-11 SI SI

AMBIENTAL Congreso de Colombia Ley 1259 2008 TODA COORDINADOR O&M Aug-08 SI SI

AMBIENTAL 2009 Art. 10 COORDINADOR O&M Dec-09 SI SI

AMBIENTAL AGUAS RESIDUALES DEC. 1594 1984 Art. 6 Sustancias de interes sanitario COORDINADOR O&M Aug-08 SI SI

AMBIENTAL AGUAS DEC. 3102 1997 Art. 2 TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL VERTIMIENTOS RES. 3956 2009 Toda la resolución N/A ACTUALMENTE O&M Dec-09 SI SI

AMBIENTAL VERTIMIENTOS RES 3957 2009 Toda la resolución N/A ACTUALMENTE O&M Mar-11 SI SI

PELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

ENFERMEDADES PROFESIONALES

Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades

Profesionales. Incluyendo las generadas por el estrés y el

cáncer ocupacional

Adopción de la tabla de enfermedades profesonales para efectos del sistema general de riesgo profesionales

Reportes de EP a las ARP, elaboración de PVE aplicables dentro de la organización, validación de listado contra riesgos presentes en el entorno de trabajo

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

INFRACCONES AMBIENTALES

Por la cual se reglamenta el Registro Único de Infractores

Ambientales –RUIA- y se toman otras determinaciones

Solamente como medio de Información sobre entidades que hayan sido sanconadas o multadas.

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

Por la cual se dictan normas sobre Protección y

conservación de la Audición de la Salud y el bienestar de las

personas, por causa de la producción y emisión de

ruidos.

Evaluación ambiental de RuidoIdentificación de riesgos y definición de controles en fuente, medio y receptor

DIR. SISO, DIR. HSEQ, Inspectores HSEQ

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de

Protección de los Animales y se crean unas contravenciones

y se regula lo referente a su procedimiento y competencia.

Art. 1,2,3,4,5,6,7,8,9,29,30,31,32,33

Cumplimietno lineamientos PMA del cliente en relación a la protección de fauna silvestre

Soportes ICAentreagos al cliente en relación al protección de la fauna

DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ

en campo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los

Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de

1973 en materia de fauna silvestre.

Soportes ICAentreagos al cliente en relación al protección de la fauna

DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ

en campo

EL CONGRESO DE COLOMBIA

"POR LA CUAL SE PROTEGE LA FLORA COLOMBIANA, SE

REGLAMENTAN LOS JARDINES BOTÁNICOS Y SE

DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

Soportes ICA entreagos al cliente en relación al protección de la flora

DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ

en campo

EL CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se aprueba la “Convención sobre el

Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres”,

suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973, cuyo

texto certificado es el siguiente:

Soportes ICA entreagos al cliente en relación al protección de la flora

DIR. HSEQ, Gesrora ambiental, Gestores administrativos, HSEQ

en campo

COMPARENDO AMBIENTAL

Instaura en el territorio nacional la aplicación del

comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan

otras disposiciones

La organización es responsable de los residuos sólidos y escombros generados en el recinto que ocupa la sede adminstrativa, los vehiculos y el personal que desarrolla actividades en nombre de la empresa.

Programas ambientales establecidos y las capacitaciones realizadas al personal para mejorar la competencia en temas ambientales.Programa de manejo de residuos sólidos.Capacitaciones.

O&MHSEQ

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA

REPÚBLICA DE COLOMBIA,

COMPARENDO AMBIENTAL

Por medio del cual se reglamenta la Ley 1259 de

2008 y se dictan otras disposiciones

DECRETO 3695

Codificacion para la imposición del comprarendo ambiental .Transporte de residos solidos *decreto 1713 de 2002 Art 77

Programas ambientales establecidos y las capacitaciones realizadas al personal para mejorar la competencia en temas ambientales.Programa de manejo de residuos sólidos.Capacitaciones.

O&MHSEQ

MINISTERIO DE AGRICULTURA

POR EL CUAL SE REGLAMENTA

PARCIALMENTE EL TITULO I DE LA LEY 9 DE 1979, ASI

COMO EL CAPITULO II DEL TITULO VI -PARTE III- LIBRO

II Y EL TITULO III DE LA PARTE III -LIBRO I- DEL

DECRETO - LEY 2811 DE 1974 EN CUANTO A USOS DEL AGUA Y RESIDUOS

LIQUIDOS

Analisi si aplica para contratos futuros realcionados con sustancias de interes sanitario.

N/A ACTUALMENTE.

O&MHSEQ

MINISTERIO DE DESARROLLO

POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO

15 DE LA LEY 373 DE 1997 EN RELACIÓN CON LA

INSTALACIÓN DE EQUIPOS, SISTEMAS E IMPLEMENTOS

DE BAJO CONSUMO DE AGUA.

Hacer buen uso del servicio de agua potable y reemplazar aquellos equipos y sistemas que causen fugas de aguas en las instalaciones internas

InspeccionesMantenimiento preventivo de tuberias, implementación sistemas de ahorro

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

"Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos realizados al recurso hídrico

en el Distrito Capital".

Registro de vertimientos ante el organismoCumplimiento de concentraciones y valores máximos permitidos en vertimientos al alcantarillado o fuentes de agua

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

"Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos

realizados a la red de alcantarillado público en el

Distrito Capital".

Registro de vertimientos ante el organismoCumplimiento de concentraciones y valores máximos permitidos en vertimientos al alcantarillado o fuentes de agua

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

E10
Gambiental: Artículo 7: Declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-666 de 2010 Aplicable Acurdo 79 de 2003, Codigo de policia de Bogota ART. 23
E14
Gambiental: Reglamentada por el Decreto Nacional 3695 de 2009
E16
Gambiental: derogatoria parcial Decreto 3930 de 2010
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CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

AMBIENTAL ENERGIA LEY. 697 2001 Art. 3 TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL COMBUSTIBLES RES. 1180 2006 Toda la resolución Calidad del combustible Mar-08 SI SI

AMBIENTAL CONGRESO DE LA REPU. LEY 99 1993 Art. 42 N/A ACTUALMENTE O&M Mar-08 NO CONOCIDO SI

AMBIENTAL AGUA POTABLE 1997 ART 1, 2 Uso de equipos de ahorradores de agua Mar-08 SI SI

AMBIENTAL AGUA POTABLE Ley 373 1997 Art. 1,12 Mar-08 SI SI

AMBIENTAL AGUA POTABLE Decrero 2115 2007 Mar-08 SI SI

AMBIENTAL AGUA POTABLE Decreto 1575 2007 Art 10 Criterios de calidad de agua para consumo humano. Mar-08 SI SI

AMBIENTAL 2005 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL Resol. 1402 2006 Art. 4 TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL Resol. 1362 2007 TODO N/A ACTUALMENTE. Jan-11 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD RES. 2309 1986 Toda la resolución Generación, Almacenamiento y disposición de Residuos Peligrosos TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL CONGRESO DE LA REPU. LEY 430 1998 Toda la resolución TODAS LAS INSTALACIONES Mar-08 SI SI

AMBIENTAL EMERGENCIAS DEC. 2190 1995 DEC. 2190/95 Plan de Contingencia Plan de emergencias TODAS LAS INSTALACIONES Jul-07 NO SI

AMBIENTAL DECR. 321 1999 Art.1,2,3,4,5,8 Plan Nacional de contingencias Jun-09 SI SI

AMBIENTAL CONSUMO AGUA DEC. 2811 1974 Art. 77 - 85 y Art. 132 y 133 TODAS LAS INSTALACIONES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY 9 1979 22 TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY 9 1979 26 TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY 9 1979 49 VEHICULOS CONDUCTORES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL DEC. 1713 2002 Art. 15 y 72 Programa de manejo de residuos sólidos TODAS LAS INSTALACIONES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL 2003 TODA Programa de manejo de residuos sólidos TODAS LAS INSTALACIONES Jan-11 SI SI

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA

Mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la

energía, se promueve la utilización de energías

alternativas y se dictan otras disposiciones

Consumo de energia. Establecer un programa de ahorro de energía acorde con la actividad de la organización y su relación con dicho consumo.

Programa de ahorro de energiacapacitaciones y concientizaciones del personalEstadísticas de consumo

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Por la cual se modifican parcialmente las Resoluciones

1565 y 1289 del 27 de diciembre de 2004 y 7 de

septiembre de 2005, respectivamente. Calidad de

Combustibles

Compra de combustibles en estaciones de servicio reconocidas

VEHÍCULOSO&M

CONDUCTORESRESP. DE SERVICIO EN

CAMPO

CREACIÓN MINISTERIO DE AMBIENTE

Por la cual se crea el Ministerio de medio ambiente y se dictan otras disposiciones

Tasa retributiva y compensatoria por el uso directo o indirecto de la atmósfera, el agua o el suelo para arrojar o intrioducir deshechos, aguasnegras, humos, vapores y sustancias nocivas.

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Términos relacionados con uso eficiente del agua,

obligación de los usuarios de remplazar equipos con fugas en instalaciones internas y fomentar el uso de equipos

ahorradores.

DECRETO 3102

Programa de prácticas ambientales. Practica de Uso Racional de los Recursos y Practica de acciones ambientales. Fallas de Control Ambiental.

O&M HSEQ

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

l Programa Uso Eficiente y Ahorro de Agua.

(1,3) Elaboración y presentación del Programa Uso Eficiente y Ahorro de Agua.(12) Entidades usuarias deberán incluir en su presupuesto los costos de las campañas educativas y de concientización a la comunidad para el uso racionalizado y eficiente del recurso hídrico.

Lineamientos operacionales de la Practica de Uso Racional de los Recursos del Programa de prácticas ambientales. En campo se seguirá con los procedimientos y actividades que el cliente ha definido para dar cumplimiento con el Programa AYUEDA.

O&M HSEQ

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Características físicas del agua para consumo humano

Art 2-6,8-12

Criterios de calidad de agua para consumo humano. Valores máximos aceptables de las características químicas del agua para consumo humano de los elementos, compuestos químicos y mezclas de compuestos químicos diferentes a los plaguicidas y otras sustancias que tiene efecto adverso sobre la salud humana.(6) Características químicas del agua para consumo humano en relación con los elementos, compuestos químicos y mezclas de compuestos químicos que tienen implicaciones sobre la salud humana.(8-9) Características químicas del agua para consumo humano sujetas a las concentraciones máximas aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas.(10-12) Características microbiologicas del agua para consumo humano.

El suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realiza por medio botellones de agua de marcas reconocidas. (Ordenes de compra).

Los monitoreos establecidos por la Autoridad Ambiental de conformidad con la presente norma, son realizados por el cliente cuando aplica.

O&M HSEQ

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

por el cual se establece el Sistema para la Protección y

Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano

El suministro de agua para el consumo de los trabajadores se realiza por medio botellones de agua de marcas reconocidas. (Ordenes de compra).

Los monitoreos establecidos por la Autoridad Ambiental de conformidad con la presente norma, son realizados por el cliente cuando aplica.

O&M HSEQ

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

RESIDUOS PELIGROSOS

Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el

manejo de los residuos o desechos peligrosos

generados en el marco de la gestión integral.

DECRETO 4741

Prevenir la generación de Residuos Peligrosos, así como regular el manejo de residuos y deshechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.Clasificación de los residuosGarantizar gestión y manejo de residuos peligrosos

Programa de Manejo integral de residuos sólidos procedimiento para la gestión de residuos sólidos

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

AUX. SERV. GRALES

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

RESIDUOS PELIGROSOS

por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005,

en materia de residuos o desechos peligrosos.

Es responsabilidad de los generadores identificar las características de peligrosidad de cada uno de los residuos o desechos peligrosos que genere,

Programa de Manejo integral de residuos sólidos procedimiento para la gestión de residuos sólidos, Instructivos aplicables.

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

AUX. SERV. GRALES

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

RESIDUOS PELIGROSOS

por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento

para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que

hacen referencia los artículos 27 y 28 del Decreto 4741 del

30 de diciembre de 2005.

Es respponsabilidad del generar de residuos peligroso en caso de genrar mas de 10 Kg. mensulaes

Programa de Manejo integral de residuos sólidos procedimiento para la gestión de residuos sólidos, Instructivos aplicables.

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

AUX. SERV. GRALES

RESIDUOS ESPECAILES Normas para el manejo de residuos especiales

Programa de Gestión de residuos sólidos Instructivo para manejo de residuos de pinturas, luminarias, baterias.

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

AUX. SERV. GRALES

RESIDUOS PELIGROSOS

Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia

ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones

Responsabilidad por el manejo integral de los generados en el país y en el proceso de O&M

Programa de Gestión de residuos sólidos procedimiento para la gestión de residuos sólidos

COORDINADOR O&MDIR. HSEQ

AUX. SERV. GRALES

LEGISLACION NACIONAL AMBIENTAL

Elaboración y desarrollo del plan nacional de contingencias

contra derrames de hidrocarburos y derivados en

aguas.

DIR. HSEQCOMITÉ DE EMERGENCIA

El Presidente de la República de Colombia,

Contingencias derrames de hidrocarburos

"Por el cual se adopta el Plan nacional de contingencia

contra derrames de hidrocarburos, derivados y

sustancias nocivas".

Plan de Contingencias ajustado al PNC en instalaciones propias, Ajuste al Plan de contingencias establecido por el cliente.

INSTALACIONES PROPIAS Y DEL CLIENTE

DIR. HSEQ. DIR SISO. GESTOR AMBIENTAL,

COORDINADORES, HSEQ CAMPO.

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos

Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

Aprovechamiento de las aguas no marítimas en todos sus estadosDominio público y privado de las AguasProhibición de alteración de caucesObras hidraúlicas en condiciones adecuadas

Implementación de programas ambientales para cuidado del recurso agua

COPASODIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

USO DE RECURSOS NATURALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Manejo de residuos sólidos: no se podrá efectuar en las vías publicas separación y clasificación de residuos.

Disposición adecuada de residuos en instalaciones y propiedad del cliente

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

USO DE RECURSOS NATURALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Cualquier recipiente colocado en vía publica para la recolección de residuos deberá colocarse en forma tal que impida la proliferación de insectos y olores.

Disposición adecuada de residuos en instalaciones y propiedad del cliente

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Se prohíbe el uso en el territorio nacional de combustibles que contengan sustancias o aditivos en un grado de concentración que las emisiones sobrepasen los limites del Ministerio de Salud.

Compra de combustible a proveedores reconocidos

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS

Generacion de residuos solidos convencionales

Condiciones de los residuos sólidos para aprovechamientoObligaciones como usuarios de servicios de aseo

DIR. HSEQGESTOR AMBIENTAL

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS

Generacion de residuos solidos convencionales

DECRETO 1140

Condiciones de los residuos sólidos para aprovechamientoObligaciones como usuarios de servicios de aseo

DIR. HSEQGESTOR AMBIENTAL

E21
Gambiental: Derogado Art. 2 Derogado por la Resolución Conjunta del Min. Ambiente 18 0782 de 2007.
E32
Gambiental: Adoptado por medio de decreto 321 de 1999
E38
Gambiental: Modificado por el Decreto Nacional 838 de 2005 Adicionado por el Decreto Nacional 838 de 2005 Adicionado por el Art. 1, Decreto Nacional 1505 de 2003 Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 1140 de 2003 Derogado por el art. 25, Decreto Nacional 838 de 2005 Modificado por el art. 3, Decreto Nacional 1140 de 2003
E39
Gambiental: la Resolución del Ministerio de Medio Ambiente 1045 de 2003 complementa para municipalidades
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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 3 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

AMBIENTAL GESTIÓN ÁMBIENTAL DEC. 1299 2008 N/A Se encuentra establecido mendiante la dirección HSEQ Comite HSEQ DIR. HSEQ Jun-11 SI SI

AMBIENTAL GESTIÓN ÁMBIENTAL DEC. 190 2004 Art. 24 Ubicación de la cia de acuerdo al POT, DIR. HSEQ DIR. HSEQ May-08 SI SI

INTEGRAL LEY 842 2003 TODA LA LEY TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO Comunidad Andina CAN DECISIÓN 584 2004 Documentos que adoptan la definición. TODAS LAS INSTALACIONES TODA LA ORGANIZACIÓN Jan-08 SI SI

S&SO 2008 Todo el documento TODAS LAS INSTALACIONES Gerencia y Lideres de proceso Jun-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 85 Registros de uso de EPP TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

SSOMA LEY9 1979 Art. 101, 102 y 104 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

SSOMA MINISTERIO DE SALUD RIESGO FISICO- RUIDO RES. 8321 1983 TODAS LAS INSTALACIONES GERENCIA, DIRECCION HSEQ. Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1465 2005 Planillas Integrales de Liquidación de Aportes. TALENTO HUMANO Jan-08 Si SI

S&SO DEC. 4369 2006 Art. 5, 6, 8, 10, 13 y 14 TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 4588 2006 Art. 18, 32, 36 TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 114, 116, 205 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY9 1979 130, 132 TODAS LAS INSTALACIONES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY9 1979 28, 129, 198 TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

AMBIENTAL MINISTERIO DE SALUD LEY9 1979 Art. 13, 14 TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

AMBIENTAL CONGRESO DE COLOMBIA CONSUMO AGUA LEY 373 1997 TODA LA LEY Implementación de programas ambientales Jul-07 SI SI

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Se reglamenta el departamento de gestión

ambiental de las empresas a nivel industrial y se dictan

otras disposiciones

DIR. HSEQGESTOR AMBIENTAL

ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ

Por medio de la cual se compilan los decretos 619 de

2000 y 469 de 2003 - Ordenamiento Territorial

Manejo concertado de los usos del sueloCalle 100: Institucional Comercial,Servicios empresariales

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

EJERCICIO DE LA Marketing y Ventas

Se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería,

de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se

adopta el Código de Etica Profesional y se dictan otras

disposiciones

Concepto, ejercicio, profesiones afines y auxiliares de la Marketing y VentasEjercicio ilegal de la profesiónDeberes y obligaciones de los profesionales. Prohiniciones generalesInhabilidades e incompatibilidades. Falta disciplinaria y sanciones

Contratos personal de nómina y serviciosExpedición de Matrícula ProfesionalDivulgacion al personal

ACCIDENTE DE TRABAJO

Definición de Accidente de Trabajo contenida en el literal N del artículo 1 de la Decisión 584 de 2004 en el instrumento Andino de Seguridad y Salud

en el Trabajo de la Comunidad Andina (CAN).

Definición de Accidente de Trabajo

Se utilizará la definición de accidente de trabajo contenida en la Decisión 584 de la Comunidad Andina (CAN)

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

POLTICA DE ALCOHOL Y DROGAS

Le da al empleador la potestad para realizar pruebas de alcohol y/o drogas a sus

trabajadores

Concepto No. 160909

Se puede someter a los trabajadores a pruebas de laboratorio para detectar el consumo de drogas psicotrópicas y si un resultado positivo puede constituir justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo

Se tiene la disposicion para realizar pruebas de alcoholimetria a los trabajadores de la empresa

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Usar y mantener los dispisitivos de control de riesgoColaborar en la implementación de las medidas de prevención

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

TRABAJADORES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

RIESGOS QUÍMICOS - HUMOS, GASES,

VAPORES, POLVOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Agentes químicosDivulgar los riesgos de O&M, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas al personal potencialmente expuesto, incluyendo una clara titulación de productos, demarcación de las áreas donde se opere con ellos con información sobre medidas preventivas y de emergenciaMedidas de prevención para evitar presencia de agentes quimicos en altas concentracionesDivulgacion sobre manejo de productos quimicosControl y disposicion de productos quimicos

Registros de Inducción (información de riesgos)Ubicación y entrenamiento en MSDSCapacitación en manejo seguro de productos químicos y MSDSListado de equipos de emergencia con productos quimicosRegistro de entrega de EPPProgramas de vigilancia epidemiológicaRegistros de exámenes médicosPlan de Emergencias - Kit Derrames

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPOBRIGADA INTEGRAL DE

EMERGENCIAS

Normas sobre protección y conservación de la audición, de la salud y el bienestar de

las personas.

21 - 23 - 24 - 41 - 42 - 45 - 47 - 52 - 53 - 60

Propender por que la exposición de los trabajadores a niveles de ruido no exceda lo permitido por la ley o en su defecto, garantizar la respectiva protección auditiva y estudios higiénicos.

Matriz de Identificación de Peligros, evaluación y control de riesgos; Diagnóstico de Salud; Programas de vigilancia Epidemiológica para Ruido; Programa de Inducción, Capacitación y entrenamiento; Formato de Entrega de EPP.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral y el SENA, el ICBF y las Cajas de Compensación

Familiar, deberán permitir a los aportantes el pago de sus

aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de

Aportes, por medio electrónico.

Directrices dirigidas a las entidades del Sistema General

de Seguridad Social y a empleadores.

Mediante esta norma los empleadores cuentan con la alternativa de efectuar pagos de aportes a la seguridad social (En salud, pensiones y Riesgos Profesionales) y pagos parafiscales por medio electrónico.

Administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral- Talento

Humano

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

se reglamenta el ejercicio de la actividad de las Empresas de

ServiciosTemporales y se dictan otras

disposiciones

Derechos de los trabajadores en MisiónCasos permitidos para realizar la contratación de EST (labores ocasionales, accidentales o transitorias, reemplazo de vacaciones, incapacidad o materninad)Contratos por escrito y garantia de cumplimiento de obligacines laborales de trabajadores en misiónProhibiciones en el ejercicio de EST (vigilancia, alimentación, aseo, servicio de mantenimiento. Tampoco Cooperativas)Información a la usuaria sobre afiliaciones y pagos del Sistema de seguridad social integral. Resp. de Salud Ocupacional de trabajadores en misión

Contrato con EST, estipulando los requerimientos mínimosRegistro de afiliaciones y pagos periódicos

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

se reglamenta la organización y funcionamiento de las

Cooperativas yPrecooperativas de Trabajo

Asociado

Prohibición de contratación siendo miembro o interviniente en su organizaciónInformación al contratante sobre afiliaciones y pagos del Sistema de seguridad social integralSanciones para usuarios que contraten el envio de trabajadores en misión o intermediación laboral

Contrato con EST, estipulando los requerimientos mínimosRegistro de afiliaciones y pagos periódicos

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

INCENDIO Y EXPLOSIÓN

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Disponer personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para prevención y extinción de incendios. Los equipos y dispositivos de extinción de incendios deben ser diseñados, construidos y mantenidos para que puedan ser usados de inmediato con máxima eficiencia

Brigada Integral de emergenciasPlan de emergenciaExtintores y mantenimientoInspección extintores y equipos de emergencia

COPASODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPO

USO DE RECURSOS NATURALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Tomar medidas en la importación, fabricación, almacenamiento, transporte, manejo y disposición de sustancias peligrosas.

Almacenamiento adecuado de sustancias químicasHojas de Seguridad - MSDSCapacitación manejo de MSDSKit de derrames

ALMACENISTADIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPOBRIGADA INTEGRAL DE

EMERGENCIAS

USO DE RECURSOS NATURALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

El almacenamiento de los residuos debe hacerse en recipientes cerrados, por periodos que impidan la proliferación de insectos, roedores y olores. Los recipientes para almacenamiento de basuras serán de material impermeable, provistos de tapa y livianos para manipularlos con facilidad.

Disposición adecuada de residuos en instalaciones y durante el desarrollo de proyectos en campo

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

USO DE RECURSOS NATURALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Prohibido descargar residuos líquidos en las calzadas, carreteras, canales o sistemas de alcantarillado.

Disposición adecuada de residuos en instalaciones y durante el desarrollo de proyectos en campo

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

Por la cual se establece el programa para el uso eficiente

y ahorro del agua

Pago de cosumo acorde a tabla de máximos y mínimosCampañas Educativas a usuariosAdopción de tecnología de bajo consumo de agua

INSTALACIONES PROPIAS Y DEL CLIENTE

DIR. HSEQJEFE TALENTO HUMANO

JEFE ADVO Y DE HSE Marketing y Ventas

Page 4: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 4 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

AMBIENTAL LEY 430 1998 Art. 6 Generación de residuos TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

AMBIENTAL EMERGENCIAS LEY 46 1988 LEY 46/88 Plan de Contingencia Plan de emergencias Jul-07 SI SI

AMBIENTAL EMERGENCIAS DEC 919 1989 Art. 4 Plan de emergencias y contingencias Plan de emergencias y contingencias TODAS LAS INSTALACIONES Jun-11 SI SI

AMBIENTAL EMERGENCIAS 2009 TODO En caso d requerir licencias de contruccio0n luego de desastres N/A ACTUALMENTE TODAS LAS INSTALACIONES Jun-11 SI SI

AMBIENTAL CONGRESO DE LA REP. LEY 693 2001 Art. 1 Emisiones Atmosféricas VEHICULOS CONDUCTORES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL 2007 1 al 5 Por la cual se determinan los combustibles limpios Tanqueo con combustibles limpios VEHICULOS CONDUCTORES Jun-08 SI SI

AMBIENTAL DEC. 1552 2000 1 y 2 VEHICULOS CONDUCTORES Jul-07 SI SI

AMBIENTAL RES. 541 1994 TODA LA RESOLUCIÓN Transporte y disposición final de escombros TODO EL PERSONAL Jul-07 SI SI

S&SO RES. 1401 2007 TODA LA RESOLUCIÓN TODO EL PERSONAL Jan-08 SI SI

S&SO RES. 634 2006 TODA LA RESOLUCIÓN Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 Art. 205, 206, 207 Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 Art. 219 Seguro por riesgos profesionales Afiliación y pagos a la ARP TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 Art. 349, 350, 351 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 56,58,60 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO - 1950 Art. 60 Obligaciones del trabajador COMITE HSEQ Jan-08 SI SI

LEGISLACION NACIONAL AMBIENTAL

GENERACION DE RESIDUOS

Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia

ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones

Implementación de programas para el manejo de residuos

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

LEGISLACION NACIONAL AMBIENTAL

por la cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de

Desastres, se otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República, y se dictan otras disposiciones

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

DIR. HSEQRESP. HSE EN CAMPOBRIGADA INTEGRAL DE

EMERGENCIAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de

Desastres y se dictan otras disposiciones".

DIR. HSEQRESP. HSE EN CAMPOBRIGADA INTEGRAL DE

EMERGENCIAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Por el cual se reglamentan parcialmente el Decreto-ley

919 de 1989 y la Ley 1228 de 2008, especialmente en

relación con la adecuación, reparación y/o reconstrucción

de edificaciones, con posterioridad a la declaración de una situación de desastre o

calamidad pública.

DECRETO 4550

DIR. HSEQRESP. HSE EN CAMPOBRIGADA INTEGRAL DE

EMERGENCIAS

GENERACION DE EMISIONES

ATMOSFERICAS

Por la cual se dictan normas sobre el uso de alcoholes

carburantes, se crean estímulos para su O&M,

comercialización y consumo, y se dictan otras disposiciones

Compra de combustibles en sitios de venta autorizados.

MINISTROS DE MINAS Y ENERGÍA, DE LA

PROTECCIÓN SOCIAL Y DE AMBIENTE, VIVIENDA Y

DESARROLLO TERRITORIAL

CONSUMO DE SUSTANCIAS

PELIGROSAS (ACPM, aceites, etc.)

Por la cual se denominan los combustibles limpios

RES. 18 0158 DE 2007

LEGISLACION NACIONAL AMBIENTAL

GENERACION DE EMISIONES

ATMOSFERICAS

por el cual se modifica el artículo 38 del Decreto 948 de

1995, modificado por el artículo 3° del Decreto

2107 de 1995

Emisiones Atmosféricas(Vehículos Diesel)

Control emisiones de vehiculosMantenimiento técnico - Certificación gases

LEGISLACION NACIONAL AMBIENTAL

GENERACION DE RESIDUOS

Por medio de la cual se regula el cargue, descargue,

transporte, almacenamiento y disposición final de

escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de

construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y

subsuelo de excavación

Disposición adecuada de residuos en instalaciones y durante el desarrollo de proyectos en campo

INSTALACIONESPROPIEDAD DEL CLIENTE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

INCIDENTES Y ACCIDENTES

Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y

accidentes de trabajo

Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes con el fin de identificar causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su ocurrenciaObligaciones de los aportantes y ARPConformación del equipo investigadorInvestigación de accidentes ocurridos a trabajadores no vinculados mediante contrato de trabajo (Usuaria y EST - beneficiaria y Contratente)Contenido del informe de investigación, reporte completo y detalladoRemisión de investigaciones a la ARP (mortales o graves)

Procedimiento de Investigación de IncidentesReportes de incidentes y/o accidentesReportes a la ARP Actas del COPASO

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DPTO ADVO Y HSE Marketing y Ventas

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Por la cual se adapta el contenido del formulario único

Planilla Integrada de Liquidación de Aportes

Adopción del diseño y contenido del formulario único o Planilla Integrada de Liquidación y pago de Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales, conformado por los archivos presentados en en cuerpo de la resolución.Archivos de salidaConfirmación a los aportantes

Pagos, ingresos y retiros mediante el formulario PILA, Expedición de formularios de afiliación,

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

CONGRESO DE LA REPUBLICA

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Art. 105, 108, 116, 117, 120, 349, 350, 351

Reglamento Interno de TrabajoElaboraciónContenidoUbicación

Se cuenta con un reglamento interno de trabajo publicado Registros de difusión del RHSI - Inducción

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

TRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRIMEROS AUX. Y ASISTENCIA MÉDICA

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Obligacion del empleador de prestar los P.AAsistencia médica y farmaceútica inmediata.Posibilidad de contratar la asistencia médica.

Brigada Integral de EmergenciasRes. Primeros AuxiliosManual Primer respondienteRegistros sobre consumo de botiquinesEstadisticas de Primeros Auxilios

TODAS LAS INSTALACIONESVEHÍCULOS

RESP. BOTIQUINDIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

LIDER TALENTO HUMANOTRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

LIDER TALENTO HUMANOJEFE ADVO Y HSE Marketing y

Ventas

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Reglamento de Higiene y Seguridad aprobado y publicado en dos lugares de la empresa

Reglamento Higiene y Seguridad Industrial publicado

DIR. HSEQJEFE ADVO Y HSE Marketing y

Ventas

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Art. 56 - 58, 205, 348

Obligaciones de las partes en generalObligaciones específicas del empleadorSuministrar y acondicionar sitios de trabajo que garanticen seguridad y salud de los trabajadores. Hacer examenes médicos a su personal y adoptar medidas de higiene y seguridad.

Programa de Salud OcupacionalPresupuesto SSOMABrigada Integral de EmergenciasExámenes Médicos - Informe estado general de salud

COPASODIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

LIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Observar medidas y órdenes preventivasProhibiciones: presentarse al trabajo bajo el efecto de alcohol o drogas, conservar armas en el sitio de trabajo.

Política contra el Tabaquismo, Alcoholismo y Drogadicción

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

TRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Inducción, Reglamento Interno de trabajo y políticas generales de HSEQ

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

LIDER TALENTO HUMANO

E58
Gambiental: Reglamentado por el Decreto Nacional 976 de 1997 , Reglamentado por el Decreto Nacional 2015 de 2001, Reglamentado Parcialmente por el Decreto Nacional 4550 de 2009
Page 5: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 5 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO CONGRESO DE COLOMBIA LEY 50 1990 TODA LA LEY TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

INTEGRAL Circular 01 2003 TODA LA CIRCULAR Jan-08 SI SI

S&SO Circular 40361 2007 TODA LA CIRCULAR Reporte ATEP TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO Circular Unificada 2004 2004 Literal A. Numeral 2 Servicios que ofrezca la ARP TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Numeral 2 Divulgacion politicas salud ocupacional TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO Circular Unificada 2004 2004 Literal A. Numeral 3 Examenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO Circular Unificada 2004 2004 Literal A. Numeral 4 Solicitud de asesorías en Salud Ocupacional DIR. HSEQ DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO Circular Unificada 2004 2004 Literal A. Numeral 5 DPTO ADVO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO Circular Unificada 2004 2004 Literal A. Numeral 5 Derecho a retractarse de un traslado a una nueva ARP TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal A. Numeral 6 Suministro de EPP a los trabajadores TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 12 Suministro de personal, dependencias o Deptos de Salud Ocupacional TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 14 Brigadas de emergencia, planes de emergencia y evacuación TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 2 Carnet de la ARP por persona TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 2 Impresión listados de instituciones en carteleras TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 3 TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 2004 Literal B. Numeral 6 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO Constitución Nacional de 1991 - 1991 Art. 49 Afiliaciones a sistema de Seguridad Social TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO CONVENIO OIT CONVENIO OIT 170 1990 Art. 15 Información y formación TODO EL PERSONAL Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 38, 43-45 Prestaciones Económicas por Incapacidad Temporal TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 ART. 32 Traslado de entidad administradora de Riesgos Profesionales Afiliaciones TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 46-47 Pensión de Invalidez TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 21, 56 - 62 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 63 Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 91-92 Sistema General Riesgos Profesionales TODAS LAS INSTALACIONES LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

TODOS LOS EXISTENTES

Se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones

Elementos escenciales del contrato de trabajoTipos de contratos, temrinación, período de pruebaAgentes colocadores de poólizas de seguros y títulos de capitalización, agentes independientesElementos integrantes y no integrantes del salarioDuración de la jornada de trabajo, descansosAspectos sobre la maternidadhuelgas, despidos colectivos, sindicatos, trabajadores en misión

Contrato con EST, estipulando los requerimientos mínimosRegistro de afiliaciones y pagos periódicos

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

OCUPACIONAL

Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención de riesgos

profesionales.

Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención en riesgos profesionalesExámenes médicos para efectos de salud ocupacional; suministro de personal, dependencias o departamentos de salud ocupacional; Vigilancia, control y asesoria a los programas de salud ocupacional; Derecho de las empresas a solicitar asesoría en salud ocupacional; Brigadas de emergencia, planes de emergencia y evacuación; Medidas de seguridad personal.

Afiliación y pagos a la ARPReuniones periódicas con Asesor ARPPrograma de Salud OcupacionalPrograma de Capacitación con ARPRegistro de conformación del área de HSEQRegistros de actividades de consultorías contratadas en SSOMA

TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Reporte de Accidenes de Trabajo y enfermedades profesionales a la ARP

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Circular Unificada

Existencia del área HSEQAsesorias periodicas de la ARPPrograma de Salud Ocupacional

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO PARA LA PROTECCIÓN SOCIAL POLÍTICAS DE SALUD

OCUPACIONAL

Unificacion para manejo de actividades en riesgos

profesionales

Circular Unificada

Politicas HSE (Seguridad, salud ocupacional y medio ambiente, contra tabaquismo, alcoholismo y drogadicción, otras)

GERENTELIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQ

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Circular Unificada

Programación de exámenes de ingreso, periodicos y de egreso

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Circular Unificada

Reuniones periódicas con Representante de la ARP u otras especializadas

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Circular Unificada

Afiliación permanente del trabajador durante el periódo de traslado a una nueva ARP

Afiliación total de los colaboradores a riesgos profesionales

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Circular Unificada

En caso de pensar trasladarse a una nueva ARP, se debe revisar lo estipulado en la Ley

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Procedimiento de entrega de elementos EPP Matriz de EPP y registro de entregaPrograma manejo de EPP

ALMACENISTALIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQ

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Existencia de la División de HSEQAsesorias periodicas de la ARP

GERENTELIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQRESP. HSE EN CAMPO

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

SEGURIDAD - EXPLOSIÓN E INCENDIOS

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Capacitación en temas de Brigada de Emergencia

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Carnetización después de 2 meses de afiliado a la ARP, por parte de la misma

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Disposición por parte de la ARP a la red de instituciones prestadoras de servicio en caso de ATEP

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Comunicación de Politica de SO de la empresa firmada por el representante legal y Derechos y deberes del trabajador en el sistema general de riesgos profesionales.

Divulgación de la política de SSOMA - Inducción y reinducciónPrograma de Capacitación y Desarrollo

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Programa de SO, promover- conformaciòn del COPASO, sistemas de vigilancia epidemiologica

COPASOPrograma Salud OcupacionalInspecciones planeadas

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

TODOS LOS EXISTENTES

Identificación y capacitación en Peligros y Riesgos identificadosCapacitación en manejo de MSDS

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Afiliación total de los colaboradores a riesgos profesionales

MINISTERIO DE HACIENDA, MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Art. 4, 13 - 35

Sistema General Riesgos ProfesionalesVelar por la integridad de su saludCumplir las normas y reglamentos del PSOParticipar en la prevención de riesgosPensionados por invalidez de ATEP mantener actualizada la información

Selección ARP, EPS, AFP, clasificación correcta de la clase de riesgo, COPASO, Reglamento Interno de trabajo y Reglamento de higiene y seguridadPSORegistros de observaciones planeadasRegistros de inspecciones planeadas

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE HACIENDA, MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

SISTEMA GENERALDE RIESGOS

PROFESIONALES

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Afiliación total de los colaboradores a riesgos profesionales

MINISTERIO DE HACIENDA, MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIALMINISTERIO DE SALUD

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Prevención y Promoción de Riesgos ProfesionalesPago de las cotizaciones Procurar la salud integral de los trabajadoresProgramar, ejecutar y controlar el desarrollo del PSO y procurar su financiaciónNotificar los ATEP a la ARPRegistrar el COPASO ante el Mintrabajo (Derogado Abril 08)Facilitar la capacitación de los trabajaoresReportar las novedades a la ARPEstablecer y ejecutar en forma permanente PSOInformar a los trabajadores los riesgos a los que pueden verse expuestos en la labor encomendada

Inducción personal nuevo, PSO, Bases de datos Ausentismo, accidentalidad y PVE.Registros de pagos a ARPDocumento del PSO y Cronograma de actividades en SSOMA y registros de su ejecuciónPresupuesto de HSEQ e Indicadores de GestiónReporte de ATEP a la ARPRegistros del COPASOPrograma de Capacitación y DesarrolloRegistros de capacitacion sobre riesgos en el puesto de trabajo - Inducción

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANOTRABAJADORES

MINISTERIO DE HACIENDA, MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Cambia el nombre a Comité Paritario de Salud Ocupacional. Obligación del empleador de suministrar 4 horas semanales dentro del horario de trabajo.

COPASO Actas de reuniones del COPASORegistro de actividades del COPASO

COPASOTALENTO HUMANO

DIV. DE HSEQ

COPASOPRESIDENCIA Y GERENCIAS

JEFE ADVO Y FRODIR. HSEQ

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Afiliación total de los colaboradores a riesgos profesionales

Page 6: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 6 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO DEC. 1406 1999 1-5, 7-61 Pago aportuno de aportes riesgos profesionales TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1530 1996 Art. 1 Afiliación y centros de trabajo TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1530 1996 Art. 10, 12 Afiliación al Sistema de Seguridad Social TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO REPORTE DE ATEP DEC. 1530 1996 Art. 4, 14 TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1530 1996 Art. 9, 11 DIR. HSEQ DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO MINISTERIO DE SALUD DEC. 1703 2002 Art. 23 COMPRAS Jan-08 SI SI

S&SO Contrato de Aprendizaje Decreto 933 2003 Art 5 Afiliación al sistema se Seguridad Social Integral Registro de afiliación TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO Reglamentación de la Ley 797 Decreto 510 2003 Art. 1-10 COMPRAS Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 2800 2003 Art. 1, 3 y 15 Jan-08 SI SI

SSOMA OTROS 2007 TODA LA GUIA TODAS LAS INSTALACIONES DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

INTEGRAL LEY 80 1993 Art. 5, 10, 22, 52 Contratos con clientes Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 2644 1994 DEC. 2644/94 Jun-07 SI SI

S&SO INVALIDEZ DEC 4942 2009 Toda la resolución Talento humano, HSEQ, Juridica Jan-10 SI Si

S&SO DEC. 1607 2002 TODO EL DECRETO TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 166 2001 DEC. 166/01 Día de la Salud en el Mundo del Trabajo (28 de JULIO) Campañas educativas a los colaboradores COMITE HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO LEGISLACIÓN NACIONAL PÚBLICO DEC. 173 2001 Art. 5 TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1772 1994 Art. 2-4, 7, 8, 10, 12, 13, 16 TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO 1994 Art. 1 (26-31, 33, 37-39, 42) - 5 Tabla de Enfermedades Profesionales TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 2644 1994 DEC. 2644/94 Jan-08 SI SI

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

TODOS LOS EXISTENTES

Por el cual se adoptan unas disposiciones reglamentarias

de la Ley 100 de 1993, se reglamenta parcialmente el artículo 91 de la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, se

dictan disposiciones para la puesta en operación del

Registro Unico de Aportantes al Sistema de Seguridad

Social Integral

Por el cual se adoptan unas disposiciones reglamentarias de la Ley 100 de 1993, se reglamenta parcialmente el artículo 91 de la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, se dictan disposiciones para la puesta en operación del Registro Unico de Aportantes al Sistema de Seguridad Social Integral, se establece el régimen de recaudación de aportes que financian dicho Sistema y se dictan otras disposiciones.

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Reglamentación parcial de la ley 100 de 1993 y del

DECRETO 12 95 DE 1994

Clasificación de los centros de trabajoPago de aportes a riesgos profesionales, según el riesgo

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Reglamentación parcial de la ley 100 de 1993 y del

DECRETO 12 95 DE 1994

Afiliación de todos los trabajadores Pago de afiliaciones de seguridad social

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Reglamentación parcial de la ley 100 de 1993 y del

DECRETO 12 95 DE 1994

Reporte de accidentes de trabajo y enfermedad profesional Accidente de trabajo y enfermedad profesional con muerte del trabajadorInvestigación cuando por casos de ATEP haya muerteReporte de ATEP para trabajadores en misión

Reporte e Investigación de Accidentes de Trabajo y Presuntas Enfermedades Profesionales comunicado al COPASORegistros de reportes de ATEP a la ARPRegistros de investigación de accidentes

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQCOPASO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

Reglamentación parcial de la ley 100 de 1993 y del

DECRETO 12 95 DE 1994

Diseño y desarrollo del Programa de salud OcupacionalLibertad para contratación de los PSO por parte de las empresasIncluir a los trabajadores temporales dentro del PSO

Programa de Salud OcupacionalRegistros de actividades de consultorias contratadas en HSERegistro de actividades de SO realizadas con los temporales

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

Medidas para promover y controlar la afiliación y pago al sistema de seguridad social en

salud

Cotizaciones en contratación no laboral. En los contratos en donde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona natural en favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría y cuya duración sea superior a tres (3) meses, la parte contratante deberá verificar la afiliación y pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud

Procedimiento de Compras y Evaluación de Proveedores

JEFE DE COMPRASDIR. HSEQ

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL Y

MINISTERIO DE HACIENDA

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

Obligatoriedad de las personas naturales que presten servicios al estado o a empresas del sector privado bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios o cualquier otra modalidad de servicios que se adopten ,deben estar afiliados al sistema general de pensiones

Verificación de cumplimiento de condiciones en contrato

JEFE DE COMPRASDIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

Reglamentación parcial del articulo 13 Decreto 1295 de

1994

Afiliación de trabajadores independientes al sistema General de Riesgos Profesionales. Tipos de contratos y duración a los que aplicaEs reponsabilidad de la empresa contratante la afiliación de trabajadores independientes al sitema general de riesgos profesionalesIncluir a los contratistas en el PSO de la contratante

Solicitud de pagos ARP a contratistasProcedimiento de Compras y Evaluación de Proveedores

TALENTO HUMANOCOMPRAS

LIDER TALENTO HUMANOJEFE DE COMPRAS

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

GUIA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD, SALUD

OCUPACIONAL Y AMBIENTE PARA CONTRATISTAS DEL

SECTOR DE HIDROCARBUROS -

DOC: OAUPE009

Act. 7 13-12-07

Establece requistos SSOMA para empresas contratistas del sector hidrocarburos

Implementación formato único 4Resultados auditoria

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

se expide el Estatuto General de Contratación de la

Administración Pública

Derechos y Deberes de los contratistas. Capacidad para contratarConsorcios y Uniones TemporalesInhabilidades e Incompatibilidades para contratarRegistros de Proponentes

DIV. DE Marketing y VentasDIV. Marketing y Ventas

REPRESENTANTE LEGALDIV. DE Marketing y Ventas

DIV. Marketing y Ventas

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por el cual se expide la tabla única para las

indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral entre

el 5% y el 49.99% y la prestación económica

correspondiente

Tabla única para indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral (5% - 49,99%) y la prestación correspondiente

Afiliación total de los colaboradoresReporte de ATEP a la ARP

TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQCOPASO

MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIA

Por el cual se modifica el artículo 8° del Decreto 1355 de

2008.

CALIFICACiÓN CON BASE EN EL MANUAL ÚNICO PARA LACALIFICACiÓN DE LA INVALIDEZ., Aplicable a las EPS y a la red publica de servicios de salud

Aplicación metodología de acuerdo a la norma respetando el debido procesoComunicación al personal afectado acorde a las decisicones proferidas, seguimiento de decisiones y recomendaciones

DIR. HSEQDIR TALENTO HUMANO

DIR JURIDICA

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL

SISTEMA GENERALDE RIESGOS

PROFESIONALES

Tabla de Clasificación de Actividades Economicas para

el Sistema General de Riesgos Profesionales

Clasificación Actividades Económicas EmpresaModificación de la actividad economica

Clasificación de los centros de trabajo, pago de aportes a riesgos profesionalesRegistro de clasificación en la ARP de acuerdo a la actividad económica

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQCOPASO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por la cual se establece el día de la salud en el mundo del

trabajo

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQCOPASO

Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga

Transporte privadoContrato de empresas legalmente constituidas

Mantenimiento preventivo y correctivo a vehículosCarpeta de Documentos al díaRegistro de proveedores

LIDER TALENTO HUMANOASISTENTE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

SISTEMA GENERALDE RIESGOS

PROFESIONALES

Reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema

General de Riesgos Profesionales

Afiliación al Sistema General de Riesgos ProfesionalesSelección de la entidad Administradora de Riesgos ProfesionalesDiligenciamiento del formulario de afiliaciónTraslado volunario de ARPInfromación a los trabajadores y a la EPS sobre la ARP a la que están afiliadosObligatoriedad de las cotizacionesPlazo para el pago de las cotizaciones

Registros de afiliación a ARPRegistros de pagos de cotizaciones de seguridad social integral.Registros de inducción SGRP

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades

Profesionales

DEC. 1832 (DEROGADA)

Identificación de Peligros y riesgos en las actividades

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por el cual se expide la tabla única para las

indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral entre

el 5% y el 49.99% y la prestación económica

correspondiente

Tabla única para indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral (5% - 49,99%) y la prestación correspondiente

Afiliación total de los colaboradoresReporte de ATEP a la ARP

TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQCOPASO

Page 7: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 7 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO DEC. 3615 2005 TODO EL DECRETO Afiliación Sistema General de Riesgos Profesionales TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 3667 2004 ART. 1-3-4 PAGOS SISTEMA PILA DIV. ADVA Y FRA Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 516 2004 DEC. 0516 - 20/FEB/04 Afiliación de trabajadores independientes al sistema Salud Afiliación total de los colaboradores TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 614 1984 Art. 24, 34 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 614 1984 ART. 34 DIV. DE HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 614 1984 Art. 25 - 26 COPASO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 614 1984 Art. 28 - 31 Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 676 1995 DEC. 676/95 Sistema General Riesgos Profesionales Afiliación total de los colaboradores TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 806 1998 Art. 8, 26, 45, 57, 65, 68, 79-81 Sistema General Riesgos Profesionales TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 873 2001 Art. 3, 5, 10, 12-14 Servicios de Salud en el Trabajo Jan-08 SI SI

S&SO LEY 100 1993 Invalidez por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional Jan-08 SI SI

S&SO LEY 1122 2007 TODA LA LEY Jan-08 SI SI

S&SO RIESGO PSICOSOCIAL LEY 1010 2006 Art. 9 Acoso laboral TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RIESGO PSICOSOCIAL RES. 2646 2008 Toda la resolución TODAS LAS INSTALACIONES Aug-08 SI SI

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

se reglamenta la afiliación de los trabajadores

independientes de manera colectiva al Sistema de

Seguridad Social Integral

Copia de afiliación de trabajadores independientes

MINISTERIO DE HACIENDA Y PROTECCIÓN SOCIAL

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Disposiciones sobre el pago de aportes parafiscales y al sistema de seguridad social

integral

Autoliquidación y pago de aportes al sistema de seguridad social e integral y de aportes parafiscales debera realizarse mediante un formulario unico e integrado. El formulario unico e integrado podra ser presentado en forma fisica o por medios electronicos.

JEFE FRO Y CONTABLELIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

por el cual se reglamenta la afiliación colectiva a través de

agremiaciones al Régimen Contributivo del Sistema

General de Seguridad Social en Salud de los trabajadores independientes con ingresos

inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Bases Para la Organización de Salud Ocupacional en el país

Responsabilidades de los empleadoresResponder por la ejecución del Programa Permanente de Salud OcupacionalComprobar ante las autoridades de Salud Ocupacional que cumplen con las normas de salud ocupacionalPermitir la constitución de los Comités de Medicina Higiene y Seguridad IndustrialNotificar la la ocurrencia de ATEPInformar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidosFacilitar a los trabajadores la asistencia a cursos y programas educativosPermitir la participación de representantes de los trabajadores en las visitas de inspección e investigación que realicen las autoridadesPresentar a los funcionarios de salud ocupacional los informes, registros, actas y documentos relacionados con la medicina, higiene y seguridad industrial

Desarrollo del Programa de Salud Ocupacional y Sub-programas implementadosDocumento del P.S.ORegistro del COPASORegistros de capacitación sobre riesgos en el puesto de trabajoRegistros de participación en auditorias externas

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD.

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

OCUPACIONAL

Bases Para la Organización de Salud Ocupacional en el país

Contratación de Servicios de S.O. Esto no traslada la responsabilidad de la empresa

Registro de conformación de la DIR. HSEQRegistros de actividades de consultorías contratadas en SSOMA

COMPRASDIR. HSEQ

JEFE TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD.

COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

Bases Para la Organización de Salud Ocupacional en el país

Constitución y número de representantesResponsabilidades del Comité

Registro de constitución del COPASOActas de reuniones del COPASO

COPASOPRESIDENCIA Y GERENCIAS

DIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD.

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

Bases Para la Organización de Salud Ocupacional en el país

Establecimiento del PSOActividades a incluir

Programa de salud ocupacionalReglamento interno de trabajo Cronograma de actividades

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por el cual se reglamenta parcialmente el decreto 1295

de 1994 y se aclaran y modifican unos artículos del

decreto 1833 de 1994

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

por el cual se reglamenta la afiliación al

Régimen de Seguridad Social en Salud y

la prestación de los beneficios del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud

y como servicio de interés general,

en todo el territorio nacional

Pago a tiempo de la Seguridad Social de los empleados

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

por el cual se promulga el “Convenio número 161 sobre los Servicios de Salud en el

Trabajo”, adoptado por la 71ª Reunión de la Conferencia General de la Organización

Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985

Programa de salud ocupacional con sus respectivos Sub-programas

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones

Art. 15, 18, 22, 161, 210, 245, 249 - 256, 271

Afiliación total de los colaboradoresProcedimiento y Reporte de ATEP en la ARP

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

se hacen algunas modificaciones en el

Sistema General de Seguridad Social en Salud

y se dictan otras disposiciones

Ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control y la rganización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud

Afiliación total de los colaboradoresProcedimiento y Reporte de ATEP en la ARP

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones

de trabajo

Incorporar su cumplimiento en la actualización del Reglamento Interno de TrabajoCapacitación y DivulgaciónNombramiento de COPASO u otro comité como responsable por la conciliación

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TRABAJADORES

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y

monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el

estrés ocupacional

ResponsabilidadesIdentificacion y evaluación de factores psicosociales en el trabajo y sus efectosIntervención de los factores psicosocialesDeterminación de origen de las patologias

comité de conciliación (COPASO)Capacitacines en Riesgo PsicosocialEvaluaciones del Riesgo PsicosocialEstudio de factores psicosociales en la empresaEncuesta de satisfacción personal yo clima organizacional Plan de accionesPVE

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TRABAJADORES

Page 8: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 8 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO - LEY 320 1996 Art. 1, 7, 9, 10, 14 Accidentes de trabajo y enfermedad profesional DIV. DE HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO LEY 378 1997 Art. 5, 13-15 Jan-08 SI SI

SSOMA LEY 55 1993 TODA LA LEY TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Art. 22, 23, 26 VEHICULOS Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Art. 27, 28 Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Art. 30 Equipo de Prevención y Seguridad Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Art. 34, 42, 46 Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Art. 50 - 53 Hoja de vida vehículo Jan-08 SI SI

SSOMA GOBIERNO NACIONAL TRÁNSITO TERRESTRE LEY 769 2002 Título III Normas de comportamiento Jan-08 SI SI

SSOMA CONGRESO DE COLOMBIA TRÁNSITO TERRESTRE LEY 1383 2010 Art. 6, 7 Mar-10 SI PARCIAL

SSOMA CONGRESO DE COLOMBIA TRÁNSITO TERRESTRE LEY 1383 2010 Art. 8 Mar-10 SI SI

SSOMA CONGRESO DE COLOMBIA TRÁNSITO TERRESTRE LEY 1383 2010 Art. 9, 10, 11, 12, 13 Mar-10 SI SI

S&SO LEY 789 2002 Art. 30 Afiliación de aprendices a la ARP Registro de afiliación TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO LEY 776 2002 Jan-08 SI SI

S&SO LEY 797 2003 Art. 4 Obligatoriedad de las cotizaciones DPTO ADVO Y RRHH Jan-08 SI SI

S&SO LEY 828 2003 TODA LA LEY DPTO ADVO Y RRHH Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 84 TODAS LAS AREAS Jan-08 SI SI

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Identificación de peligros y riegsosPlan de emergencia

COPASODIR. HSEQ

JEFE TALENTO HUMANO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, MINISTERIO E TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL.

TODOS LOS EXISTENTES

Servicios de Salud en el Trabajo

Servicios de Salud en el Trabajo - ATEPResponsabilidades de los servicios de salud en el trabajoInformación a los trabajadores sobre los riesgosInformacion que deben suministrar el empleador y los trabajadores a los servicios de salud

Divulgacion de resultados de la identificación de peligros y riesgos Programa de Salud Ocuapacional con sus respectivos Sub-programasCapacitación sobre riesgos en el puesto de trabajo

TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

RIESGOS QUÍMICOS - HUMOS, GASES,

VAPORES, POLVOS

Aprobacion convenio 170 y Recomendación 177

Seguridad en la utilización de Productos Quimicos:Aplica a todas las ramas de actividad económica en las que se utilizan productos químicos; Requisitos de los productos químicos: etiquetado, clasificación, fichas de datos de seguridad;Responsabilidad de los empleadores;Obligaciones y derechos de los trabajadores.

Hojas de datos de seguridad de cada producto quimico - MSDSCapacitación al personal en manejo de productos y MSDSListado de equipos de emergencia con productos quimicosRegistro de entrega de EPPRegistros de exámenes médicosPlan de emergencias - Kit derrames

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TRABAJADORES

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Vigencia y renovación de la licencia de conducción (indefinida vehículos particulares y 3 años para vehículos públicos)Causales de suspensión o cancelación

Control de licencias a conductoresCapacitacion de conductores

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

CONDUCTORES

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Normas sobre tránsito terrestre Cumplimiento con los requisitos generales y las condiciones mecánicas y técnicas que propendan a la seguridad, la higiene y comodidad. Mantenimiento periódico

Programa de mantenimiento preventivoControl de requerimientos y documentaciónCapacitacion de conductores

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQASISTENTE DE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Entrega de Kit de carretera por vehículoMantenimiento de Extintores

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQASISTENTE DE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Documentos que se deben portar (Licencia de tránsito, SOAT, Certificado vigente de revisión tecnomecánica)Registro y autorización para circulación nacional

Control de documentos vigentesCapacitacion de conductores

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQASISTENTE DE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Revisión Técnico - Mecánica (C/2 años particulares y anual para servicio público)Revisión de Gases (C/2 años particulares y anual para servicio público)Revisiones en Centros de servicio autorizado

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQASISTENTE DE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

Se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones

Capacitación en Manejo defensivo y seguridad vial

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

RESP. HSE EN CAMPOCONDUCTOR

Por la cual se reforma la ley 796 de 2002 "Código Nacional de Tránsito y se dictan otras

disposiciones"

El artículo 22 dela ley 796 queda así: Vigencia de la licencia de conducción (indefinida para vehículos particulares pero con refrendación C/5 años realizando un examen de aptitud física, mental y psicomotriz), (3 años servicio público con refrendación C/3 años realizando un examen de aptitud física, mental y psicomotriz y certificado de pago de multas).El artículo 26 dela ley 796 queda así: Causales de suspensión o cancelación: (imposibilidad trnasitoria, física o mental; por desición judicial; estado de embriaguez o drogas; por prestar s/cio público con vehiculos articulares. Cancelación por muerte, incidencia, fraude.)

Control de licencias a conductoresExámenes de apatitud al personalCapacitacion de conductoresPolítica contra el tabaquismo, alcoholismo y drogadicciónPruebas aleatorias de alcoholemia

AREAS DONDE SE REQUIERA EL USO DE VEHÍCULOS

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

RESP. HSE EN CAMPOCONDUCTORES

Por la cual se reforma la ley 796 de 2002 "Código Nacional de Tránsito y se dictan otras

disposiciones"

El artículo 28 dela ley 796 queda así: Condiciones tecnicomecánicanicas, de emisiones contaminantes y de operación: para vehiculos públicos placa en costados y techo, No. telefonico interno y externo para denuncias.

Identificación de placas en vehículos públicosIdentificación del No. tel. en vehiculos públicos.

AREAS DONDE SE REQUIERA EL USO DE VEHÍCULOS

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

RESP. HSE EN CAMPOCONDUCTORES

Por la cual se reforma la ley 796 de 2002 "Código Nacional de Tránsito y se dictan otras

disposiciones"

Mantener el vehículo en óptimas condicines mecánicas, ambientales y de seguridad: Art. 50-54Revisión Técnico - Mecánica (C/ año particulares y anual para servicio público. Durante los primeros 6 años se realizará C/2 años para vehículos particulares nuevos)Revisión de Gases (C/2 años particulares y anual para servicio público)Revisiones en Centros de diagnóstico autorizados.

Hoja de vida del vehículo con mantenimientos, registro de revisiones tecnicomecánicasListas de chequeo vehículos y acciones pertinentes del SIG

AREAS DONDE SE REQUIERA EL USO DE VEHÍCULOS

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

RESP. HSE EN CAMPOCONDUCTORES

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

GESTIÓN CON CONTRATISTAS

Normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Normas sobre la organización, administracion y prestaciones

del Sistema General de Riesgos Profesionales

Art. 1 - 23

Organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos ProfesionalesUbicar al trabajador luego de una incapacidad temporal en su mismo cargo o reubicarlo Ubicar al trabajador en su puesto de trabajo luego de una incapacidad parcial

Afiliación de trabajadores al Sistema General de Seguridad SocialRegistro de actividades de Medicina del Trabajo

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

POR EL CUAL SE REFORMAN ALGUNAS DISPOSICIONES DEL

SISTEMA GENERAL DE PENSIONES PREVISTO EN LA LEY 100 DE 1993 Y SE

ADOPTAN DISPOSICIONES SOBRE LOS REGÍMENES

PENSIONALES EXCEPTUADOS Y

ESPECIALES

Pago de afiliaciones al Sistema General de Seguridad Social

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

CONGRESO DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERALDE RIESGOS

PROFESIONALES

Control de evasion al Sistema de Seguridad Social

Control a la Evasión del Sistema de Seguridad SocialMedidas para evitar y controlar la evasion de aportes al Sistema de Seguridad Social. ARP; EPS; ICBF; SENA.

Inscripción al SGRP de todos los colaboradores y autoliquidación mensualRegistro de pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Proporcioar y mantener un ambiente de trabajo en buenas condiciones de higiene y seguridad Programa permanente de medicina, higiene y seguridadProtección y promoción de salud, programas educativosFacilidad a entidades competentes para inspecciones Registro y notificación de ATEP

Inspecciones y mantenimiento de infraestructura y ambiente de trabajoPSO implementadoPrograma de capacitaciónReporte de ATEP

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

B134
NO VIGENTE. DEROGADA POR LA LEY 1383/10 DEL 16 DE MARZO DE 2010. ART. 6 Y 7.
B135
NO VIGENTE. DEROGADA POR LA LEY 1383/10 DEL 16 DE MARZO DE 2010. ART. 8.
B138
NO VIGENTE. DEROGADA POR LA LEY 1383/10 DEL 16 DE MARZO DE 2010. ART. 9,10 y 11.
Page 9: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 9 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO LEY 9 1979 85 TODAS LAS AREAS Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 88 TODAS LAS AREAS TODO EL PERSONAL Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 1, 2, 41, 42 Obligaciones del empleador Jan-08 SI SI

S&SO FÍSICOS LEY9 1979 Art. 105, 108, 109 Agentes físicos TODAS LAS INSTALACIONES DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 101 - 104 TODAS LAS INSTALACIONES DIR. HSEQ Jan-08 SI PARCIAL

S&SO AGENTES FÍSICOS LEY 9 1979 Art. 105, 107-109 TODAS LAS INSTALACIONES DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 111 Establecimiento del PSO DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Maquinaria, equipos y herramientas Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 114, 116 Equipos para prevención y extinción de incendios TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 117, 118 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 112 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 114 - 116 Personal adiestrado y disposición de equipos para atención de Incendios TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RIESGOS ELECTRICOS LEY 9 1979 Art. 117 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 120, 121 Manejo, almacenamiento y transporte de materiales sin crear riesgos TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 122, 123 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY 9 1979 Art. 125 - 127 Jan-08 SI SI

S&SO CONGRESO DE LA REP. SANEAMIENTO BÁSICO LEY 9 1979 Art. 128 - 129 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 203, 205, 206 Instalaciones de la empresa Jan-08 SI SI

S&SO LEY9 1979 Art. 80, 82, 84 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO CONGRESO DE LA REP. LEY9 1979 Art. 85 Obligaciones del trabajador TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Obligaciones del trabajador: Usar adecuadamente equipos para protección de riesgos y EPPColaborar en la implementación y mtto de medidas de prevención

Manual de Funciones y competenciasInducciónEvaluación del desempeñoActividades de motivación y participación

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Visitantes: cumplir las normas de higiene y seguridad de esta ley, así como las normas internas de la empresa (reglamento de medicina, higiene y seguridad)

Control de acceso visitantesDescripción de prohibicionesInducción a contratistasAcompañamiento por parte de personal interno

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Art. 90-9691,93,94

Edificaciones, establecimientos industriales y locales de trabajoDistribución de áreas con zonas específicas para los distintos usos y actividades , claramente separadas, delimitadas o demarcadasDemarcación de áreas de circulación , amplitid y señalizaciónSeñalización y proteccion de escaleras y zonas elevadas

Señalización y demarcación de áreasInspecciones en SSOMAPlanos de las instalacionesPlanos de ubicación de salidas de emergenciaPlanos de ubicación de equipos contra incendio

DIR. HSEQCOPASO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

TODOS LOS EXISTENTES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Desarrollo del Programa de Salud Ocupacional y Sub-programas

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Evaluación ambiental de iluminaciónEvaluación ambiental de RuidoIdentificación de riesgos y definición de controles en fuente, medio y receptor

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

AGENTES QUIMICOS Y BIOLÓGICOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Adopción de medidas para evitar la presencia de Riesgos Químicos y biologicos con concentraciones o niveles de riesgoComunicación de riesgos por el uso y manejo de Sust. QuimicasControl y disposición de sust. Quimicas y biológicos

Señalización Capacitación al personal y disposición de MSDSProcedimiento y Gestión de residuos peligrosos

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Iluminación suficiente en lugares de trabajo para prevenir efectos noscivos enla salud de los trabajadoresruido, vibración y temperaturas que generen disconfortVentilaciónadecuada

Inspección de puestos de trabajoMantenimiento decondiciones ambientalesMediciones ambientales ruido, iluminación

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Programa de salud ocupacionalCOPASO

PRESIDENCIA Y GERENCIASLIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQ

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SEGURIDAD - MECÁNICOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Art. 112Programa de mantenimiento de equipos Procedimientos de manejo de máquinas y equipos

DPTO DE O&MDIV. Marketing y Ventas

TALENTO HUMANO

COORDINADOR O&MJEFE DIV. Marketing y VentasLIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQ

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SEGURIDAD - EXPLOSIÓN E INCENDIOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Extintores ubicados en las instalacionesCapacitación a Brigada de EmergenciaInspecciones de equipos SCI

DIR. HSEQCOPASO

BRIGADA INTEGRAL DE EMERGENCIAS

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

REDES E INSTALACIONES

ELÉCTRICAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Construccion, instalacion, mantenimiento de equipos y redes electricas para prevenir riesgo de incendio

Inspecciones a redes eléctricasIdentificación y comunicación de riesgosPlanos de redes e instalaciones eléctricasProgramas de mantenimiento preventivo a redes e instalacion es eléctricasRegistros programas de mantenimiento a redese instalaciones eléctricas

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SEGURIDAD INDUSTRIAL

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Diseño, construcción, instalación, mantenimiento y operación de Maquinas, equipos y herramientas, de tal forma que se eviten ATEP

Diagnóstico de condiciones de trabajoInspecciones en SSOMAProcedimientos de Control OperativoInducción y reinducción

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

CALDERAS Y RECIPIENTES SOMETIDOS A

PRESIÓN

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Capacitación del personal en control de incendiosConformación de Brigada integralDisposición y mantenimiento de equipos para control de incendios

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Equipos, instalacoines y redes eléctricas deben ser diseñados, contruidos, instalados, mantenidos, señalizados y accionados para prevención de reisgo de incendios y contacto con los elementos sometidos a tensiónSuministro de dotación, equipos y EPP para prevenir riesgo de tipo eléctrico

Inspecciones de SSOMASeñalizacion de circuitosSuministro de EPPMantenimiento de instalaciones eléctricas generales

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

COORDINADOR O&M

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SEGURIDAD - MANEJO Y ALMACENAMIENTO

DE MATERIALES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Mantenimiento a máquinas y equipos Inspecciones HSEProcedimientos de almacenamientoSeñalización

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

ALMACENISTA

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Suministro de los EPP en cantidad y calidad suficiente y de acuerdo con los riesgos en el trabajo.

Matriz de EPPPresupuesto de HSEQRegistros de suministro de EPP

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

PRIMEROS AUXILIOS Y ASISTENCIA MÉDICA

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Programas de medicina preventivaTodo lugar de trabajo tendrá las facilidades y recursos para la prestación de primeros auxiliosLa promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud de los trabajadores, así como la correcta ubicación del trabajador en una ocupación adaptada a su constitución fisiológica y psicológica, se implementarán en las actividades del Programa de Medicina Preventiva

Sub-programa de medicina del trabajoBotiquínes de primeros auxiliosEstadística de Primeros AuxiliosRegistros de actividades en Medicina del TrabajoRegistros de actividades de promoción y prevención en Salud

TODAS LAS INSTALACIONESVEHÍCULOS

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

RES. BOTIQUINESCONDUCTORES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

El suministro de alimentos y agua para uso humano, el procesamiento de aguas industriales, excretas y residuos en los lugares de trabajo, deberán efectuarse de tal manera que garanticen la salud y el bienestar de los trabajadores y de la población en general.

Adquisición de agua embotelladaProveedor de servicios públicosAseo y Mantenimiento baños

DIR. HSEQSERV. GRALES

TRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

SEGURIDAD - LOCATIVOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Estructura de las edificacionesInspecciones de SSOMASeñalización

TODAS LAS INSTALACIONESPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

PRESIDENCIA DE LA RESPUBLICA

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Obligaciones del empleadorMaximizar la salud de las personas previniendo enfermedadProtección por exposición a riesgosEliminar o controlar los agentes nocivos presentes en los sitios de trabajoProporcionar y mantener ambiente de trabajo en condiciones de higiene y seguridad

Reglamento de Higiene y Seguridad IndustrialPrograma de salud ocupacionalPVEPanorama Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TODOS LOS EXISTENTES

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Reglamento Interno de trabajoReglamento de higiene y seguridadEvaluación de desempeño en HSEQ

DIR. HSEQJEFES DIRECTOS

LIDER TALENTO HUMANO

Page 10: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 10 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO CONGRESO DE LA REP. LEY9 1979 Art. 98, 99 Edificaciones, establecimientos industriales y locales de trabajo TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO CONGRESO DE LA REP. LEY9 1979 Congreso Nacional - Art. 24 Generación de residuos TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO CONGRESO DE LA REP. LEY 962 2005 Art. 55 DIR. HSEQ DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 Art. 11 Literal 17, 18 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 ART. 11. Literales 9 y 11 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 Art. 4 Jan-08 SI SI

S&SO 2008 TODA LA RESOLUCIÓN COPASO Apr-08 NO N/A

S&SO 2008 TODA LA RESOLUCIÓN COPASO May-08 SI N.A

S&SO RES. 1075 1992 Art. 1 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO LEGISLACIÓN NACIONAL PÚBLICO RES. 1500 2005 RES. 1500/05 Categorias de las licencias de conducción Licencias de conducción vigentes TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO ATEP RES. 156 2005 Uso y reporte de ATEP con nuevo formulario Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1792 1990 TODA LA RESOLUCIÓN DIV. DE HSEQ Jan-08 SI SI

SSOMA RES. 627 2006 Art. 9, 17 - 21, 27 DIR. HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1995 1999 TODA LA RESOLUCIÓN TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO COPASO RES. 2013 1986 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2309 1986 Art. 1-3, 6-8, 11-13, 14-25 Residuos Especiales Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2318 1996 Art. 1-16 Licencia de Salud Ocupacional DIV. DE HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Jan-08 SI SI

SEGURIDAD - LOCATIVOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Mediciones Ambientales (Ruido, Iluminación)Dotación de EPP

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

DISPOSICION DE RESIDUOS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Implementación del programa de - Orden y limpiezaPrograma de Gestión de Residuos Sólidos

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TODOS LOS EXISTENTES

Establece la notificación por delegación mediante poder, de

cualquier persona natural o jurídica, sin necesidad de

presentación personal, exceptuando la relativa al

reconocimiento de un derecho con cargo a recursos públicos,

de naturaleza pública o de seguridad social

Ley antitrámites. Supresión de la revisión y aprobación del reglamento de higiene y seguridad por el ministerio de proteción social

Supresión de la revisión y aprobación del reglamento de Higiene y Seguridad Industrial por el ministerio de protección social

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS - PLANES DE EMERGENCIA

Reglamenta la Organización, funcionamiento y foma de los

programas de Salud Ocupacional

Funcionamiento y forma de los Programas de Salud OcupacionalDelimitar o demarcar las áreas de trabajo y vías de circulación, señalizar salidas, salidas de emergencia, organización plan de emergencia

Programa de Salud Ocupacional con Sub-programasIdentificación de riegos e impactosIndicadores de gestiónPlanos de las instalaciones, señalizaciónPlanos de ubicación de salidas de emergenciaPlan de contingenicias - emergencias Registros de implementación plan de contingencias - emergencias

DIR. HSEQCOPASO

COMITÉ DE EMERGENCIATODO EL PERSONAL

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

Reglamenta la Organización, funcionamiento y foma de los

programas de Salud Ocupacional

TODA LA RESOLUCIÓNArt. 1 - 3, 5 - 18

Obligación de organizar y garantizar el funcionamiento del PSOCondiciones y contenido del PSOElaborar, mantener actualizadas y analizar las estadísticas de los accidentes de trabajo, las cuales estarán a disposición de las autoridades competentes

Programa de salud ocupacional, con sus respectivos Sub-programasPersonal capacitado para administrar el PSOCronograma de actividades

DIR. HSEQTALENTO HUMANO

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

REDES E INSTALACIONES

ELÉCTRICAS

Reglamenta la Organización, funcionamiento y forma de los

programas de Salud Ocupacional

Estudiar e implantar los programas de mantenimiento preventivo de las máquinas, equipos, herramientas, instalaciones locativas, alumbrado y redes eléctricasInspeccionar periódicamente las redes e instalaciones eléctricas.

Programas de mantenimiento preventivoRegistros programas de mantenimiento preventivoPrograma de inspecciones en SSOMAregistros programas de inspecciones

TODAS LAS INSTALACIONESPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

Reglamenta la Organización, funcionamiento y forma de los

programas de Salud Ocupacional

Recursos humanos, físicos y financieros necesarios para el desarrollo del PSO

Presupuesto de HSEQIndicadores de Cumplimiento del Presupuesto

DIV. DE HSEQPROCESO DE PLANIFICACIÓN

DE HSEQ

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQ

LIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL -

COPASO

Por la cual se modifica el artículo 13 de la resolución

1016 de 1989

RES. 1157 Derogado

Toda empresa, tanto pública como privada, deberá constituir y poner en funcionamiento el Comité Paritario de Salud Ocupacional, sin que se requiera su registro ante el Ministerio de Protección Social.Verificación de cumplimiento a través de Inspectores de Trabajo

Establecimiento del COPASOActas de reunión

COPASODIR. HSEQ

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL -

COPASO

Por la cual se deroga la resolución 1157 de 2008

RES. 1457.Derogado

Derogado el texto de la resolucion 1157: "Toda empresa, tanto pública como privada, deberá constituir y poner en funcionamiento el Comité Paritario de Salud Ocupacional, sin que se requiera su registro ante el Ministerio de Protección Social. Verificación de cumplimiento a través de Inspectores de Trabajo"

Se requiere de nuevo registro del COPASO

Registro del COPASO ante el MinisterioActas de reunión (elección, votación, etc)

COPASODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Actividades en Materia de Salud Ocupacional

Campañas tendientes a fomentar la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y tabaquismo

Politicas contra el Tabaquismo, el alcoholismo y la DrogadicciónProgramas de prevención y promoción en salud.

PRESIDENCIA Y GERENCIASLIDER TALENTO HUMANO

DIR. HSEQ

Por la cual se reglamentan las categorías de la Licencia de Conducción, de conformidad con el artículo 20 de la Ley

769 de 2002

LIDER TALENTO HUMANOASISTENTE PRESIDENCIA Y

GERENCIASCONDUCTOR

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Se adoptan los formatos de informe de accidente de trabajo y de enfermedad

profesional y se dictan otras disposiciones

TODA LA RESOLUCIÓNArt. 1 - 12

Notificación a la EPS y ARP sobre el ATEP dentro de los dos (2) días hábiles a su ocurrencia

TALENTO HUMANODIR. HSEQ

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RIESGOS FÍSICOS - RUIDO

Valores límites permisibles para la exposicion ocupacional

a ruido

Tabla de Valores limites permisibles por exposicion ocupacional a ruido (85dbA con exposición a 8 hrs)

Evaluación ambiental de ruidoSuministro de EPPPrograma y registros de mantenimiento preventivo

DIR. HSEQJEFE ADVO Y DE HSE Marketing

y Ventas

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

RIESGOS FÍSICOS - RUIDO

se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido

ambiental

Estandares máximos permisibles de nivel de ruido (sector C. Ruido Intemedio restringido 75dbA Día y noche)Estandares máximos permisibles de nivel de ruido ambiental (sector C. Ruido Intemedio restringido 75dbA Día y 70dbA noche)Equipos de medida (sonómetros), condiciones meteorológicas, informeAlarmas de seguridad < 85dbA medido a 3 m

Medición ambiental de ruido en instalacionesInforme de mediciónVerificación de alarmas de seguridad

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Normas para el manejo de la historia clinica

Carcateristics de la historia clinicaObligatoriedad del registroApertura e identificaciónComponenetesCustodia

Procedimiento Evaluaciones médicas LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD.

Reglamenta la Organización y funcionamiento de los comites

de medicina, higiene y seguridad industrial.

TODA LA RESOLUCIÓNArt. 1 - 19

Comité Paritario de Salud OcupacionalEmpresas con más de 10 trabajadores a su servicio están obligadas a conformar el comitée de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.Funciones, obligaciones de empleador y trabajadores

Registro de constitución y aprobación del COPASOActas de reuniones del COPASO

COPASODIV. DE HSEQ

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIR. HSEQCOPASO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

DISPOSICION DE RESIDUOS

PELIGROSOS

Gestión de residuos especiales

Programa - Orden y LimpiezaDisposición final adecuada de residuos

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE SALUD OCUPACIONAL

PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS

Asesor de la ARP con licencia de en Salud Ocupacional - HHVV

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Art. 1-2

Obligaciones del empleadorProveer ambiente de trabajo en condiciones adecuadasEstablecer un servicio médico permanenteOrganizar programas permanentes de S.O.Aplicar y mantener los sistemas de control necesarios para la protección de los trabajadoresSuministrar instrucción a los trabajadores antes de iniciar cualquier ocupación

Reglamento de Higiene y Seguridad IndustrialDesarrollo del Programa y Sub-programas de Salud OcupacionalAfiliación y pagos de EPSActividades de prevencion en seguridad y salud ocupacionalRegistros de asesoria en medicina preventiva y del trabajoRegistros de programas de inducción

TALENTO HUMANODIV. DE HSEQ

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

B176
no vigente, derogada mediante res. 1457 de 2008
Page 11: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 11 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO RES. 2400 1979 ART. 70, 71, 73 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 121, 124 - 138 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 164 - 169 De las sustancias inflamables y explosivas DIV. DE HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 17-29 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 De los equipos y elementos de protección personal TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Equipos de protección personal TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 202, 224 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Jan-08 SI SI

SSOMA MINISTERIO DEL INTERIOR DEC. 321 1999 TODO EL DECRETO Contenido plan de contingencias Plan de contingenicias- emergencias TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

SSOMA DEC. 919 1989 Art. 1 Jan-08 SI SI

S&SO AGUA Y ALIMENTOS RES. 2400 1979 Art. 23, 24 Caracterisitcas del agua suministrada para consumo humano TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 23, 24 Servicios permanentes Dotación de vivienda y servicios en campo TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 266 - 295 De las máquinas, herramientas y máquinas industriales TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 29 - 36 Higiene en los lugares de trabajo, Orden y limpieza TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 3 TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 314, 319, 320 Tanques y recipientes de almacenamiento Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 340 - 353 N/A N/A N/A Jan-08 N/A N/A

S&SO RES. 2400 1979 Art. 355 - 370 De las herramientas de mano Jan-08 SI SI

S&SO RIESGO ERGONÓMICO RES. 2400 1979 Art. 37 Elementos de trabajo (Muebles). Asientos cómodos y adacuados TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 371 - 387 Herramientas de Fuerza Motriz Jan-08 SI SI

S&SO SANEAMIENTO BÁSICO RES. 2400 1979 Art. 36 - 45 Evacuacion de residuos o desechos TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RIESGOS FÍSICOS - VENTILACIÓN

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Renovación del aire de manera constanteVentilacion cuando hay contaminacion ambiental por operaciones que producen gases, vapores, humos

Sistema de regulación de temperatura ambienteUso de aire acondicionado y ventiladores

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REDES E INSTALACIONES

ELÉCTRICAS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Construcción, instalación, conservacion y mantenimiento de aparatos y redes eléctricas.

Inspecciones en áreas de trabajoSeñalización Planos de redes e instalaciones eléctricasProgramas de mantenimiento preventivo a redes e instalaciones eléctricasRegistros programas de mantenimiento a redes e instalaciones eléctricas

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - EXPLOSIÓN E INCENDIOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Procedimientos de almacenamientoSeñalizaciónCapacitación en MSDSPlan manejo de emergenciasProcedimientos y capacitación Trabajos en caliente

ALMACENISTADIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIOS SANITARIOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial

en establecimientod de trabajo

Numero de servicios sanitarios de acuerdo al numerdo de trabajadoresDimensionesMaterialesOrden y limpieza

Instalaciones adecuadasPlanos de instalacionesPrograma SOL - Orden y LimpiezaProgramas de mantenimiento preventivo

DIR. HSEQJEFE ADVA Y DE RRHHCOORDINADOR O&M

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

ART 170 Y 175Art. 176 - 185

Suministro de ropa de trabajoObligación de suministro de EPP y caracteristicas que deben reunir los diferentes elementos de protección

Matriz de EPPRegistro de suministro de EPP

DIR. HSEQJEFE ADVA Y DE RRHH

ALMACENISTA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Art. 188 - 191Matriz de EPPRegistro de suministro de EPPInspecciones de EPP

DIR. HSEQTRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Art. 194 - 195Matriz de EPPRegistro de suministro de EPPInspecciones de EPP

DIR. HSEQTRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL.

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Código de coloresColores básicos de señalizacion y demarcaciónDemarcación de equipos contra incendio

Señalización en instalacionesPlanos de las instalacionesPlanos de ubicación de equipos contra incendio

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

DIR. HSEQCOPASO

BRIGADA INTEGRAL DE EMERGENCIAS

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS, PLANES DE EMERGENCIA

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial

en establecimientod de trabajo

Art. 205 - 219, 220, 221, 222 (d, e), a 230, 234 (a, d, e, f)

De la prevención de incendio y extinciónMedidas para evitar riesgos de incendioSalidas de emergencia suficientes y distribuidasContar con extintores adecuadosNumero total de extintoresMedidas para combatir incedios en sus iniciosEstablecimiento de una brigada de incendiosManejo de equipos electricos en caso de incendioAlarmas de incendio

Plan de emergenciasMantenimiento de equipos de emergenciaExtintores de acuerdo con el riesgoBrigada Integral de EmergenciasPlan de emergencias - contingenciasPlanos de ubicación de salidas de emergenciaListado de equipos para atención de emergenciasProcedimientos de actuacion ante situaciones de emergencia

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

DIR. HSEQCOPASO

COMITÉ DE EMERGENCIAS

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS, PLANES DE EMERGENCIA

Plan Nacional de Contingencias contra

derrames de Hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas

DIR. HSEQCOPASO

COMITÉ DE EMERGENCIAS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS, PLANES DE EMERGENCIA

Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de

Desastres y se dictan otras disposiciones

Realización de planes, programas, proyectos y acciones específicas para:prevención, manejo, rehabilitación en situaciones de desastre, integración de esfuerzos, manejo eficiente de recursos para atención de desastres.

Establecimiento de presupuestoConformación de brigada de emergenciaEstablecimiento y mtto de recursos para atención de emergenciasConvenios de apoyo

DIV. DE Marketing y VentasDIV. Marketing y Ventas

PRESIDENCIA Y GERENCIASDIV. Marketing y VentasDIV. Marketing y Ventas

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Dotación de agua permanenteSuministro de agua embotellada

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

RESP. HSE EN CAMPO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - LOCATIVOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

RESP. HSE EN CAMPO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MECÁNICOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Dispositivos SAS - ENCLAVAMIENTOSPrograma de Mantenimiento PreventivoProcedimientos de trabajo seguroGuardas en MáquinasCubiertas en Máquinas

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

RESP. HSE EN CAMPO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Aseo diario de las instalaciones locativas oficinas y operativasLugar adecuado para colocación de basuras

JEFE ADVO Y RRRRESP. S/VICIOS GENERALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial

en establecimientod de trabajo

Dar cumplimiento a las obligaciones que les corresponden en materia de S.O.Usar los equipos de protecciónReportar condiciones peligrosasMantener las instalaciones en buenas condiciones de aseoNo introducir ni presentarse bajo la influencia de alcohol o drogas

Reglamento de Higiene y Seguridad IndustrialDesarrollo del Programa y Sub-programas de Salud OcupacionalRegistros de uso de EPPReporte de accidentes, casi accidentes y condiciones peligrosasPolíticas de Alcohol, dorgas, fumadores

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MANEJO Y ALMACENAMIENTO

DE MATERIALES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial

en establecimientod de trabajo

Almacenamiento adecuado de recipientes, aceites y otras sustancias químicas

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TUBERIAS Y CONDUCTOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Instalación y vigilancia. Sistemas de tuberías para el transporte de gases, vapores, líquidos que puedan ofrecer algún peligroSeñalización y precauciones

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MECÁNICOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Selección adecuada de herramientasNormas de ComportamientoAlmacenamiento adecuado de herramientas

O&MTRABAJOS EN CAMPO

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Dotación de oficina (sillas, muebles, equipo de computo, teléfonos)Suminsitro de sillas ergonómicasRegistros de capacitación

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MECÁNICOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Selección adecuada de herramientasManejo adecuado de herramientas - CapEPP

O&MTRABAJOS EN CAMPO

DIR. HSEQCOORDINADOR O&M

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Programas de manejo de residuos Programa orden y limpieza

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TODOS LOS TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MANEJO Y ALMACENAMIENTO

DE MATERIALESMANEJO DE CARGAS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Art. 212Art. 388 - 397

Del manejo y transporte manual de materialesAlmacenamiento de sustancias quimicas de acuerdo a su compatibilidad quimicaNo se deberán almacenar materiales y cargas en sitios demarcados para extintores, hidrantes, salidas de emergenciaInstrucciones al trabajador sobre manejo de cargasProcedimientos para manejo de cargasCarga máxima para un trabajadorProteccion que debe usar el trabajador cuando este expuesto a sustancias toxicas, corrosivas, etc.

Procedimientos de almacenamientoCapacitación en manejo de materiales y MSDSMatriz y registros de entrega de EPPPrograma de Vigilancia, promocion, prevencion ergonomia

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TODOS LOS TRABAJADORES

Page 12: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 12 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO RES. 2400 1979 Art. 213 Rotulado de recipientes con sustancias quimicas Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Del manejo y transporte mecánico de materiales O&M COORDINADOR O&M Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 4 - 16 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 46-47 De los campamentos de los trabajadores Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 691, 698 - 706 Del trabajo de mujeres y menores TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 596 - 609 Programa de Residuos sólidos SERVICIO TEC. ASOCIADO FRENTE DE TRABAJO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 628 - 663 Gestión de seguridad para uso de Andamios y Escaleras Mar-08 SI SI

S&SO TRABAJO EN ALTURAS RES. 3673 2008 Toda la resolución Oct-08 SI SI

S&SO TRABAJO EN ALTURAS RES. 736 2009 Toda la resolución Mar-09 SI PARCIAL

S&SO TRABAJO EN ALTURAS RES.1486 2009 Toda la resolución Jun-09 SI PARCIAL

S&SO TRABAJO EN ALTURAS RES. 1938 2009 Toda la resolución Jul-09 NO PARCIAL

S&SO TRABAJO EN ALTURAS CIRCULAR 070 2009 NUMERAL 1, 3, 4 Nov-09 SI SI

S&SO TRABAJO EN ALTURAS RES. 2291 2010 Toda la resolución Jun-10 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 79 - 87 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RESIDUOS SÓLIDOS DEC. 2676 2000 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI N/A

S&SO FÍSICOS - RUIDO RES. 2400 1979 Art. 88 - 96 Jan-08 SI SI

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RIESGOS QUÍMICOS - HUMOS, GASES,

VAPORES, POLVOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Contenidos de los rótulos de recipientes con sustancias químicas

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

ALMACENISTADIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - MANEJO Y ALMACENAMIENTO

DE MATERIALES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimiento de trabajo

Art. 398, 401, 405, 408, 409, 420, 441

Mantenimiento preventivo y correctivo de maquinaría y montacargas

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL.

INSTALACIONES LOCATIVAS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Edificaciones y establecimientos industriales y locales de trabajoEspecificaciones de las instalaciones, construccion y conservación, dimensiones, condiciones de iluminacion, área a ocupar por trabajador, salidas de emergencia

Inspecciones de SSOMAPlanos de las instalacionesPlanos de ubicación de salidas de emergenciaEstudios de iluminación

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD - LOCATIVOS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Alquiler de casa y hotel como dormitorios de los trabajadores según aplique en proyectos en campo

TALENTO HUMANOCOORD. DE SERVICIOS

LIDER TALENTO HUMANOSUPERVISORES O&M

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

TRABAJO CON MUJERES Y MENORES

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Igualdad para todos los empleadosSeguimiento a normas

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEMOLICIÓN Y REMOCIÓN DE ESCOMBROS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Demolicion y remocion escombros: estudio estructura, personal capacitado, desconexión de lineas de servicio, remosión y disposición de escombros

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ANDAMIOS Y ESCALERAS

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Dotación de EPPGestión de contratistasProc. de trabajo en alturaInspecciones de trabajo

SERVICIO TEC. ASOCIADOO&M

FRENTE DE TRABAJOCOORDINADOR O&M

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por medio de la cual se establece el reglamento

técnico para el trabajo seguro en alturas

Establecer procedimientos, programas de protección de caidas, garantizar estructuras 5000lbs, competencia y capacitación del personal, programa de inspección, inclusión dentro del plan de emergencias de procedimiento para rescate en altura, obligaciones y requerimientos para trabajdores, permisos de trabajo.

Procedimiento de actividades críticasSuministro de dotación y EPPsuministro de equipos para trabajo en alturaCapacitación del personalProced. y registro de permisos de trabajoInspecciones

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica parcialmente la resolución

3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

Modificación de la definición de entrenador, incorporando el que debe cumplir con los requsitos establecidos por el SENA.Es responsabilidad del empleador, capacitar a la persona que realiza el trabajo en altura a través del SENA u otros autorizados. Se tendra certificación de competencias laborales.Requisitos personas naturales y jurídicaspara dictar cursos. Se da plazo para acreditación de la competencia laboral de 16 meses.

Certificación de competencia laboral para personal, acorde al nivel de intervención en trabajos en altura (básico, intermedio, avanzado, entrenador)

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se establecen los lineamientos para el

cumplimiento de la resolución No. 0736 de 2009, expedida

por el Ministerio de Protección Social sobre el trabajo en

alturas.

Requisitos para entrenadores de Trabajo en Altura (educación, formación, experiencia y habilidades)Acreditación de competencias en trabajo en altura y plazo de 16 meses a partir del 24 de marzo de 2009.Solicitud de autorización para quienes dictan cursos (personas naturales y jurídicas), verificación de documentación, autorización y cancelación, verificación de calidad del curso.

Certificación de competencia laboral para personal, acorde al nivel de intervención en trabajos en altura (básico, intermedio, avanzado, entrenador)

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica el artículo 1 de la resolución

1486 de 2009.

Se modifican requisitos para ser entrenador de Trabajo en Alturas (Educación, formación, experiencia y habilidades)

Certificación de competencia laboral para personal, acorde al nivel de intervención en trabajos en altura (básico, intermedio, avanzado, entrenador)

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Procedimientos e instrucciones para trabajo en

alturas.

Obligaciones para pel empleador: adecuar el PSO incluyendo programa de proteccion contra caidas, EPP, proc. De rescate en altura.Capacitación, asesoria, consultoria y asistencia por personal con licencia y entrenamiento vigente.Financiar o asumir los costos y gastos de la certificación por competencias laborales y/o formación en el nivel pertinente.Suministrar sistema de comunicación y persona de apoyo para avisar en caso de emergencia.Suministrar sistemas contra caidas y EPP.El empleador es el único responsable de la evaluación de condiciones de aptitup psicopfísica ante médico especialista. Realizar ev. de preingreso, periódicas y egreso,suministrando el perfil del cargo, ind. epidemiologicos, estudios de higien, según aplique.Brigada de emergencia y botiquín con inmobilizadores, apositos y equipo RCP. Entrenamiento en técnicas de rescate.

Procedimiento de actividades críticasSuministro de dotación y EPPsuministro de equipos para trabajo en alturaCapacitación del personalProced. y registro de permisos de trabajoInspecciones

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se amplía el plazo estaqblecido en el artículo 4°

de la resolución 00736/09 y se dictan otras disposiciones.

Los empleadores, empresaas contratistas y subcontratistas dispondrán hasta el 30 de julio de 2012 para acreditar la competencia laboral del personal que trabaja en alturas.

Certificación de competencia laboral para personal, acorde al nivel de intervención en trabajos en altura (básico, intermedio, avanzado, entrenador)

ACTIVIDADES CON TRABAJO EN ALTURA

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

JEFE ADVO Y HSE Marketing y Ventas

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RIESGOS FÍSICOS - ILUMINACIÓN

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Disponer de iluminación suficiente de acuerdo a la labor que se realice, puede ser natural o artificial... si es artificial debe garantizar que no produzca deslumbramiento, no ofrezca peligro de incendio o sea perjudicial para la saludUso de dispositivos para evitar resplandorNiveles mínimos de intensidad de iluminaciónLimpieza de ventanas, tragaluces, claraboyas,etcIluminación de emergencia

Registro de visiometriasEvaluaciones de IluminaciónProgramas y registros de mantenimiento preventivo a sistemas de iluminaciónInstalaciones de trabajo adecuadas

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos

hospitalarios y similares

Descripción y acciones para el manejo y disposición de residuos hospitalarios peligrosos y similares

Programa de Gestión de residuos sólidos procedimiento para la gestión de residuos sólidos

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

De los ruidos y vibracionesMediciones de ruidoControl de la exposicion a ruido. Evaluaciones médicas periodicas.

Mantenimiento preventivo y correctivo de maquinaría y equipoDotación de EPPEvaluación ambiental de ruidoExamen de audiometríaPrograma de mantenimiento preventivo sistema de extracciónRegistros programa de mantenimiento

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

Page 13: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 13 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO RES. 2400 1979 Art.. 63, 69 De la temperatura, humedad y calefacción Instalaciones adecuadas Jan-08 SI SI

S&SO LEGISLACION NACIONAL PÚBLICO RES. 2730 2004 Art. 1 Vehículos VEHICULOS Jan-08 SI SI

S&SO RES. 3577 2005 RES. 3577/05 Planilla integrada de liquidación de aportes Pago aportes Seguridad Social Jan-08 SI SI

S&SO RES. 4225 1992 TODA LA RESOLUCIÓN Medidas para prevenir habitos de fumar TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO RES. 4050 1994 Jan-08 SI SI

S&SO ATEP RES. 4059 1995 Art. 1,2, 3 y 4 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 6398 1991 Art. 1 - 4 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2346 2007 Cap. II, III y IV Jan-08 SI SI

S&SO RES. 734 2006 RES. 734 / 06 Reglamento Interno de Trabajo Actualización del reglamento Interno de Trabajo TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 0855/07 RES. 0855 2007 Todos Registro de Pagos TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 1670/07 DEC. 1670 2007 Circular Registro de Pagos TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2346/07 RES. 2346 2007 Capitulo 4 TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1918 2009 Toda la resolución TALENTO HUMANO LIDER TALENTO HUMANO Jun-09 SI SI

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

FÍSICO - TEMPERATURA

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

DIV. DE HSEQPROCESO DE

INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTE

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

COORDINADOR O&M

Por la cual se dicta una medida tendiente a mejorar la

seguridad vial de las carreteras

Politica y programa de seguridad vial. En carretera luces encendidasCapacitación a conductores

LIDER TALENTO HUMANOCONDUTORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Velar por la viabilidad, estabilidad y equilibrio

financiero de los Sistemas de Protección Social y Seguridad

Social Integral y los demás sistemas asignados al

Ministerio de la Protección Social y gestionar los recursos

disponibles para mejorar y hacer más eficiente su

asignación

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

DPTO FRO Y CONTABLE

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

DPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Medidas de carácter sanitario al tabaquismo

Politica contra el tabaquismo, el alcoholismo y la DrogadicciónActividades de Prevención y Promoción

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Realización de exámenes de ingreso y periódicos para el

trabajo, exceptruando prueba de embarazo.

TODA LA RESOLUCIÓNArt. 1 - 4

Primeros auxilios y asistencia médicaInformar y prevenir sobre riesgos profesionalesNo solicitud de prueba de embarazo como requisito de ingresoObligación de reubicar a trabajadora embarazada si su puesto ofrece riesgos de embriotoxicidad, fetoxicidad o teratogenicidad

Entrenamiento en Primeros auxiliosRegistros de capacitación sobre riesgos en el puesto de trabajo - Inducción y/o reinducciónProfesiograma

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL

Formato unico de reporte de accidente de trabjo y

enfermedad profesional

Formatos únicos para reporte de Accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesCampo de aplicaciónTiempo de 2 dias habiles para reporte a EPS y ARPUso de la información de los reportesFormato único de reporte

Registros de reportes de ATEP a la ARPInducción

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Procedimientos en materia de Salud Ocupacional

Exámenes médicos e Historias ClínicasRealización de exámenes médicos preocupacionales o de admisiónFirma de los exámenes y confidencialidad de la historia clinica ocupacionalRenuncia a prestaciones sociales

Exámenes médicos preocupacionales, periódicosArchivo adecuado de Historia Clínica por cada trabajadorProcedimiento de evaluaciones médicas ocupacionalesRegistrosde evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas y rertiroMecanismo para garantizar la confidencialidad de la historia clinica ocupacional

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSEQ EN CAMPOTRABAJADORES

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO

Se regula la práctica de evaluaciones médicas

ocupacionales y el manejo y contenido de las historias

clínicas ocupacionales

Tipos de evaluaciones médicas ocupacionalesInformación básica y contenido de las evaluaciones médicasRequisitos a exigir al personal responsable por las evaluaciones (Esp. Con licencia en S.O.)Contratación y costoHistorias clínicas ocupacionales (contenido, reserva, guarda y custodia y registro)

Exámenes médicos preocupacionales, periódicosArchivo adecuado de Historia Clínica por cada trabajadorProcedimiento de evaluaciones médicas ocupacionalesRegistrosde evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas y rertiroMecanismo para garantizar la confidencialidad de la historia clinica ocupacional

DIV. DE HSEQTALENTO HUMANO

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

RESP. HSE EN CAMPOTRABAJADORES

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por la cual se establece el procedimiento para adaptar los reglamentos de trabajo a las disposiciones de la Ley 1010 de 2006, de acoso laboral

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

Por la cual se realiza una distribución parcial de recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

Fechas máximas en las cuales la totalidad de las personas que deben realizar aportes al Sistema de la Protección Social, están obligadas a realizarlos a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.

LIDER TALENTO HUMANOJEFE FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

En ningún caso, el empleador podrá tener acceso a la historia clínica ocupacional

Custodia de Historias con Proveedor de estos servicios y EPS correspondiente

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO EV. MEDICAS

OCUPACIONALES

Por la cual se modifican los artículos 11 y 17 de la

resolución 2346/2007 y se dictan otras disposiciones.

Art. 11 El costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias que se requieran, estará a cargo del empleador en su totalidad. En ningún caso pueden ser cobradas ni solicitadas al aspirante o al trabajador.

Se podra contratar las evaluaciones a cias o médicos particulares, siempre y cuando tengan licencia vigente.

Art. 17 La custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional estará a cargo del prestador de servicios de salud ocupacional que la generó en el curso de la atención, cumpliendo los requisitos y procedimientos de archivo conforme a las normas legales vigentes para la historia clínica. Los médicos especialistas de la empresa, tendrán la guarda y custodia de la historia clínica ocupacional.En ningún caso, los empleadores podrán tener, conservar o anexar copia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional a la hoja de vida del trabajador

Los responsables de la custodia podrán entregar copia de la historia clínica ocupacional foliada al trabajador, cuando éste lo solicite. En caso de muerte del paciente, la copia de la historia clínica ocupacional será entregada únicamente al cónyuge, compañera (o) permanente, hijos y causahabientes, así como a aquellas personas autorizadas expresamente por la ley.

Aseguramiento de pagos directamente desde procesos de selección y periódicamente según aplique.Archivo de historias en IPS elegida.T´ramites de solicitud por parte de empleados.

Page 14: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 14 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO CONGRESO DE LA REP. LEY 9 1979 Art. 130 - 131 TODAS LAS AREAS Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2400 1979 Art. 110 - 119 Radiaciones Ionizantes TRABAJOS CON SOLDADURA Jan-08 SI SI

CALIDAD NO APLICA 1984 TODO EL DECRETO OBRAS CIVILES Apr-08 SI SI 100% 100% 100% 100%

CALIDAD NO APLICA LEY 400 1997 TODO OBRAS CIVILES Apr-08 SI SI

CALIDAD GESTIÓN DE CALIDAD NTC-ISO 9001 TODA LA NORMA DIR. HSEQ Nov-09 SI SI

CALIDAD ICONTEC RIESGO ELÉCTRICO OBRA ELÉCTRICA DIR. HSEQ Nov-08 SI PARCIAL

CALIDAD ICONTEC R-SG-01 1 TODO EL REGLAMENTO Garantizar la aplicación y uso del certificado y logo DIR. HSEQ Nov-09 SI SI

INTEGRAL NO APLICA RES 18 1294 39666 TODA LA RESOLUCIÓN 05/110/2008 SI PARCIAL

SSOMA LEGISLACIÓN - 2008 TODA LA BIBLIOTECA DIR. HSEQ Nov-09 SI SI

SSOMA ACCIDENTALIDAD 2009 TODA LA GUIA Nov-09 SI SI

S&SO ICONTEC 1 39379 TODA LA NORMA Imlementación de requisitos establecidos en la norma. DIR. HSEQ Nov-09 SI SI

SUSTANCIAS PELIGROSAS

Norma Para preservar, conservar y mejorar la salud

de los individuos en sus ocupaciones

Precauciones en la Importación, almacenamiento, transporte de Sustancias peligrosas para evitar daños en la salud

Capacitación y disposición de MSDSEntrega de dotación y EPPSeñalización

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

FÍSICO - TEMPERATURA

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo

Dotación de EPP para trabajos de soldadura (protección visual para rayos ultravioleta)

LIDER TALENTO HUMANODIR. HSEQ

TRABAJADORES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Se adopta al código de construcciones

sismoresistentes

DECRETO 1400

Se establecen criterios para la construcción y diseño de edificaciones que puedan verse sometidas sometidas a fuerzas sísmicas, con el fin de reducir a un mínimo el riesgo a la perdida de la vida.

Diseño de construcciones de acuerdo a regulación.Control de calidad de materiales.Supervisión de actividades.Implementación de planes de inspección deactividades de obra civil.

DPTO DE Marketing y VentasDIR. HSEQ

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Establece criterios y requisitos mínimos para el diseño,

construcción y supervisión técnica de edificaciones

nuevas, así como de aquellas indispensables para la

recuperación de la comunidad con posterioridad a la

ocurrencia de un sismo, que puedan verse sometidas a fuerzas sísmicas y otras fuerzas impuestas por la

naturaleza o el uso, con el fin de que sean capaces de resistirlas, incrementar su

resistencia a los efectos que éstas producen, reducir a un

mínimo el riesgo de la pérdida de vidas humanas, y defender en lo posible el patrimonio del Estado y de los ciudadanos.

implementar los criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción y supervisión técnica de edificaciones nuevas, así como de aquellas indispensables para la recuperación de la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo.

Control del Diseño en las diferentes EtapasControl de documentos (planos)Control de MaterialesInspección de actividades dentro de los diferentes procesos constructivos Acompañamiento de un supervisor técnico competente

ICONTEC TRADUCCIÓN OFICIAL - ISO

DE-01 2008 (3º Edición)

IMPLEMENTACIÓN DENTRO DEL SIG (procedimientos, registros, estructura, etc), proceso de Auditorias internas, Auditoria externa y certificación.

TODA LA ORGANIZACIÓN Y PROCESOS

DE-03 Esta publicación se puede

catalogar como la materialización de las

necesidades nacionales en aspecto de seguridad para las

instalaciones eléctricas en construcciones, basadas en

parámetros aplicados y validados mundialmente, los cuales garantizan al usuario

una utilización segura y confiable de las instalaciones

eléctricas

Código eléctrico colombiano –

NTC 2050

1 25/11/1998

DEPENDE DE LA ACTIVIDAD REALIZADA

Garantizar en terminos de calidad y seguridad las actividades realizadas para instalaciones eléctricas

- Procedimientos operativos para actividades de obra éléctrica

CERTIFICACIÓN ISO 9001

DE-04REGLAMENTO DE LA

CERTIFICACIÓN ICONTEC DE SISTEMAS DE GESTION

Uso adecuado del logo Cicontec e IQNET en las publicaciones de la empresa

TODA LA ORGANIZACIÓN Y PROCESOS

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA

DE-09RETIE: El objeto fundamental

de este Reglamento es establecer las medidas tendientes a garntizar la

seguridadde las personas, de la vida

animal y vegetal y la preservación del medio ambiente; previniendo,

minimizando o eliminando los riesgos de origen eléctrico.

Estas prescripciones parten de que se cumplan

los requisitos civiles, mecánicos y de fabricación de

equipos.

Aspectos Técnicos a considera en las instalaciones eléctricas que se construyan.

Establecimiento e implementación de normas de seguridad en el desarrollo de instalaciones eléctricas. Mediciones y seguimiento en la cosntrucciónde instalaciones eléctricas

PROYECTOS DE OBRA ELÉCTRICA O QUE IMPLIQUE LA INSTALACION DE REDES

ELÉCTRICAS

DPTO DE Marketing y VentasDIR. HSEQ

DPTO DE O&M

CONSEJO COLOMBIANO DE SEGURIDAD

DE-37BIBLIOTECA DE LEGISLACIÓN

Aplicación y actualización de normas y requisitos legales y reglamentarios aplicables a la organizción.

Actualización matriz derequisitos legales y otros suscritospor la organizaciónCuplimiento de normas

TODA LA ORGANIZACIÓN Y PROCESOS

CONSEJO COLOMBIANO DE SEGURIDAD - COMITÉ DE

HIDROCARBUROS

DE-38GUIA DEL SISTEMA DE

SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y AMBIENTE PARA CONTRATISTAS DEL

SECTOR DE HIDROCARBUROS - DOC:

OAUPE009.

DOC: OAUPE009

Rev. 8 24-11-09

Implemantación de guia ruc dentro de la organización para realizar procesos de suministros e instalación en empresas del secor de hidrocarburos.

Documento SIG-I-13-02Matriz de IndicadoresControl de vigencia de la NTC-3701 como Doc. Externo.Carta de Reporte trimestral al CCSCertificación RUC

PROCESO DE GESTIÓN HUMANA

DIR. HSEQLIDER TALENTO HUMANO

SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

DE-39NTC-OHSAS 18001

Certificado de ente acreditadoAuditorias interna y externa

TODA LA ORGANIZACIÓN Y PROCESOS

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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 15 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

RSE - 1950 Todo del Código TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI PARCIAL

RSE DEC-LEY. 2158 1948 Todo el Código Procesal TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE 1991 Título I, II TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

RSE CONGRESO DE COLOMBIA TELETRABAJO LEY 1221 2008 TODA LA LEY Nov-08 SI PARCIAL

RSE CONGRESO DE COLOMBIA LEY 1196 2008 TODA LA LEY TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

RSE CONGRESO DE COLOMBIA LEY 994 2005 TODA LA LEY TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

RSE CONGRESO DE COLOMBIA LEY 982 2005 Cap. 7 Nov-08 SI NO

RSE CONGRESO DE COLOMBIA APRENDICES LEY 789 2002 Art. 2, 32, 33 TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

RELACIONES LABORALES

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Lograr la justicia en las relaciones entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. Rige en todo el territorio de la República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad. Regulación de las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares. El trabajo goza de la protección del Estado, en la forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes. Los funcionarios públicos están obligados a prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus atribuciones. El Estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga.Contratos y Regalmento de Trabajo y Mantenimiento del ordenSalarios y Jornada de trabajo, trabajo de Menores de Edad. Descansos, vacaciones y prestacionesAccidentes de trabajo y enfermedades, dotaciónProtección a la maternidad y de menoresDerecho Colectivo: sindicatos, conflictos colectivos de trabajo

Contratos personal de nómina y serviciosCódigo de Etica y Política de RSE de la organizaciónPoliticas y procedimentos de RecursosHumanos dirigidos a la no discriminación yrespeto de los derechos humanos fundamentalesRegistro de pagos de prestaciones para trabajdores, conforme a la ley o acuerdos especiales o convencinales

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

RELACIONES LABORALES

CÓDIGO PROCESAL DEL TRABAJO Y DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

Conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo. Acciones sobre fuero sindical.suspensión, disolución, liquidación de sindicatos. Controversias referentes al sistema de seguridad social integral. Ejecución de obligaciones emanadas de la relación de trabajo y del sistema de seguridad social integral. Conflictos jurídicos que se originan en el reconocimiento y pago de honorarios o remuneraciones por servicios personales de carácter privado.Ejecución de las multas impuestas a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje, por incumplimiento de las cuotas establecidas sobre el número de aprendices.

Acatamiento de decisiones proferidas porlos organismos legales y otras autoridadesRegistro del desarrollo de procesos relacionados con el alcance del Código. Acuerdos contractuales

ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

DERECHOS FUNDAMENTALES

Fortalecer launidad de la Nación y asegurar

a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la

justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la

paz, dentro de un marco jurídico,

democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, ycomprometido a impulsar la integración de la comunidad

latinoamericana

CONSTITUCION POLITICA DE

COLOMBIA

Principios Fundamentales: Estado social de derecho democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad, primacía de los derechosinalienables de la persona, reconoce y protege la diversidad étnica y cultural, reconocimiento de los principios del derecho internacional.Derechos, garantias y deberes: Derechos fundamentales (vida, no discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional ofamiliar, lengua, religión, opinión política o filosófica, personalidad jurídica, libre desarrollo de su personalidad, derecho al trabajo.

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónConocimiento e interiorización de los prinicipios fundamentales de la constituciónPolítica de RSE comunicada e implementadaPolíticas y Procedimiento de Recursos Humanos, acorde a los principios fundamentalesEnganche de personal competente y con conocimiento de la legislación vigenteMantenimiento de asesorias legales y tributarias especializadas

Promover y regular elTeletrabajo como un

instrumento de generación de empleo y autoempleo

mediante la utilización de tecnologías de la información y

lastelecomunicaciones(TIC)

El estado debe Formular una política pública de incorporación al teletrabajo de la población vulnerable (Personas en situación de discapaddad, población en situación de desplazamiento forzado, población en situación de aislamiento geográfico, mujeres cabeza de hogar, población en reclusión, personas con amenaza de su vida).El estado debe generar Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores Todo empleador que contrate teletrabajadores, debe informar de dicha vinculación

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónInformar la vinculación de TeletrabajadoresEstudiar la posibilidad de vincular teletrabajadores en proyectos o contratos particulares cuando así sea posible

CUALQUIER TIPO DE PROYECTOS DONDE SEA

APLICABLE

CONVENIO DE ESTOCOLMO

Por medio de la cual se aprueba el "convenio de

estocolmo sobre contaminantes orgánicos

persistentes",hecho en estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "correcciónal articulo 10 del texto original

en español", del 21 defebrerode 2003, y el "anexo g.

al convenio de estocolmo",del 6 de mayo de 2005.

Apruébase el "CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRECONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES"

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónAseurar la compra, manejo y disposición adecuada de sustancias que puedan contaminar, de acuerdo a lo establecido en la normaBusqueda de soluciones alternativas para el usos de sustancias qupimicas objeto decontrolImplementar planes de control con base enaspectos e impactos ambientales identificados en cada proyecto

CONVENIO DE ESTOCOLMO

Por medio de la cual se aprueba el "Convenio de

Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes", hecho en

Estocolmo a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos

mil uno (2001).

Reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la O&M y utilización intencionales Proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes. - i) Pesticidas-aldrina, clordano, DDT, dieldrina, endrina, heptacloro, mirex y toxafeno; ii) Químicos industriales-hexaclorobenceno (HCB) y bifenilos policlorados (PBC por sus siglas en inglés); yiii) Subproductos no intencionales-dibenzoparadioxinas, y dibenzofuranos policlorados.

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónAsegurar la compra, manejo y disposición adecuada de sustancias que puedan contaminar, de acuerdo a lo establecido en la normaBusqueda de soluciones alternativas para el usos de sustancias qupimicas objeto decontrolImplementar planes de control con base enaspectos e impactos ambientales identificados en cada proyecto

DISMINUIDOS FÍSICOS SENSORIALES Y

PSIQUICOS

Por la cual se establecen normas tendientes a la

equiparación de oportunidades para las personas sordas y

sordociegas y se dictan otras disposiciones

Al sordo y sordociego no se le podrá negar, condicionar o restringir el acceso a un trabajo arguyendo su falta de audición o visión a menos que se demuestre fehacientemente que dicha función es imprescindible para la labor que habría de realizar.Carece de todo efecto jurídico el despido o la terminación del contrato de una persona por razón de su limitación auditiva o visual sin que exista autorización. Quienes fueren despedidos o su contrato terminado por razón de su limitación auditiva o visual, sin el cumplimiento del requisito previsto en el inciso anterior, tendrán derecho a una indemnización equivalente a ciento ochenta días (180) del salario.No se le podrá negar, condicionar o restringir una licencia para ejercer actividad u oficio. A igual trabajo debe corresponder igual salario, sin importar que el trabajador sea sordo, sordociego u oyente.A los sordos y sordociegos se les darán las mismas oportunidades para ascender en su trabajo, de acuerdo con su capacidad y antigüedad. Toda discriminación dara lugar a sanción

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónEstablecer la posibilidad de generar empleopara personas sordas o sordociegas como parte de los programas de RSE.Definir políticas claras y procedimientos de Recursos Humanos para asegurar igualdad de oportunidades.Asegurar implementación de recursos humanos, técnicos y financieros para asegurar el trabajo adeucado de este personal

CUALQUIER TIPO DE PROYECTOS DONDE SEA

APLICABLE

Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y

ampliar la protección social y se modifican algunos artículos

del Código Sustantivo de Trabajo

Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes, smlmv.Empresas privadas que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15), están obligadas a vincular aprendices para los oficios u ocupaciones que requieran formación académica o profesional metódica y completa en la actividad económica que desempeñan y el artículo 33 ídem regula la determinación del número mínimo obligatorio de aprendices.

Pagos de subsidios acorde a leyIncorporación de aprendices para las actividades de interés, según el No. de empleados actualesPago de afiliaciones y salario aprendices

Page 16: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 16 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

RSE CONGRESO DE COLOMBIA TRABAJO INFANTIL LEY 704 2001 Art. 3 TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE CONGRESO DE COLOMBIA CAPA DE OZONO LEY 306 1996 TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI PARCIAL

RSE CONGRESO DE COLOMBIA CAMBIO CLIMÁTICO LEY 164 1994 Art. 2, 4 TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI PARCIAL

RSE CONGRESO DE COLOMBIA PUBLICIDAD EXTERIOR LEY 140 1994 TODA LA LEY TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE CONGRESO DE COLOMBIA CAPA DE OZONO LEY 29 1992 TODA LA LEY Uso de sustancias objeto de control TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI PARCIAL

RSE CONGRESO NACIONAL CAPA DE OZONO LEY 30 1990 TODA LA LEY TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI PARCIAL

RSE CONGRESO NACIONAL OBRAS PÚBLICAS LEY 56 1981 TODA LA LEY OBRAS PÚBLICAS May-09 SI SI

RSE Licencias de urbanismo DEC. 1600 2005 Todo el Decreto PROYECTOS DE URBANISMO May-09 SI SI

RSE DEC. 933 2003 Todo el Decreto TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE DEC. 1413 1997 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

RSE DEC. 1828 1998 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

Por medio de la cual se aprueba el “Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo

infantil y la acción inmediata para su eliminación. adoptado

por la Octogésima Séptima (87ª) Reunión de la

Conferencia General de la Organización Internacional del

Trabajo, O.I.T., Ginebra, Suiza, el diecisiete (17)

de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999).

Evitar el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónEstablecimento de políticas y procedimientos de Recursos Humanos que aseguren el cumplimiento de las disposicionesAsegurar el control sobre los contratistas y cumplimiento relativo al trabajo infantil, según aplique

Por medio de la cual se aprueba la "Enmienda de

Copenhague al Protocolo de Montreal relativo a las

sustancias que agotan la capa de ozono", suscrito en Copenhague, el 25 de

noviembre de 1992

CFC, Halones, Tetracloruro de carbono, Tricloroetano (Metilcloroformo), Hidroclorofluorocarbonos, Metilbromuro,

- Código de Etica y Política de RSE de la organización - Evitar el uso de Halones, por ejemplo en extintores - Asegurar que los equipos comprados que usen este tipo de sustancias cumplan las disposiciones o buscar alternativas sustitutas

Por medio de la cual se aprueba la "Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático", hecha en Nueva York el 9 de mayo

de 1992

Lograr conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climáticoPromover la gestión sostenible

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónPromover el uso de sustancias que no generen agotamiento de la capa de ozonoAsegurar cumplimiento y control sobre aspectos eimáctos ambientales identificadosen cada proyecto

Por la cual se reglamenta la Publicidad Exterior Visual en el

territorio nacional

Mejorar la calidad de vida de los habitantes del país, mediante la descontaminación visual y del paisaje, la protección del espacio público y de la integridad del medio ambiente, la seguridad vial y la simplificación de la actuación administrativa en relación con la Publicidad Exterior Visual. lugares de publicación de publicidad, contenido, otros

Manejo adecuado de publicidad visual exterior, acorde a la leyRealización de manual de imagen corporativa

Por medio de la cual se aprueba el “Protocolo de

Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono”, suscrito en

Montreal el 16 de septiembre de 1987, con sus enmiendas

adoptadas en Londres el 29 de junio de 1990 y en Nairobi el

21 de junio de 1991

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónPromover el uso de sustancias que no generen agotamiento de la capa de ozonoAsegurar cumplimiento y control sobre aspectos eimáctos ambientales identificadosen cada proyecto

Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Viena, 22 de marzo

de 1985

Proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos resultantes o que puedan resultar de las actividades humanas que modifiquen o puedan modificar la capa de ozono

Código de Etica y Política de RSE de la organizaciónPromover el uso de sustancias que no generen agotamiento de la capa de ozonoAsegurar cumplimiento y control sobre aspectos eimáctos ambientales identificados en cada proyecto

Por la cual se dictan normas sobre obras publicas de generacion electrica, y acueductos, sistema de

regadio y otras y se regulan las exploraciones y

servidumbres de los bienes afectados por tales obras

Relaciones entre municipios y propietarios de las obrasObligaciones básicas, impuestos, compensaciones, beneficios

Asegurar cubrimiento dentro del alcance de los contratos aplicables a este tipo de obras

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA

Y DESARROLLO TERRITORIAL

Por el cual se reglamentan las disposiciones sobre licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y legalización

de asentamientos humanos

Definición y tipos de licencia: autorización previa, expedida por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, para adelantar obras de urbanización, construcción, ampliación, adecuación, reforzamiento estructural, modificación, demolición de edificaciones; parcelación, loteo o subdivisión de pr edios, y para la intervención y ocupación del espacio público acorde al POT y otros.Cumplir con los reglamentos establecidos para la propiedad horizontal y las normas que regulan los servicios públicos domiciliarios.Prevenir daños que se puedan ocasionar a terceros y en caso de que se presenten, responder de conformidad con las normas civiles que regulan la materia.Cumplir con los procedimientos previos, requisitos y normas aplicables a los inmuebles de conservación histórica, arquitectónica o bienes de interés cultural.Procedimientos aplicables para la expedición de licencias, ampliación, vigencia, Pago de expensas por actuaiconesLegalización de acentamaientos humanos

- Verificación de condiciones del POT - Asegurar la tramitación legal de este tipo de licencias - Tomar los seguros de Resp. Civil y contra terceros, según aplique - Inventario de normas específicas y control de requisitos - Manejo de relacines con la comunidad como parte del programa de RSE de cada proyecto

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

CONTRATO DE APRENDIZAJE

Por medio del cual se reglamenta el Contrato de

Aprendizaje y se dictan otras disposiciones

Auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.El contrato de aprendizaje podrá ser celebrado por personas mayores de 14 años que hayan completado sus estudios primarios o demuestren poseer conocimientos Durante las fases lectiva y práctica el aprendiz estará cubierto por el Sistema de Seguridad Social en Salud y la cotización será cubierta plenamente por la empresa patrocinadora, sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. Durante la fase práctica el aprendiz estará afiliado al Sistema de Riesgos Profesionales por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) que cubre la empresa patrocinadora sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente.

- Asegurar la incorporación de aprendices, acorde a No. de trabajadores - Procedimiento de selección y enganche de aprendices, acorde a condiciones legales - Pago de aportes y afiliaciones de aprendices

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DERECHOS HUMANOS TRABAJADORES

Por el cual se crea la Comisión Interinstitucional para la Promoción y Protección

de los Derechos Humanos de los Trabajadores

Creación por parte del gobierno de la Comisión para la Promoción y Protección de los derechos humanos asegurando:Derechos a la vida, a la libertad e integridad personal y a lalibertad sindicalEstudiar el estado de los procesos por desapariciones forzadas, homicidios, torturas, amenazas y desplazamientos forzados de trabajadoresFormular recomendaciones para que se logre la plena reparación a las víctimas y a sus deudosDesarrollar un programa integral de defensa de los derechos humanos de los trabajadores, políticas de fomento, seguimiento y vigilancia de dichos derechos

- Asegurar mecanismos al interior de la organización en pro de los derechos de los trabjadores (sensbilización interna y a contratistas) - Comunicar oportunamente y controlar los riesgos de orden público que puedan generar violaciones sobre los derechos de los trabajaores en cada proyecto (Diagnóstico de condiciones de trabajo o Panorama de factores de riesgo)

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DERECHOS HUMANOS TRABAJADORES

Por el cual se otorga el carácter de permanente a la Comisión Interinstitucional

para la Promoción y Protección de los Derechos

Humanos de los Trabajadores

Otorgar el carácter de permanente como organismo consultivo y coordinador del Gobierno Nacional a la Comisión Interinstitucional para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Trabajadores.

- Asegurar mecanismos al interior de la organización en pro de los derechos de los trabjadores (sensbilización interna y a contratistas) - Comunicar oportunamente y controlar los riesgos de orden público que puedan generar violaciones sobre los derechos de los trabajadores en cada proyecto (Diagnóstico de condiciones de trabajo o Panorama de factores de riesgo)

Page 17: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 17 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

RSE DEC. 1310 1990 Todo el decreto TODAS LAS INSTALACIONES Nov-08 SI SI

RSE CAMBIO CLIMÁTICO RES. 454 2004 Toda la resolución TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE CAMBIO CLIMÁTICO RES. 453 2004 Art. 3 May-09 SI SI

RSE MINISTERIO DE SALUD RES. 2318 1996 Art. 2 - 6 TODAS LAS INSTALACIONES May-09 SI SI

RSE RES. 119 1994 Toda la resolución May-09 SI SI

RSE LEY 603 2000 ART. 1 Jan-11 SI SI

INTEGRAL LIMITADOS FÍSICOS Ley 361 1997 Art. 24 Garantias por vinculación laboral de personas con discapacidad Jan-08 SI PARCIAL

S&SO - 1950 Art. 230 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-08 SI SI

S&SO COTIZACIONES 101 2007 Numeral 1 Jan-08 SI SI

S&SO Circular Externa 0032 32 2007 TODA LA CIRCULAR - Registro de aportes por el sistema PILA Jan-08 SI SI

S&SO Acuerdo 304 304 2005 Art. 1 Jan-08 SI SI

S&SO AFILIACIONES ARP 2004 Literal B. Numeral 13 Jan-08 SI SI

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

DERECHOS DE LA NIÑEZ Y JUVENTUD

Por el cual se crea el comité interinstitucional para la defensa, protección y

promoción de los derechos humanos de la niñez y la

juventud

Créase en el gobierno el Comité Interinstitucional para la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y la Juventud asegurando:Diseño de políticas, programas y actividades relacionadas con el efectivo ejercicio de los derechos humanos Realizar estudios y análisis con el fin de proponer mecanismos para una eficaz aplicación de las normas que regulan los derechos y libertades de los menores de dieciocho (18) añosFomentar el desarrollo de programas para la defensa, protección y promoción de los derechos de la niñez y la juventud

- Código de Etica y Política de RSE de la organización - Sensibilización a nivel interno y con contratistas - Establecimento de políticas y procedimientos de Recursos Humanos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones - Establecer acciones como parte de los programas de RSE según aplique en cada proyecto

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Por medio de la cual se regula el funcionamiento del Comité

Técnico Intersectorialde Mitigación del Cambio

Climático del Consejo Nacional Ambiental

Reducción y captura de emisiones de gases de efecto invernadero y la comercialización delservicio asociadoProponer recomendaciones para la aprobación nacional de proyectos que optan al MDL desde la contribuciónal desarrollo sostenible, de acuerdo con lo establecido por el marco internacional, el procedimiento de aprobación de proyectos seguimiento de la implementación del Mecanismo de Desarrollo Limpio en el país.

- Incorporar cuando así aplique recomendacines de MDL dentro de los proyectos - Tramitar los proyectos de MDL acorde a la legislación vigente

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Por la cual se adoptan los principios, requisitos y criterios

y se establece el procedimiento para la

aprobación nacional de proyectos de reducción de

emisiones de gases de efecto invernadero que optan al Mecanismo de Desarrollo

Limpio, MDL.

Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, interesadas en obtener la aprobación nacional de un proyecto deberán diligenciar y presentar al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la documentación presentación de un proyecto solicitud escrita mediante su representante legal o apoderado, con la cual deberá acompañar la siguiente información y/o documentación:● Documento del proyecto presentado en los formatos elaborados especialmente por el Ministerio para el efecto, los cuales obran como Anexo 2A o 2B según el caso, y hacen parte integral de la presente resolución.● Copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con mínimo tres (3) meses de antelación a la presentación de la solicitud. En caso de personas jurídicas extranjeras, los documentos que acrediten su existencia y representación legal, autenticados por el funcionario consular colombiano o quién haga sus veces, y en idioma castellano.● El poder debidamente otorgado en caso de que se actúe mediante apoderado.

- Incorporar cuando así aplique recomendacines de MDL dentro de los proyectos - Tramitar los proyectos de MDL acorde a la legislación vigente

PROYECTOS ASOCIADOS AL CAMBIO CLIMATICO

LICENCIAS DE SALUD OCUPACIONAL

Por la cual se delega y reglamenta la expedición de

Licencias de Salud Ocupacional para personas

naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y

Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para

la ,expedición de estas Licencias

Requisitos de personas naturales (Profesional universitario con especialización en Salud Ocupacional de entidad aprobada por el Icfes o Profesional universitario en un área de Salud Ocupacional o Tecnólogo en Salud Ocupacional o una de sus áreas o Técnico en Salud Ocupacional o una de sus áreas)una persona natural deberá formular solicitud escrita ante la respectiva Dirección Seccional adicionando: Formato, registros de estudios)Requisitos personas jurídicas (formular solicitud escrita ante la respectiva Dirección Seccional adjuntando: Relación del personal vinculado, Relación de los equipos e instalaciones indispens, Certificado de existencia y representación legal Vigencia de la licencia = 10 añoscumplir en el ejercicio de sus actividades con las normas legales, técnicas, éticas y de control de garantía de calidad

- Verificación de funciones y competencias en el personal requerido para cada proyecto - Mantenimiento actualizado de Hojas de Vida para personal de HSE en los proyectos

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

DIAGNÓSTICO AMBIENTAL

Por la cual se exige un Diagnóstico Ambiental y

Sanitario y se dictan otras disposiciones

todas las empresas petroleras y de gas que adelanten proyectos sobre estas áreas, en cualquiera de sus etapas, la elaboración y posterior presentación ante el MINISTERIO, de un Diagnóstico Ambiental y Sanitario de todas y cada una de las instalaciones petroleras y de gas existentes en Colombia.

- Diagnostico ambiental y sanitario - Generación de actividades de control - Adecuada Comunicación y consulta con comunidades

PROYECTOS DE PETROLEO Y GAS

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Propiedad intelectual y derechos de autor

Por la cual se modifica el arti. 47 de la ley 222 de 1995

Presentacion del informe de gestion fidedigna con el cumplimiento juridico incluyendo las normas de propiedad intelectual y derechos de autor.

Informe del gestion de la vigencia fiscalLicencias de software

FINANCIERO Y CONTABLEINFORMATICA Y TECNOLOGIA

Dir. De proceso ITLider ContableRevisor Fiscal

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Integración social de las personas con limitación

- Código de Etica y Política de RSE de la organización - Cuando aplique: Listado de personal con discapacidad

DIVISION HSEQ TALENTO HUMANO

DIVISION HSEQ TALENTO HUMANO

LEGISLACION NACIONAL RIESGOS PROFESIONALES

TODOS LOS EXISTENTES

CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

C.S.T

Todo patrono que habitualmente ocupe uno o más trabajadores permanentes deberá suministrar cada cuatro meses, en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor al trabajador …. Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega y calzado y vestido haya cumplido mas de tres meses al servicio del empleador.

- Entrega de dotaciones de trabajo al personal cumpliendo las disposiciones

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Cotización al sistema general de seguridad social

Monto y distribución de la cotización al sistema general de seguridad social en salud en cumplimiento del artículo 10 de la Ley 1122 de 2007

- Se hacen los aportes de seguridad social teniendo en cuenta estos valores

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

TODOS LOS EXISTENTES

La implementación de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, no modificó las responsabilidades y obligaciones propias de los actores, ni los aspectos sustanciales de la normatividad en materia de la Protección Social incluido el Sistema de Seguridad Social Integral, por tanto, el tema de la obligatoriedad de realizar aportes al Sistema General de Pensiones no ha sufrido modificación alguna.

En este sentido, se debe tener presente que la ley ha establecido los eventos en los cuales una persona no se encuentra obligada a afiliarse al Sistema General de Pensiones, siendo uno de los criterios de exclusión contar con determinada edad, tanto en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, como en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida:Este tema se encuentra reglamentado, en el artículo 2º del Decreto 758 de 1990, según el cual:“Artículo 2°. Personas excluidas del seguro de invalidez, vejez y muerte. Quedan excluidos del Seguro Social Obligatorio de Invalidez, Vejez y Muerte:a) Los trabajadores dependientes que al inscribirse por primera vez en el Régimen de los Seguros Sociales, tengan 60 o más años de edad;b) Los trabajadores independientes que se afilien por primera vez con 50 años de edad o más, si se es mujer, o 55 años de edad o más, si se es varón; (...)”.

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD

TODOS LOS EXISTENTES

Se modifica el artículo 30 del Acuerdo 244 de 2003el cual queda así: Traslado del Régimen Subsidiado al Contributivo. El afiliado que ingrese al régimen contributivo con posterioridad a su afiliación al régimen subsidiado, deberá informar a la entidad territorial en un plazo máximo de quince (15) días para que esta proceda a suspender su afiliación y la de su grupo familiar. Dicha suspensión se mantendrá hasta por un (1) año.Dentro de este término la afiliación al Régimen Subsidiado del beneficiario y su grupo familiar podrá activarse .....

En caso de que el trabajador lo requiere se expide el certificado de que este ha terminado el contrato con la empresa.

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

CIRCULARES DEL MINISTERIO DE

PROTECCION SOCIAL

Aspectos unficados en manejo de riesgos profesionales

Circular Unificada

Vigilancia y control para la prevención y control de las administradoras de riesgos profesionales

Afiliación de trabajadores a la ARP, tanto en la empresa, como en los consorcios

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 18 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO DEC. 1295 1994 Art. 13 Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 2060 2008 Todos May-08 SI SI

S&SO DEC. 4868 2008 Art. 1 Jan-08 SI SI

S&SO APORTES PENSIÓN Aportes Pensión DEC. 1931 2006 Art. 1 Pagos al sistema PILA Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 784 1989 Art. 2 Jan-08 SI SI

S&SO DEC. 4982 2007 Art. 1 y 2 Planillas de pago a seguridad social Jan-08 SI SI

S&SO LEY 1122 2007 Art. 10 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2413 1979 Art. 84 - 93 Jan-08 SI SI

S&SO RES. 2413 1979 Art. 10 Organización del programa de Salud Ocupacional Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 Art. 11 Numeral 1 DPTO HSE / SSOMA / HSEQ Jan-08 SI SI

S&SO RES. 1016 1989 Art. 11 Numeral 20 Jan-08 SI SI

S&SO Fondo riesgos profesionales RES. 1605 2003 Numeral 1 Jan-08 SI SI

AMBIENTAL BATERIAS USADAS Resol. 072 2009 TODA LA RESOLUCIÓN Plan devolucion post consumo Baterias usadas. VEHICULOS Jan-11 SI PARCIAL

AMBIENTAL RES. 1512 2010 Cap. Art. 15 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-11 SI SI

MINISTERIO DE HACIENDA, MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Normas para la autorización de las sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir

los riesgos derivados de ATEP

Son afiliados al sistema general de riesgos profesionales: a) en forma obligatoria: 1. los trabajadores dependientes nacionales o extrajeros, vinculados mediante contrato de trabajo. 2. los jubilados o pensionados (excepto los de invalidez), que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes vinculados mediante contrato de trabajo. 3. los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifique fuentes de ingreso para la respectiva institución, cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de comformidad con la reglamentación que para tal efecto se expida.

Afiliaciones del personal que se necuentra vinculado a la empresa por medio de contrato de trabajo.

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 40 de

la Ley 1151 de 2007

El decreto aplica para todos los empleadores, personas naturales que cuenten con trabajos cuya labor se preste y se pacte, por uno o unos días y que en todo caso sea inferior a un mes.Afiliación única electrónica

Afiliaciones y pagos cuando se presentael caso

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

SALARIO MINIMO LEGAL

Por el cual se fija el salario mínimo legal para el año 2009

Se define el salario mínimo para el año 2009Artículo 1°. A partir de l primero (1°) de enero del año dos mil nueve (2009) regirá como auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, la suma quivalente al auxilio de transporte establecido por el Decreto 4966 de 2007, incrementado en el Índice de Precios del Consumidor caculado entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2008 y certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE. En caso de que el resultado contenga una fracción en centavos o en pesos, tal monto será aproximado a la centena superior siguiente

Aumentos salariales acorde a nueva escala y desprendibles de pago

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

A partir del 1° de diciembre de 2006 los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 100 o más cotizantes, deberán autoliquidar y pagar dichos aportes vía internet mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.Parágrafo 1º. El número de cotizantes a los que se refieren los anteriores numerales se determinará como la sumatoria de todos los cotizantes vinculados a una misma persona natural o jurídica, incluyendo los vinculados a sus sucursales y agencias, que giren bajo una misma razón social.Parágrafo 2º. Los pagadores de pensiones utilizarán la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes Electrónica o la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes Asistida para el pago de los aportes correspondientes a los pensionados, cuyo diseño y contenido adopte el Ministerio de la Protección Social en las fechas aquí señaladas según el número de cotizantes pensionados a los que se refiera.

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Régimen del Subsidio Familiar

Afiliados al Régimen del Subsidio Familiar

OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES SOBRE AFILIACION. Todos los empleadores tienen la obligación de informar oportunamente todo hecho que modifique la calidad de afiliado al Régimen del Subsidio Familiar, respecto de los trabajadores a su servicio

Afiliación de a la caja de compensaciónfamiliar de los trabajadores

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del

Magisterio

Cotización para el Sistema General de Pensiones

Cotización al Sistema General de Pensiones. A partir del 1° de enero del año 2008, la tasa de cotización al Sistema General de Pensiones será del 16% del ingreso base de cotización. / Distribución de las cotizaciones. La cotización al Sistema General de Pensiones se distribuirá entre el empleador y el trabajador en la forma prevista en la ley.

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

Se hacen algunas modificaciones en el

Sistema General de Seguridad Social en Salud

y se dictan otras disposiciones

Monto y distribución de las cotizaciones. La cotización al Régimen Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de enero del año 2007, del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo. La cotización a cargo del empleador será del 8.5% y a cargo del empleado del 4%. Uno punto cinco (1,5) de la cotización serán trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado. Las cotizaciones que hoy tienen para salud los regímenes especiales y de excepción se incrementarán en cero punto cinco por ciento (0,5%), a cargo del empleador, que será destinado a la subcuenta de solidaridad para completar el uno punto cinco a los que hace referencia el presente artículo. El cero punto cinco por ciento (0,5%) adicional reemplaza en parte el incremento del punto en pensiones aprobado en la Ley 797 de 2003, el cual sólo será incrementado por el Gobierno Nacional en cero punto cinco por ciento (0,5%).

Afiliación total de los colaboradores y aportes de acuerdo a estos valores

TALENTO HUMANODPTO ADVO Y FRO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Reglamento de Higiene y Seguridad para la

Industria de la Construcción

Comités Paritarios de Higiene y Seguridad

Toda empresa constructora debe tener un comité de seguridad e higiene compuetso paritariamente por representantes de la empresa y de los trabajdores. Las decisiones y acuerdos serán de obligatorio cumplimeinto de las partes…. El comité debe reunirse por lo menos una vez al ems, y si las circustancias los determinan podrá aumentar la periodicidad de las reuniones.

Constitución del COPASOActas de reunión mensual con planes de acción y seguimientos

DPTO HSE / SSOMA / HSEQTALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Reglamento de Higiene y Seguridad para la

Industria de la Construcción

Organización del programa de Salud Ocupacional

Inspecciones de seguridad, indicadores de salud , presupuesto ssoma, manual de funciones Organigrama general, actas de inducción del personal

DPTO HSE / SSOMA / HSEQTALENTO HUMANO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS - PLANES DE EMERGENCIA

Reglamenta la Organización, funcionamiento y foma de los

programas de Salud Ocupacional

1. Elaborar un panorama de riesgos para obtener información sobre estos sitios de trabajo, que permita la localización y evaluación de los mismos, así como el conocimiento de la exposición a que están sometidos los trabajadores afectados por ellos.....

Diagnóstico de condiciones de trabajo o panorama de factores de riesgo en todaslas sedes de trabajoAnálisis de Trabajo Seguro (ATS)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y MINISTERIO DE SALUD

SEÑALIZACIÓN Y DEMARCACIÓN DE

ÁREAS

PREVENCIÓN Y CONTROL DE

INCENDIOS - PLANES DE EMERGENCIA

Reglamenta la Organización, funcionamiento y foma de los

programas de Salud Ocupacional

… 20 promover, elaborar, desarrollar y evaluar programas de inducción y entrenamiento, encaminados a la prevención de accidentes y conocimiento de los riesgos en el trabajo.

Programa de formación y desarrolloCronograma de actividades del Programa de Salud ocupacionalRegistros de capacitación

RESP. HSE / SSOMADPTO HSE / SSOMA / HSEQ

Dirección General de Riesgos Profesionales

RIESGOS PROFESIONALES

Pago y consignación de multas al fondo de riesgos profesionales. Las empresas públicas y privadas deberán cancelar el valor de la multa dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la ejecutoria (que quede en firme y no procedan recursos) de la resolución por medio de la cual se impuso la sanción por violar norma en salud ocupacional y riesgos profesionales.

No se han presentado multas por incumplimiento alguno, sin embargo se tieneen cuenta este artículo en caso e n que se presenten

TALENTO HUMANODPTO FRO Y CONTABLE

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

“Por la cual se establecen los elementos que deben contener

los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido, y se

adoptan otras disposiciones”.

Asegurarse que el proveedor de baterias forme partede los planes de devolucion de producto post consumo y que participe activamente en su implementacióna) Seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por el fabricante o importador del producto hasta finalizar su vida útil y,b) Entregar los residuos o desechos peligrosos posconsumo al mecanismo de devolución o retorno que el fabricante o importador establezca.

ARTÍCULO DÉCIMO. Prohibiciones. Además de las prohibiciones consagradas en el artículo 32 del Decreto 4741 de 2005 sobre la materia, ninguna persona podrá:a) Disponer baterías usadas plomo ácido en rellenos sanitarios.,b) Disponer baterías usadas plomo ácido en rellenos de seguridad, si existe en el país, instalaciones autorizadas por las autoridades ambientales competentes para su aprovechamiento y/o valorización (incluida la recuperación y reciclaje).c) Realizar en el centro de acopio algún proceso de transformación de la batería usada ni tampoco el destape y drenaje del ácido de la batería.d) Ubicar centros de acopio en zonas residenciales.e) Someter o entregar las baterías usadas plomo ácido a actividades o instalaciones de almacencamiento, aprovechamiento y/o valorización, recuperación y reciclaje, tratamiento o disposición final, que no cuenten con las licencias, permisos o autorizaciones de carácter ambiental a que haya lugar.f) Abandonar las baterías plomo ácido a cielo abierto tanto en zonas urbanas como ruralesg) Quemar acumuladores o baterías usadas plomo ácido.h) Verter el ácido sulfúrico o cualquier otro componente de las baterías usadas plomo ácido a los cuerpos de agua, sistemas de alcantarillado público, terrenos baldíos o cualquier otro sitio no autorizado.

LIDER LOGISTICA, GESTOR AMBEINTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

RESIDUOS DE COMPUTADORES Y/O

PERIFÉRICOS

Por la cual se establecen los sistemas de recolección

selectiva y gestión ambiental de residuos de computadores y/o periféricos y se adoptan

otras disposiciones.

Obligaciones de los consumidores (retornar o entregar los residuos de computadores y/o periféricos, a través de los mecanismos equivalentes, seguir innstrucciones demanejo seguro definidas por los productores, separación de los residuos domésticos para entrega en puntos de recolección o mecanismos equivalentes)

Programa manejo integral de residuos solidos, entrega en puntos establcedisos en campañas de autoridad ambiental o con proveedores autorizados.

DIR. HSEQGESTOR AMBIENTAL

E295
Gambiental: RESOLUCIÓN 1739 DE 2010 Suprime requisitos a importadores
Page 19: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 19 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

AMBIENTAL BOMBILLAS RES 1511 2010 TODA LA RESOLUCIÓN PLAN DEVOLUCION POST CONSUMO BOMBILLAS TODAS LAS INSTALACIONES Jan-11 SI SI

AMBIENTAL LLANTAS Resol. 1457 2010 TODA LA RESOLUCIÓN N/A hasta incios 2012 TALLERES Jan-11 SI SI

AMBIENTAL PILAS Resol. 1297 2010 Art. 16,17,20,21 PLAN POST CONSUMO DE PILAS Y ACUMULADORES TODAS LAS INSTALACIONES Jan-11 SI SI

AMBIENTAL VERTIMIENTOS 2011 TODA LA RESOLUCIÓN Vertimientos N/A ACTUALMENTE Jan-11 N/A SI

AMBIENTAL Resolución 932 2010 TODA LA RESOLUCIÓN RUA N/A ACTUALMENTE Mar-11 SI SI

AMBIENTAL PEV DECRETO 189 2011 Art 6,8 PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN EL DISTRTITO N/A ACTUALMENTE Jun-11 SI SI

AMBIENTAL ESCOMBROS 2011 Art 7,8,9,12 MANEJO ESCOMBROS EL EL DISTRITO N/A ACTUALMENTE Jun-11 SI SI

AMBIENTAL LEY 1333 2009 TODA REGIMEN SANCIONATORIO N/A ACTUALMENTE Jun-11 SI SI

AMBIENTAL 2010 TODA MULTAS N/A ACTUALMENTE Jul-11 SI SI

AMBIENTAL CONTINGENCIAS 2010 Art. 35 Programa de contingencia ambientales HSEQ Jul-11 SI SI

AMBIENTAL BATERIAS USADAS 2011 Art. 16,20,21 Instructivo para manejo de baterias de desecho HSEQ Jul-11 SI SI

AMBIENTAL CONGRESO DE COLOMBIA LEY 1466 2011 TODA Programa de Manejo integral de residuos. HSEQ Aug-11 SI SI

AMBIENTAL MIN TRASNPORTE 2002 TODA Reglamento para el transporte por carretera e mercancias peligrosas. HSEQ - VECHICULOS Sep-11 SI SI

S&SO BIOLOGICO 2009 TODA Realizar campañas preventivas en la empresa contra el virus AH1N1 TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR HSEQ May-09 SI SI

S&SO MIN TRASNPORTE SEGURIDAD -Mecanico RES. 5617 2009 2 Y 3 Licencia de conducción definitiva o provisional TODAS LAS INSTALACIONES Dec-09 SI SI

S&SO PSICOSOCIAL LEY 1280 2009 1 Y 2 Permisos remunerados. TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR TALENTO HUMANO Dec-09 SI SI

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

“Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección

Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Bombillas y se adoptan otras disposiciones”

a) Retornar o entregar los residuos de computadores y/o periféricos a través de los puntos de recolección o los mecanismos equivalentes establecidos por los productores.

b) Seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por los productores de computadores y/o periféricos.

c) Separar los residuos de computadores y/o periféricos de los residuos sólidos domésticos para su entrega en puntos de recolección o mecanismos equivalentes.

Artículo 19°. Prohibiciones. Se prohíbe:

a) Disponer residuos de computadores y/o periféricos en rellenos sanitarios.

b) Desensamblar o manipular residuos de computadores y/o periféricos en vías públicas.

c) Enterrar residuos de computadores y/o periféricos.

d) Abandonar residuos de computadores y/o periféricos en el espacio público.

LIDER COMPRAS/ GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Llantas usadas “Por la cual se establecen los Sistemas de

Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas

Usadas y se adoptan otras disposiciones”

a) Retornar o entregar las llantas usadas en los puntos de recolección establecidos por los productores.

b) Seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por los productores de llantas.

LIDER LOGISTICA, GESTOR AMBEINTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

"por el cual se establece los sistemas de recoleccion

selectiva y gestion ambiental de residuos de pilas y/o

acumuladores y se adoptan otras disposiciones

a) Retornar o entregar los residuos de pilas y/o acumuladores a través de los puntos de recolección o los mecanismos equivalentes establecidos por los productores.

b) Seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por los productores de pilas y/o acumuladores.

c) Separar los residuos de pilas y/o acumuladores de los residuos sólidos domésticos para su entrega en puntos de recolección o mecanismos equivalentes.

Prohibiciones. Se prohíbe:

a) Disponer residuos de pilas y/o acumuladores en rellenos sanitarios.

b) Hacer quemas de residuos de pilas y/o acumuladores a cielo abierto.

c) Enterrar residuos de pilas y/o acumuladores.

d) Abandonar residuos de pilas y/o acumuladores en el espacio público.

DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Por la cual se adopta el formato de reporte sobre el

estado de cumplimiento de la norma de vertimiento puntual

al alcantarillado público.

Resoluc. 75 En caso de generar vertimientos al alcantarillado publico, se debe registrar para reporte anter la autoridad ambiental

DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

REGISTRO UNICO AMBIENTAL

Por la cual se modifica la Resolución 0941 de 2009.

Informar lo pertiente a registro unico Ambiental conforme a lo establecido en la resolución 941 de 2009

PRESIDENCIA, DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

Por el cual se establecen los lineamientos ambientales para

el manejo, conservación y aprovechamiento del paisaje

en el Distrito Capital, respecto de la Publicidad Exterior Visual

–PEV

Aplica cuando se adelanten pautas publicitarias de la organización "Directrices para el uso de elementos de publicidad exterior visual bajo premisas de sostenibilidad ambiental para la ciudad y la región"

PRESIDENCIA, DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

"Por la cual se regula técnicamente el tratamiento

y/o aprovechamiento de escombros en el Distrito

Capital".

RESOLUCIÓN 2397

En el evento en que se realicen modificaciones al estructura fisica, remodelacion (En general realización de obras civiles en Bogotá) se debe tener la información en el sitio de obra sobre la cantidad de escombros generados y los certificados expedidos por los sitios de tratamiento y/o aprovechamiento. Esta documentación debe estar disponible para verificación de la autoridad ambiental.

PRESIDENCIA, DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

REGIMEN SANCIONATORIO

AMBIENTAL

Establece el procedimiento sancionatorio ambiental y la

Titularidad de la potestad sancionatoria en materia Ambiental para imponer y

ejecutar las medidas preventivas y sancionatorias

que necesita el país.

En el evento que se incumpla con la normatividad aplicables como consecuencia de no contemplar los controles a los riesgos ambientales identificados en las actividades de la organización debe contemplarse la valoración de costos y perdidas en la matriz de identificacion de aspectos

PRESIDENCIA, DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

REGIMEN SANCIONATORIO

AMBIENTAL

“Por el cual se adopta la metodología para la tasación de multas consagradas en el

numeral 1º del artículo 40 de la Ley 1333 del 21 de julio de

2009 y se toman otras determinaciones”

RESOLUCION 2086

En el evento que se incumpla con la normatividad aplicables como consecuencia de no contemplar los controles a los riesgos ambientales identificados en las actividades de la organización debe contemplarse la valoración de costos y perdidas en la matriz de identificacion de aspectos

PRESIDENCIA, DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3930

de 2010

DECRETO 4728

Artículo 35.

Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas. Los usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar provistos de un plan de contingencia y control de derrames, el cual deberá contar con la aprobación de la autoridad ambiental competente.

Cuando el transporte comprenda la jurisdicción de más de una autoridad ambiental, le compete el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial definir la autoridad que debe aprobar el Plan de Contingencia".

DIRECTOR HSEQ, GESRTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

“Por la cual se modifica la resolución 0372 de 2009”

LA

RESOLUCIÓ 0361

"Artículo 4°. De los distribuidores y comercializadores de baterías plomo ácido (incluye proveedores o expendedores). Para efectos de los Planes de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido,

f) "Los residuos deberán ser ubicados sobre estibas, con no más de tres (3) tendidos de baterías y en pilas de máximo tres (3) estibas, o dentro de recipientes que eviten el derrame de los residuos"

DIRECTOR HSEQ, GESRTOR AMBIENTAL

COMPARENDO AMBIENTAL

por el cual se adicionan, el inciso 2° del artículo 1°

(objeto) y el inciso 2° del artículo 8°, de la Ley 1259 del

19 de diciembre de 2008

La aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y se dictan otras disposiciones.

DIRECTOR HSEQ, GESRTOR AMBIENTAL

TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS

por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre

automotor de mercancías peligrosas

por carretera

DECRETO 1609

Programa manejo Seguro de Sustancias Quimicas

DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Lineamientos de prevención y promoción para la influenza

AH1N1 en ambientes laborales.

CIRCULAR 149160

Regsitros de asistencia a capacitación, suministro de elementos para lavado de manos

Por la cual se establece un procedimiento transitorio. La

expedición de un formato provisional de licencia de

conducción

Todos los empleados que tengan vehiculos asignados en la empresa o con custodia temporal para conducir deben tener licencia de transito, si se encuentran en tramites deben tener certificado provisional.

DIRECTOR HSEQ , LIDER DE LOGISTICA

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su

cónyuge, compañero o compañera permanente o de

un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada

por luto de cinco (5) días hábiles, cualquiera sea su

modalidad de contratación o de vinculación laboral. La

grave calamidad doméstica no incluye la Licencia por Luto

que trata este numeral.

Para todo trabajador que en dado caso presente el fallecimiento de su conyuge, compañero o familiar que considera esta ley, se adoptaran estas medidas.

E296
Gambiental: RESOLUCIÓN 1739 DE 2010 Suprime requisitos a importadores
E298
Gambiental: RESOLUCIÓN 1739 DE 2010 Suprime requisitos a importadore
E308
Gambiental: Modificada la NTC 4435 versión 2011
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CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO CORTE CONSTITUCIONAL SEGURIDAD SOCIAL 2009 VII Certificados de Incapacidad o Licencia. TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR TALENTO HUMANO Dec-09 SI SI

S&SO RES. 1355 2009 5 TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR HSEQ Dec-09 SI SI

S&SO MIN TRASNPORTE RES. 6206 2009 1,2,3,5,7,8,9 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-10 SI SI

S&SO SEGURIDAD-Electrico RES. 1348 2009 Del 1 al 9 PROYECTOS Jan-10 N.A N.A

S&SO 2010 TODA TODAS LAS INSTALACIONES Mar-10 SI SI

S&SO MIN TRASNPORTE SEGURIDAD-Mecanico DEC 015 2011 Art 1 y 2 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-11 SI SI

S&SO LEY 1429 2010 Art 21 Cartas de autorizacion de retiro de cesantias TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 Si SI

S&SO COPASO LEY 1429 2010 Art 65 parágrafo 2º Actas de constitucíond e COPASO DIRECTOR HSEQ Jan-11 SI SI

Por la cual se dispone que la licencia de paternidad será de 8 días aún en los casos en que

sólo el padre sea cotizante.

Sentencia C-174/09

Conceder a sus trabajadores la licencia de paternidad en los terminos que la corte constitucional a traves de esta sentencia, dispone.

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA

Y DEL TRABAJO EV. MEDICAS

OCUPACIONALES

Por medio de la cual se define la obesidad y las

enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas

para su control, atención y prevención.

Con los examenes de ingreso y/o periodicos, se identifican los trabajadores con problemas de obesidadau otros problemas de salud y se incluyen o clasifican en los diferentes programas o PVE. Los trabajadores obesos se incluyen en el Programa de estilo de vida saludable

Se evidencia con los registros de capacitaciones y matriz PVE, Programa Estilo de Vidas Saludables

Por medio de la cual se establece una prorroga para la

vigencia del documento provisional para quienes No han obtenido la licencia de

conducción definitiva.

Todos los trabajadores custodios de Vehiculos o conduzcan vehciulos de la empresa como custodios temporales deben tener licencia de Conducción, hasta el 20 de enero de 2010 es valida la provisional para quienes la tienen en tramite.

Se evidencia con las licencias o certificados provisionales de los conductores

DIRECTOR HSEQ , LIDER DE LOGISTICA

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Reglamento de salud ocupacional en los procesos de generación transmisión y distribución de energía del sector electrico y debe ser aplicada a todo proceso de generación, transmisión o

distribución que adelanten las empresas del sectro privado o

publico.

Cumplir con el reglamento cuando se realicen trabajos de generación, trasnmision y distribución de energia.

Procedimientos, ATS, Panorama de factores de riesgos, Certificaciones, Hojas de vida.

DIRECTOR HSEQ, GERENTE PROYECTOS, MARKETING Y

VENTAS

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Reglamento de Higiene y seguridad industrial,

reglamento interno de trabajo

Las Empresas pueden despedir con justa causa

empleados que no utilizan elementos de protección para

su labor.

Sentencia 36274.

Si un trabajador incumple gravemente con el deber que tiene de cuidar su integridad física a pesar de que la empresa le suministre los elementos de protección necesarios para evitar accidentes de trabajo, la empresa tomara las sanciones necesarias incluyendo el despido si el caso lo amerita.

Actas de Descargos, reportes de incidentes o incumplimiento del deber del trabajador, cartas de terminación del contrato.

DIRECTOR HSEQ, DIRECTOR TALENTO HUMANO

Por el cual se establecen los límites máximos de velocidad para garantizar la seguridad

vial el el estado de emergencia económica, social y ecológica

De acuerdo a las políticas internas de la empresa, ésta tiene establecido una velocidad máxima de 80km/h

Por medio del sistema GPS instalado en todos los vehículos de la empresa

DIRECTOR HSEQ, LIDER DE LOGISTICA

CONGRESO DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL-

CESANTIAS

Por la cual se expide la ley de formalización y generación de

empleo_ Inscripcion del COPASO ante el minnisterio

de la protección social.

El retiro parcial de cesantías para la adquisición, contribución, mejora o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda.

De acuerdo con la Circular del Ministerio de la Protección Social, el siguiente es el alcance de artículo 21:

a. Si el empleado está en el régimen tradicional de cesantías, faculta al empleador para pagarlo directamente.

b. Si el empleado está en el régimen de liquidación anual (esto es, el de la Ley 50 de 1990), el pago lo hace la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías, previa solicitud por escrito del empleado y adjuntando comunicación del empleador en la que conste:

• El nombre del empleado que presenta la solicitud de retiro parcial de cesantías.• El valor del anticipo de las cesantías.• La afirmación del empleador de haber verificado y estar dispuesto a vigilar que el empleado utilizará sus cesantías o el préstamo en las inversiones y operaciones permitidas por la Ley.

VICEPRESIDENTE ADMINISTRATIVO, GER. ADMINSITARTIVO, DIR

TALENTO HUMANO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Por la cual se expide la ley de formalización y generación de

empleo_ Inscripcion del COPASO ante el minnisterio

de la protección social.

Se suprime el registro del COPASO ante el Ministerio de de Protección Social

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Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 21 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO TRABAJO EN ALTURAS 2011 Toda Programa de capacitacion trabajo en alturas TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR HSEQ May-11 SI SI

S&SO LEY 1468 2011 Toda TODAS LAS INSTALACIONES DIRECTOR HSEQ Jul-11 SI SI

S&SO RES 661 2011 ART. 1 Autoliquidacion aportes TODAS LAS INSTALACIONES Apr-11 SI SI

S&SO RES. 1956 2008 1-2 y 4 TODAS LAS INSTALACIONES Jun-08 SI SI

S&SO CIRCULAR 038 2010 TODA TODAS LAS INSTALACIONES Aug-10 SI SI

S&SO DETERGENTES RES. 1974 2008 4 TODAS LAS INSTALACIONES Dec-08 SI SI

S&SO 2011 44 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO GENERAL 2012 25 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO GENERAL 2012 93 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO GENERAL 2012 94 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO 2012 121 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

RSE RSE 2012 137 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO 2012 139 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Precisa el alcance de la obligación del empleador de reentrenar a los trabajadores

que realizan labores en alturas.

Concepto 089341

Cada año el empleador debe realizar un programa de reentrenamiento en protección contra caida de alturas , el cual no tiene que realizarse ni certificarse ante el SENA ni con las personas naturales o juridicas autorizadas por este, es una actualización en el tema cuyo contenidoi y duración depende de las fallas en la aplicación de la norma que el empleador detecte ya sea mediante una evaluación o mediante observación directa de la persona competente o calificada en trabajo en alturas.

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LICENCIA DE MATERNIDAD

Se modifican los artículos 236,239,57,58 del Código

Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposlcÜlftes.

Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso

Licencia de maternidad y registrosde pago de nomina

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Se unifica el ingreso base de cotización al Sistema de

Riesgos Profesionales con el Régimen pensional

El IBC para Riesgos Profesionales solo puede ser 0, si de acuerdo con lo definido en los artículos 4º, 10 y 11 (de la Resolución 1747 de 2008, modificado por el artículo8º de la Resolución 2377 de 2008) no es obligatorio cotizar a Riesgos Profesionales. Este IBC no puede ser superior a 25 smmlv y no puede ser inferior 1 smmlv para el número de días cotizados incluidos en el campo 38 definido en el artículo 10. El valor incluido en este campo debe cumplir las reglas de redondeo o aproximación para las cotizaciones, de acuerdo con las normas vigentes”.

DIRECTOR DE TALENTO HUMANO

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

ESPACIOS LIBRES DE HUMO DE CIGARRILLO

O TABACO

por la cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de

tabaco

Implementar acciones en la empresa para mantener un ambiente libre de humo de tabaco

Politica de alcohol, tabaquismo, drogas y armas. Avisos alusivos a ambiente libre de humo de tabaco

DIRECTOR HSEQ, GESTORES ADMINISTRATIVOS

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

ESPACIOS LIBRES DE HUMO Y DE

SUSTANCIAS PSICOACTIVAS (SPA) EN LAS EMPRESAS

Se indican ciertas determinaciones e

instrucciones referidas a los espacios libres de humo y de sustancias psicoactivas en las

empresas.

Implementar acciones en la empresa para mantener un ambiente libre de humo de tabaco

Politica de alcohol, tabaquismo, drogas y armas. Avisos alusivos a ambiente libre de humo de tabaco

DIRECTOR HSEQ, GESTORES ADMINISTRATIVOS

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se adopta el reglamento técnico sobre

requisitos que deben cumplir los detergentes polvos

limpiadores abrasivos de uso doméstico

Los detergentes polvos limpiadores abrasivos de uso doméstico que compre la empresa deben cumplir con los requisItos de esta resolucion

Controles operativos para compras criticas, ordenes de compra y facturas de los productos comprados.

LIDER DE COMPRAS, GESTORES ADMINISTRATIVOS

COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD

ACCIDENTE DE TRABAJO y/o DE

TRANSITO

“Por el cual se sustituye el Acuerdo 028 de 2011 que define, aclara y actualiza

integralmente el Plan Obligatorio de Salud”

A C U E R D O N Ú M E R O 0

2 9

OTROS PLANES DE BENEFICIOS. Cuando el prestador del servicio identifique casos de cobertura parcial o total, por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, Plan de Salud de Intervenciones Colectivas, Planes Voluntarios de Salud y en general con los contenidos de cobertura de riesgos a cargo de otros planes, la tecnología en salud deberá ser asumida por éstos antes del cubrimiento del Plan Obligatorio de Salud, en los términos de la cobertura del plan y la normatividad vigente.

Con el reporte de accidentes de trabajo a la ARP/FURAT, Aseguradora en casos de SOAT

DIRECTOR HSEQ, GESTORES ADMINISTRATIVOS, LOGISTICA

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

Ninguna entidad administrativa podrá exigir la presentación, suministro o entrega de documentos originales autenticados o copias o fotocopias autenticadas, sin perjuicio de los controles o verificaciones que dichas entidades deban realizar, salvo para el reconocimiento o pago de pensiones

A partir de la fecha la empresa no debe realizar diligenciaas de autenticación en notaria de ningun documento

PRESIDENCIA, GERENTE ADMINISTRATIVO Y GESTORES

ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019 SUPRESION DEL CERTIFICXADO JUDICIAL: Ninguna persona está obligada a presentar un documento que certifique sus antecedentes para trámites con entidades de derecho público o privado.

A partir de la fecha la empresa no debe solcitar cetificado judicial en los procesos de contratación de personal

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

CONSULTA EN liNEA DE lOS ANTECEDENTES JUDICIALES.Las entidades públicas o los particulares que requieran conocer los antecedentes judiciales de cualquier persona nacional o extranjera podrán consultarlos en línea en los registros de las bases de datos del Ministerio de defensa-Policia Nacional

La empresa realizará la consulta en linea d elos antecedenes judiciales de l perosnal a contratar en las bases de datos del ministerio de defensa nacional- Policia Nacional

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

TRÁMITE DE RECONOCIMIENTO DE INCAPACIDADES Y LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD. El trámite para el reconocimiento de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberá ser adelantado, de manera directa, por el empleador ante las entidades promotoras de salud, EPS. En consecuencia, en ningún caso puede ser trasladado al afiliado el trámite para la obtención de dicho reconocimiento.Para efectos laborales, será obligación de los afiliados informar al empleador sobre la expedición de una incapacidad o licencia.

La empresa acogerá este mandato y ajustará sus procedimientos administrativos para el tramite de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad.

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

NO DISCRIMINACiÓN A PERSONA EN SITUACiÓN DE DISCAPACIDAD. El artículo 26 de la Ley 361 de 1997, quedará así:"Artículo 26. No discriminación a persona en situación de discapacidad. En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización del Ministerio del Trabajo.

Con la aplicación de la politica social, derechos humanos y comunidades de la compañía

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

AFILIACiÓN A LAS CAJAS DE COMPENSACiÓN FAMILIAR. El artículo 57 de la Ley 21 de 1982, quedará así:"Artículo 57. Afiliación a las Cajas de Compensación Familiar. Las Cajas de Compensación Familiar tienen la obligación de afiliar a todo empleador, trabajador independiente y pensionado

La empresa se encuentra afiliada a las cajas de compensación familiar en zonas de influencia. Los trabajadores están afiliados y se exige este requisito a subcontratistas (Persona natural o juridica)

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

Page 22: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 22 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO 2012 140 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO SEGURIDAD VIAL 2012 197 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO SEGURIDAD VIAL 2012 200 Con la politica y programa de seguridad vial. TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

SSOMA SEGURIDAD VIAL 2012 201 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

SSOMA SEGURIDAD VIAL 2012 202 TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

S&SO SEGURIDAD VIAL Ley 1503 2011 12 Politica y programa de seguridad vial TODAS LAS INSTALACIONES Dec-11 SI SI

RSE Ley 1482 2011 Todo el documento TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

RSE LEY 1496 2011 Todo el documento TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

INTEGRAL MINISTERIO DE TRABAJO GENERAL Decreto 4919 2011 Todo el documento Ajuste de salarios según esta norma TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

INTEGRAL MINISTERIO DE TRABAJO GENERAL Decreto 4963 2011 Todo el documento TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

SISTEMA GENERALDE SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

AVISO DE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO. El aviso de que trata el artículo 220 del Código Sustantivo del Trabajo se hará a la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado el empleador, en los términos y condiciones establecidos en la normatividad que rige el Sistema General de Riesgos Profesionales.

El procedimiento para reporte e investigación de incidentes de la compañía establece el reporte a la ARP en el FURAT

GERENTE ADMINISTRATIVO, DIRECTOR DE TH Y

GESTORES ADMINISTRATIVOS

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

VIGENCIA DE LA LICENCIA DE CONDUCCiÓN. El artículo 22 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 6 de la Ley 1383 de 2010 quedará así:"Artículo 22. Vigencia de la Licencia de Conducción. Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de diez (10) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad, de cinco (5) años para personas entre sesenta (60) años y ochenta (80) años, y de un (1) año para mayores de ochenta (80) años de edad.Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de tres (3) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad y de un(1) año para mayores de sesenta (60) años de edad.Las licencias de conducción se renovarán presentando un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, y previa validación en el sistema RUNT que la persona se encuentra al día por concepto de pago de multas por infracciones a las normas de tránsito, debidamente ejecutoriadas."

Con la politica y programa de seguridad vial, se asegura la vigencia d elas licencias de conducción según categoria

DIRECTOR HSEQ, GERENTE Y COORDINADORES O&M, LIDER DE LOGISTICA, DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

UBICACiÓN DE LAS PLACAS. El artículo 45 de la Ley 769 de 2002, quedará así:"Artículo 45. Ubicación. Los vehículos automotores llevarán dos (2) placas iguales: una en el extremo delantero y otra en el extremo trasero. Los remolques, semirremolques y similares de transporte de carga tendrán una placa conforme a las características que determine el Ministerio de Transporte. Las motocicletas, motociclos y mototriciclos . llevarán una sola placa reflectiva en el extremo trasero con base en las mismas características y seriado de las placas de los demás vehículos.Ningún vehículo automotor matriculado en Colombia podrá llevar, en el lugar destinado a las placas, distintivos similares a éstas o que la imiten, ni que correspondan a placas de otros países, so pena de incurrir en la sanción prevista en este Código para quien transite sin placas; éstas deben de estar libres de obstáculos que dificulten su plena identificación.DECRETO NÚMERo '" O019 DE 2012 HOJA No 72·Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámitesinnecesarios existentes en la Administración Pública".Parágrafo. En caso de hurto o pérdida de la placa, se expedirá el duplicado con el mismo número".

DIRECTOR HSEQ, GERENTE Y COORDINADORES O&M, LIDER DE LOGISTICA, DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

REVISiÓN PERiÓDICA DE lOS VEHíCULOS. El artículo 51 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 11 de la Ley 1383 de 2010, quedará así:"Artículo 51. Revisión periódica de los vehículos. Salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, todos los vehículos automotores, deben someterse anualmente a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

Programa de seguridad vial , practicas ambientales. Certificados de revisión tecnicomecanica

DIRECTOR HSEQ, GERENTE Y COORDINADORES O&M, LIDER DE LOGISTICA, DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar

regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la administración pública

Decreto Ley 019

PRIMERA REVISiÓN DE lOS VEHíCULOS AUTOMOTORES. El artículo 52 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 12 de la Ley 1383 de 2010, quedará así:"Artículo 52. Primera revisión de los vehículos automotores. Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula. Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.Parágrafo: Los vehículos automotores de placas extranjeras que ingresen temporalmente y hasta por tres (3) meses al país, no requerirán la revisión técnicomecánica y de emisiones contaminantes."

Programa de seguridad vial , practicas ambientales. Certificados de revisión tecnicomecanica

DIRECTOR HSEQ, GERENTE Y COORDINADORES O&M, LIDER DE LOGISTICA, DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN

CONGRESO DE LA REPUBLICA

A través de esta ley se definen lineamientos generales en educación, responsabilidad

social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la

formación de hábitos, comportamientos y conductas

seguras en la vía.

El Capítulo III contiene los lineamientos para el sector privado en seguridad vial, los cuales van dirigidos a toda entidad, organización o empresa que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores.

Para el efecto, se deberá diseñar un Plan Estratégico de Seguridad Vial que será revisado cada dos (2) años y ajustado en lo que se requiera. El plan debe contener como mínimo, las siguientes acciones:1. Jornadas de sensibilización del personal en materia de seguridad vial. 2. Compromiso del personal de cumplir fielmente todas las normas de tránsito. 3. Oferta permanente, por parte de la entidad, organización o empresa, de cursos de seguridad vial y perfeccionamiento de la conducción. 4. Apoyar la consecución de los objetivos del Estado en materia de seguridad vial.

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECCION HSEQ, COORDINACIONES

O&M, PERSONAL HSEQ DE CAMPO.

CONGRESO DE LA REPUBLICA

DERECHOS HUMANOS TRABAJADORES,

RIESGO PSICOSOCIAL

Por medio de la cual se modifica el Código Penal y se establecen otras disposiciones

Garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación

Politica de talento humano, Política social, derechos humanos y comunidades de la compañía

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECTOR DE TALENTO HUMANO.

CONGRESO DE LA REPUBLICA

DERECHOS HUMANOS TRABAJADORES,

RIESGO PSICOSOCIAL

"POR MEDIO DE LA CUAL SE GARANTIZA LA IGUALDAD

SALARIAL Y DE RETRIBUCiÓN LABORAL

ENTRE MUJERES Y HOMBRES, SE

ESTABLECEN MECANISMOS PARA ERRADICAR

CUALQUIER FORMA DE DISCRIMINACiÓN Y SE

DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

Garantizar la igualdadsalarial y de cualquier forma de retribución laboral entre mujeres y hombres. Con el fin de garantizar igualdad salarial o de remuneración, las empresas, tanto del sector público y privado, tendrán la obligación de llevar un registro de perfil y asignación de cargos por sexo, funciones y remuneración discriminando clase o tipo y forma contractual.

Perfiles de cargos, Politica de talento humano, Política social, derechos humanos y comunidades de la compañía

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECTOR DE TALENTO HUMANO.

Por el cual se fija el salario mínimo legal para el año 2012

Se fijó la suma del Salario Mínimo Mensual Vigente para el año 2012 en quinientos sesenta y seis mil setecientos pesos ($566.700), suma que incrementa en un 5,8% el salario mínimo establecido para el año 2011.

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECTOR DE TALENTO HUMANO.

Por el cual se establece el auxilio de transporte para el

año 2012

A partir del primero (1°) de enero de dos mil doce (2012), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($67.800,00) moneda corriente, mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

Ajuste deL subsidio de transporte según esta norma

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECTOR DE TALENTO HUMANO.

Page 23: €¦ · XLS file · Web view2012-01-26 · MATRIZ REQ. LEGALES OLE_LINK1 COMITÉ DE MEJORAMIENTO Establecimiento del PSO Art. 28 - 31 Establecimiento del PSO Actividades a incluir

Fecha de Revisión: 09-03-11 Pág 23 de 23 Revisión 0

CONFIPETROL S.A.

HSEQ-GEN1-F-1

MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES Y OTROS SUSCRITOS POR LA ORGANIZACIÓN

EVALUACION DE CUMPLIMIENTO

ALCANCE ELABORÓ O EMITIÓ NORMA NÚMERO AÑO REQUISITO ESPECÍFICO CÓMO SE CUMPLE / EVIDENCIA AREA DE APLICACIÓN RESPONSABLE APLICA CUMPLEPELIGRO / ASPECTO RELACIONADO

ARTÍCULO/SECCIÓN APLICABLE

FECHA DE INGRESO

1 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: marzo 2012

2 TRIMESTRE% CUMPLIMENTOFECHA: Junio 2012

3 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Septiembre 15 2012

4 TRIMESTRE% CUMPLIMENTO

FECHA: Diciembre 15 2012

S&SO Decreto 100 2012 Todo el documento Aifiliación de la empresa a una sola ARP. TODAS LAS INSTALACIONES Jan-12 SI SI

EPS : Entidad Promotra de Salud TOTAL 100% 100% 100% 100%PSO : Programa de Salud OcupacionalATEP : Accidente de Trabajo y Enfermedad ProfesionalEPP : Elementos de Protección Personal.

RHSI: Regamento de Higiene y Seguridad Industrial COPASO: Comité Paritario de Salud Ocupacional.

RUC: Registro uniforme de evaluación de programas de salud ocupacional y medio ambiente para contratistas del sector de hidrocarburos.

AMBIENTAL DESECHOS CON PCB Res. 0222 2011 TODA HSEQ OCACIONAL PARCIAL

AMBIENTAL Res. 0075 2011 N/A HSEQ - ADMINISTRACIÓN OCACIONAL N/A

AMBIENTAL 2011 HSEQ OCACIONAL N/A

MINISTERIO DE SALUD Y SOCIAL

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Por el cual se establecen reglas para cancelar la

multiafiliación en el SistemaGeneral de Riesgos

Profesionales

Afiliacion a ARP, planillas de liquidacion de aportes, la empresaestá afiliada a ARP SURA

PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIAS,

GERENCIAS O&M, DIRECCION HSEQ, COORDINACIONES

O&M, PERSONAL HSEQ DE CAMPO.

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

“Por la cual se establecen requisitos para la gestión

ambiental integral de equipos y desechos que consisten,

contienen o están contaminados con Bifenilos

Policlorados (PCB)”

Las medidas establecidas aplican a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que sean propietarios de equipos o desechos que consistan, contengan o estén contaminados con Bifenilos Policlorados (PCB) * Mantenimientos especificos a clientes*

Por establecer condiciones en programa de manejo integral de residuos peligrosos

DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

Enero 20 de 2012

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL

VERTIMIENTOS AL ALCANTARILLADO

PUBLICO

"Por el cual se adopta el formato de reporte sobre

estado de norma de vertimiento puntual al alcantarillado publico

¨Reporte de umplimietno en norma de vertimientos a la empresa prestadora del servicos de alcantarillado"

En caso de adquirir o comtemplar un predio de uso comercial, industrial.

VIC- ADIMISTRATIVO, DIRECTOR HSEQ, GESTOR

AMBIENTAL

Enero 20 de 2012

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

PROYECTOS AMBIENTALES

"Por la cual se crea el Banco de Proyectos Ambientales – BPA y su Comité Técnico

Evaluador"

RESOLUCION 1727

En caso de querer suscribir proyectos ambientlaes ante la SDA

DIRECTOR HSEQ, GESTOR AMBIENTAL

Enero 20 de 2012