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1 CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS, con R.U.C. N° 20147421070, con domicilio legal en palacio municipal del segundo piso – plaza de armas del distrito de Sicuani provincia de Canchis y departamento del Cusco, debidamente representada por su Gerente Municipal LIC. Honorato Chávez Conde identificado con D.N.I. Nº 06639253 a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte, la Mariela Soncco Condori, identificado con DNI Nº 45101512, con dirección domiciliaria real en la Av. Arequipa Nº 421 del distrito de Sicuani, provincia de Canchis departamento del cusco, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA : BASE LEGAL Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 28427 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005. Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Texto Unico de la Ley Nº 26850. Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Reglamento de la Ley Nº 26850 y sus modificatorias. Propuesta Técnica y Propuesta Económica de EL LOCADOR. CLÁUSULA SEGUNDA : LA MUNICIPALIDAD. LA MUNICIPALIDAD, según la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es una persona jurídica de Derecho Público, con autonomía económica y administrativa. LA MUNICIPALIDAD, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales, para seguridad ciudadana de la municipalidad Provincial de Canchis, el bienestar de los vecinos. Pro fue otorgada a EL LOCADOR. CLÁUSULA TERCERA : OBJETO. LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones, potestades y límites contenidos en la Ley de Municipalidades Nº 27972, la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año Fiscal 2005 - Ley Nº 28427, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850, su Texto Unico Ordenado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM, modificatorias y demás normas pertinentes para que preste sus servicios especializados en investigación, análisis de las cuentas corrientes y aplicación de labores tributarias, así como consolidación de información contable. Por el presente contrato EL LOCADOR, declara tener la capacidad y conocimientos necesarios para prestar los servicios para los que se contrata. CLAUSULA CUARTA : PLAZO. El plazo del presente contrato rige desde el 03 de octubre al 31 de diciembre del 2005. CLÁUSULA QUINTA : FORMA DE PAGO.

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSConste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS, con R.U.C. N° 20147421070, con domicilio legal en palacio municipal del segundo piso – plaza de armas del distrito de Sicuani provincia de Canchis y departamento del Cusco, debidamente representada por su Gerente Municipal LIC. Honorato Chávez Conde identificado con D.N.I. Nº 06639253 a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte, la Mariela Soncco Condori, identificado

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Conste por el presente, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS, con R.U.C. N° 20147421070, con domicilio legal en palacio municipal del segundo piso – plaza de armas del distrito de Sicuani provincia de Canchis y departamento del Cusco, debidamente representada por su Gerente Municipal LIC. Honorato Chávez Conde identificado con D.N.I. Nº 06639253 a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte, la Mariela Soncco Condori, identificado con DNI Nº 45101512, con dirección domiciliaria real en la Av. Arequipa Nº 421 del distrito de Sicuani, provincia de Canchis departamento del cusco, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGALLey Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.Ley Nº 28427 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005.Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Texto Unico de la Ley Nº 26850.Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Reglamento de la Ley Nº 26850 y sus modificatorias.Propuesta Técnica y Propuesta Económica de EL LOCADOR.

CLÁUSULA SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD.LA MUNICIPALIDAD, según la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es una persona jurídica de Derecho Público, con autonomía económica y administrativa. LA MUNICIPALIDAD, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales, para seguridad ciudadana de la municipalidad Provincial de Canchis, el bienestar de los vecinos. Pro fue otorgada a EL LOCADOR.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO.LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones, potestades y límites contenidos en la Ley de Municipalidades Nº 27972, la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año Fiscal 2005 - Ley Nº 28427, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850, su Texto Unico Ordenado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM, modificatorias y demás normas pertinentes para que preste sus servicios especializados en investigación, análisis de las cuentas corrientes y aplicación de labores tributarias, así como consolidación de información contable. Por el presente contrato EL LOCADOR, declara tener la capacidad y conocimientos necesarios para prestar los servicios para los que se contrata.

CLAUSULA CUARTA: PLAZO.El plazo del presente contrato rige desde el 03 de octubre al 31 de diciembre del 2005.

CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO.Ambas partes convienen que la contraprestación por el total del servicio a ser prestado asciende a S/. 7,500.00 (Siete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido Retenciones de Ley, los cuales serán cancelados en tres (03) armadas mensuales a razón de S/.2,500.00 (Dos Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), cada una. Estos pagos se abonarán previa conformidad del servicio emitida por la Oficina de Administración Tributaria y contra presentación del Recibo por Honorarios Profesionales.

CLÁUSULA SEXTA: RESPONSABILIDADES DEL LOCADOR.EL LOCADOR es responsable y se compromete a lo siguiente:1. A no abandonar la obligación contraida con LA MUNICIPALIDAD, en la prestación de

servicios dentro de los alcances señalados en el presente contrato.2. Actuar con la debida diligencia, lealtad y eficiencia, aplicando para tal fin toda su

experiencia y capacidad.3. Guardar absoluta reserva sobre los asuntos relacionados con el presente contrato.

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4. EL LOCADOR entregará a LA MUNICIPALIDAD todos los documentos que le sean proporcionados con motivo del presente contrato.

5. Presentar el correspondiente Recibo de Honorarios Profesionales.6. Presentar el correspondiente informe de resultados obtenidos.7. EL LOCADOR es responsable ante LA MUNICIPALIDAD de los perjuicios materiales y/o

económicos que cause a la misma, la negligente prestación de sus servicios o su incumplimiento.

8. Velar por los intereses de LA MUNICIPALIDAD, para lo cual deberá ejercer las funciones encomendadas con responsabilidad.

CLÁUSULA SETIMA: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD.LA MUNICIPALIDAD es responsable y se compromete a lo siguiente:1. Proporcionar a EL LOCADOR, la documentación, orientación y dirección adecuada para la

correcta ejecución de sus labores.2. A efectuar el pago correspondiente por el servicio prestado previa presentación del recibo

por Honorarios Profesionales y el Informe de avance mensual.3. LA MUNICIPALIDAD para seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del

presente contrato designará a la Oficina de Administración Tributaria, para ejercer una permanente evaluación de la prestación de los servicios.

CLAUSULA OCTAVA: NO TRANSFERENCIA.EL LOCADOR no podrá ceder o transferir total o parcialmente a terceros su posición contractual, ni asociarse o subcontratar el servicio haciendo que disminuya su responsabilidad. Asimismo en calidad de gastos no podrá contratar servicios de terceros abonables por LA MUNICIPALIDAD.

CLAUSULA NOVENA: RESOLUCION DEL CONTRATO1. LA MUNICIPALIDAD tiene la opción de resolver el contrato por incumplimiento de

obligaciones de EL LOCADOR. Asimismo podrá resolver el presente contrato por los perjuicios materiales y/o económicos causados en su perjuicio por el deficiente servicio de EL LOCADOR.

2. LA MUNICIPALIDAD comunicará con una anticipación de 72 horas mediante carta simple u otro documento similar la resolución del contrato.

3. EL LOCADOR puede resolver el contrato sin expresión de causa mediante comunicación a LA MUNICIPALIDAD con una anticipación de cinco (05) días hábiles.

4. Las partes podrán resolver el presente contrato de mutuo acuerdo por causas no atribuibles a éstas o por caso fortuito o de fuerza mayor, estableciendo los términos de la resolución, liquidándose los servicios personales brindados efectivamente por EL LOCADOR.

CLÁUSULA DECIMA: INDEMNIZACIONLA MUNICIPALIDAD podrá exigir la correspondiente indemnización por el perjuicio y/o daño material causado en su contra por EL LOCADOR, utilizando los mecanismo legales que para tal efecto la Ley le franquea.

CLAUSULA UNDECIMA: SOLUCION DE CONTROVERSIASCuando en la ejecución o interpretación del contrato surja entre las partes una discrepancia, esta será definida mediante el procedimiento de conciliación extrajudicial o arbitraje, según lo acuerden las partes.

CLAUSULA DUODECIMA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO.EL LOCADOR se compromete a dar fiel cumplimiento al contrato mientras dure la vigencia del mismo, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PENALIDAD.EL LOCADOR por cada día de atraso se hará acreedor a una penalidad por mora hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto contractual, la cual será calculada según manda el Art. 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM.

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CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: DOMICILIO Y JURISDICCION.Las partes se someten expresamente a la Jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Canchis, para lo cual señalan como domicilio Legal, los especificados en el presente Contrato.

CLAUSULA DECIMA QUINTA: CONDICIONES FINALES.Forma Parte Integrante del presente contrato la Propuesta Técnica y Económica presentadas por EL LOCADOR.

En todo lo que no esté estipulado en el presente contrato regirán las disposiciones de la Ley Nº 26850, D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, modificatorias y Normas competentes del Código Civil.

Suscrito en señal de conformidad a los 25 días del mes de mayo del 2015.

__________________________________ __________________________________ MARIELA SONCCO CONCORI LIC. HONORATO CHAVEZ CONDE Locador Gerente Municipal

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS