02. Doctrina en Materia de Escena Del Crimen

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    ESCENA DEL CRIMEN(Cuestiones Doctrinarias)

    Pablo A. RODRGUEZ REGALADOCoronel PNP (r) Abogado Perito Criminalstico

    Doctor en Ciencias Forenses y Criminalsticapor la Universidad Nacional San Agustn-Arequipa

    Docente Universitario de Pre y [email protected]

    A. INTRODUCCIN

    El trmino Escena del Crimen, nos es bastante conocido, sobre todo porque

    los medios de prensa, la televisin; y, el cine, se han encargado de difundir su

    significado, el mismo que a su vez se encuentra contenido en los diversos tratados

    criminalsticos y de ciencias forenses, publicados en muchos pases.

    La expresin Escena del Crimen, es de mayor relevancia en las esferas

    policiales y judiciales, pues existe preponderancia en cuanto a su manejo, sobre todo,

    cuando se trata de hechos criminales de connotacin y que de por medio comprometen

    la vida de las personas.

    Y, en ese entender, tambin es importante que tengamos en consideracin los

    alcances doctrinarios que lo circundan, de tal forma que podamos verificar si estamos

    en el sentido correcto de su significado o es que existen algunas contradicciones con la

    realidad del mundo que nos rodea.

    Para ello, examinemos algunos aspectos que considero necesarios e

    importantes para comenzar con el desarrollo del tema propuesto. En principio

    debemos de tener en claro el significado del trmino Doctrina, que no viene a ser

    sino una palabra que encuentra su origen en el latn doctrina, y haciendo la consulta

    necesaria tenemos lo siguiente: Doctrina: 1. Conjunto de ideas, enseanza o

    principios bsicos defendidos por un movimiento religioso, ideolgico, poltico, etc. 2.

    Conjunto de conocimientos tericos sobre un tema. 3. Opinin o conjunto de ideas de

    un autor o escuela. 4. DER. Conjunto de trabajos que tienen por objeto exponer o

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]
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    interpretar el derecho, y que constituye una de las fuentes de las ciencias jurdicas.1

    No obstante lo acotado por esta vertiente,, profundizaremos algo ms; y, encontramos

    que: Doctrina: Enseanza instructiva. Ciencia o sabidura. Opinin de uno o variosautores acerca de una materia... Doctrina Comn: Opinin que por lo comn

    profesan la mayor parte de los autores que han escrito acerca de un mismo asunto o

    materia...2.

    Queda entonces claro que cuando hablamos de Doctrina, nos referimos a

    unos conocimientos que forman parte de una opinin compartida por autores o

    tratadistas, que por consenso la admiten como tal.

    En consecuencia, el tema a tratar, versa justamente en verificar, si el sentido o

    significado del trmino Escena del Crimen, se ajusta a la realidad vigente, teniendo

    en consideracin el tiempo transcurrido desde el inicio de su empleo; y, el entorno en

    el que ste surgiera; toda vez que, los conocimientos al emplear trminos que definen

    aspectos que le son propios, requieren necesariamente una revisin que compruebe su

    vigencia, de lo contrario, habra un desfase entre la realidad y lo que se dice de ella.

    No est dems verificar lo que nos dice el trmino Definir, bajo el rigorcientfico, encontrando que: Para comprender lo que se dice es menester descubrir

    lo que las palabras significan; es aqu cuando aparece la necesidad de las

    definiciones. Un propsito de la definicin, por ende, es enriquecer el vocabulario de

    la persona para la cual se da la definicin... Otro propsito al que puede servir la

    definicin es eliminar la ambigedad3. Pero tambin tenemos que: Otra finalidad

    que podemos perseguir an al definir un trmino es formular una caracterizacin

    tericamente adecuada o cientficamente til del objeto al cual deber aplicrsele.4

    Teniendo esto debidamente aclarado, pasamos a nuestro siguiente tema.

    B. ANTECEDENTE QUE DIO ORGEN AL TRMINO ESCENA DEL

    CRIMEN

    1LAROUSSE; El Pequeo Larousse Ilustrado, Ediciones Larousse S. A. De C. V., Dcimo Tercera Edicin, Colombia,

    2007, p. 358.2RAMN SOPENA; Enciclopedia Concisa Sopena, Tomo 2, Editorial Ramn Sopena S. A., Barcelona-Espaa, 1982, p.

    786.3COPI, Irving M.; Introduccin a la Lgica, Eudeba, Cuarta Edicin, Bs. Aires-Argentina, 2000, pp. 123-124.

    4COPI; op. cit., p. 127.

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    Es en la obra del insigne profesor HANNS GROSS, nombrado como el Padre

    de la Criminalstica, cuando dentro de la organizacin sistemtica que le diera a stos

    conocimientos en 1892, consider como parte del Procedimiento de la InspeccinOcular (actividad propia de ste funcionario judicial) la denominada: Descripcin

    de la escena del delito que contena como actividades fundamentales a la descripcin

    del ambiente prximo al cuerpo, a la descripcin de las ropas o lo que se encontr en

    ellas; y, a la determinacin de la data de la muerte como de la presencia de

    necrforos en el cadver; es decir, sta fue la concepcin de HANNS GROSS, para

    lo que deba entenderse como escena del delito; no olvidemos el ttulo singular de

    su obra: Manual del Juez de Instruccin como Sistema de Criminalstica, que es elnombre resultante de la traduccin del alemn que era: Handbuch fr

    Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik5. Traduccin, que dicho sea de

    paso, es tal cual se nos ha hecho conocer; pero tambin cabe sealar, que al ser

    traducida al espaol, slo se le cit como Manual del Juez, mutilndosele parte del

    ttulo original. Otro pequeo detalle que se desprende del mismo contenido de la obra,

    es el relacionado a los delitos en los que stos jueces en aquel entonces, se constituan

    a practicar su Inspeccin Ocular, que eran los siguientes y que aparecen

    mencionados en el punto B. PARTE ESPECIAL. 4. Delitos especiales y modalidades

    que emplean los delincuentes para cometerlos: Lesiones, Hurtos, Estafas o

    estelionato, Daos y perjuicios a la propiedad, Accidente. Como vemos, el propio

    HANNS GROSS, especificaba en que casos era de aplicacin la Inspeccin Ocular,

    en la Escena del Crimen, segn su entender de la poca.

    C. COMO ENTIENDE LA DOCTRINA VIGENTE A LA ESCENA DEL

    CRIMEN

    En el claro entendido de que la doctrina est constituida por las opiniones de

    tratadistas, obviamente compenetrados con un conocimiento particular, que para el

    presente caso es el criminalstico, hemos recurrido a verificar las definiciones que con

    el transcurso del tiempo se le han venido a dar; y, que se encuentran contenidas en

    algunos libros, manuales o tratados que versan sobre la materia, con el resultado

    siguiente:

    5 POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER; Manual de Criminalstica, Editorial Tipografa Offset Peruana S. A.,

    Lima-Per, 1966, pp. 05-06.

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    01. HEFFRON: Es elrea donde se ha cometido un delito6, as como la porcin de

    los alrededores de esa rea a travs de la cual pueden ingresar las personas en

    la escena o salir de ella. Asimismo, todas las partes del rea adyacente a laescena por la cual los sospechosos o la vctima puedan haber pasado o donde

    puedan ubicarse las evidencias o cualquier indicio que se presuma vinculado con

    el delito7.

    02. POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER: Teniendo en consideracin

    que la escena del delito es el rea donde se ha cometido el acto delictuoso, as

    como la porcin de sus alrededores a travs de la cual pueden haber ingresado o

    salido los presuntos responsables; es decir, incluye el rea adyacente a la escenamisma8.

    03. OLGA NIETO: es el espacio donde se diploma con profesionalismo el fiscal y

    donde se aprende la verdadera universidad. No se puede aplicar justicia sin que

    el investigador se involucre y se entregue de lleno a la investigacin del delito en

    el sitio donde sucedi9.

    04. LPEZ Y GMEZ: El lugar de los hechos es el sitio relativo a la comisin

    del delito (no necesariamente un homicidio) en alguna de sus fases, y en l debe

    haber quedado alguna huella o signo del autor o algunas de las caractersticas

    propias del incidente10.

    05. JUVENTINO MONTIEL SOSA: Se entiende como lugar de los hechos el

    sitio donde se ha cometido un hecho que puede ser delito11.

    06. ABEL GUTIERREZ CHVEZ: Lugar del hecho es el sitio o espacio en

    donde se ha cometido un acto ilcito, y en donde se encuentran los indicios yevidencias. Tambin se le conoce como el lugar del delito, la escena del crimen,

    6El subrayado es nuestro.

    7POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER, Manual de Criminalstica, Servicio de Prensa y Publicaciones de la PIP,

    Lima-Per, 1965, p. 27.8POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER; Introduccin a la Investigacin Policial y Manual de Procedimientos de

    Investigacin Criminal, Distribuidora Comercial Murakami S. A., Lima-Per, 1989. p. 27.9LPEZ CALVO, Pedro y GMEZ SILVA, Pedro; Investigacin Criminal y Criminalstica, Editorial Temis S. A., Bogot-

    Colombia, 2000. p. 13.10

    LPEZ CALVO, Pedro y GMEZ SILVA, Pedro; Investigacin Criminal y Criminalstica, Editorial Temis S. A., Bogot-Colombia, 2000. p. 13.

    11MONTIEL SOSA, Juventino; Criminalstica, Tomo 1, Editorial Limusa, Mxico, 2002, p. 99.

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    o el escenario del delito; el propsito fundamental de su estudio es el de lograr

    tanto la reconstruccin del hecho como su verdad histrica12

    07. JORGE O. SILVEIRA: La escena del crimen o lugar del hecho, es aquella

    porcin de espacio donde se materializ el acto, susceptible de revelarse por

    vestigios objetivamente constatables; es la fuente por excelencia de los indicios

    pesquisables inmediatamente, capaces de posibilitar el esclarecimiento del

    hecho13.

    08. JOS ADOLFO REYES CALDERN: Se entiende por escena del crimen el

    lugar donde los hechos sujetos a investigacin fueron cometidos, los rastros y

    restos que quedan en la vctima y victimario y en algunos casos en personas

    presenciales de los hechos u omisiones. Entindase por lugar de los hechos en

    donde acaeci el suceso o se omiti una accin y el recorrido que los

    protagonistas del crimen hayan realizado para su comisin, desenvolvimiento y

    consumacin y ocultamiento14.

    09. POLICA NACIONAL DEL PER: Es el lugar o escenario donde se ha

    desarrollado un hecho que puede ser delito y que amerita una investigacin

    policial. Su importancia radica en que guarda los indicios y/o evidencias que van

    a permitir el esclarecimiento de la verdad, mediante una investigacin ordenada

    y cuidadosa de esta escena15.

    10. POLICA NACIONAL DEL PER: La Escena del Crimen, es el lugar

    donde se presume que se ha cometido un delito y amerita una investigacin

    policial. No existe norma que pueda definir con exactitud las dimensiones de la

    escena. Las evidencias fsicas se encuentran normalmente en el lugar donde ha

    actuado el autor contra la vctima o sus bienes...16

    De la lectura de todas stas, podemos verificar que la idea principal se encuentra

    centrada en funcin de un espacio fsico en el que se han hecho presentes las

    personas del agentecomo la vctimao sino sobre el espacioen el que acta de

    12GUTIERREZ CHVEZ, Abel; Manual de Ciencias Forenses y Criminalstica, Segunda Edicin, Editorial Trillas, Mxico,2002, p. 39.

    13 SILVEYRA, Jorge O.; Investigacin Cientfica del Delito-La escena del crimen, Ediciones La Rocca, Bs. Aires-Argentina, 2004, p. 28.

    14

    REYES CALDERN, Jos Adolfo; Tratado de Criminalstica, Tercera Edicin, Crdenas Velasco Editores, Mxico,2005, p. 17.

    15POLICA NACIONAL DEL PER, Gua de Procedimientos Criminalsticos PNP, Lima-Per, 2005, p. 17.

    16POLICA NACIONAL DEL PER; Manual de Criminalstica, Primera Edicin, Servicios Grficos JMD, Lima-Per, 2006,p. 14.

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    alguna forma el primero de los nombrados en atencin a su intencionalidad, cual es la

    de cometer un delito acto humano que para comprenderlo con mayor claridad

    citaremos lo expresado por el profesor AMADO EZAINE CHVEZ, cuando nos diceque ste es La conducta humana penada por la ley, he all la idea primigenia del

    delito17.

    De tal forma, que ya podemos ir captando la idea de como se viene

    interpretando actualmente en los diversos medios (policiales, judiciales, etc.) el

    significado de lo que implica el trmino: Escena del Crimen.

    D. CONTROVERCIA DOCTRINARIA EN CUANTO AL TRMINO ESCENA

    DEL CRIMEN

    Merece nuestra atencin en materia de doctrina criminalstica, la multiplicidad

    de sinnimos dados al trmino Escena del Crimen; tambin se le conoce como

    Lugar del Suceso, Lugar de los hechos, Sitio del hecho, Sitio del evento

    criminal, etc., trminos que no sabemos si obedecen a alguna caracterstica particular,

    o es el estilo del autor de nombrar algo ya conocido de una forma ms personalizada

    o sui gneris, para marcar una diferencia con el referente histrico y de sta formaimplementar su sello personal.

    Ahora bien, tengamos en cuenta lo citado por ANTN BARBER y DE LUS

    Y TURGANO:

    Para llegar a un resultado concordante en su totalidad con la realidad

    del hecho criminal, se tiene que cumplir unas etapas exploratorias, que

    comienzan normalmente, con la realizacin de la Inspeccin Ocular del lugar en

    donde se consum el hecho delictivo. La observacin de la escena en donde se ha

    producido el crimen.

    La Inspeccin Ocular Tcnico-Policial tiene su origen en el acto de

    reconocimiento del lugar del suceso, misin atribuida desde antiguo a los jueces,

    que posteriormente fueron auxiliados por los mdicos legistas. La primera

    noticia de inspeccin ocular se tiene en el Libro de las Siete Partidas de Alfonso

    X el Sabio (s. XIII). Posteriormente en el ao 1643, el tratado El juez

    17EZAINE CHVEZ, Amado; Diccionario de Derecho Penal, Tercera Edicin, A. F. A. Editores Importadores S. A., Lima-Per, 1999, p. 329.

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    Criminalista del Juez Antonio Mara Cospi, refiere la conveniencia de

    presentarse el Juez en el lugar del suceso, as como, el de que se le tomare

    inmediata declaracin a los testigos y sospechosos...18

    Est claro que entre los Siglos XIII y XVII, esa Escena del Crimen (HANNS

    GROSS), era aquella que deba de ser examinada por el Juez de la poca, justamente

    momentos inmediatos a la ocurrencia del hecho criminal; aadiendo, citamos algo ms

    de los mismos autores:

    El aumento del nmero de actos delictivos, la complejidad de medios,

    modos y formas utilizados por los criminales, el haber adquirido la actividad

    policial un mayor significado cientfico, la exigencia de que en el lugar del

    crimen se practiquen operaciones tcnicas especializadas, hizo necesario que los

    Jueces encomendasen a los Policas Tcnicos parte de sus funciones

    primitivas...19

    Esto permite comprender el porqu la polica, a travs de sus cuerpos

    especializados es la que se constituye a practicar el Examen de la Escena del Crimen

    en un primer momento; y porqu, con mucha posterioridad, el Juez puede disponer la

    realizacin de la Inspeccin Ocular, como un medio de verificar lo sucedido para

    formar conviccin.

    En pleno Siglo XXI, vemos que hay delitos en los que al momento de

    producirse el hecho, interactan la vctima y el victimario; tal es el caso de un

    homicidio, en el que el sujeto A luego de una ria acalorada, toma un cuchillo y se lo

    introduce en el pecho al sujeto B, quien muere en el acto; dndose a la fuga el agente,

    abandonando de este modo ese escenario generado; en stos casos, si es aplicable la

    interpretacin que dan la mayor parte de las definiciones anteriormente consideradas.

    Por tanto, hay ese espacio fsico (que desde antao suele ser observado directamente

    por los jueces), en el que quedaron las evidencias fsicas (sangre, arma, huellas de

    pisadas, etc.); y en algunos casos hasta el cuerpo de la vctima, listos para ser

    procesados criminalsticamente como es conocido.

    18 ANTN BARBER, Francisco; y, De LUIS Y TURGANO, Juan Vicente; Polica Cientfica, Volumen II, 3ra.Edicin, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia-Espaa, 1998, p. 736.

    19Op. cit.; p. 736.

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    Pero tambin tenemos, segn las distintas Leyes Penales de los diversos pases,

    tal cual sucede con el Cdigo Penal Peruano, otros actos calificados como delitos,

    como por ejemplo aquel que se encuentra previsto en el Art. 113 como: Instigacin oayuda al suicidio, cuyo texto inicial dice : El que instiga a otro al suicidio o lo ayuda

    a cometerlo...; nos preguntamos entonces Cul sera el espacio fsico de la escena de

    ste acto ilcito, en el que encontraramos las evidencias fsicas de su cometido?; y,

    Cules seran entonces stas evidencias resultantes?; o quiz, este otro caso, como el

    que se contempla en el Art. 183 del mismo cuerpo legal, referido al delito de

    Exhibiciones y publicaciones obscenas, en cuyo numeral 2. se describe uno de los

    actos ilcitos (delito), de la siguiente forma El que incita a un menor de dieciochoaos a la prctica de un acto obsceno..., por lo que tambin nos preguntamos Cul

    es su Escena del Crimen?, y Cules los indicios o evidencias fsicas resultantes?...;

    por ltimo, ste otro caso; contenido en el Art. 364 como Participacin en ejercicio

    ilegal de la profesin que cita lo siguiente : El profesional que ampara con su firma el

    trabajo de quien no tiene ttulo para ejercerlo...; y, convergemos en las mismas

    preguntas que para las situaciones anteriores.

    Como podemos apreciar, la calificacin de Escena del Crimen, Lugar delSuceso, etc., no puede aplicarse de modo general para todos los actos criminales

    resultantes de la variedad de tipos de delitos previstos en la legislacin penal

    sustantiva del Siglo XXI, pues stas definiciones tienen su antecedente acuado en el

    Siglo XIX, en pocas en las que se suceden Crmenes, que por su naturaleza,

    generaban necesariamente indicios, evidencias o rastros fsicos verificables por

    los sentidos, como muy bien se deja sentado en la obra del profesor HANNS GROSS

    (Lesiones, Hurtos, Estafas o estelionato, Daos y perjuicios a la propiedad; y,Accidentes); y, que como consecuencia de esa Inspeccin Ocular que se vala de un

    procedimiento que era el de la Descripcin de la Escena del Delito como bien fuera

    llamada, se lograban aprehender stos.

    Vemos entonces que existe una dicotoma entre lo que se entiende como

    Escena del Crimen e Inspeccin Ocular en donde sta ltima significa: Medio de

    prueba de eficacia excepcional, ya que consiste en el examen o reconocimiento que el

    juez, el tribunal colegiado o el magistrado en que ste delegue, hace por s mismo, y aveces en compaa de las partes, de testigos o peritos, para observar directamente el

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    lugar en que se produjo un hecho o el estado de la cosa litigiosa o controvertida, y

    juzgar as con elementos ms discutibles20.

    Surge entonces la siguiente pregunta :

    Todos los actos calificados como Delitos por el Derecho Penal, tienen una

    Escena del Crimen, tal y cual la concibe la doctrina vigente?

    Vemos que la respuesta es No!.

    De inmediato viene otra cuestin para ser aclarada:

    Cabe seguir utilizando el trmino de Escenario del Crimen, para describir al

    espacio en el que se comete aquel acto humano calificado como Delito?

    En este caso la respuesta no surge espontneamente, por cuanto la Definicin

    que hasta hoy manejbamos sobre Escena del Crimen (lugar del hallazgo de

    evidencias fsicas), ya no se ajusta al momento actual, como hemos visto lneas atrs,

    cuando citamos aquellos delitos que no nos presentan un Escenario tradicional, claro,

    han sido cometidos en algn espacio o lugar, pero a la vez, no nos han dejado esas

    evidencias fsicas como se suele esperar dentro del marco de la definicin tradicional.

    En consecuencia la respuesta emerge igualmente como un rotundo No!.

    Y, porqu tendra que preocuparnos esto?, es evidente que el conocimiento

    doctrinario, no es permanente, debe ser actualizado para ajustarse a la realidad que nos

    proporcionan las circunstancias y el momento de su comisin.

    Hay que tener en claro, que en materia de conocimiento cientfico, no slo

    debemos de pensar que la prctica repetida de un acto, por si mismo va a generar la

    dialctica del conocimiento; sino, es indispensable analizar los contenidos tericos dela ciencia que estamos aplicando para comprobar si stos se encuentran an vigentes.

    En el tema presente en particular, vemos que no ha habido mayor preocupacin para la

    innovacin, lo que fcil se de verifica en los tratados disponibles, lo que desde ya,

    afecta el marco terico disponible. En ste estado, surge una pregunta ms.

    Cul sera el trmino genrico a que universalmente se pueda utilizar para

    definir a ste espacio en el que se comete un delito o hecho criminal, si nos consta

    que no podemos emplear como trmino genrico el de Escena del Crimen?20

    CABANELLAS, Guillermo; Diccionario Enciclopdico de Derecho Usual, 28 Edicin, Editorial Heliasta, Bs. Aires -Argentina, 2003, p. 441.

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    El tema tampoco es simple y va de la mano con otra cuestin:

    No sera mejor, redefinir lo que se conoce como Escena del Crimen , y as

    poder manejar mejor el trmino?

    Con el objeto de aportar un solucin a ste problema, proponemos la siguiente

    definicin de carcter general:

    Es aquel espacio, en el que se ha llevado a cabo la comisin de

    un acto calificado como delito, el mismo que puede o no dejar como

    resultado evidencias fsicas, las que a su vez pueden o no esta focalizadas

    en ese mismo lugar

    A continuacin, pasamos a explicar la propuesta planteada:

    01. Debe de tener necesariamente un espacio: Implica como elemento fundamental,

    que el hecho sea llevado a cabo en un lugar determinado, lugar que puede estar

    enclavado en un rea pequea (una habitacin) o sumamente extensa

    (ciberespacio).

    02. El acto debe de estar calificado necesariamente como delito: Si la aplicacin del

    conocimiento criminalstico que implica el examen de la escena es a

    consecuencia de un acto criminal, entonces es propia la nominacin, pues el

    hecho en particular est comprendido en el Cdigo Penal de cada pas.

    03. Que puedan quedar o no evidencias fsicas: Esto es dependiente del tipo de acto

    criminal cometido; por ejemplo, veamos que para el delito de Instigacin al

    suicidio el mismo que pudo haber sucedido al momento de tomar un caf en un

    lugar pblico, donde Juan le dice a Mara: Mara, lo mejor que puedes

    hacer en tu caso, es suicidarte (Mara es Gerente de una empresa que por una

    decisin lamentable, ha perdido una ingente cantidad de dinero, afectando a la

    totalidad de sus accionistas; y, el hecho es irrecuperable), como vemos son

    palabras; y, stas salvo el caso de que sean grabadas, no van a dejar evidencia

    fsica en el lugar; y, si Mara se suicida, no dejando una carta en la que diga

    Juan me instig para que me suicide entonces no hay indicios fsicos al

    respecto.

    04. La escena focalizada o no: Existen actos criminales que son practicados en

    ambientes definidos, tal es el caso de una habitacin, un departamento, una

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    cancha deportiva, etc.; pero hay otros como el caso de los delitos informticos

    que comprometen reas sumamente extensas que pudieran corresponder a

    continentes o cuando menos pases, en donde el sentido de espacio esfrancamente muy amplio y hasta podra escapar a la jurisdiccin de las

    autoridades de un pas.

    E. SISTEMATIZACIN OBJETIVA DE LA ESCENA DEL CRIMEN

    Hay otra problemtica al respecto; y, versa sobre la necesidad de proporcionar

    una clasificacin operativa que dicho sea de paso, no ha sido tocada por tratadista

    alguno, de seguro porque no se le ha encontrado sentido tenindose como suficienteaquella que nos habla sobre recinto cerrado ycampo abierto:

    Por qu razn debemos manejar ms de una clasificacin en cuanto a los

    escenarios del crimen?; es obvio, ya que a cada una de ellas le corresponde una

    metodologa muy particular, dada la aplicacin de diferentes tcnicas, mtodos y

    procedimientos propios de un trabajo calificado, pues seramos necios al querer

    sostener que todos los casos han de ser tratados de un mismo modo. Estamos

    convencidos que esto no debe continuar as, por tanto habiendo hecho el anlisisnecesario, a continuacin explicamos la siguiente propuesta de clasificacin de la

    escena del crimen:

    01. Segn el Espacio Fsico: Considerando que existen espacios tan amplios

    como el denominado ciberespacio, proponemos la siguiente clasificacin:

    a. Escena de Espacio Limitable: Aquella en donde puede serle definido un

    permetro, entre stos escenarios tenemos, adems de los ya conocidos

    como recinto cerrado (departamentos, viviendas, oficinas, tiendas, etc.),

    por ejemplo, cuando se comete una violacin de domicilio; y, campo

    abierto (terrenos baldos, estadios, va pblica, pistas de aeropuertos, etc.)

    como en el caso de un asalto a un mnibus inter provincial, en la carretera;

    los espacios fsicos considerados como recintos muy estrechos (cabinas de

    ascensores, de vehculos, silos, pozos de agua, etc.), en donde el operador,

    apenas si cabe con holgura para practicar el procesamiento de la escena,

    como por ejemplo: homicidio de una persona en el interior de un vehculo.

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    b. Escena de Espacio Ilimitado: Cuando no podemos marcar un permetro que

    nos permita delimitar la escena, estos escenarios se aplican para delitos

    cuya comisin cubre grandes superficies, llegando si ese fuera el caso a pasarfronteras de provincias, departamento, estados, pases; y, porque no hasta

    continentes; tenemos el caso de la falsificacin de moneda nacional o

    extranjera.

    02. Segn el Hallazgo de los rastros: En ste caso tomamos una propuesta que no

    nos pertenece, pero sobre la cual se suele hacer constar aquellos detalles

    resultantes de la ubicacin de los indicios, evidencias o rastros, cuando stos se

    vinculan con un mismo acto criminal; as tendramos:

    a. Escena nica: Cuando es un solo espacio en el que se encuentran todos los

    rastros habidos como consecuencia del acto criminal (presunto suicidio, que

    luego de la investigacin, se verifica que fue un homicidio).

    b. Escena de Contacto Inicial: Aquella en la que se tiene el primer contacto con

    los rastros de la comisin de un acto criminal presunto o no (Agencia

    bancaria en la que se ha perpetrado un robo, mediante un forado durante la

    noche).

    c. Escena Complementaria: Aquella en la que se encuentran otros rastros

    vinculados con los hallados en la anterior (para el caso anterior, vendra a ser

    el lugar donde los delincuentes, se alojaron el da anterior y ah conservaron

    los equipos para la comisin del robo por la noche, quedaron restos de

    alimentos, huellas, algunos implementos que no se llevaron, notas o

    manuscritos, etc.)

    d. Escenario Mltiple: Cuando son varios los puntos de ubicacin de los rastros

    (el caso de atentados mltiples por delincuentes terroristas, que en una sola

    fecha, una misma clula, luego de la planificacin, ha ocasionado

    explosiones en centros comerciales, agencias bancarias, dependencias

    estatales, etc.)

    03. Segn el Tipo de Delito cometido: Clasificacin teniendo en consideracin la

    variedad del Delito cometido; dicho esto, tendremos entonces escenariosacordes con el Acto criminal sancionado que en particular se haya cometido:

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    Homicidio, Exposicin o Abandono Peligrosos, Violacin de la Libertad de

    Expresin, Extorsin, etc. Esta clasificacin, atender a la legislacin penal

    vigente en cada pas.

    04. Clasificacin teniendo en cuenta el Grado de complejidad: En ste caso

    tomamos en consideracin la dificultad que se puede tener por parte del operador,

    para poder cumplir con el procesamiento de la escena; as entonces

    contaremos con las siguientes:

    a. Escenas resultantes de Hechos Simples: Cuando se trata de un acto que

    reporta una interaccin sencilla entre el agente y la vctima: violacin sexual

    por ejemplo, en una habitacin de un Hotel.

    b. Escenas resultantes de Hechos Complejos: Cuando el acto criminal rene

    a ms de un tipo penal, por ejemplo, un asalto a un banco, en el que se han

    utilizado explosivos y adems en el exterior al momento de la fuga de los

    delincuentes, hubo un enfrentamiento con la polica, quedando heridos y/o

    muertos por el empleo de las armas de fuego.

    05. Clasificacin tendiendo en cuenta elestado de intangibilidad de la escena:Esta forma de clasificar la escena, se funda en uno de los puntos sustanciales del

    procesamiento, la intangibilidad, es decir la inmovilizacin en la que deberan

    de mantenerse los indicios, evidencias o rastros que han resultado de la comisin

    del acto criminal, ya que de su alteracin progresiva, sta labor se convierte en

    ms dificultosa, demandando del operador un mayor esfuerzo, son las:

    a. Escenas sin alteracin alguna: En donde prcticamente han quedado

    congelados los rastros, sujetos a su propia desnaturalizacin o deterioro, siese es el caso; o tambin podramos decir, que en sta escena no ha

    intervenido agente alguno que afecte la conservacin de las huellas del delito.

    Tenemos el caso de una habitacin que haya quedado cerrada por dentro, en

    donde una persona ingiri un veneno colocado en un lquido que bebi para

    dormir, muriendo a consecuencia de ello; y, la verificacin del estado del

    cuerpo en el interior se hizo a travs de una ventana, hasta que llegaron los

    peritos criminalistas.

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    b. Escenas con alteraciones mnimas: Son aquellas que han tenido una

    modificacin o se ha afectado su intangibilidad, pero muy limitada, como en

    el caso de una tentativa de homicidio y suicidio con arma de fuego, en dondea la vctima que qued herida, se le retir del escenario para ser trasladada a

    un nosocomio para atendrsele mdicamente; y, el cuerpo del homicida-

    suicida, qued en el recinto hasta la llegada de los peritos.

    c. Escenas con alteracin total: Cuando la intangibilidad de sta ha durado

    pocos minutos, debido a las circunstancias particulares de su perpetracin,

    como cuando se comete un atentado terrorista con explosivos y hay heridos

    graves que inmediatamente fueron retirados del lugar (va pblica); y, ademsconcurri la presencia de los bomberos para apagar el fuego de los vehculos

    adyacentes, ocasionando que los rastros se deterioren en su gran mayora.

    06. Clasificacin teniendo en cuenta el tiempo que demanda su procesamiento:

    La duracin del procesamiento de una escena, es fluctuante, dependiendo de

    diversos factores como los geogrficos, climticos, segn el tipo de acto delictivo

    cometido, segn la complejidad y estado de conservacin, etc.; as tenemos

    a. Escenas de procesamiento breve: Cuando el operador no requiere de

    mucho tiempo para su procesamiento, pudiendo oscilar entre unas tres a seis

    horas. Puede ser el caso de un Hurto Simple, como la sustraccin de un

    aparato electrodomstico de uno de los ambientes de la casa, por la ventana

    de la habitacin en la que se encontraba.

    b. Escenas de procesamiento prolongado: En stos casos, el operador u

    operadores, van a tenerse que tomar un tiempo mucho mayor para procesar la

    escena, tiempo que bien podra medirse en horas, como en das o semanas.

    Podra tratarse por ejemplo el caso de un gran centro comercial que haya sido

    objeto de un atentado por parte de un pirmano; y, ste haya colocado varios

    artefactos incendiarios de retardo, de tal manera que no ha sido un solo foco

    el generador del fuego, sino que son varios. En stos casos, se debe de

    trabajar antes, durante y despus de recogerse los escombros.

    07. Clasificacin teniendo en cuenta la posibilidad de desplazamiento omovimiento de la escena misma: Este es un caso muy particular, por cuanto se

    suele pensar que los escenarios son fijos, lo que no es cierto, de tal forma que

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    existen casos en los que la ubicacin originaria de la escena cambia conforme

    se desplaza sta misma; as vemos:

    a. Escenas que son fijas: Como en el caso de una vivienda, un departamento

    en un edificio u otras instalaciones similares.

    b. Escenas que son desplazables: El hecho se ha dado segn las coordenadas

    terrestres, en un punto de la superficie terrestre, que corresponde al espacio

    e instante mismo de la comisin del acto criminal; pero por la naturaleza

    del cuerpo que la contiene, sta escena suele desplazarse hacia otro punto de

    las coordenadas en cuestin. Claro est que no existe un punto inmvil en

    el espacio, puesto que sabemos que la tierra se mueve sin parar, desde su

    origen; sino, vamos a lo que criminalsticamente entendemos como punto

    esttico y punto movible. Tenemos el siguiente ejemplo: dentro de un

    automvil se hiere de gravedad a una persona, mediante el disparo de un

    proyectil de arma de fuego, el que entra y sale del crneo de la vctima, luego

    de perforarlo, por continuacin de la trayectoria, ocurre igual con la luna

    parabrisas posterior; y, siguiendo su recorrido ste se aloja en un rbol

    ubicado en la parte posterior del vehculo; esto sucede al momento de los

    hechos. El victimario, que conduca el vehculo, lo desplaza lejos del lugar,

    para arrojar el vehculo a un barranco y motivar su incendio con el cuerpo de

    la vctima dentro.

    08. Clasificacin teniendo en cuenta la Calidad del Escenario: Habamos

    mencionado que como resultado de la comisin de un delito, cualquiera que sea,

    vamos a tener una variedad de escenario que depende de mltiples factores, los

    que pueden estar comprendidos en la sistematizacin precedente, por ello; y

    atendiendo a la definicin propuesta de la escena, tendremos la siguiente:

    a. Escenas Tpicas: Aquellas en las que normalmente podemos encontrar

    indicios, evidencias o huellas resultantes de los medios utilizados para

    cometer el delito, como es el caso del Trfico Ilcito de Drogas (compuestos

    qumicos, droga, armas, etc.)

    b. Escenas Atpicas: Que son las otras, es decir en donde no quedan indicios o

    evidencias fsicas o no fsicas, resultantes del acto cometido; en todo caso, su

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